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 “COMERCIO LIBRE” Y MODELO CONSULAR SEVILLANO: LA RELACIÓN CON LOS REALES CONSULADOS DE CARACAS Y BUENOS AIRES Siguiendo las recomendaciones mencionadas en clase y bajo la perspectiva metodológica  planteada por Jürgen Kocka, este trabajo tomará como eje de análisis el método comparativo como herramienta historiográfica, para dar cuenta no solo de las características generales de los aspectos a estudiar sino también para acentuar sus particularices a través de sus diferencias y semejanzas y además comprender de una manera más compleja el proceso dentro del contexto histórico propio. En conclusión, buscaremos “examinar sistemáticamente, a partir del planteamiento de preguntas directrices, las semejanzas y diferencias de dos o más fenómenos históricos” 1 , para luego describir estos fenómenos con la mayor fiabilidad posible, así como también formular afirmaciones de amplio alcance sobre acciones, experiencias, procesos y estructuras históricos 2 . A través de este ensayo intentaré caracterizar el Consulado de Mar, estableciendo sus funciones, composición y difusión en el contexto hispanoamericano de finales del siglo XVIII, centrándome en la implantación americana promovida por Carlos IV en cuanto a la  posibilidad de “abrir el comercio”, d eterminando sus continuidades y/o adaptaciones en los casos del Real Consulado de Caracas y Buenos Aires. De esta manera, el trabajo descansará sobre el concepto de comercio y tomará como punto de referencia comparativa el modelo consular sevillano, tomando como unidades específicas de comparación dos entidades territoriales, enfatizando en dos instituciones respectivas: el Real Consulado de Caracas (intendencia de Venezuela) y El Real Consulado de Buenos Aires (Virreinato del Río de la Plata). En conclusión, este estudio se guiará por la respuesta a preguntas como: ¿Qué fue un Consulado de Mar? ¿Qué modelo se siguió en América, y éste fue fiel al español? ¿Cómo fue la formación y el funcionamiento de los Consulados de Mar en Hispanoamérica, específicamente en los casos de Caracas y Buenos Aires y cómo se llegaron a relacionar, si existió tal vínculo? 3  La estructura del texto estará conformada por una parte introductoria que tendrá como  punto central la definición de Consulado de Mar, además, expondré un panorama general explicando las disposiciones de tipo estructural que permitieron las reformas comerciales  para el auge del proceso consular, esto, buscando dar respuestas a la primera parte de los interrogantes mencionados arriba. Posteriormente, entraré a relacionar la caracterización del Consulado de Mar con la “versión” hispanoamericana y enfatizaré los procesos comerciales de Caracas y Buenos Aires a través de una comparación que tendrá como  punto de partida el ámbito comercial. 1  KOCKA, Jürgen. La comparación histórica. En: Historia social y conciencia histórica. Madrid: Marcial Pons, ediciones de historia, S. A., 2002. p. 43 . 2  Ibid. 3  Este compendio de propuestas metodológicas se encuentran en el libro anteriormente citado, en la parte referente a la “formulación de preguntas, conceptos y unidades de comparación”: Ibid., p. 49-50.

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“COMERCIO LIBRE” Y MODELO CONSULAR SEVILLANO: LA RELACIÓN

CON LOS REALES CONSULADOS DE CARACAS Y BUENOS AIRES

Siguiendo las recomendaciones mencionadas en clase y bajo la perspectiva metodológicaplanteada por Jürgen Kocka, este trabajo tomará como eje de análisis el método

comparativo como herramienta historiográfica, para dar cuenta no solo de las característicasgenerales de los aspectos a estudiar sino también para acentuar sus particularices a través desus diferencias y semejanzas y además comprender de una manera más compleja el procesodentro del contexto histórico propio. En conclusión, buscaremos “examinar 

sistemáticamente, a partir del planteamiento de preguntas directrices, las semejanzas ydiferencias de dos o más fenómenos históricos”

1, para luego describir estos fenómenos conla mayor fiabilidad posible, así como también formular afirmaciones de amplio alcancesobre acciones, experiencias, procesos y estructuras históricos2.

