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Contabilidad II PROESAD Programa de Educación Superior a Distancia CPC. Sergio Gonzáles Romero

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Page 1: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

Contabilidad II

PROESADPrograma de Educación Superior a Distancia

CPC. Sergio Gonzáles Romero

Page 2: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

Título : CONTABILIDAD IIAutor: CPC. Sergio González Romero

Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados

Responsables de edición: Edwin Sucapuca Sucapuca, Christian Vallejos Angulo, Sinforiano Martínez Huisa, Lizardo Vásquez Villanueva, Rosa Cuadros Zvietcovich, Mariela Malazquez Marín.

Primera edición, febrero 2012

El contenido de esta publicación (texto, imágenes y diseño), no podrá reproducirse total ni parcialmente por ningún me-dio mecánico, fotográfico, electrónico (escáner y/o fotoco-pia) sin la autorización escrita del autor.

Universidad PerUana Unión - Facultad de Ciencias EmpresarialesPrograma de Educación Superior a Distancia PrOesadCentro de Producción de Materiales Académicos CePMaSede Central - UPeUCarretera Central km. 19.5 Lima-Ñaña/ Telf. (01) 618-6336 / 618-6300 / Anexo: 3084www.upeu.edu.pee-mail [email protected]://proesad.upeu.edu.pe

Este libro se terminó de imprimir en los talleres gráficos del Centro deAplicación Editorial Imprenta Unión de la Universidad Peruana Unión,Km. 19 Carretera Central, Ñaña, Lima-PerúTelf.: 618-6301, Telefax: 618-6339JOB 13873-11 UNIÓN®E-mail: [email protected]

Hecho el depósito legalen la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2011-09234IMPRESO EN EL PERÚPRINTED IN PERU

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PreseNTACIóN

La presente asignatura pertenece al área de formación profesional especializada. Responde a la articulación del plan de estudios con la misión institucional. Comprende el conocimiento y el uso de las herramientas del proceso de la contabilización, con el propósito de que el discente sea capaz de registrar las operaciones contables y su secuencia cronológica, en concordancia con la normativa contable y tributaria vigente, alineándose con las normas y principios ético-cristianos de la institución.

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íNDICe

UNIDAD I REGISTRO CONTABLE

sesIóN Nº 1: EL PROCESO DEL REGISTRO CONTABLE .................................................................. 171. Criterios y procedimientos para el registro contable ...................................... 172. Presentación de los estados financieros - Nic 1 ................................................ 182.1. Propósito de los estados financieros ....................................................................... 182.2. Componentes de los estados financieros .............................................................. 192.3. Presentación razonable y cumplimiento de las normas internacionales de contabilidad ..................................................................................................................... 192.4. Políticas contables .............................................................................................................. 202.5. Empresa en marcha ........................................................................................................... 202.6. Base contable del devengado ..................................................................................... 202.7. Uniformidad en la presentación ................................................................................. 212.8. Importancia relativa (materialidad) y agrupación ........................................... 213. El registro de las operaciones y su relación con las Nic’s ............................ 213.1. Registro contable del ciclo de ingresos .................................................................. 223.2. Registro contable del ciclo de compras .................................................................. 253.2.1. Compra de mercaderías .................................................................................................. 25 3.2.2. Compra del activo fijo ....................................................................................................... 27

sesIóN Nº 2: LIBRO BANCO ..................................................................................................................... 311. Antecedentes......................................................................................................................... 312. Definición ................................................................................................................................. 313. Finalidad ................................................................................................................................... 314. Rayado....................................................................................................................................... 325. Modelo ...................................................................................................................................... 336. Caso práctico - libro bancos ........................................................................................... 34

sesIóN Nº 3: LIBRO CAJA CHICA ............................................................................................................ 391. Definición ................................................................................................................................. 392. Rayado....................................................................................................................................... 403. Caso práctico – caja chica ............................................................................................... 404. Arqueo de caja ..................................................................................................................... 414.1. Caso práctico – arqueo de caja .................................................................................... 42

AUTOEVALUACIÓN ................................................................................................................................. 45

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UNIDAD IIREGISTRO DE COMPRAS, VENTAS Y LETRAS POR COBRAR Y PAGAR

sesIóN Nº 4: REGISTRO DE VENTAS ..................................................................................................... 491. Antecedentes......................................................................................................................... 492. Definición ................................................................................................................................. 493. Aspecto legal ......................................................................................................................... 494. Información mínima del registro ............................................................................... 505. Información adicional para el caso de documentos que modifican el valor de las operaciones ................................................................................................. 516. Registro de las operaciones .......................................................................................... 517. Plazo máximo de atraso ................................................................................................. 528. Modelo del rayado o formato ...................................................................................... 529. Ingreso y su relación con el registro de ventas (Nic 18) ............................. 5610. Caso práctico – registro ventas .................................................................................... 5811. Centralización del registro de ventas ...................................................................... 63 12. Registro en el libro banco y libro diario ................................................................. 65

sesIóN Nº 5: REGISTRO DE COMPRAS ................................................................................................ 671. Antecedentes......................................................................................................................... 672. Definición ................................................................................................................................. 673. Aspecto legal ......................................................................................................................... 674. Información mínima del registro ............................................................................... 685. Información adicional para el caso de documentos que modifican el valor de las operaciones ........................................................................................... 706. Registro de las operaciones .......................................................................................... 707. Plazo máximo de atraso ................................................................................................. 718. Modelo del rayado o formato ...................................................................................... 729. Caso práctico – registro compras ................................................................................ 7310. Centralización del registro de compras - libro caja al libro diario ........... 7711. Registro en el libro banco y libro diario ................................................................. 79

sesIóN Nº 6: REGISTRO DE LETRAS POR COBRAR ......................................................................... 811. Antecedentes......................................................................................................................... 812. Definición ................................................................................................................................. 813. Finalidad ................................................................................................................................... 814. Registro de las operaciones .......................................................................................... 825. Rayado del registro ............................................................................................................ 826. Modelo ...................................................................................................................................... 827. Caso práctico - registro letras por cobrar ............................................................. 838. Registro de letras por cobrar ........................................................................................ 849. Centralización en el libro diario .................................................................................. 85

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sesIóN Nº 7: REGISTRO DE LETRAS POR PAGAR............................................................................ 871. Antecedentes......................................................................................................................... 872. Definición ................................................................................................................................. 873. Finalidad ................................................................................................................................... 874. Rayado del registro ............................................................................................................ 875. Modelo ...................................................................................................................................... 886. Caso práctico - registro de letras por pagar ......................................................... 897. Registro de letras por pagar ......................................................................................... 908. Centralización en el libro diario .................................................................................. 91AUTOEVALUACIÓN ................................................................................................................................. 92

UNIDAD III LIBROS Y REGISTROS LABORALES

sesIóN Nº 8: LIBRO DE PLANILLA DE REMUNERACIONES ....................................................... 971. Concepto ................................................................................................................................... 97 2. Obligatoriedad ...................................................................................................................... 973. Base legal – Síntesis de la legislación laboral (R.M. N° 136-2001-tr) .. 973.1. Obligaciones previas al inicio de actividades ..................................................... 973.2. De la obligación de llevar planilla de pago ......................................................... 983.3. Del contenido de las planillas ...................................................................................... 993.4. Del pago de la remuneración y entrega de boleta de pago ...................1013.5. De la obligación de conservar las boletas de pago .......................................1014. Remuneraciones ................................................................................................................1034.1. Concepto de remuneración .........................................................................................1034.2. Conceptos no remunerativos ......................................................................................1034.3. Alimentación principal y refrigerio .........................................................................1044.4. Pago en dinero y pago en especie .........................................................................1054.5. Prestaciones alimentarias ............................................................................................1054.6. Remuneración mínima vital .......................................................................................1054.7. Asignación familiar ..........................................................................................................1064.8. Gratificaciones .....................................................................................................................1064.9. Vacaciones .............................................................................................................................1074.10. Compensación por tiempo de servicios - CTS ...................................................1075. Descuentos al trabajador que deben consignarse en la planilla ...........1075.1. Impuesto a la renta de 5ta categoría ....................................................................1075.2. Sistema nacional de pensiones (SNP) ..................................................................1105.3. Sistema privado de administración de fondos de pensiones (SPP) ....1105.4. Descuentos judiciales (alimentos) ..........................................................................1125.5. Conafovicer ...........................................................................................................................1125.6. EsSalud vida .........................................................................................................................113

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5.7. Descuentos laborales de acuerdo común ...........................................................1136. Contribuciones del empleador que deben consignarse en las planillas ..................................................................................................................................1136.1. Régimen contributivo de la seguridad social en salud (RCSSS) .............1136.2. Seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR) ..................................1156.3. Servicio nacional de adiestramiento en trabajo industrial (SENATI) ...1166.4. Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria y construcción (SENCICO) ..................................................................................................1176.5. Seguros de vida .................................................................................................................117

sesIóN Nº 9: PROGRAMAS DE DECLARACIÓN TEMÁTICA .......................................................1191. Programa de declaración telemática .....................................................................1192. Definición de la planilla electrónica .......................................................................121

sesIóN Nº 10: PLANILLA DE REMUNERACIONES .........................................................................1251. Caso práctico: Planilla de remuneraciones .........................................................125 2. Centralización de la planilla de sueldos ...............................................................1293. Registro en el libro caja.................................................................................................130AUTOEVALUACIÓN ...............................................................................................................................132

UNIDAD IV REGISTRO DE ALMACÉN Y CONTROL DE ACTIVOS

sesIóN Nº 11: VALUACIÓN DE EXISTENCIAS (NIC 2) .................................................................1371. Introducción ..........................................................................................................................137 2. Objetivo ..................................................................................................................................1373. Alcance ....................................................................................................................................1384. Definiciones ..........................................................................................................................1385. Generalidades de las existencias .............................................................................1395.1. Características de las existencias .............................................................................1395.2. Clasificación ..........................................................................................................................1395.3. Activos que deben ser incluidos en existencias ..............................................1406. Métodos de valuación tributariamente ................................................................1406.1. Primeras entradas primeras salidas - (PEPS) ....................................................1416.2. Últimas entradas primeras salidas ..........................................................................1446.3. Promedio móvil ..................................................................................................................1466.4. Promedio ponderado: diario, mensual o anual ...............................................1476.5. Identificación específica ................................................................................................1486.6. Inventario al detalle o al por menor......................................................................1486.7. Existencias básicas ............................................................................................................1497. Inventarios: históricos, ajustados, diferencias y mermas ..........................150

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7.1. Inventarios históricos ......................................................................................................1507.2. Inventarios ajustados ......................................................................................................1507.3. Diferencias de inventario .............................................................................................1518. Determinación del costo de ventas ........................................................................1518.1. Empresas comerciales ....................................................................................................1518.2. Empresas industriales .....................................................................................................1518.3. Empresas de servicios ....................................................................................................152

sesIóN Nº 12: DEPRECIACIÓN ...........................................................................................................1531. Inmueble, maquinaria y equipo - Nic 16 ............................................................1531.1. Objetivo ..................................................................................................................................1531.2. Alcance ....................................................................................................................................1531.3. Definiciones ..........................................................................................................................1532. Depreciación ........................................................................................................................1542.1. Introducción ..........................................................................................................................1542.2. Definiciones ..........................................................................................................................1552.3. Causas de la depreciación ............................................................................................1553. Atribución de la cuota de la depreciación ..........................................................1564. Momento en que opera la depreciación .............................................................1565. Elementos que rigen la depreciación ....................................................................1575.1. Base de la depreciación ................................................................................................1575.2. Valor residual .......................................................................................................................1575.3. La vida útil o de servicio ...............................................................................................1586. Métodos de depreciación .............................................................................................1586.1. Método de línea recta ....................................................................................................1596.2. Método de unidades producidas ..............................................................................1606.3. Métodos de disminución de saldos ........................................................................161

sesIóN Nº 13: AMORTIZACIÓN ............................................................................................................1651. Concepto ...............................................................................................................................1652. Activos intangibles de duración ilimitada sujetos a amortización .......1653. Activos intangibles de duración limitada sujetos a amortización .........1664. Amortización de intangibles aportados ...............................................................1664.1. Agotamiento ........................................................................................................................166AUTOEVALUACIÓN ...............................................................................................................................167

BIBLIOGrAFíA .........................................................................................................................168

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sUMILLALa elaboración y presentación de los estados financieros requiere previamente del conocimiento y manejo especializado de ciertas herramientas que en el presente módulo damos a conocer: El proceso contable implica el conocimiento pormenorizado de los libros auxiliares que finalmente sirven de soporte para la centralización de las operaciones en el libro diario, dentro de los cuales estudiaremos el libro de banco, caja chica y su tratamiento contable. El registro de compras y ventas, registro de las letras que maneja la empresa como resultado de sus operaciones, así como la preparación de las planillas de remuneraciones y los asientos de diario. Finalmente veremos cómo se procede a la valuación de las existencias y sus diferentes métodos, la depreciación y la amortización con su correspondiente tratamiento contable.

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CÓMO ESTUDIARLOS MÓDULOS DIDÁCTICOS O TEXTOS AUTOINSTRUCTIVOS

AnTES DE lA lECTURA

DURAnTE lA lECTURA

DESpUéS DE lA lECTURA

El método A2D para autodidactas, de Raúl Paredes Mo-rales, es un método de fácil aplicación para la mayoría de los estudiantes, inclusive para los no autodidactas. Si el estudiante aplica este método, su trabajo intelectual será más rápido y eficaz.A2D responde a las letras iniciales de los 3 pasos que se propone para la lectura de un módulo didáctico o cualquier otro texto.

Consiste en la exploración preliminar y se debe:

ÂÂ Echar un vistazo general empezando por el índice, reconociendo unidades y lecciones que se van explicando en el módulo didáctico.

ÂÂ Anotar tus dudas que van surgiendo durante el vistazo general, para esclarecerlas durante la lectura o después de ella.

ÂÂ Adoptar una actitud psicológica positiva.

Ésta es la fase más importante del método, el ritmo de lectura lo pone cada lector. Debes tener presente los siguientes aspectos:

ÂÂ Mantén la actitud psicológica positiva.

ÂÂ Participa activamente en la lectura: Tomando apuntes, subrayando, resumiendo y esquematizando.

ÂÂ Si no entiendes lo que lees o encuentras una palabra desconocida, consulta con tu profesor tutor o un diccionario.

Esta fase va a afianzar tu lectura, mejorando tu comprensión lectora, para ello debes tener en cuenta lo siguiente:

ÂÂ Repasa los apuntes tomados durante la lectura.

ÂÂ Organiza el trabajo y planifica el horario de estudio. Trata de que sea siempre a la misma hora.

ÂÂ Realiza los trabajos diariamente. No dejes que se te acumulen las tareas.

ÂÂ Procura ampliar las lecciones con lecturas complementarias.

ÂÂ Al final de cada capítulo, haz tu cuadro sinóptico o mapa conceptual.

ÂÂ Elabora tu propio resumen.

Antes de la lectura

Durante la lectura

Después de la lecturaA2D

Enriquece tu vocabulario para entender mejor las próximas lecturas.

MéTODO A2D

ORIEnTACIOnES METODOlÓGICAS

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Registro contable

sesión Nº 1: El proceso del registro contable

UN

IDA

D I

UNIDAD I

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COMPeTeNCIAs

CONCEPTUAL PROCEDIMENTAL ACTITUDINAL

El discente conoce deta-lladamente los criterios y procedimientos del proceso contable y el cumplimiento de las NIC, referente a los registros contables.

Identifica los procedi-mientos y resuelve los casos prácticos plantea-dos en el módulo a fin de poner en práctica los conocimientos previa-mente aprendidos.

Con los conocimientos adquiridos y la práctica de los mismos, el dis-cente valora la norma-tiva vigente respecto a los registros del proce-so contable.

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Contabilidad II

P R O E S A D

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1Sesión

eL PrOCesO DeL reGIsTrO CONTABLe

1. CrITerIOs Y PrOCeDIMIeNTOs PArA eL reGIsTrO CONTABLe

La práctica de la contabilidad constituye un todo en el que se enlaza los documentos contables con los balances, los hechos económicos con las cuentas; por esto es necesario estudiar el enlace que existe entre el hecho administrativo que por cierto queda reflejado en los documentos, y con las anotaciones que dan lugar a las cuentas que conforman el balance, que es la suma y compendio del trabajo contable que luego ha de completarse con el análisis de los datos y resultados.

Este es el proceso del registro contable, que está constituido por las sucesivas labores administrativas que se requiere en la contabilidad. Entonces, la contabilidad, como hemos dicho, facilita los datos para guiar la correcta gestión empresarial. Pero, para esto, no es suficiente la labor de síntesis que confluye en el balance general sino que debe completarse con una labor de análisis, desglosando y clasificando con las partidas de las cuentas con arreglo a criterios adecuados, basándonos en principios de contabilidad y normas contables a efecto de poder estudiar con el detalle preciso las operaciones.

La labor de síntesis está confiada a las cuentas y al balance, la de análisis a los libros auxiliares y a las estadísticas, ambas se completan con informes críticos y estudios comparativos.

Existen varios criterios de la finalidad de la contabilidad auxiliar. El criterio más antiguo supone que el objetivo de la contabilidad era sólo presentar el balance al final de cada ejercicio y así conocer los deudores y acreedores así como también la situación patrimonial. Si seguimos este criterio, los libros auxiliares son una preparación del libro diario encargado de recopilar los datos de las distintas operaciones económicas que luego pasarían a constituir asientos contables en aquel libro principal, el libro diario.

Existe un criterio moderno que reconoce que todos los libros constituyen el conjunto unitario de la contabilidad, así los libros y estados numéricos auxiliares cumplirían varios objetivos. Podemos mencionar:

a) Rendir los datos de operaciones homogéneas para permitir luego realizar una síntesis y formular los asientos en los libros principales.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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b) Constituir por sí mismos instrumentos contables de análisis de los hechos registrados. Con este fin, entonces, se les dota a los libros de un rayado adecuado que permita con facilidad la clasificación de las cuentas.

A continuación, en este módulo trataremos en forma más detallada sobre los libros de contabilidad, en especial la integración contable a través de los libros de contabilidad y las NIIF’s.

Debemos enfatizar que se denomina nociones internacionales de información financiera a los enunciados o afirmaciones del más amplio grado de generalización respecto a determinados aspectos de una realidad u objeto del conocimiento científico.

Y la Norma Internacional de Contabilidad vendrían a ser las normas contables y las interpretaciones emitidas por la profesión como la Federación Internacional de Contadores (IFAC) a nivel mundial; la Asociación Internacional de Contabilidad (AIC) a nivel internacional y regional.

2. PreseNTACIóN De LOs esTADOs FINANCIerOs (NIC 1)

Nos enfoca la necesidad de aplicar consistentemente las NIC’s en el registro de las operaciones para poder ofrecer a los usuarios una mejor calidad de los estados financieros que se presenten, y asegurar que los estados financieros se expresen de conformidad con las NIC’s y cumplan con cada norma aplicable.

Por lo que el objetivo de la presente norma es establecer las bases para la presentación de estados financieros para propósitos generales, a fin de asegurar la comparabilidad tanto entre los estados financieros de diferentes períodos de una misma empresa, así como entre los estados financieros de diferentes empresas. Para alcanzar dicho objetivo esta norma establece las consideraciones generales necesarias para la presentación de los estados financieros, las guías para su estructuración y los requisitos mínimos para su contenido. El reconocimiento, valuación y revelación de las transacciones y hechos específicos se tratan en otras Normas Internacionales de Contabilidad.

2.1. Propósito de los estados financieros

Los estados financieros constituyen una representación financiera estructurada, de la situación financiera y de las transacciones efectuadas por una empresa. El objetivo de los estados financieros para propósitos generales es proporcionar información sobre la situación financiera, resultado de las operaciones y los flujos de efectivo de una empresa, la cual es útil para una amplia gama de usuarios en la toma de sus decisiones económicas. Los estados financieros muestran también los resultados de la dedicación y cuidado de la administración de la gerencia sobre los recursos que le han sido confiados. Para alcanzar su objetivo, los estados financieros proporcionan información de la empresa respecto a sus:

(a) Activos(b) Pasivos(c) Patrimonio neto(d) Ingresos y gastos, incluyendo ganancias y pérdidas, y,(e) Flujos de efectivo

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Contabilidad II

P R O E S A D

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2.2. Componentes de los estados financieros

Un conjunto completo de estados financieros incluye los siguientes:

(a) Estado de Situación Financiera - Balance general(b) Estado de Gestión Integral - Estado de ganancias y pérdidas(c) Un estado que muestre una de las siguientes opciones:

(i) Todos los cambios en el patrimonio neto, o(ii) Los cambios en el patrimonio neto, que no sean aquellos provenientes de transacciones

de capital con propietarios y distribución a propietarios(d) Un estado de flujos de efectivo, y(e) Notas sobre políticas contables y otras revelaciones

Las empresas son alentadas a presentar, además de los estados financieros, un análisis financiero efectuado por la gerencia, que describa y explique las principales características de la situación financiera de la empresa, su desempeño financiero y las principales incertidumbres que ésta enfrenta.

2.3. Presentación razonable y cumplimiento de las normas internacionales de contabilidad

Una empresa cuyos estados financieros hayan cumplido con las Normas Internacionales de Contabilidad, deben revelar tal hecho. Los estados financieros no deben revelar que cumplen con las Normas Internacionales de Contabilidad, a menos que ellos cumplan con todos los requerimientos de las Normas y de cada Interpretación aplicable emitidas, estas últimas, por el Comité Permanente de Interpretaciones (SIC).

Para asegurar que los estados financieros expresen el cumplimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera y alcancen los niveles estándar requeridos por los usuarios internacionalmente, es requerimiento general que los estados financieros proporcionen una presentación razonable y que se indique la forma en que se cumple con dicha presentación y adicionalmente la forma de determinar las remotas circunstancias en que una desviación sea necesaria.

Debido a que es presumible que las circunstancias que hacen necesaria una desviación sean extremadamente raras y la necesidad de una desviación se vuelve materia de amplio debate y juicio subjetivo, es importante que, cuando ella ocurra, los usuarios de los estados financieros tomen conocimiento de que la empresa no ha cumplido en todos los aspectos importantes o materiales con las Normas Internacionales de Contabilidad. También es importante que a estos usuarios se les proporcione suficiente información que les permita formarse un juicio informado acerca de la necesidad de la desviación y puedan calcular los ajustes que se hubiera requerido hacer para cumplir con la norma. El IASC comprobará los casos de incumplimiento que lleguen a su conocimiento (por conducto de las empresas, sus auditores y entes reguladores, por ejemplo) y tomará en consideración las necesidades de aclaración a través de interpretaciones o modificaciones a las normas, según sea apropiado, para asegurar que las desviaciones sólo sean necesarias en extremadamente raras circunstancias.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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2.4. Políticas contables

Las políticas contables comprenden los principios, bases, convencionalismos, reglas y prácticas específicas adoptados por una empresa para la preparación y presentación de sus estados financieros.La gerencia de la empresa debe seleccionar y aplicar sus políticas contables, de modo que sus estados financieros cumplan con todos los requerimientos de cada Norma Internacional de Contabilidad aplicable y con las interpretaciones emitidas por el Comité Permanente de Interpretaciones.De no haber requerimientos específicos, la gerencia debe desarrollar las políticas necesarias para asegurar que los estados financieros proporcionen información que sea:

(a) Relevante a las necesidades de los usuarios para la toma de decisiones, y(b) Confiable en cuanto ellos:

(i) Presenten de manera fidedigna, los resultados y la situación financiera de la empresa,(ii) Reflejen la esencia económica de los hechos y transacciones y no meramente su forma

legal(iii) Sean neutrales, es decir, libre de predisposiciones(iv) Sean prudentes, y(v) Sean completos en todos los aspectos importantes

2.5. empresa en marcha

Al preparar los estados financieros, la gerencia debe hacer una evaluación de la capacidad de la empresa para continuar como empresa en marcha. Los estados financieros deben prepararse en base a la asunción de empresa en marcha, salvo que la gerencia tenga el propósito de liquidar la empresa o de suspender sus operaciones, o que no cuente con otras alternativas reales aparte de éstas. Cuando la gerencia tiene conocimiento, al hacer su evaluación, de que existe una incertidumbre importante sobre hechos o condiciones que pueden arrojar dudas significativas sobre la capacidad de la empresa para continuar como empresa en marcha, esta incertidumbre debe ser revelada. Si los estados financieros no se han preparado en base a la asunción de empresa en marcha, este hecho debe revelarse junto con la base que ha servido para prepararlos y la razón por la cual no se considera a la empresa como una empresa en marcha.Al evaluar si la aplicación de la asunción de empresa en marcha es procedente, la gerencia debe tomar en cuenta toda la información disponible respecto al futuro previsible, el mismo que debe referirse como mínimo, pero no limitarse a doce meses contados desde la fecha del balance general. El grado de consideración que deba darse a dicha información depende de los hechos en cada caso. Cuando la empresa tiene un historial de operaciones rentables y rápido acceso a recursos financieros, se puede llegar, sin demasiado análisis, a la conclusión de que, en su caso, es procedente la aplicación de la asunción contable de empresa en marcha. En otros casos, antes de que pueda satisfacerse acerca de la pertinencia de esa asunción, la gerencia debe considerar un amplio rango de factores alrededor de la rentabilidad corriente y previsible de la empresa, sus programas de pagos de deudas y las fuentes potenciales de refinanciamiento.

2.6. Base contable del devengado

De acuerdo con la base contable de lo devengado, las transacciones y hechos se reconocen cuando

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Contabilidad II

P R O E S A D

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ocurren (y no cuando se cobra o paga el efectivo o su equivalente), y se muestran en los libros contables y se expresan en los estados financieros de los ejercicios a los cuales corresponden. Los gastos se reconocen en el estado de ganancias y pérdidas en base a una asociación directa entre los costos incurridos y las partidas específicas de ingreso obtenidas (concepto de asociación).Sin embargo, la aplicación del concepto de asociación no admite el reconocimiento, en el balance general, de partidas que no llenen la definición de activos o de pasivos.

Una empresa debe preparar sus estados financieros sobre la base contable del devengado excepto por la información sobre sus flujos de efectivo.

2.7. Uniformidad en la presentación

Debe mantenerse la presentación y clasificación de partidas en los estados financieros, de un ejercicio al siguiente, salvo que:

(a) El cambio resultante de una variación significativa en la naturaleza de las operaciones de la empresa o una revisión de la presentación de sus estados financieros, demuestre que dará lugar a una presentación más apropiada de los hechos o transacciones, o que

(b) El cambio de presentación sea requerido por una Norma Internacional de Contabilidad o una Interpretación del Comité Permanente de Interpretaciones.

2.8. Importancia relativa (materialidad) y agrupación

Cada partida importante debe presentarse separadamente en los estados financieros. Los importes poco significativos deben agruparse con los importes de naturaleza o función similar, no siendo necesario presentarlos separadamente.Los estados financieros son el resultado de procesar gran cantidad de transacciones, las cuales son ordenadas mediante su agrupación por naturaleza o función. La etapa final del proceso de agrupación y clasificación consiste en la presentación de la información resumida y clasificada que conforman las partidas de los estados financieros o en las notas. Si una partida no es individualmente importante, se le agrupa con otras partidas en el estado financiero o en las notas. Una partida que no sea suficientemente importante para justificar su presentación por separado en el estado financiero, puede, no obstante, ser suficientemente importante para su presentación por separado en las notas.

3. eL reGIsTrO De LAs OPerACIONes Y sU reLACIóN CON LAs NIC’s

El registro de las operaciones contables aparece teniendo un esquema, pues cada hecho económico deberá ser registrado ya sea en medios magnéticos o en un libro manual legalizado, para lo cual aplicaremos el principio de la dualidad.Pero básicamente al registrar los hechos tenemos que hacer uso de criterios contables preestablecidos. Como ya sabemos, estos criterios se denominan principios de contabilidad generalmente aceptados y que han sido adoptados a nivel internacional a través de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC’s) y sus correspondientes interpretaciones a través de las SIC por lo que para esquematizar su uso en la empresa se dan los siguientes ciclos:

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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3.1. registro contable del ciclo de ingresos

El ciclo de ingresos comprende el flujo de las operaciones relacionadas con las funciones de generación de ingresos y de cobranzas así como con los controles de actividades tales como pedidos, remisiones y cobros.

Como ejemplo mencionaremos una venta donde se observa el siguiente esquema:

VeNTAs CUeNTAs POr CAJA COBrAr INGresOs

Donde observamos que se da la siguiente secuencia:

a) El hecho económico: La venta.b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho

económico e interviene una serie de documentos internos y externos.c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros contables pero antes de este

registro se tiene que tener en cuenta lo siguiente:1) La Norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el

caso sería la siguiente: La NIC 1: Presentación de los estados financieros. La NIC 18: Ingresos. 2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación.3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general empresarial.4) El registro, ya sea manual o computarizado, de las operaciones que de acuerdo a la

clasificación legal, es: Libros obligatorios: Registro de Ventas Libros voluntarios: Cuenta corriente de clientes Kárdex físico de almacén Kárdex físico valorado

ejemplo: LA eMPresA eL PACíFICO sAC

1. El día 20 de marzo de 2011, se vende 12 TV a color c/u S/. 600.00 otorgándose un descuento del 5% a Julio Rojas con RUC 20138122256, la factura es a 30 días fecha.

