contrato de comodato

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Contrato de comodato El comodato o préstamo de uso es un contrato por el cual una parte entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o bien raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. [1] 1 Naturaleza jurídica El comodato (< latín commodatum) es el contrato por el cual una de las partes (comodante) entrega gratuitamente a la otra (comodatario) una cosa para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva a su término. [2] El comodante conserva la propiedad de la cosa, por lo que no es traslativo del dominio. Sólo se entrega la tenencia de la cosa, la posesión. Es concebible un comodato incluso sobre el bien fungible por excelencia, el dinero. Por ejem- plo, pueden entregarse a un banquero o a un numismático unas monedas determinadas para su exhibición durante un tiempo determinado. 2 Características Es un contrato típico o nominado, puesto que se ha- lla regulado por la ley. Es un contrato unilateral, si bien puede llegar a convertirse en un contrato sinalagmático imperfecto cuando el comodante se ve obligado a indemnizar al comodatario por algunos gastos especiales realiza- dos por este para la conservación de la cosa. Es un contrato esencialmente gratuito. Es un contrato real, ya que para su perfeccionamien- to se requiere la entrega de la cosa. Es un contrato conmutativo. Es de ejecución diferida. 3 Elementos Los elementos personales (comodante y comodatario) y los aspectos relativos a su capacidad, naturaleza del objeto y forma del contrato se explican más abajo. En cuanto a su perfeccionamiento: El contrato nace con la entrega de la cosa. En el de- recho argentino, con la firma del contrato (si es que se efectúa por escrito). En cuanto a su contenido: Es generalmente gratuito y con facultad de usarla en favor del comodatario. El comodatario debe devolver la misma cosa en el mismo estado en que fue recibida. No sólo el propietario, sino también el usufructuario y el arrendatario pueden constituirlo, e incluso, dice Castán, es válido entre las partes el préstamo de cosa ajena, si- quiera no pueda éste modificar en nada la situación del propietario de la cosa, en el supuesto de que quiera reivin- dicarla. 3.1 Capacidad No se requiere capacidad especial para celebrar este con- trato, basta la capacidad general para contratar. No trans- mitiéndose por el comodato la propiedad, sino el uso de la cosa, toda persona que tenga un mínimo de derechos sobre ella pueda cederla en comodato, siempre que esos derechos no sean personalísimos, como los de un usuario o habitacionista. 3.2 Objeto El objeto del comodato ha de ser una cosa no fungible; pero las cosas consumibles serán materia apta para este contrato, siempre que se presten para un uso tal que no implique consumo de las mismas ad pompam vel ostenta- tionem La llamada “fabricación en serie” ha generado un nuevo tipo de fungibilidad. Así, si el objeto es una cosa fabricada en serie, es posible la devolución de “otra cosa idéntica”, y podría existir una nueva forma de comodato. Aunque el concepto de comodato deja bien claro que es el préstamo de una cosa, se cuestiona si es posible prestar los derechos. Hay autores que lo afirman. En algunos ca- sos es posible, como por ejemplo la entrada a un teatro, el billete de un viaje, etc. 3.3 Forma y prueba En cuanto a la forma de celebración, la única exigencia que se impone, por su carácter real, es la de la entrega de 1

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Contrato de Comodato

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  • Contrato de comodato

    El comodato o prstamo de uso es un contrato por elcual una parte entrega a la otra gratuitamente una especie,mueble o bien raz, para que haga uso de ella, con cargo derestituir la misma especie despus de terminado el uso.[1]

    1 Naturaleza jurdicaEl comodato (< latn commodatum) es el contrato por elcual una de las partes (comodante) entrega gratuitamentea la otra (comodatario) una cosa para que use de ella porcierto tiempo y se la devuelva a su trmino.[2]

    El comodante conserva la propiedad de la cosa, por lo queno es traslativo del dominio. Slo se entrega la tenencia dela cosa, la posesin. Es concebible un comodato inclusosobre el bien fungible por excelencia, el dinero. Por ejem-plo, pueden entregarse a un banquero o a un numismticounas monedas determinadas para su exhibicin duranteun tiempo determinado.

    2 Caractersticas Es un contrato tpico o nominado, puesto que se ha-

    lla regulado por la ley.

    Es un contrato unilateral, si bien puede llegar aconvertirse en un contrato sinalagmtico imperfectocuando el comodante se ve obligado a indemnizar alcomodatario por algunos gastos especiales realiza-dos por este para la conservacin de la cosa.

    Es un contrato esencialmente gratuito.

    Es un contrato real, ya que para su perfeccionamien-to se requiere la entrega de la cosa.

