contrato de prestacion de servicios acadÉmicos que

6
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C.P. ENRIQUE RODRIGO SOSA CAMPOS EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL; Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DELEGADO, EL C. DR. DOMINGO ALBERTO VITAL DIAZ, COORDINADOR DE HUMANIDADES, ASISTIDO POR LA DRA. ALICIA ZICCARDI, DIRECTORA DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE LA CIUDAD Y CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SUBSECUENTES: DECLARACIONES 1.- Declara "EL MUNICIPIO" a través de sus representantes, que: A) Es una institución de orden público, autónomo para su gobierno interior y para la administración de su hacienda, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. B) Acredita su personalidad con la certificación del acuerdo del H. Ayuntamiento tomado en sesión ordinaria de fecha 10 de octubre del 2015, y comparece a la firma del presente instrumento, con las facultades que le confiere el artículo 12 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato C) Tiene su domicilio en Palacio Municipal s/n, Colonia León de los Aldamas Centro, C.P.37000, León Guanajuato, mismo que señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionadas con el presente instrumento jurídico. D) Está inscrito en el registro federal de contribuyentes bajo la cédula fiscal número MLE85OIOITSO. E) Requiere de los servicios de "LA UNAM" para la realización de las actividades que se describen en la cláusula primera del presente Contrato. F) Para la ejecución de las actividades señaladas en la cláusula primera del presente Contrato, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 1710 158 3341. II.- Declara "LA UNAM" que: A) De conformidad con el artículo Primero de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. B) La representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en el artículo noveno de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción 1 del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla. C) Dentro de su estructura Orgánico-Administrativa cuenta con la Coordinación de Humanidades, cuyos objetivos son coordinar e impulsar la investigación en humanidades. /- 1 DE 5

Upload: others

Post on 20-Jul-2022

10 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C.P. ENRIQUE RODRIGO SOSA CAMPOS EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL; Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DELEGADO, EL C. DR. DOMINGO ALBERTO VITAL DIAZ, COORDINADOR DE HUMANIDADES, ASISTIDO POR LA DRA. ALICIA ZICCARDI, DIRECTORA DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE LA CIUDAD Y CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SUBSECUENTES:

DECLARACIONES

1.- Declara "EL MUNICIPIO" a través de sus representantes, que:

A) Es una institución de orden público, autónomo para su gobierno interior y para la administración de su hacienda, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

B) Acredita su personalidad con la certificación del acuerdo del H. Ayuntamiento tomado en sesión ordinaria de fecha 10 de octubre del 2015, y comparece a la firma del presente instrumento, con las facultades que le confiere el artículo 12 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato

C) Tiene su domicilio en Palacio Municipal s/n, Colonia León de los Aldamas Centro, C.P.37000, León Guanajuato, mismo que señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionadas con el presente instrumento jurídico.

D) Está inscrito en el registro federal de contribuyentes bajo la cédula fiscal número MLE85OIOITSO.

E) Requiere de los servicios de "LA UNAM" para la realización de las actividades que se describen en la cláusula primera del presente Contrato.

F) Para la ejecución de las actividades señaladas en la cláusula primera del presente Contrato, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 1710 158 3341.

II.- Declara "LA UNAM" que:

A) De conformidad con el artículo Primero de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

B) La representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en el artículo noveno de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción 1 del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.

C) Dentro de su estructura Orgánico-Administrativa cuenta con la Coordinación de Humanidades, cuyos objetivos son coordinar e impulsar la investigación en humanidades.

/-

1 DE 5

Page 2: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

O) El Doctor Domingo Alberto Vital Díaz, en su carácter de Coordinador de Humanidades, cuenta con las facultades necesarias para suscribir este instrumento, de conformidad con Punto Primero del Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM, el 5 de septiembre de 2011.

E) La Coordinación de Humanidades dentro de su estructura orgánico-administrativa cuenta con el Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad, en lo sucesivo "EL PUEC", que su titular es la Doctora Alicia Ziccardi Contigiani, quien asiste en el presente acto al Coordinador de Humanidades y que dicho Programa, cuenta con la infraestructura y los recursos humanos, materiales y técnicos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente documento.