COSTO DE VENTAS TV Color c/u 200 x 12 TV = S/. 2 400 según kárdex físico valorado

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Contabilidad II

P R O E S A D

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CONTABLe TrIBUTArIO reGIsTrO

NIC 1 PreseNTACIóN De esTADOs FINANCIerOs

Cuyos postulados fundamentales son:

empresa en marcha La empresa tiene existencia plena vigente y proyectada al futuro.

UniformidadLos principios contables se aplican consistentemente de un período a otro.

Devengamiento Los ingresos y/o gastos se reconocen en el ejercicio en que se incurren.

De no seguirse algún postulado fundamental este hecho en los Estados Financieros.

NIC 18 INGresOs

Los ingresos a registrarse son los provenientes de las siguientes transacciones:

a) La venta de productosb) La prestación de serviciosc) El uso por terceros de activos de la

empresa que, genera en intereses, regalías o dividendos.

Donde ingresos es el flujo de beneficios económicos durante el período proveniente del curso de las actividades ordinarias de la empresa, que originan un incremento del patrimonio diferente a ellos que surgen como aporte de los accionistas. Cabe aclarar que los ingresos recibidos o por cobrar son por su propia cuenta, por lo tanto, los montos cobrados tales como impuestos a las ventas, etc.

Valor razonable: Es el monto por el cual un activo puede ser liquidado confiablemente en una libre transacción.

Valuación de ingresos: Los ingresos deberán ser medidos a valor razonable del valor del activo recibido o por recibir.

LeY De IMPUesTO A LA reNTA

Ingresos de personas jurídicas son rentas de 3ra categoría, criterio de imputación, bajo criterio de devengado.

Artículo 14˚Son contribuyentes del impuesto las personas naturales, las sucesiones indivisas, las asociaciones de hecho de profesionales y similares y las personas jurídicas. También se considerarán contribuyentes a las sociedades conyugales que ejercieran la opción prevista en el artículo 16˚ de esta Ley.

Para los efectos de esta Ley, se considerarán personas jurídicas, a las siguientes:

a) Las sociedades anónimas, en comandita, colectivas, civiles, comerciales de responsabilidad limitada, constituidas en el país.

LeY IMPUesTO GeNerAL A LAs VeNTAs

Artículo 1˚ TUO Operación Gravada

a) La venta en el país de bienes muebles.

Libros obligatorios Registro de ventas

Libros voluntarios Cta. Cte. Clientes Kardex físico (Almacén) Kardex físico valorizado (Contabilidad)

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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Asiento contable PCGE -------------------- X --------------------12 Cuentas por cobrar comerciales – terceros 8,071.20 121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera40 Tributos, contraprest. y aportes al sist. de pensiones y de salud por pagar 1,231.20 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia70 A Ventas 6,840.00 701 Mercaderías 7011 Mercaderías manufacturadas 70111 Terceros Por la venta a Mario Rojas -------------------- X --------------------69 Costo de Ventas 2,400.00 691 Mercaderías 6911 Mercaderías manufacturadas 69111 Terceros20 Mercaderías 2,400.00 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo Por el costo de la mercadería vendida

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO - DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”

PerIODO: 2011

rUC: 20123456789

APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: “EL PACÍFICO SAC”

esTABLeCIMIeNTO (1):

CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:

TIPO (TABLA 5): 01 - MERCADERÍA

DesCrIPCIóN: TELEVISOR A COLOR

CóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 06): 07 - UNIDADES

MÉTODO De VALUACIóN: PROMEDIO MÓVIL

DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr TIPO De

OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHATIPO(TABLA 10)

serIe NÚMerO CANTIDAD COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTIDAD COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTIDAD COsTOUNITA-

rIO

COsTOTOTAL

FeBrerO

05/02/2011 16 50 200.00 10,000.00

MArZO

16 50 200.00 10,000.00

20/03/2011 1 1 11 1 12 200.00 2,400.00 38 200.00 7,600.00

COsTO De VeNTA 12 2,400.00

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Contabilidad II

P R O E S A D

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3.2. registro contable del ciclo de compras

El ciclo de compras es el flujo de operaciones relacionadas con las compras, pagos y con los controles de (entre otras actividades) las órdenes de compra y la recepción de mercancías, las cuentas por pagar, el pago de sueldos y los desembolsos en efectivo. Como ejemplo mencionaremos una compra donde se observa el siguiente esquema:

COMPrAs CUeNTAs POr CAJA PAGAr eGresOs

Donde observamos que se da la siguiente secuencia:

3.2.1. Compra de mercaderías

a) El hecho económico: La compra.b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho

económico e intervienen una serie de documentos internos y externos.c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros y registros contables, pero, antes

de este registro, se tiene que tener en cuenta lo siguiente:

1) La Norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el caso sería la siguiente:

La NIC 1: Presentación de los estados financieros La NIC 2: Existencias 2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación.3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general revisado.4) El registro, ya sea manual o computarizado de las operaciones que, de acuerdo a la

clasificación legal, éstos son:

Libros obligatorios: Registro de compras Libros voluntarios: Cuenta corriente de proveedores Kárdex físico de almacén Kárdex físico valorado

2. La empresa “El Pacífico SAC” el 15 de marzo de 2011, compra 20 refrigeradoras FAEDA con factura de ELECTROLUX S.A. RUC 20557788991 al precio de S/. 250.00 c/u. Asimismo, se hace un descuento de S/. 500.00 dentro de factura.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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CONTABLe TrIBUTArIO reGIsTrO

NIC 2 INVeNTArIOs

Valor Neto realizableEl valor estimado de venta en el curso normal de las operaciones menos los costos estimados de terminación y menos los costos estimados necesarios para efectuar la venta.

Por principio de prudencia la empresa:VNR = Precio Estimado de Venta – Costos Estimados de Terminación – Costos Estimados necesarios para la venta

Técnicas de valuaciónUtilizaremos el tratamiento referencial: Costo Promedio Ponderado Diario. Donde el costo de cada partida se determina a partir del promedio ponderado del costo de partidas similares, adquiridas o producidas durante el período.

LeY De IMPUesTO A LA reNTA

Método de Valuación: De acuerdo al Art. 62˚, se señala que los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deben practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los métodos señalados, allí encontramos el Promedio Ponderado Diario.

Libros obligatorios Registro de compras

Libros voluntarios Cta. Cte. Proveedores Kardex físico (Almacén) Kardex físico valorizado (Contabilidad)

Asiento contable PCGE -------------------- X --------------------60 Compras 4,500.00 601 Mercaderías 6011 Mercaderías manufacturadas40 Tributos, contraprest. y aportes al sist. de pensiones y de salud por pagar 810.00 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia42 Cuentas por pagar comerciales - terceros 5,310.00 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar 4212 Emitidas Por la compra a Electrolux SAC -------------------- X --------------------20 Mercaderías 4,500.00 201 Mercaderías manufacturadas 2011 Mercaderías manufacturadas 20111 Costo61 Variación de existencias 4,500.00 611 Mercaderías 6111 Mercaderías manufacturadas Por el ingreso a almacén de la mercadería comprada

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO - DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”

PerIODO: 2011

rUC: 20123456789

APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: “eL PACíFICO sAC”

esTABLeCIMIeNTO (1):

CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:

TIPO (TABLA 5): 01 - MERCADERÍA

DesCrIPCIóN: REFRIGERADORA FAEDA

CóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 06): 07 - UNIDADES

MÉTODO De VALUACIóN: PROMEDIO PONDERADO

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Contabilidad II

P R O E S A D

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DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr TIPO De

OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHATIPO( TA B L A 10)

serIe NÚMerO CANTIDAD COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTIDAD COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTIDAD COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

FeBrerO

05/02/2011 16 100 300.00 30,000.00

MArZO

16 100 300.00 30,000.00

15/03/2011 1 1 10 2 20 225 4,500 0.00 120 287.50 34,500.00

3.2.2. Compra del activo fijo

Donde observamos que se da la siguiente secuencia:

a) El hecho económico: La compra del activo fijo.

b) El sustento de la operación a través de la documentación mercantil que avala el hecho económico e interviene una serie de documentos internos y externos.

c) La necesidad de registrar este hecho económico en libros y registros contables, pero, antes de este registro, se tiene que tener en cuenta lo siguiente:

1) La norma Internacional de Contabilidad aplicable a este hecho económico que para el caso sería la siguiente:

La NIC 1: Presentación de los estados financieros. La NIC 16: Inmuebles Maquinaria y Equipo.

2) La aplicación tributaria vigente aplicable a la operación.

3) La codificación del hecho económico a través del plan contable general revisado.

4) El registro, ya sea manual o computarizado, de las operaciones que, de acuerdo a la clasificación legal, son:

Libros obligatorios:

Registro de Compras Registro de Activos Fijos Libros voluntarios:

Cuenta corriente de cuentas por pagar diversas Tarjeta de Control del Activo Fijo

3. La empresa “El Pacífico SAC” adquiere una computadora Core i7 de PC Lin S.A. con fecha 20/05/2011 a un valor de S/. 3,000.00

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

28

CONTABLe TrIBUTArIO reGIsTrO

NIC 16 INMUeBLe, MAQUINArIA Y eQUIPO

Son los activos que posee una empresa para ser utilizados en la producción, alquiler o propósitos administrativos, se espera usarlos más de un período.

Una partida de inmuebles, maquinaria y equipo debe ser reconocida como activo cuando:a) Sea probable que los futuros

beneficios económicos asociados con el activo fluirán a la empresa.

b) El costo del activo de la empresa puede ser valorado confiablemente.

Deben ser valuados a su costo. Los componentes del costo son:- Precio de compra.- Costos directamente atribuibles para

poner el activo en las condiciones de operación necesarias para su uso.

- Cualquier descuento comercial y rebaja se deducen al determinar el precio de compra.

En cuanto a la depreciación, el monto depreciable es el costo de un activo menos su valor residual, que viene a ser el monto neto que la empresa espera obtener por un activo al término de su vida útil después de deducir los costos esperados de la venta.

Métodos de depreciación.- Método de Línea Recta.- Método de Disminución del Saldo.- Método de Unidades Producidas.

LeY De IMPUesTO GeNerAL A LAs VeNTAs

La adquisición de inmuebles, maquinaria y equipo están gravadas al IGV.

LeY De IMPUesTO A LA reNTA

Establece en su Art. 23 que la inversión en bienes de uso cuyo costo por unidad no sobrepase de un cuarto de UIT, a opción del contribuyente, podrá ser considerado como gasto en el ejercicio en que se efectúe. Esta opción no será de aplicación cuando los referidos bienes de uso formen parte de un conjunto o equipo necesario para su funcionamiento.

Método de Depreciación Para efectos tributarios solamente es aceptado el Método de la línea Recta. Este método supone su aplicación en forma uniforme en el tiempo de vida útil determinada por la Ley de renta. La depreciación mediante este método se obtiene dividiendo el valor inicial entre el número de años de vida útil. No se considera el valor residual. En el Art. 22 se dan las tasas de depreciación aplicables a inmuebles, maquinaria y equipo. Allí también se regula el cambio de vida útil y el método de depreciación.

Para el año 2000 se puede utilizar cualquier método pero no el que es de depreciación acelerada.

En el caso de nuestro activo será la tasa del 25%.

Libros obligatorios Registro de Compras Registro de Activos Fijos

Libros voluntarios Cta. Cte. de Ctas. por pagar. Tarjeta de control de activo fijo

Asiento contable PCGE -------------------- X --------------------33 Inmueble , maquinaria y equipo 3,000.00 336 Equipos diversos 3361 Equipo para procesamiento de información (de cómputo) 33611 Costo40 Tributos y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar 540.00 401 Gobierno central 4011 IGV 40111 IGV - Cuenta propia46 Cuentas por pagar diversas - terceros 3,540.00 465 Pasivos por compra de activo inmovilizador Por la compra de la computadora

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Contabilidad II

P R O E S A D

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DeP

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675.

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Unidad I

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Contabilidad II

P R O E S A D

31

2Sesión

LIBrO BANCO

1. ANTeCeDeNTes

Antes de comenzar a tratar sobre el Libro Banco, es importante conocer el Libro Caja (Tabular o Italiana). Este último libro en el presente texto no está desarrollado, porque ya está tratado en el Texto de Contabilidad Básica, por lo que se entiende que todos los que han estudiado esta asignatura, conocen el manejo de dicho libro. Lo que, más bien se hace, es analizar la relación del Libro Caja vs el Libro Banco, tema que después de conocer el Libro Banco lo trataremos ampliamente.

2. DeFINICIóN

El Libro Banco es tan antiguo como la aparición de los bancos mismos, haciendo expansivo su uso a medida que las empresas hacían uso de los servicios bancarios. A medida que la empresa depositaba y retiraba dinero del banco, era necesario implementar un control dentro de la contabilidad para custodiar los fondos de la empresa.

Es un libro auxiliar voluntario contablemente, que no necesita legalizar, y es utilizado de acuerdo a la necesidad propia de cada empresa.

Tributariamente es un libro vinculado a asuntos tributarios y por eso es obligatorio.

2.3. FINALIDAD

Una de las finalidades principales es controlar en forma ordenada, clara, precisa y cronológica los Depósitos en Cuenta Corriente, los Cheques Girados, las Notas de Cargo, Notas de Abono.

También es importante para controlar las relaciones transaccionales que existen entre una Empresa que tiene Cuenta Corriente con la Entidad Bancaria.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

32

4. rAYADO CONTABLe

Aunque el rayado queda en la necesidad de cada empresa, el siguiente es el más usado:

a. La primera columna para registrar la fecha de la operación (día, mes, año).

b. La segunda columna para el número de los cheques girados, número de operación de depósitos, N/A, N/C, N/D, etc.

c. La tercera columna para detallar clara y ordenadamente las operaciones en que exactamente se realizan.

d. Columnas de las sumas: la cuarta y quinta columna.

Para la columna del Debe:

Columna para el saldo inicial o llamado también apertura de cuenta corriente.

Columna también para los depósitos en efectivo o con cheque ya sea del mismo Banco o Cheques de otros Bancos.

Así mismo, Notas de Abono por Letras cobradas por cuenta de la Empresa, intereses ganados, etc.

Para la columna del Haber:

Columna para registrar los cheques girados, que significa retiro de dinero de cuenta corriente y genera automáticamente la disminución del saldo actual.

También para Notas de Cargo por mantenimiento de Cuenta Corriente, Comisiones Bancarias, Chequeras, etc.

e. Columna de los Saldos: Sexta y Séptima

Para la columna del Deudor:

En esta columna se registran los saldos deudores, es decir, los saldos que la empresa tiene a favor en la cuenta bancaria.

Inmediatamente, cuando la empresa no disponga de fondos en la cuenta bancaria, se registra en la columna del Acreedor.

Para la columna del Acreedor:

En esta columna se registran los saldos acreedores, es decir, los saldos que la empresa debe al banco, o simplemente está sobregirada.

Inmediatamente, cuando la empresa disponga de fondos en la cuenta bancaria, se registra en la columna del Deudor.

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Contabilidad II

P R O E S A D

33

5. MODeLO

LIBrO BANCOs DeL Mes De _______________________ De 20_____

FEC. CH. NO

CONCEPTO SUMAS SALDOS

DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR

FOrMATO 1.2: “LIBrO CAJA Y BANCOs - DeTALLe De LOs MOVIMIeNTOs De LA CUeNTA COrrIeNTe”

PeríODO:

rUC:

APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL:

eNTIDAD FINANCIerA:

CóDIGO De LA CUeNTA COrrIeNTe:

NÚMerO COrreLATIVO DeL reGIsTrO

O CóDIGO ÚNICO De LA OPerACIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

OPerACIONes BANCArIAs CUeNTA CONTABLe AsOCIADA

sALDOs Y MOVIMIeNTOs

MeDIO De PAGO

(TABLA 1)

DesCrIPCIóN De LA

OPerACIóN

APeLLIDOs Y NOMBres,

DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL

NÚMerO De TrANsACCIóN BANCArIA,

De DOCUMeNTO sUsTeNTATOrIO O De

CONTrOL INTerNO De LA OPerACIóN

CóDIGO DeNOMINACIóN DeUDOr ACreeDOr

TOTALes

sALDO

TOTAL GeNerAL

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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TABLA 1: TIPO De MeDIO De PAGO

N° DesCrIPCIóN

1 DEPÓSITO EN CUENTA

2 GIRO

3 TRANSFERENCIA DE FONDOS

4 ORDEN DE PAGO

5 TARJETA DE DÉBITO

6 TARJETA DE CRÉDITO

7 CHEQUES CON LA CLÁUSULA DE “NO NEGOCIABLE” ,”NO A LA ORDEN” U OTRA EQUIVALENTE, A QUE SE REFIERE EL INCISO F) DEL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO LEGISLATIVO.

8 EFECTIVO, POR OPERACIONES EN LAS QUE NO EXISTE OBLIGACIÓN DE UTILIZAR MEDIOS DE PAGO

9 EFECTIVO, EN LOS DEMÁS CASOS

10 MEDIOS DE PAGO DE COMERCIO EXTERIOR

11 LETRAS DE CAMBIO

101 TRANSFERENCIAS - COMERCIO EXTERIOR

102 CHEQUES BANCARIOS - COMERCIO EXTERIOR

103 ORDEN DE PAGO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR

104 ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR

105 REMESA SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR

106 REMESA DOCUMENTARIA - COMERCIO EXTERIOR

107 CARTA DE CRÉDITO SIMPLE - COMERCIO EXTERIOR

108 CARTA DE CRÉDITO DOCUMENTARIO - COMERCIO EXTERIOR

999 OTROS MEDIOS DE PAGO (ESPECIFICAR)

6. CAsO PrÁCTICO – LIBrO BANCOs

La Empresa Comercial FENIX S.A. con RUC 20123456789 realiza las siguientes operaciones, que afectan el Libro Bancos, al 31 de marzo de 20__, y le solicita hacer el Libro Banco, la Conciliación Bancaria y Asientos Contables. N°

01/03 Apertura de cuenta corriente, Banco Continental por S/. 11,500.00, según papeleta Nº 171076 ITF por depósito02/03 Giro de cheque Nº 001, a la orden de Secof por, S/. 300.0005/03 Depósito según papeleta Nº 12435, en efectivo por S/. 225.00 ITF por depósito07/03 Giro de cheque Nº 002, a la orden de Lau Chun por, S/. 485.0008/03 Depósito según papeleta Nº 02342, cheque otro banco por S/. 860.00 ITF por depósito10/03 Giro de cheque Nº 003, a la orden de Distribuidora SA por, S/. 1,320.0014/03 Giro de cheque Nº 004, a la orden de Sedapal por, S/. 125.0018/03 Giro de cheque Nº 005, a la orden de Edelnor por, S/. 328.5019/03 Depósito según papeleta Nº 12476, en efectivo por S/. 307.50 ITF por depósito20/03 Giro de cheque Nº 006, a la orden de Telefónica por, S/. 532.0025/03 Depósito según papeleta Nº 00247, cheque mismo banco por S/. 110.00 ITF por depósito26/03 Giro de cheque Nº 007, a la orden de Inmobiliaria Lima - Recibo de alquiler por, S/. 900.0030/03 Giro de cheque Nº 008, a la orden de Roberto Yataco, sueldo del mes por, S/. 3,779.0031/03 Depósito según papeleta Nº 00445, en efectivo por S/. 2,275.00 ITF por depósito

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Contabilidad II

P R O E S A D

35

Nota:El banco nos envía el extracto bancario y nos adjunta Nota de cargo por:Portes 15.00Chequeras 90.00Mantem. de Cta. Cte. 30.00Total 135.00

AV. ALFONSO UGARTE 289 - BREÑA MArZO - 2010esTADO De CUeNTA COrrIeNTe

FENIX S.A. N° Cuenta 182 - 1 - 035755JR. LAS MAGNOLIAS 729-LIMA Moneda Nuevos soles SALDO ANTERIOR S/. 0,00

FeCHA CONCePTOMOVIMIeNTOs

ITFsALDOs

CArGOs ABONOs DeUDOr ACreeDOr

01-mar02-mar05-mar07-mar08-mar10-mar14-mar18-mar19-mar20-mar25-mar26-mar30-mar31-mar

Apertura de Cuenta CorrienteGiro de Cheque N° 001Depósito en efectivo papeleta N° 12435Giro de Cheque N° 002Depósito Chq. otro Banco papeleta N° 02342Giro de Cheque N° 003Giro de Cheque N° 004Giro de Cheque N° 005Depósito en efectivo papeleta N° 12476Giro de Cheque N° 006Depósito chq. mismo Bco. papeleta N° 00247Giro de Cheque N° 007Giro de Cheque N° 008Depósito en efectivo papeleta N° 00445Nota de Cargo por: Portes Chequeras Mantenimiento de cuenta

300.00

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1,320.00125.00328.50

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11,500.00

225.00

860.00

307.50

110.00

2,275.00

6.900.180.140.290.520.790.080.200.180.320.070.542.271.37

------------------

11,493.1011,192.9211,417.7910,932.4911,791.9810,471.1910,346.1110,017.4110,324.739,792.419,902,349,001,805,220.547,494.177,494.177,494.177,389.177,356.17

saldo Inicial Abonos ITF Cargos saldo Final

0.00 15,277.50 13.83 7,904.50 7,359.17

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

36

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Contabilidad II

P R O E S A D

37

CONCILIACIóN BANCArIA Mes De MArZO DeL 2010

Saldo según Libro Banco 7,498.83( - ) Depósitos no Abonados -( + ) Cheques no Cobrados -( - ) Nota de Cargo no consider. En Libro Banco -139.66SALDO EXTRACTO BANCARIO 7,359.17

Saldo según Extracto Bancario 7,359.83( - ) Depósitos no Abonados -( + ) Cheques no Cobrados -( - ) Nota de Abono no consider. En Libro Banco -( - ) Nota de Cargo no consider. En Libro Banco 139.66SALDO LIBRO BANCO 7,498.83

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

38

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Contabilidad II

P R O E S A D

39

3Sesión

LIBrO CAJA CHICA

1. DeFINICIóN

Se denomina así a un fondo fijo designado para los gastos menudos y diarios en una empresa. Entre algunas partidas comunes tenemos: Movilidad, Útiles de escritorio, Medicina, Diarios, Revistas, Correos, Viáticos, Imprevistos, etc.

Para su control se puede usar un libro contable o también voucher, conjuntamente con los documentos sustentatorios que dieron origen a los egresos de caja chica. Este fondo es renovable, esto significa que consiste en hacer liquidación de todos los gastos ascendentes al monto determinado y luego reponer el monto fijo designado; este fondo estará a cargo del cajero quien deberá llevar y tener al día dicho libro.

Cuando el fondo fijo se agota, inmediatamente se hará una liquidación (rendir cuentas con los documentos que dieron origen a los egresos de cheque a la orden del cajero de caja chica), por la misma cantidad designada para el fondo fijo, manteniendo la liquidez.

Este fondo debe ser celosamente cuidado en su desembolso; debiendo ser gastado en los fines y propósitos de la empresa, debiendo ser arqueados por el contador, gerente o administrador, auditor interno, etc. en cualquier momento que se lo requiera.

La transferencia depende de las políticas de contabilidad, pero es costumbre cada quincena o fin de mes.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

40

2. rAYADO

3. CAsO PrÁCTICO – CAJA CHICA

La Empresa Comercial Tesoros S.A. con RUC 20123456789 gira el cheque N° 001 Banco de Crédito a la orden de la cajera por S/. 2,000.00, creando de esa manera un fondo fijo para la caja chica y luego ha realizado las siguientes operaciones:

eNUNCIADO:

04.03 Compras en efectivo útiles de escritorio Fact. 001 – 1234 por 40.0006.03 Se paga luz Rec. 003 – 92845 por 55.0009.03 Se paga intereses según Nota de Cargo de SAGA 43.0012.03 Compra lapiceros Parker sin comprobante por 348.0013.03 Según pedido interno se otorga refrigerio para el personal B.V. 001 – 345 50.0015.03 Pago de Diarios y Revistas según B.V. 003 - 38495 70.0019.03 Pago de comisiones a los vendedores de planta 350.0023.03 Pago a cuenta del impuesto a la renta 160.0028.03 Pago de la Letra N° 0344 por 270.0031.03 Pago de licencia municipal de funcionamiento Rec. 0293845 450.00

se PIDe:

�� Confeccionar el libro de Caja Chica

�� Contabilizar las operaciones

�� Reintegrar con cheque N° 0445 en fondo fijo asignado a la cajera inicialmente

CAJA CHICA DeL Mes De _____ De 20 ___

FECHA DETALLEN° DE COMP.

INTERNO

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Contabilidad II

P R O E S A D

41

Con el PCGeCAJA CHICA

MArZO - 2010

Fecha Detalle Comprobante Movimientos Divisionaria CUeNTAs

Debe Haber 40 41 42 46

02-mar Reposición de caja chica Chq.0001 2,000.00

04-mar Útiles de escritorio F.001 - 1234 40.00 4699 40.00

06-mar Consumo de Luz R.003 - 92845 55.00 4212 55.00

09-mar Intereses SAGA N/Cargo 43.00 45539 43.00

12-mar Lapicero 348.00 4699 348.00

13-mar Refrigerio B.V. 001 - 345 50.00 4699 50.00

15-mar Diarios y Revistas B.V. 003 - 83495 70.00 4212 70.00

19-mar Comisión vendedores 350.00 4112 350.00

23-mar Pago a cta. Impuesto a la renta 160.00 40171 160.00

28-mar Letra por pagar Let. 344 270.00 423 270.00

31-mar Licencia de funcionamiento Rec.0293845 450.00 40631 450.00

SUBTOTAL 2,000.00 1,836.00 610.00 350.00 395.00 481.00 - -

SALDO 164.00

TOTALES 2,000.00 2,000.00

NÚMerO COrreLA-TIVO DeL AsIeNTO

O CóDIGO ÚNICO De LA

OPerA-CIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

GLOsA De DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN

reFereNCIA De LA OPerACIóN CUeNTA CONTABLe AsOCIADA A LA OPerACIóN

MOVIMIeNTO

CóDIGO DeL

LIBrO O reGIsTrO (TABLA

8)

NÚMerO COrreLA-

TIVO

NÚMerO DeL DO-

CUMeNTO sUsTeNTA-

TOrIO

CóDI-GO

DeNOMINACIóN DeBe HABer

02/03/201002/03/2010

31/03/201031/03/201031/03/201031/03/201031/03/201031/03/201031/03/201031/03/2010

01/04/201001/04/2010

Reposición de caja chica Marzo 2010Reposición de caja chica Marzo 2010

Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010Egresos de caja chica Marzo 2010

Reposición de caja chica Abril 2010Reposición de caja chica Abril 2010

------------------------------------- X ------------------------------------- 102 Fondos fijo 2,000.00 1041 Cuentas corrientes operativas 2,000.00------------------------------------- X -------------------------------------40171 Impuesto de 3ra. Categoría 160.0040631 Sueldos y salarios por pagar 450.00 4112 Comisiones por pagar 350.00 4212 Facturas - Emitidas 125.00 423 Letras por pagar 270.0045539 Otras obligaciones financieras 43.00 4699 Otras Cuentas por pagar diversas 438.00 102 Fondos fijos 1,836.00------------------------------------- X ------------------------------------- 102 Fondos fijos 1,836.00 1041 Cuentas corrientes operativas 1,836.00

LIBrO DIArIOComercial Tesoros s.A.PeríODO: MARZO - 2010rUC: 20123456789

4. ArQUeO De CAJA

Se denomina así porque es una técnica anticipada, mediante el cual comprobamos si el dinero existente es conforme o no, para lo cual se efectúa un recuento de dinero y de los elementos que lo conforman ya sean vales, recibos, tickets, etc.

La finalidad del arqueo es constatar el movimiento del dinero y la determinación de su saldo, de esta forma se evita los fraudes y malos manejos, cuidando así su integridad.