    Es un contrato conmutativo.

    Es de ejecucin diferida.

    3 ElementosLos elementos personales (comodante y comodatario) ylos aspectos relativos a su capacidad, naturaleza del objetoy forma del contrato se explican ms abajo. En cuanto asu perfeccionamiento:

    El contrato nace con la entrega de la cosa. En el de-recho argentino, con la rma del contrato (si es quese efecta por escrito).

    En cuanto a su contenido:

    Es generalmente gratuito y con facultad de usarla enfavor del comodatario.

    El comodatario debe devolver la misma cosa en elmismo estado en que fue recibida.

    No slo el propietario, sino tambin el usufructuario y elarrendatario pueden constituirlo, e incluso, dice Castn,es vlido entre las partes el prstamo de cosa ajena, si-quiera no pueda ste modicar en nada la situacin delpropietario de la cosa, en el supuesto de que quiera reivin-dicarla.

    3.1 CapacidadNo se requiere capacidad especial para celebrar este con-trato, basta la capacidad general para contratar. No trans-mitindose por el comodato la propiedad, sino el uso dela cosa, toda persona que tenga un mnimo de derechossobre ella pueda cederla en comodato, siempre que esosderechos no sean personalsimos, como los de un usuarioo habitacionista.

    3.2 ObjetoEl objeto del comodato ha de ser una cosa no fungible;pero las cosas consumibles sern materia apta para estecontrato, siempre que se presten para un uso tal que noimplique consumo de las mismas ad pompam vel ostenta-tionem La llamada fabricacin en serie ha generado unnuevo tipo de fungibilidad. As, si el objeto es una cosafabricada en serie, es posible la devolucin de otra cosaidntica, y podra existir una nueva forma de comodato.Aunque el concepto de comodato deja bien claro que esel prstamo de una cosa, se cuestiona si es posible prestarlos derechos. Hay autores que lo arman. En algunos ca-sos es posible, como por ejemplo la entrada a un teatro,el billete de un viaje, etc.

    3.3 Forma y pruebaEn cuanto a la forma de celebracin, la nica exigenciaque se impone, por su carcter real, es la de la entrega de

    1

  • 2 5 EFECTOS DEL CONTRATO DE COMODATO

    la cosa al comodatario.Tratndose de inmuebles, para la prueba de si la en-trega de la posesin fue gratuita (precario) u onerosa(arrendamiento) se estar a las reglas generales de loscontratos, teniendo en cuenta que la jurisprudencia pre-sume el carcter oneroso de la entrega de un inmueblepor su larga duracin y falta de justicacin cuando no setrata de personas con relaciones familiares o ntimas.

    4 Comparacin con otros contratos Comodato y arrendamiento: ambos tienen por objeto

    el uso de cosas no fungibles. La diferencia es queel contrato de arrendamiento o locacin no es real.Hay contrato de arrendamiento con todos sus efectosdesde que se celebra, an cuando no se entregue elbien.

    Comodato y usufructo: en el usufructo, la personaque recibe la cosa tiene derecho de propiedad sobrelos frutos; en el comodato, no.

    Comodato y mutuo o prstamo de consumo :

    a) Por sus caracteres: el comodato es esencial-mente gratuito, mientras que el prstamo tam-bin admite el pacto de pagar inters.

    b) Por razn del objeto: el prstamo recae sobredinero o cosas fungibles y el comodato sobrecosas no fungibles.

    c) Por su nalidad: la del mutuo o prstamo estransferir la propiedad, mientras que la del co-modato solo transere el uso de la cosa.

    d) Por sus efectos: el mutuo o prstamo pro-duce la obligacin de restituir otro tanto de lamisma especie y calidad; el comodato, la derestituir la cosa misma que fue entregada.

    e) Por la extincin: en el prstamo no puedereclamarse la devolucin antes del tiempo con-venido, mientras que en el comodato puede re-clamarse antes.

    Comodato y donacin: el contrato de donacin esconsensual, queda perfeccionado por el simple con-sentimiento y la propiedad de la cosa se transeredel donante al donatario; el comodato se perfeccionacon la entrega de la cosa y no existe transferencia dela propiedad porque el comodante solo permite eluso gratuito de la cosa entregada.

    4.1 La promesa del comodatoEn el Cdigo civil espaol nada se regula, a diferencia,por ejemplo, de lo que establece el artculo 2256 delCdigo civil argentino: la promesa de hacer un emprstitode uso no da accin alguna contra el promitente. La doc-trina admite esta solucin de falta de accin al tratarse deun contrato real y gratuito. Sin embargo, esto no implicaque por va de otras normas no se atiendan situaciones es-peccas como obligacin precontractual; por ejemplo, siel futuro comodatario hiciere gastos o inversiones sobrela cosa, tendr derecho a recuperarla por va de enrique-cimiento sin causa, si luego no se entrega sin justicacinrazonable.

