contrato de aclaracion

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CONTRATO DE ACLARACION Y DECLARACION Conste por el presente documento, el Contrato de Aclaración y Decl Inmueble Rústico, que suscribimos nosotros la Cooperativa Agraria de Traba Mariscal Ramón Castilla LTDA. Nº 003-B-VII representado por su consejode Administración, presidida por el Señor Presidente Roberto TTITO ALTAMIRANO, Identificado con DNI Nº 23888945, domiciliado en la Asociación de Vivienda Lote A-14.El Vicepresidente Ubaldo HERENCIA FLORES identificado con DNI Nº 23919755, domiciliado en el Fundo Chingo Grande Sin Numero y el Secretario Pedro D. YUPAYCCANA MAMANI, identificado con DNI 23888912 domi AngosturaSin número, del distrito de Saylla. Comprensiónde la Provincia y Departamento del Cusco, Todos Casados, Católicos, de Ocupación Agricultore Personería Jurídica Inscritas en la Ficha Nº 1742 Asiento Nº 17 de los Reg Personas Jurídicas. A quienes se les denominara los Vendedores y por otra Eduardo Marcelo QUISPE NINA identificado con DNI Nº 23957149, Casado, Cató Peruano, Alfabeto mayor de edad y de ocupación Docente Y Doña Silvia LLAZA identificada con DNI Nº 23957019, casada, católica, peruana, alfabeta, may de ocupación su casa a los cuales se les denominara los compradores en los condiciones siguientes: PRIMERO.- La Cooperativa Agraria de Usuarios Mariscal Castilla LTDA. Nº 00 viene a ser propietaria del terreno que es materia de compra y venta, por adquirido de sus anteriores propietarios cuya inscripción se halla registr Registros Públicos del Cusco, en el Tomo 131 Folio 380 Asiento 34 el cual ubicado en el distrito de San Jerónimo Provincia y Departamento del Cusco. SEGUNDO.- DE LA DIVISION Y PARTICION.- En nuestra condición de copropietar predio antes mencionado, hemos decidido celebrar la división y partición, y su consecuente adjudicación mutua, predio haber conversado y puesto de acuerd nosotros, en la forma siguiente: Predio signado con U.C. Nro. 200014 , área 3.2775 Has. - La fracción A con una extensión superficial de 0.4094 Has, con las coli por el Norte, con la Propiedad de Eustaquio Ramos Ayma, por el Este, co propiedad de Modesto Salas Torres; por el Sur, con las Propiedades de D Atao Condori, Justo Renan Ochoa Escalante y la Trocha Carrozable y por con las propiedades de Luisa López Vda. De Salazar y Mauro Carbajal Qui minuciosamente establecidos en el Plano y Memoria Descriptiva elaborado Ing. Clímaco Corrales Vizcarra, que es parte del presente, se adjudica José Rufino MELLADO ALVAREZ. - La fracción B con una extensión superficial de 0.1100 Has, con las coli por el Norte, con la Propiedad de José Rufino Mellado Álvarez, por el E propiedad de Modesto Salas Torres; por el Sur, con la Propiedad de Just Ochoa Escalante y por el Oeste con la propiedad de José Rufino Mellado mas minuciosamente establecidos en el Plano y Memoria Descriptiva elabo