A través de este ensayo intentaré caracterizar el Consulado de Mar, estableciendo sus

funciones, composición y difusión en el contexto hispanoamericano de finales del sigloXVIII, centrándome en la implantación americana promovida por Carlos IV en cuanto a la posibilidad de “abrir el comercio”, determinando sus continuidades y/o adaptaciones en los

casos del Real Consulado de Caracas y Buenos Aires. De esta manera, el trabajo descansarásobre el concepto de comercio y tomará como punto de referencia comparativa el modeloconsular sevillano, tomando como unidades específicas de comparación dos entidadesterritoriales, enfatizando en dos instituciones respectivas: el Real Consulado de Caracas(intendencia de Venezuela) y El Real Consulado de Buenos Aires (Virreinato del Río de laPlata). En conclusión, este estudio se guiará por la respuesta a preguntas como: ¿Qué fue unConsulado de Mar? ¿Qué modelo se siguió en América, y éste fue fiel al español? ¿Cómo

fue la formación y el funcionamiento de los Consulados de Mar en Hispanoamérica,específicamente en los casos de Caracas y Buenos Aires y cómo se llegaron a relacionar, siexistió tal vínculo?3 

La estructura del texto estará conformada por una parte introductoria que tendrá comopunto central la definición de Consulado de Mar, además, expondré un panorama generalexplicando las disposiciones de tipo estructural que permitieron las reformas comercialespara el auge del proceso consular, esto, buscando dar respuestas a la primera parte de losinterrogantes mencionados arriba. Posteriormente, entraré a relacionar la caracterizacióndel Consulado de Mar con la “versión” hispanoamericana y enfatizaré los procesoscomerciales de Caracas y Buenos Aires a través de una comparación que tendrá comopunto de partida el ámbito comercial.

1 KOCKA, Jürgen. La comparación histórica. En: Historia social y conciencia histórica. Madrid: Marcial Pons, edicionesde historia, S. A., 2002. p. 43.2 Ibid. 3 Este compendio de propuestas metodológicas se encuentran en el libro anteriormente citado, en la parte referente a la“formulación de preguntas, conceptos y unidades de comparación”: Ibid., p. 49-50.

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Generalmente se ha atribuido a Carlos III las primeras iniciativas para el establecimiento deun “comercio libre” entre la Metrópoli europea y sus colonias americanas en el conocidoaño de 1765, como derivación del conjunto de reformas planteadas por los borbones. Estobien podría tomarse como punto de partida para entender la preocupación de la Coronaespañola por el creciente comercio de las colonias americanas, y para entender las

posteriores reformas de 1778-1795 y la posibilidad de la creación de los Consulados de Maren las últimas décadas del siglo, además de los existentes en Lima y México4. ¿Por qué laCorona española se esforzó por facilitar el intracomercio? y, ¿por qué proliferaron a finalesdel siglo XVIII los consulados tanto en España como en América? Las respuestas a estaspreguntas nos llevan a referir y explicar el contexto comercial de la época, pero se trataranmás adelante. Por el contrario, a continuación nos ocuparemos de definir qué fue unConsulado de Mar.

Según la definición de Robert Sidney Smith5, el Consulado de Mar surgió como productode la necesidad de los comerciantes (específicamente el grupo mercantil) de algunas de las

más prósperas poblaciones del Mediterráneo de mantener y defender sus intereses, en lasegunda mitad del siglo XIII, aglutinando en primera instancia a los sujetos que estabanrelacionados con la actividad mercantil, fueran éstos propietarios o empleados (conexistencia de capital mercantil por lo menos) y después a otros que de alguna maneracompetían al círculo comercial. Esta definición podría tomarse, a grandes rasgos, como lagenérica, teniendo en cuenta el planteamiento hecho por diferentes autores interesados porel estudio de estas instituciones comerciales6. Específicamente para el caso español – que esel que nos interesa de momento-, Sidney argumenta que “antes de concluir el siglo XIII, el

consulado de mar apareció en el este de España como una institución destinada a facilitar

soluciones para las disputas comerciales y para promover y proteger los interesesmercantiles de los comerciantes catalano-aragoneses”7. De esta manera, cada vez más se

difundió a lo largo de la costa este del mediterráneo español y moduró sus relacionessociales y económicas para mediados del siglo XV, implantándose rápidamente en el

