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C-53-2015 1 CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO Y ENTREGA EN SITIO DE ARTÍCULOS DE OFICINA Y ESCRITORIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, EN ADELANTE “LA PROCURADURÍA” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EN DERECHO LUIS RIVERA MONTES DE OCA, EN SU CARÁCTER DE PROCURADOR GENERAL, Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA ABASTECEDOR CORPORATIVO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE EL PROVEEDORREPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. AUGUSTO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S I. Declara el representante de “LA PROCURADURÍA” que: a).- Es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 40 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2, 32 y 33 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 1 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. b).- El Mtro. en D. Luis Rivera Montes de Oca, Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas al órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 8 fracción XII del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, así mismo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido el 5 de enero de 2013, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social. c).- La erogación que para “LA PROCURADURÍA” representa el presente contrato, se encuentra prevista dentro del presupuesto autorizado para el ejercicio 2015, bajo la partida 21101 “materiales y útiles de oficina”, de acuerdo a la asignación presupuestal para el año 2015, correspondiente a este Órgano Desconcentrado según Circular No. 511/01.-2014/016 de fecha 19 de diciembre de 2014 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y memorándum número S.P.P.027, de fecha 28 de enero de 2015, de la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”. d).- La adjudicación del presente se realizó mediante el procedimiento de Licitación Pública Internacional bajo la Cobertura de Tratados (Mixta), Consolidada número LA-014000999-T32-2015, celebrada con fundamento en lo previsto por los artículos 17, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 27, 28 fracción III y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de acuerdo al fallo dado a conocer el 25 de mayo de 2015. e).- Que su representada tiene el R.F.C. PFD750602I25 y su domicilio en Doctor José María Vértiz, número 211, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06720, México, Distrito Federal mismo que señala para los fines y efectos legales que se deriven del presente contrato. f).- Que requiere contratar los servicios de sumistro y entrega en sitio de artículos de oficina y escritorio. g).- Que de conformidad a lo establecido en el párrafo 4° del artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Ing. Héctor Arce Paz, Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales, de su representada fungirá como responsable para vigilar y administrar el cumplimiento de este contrato. II. Declara el representante de EL PROVEEDORque: a).- Eliminado un párrafo con cinco renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley. .

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CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO Y ENTREGA EN SITIO DE ARTÍCULOS DE OFICINA Y ESCRITORIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, EN ADELANTE “LA PROCURADURÍA” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EN DERECHO LUIS RIVERA MONTES DE OCA, EN SU CARÁCTER DE PROCURADOR GENERAL, Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA ABASTECEDOR CORPORATIVO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE “EL PROVEEDOR” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. AUGUSTO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S I. Declara el representante de “LA PROCURADURÍA” que: a).- Es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 17 y 40 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2, 32 y 33 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 1 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

b).- El Mtro. en D. Luis Rivera Montes de Oca, Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa

del Trabajo, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas al órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 8 fracción XII del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, así mismo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido el 5 de enero de 2013, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social.

c).- La erogación que para “LA PROCURADURÍA” representa el presente contrato, se encuentra prevista

dentro del presupuesto autorizado para el ejercicio 2015, bajo la partida 21101 “materiales y útiles de oficina”, de acuerdo a la asignación presupuestal para el año 2015, correspondiente a este Órgano Desconcentrado según Circular No. 511/01.-2014/016 de fecha 19 de diciembre de 2014 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y memorándum número S.P.P.027, de fecha 28 de enero de 2015, de la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”.

d).- La adjudicación del presente se realizó mediante el procedimiento de Licitación Pública Internacional bajo la

Cobertura de Tratados (Mixta), Consolidada número LA-014000999-T32-2015, celebrada con fundamento en lo previsto por los artículos 17, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 27, 28 fracción III y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de acuerdo al fallo dado a conocer el 25 de mayo de 2015.

e).- Que su representada tiene el R.F.C. PFD750602I25 y su domicilio en Doctor José María Vértiz, número

211, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06720, México, Distrito Federal mismo que señala para los fines y efectos legales que se deriven del presente contrato.

f).- Que requiere contratar los servicios de sumistro y entrega en sitio de artículos de oficina y escritorio. g).- Que de conformidad a lo establecido en el párrafo 4° del artículo 55-A del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Ing. Héctor Arce Paz, Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales, de su representada fungirá como responsable para vigilar y administrar el cumplimiento de este contrato.

II. Declara el representante de “EL PROVEEDOR” que: a).- Eliminado un párrafo con cinco renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley

General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley..

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b).- Eliminado un párrafo con dos renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley.

c).- Eliminado un párrafo con siete renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley

General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley.

d).- Eliminado un párrafo con tres renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley

General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley..

e).- Eliminado un párrafo con un renglón, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley General

de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley.

f).- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que tanto él como ningún otro de los representantes, socios o

accionistas que forman parte de su representada, desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público y que su representada no se encuentra en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

g).- Para efectos de los términos establecidos por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación,

manifiesta bajo protesta de decir verdad, que su representada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

h).- “EL PROVEEDOR” manifiesta que se encuentra ubicado en el sector/tamaño mediana, de la

estratificación establecida en la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

III. Declaran ambas partes: Que se reconocen la personalidad y facultades con las que se ostentan y manifiestan que las facultades

con que actúan no les han sido revocadas o modificadas en forma alguna, por lo que están conformes en obligarse de acuerdo al contenido de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO.- Bajo los términos y condiciones del presente contrato y sus anexos y dentro de un presupuesto mínimo de $773,448.28 (Setecientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 28/100 M.N.) más IVA de $123,751.72 (Ciento veintitres mil setecientos cincuenta y un pesos 72/100 M.N.) total de $897,200.00 (Ochocientos noventa y siete mil doscientos pesos 00/100 M.N.) y un presupuesto máximo de $1,933,620.69 (Un millón novecientos treinta y tres mil seiscientos veinte pesos 69/100M.N.) más IVA de $309,379.31 (Trescientos nueve mil trescientos setenta y nueve pesos 31/100 M.N.) total de $2,243,000.00 (Dos millones doscientos cuarenta y tres mil pesos 00/100 M.N.), “LA PROCURADURÍA” encomienda a “EL PROVEEDOR” y éste se obliga con “LA PROCURADURÍA”, a proporcionarle los servicios de suministro y entrega en sitio de artículos de papelería y de escritorio, en adelante “LOS BIENES”, administrados a través de redes electrónicas a nivel Nacional, en adelante “LOS SERVICIOS”, mismos que “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar de conformidad con las especificaciones que se indican en los Anexos de este contrato y en los documentos que se generen durante la vigencia del mismo. SEGUNDA. ANEXOS DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA PROCURADURÍA” a proporcionar “LOS BIENES” Y “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, dando cumplimiento a todas y cada una de las especificaciones que se establecen en los Anexos que firmados por las partes se integran a este contrato y que se indican a continuación:

