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UBA – FADU – DIyS DyCM CÁTEDRA LANDAU UNIDAD 3: FINANCIACIÓN
CONTENIDOS
UNIDAD 3: FINANCIACIÓN
Fuentes de financiación públicas y privadas
INCAA
Fuentes internacionales de financiación
Coproducción
Anexo 1: Acuerdo Latinoamericano de Coproducción
Anexo 2: Conferencia de Pablo Rovito sobre coproducción
Financiación en TDA
Crowdfunding y Cobranding
Glosaro de herramientas de producción
Contacto:
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Fb: Dyc Cátedra Landau
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Fuentes de financiación Públicas y Privadas. Búsqueda de
recursos.
Generalmente, para la financiación de obras cinematográficas, el dinero propio con el que
cuenta la empresa productora no suele ser suficiente, por lo cual se recurre a fuentes
externas de financiación.
Estas fuentes pueden ser:
Acuerdo de coproducción con otras sociedades o productoras audiovisuales del
propio país o de otros países.
Pacto con el distribuidor del país o de otros países o regiones.
Acuerdo con una cadena de televisión / compra de los derechos de antena.
Inversores privados / bancos, entidades de crédito o sociedades de inversión.
Participaciones personales de actores, técnicos, etc.
Ayudas públicas a la producción / subvenciones otorgadas con el objeto de impulsar
la producción audiovisual nacional o regional (INCAA).
Programas y sistemas de ayuda a la producción de cine (Ibermedia, Hubert Bals,
etc.).
Financiar
Es el acto de dotar de dinero y de crédito a una empresa, organización o individuo, es decir,
conseguir recursos y medios de pago para destinarlos a la adquisición de bienes y servicios,
necesarios para el desarrollo de las correspondientes actividades económicas. En nuestro
caso, conseguir dinero (u especias) para realizar el proyecto audiovisual.
Subsidio
Una ayuda pública de carácter económico. Generalmente los subsidios son al consumo o a
la producción de un producto y se utilizan para favorecer o estimular artificialmente a
determinadas actividades.
Ejemplo: subsidio de Medios Electrónicos (INCAA).
Crédito
Es una operación financiera donde una persona o entidad presta una cantidad determinada
de dinero a otra persona, en la cual este último se compromete a devolver la cantidad
solicitada en el tiempo o plazo definido según las condiciones establecidas para dicho
préstamo.
Ejemplo: Crédito para la producción de films (INCAA).
Premio
Un premio es cualquier artículo o compensación de otro tipo, como regalo o dinero, que se
otorga en reconocimiento al esfuerzo realizado.
Ejemplo: en los Concurso del INCAA se otorgan premios. Concurso Ópera prima, Concurso
documental Raymundo Gleyzer, Concurso de Historias breves, entre otros.
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Aporte
Entrega o suministro de lo necesario para el logro de un fin. El aporte generalmente hace
alusión a un importe en dinero, aunque puede aludir también a una contribución hecha en
especie.
Ejemplo: Aporte de capital, Aporte en contrato de obra, Aporte en especie.
Tipos de fuentes de financiación
Públicos (Nacionales, provinciales y municipales): INCAA - Fondo Nacional de las Artes -
San Luis Cine - Instituto de Cine y Artes Audiovisuales de Santa Fe - Secretaría de Cultura
de la Nación - Secretaría de Cultura de la Provincia de Córdoba - Secretaría de Cultura de
C.A.B.A. - Fondo Metropolitano - Ley de Mecenazgo - Canal Encuentro - TEC TV - CePIA -
entre otros.
Privados: Aportes propios de capital de la casa productora - Inversión a riesgo del productor
- Coproductores - Productores asociados - Auspiciantes - Proveedores con aportes en
especies - Aportes en contrato de obra - Participaciones personales - preventas para
diversas ventanas de explotación (TV / DVD/ Blu-Ray / Pay per view / etc.) - Acuerdos de
distribución - Inversores privados (Bancos, Entidades de crédito o Sociedades de inversión).
Con respecto a los Auspiciantes o Alianzas con otras empresas (cobranding) para realizar o
respaldar un mismo producto. Para acceder a este tipo de alianzas hay que tener muy claro
el perfil de nuestro producto para ofrecerlo a marcas que verdaderamente puedan
respaldarlo.
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INCAA – Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales Entre sus tareas principales se encuentran: la fiscalización y el fomento del cine nacional.
Área de Fiscalización
Este sector del instituto cumple la función de tomar las declaraciones juradas de todos los
medios de exhibición, video club, salas de cine y muestras de cine ambulantes, y como
primera medida los inscribe en el instituto. Este departamento inscribe de igual manera a los
productores cinematográficos.
Este registro único de todos los exhibidores permite un control total del aporte del que las
salas y videos realizan con cada venta de entrada o cada alquiler de película.
Este procedimiento es importante porque va ser la entrada principal de recursos económicos
del instituto para su propia manutención y el elemento principal para el otorgamiento de
créditos para la producción nacional.
Área de Fomento
Entre otras cosas es la comisión encargada preclasificar, clasificar, otorgar créditos y
subsidios a la producción cinematográfica nacional.
Fondo de fomento
La ley de cine establece que el Fondo de Fomento Cinematográfico (Art. 21) se integrará
por:
Impuesto salas: equivalente a 10% aplicable sobre el precio básico de toda localidad
o boleto entregado gratuita u onerosamente para presenciar espectáculos
cinematográficos en todo el país. El impuesto recae sobre los espectadores, y los
empresarios o entidades exhibidoras adicionarán este impuesto al precio básico de
cada localidad.
Impuesto video: equivalente al 10% aplicable sobre el precio de venta o locación de
todo tipo de videograma grabado, destinado a su exhibición pública o privada,
cualquier fuese su género (videoclubes)
Aporte AFSCA: Con el 25% del total de las sumas efectivamente percibidas en
concepto de gravamen.
Medidas de Fomento.
CREDITO a la Producción de largometrajes (Capitulo VIII de la Ley de Cine): se trata
de un préstamo, concedido a una tasa más baja que la del mercado, que se otorga al
productor que desea realizar una película nacional de largometraje y cuenta para ello
con un proyecto concreto. El monto del préstamo no puede en ningún caso superar
el monto fijado por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales como tope del
subsidio por otros medios de exhibición de la vía en la que el proyecto fue clasificado
como de interés.
Los Comités de Selección y Evaluación de Créditos deberán sugerir en todos los
casos un monto que no sea inferior al cincuenta por ciento (50%) del tope de los
subsidios por medios electrónicos que corresponda a cada vía al dar tratamiento al
proyecto que se trate, salvo que el Productor presentante solicite un monto menor.
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SUBSIDIOS: (Capitulo VII de la Ley de Cine) - El INCAA subsidiará las películas de
largometraje que juzgue contribuyen al desarrollo de la cinematografía nacional en lo
cultural, artístico, técnico e industrial. Este subsidio puede ser por:
* Recuperación Industrial o Exhibición en salas
* Medios electrónicos o Por otros medios
Diferencias entre Crédito y Subsidio
Crédito---------------- Permite realizar la película ------------ Debe devolverse
Subsidio --------Se otorga a películas ya realizadas -------- No se devuelve
Procedimiento para solicitar medidas de fomento:
1. El productor inscribe el guión en el registro de propiedad intelectual (DNDA).
2. Presenta el formulario S900, conforme Resolución Nº858/2010/INCAA.
3. Entrega al INCAA el proyecto junto con su carpeta de gestión solicitando la
preclasificación1 .
4. La comisión de fomento (comité de selección) evalúa la viabilidad económica, la
calidad artística, el aporte a la cultura nacional, entre otras cosas y decide si el proyecto es
de INTERÉS O SIN INTERÉS.
5. Si el film ha sido declarado de INTERÉS es obligación del Instituto controlar su
aplicación y cumplimentación en tiempo y forma de los pasos de la realización del film.
6. Luego de terminada la película, el productor entrega la COPIA A y todos los libres
deudas (AAA, SICA, SADAIC, SADEM, ARGENTORES, SUTEP). El comité de clasificación
de películas terminadas2 determinará si el Film es de interés “especial o simple” y esto
definirá cuál será el porcentaje de los subsidio a recibir.
Requisitos para la preclasificación: la carpeta de gestión debe contener:3
7. Identificación del proyecto.
8. Constancia de registro del guión en la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
9. Autorización del autor del guión y/o de la obra preexistente (en el caso de no ser el
mismo presentante).
10. Datos de productores y directores.
11. Antecedentes y motivación del director y del productor.
12. Propuesta estética.
13. Sinopsis.
14. Elenco tentativo.
15. Equipo técnico tentativo.
16. Diseño de producción.
17. Cronograma.
18. Plan económico total.
19. Plan financiero.
20. Plan económico nacional.
1 La preclasificación permite solicitar un CREDITO y Percibir el subsidio por medios electrónicos.
2 Percibir el subsidio de recuperacion industrial.
3 Según formulario S900, actualizado a julio 2011.
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21. Presupuesto económico desglosado.
22. En caso de coproducciones nacionales o internacionales debe acompañarse el
contrato respectivo o carta de intención.
23. Observaciones.
Se deberá pagar un arancel al momento de presentar el proyecto, que varía según la vía y el
género del mismo.
Créditos a la Producción de largometraje
Para la tramitación del crédito es un requisito previo la preclasificación de interés - El
INCAA aprobará los proyectos y determinará el monto del crédito a otorgar. Dará prioridad al
fomento de la producción de películas nacionales.