4 Vid., CRUZ BARNEY, Óscar. el régimen jurídico de los consulados de comercio indianos: 1784-1795 En: Instituto deinvestigaciones jurídicas [en línea]. 2 ed. México D .F.: UNAM, 2001. 333 p. Serie Doctrina Jurídica, No. 53. Disponibleen: http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=19 [citado en 10 de junio de 2011]. ISBN 968-36-9185-4.5 SIDNEY SMITH, Robert. Historia de los consulados de mar (1250-1700). 1 ed. Barcelona: Ediciones Península, 1978.203 p.6 Vid. p. e.: CRUZ, Loc. cit., y Operaciones mercantiles y consulados de comercio en el mundo Hispano-Indiano: notassobre su estudio. En: Revista América Latina en la historia económica [en línea]. No. 18 (enero-diciembre 2002).Disponible en:  http://www.estig.ipbeja.pt/~ac_direito/OscarCruzBarney.pdf   [citado en 11 de junio de 2011]; SOUTOMANTECÓN, Matilde. Los consulados de comercio en Castilla e Indias: su establecimiento y renovación (1494-1795).En: Anuario mexicano de historia del Derecho [en línea]. Volumen II (1990). Disponible en:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/2/est/est8.pdf   [citado en 11 de junio de 2011]. ISSN 0188-0837., y Creación y disolución de los consulados de comercio de la Nueva España. En: Revista Complutense de Historiade América [en línea]. Volumen 32 (2006). Disponible en:http://revistas.ucm.es/ghi/11328312/articulos/RCHA0606110019A.PDF  [citado en 11 de junio de 2011]. ISSN 1132-8312; VAS MINGO, Marta Milagros del. Los consulados en el tráfico indiano. En: Fundación Ignacio Larramendi [enlínea]. (2000). 111 p. Disponible en: http://www.larramendi.es/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1000183 [citadoen 11 de junio de 2011].7 SIDNEY, Op. cit., p. 11.

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proceso de unión de los reinos de Aragón y Castilla. Ya desde aquí podemos rastrear elorigen consular para el caso americano. Es claro entonces que los primeros Consulados deMar eran en su esencia incipientes agremiaciones de sujetos vinculados al sector mercantilde la economía española, sin embargo, surgió más como una forma de tribunal marítimo ytal parece que estas funciones (agremiación y legislación) se dieron casi al mismo tiempo.Sidney por ejemplo muestra que, “excepto en unas pocas ocasiones en su etapa deformación, el Consulado siempre fue un tribunal. Originalmente tribunal marítimo, oConsulado de Mar, muy a principios de su evolución el tribunal consular adquirió  jurisdicción en materia de litigio comercial distinto del intercambio marítimo”

8, así comotambién que “al principio, el gremio fue una asociación de comerciantes marítimos,patronos y propietarios de barcos, pero la evolución del Consulado de Mar como tribunalcorrió paralela a la transformación de la asociación marítima en un gremio mercantilcompresivo, una corporación que finalmente abarcó a grandes terratenientes eindustriales”

9. La necesidad de arbitrar querellas de tipo marítimo y mercantil, así como la

ineficiencia del Derecho ordinario, terminaron impulsando la creación del tribunal de loscónsules, además, en los casos cátalo-aragoneses, hubo un esfuerzo de la Corona porespecializar los asuntos del mar.