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Anexo A; Anexo “A1” “Domicilios para entrega de bienes y servicios”; anexo “1B” “Características generales y especificaciones técnicas del servicio ofertado” y Anexo B “Proposición Económica” TERCERA. VIGENCIA.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA PROCURADURÍA” a proporcionarle “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, durante la vigencia del mismo que inicia a partir de la fecha de la notificación del fallo de la licitación 25 de mayo de 2015 y concluye el 31 de diciembre de 2015. CUARTA. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y DE LOS SERVICIOS.- Ambas partes convienen en que “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” que “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar a “LA PROCURADURÍA” consisten en lo siguiente: I.- LOS BIENES: El suministro de los artículos de papelería y de escritorio que se indican en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” incluido en las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” de este instrumento, el cual refleja los bienes objeto de este contrato, podrán ser requeridos por los usuarios de “LA PROCURADURÍA” sin restricción alguna hasta alcanzar su límite de presupuesto. II.- LOS SERVICIOS: La administración a través de redes electrónicas a nivel nacional del suministro y entrega en sitio de artículos de papelería y de escritorio, cuyas características generales se indican en el Anexo “1-B” del presente contrato. Para efectos de lo anterior, “EL PROVEEDOR”, se obliga con “LA PROCURADURÍA” a operar por medio de una página web la recepción, control y seguimiento de solicitudes, estableciéndose como una tienda virtual, obligándose “EL PROVEEDOR” a que dicha página cumpla con las características establecidas en el Anexo “1-A” de este contrato. Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a dar el soporte técnico necesario a su página Web y sistemas informáticos, así como a colaborar con personal de “LA PROCURADURÍA” o quien éste designe, para la adecuada conectividad y operación con “LA PROCURADURÍA”, así como a proporcionar claves de acceso y passwords para cada uno de los usuarios. QUINTA. COORDINADOR DE LOS SERVICIOS.- Ambas partes acuerdan que la Coordinación de “LA PROCURADURÍA” para la recepción de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS”, así como para cualesquiera otros asuntos relacionados con el presente contrato, estará a cargo del Ing. Héctor Arce Paz, Encaragado del Desapcho de la Subdirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”, que para efectos prácticos en lo sucesivo se denominará como EL COORDINADOR, quien en caso necesario podrá ser reemplazado temporal o definitivamente por la persona que designe por escrito dicha notificación la realizará a “EL PROVEEDOR” con un mínimo de 24 (veinticuatro) horas de anticipación a la fecha en que deberá surtir efecto el cambio. SEXTA. CARACTERISTICAS DE LOS BIENES Y DE LOS SERVICIOS.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA PROCURADURÍA” a proporcionar “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” cumpliendo todas y cada una de las especificaciones indicadas en los Anexos del presente contrato, en las que se encuentra que debe de suministrar mensualmente a los usuarios el total de los requerimientos planteados, en los domicilios señalados para cada uno de ellos en la lista de “Domicilios para entrega de bienes y servicios” el cual forma parte del contrato como Anexo “A1”. “EL PROVEEDOR” recibirá por medios electrónicos dentro de los primeros 5 (cinco) días de cada mes, el requerimiento de papelería de cada uno de los usuarios autorizados a nivel nacional, y se considerará como pedido normal aquél que realice por primera vez en el mes cada usuario. Las solicitudes que reciba “EL PROVEEDOR” fuera de este plazo establecido, o bien, que se requieran en el mismo mes en que ya se realizó el pedido normal autorizado, se considerarán pedidos extraordinarios y para su atención y suministro requerirán de la autorización previa de EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”. La cantidad de este tipo de pedidos no deberá rebasar 2 (dos) eventos extraordinarios por cada usuario por mes. La entrega de pedidos normales y extraordinarios de usuarios de la ciudad de México D.F., deberán realizarse en la oficina de cada usuario. En lo que corresponde al resto de la República, no habrá pedidos extraordinarios y los pedidos normales deberán ser entregados en cada uno de los domicilios especificados en el Anexo “A1” del presente contrato.

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“EL PROVEEDOR” suministrará a los usuarios sólo los artículos contenidos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a suministrar a los usuarios, cuando así se requiera, artículos no incluidos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, que mantenga en existencia o que le sea posible conseguir, cuyo precio podrá ser convenido por las partes y establecido por escrito al momento de su solicitud. La entrega de estos bienes estará sujeta a la aprobación vía electrónica de EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”. El traslado de “LOS BIENES” estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, por los medios que estime pertinentes, siempre y cuando cumplan con los niveles de servicio establecidos en el numeral 5 del Anexo “1B” del presente contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregarle periodicamente a EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”, una copia de los recibos de conformidad firmados por cada uno de los usuarios, los cuales deberán cumplir con las características indicadas en el Anexo “A” del presente contrato. SÉPTIMA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.- “LA PROCURADURÍA” pagará a “EL PROVEEDOR” el precio de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” de acuerdo a la lista de precios unitarios que se indican en el Anexo “B” de este contrato, precios en los cuales están incluidos “LOS SERVICIOS” correspondientes a la administración, empaque, transportación y entrega o cualquier otro concepto aplicado por “EL PROVEEDOR” en el suministro de “LOS BIENES”, en virtud de lo cual no procederá el pago de ninguna cantidad diferente a los precios establecidos en el Anexo “1-B” de este contrato. Los precios ofrecidos por “EL PROVEEDOR” a los cuales hace referencia el Anexo “1-B” de este contrato para los artículos incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, deberán mantenerse durante la vigencia del mismo, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en el pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “LA PROCURADURÍA” carta del fabricante firmada por el representante legal que deberá acreditar mediante la escritura pública correspondiente su personalidad y facultades, indicando la variación en el precio del artículo y la fecha de su vigencia. En el supuesto de que “LA PROCURADURÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrá realizar las compras necesarias a un abastecedor diferente a “EL PROVEEDOR”. En el caso de bienes excepcionales no incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “1-B” del presente contrato, el precio podrá ser convenido por las partes y establecido por escrito al momento de ser solicitado. El total de los gastos inherentes a la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, se encuentran impactados en el precio que “EL PROVEEDOR” ofrece en su Propuesta Económica, Anexo “B” de este contrato, para cada uno de “LOS BIENES”. Eliminado un párrafo con diez renglones, con fundamento legal en términos del artículo 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y fracción I del artículo 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por contener datos personales protegidos para su difusión, distribución o comercialización por la citada Ley.

Para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar su factura conteniendo los requisitos fiscales determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes a EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”, debiendo “EL PROVEEDOR” conservar bajo su resguardo, los documentos que amparen las solicitudes y entregas de bienes a los usuarios, asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, “EL PROVEEDOR” deberá emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), que “EL PROVEEDOR” pondrá a disposición de “LA PROCURADURÍA” en archivo XML (archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet) al correo electrónico [email protected] y [email protected], y de manera adicional entregará la representación de las facturas electrónicas en un documento impreso en papel, estas últimas se entregarán a “EL COORDINADOR” de “LA PROCURADURÍA” para la autorización por el Titular de la Dirección de Administración. La factura deberá presentar desglosado el IVA y los descuentos que se otorguen a “LA PROCURADURÍA”. En caso de que “EL

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PROVEEDOR” no presente la factura para el trámite de pago debidamente requisitada, la fecha empezará a correr a partir de la presentación correcta de la misma. El horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura.

