contraloría general del estado · investigación en control de ... la diversificación productiva...
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r CONTRALORíA GENERAL DEL ESTADO
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Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Industrias y Productividad(MIPRO).
DAI-0002-2010
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
INFORME
Examen Especial al cumplimiento Administrativo Financiero de los Programasde la Subsecretaria de Competitividad, por el período comprendido entre el2008-01-01 al 2009-12-31, del Ministerio de Industrias y Productividad.
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Ministerio de Industrias y Productividad
EXAMEN ESPECIAL AL CUMPLIMIENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO DE LOS
PROGRAMAS DE LA SUBSECRETARIA DE COMPETITIVIDAD DEL MINISTERIO
DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD - MI PRO.
Por el período comprendido entre el 1ro de enero de 2008 y el 31 de diciembre de
2009
DIRECCiÓN DE AUDITORIA INTERNA DEL MIPRO
Quito - Ecuador
Al.
ART.
CIA.
CCICEV
DGF
DAI
ESPOL
LTDA.
MIC
MIPRO
MICEI
MICIP
MICIPT
NCI
PYMES
R.O.
S.A.
UCSG
UNL
UTPL
USD
SIGLAS Y ABREVIATURAS UTILIZADAS
Auditoría Interna.
Articulo.
Compañía.
Centro de Transferencia Tecnológica para la Capacitación e
Investigación en Control de Emisiones vehiculares.Dirección de Gestión Financiera.
Dirección de Auditoría Interna.
Escuela Superior Politécnica del Litoral.
Limitada.
Ministerio de Industrias y Competitividad
Ministerio de Industrias y Productividad
Ministerio de Comercio Exterior e Integración
Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y
Competitividad.
Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Turismo.
Normas de Control Interno.
Pequeñas y Medianas Empresas.
Registro Oficial.
Sociedad Anónima.
Universidad Católica Santiago de Guayaquil.
Universidad Nacional de Cuenca,
Universidad Técnica Particular de Leja.
Dólares Americanos.
íNDICE
Carta de presentación
CAPITULO I
Información introductoria
Motivo del examen .
Objetivos del examen.
Alcance del examen.
Base legal.
Estructura orgánica
Objetivos de la entidad
Monto de recursos examinados
Funcionarios relacionados o •••••••• o ••
CAPITULO 11
Resultados del examen .
Estructura de los convenios suscritos por el MI PRO, durante el
período comprendido entre el 1 de enero de 2008 al 31 de
diciembre de 2009 .
Comités de Seguimiento de los convenios suscritos por el MIPRO
Falta de control y seguimiento de convenios por parte del
funcionario asignado en la Dirección Financiera ....
Control de convenios suscritos entre el MIPRO y entidades públicas
ylo privadas del país .
Convenios analizados y que fueron suscritos por el MIPRO durante
El 2009 .....
Convenio 09 017, suscrito entre el MI PRO y la Universidad
de Cuenca. . .
Convenio Marco 09 046 Y Convenio Específico 09 055-A, suscrito
entre el MIPRO y la Universidad Técnica Particular de Laja -UTPL .
Página.
1-2
3
3
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6
6
7
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9-11
11-13
13-15
15
15-17
17-19
Convenio Marco 09 047 Y Convenio Específico 09 051, suscrito
entre el MIPRO y la Universidad Nacional de Laja - UNL .
Convenios suscritos entre el MIPRO y la Escuela Superior
Politécnica del Litoral- ESPOL .
Convenio Marco 09 055 suscrito entre el MIPRO y el Centro de
Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación
en Control de Emisiones Vehiculares - CCICEV
Convenio 09 063, suscritos entre el MIPRO y la Universidad
Católica Santiago de Guayaquil - UCSG "
Convenio 09 119, suscritos entre el MIPRO y la Ilustre
Municipalidad de Cuenca. . .
19-21
21-26
26-28
29-30
30-34
Anexo 1 Funcionarios relacionados 35
MiniSterio de Industna..'>y Pn:xíuctvidnd
MIPRO
Ref Informe Aprobado el: 29-09-2011
Quito, 20 de octubre de 2011
Señora
Ministra de Industrias y Productividad.
Presente.
De mi consideración:
Hemos efectuado el Examen Especial al cumplimiento Administrativo Financiero de \05
Programas de la Subsecretaria de Competitividad del Ministerio de Industrias y
Productividad _ MIPRO, por el periodo comprendido entre el 2008 enero 1 y el 2009
diciembre 31,
Nuestro examen se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas de Auditoría
Gubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado Estas normas
requieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certeza razonable
de que \a información Y documentación examinada, no contiene exposiciones erróneas
de carácter significativo, igualmente que las operaciones a las cuales corresponden,
se hayan efectuado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes, politicas y demás normas aplicables.
Debido a la naturaleza especial de nuestro examen, los resultados se encuentran
expresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que consta en el
presente informe.
~tJo@,
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General del Estado, las recomendaciones deben ser aplicadas de manera inmediata y
con el carácter de obligatorio,
Atentamente,
Dios, Patria y Libertad,
Econ. Milton Braganza C.
Director de Auditoria Interna del MI PRO.
2
r
CAPíTULO I
INFORMACiÓN INTROOUCTORIA
Motivo del examen
El Examen Especial al cumplimiento Administrativo Financiero de los Programas de la
Subsecretaría de Competitividad del Ministerio de Industrias y Productividad - MIPRO,
se efectúo de conformidad a la orden de trabajo 001-Al, del 25 de febrero de 2010,
suscrita por el Director de Auditoría Interna, en cumplimiento al plan operativo de
control de 2010.
Objetivos del examen
Evaluar el grado de solidez de la Estructura del Control Interno existente en los
programas o proyectos ejecutados.
Determinación del grado de efectividad, eficiencia y economía, en la
distribución y control de los recursos financieros.
Establecer que los recursos financieros hayan sido utilizados de acuerdo con la
normativa vigente.
Alcance del examen.
El examen especial al cumplimiento Administrativo Financiero de los Programas de la
Subsecretaria de Competitividad del M1PRO, abarcó el periodo comprendido del
2008-01-01 al 2009-12-31.
No se analizó la legalidad, propiedad y veracidad de los valores transferidos a los
beneficiarios de los convenios por cuanto en vencimiento de los mismos, por
ampliaciones concedidas por el Ministerio motivó a que los convenios se liquiden en
forma posterior a la fecha de nuestro examen. Por lo tanto será motivo de exámenes
especiales específicos.
"TRéS @-
3
Base legal.
•
Mediante Decreto Supremo 162 de 16 de febrero de 1973, publicado en el
Registro Oficial 253 de 26 de los indicados mes Y año, se creó el Ministerio de
Industrias, Comercio e Integración (MICEI), correspondiéndole formular, dirigir y
ejecutar la política en los campos de fomento industrial, pequeña industria y
artesanía, normalización, turismo, comercio exterior e integración.
En virtud de que el Ministerio debla llevar a cabo las negociaciones bilaterales y
multilaterales de comercio internacional, tecnologia e inversión directa, se
sustituye su denominación a la de Ministerio de Comercio Exterior,
Industrialización y Pesca (MICIP), mediante Decreto Ejecutivo 331 de 20 de
noviembre de 1996, publicado en Registro Oficial 76 de 26 de noviembre de
1996• Con Decreto Ejecutivo 1323 de 30 de septiembre de 1999, promulgado en el
Registro Oficial 294 de 8 de octubre de 1999, se fusionó el Ministerio de
Comercio Exterior, Industrialización Y Pesca (M1CIP) con el Ministerio de Turismo
y pasó a llamarse Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y
Turismo (MICIPT)
• Mediante Decreto Ejecutivo 26 de 28 de enero del 2000, publicado en Registro
Oficial 11 de 7 de febrero de 2000, la Subsecretaría de Turismo se fusionó al
Ministerio de Turismo y Ambiente y volvió a denominarse Ministerio de Comercio
Exterior, Industrialización Y Pesca (MICIP)
• Por Decreto Ejecutivo 1880, expedido en Registro Oficial 418 de 24 de
septiembre de 2001 < se reforma la denominación por la de Ministerio de
Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad (MICIP)
• Con Decreto Ejecutivo 09 de 15 de enero de 2007, promulgado en Registro
Oficial 08 de 25 de enero de 2007, se transfieren las funciones de Comercio
Exterior e Integración y de Pesca a los Ministerios de Relaciones Exteriores,
Comercio Exterior e Integración y de Agricultura, Ganadería, Acuacultura Y
Pesca, en su orden. Por lo cual pasa a denominarse Ministerio de Industrias y
Competitividad (MIC).
