contrato de arrendamiento agosto 2016.docx

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTOConste por el presente contrato que celebran de una parte. Como ARRENDADORA la Sra JULIA KAMADA GONZALEZ identificada con DNI N 28214690, con domicilio en la Urbanizacin Luis Carranza Ayarza Mz. B Lote 31, del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho, y de la otra parte como EL ARRENDATARIO, el seor(a)..identificado(a) con DNI N.. y domiciliado(a) en la.. quienes convienen de mutuo acuerdo y regulado por las leyes vigentes sobre la materia, en los trminos y condiciones siguientes:PRIMERA.-LA ARRENDADORA es propietaria del inmueble Ubicado en la Urb. Mara Cordero Mz C Lote 02 en Canan Bajo del distrito de Mariscal Cceres Dorregaray, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho.SEGUNDA.- LA ARRENDADORA deja constancia que el inmueble al que se refiere la clusula anterior se encuentra desocupado, en buen estado de conservacin y habitabilidad, y sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario; el cual tiene 7 habitaciones dos cocinas, un comedor , una sala , tres dormitorios y un kiosco y un garaje. Toda la vivienda tiene una extensin de 600 m2.OBJETO DEL CONTRATO:TERCERA.- Mediante el presente contrato LA ARRENDADORA da en alquiler al ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la clusula primera para destinarlo nicamente a vivienda, el cual es recibido en perfecto estado de operatividad, conforme a lo sealado en la clusula segunda. Por su parte, el ARRENDATARIO se obliga a pagar a LA ARRENDADORA el monto de la renta pactada en la clusula siguiente en la forma y oportunidad convenidas.CUARTA.- Las partes acuerdan que el Monto de la renta que pagar EL ARRENDATARIO, en calidad de contraprestacin por el alquiler del inmueble, asciende a la suma de S/...... (..00/nuevos soles) mensuales, cantidad que ser cancelada en dinero, en la forma y oportunidad a que se refiere la clusula siguiente.A la firma del presente contrato EL ARRENDATARIO, entrega a la ARRENDADORA, la suma de S/...... (..00/nuevos soles), correspondiente al mes adelantado de .., y; la suma de S/...... (..00/nuevos soles), por concepto de garanta, los cuales no generaran intereses ni rentas y sern devueltas a la entrega del bien, previa verificacin del cumplimiento de todos los pagos a los que est obligado EL ARRENDATARIO.

QUINTA.- La forma de pago de la renta ser por mensualidades adelantadas que el ARRENDATARIO pagar en el domicilio de LA ARRENDADORA, el primer da til de cada mes.SEXTA.- El plazo del presente contrato es de un ao, el cual regir a partir del .. hasta el;a cuyo vencimiento podr renovarse con el acuerdo de ambas partes, pudiendo variar las condiciones establecidas en el presente contrato, en cuanto al plazo, monto de la renta y uso del bien.SEPTIMA.- LA ARRENDADORA se obliga a entregar el bien objeto de la prestacin a su cargo en la fecha establecida en el presente contrato, la misma que se verificar con la entrega de las llaves.OCTAVA.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados, con sujecin a lo convenido en las clusulas cuarta y quinta.NOVENA.- Asimismo, EL ARRENDATARIO est obligado a pagar puntualmente el importe de todoslos servicios pblicos, tales corno agua y desage, energa elctrica y otros suministrados en beneficio del bien.Igualmente se incluye en esta clusula la obligacin de pagar los tributos municipales de parques y jardines, relleno sanitario, serenazgo y otros que graven el bien arrendado, con excepcin del impuesto predial el cual corresponde exclusivamente a la ARRENDADORA. DECIMA.- EL ARRENDATARIO est obligado a permitir la inspeccin del bien arrendado por parte de la ARRENDADORA, para cuyo efecto ste deber cursar previo aviso por escrito; con una anticipacin no menor de dos das.Queda convenido que forma parte de la inspeccin del Bien arrendado, la exhibicin de los recibos debidamente cancelados correspondientes a los servidos y tributos se refiere la clusula novena. DECIMO PRIMERA.- EL ARRENDATARIO est obligado a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean necesarios para conservar el bien en el mismo estado en que fue recibido.DCIMO SEGUNDA.- EL ARRENDATARIO queda prohibida de introducir mejoras, cambios o modificaciones internas y externas en el bien arrendado, sin el consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA. Todas las mejoras inclusive las de recreo, sern de beneficio de LA ARRENDADORA, sin obligacin de pago alguno.