La aceptación de los servicios se llevará a cabo por conducto del responsable de administrar y vigilar el cumplimiento de este contrato, quien hará del conocimiento del área o persona encargada de realizar los pagos la conformidad con el pago de los servicios prestados y facturados por “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad para que hasta en tanto no ocurra lo anterior los servicios se tengan por no recibidos. OCTAVA. TIEMPO DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA PROCURADURÍA” “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto de este instrumento, en los periodos establecidos en el documento denominado “Requerimiento de Niveles de Servicios de la tienda electrónica de papelería para la lictiación consolidada” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato. NOVENA. LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES Y SERVICIOS.- Para el caso de las entregas de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” que se deban realizar en el Distrito Federal y en los domicilios establecido en la lista de “Domicilios para entrega de bienes y servicios” el cual forma parte del contrato como Anexo “A1”, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizarlas sin costo adicional al precio señalado en el Anexo “B” del presente contrato. DÉCIMA. EMPAQUE Y TRANSPORTE.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA PROCURADURÍA” a realizar el empaque y transporte de “LOS BIENES” de conformidad con las especificaciones establecidas en las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A”, manteniéndolos en su envoltura original cuando ésto sea posible o bien, en empaque de la empresa, que lo proteja durante el traslado contra el clima, manejo, estiba y en general, de cualquier agente externo que le pudiera ser perjudicial. “LOS BIENES” son responsabilidad de “EL PROVEEDOR” hasta la entrega y aceptación del usuario, quien deberá firmar de conformidad en cada pedido entregado. Dicho recibo deberá contener como mínimo los datos del destinatario, fecha de pedido, fecha de entrega, relación de “LOS BIENES” entregados y costo total de los mismos. El empaque de “LOS BIENES” deberá ser etiquetado por “EL PROVEEDOR”, con la leyenda “frágil” cuando sea el caso y con una lista del contenido, a fin de facilitar su revisión por el usuario, además de la razón social del remitente y del destinatario, nombre del usuario y domicilio, número, obligándose “EL PROVEEDOR” a dar cumplimiento a lo establecido en los Anexos del presente instrumento. DÉCIMA PRIMERA. PROGRAMA DE TRABAJO.- “EL PROVEEDOR” dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de firma de este contrato, se obliga con “LA PROCURADURÍA” a elaborar un PROGRAMA DE TRABAJO en el cual las partes desglosarán y programarán conjuntamente todos y cada uno de los aspectos que se indican en el punto 1.4 de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “1B” de este contrato. DÉCIMA SEGUNDA. CAPACITACIÓN.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA PROCURADURÍA” a proporcionar capacitación con una duración mínima de 4 (cuatro) horas a cuando menos 4 (cuatro) personas designadas por “LA PROCURADURÍA”, de acuerdo al temario, lugar, fechas y horarios que establezcan ambas partes en el Programa de Trabajo a que se refiere la cláusula de este contrato denominada PROGRAMA DE TRABAJO. DÉCIMA TERCERA. REGISTRO, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS OPERACIONES.- “EL PROVEEDOR” se obliga a generar y enviar a EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”, impresos y/o en medios magnéticos en Excell, reportes mensuales, periódicos o acumulados, dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles del mes inmediato posterior a la fecha de las aplicaciones. Dichos reportes deberán ser elaborados conforme a los datos que se indican en el punto 7 de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “1B” de este contrato. DÉCIMA CUARTA. GARANTÍA DE LOS BIENES.- El período mínimo de garantía de “LOS BIENES” que “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar a “LA PROCURADURÍA” es de 60 (sesenta) días naturales contados a

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partir de la fecha en que “LA PROCURADURÍA” dé por aceptados formalmente “LOS BIENES” conforme a lo establecido en los Anexos del presente contrato. DÉCIMA QUINTA. SEGUROS.- Por la naturaleza de “LOS SERVICIOS”, el personal de “EL PROVEEDOR” realizará actividades en las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, por lo que queda bajo la responsabilidad y costo de “EL PROVEEDOR” la contratación un seguro de responsabilidad civil por los daños que su personal pueda ocasionar a las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, al equipo que utilice y/o a terceras personas; en caso de no contratar dicho seguro “EL PROVEEDOR” será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen a las instalaciones de “LA PROCURADURÍA” y/o a su personal y/o a terceras personas. Por lo que respecta a la distribución y entrega de “LOS BIENES”, éstos quedarán bajo la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, hasta que los mismos hayan sido recibidos y aceptados por los usuarios de “LA PROCURADURÍA”, por lo que es recomendable la contratación de un seguro por el importe total de “LOS BIENES” a valor reposición, en su caso, dicho seguro deberá estar vigente hasta la fecha de recepción y aceptación formal de “LOS BIENES” por parte de “LA PROCURADURÍA”. DÉCIMA SEXTA. CONFIDENCIALIDAD.- “EL PROVEEDOR” y su personal se obligan a guardar absoluta confidencialidad durante la vigencia del presente contrato y con posterioridad a su terminación, con respecto a toda la documentación e información inherente a “LOS SERVICIOS” materia del presente instrumento, a las actividades u operaciones de “LA PROCURADURÍA”, de la información que las partes contratantes identifiquen como confidencial y de la información y resultados que se obtenga de “LOS SERVICIOS”. Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a no editar, publicar, difundir, comercializar, modificar, reproducir total o parcialmente la información que “LA PROCURADURÍA” le proporcione para la realización de “LOS SERVICIOS”, por lo cual responderá de los daños y perjuicios que “EL PROVEEDOR” y en su caso su personal, le causen a “LA PROCURADURÍA” por el uso indebido de la información de que disponga. DÉCIMA SÉPTIMA. PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR.- “EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total para el caso en que, al suministrar “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” a “LA PROCURADURÍA”, infrinja patentes o marcas, o viole registros de derechos de autor, en cuyo caso “EL PROVEEDOR” se obliga a sacar a “LA PROCURADURÍA”, en paz y a salvo de cualquier reclamación al respecto. DÉCIMA OCTAVA. RELACIONES CONTRACTUALES.- “El PROVEEDOR” se constituye como único patrón del personal que ocupe para proporcionar “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato y será el único responsable de las obligaciones que en virtud de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social; por lo mismo, responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA PROCURADURÍA” en relación con “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, liberando a “LA PROCURADURÍA” de cualquier responsabilidad laboral al respecto. Asimismo, “EL PROVEEDOR” responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil, mercantil, penal, profesional o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en el suministro de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, liberando a “LA PROCURADURÍA” de cualquier responsabilidad al respecto. DÉCIMA NOVENA. MEDIDAS DE SEGURIDAD.- “EL PROVEEDOR” se compromete a que el personal que utilice para proporcionar “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, dará debido y exacto cumplimiento de los controles de acceso y medidas de seguridad que “LA PROCURADURÍA” tenga establecidos en los inmuebles en los cuales el personal llevará a cabo el suministro de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” en virtud de este contrato. VIGÉSIMA. FIANZA DE CUMPLIMIENTO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al diez por ciento del monto máximo mencionado en la cláusula tercera del presente contrato, el cual deberá señalarse con número y letra. Esta garantía deberá presentarse por “EL PROVEEDOR” en un plazo de diez días naturales posteriores a la firma de este contrato. Dicha fianza deberá contener las siguientes estipulaciones:

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a).- Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las cláusulas contenidas en el contrato; b).- La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las

obligaciones garantizadas; c).- El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado; d).- La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su

objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos garantizados;

e).- Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se

interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. asimismo esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones;

f).- La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el

artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida;

g).- Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la

Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo;

VIGÉSIMA PRIMERA. RESCISIÓN.- podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de declaración judicial previa, en caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con cualesquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo, por lo que si “EL PROVEEDOR” incurre en cualesquiera de las causas a que se refiere la cláusula anterior “LA PROCURADURÍA” podrá optar por la rescisión del presente contrato, o bien, exigir su cumplimiento por la vía judicial. En caso de optar por la rescisión del contrato, se procederá conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

VIGESIMA SEGUNDA. PENAS POR ATRASO.- Las partes convienen en que si “EL PROVEEDOR” por causas imputables a éste, no cumple con la calificación de servicio mayor a 95 puntos mensuales, se hará acreedor a las penas establecidas en la presente cláusula. Esta calificación se calculará de acuerdo a lo establecido en las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “1B” del presente contrato, y se aplicará de la siguiente manera: De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la ley, “LA PROCURADURÍA” aplicará a “EL

PROVEEDOR” una pena convencional por cada día natural de atraso del 1% (un punto porcentual) del monto total por el atraso en la entrega de los bienes, dicha pena se aplicará en la facturación mensual sobre los bienes no entregados, misma que no deberá exceder el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato y/o pedido, en cuyo caso procederá la rescisión respectiva. Una vez transcurrido cualquiera de los supuestos, se procederá a la rescisión del contrato y se hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.