Junto con el modelo consular de Cataluña y Aragón, coexistieron otro tipo deorganizaciones consulares que gozaban de más libertad para establecer el gremio y elegir eltribunal. Cabe aclarar aquí que mientras los consulados catalano-aragoneses tenían unamayor supervisión del gobierno municipal, los de Bilbao, Burgos, San Sebastián y Sevillase conformaban por “funcionarios gremiales sobre cuya selección el gobierno municipal no

tenía control directo”10. Generalmente, el tribunal consular del modelo catalano-aragonés

estaba conformado por dos jueces que eran elegidos anualmente por los hombres con másrelación marítima del gremio, una especie de élite mercantil, entre los que figurabannavegantes y armadores. Con la supervisión de la Corona, se elegían dos cónsules, uno delos cuales tenía que ser comerciante. En el caso de la conformación de los tribunalesgremiales tipo Burgos y Sevilla, la asamblea del gremio reunida elegía siete candidatos quea su vez elegían el prior y dos cónsules (Burgos) o, por votación directa elegían a treintaelectores que decidían el puesto de prior y los de los cónsules11.

De esta manera, el consulado de Sevilla fue el más importante en cuanto a la relacióncomercial con América desde el siglo XVI hasta principios del XIX. Este consulado  – en

especial el tribunal gremial-, fue creado precisamente como respuesta al incremento delcomercio con el Nuevo Mundo y al aumento de litigios que rebasaron la capacidad de laCasa de Contratación12. Esta manera de concebir tanto las instituciones como las dinámicas

8 Ibid., p. 11-12.9 Ibid.10 Ibid., p. 31.; Vid., CRUZ. Operaciones de comercio… 11 Ibid., p. 31-32.12 Ibid., p. 121.

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comerciales, supuso de forma análoga la imposición para América de este este proceso, porconsiguiente los Consulados de Mar de finales del siglo XVIII fueron emanados de lapredisposición del de Sevilla. En conclusión, “el centro de la vida marítima que vigorizó el

posterior desarrollo del Derecho marítimo, con una legislación puntera en el ámbito delcomercio y de la jurisdicción mercantil, fue la Corona de Aragón. Desde Valencia y desde

Barcelona se irradió hacia el mundo atlántico castellano los elementos indispensables paragenerar una legislación que fue capaz de estructurar y dinamizar el comercio con Américadurante tres siglos, y que marcó su influencia en otros ámbitos peninsulares yextrapeninsulares hasta la actualidad”

13.

A partir de 1765, las políticas comerciales provenientes de la Corona española hacia suscolonias favorecieron el llamado “comercio libre”. Se iniciaron medidas importantes comopor ejemplo la instauración de la apertura comercial intraimperial, la rebaja de arancelesaduaneros, la abolición del monopolio de Cádiz y Sevilla, las libres comunicaciones entrelos puertos peninsulares, del Caribe y de la América continental y la autorización del

comercio intercolonial14. De esta manera, la producción y el comercio se expandieroncontinuamente sobre todo en las áreas periféricas: el norte de México, la Florida yLouisiana, el Río de la Plata, el sur de Chile, ciertas regiones de Nueva Granada yVenezuela15 y las ciudades con puertos en el atlántico hicieron evidente este crecienteintercambio, desatacándose Caracas y Buenos Aires. Para 1778 se modificaron las políticascomerciales, en donde la Corona se mostró cada vez más animada a fortalecer las libertadescomerciales entre sus colonias. Estas disposiciones fueron contenidas en el  Reglamento y

 Aranceles reales para el Comercio Libre de España e Indias, que según Eduardo ArcilaFarías16, suponía la comprensión de todo el continente al régimen de comercio libre, con la

solo excepción de Venezuela, ya que el comercio con España estaba en manos de laCompañía Guipuzcoana17, y México. A grandes rasgos, esta nueva atmósfera dejóresultados en la economía hispanoamericana significativos si lo comparamos con el estrictomonopolio tradicional de años anteriores, fue el caso del crecimiento comercial en Méxicoy Perú gracias a la agricultura y la minería, el alza en las exportaciones hacia España,mayor productividad en la explotación de metales preciosos, una fuerte estimulaciónagroexportadora que incluyó productos y territorios descuidados en las pampas rioplatensesy los llanos venezolanos18.