DECIMO TERCERA.- EL ARRENDATARIO no podr ceder a terceros el bien materia del presente contrato bajo ningn ttulo, ni subarrendarlo, total o parcialmente, ni ceder su posicin contractual, salvo que cuente con el consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA, en cuyo caso se suscribirn los documentos que fueren necesarios.DECIMO CUARTA.- EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el bien arrendado en la fecha de vencimiento del plazo estipulado en la clusula sexta de este contrato, con opcin de renovacin del mismo. DECIMO QUINTA.- En caso de incumplimiento de lo estipulado en la clusula dcimo cuarta, EL ARRENDATARIO deber pagar en calidad de penalidad compensatorio: un importe ascendente a SI. S/.35.00 (Treinta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), por cada da de demora en la entrega del bien. DECIMOSEXTA. En la fecha de suscripcin de presente documento EL ARRENDATARIO entrega a LA ARRENDA DORA suma de S/...... ( ............................................... y 00/100 nuevos soles) equivalente a un mes de renta, en calidad de depsito, en Garanta del absoluto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este contrato.El mencionado depsito en garanta le ser devuelto al ARRENDATARIO sin intereses o rentas, al vencimiento del presente contrato, siempre que no haya sido renovado, y una vez verificado el estado de conservacin y funcionamiento del bien arrendado.Las partes dejan establecido que el depsito en garanta, no podr ser destinado a cubrir el pago de la renta de ningn perodo.DECIMO SEPTIMA. Las partes acuerdan que a fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato intervendr corno garante solidario el seor ., quin responder de igual forma que EL ARRENDATARIO, por las obligaciones asumidas por ste. DECIMOOCTAVA: Las partes declaran que EL ARRENDATARIO se somete a la clusula de allanamiento a futuro, previsto en el artculo 594 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL en consecuencia, en caso de incurrir en ms de dos meses y medio de incumplimiento en el pago de la renta convenida o de haberse concluido el plazo de contrato, EL ARRENDATARIO deber desocupar y restituir inmediatamente el bien la ARRENDADORA, conforme a los trminos del mencionado artculo; en este sentido ,EL ARRENDATARIO se compromete a contradecir dicha demanda solo si ha pagado las rentas convenidas o el contrato sigue vigente.DECIMO NOVENA: Ambas partes acuerdan de manera voluntarias que toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, convenio o acto jurdico, incluidas las de su nulidad o invalidez, sern resueltas a travs del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Arbitraje Popular "ARBITRA PERU", a cuya administracin, reglamentos y decisin se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad, el arbitraje ser de derecho y ser resuelto por rbitro nico, el mismo que ser elegido por el Centro de Arbitraje "Arbitra Per.Asimismo las partes acuerdan conceder al rbitro las facultades p ara la ejecucin forzosa del laudo; estas facultades comprenden hasta el ltimo acto procesal antes del uso de la fuerza pblica.En seal de conformidad las partes suscriben el presente contrato en la dudad de Ayacucho a los..das del mes de del 2015. .

CONTRATO DE ARRENDAMIENTOConste por el presente contrato que celebran de una parte. Como ARRENDADORA la Sra. JULIA KAMADA GONZALEZ identificada con DNI N 28214690, con domicilio en la Urbanizacin Luis Carranza Ayarza Mz. B Lote 31, del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho, y de la otra parte como EL ARRENDATARIO, el seor(a)..identificado(a) con DNI N.. y domiciliado(a) en la.. quienes convienen de mutuo acuerdo y regulado por las leyes vigentes sobre la materia, en los trminos y condiciones siguientes:PRIMERA.-LA ARRENDADORA es propietaria del inmueble Ubicado en la Urb. Luis Carranza Ayarza Mz B Lote 31 del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho.SEGUNDA.- LA ARRENDADORA deja constancia que el inmueble al que se refiere la clusula anterior se encuentra desocupado, en buen estado de conservacin y habitabilidad, y sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario; el cual es departamento habitacional.OBJETO DEL CONTRATO:TERCERA.- Mediante el presente contrato LA ARRENDADORA da en alquiler al ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la clusula primera para destinarlo nicamente a vivienda, el cual es recibido en perfecto estado de operatividad, conforme a lo sealado en la clusula segunda. Por su parte, el ARRENDATARIO se obliga a pagar a LA ARRENDADORA el monto de la renta pactada en la clusula siguiente en la forma y oportunidad convenidas.CUARTA.- Las partes acuerdan que el Monto de la renta que pagar EL ARRENDATARIO, en calidad de contraprestacin por el alquiler del inmueble, asciende a la suma de S/...... (..00/nuevos soles) mensuales, cantidad que ser cancelada en dinero, en la forma y oportunidad a que se refiere la clusula siguiente.A la firma del presente contrato EL ARRENDATARIO, entrega a la ARRENDADORA, la suma de S/...... (..00/nuevos soles), correspondiente al mes adelantado de .., y; la suma de S/...... (..00/nuevos soles), por concepto de garanta, los cuales no generaran intereses ni rentas y sern devueltas a la entrega del bien, previa verificacin del cumplimiento de todos los pagos a los que est obligado EL ARRENDATARIO.