El productor que desee solicitar un crédito para la realización de una película, debe iniciar su
gestión cumplimentando ante la dirección de Fomento.
Tiene una tasa de interés muy inferior a la de los Bancos y facilidades de pago y
cancelación.
Cuando se trate de coproducciones sólo se tendrá en cuenta como costo, el aporte del
coproductor argentino.
El Crédito, el productor no lo obtiene todo junto, sino que lo va percibiendo en cuotas de la
siguiente forma:
20% una vez acreditado el inicio de la preproducción.
40% una vez acreditado el inicio del rodaje
30% una vez finalizado el rodaje.
10% entregada la copia A.
Subsidios
Toda película con o sin crédito del INCAA puede obtener el subsidio. El objetivo es permitirle
al productor recuperar parte lo invertido en el film, fomentando de ese modo la continuidad
de la industria.
El subsidio está dividido en 2 modalidades4
Subsidio por medios electrónicos u otros medios de exhibición.
Subsidio de taquilla o recuperación industrial.
La suma máxima a otorgar en concepto de subsidios nunca podrá superar el costo definitivo
del film.
Subsidio por medios electrónicos
Hasta el año 2004 todos los proyectos, de todos los tamaños y todas las productoras eran
presentados de la misma forma. A partir del 2004 se establecen vías, que agrupan a los
proyectos según el costo y la trayectoria de sus realizadores. El día 10 de enero del 20135
se reajustó el plan de fomento del 2004 estipulándose 3 vías:
4 Ambos no son excluyentes, sino que se adicionan. 5 (Res. 151-13. Art. 15)
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PRIMERA VÍA: Largometraje de ficción o animación o documental. Cualquiera sea su
soporte de rodaje. En caso de ser soporte de rodaje digital, el mismo no podrá ser
inferior a HD Profesional o Digital Cinema 2K.
SEGUNDA VÍA: Largometraje de ficción, animación o documental. Cualquiera sea su
soporte de rodaje. En caso de ser soporte de rodaje digital, el mismo no podrá ser
inferior a HD Profesional o Digital Cinema 2K.
En ambas VÍAS el paso de exhibición deberá ser de 35mm o superior, con excepción
de los documentales que pueden finalizarse en DCP 2K.
TERCERA VÍA (“digital”): Largometraje de ficción, animación o documental.
Cualquiera sea su soporte de rodaje. En caso de ser soporte de rodaje digital, el
mismo no podrá ser inferior a HD Profesional o Digital Cinema 2K. Su finalización
será en calidad Broadcasting Internacional.
Al momento de la presentación deberá indicarse el soporte de rodaje y la VIA en la que se
encuadra el proyecto.
Requisitos de las vías:
En la PRIMERA VÍA la empresa productora presentante solo podrá ser persona jurídica y
deberá acreditar la producción o coproducción, y el estreno comercial en salas
cinematográficas nacionales, de al menos CINCO películas de largometraje o TRES en los
últimos 3 años. En ambos casos, deberán demostrar el 80% de la financiación del proyecto.
En la SEGUNDA VÍA el productor presentante deberá acreditar la producción o
coproducción y el estreno comercial en el país de al menos UN largometraje y así también el
director. En el caso de proyectos documentales este requisito también podrá
cumplimentarse por parte del productor con la producción de un largometraje digital o una
serie digital. Asimismo deberá demostrar el 50% de la financiación de proyecto.
En la TERCER VÍA el productor deberá acreditar la producción o coproducción y exhibición
de al menos 1 largometraje digital en sala digital o tv digital o video on demand. Deberá
demostrar el 50% de la financiación.
En todas las vías, cuando las producciones o coproducciones hubieren sido realizadas ante
el INCAA bastará para acreditar los requisitos exigidos la simple denuncia de las mismas.
Cuando hubieren sido realizadas por fuera del Organismo, el productor deberá acompañar
el material filmado y las constancias que acrediten su estreno comercial en el país.
Montos del subsidio según las vías6:
PRIMERA VÍA: Animación: 100% del costo de producción reconocido por el INCAA (CR)
con un máximo del 89,50% del costo de una película nacional de presupuesto medio (CM).
Ficción: 100% del CR con un máximo del 78,50% del CM. Documentales: 100% del CR con
un máximo del 36% CM.
SEGUNDA VÍA: Animación: 100% CR con un máximo del 71,50% del CM. Ficción: 100%
del CR con un máximo del 57,50% del CM. Documentales: 100% del CR con un máximo del
26% CM.
6 Actualizado en enero 2013 según Res 151-13
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TERCERA VIA: Animación: 100% CR con un máximo del 35,70% del CM. Ficción: 100% del
CR con un máximo del 22% del CM. Documentales: 100% del CR con un máximo del
14,29% CM.
Para recibir el subsidio por otros medios:
Deberán cumplirse en el caso de las primeras 2 vías:
Estreno en salas cinematográficas al menos durante una semana, y en el caso de la
1er vía para ficción y animación, hacerlo con 5 salas simultáneamente.
El productor deberá acreditar la edición de al menos 500 DVDs de la película (ficción
y animación) y de 300 DVDs (documentales). Se deberán entregar cien (100) DVDs
al INCAA.
En el caso de la 3er vía:
Estreno en salas digitales al menos durante una semana, o en tv digital abierta o
video on demand.
Idem con respecto a los DVDs
Subsidio por recuperación industrial
El subsidio por taquilla o a la exhibición en salas de cine, es una medida que beneficia al
productor de una película nacional de largometraje exhibida comercialmente en salas de
cine del país, mediante la transferencia definitiva de una suma de dinero proporcional a lo
recaudado en boletería de las salas, descontados los impuestos.
El subsidio varía de acuerdo a cada vía y si el film fue clasificado de interés especial, de
interés simple o sin interés. El monto del subsidio dependerá de la cantidad de entradas
vendidas para ese film.
El monto máximo que puede percibir una película está relacionado con su costo reconocido.
Topes máximos de subsidio (decreto 1527/2012):
PRIMERA VÍA: Con interés: monto máximo $ 4.000.000; Con interés especial: monto
máximo $ 5.500.000.
SEGUNDA VÍA: Con interés: monto máximo $ 3.000.000; Con interés especial:
monto máximo $ 3.500.000
TERCERA VÍA: Con interés: monto máximo $ 1.500.000; Con interés especial: monto
máximo $ 2.000.000
Glosario INCAA
Calificación
Otro elemento importante del instituto es la CALIFICACIÓN que su función es preservar la
salud psicológica de los menores de edad para las películas que se estrenan en los cine y
en la TV. (ATP – SAM13 – SAM18 – etc.).
Costo medio INCAA (CMI ó CM)
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El costo de una PELÍCULA NACIONAL DE PRESUPUESTO MEDIO es un valor referencial
establecido por resolución del INCAA, determina el costo promedio de un film nacional, y es
tenido en cuenta principalmente, para el cálculo de los topes de subsidios.
Actualmente el COSTO MEDIO de un film nacional, según el INCAA, asciende a
$3.400.000.- Resolución Nº 1457/2013
Costo reconocido (CR)
Es el costo que el INCAA reconoce a una película, basándose en los comprobantes y
facturas presentados por el productor.
Este costo puede ser mayor o menor que el COSTO MEDIO.
Es el costo real del film, el INCAA dicta una resolución en la cual establece el COSTO
RECONOCIDO de cada película.
Porcentaje de cargas sociales
AAA
Sistema Integrado de
Jubilaciones 6,00%
Totales 6,00%
SICA
Sistema Integrado de
Jubilaciones 11,00%
Inst. Nac. Servicios Sociales 6,00%
Obras Sociales 6,00%
Fondo Gremial 0,30%
Totales 23,30%
SAdeM
Cargas Sociales 6,00%
Totales 6,00%
SUTEP
Gastos Administrativos 15,00%
Totales 15,00%
----------------------
BIBLIOGRAFÍA
www.incaa.gob.ar
Res.151-2013 INCAA Plan de fomento 2013.
Res.1891-2008 INCAA Créditos.
Res.1880-2008 INCAA Costos.
Diversos materiales de sindicatos aportados por la docente Lucila Franchini.
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Fuentes internacionales de financiación Existen varios y diversos programas de ayuda económica a la producción cinematográfica.
Suelen financiar alguna etapa de la producción (desarrollo de proyecto, rodaje,
postproducción, etc.) y su aporte puede ser en dinero o en especias.
Para aplicar a ellos es necesario conocer el perfil de proyectos que financia cada uno en
particular, descargar sus bases y tener en cuenta los materiales requeridos para la
presentación.
o Ibermedia: El Fondo Iberoamericano de fomento ayuda IBERMEDIA fue creado en 1997
para el estímulo a la coproducción de películas para cine y televisión en Iberoamérica. El
desarrollo de proyectos cinematográficos; a la distribución y promoción de películas en el
mercado regional y a la formación de recursos humanos para la industria audiovisual.