En estos casos “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”, para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, efectúe el pago de la pena convencional en moneda nacional y redondeada a pesos, mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica: http://www.profedet.gob.mx/profedet/pagelectronico.html debiendo entregar a la Dirección de Administración de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.

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La penalización por atraso a que se hace referencia en los párrafos anteriores, no podrá exceder individual o acumulativamente del 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo, por lo que si “EL PROVEEDOR” alcanza dicho importe, “LA PROCURADURÍA” podrá rescindir el presente contrato. Esta sanción se establece por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR” sin perjuicio del derecho que tiene “LA PROCURADURÍA” de optar por el cumplimiento del contrato o rescindirlo. VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LA PROCURADURÍA” por concurrir razones de interés general o cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasione algún daño o perjuicio a “LA PROCURADURÍA”, o cuando ésta determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública de conformidad a lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público , podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato mediante notificación que por escrito dé a “EL PROVEEDOR”. En este supuesto “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” la fecha en que surtirá efectos dicha terminación. VIGÉSIMA CUARTA. SUSPENSION.- Cuando en la prestación de “LOS BIENES” y/o “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato se presente caso fortuito o fuerza mayor, “LA PROCURADURÍA” bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación de los mismos, en cuyo caso “LA PROCURADURÍA” únicamente pagará el monto que éste determine y que corresponda a los gastos no recuperables en que haya incurrido “EL PROVEEDOR”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA PROCURADURÍA” ésta cubrirá los gastos no recuperables durante el tiempo que dure la suspensión, para esos efectos “EL PROVEEDOR” deberá acreditar documentalmente la solicitud correspondiente de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” efectivamente proporcionados. Lo anterior, de conformidad con el artículo 55 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. VIGÉSIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.- Cualquier modificación a los términos del presente contrato, será establecida por acuerdo de las partes por escrito, debidamente firmado por sus representantes legales. De dichas modificaciones “EL PROVEEDOR” se obliga a dar aviso a la compañía afianzadora que garantice el cumplimiento del presente contrato, a efecto de que, previa modificación de la póliza correspondiente, continúe vigente la garantía otorgada, debiendo entregar a “LA PROCURADURÍA” la modificación de dicha póliza, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de suscripción de los convenios modificatorios correspondientes. VIGÉSIMA SEXTA. CESIÓN DE DERECHOS.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder a terceras personas, físicas o morales, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, a excepción de los derechos de cobro, por lo que “LA PROCURADURÍA” manifiesta su conformidad para que “EL PROVEEDOR” los ceda de conformidad con los términos del programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., a efecto de llevar a cabo Factoraje o Descuento Electrónico. VIGÉSIMA SÉPTIMA. DOMICILIOS CONVENCIONALES.- Para los efectos que se deriven de la aplicación del presente contrato, para recibir todo tipo de notificaciones, así como para el emplazamiento en caso de juicio, las partes señalan como sus domicilios los establecidos en las declaraciones del presente contrato. Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito a la otra, con acuse de recibo respectivo, con 10 días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados. VIGÉSIMA OCTAVA.- PRÓRROGA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: “LA PROCURADURÍA” sólo otorgará prórroga para la prestación de los servicios, cuando ocurran causas de fuerza mayor, casos fortuitos, o bien, en el supuesto en que el servicio no pueda ser prestado en el plazo establecido por causas imputables a “LA PROCURADURÍA”.

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En estos supuestos, “EL PROVEEDOR”, deberá presentar un escrito debidamente firmado por su representante legal, cuando menos con tres días hábiles previos a la fecha convenida de prestación de servicios, en el cual, se acrediten, a satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, las causas de fuerza mayor, casos fortuitos o causas imputables a “LA PROCURADURÍA” que impidan la prestación de los servicios. Queda entendido, que derivado del análisis de la solicitud, “LA PROCURADURÍA” resolverá lo conducente VIGÉSIMA NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN: En el supuesto que durante la ejecución del presente contrato llegar a surgir desavenencias derivadas del cumplimiento del mismo, en cualquier momento “EL PROVEEDOR” o “LA PROCURADURÍA” pondrán presentar la solicitud de conciliación a que se refieren los artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 126 y 128 de su Reglamento ante la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública. El escrito de solicitud de conciliación además de contener los elementos previstos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, deberá hacer referencia al objeto, vigencia y monto del presente contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios formalizados, debiendo adjuntar copia simple de dichos instrumentos debidamente suscritos. En los casos en que el solicitante no cuente con dichos instrumentos deberá presentar copia del fallo correspondiente, para que una vez que se satisfagan los requisitos del caso, la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública inicie, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, la audiencia de conciliación correspondiente. TRIGÉSIMA. COMPETENCIA JURISDICCIONAL.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, las partes se someten a la legislación y jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo tanto renuncian expresamente a la competencia jurisdiccional que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato se firma por triplicado en México, Distrito Federal, el día 8 de junio de 2015, correspondiendo dos ejemplares para “LA PROCURADURÍA” y uno para “EL PROVEEDOR”.

Por “EL PROVEEDOR”

Por “LA PROCURADURÍA”

C. Augusto Martínez Martínez. Mtro. en D Luis Rivera Montes de Oca. Procurador General de la Procuraduría

Federal de la Defensa del Trabajo.

“Área Administradora del Contrato

Ing. Héctor Arce Paz. Encargado del Despacho de la Subdirección

de Servicios Generales Las firmas que anteceden forman parte del contrato número C-53-2015 de prestación de servicios de suministro y entrega en sito de papelería y artículos de escritorio, de fecha 8 de junio de 2015, celebrado entre la “Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo” y la empresa “Abastecedor Corporativo, S.A. de C.V.,” por un monto total de $1,933,620.69 (Un millón novecientos treinta y tres mil seiscientos veinte pesos 69/100M.N.) más IVA de $309,379.31 (Trescientos nueve mil trescientos setenta y nueve pesos 31/100 M.N.) total de $2,243,000.00 (Dos millones doscientos cuarenta y tres mil pesos 00/100 M.N.), con plazo de ejecución a partir del fallo de la licitación (25 de mayo de 2015 al 31 de diciembre de 2015.

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ANEXO A

1. DE LA PRESTACIÓN DE LOS BIENES.

La descripción detallada se encuentra en el Anexo 1-B denominado "Características Generales y Especificaciones Técnicas", así como la relación de bienes en el Anexo B

1.1 VIGENCIA DEL CONTRATO Y/O PEDIDO:

A partir del fallo (25 de mayo de 2015) y hasta el 31 de diciembre de 2015.

1.2 LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES:

Las actividades relacionadas con la entrega de los bienes objeto de este contrato, se realizarán en los domicilios siguientes

DOMICILIOS

PROFEDET

ALMACÉN DE BIENES DE CONSUMO UBICADO EN DR. JOSÉ MA. VÉRTIZ NO. 211, SEGUNDO PISO, COL. DOCTORES DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC C.P. 06720 Y PARA EL CASO DE LAS OFICINAS EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, LOS PEDIDOS SE ENTREGARÁN CONFORME A LOS DOMICILIOS DE OFICINAS FORANEAS QUE SE ENLISTAN EN EL ANEXO “A1” DEL PRESENTE CONTRATO.

“LOS BIENES”, deberán entregarse al Coordinador

Una vez entregados los bienes, el Coordinador dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, a fin de que “EL PROVEEDOR” pueda emitir y entregar su comprobante fiscal o bien, al término de este plazo el Coordinador deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas.

Los productos, entendidos como reportes, facturas, etc. generados por el servicio prestado, deberán entregarse a la persona designada como COORDINADOR por “LA PROCURADURÍA” de acuerdo a los datos y domicilios que se indican a continuación:

CONVOCANTE COORDINADOR DOMICILIO

Procuraduría de Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)

Héctor Arce Paz [email protected] 59982000 ext. 4685

Dr. José Ma. Vertiz No. 211, 2do. piso, Col. Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, México, D.F.

1.3 PENAS CONVENCIONALES:

De conformidad con lo establecido en la fracción XIX del artículo 45 de la Ley, “LA PROCURADURÍA” aplicará a “EL PROVEEDOR” una pena convencional por cada día natural de atraso del 1% (un punto porcentual) por el atraso en la entrega de los bienes, dicha pena se aplicará sobre el comprobante fiscal mensual, misma que no deberá exceder el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato y/o pedido, en cuyo caso procederá la rescisión respectiva. Una vez transcurrido cualquiera de los supuestos, se procederá a la rescisión del contrato y/o pedido y se hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.

Para el pago de las penas deberá ser utilizando el esquema e-5cinco del SAT el cual se podrá consultar en la página Web de “LA PROCURADURÍA”, en cualquier institución bancaria elegida por “EL PROVEEDOR”. Una vez realizado el pago respectivo de la pena convencional, deberán acompañar dicho formato con el comprobante fiscal de los bienes correspondientes. Al realizar el pago de las penas convencionales en la institución bancaria seleccionada, se deberá efectuar redondeo para eliminar los centavos, el cual estará sujeto a que el administrador del contrato valide la autenticidad del recibo del pago correspondiente a través del verificador de llave de pago establecido por el SAT.

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1.4 CONDICIONES DE ENTREGA.

1.4.1 Transporte.

El tipo de transporte a utilizar será a criterio de “EL PROVEEDOR” por su cuenta y riesgo, sin costo adicional para “LA PROCURADURÍA”.

l período de entrega de bienes que se requiere es conforme a lo siguiente:

PEDIDO OFICINA FECHA DE

PEDIDO PERIODO DE ATENCIÓN

LUGAR DE ENTREGA

HORARIO DE ENTREGA

Ordinario D.F.,

Los primeros cinco días hábiles de cada mes, una vez al mes por usuario

Cinco días habiles, como máximo a partir del momento de la autorización del Coordinador a la solicitud

El registrado para el usuario

De lunes a viernes de 9:30 a 14:00 hrs.

Extraordinarias D.F.

Los realizados en cualquier momento aun dentro de primeros los cinco días hábiles de cada mes.

Cinco días habiles, como máximo, a partir del momento de la autorización del Coordinador a la solicitud

El registrado para el usuario

Podrá acordarse con el usuario vía correo electronico

Urgente D.F.

Los realizados en cualquier momento aun dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes.

Nota: Solo uno mensual por usuario.

Dos días habiles, como máximo, a partir del momento de la autorización del Coordinador a la solicitud

El registrado para el usuario

Podrá acordarse con el usuario vía correo electronico

No entregado por causas imputables al usuario

D.F.

Reprogramada para un plazo no mayor a 48 hrs., posteriores a la 1ª entrega.

El registrado para el usuario

Podrá acordarse con el usuario vía correo electronico

Los tiempos de entrega en el interior de la República Mexicana, para el caso de las oficinas foráneas de “LA PROCURADURIA”, se deberán realizar dentro de los 8 días hábiles siguientes al pedido generado.

1.4.2 Empaque.

Será el usual para cada tipo de bien, asegurando su buen estado durante el transporte, carga, descarga, estiba o almacenaje, sin costo adicional para “LA PROCURDURÍA”.

1.5 Periodo de Garantía de los productos

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El período mínimo de garantía de LOS BIENES que se requiere es de 365 días naturales, contados a partir de la fecha en que “LA PROCURADURÍA”, acepte de conformidad los productos objeto del contrato.

1.6 Seguros

El personal de “EL PROVEEDOR”, realizará actividades en las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, por lo que deberá contar o contratar, un seguro de responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar al inmueble, al equipo que utilicen y/o a terceras personas; cuyo monto deberá amparar por lo menos cantidad de $350,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

Por lo que respecta a la distribución y entrega de bienes, éstos serán asegurados por cuenta de “EL PROVEEDOR”, por el importe total de los bienes a valor de reposición; en su caso, este seguro deberá estar vigente, hasta la fecha de recepción y aceptación formal de los bienes por parte de “LA PROCURADURÍA”.

1.7 Responsabilidad Laboral

“EL PROVEEDOR” se constituye como único patrón del personal que ocupe para llevar a cabo el suministro de los bienes y será el único responsable de las obligaciones que en virtud de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, le deriven frente a dicho personal, liberando a “LA PROCURADURÍA” de cualquier responsabilidad laboral al respecto.

1.8 Asistencia Técnica

“EL PROVEEDOR”, proporcionará el soporte técnico en los términos que se indican en el anexo 1.

1.9 Medidas de Seguridad

“EL PROVEEDOR” se compromete a que el personal que utilice para llevar a cabo el suministro de los bienes objeto de este contrato, dará debido y exacto cumplimiento de los controles de acceso y medidas de seguridad que “LA PROCURADURÍA” tenga establecidos en los inmuebles en los cuales llevará a cabo la entrega de los bienes.

2 Tipo de Contrato

El contrato que se celebrará para formalizar la entrega de los bienes, objeto de este contrato es abierto con presupuestos máximos y mínimos a ejercer, sujeto a las condiciones previstas en el Artículo 45 y 47 de la LAASSP de conformidad con los siguientes:

DEPENDENCIA/ENTIDAD MONTOS IVA INCLUIDO

MINIMO MAXIMO

PROFEDET $897,200.00 $2,243,000.00

3. Vigencia de precios

Los precios deberán establecerse unitariamente por cada uno de los bienes indicados en los cuadros básicos.

Los precios que ofrezcan para los artículos deberán mantenerse durante la vigencia del contrato, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en los contratos y pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar carta del fabricante indicando la variación en el precio del artículo y la fecha de su vigencia, firmada por el representante legal de la empresa.