• En virtud del Decreto Ejecutivo 1558 de 27 de enero de 2009 (Registro Oficial
525 10 de febrero de 2009), pasa a denominarse Ministerio de Industrias (MI) y
se establecen sus competencias y atribuciones.
COA"TI':-O @'
•
4
• En los articulas del Decreto Ejecutivo 1633 de 20 de marzo de 2009; se Sustituye
la letra i) del articulo 16 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la
Función, por la siguiente: i) Ministerio de Industrias y Productividad. y el articulo
2 se reemplaza en el primer inciso del articulo 172 del Estatuto del régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, por "Ministerio de Industrias y
Productividad"
Estructura orgánica.
Según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos vigente, la
estructura orgánica del Ministerio de Industrias Productividad, de las áreas
relacionadas con el examen es la siguiente:
I MINISTRO II VICEMINISTRO I
ISUHSECRETARIA DE lNDUSTRIAS,~RODlJCTIVIDAD E INNOVACIÓN
TECNOLOGIC¡\
1 I I lDlRECCIÓN DE DIRECCION DE DIRECCIÓN DIRECCIÓN DE UlKECC!ÓN DE
PRODUCTIVIDAD INFIUIESTRUC DE OBSERVATORI INNOVACiÓN,
DE LA TUIUI, REDlJCCIÓN o P/lRQUES
INDUSTRIA LOGTSTICA y DE COSTOS TECNOLÜ01CO TF.CNOLÚGICUS
SERVICIOS PARA LA PARA LA Y PROTECCTON
PAKA LA rNDlJSTRIA TNDUS'lRJ¡\ y ¡\MBIENTAL
INDUSTRLA. MANUF/lCTUR
Objetivos de la entidad
Incrementar la productividad del sector industrial y productivo;
ci~co@ .
5
2. Desarrollar políticas de comercio interior y exterior, que dlnarrucen la producción
nacional, aseguren condiciones leales y equitativas de competencia, mejoren la
productividad y satisfagan las necesidades del consumidor;
3. Incentivar la inversión directa, nacional y extranjera, orientada a fortalecer y
expandir la capacidad productiva nacional;
4. Superar la dependencia estructural del sistema productivo ecuatoriano;
5. Propender la incorporación de mayor valor agregado en \a producción nacional.
la diversificación productiva y de mercados;
6 Potenciar el crecimiento de la economía social y solidaria,
7. Apoyar el desarrollo de sectores industriales prioritarios.
Monto de recursos examinados.
El monto de los recursos asignados a través de los convenios suscritos por el MIPRO,
se detalla a continuación:
Período Monto en USO
2008-01-01812008-12-310,00
2009-01-01812009-1231 25463234,51
Total monto analizado25 463 234,51
Funcionarios relacionados
Anexo 1
S~l'5 @.
6
CAPíTULO 11
Resultados del examen.
Estructura de los convenios suscritos por el MIPRO durante el período
comprendido entre el1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2009.
Del análisis realizado a la estructura de los 14 convenios suscritos por el MI PRO
durante nuestro período se observaron las siguientes novedades:
No se establece una cláusula que determine una sanción económica en el caso
de incumplimiento de las partes, con el fin de garantizar el cumplimiento del
convenio en los plazos establecidos y el correcto uso de los recursos del Estado.
2. No se incluye una cláusula que determine que una vez que se haya ejecutado el
proyecto y de existir saldos no utilizados de los aportes del MIPRO estos sean
reintegrados a la cuenta de la entidad, antes de la liquidación correspondiente.
3. Se determinó que en el convenio marco 09 046, suscrito con la Universidad
Técnica Particular de Laja, determina en la cláusula décima Propiedad y
derechos de dominio, que:
.. Los bienes y equipos adquiridos en el marco de este convenio así como losresultados de proyectos desarrollados e investigaciones realizadas quedaránbaJo el dominio y propiedad de la UTPL; sin perjuicio de lo cual, reconocerá elnombre del MIPRO como entidad estatal que brindó el apoyo para cumplir conel objeto del presente acuerdo. "
Al respecto, mediante memorando MIPRO-DAI-2010-0056-M, de 23 de agosto
de 2010, comunicamos sobre el particular a la señora Ministra, para que sea la
Coordinación de Asesoría Jurídica del MIPRO la que analice y se pronuncie con
el fin de determinar la forma de propiedad de los bienes que se adquieran con
recursos del Estado.4 En todos los convenios restantes no se incluye una cláusula sobre la adquisición
de bienes o activos fijos, si son estos de propiedad del Estado u otras formas de
propiedad.
Situación que ha originado el incumplimiento de los plazos iniciales establecidos en los
convenios y que de lugar a las constantes renovaciones (convenios modificatorios)
prolongando la ejecución de los mismos. Que los recursos no utilizados al no
SiETE@'
7
r
mencionarse nada en las cláusulas de los convenios, se mantengan en las cuentas de
los beneficiarios y no sean reintegrados de manera inmediata a la cuenta del Tesoro
Nacional. y que se defina sobre la propiedad y derechos de los bienes que se
adquieran con aportes del Estado.Es criterio de Auditoría que el contenido de las cláusulas de los convenios debe
garantizar la correcta utilización de los recursos del Estado, y de esta manera
establecer sanciones en los convenios en caso de incumplimiento Y el reintegro
inmediato de los recursos no utilizados a la cuenta del Tesoro Nacional. Se Inobserva
lo determinado en el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración
de Bienes del Sector Público, los artlculoe 60.- Contrato entre entidades públicas; y
63.- Contrato con entidades privadas
Conclusión.
r
La estructura de los convenios suscritos por el MIPRO, no contemplan la aplicación de
multas o sanciones a los beneficiarios por incumplimiento de plazos (ejecución), el
reintegro inmediato de los recursos no utilizados a la cuenta del Tesoro Nacional y no
define sobre la propiedad y derechos de los bienes que se adquieran dentro de los
convenios con recursos del Estado.
Recomendaciones.
La Ministra de Industrias y Productividad, dispondrá:
2.
A la Coordinadora General de Asesoria Jurídica, se norme y estructure el
contenido de las cláusulas de los convenios que suscriba el MIPRO, con el fin de
garantizar el cumplimiento de los plazos de ejecución y la correcta utilización de
los recursos del Estado.A la Coordinadora General de Asesoría Juridlca. se defina jurídicamente sobre la
propiedad de los activos fijos o maquinaria adquiridos con los recursos
entregados por el MIPRO a las organizaciones privadas, considerando si estos
bienes son de propiedad del Estado o a su vez definir la forma de propiedad que
establece el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de
Bienes del Sector Público.
oc.l-\o4!V.
r
8r
Comités de Seguimientos de los convenios suscritos por el MIPRO.
De la revisión a los convenios de cooperación suscritos entre el MIPRO y entidades
públicas ylo privadas durante el período 01-01-2008 Y el 31-12-2009, se determinó que
a pesar de contemplar los convenios la conformación de los respectivos Comités de
Seguimiento, para la puesta en marcha de los proyectos, hasta la fecha de corte no
entraron en funcionamiento, así tenemos que:
Convenio Transferencia Reuniones
# Fecha de Fecha Monto en USOComité deSeguimiento al
suscripción31-12-2009.
09055 17-08-2009 17-09-2009 3 339 780,00 No se conformó el
Comité
09-02-2010 3951270,40
Total del aporte del MIPRO7 291 050,40
09049 12-08-2009 13-10-2009 1 200000,00 No se conformó el
Comité
Total del aporte del MIPRO1 200 000,00
Hasta la fecha de corte (31-12-2010) el Subsecretario de Industrias no conformó ni
reunió el Comité de Seguimiento, sin embargo de haberse suscrito los convenios con
la participación de la Subsecretaria de Industrias (quien preside), lo que generó que no
se realice el control oportuno de las transacciones Y actuaciones de los organismos
encargados de su ejecución para el cumplimiento de los objetivos, plazos,
cronogramas y uso de los recursos entregados como aporte por el MIPRO.
Además, se observan las siguientes novedades:
• Se suscriben actas de las reuniones del Comité, sin embargo no presentan
informes periódicos de avance de los proyectos para conocimiento de la
autoridad.• Los delegados al Comité de Seguimiento, presentan a la Dirección de Gestión
Financiera informes económicos a la finalización del convenio y en muchos de
los casos no adjuntan el informe técnico, sin embargo se mantienen cerrados
9
como es el caso de los convenios suscritos a finales del año 2007 sin comprobar
si se han cumplido con los objetivos del convenio.
