contrato de arrendamiento 1

3
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte don MANUEL CACHAY FLORES, identificado con R.U.C. Nº _____________ domiciliado en ___________________; en adelante EL ARRENDADOR; y de la otra parte CORPORACION GASTRONOMICA LAMBAYEQUE E.I.R.L. con RUC N° 20539115104; representado por el Gerente don RICARDO ERNESTO INILOPU GARCIA, identificado con DNI N° 03700474 domiciliado en calle Juan Manuel Iturregui N° 133 de la ciudad de; en adelante EL ARRENDATARIO; en los términos siguientes: PRIMERO EL ARRENDADOR es propietario del local del inmueble ubicado en la calle Conroy N° 105 del Distrito de Monsefu provincia de Chiclayo departamento de Lambayeque. SEGUNDO Por el presente documento, EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la cláusula anterior; para ser usado exclusivamente como local comercial. TERCERO El plazo de duración del presente contrato es de dos (02) años, que se inicia el primero (1) de marzo de 2015, venciendo indefectiblemente dentro de los dos años subsiguientes, fecha en que EL ARRENDATARIO entregará el inmueble materia del presente a EL ARRENDADOR, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno, en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro de su uso normal y cuidadoso. Vencido el tiempo del presente contrato será renovado por un lapso de tiempo similar o mayor; con incremento de merced conductiva no mayor al 10%. CUARTO La merced conductiva pactada de común acuerdo, es de S/. 1,300.00 (mil trecientos y 00/100 Soles) mensuales, que se pagarán en forma adelantada contra la presentación del

Upload: thecesar5x

Post on 12-Sep-2015

214 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Contrato de Arrendamiento 1

TRANSCRIPT

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento que celebran, de una parte don MANUEL CACHAY FLORES, identificado con R.U.C. N _____________ domiciliado en ___________________; en adelante EL ARRENDADOR; y de la otra parte CORPORACION GASTRONOMICA LAMBAYEQUE E.I.R.L. con RUC N 20539115104; representado por el Gerente don RICARDO ERNESTO INILOPU GARCIA, identificado con DNI N 03700474 domiciliado en calle Juan Manuel Iturregui N 133 de la ciudad de; en adelante EL ARRENDATARIO; en los trminos siguientes:

PRIMEROEL ARRENDADOR es propietario del local del inmueble ubicado en la calle Conroy N 105 del Distrito de Monsefu provincia de Chiclayo departamento de Lambayeque.

SEGUNDOPor el presente documento, EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO, el inmueble descrito en la clusula anterior; para ser usado exclusivamente como local comercial.

TERCERO El plazo de duracin del presente contrato es de dos (02) aos, que se inicia el primero (1) de marzo de 2015, venciendo indefectiblemente dentro de los dos aos subsiguientes, fecha en que EL ARRENDATARIO entregar el inmueble materia del presente a EL ARRENDADOR, sin necesidad de requerimiento judicial, ni extrajudicial alguno, en las mismas condiciones en que lo recibi, salvo el deterioro de su uso normal y cuidadoso. Vencido el tiempo del presente contrato ser renovado por un lapso de tiempo similar o mayor; con incremento de merced conductiva no mayor al 10%.CUARTO La merced conductiva pactada de comn acuerdo, es de S/. 1,300.00 (mil trecientos y 00/100 Soles) mensuales, que se pagarn en forma adelantada contra la presentacin del comprobante SUNAT respectivo.

QUINTO

EL ARRENDATARIO entrega y EL ARRENDADOR recibe a su entera satisfaccin a la suscripcin del presente contrato, el importe de S/. 1,300.00 (mil trecientos y 00/100 Soles), por concepto de garanta. SEXTOEL ARRENDATARIO declara recibir el inmueble, materia de contrato, en perfectas condiciones; comprometindose a devolverlo en el mismo estado, salvo el desgaste causado por el uso normal. En todo caso, cualquier dao en el inmueble originar la prdida de la garanta a que se refiere la clusula anterior. Asimismo, cualquier mejora que EL ARRENDATARIO introduzca al inmueble, deber efectuarse con autorizacin de EL ARRENDADOR.

STIMOEL ARRENDATARIO no podr subarrendar el inmueble materia del presente contrato, ni ceder sus derechos derivados del presente contrato, sin autorizacin escrita de EL ARRENDADOR. Caso contrario, EL ARRENDADOR podr resolver el presente contrato.

OCTAVOEL ARRENDATARIO cubrir sus gastos de servicios de luz y agua, segn corresponda y deber mostrar mes a mes el cumplimiento de estas obligaciones con los comprobantes respectivos.

Para la suscripcin del contrato EL ARRENDADOR deber acreditar el cumplimiento de las mismas obligaciones antes indicadas a la fecha de suscripcin del contrato.

NOVENO EL ARRENDATARIO guardar las normas de conducta, respeto y consideracin con sus vecinos, evitando las molestias de ruidos, animales peligrosos, etc. que perjudique o ponga en peligro la convivencia normal y agradable de la vecindad.

DCIMOEL ARRENDADOR podr visitar el inmueble materia de arrendamiento para el efecto de verificar su estado y el uso que se le est dando, previo aviso de 48 horas de anticipacin.

DCIMO PRIMERO EL ARRENDADOR se compromete a dar todas las facilidades para la obtencin de los permisos y licencias a que haya lugar para el normal funcionamiento de las oficinas de EL ARRENDATARIO.

DCIMO SEGUNDO Todo litigio o controversia, derivados o relacionados con este acto jurdico, ser resuelto mediante arbitraje, de conformidad con los Reglamentos Arbitrales del Centro de Arbitraje de la Cmara de Comercio de Chiclayo, a cuyas normas, administracin y decisin se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.

Ambas partes declaran su conformidad con las clusulas que anteceden y en tal virtud lo suscriben por duplicado en la fecha.

Monsefu, 09 de febrero del 2015. ___________________ ___________________ EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO