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 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería Departamento de Ingeniería y Gestión de la Construcción ICC 3323 Gestión Inmobiliaria APUNTE CONSERVADORES DE BIENES RAÍCES Profesor: Claudio Figari Sepúlveda Septiembre 2007

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE

Escuela de Ingeniería

Departamento de Ingeniería y Gestión de la Construcción

ICC 3323 Gestión Inmobiliaria

APUNTE

CONSERVADORES DE BIENES RAÍCES

Profesor: Claudio Figari Sepúlveda

Septiembre 2007

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Curso : ICC 3323 Profesor: Claudio Figari S. Apunte : Conservadores de Bienes Raíces

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TABLA DE CONTENIDO

El Conservador de Bienes Raíces Santiago..........................................................................2Misión ........................................................................................................................2

Organización del Sistema Registral.................................................................................2¿Cómo Operan los Conservadores? ................................................................................31. Registro de Propiedad y Comercio...........................................................................32. Registro de Hipotecas y Gravámenes.......................................................................33. Registro de Interdicciones y Prohibiciones de enajenar ..............................................3

¿Cómo funcionan los Registros? .....................................................................................3El Sistema Registral Chileno ..........................................................................................3CBRS eficiencia y modernidad .......................................................................................4Servicios remotos ........................................................................................................5

Una solución al alcance de todos ................................................................................5Los comienzos de un buen servicio .............................................................................5Los avances de la informática ....................................................................................6

Departamento de estudios ............................................................................................6La Piedra Angular .....................................................................................................6El ABC de los pasos y tiempos de cada documento .......................................................7

Glosario ......................................................................................................................7Arancel del Conservador de Bienes Raíces .....................................................................11

Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral ....................................................... 13¿Qué es la Corporación? ............................................................................................. 13Miembros de la Corporación. .......................................................................................13Objetivos. .................................................................................................................13Modernización de la organización registral chilena promovida por los Conservadores. .........14

Conservadores ....................................................................................................... 14Procedimiento ........................................................................................................ 14

Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile................................ 16

Historia.....................................................................................................................16Objetivos ..................................................................................................................16Composición.............................................................................................................. 16Directorio..................................................................................................................16Links de Interés......................................................................................................... 17

Anexo – Tribuna Pablo Rodríguez G. ................................................................................ 18

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El Conservador de Bienes Raíces Santiago

Misión 

Los Conservadores de Bienes Raíces son ministros de fe encargados de los registrosconservatorios de bienes raíces cuyo objeto principal es mantener la historia de la propiedadinmueble y otorgar una completa publicidad a los gravámenes que pueden afectar a los bienesraíces.

La misión del Conservador de Bienes Raíces es tan importante que, graficándolo en términossimples, no existiría un título o dominio como tal si la propiedad no fuese registrada por elConservador.Su función es sumamente importante por cuanto es el Conservador quien estudia la legalidad yotorga validez a los títulos de propiedades, considerando la inscripción como requisito, prueba ygarantía de la posesión.

Organización del Sistema Registral 

La organización del servicio registral - normativa que regula el ordenamiento jurídico de losactos y contratos que por su importancia el legislador somete a registro para su publicidad yeficacia jurídica-, así como el carácter de agentes fiscalizadores del cumplimiento de las

obligaciones tributarias que la ley da a Notarios y Conservadores, se contemplafundamentalmente en los siguientes cuerpos legales:

Derecho de Propiedad. Constitución Política de la República de Chile.Código Civil.Código Orgánico de Tribunales.Reglamento del Conservador.Decreto con Fuerza de Ley 247 de 1931 sobre Organización del Conservador de Bienes Raícesde Santiago.Código de Procedimiento Civil.Código de Comercio Código de Minas.Código de Aguas.

Código y leyes tributarias.Leyes sobre Prendas especiales (Agraria, Industrial y de Compraventa de Bienes Muebles aPlazo).Leyes que rigen el Sistema Electoral que entrega a los Conservadores y otros miembros de lasvotaciones populares y escrutinios.Poder Judicial, funciones esenciales para el desarrollo de las votaciones populares y escrutinios.Ley de Bancos e Instituciones Financieras.

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¿Cómo Operan los Conservadores? 

Los Conservadores de Bienes Raíces – tres en el caso de Santiago - tienen un libro denominadorepertorio en el cual anotan todos los títulos que se presentan y llevan tres registrosdenominados:

1. Registro de Propiedad y ComercioEn Propiedad se inscriben las transacciones de dominio (transferencia, transmisiones yadquisiciones por prescripción).

En Comercio se inscriben las transacciones de sociedades de comercio y sus poderes.

2. Registro de Hipotecas y Gravámenes

En este registro se inscriben las hipotecas, los censos, los derechos de usufructo, uso yhabitación, los fideicomisos, las servidumbres y otros gravámenes semejantes.

3. Registro de Interdicciones y Prohibiciones de enajenar

En este registro se inscriben, las interdicciones y prohibiciones de enajenar y todo impedimento

o prohibición referentes a inmuebles que limite de cualquier modo el libre ejercicio del derechode enajenar (embargo, cesión de bienes, litigios etc.).

¿Cómo funcionan los Registros? 

Con arreglo a la ley, las actuaciones registrales constituyen el catastro jurídico que forma elConservador por medio de las inscripciones, subinscripciones y archivo de planos, da las copiasy certificaciones con fuerza legal que le solicitan de aquellas y de éstos.

Por iniciativa del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la institución mantiene a su costaun archivo microfilmado de respaldo de inscripciones, índices y planos, el que será sustituidopor un archivo digitalizado en discos ópticos para la adecuada actualización y transmisión a

distancia de la información registral.

Inscripciones.Subinscripciones.Archivo de planos.Copias.Certificados.Índices de inscripciones para acceso a la información registral.

El Sistema Registral Chileno 

Al contrario de otras tradiciones y normas legales tomadas de la cultura española, el sistemaregistral chileno se basó desde sus inicios- en el modelo francés y, específicamente, en suCódigo Civil.

Así, a diferencia de lo que sucede en España – por ejemplo, en Chile se considera la inscripcióncomo requisito, prueba y garantía de posesión.

En Alemania y la propia España, en cambio, se utiliza el sistema de registro constitutivo.

En España se sigue el sistema de folio real, que es la inscripción voluntaria de desarrollotécnico, con fuertes efectos jurídicos extrajudiciales.

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En consecuencia, la competencia se distribuye con carácter territorial. Es decir, dentro de cadadistrito se inscriben las fincas en él situadas y cada finca da lugar a un folio real en el Libro-Registro (de ahí su denominación) donde consta todo el historial de la finca desde sumatriculación.

Con esto se dota al asiento registral de los efectos de oponibilidad, legitimación y fe pública en

virtud de los principios de prioridad y tracto sucesivo. Ello sobre la base única de la calificacióndel Registrador que presenta, inscribe y publica, bajo su responsabilidad, los derechos sobre lasfincas.

En el sistema alemán - que a su vez ha sido adoptado por Austria y Suiza - el adquirente debuena fe debidamente inscrito goza de la presunción de dominio, con lo cual no puede verseprivado de éste en virtud de demandas de terceros anteriores dueños.

Esto se explica, además, con la ley sobre otorgamiento de escrituras públicas, donde es elNotario en ejercicio de sus funciones fiduciarias o de confianza el encargado de, por una parte,obtener la inscripción en el Registro sin cargas o gravámenes anteriores, y por otra parte deentregar el precio al vendedor una vez producida la inscripción.

Este procedimiento fue adoptado en Chile voluntariamente a través del ejercicio de las

Instrucciones Notariales.Lo anterior significa la obligación de inscripción de todos los derechos reales, por tratarse éstosde fuentes constitutivas del derecho, y así el artículo 686 del Código Civil chileno deberáconsiderar la inscripción de todos los derechos reales, incluidas las servidumbres del artículo698 (Art. 698. La tradición de un derecho de servidumbre se efectuará por escritura pública enque el tradente exprese constituirlo, y el adquirente aceptarlo: esta escritura podrá ser lamisma del acto o contrato).

