consulta sat por emisión de cfdi

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Breve explicación por parte del SAT sobre la emisión de CFDi

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  • SAT Servicio de Administracin Tributaria

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    Administracin General de Servicios al ContribuyenteAdministracin Central de Gestin de Calidad

    Asunto: Se da respuesta a consulta.

    Mxico D. F., a 19 de marzo de 2014.

    P r e s e n te.

    En atencin a su oficio de fecha 7 de febrero de 2014, recibido en esta Administracin Central el u de febrerodel mismo ao, en el cual solicita informacin en materia de prestaciones, nmina y otros temasrelacionados a la facturacin electrnica; a manera de orientacin le vertimos los siguientes comentarios enrelacin a cada uno de los puntos sealados en el oficio de referencia.

    Prestaciones

    1. De qu forma se deber reportar el fondo de ahorro? de forma quincenal con base a la fechade aportacin o en junio con base a la fecha de entrega de lo ahorrado en el ejercicio del fondode ahorro?Tratndose de las aportaciones patronales al fondo de ahorro, al ser estas una prestacin derivada de larelacin laboral, son ingresos por la prestacin de un servicio personal subordinado; de esta formadeben registrarse en el catlogo de percepciones del Complemento en cada pago de salarios que serealice, al mismo tiempo que debe registrarse en el catlogo de deducciones del Complemento eldescuento correspondiente para realizar el depsito al fondo.

    Al momento de percibir el monto ahorrado y los intereses, el pagador de estos debe expedir un CFDIpor este concepto, es decir por intereses, ya que se trata de estos y no de un sueldo, salario o ingresoasimilado a estos.

    2. Los vales de despensa depositados a la tarjeta de vales se debern reportar en los recibos de lassegundas quincenas aunque no forme parte del depsito que se realiza?

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  • SAT Serviciode Adrninistracin Tributaria

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    Los ingresos del trabajador que se pagan mediante vales de despensa, se deben reportar en elComplemento Recibo de sueldos, salarios e ingresos asimilados correspondiente a la fecha en que serealice su pago o erogacin.

    3. Enqu momento y cmo se debern reportar los gastos mdicos mayores y seguro de vida? Sereporta este concepto como un ingreso para el empleado?Al respecto, le comentamos que las primas que amparen estos seguros que sean otorgadas al trabajadorpor cuenta del patrn, al ser prestaciones derivadas de la relacin laboral, se reportan en elComplemento, las primas a cargo del patrn primero como percepcin y luego como deduccin porpago de prima a cargo del patrn.

    Cuando se realice el siniestro y esto de origen al pago de la cantidad asegurada por parte de la empresaaseguradora, dichas cantidades no tienen el carcter de sueldos y salarios, y por ende no requieren serincluidas en el complemento.

    4. Losvales de gasolina tienen el mismo efecto que los vales de despensa?Tratndose del llenado del Complemento de sueldos, salarios e ingresos asimilados y en tanto en queambos conceptos son prestaciones derivadas de la relacin laboral deben incluirse en el Complementodentro de las percepciones.

    5. Se podr soportar la deduccin de] pago de combustible terrestre mediante tarjetas deservicios, del gasto mediante el CFDIexpedido por la empresa comercial no bancaria si incluyeen una Addenda con los datos de los consumos de combustible?No, la deduccin deber estar amparada con un CFOI que genere la persona que vendi el combustibleo en los trminos de lo dispuesto por la regla 1.3.3.1.19.

    6. Debern estar amparados por un CFDIlos pagos que se hagan a Personas Fsicas extranjeras(EVA) por conceptos como Honorarios, regalas y an dividendos?Si, para el caso de las personas morales conforme al artculo 76 fraccin III y para personas fsicas elartculo no fraccin VIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en ambos casos en trminos de loprevisto en el Ttulo V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    7. Cmose deben reportar los viticos y cul es el procedimiento?Al respecto, le comentamos que si se trata de un comprobante fiscal de sueldos, salarios e ingresosasimilados, estos se deben de informar como percepciones en el Catlogo del Complemento en el rubro"Otros", especificando que se trata de viticos no comprobados.