El arqueo de caja se realiza en cualquier momento y puede ser efectuado por el Contador, Administrador, Gerente o cualquier otra persona que tenga la capacidad de hacerlo de acuerdo a un conducto regular.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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4.1. CAsO PrÁCTICO – ArQUeO De CAJA

En el restaurante “El Buen Gusto”, se practica un arqueo de caja a Roy Arzubialde Aguirre, cajero de turno entre las 13:00 a 19:00 horas, el día 30 de abril de 2010, hallando lo siguiente:

�� Fondo Fijo para compras y gastos 2,800.00

�� Ventas del día según facturas 8,320.00

�� Otros ingresos, propina a mozos, en tarjetas 1,920.30

TOTAL 13,040.30

DeTALLe: Tarjetas de crédito de credibank 590.00

a) Orden de Crédito N° 0134 por 270.00 b) Orden de Crédito N° 0135 por 320.00

Tarjetas de crédito diners club 1,326.00a) Orden de Crédito N° L-235 por 489.00b) Orden de Crédito N° L-236 por 510.00c) Orden de Crédito N° L-237 por 327.00

Tarjetas de crédito conticard 925.00a) Orden de Crédito N° 0138 por 235.00b) Orden de Crédito N° 0139 por 690.00

Boleta de ventas, facturas y tickets 3,714.00a) Santa Isabel – Compra de Abarrotes 1,350.00b) Metro – Compra de Carne y Pollo 490.00c) Panadería Ebony, Panes de Yema 130.00d) Orfebrería Dicoz, Placas y Pines 1,324.00e) Farmacia DEZA, medicamentos, F/. 420.00

Cheques a nuestra orden 1,550.00a) Cheque N° 001 Banco de Crédito 400.00b) Cheque N° 013 Banco Continental 385.00c) Cheque N° 234 Banco Latino 279.50d) Conticheque N° 7234 485.50

efectivo 4,935.30 a) 08 Billetes de 200.00 = 1,600.00 b) 14 Billetes de 100.00 = 1,400.00 c) 18 Billetes de 50.00 = 900.00 d) 21 Billetes de 20.00 = 420.00 e) 25 Billetes de 10.00 = 250.00 f) 53 Monedas de 5.00 = 265.00 g) 80 Monedas de 1.00 = 80.00 h) 36 Monedas de 0.50 = 18.00 i) 23 Monedas de 0.10 = 2.30

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Contabilidad II

P R O E S A D

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sOLUCIóN:

resTAUrANTe “eL BUeN GUsTO”ArQUeO De CAJA

30 de abril de 20__ a las 19:30

INGresOs

Fondo Fijo 2,800.00Ventas 8,320.00Otros 1,920.30TOTAL 13,040.30

COMPrOBANTes De CAJA

Tarjetas de crédito

Credibank 590.00 Orden de Crédito N° 0134 por 270.00 Orden de Crédito N° 0135 por 320.00

Diners club 1,326.00 Orden de Crédito N° L-235 por 489.00 Orden de Crédito N° L-236 por 510.00 Orden de Crédito N° L-237 por 327.00

Conticard 925.00 Orden de Crédito N° 0138 por 235.00 Orden de Crédito N° 0139 por 690.00

Boleta de ventas, facturas y tickets 3,714.00 Santa Isabel 1,350.00 Metro 490.00 Panadería Ebony 130.00 Orfebrería Dicoz 1,324.00 Farmacia DEZA 420.00

Cheques a nuestra orden 1,550.00 Cheque N° 001 Banco de Crédito 400.00 Cheque N° 013 Banco Continental 385.00 Cheque N° 234 Banco Latino 279.50 Conticheque N° 7234 485.50

efectivo 4,935.30 08 Billetes de 200.00 = 1,600.00 14 Billetes de 100.00 = 1,400.00 18 Billetes de 50.00 = 900.00 21 Billetes de 20.00 = 420.00 25 Billetes de 10.00 = 250.00

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad I

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53 Monedas de 5.00 = 265.00 80 Monedas de 1.00 = 80.00 36 Monedas de 0.50 = 18.00 23 Monedas de 0.10 = 2.30

resUMeN GeNerAL

OrIGeN 1° Fondo Fijo 2,800.00 2° Ventas 8,320.00 3° Otros 1,920.30

13,040.30DIsTrIBUCIóN 1° Tarjetas de Crédito 2,841.00 2° Boletas de Ventas, Facturas, Tickets 3,714.00 3° Cheques a la Orden 1,550.00 4° Efectivo 4,935.30

13,040.30

Lima, 30 de abril de 20__

Gerente General Contador Cajero

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Contabilidad II

P R O E S A D

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AUTOeVALUACIóNreFUerZA LAs COMPeTeNCIAs A LOGrAr

Tú decides si ser el mejor o el peor.

CONCePTUAL

1. ¿Cuál es el propósito de los Estados Financieros? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

2. Explique. ¿Cuáles son los componentes de los estados financieros? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

3. Explique y defina el principio de Empresa en Marcha. Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________4. ¿Qué es un extracto bancario y cuál es su utilidad? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

5. Escribe (V) si es verdadero y (F) si es falso en las siguientes oraciones:

a) ( ) El libro banco tributariamente se considera obligatorio.b) ( ) El libro banco es un libro principal, por lo tanto es necesaria su legalización.c) ( ) Es prerrogativa de cada empresa preparar un formato del libro banco.

PrOCeDIMeNTAL

1. Elabora un cuadro sinóptico del proceso contable.

ACTITUDINAL

2. Frente al hecho económico de los ingresos por concepto de una venta, ¿qué NIC(s) aplicarías? _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

3. Frente al hecho económico de los egresos de una compra, ¿qué NIC(s) aplicarías? _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

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COMPeTeNCIAs

CONCEPTUAL PROCEDIMENTAL ACTITUDINAL

El discente conoce los criterios y procedimien-tos sobre el manejo de los registros de compras, ventas, letras por cobrar y pagar según la norma-tiva establecida.

Identifica las disposi- ciones legales para el registro de los libros y resuelve los casos prác-ticos planteados en el módulo con el fin de poner en práctica los conocimientos aprendi-dos.

El discente, con la pre-paración recibida ma-terializa sus conoci-mientos con el registro adecuado de los libros.

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Registros de compras, ventas y letras por cobrar

y pagar

sesión Nº 4: Registro de ventas

sesión Nº 5: Registro de compras

sesión Nº 6: Registro de letras por cobrar

sesión Nº 7: Registro de letras por pagar

UNIDAD II

UN

IDA

D II

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P R O E S A D

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Contabilidad II

4Sesión

reGIsTrO De VeNTAs

1. ANTeCeDeNTes

El registro de ventas tiene un origen bastante remoto, habiendo adoptado modalidades desde un simple copiador, legajo o duplicación de facturas hasta nuestros días convirtiéndose en un verdadero libro de foliación y empastado o una impresión encuadernada del listado de la base de datos de la computadora, cumple un rol preponderante en la marcha de la empresa y el control de ingresos para fines tributarios.

2. DeFINICIóN

Es un libro auxiliar obligatorio que puede ser de foliación simple o doble, en el cual se registran las ventas de bienes o servicios que constituyen la actividad principal de los ingresos, así como, las provenientes de las operaciones muy ajenas al giro del negocio y que se realizan muy esporádicamente (venta de activos fijos, por ejemplo); registro de los comprobantes de pagos emitidos en forma detallada, ordenada, cronológica y correlativa. Teniendo como principal elemento de juicio sustentatorio las facturas emitidas y las notas de débito o crédito generadas por devoluciones, anulaciones, descuentos.

3. AsPeCTO LeGAL

Según Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Decreto Legislativo N° 821, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF, Reglamento de la Ley del IGV e ISC, Decreto Supremo N° 136-96-EF, modificado por el D.S. N° 064-2000-EF.

En principio, están obligados a llevar este registro, los contribuyentes del IGV, establecido en el artículo 37 de la Ley del IGV.

Esta obligación alcanza también a los sujetos del Impuesto a la Renta, independientemente que se encuentren en el Régimen General o en el Régimen Especial.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

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El artículo 65 de la Ley del impuesto a la renta, dice: los perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales no superan las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Y agrega que los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar contabilidad completa.

El artículo 124 de la Ley del impuesto a la renta, dice: los sujetos del Régimen Especial del Impuesto a la Renta están obligados a llevar un Registro de Compras y un Registro de Ventas de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias, estableció las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas sobre la materia.

La contabilidad completa, disposición vigente a partir del 2009 de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 239-2008/SUNAT.

La información mínima contenida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, así como los formatos que la integran, disposición que entrará en vigencia a partir del 2010, excepto para el Libro Diario de Formato Simplificado, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 017-2009/SUNAT.

4. INFOrMACIóN MíNIMA DeL reGIsTrO

a. Número correlativo del registro o código único de la operación de venta. b. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. c. En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente deberá registrar la fecha de

vencimiento y/o pago del servicio. d. Tipo de comprobante de pago o documento (según tabla 10). e. Número de serie del comprobante de pago, documento o de la máquina registradora, según

corresponda. f. Número del comprobante de pago o documento, en forma correlativa por serie o por número

de la máquina registradora, según corresponda. g. Tipo de documento de identidad del cliente (según tabla 2). h. Número de RUC del cliente, cuando cuente con éste, o número de documento de identidad,

según corresponda. i. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales

se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo.

j. Valor de la exportación, de acuerdo al monto total facturado. k. Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el

Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto. l. Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas. m. Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. n. Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal, de ser el caso. o. Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible. p. Importe total del comprobante de pago. q. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.

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Contabilidad II

r. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:

i. Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. ii. Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). iii. Número de serie del comprobante de pago que se modifica. iv. Número del comprobante de pago que se modifica.

El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.

El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior.

s. Totales.

5. INFOrMACIóN ADICIONAL PArA eL CAsO De DOCUMeNTOs QUe MODIFI-CAN eL VALOr De LAs OPerACIONes

Las notas de débito o de crédito emitidas por el sujeto deberán ser anotadas en el Registro de Ventas e Ingresos. Las notas de débito o de crédito recibidas, así como los documentos que modifican el valor de las operaciones consignadas en las Declaraciones Únicas de Importación, deben ser anotadas en el Registro de Compras.

Adicionalmente a la información señalada en el numeral anterior, deberá incluirse en los registros de compras o de ventas según corresponda, los datos referentes al tipo, serie, número de comprobante de pago para respecto del cual se emitió la nota de débito o crédito, cuando corresponda a un solo comprobante de pago.

6. reGIsTrO De LAs OPerACIONes

Para las anotaciones en los registros se deberá observar lo siguiente:

a. Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas, los contribuyentes del Impuesto deberán anotar sus operaciones, así como las modificaciones al valor de las mismas, en el mes en que éstas se realicen.

b. Los documentos emitidos por ADUANAS y aquellos que sustenten la utilización de servicios, deberán anotarse a partir de la fecha en que se efectuó el pago del Impuesto.

c. Para efecto de los Registros de Ventas e Ingresos deberá totalizarse el importe correspondiente a cada columna final de cada página.

El artículo 10 del Reglamento de la Ley del IGV ha establecido una serie de disposiciones respecto al llevado del Registro de Ventas:

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

52

� Los sujetos del impuesto que lleven en forma manual el Registro de Ventas e Ingresos, podrán registrar un resumen diario de aquellas operaciones que no otorguen derecho a crédito fiscal, debiendo hacerse referencia a los documentos que acrediten las operaciones, siempre que lleven un sistema de control con el que se pueda efectuar la verificación individual de cada documento.

� Los sujetos del Impuesto que utilicen sistemas mecanizados o computarizados de contabilidad podrán anotar en el Registro de Ventas e Ingresos, el total de las operaciones diarias que no otorguen derecho a crédito fiscal en forma consolidada, siempre que lleven un sistema de control computarizado que mantenga la información detallada y que permita efectuar la verificación individual de cada documento.

� Los sistemas de control a que se refieren los párrafos anteriores, deben contener como mínimo la información exigida para el Registro de Ventas. No obstante, cuando exista obligación de identificar al adquiriente o usuario de acuerdo al Reglamento de Comprobante de Pago, se deberá consignar adicionalmente los siguientes datos:

Número de documento de identidad del cliente. Apellido paterno, apellido materno y nombre completo.

7. PLAZO MÁXIMO De ATrAsO

Diez (10) días, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo.

COMeNTArIO

Es bueno recordar que cuando se habla de comprobantes, según el reglamento de comprobantes de pago, relacionados con los comprobantes son: la factura, la boleta de venta, la liquidación de compra, los recibos por honorarios, y el ticket de las máquinas registradoras.

8. MODeLO DeL rAYADO O FOrMATO

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Contabilidad II

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

54

TABLA 2: TIPO De DOCUMeNTO De IDeNTIDAD

N° DesCrIPCIóN

0 OTROS TIPOS DE DOCUMENTOS

1 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

4 CARNÉ DE EXTRANJERÍA

6 REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

7 PASAPORTE

TABLA 10: TIPO De COMPrOBANTe De PAGO O DOCUMeNTO

N° DesCrIPCIóN

00 Otros (especificar)

01 Factura

02 Recibo por Honorarios

03 Boleta de Venta

04 Liquidación de compra

05 Boleto de compañía de aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajero

06 Carta de porte aéreo por el servicio de transporte de carga aérea

07 Nota de crédito

08 Nota de débito

09 Guía de Remisión - Remitente

10 Recibo por Arrendamiento

11 Póliza emitida por las Bolsas de Valores, Bolsas de Producto o Agentes de Intermediación por operaciones realizadas en la Bolsa de Valores o Productos o fuera de las mismas, autorizadas por CONASEV

12 Ticket o cinta emitido por máquina registradora

13 Documento emitido por bancos, instituciones financieras, crediticias y de seguros que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Banca y Seguros

14 Recibo por servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, telex y telegráficos y otros servicios complementarios que se incluyan en el recibo de servicio público

15 Boleto emitido por las empresas de transporte público urbano de pasajeros

16 Boleto de viaje emitido por las empresas de transporte público interprovincial de pasajeros dentro del país

17 Documento emitido por la Iglesia Católica por el arrendamiento de bienes inmuebles

18 Documento emitido por las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones

19 Boleto o entrada por atracciones y espectáculos públicos

20 Comprobante de Retención

21 Conocimiento de embarque por el servicio de transporte de carga marítima

22 Comprobante por Operaciones No Habituales

23 Póliza de Adjudicación emitidas con ocasiones del remate o adjudicación de bienes por venta forzada, por los martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros

24 Certificado de pago de regalías emitidas por PERUPETRO S.A.

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55

Contabilidad II

TABLA 10: TIPO De COMPrOBANTe De PAGO O DOCUMeNTO

N° DesCrIPCIóN

25 Documento de Atribución (Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Art. 19°, último párrafo, R.S. N° 022-98-SUNAT)

26 Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de Agua Superficial con fines agrarios y por el pago de la Cuota para la ejecución de una determinada obra o actividad por la Asamblea General de la Comisión de Regantes o Resolución expedida por el Jefe de la Unidad de Aguas y de Riego (Decreto Supremo N° 003-90-AG, Arts. 28 y 48)

27 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

28 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto

29 Documentos emitidos por la COFOPRI en calidad de oferta de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas públicas y a la retribución de los servicios que presta

30 Documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y débito

31 Guía de Remisión - Transportista

32 Documentos emitidos por las empresas recaudadoras de la denominada Garantía de Red a la que hace referencia el numeral 7.6 del artículo 7° de la Ley N° 27133 - Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural

34 Documento del Operador

35 Documento del Partícipe

36 Recibo de Distribución de Gas Natural

37 Documentos que emitan los concesionarios del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por la prestación de dicho servicio

50 Declaración Única de Aduanas - Importación definitiva

52 Despacho Simplificado - Importación Simplificada

53 Declaración de Mensajería o Courier

54 Liquidación de Cobranza

87 Nota de Crédito Especial

88 Nota de Débito Especial

91 Comprobante de No Domiciliado

96 Exceso de crédito fiscal por retiro de bienes

97 Nota de Crédito - No Domiciliado

98 Nota de Débito - No Domiciliado

99 Otros - Consolidado de Boletas de Venta

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Unidad II

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TABLA 2: CóDIGO De LA ADUANA

N° DesCrIPCIóN

019 TUMBES

028 TALARA

046 PAITA

055 CHICLAYO

082 SALAVERRY

091 CHIMBOTE

118 MARÍTIMA DEL CALLAO

127 PISCO

145 MOLLENDO MATARANI

154 AREQUIPA

163 ILO

172 TACNA

181 PUNO

190 CUSCO

217 PUCALLPA

226 IQUITOS

235 AÉREA DEL CALLAO

244 POSTAL DE LIMA

262 DESAGUADERO

271 TARAPOTO

280 PUERTO MALDONADO

299 LATINA

884 DEPENDENCIA FERROVIARIA TACNA

893 DEPENDENCIA POSTAL TACNA

910 DEPENDENCIA POSTAL AREQUIPA

929 COMPLEJO FRONTERIZO STA ROSA TACNA

938 TERMINAL TERRESTRE TACNA

947 AEROPUERTO TACNA

956 CETICOS TACNA

965 DEPENDENCIA POSTAL DE SALAVERRY

9. LOs INGresOs Y sU reLACIóN CON eL reGIsTrO De VeNTAs (NIC 18) OBJeTIVO

El objetivo de la Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos, identificando la oportunidad de su reconocimiento y el valor de los mismos, así como las revelaciones y presentaciones de este tipo de partidas. Se define el ingreso como el flujo bruto de beneficios económicos durante el período, proveniente del curso ordinario de la empresa, que origina un

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57

Contabilidad II

incremento del patrimonio, diferente a aquellos relacionados a contribuciones provenientes de los aportantes patrimoniales.

Revisa el tratamiento de los ingresos para una serie de categorías tales como: venta de productos, prestación de servicios intereses, regalías y dividendos presentando un apéndice ilustrativo para diferentes situaciones comerciales.

Con respecto a las ventas de productos, éstas cuando se han transferido todos los riesgos y beneficios inherentes al bien, su administración o control no implica propiedad, por tanto, los ingresos y costos asociados pueden ser medidas confiablemente, y es probable que fluirán hacia la empresa en los beneficios económicos relacionados.

Por su parte, los ingresos por prestación de servicios son reconocidos cuando los ingresos y costos asociados pueden ser medidos confiablemente. Es probable que los beneficios económicos relacionados fluirán hacia la empresa; y cuando el escenario de culminación de la transacción puede ser medido confiablemente. Los ingresos son reconocidos sobre la base del tiempo transcurrido a las tasas pactadas; las regalías lo son de acuerdo con las condiciones contractuales pactadas; y los dividendos cuando se reconoce el pago del derecho al accionista. En relación con los dividendos, éstos no deben ser confundidos con las participaciones que registra un inversor en sus asociadas, cuando sigue el método de participación patrimonial. En estos casos, se registran participaciones y no dividendos. Además, cuando son registrados estos últimos, el valor de la inversión debe ser corregido en el mismo monto.

ALCANCe De LA NOrMA

1. Esta Norma debe ser aplicada por todas las empresas en el reconocimiento del ingreso que se origina de las transacciones y eventos siguientes:

a) La venta de bienes o mercancías;b) La presentación de servicios, yc) El uso por parte de otros usuarios de activos de la empresa que rinden interés, regalías y

dividendos.

2. Los bienes incluyen, los bienes producidos por la empresa con el propósito de venta y los bienes comprados para revender, como mercancía comprada por un detallista o terrenos u otras propiedades que se tiene para su reventa.

3. La prestación de servicios generalmente involucra la ejecución de tareas acordadas contractualmente, en un plazo. Los servicios pueden ser suministrados en sólo un período o en más de uno. Algunos contratos para la presentación de servicios están relacionados directamente con contratos de construcción, por ejemplo, aquellos para los servicios de gerencias de proyectos y arquitectos.

4. El uso por parte de otros de los activos de una empresa da lugar a ingresos en la forma de:

a) Interés cargos por el uso de efectivo o equivalentes de efectivo por cantidades adecuados a la empresa.

b) Regalías cargos por el uso de activos a largo plazo de la empresa, por ejemplo, patentes, marcas registradas, derechos de autor y programa de computadoras, y

c) Dividendos y distribuciones de utilidades a los propietarios de inversiones de capital en proporción a su tenencia en una clase particular de capital.

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Unidad II

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5. Esta Norma no trata del ingreso que se origina de las siguientes acciones:a) Convenios de arrendamiento;b) Dividendos que se originan de inversiones que son contabilizados bajo el método de

capital;c) Contratos de seguros de compañías de seguros;d) Cambios en el valor justo de los activos y pasivos financieros o la disposición de los

mismos;e) Cambios en el valor de otros activos circulantes;f) Aumentos naturales en la ganadería y en productos forestales y agrícolas; yg) La extracción de minerales.

AsPeCTOs reLeVANTes

6. Los siguientes términos se emplean en la presente Norma con el significado que aquí se les asigna:

Ingreso. Es la entrada bruta de beneficios económicos durante el período, que se originan en el curso de las actividades ordinarias de una empresa, cuando estas entradas dan como resultado aumento en capital distintos a la que se deriva de contribuciones de los propietarios del capital.

Valor justo. Es la cantidad por la que podría ser intercambiado un activo, o liquidado un pasivo, entre partes informadas y deseosas en una transacción de libre competencia.

7. El ingreso incluye sólo las entradas brutas de beneficios económicos recibidos y por recibir por la empresa en su propio beneficio. Las cantidades cobradas a favor de terceras partes tales como impuestos sobre ventas, impuestos sobre bienes y servicios y al valor agregado, no son beneficios económicos que fluyen a la empresa y no dan como resultado un aumento en el capital. Por lo tanto, se excluyen del ingreso. Similarmente en una relación de agencia o administración, las entradas brutas de beneficios económicos no dan como resultado aumentos en capital. Por lo tanto, no son considerados como ingresos. En cambio, la cantidad de comisión es un ingreso.

10. CAsO PrACTICO – reGIsTrO De VeNTAs

SISTOLE S.A.C., con RUC 20342915435, ubicado en Jr. Moquegua Nro. 235 – Los Olivos, dedicado a la compra y venta de artículos farmacéuticos al por mayor y menor presenta las siguientes operaciones comerciales al mes de marzo del 2011.

DATOs ADICIONALes:

La empresa está acogida al Régimen General del Impuesto a la renta, y muestra los siguientes datos en el Registro de Compras: Total compras gravadas del mes 17,179.27 IGV retenido a los proveedores 3,092.27

El impuesto se declara vía el PDT y se paga girando cheque N° 01011347233 del Banco Continental.

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Contabilidad II

OPerACIONes:

02.03 Se vende medicamentos según relación a la Farmacia Deza S.A. con RUC 20102586412, con Factura N° 002-022, con V.V. S/. 3,400.00 al contado.

09.03 Se vende mercaderías según relación a la Farmacia Vida Nueva S.A. con RUC 20220254652, por S/. 4,800.00 sin incluir el IGV, con 12% de descuento por pronto pago, Factura N° 002-023.

16.03 Se vende mercaderías a Edgardo Zagaceta Corrales con RUC 10200398775, con V.V. S/. 1,200.00, 80% al contado y el saldo al crédito a 7 días, factura N° 002-024.

19.03 Se vende mercadería con destino a Piura, Farmacia Salud y Listo S.A. con RUC 20325682024, con V.V. S/. 3,700.00; 50% al contado y el saldo a crédito en 05 días, Factura N° 002-025. Fletes por S/. 15.00

23.03 Se vende según factura N° 002-026 a la Farmacia Incafarma SAC con RUC 20102201129 con V.V. S/. 2,350.00; 40% contra entrega y el saldo con 02 letras a 30 y 60 días vistas escalonadas en partes iguales. Fletes por S/. 40.00

27.03 Se vende según factura N° 002-027 a la Farmacia Farmatorres SAC con RUC 20201151810 con V.V. S/. 2,850.00, al crédito con 03 letras a 30, 60, y 90 días vistas escalonadas en partes iguales.

30.03 Se vende según factura N° 002-028 a la Farmacia El Pueblo EIRL con RUC 20469111200 por S/. 7,000.00, sin incluir I.G.V., totalmente al crédito, 04 letras a 30, 60, 90 y 120 días vistas escalonadas en partes iguales.

DesArrOLLO: Cálculo previo a cada operación

Operación N° 1

Operación N° 2

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

02/03/2011 Venta 3,400.00 70111

IGV 18% 612.00 40111

Precio de venta 4,012.00 1212

Contado 100% 4,012.00 101

Crédito

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

09/03/2011 Venta 4,800.00 70111

Descuento 12% -576.00 40111

Venta Descontada 4,224.00 1212

IGV 18% 760.32

Precio de Venta 4,984.32

Contado 100% 4,984.32 101

Crédito

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

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Operación N° 3

Operación N° 4

Operación N° 5

Operación N° 6

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

16/03/2011 Venta 1,200.00 70111

IGV 18% 216.00 40111

Precio de venta 1,416.00 1212

Contado 100% 1,132.00 101

Crédito 20% 283.20

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

19/03/2011 Venta 3,700.00 70111

Flete 15.00 7592

IGV 18% 666.00 2.70 40111

Precio de Venta 4,366.00 17.70 1212/168

Contado 50% 2,183.00 17.70 101

Crédito 50% 2,183.00 1231

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

23/03/2011 Venta 2,350.00 70111

Flete 40.00 7592

IGV 18% 423.00 7.20 40111

Precio de Venta 2,773.00 47.20 1212/168

Contado 50% 1,109.20 47.20 101

Crédito 50% 1,663.80 1231

Letra 001 831.90

Letra 002 831.90

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

27/03/2011 Venta 2,850.00 70111

IGV 18% 513.00 40111

Precio de Venta 3,363.00 1212

Contado 100%

Crédito 3,363.00 1231

Letra 003 1,121.00

Letra 004 1,121.00

Letra 005 1,121.00

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P R O E S A D

61

Contabilidad II

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

30/03/2011 Venta 7,000.00 70111

IGV 18% 1,260.00 40111

Precio de Venta 8,260.00 1212

Contado 100%

Crédito 8,260.00 1231

Letra 003 2,065.00

Letra 004 2,065.00

Letra 005 2,065.00

Letra 006 2,065.00

Operación N° 7

FOrMATO: LIBrO CAJA Y BANCOs – DeTALLe De LOs MOVIMIeNTOs DeL eFeCTIVO

Periodo: MARZO – 2011RUC: 20342915435SISTOLE SAC

NÚMerO COrreLA-TIVO DeL reGIsTrO O CóDIGO ÚNICO De LA OPerACIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

DesCrIPCIóN De LA OPerACIóNCUeNTA CONTABLe AsOCIADA sALDOs Y MOVIMIeNTOs

CODIGO DeNOMINACIóN DeUDOr ACreeDOr

02-Mar Cobro al contado Fact. 002-22 1212 Facturas - Emitidas 4,012.00

09-Mar Cobro al contado Fact. 002-23 1212 Facturas - Emitidas 4,984.32

16-Mar Cobro al contado Fact. 002-24 80% 1212 Facturas - Emitidas 1,132.80

19-Mar Cobro al contado Fact. 002-25 50% 1212 Facturas - Emitidas 2,183.00

Cobro flete al contado Fact. 002-25 168 Otras Cuentas por Cobrar Diversas

17.70

23-Mar Cobro al contado Fact. 002-26 40% 1212 Facturas - Emitidas 1,109.20

Cobro flete al contado Fact. 002-26 168 Otras Cuentas por Cobrar Diversas

47.20

TOTALes 13,486.22

sALDO 13,486.22

TOTAL GeNerAL 13,486.22 13,486.22

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

62

Mer

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P R O E S A D

63

Contabilidad II

11. CeNTrALIZACIóN DeL reGIsTrO De VeNTAs

CeNTrALIZACIóN DeL reGIsTrO De VeNTAsLIBrO CAJA AL LIBrO DIArIO

NÚMerO COrre-LATIVO DeL re-

GIsTrO O CóDIGO

ÚNICO De LA OPe-rACIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

GLOsA O DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN

reFereNCIA De LA OPe-rACIóN

CUeNTA CONTABLe AsOCIADA A LA OPerACIóN

MOVIMIeNTO

COD. DeL

LIBrO O

reG. (TA-BLA 8)

NÚ-MerO

COrre-LATIVO

NÚM. DeL DOC. sUs-

TeNTA-TOrIO

CóDI-GO

DeNOMINACIóNDeBe HABer

----------- X-----------

31/03/2011 Centralización del registro de ventas

14 1212 Facturas-Emitidas 29,174.32

31/03/2011 Centralización del registro de ventas

14 168 Otras cuentas por Cobrar Diversas

64.90

31/03/2011 Centralización del registro de ventas

14 40111 IGV-Cuenta propia 4,460.22

31/03/2011 Centralización del registro de ventas

14 70111 Mercaderías-Terceros 24,724.00

31/03/2011 Centralización del registro de ventas

14 7592 Otros ingresos de Gestión

55.00

----------- X-----------

31/03/2011 Centralización de los ingre-sos a caja

1 101 Caja 13,486.22

31/03/2011 Centralización de los ingre-sos a caja

1 1212 Facturas -Emitidas 13,421.32

31/03/2011 Centralización de los ingre-sos a caja

1 168 Otras cuentas por Cobrar Diversas

64.90

31/03/2011 Canje de facturas por letras 1231 Letras por cobrar- En cartera

13,294.80

31/03/2011 Canje de facturas por letras 1212 Facturas - Emitidas 13,294.80

LIBrO DIArIO

SISTOLE SACPERIODO: MARZO 2011RUC: 20342915435

En este asiento de centralización también se presentan las letras aceptadas (RLxC), las cuales deben ser registradas en sus respectivos libros que corresponde, aquí ponemos sólo para visualizar la relación que tiene con los demás libros auxiliares contables.