IBERMEDIA, a través de estas bases, pretende promover en sus Estados miembros por
medio de ayudas financieras, la creación de un espacio audiovisual iberoamericano.
http://www.programaibermedia.com/el-marco-legal/ Actualmente lo integran 15 países:
Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Chile, España, México, Panamá, Perú, Portugal,
Puerto Rico, República Dominicana Uruguay y Venezuela. IBERMEDIA está dirigida por
un Comité Intergubernamental (CII) en cuyo seno cada Estado miembro designa una
autoridad cinematográfica como su representante. Los recursos económicos del Fondo
provienen esencialmente de las contribuciones de los Estados miembros del Fondo y del
reembolso de los préstamos concedidos. Los proyectos que apliquen deberán ser
independientes, es decir, no contar con el apoyo de la TV. Este fondo financia los siguientes
rubros: Desarrollo de proyecto, Realización de coproducción (entre dos países miembros),
Distribución y formación profesional. Para la coproducción, la ayuda es un préstamo que se
libera en diferentes cuotas a lo largo del rodaje. 7
o Hubert Bals Fund El propósito del Fondo Hubert Bals es ayudar a proyectos de países
en vía de desarrollo. http://www.filmfestivalrotterdam.com/en/hbf/.
Al considerar proyectos, el fondo toma en cueanta el aspecto financiero del proyecto. Sin
embargo, los factores decisivos son su contenido y su valor artístico. Propuestas que
revelen un uso original del lenguaje cinematográfico y que provean de una perspectiva
original de su país tendrán ventaja en el proceso de selección. Cada año, tiene a su
disposición €750.000 y tiene la posibilidad de subvencionar de manera individual hasta
€30.000. Desde que fue fundado en 1988, el fondo ha dado apoyo financiero a más de 250
proyectos en Asia, el Medio Oriente, Europa Oriental, África y América Latina.
Para que el fondo considere un proyecto debe haber una gran posibilidad de que el resto de
financiación pueda ser conseguida. Quienes apliquen al fondo, deben tener otros socios
interesados. El Fondo se restringe a apoyar películas nuevas, creativas y proyectos
documentales con potencial cinematográfico. El Fondo opera en tres diferentes categorías:
Guión y Desarrollo del proyecto, Post producción y Distribución.8
Convocatoria Abierta hasta 1 de Agosto 2014
http://www.filmfestivalrotterdam.com/professionals/hubert_bals_fund/projectentry/
7 Para mayor información, ingresar en www.programaibermedia.com
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o Aide aux Cinémas du Monde (ex-Fonds Sud Cinéma):
A partir del año 2012, el Institut Français y el CNC (Centre National de la Cinématographie),
de Francia, realizaron cambios en la forma de ayuda internacional. Christian Tison,
Agregado Audiovisual de la Embajada de Francia en Argentina, a través de conferencia de
prensa, detalló: “El concepto es simplificar lo que existía. El Aide aux Cinémas du Monde
reemplaza dos fondos: el Fonds Sud Cinéma y otro menos conocido acá que es el AFLE, un
fondo de ayuda para los directores de todo el mundo que realizan films en otra lengua que
no sea la francesa. Ahora hay un único punto de entrada para los creadores y productores
del mundo, adaptado a las necesidades de cada uno”.
El fondo cuenta con 6 millones de euros (dos veces más que antes), siendo ahora
obligatorio contar con un coproductor francés para aplicar al mismo. Pueden participar todos
los proyectos de largometraje de cualquier género, con director no francés, que graben o
filmen fuera de Francia mayoritariamente.
“Este subsidio para la producción tiene un promedio de 100 mil euros por proyecto, esto no
cambia con respecto a Fonds Sud. Lo que sí cambia es que ahora hay un techo más alto,
250 mil euros. El apoyo no puede superar el 50% de la parte francesa. Esperamos poder
ayudar a unas 60 películas por año”, precisó Tison.
Se presenta el proyecto a través de la empresa productora francesa, de forma on line en la
página del CNC http://www.cnc.fr/web/en/word-cinema-support1
o Tribeca Fim Institute
Posee diferentes líneas de apoyo, a través de subsidios: específicos para América Latina,
otros abiertos al resto del mundo (donde las temáticas deben ser más universales que en el
primero), para documentales, para proyectos artísticos y también para proyectos digitales
(web). https://tribecafilminstitute.org/#
o Festival Internacional dede Cine de La Habana - Concurso de Guiones Festival
Internacional del Nuevo Cine Latinoamericano. Guiones originales para largometrajes de
ficción. El premio consiste en dinero en efectivo y recursos técnicos, profesionales y
artísticos. www.habanafilmfestival.com
o IDFA Bertha Fund (ex-Jan Vrijman Fund)
Financian proyectos documentales en las categorías: Guión y desarrollo de proyecto,
Producción, postproducción, Distribución y ventas. El dinero es otorgado en forma de
subsidio, y ellos detentan los derechos de exhibición para Países Bajos.
o World Cinema Fund
Financia proyectos internacionales de cine. Ofrece dos tipos de financiación: el de
producción cuyo plazo de presentación es el 27 de febrero de 2014, y el de distribución al
que se puede aplicar todo el año.
http://www.berlinale.de/en/branche/world_cinema_fund/wcf_profil/index.html
o Movies That Matter
Este fondo ofrece financiación para proyectos cinematográficos que provienen de países en
vías de desarrollo y que hacen hincapié en temáticas relacionadas a los derechos humanos.
http://www.moviesthatmatter.nl/english_index/international/support_programme/apply_for_funding
o Sundance Documentary Fund:
Destina entre 1 y 2 millones de dólares estadounidenses por año a la producción y
distribución de documentales independientes. Tiene tres categorías: desarrollo, producción
y post-producción, y campañas de distribución.
http://www.sundance.org/programs/documentary-fund/
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Coproducción
Producir es hacer que algo exista, diseñar qué quiero hacer, cómo lo quiero hacer y con qué
lo quiero hacer. Lo importante es: imaginarlo, hacerlo y compartirlo. Idear, analizar la
factibilidad y producir, compartir la exhibición con el mayor número posible de espectadores.
Se coproduce cuando dos o más personas y / o empresas se reúnen para hacer posible una
película. Es la colaboración entre dos o más países cumpliendo las normas legales,
jurisprudencia y requisitos que se establecen en los contratos de las partes.
Tiene ventajas y desventajas en el largo proceso de producir.
Según el Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica: “Las partes entienden
por “obras cinematográficas en coproducción” a las realizadas en cualquier medio y formato, de
cualquier duración, por dos o más productores de dos o más países Miembros del presente
Acuerdo, sobre la base de un contrato de coproducción estipulado al efecto entre las empresas
coproductoras de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo, y debidamente
registrado ante las autoridades competentes de cada país” (art.2)9
En la coproducción cada país accede a los beneficios que se suman para que ambos
países desarrollen, diseñen y hagan factible técnica, artística y económica y financieramente
el proyecto cinematográfico.
Es la posibilidad de hacer y distribuir, lanzar promocionalmente la película en más países.
Es potencialmente más público, más lanzamiento y más espectadores. Lo que mejora la
ecuación para llegar al punto de equilibrio de un largometraje.
La coproducción es la posibilidad de llevar a cabo una película entre dos o más socios con
aportes de dinero, artistas y técnicos, territorios, pantallas y fuerza de lanzamiento,
presencia en mercados y festivales.
En la Argentina, para que una película en coproducción según la ley sea considerada
“película nacional”, pueda preclasificar y sea aceptada de interés según las normas de
fomento vigentes, no acepta socios coproductores sólo de dinero, sino que siempre deben
aportar técnicos y artistas que integren el equipo de la película.
Para llevar adelante una coproducción hay varios pasos a ser considerados y aprobados
conjuntamente:
1-Quién firma los contratos según estatutos de cada empresa.
2-Identificación de la obra y derechos autorales, derechos patrimoniales.
3-Título provisorio de la obra o definitivo si ya está analizado para lanzamiento.
4-Guión firmado por los coproductores.
5-Manejo ejecutivo de la producción, la cabeza ejecutiva que analiza plazos + costo +
viabilidad + calidad.
6-Mecanismos para las decisiones en calidad + standard del proyecto.
7-Aportes monetarios + garantías del proyecto.
8-Garantías + distribución del proyecto: cómo se reparten los beneficios festivales y
mercados, cómo se presenta en festivales y mercados, cómo y quiénes se presentan en
festivales y mercados, quién vende y en qué territorios, contratos por espacios y tiempos,
dónde se deposita el negativo, quién es el dueño, si se hace internegativos, diseño de las
penalizaciones por desacuerdos.
9Fuente: http://www.programaibermedia.com/el-marco-legal/
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Anexo I: Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica- CACI
ACUERDO LATINOAMERICANO DE COPRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA
Los Estados signatarios del presente acuerdo, Miembros del Convenio de Integración
Cinematográfica Iberoamericana,
conscientes de que la actividad cinematográfica debe contribuir al desarrollo cultural de la
región y a su identidad;
convencidos de la necesidad de impulsar el desarrollo cinematográfico y audiovisual de la
región y de manera especial la de aquellos países con infraestructura insuficiente;
con el propósito de contribuir a un efectivo desarrollo de la comunidad cinematográfica de
los Estados Miembros;
Han acordado lo siguiente:
ARTÍCULO I
A los fines del presente Acuerdo se considera obra cinematográfica aquella
de carácter audiovisual registrada, producida y difundida por cualquier
sistema, proceso o tecnología, destinada a su explotación comercial.
ARTÍCULO II
Las partes entienden por “obras cinematográficas en coproducción” a las
realizadas en cualquier medio y formato, de cualquier duración, por dos o
más productores de dos o más países Miembros del presente Acuerdo,
sobre la base de un contrato de coproducción estipulado al efecto entre las
empresas coproductoras de conformidad con las disposiciones del
presente Acuerdo, y debidamente registrado ante las autoridades
competentes de cada país.