F) Para el cumplimiento del presente Contrato, señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Cuba No. 79, Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, lugar donde se encuentran las instalaciones de "EL PUEC".

G. Para los efectos legales derivados del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México.

H. Estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cédula fiscal número UNA2907227Y5.

III.- De "Las Partes":

ÚNICO.- Declaran las partes que se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan y la capacidad legal para celebrar el presente instrumento, así como su voluntad al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. "LA UNAM" se obliga con "EL MUNICIPIO" a través de la Dirección General de Desarrollo Institucional, a impartir a 7 (siete) funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública, el diplomado virtual convocado por "LA UNAM" a través de "EL PUEC" denominado "Acción Internacional de los Gobiernos Locales" de conformidad con el temario y contenido programático establecido en el ANEXO 1 que forma parte integral del presente Contrato.

SEGUNDA.- VIGENCIA.- Las partes convienen que el presente Contrato comenzará a surtir sus efectos a partir del 20 de febrero del 2017, y concluirá el día 31 de julio deI 2017, una vez finalizado el diplomado y cumplidos los acuerdos pactados en la CLAUSULA PRIMERA del presente instrumento a entera satisfacción de "EL MUNICIPIO".

TERCERA.- DE LA APORTACIÓN. Convienen "LAS PARTES" que el costo por cada uno de los participantes al diplomado será por la cantidad de $16,000.00 (dieciséis mil pesos 00/100 M.N.) neto, por lo que el total de los estipendios por la impartición del diplomado objeto de este instrumento, será la cantidad de $112,000.00 (Ciento doce mil pesos 00 /100 M.N.) netos.

CUARTA.- ENTREGA DE LA APORTACIÓN.- "EL MUNICIPIO" cubrirá a "LA UNAM" la cantidad a que se refiere la cláusula anterior en una sola exhibición vía electrónica, a la cuenta que para el efecto se señale, previa presentación del recibo fiscal digital correspondiente, así como de las evidencias debidamente validadas por la Dirección General de Desarrollo Institucional de "EL MUNICIPIO" o quien éste designe.

2 DE

Page 3: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

QUINTA.- Para el debido desarrollo del objeto del presente Contrato, "LAS PARTES" acuerdan ntegrarán una comisión técnica formada por igual número de representantes de cada una de ellas, quienes se comprometen a mantener estrecha comunicación para la gestión y debido seguimiento a las actividades previstas en el presente instrumento así como determinar y aprobar las acciones factibles de ejecución y mejor aprovechamiento.

SEXTA.- DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS. Tomando en cuenta el objeto del Contrato, las partes acuerdan que "LA UNAM" realizará las actividades señaladas en este instrumento de acuerdo a las necesidades que se acuerden, comprometiéndose además a proporcionar sus propios elementos e instrumentos de trabajo necesarios para la realización de las mismas.

OCTAVA.-.- SUPERVISIÓN.- "EL MUNICIPIO" por conducto de la Dirección General de Desarrollo Institucional o por la persona que al efecto designe, dará seguimiento al trabajo que realice "LA UNAM", obligándose este última a proporcionar la información que se le solicite respecto de la realización del objeto del presente Contrato, en el momento que se le requiera, siendo responsable por parte de "LA UNAM", el Arq. Luis Armando Soto Martínez, Secretario Técnico de Vinculación de "EL PUEC" para el debido seguimiento.

Así mismo conviene las partes que toda aquella información que se genere con motivo del cumplimiento del objeto del presente instrumento será propiedad de "EL MUNICIPIO", por lo que "LA UNAM" no se deberá de reservar información alguna que se haya generado durante la vigencia del presente instrumento.

NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD.- "LA UNAM" se obliga a usar de manera confidencial la información que le haya sido proporcionada por "EL MUNICIPIO" para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de impartición del Diplomado objeto de este instrumento, por lo que no podrá revelar, ni divulgar esa información a ninguna persona, sin el consentimiento previo y por escrito de "EL MUNICIPIO".