CBRS eficiencia y modernidad 

Desde siempre el sistema registral chileno ha funcionado de manera óptima y día a día el

servicio se hace más eficiente. En el caso particular de Santiago, donde anualmente se llevan acabo miles de inscripciones, el sistema además ha demostrado ser eficaz, rápido y seguro.

Ello gracias a que el CBRS lleva tiempo modernizándose en sus áreas de servicio al cliente einformática y gracias también a que cuenta con un equipo de expertos –de dilatada trayectoriaal interior del CBRS- que cumplen una función primordial en la entidad.

Cada funcionario del CBRS está ampliamente capacitado para cumplir con su labor en cada unade las etapas de estudio, análisis, tramitación y aprobación que requiere un documento. Ellodesde que éste ingresa por caja hasta que sale despachado y devuelto al cliente en un plazobreve de tiempo.

Entre todas las unidades y divisiones al interior del CBRS –cada una importante y necesaria-encontramos tres que destacan en el último tiempo. Dos de ellas porque significan modernidad,

avance, tecnología y una mejor atención tanto para el usuario del CBRS como para la propiaentidad (Servicio Remoto e Informática).

La tercera sobresale, quizás, por ser la piedra angular de todo el sistema: el Departamento deEstudios, donde se lleva a cabo una exhaustiva revisión de la escritura y se fiscaliza que secumpla al pie de la letra lo que la escritura dice.

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Servicios remotos 

Una solución al alcance de todos

La sección de Servicio Remoto del CBRS está encargada de todo lo relacionado con la atenciónde usuarios que no deseen o no puedan acudir a las oficinas del CBRS para pedir ayuda,orientación o documentos de inscripciones, solicitudes de copias y certificados.

Específicamente, el Servicio Remoto recibe e-mails de consultas sobre todo lo que tenga quever con el Conservador de Bienes Raíces (registro de aguas, de propiedades, industrial,comercio, etc.) y además atiende en línea y directamente al usuario en todos losrequerimientos e inquietudes que tenga respecto del Conservador y de las consultas sobretramitación de documentos.

Servicio Remoto da, en el momento, las respuestas planteadas a cada solicitud que se haga através del teléfono, vía e-mail (para [email protected] y [email protected]) o en línea(con el servicio de chat que posee el CBRS en www.conservador.cl).

Compuesto por funcionarios altamente calificados y expertos en todo lo que el oficio otorga, elServicio Remoto está ideado para dar respuestas certeras a las miles de consultas de todaíndole.

Por ello, si existe alguna pregunta que el personal del Servicio Remoto no pueda resolver alinstante, el personal acude a la sección correspondiente en busca de orientación respecto de laconsulta específica para que luego la información correcta y precisa sea trasmitida al cliente.

En general, cuando las consultas son telefónicas si la respuesta no es inmediata el funcionariodel Servicio Remoto pide el número de teléfono del consultante y le devuelve el llamado a labrevedad con la inquietud resuelta.

Los tiempos de respuesta para cada consulta dependerán de la complejidad de ésta y lacantidad de trámites que demande.

Las consultas van desde cómo tramitar un documento hasta preguntas de procedimientos, talescomo los pasos necesarios para inscribir una posesión efectiva o documentos necesarios paracualquier otro trámite en el CBRS.

Los comienzos de un buen servicio

El Servicio Remoto del CBRS comenzó a operar como tal hace casi cinco años,implementándose en una primera etapa el servicio para la banca. Así, al comienzo se atendíanlas consultas y necesidades de los bancos fundamentalmente en lo que dice relación con elcrédito hipotecario. Se les atendía en cuanto a sus necesidades de copias o certificados.Luego, tras comprobarse los avances y resultados en esta materia, se comenzó a implementarel mismo servicio para los usuarios con tarjetas de crédito y depósitos bancarios.

Tanto el teléfono como el chat y el e-mail son de permanente demanda por parte del público ylas instituciones que buscan documentos e información en el CBRS.

Así, por ejemplo, existen dos e-mails –uno de info y otro de servicios- que están para aclarartodas las dudas y consultas del público. A través del e-mail de info los funcionarios de ServicioRemoto pueden responder todas sus consultas sobre el oficio del Conservador, mientras que através del correo de servicios el público puede averiguar todo lo relacionado con tramitación dedocumentos.