ARTÍCULO III
Las obras cinematográficas realizadas en coproducción de conformidad
con lo previsto en este Acuerdo, serán consideradas como nacionales por
las autoridades competentes de cada país coproductor, y gozarán con
pleno derecho de las ventajas que resulten de las disposiciones relativas a
la industria cinematográfica, que estén en vigor o que pudieran ser
promulgadas, en cada país. Estas ventajas serán otorgadas solamente al
productor del país que las conceda.
No obstante, las autoridades competentes podrán limitar las ventajas
establecidas en las disposiciones vigentes o futuras del país que las
conceda, en el caso de las coproducciones financieras o en las que la
aportación financiera no sea proporcional con las participaciones técnicas y
artísticas. Dicha limitación deberá ser comunicada al coproductor
interesado, en el momento de ser aprobado el proyecto de coproducción.
ARTÍCULO IV
Para gozar de los beneficios del presente Acuerdo, los coproductores
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deberán cumplir con los requisitos establecidos en las Normas de
Procedimiento, señaladas en el Anexo “A” del presente Acuerdo y que se
consideran como parte del mismo.
ARTÍCULO V
1.
En la coproducción de las obras cinematográficas la proporción de los
respectivos aportes de cada uno de los coproductores podrá variar desde
el veinte (20) al ochenta por ciento (80%) por película.
Las aportaciones de los coproductores minoritarios miembros deben incluir
en forma obligatoria una participación técnica y artística efectiva. La
aportación de cada país coproductor en personal creador, en técnicos y en
actores, debe ser proporcional a su inversión. Excepcionalmente podrán
admitirse derogaciones acordadas por las autoridades competentes de
cada país miembro.
En principio, la aportación de cada país incluirá por lo menos, un elemento
considerado como creativo, un actor o actriz en papel principal, un actor o
actriz en papel secundario y un técnico cualificado. El actor o actriz en
papel principal podrá ser substituido por dos técnicos cualificados.
2.
Se entiende por personal creativo a las personas que tengan la cualidad de
autor (autores, guionistas y/o adaptadores, directores, compositores) así
como el montador jefe, el director de fotografía, el director artístico y el jefe
de sonido. La aportación de cada uno de estos elementos creativos será
considerada individualmente.
3.
Las obras cinematográficas realizadas bajo este Acuerdo, no podrán tener
una participación mayor al treinta por ciento (30%) de países no miembros
y necesariamente el coproductor mayoritario deberá ser de uno de los
países miembros.
4.
En el caso de coproducciones multilaterales en que uno o unos
coproductores cooperen artística y técnicamente mientras otro u otros solo
participen financieramente, el porcentaje de participación de este último no
podrá ser inferior al diez por ciento (10%) ni superior al veinticinco por
ciento (25%) del coste total de la producción.
Dentro de una coproducción multipartita, la participación menor de los
países miembros no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) porcentual y
la mayor no podrá exceder del setenta por ciento (70%) del coste total de la
producción.
ARTÍCULO VI
Las partes se comprometen a:
Que las obras cinematográficas en coproducción, de conformidad
con el Artículo I del presente Acuerdo, sean realizadas con profesionales
nacionales o residentes de los Estados Miembros.
Que los Directores de dichas coproducciones sean nacionales o
residentes de los Estados Miembros o de América Latina, del Caribe u
otros países de habla hispana o portuguesa.
Que las coproducciones realizadas bajo el presente Acuerdo,
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respeten la identidad cultural de cada país coproductor habladas en
cualquier lengua de la región.
ARTÍCULO VII
1.
El revelado del negativo en los procesos de post-producción será realizado
en cualesquiera de los estados Miembros o coproductores.
Excepcionalmente, y previo acuerdo de los coproductores podrá ser
realizado en otros países.
2.
La impresión o reproducción de copias será efectuada respetando la
legislación vigente de cada país.
3.
Cada coproductor tendrá derecho a los contratipos, duplicados y copias
que requiera.
4.
El coproductor mayoritario será el encargado de la custodia de los
originales de imagen y sonido, salvo que el contrato de coproducción
especifique otras modalidades.
5.
Los contratipos, duplicados y copias a que se refiere este artículo podrán
realizarse por cualquier método existente.
6.
Cuando la coproducción se realice entre países de distinta lengua, existirán
las versiones que los coproductores acuerden, conforme a la legislación
vigente en cada país.
ARTÍCULO VIII
En principio, cada país coproductor se reservará los beneficios de la
explotación en su propio territorio. Cualquier otra modalidad contractual
requerirá la aprobación previa de las autoridades competentes de cada
país coproductor.
ARTÍCULO IX
En el contrato a que se refiere el Artículo I se establecerán las condiciones
relativas a la repartición de los mercados entre los coproductores,
mercadeo, áreas, responsabilidades, gastos, comisiones, ingresos y
cualesquiera otras condiciones que se consideren necesarias.
ARTÍCULO X
Será promovida con particular interés la realización de obras
cinematográficas de especial valor artístico y cultural entre empresas
productoras de los Estados Miembros de este Acuerdo.
ARTÍCULO XI
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1.
Los créditos o títulos de obras cinematográficas realizadas bajo el presente
Acuerdo deberán indicar, en cuadro separado, el carácter de coproducción
de la misma y el nombre de los países participantes.
2.
A menos que los coproductores decidan otra cosa, las obras
cinematográficas realizadas en coproducción serán presentadas en los
Festivales Internacionales por el país del coproductor mayoritario o, en el
caso de participaciones igualitarias, por el país del coproductor del cual el
director sea residente.
3.
Los premios, subvenciones, incentivos y demás beneficios económicos que
fuesen concedidos a las obras cinematográficas, podrán ser compartidos
entre los coproductores, de acuerdo a lo establecido en el contrato de
coproducción y a la legislación vigente en cada país.
4.
Todo premio que no sea en efectivo, es decir, distinción honorífica o trofeo
concedido por terceros países a obras cinematográficas realizadas según
las normas establecidas por este Acuerdo, será conservado en depósito
por el coproductor mayoritario, o según lo establezca el contrato de
coproducción.
ARTÍCULO XII
En el caso de que una obra cinematográfica realizada en coproducción sea
exportada hacía un país en el cual las importaciones de obras
cinematográficas están sujetas a cupos o cuotas:
La obra cinematográfica se imputará, en principio, al cupo o cuota
del país cuya participación sea mayoritaria.
En el caso de obras cinematográficas que comporten una
participación igual entre los países, la obra cinematográfica se imputará al
cupo o cuota del país que tenga las mejores posibilidades de exportación.
En caso de dificultades, la obra cinematográfica se imputará al
cupo o cuota del país coproductor del cual el director sea residente.
Si uno de los países coproductores dispone de la libre entrada de
sus obras cinematográficas en el país importador, las realizadas en
coproducción serán presentadas como nacionales por ese país
coproductor para gozar del beneficio correspondiente.
ARTÍCULO XIII
Las Partes concederán facilidades para la circulación y permanencia en su
territorio del personal artístico y técnico que participe en las obras
cinematográficas realizadas en coproducción, de conformidad con el
presente Acuerdo. Igualmente, se concederán facilidades para la
importación y exportación temporal en los países coproductores del
material necesario para la realización de las coproducciones, según la
normativa vigente en cada país.
ARTÍCULO XIV
1.
La transferencia de divisas generada por el cumplimiento del contrato de
coproducción se efectuará de conformidad con la legislación vigente de
cada país.
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2.
Además de la especificación de los modos de pago y de las distribuciones
de ingresos, podrá acordarse cualquier sistema de uso o intercambio de
servicios, materiales y productos, que sea de la conveniencia de los
coproductores.
ARTÍCULO XV
1.
Por excepción a las disposiciones precedentes del presente Acuerdo,
pueden ser admitidas como proyectos de coproducciones bipartitas
financieras, aquellas que reúnan las condiciones siguientes:
Tener una calidad técnica y un valor artísticos reconocidos; estas
características deberán ser constatadas por las autoridades competentes.
Ser de un coste igual o superior al monto determinado por las
autoridades cinematográficas de cada país en su momento.
Admitir una participación minoritaria que podrá ser limitada al
ámbito financiero, conforme al contrato de coproducción, sin que sea
inferior al 10% (diez por ciento) ni superior al 25% (veinticinco por ciento).
Excepcionalmente las autoridades competentes podrán aprobar
porcentajes de participación financiera superiores a la señalada.
Reunir las condiciones fijadas para la concesión de nacionalidad
por la legislación vigente del país mayoritario.
Incluir en el contrato de coproducción disposiciones relativas al
reparto de los ingresos.
2.
El beneficio de la coproducción bipartita sólo se concederá a cada una de
estas obras después de autorización, dada caso por caso, por las
autoridades competentes.
3.
En estos casos, el beneficio de la coproducción sólo será hecho efectivoen
el país del cual es originario el coproductor minoritario, cuando una nueva
película de participación mayoritaria de ese país, haya sido admitida por las
autoridades competentes al beneficio de la coproducción en los términos
del presente Acuerdo.
Las aportaciones financieras efectuadas por una y otra parte deberán
estar, en el conjunto de esas películas, globalmente equilibradas en un
plazo de cuatro años.
ARTÍCULO XVI
El presente Acuerdo estará abierto a la adhesión de los Estados
Iberoamericanos que sean partes del Convenio de Integración
Cinematográfica Iberoamericana. La adhesión se efectuará mediante el
depósito del instrumento respectivo ante la SECI.