    5 Efectos del contrato de comodato

    5.1 Obligaciones del comodatarioEl Cdigo espaol establece que el comodante conservala propiedad de la cosa y, en consecuencia, el comodata-rio adquiere nica y exclusivamente el simple uso de lacosa prestada durante un determinado perodo de tiem-po. En el caso de que la cosa prestada produzca frutos: Elcomodatario adquiere el uso de ella (de la cosa), pero nolos frutos. Son sus obligaciones:

    1. La de restitucin. El comodatario debe devolverla cosa al concluir el uso para el que se le prest ouna vez transcurrido el plazo pactado, si bien en ca-so de urgente necesidad de ella, el comodante podrreclamarla antes y el comodatario est obligado arestituirla.

    2. Satisfacer los gastos ordinarios que sean de nece-sidad para el uso y conservacin de la cosa prestada.

    3. Utilizar la cosa, de conformidad con la propianaturaleza de sta, para el uso para que se le prest.

    4. El obligado a dar alguna cosa lo est tambin aconservarla con la diligencia propia de un buen pa-dre de familia.

    5. No tiene derecho de retencin alguno sobre ellaa pretexto de lo que el comodante le deba, aunquesea. por razn de expensas.

    6. Responde no slo en caso de culpa de la prdidao deterioro, sino tambin por caso fortuito en los doscasos siguientes: 1. Cundo el comodatario destinala cosa a un uso distinto de aquel para que se prest,o la conserva en su poder por ms tiempo del con-venido. 2. Cuando la cosa prestada se entreg contasacin, en cuyo caso responde el comodatario delprecio (ya que se supone que la estimacin se hizocon el propsito de poner los riesgos de la cosa acargo del prestatario), a no haber pacto en que ex-presamente se le exima de responsabilidad. Adems

  • 3todos los comodatarios a quienes se presta conjun-tamente una cosa responden solidariamente de ella.

    5.2 Obligaciones del comodanteSiendo contrato unilateral sus obligaciones tienen carctereventual o accidental, y nacen de principios de justicia.Son tales obligaciones:

    Abonar los gastos extraordinarios causados duranteel contrato para la conservacin de la cosa presta-da, siempre que el comodatario lo ponga en su co-nocimiento antes de hacerlos, salvo cuando fuerentan urgentes que no pueda esperarse el resultado delaviso sin peligro.

    Responder de los daos que hubiere sufrido el como-datario por los vicios de la cosa prestada que el co-modante conociere y no hubiere hecho saber a aqul.Responde slo de los vicios que conoce, y no de to-dos, como en la venta y el arrendamiento, porqueestos contratos son onerosos, y el comodato es gra-tuito para el comodatario.

    6 Extincin del comodato

    6.1 Cesacin del comodatoSi no se pact la duracin del comodato ni el uso a que ha-ba de destinarse la cosa prestada, y ste no resulta deter-minado por la costumbre de la tierra, puede el comodantereclamarla a su voluntad, al tiempo que dispone que, encaso de duda, incumbe la prueba (de tales extremos) alcomodatario. Opina Castn que la expresin uso a quehaba de destinarse la cosa, en el Cdigo Civil espaoldebe ser entendida en trminos temporales; por consi-guiente, ms que por referencia a la posible utilizacinde la cosa conforme a su naturaleza o, por el contrario, aun uso de carcter secundario o alternativo. Por ejemplo,si el dueo de un cuadro lo presta a quien lo pint parauna exposicin monogrca, debe entenderse que la re-clamacin por el comodante no debe realizarse hasta quedicha exposicin sea clausurada. As se deduce, en efecto,del artculo 1.749: el comodante no puede reclamar lacosa prestada sino despus de concluido el uso para quela prest. Sin embargo, si antes de estos plazos tuviereel comodante urgente necesidad de ella, podr reclamarla restitucin. La referencia a estos plazos slo puedeconectarse con el uso para el que la prest (libro pa-ra preparar un examen; chaqu para la boda de tu primo,etc.).

    6.2 Casos ms usuales Prdida de la cosa:(con independencia de quin haya

    de soportar la responsabilidad por dicha prdida).

    Voluntad unilateral del comodante y del comodata-rio: Por reclamar fundadamente el comodante la res-titucin de la cosa objeto de prstamo, ora por tenernecesidad urgente de ella, ora por haber quedado in-determinado el plazo de duracin de contrato.