QUINTA.- La forma de pago de la renta ser por mensualidades adelantadas que el ARRENDATARIO pagar en el domicilio de LA ARRENDADORA, el primer da til de cada mes.SEXTA.- El plazo del presente contrato es de un ao, el cual regir a partir del .. hasta el;a cuyo vencimiento podr renovarse con el acuerdo de ambas partes, pudiendo variar las condiciones establecidas en el presente contrato, en cuanto al plazo, monto de la renta y uso del bien.SEPTIMA.- LA ARRENDADORA se obliga a entregar el bien objeto de la prestacin a su cargo en la fecha establecida en el presente contrato, la misma que se verificar con la entrega de las llaves.OCTAVA.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados, con sujecin a lo convenido en las clusulas cuarta y quinta.NOVENA.- Asimismo, EL ARRENDATARIO est obligado a pagar puntualmente el importe de todoslos servicios pblicos, tales corno agua y desage, energa elctrica y otros suministrados en beneficio del bien.DECIMA.- EL ARRENDATARIO est obligado a permitir la inspeccin del bien arrendado por parte de la ARRENDADORA, para cuyo efecto ste deber cursar previo aviso por escrito; con una anticipacin no menor de dos das.Queda convenido que forma parte de la inspeccin del Bien arrendado, la exhibicin de los recibos debidamente cancelados correspondientes a los servidos y tributos se refiere la clusula novena.DECIMO PRIMERA.- EL ARRENDATARIO est obligado a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean necesarios para conservar el bien en el mismo estado en que fue recibido.DCIMO SEGUNDA.- EL ARRENDATARIO queda prohibida de introducir mejoras, cambios o modificaciones internas y externas en el bien arrendado, sin el consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA. Todas las mejoras inclusive las de recreo, sern de beneficio de LA ARRENDADORA, sin obligacin de pago alguno.

DECIMO TERCERA.- EL ARRENDATARIO no podr ceder a terceros el bien materia del presente contrato bajo ningn ttulo, ni subarrendarlo, total o parcialmente, ni ceder su posicin contractual, salvo que cuente con el consentimiento expreso y por escrito de LA ARRENDADORA, en cuyo caso se suscribirn los documentos que fueren necesarios.DECIMO CUARTA.- EL ARRENDATARIO se obliga a desocupar el bien arrendado en la fecha de vencimiento del plazo estipulado en la clusula sexta de este contrato, con opcin de renovacin del mismo. DECIMO QUINTA.- En caso de incumplimiento de lo estipulado en la clusula dcimo cuarta, EL ARRENDATARIO deber pagar en calidad de penalidad compensatorio: un importe ascendente a SI. S/.35.00 (Treinta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), por cada da de demora en la entrega del bien. DECIMOSEXTA. En la fecha de suscripcin de presente documento EL ARRENDATARIO entrega a LA ARRENDA DORA suma de S/...... ( ............................................... y 00/100 nuevos soles) equivalente a un mes de renta, en calidad de depsito, en Garanta del absoluto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este contrato.El mencionado depsito en garanta le ser devuelto al ARRENDATARIO sin intereses o rentas, al vencimiento del presente contrato, siempre que no haya sido renovado, y una vez verificado el estado de conservacin y funcionamiento del bien arrendado.Las partes dejan establecido que el depsito en garanta, no podr ser destinado a cubrir el pago de la renta de ningn perodo.DECIMO SEPTIMA. Las partes acuerdan que a fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato intervendr corno garante solidario el seor ., quin responder de igual forma que EL ARRENDATARIO, por las obligaciones asumidas por ste. DECIMOOCTAVA: Las partes declaran que EL ARRENDATARIO se somete a la clusula de allanamiento a futuro, previsto en el artculo 594 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL en consecuencia, en caso de incurrir en ms de dos meses y medio de incumplimiento en el pago de la renta convenida o de haberse concluido el plazo de contrato, EL ARRENDATARIO deber desocupar y restituir inmediatamente el bien la ARRENDADORA, conforme a los trminos del mencionado artculo; en este sentido, EL ARRENDATARIO se compromete a contradecir dicha demanda solo si ha pagado las rentas convenidas o el contrato sigue vigente.DECIMO NOVENA: Ambas partes acuerdan de manera voluntarias que toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, convenio o acto jurdico, incluidas las de su nulidad o invalidez, sern resueltas a travs del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Arbitraje Popular "ARBITRA PERU", a cuya administracin, reglamentos y decisin se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad, el arbitraje ser de derecho y ser resuelto por rbitro nico, el mismo que ser elegido por el Centro de Arbitraje "Arbitra Per.Asimismo las partes acuerdan conceder al rbitro las facultades p ara la ejecucin forzosa del laudo; estas facultades comprenden hasta el ltimo acto procesal antes del uso de la fuerza pblica.En seal de conformidad las partes suscriben el presente contrato en la dudad de Ayacucho a los..das del mes de del 2015. .