    Los viticos no comprobados se reportan cuando el patrn, conforme a sus polticas de viticos,determine que estos no fueron comprobados y por ende ha lugar a su acumulacin, esto sin exceder delltima da del ejercicio fiscal.

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  • SAT Servicio de Administracin Tributaria

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    8. Cmo se debern incluir en los recibos digitales los bonos especiales que se dan a empleadospor reconocimiento?Por cuanto hace a los bonos representan un ingreso por la prestacin de un servicio personalsubordinado, de esta forma deben registrarse en el rubro "Otros" del Catlogo del Complemento deNmina.

    Nmina

    1. Cundo se deber empezar a timbrar: cuando se realizan las transferencias o cuando se cobrenlos cheques?El artculo 99, fraccin III de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la obligacin de expedir yentregar el comprobante fiscal por sueldos, salarios e ingresos asimilados en la fecha en que se realice laerogacin correspondiente, en razn de esto, la certificacin "timbrado" del CFDI debe realizarse en lafecha en que se realiz la erogacin, en el caso de cheque es la fecha en que se expida.

    Adicionalmente, en la Primera Resolucin de Modificaciones a la Resolucin Miscelnea Fiscal para2014, publicada en el D.O.F. el pasado 13 de marzo, se incluye la regla l.2.7.5.3, la cual dispone laposibilidad de expedir los CFDI antes de la realizacin de los pagos o dentro de los tres das hbilesposteriores a la realizacin efectiva del pago.

    2. Enqu momento empieza a correr el plazo para el envo para timbrar recibos?A partir de la fecha y hora en que se manifieste que se ha emitido el CFDI. A partir de ese momentocorre el plazo de 72 horas mximo para su certificacin (timbrado). Esto conformidad con lo dispuestopor la regla l.2.7.2.9 de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de laFederacin el 30 de diciembre de 2013.

    3. Cmo se reportan cancelaciones ya timbradas: se debe emitir algn documento tipo nota decrdito para cancelar el recibo y emitirlo de nuevo?Para realizar la cancelacin de un CFDI ya emitido (timbrado), basta con ingresar a la pgina del SAT enInternet, consultar los CFDI emitidos y seleccionar el CFDI a cancelar, para ello se requiere usar elcertificado de sello digital, tambin es posible realizar la cancelacin por lotes a travs del Auxiliar deComprobacin Fiscal (PAC); si se requiere emitir un nuevo CFDI esto se hace sin mayor particularidad.

    4. Esnecesario incluir en el recibo de nmina los gastos mdicos mayores y seguros de vida?

    5. Cul sera el monto a reportar si se tienen que reportar en el recibo de nmina los gastosmdicos mayores y seguro de vida: el costo de la pliza (que incluye a todos los empleados conbeneficiarios- con o sin costo al empleado) o el costo de los empleados mas el de losbeneficiarios que cubre la empresa (que no tiene costo para el empleado)?

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    Las primas que amparen estos seguros que sean otorgadas al trabajador por cuenta del patrn, al serprestaciones derivadas de la relacin laboral, se reportan en el Complemento, las primas a cargo delpatrn primero como percepcin y luego como deduccin por pago de prima a cargo del patrn.

    Cuando se realice el siniestro y esto de origen al pago de la cantidad asegurada por parte de la empresaaseguradora, dichas cantidades no tienen el carcter de sueldos y salarios, y por ende no requieren serincluidas en el Complemento.

    6. Cmo se pueden administrar los CFDIgenerados con la hora de un servidor ubicado en un pascon una hora adelantada a Mxico para que el PAe reconozca el documento como vlido encualquier momento que lo reciba?El CFOI, debe generarse utilizando el uso horario de la zona centro de Mxico.