Situación que se ha originado por la falta de gestión del Comité de Seguimiento al no
asumir sus funciones inmediatamente después de suscribir los convenios, y la no
presentación de informes periódicos sobre el avance de los mismos que garantice la
correcta utilización de los recursos aportados por el MIPRO.
Inobservando lo que determina en su parte pertinente la cláusula octava de los
convenios que hacen referencia al Comité de Seguimiento, que dice:
El comité de Seguimiento será responsable de recomendar la suscripción delos convenías específicos, a través de las máximas autoridades o susdelegados, así como aprobar los términos de cada proyecto o programa comosu financiamiento, y cronogramas, plazos de ejecución y costos previstos quesean del caso para el cumplimiento del objeto del presente Convenía. Estaresponsabilidad es administrativa, civil y penal según corresponda
Conclusión.
Hasta la fecha de corte del examen especial, no se conformaron los Comités de
Seguimiento de los convenios 09 049 Y 09 055 a pesar de haberse suscrito estos por
lo que no se generó informes periódicos para que la entidad realice el control oportuno
de los recursos aportados, y se cuente con información actualizada de avance de los
proyectos.
Recomendaciones.
La Ministra de Industrias y Productividad, dispondrá:
3. A la Subsecretaria de Productividad, que los Comités de Seguimiento de los
convenios sean integrados inmediatamente de suscribir los mismos y presenten
a la terminación de los proyectos los informes finales con el propósito de
determinar el grado de cumplimiento de los objetivos para la liquidación y cierre
de los convenios.
10
La Subsecretaria de Productividad, dispondrá:
4 A los Comités de Seguimiento, presenten informes periódicos sobre el avance de
los proyectos con el fin de verificar el cumplimiento a los objetivos, plazos y
compromiso asumido, tanto por el M1PRO como de la contra parte, asi como del
uso adecuado de los recursos, a fin de tomar correctivos a tiempo en el caso de
desviaciones,
Falta de control y seguimiento de convenios por parte del funcionario asignado
en la Dirección Financiera.
En informe de Auditoria Interna DAI-06 por el período comprendido del 01-01-2005 y el
31-03-2006, de la Auditoria de Gestión al Presupuesto General del Ministerio de
Industrias y Productividad, se recomendó, se asigne un servidor para que realice las
funciones específicas de seguimiento y control de los convenios y proyectos que
ejecuta el Ministerio de Industrias y Productividad; a fin de que la entidad cuente con
información veraz y oportuna sobre la situación de los mismos (antes, durante y al
cierre) y se lleven registros de las transacciones financieras de los proyectos desde el
desembolso.
Con memorando OGF-2007-001, de 3 de enero de 2008, el Director Financiero le
comunica al Subsecretario de desarrollo Organizacional, que:
Conforme es de su conocimiento, la Dirección de Gestión Financiera con elobjeto de realizar el seguimiento y control de proyectos, así como el análisisfinanciero, contable y presupuestario de la institución, solicitó la creación deuna parlida presupuestaria para el nombramiento de un profesional 5; partidaque fue aprobada por la SENRES y el Ministerio de Economía y Finanzas. Alrespecto, mucho agradecería disponer a la Dirección de Recursos Humanos elrecíutamiento y nombramiento del indicado profesional, con el propósito decumplir con la recomendación de Auditorla Intema en coordinación con eltécnico responsable det análisis, evaluación, seguimiento y avance deproyectos ...",
Motivo por el que se creo la partida presupuestaria para ocupar el cargo de Profesional
5 (hoy Servidor Público 6), con el fin de que sea este profesional el que realice la
Evaluación Financiera de los Proyectos entre otras actividades, sin embargo este
funcionario en el período analizado del 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de
2009, se ha limitado a archivar la documentación recibida por la Subsecretaria de
11
Competitividad (ahora Productividad) de los beneficiarios, por lo que auditoria solicitó
las funciones que realiza, manifestándonos mediante memorando MIPRO-DF-2010-
0169-M, de 1 de julio de 2010, que:
a partir de enero del 2009, asuml mis nuevas actividades, que en loconcerniente a los proyectos, según instrucciones del Director, debíaencargarme de la evaluación fmanciera, una vez que los gremios reporten losjustificativos de avances y cierres de los mismos, por lo que mis funciones amás de las indicadas en el memorando antes indicado, de destinaron a estaevaluación, verificando exhaustivamente los respaldos económicos yreeuzenao informes para la firma del director; aceptando o emitiendoobservaciones, o en su defecto disponiendo el cierre de los mismos y lacorrespondiente devolución de garantias. Cabe señalar que los comités deseguimiento de los convenios, conformadospor los técnicos de cada una de lasSubsecretarías, deben realizar todo el seguimiento y mediante informesreportar sus novedades a las autoridades, respecto a los avances, plazos,fechas y programas de los mismos."
La persona asignada no realizó un seguimiento y evaluación a los recursos que
entrega el MIPRO por los convenios suscritos en el perlado analizado, no ha
presentado oportunamente ningún informe financiero a las autoridades, a fin de
conocer el estado de ejecución y la situación financiera de cada uno de los convenios
incumpliendo lo que determina la NCI 405-04 Documentación de respaldo y su
archivo. Tampoco el Director de Gestión Financiera, ha supervisado las tareas
asignadas al mencionado funcionario, inobservado lo que determina la NCI 401-02
Autorización y aprobación de transacciones y operaciones.
Criterio de la entidad.
Con memorando MIPRO-DF-2010-0332-M, de 1 de diciembre de 2010, suscrito por el
Director de Gestión Financiera encargado, se adjunta el informe presentado por la
Asesora Coordinación Administrativa Financiera y del Servidor Público 6, en el mismo
que no presenta documentadamente los informes de seguimiento y evaluación
(avances en la ejecución) de los convenios suscritos por el MIPRO con entidades
públicas y/o privadas, durante el período de nuestro análisis.
Conclusión
A criterio de Auditoria Interna, el Servidor Publico 6, no cumplió con las funciones
especificas de seguimiento y control de los convenios y proyectos que ejecuta el
DO(éz @'
12
Ministerio, la falta de registros de control y de informes escritos por parte del
funcionario asignado, ha originado que la Dirección Financiera y las autoridades
desconozcan el estado de ejecución y el valor utilizado en cada uno de los proyectos.
Recomendación
La Ministra de Industrias y Productividad, dispondrá:
5 A la Coordinadora Administrativa Financiera y al Director de Gestión Financiera
( E ) en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, definan por escrito
las funciones especificas que debe cumplir el Servidor Público 6, respecto al
seguimiento, evaluación y control que debe realizar a los proyectos, desde la
transferencia de los recursos hasta la liquidación Y cierre y presente informes
periódicos de cada convenio, para conocimiento de las autoridades.
Control de convenios suscritos entre el MIPRO y entidades públicas y/o privadas
del país.
Durante el año 2009, el MIPRO suscribe 14 convenios de cooperación con entidades
publicas y/o privadas a nivel nacional, comprometiendo recursos por 25 463 234,51
USD en 9 convenios especlftcoe y 5 convenios marcos en términos generales;
delegando a la Subsecretaría de Competitividad (ahora Productividad) para que
integre el respectivo Comité de Seguimiento, se detallan a continuación
Convenios susl'ritos por ell\1JPRO durante el 2009.
ti de Estado actual de los Fondos Depósitos % Saldos pur %
convenios cunvenios al 31·12- aportadus por por saldos liquidar
suscritos 2009 elMIPRO ""uttuzauus
14' En ejecución 25463234,51 \2995,58 0,05 14938379,24 58,67
0,05--~
14 Tutal 25463234,51 )2995,58 14938379,24 )8,67
* Dentro de los convenios en ejecución dos: 09 049 ESPOL y 09 055 CCICEV se los
ejecuta con el convenio marco.
13
Del análisis realizado a los catorce convenios, se observa las siguientes novedades:
1. Ocho convenios especificas y uno marco (09 055 con el CCICEV), se encuentran
en ejecución y ascienden a 25 463 234,51 USO, dos de ellos con la UNL 09 051 Y
UTPL 09 055-A respectivamente se encuentran tramitando ante la autoridad del
MIPRO la ampliación de plazos (ademdun). Además se verificó que tanto la
Subsecretaria como la Dirección de Gestión Financiera no disponen de archivos
ni documentación alguna para controlar y establecer el estado de ejecución de
los convenios.
Debemos indicar que, en el convenio 09 017 suscrito entre el MIPRO y la
Universidad de Cuenca, por 150 000,00 USD, registró un saldo no utilizado por
12 995,58 USD el mismo que fue reintegrado el 29 de junio de 2010, a la cuenta
del Ministerio de Industrias y Productividad.