13 VAS, Op. cit., p. 3.14 LYNCH, John. América Latina, entre colonia y nación. Barcelona: Crítica, 2001. p. 121.15 CARDOSO F. S., Ciro; PÉREZ BRIGNOLI, Héctor. Historia económica de América Latina. Barcelona: Crítica, 1981.p. 9. Tomo II (Economías de exportación y desarrollo capitalista).16 ARCILA FARÍAS, Eduardo. Fundamentos económicos del Imperio Español en América. Caracas: Fondo Editorial deHumanidades y Educación – Universidad Central de Venezuela, 1985. p. 85-86.17 Para las relaciones comerciales entre España y Venezuela después de 1765, vid., MURGUEITIO, Carlos A. LaCompañía Guipuzcoana de Caracas: defensas comerciales y estrategias hemisféricas coloniales. En: Montalbán. No. 38(2005). UCAB, Caracas.; BASTERRA, Ramón de. Una Empresa del siglo XVIII: Los Navíos de la Ilustración. Caracas:Ediciones de la Presidencia de la República de Venezuela, 1954. 18 LYNCH, Op. cit., p. 121-122.

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Sin embargo hubo en estas políticas comerciales dos aspectos importantes desde el puntode vista de nuestro trabajo: la apertura de más puertos y la recomendación de erigir nuevosconsulados, sobre todo en América. En este mismo año se agregó Buenos Aires al área debeneficio19, y se estableció  por el Reglamento de Comercio que “en los puertos habilitados

de España y las islas de Mallorca y Canarias, se debían crear, donde no los hubiera,

Consulados de Comercio de acuerdo a las leyes castellanas e indianas, para que con elauxilio de las Sociedades Económicas de Amigos del País (…) se encargaran del fomento a

la agricultura y la navegación interoceánica”20. Más tarde, en 1789 el sistema de comercio

libre llegó legítimamente a Venezuela. De esta manera el comercio continuó en ascenso yse vio condicionado por las fluctuaciones belico-diplomáticas hasta llegar a 1793 ycoincidir con la apertura de los primeros Consulados de Mar hispanoamericanos: en el casoparticular son, el de Buenos Aires (1794) y el Caracas (1793). Encadenando loanteriormente mencionado, Peggy Liss nos muestra este problemático proceso: “Desde

1793 y a lo largo de 1794, España estuvo en guerra con una Francia en que la revolución

había perdido sus aspectos más atractivos y la llamada a la monarquía constitucional habíacedido ante el regicidio. Esta guerra puso a España en alianza con la Gran Bretaña e hizoque España se concentrara en la seguridad del Caribe, acelerar las medidas para obteneringresos inmediatos de América (…) También resultó en un surgimiento del comerciodirecto norteamericano con las colonias españolas y francesas, llevando allí másexportaciones y una enorme cantidad de re-exportaciones”

21, además, “… floreció el

comercio con las Indias Occidentales británicas. Así, desde 1793 las telas de algodón deInglaterra se popularizaron en Venezuela. Desde el mismo año se toleraron navíosnorteamericanos en las Floridas, Nueva Orleáns y otros puertos de la América española(…) Los redoblados esfuerzos por hacer que los norteamericanos con propiedades ayudaran

a desarrollar las exportaciones y los ingresos regionales condujeron a una formalautorización de crear (…) nuevos consulados en Caracas y Guatemala en 1793, en Buenos

Aires y La Habana en 1794…”22. Analizando este fragmento, a diferencia de los

Consulados de Mar españoles, los recién creados en América no solamente respondieron acircunstancias económicas o comerciales específicas, sino que debido a los acontecimientosse utilizaron para las funciones de seguridad en cuanto al contrabando y a la posibilidad deque Francia se apoderara del Caribe.