ARTÍCULO XVII
Cada una de las partes podrá en cualquier momento denunciar el presente
Convenio mediante la notificación escrita a la SECI. Esta denuncia surtirá
efecto para la Parte interesada un (1) año, después de la fecha en que la
notificación haya sido recibida por la SECI y previo cumplimiento de las
obligaciones contraidas a través de este Acuerdo por el país denunciante.
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ARTÍCULO XVIII
La Secretaria Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) tendrá
como atribución velar por la ejecución del presente Acuerdo, examinar las
dudas y controversias que sugieren de su aplicación y mediar en caso de
conflicto.
ARTÍCULO XIX
A voluntad de uno o varios de los Estados Miembros, podrán proponerse
modificaciones al presente Acuerdo, a través de la SECI, para ser
consideradas por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de
Iberoamérica (CACI) y aprobadas por la vía diplomática.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados a este fin por sus Gobiernos,
suscriben el presente Acuerdo, en un ejemplar original en español y otro en portugués, cuyos
textos son igualmente auténticos.
Hecho en Madrid, a los 20 días de Dos Mil.
::::::::::::::: NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN: :::::::::::::::
Para la aplicación del Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica se establecen
las siguientes Normas:
1. Las solicitudes de admisión de coproducción cinematográfica bajo este Acuerdo, así como una
copia del contrato de coproducción correspondiente, se depositarán simultáneamente ante las
autoridades competentes de los países coproductores por lo menos cuarenta (40) días antes del
inicio del rodaje. Una copia de dichos documentos será depositada ante la SECI.
2. Dichas solicitudes deberán ser acompañadas de la siguiente documentación en el idioma del
país correspondiente:
2.1 Documentos que certifiquen la propiedad legal de los derechos de autor de la obra a
realizar.
2.2 Guión y sinopsis.
2.3
Copia del contrato de coproducción indicando:
a) Título de la coproducción;
b) Identificación de los productores contratantes;
c)
Identificación del autor del guión o del adaptador, si se ha extraído de fuente
literaria;
d)
Identificación del director, nacionalidad y residencia. Se permite una cláusula de
substitución para prevenir su reemplazamiento si fuera necesario;
e)
Presupuesto por rubros en la moneda que determinen los coproductores, reflejando el
porcentaje de participación de cada productor que deberá corresponderse con la
valoración financiera de sus aportes técnicos y artísticos; y detalle que identifique los
gastos que se desarrollan en cada país;
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f)
Plan financiero, incluyendo monto, características y origen de las aportaciones de cada
coproductor;
g)
Cláusula que establezca la Distribución de las recaudaciones y reparto de los
mercados, medios, o una combinación de éstos;
h) Fecha para el inicio del rodaje y su terminación;
i)
Cláusula que detalle las participaciones respectivas de los coproductores en gastos
necesarios superiores o inferiores al presupuesto que en principio serán
proporcionales a sus respectivas contribuciones;
k)
h)
Cláusula que prevea el reparto de la propiedad de los derechos de autor, sobre una
base proporcional a las respectivas contribuciones de los coproductores
Lista del personal creativo y técnico indicando nacionalidad y categoría de su trabajo, y
en el caso de los artistas, nacionalidad, papeles a interpretar, indicando categoría y
duración de los mismos. Programación de la producción, indicando locaciones y plan
de trabajo
3.
6. La substitución de un coproductor solo se permitirá en casos excepcionales, previa notificación a
las autoridades competentes de los países coproductores y a la SECI.
7. Las modificaciones introducidas eventualmente en el contrato original, deberán ser notificadas a
las autoridades competentes de cada país coproductor y a la SECI.
Una vez terminada la coproducción, las autoridades gubernamentales respectivas procederán a
la verificación de los documentos, a fin de constatar el cumplimiento de las condiciones de este
Acuerdo, de las Reglamentaciones correspondientes y del contrato respectivo. Hecho esto
podrán proceder a otorgar el Certificado de Nacionalidad.
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Anexo2: Conferencia de Pablo Rovito sobre la coproducción y la
viabilidad del proyecto cinematográfico.10
Introducción
Las vías de recuperación de inversión del producto cinematográfico en la Argentina son los
subsidios del Instituto y las salas cinematográficas. Lamentablemente, las otras vías que
podrían ser consideradas para la recuperación como el cable, la televisión y el video home
son inexistentes.
Sobre todo después de la crisis del 2001 se volvió muy difícil la recuperación de la inversión
en la industria cinematográfica. Es decir, el riesgo de inversión pasó a ser aún más alto. Por
esta razón es que se hizo mucho más urgente un cambio en la forma de producir, buscar
alternativas al modelo productivo.
Se tomaron varios caminos. Algunos productores optaron por la reducción de costos por lo
que no se podía producir lo mismo. Por lo tanto, los mismos tipos de proyectos que se
hacían con anterioridad, después de la crisis, pasaron a ser insostenibles a valor local.
Otro camino pasó por modificar el target, pensando una opción que abarque a un público
mucho más masivo que incremente la concurrencia a las salas.
Por último algunos tomaron otro camino que consiste en buscar los recursos que no se
pueden obtener a nivel nacional, en el extranjero. Por lo tanto, películas que antes de la
crisis podían ser producidas íntegramente con capitales nacionales, luego de la crisis un
proyecto de la misma envergadura tuvo que pasar por el modelo de coproducción para
llegar a concretarse.
Así fue cómo la coproducción, en el caso de la Argentina, pasó a ser una opción casi
inevitable para producir proyectos cinematográficos. Esto llevó a los productores a pensar
qué tipo de cine se tenía que hacer para acceder a beneficios de coproducción o de fondos
internacionales.
Beneficios de la coproducción
Los principales beneficios de la coproducción son: la posibilidad de acceder a los subsidios y
demás beneficios de las políticas de fomento cinematográficas del país con el que se
coproduce. En segundo lugar, la introducción a mercados y el aprovechamiento de las
cuotas que esos mismos países tienen, ya que en algunos casos sería imposible acceder a
determinados mercados si es un producto enteramente nacional porque para ellos es
considerado extranjero, en cambio en el caso de la coproducción, al ser considerado un
producto local, puede acceder no solo a ese mercado sino que es probable que acceda al
de toda una región que se relaciona con ese país. Por último, también la coproducción abre
la posibilidad de acceder a beneficios de fondos internacionales, estos son fondos de
aplicación específica que se dedican a apoyar a proyectos en coproducción. Estos
10
Trabajo realizado por la alumna María Jimena Seoane, FADU-UBA-DIyS-DyCM, 1ºcuatrimestre 2007
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beneficios son adicionales a los obtenidos por los planes de fomento de cada país. Entre
ellos están es programa de Ibermedia, Raíces y el del Istituto Luce.
Puntos a tener en cuenta en una coproducción
o Confianza
El primer tema importante a la hora de emprender una coproducción es generar confianza,
importante para ambos lados. Por más que el convenio esté escrito rigurosamente desde
ambos lados tiene que existir la confianza en el otro por el espíritu mismo del proyecto. Es
decir, confiar en que ambas partes están manejando y llevando adelante un proyecto que va
a llegar a buen término.
Esta confianza casi inevitablemente se genera con otros proyectos ya hechos antes de la
coproducción, por lo tanto es casi una ley que dicta “Para coproducir hay que producir.”
o Asimetría económica
El segundo punto a tener en cuenta es la asimetría económica de los países sobre todo si
uno de ellos tiene una moneda dura y el otro una moneda más blanda.
Si se toman los aportes por el valor de la moneda las asimetrías se profundizan
grandemente. Esto complejiza la coproducción entre países que tienen una moneda dura y
los que tienen una moneda blanda ya que a la hora de repartirse el resto de los mercados
del mundo se producen conflictos.
Ejemplo:
Venezuela pone U$S 300.000 y hace el 80% de la películas. España pone U$S 300.000 y
hace el 20% de la película.
A la hora de repartir los mercados España va a pedir que se repartan equitativamente ya
que ambos aportaron la misma cantidad de capital, pero Venezuela hizo el 80% de la
película por lo que quiere el 80% del mercado.
Claramente el beneficio de que la moneda de Venezuela esté depreciada, pasa a ser de
España.
En los últimos tiempos se estuvo tratando de introducir el concepto de presupuesto a
moneda única y aportación por especies. Esto es que se hace el presupuesto en el valor de
una única moneda, ya sea la de un país o la de otro. De esta forma se definen los
porcentajes por aportes. Siguiendo con el ejemplo, si España pone los aportes necesarios
para hacer el 20% de la película luego va a tener el 20% del mercado, aunque después al
coproductor español en su país le cueste U$S 300.000, es decir lo mismo que puso
Venezuela para hacer el 80% de la película en su país.
El otro caso sería hacer el presupuesto a valor de la moneda española. El presupuesto de
esa película va a dejar de ser U$S 600.000 y va a pasar a ser de U$S 1.500.000
aproximadamente pero el porcentaje de aportes de ambos países se va a mantener,
Venezuela va a seguir aportando el 80% y le va seguir costando U$S 300.000.
Este punto no es ya un hecho pero es una discusión reconocida en el mundo de la
coproducción.
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Luego, a la hora de dividir los mercados en principio cada uno se queda con su país. Esto es
así debido a que la recuperación no es a contramercado en la gran mayoría de los países
sino que está basada en subsidios de los planes de fomento de cada país y es ilegal
compartir el subsidio con el coproductor, ya que al productor argentino se lo subsidia por lo
invertido en el país y no en el exterior. Por lo tanto, la manera más fácil de resolver es que
cada uno se quede con su territorio y así se evita determinar qué es recuperación
proveniente del mercado y qué es por subsidio.