Adicionalmente se suscriben tres convenios marcos que se encuentran en ejecución
con los respectivos convenios específicos, y son.
• Convenio Marco 09 044-A con la Escuela Politécnica del Litoral - ESPOL.
• Convenio Marco 09 046 con la Universidad Técnica Particular de Laja - UTPL.
• Convenio Marco 09 047 con la Universidad Nacional de Laja - UNL.
2. El convenio marco 09 049 con la ESPOL por 1 200 000,00 USO Y el convenio
especifico 09 119 con el Municipio de Cuenca por 10 000 000,00 USO, se
encuentran en ejecución así mismo no se dispone de los archivos y
documentación para establecer el estado de ejecución de los proyectos.
Hechos que se deben por la falta de gestión y control del Comité de Seguimiento y del
Servidor Público 6 de la Dirección de Gestión Financiera, al no mantener información,
archivos y registros sobre la ejecución de los convenios (situación actual); lo que ha
ocasionando que los convenios estén vencidos en los plazos de ejecución de los
proyectos,
Inobservando lo que determina en su parte pertinente la cláusula de los convenios que
hacen referencia al Comité de Seguimiento, que dice:
C.A.'iORCE. ~,
14
..Su finalidad será mantener reuniones, convocadas por el MIPRO, con elobjeto de hacer el seguimiento y evaluación del cumplimiento del convenio;aprobar los informes presentados por la contraparte de acuerdo a loestablecido en el proyecto tanto de gestión como de uso de los recursoseconómicos y en especies asignados ..
Conclusión.
El Comité de Seguimiento Y el Servidor Público 6 de la Dirección de Gestión
Financiera, no realizan control y seguimiento de \os convenios suscritos por el MIPRO
durante el año 2009 y la falta de información Y registros en la entidad sobre el estado
de la ejecución ha ocasionado vencimiento en los plazos de ejecución y no liquidación
de los convenios a su debido tiempo
Recomendación.
La Ministra de Industrias Y Productividad, dispondrá:
6. A la Subsecretaria de Productividad, supervise la gestión que cumplen los
Comités de Seguimiento de \os proyectos, a fin de garantizar el cumplimiento de
los objetivos planteados en los plazos establecidos en los convenios financiados
con aportes del MIPRO.
Convenios analizados y que fueron suscritos por el MIPRO durante el 2009.
Convenio 09 017, suscrito entre el MI PRO y la Universidad de Cuenca.
El 28 de mayo de 2009, se suscribe el convenio 09 017, entre el M1PRO y la
Universidad de Cuenca por 150 000,00 USO, el objeto del convenio es elaborar el
Estudio de Factibilidad para el diseño e implementación del Parque Tecnológico de
Cuenca, establecido dentro del Megaproyecto "Ciudad del Saber", impulsado por la
Universidad de Cuenca.
La Universidad de Cuenca se obliga a utilizar el logotipo del MIPRO en todos los
documentos generados en la elaboración del Estudio de Factibilidad para el diseño e
implementación del Parque Tecnológico de Cuenca as! como en la difusión,
publicación, promoción y transferencia de los resultados de este convenio.
15
La Universidad se obliga a entregar en forma física y magnética e\ Estudio de
Factibilidad para el diseno e implementación del Parque Tecnológico de Cuenca.
El plazo de ejecución es de seis meses contados a partir de la suscripción. El 12 de
agosto de 2009, se transfiere la totalidad de los recursos aportados por el MIPRO.
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• Se faculta mediante Decreto Ejecutivo 145 de 27 de febrero de 2007, al
Ministerio de Industrias Y Productividad, para: 1) Promover el incremento
sostenido de la productividad Y el valor agregado: y, 2) Impulsar en el pais la
innovación tecnológica, el desarrollo del Sistema Nacional de Innovación y el
emprendimiento de base tecnológica.
Mediante oficio SENPLADES-SIP~dap-2009-51, de la Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrollo SENPLADES, se califica como prioritario el Programa
Nacional de Innovación Tecnológica presentado por el Ministerio de Industrias,
MIPROMediante documento MEGAPROYECTO: "CIUDAD DEL SABER" generado por
la Unidad de Planificación Financiera y Economía, de la Universidad de Cuenca,
se identifican los antecedentes, objetivos y marco lógico relacionado con el
Estudio de Factibilidad para el Diseño e Implementación del Parque Tecnológico
de Cuenca,Certificación presupuestaria M-M-6746-2009-DGF, de 28 de mayo de 2009, la
Dirección Financiera del MIPRO certifica la existencia de fondos para el
financiamiento del estudio de factibilidad para el diseño e Implementación del
Parque Tecnológico de Cuenca.
•
•
•
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1 El 11 de septiembre de 2009, se suscribe el convenio modificatorio 09 064,
mediante el cual se modifican las cláusulas "Quinta" se cambia el número de la
partida presupuestaria y se adjunta el cronograma; "Séptima" se adjunta el
detalle presupuestario; y, "Novena" se cambia la fecha de inicio del plazo del
.Dl'E.~i$é\3. ~~
16
2
convenio (suscripción) por la fecha de entrega del aporte del MIPRO (12 de
agosto de 2009). Por \0 tanto el plazo de vencimiento es 12 de febrero de 2010,
El Comité de Seguimiento estará integrado por: El Subsecretario de
Productividad Industrial y Gerente del Programa de Innovación Tecnológica del
Ministerio de Industrias y Productividad; el Director del centro de Investigación y
Desarrollo e Innovación de la Universidad de Cuenca.
La Dirección de Gestión Financiera no posee ni solicita información de los gastos
que se realizan durante la ejecución del convenio (informes de avances).
El 2 de junio de 2010, la Universidad de Cuenca registró un saldo no utilizado en
la cuenta por 12 995,58 USO el mismo que fue reintegrado el 29 de junio de
2010 a la cuenta del Ministerio.El Comité de Seguimiento para este convenio durante su ejecución no se
conformó hasta el 31 de diciembre de 2009. El 1 de abril de 2010, siete meses
después de haberse suscrito el convenio entra en funciones el Comité. El nuevo
plazo de vencimiento del convenio es el12 de abril de 2010.
3
4
5
Convenio Marco 09 046 Y Convenio Especifico 09 OSS-A, suscrito entre el MIPRO
y la Universidad Técnica Particular de Laja - UTPL.
El 30 de julio de 2009, se suscribe el Convenio Marco 09 046 de Cooperación
tntertnstitucional. entre el Ministerio de Industrias y Productividad y la Universidad
Técnica Particular de Laja, que tiene como objetivo "el Fortalecimiento de los Centros
de Investigación, Transferencia de Tecnología Extensión y Servicios (CITTES) de la
UTPL".
El plazo de ejecución del convenio marco es de 5 años, a partir de la suscripción del
mismo.
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• Se faculta mediante Decreto Ejecutivo 145 de 27 de febrero de 2007, al
Ministerio de Industrias Y Productividad, para: 1) Promover el incremento
sostenido de la productividad y el valor agregado; y, 2) Impulsar en el país la
..DiECI:o,;é.'e C@.
17
•
innovación tecnológica, el desarrollo del Sistema Nacional de Innovación y el
emprendimiento de base tecnológicaMediante oficio SENPLADE5-S1P-dap-2009-51, de la Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrollo SENPLADES, se califica como prioritario el Programa
Nacional de Innovación Tecnológica presentado por el Ministerio de Industrias.
MIPRODe conformidad con las actas del Comité de Seguimiento, misma que forman
parte integrante del presente Convenio, el referido de Comité ha recomendado la
suscripción del presente Convenio Especifico, en base a los términos de
referencia del proyecto, su financiamiento, cronograma valorado, plazos de
ejecución y costos referenciales
• Certificación presupuestaria M·M-9274-2009-DGF, de 5 de agosto de 2009, la
Dirección Financiera del MIPRO certifica la existencia de fondos para financiar el
Proyecto "Fortalecimiento de Centros de Transferencia de la UTPL"
•
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1. El 17 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio Específico 09 055-A, entre el
MIPRO y la UTPL, con el objeto de instrumentar el convenio marco de
cooperación Interinstitucional 09 046 de 30 de julio de 2009, mediante la
ejecución de los proyectos "Fortalecimiento para el Área de Geologia y Minas de
la Universidad Técnica Particular de Laja" y "Fortalecimiento de Centros de
Transferencia de la Universidad Técnica Particular de Laja" contemplados en el
Plan Nacional de Innovación Tecnológica y apoyo a la industria El aporte del
MIPRO es de 3 127 045,00 USD y el plazo de ejecución es de 1 año para \a
ejecución del proyecto, a partir de la entrega del aporte del MI PRO.