    Transcurso del plazo: es la principal causa de conclu-sin del contrato. El artculo 2271 del Cdigo Civilespaol dice que cesa el comodato por concluir eltiempo del contrato, o por haberse terminado el ser-vicio para el cual la cosa fue prestada.

    Supuesta falta de plazo: si no hay una fecha indica-da de la devolucin de la cosa, el comodante puedepedir la devolucin de sta cuando l quiera. En stecaso, el comodato se denomina precario.

    Muerte del comodatario: en el caso de que el prsta-mo se haya hecho en contemplacin a la persona deaqul. En otro caso, las obligaciones y derechos quenacen del comodato pasan a los herederos de amboscontrayentes.

    7 Aplicacin en materia comercialNo existen dentro del Cdigo de Comercio disposicionesreferidas al contrato de comodato. El uso del comodatode bienes muebles es frecuente y de empleo generalizado.Un ejemplo diario es la venta de productos envasados cu-yo envase debe devolverse. En este caso estaramos frentea dos contratos diferentes: por un lado la venta del pro-ducto, y por el otro el comodato (tambin llamado prs-tamo de uso) respecto del envase que debe ser devuelto oreintegrado al comerciante.

    8 Acciones que nacen del contratode comodato

    Accin para obtener la devolucin de la cosa dadaen comodato

    Accin ante el uso indebido de la cosa, de devoluciny daos y perjuicios

    Accin de daos y perjuicios por deterioro o prdidade la cosa imputable al comodatario

    Accin de reivindicacin contra el tercer adquirientede la cosa

    Accin contra los herederos del comodatario que debuena fe vendieron la cosa para obtener su valor.

    Accin contra los herederos que de mala fe vendie-ron la cosa para obtener el valor actual de ella y losperjuicios

  • 4 11 BIBLIOGRAFA

    Accin de daos y perjuicios causados por los viciosocultos de la cosa.

    Accin dada en equivalencia

    9 Vase tambin

    Portal:Derecho. Contenido relacionado conDerecho.

    Contrato de mutuo Contrato de depsito Contrato de arrendamiento Precario

    10 Referencias[1] Comodato. Enciclopedia jurdica. Consultado el 22 de

    noviembre de 2014.

    [2] Comodato vs. Depsito.Dendase.com. Consultado el22 de noviembre de 2014.

    11 Bibliografa Lpez Santa Mara, Jorge (2005). Los contratos.

    Santiago de Chile: Editorial Jurdica de Chile. Prez de Ontiveros Baquero, Carmen (1998). El

    contrato de comodato. Pamplona: Aranzadi.

  • 512 Texto e imgenes de origen, colaboradores y licencias12.1 Texto

    Contrato de comodato Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_de_comodato?oldid=80118611 Colaboradores: Alstradiaan, Si-mnK, Tostadora, Barcex, Yakoo, Digigalos, Petronas, Yrithinnd, Yrbot, FlaBot, Vitamine, Metronick, Filipo, Folkvanger, CEM-bot,Crates, Guille, Kved, Beaire1, Netito777, Dhidalgo, VolkovBot, Matdrodes, Aepedraza, ROMULO QUIONES, Muro Bot, BotMulti-chill, Jmvgpartner, SieBot, PaintBot, Drinibot, Novelln, Handradec, Chavaromero, Tirithel, Leonpolanco, Stepanian, Ucevista, AVBOT,Diegusjaimes, Arjuno3, Lsegovia88, Jorge 2701, Xqbot, Jkbw, Dreamerbcn, BOTirithel, Halfdrag, Vubo, PatruBOT, AldanaN, MisterRoboto, Grillitus, Palissy, MerlIwBot, Elvisor, Lautaro 97, Addbot, Churrasco italiano, Jarould, JuanCalamidad y Annimos: 82

    12.2 Imgenes Archivo:Scale_of_justice_2.svg Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/0/0e/Scale_of_justice_2.svg Licencia: Pu-

    blic domain Colaboradores: Trabajo propio Artista original: DTR

    12.3 Licencia de contenido Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0

    Naturaleza jurdica Caractersticas Elementos Capacidad Objeto Forma y prueba

    Comparacin con otros contratos La promesa del comodato

    Efectos del contrato de comodato Obligaciones del comodatario Obligaciones del comodante

    Extincin del comodato Cesacin del comodato Casos ms usuales

    Aplicacin en materia comercial Acciones que nacen del contrato de comodato Vase tambin Referencias Bibliografa Texto e imgenes de origen, colaboradores y licenciasTextoImgenesLicencia de contenido