A partir de que esto se define comienza la discusión por el resto del mundo. Esta puede ser
por territorio, por porcentaje o a través de un arreglo mixto.
Pero esta cuestión está relacionada además de cuánto invirtió cada uno también cuánto le
cuesta recuperar a cada uno.
En los países con monedas duras es mucho más fácil la recuperación desde la ecuación de
subsidios de mercado que en los países con monedas blandas, por lo tanto es importante
también tener estas cuestiones en cuenta.
Para esto es indispensable que el productor sepa cuál es el riesgo de recuperación de su
coproductor. Implica conocer los modos de fomento de los otros países para saber qué es lo
que se está discutiendo y tenerlo presente a la hora de negociar los territorios
internacionales.
También es importante en la negociación el valor intrínseco en el mercado del producto que
se quiere hacer. Lo que en EE.UU. se conoce como el “good will”. Este valor es determinado
por lo propio del proyecto, las características fundamentales que hace al proyecto uno y no
otro, que es con lo que el productor va a salir a negociar.
Si el valor del producto es alto, el coproductor va a tener ganas de participar del proyecto y
para ello debe someterse a las negociaciones. En cambio si el producto no es lo
suficientemente fuerte el productor tendrá seguramente que ceder territorio para llegar a un
común acuerdo.
o Garantía de aportes
El tercer punto es la garantía de que lo que cada uno dice que va a aportar, realmente lo
tenga y lo vaya a hacer. En la Argentina no hay muchas garantías de esto por lo que
depende mucho de que uno crea en el otro y aquí comienza a ganar peso la confianza.
o Cuestiones Legales
Otro punto importante a ponerle atención en el contrato de coproducción es qué se hace
cuando las resoluciones no son de común acuerdo entre las partes lo que requiere ir a una
instancia legal. Lo mejor es que cada uno ponga los tribunales de su país pero como no
pueden ser los de ambos países se intenta arreglar de distintas formas.
Una de ellas es que se utilicen los tribunales del que demanda. Otra forma es poner los
tribunales del país mayoritario o del que asume más responsabilidades para llevar adelante
la película. Otra que es generalmente la que más se usa es poner los tribunales del que
menos necesita del otro y por último existen tribunales de mediación que se pueden
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nombrar en los contratos. Se puede resolver a través de un tercero que se especifique en el
contrato y se encargue de definir cuando hay diferencias. Esto se hizo ahora con Ibermedia
en cuyo marco que generó un comité arbitral para que actúe como mediador en los
proyectos que está involucrado, directamente se encuentra en el contrato que se firma
cuando se solicita la ayuda del fondo.
o Responsabilidades
Es importante definir de qué se hace responsable cada una de las partes.
En líneas generales con los fondos, con los movimientos presupuestarios, con los posibles
incrementos de costos, con los procesos que tiene que llevar adelante cada parte entre
otros.
En general, si el proyecto no es naturalmente una coproducción, es decir, no tiene que ver
con el sentido de la película que se haga en dos países diferentes, se intenta “contaminar” lo
menos posible el producto. Una forma sería que se produzca enteramente en un país, con
algunos actores del otro y luego de haga la posproducción de imagen y sonido en el otro
país. En este caso, lo que se hace generalmente es que el coproductor de cada país se
haga responsable por los procesos que se hacen en su propio país y si a partir de esto se
sufren modificaciones en los tiempos y en los costos por ejemplo, se haga cargo y sean
absorbidos por el productor de ese país.
Otro mecanismo es que las responsabilidades sean compartidas y que el aumento de costos
por cualquier modificación sean absorbidos por ambos coproductores pero este caso es
menos común.
Fondos de aplicación específica
La Argentina tiene dos principales y está inaugurando un tercero. El primero es Ibermedia,
que es un programa regional que integran 15 países de Iberoamérica donde todos los
institutos de cine aportan una cantidad de dinero para aplicar a desarrollo de producción y
ventas internacionales de coproducciones y formación.
El segundo es Raíces que es un programa que integra Argentina con las comunidades
españolas de Cataluña y Galicia.
El tercero es un convenio que se acaba de firmar con el Instituto Luce con Italia que brinda
un apoyo al desarrollo que abarca a la coproducción.
La ventaja de estos fondos es que se suman, es decir, actúa como un apoyo adicional al
que se obtiene de cada país.
Por ejemplo es el caso de Ibermedia dan un crédito que en el caso en que la película no
funcione se transforma automáticamente en un subsidio. Es decir que si no se llega a cubrir
los costos con lo recuperado, los productores a Ibermedia no le deben nada. En el caso de
que se lleguen a cubrir los costos, los productores deben devolver el mismo porcentaje de
las ganancias netas que significó el préstamo de Ibermedia al presupuesto total de la
película.
Ejemplo:
Si Ibermedia puso el 10% del costo total de la película, los productores deben darle a
Ibermedia el 10% de sus ganancias netas.
Financiación en TDA
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¿Qué es la Televisión Digital Abierta?
La TV Digital Abierta (TDA), es el plan social del Estado argentino basado en la tecnología
de la TV Digital Terrestre (TDT) y la TV Digital Satelital (TDS).
Esta nueva forma de ver televisión mejora la calidad de la TV de manera integral; acercando
diversidad de contenidos, participación ciudadana, garantizando la inclusión social, la
generación de nuevos puestos de trabajo y el fortalecimiento de la industria nacional; en
definitiva la cobertura televisiva libre y gratuita en todo el país.11
El modelo argentino de TDA contempla la inclusión social, la diversidad cultural, el
fortalecimiento de la industria nacional, la generación de empleo, el desarrollo científico-
tecnológico, los contenidos televisivos de calidad y la participación ciudadana.
En síntesis, los objetivos de la TDA son asociar calidad y relevancia social de los contenidos
con inclusión social, promoviendo el respeto de la diversidad cultural y la democratización de
la comunicación a través de la participación de nuevas voces.
Este plan integral tiene diferentes ejes:
Plan de políticas de desarrollo tecnológico: para llegar mejor a todo el país, antenas,
receptores, y también software.
Plan de políticas de creación de nuevos canales y señales: para inclusión de nuevas
voces, el tan mentado tercer sector.
Plan de equipamiento a los canales preexistentes y a los nuevos canales: ayudando
a los canales del paso de lo analógico a lo digital
Plan de política de fomento de contenido: financiación en una primera etapa de
series de ficción y documentales, luego seguirán tiras y animación.
Y suma más señales de TV donde podrán participar generando contenidos universidades,
ONGs, pueblos originarios, cooperativas de trabajo, organizaciones sin fines de lucro,
gobiernos provinciales, municipales e instituciones religiosas.
Grilla actual de la TDA
INCAA TV V!VRA TV PUBLICA DIGITAL
CONSTRUIR TV VIDEO ÉXITO TELEFE
TEC TV ARPEGGIO CANAL 9
ENCUENTRO VIAJAR TELESUR
PAKAPAKA TATETI CN23
DEPORTV AMERICA A24
ACUA FEDERAL ACUA MAYOR U TV (Univ. De La Plata)
ARGENTINA HD 360TV C5N
TLX TELEMAX SURI TV 26
STARS HD LAPACHO TV CANAL 10 de Córdoba
CBA 24N CANAL 5 de Rosario CANAL 7 de Jujuy
11
www.tda.gob.ar
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DIGO TV de La Plata CANAL 3 de Santa Rosa Canal 9 de La Rioja
CANAL 12 de Posadas CANAL 7 de S. Del Estero SEÑAL U de Mdz
ACEQUIA TV de Mendoza
Fomento de contenidos
Con el desarrollo de la TV Digital Abierta (TDA), se conciben nuevas maneras de entender y
hacer televisión. Su llegada produce transformaciones en el marco tecnológico y en la
producción de contenidos audiovisuales digitales.
Asimismo, la decisión política de promover el ingreso de nuevos actores sociales y de los
radiodifusores existentes a un nuevo sistema televisivo fue plasmada en la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual. Las organizaciones sociales, los pueblos originarios y las
universidades, entre otros, tienen la oportunidad de acceder a licencias o permisos de
radiodifusión, según sea el caso, abriendo el juego al ingreso de nuevas voces.
A fin de promover una televisión de calidad, más inclusiva y cercana al ciudadano, y con la
señalada pluralidad de voces, es necesario un plan que articule los diversos actores y
estimule a la industria audiovisual, fortaleciendo la capacitación, producción y difusión de
contenidos audiovisuales.
1. Plan operativo de fomento y promoción de contenidos audiovisuales digitales
para la TV
En este sentido, el Consejo Asesor del Sistema Argentino de TV Digital Terrestre (SATVD-T)
aprobó el Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales
para TV, el cual tiene los siguientes objetivos fundamentales: la promoción de contenidos
audiovisuales para TV, el fortalecimiento de las capacidades productivas de todo el territorio
nacional y la generación de empleo.
En este contexto, a partir de la suscripción de convenios entre el Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios con la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM)
por un lado, y con el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) por el otro, se
desarrollan concursos nacionales para la nueva TV Digital Abierta.
Se trata de hacer realidad el derecho a que todos los sectores sociales de nuestro país
puedan comunicar, compartir y recrear sus historias, valores, su forma de ver el mundo.