Mediante CUR 3186 de 26 de septiembre de 2009, se transfiere los recursos por
3 127 045,00 USO a la Universidad Técnica Particular de Laja. El 26 de
septiembre de 2010 venció el plazo del convenio.
El Comité de Seguimiento estará integrado por: Dos delegados del Ministerio de
Industrias y Productividad (Presidente y Secretario) Y un delegado permanente
de la UTPL.La UTPL una vez que recibe el aporte del MIPRO de conformidad al convenio 09
055-A suscrito, automáticamente empieza a realizar el trámite en el INCOP para
2
3
4
18
5.
que sea calificada como entidad, ya que, anteriormente ya contaba con la
categoría de proveedor, el INCOP a finales de noviembre otorga la categoría de
proveedor a la Universidad, por lo que en el mes de diciembre de 2009 suben los
primeros pliegos presentándose inconvenientes en el sistema del portal de
compras públicas, por lo que tuvieron que declarar desierto algunos procesos y
posterqándolos para el siguiente ario.
La cláusula décima del convenio marco 09 046, referente a la Propiedad y
derechos de dominio, determina que:
"...Los bienes y equipos adquiridos en el marco de este convenio así como losresultados de proyectos desarrollados e investigaciones realizadas quedaránbajo el dominio y propiedad de la UTPL; sin perjuicio de fo cual, reconocerá elnombre del MIPRO como entidad estatal que brindó el apoyo para cumplir conel objeto del presente acuerdo .. "
6.
Sin embargo, es criterio de Auditoria solicitar un pronunciamiento Jurídico en el
que se determine la forma de la propiedad de los bienes o maquinaria, que
fueron adquiridos con cargo al aporte del MIPRO.
La Dirección de Gestión Financiera no posee ni mantiene información de los
gastos que se realizaron durante la ejecución del convenio (informes de
avances).
Convenio Marco 09047 Y Convenio Específico 09 051, suscrito entre el MIPRO y
la Universidad Nacional de loja - UNl.
El 31 de julio de 2009, se suscribe el Convenio Marco 09 047 de Cooperación
lntennstitucional. entre el Ministerio de Industrias y Productividad y la Universidad
Nacional de Laja. que tiene como objetivo apoyar la "Creación de un centro de
innovación tecnológica y el fortalecimiento de centros y entidades de investigación,
desarrollo e innovación de la UNL"
El plazo de ejecución del convenio marco es de 5 años, a partir de la suscripción del
mismo.
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes'
]9
• Se faculta mediante Decreto Ejecutivo 145 de 27 de febrero de 2007, al
Ministerio de Industrias y Productividad, para: 1) Promover el incremento
sostenido de la productividad y el valor agregado; y, 2) Impulsar en el pats la
innovación tecnológica, el desarrollo del Sistema Nacional de Innovación y el
emprendimiento de base tecnológica.
Mediante oficio SENPLADES-SIP-dap-2009-51, de la Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrollo SENPLADES, se califica como prioritario el Programa
Nacional de Innovación Tecnológica presentado por el Ministerio de Industrias,
MI PRO.
•
• De conformidad con las actas del Comité de Seguimiento, misma que forman
parte integrante del presente Convenio, el referido de Comité ha recomendado la
suscripción del presente Convenio Específico, en base a los términos de
referencia del proyecto, su financiamiento, cronograma valorado, plazos de
ejecución y costos referenciales
• Certificación presupuestaria M1C: M-M-9236-2009-DGF, de 4 de agosto de 2009,
la Dirección Financiera del MIPRO certifica la existencia de fondos para cubrir
las obligaciones del presente convenio.
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1. El 14 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio Específico 09 051, entre el
MIPRO y la UNL, con el objeto de instrumentar el convenio marco de
Cooperación 09 047 Y la ejecución de los proyectos contemplados en el Plan
Nacional de Innovación Tecnológica y apoyo a la industria, mediante la entrega
de un aporte a la UNL para el Proyecto "Centro de Innovación Tecnológica para
el Desarrollo Regional". El aporte del MIPRO es de 1 356427,00 USO y el plazo
de ejecución es de 1 ario, a partir de la entrega del aporte del MIPRO,
Mediante CUR 3391 de 11 de septiembre de 2009, se transfiere 1 356 427,00
USO a la Universidad Nacional de Laja. El 11 de septiembre de 2010, vence el
plazo del convenio.
El Comité de Seguimiento estará integrado por: Dos delegados del Ministerio de
Industrias y Productividad (Presidente y Secretario) y un delegado permanente
de la UNL.
2.
3.
20
4 Tanto el convenio Marco 09 047 como el específico 09 051, no contemplan una
cláusula que determine la Propiedad y derechos de dominio, de los bienes o
maquinaria, que se adquieran con recursos del Estado.
Los delegados del Comité de Seguimiento, presentan el informe de revisión del
proceso de inicio y ejecución del convenio sin fecha, sin legalizar el documento
con las firmas de responsabilidad y observamos que no asumen su rol y más
bien delegan a otras instancias la revisión y aprobación de lo actuado
(Subsecretaria de industrias, Asesoría Juridica y Dirección Financiera)
La Dirección de Ges1ión Financiera no posee ni solicita información de los gastos
que se realizan durante la ejecución del convenio (informes de avances)
5
6.
Convenios suscritos entre el MI PRO y la Escuela Superior Politécnica del Litoral
- ESPOL.
Convenio Marco 09 044-A.
El 30 de julio de 2009, se suscribe el Convenio 09 044-A de Cooperación
Interinstitucional, entre el Ministerio de Industrias y Productividad y la Escuela Superior
Politécnica del Litoral, que tiene como objetivo "Apoyo para el Fortalecimiento de
Centros y Entidades de Investigación, Desarrollo e Innovación adscritas al Parque del
Conocimiento de la ESPOL".
El plazo de ejecución del convenio marco es de 5 años, a partir de la suscripción del
mismo.
Los documentos habllltantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• Como parte del Plan Nacional de Innovación Tecnológica y ejecución de los
proyectos contemplados en el mismo, el 30 de julio de 2009 las partes
suscribieron el convenio marco de cooperación intertnstltuclona! 09 044-A, con el
objeto de apoyar el fortalecimiento de Centros y entidades de investigación,
desarrollo e innovación adscritas al Parque del Conocimiento de la ESPOL
De conformidad con el acta del Comité de Seguimiento, misma que forman parte
integrante del presente Convenio, el referido de Comité ha recomendado la
va lcrr e. y <,Jl\lO @,
•
21
suscripción del presente Convenio Específico, en base a los términos de
referencia del proyecto, su financiamiento, cronograma valorado, plazos de
ejecución y costos referenciales.
• Certificación presupuestaria MIC: M-M·9234-2009-0GF, de 4 de agosto de 2009,
la Dirección Financiera del MIPRO certifica la existencia de fondos para cubrir
las obligaciones del presente convenio.
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1. El 14 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio Específico 09 050, entre el
MIPRO y la ESpal, con el objeto de ejecutar los proyectos contemplados en el
Plan Nacional de Innovación Tecnológica y apoyo a la Industria, mediante la
entrega de un aporte a la ESpal, destinado a la adquisición de bienes y
servicios para el fortalecimiento del denominado Parque del Conocimiento. El
aporte del MIPRa es de 1 237500,00 USO Y el plazo de ejecución es de 1 año,
a partir de la entrega del aporte del MIPRO.
2. Mediante CUR 3847 de 8 de octubre de 2009, se transfiere 1 237500,00 USO a
la Escuela Superior Politécnica del litoral. El convenio vence el 8 de octubre de
20103. Tanto el convenio Marco 09 044-A como el específico 09 050, no contemplan
una cláusula que determine la Propiedad y derechos de dominio, de los bienes o
maquinaria, que se adquieran con recursos del Estado.
4. En este convenio no se evidencia la intervención del Comité de Seguimiento, ni
su conformación razón por la cual mediante memorando M1PRO-DAI-2010-0049-
M, de 15 de julio de 2010, solicitamos a la Subsecretaria de Productividad, entre
otros temas, copias de la conformación y/o delegación de los Comités de
Seguimiento, hasta la presente fecha (18 de octubre de 2010) no hemos recibido
respuesta.
Convenio Marco 09 049.