DeTerMINACIóN DeL IMPUesTO A PAGAr

Ventas Gravadas del mes 24,779.00 Compras Gravadas del mes 17,179.27

IGV retenido a los clientes – Débito fiscal 4,460.22 IGV pagado a los proveedores – Crédito fiscal 3,092.27 IGV a pagar 1,367.95

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Unidad II

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Declaración PDT 621 IGV Mensual

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P R O E S A D

65

Contabilidad II

DeTerMINACIóN Y PAGO De LA DeUDA

12. reGIsTrO eN eL LIBrO BANCO Y LIBrO DIArIO

FOrMATO 1.2: “LIBrO CAJA Y BANCOs - DeTALLe De LOs MOVIMIeNTOs De LA CUeNTA COrrIeNTe”

PERIODO: Abril 2011

RUC: 20342915435

SISTOLE SAC

ENTIDAD FINANCIERA: CONTINENTAL

CÓDIGO DE LA CUENTA CORRIENTE: 089-293847495-11-SOLES

NÚMerO COrreLA-TIVO DeL reGIsTrO O CóDIGO

ÚNICO De LA OPerACIóN

FeCHA De LA

OPerA-CIóN

OPerACIONes BANCArIAs CUeNTA CONTABLe AsOCIADA

sALDOs Y MOVIMIeNTOs

MeDIO De

PAGO (TA-BLA 1)

DesCrIPCIóN De LA OPe-rACIóN

APeLLIDOs Y NOMBres,

DeNOMI-NACIóN O rAZóN sOCIAL

NÚMerO De TrAN-sACCIóN BANCArIA,

De DOCUMeNTO sUsTeNTATOrIO De

CONTrOL INTerNO De LA OPerACIóN

CóDI-GO

DeNOMINA-CIóN DeUDOr ACreeDOr

999 Saldo inicial 2,000.00

7 Cheques con la cláusula de SUNAT Cheque 01011347233 40111 IGV Cta. Propia 1,367.95

6793 Ajuste por re-dondeo

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TOTALes 2,000.00 1,368.00

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TOTAL GeNerAL 2,000.00 2,000.00

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Unidad II

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Contabilidad II

5Sesión

reGIsTrO De COMPrAs

1. ANTeCeDeNTes

La histórica legal nos recuerda que en el año 1973 adquiere relativa importancia al considerarse dentro de los alcances del D.L. N° 19620 su obligatoriedad por lo menos a nivel de fabricantes y mayoristas considerados sujetos de impuestos. Actualmente cumple una función tanto de control como para fines tributarios, debidamente normados.

2. DeFINICIóN

El registro de compras, es un libro auxiliar obligatorio en el que se anotan las compras de bienes y servicios que constituyen la actividad principal del negocio y las otras conexas que también son objeto de aplicación del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal. Las operaciones se deben registrar en forma detallada y cronológica teniendo como elementos sustentatorios los comprobantes de pago de los proveedores.Este libro se utiliza para registrar toda clase de compras, bien sea de mercaderías, muebles, materiales y enseres para tienda, oficina y propaganda, abarcando incluso la adquisición de servicios personales y los aprovechamientos de toda clase como por ejemplo, el alquiler de un edificio.

3. AsPeCTO LeGAL

Según Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e impuesto selectivo al Consumo (ISC), Decreto Legislativo N° 821, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF, Reglamento de la Ley del IGV e ISC, Decreto Supremo N° 136-96-EF, modificado por el D.S. N° 064-2000-EF.En principio, están obligados a llevar este registro, los contribuyentes del IGV, establecido en el artículo 37 de la Ley del IGV.Esta obligación alcanza también a los sujetos del Impuesto a la Renta, independientemente que se encuentren en el Régimen General o en el Régimen Especial.

El artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta, dice: los perceptores de rentas de tercera

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Unidad II

68

categoría cuyos ingresos brutos anuales no superan las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado de acuerdo con las normas sobre la materia. Y agrega que los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar contabilidad completa.

El artículo 124 de la Ley del Impuesto a la Renta, dice: los sujetos del Régimen Especial del Impuesto a la Renta están obligados a llevar un Registro de Compras y un Registro de Ventas de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatorias, estableció las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes desde del 1 de enero de 2007, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas sobre la materia.La contabilidad completa, disposición vigente a partir del 2009 de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 239-2008/SUNAT.La información mínima contenida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, así como los formatos que la integran, disposición que entrará en vigencia a partir del 2010, excepto para el Libro Diario de Formato Simplificado, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 017-2009/SUNAT.

4. INFOrMACIóN MíNIMA DeL reGIsTrO

a. Número correlativo del registro o código único de la operación de compra. b. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. c. Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía

eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, télex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.

d. Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT (según tabla 10).

e. Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación se consignará el código de la dependencia aduanera (según tabla 11).

f. Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación.

g. Número del comprobante de pago o documento o número de orden del formulario físico o formulario virtual donde conste el pago del impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la Declaración Única de Aduanas, de la Declaración Simplificada de Importación, de la Liquidación de Cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la importación de bienes.

h. Tipo de documento de identidad del proveedor (según tabla 2). i. Número de RUC del proveedor, o número de documento de identidad, según corresponda. j. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas

naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo.

k. Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación.

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69

Contabilidad II

l. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal k).

m. Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas.

n. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme a lo dispuesto en el literal m).

o. Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación.

p. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme a lo dispuesto en el literal o).

q. Valor de las adquisiciones no gravadas. r. Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo

como deducción. s. Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. t. Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago. u. Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de

servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. Estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto

pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación, y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas.

v. Número de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. w. Fecha de emisión de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. x. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. y. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia

al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:

i. Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. ii. Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). iii. Número de serie del comprobante de pago que se modifica. iv. Número del comprobante de pago que se modifica.

El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación, y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas.

El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior.

z. Totales.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

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5. INFOrMACIóN ADICIONAL PArA eL CAsO De DOCUMeNTOs QUe MODIFICAN eL VALOr De LAs OPerACIONes

Las notas de débito o de crédito recibidas, así como los documentos que modifican el valor de las operaciones consignadas en las Declaraciones Únicas de Importación, deben ser anotadas en el registro de Compras.

Adicionalmente, la información señalada en el numeral anterior, deberá incluirse en los registros de compras, los datos referentes al tipo, serie, número de comprobante de pago para respecto del cual se emitió la nota de débito o crédito, cuando corresponda a un solo comprobante de pago.

6. reGIsTrO De LAs OPerACIONes

Para las anotaciones se deberá observar lo siguiente:

a. Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas, los contribuyentes del Impuesto deberán anotar sus operaciones, así como las modificaciones al valor de las mismas, en el mes en que estas se realicen.

Sobre el particular el Tribunal concluye que la anotación debe hacerse en el mes de emisión del comprobante o documento, o dentro de los 12 meses siguientes y que el ejercicio del derecho al crédito fiscal debe hacerse en el período tributario al que corresponda la hoja donde se ha anotado el comprobante o documento, de lo contrario, se perderá el citado derecho.

b. Los documentos emitidos por ADUANAS y aquellos que sustenten la utilización de servicios, deberán anotarse a partir de la fecha en que se efectuó el pago del Impuesto.

c. Los sujetos del Impuesto que lleven en forma manual los Registros de Compras, podrán registrar un resumen diario de aquellas operaciones que no otorguen derecho a crédito fiscal, debiendo hacerse referencia a los documentos que acrediten las operaciones, siempre que lleven un sistema de control con el que se pueda efectuar la verificación individual de cada documento.

d. Los sujetos del impuesto que utilicen sistemas mecanizados o computarizados de contabilidad podrán anotar el total de las operaciones diarias, que no otorguen derecho a crédito fiscal, en forma consolidada en los libros auxiliares, siempre que en el sistema de enlace se mantenga la información requerida y se pueda efectuar la verificación individual de cada documento.

e. Para efecto del Registro de Compras, deberá totalizarse el importe correspondiente a cada columna final de cada página.

Comentario

Es bueno recordar que cuando se habla de comprobantes, según el reglamento de comprobantes de pago, son: la factura, la boleta de venta, la liquidación de compra, los recibos por honorarios, y el ticket de las máquinas registradoras. De los cuales en el registro de Compras pueden figurar los que sean necesarios en la compra de bienes y servicios.

recomendaciones

Es importante tener presente que el mecanismo del llenado del Registro de Compras y Ventas es

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Contabilidad II

diferente, dependiendo del giro del negocio de la empresa. En este sentido todas las empresas sujetas o no al IGV, deben llevar el registro de compras (como el de ventas) de acuerdo a la presente base legal. Pero el llenado varía dependiendo de las ventas o ingresos de las empresas. Las formas de ingreso se presentan de la siguiente forma:

a. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes gravados al IGV.

b. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes no gravados al IGV.

c. Empresas cuyas ventas o ingresos sean netamente por la comercialización de bienes gravados y no gravados al IGV.

7. PLAZO MÁXIMO De ATrAsO

Diez (10) días, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se recepcione el comprobante de pago respectivo.

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Unidad II

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73

Contabilidad II

9. CAsO PrÁCTICO – reGIsTrO De COMPrAs

La Empresa FULL DRESS S.A. con RUC 20427239242 dedicada a la compra y ventas de ropa, nos proporciona la siguiente información para elaborar el registro de compras al 31 de marzo de 2011.

DATOs ADICIONALes:

La empresa está acogida al Régimen General del Impuesto a la Renta, y muestra los siguientes datos en el Registro de Ventas:

Total ventas gravadas del mes 24,061.69 IGV retenido a los clientes 4,331.10

El impuesto se declara vía el PDT 621 y se paga girando cheque N° 1003658 del Banco de Crédito.

OPerACIONes:

1. 02.03 Se compra mercaderías a la Casa Kukurelo EIRL con RUC 20102586512, con V.C. S/. 2,000.00 al contado, según factura N° 004-016, Guía N° 001-0531.

2. 05.03 Se compra mercaderías a la Empresa San Miguel S.A. con RUC 20200398775 con V.C. S/. 2,500.00, 50% al contado y el saldo al crédito, según factura N° 009-012, Guía N° 002-0721.

3. 10.03 Se compra mercaderías a la empresa Gamarra S.A. RUC 20521012001 con V.C. S/. 3,800.00, 60% contra entrega y el saldo al crédito con 2 letras a 30 y 60 fecha fija escalonada en partes iguales, factura N° 008-010, guía N° 001-0291.

4. 15.03 Se compra mercaderías a la Empresa Textil S.A. RUC 20502501209 por S/. 3,200.00 sin incluir IGV, se cancelará con 3 letras a 30, 60 y 90 fecha fija escalonada en partes iguales, factura N° 006-015, guía N° 001-0532.

5. 21.03 Se compra mercaderías a la empresa Lanificios del Perú S.A.C. con RUC 20152323774 con V.C. S/. 1,800.00 al crédito a 30 días sin intereses, factura N° 013-014, guía N° 001-0112.

6. 28.03 Se compra mercaderías a la empresa Telas S.R.L. con RUC 20565121001 por S/. 2,050.00 sin incluir IGV, con 7% de descuento por pronto pago, la factura N° 015-023 se cancela al contado, guía N° 001-1021.

7. 29.03 Se compra mercaderías a la Empresa La Pequeñita S.A. RUC 20502101151 por S/. 1,900.00 sin incluir IGV, más flete 15.00 que se pagó adicionalmente, cancelando al contado la factura N° 005-071, guía N° 001-0991.

8. 30.03 Se compra mercaderías a la Empresa La Sorbona S.A.C. con RUC 20521622012 por S/. 1,500.00 sin incluir IGV, flete 20.00 y seguro 15.00, al contado con factura N° 021-171, guía N° 001-0216.

DesArrOLLO: Cálculo previo de cada operación

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

74

Operación N° 1

Operación N° 2

Operación N° 3

Operación N° 4

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

02/03/2011 Compra 2,000.00 6011

IGV 18% 360.00 40111

Precio de Compra 2,360.00 4212

Contado 100% 2,360.00 101

Crédito

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

05/03/2011 Compra 2,500.00 6011

IGV 18% 450.00 40111

Precio de Compra 2,950.00 4212

Contado 100% 1,475.00 101

Crédito 1,475.00 423

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

10/03/2011 Compra 3,800.00 6011

IGV 18% 684.00 40111

Precio de Compra 4,484.00 1212

Contado 80% 2,690.00 101

Crédito 20% 1,793.00 423

Letra 01-001 896.80

Letra 01-002 896.80

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

15/03/2011 Compra 3,200.00 6011

IGV 18% 576.00 40111

Precio de Compra 3,776.00 4212

Contado

Crédito 100% 3,776.00 1231

Letra 123-001 1,258.66

Letra 123-002 1,258.67

Letra 123-003 1,258.67

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P R O E S A D

75

Contabilidad II

Operación N° 5

Operación N° 6

Operación N° 7

Operación N° 8

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

21/03/2011 Compra 1,800.00 6011

IGV 18% 324.00 40111

Precio de Venta 2,124.00 4212

Contado

Crédito 100% 2,124.00 423

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

28/03/2011 Compra 2,050.00

Descuento 7% -143.50

Compra descontada 1,906.50 6011

IGV 18% 343.17 40111

Precio de Compra 2,249.67 4212

Contado 100% 2,249.67 101

Crédito

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

29/03/2011 Compra 1,900.00 6011

Flete 15.00 60911

IGV 18% 344.70 40111

Precio de Venta 2,259.70 4212

Contado 100% 2,259.70 101

Crédito

FeCHA DeTALLe IMPOrTe IMPOrTe PCGe

30/03/2011 Compra 1,500.00 6011

Flete 20.00 60911

Seguro 15.00 60912

IGV 18% 276.30 40111

Precio de Venta 1,811.30 4212

Contado 100% 1,811.30 101

Crédito

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

76

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P R O E S A D

77

Contabilidad II

10. CeNTrALIZACIóN DeL reGIsTrO De COMPrAs - LIBrO CAJA AL LIBrO DIArIO

NÚMerO COrreLA-TIVO DeL reGIsTrO O CóDIGO ÚNICO De LA OPerACIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

DesCrIPCIóN De LA OPerACIóNCUeNTA CONTABLe AsOCIADA sALDOs Y MOVIMIeNTOs

CóDIGO DeNOMINACIóN DeUDOr ACreeDOr

Saldo inicial 16,000.00

02-Mar Cobro al contado Fact. 004-16 4212 Facturas - Enviadas 2,360.00

05-Mar Cobro al contado Fact. 009-12 50% 4212 Facturas - Enviadas 1,475.00

10-Mar Cobro al contado Fact. 008-10 60% 4212 Facturas - Enviadas 2,690.40

28-Mar Cobro al contado Fact. 015-23 100% 4212 Facturas - Enviadas 2,249.67

29-Mar Cobro al contado Fact. 001-991 100% 4212 Facturas - Enviadas 2,259.70

30-Mar Cobro al contado Fact. 021-171 100% 4212 Facturas - Enviadas 1,811.30

TOTALes 16,000.00 12,846.07

sALDO 3,153.93

TOTAL GeNerAL 16,000.00 16,000.00

FOrMATO 1.1: “LIBrO CAJA Y BANCOs - DeTALLe De LOs MOVIMIeNTOs DeL eFeCTIVO”

PERIODO: MARZO 2011

RUC: 20427239242

FULL DRESS S.A.

LIBrO DIArIO

FULL DRESS S.A.

PERIODO: MARZO - 2011

RUC: 20427239242

NÚMerO COrre-LATIVO DeL re-

GIsTrO O CóDIGO ÚNICO De LA

OPerA-CIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

GLOsA O DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN

reFereNCIA De LA OPe-rACIóN

CUeNTA CONTABLe AsOCIADA A LA OPerACIóN

MOVIMIeNTO

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LIBrO O reG. (TABLA

8)

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DeNOMINACIóNDeBe HABer

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31/04/2011 Centralización del registro de compras 8 6011 Mercadería manufacturadas 18,606.50

31/04/2011 Centralización del registro de compras 8 60911 Transporte 35.00

31/04/2011 Centralización del registro de compras 8 60912 Seguros 15.00

31/04/2011 Centralización del registro de compras 8 40111 Inv. Cuenta propia 3,358.17

31/04/2011 Centralización del registro de compras 8 4212 Facturas- Emitidas 22,014.67

----------- X-----------

31/04/2011 Traslado a almacén 20111 Mercadería manufacturada - Costo

18,656.50

31/04/2011 Traslado a almacén 6111 Mercadería manufacturada 18,656.50

----------- X----------

31/04/2011 Centralización de los egresos de caja 1 4212 Facturas-Emitidas 12,846.07

31/04/2011 Centralización de los egresos de caja 1 101 Caja 12,846.07

----------- X----------

31/04/2011 Canje de facturas por letras 4212 Facturas - Emitidas 5,569.60

31/04/2011 Canje de facturas por letras 423 Letras por pagar 5,569.60

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

78

De la misma manera en este asiento de centralización, se presenta los asientos del destino de gastos (LD), canje de letras (RLxP) y pago en efectivo (LC), solamente para ver la relación con los demás libros auxiliares de contabilidad.

DeTerMINACIóN DeL IMPUesTO A PAGAr

Ventas Gravadas del mes 24,061.69 Compras Gravadas del mes 18,656.50

IGV retenido a los Clientes – Débito fiscal 4,331.10 IGV pagado a los Proveedores – Crédito fiscal 3,358.17 IGV a Pagar 972.93

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P R O E S A D

79

Contabilidad II

DeTerMINACIóN Y PAGO De LA DeUDA

11. reGIsTrO eN eL LIBrO BANCO Y LIBrO DIArIO

LIBrO DIArIO

FULL DRESS S.A.

PERIODO: MARZO - 2011

RUC: 20427239242

NÚMerO COrre-LATIVO DeL re-

GIsTrO O CóDIGO ÚNICO De LA

OPerA-CIóN

FeCHA De LA OPerACIóN

GLOsA O DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN

reFereNCIA De LA OPe-rACIóN

CUeNTA CONTABLe AsOCIADA A LA OPerACIóN

MOVIMIeNTO

COD. DeL

LIBrO O reG. (TABLA

8)

NÚ-MerO CO-

rreLA-TIVO

NÚM. DeL DOC.

sUsTeN-TATOrIO

CODIGO DeNOMINACIóN DeBe HABer

----------- X-----------

31/04/2011 Centralización del libro banco-egresos 1 40111 IGV-Cuenta propia 972.93

31/04/2011 Centralización del libro banco-egresos 1 6793 Ajuste por redondeo 0.07

31/04/2011 Centralización del libro banco-egresos 1 60912 Cuenta corrientes operativas 973.00

----------- X-----------

31/04/2011 Destino del ajuste por redondedo 971 Gastos financieros 0.07

31/04/2011 Destino del ajuste por redondedo 7911 Cargas Imput. Actas de cos-tos y gastos

0.07

----------- X----------

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

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P R O E S A D

81

Contabilidad II

6Sesión

reGIsTrO De LeTrAs POr COBrAr

1. ANTeCeDeNTes

Actualmente, las empresas dedicadas al comercio, la industria y las de servicio, para realizar sus transacciones comerciales de compra–venta recurren a otorgar y solicitar créditos, respaldados por documentos con vencimientos futuros. Estos documentos pueden ser letras o efectos por cobrar y en la práctica inclusive pueden negociarse o ejecutarse en un plazo establecido por ambas partes, recurriendo a empresas financieras o entidades cuyo servicio sea de préstamo o financiación.

2. DeFINICIóN

Es un registro auxiliar obligatorio de foliación simple o doble denominado también Registro de Vencimientos, en el que se anota en forma cronológica y sistemática los pormenores de las letras o efectos que son aceptadas por terceros producto de operaciones de venta o prestación de servicios, anotación que se hace dando referencia al documento que les dio origen, esto es, la factura o contrato de compra – venta.

3. FINALIDAD

El registro permite entre otros puntos, lo siguiente:

a. El control de vencimientos, los importes y las personas que adeudan a la persona.b. El conocimiento exacto del grado de liquidez de endeudamiento.c. Mediante la división razonable y equilibrada del trabajo se consigue una mayor eficiencia en

el control operacional.

Se debe señalar que, aparentemente, este registro es de poca importancia, pero, según el criterio de muchos empresarios, cumple un papel muy importante dentro de las operaciones que significan derechos de cobro de la entidad, entre los que se encuentran las cuentas por cobrar: facturas, letras o efectos, que a su vez, significan un rubro muy importante del activo corriente de toda la empresa, teniendo una incidencia fundamental en la liquidez de la empresa, así como dentro del capital de trabajo (activo corriente – pasivo corriente).

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

82

4. reGIsTrO De LAs OPerACIONes

Se registrará una a una, sustentadas con facturas que les dio origen. Especial cuidado se tendrá en consignar importes y vencimientos a plazo fijo, a días fecha o la vista, conceptos que no pueden ser ignorados por los responsables del registro y por quienes hacen labores de verificación y control. Estos libros deben cuadrarse, cerrarse y centralizarse.

5. rAYADO DeL reGIsTrO

El rayado es de acuerdo a las necesidades de cada empresa, pero se acostumbra a detallar los siguientes datos:

1. Fecha de emisión2. Numeración de la letra3. Serie y número del comprobante de pago4. A favor de5. Endoso a cargo de6. Fecha de aceptación (día, mes y año)7. Plazo8. Fecha de vencimiento (de enero a diciembre)9. Importe10. Observación

6. MODeLO

reGIsTrO De LeTrAs POr COBrAr

Fecha Letra N°

Factu-raN°

A favor

deendoso a cargo de

AceptaciónPlazo

Vencimiento de las letrasIm-

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P R O E S A D

83

Contabilidad II

7. CAsO PrÁCTICO – reGIsTrO LeTrAs POr COBrAr

La empresa comercial MATSUSHITA S.A. con RUC 20423543401 domiciliada en Av. Inca Garcilazo de la Vega N° 205 Lima, realiza una venta de 6 Extractores de Aire AIRMAX el 15/03/20__, con valor de venta S/. 745.50 cada uno, se gira la Guía N° 001-0121 y la Factura N° 001-0215 a la orden del Jockey Club del Perú con RUC 20100251029 ubicado en Av. Próceres 1054 Surco.

La venta se realiza totalmente al crédito emitiendo 04 letras de cambio sin intereses aceptadas y firmadas, de número 2007-021, 2007-022, 2007-23 y 2007-24 respectivamente a 30, 60, 90 y 120 fecha fija en partes iguales sin aval. Las letras se quedan en cartera y una vez canceladas las letras se entregará la factura al cliente.

se PIDe:

� Elaborar el Registro de Letras por Cobrar.� Centralizar al Libro Diario los registros pertinentes.

DesArrOLLO:

CÁLCULO De LAs LeTrAs

Total ventas 5,322.87 / 4 Letras = 1,330.72

Letras N° 2007-0201 1,330.72 a 30 f/fLetras N° 2007-0202 1,330.72 a 60 f/fLetras N° 2007-0203 1,330.72 a 90 f/fLetras N° 2007-0204 1,330.71 a 120 f/f TOTAL 5,322.87

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Unidad II

84

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P R O E S A D

85

Contabilidad II

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Unidad II

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Contabilidad II

7Sesión

reGIsTrO De LeTrAs POr PAGAr

1. ANTeCeDeNTes

El registro de Letras por Pagar es tan antiguo como las Letras por Cobrar, bastará recordar que cuando se realiza una operación utilizando una letra de cambio, origina para uno, derechos (para el que gira) y, obligaciones para otro (para el que acepta). Obviamente esto ahorra comentarios más profundos.

2. DeFINICIóN

Es un registro auxiliar en el que se anota en forma cronológica y sistemática los pormenores de las letras aceptadas a proveedores, relacionado al documento que dio origen a la operación.

3. FINALIDAD

Se considera que tiene importancia significativa, ya que es una herramienta para una eficiente administración, principalmente en la financiación de las operaciones en el corto plazo y en el capital de trabajo, donde tiene una importante incidencia.

4. rAYADO DeL reGIsTrO

El rayado de este libro es variable, de acuerdo a las necesidades de la empresa, lo más usual, por ejemplo:

1. Fecha de emisión2. Numeración de la letra3. Serie y número del comprobante de pago4. Endoso a cargo de5. A favor de 6. Fecha de aceptación (día, mes y año)7. Plazo

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Unidad II

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8. Vencimiento (de enero a diciembre)9. Importe10. Observación o cancelación

5. MODeLO

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Contabilidad II

6. CAsO PrÁCTICO – reGIsTrO De LeTrAs POr PAGAr

La Empresa GÁLAX S.A. dedicada a la compra y venta de equipos de oficina, con RUC 20102110048 domiciliada en Jr. Camaná 345 Surquillo, compra 24 Máquinas Registradoras OLIMPIA el 21/03/20__, por S/. 2,045.00 cada una (no incluye IGV) a la empresa HIRAOKA S.A.C. con RUC 20222012058 domiciliada en Av. Abancay 498 Lima, el cual gira la Guía N° 002-0646 y la Factura N° 002-0878.

Además, se pagó por flete un importe de S/. 263.00 y por seguro S/. 180.00. La compra es canjeado por 03 letras a 30, 60 y 90 fecha fija, enumerados como 2007-048, 2007-049 y 2007-050, con un interés del 2% cada 30 días sin aval.

se PIDe:

� Realizar los cálculos para los intereses.� Elaborar el Registro de Letras por Pagar.� Centralizar al Libro Diario los registros pertinentes.

DesArrOLLO:

CÁLCULO De LAs LeTrAs

Total Compras sin IGV 49,523.00 / 3 Letras = 16,507.67

L Valor Letra % Interés Valor IGV Importe

1 16,507.67 2 330.15 16,837.82 3,030.81 19,868.63

2 16,507.67 4 660.31 17,167.98 3,090.24 20,258.22

3 16,507.66 6 990.46 17,498.12 3,149.66 20,647.78

49.523.00 1980.92 51,503.92 9,270.71 60,774.63

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Unidad II

90

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Contabilidad II

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Unidad II

92

AUTOeVALUACIóNreFUerZA LAs COMPeTeNCIAs A LOGrAr

Tú decides si ser el mejor o el peor.

CONCePTUAL

1. Defina con claridad qué es un registro de ventas.

Respuesta. _______________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

2. Describa el marco legal del registro de ventas.

Respuesta. _______________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

3. Describa 6 tipos de comprobante o documento de pago.

Respuesta. _______________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

4. ¿Cuál es el marco legal del registro de compras?

Respuesta. _______________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

PrOCeDIMeNTAL

1. Elabora un cuadro sinóptico del registro de almacén.

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P R O E S A D

93

Contabilidad II

ACTITUDINAL

1. ¿Por qué establecerías un registro de letras por cobrar y otro por pagar en el quehacer contable de tu empresa?

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

2. Establece las diferencias entre el PCGE, y el PCGR.

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

________________________________________________________________________

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COMPeTeNCIAs

CONCEPTUAL PROCEDIMENTAL ACTITUDINAL

El participante conoce los procedimientos sobre el manejo de la planilla de remuneraciones, los im-puestos que afectan las retenciones y contribu-ciones inmersas en este proceso, así como la ope-ración por medios elec-trónicos.

Aplica las disposiciones legales para el manejo de la planilla de remu-neraciones y procede a su preparación y poste-rior registro a través de los medios electrónicos y manuales.

El discente, con la ins-trucción recibida en materia de remunera-ciones destaca y asume la importancia de los mismos.

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Libros y registros laborales

sesión Nº 8: Libro de planilla de remuneraciones

sesión Nº 9: Programas de declaración temática

sesión Nº 10: Planilla de remuneraciones

UNIDAD III

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P R O E S A D

Contabilidad II

8Sesión

LIBrO De PLANILLAs De reMUNerACIONes

1. CONCePTO

Los Libros de Planillas son tratados en forma conjunta, porque, tanto las de sueldos como los de salarios, tienen las mismas características. En este sentido los dos tipos de planillas son tratados en forma general como planillas y luego se tratará independientemente las diferencias más importantes.

2. OBLIGATOrIeDAD

Es un registro de carácter obligatorio en el cual se incluye a todos los trabajadores y el pago de todas sus remuneraciones y otros beneficios sociales, complementándose, de esta manera, con los libros contables.

3. BAse LeGAL – síNTesIs De LA LeGIsLACIóN LABOrAL (r.M. N° 136-2001-Tr)

3.1. Obligaciones previas al inicio de actividades

Todo empleador que inicia una a más actividades comprendidas en el Artículo 1° de la Ley N° 26935 (Ley sobre Simplificación de Procedimientos para obtener Registros Administrativos y Autorizaciones Sectoriales para el inicio de actividades de empresas) que entró en vigencia el 1° de enero de 1999, por el sólo mérito de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC que otorga la Superintendencia de Administración Tributaria, obtendrá en forma automática su registro en los ministerios competentes, así como las autorizaciones y permisos o licencias sectoriales necesarias para iniciar sus actividades, además del registro correspondiente en EsSalud, sin perjuicio del trámite que deberá efectuar el empleador ante el Municipio respectivo donde se ubica el centro de trabajo, a efectos de obtener la licencia municipal de funcionamiento.

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Unidad III

98

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

3.2. De la obligación de llevar planilla de pago

En principio debemos tener presente que, mediante el Decreto Supremo N 001 – 98 – TR (22.01.1998) se expidieron las normas reglamentarias relativas a la obligación de los empleadores de llevar Planillas de Pago. El antecedente de esta norma estuvo en el Decreto Supremo N 015 – 72 – TR (28.09.1972), por el cual se estableció la obligación de los empleadores de llevar libro de planillas de pago de remuneraciones y otros derechos sociales de sus trabajadores. Asimismo, dicha norma sufrió sustanciales modificaciones con la dación del Decreto Supremo N 017 – 2001 – TR (07.06.2001) el cual introdujo importantes variantes.

Por otro lado, como recordaremos, mediante el Decreto Supremo N 018 – 2007 – TR (28.08.2007), se dictaron disposiciones sobre el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS, llamadas también “Planillas Electrónicas”, cuya recepción se encargará a la SUNAT, que entre otras finalidades, reemplazará a las planillas llevadas a través de los medios convencionales.

La norma citada establece que la vigencia del uso de las mencionadas Planillas Electrónicas rige a partir del 01 de enero de 2008.

Pues bien, se encuentran obligados a llevar las Planillas Electrónicas, los empleadores que cumplan con alguno de los siguientes supuestos:

� Cuenten con más de 3 trabajadores.� Cuenten con 1 o más prestadores de servicios.� Cuenten con 1 o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del

Sistema Nacional de Pensiones.� Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o

quinta categoría.� Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley N 28131.� Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS.� Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud – EsSalud un contrato por Seguro Complementario

de Trabajo de Riesgo.� Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.� Cuenten con personas naturales que presten servicios bajo alguna modalidad formativa.

