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CONTRATO DE LEASING 1. ANTECEDENTES: Sus antecedentes se remontan a las antiguas culturas del Oriente Medio de los pueblos sumerios hace 5000 años, donde los propietarios de las tierras cedían su uso pues no podían cultivarla bajo su propia administración. En los tiempos modernos, las operaciones desarrolladas en el siglo XIX por las empresas explotadoras de los ferrocarriles norteamericanos, a través del sistema de alquiler-venta de locomotoras. SU desarrollo como manifestación contractual práctica es una expresión del siglo XX. Hubo tres factores que acrecentaron la necesidad de separación entre propiedad y uso: 1. El alto precio de los bienes, en especial de equipos. 2. L carencia de recursos para su adquisición 3. La conveniencia de renovar los equipos de cuerdo al cambio tecnológico. A comienzos de la década de los 50 en EE.UU con la creación de la United States Leasing Corporation, se inicia la actividad financiera del Leasing. A través de los eslóganes lidership not ownershipso pay as you earn, se genera de que poco importa si los vehículos, maquinas y locales industriales son de tu propiedad con tal que los tengas a tu disposición y las obligaciones resultantes del leadership y las remuneraciones de los trabajadores deberían ser satisfechas prevalentemente con ingresos corrientes. En Europa en los años 1960 el contrato de Leasing se instala en Gran Bretaña mediante el nacimiento de de la Mercantile leasing Co. Ltd.; que fue resultado de la unión de la empresa americana United States Leasing Corporation y la financiera inglesa Mercantile Credite Co.Ltd. Estas actividades se baso en el papel de los bancos mercantiles, las financieras de ventas a plazos y las filiales de los bancos

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CONTRATO DE LEASING1. ANTECEDENTES:

Sus antecedentes se remontan a las antiguas culturas del Oriente Medio de los pueblos sumerios hace 5000 aos, donde los propietarios de las tierras cedan su uso pues no podan cultivarla bajo su propia administracin.

En los tiempos modernos, las operaciones desarrolladas en el siglo XIX por las empresas explotadoras de los ferrocarriles norteamericanos, a travs del sistema de alquiler-venta de locomotoras.

SU desarrollo como manifestacin contractual prctica es una expresin del siglo XX.Hubo tres factores que acrecentaron la necesidad de separacin entre propiedad y uso:

1. El alto precio de los bienes, en especial de equipos.

2. L carencia de recursos para su adquisicin

3. La conveniencia de renovar los equipos de cuerdo al cambio tecnolgico.

A comienzos de la dcada de los 50 en EE.UU con la creacin de la United States Leasing Corporation, se inicia la actividad financiera del Leasing.

A travs de los eslganes lidership not ownershipso pay as you earn, se genera de que poco importa si los vehculos, maquinas y locales industriales son de tu propiedad con tal que los tengas a tu disposicin y las obligaciones resultantes del leadership y las remuneraciones de los trabajadores deberan ser satisfechas prevalentemente con ingresos corrientes.En Europa en los aos 1960 el contrato de Leasing se instala en Gran Bretaa mediante el nacimiento de de la Mercantile leasing Co. Ltd.; que fue resultado de la unin de la empresa americana United States Leasing Corporation y la financiera inglesa Mercantile Credite Co.Ltd. Estas actividades se baso en el papel de los bancos mercantiles, las financieras de ventas a plazos y las filiales de los bancos norteamericanos, en razn de la poltica restrictiva de crdito del gobierno laborista, lo que facilito la expansin del leasing como instrumento de financiamiento industrial.

En 1962 en Francia con la unin de bancos privados franceses y compaas aseguradoras se cre Locafrance y en 1963 s establecieron compaas dedicadas con exclusividad al leasing en Alemania, Blgica, Espaa e Italia}

El contrato de leasing es propio del derecho anglosajn, siendo un contrato atpico en la mayora de los ordenamientos jurdicos y por lo tanto de fcil adaptacin a las circunstancias propias dcada jurisdiccin.2. VOCABLO LEASING

Es de origen anglosajn proviene del verbo to lease que significa arrendar

Se usa para denominar las operaciones de arrendamiento de bienes que renen determinadas condiciones.

Surge una confusin con el contrato renting en cuanto al significado del verbo de procedencia, rent , que tambin significa arrendar cuando se habla de alquiler en sentido general; excepto en trminos econmicos. Esta confusin de trminos ha trado la imprecisin en la traduccin para los dems pases.En el castellano la traduccin ms usada del vocablo leasing es la de arrendamiento-financiero.