El 12 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio marco 09 049 de Cooperación
Interinstitucional, entre el Ministerio de Industrias y Productividad y la Escuela Superior
Politécnica del Litoral, que tiene como objetivo "Fortalecer al Sistema Nacional de
'-l~~IVT~"1 005 Q._
22
Calidad a través del establecimiento del laboratorio de Ensayos Metrológicos y de
Materiales (lEMAT) de la ESPOl, como un organismo evaluador de la conformidad en
la región 5 del Ecuador, mediante su equipamiento y capacitación de su organización"
El plazo de ejecución del convenio es de 2 años, a partir de la suscripción del mismo,
hasta el 12 de agosto del 2011.
los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes'
• la política Industrial del Ecuador 2008-2012, en su política 5 establece como su
principal objetivo que el Ministerio de Industrias y Productividad (M1PRO) y las
demás instituciones relacionadas promuevan la producción de bienes y servicios
de calidad con el propósito de incentivar la ampliación y diversificación de la
oferta de productos y servicios con estándares de calidad para los mercados
internos y externos y fortalecer el Sistema de calidad y fomentar el cumplimiento
de normativas y reglamentos de calidad nacional e internacional.
• El Sistema Ecuatoriano de la Calidad es el conjunto de procesos, procedimientos
e instituciones públicas y privadas responsables de la ejecución de los principios
y mecanismos de la calidad y la evaluación de la conformidad.
• El Consejo Politécnico de la Escuela Superior Politécnica del Litoral, ESPOl,
mediante resolución 09-03-094, autoriza la creación del laboratorio de Ensayos
Metrológicos de Materiales (lEMAT) presentado por la F1MCP; el mismo que se
incorporará en el organigrama de la Facultad de Ingeniería en Mecánica y
ciencias de la producción y que se dedicará la realización Ensayos de Materiales,
calibración y verificación de equipos de medición y verificación de patrones
físicos.
• Certificación presupuestaria MIC: M-M-11674-2009-DGF, de 8 de octubre de
2009, la Dirección Financiera del MIPRO certifica la existencia de fondos para
cubrir las obligaciones del presente convenio.
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
v""h:liz y lié-'fS Q .
23
1 Se ejecuta el proyecto sin la suscripción del convenio específico, es decir sin
definir los programas o proyectos concretos, costos y financiamiento de cada una
de las partes, establecer el plazo de ejecución; como lo determina la cláusula
quinta, numeral 5.1 del convenio marco y únicamente a través de una acta de
ejecución especifica suscrita el 20 de agosto de 2009 entre el delegado del
MIPRO y el delegado de la ESPOl se inicia la ejecución del convenio.
2. El Comité de Seguimiento estará integrado por: Un delegados del Ministerio de
Industrias y Productividad Y un delegado permanente de la ESPOl.
3 El Subsecretario de Productividad, mediante memorando M-M-7162-2009-SC, de
9 de junio de 2009, designa al Profesional 3 de la OINEC, como enlace entre el
MIPRO y el Plan Nacional de la Calidad.
4. El Gerente de Proyectos, mediante memorando M-M-10309-SC, de 2 de
septiembre de 2009, y en base al acta de ejecución específica suscrita entre el
Profesional 3 de la DINEC (delegado del MIPRO) y el delegado de la ESPOl, el
20 de agosto de 2009, solicita al Subsecretario de Productividad, la aprobación y
autorización del gasto establecido en el Proyecto Plan Nacional de la Calidad, a
fin de transferir los recursos a las cuentas de la ESPOl.
5 Mediante CUR 3841 de 13 de octubre de 2009, se transfiere 1 200000,00 USO ala Escuela Superior politécnica del Litoral a base del presupuesto general del
proyecto presentado por la ESPOl. Se encuentra en ejecución, considerando lo
establecido en el convenio marco. el vencimiento del plazo es 13 de octubre de
20116 El Comité de Seguimiento no se conforma y no se evidencia su gestión (actas de
Comité) hasta el 31 de diciembre de 2009. Sin embargo de que la primera
transferencia de recursos se realiza el 13 de octubre de 2009, inobservando lo
que determina la cláusula octava del convenio marco.
7 El convenio Marco 09 049 no contemplan una cláusula que determine la
Propiedad y derechos de dominio, de los bienes o maquinaria, que se adquieran
con recursos del Estado.
Convenio 09 OSa-A.
El 20 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio 09 058-A de Cooperación
lntennsntucional, entre el Ministerio de Industrias y Productividad y la Escuela Superior
Politécnica del Litoral, que tiene como objetivo la implementación Y ejecución de los
24
proyectos denominados: Programa de capacitación para maestros soldadores y
operadores de máquinas de soldar que laboran en la industria ecuatoriana" y
"Educación técnica en procesamiento de plásticos
í
r
El plazo de ejecución del convenio es de 12 meses, a partir de la suscripción del
mismo.
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• La Escuela Superior Politécnica del Litoral con la Gerencia de Proyectos de
Capacitación y Reactivación Industrial del M1PRO, ha presentado los proyectos
denominados: "Programa de capacitación para maestros soldadores y
operadores de máquinas de soldar que laboran en la industria ecuatoriana" y
"Educación técnica en procesamiento de plásticos", mismos que han sido
aprobados por el Ministerio.
La certificación de disponibilidad presupuestaria, constante en el memorando
MIC: M_M~9347_2009_DGF, de 6 de agosto de 2009, suscrito por el Director de
Gestión Financiera, para cubrir las obligaciones del presente convenio,
A través del memorando M-M-9065-2009-SC, de 30 de julio de 2009, la
Subsecretaría de Productividad, solicita la elaboración del presente convenio
entre el MIPRO y la ESPOL.
•
•
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1. Mediante CUR 3679 de 29 de septiembre de 2009, se transfiere el aporte del
MIPRO para financiar los dos proyectos por 351 736,60 USD a la cuenta de la
Escuela Superior politécnica del Litoral. El convenio vence el 20 de agosto de
2010.El 20 de noviembre de 2009, se suscribe el convenio modificatorio 09 114, al
convenio principal 09 OSB-A y se modifica la cláusula tercera añadiendo:
".. El MIPRO se obliga a co-financiar el proyecto mediante un aporte adicionala favor de la ESPOL de 72 270,80 USO, monto que será destinado para laadecuación de Laboratorios de Arco Sumergido para el programa decapacitación para Maestros Soldadores Y Operadores de máquinas de soldar
2.
25
que laboran en la industria ecuatoriana, así como para incrementar 100participantes al mismo ... ",
3 El Comité de Seguimiento estará integrado por: El Subsecretario de
productividad del MIPRO o su delegado, el Gerente del MIPRO a cargo del
proyecto o su delegado y un delegado de la ESPOL.
En este convenio no se evidencia la intervención del Comité de Seguimiento, ni
su conformación razón por la cual mediante memorando MlPRO-DAI-2010-0049-
M, de 15 de julio de 2010, solicitamos a la Subsecretaria de Productividad, entre
otros temas, copias de la conformación ylo delegación de los Comités de
Seguimiento, hasta el 18 de octubre de 2010 no hemos recibido respuesta.
4.
Convenio Marco 09 055, suscrito entre el MIPRO y el Centro de Transferencia
Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de Emisiones
Vehiculares . CCICEV.
El 17 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio marco 09 055 de Cooperación
Interinstituciona\, entre el Ministerio de Industrias y Productividad Y el Centro de
Transferencia Tecnológica para la Capacitación e Investigación en Control de
Emisiones Vehiculares _ CCICEV, que tiene como objetivo "La creación de un Centro
de homologación vehicular a nivel nacional"
El plazo de ejecución del convenio es de 1 año, a partir de la suscripción del mismo,
hasta el 17 de agosto de 2010.
Los documentos habititantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• La política Industrial del Ecuador 2008-2012, en su política 5 establece como su
principal objetivo que el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) y las
demás instituciones relacionadas promuevan la producción de bienes y servicios
de calidad con el propósito de incentivar la ampliación y diversificación de la
oferta de productos y servicios con estándares de calidad para los mercados
internos y externos y fortalecer el Sistema de calidad y fomentar el cumplimiento
de normativas y reglamentos de calidad nacional e internacional.
26
• El Ministerio de Industrias y Productividad MIPRO, tiene como objetivo central
reactivar y fomentar la industria nacional, elevar sostenidamente la capacidad
tecnológica y la competitividad de la industria ecuatoriana para consolidar su
posicionamiento en el mercado interno y hacer posible su participación creclente
en los mercados internacionales, impulsando el desarrollo competitivo del sector
industrial, fomentando el mejoramiento de sus niveles de productividad y
estándares de calidad; generando propuestas de políticas, estrategias, planes
programas; ejecutando instrumentos de apoyo y fortaleciendo las relaciones
entre el sector público y privado.