    7. Existe un plazo para enviar los correos a los empleados con sus recibos de nminaelectrnicos?Para los efectos del artculo 99, fraccin III de la LISR, quienes hagan pagos por la prestacin de unservicio personal subordinado, debern expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas quereciban pagos, en la fecha en que se realice la erogacin correspondiente.

    Adicionalmente, en la Primera Resolucin de Modificaciones a la Resolucin Miscelnea Fiscal para2014, publicada en el D.O.F. el pasado 13 de marzo, se incluye la regla 1.2.7.5.3, la cual dispone laposibilidad de expedir los CFDI antes de la realizacin de los pagos o dentro de los tres das hbilesposteriores a la realizacin efectiva del pago.

    8. Cundo se tienen que timbrar los cheques o transferencias que quedaron pendientes de 2013yse pagan en 2014:con fecha de pago 2014y la fecha inicial y final de pago el periodo al quecorresponde el pago (2013)?En lo que se refiere a los cheques y las transferencias estos no se certifican "timbran".

    9. Cules son los requisitos para el CFDIde retenciones de ISR comisionistas?El CFOI de retenciones deber emitirse utilizando el documento que al efecto se publique en la pginade Internet del SAT, denominado complemento de nmina, esto de conformidad con lo dispuesto porlas reglas 1.2.7.1.4 y I.2.7-5-4 de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficialde la Federacin el 30 de diciembre de 2013.

    1O.Elempleado debe seguir firmando su recibo de nmina periodo a periodo y adems se debeemitir el recibo de CFDIenviado por correo electrnico al trabajador?Para efectos fiscales, al momento de realizar la erogacin se debe expedir el CFOI Recibo de sueldos,salarios e ingresos asimilados, el cual es un archivo electrnico (formato XML). Si el trabajador solicitasu representacin impresa, deber proporcionrsele tambin esta de conformidad con lo dispuesto porlos artculos 29 fraccin V del Cdigo Fiscal de la Federacin y 99 fraccin III de la Ley del ImpuestoSobre la Renta.

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  • SAT Servicio de Admi nistracin Tributaria

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    Asimismo, por lo que respecta a la materia laboral y de seguridad social, el patrn podr segUIrutilizando los recibos de pago de nmina laboral que ha venido usando hasta la fecha.

    11. Se debe emitir el recibo de nmina y timbrarlo en un juicio laboral o con el acuerdo laboral essuficiente?Se debe emitir un CFDI recibo de sueldos, salarios e ingresos asimilados por cada pago que se realice altrabajador, inclusive por pagos de nmina extraordinaria como liquidaciones o pagos por ejecucin delaudos.

    12.Se puede determinar en trminos netos el sueldo para manifestar las faltas, permisos eincapacidades?Si, se puede determinar en trminos netos, en cuyo caso no habra faltas o permisos.

    13.Qu sucede cuando el contribuyente que emite el CFDI no cuenta con la informacin referentea la forma de pago que realizar el cliente?Esta pregunta no se refiere al tema de CFDI recibo de pago de sueldos, salarios e ingresos asimilados.

    De conformidad con lo dispuesto por la regla 1.2.7.1.26de la Primera Resolucin de Modificaciones a laResolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el D.O.F. el pasado 13de marzo, se establece quepara los efectos del artculo 29-A, fracciones 1 y VII, inciso e) del CFF, los contribuyentes podrnincorporar en los CFOI que expidan, la expresin NA o cualquier otra anloga, en lugar de los siguientesrequisitos:

    I. Rgimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.11. Forma en que se realiz el pago.

    Los contribuyentes tambin podrn sealar en los apartados designados para incorporar los requisitosprevistos en las fracciones anteriores, la informacin con la que cuenten al momento de expedir loscomprobantes.