2. Programa Polos Audiovisuales-Tecnológicos
La Fábrica de TV, eje estratégico del Programa Polos Audiovisuales Tecnológicos, incluye
nuevas líneas de producción para el entrenamiento de nuevos formatos televisivos, noticias,
ficción y entretenimiento, con el objetivo de promover y consolidar la producción en red para
abastecer la TV local y regional de todos los días. Esta iniciativa surge a partir de la
experiencia del Plan Piloto de Testeo y demostración de Capacidades Instaladas puesto en
marcha en el 2011.
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El Programa propone el trabajo en red, a partir de la división del país en 9 regiones (Polos
Audiovisuales Tecnológicos), integrados por diversas provincias según proximidad
geográfica, potencialidades productivas y/o afinidad sociocultural.
3. Fomento por medio de las nuevas señales de los Ministerios o Secretarías de la
Presidencia de la Nación, fundaciones u otras.
A través de las Señales como ENCUENTRO y PAKA PAKA (ambas del Ministerio de
Educación), TEC TV (del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva), INCAA
TV (del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales), CONSTRUIR TV (de la Fundación
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UOCRA) y otras muchas otras que están en proceso de formación. También se fomenta a la
producción en diversas formas de :
Llamados a concursos.
Producciones propias.
Contrataciones directas.
Coproducciones.
Licitaciones.
¿Qué es el BACUA?
Es e Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino. El BACUA es una fuente de
contenidos audiovisuales digitales disponibles tanto para los nuevos espacios de emisión
como para los ya existentes, de libre acceso y de distribución gratuita.
Como espacio federal de intercambio audiovisual, busca, organiza, digitaliza y socializa los
contenidos audiovisuales que reflejan la diversidad cultural de nuestro territorio,
democratizando el acceso a los contenidos para poner en diálogo a todo el país.
La renovación tecnológica que representa la TV Digital Abierta supone el desafío y la
necesidad de ampliar y federalizar la oferta de contenidos audiovisuales Productores
independientes de todas las provincias, organismos gubernamentales y no
gubernamentales, universidades, agrupaciones sociales y culturales y señales que cuenten
con producciones propias, pueden ceder sus contenidos de manera gratuita al BACUA para
ser distribuidos a los canales de televisión de todo el país.
El BACUA cuenta con contenidos audiovisuales originales obtenidos a partir de los distintos
Planes de Fomento, vehiculizados a través de concursos abiertos para productoras
independientes ‐con y sin antecedentes‐ de todas las provincias, como forma de fortalecer la
industria audiovisual de cada región.
Algunas experiencias concretas de Productores en TDA12
Nicolás Battle, productor independiente y co-propietario de Magoya Films, produjo Entre
horas, una serie de ficción de 13 capítulos emitida en el 2012 por Canal 7. Fue producida en
el marco del concurso del INCAA para la TDA “Serie de ficciones nacionales” dentro del
Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales 2010.
La miniserie se centra en el trabajo de un psicólogo escolar que atiende alumnos de una
escuela pública.
12
Contadas en clases magistrales dentro de nuestra cátedra.
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Luego de ganar el concurso, Nicolás B. nos contó que encararon la producción de la serie
teniendo como objetivo mantener ciertos estándares de calidad, “a pesar de que el dinero y
el tiempo es poco para realizar una serie de ficción”. Por ello, el diseño de producción no
fue por capítulo, sino que grabaron toda la tira como si fuera un largometraje.
Una vez finalizado los capítulos el problema que surgió fue dónde se emitiría. En un primer
momento Canal 7 lo dejó a un costado y Encuentro lo rechazó por tener malas palabras.
Pasó a formar parte del BACUA y fue emitido por un canal del interior, “sabor a poco para un
unitario de Capital” nos dijo Nicolás B.
Pero el destino quiso que la suerte los acompañara ya que tras el éxito de “En terapia”, la
pantalla de Canal 7 quedó deseosa de algo similar, y allí, tuvieron su momento de
emisión. En pocos días (menos de una semana) debieron salir a conseguir algo de
publicidad con el apoyo del INCAA (algunos afiches en vía pública). Finalmente la serie salió
al aire en julio del 2012.
Lucila Franchini, docente de nuestra cátedra, también nos contó su experiencia
produciendo para la TDA. Uno de sus más recientes trabajos fue “Argentina es música”,
serie emitida por el Canal Encuentro, con producción del CePIA (Centro de Producción e
Investigación Audiovisual dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación) y de la
Dirección Nacional de Arte de la Secretaría de Cultura. Esta serie muestra diferentes
manifestaciones de música popular de todo el país.13
Lucila F. primero explicó de donde salen los fondos para estas producciones, por lo general
son financiadas por el Estado. Todo este material pasa a formar parte del BACUA, donde
los canales pueden tomarlos como contenidos para su programación.
Las producciones deben atenerse a un presupuesto acotado, no suele haber ganancia
sino que la idea es generar trabajo.
La promoción de los programas la maneja el canal emisor, pero siempre se debe adjuntar
material de prensa, tráiler, etc.
Hasta esos momentos qué llamados hubo: del CePIA (con fondos de la Secretaria de
Cultura de la Presidencia de la Nación), del INCAA (con fondos del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios), de Paka Paka y de Encuentro (con
fondos del Ministerio de Educación de la Nación), todo ello en forma de concursos. Pero
también hubo licitaciones, en las cuales el canal interesado emitió los pliegos solicitando
“adjudicatarios” para producir cierto proyecto del canal.
Comparando con su experiencia como productora en publicidad, en cine y en televisión
comercial, Lucila comentó que tanto SICA, SATSAID y otras entidades tienen tarifas
13
Produjo también la serie de TV “Vidas del conurbano”, del polo Metropolitano para el
programa Poos Audiovisuales y Micros para Construir TV, junto con el resto de los docentes
de la cátedra.
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especiales para las producciones de TDA. Por lo general se mensualiza el equipo técnico
para bajar los costos. Y también se hacen paquetes especiales, por ejemplo de cámara,
sonido y/o luces, contratando el equipamiento junto al operador.
A su vez, al haber realizado la producción de uno de los ciclos por todo el país, recomendó
no afrontar gastos de viajes y hotelería, sino tramitarlos a través de los respectivos
gobiernos Provinciales y Municipales.
Como cierre, nos dejó el concepto de que “ganan los contenidos factibles de realizar con
poco dinero y a su vez, que aporten a la cultura del país.”
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Crowdfunding o Financiación colectiva
Financiación colectiva (crowdfunding), es la cooperación colectiva, llevada a cabo por
personas que realizan una red para conseguir dinero u otros recursos, se suele
utilizar internet para financiar esfuerzos e iniciativas de otras personas u organizaciones.
Son espacios donde Creadores presentan ideas que necesitan financiamiento. Los
Colaboradores descubren, financian y ayudan a compartir ideas.
"El financiamiento colectivo, además de ser una herramienta para recaudar dinero, te acerca
a tu público, elimina intermediarios y ayuda a que puedas testear tus productos antes de
lanzarlos al mercado".
Esta modalidad consiste en el aporte de pequeñas cantidades de dinero de muchos
internautas para financiar un proyecto, obteniendo como premio la participación en éste (por
ejemplo aparecer en los créditos). Esta nueva forma de financiación, también llamada
micromecenazgo, surge hace algunos años como una alternativa posible para conseguir
dinero para diferentes emprendimientos, incluyendo películas.
Hay principalmente dos maneras de obtener este tipo de financiación; a través de páginas
específicas de crowdfunding para financiamiento de proyectos creativos (cine, software,
música, etc,) o diseñando la propia “red” (página, Facebook, Twitter, etc.) del proyecto, y
ofreciéndolo desde allí para financiación colectiva.
La ventaja es a primera vista no tener riesgo inicial de inversión de capital propio, pero
veamos un poco más de qué se trata…
Historia
El concepto de financiación colectiva tiene varias décadas y muchas veces es utilizado por
ONG que no quieren ver sus intereses ligados a algún inversor. Caso típico es Greenpeace,
que se sostiene a través de donaciones para no asociarse a intereses económicos y/o
políticos. También otro caso paradigmático, en que el propio fundador sale a pedir dinero, es
Wikipedia.
Pero este micro financiamiento toma nuevos aires con Internet 2.0 y las redes sociales, ya
que es mucho más sencillo conectarse, mostrar qué se quiere realizar, intercambiar
opiniones con el “usuario-inversor”, y recibir las donaciones.
El uso del método del crowdfunding en la industria cinematográfica se remonta al año
2004, cuando los productores franceses Guillaume Colboc y Pommmeraud Benjamin
lanzaron una campaña de donaciones por internet para financiar su película Demain la
Veille. En tan solo 3 semanas lograron una financiación de aproximadamente 60.000
euros lo que les permitió rodar su película. En España uno de los casos más conocido
del uso de la financiación en masa es la del largometraje El cosmonauta que fue la
primera película española que utilizó este método de financiación con donaciones de
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los usuarios desde 2 euros y que obtenían como recompensa aparecer en los créditos
de la película.14
En Latinoamérica, el primer proyecto audiovisual terminado y estrenado en el que se usó
este sistema de financiamiento fue la película documental La educación prohibida15 (Germán
Dión, Argentina, 2012), financiada en su totalidad con un modelo donde los aportantes se
convirtieron en coproductores, recibieron un certificado oficial y aparecieron en los créditos
finales de la película.
Otra película financiada de esta forma es Cha3DMubi, de Alfredo Casero, la cual recaudó
más de los 25.000 dólares que tenía como objetivo.