El CCICEV dependencia adscrita a la Escuela Politécnica Nacional, creada
mediante resolución de Consejo Politécnico &/ de 23 de abril de 2002, de
acuerdo con la Ley 99-44 de los Centros de Transferencia Y Desarrollo de
tecnologias, publicada en el suplemento del registro oficial 319 de 16 de
noviembre de 1999, tiene como objetivo primordial ser un organismo protagónico
en el país, en la investigación en el control de emisiones de origen vehtcular.
mediante el fortalecimiento científico y técnico que garantice un criterio sólido
sobre los efectos ambientales que ocasiona esta contaminación, considerando la
participación de clentlflcos nacionales e internacionales en los proyectos que se
ejecutan.El Centro, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales y dentro de la
trayectoria entre otras actividades realizadas y actualmente ejecutadas se
encuentra disponible con toda la capacidad técnica para participar en la
formulación de un Estudio de Factibilidad para el montaje de un centro de
Homologación vehicular mediante el cual se certifique que, determinados
modelos de vehículos autorizados destinados a circular por calles y caminos,
cumplan con las normas técnicas de emisión y seguridad vigentes en el país. de
acuerdo a lo que determine el Ministerio encargado de su funcionamiento.
La certificación de disponibilidad presupuestaria, constante en el memorando
MIC: M-M-1ü680-2009-DGF, de 14 de septiembre de 2009; y, Disponibilidad
presupuestaria DGSI-DP 0103-2010, de 5 de febrero de 2010, suscrito por el
Director de Gestión Financiera, para cubrir las obligaciones del presente
convenio.
•
•
•
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
Vé~IJ"\f. "1 S~Eíé
27
2.
No se suscribe el convenio de ejecución específica, a fin de definir los programas
o proyectos concretos, costos y financiamiento de cada una de las partes; como
lo determina la cláusula quinta, numeral 5.1 del convenio marco y únicamente a
través de una acta de ejecución específica suscrita el 4 de septiembre de 2009
entre el delegado del MIPRO y el delegado del CCICEV se inicia la ejecución el
convenio.El Comité de Seguimiento estará integrado por: Un delegados del Ministerio de
Industrias Y Productividad Y un delegado del Centro. Cláusula octava del
convenio, sin embargo no se conformó el Comité.
El Gerente de Proyectos, mediante memorando M-M-1030S-Se, de 2 de
septiembre de 2009, y en base al acta suscrita el 4 de septiembre de 2009
(2 días antes de suscribir el acta) solicita al Subsecretario de Productividad, la
aprobación y autorización del gasto, con el fin de transferir los recursos a las
cuentas del CC1CEV.El 11 de septiembre de 2009, el Subsecretario de Productividad solicita al
Subsecretario de Desarrollo Organizacional, la aprobación y transferencia de
tondos. El Subsecretario de Desarrollo, sumilla al Director de Gestión Financiera,
el 14 de septiembre de 2009 que proceda.
Mediante CUR 3465 de 17 de septiembre de 2009, se transfiere 3 339780,00
USO Y CUR 526 de 9 de febrero de 2010, se transfiere 3 951 270,40 USO; el
total del aporte del MIPRO al CCICEV asciende a 7 291 050,40 USO, en base al
listado del presupuesto del proyecto.No se evidencia la intervención del Comité de Seguimiento ni su conformación.
Sin embargo de que la primera transferencia de recursos se realiza el 17 de
septiembre de 2009. lnobservando lo que determina la cláusula octava del
convenio marco. Mediante memorando MIPRO_DAI_2010_0049_M, de 15 de julio
de 2010, solicitamos a la Subsecretaria de Productividad, entre otros temas,
copias de la conformación y/o delegación de los Comités de Seguimiento, hasta
la presente fecha (18 de octubre de 2010) no hemos recibido respuesta.
El convenio Marco no contemplan una cláusula que determine la Propiedad y
derechos de dominio, de los bienes o maquinaria, que se adquieran con recursos
del Estado.La Dirección de Gestión Financiera no posee ni solicita información de los gastos
que se realizan durante la ejecución del convenio (informes de avances)
'\JE~IJ"'E "'t 0<::,:10e.
3
4.
5.
6.
7
8.
28
r
Convenio 09 063, suscrito entre el MIPRO y la Universidad Católica Santiago de
Guayaquil - UCSG.
El 26 de agosto de 2009, se suscribe el Convenio 09 063 de Cooperación
lntennstitucional. entre el Ministerio de Industrias y Productividad Y la Universidad
Católica Santiago de Guayaquil, que tiene como objetivo ejecutar dos proyectos: "El
programa de fortalecimiento de las capacidades en la elaboración de: leche
pasteurizada Y de sabores, yogurt, quesos frescos y semimaduros, mantequilla,
manjar y helados" y "Capacitación en procesos y tecnología de la industria cárnica"
El plazo de ejecución del convenio es de 12 meses a partir de la suscripción del
mismo. Y el vencimiento del plazo es el 26 de agosto de 2010
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• La Universidad Católica Santiago de Guayaquil, con la Gerencia de Proyectos de
Capacitación y Reactivación Industrial del MIPRO, HA PRESENTADO LOS
Proyectos denominados: "Programa de fortalecimiento de las capacidades en \a
elaboración de: leche pasteurizada Y de Sabores, yogurt, quesos frescos y
semimaduros, mantequilla, manjar Y helados", y "Capacitación en procesos y
tecnología de la industria cárnica" rulamos que han sido aprobados por el
Ministerio.• La certificación de disponibilidad presupuestaria, constante en el Memorando
MIC: M-M-1 0063-2009-DGF, de 26 de agosto de 2009, suscrito por el Director de
Gestión Financiera del MIPRO, para cubrir las obligaciones del presente
convenio.
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de los resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1 Mediante CUR 3394 de 11 de septiembre de 2009, se transfiere 677 204,71 USD
a la Universidad Católica Santiago de Guayaquil.
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29
El Comité de Seguimiento estará integrado por: El Subsecretario de
Productividad del MIPRO o su delegado, el Gerente del MIPRO a cargo del
proyecto o su delegado y un delegado de la UCSG.
El convenio no contemplan una cláusula que determine la Propiedad y derechos
de dominio, de los bienes o maquinaria, que se adquieran con recursos del
Estado4 La Dirección de Gestión Financiera no posee ni solicita información de los gastos
que se realizan durante la ejecución del convenio (informes de avances).
2.
3
Convenio 09 119, suscrito entre el MIPRO y la Ilustre Municipalidad de Cuenca.
El 28 de noviembre de 2009, se suscribe el convenio 09 119 entre el Ministerio de
Industrias y Productividad y la Ilustre Municipalidad de Cuenca, el objetivo es
"Conformar una empresa publica de gestión de desarrollo económico del cantón,
dotada de eficientes y eficaces servicios de infraestructura y complementarios que
faciliten la óptima operación de unidades empresariales, contribuyendo al adecuado
uso del suelo y el ordenamiento territorial de la ciudad Mejorar la calidad y prestación
de los servicios del actual parque industrial de Cuenca", el aporte del M1PRO asciende
a 10 000 000,00 USO, con un plazo de ejecución de 2 años contados a partir de la
firma del convenio, esto es hasta el 28 de noviembre de 2011.
Los documentos habilitantes para la suscripción de este convenio fueron los
siguientes:
• La política Industrial que viene ejecutando el MIPRO, requiere contar con un
conjunto de programas Y proyectos que, a través de su ejecución, permitan
alcanzar los objetivos y metas propuestas, para lo cual ha considerado necesario
coordinar con la I Municipalidad de Cuenca, una serie de acciones que permitan
entregar a la ciudad de Cuenca, nuevos sectores de uso industrial para el
desarrollo productivo de esta importante zona austral. La coordinación ha
permitido que estas dos instituciones busquen alternativas de emplazamientos
industriales ubicados en la ciudad.
Política Industrial, que cuenta con programas Y proyectos que apuntan a alcanzar
un cambio cualitativo y cuantitativo de la industria ecuatoriana y que está
estrechamente articulado con los objetivos, y principios del Plan Nacional de
•
JO
•
desarrollo, lo que implica también que las actividades previstas tienen como
ejecutores, no solo al MIPRO, sino también a distintas instituciones públicas, de
acuerdo a sus áreas de competencia y sin las cuales no sería posible conseguir
tos resultados esperados.
La certificación de disponibilidad presupuestaria, constante en el Memorando
MIC: M-M-13613-2009-DGF, de 27 de noviembre de 2009, suscrito por el
Director de Gestión Financiera del M1PRO, para cubrir las obligaciones del
presente convenio.
Durante el trabajo realizado en el campo y en base a la información presentada hasta
la comunicación de 105 resultados la situación de los proyectos es la siguiente:
1 Se transfiere a la Ilustre Municipalidad de Cuenca, el 50% del aporte por
5000000,00 USO, mediante CUR 4873, el 30 de noviembre de 2009.