Los empleadores obligados a llevar las Planillas Electrónicas deberán cerrar las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo N 001 – 98 – TR, mediante comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo (a partir del 01 de enero de 2009), debiendo adjuntar copia de la última planilla utilizada indicando que el cierre se produce por el inicio de dichas Planillas Electrónicas.

En consecuencia, de lo antes señalado, se mantiene la vigencia del Decreto Supremo N 001 – 98 – TR o las Planillas de Pago (manuales) respecto de lo siguiente:

� Las disposiciones referidas a planillas en el caso de los empleadores no incluidos en lo señalado líneas atrás, y que cuentan con por lo menos 1 trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada.

Si dichos empleadores hubieran optado por llevar las Planillas Electrónicas, se encontrarán obligados a seguir llevando y presentando este último registro.

� Las disposiciones referidas al pago de la remuneración, entrega y conservación de las boletas

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99

P R O E S A D

Contabilidad II

de pago para todos los empleadores que cuenten con trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en las planillas, dentro de las setenta y dos horas (72) de ingresados a prestar sus servicios, independientemente de que se trate de un contrato por tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial.

3.3. Del contenido de las planillas

Las Planillas deben consignar:

a. Nombre y apellidos del trabajador.b. Remuneraciones que se abonen al trabajador de acuerdo a los Artículos 6 y 7 del Decreto

Supremo Nº 003 – 97 – TR (27.03.1997).c. Número de días y horas trabajadas.d. Número de horas trabajadas en sobretiempo.e. Deducciones de cargo del trabajador, por concepto de tributos.f. Aportes a los sistemas previsionales, cuotas sindicales, descuentos autorizados u órdenes por

mandato judicial y otros conceptos similares.g. Los tributos y aportes de cargo del empleador.h. Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo, según el artículo 7 del Decreto

Supremo N 003 – 97 – TR.i. La fecha de salida y retorno de vacaciones, salvo que por naturaleza del trabajo o por el

tiempo trabajado sólo hubiera lugar al pago de la remuneración vacacional.j. Cualquier información adicional que el empleador considere pertinente.

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Unidad III

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Contabilidad II

Tratándose de trabajadores que perciban una remuneración integral cuyo abono sea pactado con periodicidad superior a un mes, el empleador deberá registrar mensualmente en la planilla, el importe de la alícuota proporcional correspondiente a cada mes de labores.

La rectificación de cualquier otro error u omisión en las planillas se hará en la hoja siguiente a la última utilizada, debiendo expedirse una boleta que contenga la información rectificada, la misma que debe ser firmada por el trabajador.

3.4. Del pago de la remuneración y entrega de boleta de pago

El pago de las remuneraciones se acredita con una Boleta de Pago, firmada por el trabajador o con una constancia respectiva, cuando aquel se haga a través de terceros sin perjuicio de la entrega de la boleta al trabajador a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago.

La Boleta de Pago debe contener los mismos datos que figuran en las planillas y debe ser sellada y firmada por el empleador o representante legal. El duplicado de la boleta de pago quedará en poder del empleador, esta deberá ser firmada por el trabajador, o si el trabajador no supiera firmar, imprimirá su huella digital.

Sin embargo, si el empleador lo considera conveniente, la firma de la boleta por el trabajador será opcional. En este caso corresponderá al empleador la carga de la prueba respecto al pago de la remuneración. La firma del trabajador en la boleta de pago no implicará renuncia por este a cobrar las sumas que considere le corresponden y no figuran en la boleta.

3.5. De la obligación de conservar las boletas de pago

A efectos de promover el adecuado cumplimiento de la obligación de utilizar dicha Planilla Electrónica, con la Resolución Ministerial Nº 020 – 2008 – TR, de fecha 17 de enero de 2008 se dictaron normas complementarias que precisan sus alcances, estableciéndose las siguientes consideraciones.

Aquellos empleadores obligados a utilizar la Planilla Electrónica deben entregar el original de la boleta de pago al trabajador, a más tardar, el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago.

Contenido de la Boleta de Pago:

Información mínima referida al empleador

� Apellidos y nombres, en caso de ser persona natural; o razón social o denominación, en caso de ser persona jurídica.

� Número de RUC.

Información mínima referida al Trabajador

� Apellidos y Nombres.� Período de pago.� Tipo y número de documento de identificación.� Tipo o categoría (tipo de trabajador, pensionista o prestador de servicios, de acuerdo a la

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Tabla 8 - del Anexo 2, aprobado por Resolución Ministerial N 250 – 2007 – TR; o la categoría propia utilizada por el empleador.

� Régimen pensionario.� Código Único del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP).� Fecha de inicio de la relación laboral.� Número de días efectivamente laborados.� Número de días subsidiados.� Número de días no laborados y no subsidiados.� Número de horas ordinarias.� Número de horas en sobretiempo.� Remuneración que se abonen, tomando en consideración para este efecto lo previsto

en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 003 – 97 – TR, TUO de la Ley de productividad y Competitividad laboral (LPCL).

� Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo, según el artículo 7 del TUO de la LPCL.

� Descuentos.� Tributos y aportes a cargo del trabajador.� Tributos y aportes a cargo del empleador.

Con relación al número de horas laboradas en el período, la boleta de pago deberá reflejar de manera exacta el contenido del Registro de Control y Asistencia.

eMPresArUC:

Fecha: ............... /................/..........

reGIsTrO PerMANeNTe De CONTrOL De AsIsTeNCIA

Nombre del Trabajador N° de DNI Hoja de ingreso (1)

Hoja de salida (2)

Tiempo de permanencia fuera de la jornada de

trabajo

Firma (3)

(1) Registrar la hora y el minuto de la hora de ingreso.(2) Registrar la hora y el minuto de la hora de salida.(3) La firma del trabajador aunque no es exigida por la norma es recomendable colocar.

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Contabilidad II

Los empleadores están obligados a conservar el duplicado de las boletas y las constancias correspondientes, hasta cinco años (05) después de efectuado el pago.

Luego de transcurrido el indicado plazo, la prueba de los derechos que se pudieran derivar del contenido de los citados documentos, será de cargo de quien alegue el derecho.

Los empleadores están obligados a exhibir ante las autoridades competentes que lo requieran, las planillas, el duplicado de las boletas y las constancias de pago.

4. reMUNerACIONes

4.1. Concepto de remuneración

En principio, nuestra Constitución establece en su artículo 24 que, todo trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure a él y su familia bienestar material y espiritual, otorgándole a su pago y al de los beneficios sociales prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador. Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.

Asimismo, en el artículo 6 del Decreto Supremo N 003 – 97 – TR (27.03.1997) del Texto Único Ordenado del D. Leg. N 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral, se establece que, constituye remuneración para todo efecto legal e íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sean de su libre disposición. Las sumas de dinero que se entreguen al trabajador directamente en calidad de alimentación principal, como desayuno, almuerzo o refrigerio que lo sustituya o cena, tienen naturaleza remunerativa.

No constituye remuneración computable para efecto de cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social así como para ningún derecho o beneficio de naturaleza laboral el valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto.

Como apreciamos, el concepto del artículo 6 antes mencionado, es limitado por el artículo 7 de la misma norma, al establecer que no constituye remuneración para ningún efecto legal los conceptos previstos en los artículos 19 y 20 del Decreto Supremo Nº 001 – 97 – TR (01.03.1997), TUO del Decreto Legislativo N 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

4.2. Conceptos no remunerativos

Conforme lo señalado en el artículo 19 de la norma antes mencionada, no se consideran remuneraciones computables las siguientes:

1. Gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente, a título de liberalidad del empleador o que hayan sido materia de convención colectiva, o aceptadas en los procedimientos de conciliación o mediación, o establecidas por resolución de la Autoridad Administrativa de Trabajo, o por laudo arbitral. Se incluye en este concepto a la bonificación por cierre de pliego.

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2. Cualquier forma de participación en las utilidades de la empresa.

3. El costo o valor de las condiciones de trabajo.

4. La canasta de navidad o similares.

5. El valor del transporte, siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado. Se incluye en este concepto el monto fijo que el empleador otorgue por pacto individual o convención colectiva, siempre que cumpla con los requisitos antes mencionados.

6. La asignación o bonificación por educación, siempre que sea por un monto razonable y se encuentre debidamente sustentada.

La asignación o bonificación por educación, comprende a las otorgadas con ocasión de los estudios del trabajador o de sus hijos, de ser el caso; sean estos preescolares, escolares, superiores, técnicos o universitarios e incluye todos aquellos gastos que se requieran para el desarrollo de los estudios respectivos, como uniformes, útiles educativos u otros de similar naturaleza, salvo convenio más favorable para el trabajador.

7. Las asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos, fallecimiento y aquellas de semejante naturaleza. Igualmente, las asignaciones que se abonen con motivo de determinadas festividades siempre que sean consecuencia de una negociación colectiva.

8. Los bienes que la empresa otorgue a sus trabajadores, de su propia producción, en cantidad razonable para su consumo directo y de su familia.

9. Todos aquellos montos que se otorgan al trabajador para el cabal desempeño de su labor o con ocasión de sus funciones, tales como movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario y en general todo lo que razonablemente cumpla tal objeto y no constituya beneficio o ventaja patrimonial para el trabajador.

10. La alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de servicios, las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirectos o de acuerdo a su ley correspondiente, o cuando se derive de mandato legal.

Tampoco se incluirá en la remuneración computable la alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de los servicios, o cuando se deriva de mandato legal.

4.3. Alimentación principal y refrigerio

Mediante el Decreto Supremo Nº 006 – 2005 – TR de fecha 2 de setiembre del 2005 se modificó el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) – Decreto Supremo Nº 004 – 97 – TR, quedando establecido lo siguiente:

Artículo 5.- “La alimentación principal otorgada a los trabajadores en dinero o en especie, de conformidad con el Artículo 12 de la ley, con o sin rendición de cuenta, ingresa al cálculo de la compensación por tiempo de servicios”.

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Precísase que el refrigerio que no constituye alimentación principal, conforme el Artículo 12 de la Ley, no será considerado como remuneración para ningún efecto legal”.

4.4. Pago en dinero y pago en especie

La normatividad legal antes mencionada, establece que el pago de la remuneración puede ser en dinero o en especie, dándose preferencia al primero. Lo que se busca es limitar el pago por especie, para que este no se preste a abusos por parte de los empleadores.

En caso que la estructura remunerativa sea mixta (en dinero y en especie), lo ideal es que el monto mayor del pago sea en efectivo y que el pago en especie sea el menor.

4.5. Prestaciones alimentarias

La Ley Nº 28051 (02.08.2003), Ley de Prestaciones Alimentarias y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 013 – 2003 – TR (28.10.2003), tiene como objetivo mejorar sus ingresos, mediante la adquisición de bienes de consumo alimentario suministrados por su empleador con la participación de terceros en condiciones adecuadas.

a) suministro Directo: El que otorga el empleador valiéndose de los servicios de comedor o concesionario provisto

en el centro de trabajo. En los casos de otorgamiento de este beneficio por acto unilateral del empleador, costumbre o mediante convención colectiva, se mantiene su naturaleza de remuneración computable.

b) suministro Indirecto:

Otorgado a través de Empresas Administradoras que tienen convenio con el empleador, mediante la entrega de cupones, vales, u otros análogos, para la adquisición exclusiva de alimentos en establecimientos afiliados.

Otorgado en convenio con empresas proveedoras de alimentos debidamente inscritas en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Constituyen remuneración no computable y por lo tanto no se tendrá en cuenta para la determinación de derechos o beneficios de naturaleza laboral, sea de origen legal o convencional, ni para los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.

El valor de las prestaciones no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del monto de la remuneración ordinaria percibida por el trabajador.

En tal sentido, se debe tener en claro que las prestaciones alimentarias otorgadas por el empleador, que tienen la calidad de condición de trabajo, no constituye remuneración computable.

4.6. remuneración mínima

Según el D.S. Nº 011 – 2011 – del MTPE (Agosto 2011) es el monto mínimo que debe recibir un trabajador como contraprestación a sus servicios.

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Si bien es cierto, el monto de la remuneración es fijado por mutuo acuerdo entre empleador y servidor, sin embargo cuando el trabajador haya cumplido efectivamente con la jornada ordinaria máxima legal o contractual, este tendrá derecho a percibir como mínimo la remuneración mínima (RM) establecida por ley.

Con ese motivo, a partir del 15 de Agosto del 2011 la REMUNERACIÓN MÍNIMA se modifica a S/ 675.00 ó S/ 22.50 por día (Veintidos 50/100 Nuevos soles).

4.7. Asignación Familiar

Todo trabajador que se encuentre sujeto al régimen laboral de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva tienen derecho a percibir el equivalente al 10% de la Remuneración Mínima vigente en la oportunidad que corresponda percibir el beneficio por concepto de asignación familiar.

En tal sentido, a partir del 15 de Agosto del 2011 en adelante la asignación familiar es de S/. 67.50 Nuevos Soles mensuales.

A fin de obtener el derecho a percibir la asignación familiar, es requisito indispensable que los trabajadores (padre y/o madre) tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años de edad. En el caso que el hijo cumpla mayoría de edad y se encuentre efectuando estudios superiores o universitarios, este beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, hasta un máximo de 6 años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.

4.8. Gratificaciones

El monto de cada una de las gratificaciones – julio y diciembre – es equivalente a la remuneración que percibe el trabajador en la oportunidad que corresponde otorgar el beneficio, es decir en la primera quincena de julio o diciembre, respectivamente.

La Ley Nº 29351, del primero de mayo de 2009, aprobó la inafectación de las gratificaciones y aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, de los trabajadores del sector público como para los del sector privado, está vigente desde el 2 de mayo.

Artículo 8-A.- Inafectación de las gratificaciones Las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.

Bonificación extraordinariaEl monto que abonan los empleadores por concepto de aportación a EsSalud, con respecto a las gratificaciones de julio y diciembre, les será abonado a los trabajadores como bonificación extraordinaria.

Esto será un beneficio para el trabajador. No tendrá carácter remunerativo ni pensionable y además se otorgará de manera temporal, durante dos años consecutivos.

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4.9. Vacaciones

La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiere percibido habitual y regularmente en caso de continuar laborando.

4.10. Compensación por Tiempo de servicios - CTs

Los empleadores depositarán en los meses de mayo y noviembre de cada año tantos dozavos de la remuneración computable percibida por el trabajador en los meses de abril y octubre respectivamente, como meses completos haya laborado en el semestre respectivo. La fracción de mes se depositará por treintavos.

La remuneración vigente a la fecha de cada depósito, comprende asimismo el sexto de la gratificación percibida durante el último año.

Los depósitos semestrales que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros quince (15) días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. Si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente.

5. DesCUeNTOs AL TrABAJADOr QUe DeBeN CONsIGNArse eN LA PLANILLA

El empleador es el responsable de retener las contribuciones del trabajador, por medio de la planilla. Estas contribuciones pueden aplicarse en la planilla de remuneraciones, aportes que a continuación detallamos:

5.1. Impuesto a la renta de 5ta categoría

El Impuesto a la Renta de 5ta Categoría grava las rentas obtenidas por concepto de trabajo en relación de dependencia y, en general, toda retribución por servicios personales, con excepciones como las cantidades percibidas por el servidor por asuntos del servicio en lugar distinto al de su residencia habitual, tales como gastos de alimentación y hospedaje, gastos de movilidad y otros gastos exigidos por la naturaleza de sus labores, siempre que no constituyan sumas que por su monto revelen el propósito de evadir el impuesto; y los gastos y contribuciones realizados por la empresa con carácter general a favor del personal y los gastos destinados a prestar asistencia de salud de los servidores.

renta BrutaLa Renta Bruta está constituida por la totalidad de los ingresos percibidos por concepto de prestaciones de servicios prestados en relación de dependencia, incluidos cargos públicos.

renta NetaA la Renta Bruta se le deduce el equivalente a siete (7) UIT, hasta el límite de dicha renta.

Procedimiento de retención de rentas de Quinta CategoríaLas personas naturales o jurídicas, entidades públicas o privadas que paguen rentas comprendidas en la quinta categoría, deberá retener mensualmente sobre las remuneraciones que abonen a

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sus servidores un doceavo del impuesto que, conforme a las normas de la Ley, les corresponda tributar sobre el total de las remuneraciones gravadas a percibir en el año, dicho total se disminuirá en el importe de las deducciones previstas en el rubro de la renta neta (7 UIT).

Base LegalTexto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por D.S. N° 054-99-EF.

a. Cuando se perciban remuneraciones fijas

Proyección de remuneraciones: (Remuneración mensual x N° de meses que faltan) + Gratificaciones ordinarias (G.O. – Julio y Diciembre) + otros ingresos adicionales en el mes.

renta Bruta: Proyección de Remuneraciones + Remuneraciones anteriores + G.O. + otros ingresos adicionales en los meses anteriores.

renta Neta: Renta Bruta – 7UIT

Impuesto Anual: Renta Neta x 15%, 21% o 30% según escala.

saldo a regularizar: Impuesto Anual – Créditos a favor (donaciones, impuesto a la renta del exterior, retenciones, saldo a favor del ejercicio anterior).

retención Mensual: El impuesto anual determinado de acuerdo al procedimiento antes descrito se fraccionará cada mes de acuerdo al siguiente procedimiento:

En el mes de enero a marzo, el impuesto anual se dividirá entre doce (12).

En el mes de abril, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a marzo del mismo ejercicio. El resultado de esta operación se dividirá entre nueve (9).

En los meses de mayo a julio, al impuesto anual se le deducirá las retenciones en los meses de enero a abril del mismo ejercicio. El resultado de esta se dividirá entre ocho (8).

En el mes de agosto, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a julio del mismo ejercicio. El resultado de esta operación se dividirá entre cinco (5).

En los meses de setiembre a noviembre, al impuesto anual se le deducirá las retenciones en los meses de enero a agosto del mismo ejercicio. El resultado de esta se dividirá entre cuatro (4).

En el mes de diciembre, con motivo de la regularización anual, al impuesto anual se le deducirá las retenciones efectuadas de enero a noviembre del mismo ejercicio. El monto obtenido por la aplicación del procedimiento antes indicado, será el impuesto a retener en cada mes. En los casos que la remuneración no se abone en forma mensual, sino semanal o quincenal, el impuesto a retener por dicho mes se fraccionará proporcionalmente en las fechas de pago. El

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empleador deberá incluir toda compensación en especie que constituya renta gravable y deberá computarla por el valor de mercado que corresponda atribuirles.

esquema:

1. R.B. = R.M.2. R.A. = Ra + (R.B x m) + 2 gratificación + otras percibidas3. R.N. = R.A – 7UIT4. I.C = R.N x T.I

I.C - r - otros5. Retenciones = n

Donde:

R.B = Renta BrutaR.M = Remuneración MensualR.A = Remuneración AnualizadaR.N = Renta Neta ProyectadaR. a = Remuneraciones anteriores acumuladasI.C = Impuesto calculador = Monto retenido según reglamentom = Meses que faltan transcurrirn = Denominador, según reglamento

b. Cuando se perciban remuneraciones variables

Cuando las remuneraciones mensuales pagadas al trabajador sean montos variables, se aplicará el mismo procedimiento previsto para las remuneraciones fijas. Sin embargo, para efectos de determinar la remuneración mensual, el empleador podrá optar por considerar como remuneración mensual el promedio de las remuneraciones pagadas en ese mes y en dos (2) meses inmediatos anteriores.

Para el cálculo del promedio así como la remuneración anual proyectada, no se considerarán las gratificaciones ordinarias a que tiene derecho el trabajador. Al resultado obtenido se le agregará las gratificaciones tanto ordinarias como extraordinarias y en su caso las participaciones de los trabajadores, que hubieren sido puestas a disposición de los mismos en el mes de retención.

La opción deberá formularse al practicar la retención correspondiente al primer mes del ejercicio gravable y deberá mantenerse durante el transcurso de dicho ejercicio.

En el caso de trabajadores con remuneraciones de montos variables, que se incorporen con posterioridad al 1° de enero, el empleador practicará la retención sólo después de transcurrido un período de tres meses completos, a partir de la fecha de incorporación del trabajador.

reNTA NeTA GLOBAL TAsA

Hasta 27 UITPor el exceso de las 27 UIT hasta 54 UITExceso de 54 UIT

15%21%30%

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Los trabajadores que se incorporen con posterioridad al 1° de enero, el empleador tomará como base la remuneración que corresponda al mes de su incorporación.En los casos de trabajadores que hubieran percibido remuneraciones de más de un empleador en un mismo ejercicio, para efectos de retención, el nuevo empleador considerará las remuneraciones y retenciones acreditadas según el certificado de retenciones de quinta categoría.

En el caso a que se refiere el párrafo precedente, el nuevo empleador podrá optar al practicar la primera retención, por el procedimiento que autoriza dicho inciso, computando a este efecto las retribuciones pagadas en el mismo ejercicio gravable, por los empleos anteriores.

Plazo de PagoEl Plazo de Pago depende del cronograma que fija la SUNAT y que está en función del último dígito del RUC del contribuyente o agente de retención.

5.2. sistema nacional de pensiones (sNP)

A partir del 01.06.1994 la Oficina Nacional de Normalización Previsional (ONP), tiene como función administrar el SNP y el Fondo de Pensiones a que se refiere el D. Ley N° 19990.

Son contribuyentes de ésta, los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada a empleadores particulares, cualesquiera sea la duración del contrato de trabajo y/o el tiempo de trabajo por día por las remuneraciones mensuales, sin topes, teniendo en este caso el empleador el carácter de agente retenedor, debiendo abonarlas dentro del mes siguiente a aquel en que se prestó el trabajo.

Aportan a él los trabajadores, en un porcentaje equivalente al 13% de la remuneración asegurable.

5.3. sistema privado de administración de fondos de pensiones (sPP)

Creación, Vigencia y Finalidad

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) fue creado por el Decreto Ley 25897 el 6 de diciembre de 1992, como una alternativa al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). A diferencia del SNP, administrado por el Estado, el SPP está conformado por empresas privadas que administran fondos de capitalización individual y no un fondo común.

Este sistema se encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF (10.05.97), el cual inició sus actividades en nuestro país el 7 de mayo de 1993.

El objetivo de este sistema es dar mayor dinamismo y eficiencia a la seguridad social del país en lo que a pensiones se refiere, asegurando una pensión justa para cada afiliado de acuerdo a los aportes realizados por este.

Este sistema tiene la calidad de complementario respecto del Sistema Nacional de Pensiones a cargo de EsSalud y siendo de carácter voluntario el trabajador puede optar entre el Sistema Nacional o el Privado.

El Sistema Privado es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP),

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Contabilidad II

bajo la modalidad de cuentas de capitalización individual. Prestan las pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y no incluye prestaciones de salud ni riesgos de accidentes de trabajo.

Mediante la Ley N° 27328 se estableció que sería la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) la que se encargaría del control y supervisión de las AFPs, al haber absorbido ésta a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP).

Instituciones que conforman el sPP

El Sistema Privado de Pensiones está conformado por empresas llamadas Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (AFP) quienes se encargan de administrar el dinero de sus afiliados en Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), es decir, cuentas personales, para brindar a sus afiliados prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.

El total de Cuentas Individuales de Capitalización conforman el Fondo de Pensiones que la AFP administra. Este fondo es invertido en distintos instrumentos financieros autorizados por ley, para aumentar la rentabilidad de la cuenta de cada afiliado. El trabajo de las AFP está regulado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

Afiliación a las AFP

La incorporación al SPP se efectúa a través de la suscripción de un contrato de afiliación a una AFP, la cual es voluntaria para todos los trabajadores dependientes o independientes, cualquiera sea la modalidad de trabajo que realicen.

Cuando un trabajador no afiliado al Sistema Privado de Pensiones ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador deberá obligatoriamente afiliarlos en la AFP que aquel elija, salvo expresamente y por escrito, en un plazo improrrogable de 10 días hábiles manifieste su deseo de permanecer o incorporarse al SNP.

La fecha de afiliación

Es el primer día del mes siguiente a aquel en que se suscribe el contrato de afiliación, el primer aporte se devenga en ese mes y debe ser pagado al mes siguiente a aquel en que se devenga la primera remuneración en el nuevo sistema provisional.

efecto de la afiliación

De acuerdo a lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 26504 los trabajadores que se afilien a una AFP después del 19.07.95 ya no tienen derecho a percibir los incrementos del 10.23% y 3%.

Para el cálculo de CTS de los trabajadores afiliados antes del 19 de julio de 1995, se tomará en cuenta el aumento de 3% que prevé la ley por afiliación no así el 10.23%.

TrIBUTO INCreMeNTOs

3% 10.23%

Remuneración para cálculo de CTSImpuesto a la RentaAportes a la AFPESSALUD (empleador)

SíNoSíSí

NoSíSíSí

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Aportes mensuales por estar afiliado al sPP

Las tasas de descuento que se realiza a los trabajadores afiliados a una SPP se dividen en tres, siendo las dos últimas dependientes de cada una de las AFP’s:

Aporte a la Cuenta Individual de Capitalización. Seguros para prestaciones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Pagos por servicios prestados por la AFP.

5.4. Descuentos judiciales (ALIMeNTOs)

Los descuentos judiciales son ordenanzas de carácter legal que los jueces en virtud de sus facultades ordena la retención de los haberes del trabajador, con destino de estas remuneraciones hacia terceras personas. Las retenciones pueden ser debido a alimentación de hijos menores, mantenimiento por invalidez, etc.

La tasa de descuento al trabajador lo determina el juez que falle el caso. El pago se hará paralelamente al pago de las remuneraciones de los trabajadores.

5.5. Conafovicer

Finalidad

La creación del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Vivienda y Centros Recreacionales (CONAFOVICER), comprende a los trabajadores obreros de construcción civil, operarios, ayudantes u oficiales y peones, que realizan libremente y de manera temporal, una labor de construcción para otra persona, sea natural o jurídica, dedicada a la actividad de la construcción, con relación de dependencia y a cambio de una remuneración, en aquellas empresas de construcción clasificadas en la Gran División “F” del CIIU.

Destino del Fondo

El fondo se utilizará exclusivamente para:

La construcción de viviendas de interés social para los trabajadores de la Construcción Civil a nivel nacional.

La construcción de centros vacacionales de recreación para los trabajadores de Construcción Civil en todo el país.

La cobertura de fines y objetivos de carácter educativo, social, asistencial y de capacitación.

Base Imponible

La tasa de aplicación de esta contribución es de dos por ciento (2%) y se aplica sobre el jornal básico del trabajador (retención semanal).El empleador deberá retener el aporte al momento de efectuar el pago al trabajador y depositarlo en el Banco de la Nación vía TELEPROCESO – Código 00035, y otros bancos, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al mes de la retención.

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P R O E S A D

Contabilidad II

Tasa de aportación

5.6. essalud Vida

Es un seguro de vida por accidentes de acogimiento voluntario e independiente de cualquier otro que tenga el asegurado ya sea por Ley, bancos, AFP, particular o de otro índole.

Personas con derecho

Pueden asegurarse los trabajadores activos afiliados a EsSalud, ya sean dependientes o pertenecientes a regímenes especiales, que se ubiquen entre los 15 y 80 años de edad. No pueden escribirse los cesantes, jubilados y trabajadores con deficiencia física grave.

Costo o pago del servicio

El costo de S/. 5.00 Nuevos Soles mensuales como cuota fija, independientemente de cuanto perciba el trabajador por concepto de remuneración cada mes. Dicho monto, con la autorización del trabajador, será descontado por el empleador de su ingreso mensual, para luego ser pagado a EsSalud mediante el Certificado de Pago Regular o a través del Programa de Declaración Telemática.

5.7. Descuentos laborales de acuerdo común

Particularmente de los descuentos ya mencionados, se pueden realizar otros descuentos de acuerdo común entre el trabajador y el empleador. En este tipo de descuentos se puede agrupar a los fondos sindicales, fondos sociales, etc.

6. CONTrIBUCIONes DeL eMPLeADOr QUe DeBeN CONsIGNArse eN LAs PLANILLAs

6.1. régimen contributivo de la seguridad social en salud (rCsss)

Base Legal

La Ley N° 27056 (30.01.99) creó el Seguro Social de Salud (EsSalud), en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), como un organismo público descentralizado con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es brindar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través de diversas prestaciones, que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS), así como mediante otros seguros de riesgos humanos.

TrABAJADOr TAsA

Obreros de construcción 2%

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Unidad III

114

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Asegurados

Afiliados regulares

Son asegurados activos regulares los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, cualquiera sea el régimen laboral o modalidad a la que estén sujetos.

Son asegurados los pensionistas quienes perciben pensión de jubilación, incapacidad o de sobrevivencia, cualquiera fuere su régimen legal.

Los trabajadores del hogar, siempre que laboren en una jornada mínima de cuatro horas diarias.

Asegurados potestativos

Los trabajadores y profesionales independientes, incluidos los que estuvieron sujetos a regímenes especiales obligatorios, y demás personas que no reúnan los requisitos para una afiliación regular, así como todos aquellos que la ley determine; se pueden afiliar al seguro social bajo la modalidad de protestativos.