"Cha Cha Cha le pertenece a la gente", dice Alfredo Casero para definir cómo surgió el
proyecto de trasladar ese programa televisivo de culto a la pantalla grande, con el
apoyo de los seguidores. Cha3DMubi es una película realizada a través del
financiamiento colectivo impulsado por la plataforma Idea.me. ¿El objetivo? Que el
público de Cha Cha Cha ingrese al sitio y, mediante sus contribuciones, forme parte de
la producción del film.16
Hoy en día, cada vez existen más webs de crowdfunding y más proyectos financiados por
ésta vía, algo que supone una nueva revolución en todos los sectores en los que nos
movamos.
En Argentina más de 130 emprendedores están financiando proyectos a través de Internet.
Las web principales son www.Idea.me, www.tumecenas.com y www.proyectanos.com
Funcionamiento de páginas de financiamiento colectivo
El emprendedor envía el proyecto a la web. Indicando descripción, cantidad
necesaria, tiempo de recaudación, recompensas…
Los desarrolladores de la web evalúan el proyecto.
Se publica el proyecto por un tiempo determinado, 30, 60, 90, 120 días.
Se promociona lo máximo posible.
Fin del plazo. Financiado o no.
Además de financiación, los portales de crowdfunding ofrecen difusión y publicidad de los
productos que se proponen en sus páginas.
Ventajas y desventajas
Permite obtener dinero para financiar el proyecto sin demasiados requisitos (¡sólo
una buena idea!).
Genera interés en el inversor comprometiéndolo también como futuro espectador, y
generando un marketing viral.
14
http://es.wikipedia.org/wiki/Financiació_en_masa 15
http://www.educacionprohibida.com 16
http://www.lanacion.com.ar/1449533-cha-cha-cha-la-pelicula
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El proyecto debe mostrarse en una etapa muy temprana, por lo cual deben tomarse
todos los recaudos necesarios17
En casos no cinematográficos, si se ofrece como contraprestación porcentaje de los
beneficios, puede ser bastante engorroso entre miles de cosmonautas.
Muchas veces se sigue la “publicidad del pionero”, es decir, el primero en realizar
algo es sumamente exitoso, pero no tanto los que le siguen. Por lo tanto, se puede
llegar a una sobrevaloración del crowdfunding.
Cobranding o unión de marcas Si bien este concepto no es realmente nuevo, vale tenerlo en cuenta como otra vía de
conseguir financiación. Pero, ¿qué es cobranding? Es la asociación de dos o más marcas
de diferentes empresas para realizar un mismo producto. La principal ventaja es que la
combinación de marcas aumenta el atractivo para los consumidores que las marcas por
separado.18
En audiovisual podemos transpolar este concepto de diferentes formas.
Aparición de la marca dentro del contenido mismo del audiovisual (por ejemplo
cuando vemos tomar una Coca Cola). Este uso del producto puede ser reforzado por
el mismo guión, cuando el personaje que lo consume habla del mismo19 o es
nombrado por el conductor.
Placas de cierre de tanda o finales. Por lo general acompañan a la forma anterior de
cobranding.
Para tanques infantiles, merchandising en cadenas de comidas rápidas es el caso
prototípico.
En el extremo, el mayor cobranding ocurre cuando la película misma se convierte en
una publicidad (caso El náufrago - Fedex, Wilson) o muchas de las primeras series
web para promoción de diferentes productos.
Igualmente, debemos tener en cuenta la limitación de su uso para largometrajes
argentinos, siempre siendo criteriosos en la inclusión dentro del guión, ya que la ley
de cine prohíbe expresamente la inclusión de publicidad, aunque muchos casos
demuestren lo contrario
La mayoría de las veces, y sobre todo para proyectos pequeños, el aporte es en especias y
no en dinero.20 Y el monto dependerá de cada proyecto en particular.
Cómo conseguir cobranding
No hay una fórmula específica, ya que las empresas no tienen como objetivo la financiación
de películas, ni tienen mecanismos específicos para solicitar financiación como los entes de
fomento. 21 Por ello, antes de pedir se debe pensar qué ofrecer para interesar a la empresa
X en nuestro proyecto.
17
Registrar en DNDA, mostrar lo que se tiene en forma atractiva y no desde la falta. 18
http://blogs.ua.es/intromarketing/2011/09/21/co-branding-la-union-hace-la-fuerza/ 19
Ejemplos: ver 5 minutos alguna tira de Polka 20
Por ejemplo, Metrovisión (laboratorio) en La sonánbula, de Spiner, 1998. 21
En Brasil, en cambio, la ley de cine admite una desgravación de impuestos a las empresas que inviertan en la
industria cultural (cine, música, literatura, etc.).
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Para ello, se debe estudiar al receptor y comunicarse con el área específica de la empresa
dedicada a las comunicaciones externas (por lo general es el área de marketing y
publicidad). Obviamente siempre ayuda tener un contacto dentro de la misma para facilitar
las cosas.
Otro buen punto a tener en cuenta es si la empresa suele colaborar en proyectos similares,
en caso afirmativo también se allana el camino.
Entonces, ¿qué ofrecemos a cambio? ¿Parte de las ganancias futuras, publicidad dentro de
los contenidos o como placas, sumar imagen positiva al asociarse a nuestro producto (sobre
todo en proyectos con compromiso social), cobro diferido (para largometrajes subsidiados)?
Una vez estudiado qué ofrecemos, qué pedimos y a quien nos dirigimos, debemos elaborar
la carpeta de proyecto22 que muestre quienes somos, que estamos haciendo, qué
ofrecemos, qué pedimos y sobre todo, las ventajas para la empresa y formas de
recuperación futura.23
Y siempre sirve acompañar la carpeta con materiales audiovisuales y antecedentes de la
casa productora.
22
Siempre tener en cuenta a quien nos dirigimos, sin llenarla de tecnicismos cinematográficos que no interesen a
la gente de marketing. 23
Ver el apunte Pitch de la unidad 4: “Comunicaciones integradas”
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RReevviissaarr llooss HHIITTOOSS oo ffeecchhaass ccllaavvee ddeell ccaalleennddaarriioo
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul Sep
Oct
Nov
Dic
DESARROLLO DE
PROYECTO
PRODUCCIÓN
PRE – RODAJE - POST
DIFUSION Y
COMERCIALIZACION
Ago
TT
AA
RR
EE
AA
SS
HERRAMIENTAS DE PRODUCCIÓN
Presupuesto desglosado por rubros e ítems
• Herramienta básica de planificación y control de un proyecto audiovisual.
• Evalúa costo y tiempo.
• Sirve para conocer la factibilidad de un proyecto.
Es la previsión de costos que tendrá, la sumatoria de cada uno de los rubros o categoría que componen el proyecto.
En caso que sea un film se presenta inicialmente al INCAA. Una vez producida la película, es decir al llegar a la copia A, se presentan los comprobantes a fin de determinar el COSTO DEFINITIVO O COSTO RECONOCIDO en base al PRESUPUESTO inicial, y a los comprobantes que acrediten lo efectivamente gastado en la producción.
Cronograma de Producción
Refleja la programación de todas las actividades que conforman la realización de un audiovisual, agrupadas en diferentes etapas: Desarrollo de proyecto, Preproducción, Rodaje, Post producción, Difusión y Distribución. El cronograma puede incluir todas o algunas de estas etapas, en el caso del Cronograma de Producción necesario para la preclasificación de films en el INCAA se presenta desde la preproducción hasta la entrega de la copia A.
El cronograma tiene dos tipos de variable, una temporal (plano vertical) y otra referida a las actividades a realizar (plano horizontal). Su cruce, en distintas casillas, facilita el conocimiento de todas las necesidades para cada día de trabajo y para cada secuencia de producción.
Se trata de optimizar el tiempo y los recursos.
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Plan Económico – Financiero
En dicho plan se desglosa por un lado los recursos (inversiones, capitales, tecnología, trabajo, etc.) con un monto y un tiempo determinado, y por otro lado el Cash Flow, las salidas de dinero en efectivo en tiempos determinado.
Ese Cash Flow es el flujo de dinero en el tiempo que la empresa se fijó para la realización del proyecto, la recuperación de la inversión y posteriores utilidades. No solo incluye los totales en efectivo sino también los aportes de trabajo y los préstamos.
El plan económico financiero puede ser aplicado a cada una de las etapas (investigación y desarrollo, producción, plan comercial, campaña de comunicaciones, etc.) o puede incluir a todas ellas.
Punto de Equilibrio
Nos permite proyectar, en el marco de las condiciones de producción y comercialización
(relación costo – ingresos), los modos posibles para recuperar la inversión.
Por ejemplo, en un Film (exhibición en salas), el punto de equilibrio, está referido a la
cantidad de espectadores que se necesitan para recuperar la inversión realizada en la
producción.
Permite conocer las expectativas económicas del proyecto y sus posibilidades.
Objetivos de Marketing24
Todos los objetivos, sean los de marketing, de comunicación o de cualquier otra índole,
tienen una Meta, un Plazo y una Medida.
• La meta es el núcleo del objetivo, ¿a qué se quiere llegar?
• El plazo es el tiempo que se fija para dicho objetivo
• La medida es la cantidad específica.
Ej. en cine: “Conseguir x cantidad de espectadores en tanto tiempo”
“Recuperar la inversión en x cantidad de semanas”
24
Del objetivo de MKT se desprenderán y subordinaran los demás objetivos: objetivo de comunicación, de distribución, de ventas, etc. y las estrategias para llevarlos a cabo.