Por otra parte, toda la información relacionada con el objeto de este Contrato llevado a cabo entre "LAS PARTES" y la relativa a los recursos que se hayan invertido será pública, en razón de lo cual "LAS PARTES" llevarán a cabo las acciones necesarias para que dicha información se encuentre al alcance de la ciudadanía.

Lo anterior, en apego a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para "LA UNAM"; así como de todas aquellas relativas y aplicables en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

DÉCIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- La propiedad intelectual que se derive de los trabajos realizados con motivo de este Convenio de Colaboración, serán propiedad de la parte que las haya producido. Si estas derivan de un trabajo conjunto, ambas partes serán titulares de los derechos en igual proporción. Asimismo, "LAS PARTES" reconocerán a las instituciones participantes, así como a los investigadores y ponentes su derecho de figurar como autores en todo aquello que legalmente les corresponda por haberlo generado, lo anterior, de conformidad con lo establecido por la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento y demás disposiciones legales que resulten aplicables y a los instrumentos específicos que sobre el particular suscriban.

"LA UNAM" podrán utilizar la información o resultados que se deriven del presente instrumento en sus funciones académicas e institucionales. DECIMA PRIMERA.- CAUSAS DE TERMINACION.- "LAS PARTES" podrán dar por terminado en cualquier momento el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad de su parte, por las causas que a continuación se señalan:

3 DE

Page 4: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

1.- Por la voluntad de una o de ambas partes 2.- Haber concluido el objeto convenido en este Contrato, 3.- Por ser imposible la realización del objeto mismo; y, 4.- Cuando por la naturaleza de los trabajos ya no sean necesarios debido a cambios en los programas y proyectos por parte de "EL MUNICIPIO".5.- Contravengan alguna de las cláusulas que integran el presente Contrato, o por cualquier otra causa derivada de la ley.

Por parte de "LA UNAM":

A) Demuestre falta de capacidad, aptitudes o facultades propias para desarrollar las actividades para las que fue contratado.

B) Suspenda injustificadamente la prestación de los servicios objeto del presente instrumento.

C) No efectúe los trabajos conforme a los términos establecidos en el presente contrato.

D) Subcontrate la totalidad o parte de este instrumento, sin el consentimiento expreso y por escrito de "EL MUNICIPIO" por conducto de la Dirección General de Desarrollo Institucional.

DÉCIMA SEGUNDA.- PENA CONVENCIONAL. "LA UNAM" se obliga con "EL MUNICIPIO" para el caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de ese Contrato y precisadas de manera particular en sus cláusulas, siempre y cuando no se hayan subsanado por parte de "LA UNAM", a pagar una pena convencional equivalente al 30% del valor total de este contrato, y existiendo pagos pendientes a favor de "LA UNAM", éste faculta a "EL MUNICIPIO" desde este momento para que se realice el descuento correspondiente.

DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL. Las partes convienen que "EL MUNICIPIO" no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con "LA UNAM" ni con los trabajadores que ésta contrate para la realización de los trabajos objeto del presente Contrato por lo que no se considera a "EL MUNICIPIO" bajo ninguna circunstancia patrón sustituto, y "LA UNAM" expresamente lo exime de cualquier responsabilidad de carácter civil, fiscal, de seguridad social o de cualquier otra materia que en su caso pudiera llegar a generarse.

DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD CIVIL Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen "LAS PARTES".

DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes; mediante la firma del Convenio Modificatorio respectivo, dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA SEXTA.- VALIDEZ DE CONTRATO.- Manifiestan las partes expresamente en forma lisa y llana, sin coacción alguna, que en la celebración y firma del presente Contrato no existe error, dolo, mala fe, ni violencia alguna que pudiera invalidarlo, por lo que se obligan a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar.

DÉCIMA SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN.- Las partes convienen para el caso de incumplimiento e interpretación del presente Contrato, someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales de León, Guanajuato, renunciando a los que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.

4DE

Page 5: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

POR "E POR "LA UNAM"

C.P. ENRIQUE RODRIGO SOS DR. DOi INGOALBERTOVITA IIAZ DIRECT COODINADOR DE HUMANI ADES

INSTITUCION

VOBO

LIC. LUIS SECRETARI

C.P. JORGE ED SUBDIRECTOR

RAMIR ZSLDÑA IDAD PÚBLICA DE

GARCIA GUZMAN APACITACIÓN

Leído y entendido que fue el presente Contrato por cada una de las partes que intervienen, manifestando conocer el alcance legal de todas y cada una de sus cláusulas, lo firman por cuadruplicado para constancia en la ciudad de León, Guanajuato, el día 16 de febrero del 2017.