Asegurados derechohabientes

Para la Ley son derechos habientes los siguientes:El cónyugeEl concubino, de acuerdo al artículo 326 del Código Civil.Los hijos menores de edad y los mayores incapacitados para el trabajo, siempre –en ambos casos– que no sean afiliados obligatorios.

Aportaciones

De acuerdo al artículo 6° y 7° de la Ley, y el artículo 33° del Reglamento (15.01.98) la contribución al Sistema de Prestaciones de Salud correspondiente a los trabajadores dependientes será íntegramente a cargo del empleador.

Afiliados regulares

• Trabajadores activos que laboren bajo relación de dependencia• Pensionistas que perciben pensión de jubilación, incapacidad o de

sobrevivencia• Los trabajadores del hogar, siempre que laboren en una jornada mínima

de cuatro horas

Afiliados potestativos

• Trabajadores y profesionales independientes• Los que estuvieron en regímenes especiales• obligatorios• Los demás que no sean regulares

Derecho habientes

• Cónyuge (esposa o esposo)• Concubino (art.326 c.c.)• Hijos menores de edad y mayores

sUJeTOs TAsAs

Del empleadorDel asegurado facultativo

9%9%

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P R O E S A D

Contabilidad II

Plazo para la declaración y el pago

Para la declaración y el pago de las aportaciones se aplicará el cronograma aprobado por el pago de las obligaciones tributarias cuya recaudación está a cargo de la SUNAT. Por nota de prensa, EsSalud ha comunicado que el plazo para hacer los pagos del seguro independiente, será el último día hábil de cada mes.

6.2. seguro complementario de trabajo de riesgo (sCTr)

Es un seguro mediante el cual se brinda cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los afiliados regulares del EsSalud que desempeñan actividades de alto riesgo. Para estos efectos, se deberá entender por:

Accidente de trabajo: toda lesión orgánica o perturbación funcional causada en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo, por acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona del trabajador o debida al esfuerzo del mismo.

Enfermedad profesional: todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que está obligado a trabajar.

Están obligadas a contratar el SCTR las entidades empleadoras que realizan actividades económicas consideradas como riesgosas, las cuales están señaladas en la Cuarta Disposición Final de las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, aprobadas mediante D.S. Nº 003-98-SA, mediante el cual se modificó el Anexo 5 del D.S. Nº 009-97-SA.

También deben contratar el SCTR las cooperativas de trabajadores, empresas de servicios especiales (temporales o complementarios), contratistas y subcontratistas, así como toda institución de intermediación o provisión de mano de obra que destaque trabajadores hacia centros de trabajo que desarrollen actividades de riesgo.

Las entidades empleadoras que realicen actividades de riesgo, dentro de los quince (15) días de iniciadas estas, deberán inscribirse en un registro especial a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, siguiendo para ello el procedimiento detallado en el trámite Nº 06 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del mismo ministerio, aprobado mediante D.S. N° 007-2000-TR (17.10.2000).

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

CONTrIBUCIONes AL sCTr

Descripción de la Actividad económicaNivel de riesgo

Tasa Básica

Tasa Adicional

Cotización total sin

I.G.V.

Cotización total con

I.G.V.

• Actividades de limpieza de edificio• Servicios sociales de salud• Eliminación de desperdicios y aguas residua-

les, saneamiento, actividades similaresI 0.53% 0.00% 0.53% 0.63%

• Industrias manufactureras• Suministro de electricidad, gas y agua• Transporte aéreo, almacenamiento y comuni-

caciones• Actividad portuaria: manipuleo de carga

II 0.53% 0.51% 1.04% 1.24%

• Extracción de madera• Pesca• Construcción

III 0.53% 0.77% 1.30% 1.55%

• Explotación de minas y canteras IV 0.53% 1.02% 1.55% 1.84%

6.3. servicio nacional de adiestramiento en trabajo industrial (seNATI)

Base Legal

Según lo establecido por la primera disposición transitoria del D.L. N° 25988 que modificó el inciso a) del artículo 2° del D.L. N° 25702, este tributo estaría vigente hasta el 31.12.93, por efecto de lo señalado en la Ley N° 26272 (01.01.94) dicha contribución volvió a cobrar plena vigencia, aunque con ciertas modificaciones en cuanto a su organización y régimen económico.

Contribuyentes

a. Las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades industriales, comprendidas en la Categoría D de la “Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de las actividades económicas de las Naciones Unidas (Revisión 3)”, están obligadas a contribuir con el SENATI pagando una contribución porcentual calculada sobre el total de las remuneraciones que paguen a sus trabajadores.

b. Empresas que ejerzan otras actividades, además de la industrial, el pago de la contribución lo hará únicamente sobre el monto de las remuneraciones correspondiente al personal dedicado a la actividad industrial y a las labores de instalación, reparación y mantenimiento.

c. Empresas no comprendidas en la Categoría D de la CIIU, pagarán la contribución sobre las remuneraciones del personal dedicado a las labores de instalación, reparación y mantenimiento realizadas tanto a favor de la propia empresa cuanto de terceros.

No están obligadas al pago de esta contribución las empresas que se dediquen a la instalación, reparación y mantenimiento dentro de la actividad de la construcción, comprendidas en la Categoría F, División 45 de la CIIU (Revisión 3) y que están afectas a la contribución al SENCICO.

Tasa

AÑO TAsA

A partir de 1997 0.75%

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P R O E S A D

Contabilidad II

exonerados a la contribución

Están exonerados de la Contribución al SENATI las empresas que durante el año anterior hubieran tenido un promedio de veinte trabajadores o menos dedicados a las actividades económicas indicadas en el punto de contribuyentes.

Pago de contribución

El pago se hará dentro de los 12 primeros días hábiles del siguiente a aquel en que se abonen las remuneraciones.

6.4. Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria y construcción (seNCICO)

sujetos pasivos de la contribución

Aportan al SENCICO las personas naturales o jurídicas que construyan para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran División de la CIIU de las Naciones Unidas.

Base Imponible

La base de cálculo sobre la cual se aplica la tasa de la contribución está constituida por el total de los ingresos que perciban los sujetos pasivos de la contribución por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras.

En las obras ejecutadas a concesión o por cuenta propia destinadas a la venta, cualquiera que sea el sistema de contratación de obras, la base de cálculo estará constituida por el valor de la construcción según los avances de la obra.

Tasa

Plazo para el Pago

El plazo para el pago depende del cronograma que fija la SUNAT y que está en función del último dígito del RUC del contribuyente o agente de retención.

6.5. seguros de vida

Base Legal

El Decreto Legislativo N° 688 Ley de Consolidación de Beneficios Sociales desarrolla el beneficio del seguro de vida, que ha pasado a ser no sólo beneficio de los trabajadores empleados, sino también de los obreros. Este régimen tiene vigencia a partir del 05.11.91

AÑO TAsA

A partir de 1996 Dos por mil

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

remuneraciones asegurables

Las remuneraciones asegurables son las que figuran en planillas y boletas de pago, percibidas mensualmente por el trabajador. En consecuencia, están excluidas las gratificaciones, participaciones, compensación vacacional adicional y otras que por su naturaleza no se abonen mensualmente. Tratándose de trabajadores a comisión o destajo se considerará como remuneración asegurable el promedio de los últimos tres meses.

Monto de la Prima

Empleados 0.53% de la remuneración mensual correspondiente al mes inmediato anterior a la vigencia del seguro.

Obreros 0.71% de la remuneración mensual correspondiente al mes inmediato anterior a la vigencia del seguro.

1.46% si desarrollan actividades de alto riesgo, en área de explosivos, minas, petróleo, fuegos artificiales, policías particulares, municiones y perforaciones de pozos.

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P R O E S A D

Contabilidad II

9Sesión

PrOGrAMAs De DeCLArACIóN TeMÁTICA

1. PrOGrAMA De DeCLArACIóN TeLeMÁTICA

PDT

• Salud• Protección

accidentes de trabajo

Fondo de Pensiones

APORTESESSALUD

APORTESPENSIONES

IMPUESTO A LA RENTA

CONDICIONES DE TRABAJO

Empresa /Trabajadores

Recursos de Tesoro Público

Cautela derechos y condiciones laborales

Obligaciones Laborales Actuales

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Necesidades de Información

MINIsTerIO De TrABAJO sUNAT - essALUD - ONP

LIBRO PLANILLAS

LIBRO MODALIDADESFORMATIVAS

DDJJ ANUALINFORMACIÓN

PLANILLAS

PDT 600REMUNERA-

CIONES

Control de los Derechos

Laborales de los Trabajadores

Control de las Modalidades formativas

Contar con Estadísticas

confiables del empleo

Controlar las Retenciones Efectuadas:

4ta - 5ta

Asegurar la recaudación del Impto. a la Rta 5ta categoría

Asegurar la recaudación del

SCTR

Asegurar la recaudación

Impto. a la Rta 4ta categoría

PDT 610SEG. COMPLEM.TRAB. RIESGO

PDT 621RETENCIONES

4TA CATEGORÍA

REGISTRO DERETENCIONES

inc e) y f) Art 34° LIR

Obligaciones formales actuales

MINIsTerIO De TrABAJO sUNAT - essALUD - ONP

LIBRO PLANILLAS

PDT 601 - PLANILLA ELECTRÓNICA

LIBRO MODALIDADESFORMATIVAS

DDJJ ANUALINFORMACIÓN

PLANILLAS

PDT 600REMUNERA-

CIONES

PDT 610SEG. COMPLEM.TRAB. RIESGO

PDT 621RETENCIONES

4TA CATEGORÍA

REGISTRO DERETENCIONES

inc e) y f) Art 34° LIR

PDT

PLANILLA eLeCTróNICA

601

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P R O E S A D

Contabilidad II

2. DeFINICIóN De LA PLANILLA eLeCTróNICA

Es el documento llevado a través de medios electrónicos, presentado mensualmente a través del medio informático desarrollado por la SUNAT, en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios-modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes.

Es un nuevo soporte tecnológico para el registro de información de los pagos que realiza el Empleador a los Trabajadores, Prestadores de Servicios y Pensionistas. Es la información estandarizada del recurso humano: el más valioso de las empresas o entidades.Es el registro del empleo, además del registro tradicional del trabajo formal.

Pues bien, se encuentran obligados a llevar las Planillas Electrónicas, los empleadores que cumplan con alguno de los siguientes supuestos:

Cuenten con más de 3 trabajadores. Cuenten con 1 o más prestadores de servicios. Cuenten con 1 o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del

Sistema Nacional de Pensiones. Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o

quinta categoría. Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley N 28131. Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS. Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud – EsSalud un contrato por Seguro Complementario

de Trabajo de Riesgo. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. Cuenten con personas naturales que presten servicios bajo alguna modalidad formativa.

Esquema general de la Planilla Electrónica

Se encarga a SUNAT la recepción de la Planilla Electrónica: Constancia laboral y Constancia Tributaria.

Se pondrá la información a disposición del MTPE. Sustituye al Libro de Planilla, al Libro de Modalidades Formativas y a los PDTs de

Remuneraciones, SCTR y Retenciones de IR de cuarta categoría (PDTs 600, 610 y 621). Se establece las definiciones generales y el universo de los obligados a usar la Planilla

Electrónica. Siguen vigentes la entrega y conservación de las boletas de pago.

empleador:

Toda persona natural, empresa unipersonal, persona jurídica, sociedad irregular o de hecho, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remuneren a cambio de un servicio prestado bajo relación de subordinación. Adicionalmente, abarca a aquellos que:

i) Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión.ii) Contrate a un prestador de servicios.iii) Contraten a un prestador de servicios –modalidad formativa.iv) Realicen las aportaciones de salud, por las personas incorporadas como asegurados regulares

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud.v) Reciben, por destaque o desplazamiento, los servicios del personal de terceros.

Trabajador:

Persona natural que presta servicios a un empleador bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral, cualquiera sea la modalidad del contrato de trabajo. En el caso de sector público, abarca a todo trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral. Está también comprendido en la presente definición el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores.

Pensionista:

Quien percibe pensión de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia, u otra pensión, cualquiera fuere el régimen legal al cual se encuentre sujeto.

Prestador de servicios:

Personas naturales que:

Prestan servicios a un empleador sin relación de subordinación, que no califiquen como rentas de primera, segunda o tercera categoría, de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta.Se encuentren incorporadas como asegurados regulares. Seguro Social por mandato de una ley especial por las que existe obligación de realizar aportaciones de salud.

Prestador de servicios –modalidad formativa:

Persona natural que presta servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la Ley N°28518 o cualquier otra ley especial.

Personal de terceros:

Trabajador o prestador de servicios, que sea destacado o desplazado para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador, independientemente del hecho de que ambos mantengan un vínculo jurídico.

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P R O E S A D

Contabilidad II

Anexo 1: Información de la Planilla electrónica

I. Datos del empleadorII. Datos de trabajadores, pensionistas, derechohabientes, prestadores de servicios y personal

de tercerosIII. Información mensual de los trabajadores, pensionistas, derechohabientes, prestadores de

servicios y personal de terceros

Anexo 2: Tablas paramétricas de la Planilla electrónica

1. Tipo de Actividad2. Tipo de Establecimiento3. Tipo de Documento De Identidad4. Nacionalidad5. Vía6. Zona7. Ubigeo8. Tipo de Trabajador, Pensionista o Prestador de Servicios9. Nivel Educativo10. Ocupación11. Régimen Pensionario12. Tipo de Contrato de Trabajo13. Periodicidad de La Remuneración o Retribución14. Prestaciones de Salud-Entidades Prestadoras de Salud-Eps/Servicios Propios15. Situación del Trabajador o Pensionista16. Tipo de Pago17. Motivo del Fin del Período18. Tipo de Modalidad Formativa19. Vínculo Familiar20. Motivo de Baja como Derechohabiente21. Tipo de Suspensión de la Relación Laboral22. Ingresos, Tributos y Descuentos23. Tipo de Comprobante

Anexo 3: Archivos de importación de la Planilla electrónica

1. Datos de Establecimientos Propios2. Datos de empresas a quienes destaco o desplazo personal3. Datos de empresas que me destacan o desplazan personal4. Datos principales del trabajador, pensionista, prestador de servicios-cuarta categoría,

prestador de servicios-modalidades formativas y personal de terceros5. Datos del trabajador6. Datos del pensionista7. Datos del prestador de servicios -cuarta categoría8. Datos de suspensión de cuarta categoría9. Datos del prestador de servicios -modalidad formativa10. Datos del personal de terceros11. Datos de períodos12. Datos de otros empleadores

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

13. Importar Datos de derechohabientes14. Importar Datos de la jornada laboral por trabajador15. Datos de los días subsidiados del trabajador16. Datos de los días no trabajados y no subsidiados del trabajador17. Datos de los establecimientos donde labora el trabajador18. Datos del detalle de la remuneración del trabajador19. Datos del detalle de la remuneración del pensionista20. Datos del detalle de comprobantes de prestadores de servicios -cuarta categoría21. Datos del detalle de comprobantes de los prestadores de servicios -modalidad formativa22. Datos del detalle de personal de terceros -SCTR

INFOrMACIóN De LA PLANILLA eLeCTróNICA

PADrONes

IES

ONP

RCSSS

Seg. Pescador

Seg. Agrario

Seg. Regular

EsSalud+Vida

Ret. Rta 4ta

Ret. Rta 5ta

SCTR

COSAP

Artistas

PLANILLA DDJJ

Declarante (Empleador)

Pensionistas

TrabajadoresDerecho-habientes

Prestadores de ServiciosCuarta Categoría

Prestadores de ServiciosModalidades Formativas

Personal de Terceros

Trabajadores

Pensionistas

PS-CuartaCategoría

PS-Mod.Formativas

Personal de Terceros

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P R O E S A D

Contabilidad II

10Sesión

PLANILLA De reMUNerACIONes

1. CAsO PrÁCTICO

La empresa Camposanto S.A. con RUC 20459641166 desea confeccionar la planilla de remuneraciones correspondiente al mes de marzo de 20__, efectuando los cálculos de descuentos y aportaciones respectivos, de acuerdo a los siguientes datos:

N° Apellidos y Nombres

Cargo Básico Comisión Horasextras

sistem.de Pens.

Bonific.Comput.

Asig.Fami.

Faltas Tardanzas essaludVida

Desc.Judic.

Adelanto Fecha deIngreso

1 César Delgado Gerente 1,085.00 ONP 900.00 Sí Sí 01.02.2001

2 José Espinoza Contador 1,050.00 ONP 700.00 No 150.00 23.05.1999

3 Patricia Salazar Secretaria 950.00 5 Horizonte 400.00 Sí Sí 20.10.2000

4 Edwin Calderón Jefe de ventas

910.00 2 Integra 400.00 No 45 minut 100.00 17.07.1999

5 Gina Hurtado Vendedor 870.00 300.00 ONP 180.00 Sí 2 días 124.00 21.01.1995

CAsO PrÁCTICO - PLANILLA De sUeLDOs

Datos adicionalesEl trabajador Edwin Calderón sale de vacaciones todo el mes de abril.

DesArrOLLO:

1. Cesár Delgado remuneración Mensual Sueldo básico 1,085.00 Bonificación 900.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 2,052.50

Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 2,052.50 14.00 28,735.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 -25,200.00 renta Neta Imponible 3,535.00 Impuesto. Anual 15% Renta Neta Imposible: 3,535.00 15.00% 530.25 Impuesto Mensual: 44.19

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Unidad III

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

2. José espinoza remuneración Mensual Sueldo básico 1,050.00 Bonificación 700.00 Asignación Familiar (SMV) Total 1,750.00

Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 1,750.00 14.00 24,500.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 -25,200.00 renta Neta Imponible -700.00

3. Patricia salazar remuneración Mensual Sueldo básico 950.00 Bonificación 400.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 1,417.50

Cálculo Quinta Categoría Remuneraciones Proyectada: 1,417.50 14.00 19,845.00 Deducción 7 UIT -3,600.00 -25,200.00 renta Neta Imponible -5,355.00 Cálculo de Hora extras: Remuneración Diaria:1,417.50 / 30 47.25 Remuneración por hora: 47,25 / 8 5.91 Hora 25% 5.91 + (5.91 x 25%) 7.38 Hora 35% 5.91 + (5.91 x 35%) 7.97 Horas extras Hora 25% 5 x 7.38 36.92 Hora 35% 0 x 7.97 0.00

4. edwin Calderón remuneración Mensual Sueldo básico 910.00 Bonificación 400.00 Asignación Familiar (SMV) Total 1,310.00 Cálculo de Hora extras: Remuneración Diaria:1,310.00 / 30 43.67 Remuneración por hora: 43,67 / 8 5.46 Hora 25% 5.46 + (5.46 x 25%) 6.82 Hora 35% 5.46 + (5.46 x 35%) 7.37 Horas extras Hora 25% 2 x 6.82 13.65 Hora 35% 0 x 7.37 0.00

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127

P R O E S A D

Contabilidad II

Tardanzas: Remuneración Mensual: 1,310.00 Remuneración Diaria 43.67 Remuneración por Hora 5.46 Remuneración por Minuto 0.09 TOTAL 45 minutos al mes: 4.09

5. Gina Hurtado remuneración Mensual Sueldo básico 870.00 Bonificación 180.00 Asignación Familiar (SMV) 675.00 67.50 Total 1,117.50

Faltas: Remuneraciones Proyectada: 1,117.50 Remuneraciones Diaria: 37.25 2 días en el mes: 74.50

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Unidad III

128

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

APe

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Contabilidad II

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Unidad III

130

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

FOrMATO 1.1: “LIBrO CAJA Y BANCOs - DeTALLe De LOs MOVIMIeNTOs DeL eFeCTIVO”

PerIODO: MArZO - 2010

rUC: 20459641166

Camposanto s.A.

3. reGIsTrO eN eL LIBrO CAJA

Cancelación de la Planilla de remuneraciones y pago de tributos según lo declarado en el PDT 601, ambos en efectivo.

PCGe

NÚMerO COrreLA-TIVO De reGIsTrO O CóDIGO ÚNICO De LA OPerACIóN

FeCHA De LA

OPerA-CIóN

DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN CUeNTA CONTABLe AsOCIADA sALDOs Y MOVIMIeNTOs

CóDIGO DeNOMINACIóN DeUDOr ACreeDOr

Saldo Inicial 16,000.00

01-abr Planilla de remuneraciones marzo 2010 4111 Sueldos y salarios por pagar 3,737.74

01-abr Planilla de remuneraciones marzo 2010 4112 Comisiones por pagar 261.00

01-abr Planilla de remuneraciones marzo 2010 4115 Vacaciones por pagar 1,142.98

01-abr Planilla de remuneraciones marzo 2010 419 Otras remuneraciones y participa-ciones por pagar

2,433.38

01-abr Descuento Judicial 4699 Otras cuentas por pagar diversas 124.00

05-abr Pago de AFPs 407 Administradoras de fondo de pen-siones

521.23

15-abr Pago de Renta de 5ta. Categoría Marzo 2010 40173 Renta de quinta categoría 46.38

Ajuste por redondeo 7793 Ajuste por redondedo 0.38

15-abr Pago de EsSalud Marzo 2010 4032 EsSalud 827.32

Ajuste por redondeo 7793 Ajuste por redondeo 0.32

15-abr Pago de ONP Marzo 2010 4032 ONP 665.77

Ajuste por redondeo 6793 Ajuste por redondeo 0.23

15-abr Pago de EsSalud Vida Marzo 2010 4035 EsSalud Vida 10.00

TOTALes 16,000.70 9,770.03

sALDO - 6,230.67

TOTAL GeNerAL 16,000.70 16,000.70

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Contabilidad II

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Unidad III

132

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

AUTOeVALUACIóNreFUerZA LAs COMPeTeNCIAs A LOGrAr

Tú decides si ser el mejor o el peor.

CONCePTUAL

1. Escriba el concepto de remuneración.

Respuesta. ______________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

2. Describa el marco legal de la planilla de remuneraciones.

Respuesta. ______________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

3. ¿Qué entiende por prestaciones alimentarias?

Respuesta. ______________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

4. Diga qué entiende por gratificación en el marco del tema de remuneraciones. _______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

5. Defina con precisión en qué consiste la compensación por tiempo de servicios.

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

Page 133: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

133

P R O E S A D

Contabilidad II

PrOCeDIMeNTAL

1. Elabore un cuadro sinóptico sobre los impuestos y contribuciones, los cuales afectan a las remuneraciones que se abonan al trabajador dependiente.

ACTITUDINAL

1. ¿Bajo qué sistema recomendaría afiliarse y por qué: Sistema Nacional de Pensiones o Sistema Privado de Pensiones?

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

2. ¿Cuál es su criterio respecto al uso de la planilla de remuneraciones?

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

Page 134: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

COMPeTeNCIAs

CONCEPTUAL PROCEDIMENTAL ACTITUDINAL

El participante conoce los procedimientos sobre el manejo de la planilla de remuneraciones, los im-puestos que afectan, las retenciones y contribu-ciones inmersas en este proceso, así como la ope-ración por medios elec-trónicos.

Aplica las disposiciones legales para el manejo de la planilla de remu-neraciones y procede a su preparación y poste-rior registro a través de los medios electrónicos y manuales.

El discente, con la ins-trucción recibida en materia de remunera-ciones destaca y asume la importancia de los mismos.

Page 135: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

Registro de almacén y control de activos

sesión Nº 11: Valuación de existencias

sesión Nº 12: Depreciación

sesión Nº 13: Amortización

UNIDAD IV

UN

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137

P R O E S A D

Contabilidad II

11Sesión

VALUACIóN De eXIsTeNCIAs-NIC 2

1. INTrODUCCIóN

El costo de existencias debe incluir todos los costos de compra, costos de transformación y otros costos en que se ha incurrido para poner las existencias en su ubicación y condición actual. Los costos de transformación de existencias comprenden los pagos directamente relacionados con las unidades de producción como la mano de obra directa, también incluyen, una asignación sistemática de gastos de producción indirecta fijos y variables.

Esta Norma describe los conceptos de valor neto de realización. Cuando las existencias se mantienen para su venta o incorporación en un proceso productivo, su medida de mercado debe ser buscada en relación con los clientes, por lo tanto, el valor neto de realización debe ser utilizado como medida de comparación. También, la Norma incorpora mayores exigencias en las revelaciones que se deben efectuar en los estados financieros.

Esta Norma Internacional de Contabilidad modificada rige para los estados financieros que cubran los períodos que comienzan el 1 de enero de 2005 o después de esa fecha, y reemplaza a la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2; Valuación y Presentación de Existencias en el Contexto del Sistema de Costos Históricos.

2. OBJeTIVO

El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable adecuado para las existencias dentro del sistema de costos históricos. El problema primordial para el tratamiento contable de las existencias es el monto del costo que se ha de reconocer como activo y mantener hasta que sean reconocidos los correspondientes ingresos. Esta Norma proporciona pautas prácticas para la determinación del costo y su posterior reconocimiento como gasto, incluyendo los castigos para llegar al valor neto de realización. También proporciona los lineamientos básicos relacionados con las fórmulas de costeo utilizables para asignar los respectivos costos a las existencias.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

3. ALCANCe

Esta Norma debe aplicarse a los estados financieros preparados en el contexto del sistema de costos históricos, en relación con el tratamiento contable que debe darse a las existencias en casos que no sean los siguientes:

a) Trabajos en curso originados por los contratos de construcción, incluidos los contratos de servicios directamente relacionados (ver NIC 11; Contratos de Construcción).

b) Títulos financieros, y

c) Existencias de ganado, productos agrícolas y forestales y depósitos de mineral, en la medida en que se valúen a su valor neto de realización, de conformidad con prácticas bien establecidas en determinadas actividades económicas.

Esta Norma reemplaza a la Norma Internacional de Contabilidad NIC 2: Valuación y Presentación de Existencias en el Contexto del Sistema de Costos Históricos, aprobada en 1975.

Las existencias a que se refiere el párrafo uno, inciso (c) son valuadas a su valor neto de realización en ciertas etapas de su producción. Esto ocurre, por ejemplo, en agricultura, cuando las cosechas han sido recogidas o, en minería, cuando los depósitos de mineral han sido extraídos y la venta está asegurada por un contrato a futuro o una garantía del gobierno, o cuando existe un mercado homogéneo y el riesgo de dejar de vender es insignificante. Este tipo de existencias está excluido del alcance de esta Norma.

4. DeFINICIONes

Los siguientes términos se emplean en la presente Norma con el significado que aquí se les asigna:

Las existencias son activos:

a) Que se mantienen para su venta en el curso ordinario de los negocios.

b) Que se hallan en proceso de producción para efectos de dicha venta.

c) Que se encuentran en forma de materiales o suministros que serán consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.

El valor neto de realización es el precio de venta estimado para el curso ordinario de los negocios, menos los costos estimados de terminación y los costos estimados necesarios para realizar la venta.

Las existencias comprenden los bienes que se han adquirido y se mantienen para su venta; por ejemplo, la mercadería adquirida por un vendedor minorista y que éste mantiene para su venta, o los terrenos y otras propiedades que se mantienen, igualmente, para su venta. Las existencias también comprenden los bienes terminados o en proceso de producción, incluyen los materiales y suministros que se mantienen para su posterior uso en el proceso de producción.

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P R O E S A D

Contabilidad II

5. GeNerALIDADes De LAs eXIsTeNCIAs

5.1. Características de las existencias

Cantidad: Es importante que los inventarios se expresen en una unidad de medida acorde con su naturaleza (kilos, toneladas, litros, etc.)

Calidad: Las existencias deben encontrarse en buen estado; esto es, sin deterioros o desperfectos. Igualmente, deben ser productos vendibles; es decir, no ser obsoletos. Como se explica más adelante, en caso de que dentro de las existencias de una compañía se hallen estos tipos de bienes, deberá establecerse una provisión para obsolescencia o analizarse su castigo directo con cargo a resultados.

Propiedad: Para tener la propiedad de los bienes no es necesario que una compañía tenga físicamente las existencias. Debe recordarse que los activos pasan a propiedad de una empresa cuando se le entrega el bien que ha comprado en el lugar que fuere o si se transfieren los riesgos y beneficios relacionados con la transacción, lo que ocurra primero. Por supuesto, hay que excluir de los inventarios aquellos bienes recibidos pero que no son de propiedad de la compañía (mercaderías en consignación). Especial atención deberá tenerse cuando se trate de mercaderías en tránsito, de las cuales se hablarán más adelante.

Precio: Las existencias deben ser valuadas a su costo de adquisición o producción más los costos incidentales en que se haya ocurrido y que son directamente atribuibles a la adquisición.

5.2. Clasificación

Dependiendo del tipo de negocio, los inventarios pueden ser clasificados de diversas maneras:

a) Una compañía que compra productos para luego comercializarlos sin alterar su forma física, incluirá las existencias dentro del rubro mercaderías.

b) En cambio, una compañía manufacturera realizará otro tipo de clasificación porque, de acuerdo a su actividad, adquiere diversos bienes que serán transformados antes de ser vendidos. En este caso, las existencias se clasifican en:

Materias primas y materiales auxiliares:Son los bienes tangibles que se adquieren a fin de ser transformados mediante la adición de mano de obra y los gastos indirectos de fabricación en productos terminados para la venta. Las materias primas incluyen productos terminados para la venta. Las materias primas incluyen productos adquiridos de terceros, partes semiensambladas o bienes extraídos de la naturaleza como carbón de minerales.