Todos los gastos inherentes al suministro de los bienes objeto de este contrato, deberán estar impactados en el precio que “EL PROVEEDOR” determine dentro de su propuesta económica para cada uno de los bienes en forma unitaria.

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ANEXO A1

DOMICILIOS DE ENTREGA

OFICINAS CENTRALES

ALMACÉN DE BIENES DE CONSUMO UBICADO EN DR. JOSÉ MA. VÉRTIZ NO. 211, SEGUNDO PISO, COL. DOCTORES DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC C.P. 06720 Y PARA EL CASO DE LAS OFICINAS EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, LOS PEDIDOS SE ENTREGARÁN CONFORME A LOS DOMICILIOS DE OFICINAS FORANEAS QUE SE ENLISTAN AL TERMINO DE ESTA TABLA.

NUMERO PROGRESIVO

ESTADO CIUDAD DOMICILIO

1 Aguascalientes Aguascalientes CALLE REPUBLICA DE BELICE No. 703, FRACC. SANTA ELENA PLANTA ALTA C.P. 20230 AGUASCALIENTES, AGS.

2 Baja California

Ensenada AV. DEL PUERTO NO. 375 DESPACHO 21 2° PISO FRACC. PLAYA ENSENADA C.P. 22880 ENSENADA, B.C., FRACC. PLAYA ENSENADA

Mexicali CARPINTEROS No. 1473 COL INDUSTRIAL ENTRE F Y G C.P. 21010, MEXICALÍ B.C.

Tijuana IGNACIO COMONFORT NO. 9351 1ER. PISO ZONA DEL RIO C.P. 22320 TIJUANA, B.C.

3 Baja California

Sur La paz

PROLONGACIÓN DURANGO No. 4280 PLANTA ALTA FRENTE A LA SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRÁULICOS COL. LAS PALMAS C.P. 23070 LA PAZ, B.C.

4 Campeche

Campeche PALACIO FEDERAL AV. 16 DE SEPTIEMBRE S/*N 1ER. PISO COL. CENTRO C.P. 24000 CAMPECHE, CAMP.

Cd. del Carmen

AV. ADOLFO LÓPEZ MATEOS No. 66 P.B. ESQ. CON AV. PAEZ URQUIDI, EDIF. PLAZA MIRADOR COL. SANTA MARGARITA C.P. 24120 CD. DEL CARMEN, CAMP.

5 Chiapas Tuxtla Gtez. NUEVO PALACIO FEDERAL 1A. AV. NORTE Y 1A. ORIENTE 2° PISO COL. CENTRO C.P. 29000 TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIS.

6 Chihuahua

Chihuahua CARBONEL No. 3904 COL. SAN FELIPE C.P. 31240 CHIHUAHUA, CHIH.

Cd. Juárez PARAGUAY No. 115 SUR ESQ. AV. 16 DE SEPTIEMBRE COL. PARTIDO ROMERO C.P. 32030 CD. JUÁREZ, CHIH.

Hidalgo del Parral

AVENIDA CENTENARIO NÚMERO 1, ALTOS “A” COLONIA, CENTRO, CÓDIGO POSTAL 33800, HIDALGO DEL PARRAL, CHIHUAHUA.

7 Coahuila

Saltillo AV. UNIVERSIDAD No. 1019 INTERIOR 3 COL. UNIVERSIDAD CP. 25260 SALTILLO, COAH.

Torreón PALACIO FEDERAL MORELOS Y GALEANA 3ER. PISO COL. CENTRO C.P. 27000 TORREÓN, COAH.

8 Colima Colima PALACIO FEDERAL FRANCISCO I MADERO No. 243, INT. 7 PLANTA BAJA, COL. CENTRO C.P 28000, COL. COLIMA.

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9 Durango Durango AV. DEL HIERRO No. 505, PALACIO FEDERAL 2DO. NIVEL ALA NORTE CD. INDUSTRIAL C.P. 34208 DURANGO, DGO.

10 Edo. de México

Toluca EDIFICIO SELAFE CALLE 21 DE MARZO No. 203 CASI ESQ. LERDO PONIENTE COL. SOR JUANA INES DE LA CRUZ C.P. 50000 TOLUCA, MEX.

11 Guanajuato Marfil, Gto CALLE DEL CAMINERO No. 2 COL. BUROCRATA C.P. 36250 MARFIL, GTO.

12 Guerrero Acapulco AV. COSTERA MIGUEL ALEMÁN No. 315 INT. DEL PALACIO FEDERAL 2DO. PISO COL. CENTRO C.P. 39300 ACAPULCO, GRO.

13 Hidalgo Pachuca BLVD. FELIPE ANGELES 801 ESQ. CALLE DE CUESCO EDIF. SELAFE FRENTE A LA AGENCIA AUTOS ELEGANTES SEAT, C.P. 42080 PACHUCA, HGO.

14 Jalisco Guadalajara PALACIO FEDERAL AV. ALCALDE NO. 500 ENTRE HOSPITAL Y JUAN ÁLVAREZ 1ER. PISO ALA NORTE COL. CENTRO CP. 44100 GUADALAJARA, JAL.

15 Michoacán Morelia CALLE PATZIMBA, No. 343, ESQ. CALLE TARIACURI, COL. VISTA BELLA, TENENCIA DE SANTA MARÍA DE GUIDO, C.P. 58090, MORELIA, MICH.

16 Morelos Cuernavaca AVENIDA PLAN DE AYALA No. 501, LOCAL 41, 2° PISO, PLAZA LOS ARCOS, COL. TEOPANZOLCO, C.P. 62350, CUERNAVACA, MORELOS

17 Nayarit Tepic AV. ALLENDE No. 110 ORIENTE DESPACHO 203 EDIF. DÍAZ LÓPEZ COL. CENTRO C.P. 63000 TEPIC, NAY.

18 Nuevo León Cd. Guadalupe NUEVO PALACIO FEDERAL BENITO JUÁREZ No. 500 Y CORREGIDORA 1ER. PISO C.P. 67000 GUADALUPE, N.L.

19 Oaxaca Oaxaca CARBONERA No. 902, ESQ. GONZÁLEZ ORTEGA, COL. BARRIO TRINIDAD DE LAS HUERTAS C.P. 68120 OAXACA, OAX.

20 Puebla Puebla EDIF. SELAFE AV. 31 PONIENTE NO. 2904 ENTRE CALLE 29 Y CALLE 31 A DOS CUADRAS DEL COLEGIO AMERICANO 1ER. PISO FRACC. EL VERGEL C.P. 72400 PUEBLA, PUE.

21 Querétaro Querétaro EDIFICIO SELAFE ZARAGOZA NO. 313 PONIENTE A UN COSTADO DEL IMSS COL. SAN ÁNGEL C.P. 76030 QUERÉTARO, QRO.

22 Quintana Roo

Cancún AV. NADER No. 148 EDIF. BARCELONA DESPACHO 102 SUPER MANZANA 3 C.P. 77500 CANCÚN, Q. ROO

Chetumal AV. INSURGENTES NO. 210, ENTRE COROZAL Y BENITO JUÁREZ, COL. CAMINERA, C.P. 77037, CHETUMAL Q. ROO

23 San Luís

Potosí San Luís

Potosí BENIGNO ARRIAGA No. 1805 COL. DEL REAL C.P. 78280 SAN LUIS POTOSI, S.L.P.