DRA. ALICIA ZICCARDI C s NTIGIANI DIRECTOR DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO

DE ESTUDIOS SOBRE LA CIUDAD

La presente foja forma parte del contrato de prestación de servicios académicos, que celebra el Municipio de León, Guanajuato, y la UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXIcO, A TRAVES DE SU COORDINADOR DE HUMANIDADES CON ASISTENCIA DEL DIRECTOR DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS DE LA cIUDAD.FOLIO.- 20170736 LICS.- LPRJJTG/NTMA

Page 6: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ACADÉMICOS QUE

ANEXO 1

Universidad Nacional Autónoma de México Coordinación de Humanidades

Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad Coordinación de Universidad Abierta y Educación a Distancia

Centro de Estudios Municipales y Metropolitanos Alianza Euro Latinoamericana de Cooperación entre Ciudades, AL-LAs,

Coordinación General de Asuntos Internacionales del Gobierno de la Ciudad de México

Convocan al

Diplomado Internacional Acción internacional de los gobiernos locales

odaiiíia virktal

Objetivo general Formar de manera especializada a profesionales, investigado-res y académicos sobre las nuevas tendencias y dinámicas en las relaciones internacionales de los gobiernos locales, mediante fundamentosteórlcos pero con base en la práctica, afin de incre-mentar sus conocimientos, habilidades y competencias, siendo capacesdedesenvolversecompetitivayprofesionalmente,asicomo de analizar y proponer estrategias y soluciones prácticas e inno-vadoras de política pública para la internacionalización de los go-biernos locales y regionales.

Dirigido a Servidores públicos de los diferentes órdenes de gobierno, po-líticos y responsables técnicos tomadores de decisiones, uni-versitarios, investigadores e interesados en profesionalizarse en relaciones internacionales de gobiernos locales y que deseen fortalecer sus conocimientos y práctica profesional en la ma-teria.

Información general DuracIón: 240 horas, distribuidas en 22 semanas de trabajo durante 6 meses. Los participantes deberán dedicar al estudio, en promedio, 12 horas a la semana. Desarrollo: 6 módulos virtuales y 1 sesión presencial, en la cual se tienen previstas actividades extracurriculares.

Programa Módulo O (MOOC). Los gobiernos locales como actores internacionales.

Módulo U. La emergencia de los gobiernos locales como nuevos actores internacionales (historia, antecedentes y marco general).

Módulo UI. Panorama actual de las relaciones internacionales de los gobiernos locales.

Módulo III La acción internacional como política pública.

Módulo IV. Acción internacional para ciudades más incluyentes, sustenta- bles y atractivas.

a

de 20 e febrero a131 de julio

Módulo V (sesión presencial). Consultoría política. Políticas públicas de acción internacional.

Módulo VI. Gobiernos locales en la agenda internacional: ¿actores o espectadores?

Docentes Coordinador académico: Jean-Pierre Malé (España), Experto en política pública y cooperación internacional. Profesores: académicos y expertos de América Latina y Europa.

Metodología • Conferencias virtuales • Lecturas • Actividades de aprendizaje • Foros de discusión • Recursos de apoyo • Asesorías • Sesión presencial

Diploma Se otorgará un Diploma a quienes aprueben satisfactoriamente los módulos del Diplomado y hayan cumplido con todos los requisitos. Cupo limitado.

Costo Para diplomantes mexicanos y/o personas que residen en México: $16.000 pesos mexicanos. Para diplomantes extranjeros: $800 USD.

Contacto y ntayores jnlorrnes PUEC UNAM Lunes ajueves 10:00 a 15:00 y 16:00 a lg:00 horas. 'Tiernes 10:00 a 17:00 horas.

Correo: [email protected] Tel: +52(55) 5522 2330 ext. 131 y 120 www.puec.unam.mx