Desde lo anterior podemos concluir que estos dos consulados, además de cumplir con laslabores que tradicionalmente se les habían atribuido, tenían la obligación de velar por el

fomento en industria y agricultura de su respectivo espacio administrativo, teniendo en

19 ARCILA. Economía colonial de Venezuela. México D.F.: F. C. E., 1946. p. 350.20 CRUZ. Notas sobre la libertad de comercio y la creación de los Consulados de Comercio indianos en la segunda mitaddel siglo XVIII. En: Jurídica: Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana [en línea]. No. 30(2000). Disponible en: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/30/cnt/cnt26.pdf  [citado en 11 de juniode 2011].21 LISS, Peggy K. Los imperios trasatlánticos: las redes del comercio y de las Revoluciones de Independencia. MéxicoD.F.: F. C. E., 1995. p. 253.22 Ibid., p. 254.

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cuenta lógicamente la tarea de ensanchar las redes comerciales con los países neutrales ypropender por el bien económico de cada región. Para Federico Brito por ejemplo, lacreación del Real Consulado de Caracas es una consecuencia del desarrollo mercantil deVenezuela y un triunfo tanto del Cabildo caraqueño como de los sectores económicos másimportantes: terratenientes, comerciantes y mercaderes23. En el caso de Buenos Aires, la

motivación principal estuvo orientada hacia la cada vez más creciente explotación decueros, carne salada y sebos, así como a la posibilidad de dar entrada a manufacturasextranjeras24, no obstante ambas ciudades tuvieron un rasgo común que era propio de lospuertos grandes: el contrabando. Es pertinente entonces a continuación analizar las realescédulas de erección de los respectivos consulados para establecer características generales yrelaciones entre ellos, y detectar si obedecen parcialmente al modelo sevillano:

La real cédula de erección del Consulado de Sevilla (1784) concluía que:

1. Régimen interior.

El Consulado de Sevilla se integraba por cinco clases:a) Hacendados, que poseyeran doce mil pesos sencillos o más en fincas yheredades fructíferas.b) Comerciantes al por mayor.c) Mercaderes que tuvieran la cantidad señalada empleada en su giro.d) Fabricantes o dueños de fábricas en todo o parte de ellas.e) Navieros o propietarios de embarcaciones capaces de navegar en los mareseuropeos y americanos, cuyos caudales en ambas clases fueren de cuandomenos ocho mil pesos. 

En cuanto a los oficios y empleos consulares, había un prior, dos cónsules ydiez consiliarios, repartidos de la siguiente forma: tres de la clase   de loshacendados, dos de la de los comerciantes, dos de la de los mercaderes, dos dela de los fabricantes, y uno de la de los navieros. Había también un secretarioescribano, un contador, un tesorero, un juez de alzadas, un asesor, dos porterosy un guarda-almacén, que debían ser naturales  de los reinos del monarca yresidentes en la ciudad de Sevilla. En cuanto a las funciones particulares y su elección, el prior debía ser electo deentre las personas más condecoradas e instruidas de la matrícula del

Consulado. Tenía voz y gobierno en el Tribunal Consular y en las Juntas.Debía ser obedecido sin réplica, nadie podía tomar asiento antes que él, nihablar o retirarse sin su permiso. El trato a él sería con el respeto y decorodebidos a los demás jueces y magistrados del reino, castigándose las ofensas ydesacatos a su persona conforme a derecho.

23 BRITO FIGUEROA, Federico. La estructura económica de Venezuela colonial. Caracas: Ediciones de la Biblioteca  –  Universidad Central de Venezuela, 1983. p. 246.24 PÉREZ HERRERO, Pedro. Comercio y mercados en América Latina Colonial. Madrid: Editorial Mapfre, 1992. p. 297.