Desde un sentido econmico la palabra locacin se alude al intercambio de un goce por dinero, as el arrendatario tiene como derecho real la posesin del bien. En este caso el uso no slo es de hecho, sino tambin de derecho.3. DEFINICINSe puede definir sobre conceptos econmicos o jurdicos.

Aspectos econmicos:

a) Se trata de un modo de financiar inversiones que permiten a las empresas industriales y comerciales equiparse sin tener que movilizar fondos.

b) Se trata de financiamiento a mediano y corto plazo, efectuado por instituciones especializadas que tiene como fundamento jurdico un contrato de arrendamiento.

c) Es la operacin econmica efectuada por sociedades especializadas que, a peticin de sus clientes, compran bienes de equipo y los ponen a disposicin de firmas peticionarias en forma de arrendamiento, ligado a condiciones especiales.

Aspectos jurdicos:

a) Para Daro Brugnago: Es un contrato mediante el cual el propietario de bienes de cualquier especie (maquinas, enseres, instalaciones, vehculos especiales, inmuebles), concede como arrendador la tenencia y uso de esos bienes a un usuario llamado arrendatario, durante un periodo prefijado de tiempo y contra la retribucin de un canon establecido.

b) Para Ferrarini: Con el contrato de Leasing Financiero una parte concede a otra el goce de un bien (mueble o inmueble) contra un correspectivo en cuotas y por un tiempo determinado, atribuyendo a ella la facultad de adquirir la propiedad del bien al vencimiento del contrato mediante el pago de un precio preestablecido.

El contrato de leasing en el Per es mencionado en el Decreto Legislativo N 299. Art.1.Considrese Arrendamiento Financiero, el contrato mercantil que tiene por objeto la locacin de bienes muebles e inmuebles por una empresa locadora para el uso de la arrendataria, mediante el pago de cuotas peridicas y con opcin a favor de la arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado.4. CLASES DE BIENESLos bienes de materia de arrendamiento financiero estn constituidos por los bienes de capital o por los bienes de equipo que participan en el desarrollo de la empresa. Lo que ms interesa en estos bienes es principalmente es su uso ms que su propiedad.

Los bienes a otorgarse en leasing deben reunir las siguientes condiciones:

Que se trata de bienes susceptibles de apreciacin econmica

Que se trata de bienes enajenables, por su condicin de estar dentro del comercio.

Que sean determinados

Que revistan existencia real o posible

Hay la tendencia a limitarlo a los bienes instrumentales (dando por supuesto que usuario es un empresario)y dentro de ellos, por lo menos para el leasing mobiliario, a los de obsolescencia rpida, incluso de la clases de bienes que no estn normalmente disponibles en el mercado en locacin sino nicamente en venta. Tambin que debe tratarse de bienes nuevos; no usados.Uno de los aspectos que se plantea es que si los bienes intangibles pueden ser materia de arrendamiento financiero, como: derechos patrimoniales, de autor, de inventor, de patentes, nombres, marcas, teniendo presente que muchas legislaciones se considera que son bienes muebles, entre otros los derechos.En el Per, la Circular NB-1763-87 de la Superintendencia de Banca y Seguro, de fecha 22 de abril de 1987, seala que estos contratos no pueden versar sobre los derechos que recaigan en los bienes salvo el caso de inmuebles sujetos al rgimen de la propiedad horizontal y similares. Prohbe igualmente celebrar contratos que versen sobre ttulos o valores de cualquier especie o denominacin, contribuciones tecnolgicas intangibles, marcas patentes y programas de computacin (software) y similares.5. CASOS DE LEASING

a) Cada calidad es asumida por una persona distinta. Estamos ante el leasing financiero indiscutido. Primus es el tomador, secundus la entidad financiera y tertius el proveedor.b) Dos calidades son asumidas por una sola persona, presentndose las siguientes situaciones.

I. En el leasing operativo, provee y financia una misma persona, Todo se desarrolla entre primus y tertius.

II. En el leasing-back la calidad de proveedor es asumida por el tomador. Todo se desarrolla entre primus y secundus.

III. Queda un caso dudoso: Cuando la calidad de proveedor es asumida por la entidad financiera, de tal modo que todo se desarrolle tambin entre primus y secundus.