El Comité de Seguimiento estará integrado por: El Subsecretario de
Productividad del MIPRO o su delegado, el Subsecretario Regional del austro del
MIPRO; el Alcalde de Cuenca o su delegado.
El 19 de noviembre de 2009, el Concejo resuelve declarar como zona de suelo
industrial a predios ubicados en la zona de Zhuncay de la parroquia Tarqui, entre
esta zona está la propiedad de la Compañia de Economía Mixta Parque
Industrial Cuenca.El predio se encontraba embargado por la Corporación Financiera Nacional,
representantes del Municipio comparecieron antes del remate de la propiedad, y
demandaron Tercerías Excluyentes, lo que no fue admitida ni notificada por los
personeros de la Corporación Financiera Nacional. Esta institución procedió a
adjudicarse el bien inmueble de propiedad de la Compañía de Economía Mixta
Parque Industrial Cuenca
La CFN presentó un recurso de protección que fue tramitado en el juzgado
Primero de lo Civil de Cuenca El Juez que conoció la causa dictó resolución a
favor de la Ilustre Municipalidad. Ante esta resolución, la CFN apela el fallo, el
mismo que es conocido por la Primera Sala Especializada de lo Penal y Tránsito
de la Corte Provincial del Azuay, la misma que en forma unánime el 17 de mayo
de 2010 resuelve revocar la sentencia venido en grado, aceptando la apelación
interpuesta, en consecuencia se declara sin efecto la resolución tomada por el
í'i:.Eirv'TA y Or\lO WQ-
2.
3.
4
5.
JI
Concejo, el 10 de diciembre de 2009; deja sin efecto todo trámite realizado por la
Municipalidad.6. La Ilustre Municipalidad conociendo el fallo, procedió a presentar ante el Juzgado
Vigésimo Primero la demanda de expropiación, la cual se viene tramitando y que
inclusive se ha depositado el valor referencial del inmueble mediante cheque
800-600136-5, por el valor de 3 877 161,60 USO, por cuanto no se ha llegado a
un acuerdo en el precio con la Compañia Parque Industrial Cuenca, compañía de
economía mixta.7. Esta controversia ha originado retrazo en el cronograma de ejecución y
continuidad de los compromisos asumidos en torno al convenio suscrito con el
MIPRO.8. El 19 de enero de 2010, se transfiere a la Ilustre Municipalidad de Cuenca, el
segundo 50% del aporte por 5 000 000,00 USO, mediante CUR 118_
9. El convenio no contemplan una cláusula que determine la Propiedad y derechos
de dominio, de los bienes que se adquieran con recursos del Estado,
La falta de gestión por parte del Comité de Seguimiento en los convenios suscritos por
el MIPRO; y la falta de control y evaluación por parte de la Dirección de Gestión
Financiera del MIPRO ha ocasionando que la entidad no cuente con información veraz
y oportuna de las gestión cumplida durante la ejecución de los convenios, ausencia de
archivos adecuados de los gastos realizados y estado de avance de los proyectos, que
el Director de Gestión Financiera transfiera los recursos y ejecuten los convenios
marcos 09 055 Y 09 049 sin la suscripción de los respectivos convenios específicos; y
que no se defina sobre la propiedad y derecho de dominio de los bienes y equipos que
se adquieran con recursos aportados por el MIPRO.
Los inconvenientes registrados durante la ejecución del convenio 09 119 entre la
Municipalidad y la CFN (litigio del inmueble) se prolongan por la falta de gestión del
Comité de Seguimiento, al no informar sobre estos hechos acontecidos a la máxima
autoridad del MIPRO y se pueda llegar a una mediación entre las dos entidades del
Estado El convenio se encuentra en ejecución
Inobservando lo que determina la cláusula especifica de cada uno de los convenios
sobre la conformación y competencias del Comité de Seguimiento, en el caso de los
32
convenios marcos 09 055 Y 09 049 se incumple lo determinado en la cláusula quinta
"Monto y financiamiento", literal 5,1 que establece que:
". ..Para la instrumentación del presente convenio marco, las partessuscribirán, a través de sus máximas autoridades o sus delegados, conveniosde ejecución especificas en los cuales se definirán los programas o proyectosconcretos, costos y financiamiento de cada una de las partes, para lo cualpreviamente se requerirá la certificación de la existencia de los recursos.Además las partes establecerán el respectivo comité responsable delseguimiento y ejecución de cada acta de ejecución..
Conclusiones.
•
De los convenios suscritos por el MIPRO durante el 2009, no se conforman los
respectivos Comités de Seguimiento a tiempo y la Dirección de Gestión
Financiera no cuenta con archivos adecuados que permitan tener un control
oportuno de la gestión cumplida en cada uno de los convenios suscritos,
En la mayoría de los convenios suscritos (11) no se define claramente sobre la
propiedad y derecho de dominio de los bienes y equipos adquiridos con recursos
públicos.• Se ejecutan los convenios marcos 09 055 Y 09 049 sin la elaboración de los
respectivos convenios específicos lo que no fue observado por la Dirección de
•
Gestión Financiera del MIPRO.
• La ejecución del convenio 09119 entre el MIPRO y la Ilustre Municipalidad de
Cuenca, no tiene continuidad por encontrarse en problemas legales de
expropiación de un bien inmueble con la CFN, lo que origina incumplimientos en
el plazo de ejecución del proyecto (cronograma de actividades).
Recomendaciones.
La Ministra de Industrias y Productividad, dispondrá:
7. Al Comité de Seguimiento y al Servidor Público 6, realicen el seguimiento y
control de la ejecución del convenio hasta la terminación del plazo, la
presentación del Informe técnico y económico final y el acta de liquidación
determinando el grado de cumplimiento de objetivos para su posterior liquidación
y cierre,
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33
8, Al Director de Gestión Financiera, solicite la información a la Subsecretaria de
Productividad, relacionada a la ejecución del convenio a fin de que se realice el
seguimiento y control del uso de los recursos entregados por el MIPRO.
9. A la Coordinación General de Asesoria Juridica, emita el criterio jurídico a fin de
definir la forma de la propiedad y dominio de los bienes y maquinaria y equipo
adquiridos con los recursos aportados por el MIPRO de conformidad a los
convenios suscritos.10, Al Director de Gestión Financiera (e) supervise que el Servidor Público 6 de la
DGF \leve un archivo adecuado por cada uno de los convenios suscritos por la
entidad a fin de contar con información veraz Y oportuna para la toma de
decisiones a tiempo por parte de la máxima autoridad de la entidad.
Atentamente,
Econ. Milton Braganza C.
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34
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Anexo 1
Ministerio de Industrias y Productividad - MIPROPeríodo: 2008-01-01 al 2009-12-31
Funcionarios relacionados.
# Funcionarios Cargo Periodo
Desde Hasta
1 Econ. Verónica Ministra de Industrias y 200801-01 2009-12-31
Sien Productividad
2 Econ lourdes Coordinadora General 2008-01-01 2009-12-31
Barja Administrativa Financiera
3 Dra. Silvana Subsecretaria de Industrias, 2008-01-01 2009-12-31
Pef'iaherrera Productividad e Innovación
Tecnológica
4 Dra Blanca Cecilia Coordinadora General de 2008-01-01 2009-12-31
Gómez Asesoría Jurídica
5 Dr. Xavier Abad Ex Ministro de Industrias y 2008-01-01 2009-12-31
vicuña Productividad
6 Dr. Paúl Ullauri Subsecretario de Desarrollo 2008-01-01 2009-12-31
Peña Organizacional
7 Econ Andrés Subsecretario de Industrias, 2008-01-01 2009-12-31
Robalino Productividad e Innovación
Tecnológica
8 Econ. Bolívar Arias Ex Director de Gestión 2008-01-01 2009-12-31
Financiera
9 Ing. patricia Directora de Gestión 2008-01-01 2009-12-31
Astudillo Financiera
10 Sra. Mercedes Directora de Administración 2008-01-01 2009-12-31
Piñeiros eh de Recursos Humanos
11 tnq. Pedro Caicedo Ex Subsecretario del Litoral 2008-01-01 2009-12-31
12 In9 Santiago Ex Gerente de Proyectos del 2008-01-01 2009-12-31
Salguero MIPRO
13 Ing Carlos Trujillo Ex Servidor Público 3 del 2008-01 01 20091231
MIPRO
14 Dr. Ramiro Ruano Ex Director de Ingeniería 200801 01 2009 12-31
Económica industrial del
MIPRO
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