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Los cónsules debían ser siempre hombres de la mayor probidad, instrucción yexperiencia en los asuntos mercantiles y los demás propios de la labor delConsulado. En ausencia del prior tenían por antigüedad su voz y facultades.Los oficios de prior, cónsules y consiliarios eran bienales y no se permitía lareelección inmediata sino cada dos años. Cada año debía efectuarse la elección

de un cónsul y cinco consiliarios, de tal manera que siempre hubiera igualnúmero de cónsules y consiliarios antiguos y modernos. Podía ingresar alConsulado cualquier persona dentro de las cinco clases (Hacendados,comerciantes, mercaderes y navieros), cumpliendo con los requisitos para ellaexigidos. El solicitante debía presentar o bien remitir al secretario un memorialfirmado con los documentos que acreditaren su mayoría de edad o habilitación,su naturaleza, vecindad y caudal25.

Los consulados caraqueño y porteño se integraban generalmente por un prior, dos cónsules,nueve consiliarios y un síndico, todos ellos con sus respectivos tenientes. Además, unsecretario, un contador y un tesorero. Su objeto era la más breve y fácil administración de justicia en los pleitos mercantiles, así como la protección y fomento del comercio en todossus ramos, similar al sevillano:

En el Consulado de Caracas se nombró como prior al conde de Tovar y por suteniente a don Manuel Martin Blanco; como primer cónsul a don Juan JosephMintegui y por su teniente a don Manuel de Clemente y Francia; para segundocónsul a don Joseph de Escoriguela y por su teniente a don Nicolás del Toro;

para consiliarios al conde de San Xavier, don Joseph Cocho de Iriarte, donFeliciano Palacios y Sojo, don Andrés Ibarra, don Francisco García deQuintana, don Francisco Longa, don Marcos de Rivas, don Juan BautistaEchezuria y don Isidro Méndez; como sus tenientes a don Santiago de Ponte,don Antonio Barreto, don Martin Xeréz Aristigueta, don Fernando Ascaino,don Manuel Monserrate, don Ignacio Gedler, don Juan Benítez, don JosephJoachín de Ansa y don Blas del Castillo; para síndico a don Manuel FelipeTobar y por su teniente a don Juan Joseph de Echenique; como secretario a donAntonio Sublete; contador a don Gervasio de Navas; tesorero a don JaymeBolet, para asesor al doctor don Agustín de la Torre y como escribano a donPedro del Río.

En el de Buenos Aires se nombró en el cargo de prior a don Manuel Rodríguezde la Vega y como su teniente a don Joseph de Gainza; para primer cónsul adon Juan Esteban de Anchorena y por su teniente a don Luis de Gardeazaval;para segundo cónsul a don Juan Antonio de Lesica y por su teniente a don

25 Extractado de: CRUZ, El régimen… Op. cit. 

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Gaspar de Santa Coloma; para consiliarios a don Antonio García López, donFrancisco Ignacio de Ugarte, don Saturnino Saraza, don Isidro JosephBalbastro, don Manuel del Cerro Saenz, don Pedro Díaz de Vivar, don Joaquínde Arana, don Diego Agüero y don Joseph León de Barua; por sus tenientes adon Manuel de Arana, don Francisco Castañón, don Tomás Fernández, don

Saturnino Joseph Álvarez, don Francisco de Escalada, don Miguel Tagle, donJoseph Antonio Erescano, don Bernardo de las Eras y don Faustino Ortiz; parasíndico a don Cristóval de Aguirre y por su teniente a don Estanislao Zamudio;como secretario a don Manuel Belgrano González, para contador a donAntonio Larrazábal; para asesor al doctor don Francisco Bruno de Rivarola ypara escribano a don Francisco de Paula Dherbe y Carvajal26.