24 Sinaloa

Culiacán AV. ÁLVARO OBREGÓN No. 684 NORTE 1ER. PISO COL. CENTRO C.P. 80000 CULIACÁN, SIN.

Mazatlán ANGEL FLORES, ESQ. BÉNITO JUÁREZ, PALACIO FEDERAL,

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15

2° PISO COL. CENTRO C.P. 82000 MAZATLÁN, SIN.

25 Sonora

Cananea AV. OBREGÓN No. 365 P.B., COL. BUROCRATA C.P. 84620 CANANEA, SON.

Guaymas AV. AQUILES SERDAN No. 75 EDIF. LUEBBERT ENTRE CALLE 21 Y 22 LOCAL 6 COL. CENTRO C.P. 85400 GUAYMAS, SON.

Hermosillo BLVD. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA Y CALZ. DE LOS ANGELES EDIF. SELAFE PLANTA ALTA COL. LAS QUINTAS C.P. 83240 HERMOSILLO, SON.

26 Tamaulipas

Cd. Victoria 18 Y 19 MATAMOROS No. 237 PONIENTO, DEPTO. 3 COL. CENTRO C.P. 87000 CD. VICTORIA, TAMPS.

Reynosa SINALOA NO. 1035 ESQ. ANIBAL PÉREZ COL. RODRÍGUEZ C.P. 88630 REYNOSA, TAMPS.

Tampico ISAURO ALFARO No. 104 NORTE 1er. PISO ZONA CENTRO C.P. 89000 TAMPICO, TAMPS.

27 Tabasco Villahermosa PASEO TABASCO NO. 809 COL. JESÚS GARCIA CP. 86040 VILLAHERMOSA, TAB.

28 Tlaxcala Tlaxcala KM. 1.5 CARR. TLAXCALA-PUEBLA FRENTE TEATRO UNIVERSITARIO, COL. CENTRO C.P. 9000 TLAXCALA, TLAX.

29 Veracruz

Coatzacoalcos AV. MIGUEL ANGEL DE QUEVEDO No. 1408, COL. MARÍA DE LA PIEDAD, C.P. 96410, COATZACOALCOS, VER.

Jalapa CANTERA No. 25, COL. PEDREGAL DE LAS ÁNIMAS, C.P.91190 JALAPA, VER.

Orizaba CALLE PONIENTE 7 NO. 94, INTERIOR 2, COL. CENTRO, C.P. 94300, ORIZABA, VER

Poza Rica CALLE 12 S/N ESQ. AV. 20 DE NOVIEMBRE COL. CAZONES C.P. 93230 POZA RICA, VER.

Veracruz AV. 5 DE MAYO S/N PALACIO FEDERAL ENTRE RAYÓN Y OCAMPO A UN COSTADO DEL TEATRO DE LA REFORMA COL. CENTRO C.P. 91700 VERACRUZ, VER.

30 Yucatán Mérida CALLE 73 NO. 557 EDIFICIO SELAFE, ENTRE 72 Y 74 SUBURBIO DE SAN SEBASTIAN COL. CENTRO C.P. 97000

31 Zacatecas Zacatecas BLVD. JOSÉ LÓPEZ PORTILLO No. 303 FRACC. DEPENDENCIAS FEDERALES C.P. 98618 GUADALUPE, ZAC.

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ANEXO 1-B

CARACTERÍSTICAS GENERALES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

No. DESCRIPCIÓN

1. CARACTERÍSTICAS GENERALES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1.1

“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar un Manual de Procedimientos y Operaciones para la atención de solicituddes y su suministro, a fin de adaptarlo a las necesidades de “LA PROCURADURÍA”conforme al Plan de Trabajo que para el efecto se acuerde entre las partes

(punto 1.4).

1.2

“EL PROVEEDOR” deberá insertar el Manual de Procedimientos y Operaciones de la Tienda Electrónica en la

misma, para que los usuarios conozcan y realicen los procedimientos adecuadamente en la página virtual, conforme al Plan de Trabajo que para el efecto se acuerde entre las partes (punto 1.4).

1.3

“EL PROVEEDOR” debe contar con un plan de contingencia que garantice la continuidad de sus servicios,

aún cuando tenga que enfrentar situaciones o acontecimientos inesperados. Este plan debe cubrir cada una de las etapas del proceso, desde la captura de solicitudes hasta la entrega de los artículos a cada usuario.

1.4

“EL PROVEEDOR” se compromete a elaborar conjuntamente con “LA PROCURADURÍA” dentro de los diez

días hábiles siguientes a la firma del contrato, un programa de trabajo que considere todos los puntos a desarrollar para el inicio y eficiente operación del servicio, los cuales de manera enunciativa más no limitativa se indican a continuación:

Vinculación página Web con Intranet de “LA PROCURADURÍA”

Manual de procedimientos y operaciónes

Entrega de acuses de recibo de los bienes

Códigos de acceso y passwords.

1.5

“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar periodicamente a “LA PROCURADURÍA”, información sobre

productos o servicios en el mercado, que pudieran instrumentarse en su beneficio, sin necesidad de convenio modificatorio.

2. COORDINACIÓN DEL SERVICIO POR PARTE DE “LA PROCURADURÍA”

2.1

“EL PROVEEDOR” acepta que la coordinación por parte “LA PROCURADURÍA” se realizará a través del Ing. Héctor

Arce Paz, Encargado del Despacho de la Subdirección de Servicios Generales, que para efectos prácticos en lo sucesivo se denominará como el “Coordinador”, quien en caso necesario podrá ser reemplazado temporal o definitivamente por la persona que designe por escrito “LA PROCURADURÍA”

3. USUARIOS DEL SERVICIO

3.1 “EL PROVEEDOR” considerará como usuarios del servicio solamente a los funcionarios o empleados de “LA PROCURADURÍA” que expresamente le señale vía electrónica o por escrito el Coordinador.

4. CARACTERISTICAS DE LA PÁGINA

4.1

“EL PROVEEDOR” deberá contar con un sistema al que se pueda acceder por medio de una página web para

la recepción, control y seguimiento de solicitudes, estableciéndose como una tienda virtual. Dicha página deberá contener como mínimo los siguientes datos:

Usuario (clave de acceso y password)

Clave de adscripción y nombre del área

Anexo 1-A

Presupuesto autorizado, ejercido y disponible

Fecha y hora del pedido

No. del pedido

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Descripción y costo de artículos que integran el pedido Mecanismo que permita dar seguimiento y saber el estado en tiempo real de cada pedido.

4.2

La página deberá permitir su vinculación al Intranet para “LA PROCURADURÍA” o en su caso, proporcionar la

dirección electrónica de la misma y encontrarse en operación en el plazo que se establezca en el Programa de Trabajo (punto 1.4).

4.3

El sistema deberá permitir asignar claves de acceso y password para cada uno de los usuarios que notifique el Coordinador a “EL PROVEEDOR”, con posibilidad de cambiar dichos passwords de acuerdo a las

necesidades de seguridad, así como aumentar o disminuir el número de usuarios previa notificación vía electrónica del Coordinador. La asignación de códigos y passwords para el arranque del servicio se programará conforme al Plan de Trabajo que para el efecto desarrollen las partes (punto 1.4)

4.4

“EL PROVEEDOR” deberá vigilar el presupuesto asignado a cada usuario (límite de crédito) dentro de “LA PROCURADURÍA”, el que podrá ser incrementado o disminuido por el Coordinador mediante solicitud vía electrónica o por escrito “EL PROVEEDOR” con 24 hrs., de anticipación. El usuario deberá gestionar ante el

Coordinador el incremento del presupuesto.