Los suministros diversos:Los materiales que son directamente transformados por el proceso productivo pero que son complementarios para lograr el proceso se incluyen generalmente en otras cuentas como

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

suministros o materiales de limpieza, envases y embalajes, entre otros.

Productos en proceso:Son bienes en los que se ha iniciado pero aún no se ha concluido el proceso de transformación. Estos productos son normalmente valuados al costo de las materias primas más los costos por mano de obra directa (planillas) y los gastos indirectos de fabricación que se han incurrido (luz, teléfono, etc.)

Productos terminados:Se refiere a los bienes que han complementado el proceso productivo y se encuentran disponibles para la venta. Su valor incluye el costo de la materia prima, mano de obra y costos indirectos de fabricación.

5.3. Activos que deben ser incluidos en existencias

El criterio principal para determinar si un bien debe ser o no incluido en existencias es el de propiedad legal y no si el bien se encuentra físicamente en la compañía. Por ejemplo, un artículo vendido debe ser incluido en los inventarios de la compañía vendedora si la transferencia de la propiedad no se ha producido aún cuando el bien no se halle físicamente en poder de esta. Normalmente la determinación de la propiedad no representa mayor problema. Sin embargo, debemos dar especial atención a las mercaderías en tránsito y en consignación.

Es necesario insistir en que la mercadería facturada pero que aún no ha sido despachada al cliente por decisión de la compañía vendedora constituye una venta no realizada, por lo tanto, dicha mercadería debe ser incluida dentro de los inventarios de la empresa vendedora. En cambio, si se trata de ventas tipo “facturar y retener”, modalidad por la cual la mercadería es retenida en los almacenes del vendedor a solicitud del comprador, quien tiene el título y aceptado que se le facture, deben ser reconocidas como mercaderías vendidas, que las mercaderías no deben ser consideradas dentro de los inventarios de la empresa.

Existencias en tránsito: Son los bienes de propiedad de una compañía pero que ésta aún no ha recibido. Generalmente la mercadería es despachada bajo una de las siguientes modalidades: FOB (free on board) punto de embarque, que en cuyo caso el título de propiedad pasa del vendedor al comprador en el punto de embarque; FOB punto de destino, en el que la propiedad pasa al comprador únicamente cuando la mercadería llega a su lugar de destino; o CIF (cost, insurance & freight), en cuyo caso la mercadería es responsabilidad del vendedor hasta el punto especificado como lugar de entrega del bien.

6. MÉTODOs De VALUACIóN TrIBUTArIAMeNTe

En las empresas existen, en algunas circunstancias, dificultades para determinar el precio de costo de las mercaderías o materiales en almacén y, asimismo, resulta difícil identificar la factura o documento que las ampara. Esto significa que cuando los precios han fluctuado durante un período cualquiera, debe hacerse frente a un problema más o menos difícil de la estimación del costo de las mercaderías o materiales en existencia.

En este sentido, debido a la fluctuación de los precios, el costo unitario de los materiales comprados puede variar con el tiempo, por lo cual el inventario puede contener artículos idénticos adquiridos a distintos precios.

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P R O E S A D

Contabilidad II

Asimismo, la Ley del Impuesto a la Renta señala que los contribuyentes, empresas o sociedades que, en razón de la actividad que desarrollen, deban practicar inventario, valuarán sus existencias por su costo de adquisición o producción adoptando cualquiera de los siguientes métodos (excepto el 2° UEPS), siempre que se apliquen uniformemente en el ejercicio:

Primeras Entradas Primeras Salidas (PEPS) Últimas Entradas Primeras Salidas (UEPS)* Promedio móvil Promedio ponderado: diario, mensual y anual Identificación específica Inventario al Detalle o al por Menor Existencias Básicas

6.1. Primeras entradas Primeras salidas - (PePs)

Este método se basa en la presunción de los primeros materiales o mercaderías adquiridos que están todavía en inventario, son los que primeros se consumen o se venden, respectivamente. Así se obtiene que los artículos que permanecen en el inventario correspondan a las últimas compras.

Este método, es el más generalizado por su practicidad para registrar y asignar a las salidas de materiales un mismo precio unitario, es decir, con el ingreso al almacén.

La utilización de este método, tiene las siguientes ventajas:

Se basa en el costo original. Se basa en registros reales y se efectúa de una manera ordenada y coherente, sin la necesidad

de hacer cálculos aproximados. El saldo de inventario al final del período se encuentra a valores corrientes. En cuanto al movimiento de existencias en el almacén existe una adecuada clasificación de

las mismas.

Se puede mencionar como desventaja de este método (PEPS) que, los saldos que reflejan las tarjetas de control de materiales, es engorroso en el caso de tratarse de controlar los materiales de las mismas características pero de diferentes precios.

CAsO PrÁCTICO

La empresa HAMMER S.A. identificado con RUC 20123456789, dedicada a la comercialización de maletas le pide que le lleve el control de sus mercaderías utilizando los Métodos de Valuación de Existencias sgtes.

PEPS UEPS PROMEDIO MÓVIL PROMEDIO PONDERADO (DIARIO , MENSUAL O ANUAL) IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA AL DETALLE O AL POR MENOR EXISTENCIAS BÁSICAS

El 02.01.10 tiene en su almacén de mercaderías 2000 maletas c/u a S/.45.00

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Para aplicación del Método de Identificación Específica, vamos a suponer que al final de los meses quedaron en el almacén las compras de maletas del 18.01.10, el 22.02.10 y 20.01.04 y 20.04.10; 200, 250 y 350 respectivamente.

Para la aplicación del Método al Detalle o al por Menor, considerar que todos los productos del almacén (Del inventario inicial y los comprados), serán vendidos con el 30% de utilidad, más el IGV. Las ventas de enero a abril ascienden a S/.1,081,578.56 incluido IGV, según registro de ventas.

Para la aplicación del Método de Existencias Básicas, la empresa mantiene siempre 500 maletas como mínimo en su almacén de mercaderías, y que los excedentes se valúan según el método PEPS. Las existencias básicas se valúan al costo del 02.01.10.

Mes Detalle Cantidad Cost. Unit.

enero

5 compra F. 001-234 2000 50.00

18 compra F. 002-467 3000 50.00

29 vende F. 001-893 2500

Marzo

6 compra F. 001-831 900 60.00

11 vende F. 001-895 1000

30 vende F. 001-896 1600

Mes Detalle Cantidad Cost. Unit.

Febrero

3 compra F. 010-255 2200 55.00

12 vende F. 001-894 4800

22 compra F. 001-564 1100 60.00

Abril

2 compra F. 003-604 500 65.00

20 compra F. 001-482 2000 70.00

29 vende F. 001-897 3000

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO-DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”PeríODO: 2010rUC: 20123456789APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: HAMMer s.A.esTABLeCIMIeNTO (1):CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:TIPO(TABLA5): 01-MerCADeríADesCrIPCIóN: MALeTAsCóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADesMÉTODO De VALUACIóN: PePs (PrIMerOs eN eNTrAr, PrIMerOs eN sALIr)

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P R O E S A D

Contabilidad II

DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr

TIPO De OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHA TIPO (TABLA 10)

serIe NÚMerO CANTI -DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

ENERO - - -

16 - - 20.00 45.00 90.000.00

05-ene 1 1 234 2 20.00 50.00 100.000.00 - 20.00 50.00 100.000.00

- - 40.00 190.000.00

18-ene 1 2 467 2 30.00 50.00 150.00.00 - 20.00 45.00 90.000.00

- - 20.00 50.00 100.000.00

- - 30.00 50.00 150.000.00

- - 70.00 340.000.00

29-ene 1 1 893 1 - 2000 45.00 90.000.00 15.00 50.00 75.000.00

1 1 893 1 - 500 50.00 25.000.00 30.00 50.00 150.000.00

- 2500 115.000.00 45.00 225.000.00

FEBRERO - - -

16 - - 15.00 50.00 75.000.00

16 - - 30.00 50.00 150.000.00

03-feb 1 10 255 2 2200 55.00 121.000.00 - 22.00 55.00 121.000.00

- - 67.00 346.000.00

12-feb 1 1 894 1 - 1500 50.00 75.000.00 -

1 1 894 1 - 3000 50.00 150.000.00 -

1 1 894 1 - 300 55.00 16.500.00 -

- 4800 241.500.00 1900 55.000 104.500.00

22-feb 1 1 564 2 1100 60.00 66.000.00 - 1100 60.000 66.000.00

- - 3000 170.500.00

MARZO - - -

16 - - 1900 55.000 104.500.00

16 - - 1100 60.000 66.000.00

06-mar 1 1 831 2 900 60.00 54.000.00 - 900 60.000 54.000.00

- 3900 224.500.00

11-mar 1 1 895 1 - 1000 55.00 55.000.00 900 55.000 49.500.00

- - 1100 60.000 66.000.00

- - 900 60.000 54.000.00

- - 2900 169.500.00

30-mar 1 1 896 1 - 900 55.00 49.500.00 400 60.000 24.000.00

1 1 896 1 - 700 60.00 42.000.00 900 60.000 54.000.00

- 1600 91.500.00 1300 78.000.00

ABRIL - - -

16 - - 400 60.000 24.000.00

16 - - 900 60.000 54.000.00

02-abr 1 3 604 2 500 65.00 32.500.00 - 500 65.000 32.500.00

- - 1800 110.500.00

20-abr 1 1 482 2 2000 70.00 140.000.00 - 400 60.000 24.000.00

- - 900 60.000 54.000.00

- - 500 65.000 32.500.00

- - 2000 70.000 140.000.00

- - 3800 250.500.00

29-abr 1 1 897 1 - 400 60.00 24.000.00 -

1 1 897 1 - 900 60.00 54.000.00 -

1 1 897 1 - 500 65.00 32.500.00 -

1 1 897 1 - 1200 70.00 84.000.00 -

- 3000 194.500.00 800 70.00 56.000.00

- - -

COSTO DE VENTAS 12900 697.500.00 -

- - -

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

6.2. Últimas entradas Primeras salidas

Este método se basa en la presunción de los últimos materiales o mercaderías adquiridos que están todavía en inventario, son los que primeros se consumen o se venden, respectivamente. Así se obtiene que los artículos que permanecen en el inventario correspondan a las primeras adquisiciones.

Este método, en muchas empresas sobre todo las comercializadoras, puede tener practicidad, porque normalmente los clientes prefieren las existencias más recientes, nuevas, frescas, etc.

La utilización de este método, tiene las siguientes ventajas:

De aplicarse el caso, refleja la realidad del costo vendido. Se basa en el costo original. Se basa en registros reales y se efectúa de una manera ordenada y coherente, sin la necesidad

de hacer cálculos aproximados. El saldo de inventario al final del período se encuentra a valores corrientes. En cuanto al movimiento de existencias en el almacén existe una adecuada clasificación de

las mismas.

Se puede mencionar como desventaja de este método (UEPS) que, los saldos que reflejan las tarjetas de control de materiales, es engorroso en el caso de tratarse de controlar los materiales de las mismas características pero de diferentes precios.

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO-DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”PeríODO: 2010rUC: 20123456789APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: HAMMer s.A.esTABLeCIMIeNTO (1):CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:TIPO(TABLA5): 01-MerCADeríADesCrIPCIóN: MALeTAsCóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADesMÉTODO De VALUACIóN: UePs (ÚLTIMOs eN eNTrAr, PrIMerOs eN sALIr)

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P R O E S A D

Contabilidad II

DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr

TIPO De OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHA TIPO (TABLA 10)

serIe NÚMerO CANTI -DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

ENERO - - -

16 - - 2000 45.000 90.000.00

05-ene 1 1 234 2 2000 50.00 100.000.00 - 2000 50.000 100.000.00

- - 4000 190.000.00

18-ene 1 2 467 2 3000 50.00 150.00.00 - 2000 45.000 90.000.00

- - 2000 50.000 100.000.00

- - 3000 50.000 150.000.00

- - 7000 340.000.00

29-ene 1 1 893 1 - 2500 50.00 125.000.00 2000 45.000 90.000.00

- - 2000 50.000 100.000.00

- - 500 50.000 25.000.00

- - 4500 215.000.00

FEBRERO - - -

16 - - 2000 45.000 90.000.00

16 - - 2000 50.000 100.000.00

500 50.000 25.000.00

03-feb 1 10 255 2 2200 55.00 121.000.00 - 2200 55.000 121.000.00

- - 6700 336.000.00

12-feb 1 1 894 1 - 2200 55.00 121.000.00 -

1 1 894 1 - 500 50.00 25.000.00 -

1 1 894 1 - 2000 50.00 100.000.00 -

1 1 894 1 - 100 45.00 4.500.00 -

- 4800 250.500.00 1900 45.000 85.500.00

22-feb 1 1 564 2 1100 60.00 66.000.00 - 1100 60.000 66.000.00

- - 3000 151.500.00

MARZO - - -

16 - - 1900 45,000 85.500.00

16 - - 1100 60.000 66.000.00

06-mar 1 1 831 2 900 60.00 54.000.00 - 900 60.000 54.000.00

- - 3900 205.500.00

11-mar 1 1 895 1 - 900 60.00 54.000.00 1900 45.000 85.500.00

1 1 895 1 - 100 60.00 6.000.00 1000 60.000 60.000.00

- 1000 60.000.00 2900 145.500.00

30-mar 1 1 896 1 - 1000 60.00 60.000.00 -

1 1 896 1 - 600 45.00 27.000.00 1300 45.000 58.500.00

- 1600 87.000.00 1300 58.500.00

ABRIL - - -

16 - - 1300 45.000 58.500.00

02-abr 1 3 604 2 500 65.00 32.500.00 - 500 65.000 32.500.00

- - 1800 91.000.00

20-abr 1 1 482 2 2000 70.00 140.000.00 - 1300 45.000 58.500.00

- - 500 65.000 32.500.00

- - 2000 70.000 140.000.00

- - 3800 231.000.00

29-abr 1 1 897 1 - 2000 70.00 140.000.00 -

1 1 897 1 - 500 65.00 32.500.00 -

1 1 897 1 - 500 45.00 22.500.00 -

- 3000 195.000.00 800 45.000 36.000.00

- - -

COSTO DE VENTAS 12900 717.500.00 -

- - -

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Unidad IV

146

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

6.3. Promedio Móvil

Bajo este método de valuación de las existencias, se determina con un nuevo costo unitario después de cada adquisición. La salida de las existencias se valúan posteriormente según el costo unitario promedio.

Este método puede usarse solamente con el sistema de inventario permanente. El costo por unidad se vuelve a calcular cada que entran nuevas unidades al inventario.

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO-DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”PeríODO: 2010rUC: 20123456789APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: HAMMer s.A.esTABLeCIMIeNTO (1):CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:TIPO(TABLA5): 01-MerCADeríADesCrIPCIóN: MALeTAsCóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADesMÉTODO De VALUACIóN: PrOMeDIO MóVIL

DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr

TIPO De OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHA TIPO (TABLA 10)

serIe NÚMerO CANTI -DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

ENERO - - -

16 - - 2000 45.0000 90.000.00

05-ene 1 1 234 2 2000 50.00 100.000.00 - 4000 47.5000 190.000.00

18-ene 1 2 467 2 3000 50.00 150.000.00 - 7000 48.5714 340.000.00

29-ene 1 1 893 1 - 2500 48.5714 121.428.57 4500 48.5714 218.571.43

FEBRERO - -

16 - - 4500 48.5714 218.571.43

03-feb 1 10 255 2 2200 55.00 121.000.00 - 6700 50.6823 339.571.43

12-feb 1 1 894 1 - 4800 50.6823 243.275.05 1900 50.6823 96.296.38

22-feb 1 1 564 2 1100 60.00 66.000.00 - 3000 54.0988 162.296.38

- -

MARZO - -

16 - - 3000 54.0988 162.296.38

06-mar 1 1 831 2 900 60.00 54.000.00 - 3900 55.4606 216.296.38

11-mar 1 1 895 1 - 1000 55.4606 55.460.61 2900 55.4606 160.835.77

30-mar 1 1 896 1 - 1600 55.4606 88.736.97 1300 55.4606 72.098.79

- -

ABRIL - -

16 - 1300 55.4606 72.098.79

02-abr 1 3 604 2 500 65.00 32.500.00 - 1800 58.1104 104.598.79

20-abr 1 1 482 2 2000 70.00 140.000.00 - 3800 64.3681 244.598.79

29-abr 1 1 897 1 - 3000 64.3681 193.104.31 800 64.3681 51.494.48

- -

COsTO De VeNTAs 12900 702.005.52

- - -

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147

P R O E S A D

Contabilidad II

FOrMATO 13.1: “reGIsTrO De INVeNTArIO PerMANeNTe VALOrIZADO-DeTALLe DeL INVeNTArIO VALOrIZADO”PeríODO: 2010rUC: 20123456789APeLLIDOs Y NOMBres, DeNOMINACIóN O rAZóN sOCIAL: HAMMer s.A.esTABLeCIMIeNTO (1):CóDIGO De LA eXIsTeNCIA:TIPO(TABLA5): 01-MERCADERÍADesCrIPCIóN: MALETASCóDIGO De LA UNIDAD De MeDIDA (TABLA 6): 07 - UNIDADESMÉTODO De VALUACIóN: PROMEDIO PONDERADO

DOCUMeNTO De TrAsLADO, COMPrOBANTe De PAGO, DOCUMeNTO INTerNO O sIMILAr

TIPO De OPerACIóN (TABLA 12)

eNTrADAs sALIDAs sALDO FINAL

FeCHA TIPO (TABLA 10)

serIe NÚMerO CANTI -DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

CANTI-DAD

COsTOUNITArIO

COsTOTOTAL

ENERO - - -

16 - - 2000 45.0000 90.000.00

05-ene 1 1 234 2 2000 50.00 100.000.00 - 2000 50.0000 100.000.00

18-ene 1 2 467 2 3000 50.00 150.000.00 - 3000 50.0000 150.000.00

7000 48.5714 340.000.00

29-ene 1 1 893 1 - 2500 48.5714 121.428.57 4500 48.5714 218.571.43

FEBRERO - -

16 - - 4500 48.5714 218.571.43

03-feb 1 10 255 2 2200 55.00 121.000.00 - 2200 55.0000 121.000.00

22-feb 1 1 564 2 1100 60.00 66.000.00 - 1100 60.0000 66.000.00

7800 51.9963 405.571.43

12-feb 1 1 894 1 - 4800 51.9963 249.582.42 3000 51.9963 155.989.01

- -

MARZO - -

16 - - 3000 51.9963 155.989.01

06-mar 1 1 831 2 900 60.00 54.000.00 - 900 60.0000 54.000.00

3900 53.8433 209.989.01

11-mar 1 1 895 1 - 1000 53.8433 53.843.34 2900 53.8433 156.145.67

30-mar 1 1 896 1 - 1600 53.8433 86.149.34 1300 53.8433 69.996.34

- -

ABRIL - -

16 - - 1300 53.8433 69.996.34

02-abr 1 3 604 2 500 65.00 32.500.00 - 500 65.000 32.500.00

20-abr 1 1 482 2 2000 70.00 140.000.00 - 2000 70.000 140.000.00

- 3800 63.8148 242.496.34

29-abr 1 1 897 1 - 3000 63.8148 191.444.48 800 63.8148 51.051.86

- - -

COsTO De VeNTAs 12900 702.448.14

- - -

6.4. Promedio Ponderado: Diario, Mensual o Anual

El costo de los artículos disponibles para una venta o consumo se divide entre el total de unidades disponibles también para la venta o consumo. El promedio resultante se emplea, entonces para valorizar el inventario al final de todo el día, mes, año (o cualquier otro período de tiempo, pero respetando el principio de uniformidad).

El método promedio ponderado sirve para aproximarse al costo de los inventarios en existencia según factura, cuando no se puede obtener el costo real, partida por partida.

Este método es preciso y, en general, razonable, para calcular el costo de inventario. Es decir, se basa en la suposición de que los materiales consumidos y que las mercaderías vendidas se toman en cada caso de las existencias en proporción exacta con las cantidades físicas de los diversos bienes que componen la existencia en ese momento.

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Unidad IV

148

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

El costo unitario promedio ponderado, es calculado con todos los decimales; para el ejercicio se redondea a céntimos.

6.5. Identificación específica

De acuerdo con lo señalado en la NIC N° 2: “Inventarios”, método de valuación de identificación específica, significa que se asignen costos específicos a partidas identificadas de inventarios.

La aplicación de este método permite identificar a qué adquisiciones pertenecen las existencias del inventario final, tomando el costo de cada una de ellas para efectuar la respectiva valuación de dichas existencias al final de un ejercicio o período determinado.

La aplicación de este método no es apropiado cuando existen grandes cantidades de partidas de inventario que no son comúnmente intercambiables.

MÉTODO De IDeNTIFICACIóN esPeCíFICA

1. Determinación del Inventario Final (al 30 de abril del 2010)

2. Determinación del Costo de Ventas (de enero a abril del 2010)

Fecha Cantidad C.U. Costo Total

18-ene22-feb20-abr

200250350

50.0060.0070.00

10,000.0015,000.0024,500.00

800 49,500.00

Cantidad C.U. Costo Total

Inventario Inicial al 01.01.2010Compras de enero a abril

05-ene18-ene03-feb22-feb

06-mar02-abr20-abr

Inventario Final al 30.04.2010

2000

2000300022001100900500

2000

45.00

50.0050.0055.0060.0060.0065.0070.00

90,000.00

100,000.00150,000.00121,000.0066,000.0054,000.0032,500.00

140,000.00

11700-800

663,500.00-49,500.00

12900 704,000.00

6.6. Inventario al detalle o al por menor

En este método, el importe de los inventarios se obtiene valuando las existencias a precios de venta. Luego de encontrar el precio de las existencias, se deduce el IGV y el margen de utilidad bruta, para obtener el costo por grupo de artículos.

Comúnmente las empresas que se dedican a la venta al menudeo (bodegas, tiendas por secciones de ropas, etc.), son las que utilizan este método, por la facilidad que existe para determinar su costo de venta y su saldo de inventario.

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P R O E S A D

Contabilidad II

Para tener un adecuado control del método detallista, deben establecerse grupos homogéneos de artículos, a los cuales se le asigna su precio de venta tomando en consideración el costo de compra y el margen de utilidad.

Para la aplicación de este método es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos:

Control y revisión de los márgenes de utilidad bruta. Agrupación de artículos homogéneos. Control de los traspasos de artículos entre departamentos o grupos. Efectuar inventarios físicos periódicos para verificar el saldo de las cuentas y, en su caso,

hacer los ajustes que correspondan.

Para la aplicación de este método se mantendrá un registro de las compras a su costo de adquisición y al precio de venta, asimismo, otro de ventas al precio de ventas, de tal forma que se pueda calcular la relación porcentual entre ambos.

MÉTODO De INVeNTArIO AL DeTALLe AL POr MeNOr

1. Determinación del Inventario Final (al 30 de abril del 2010)

2. Determinación del Costo de Ventas (de enero a abril del 2010)

Costo Marg. de Utilidad

Valor de Vta. I.G.V. Precio Vta.

Inventario Inicial al 01.01.2010(+) Compra de enero a abril Inventario Disponible

MenosVentas de enero a abrilInventario final al 30.04.201

90,000.00663.500.00

30%30%

117,000.00862,550.00

22,230.00163,884.50

139,230.001,026,434.50

753,500.00

699,145.00

30%

30%

979,550.00

908.889.55

186,114.50

172,689.01

1,165,664.50

1,081,578.56

54,354.20 30% 70,660.45 13,425.49 84,085.94

Cantidad C.U. Costo Total

Inventario Inicial al 01.01.2010Compras de enero a abril

MenosInventario Final al 30.04.2010 Existencia mínima 500 x 45.00 Excedente 300 x 70.00

200011700

800

45.00 90,000.00663,500.00

43,500.00

Costo de Ventas 12900 710,000.00

Inventario Inicial Compra Inventario Final Costo Venta

90,000.00 663,500.00 -54,354.20 699,145.80

6.7. existencias Básicas

Este método supone que toda empresa debe tener de manera permanente una cantidad mínima de existencias, que le permita afrontar la producción y/o comprar, así como cubrir las necesidades de sus clientes.

Este método da mayor facilidad para la valuación del inventario final ya que los valores de existencias básicas son fijos; asimismo, la ganancia resulta más estable.

MÉTODO De eXIsTeNCIAs BÁsICAs

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Unidad IV

150

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

DIFereNCIA De COsTOs De VeNTAs

COSTO DE VENTAS

MÉTODO CANTIDADES IMPORTES

- PEPS- UEPS- PROMEDIO MÓVIL- PROMEDIO PONDERADO (DIARIO, MENSUAL O ANUAL)- IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA- AL DETALLE O AL POR MENOR- EXISTENCIAS BÁSICAS

12900129001290012900129001290012900

697,500.00717,500.00702,005.52702,448.14704,000.00699,145.80710,000.00

7. INVeNTArIOs: HIsTórICOs, AJUsTADOs, DIFereNCIAs Y MerMAs

7.1. Inventarios Históricos

El rubro de Inventarios o Existencias constituyen uno de los más importantes del Balance General, en especial, para las empresas de carácter productivo. En razón de la actual situación económica del país, el mantener inventarios a niveles razonables y austeros se convierte en una necesidad. Estas acciones permitirán deducir costos, tanto operativos como financieros.

7.2. Inventarios Ajustados

A partir del ejercicio 1992 el manejo y registro contable de los inventarios tiene como connotación especial, en razón a la vigencia de “Principio de Ajuste de los Estados Financieros por Efectos de la Inflación”. Esto es así porque la valuación de los inventarios llevada, sobre la base del costo histórico (adquisición o producción), ya no es más el concepto básico en aplicación sino que, además, este valor deberá corregirse por efectos de la inflación.

Así, los valores serán los denominados “Valores Reexpresados” o “Valores Actualizados” teniendo como índice de actualización, el que resulte más bajo entre el valor reexpresado (con actualización del Índice de Precios al por Mayor) y el valor de mercado.

Los ajustes por efectos de la inflación tienen vigencia contable a partir del ejercicio económico 1990 pero, para efectos tributarios su vigencia es a partir del ejercicio gravable 1992. Sin embargo, los efectos por inflación tuvieron vigencia para efectos tributarios hasta el 31 de diciembre de 2004.

Desde el punto de vista del control contable interno, y al margen de las normas tributarias, es correcto que las empresas controlen sus inventarios adecuadamente. Con este fin debe implementarse los registros de almacén y contables mínimos.

Este control, además de ser permanente, permitirá a la empresa a acceder a la composición de sus costos y llegar a determinar los índices necesarios para fijar valores de reposición y rentabilidad en las operaciones de venta. No obstante la obligación de carácter contable y financiera de llevar un control permanente de los Inventarios, el Impuesto a la Renta señala las pautas sobre el llevado de un control permanente de los inventarios e incluso de llevar un sistema de costos, incluyendo los métodos de valuación permitidos. En esta oportunidad sólo se comentará las incidencias provenientes de un inadecuado control y manejo contable de los inventarios.

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151

P R O E S A D

Contabilidad II

7.3. Diferencias de Inventario

En los casos que la Administración Tributaria tenga elementos de juicio, previa comprobación que la empresa no factura ventas o ingresos y/o omite registrar y en general que las liquidaciones y declaraciones no son fehacientes puede establecer de oficio el monto del impuesto utilizando las diferencias de inventario, promedios de ventas estimados en forma presunta, valores de mercados u otros procedimientos.

En el caso de diferencias de inventarios, salvo prueba en contrario, producto de una comparación entre los registros y los inventarios físicos comprobados por la propia administración ésta puede presumir lo siguiente:

En el caso de faltantes: representan bienes transferidos cuyas ventas han sido omitidas de registrar en el año o en el período inmediato anterior.

En el caso de sobrantes: bienes cuya compra–venta ha sido omitida de registrar durante el término de prescripción.

8. DeTerMINACIóN DeL COsTO De VeNTAs

Comentar sobre la determinación del costo de ventas implica la concepción de tres tipos de empresas: comerciales, de servicios e industriales (temas estudiados en capítulos anteriores). Para estos casos, el concepto básico a considerar para formar su costo es el denominado histórico, es decir, principalmente el costo de adquisición o valor de ingreso al patrimonio (no tratamos el ajuste por afiliación).

8.1. empresas Comerciales

Estas empresas llámese minoristas, mayoristas, distribuidores u otros, se dedican a la venta de bienes en la misma forma física en la que se adquiere. En este grupo el costo de ventas de las mercaderías estará representado por el costo de adquisición de aquellas que compran. En el Balance General el rubro de mercaderías muestra el costo de las mercaderías adquiridas, pero aún no vendidas a la fecha del cierre del ejercicio.

La determinación del costo de ventas es como sigue:

COsTO De VeNTAs

Inventario Inicial de Mercaderías xxx(+) Compra de Mercaderías xxx(-) Inventario Final de Mercaderías (xxx) Costo de Ventas xxx

8.2. empresas Industriales

Para el caso de empresas productivas o transformadoras es común el llevado de las siguientes cuentas de existencias: productos terminados, productos en proceso, materias primas y auxiliares, envases y embalajes y otros. La determinación del costo de ventas fluirá del sistema que hubiera optado para la determinación de su costo de producción. La determinación es como sigue:

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Unidad IV

152

U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

COsTO De VeNTAs

Inventario Inicial de Productos Terminados xxx(+) Costo de Producción de Productos Terminados xxx(-) Inventario Final de Productos Terminados (xxx) Costo de Ventas xxx

8.3. empresas de servicios

Puesto que este tipo de empresas no vende bienes tangibles, en el Estado de Resultados no figurará el rubro de costos de mercaderías vendidas. Por el contrario, los costos operativos relacionados directamente con la generación de estos servicios figurarán conjuntamente con los gastos operativos. Creemos que lo correcto será la utilización de cuentas especiales dentro de los gastos operativos para un mejor control.

