contestacion de demanda

4
Sec. : Dr. MUÑOZ. Exp. : Nº 104-2011. Casilla : Nº 13 Escrito : Nº 01 Principal : APERSONAMIENTO. Otrosí : CONTESTACIÓN DE DEMANDA SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO ABANCAY: Keny CONTRERAS BALLON; con DNI Nº 47094280, domiciliado en la Av. Ayacucho S/N.; en autos sobre PRESTACION DE ALIMENTOS, seguida por Jenniffer Zuleyka Indira TROCONES GUEVARA que actúa en representación legal del menor Luciano Keny CONTRERAS TROCONES; a Ud., con el debido respeto digo: Previamente me apersono en la presente instancia SEÑALANDO CASILLA JUDICIAL N° 13, de la Central de Notificaciones; asignado por el Poder Judicial, al Letrado, que autoriza el presente donde pido se me notifiquen las posteriores Rs., que se emitan en el presente proceso. POR LO EXPUESTO: Pido tenerme por apersonado y señalado Casilla Judicial. OTROSI.- Dentro del término de ley ABSUELVO LA DEMANDA, Y EN EFECTO CONTESTO LA MISMA EN SENTIDO NEGATIVO a efecto de que se declare infundada en todos los extremos; por improbada; en mérito en las siguientes consideraciones: I. FUNDAMENTOS DE LOS HECHOS DEL PETITORIO. 1.1. Que, la demandante es una persona muy mayor de edad, respecto al recurrente, y que en fecha de la supuesta concepción del menor alimentista, el recurrente era menor de edad; por lo que falsamente se me imputa la paternidad del menor antes indicado. 1.2. Que, del mismo modo, en la fecha de nacimiento del menor alimentista, aún el recurrente era menor de edad.

Upload: williams-engelo-ortiz-de-orue-huaman

Post on 04-Jul-2015

4.861 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CONTESTACION DE DEMANDA

Sec. : Dr. MUÑOZ.Exp. : Nº 104-2011.Casilla : Nº 13Escrito : Nº 01Principal : APERSONAMIENTO.Otrosí : CONTESTACIÓN DE DEMANDA

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO ABANCAY:

Keny CONTRERAS BALLON; con DNI Nº 47094280, domiciliado en

la Av. Ayacucho S/N.; en autos sobre PRESTACION DE

ALIMENTOS, seguida por Jenniffer Zuleyka Indira TROCONES

GUEVARA que actúa en representación legal del menor Luciano

Keny CONTRERAS TROCONES; a Ud., con el debido respeto digo:

Previamente me apersono en la presente instancia SEÑALANDO

CASILLA JUDICIAL N° 13, de la Central de Notificaciones; asignado por el Poder Judicial, al Letrado,

que autoriza el presente donde pido se me notifiquen las posteriores Rs., que se emitan en el

presente proceso.

POR LO EXPUESTO:

Pido tenerme por apersonado y señalado Casilla Judicial.

OTROSI.- Dentro del término de ley ABSUELVO LA DEMANDA, Y EN EFECTO CONTESTO LA MISMA

EN SENTIDO NEGATIVO a efecto de que se declare infundada en todos los extremos; por

improbada; en mérito en las siguientes consideraciones:

I. FUNDAMENTOS DE LOS HECHOS DEL PETITORIO.

1.1. Que, la demandante es una persona muy mayor de edad, respecto al recurrente, y que en

fecha de la supuesta concepción del menor alimentista, el recurrente era menor de edad;

por lo que falsamente se me imputa la paternidad del menor antes indicado.

1.2. Que, del mismo modo, en la fecha de nacimiento del menor alimentista, aún el recurrente

era menor de edad.

1.3. Que, el recurrente, de conformidad con mi DNI., he cumplido mayoría de edad; el 19 de

Junio del año en curso (2011).

1.4. Que, el recurrente, no poseo ningún tipo de ingreso económico, vivo a expensas de mis

padres, como estudiante universitario, de la UTEA., Facultad de Estomatología; por tanto,

solo vivo de las propinas de mis padres, los cuales jurídicamente son imposibles de ser

afectados por cuestiones alimentarias.

1.5. Que, el recurrente, jamás he tenido relaciones sexuales con la demandante, por tanto, la

imputación de paternidad es falso; por lo que me veo obligado a interponer la demanda

de exclusión de nombre por usurpación; por consiguiente, el recurrente, de detento

ningún vínculo familiar con el menor alimentista; por tanto, no poseo, ninguna obligación

Page 2: CONTESTACION DE DEMANDA

para el menor antes indicado; por lo que es preciso que se declare infundada la demanda

objeto de autos.

II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL PETITORIO

2.1. Art. 481° del C.C. que prescribe: “… Los alimentos se regulan por el juez en proporción a

las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo

además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que

se halle sujeto el deudor. …”, por tanto, estando acreditado que la demandante tiene

suficiente capacidad económica debe declararse infundada la demanda.

III. MONTO DEL PETITORIO.

3.1. El establecido en la demanda.

IV. VIA PROCEDIMENTAL.

4.1. Proceso Único.

V. MEDIOS PROBATORIOS.

5.1. Declaración jurada de ingresos económicos del recurrente; original.

5.2. Boucher de pago de matrícula del recurrente, por mis estudios universitario en la UTEA.,

correspondiente al presente año; en copia debidamente legalizado.

VIII. ANEXOS

A-1. DNI del recurrente.

A-2. Declaración jurada de ingresos económicos del recurrente.

A-3 Las pruebas documentales ofrecidas como prueba debidamente certificadas.

A-4 Tasa judicial y Cedulas de Notificación.

PIDO TENER POR CONTESTADA LA DEMANDA.

Abancay, 24 de Mayo del 2011.

León Alfonso MAMANI MACHACA A B O G A D O Reg. Nº 108 CAA.

Page 3: CONTESTACION DE DEMANDA

DECLARACION JURADA

Yo, Keny CONTRERAS BALLON; con DNI Nº 47094280, domiciliado en la Av. Ayacucho S/N; de ésta Localidad, DECLARO BAJO JURAMENTO, que soy estudiante universitario de la Universidad Tecnológica de los andes de ésta Ciudad, Facultada de Estomatología; con Código Nº 2010-10891E; NO POSEO INGRESO ECONOMICO ALGUNO; dependiendo directamente de la subvención de mis padres quienes sufragan mis estudios universitarios; declaración que la presto para efectos del proceso sobre alimentos Exp. Nº104-2011, que se tramita ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de ésta Localidad; seguida por Jenniffer Zuleyka Indira TROCONES GUEVARA representante legal del menor Luciano Keny CONTRERAS TROCONES; leía que fue me ratifico en todos extremos y la suscribo en señal de conformidad.

Abancay, 24 de Mayo del 2011.

Keny CONTRERAS BALLONDNI Nº 47094280

Domicilio en la Av. Ayacucho S/N