    14.Existe una prrroga para emitir los recibos digitales en el mes de abril?En relacin a su pregunta le comentamos que de conformidad con el artculo Cuadragsimo QuintoTransitorio de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federacinel 30 diciembre de 2013, se dispone que para los efectos del artculo 29, primer prrafo del CFF, laspersonas fsicas que en el ltimo ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido para efectos del ISR,ingresos acumulables superiores a $500,000.00, as como las personas morales del Ttulo 11y III de la Leydel ISR podrn optar por diferir la expedicin de CFDI por concepto de las remuneraciones a que serefiere el Captulo I del Ttulo IV de la Ley del ISR, as como por las retenciones de contribuciones queefecten durante el perodo comprendido del 1de enero de 2014 al 31de marzo del mismo ao, siempreque el i de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y emitido todos los CFOI decada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opcin dediferimiento sealada.

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  • SAT Serviciode Administracin Tributaria

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    La opcin prevista en esta regla, se ejercer a travs de la presentacin de un caso de aclaracin en lapgina de Internet del SAT, en la opcin "Mi porta!".

    Cuando los contribuyentes incumplan con el requisito de migracin al esquema de CFDI, perdern elderecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones generales enmateria de expedicin de comprobantes fiscales a partir del i de enero de 2014

    15. Setienen que emitir los recibos en abril retroactivos a enero 20l4?Le comunicamos que quienes opten por el diferimiento a que se refiere el artculo Cuadragsimo QuintoTransitorio de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federacinel 30 diciembre de 2013, adems de presentar el aviso de diferimiento a travs de de un caso deaclaracin en la pgina de Internet del SAT, en la opcin "Mi portal", a partir del 1 de abril de 2014debern de manera retroactiva emitir todos los CFDI de cada uno de los pagos o de las retencionesefectuadas por las que hayan tomado la opcin de diferimiento sealada.

    Otros temas

    1. Cmose documenta la venta de vehculos entre personas fsicas?Para efectos fiscales, la persona que vende debe de entregar un CFDI a efecto de que el compradorpueda hacer la deduccin y acreditamiento correspondiente.

    No obstante le comentamos, que de conformidad con lo dispuesto por las reglas 1.2-4-3,fraccin IV y1.2.7.3-4la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 30diciembre de 2013, las personas fsicas que enajenen un vehculo usado con excepcin de aqullas quetributen en los trminos de las Secciones I y 1I,del Captulo II del Ttulo IV de la Ley del ISR, pueden serinscritas en el RFC y expedir el CFDI por la venta del citado vehculo a travs de la intervencin delcomprador o adquirete del mismo.

    2. Cundo ser publicada la regla especfica para transporte areo?El pasado 13 de marzo se publico en el Diario Oficial de la Federacin, la Primera Resolucin demodificaciones a la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2014, en ella se incluye las reglas 1.2.7.1.27.y1.2.7.1.28,as como el Artculo Sptimo Transitorio, los cuales se refieren al pago de contribuciones ygastos en transporte areo de pasaje y carga, a la expedicin de CFDr por servicios de transporte areode pasajeros y carga y al diferimiento de la expedicin de estos CFD1.

    3. Deben emitir CFDls las dependencias de gobierno o instituciones que cobran derechos?(Predio, tenencias, impuesto sobre nminas, tesorera de la federacin, suministro agua etc.)Si, de conformidad con el artculo 86 fraccin I1,de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

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  • SAT Servicio de Administracin Tributaria

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    Adicionalmente de conformidad con el artculo Sexto de la Primera Resolucin de modificaciones a laResolucin Miscelnea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 13 de marzo de2014, se establece que para los efectos del artculo 29, primer y ltimo prrafo del CFF, las dependenciasy entidades pblicas federales, estatales y municipales podrn optar por diferir la expedicin de losCf'Dl que deben emitir por el pago de contribuciones federales, estatales o municipales, incluyendoproductos y aprovechamientos, que perciban durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2014 al30 de junio del mismo ao, siempre que al 1 de julio de 2014 hayan migrado totalmente al esquema deCFOl, y emitido a los contribuyentes que as lo hayan solicitado todos los CFOl correspondientes a losingresos percibidos durante el periodo sealado.

    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Atentamente

    Lic. Fernando Martnez CossAdministrador Central

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