Era Función fundamental de los consulados la administración de la justicia mercantil queestaba a cargo del Tribunal del Consulado, compuesto por el prior y los cónsules, quienes, junto con sus diputados debían ser mirados por todos como jueces puestos por el rey para

administrar justicia, por lo tanto no solo podemos afirmar que la estructura de losConsulados de Mar en hispanoamericanos era análoga al de Sevilla, sino también a losinstituciones de principios del siglo XV. En este orden de ideas, hemos podido observar enlos párrafos anteriores que la composición tanto del Consulado de Caracas como la del deBuenos Aires está representada por los grupos socioeconómicos más destacados de la época(así como por una gran cantidad de españoles), a saber, comerciantes, terratenientes,mercaderes, navieros y sujetos vinculados a la incipiente industria. Lo que habría queconcluir a raíz de esto es que en América termina de madurar esta composición heterogéneade esta institución, evoluciona como aglutinante de diferentes intereses en el espectro

económico, no solo en el mercantil o comercial, con respecto a los antecesores españoles.Sin embargo, para el caso Venezolano habría que hacer la salvedad que, según Brito27 elgrupo naviero e industrial está ausente de las funciones consulares, además, los sujetos quelo conforman no son exclusivos de Caracas, ya que hay variedad de vecindad: La Guaira yPuerto Cabello.

Otro aspecto que no puede pasar por alto es la firmeza de estos Consulados. Si bien estafortaleza se les ha atribuido a su posición geográfica, hay que recordar que junto con estaexistieron también disposiciones para configurar con bastante factibilidad los tribunalesconsulares. Es relevante por ejemplo el hecho de entender que desde hace ya varios años

estaba bien arraigada un elite comercial importante en estos dos centros, es por esto que esfácil hacerse a una respuesta cuando se cuestiona por la actitud de los Cabildos respectivosfrente a la posibilidad de “liberar el comercio” con la Metrópoli y formar Sociedades quecanalizaran sus intereses. Es evidente que tanto el Cabildo caraqueño como el porteñoacusaron por sus respectivos Consulados ante las autoridades ibéricas. Fuera del campo de

26 Ibid.27 BRITO, Op. cit., p. 247-248.

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lo estrictamente económico, fueron es estos espacios, junto con las Sociedades Económicas,donde se formaron ideas patrióticas, y se argumentaron conceptos que chocaron con losintereses de la Corona española, por la misma revisión a la situación de las colonias porparte de sus mismos naturales28.

Precisamente, quisiera finalizar este ensayo presentando dos casos conflictivos de gruposdentro del contexto de los Consulados. Para el caso caraqueño bajo el supuesto de que elConsulado buscaba “el fomento de la agricultura y el comercio” algunos grupos  reaccionaron de manera desfavorable ya que vieron aminorados sus intereses, atizado estopor el carácter de procedencia de determinados sujetos : entre los latifundistas españoles,vascos y canarios, las diferentes categorías de comerciantes, las pugnas económicas tendíana transformarse como de hecho se transformaron en conflictos políticos que lesionaron eldominio del Estado metropolitano sobre Venezuela colonial29. Así mismo, cuando elSecretario del Consulado de Buenos Aires, Manuel Belgrano mostró su insatisfacciónfrente a la Corona “al argüir que Carlos IV había modificado las ideas de libre comercio de

Carlos III. Pidió mayor autonomía local en cuestiones económicas e hizo una alusiónimplícita a la importancia de fomentar el interés privado, recordando a la corona que sinrecompensa no hay talento”

30. Lo que se evidencia en uno y otro caso es laincompatibilidad entre un grupo tradicionalista compuesto por criollos recalcitrantes yespañoles y otro más “moderno”, compuesto por jóvenes educados, lectores de textosrevolucionarios y de teorías económicas que estaban definiendo el mundo económico deese tiempo.

28 LISS, Op. cit., p. 254-256.29 BRITO, Op. cit., p. 249.30 LISS, Op. cit., p. 277; Vid., las palabras de Belgrano: PUIGGROS, Rodolfo. Historia económica del Río de la Plata.Buenos Aires: Ediciones Siglo Veinte, 1948. p. 65.; Escolares.com.ar. Real Consulado de Buenos Aires [en línea].Disponible en: http://www.escolares.com.ar/ciencias-sociales/real-consulado-de-buenos-aires.html [citado en 11 de juniode 2011]; Todo Argentina. Manuel Belgrano [en línea]. Disponible en: http://www.todo-argentina.net/biografias/belgrano/905consulado.htm [citado en 10 de junio de 2011].