contrato alquiler vivienda

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE FINCAS URBANAS IDENTIFICACIÓN DE LA FINCA OBJETO DEL CONTRATO Finca, local o piso VIVIENDA Calle núm. Ciudad Provincia En Reus, a de de mil novecientos noventa y nueve, Reunidos Don/ña , natural de provincia de , de años, de estado , y profesión ,vecina al presente de , con documento nacional de identidad núm. , expedido en con fecha de de , en concepto de ,por sí o en nombre de si mismo, como arrendatario del mismo, y Don/ña de años, estado , vecina de , con documento nacional de identidad número , expedido en ,con fecha , como Dueño, hemos contratado el arrendamiento del inmueble urbano que ha

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Model de contracte de lloguer d'habitatgeModelo de contrato de alquiler de vivienda

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Page 1: CONTRATO ALQUILER VIVIENDA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

DE FINCAS URBANAS

IDENTIFICACIÓN DE LA FINCA OBJETO DEL CONTRATO Finca, local o piso VIVIENDA Calle núm. Ciudad Provincia

En Reus, a de de mil novecientos noventa y nueve, Reunidos

Don/ña , natural de provincia de

, de años, de estado , y profesión ,vecina al presente

de , con documento nacional de identidad

núm. , expedido en con fecha de de ,

en concepto de ,por sí o en nombre de si mismo, como arrendatario

del mismo, y Don/ña de años,estado ,

vecina de , con documento nacional de identidad

número , expedido en ,con fecha , como Dueño, hemos contratado el arrendamiento del inmueble urbano que ha

sido identificado encabezando este contrato por tiempo de UN AÑO, y precio de

. ( ) pesetas cada año, pagaderas por meses,

con las demás condiciones que se estamparán al dorso.

Formalizando así este contrato, y para que conste, lo firmamos por duplicado.

Fecha ut supra.

EL ARRENDATARIO EL ARRENDADORDon/ña. Don/ña

Page 2: CONTRATO ALQUILER VIVIENDA

CONDICIONES ADICIONALES AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA Y ASIMILADOS

Primera.- El plazo de vigencia del presente arrendamiento comenzará a contarse el día de de mil novecientos noventa y . El tiempo de duración de este contrato será de con sujeción a lo dispuesto en el art. 9 del R.D.L. 2/1985, y Art. 1566 del Código Civil con expresa renuncia por parte del inquilino al derecho de prórroga forzosa establecido en el art.57 de la Ley de Arrendamientos Urbanos .

Segunda.- El precio del arrendamiento será satisfecho por anticipado y en el domicilio del arrendador, o el administrador o en el que el propietario designe.En tal precio no se incluyen los servicios ni suministros de ninguna clase, ni la tasa por recogida de basuras y vigilancia nocturna, todo lo cual será de cargo y cuenta del arrendatario.Tambien serán de cargo y cuenta del inquilino:

a) Los aumentos que se produzcan en los impuestos, contribuciones, arbitrios y tasas del Estado u otras Corporaciones, así como el importe de cualquier nuevo impuesto que grave la propiedad urbana.

b) El 12% anual del importe de las obras de reparación o conservación que se realicen en el inmueble o vivienda arrendada y el 12% anual de las cuotas de contribuciones especiales de mejoras que impongan en el inmueble.

c) Los gastos de escalera, cuotas de comunidad y pagos que hayan de efectuarse en la comunidad de propietarios con relación al piso arrendado.

d) La contratación de los servicios y suministros del piso arrendado, la adquisición, conservación, reparación o sustitución de los correspondientes contadores y aparatos complementarios y el importe de sus respectivos consumos. También serán a cargo y cuenta del inquilino las modificaciones, ampliaciones o reparaciones que hayan de efectuarse en las instalaciones actuales, así como en las acometidas interiores o exteriores.

Quedan exentas la propiedad y el administrador de cualquier responsabilidad por falta de cualquier suministro.

e) El aumento de prima en el seguro de incendios del inmueble.

f) Los gastos derivados del presente contrato, tales como timbre, gestión y obtención de cédula de habitabilidad, las comisiones bancarias u otros gastos financieros derivados del pago de la renta por talón, transferencia u otro medio que devengare tales condiciones. Dichos gastos serán repercutidos al inquilino en el recibo del siguiente mes.

Tercera.- La vivienda arrendada se destinará única y exclusivamente a VIVIENDA. Manifiesta el inquilino conocer la actual calificación urbanística de la misma, recibiéndose en perfectas condiciones de conservación, en las que tendrá que ser devuelta, salvo el deterioro natural producido por el normal uso y transcurso del tiempo, aceptando, el inquilino, la vivienda arrendada, en el estado y condiciones en que se le entrega. Serán a cuenta del inquilino el importe de las reparaciones normales y ordinarias que hayan de efectuarse en la expresada vivienda y en sus instalaciones.

Cuarta.- Queda expresamente prohibido el inquilino:

a) Destinar la vivienda arrendada a otros usos que los pactados, subarrendarla, cederla o traspasarla, en todo o en parte, sin autorización escrita del arrendador.

Page 3: CONTRATO ALQUILER VIVIENDA

b) Realizar obras sin autorización escrita del arrendador y las que hicieren en virtud de la autorización de este quedaran en beneficio de la finca sin derecho a reintegro.

c) Tener en la vivienda animales de clase alguna, así como materiales inflamables o sustancias nocivas, así como la instalación de motores y maquinas.

d) Tener macetas en los balcones, ventanas o galerías así como el terrado del edificio.

e) La colocación en la fachada, balcones ventanas y puertas de anuncios o rótulos así como de otros elementos que alteren o modifiquen la uniformidad y estética del edificio.

Los desperfectos que por contravenir estas prohibiciones ocurrieran en la vivienda arrendada serán reparados por cuenta y cargo del inquilino, sin perjuicio de las accines que correspondan al arrendador por inclumiento de lo pactado.

Quinta.-Para responder del cumplimiento de este contrato y hasta donde llegare de los daños y perjuicios que el arrendatario pudiera causar en la vivienda o inmueble, entrega en este acto, en concepto de Fianza, la suma de Pesetas importe de Un mes de alquiler que le será liquidada a la terminación del contrato.No será obstáculo tal Fianza para ejercitar las pertinentes acciones de desahucio si no se abonase el arrendamiento e importe de los servicios en los plazos y condiciones establecidos legalmente.

Sexta.- El alquiler será revisado cada año a contar de la fecha de entrada en vigor del presente contrato y el nuevo alquiler será fijado aplicando a la renta que se pague en el momento de la revisión, el porcentaje de la variación que, en más o menos, haya experimentado el I.P.C. durante el período de la revisión según los datos facilitados por el I.N.E. u organismo competente.

Séptima.-El arrendador se reserva el derecho de visitar la vivienda arrendada, por sí o por persona de su confianza para comprobar si se cumplen las condiciones del presente contrato.

Octava.- Es objeto del arrendamiento exclusivamente la superficie situada dentro de las paredes de la vivienda arrendada quedando especialmente excluida la fachada, partes laterales de la entrada y el vestíbulo de la escalera.

Novena.-El inquilino se hace directa y exclusivamente responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas derivados, directa o indirectamente, de la vivienda, eximiendo de toda responsabilidad al propietario y al administrador, incluso por daños derivados de instalaciones para servicios y suministros.

Otras condiciones:

Lo suscriben por duplicado, un ejemplar para cada una de las partes contratantes, en prueba de aceptación y compromiso, en el lugar y la fecha al inicio indicados.

EL ARRENDATARIO EL ARRENDADORDon/ña Don/ña