4.5 “EL PROVEEDOR” deberá vigilar el consumo de cada usuario, emitiendo alertas cuando este próximo de

llegar al límite de los recursos.

4.6

“EL PROVEEDOR” sólo atenderá las solicitudes de los usuarios del servicio que hayan sido formuladas por

los medios electrónicos que se establezcan y cuenten con saldo disponible en relación al presupuesto que se les asigne, para este efecto e informará al Coordinador de los casos cuando los usuarios hayan utilizado el 80% de su presupuesto asignado, a fin de adoptar medidas al respecto.

4.7

“EL PROVEEDOR” se responsabiliza de dar el soporte técnico necesario a su página Web y sistemas

informáticos, así como a colaborar con personal de las dependencia o entidad participante o quien designen éstas, para la adecuada conectividad y operación, a través de un módulo de ayuda en línea dentro del mismo sistema

5. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

5.1

“EL PROVEEDOR” suministrará mensualmente a los usuarios el total de los requerimientos planteados, en los

domicilios señalados para cada uno de ellos. En el caso de oficina matriz la entrega se realizará en la oficina de cada uno de los usuarios y para el caso de las oficinas en el interior de la República, los pedidos se entregarán de acuerdo a los domicilios señalados en el anexo A1del presente contrato.

5.2

“EL PROVEEDOR” recibirá por medios electrónicos dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, el

requerimiento de papelería de cada uno de los usuarios autorizados.

Tipos de pedido:

PEDIDO MENSUAL (NORMAL): Aquel que se realice y autorice dentro de los 1ros. 5 días hábiles del mes.

PEDIDO EXTRAORDINARIO: Aquel que se realice y se autorice, en cualquier momento aun dentro de los

primeros cinco días hábiles de cada mes.

NO ENTREGADO POR CAUSAS IMPUTABLES AL USUARIO: Reprogramada para un plazo no mayor a 48

hrs. posteriores a la 1ª entrega.

5.3

“EL PROVEEDOR” suministrará a los usuarios sólo los artículos contenidos en el Anexo B, respetando la marca descrita en el contrato, cualquier cambio necesario deberá autorizarlo el Coordinador por escrito o vía

electrónica solicitando la autorización con la anticipación necesaria al cierre del mes para poder realizar las entregas oportunamente.

5.4

Los precios de los bienes deberán mantenerse durante la vigencia del contrato. En el supuesto de que, durante la vigencia del contrato, “LA PROCURADURÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrán realizar las compras necesarias a un proveedor diferente a “EL PROVEEDOR” o

bien, notificar a éste para que de estar en condiciones iguale el precio más bajo.

5.5 “EL PROVEEDOR” acepta suministrar a los usuarios, cuando así lo requieran, artículos no incluidos dentro de

su requerimiento original, pero si en el anexo B.

5.6 “EL PROVEEDOR” deberá garantizar el 100% de disponibilidad de los artículos contenidos en el Anexo B.

5.7 Los artículos deberán ser empacados por “EL PROVEEDOR”, manteniéndose en su envoltura original cuando

esto sea posible o bien, en empaque de la empresa que lo proteja durante el traslado contra el clima, manejo,

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estiba y en general, de cualquier agente externo que le pudiera ser perjudicial.

5.8

Los artículos son responsabilidad de “EL PROVEEDOR” hasta la entrega y aceptación del usuario, quien

deberá firmar de conformidad en cada pedido. La firma del Coordinador avalará la entrega en tiempo del pedido, sin embargo, solo se consideran como aceptados de conformidad los pedidos si en un lapso de diez días naturales no existe inconformidad del usuario en cuanto a la cantidad y calidad de los artículos que haya recibido. Dicho recibo deberá contener como mínimo los datos del destinatario, fecha de pedido, fecha de entrega, relación de artículos entregados y costo total de los mismos.

5.9

El empaque de los artículos deberá estar etiquetado por “EL PROVEEDOR”, con la leyenda “frágil” cuando

sea el caso y con una lista del contenido, a fin de facilitar su revisión por el usuario, además de la razón social del remitente y del destinatario, nombre del usuario y domicilio, número, monto y peso del pedido, tipo de material, número de pedido, número de caja y total de cajas (ej. 1 de 3, 2 de 3, 3 de 3, etc.)

5.10

El traslado de los artículos estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, por los medios que estime pertinentes

siempre y cuando cumplan con los niveles de servicio establecidos. El costo deberá estar incluido en el precio de los artículos que ofrezca en su proposición económica.

5.11

“EL PROVEEDOR” deberá entregar al coordinador copias de los recibos de conformidad, dichos recibos

deberán contener nombre, fecha de recepción y estar firmados por cada uno de los usuarios. Una vez aprobados los recibos y notificada dicha aprobación vía electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá entregar el

comprobante fiscal correspondiente.

6. CAPACITACIÓN

“EL PROVEEDOR” proporcionará capacitación con una duración mínima de cuatro horas a cuando menos 4 personas empleadas de “LA PROCURADURÍA”, de acuerdo al temario, lugar, fechas y horarios que establezcan las partes en

el Programa de Trabajo (punto 1.4).

7. REGISTRO, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS OPERACIONES

7

7.1

El Coordinador generara reportes en tiempo real en línea a través del sistema web los cuales se exportarán a Excel, en forma mensual, periódicos o acumulados. Además “EL PROVEEDOR” deberá entregar en medios

magnéticos y será requisito para efectuar el pago. Dichos reportes deberán elaborarse con los datos que determine “LA PROCURADURÍA” con “EL PROVEEDOR”, y que de manera enunciativa más no limitativa se

indican a continuación: Número de pedido. Centro de Costos (usuarios/Área de Adscripción) Fecha de envío del pedido. Fecha de recibido por el proveedor Fecha de entrega Etapa del proceso en que se encuentra: autorizado, surtido, empacado, embarcado y entregado. Datos de la persona que recibe

7

7.2

En caso de devolución de pedidos completos o parcialmente, “EL PROVEEDOR” recogerá el producto,

notificará al Coordinador y entregará mensualmente el reporte de las devoluciones. La recepción de las devoluciones las aceptará “EL PROVEEDOR” procediendo a recoger el material dentro de los diez días

hábiles siguientes a la fecha de entrega. Aplicando la penalización correspondiente.

7

7.3

“EL PROVEEDOR” deberá generar y enviar al Coordinador en medios magnéticos en Excell, reportes

mensuales, periódicos o acumulados, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior a la fecha de las aplicaciones, lo cual será requisito para efectuar el pago. Dichos reportes deberán elaborarse con los datos que determine la dependencia o entidad con el licitante ganador, y que de manera enunciativa más no limitativa se indican a continuación:

Consumos globales de la Institución por artículo y gasto Consumo por usuario (mensual y acumulado). Consumo por localidad. Consumo por producto Consumos por tipo de producto Reportes de devoluciones Reporte de operación Reporte de estatus por pedido ( a consultar vía página electrónica)

8. UBICACIÓN DONDE SE SUMINISTRARÁN LOS BIENES

“EL PROVEEDOR” deberá garantizar la entrega de los materiales que conforman los pedidos en las ubicaciones de “LA PROCURADURÍA”, señaladas en el anexo A-1 del presente contrato.