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CONTRATO DE ACLARACION Y DECLARACION Conste por el presente documento, el Contrato de Aclaracin y Declaracin de Bien Inmueble Rstico, que suscribimos nosotros la Cooperativa Agraria de Trabajadores Mariscal Ramn Castilla LTDA. N 003-B-VII representado por su consejo de Administracin, presidida por el Seor Presidente Roberto TTITO ALTAMIRANO, Identificado con DNI N 23888945, domiciliado en la Asociacin de Vivienda Angostura Lote A-14. El Vicepresidente Ubaldo HERENCIA FLORES identificado con DNI N 23919755, domiciliado en el Fundo Chingo Grande Sin Numero y el Secretario Seor Pedro D. YUPAYCCANA MAMANI, identificado con DNI N 23888912 domiciliado en Angostura Sin nmero, del distrito de Saylla. Comprensin de la Provincia y Departamento del Cusco, Todos Casados, Catlicos, de Ocupacin Agricultores, con Personera Jurdica Inscritas en la Ficha N 1742 Asiento N 17 de los Registros de Personas Jurdicas. A quienes se les denominara los Vendedores y por otra Parte Don Eduardo Marcelo QUISPE NINA identificado con DNI N 23957149, Casado, Catlico, Peruano, Alfabeto mayor de edad y de ocupacin Docente Y Doa Silvia LLAZA QUISPE, identificada con DNI N 23957019, casada, catlica, peruana, alfabeta, mayor de edad, de ocupacin su casa a los cuales se les denominara los compradores en los trminos y condiciones siguientes: PRIMERO.- La Cooperativa Agraria de Usuarios Mariscal Castilla LTDA. N 003-B-VII, viene a ser propietaria del terreno que es materia de compra y venta, por haberlo adquirido de sus anteriores propietarios cuya inscripcin se halla registrado ante los Registros Pblicos del Cusco, en el Tomo 131 Folio 380 Asiento 34 el cual se halla ubicado en el distrito de San Jernimo Provincia y Departamento del Cusco. SEGUNDO.- DE LA DIVISION Y PARTICION.- En nuestra condicin de copropietarios del predio antes mencionado, hemos decidido celebrar la divisin y particin, y su consecuente adjudicacin mutua, predio haber conversado y puesto de acuerdo entre nosotros, en la forma siguiente: Predio signado con U.C. Nro. 200014, rea 3.2775 Has.

- La fraccin A con una extensin superficial de 0.4094 Has, con las colindancias de: por el Norte, con la Propiedad de Eustaquio Ramos Ayma, por el Este, con la propiedad de Modesto Salas Torres; por el Sur, con las Propiedades de Domingo Atao Condori, Justo Renan Ochoa Escalante y la Trocha Carrozable y por el Oeste con las propiedades de Luisa Lpez Vda. De Salazar y Mauro Carbajal Quispe, mas minuciosamente establecidos en el Plano y Memoria Descriptiva elaborado por el Ing. Clmaco Corrales Vizcarra, que es parte del presente, se adjudica a favor de Jos Rufino MELLADO ALVAREZ. - La fraccin B con una extensin superficial de 0.1100 Has, con las colindancias de: por el Norte, con la Propiedad de Jos Rufino Mellado lvarez, por el Este, con la propiedad de Modesto Salas Torres; por el Sur, con la Propiedad de Justo Renan Ochoa Escalante y por el Oeste con la propiedad de Jos Rufino Mellado lvarez, mas minuciosamente establecidos en el Plano y Memoria Descriptiva elaborado por

el Ing. Clmaco Corrales Vizcarra, que es parte del presente, se adjudica a favor de Domingo ATAO CONDORI. TERCERO.- Que dejamos establecido que, la presente divisin y particin, es producto de nuestra libre y espontanea voluntad; por lo que, de existir diferencias respecto de nuestros derechos y acciones que tenemos en el predio, aceptamos y nos adjudicamos mutuamente. CUARTO.- Nos comprometemos a elevar el presente, una vez que los Planos y Memorias Descriptivas sean aprobados por el Organismo de Formalizacin de la Propiedad Informal y de esta manera no cometer error alguno en la elevacin a instrumento pblico por ser la misma costosa. QUINTO.- Declaramos que, en la suscripcin del presente no ha mediado, dolo, engao u otro vicio de nulidad que invalide el presente, habiendo sido la voluntad de nosotros y nuestros representados; por lo que, en seal de conformidad suscribimos el presente.

Cusco, 12 de Octubre del ao 2011.