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153

P R O E S A D

Contabilidad II

12Sesión

DePreCIACIóN

1. INMUeBLe, MAQUINArIA Y eQUIPO – NIC 16

1.1. Objetivo

El objetivo de esta norma es establecer el tratamiento contable de los inmuebles, maquinaria y equipo. Los principales problemas que presenta la contabilidad de los inmuebles, maquinaria y equipo son el momento de activación de las adquisiciones, la determinación del valor en libros y los cargos por depreciación del mismo que deben ser llevados a resultados.

Esta norma exige que un elemento correspondiente a los inmuebles, maquinaria y equipo sea reconocido como un activo, cuando satisfaga los criterios de definición y reconocimiento de activos contenidos en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros.

1.2. Alcance

Esta norma debe ser aplicada en la contabilización de los elementos componentes de los inmuebles, maquinaria y equipo, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita otro tratamiento contable.

Esta norma no es de aplicación a los siguientes activos:a) Bosques y recursos naturales renovables similares, así como a las b) Inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales, petróleo, gas natural

u otros recursos no renovables similares.

1.3. Definiciones

Los siguientes términos se emplean en la presente norma, con el significado que a continuación se especifica:

Los inmuebles, maquinaria y equipo son los activos tangibles que:a) Posee una empresa para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para

arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, yb) Se esperan usar durante más de un período económico.

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Depreciación: es la distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil.

Importe depreciable: es el costo histórico del activo o la cantidad que lo sustituya en los estados financieros, una vez que se ha deducido el valor residual.

Vida útil es:

a) El período durante el cual se espera utilizar el activo depreciable por parte de la empresa, o bien.

b) El número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de la empresa.

Costo es el importe de efectivo o equivalente de efectivo, o bien el valor razonable de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción por parte de la empresa.

Valor residual es la cantidad neta que la empresa espera obtener de un activo al final de su vida útil, después de haber deducido los eventuales costos derivados de la enajenación.

Valor razonable es la cantidad por la cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor debidamente informados, en una transacción libre.

Pérdida por deterioro es la cantidad en que excede, el valor en libros de un activo, a su importe recuperable.

Valor en libros de un activo es el importe por el que tal elemento aparece en el balance general, una vez deducidas la depreciación acumulada y las pérdidas de valor por deterioro que eventualmente le correspondan.

2. DePreCIACIóN

2.1. Introducción

Las empresas con el interés de desarrollar sus actividades con mayor eficiencia, reducir costos, producir o servir con excelencia, etc., adquieren activos fijos de diversos tamaños y modelos entre otros, son susceptibles a la depreciación.

En general, en mayor o menor medida toda la empresa ya sea comercial, industrial o de servicios, necesita de una reserva para la depreciación, debido a que sus propiedades en activo fijo se acercan gradualmente a un punto en el que su utilidad o beneficio se extinga, debiendo esta reserva limitarse y referirse a esa propiedad específica que le genera ingreso.

Contablemente y tributariamente, la deducción por depreciación se limita a la propiedad o activo fijo que el contribuyente emplea en su comercio o industria, no permitiéndose ninguna asignación en el caso de bienes usados solamente para placer u otros fines ajenos al negocio, como edificios que se empleen únicamente para residencia, incluyendo los bienes muebles de los mismos, efectos personales o ropa. Asimismo, la reserva de depreciación no debe aplicarse a los activos fijos en tránsito, a los terrenos ni a los minerales.

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155

P R O E S A D

Contabilidad II

Actualmente, la contabilidad de la depreciación no ha llegado a establecerse en un grado de perfección; sin embargo, existe un acuerdo casi universal en lo que respecta al significado general de la depreciación y de la importancia que significa reconocerla de alguna manera o forma razonable.

Las cuentas del PCGE que están sujetas a la depreciación son la cuenta 33 Inmueble Maquinaria y Equipo (con algunas excepciones tratadas en adelante, como los terrenos), y la provisión se controla en la subcuenta 393 Depreciación inmuebles, maquinaria y equipos. En cuanto a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) se trata en la NIC N° 16, que a continuación se escribe el pronunciamiento:

2.2. Definiciones

Para algunos autores la depreciación no es más que la pérdida en valor de servicios de un activo, no restaurado por el mantenimiento, y producida en relación con el uso o consumo de la propiedad en el curso de un ejercicio contable, debida a causas por las que el propietario no está amparado por un seguro, causas que siguen su camino cuyo efecto puede preverse con bastante aproximación.

La depreciación, también, se define como, la pérdida en valor que resulta del uso y desgaste y del efecto de otras fuerzas físicas, traducidas en una disminución de valor económico. El contador desde un punto de vista más amplio, entienda la depreciación como una cuestión relacionada con el valor (es decir, a la inversión en el activo), más que con las condiciones físicas, por lo tanto, en el término depreciación no debe confundirse con el deterioro, decadencia, agotamiento, etc. Este criterio se confirma en la NIC 16, señalando que es la asignación sistemática de la cantidad depreciable de un activo sobre su vida útil estimada. La depreciación correspondiente al período contable se carga a la ganancia o pérdida neta del período, directa o indirectamente.

según la Ley del Impuesto a la renta

Tributariamente, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el D.S N° 054-99-EF, la depreciación se reconoce como: “El desgaste o agotamiento que sufran los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilicen en negocio, industria, profesión, u otras actividades productoras de rentas gravadas de rentas de Tercera, se compensará mediante la deducción en su costo”.

2.3. Causas de la Depreciación

Un cargo a depreciaciones, se puede deber a diferentes causas, teniendo en cuenta la clasificación que a continuación se detalla:

a. Causas Físicas o Internas.- Quiere decir cuando los bienes de una determinada empresa están sujetos a un desgaste motivado por el uso o explotación o el funcionamiento normal y/o daños extraordinarios.

b. Causas Fundamentales o externas.- Son causas que abarcan el envejecimiento o la obsolescencia resultante del declive técnico y todas las demás condiciones o circunstancias no físicas que afectan la vida útil de los bienes de uso.

Según Mario Biondi, analiza y sistematiza las causas de la depreciación, de la siguiente manera:

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

c. Factores de Carácter Físico.- Dentro de estos factores se encuentran los siguientes:

La depreciación o desgaste por su uso normal del bien. En este rubro depende de la intensidad con que se emplee el bien; es decir, por fricción, vibración, tensión y otros procesos inherentes a la operación. Además, se suma la oxidación, cristalización y otros aspectos naturales que son inevitables en el transcurso del tiempo.

Agotamiento. Es el agotamiento atribuible a los recursos naturales, tales como árboles, animales, frutales, fertilidad de la tierra en la actividad agraria (lo que hace posible imaginar que en un terreno en casos especiales puede depreciarse), minas, canteras, etc.

Deterioro o daño extraordinario. Incluye los accidentes y las roturas en varias formas, que son más o menos inevitables.

d. Factores de Carácter económico.- Dentro de estos factores se encuentran los siguientes:

Obsolescencia o envejecimiento técnico. Se refiere a la pérdida de utilidad comparándola con nuevos inventos o elementos que la tecnología proporciona en los métodos de producción, administración y ventas, ocasionando un sobre costo en relación con los más modernos.

envejecimiento económico. Cuando se produce una marcada reducción de la demanda de los productos terminados fabricados por la empresa.

Bienes inadecuados. Debido al avance de la calidad del producto, surgen los bienes que, en vez de ser productivos, resultan inadecuados, ocupan lugar sin justificación, etc.

3. ATrIBUCIóN De LA CUOTA De LA DePreCIACIóN

De acuerdo con la NIC 16: Inmueble, Maquinaria y Equipo, en su párrafo 43°, el monto depreciable de una partida del activo fijo debe ser asignado en forma sistemática sobre su vida útil. En este sentido, el cargo de depreciación en cada período debe ser reconocido y atribuido como un gasto (en el estado de pérdidas y ganancias) a menos que esté incluido en el valor contabilizado de otro activo (cuando se trate de determinar el costo de producción de los productos terminados o en proceso fabricados por la empresa). Esta atribución de la cuota de depreciación será tratada más adelante.

4. MOMeNTO eN QUe OPerA LA DePreCIACIóN

Para efectos contables, la depreciación deberá efectuarse, de acuerdo con lo señalado en el párrafo 44° de la NIC 16; es decir, a medida que los beneficios económicos involucrados en un activo son consumidos por la empresa, el valor contabilizado debe reducir para reflejar este consumo, normalmente cargando un gasto por depreciación.Por lo tanto, el cargo por depreciación se efectuará a medida que la empresa empiece a usar sus activos fijos y, aún cuando no lo use, también cuando se presentan los factores analizados en el numeral 3 del presente capítulo.

Tributariamente, el Impuesto a la Renta en su Reglamento, D. S N° 122-94-EF, artículo 22°, inciso c), establece que las depreciaciones que resulten por la aplicación de las tasas de depreciación se computarán a partir del mes en que los bienes sean utilizados en la generación de rentas gravadas.

Supongamos que una empresa industrial adquiere una máquina centrífuga por S/. 100,000.00 con fecha 07.01.20__ y que es puesta en operación el 10 de dicho mes. De aplicar textualmente

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Contabilidad II

la disposición tributaria la depreciación del período sería S/. 100 000.00 x 20% = S/. 20,000.00, lo cual coincidiría con la política del mes completo más próximo.

5. eLeMeNTOs QUe rIGeN LA DePreCIACIóN

Estos elementos que teóricamente han de tomarse en cuenta para la estimación de los montos que deben cargarse periódicamente a gastos por expiración del costo de los bienes del activo fijo, son los siguientes:

5.1. Base de la Depreciación

Con respecto a este elemento, las empresas deberán considerar que tanto contable como tributariamente se establecen los mismos criterios para determinar la base sobre la cual calculará la depreciación de los bienes del activo fijo.

a. Aspectos ContablesLa NIC 16: Inmueble, Maquinaria y Equipo establece en su párrafo 16° que el costo de los bienes de uso comprende su precio de compra, incluyendo los derechos de importación y los impuestos no reembolsables correspondientes a la compra, y cualquier otro costo atribuible a poner el activo en las condiciones de operación necesarias para su uso; como por ejemplo, el costo de preparación del lugar, costo de instalación, honorarios profesionales de los arquitectos e ingenieros.

b. Aspectos TributariosLa Ley del Impuesto a la Renta establece en su artículo 41° que las depreciaciones se calcularán sobre el valor de adquisición o producción de los bienes o sobre los valores que resulten de ajuste integral por inflación del balance general efectuado conforme a las disposiciones legales en vigencia. A dicho valor, se le agregará, en su caso, el de las mejoras incorporadas con carácter permanente.

El valor computable incluye los gastos incurridos con motivo de su compra, tales como: fletes, seguros, comisiones normales y otros similares que resulten necesarios para colocar a los bienes en condiciones de ser usados, excluidos los intereses.En los casos de los bienes importados no se admitirá, salvo prueba en contrario, un costo superior al que resulte de adicionar el precio exfábrica vigente en el lugar de origen, los gastos especificados en el párrafo anterior.No conformarán parte del valor depreciable las comisiones reconocidas a entidades que integran el mismo conjunto económico que hubiera actuado como intermediarios en la operación de compra, a menos que se pruebe la efectiva prestación de los servicios y la comisión no exceda de la que usualmente se hubiera reconocido a terceros no vinculados al adquiriente.

5.2. Valor residual

Es el monto neto que la empresa espera obtener por un activo al término de su vida útil después de deducir los costos previstos en la enajenación o baja. Teóricamente los contadores deben deducir del valor depreciable el valor residual realizable, en el supuesto que se trate de una depreciación según el método lineal de la siguiente manera:

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Valor de adquisición – valor residual o desecho Depreciación = --------------------------------------------------------------------- Vida estimada

Esta exigencia se encuentra prevista en la misma NIC 16°, donde se precisa que en la práctica, el valor residual de un activo es a menudo insignificante y, por lo tanto, es inmaterial en el cálculo del importe depreciable.

5.3. La Vida Útil o de servicio

En este punto debemos observar tanto el tratamiento contable como el tributario como sigue:

a. Aspectos Contables

De acuerdo con los lineamientos establecidos en la NIC: 16° Inmueble, Maquinaria y Equipo, se precisa que la vida útil tiene los siguientes conceptos, basados en estimaciones:

El período durante el cual se espera que un activo depreciable sea usado por la empresa. El número de unidades de producción o unidades similares que la empresa espera obtener

del activo.

Importe depreciable es un activo depreciable en su costo histórico u otra forma que sustituya al costo histórico en los estados financieros, menos el valor residual estimado.La vida útil de un bien deberá estimarse después de considerar los siguientes factores:

El uso y desgaste físico que se espera del activo. Su obsolescencia. Las limitaciones legales o de otro tipo que afecte su uso.

b. Aspectos Tributarios

En la parte correspondiente al Impuesto a la Renta, la vida útil se determina en base a un criterio totalmente arbitrario y sin ningún sustento técnico; sin embargo, existe la posibilidad de que las empresas puedan modificar el porcentaje según la naturaleza de la actividad realizada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

La SUNAT podrá autorizar lo siguiente:

Cambio del porcentaje de depreciación, siempre que se demuestre fehacientemente que, en virtud de la naturaleza y características de la actividad realizada, la vida útil es distinta a la fijada por la Administración Tributaria.

Utilización de métodos de depreciación distintos al lineal, como pueden ser el de horas máquina y unidades producidas.

En los dos casos el contribuyente deberá sustentar dichos cambios con informe técnico y que a juicio de la SUNAT sea suficiente para estimar la vida útil de los bienes materia de depreciación.

6. MÉTODOs De DePreCIACIóN

Existen diferentes métodos de depreciación para asignar los importes de la depreciación a cada período contable durante la vida útil del activo. En este sentido, cualquier método de depreciación escogido por la empresa, es necesario que se aplique de manera uniforme, independientemente

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Contabilidad II

de las consideraciones hechas por la administración tributaria o aspectos sobre los niveles de rentabilidad de la empresa, a fin de que sea posible comparar con un grado de razonabilidad suficiente los resultados de las operaciones de la empresa de un período a otro.Por otro lado, cuando se señala que una empresa puede aplicar, contablemente cualquier método de depreciación, se debe entender que éstos se aplicarán uniformemente para cada una de las partidas del activo fijo, es decir, una empresa podría aplicar el ejemplo, el método de línea recta para las construcciones o edificios, y el método de unidades producidas para las maquinarias utilizadas en la planta de producción.Estos métodos de depreciación, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 50° de la NIC 16°, son los siguientes:

6.1. Método de Línea recta

Este método de distribución se ha constituido como uno de los métodos más generalizados entre las empresas, supone que la depreciación es una función uniforme del tiempo; se considera como un cargo constante sobre la vida útil del activo. No es irrazonable y por su simplicidad de concepto y aplicación es recomendable en diferentes negocios. Es por ello, que para efectos tributarios es considerado como el único método de depreciación aceptado.

La depreciación en línea recta se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula:

Valor de adquisición – valor residual o desechoDepreciación Anual = ---------------------------------------------------------------- Vida útil estimado (años)

CAsO PrÁCTICO

¿Cuál será la depreciación de una maquinaria que se adquirió el 05 de enero del presente año, cuyo costo histórico es de 12,500.00?

Procedimientos:

C - VR D = ---------- P

Donde: Datos:

D = Depreciación en % Costo : 12,500.00 C = Costo (valor en libros) Vida útil: 5 añosVR = Valor residual o de desecho Dep. Anual: 20%P = Vida útil estimada

Solución: 12,500.00 D = -------------- = 2,500.00 5 años

o también: 12,500.00 x 20% = 2,500.00

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

El procedimiento por los 5 años tomando el valor de adquisición sin ajuste por corrección monetaria sería:

12,500.00Primer año : D = ------------ = 2,500.00 5 años

12,500.00 – 2,500.00 10,000.00Segundo año : D = ------------------------ = ------------ = 2,500.00 4 años 4 años

10,000.00 – 2,500.00 7,500.00Tercer año : D = ------------------------ = ------------ = 2,500.00 3 años 3 años

7,500.00 – 2,500.00 5,000.00Cuarto año : D = ------------------------ = ------------ = 2,500.00 2 años 2 años

5,000.00 – 2,500.00 2,500.00Quinto año : D = ------------------------ = ------------ = 2,500.00 1 año 1 año

Total Depreciación 12,500.00

LIBrO DIArIOeMPresAPerIODO: 2011rUC:

NÚMerO COrreLA-TIVO DeL AsIeNTO

O CóDIGO ÚNICO De LA OPerA-

CIóN

FeCHA De LA OPe-rA-

CIóN

GLOsA O DesCrIPCIóN De LA OPerACIóN

reFereNCIA De LA OPerACIóN CUeNTA CONTABLe AsOCIADA A LA OPerACIóN MOVIMIeNTO

COD. DeL LIBrO O reG. (TA-

BLA 8)

NÚ-MerO

COrre-LATIVO

NUM. DeL DOC. sUsTeN-TATOrIO

CóDIGO DeNOMINACIóN DeBe HABer

Depreciación del periodoDepreciación del periodo

Traslado a centro de costosTraslado a centro de costos

6814239132

94 791

_______________ X _____________

Maquinaria y equipo de explotaciónMaquinaria y equipo de explotación

_______________ X _____________

Gastos AdministrativosCargas imputables a cta. de cost. y gastos

2,500.00

2,500.00

2,500.00

2,500.00

6.2. Método de Unidades Producidas

Siempre que pueda estimarse con cierto grado de precisión el número total de unidades de producción u horas estimadas que puedan esperarse de una máquina en particular o de otra unidad de producción, sería adecuada la utilización de este método para la distribución de los cargos por depreciación. Este método relaciona la depreciación con la capacidad productiva estimada del activo y se expresa en una tasa por unidad, siendo la fórmula la siguiente:

Tasa por unidad Costo de adquisición – valor residual realizable u hora = Unidades u horas estimadas

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P R O E S A D

Contabilidad II

Depreciación anual = Tasa x Unidades Producidas Anual

Ejemplo:

Se compra una maquinaria en S/. 120,000.00, tiene un valor residual de S/. 15,000.00 Se estima que la maquinaria tiene una vida útil de 22,000 horas. Hallar la depreciación por hora

Procedimiento:

120,000.00-15,000.00Tasa por hora = --------------------------- = S/. 4.7727273 depreciación 22 000 horas por hora

La empresa ha estimado que las horas se van a distribuir de la siguiente manera: (le quedan sólo tres años para el término de su vida útil). Entonces:

1° año : 6 890 horas 2° año : 7 010 horas 3° año : 8 100 horas

ACLArACIONes:

(*) Transfiero para tomar como base, de la columna anterior = 32,884.09(*1) 32,884.09 + 33,456.82 = 66,340.91(*2) 66,340.91 + 38,659.09 = 105,000.00(*3) 120,000.00 es el valor de compra de la maquinaria(*4) 120,000.00 - 32,884.09 = 87,115.91(*5) 87,115.91 - 33,456.82 = 53,659.09(*6) 53,659.09 - 38,659.00 = 15,000.00 (Resultado igual al valor residual)

VIDA ÚTIL eN sALDO

HOrAs TrABAJ. DePreCIAC. POr HOrA

CArGO A DePre-CIAC.

ABONO A DePreCIAC.ACUMULADA

TOTAL DePreCIAC. ACUMULADA

VALOr eN LIBrOs

1° año2° año3° año

689070108100

4.7727273 32,884.0933,456.8238,659.09

32,884.0933,456.8238,659.09

32,884.09(*)66,340.91(*1)

105,000.00(*2)

(*3) 120,000.00(*4) 87,115.91(*5) 53,659.09(*6) 15,000.00

22000 105,000.00 105,000.00

6.3. Métodos de Disminución de saldos

Estos métodos a su vez pueden incluir a otros métodos, dependiendo de la forma de cálculo que en definitiva nos llevará a determinar un cargo decreciente sobre la vida útil del activo, de acuerdo con lo estipulado en la NIC 16°.

Entre los métodos más importantes de disminución de saldos, tenemos:

a. Método de saldo Decreciente (o Depreciación Acelerada)

Con este método se aplica una tasa fina o uniforme al valor en libros del activo. Es denominado también como método del porcentaje fijo del valor en libros, siendo el más comúnmente usado.

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Pasos:

En primer lugar debemos determinar el porcentaje fijo a aplicar de la siguiente manera: Luego de calculada, esta tasa será aplicada al costo final del primer ejercicio, y de ahí en

adelante al valor en libros al principio de cada ejercicio sucesivo.

Depreciación anual = % x Costo de Adquisición

Año % Valor Libros Depreciación DepreciaciónAcumulada

12345

40%40%40%40%40%

20,000.0012,000.007,200.004,320.002,592.00

8,000.004,800.002,880.001,728.001,036.80

8,000.0012,800.0015,680.0017.408.0018,444.80

Valor Residual 1,555.20

18,444.80

Costo - Valor ResidualVida útil estimada en años

20,000.005

Costo del activo S/.20,000.00Vida útil 5 años

= 4,000.00

= 20 % x 2 = 40%

Año Depreciación DepreciaciónAcumulada

Valor Libros

1234

4/103/102/101/10

8,000.006,000.004,000.002,000.00

8,000.0014,000.0018,000.0020,000.00

20,000.00012,000.006,000.002,000.00

-

20,000.00

Costo del activo S/.22,000.00Vida útil 4 añosValor residual S/.2,000.00

22,000.00 - 2,000.00 = 20,000.00

4 + 3 + 2 + 1 = 15

b. Método de la suma de los Dígitos

El método de la suma de los dígitos es uno de los métodos de la depreciación acelerada que permite registrar una depreciación más alta en los primeros ejercicios de la vida útil del activo y una depreciación más baja en los años finales.

La manera de calcular la suma de los dígitos, se realiza asignando a cada año de vida útil su digno correspondiente y luego éstos se suman.

Pasos:

Es decir, se suman los dígitos que representan los ejercicios o años de vida útil. El resultado se considera como denominador Los numeradores están constituidos por los números que forman parte de la sumatoria

realizada, pero en orden inverso:

Aspecto Legal

Este método tiene similares resultados que el método anteriormente tratado, por lo que para fines tributarios, no es aceptado.

Tasas de depreciación

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P R O E S A D

Contabilidad II

Tipo de Bienejercicios

2009 - 2011Porcentaje

máximo anual (1)

Edificaciones y construcciones 5% (2)

Ganado de trabajo y reproducción, redes de pesca 25%

Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles), hornos en general 20%

Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción, excepto muebles, enseres y equipos de oficina

20%

Equipos de procesamiento de datos 25%

Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91 10%

Otros bienes del activo fijo 10%

Aves reproductoras 75% (3)

10.1. Literal b) del Artículo 22 del Reglamento de la ley del Impuesto a la Renta.10.2. En el caso específico de edificios y construcciones se mantiene la tasa de depreciación del

3% anual, no siendo un porcentaje máximo como en el caso de los demás activos fijos.10.3. Artículos 1 y 2, D. S. N 037 – 2000 – EF (21.04.2000) y Res. N 018 – 2001/SUNAT (31.01.01)

aplicable a partir del ejercicio, cabe señalar que por períodos anteriores se deberá acreditar la tasa aplicada.

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

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P R O E S A D

Contabilidad II

13Sesión

AMOrTIZACIóN

1. CONCePTO

La amortización representa el proceso de asignar el costo de un activo a través de su vida, de poder enfrentar el costo respecto de los ingresos generados por el activo. De acuerdo con su naturaleza de vida limitada de los tangibles, pueden presentarse las siguientes situaciones:

2. ACTIVOs INTANGIBLes De DUrACIóN ILIMITADA sUJeTOs A AMOrTIZACIóN

a. Concesión o franquicias indefinidas

Privilegio que se otorga a un ente económico para el uso de una determinada propiedad o para desarrollar cierto tipo de negocios en un área geográfica específica (franquicia).

Un ejemplo de concesiones sería el derecho exclusivo que se otorgue a una empresa de servicios públicos para vender electricidad, gas o agua a todos los consumidores finales dentro de una zona determinada.

b. Marcas

Divisa o símbolo peculiar y distinto que un fabricante, comerciante, adhiere a sus mercaderías con el fin de identificarlas como propias y, para distinguirlas de otras mercaderías manufactureras.

c. Patentes

Derecho o privilegio exclusivo que se encuentra protegido por la Ley (ante el INDECOPI, por ejemplo) que asegura al propietario o poseedor disponer (usar, vender, ceder, etc.) de algún invento de producto, máquina o proceso por un tiempo determinado.

d. Derecho de llave

Considerado como el más importante de los intangibles que recibe muchos nombres como goodwill, crédito mercantil, plusvalía, fondo de comercio o valor intrínseco que definido sencillamente sería el valor actual de las utilidades futuras esperadas. Los factores que coadyuvan a la formación del valor de llave son los siguientes:

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Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

Ubicación inmejorable, personal atento, facilidades de crédito, bajo alquileres, hábito de la clientela.

Precio del producto acorde con su calidad, clase de servicio Empleo de marcas y etiquetas conocidas o popularizadas, reputación comercial.

Todos estos factores forman parte de un valor extrínseco que podemos decir que es comercial.

e. Goodwill

Diferencia entre el costo de adquisición sobre el interés del comprador en el valor razonable de los activos y pasivos identificables adquiridos en la fecha de la transacción de intercambio.

3. ACTIVOs INTANGIBLes De DUrACIóN LIMITADA sUJeTOs A AMOrTIZACIóN

Contablemente son intangibles, cuya vida útil está limitada por ley, por algún contrato o por la naturaleza del activo, siendo su vida útil el período de tiempo más corto entre el período de utilidad y el período máximo de vida señalado por ley o contrato.

Para efectos tributarios el inciso a) del artículo 25 del D.S 122-94-EF, Reglamento del Impuesto a la Renta, establece que se considera activos intangibles de duración ilimitada aquellos de vida limitada por ley o por su propia naturaleza, tales como patentes, modelos de utilidad, derechos de autor, derechos de llave, diseños o modelos, planos procesos o secretas u programas de instrucciones de computadora (software). El inciso g) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta permite a la empresa optar por alguna de las siguientes alternativas:

1° Amortizar proporcionalmente en el plazo de 10 años, o2° Considerar como gasto el precio pagado por la adquisición (cesión definitiva) en un solo ejercicio.

Fijado el plazo de la amortización, éste no podrá ser variado sin la autorización previa y expresa por la SUNAT.

4. AMOrTIZACIóN De INTANGIBLes APOrTADOs

Como se ha señalado anteriormente, sólo en el caso de intangibles de duración limitada se permite al contribuyente deducir como gasto en un solo período o amortizar en un lapso de 10 años al costo del intangible; sin embargo, en el caso de contribuyente aportados a la empresa, el inciso g) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta señala que no le será aplicable este tratamiento y, por lo tanto, será reparada cualquier amortización que se realice sobre el mismo.

4.1. Agotamiento

El agotamiento es el consumo de los recursos naturales en el proceso de explotación. La contabilización del agotamiento, es el proceso de asignar los costos de consumo de los recursos naturales durante la vida de dichos recursos. La vida estimada de los recursos naturales varía de acuerdo al contrato de uso que se le dé al recurso.

Este tema de recurso natural está orientado a empresas de giros de negocios especiales, tales como las petroleras, madereras, pesca, etc. Por lo que dejamos el estudio para la asignatura de Contabilidad Aplicada.

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P R O E S A D

Contabilidad II

AUTOeVALUACIóNreFUerZA LAs COMPeTeNCIAs A LOGrAr

Tú decides si ser el mejor o el peor.

CONCePTUAL

1. Explique un sistema de valuación (el que mejor conozca) Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

2. Tributariamente, ¿cómo se valúan las existencias? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

3. Comente brevemente sobre los inventarios históricos, ajustados, diferencias y mermas. Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

4. ¿Qué sistema de valuación implementarías para tu empresa? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

5. ¿Establecerías las tarjetas de almacén KARDEX para el control de tus existencias? ¿Por qué? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

6. Escribe (V) si es verdadero y (F) si es falso en las siguientes oraciones:a) ( ) Amortización es asignar el costo de un activo a través de su vida útil.b) ( ) Patente es el acto de promover inclusión de un producto en el mercado.c) ( ) Marca es el símbolo peculiar que el fabricante adhiere en su producto.

PrOCeDIMeNTAL

1. Diseñe un modelo de control visible de almacén.

ACTITUDINAL

1. ¿Qué sistema de valuación implementarías para tu empresa? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

2. ¿Establecerías las tarjetas de almacén KARDEX para el control de tus existencias? Respuesta. ______________________________________________________________ _______________________________________________________________________

Page 168: CONTABILIDAD II · 2018. 9. 17. · Título : CONTABILIDAD II Autor: CPC. Sergio González Romero Diseño interior: Doris Sudario Diseño de tapa: Eduardo Grados Responsables de edición:

Unidad IV

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U n i v e r s i d a d P e r u a n a U n i ó n

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EDITORIAL FECAT. “Nueva Versión del Plan Contable General Empresarial”. Edición Noviembre 2010.

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