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Los avances de la informática

Los avances en el área informática del CBRS comenzaron precisamente en 1998, año en que seinició la revisión de todos los procesos internos del CBRS con la finalidad de optimizar losservicios y apoyar la gestión interna del Conservador.

En 1998 se trabajaba con procesadores de texto para la generación de las inscripciones,información que quedaba guardada en archivos de Word Perfect y sin la posibilidad de serutilizada en línea.

El otro nivel de informática existente en la época era una plataforma que servía sólo paraguardar grandes archivos indexados, pero a la vez con limitaciones de caracteres por campo,con utilización de complicadas abreviaturas y, en suma, un sistema muy difícil de aprender.

Ya a fines de 1999 se llevó a cabo la primera parte de la modernización del sistemacomputacional del CBRS, la cual consistió básicamente en mejorar la atención del público.

En una primera etapa se optimizó el servicio de cajas – ingresos y salidas de documentos-además de la atención de los grandes clientes cuentacorrentistas. A partir de todo esto se

incorporaron nuevas tecnologías y herramientas como un nuevo motor administrador de basede datos que hasta ese momento no existía.

Este motor de base de datos permitió que todos los registros e ingresos de información hechosa partir de ese momento quedaran guardados, logrando un mejor manejo futuro de toda esainformación.

Al año siguiente se inició el mejoramiento de las matricerías – secciones donde se generan lasinscripciones-, donde a través de la nueva base de datos se logró que la información que setrabajaba en los distintos registros – propiedades, hipotecas y prohibiciones fuera compartida,acortando considerablemente los tiempos de análisis y estudio de las inscripciones.

Una vez que en el 2003 se completó esta primera etapa comenzaron los programas de revisiónde índices – que a su vez emanan de la información que se genera en las matricerías-,

información que antiguamente se hacía a mano.

Departamento de estudios 

La Piedra Angular

El departamento de Estudios constituye la fase inicial de cualquier tramitación en el CBRS. Lalabor que desarrolla esta sección es extremadamente compleja, ya que existen cientos dedetalles que siempre deben ser analizados a fondo y estudiados antes de dar curso a lasinscripciones.

Por eso que cada uno de los expertos tiene que manejar a la perfección todas las disposiciones

legales que pueden afectar las escrituras y si les son aplicables o no a cada documento. Elconocimiento va desde las operaciones completas al interior del CBRS hasta el manejo deaspectos legales que van desde los testamentos hasta los poderes entregados en el extranjeroy todo lo que compete a los registros de comercio.

Al interior del departamento de estudios sólo se opera con escrituras públicas –en el caso de lacompraventa entre individuos- y con expedientes en el caso de las sucesiones por causa demuerte.

Los expertos que ahí trabajan –cada uno de los cuales tiene una amplia experiencia trabajandoen el Conservador- califican, anualmente, más de cien mil escrituras.

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Por ejemplo, deben analizarse a fondo embargos y medidas precautorias y ver si cada títuloestá en condiciones de inscribirse o está afecto a este tipo de medidas.

El ABC de los pasos y tiempos de cada documento

Cuando un documento es ingresado por caja se le asigna un número de repertorio y esderivado al Departamento de Estudios.

Ahí la escritura - título que emana de las notarías - es calificada y una vez que está encondiciones de inscribirse ésta pasa a la persona que materialmente hace la inscripción.

En esta segunda fase se lleva a cabo una exhaustiva revisión de la escritura, donde se fiscalizaque se cumpla al pie de la letra lo que la escritura dice, para luego derivarse el documento aotro funcionario que llenará la nota de transferencia.

Luego el título es revisado por las secciones de hipotecas y prohibiciones –si amerita el caso-para posteriormente seguir por otros conductos hasta volver finalmente a repertorio, donde eldocumento es validado y entregado en un plazo de ocho a diez días.

Es por ello que, por ejemplo, trámites como compraventas al contado entre alguien que vendey alguien que compra demoran cerca de un día, porque sólo requieren la firma del notario y lainscripción.

Sin embargo, en el caso de los tratamientos bancarios o procesos más complejos los plazos seextienden ya que por ley el CBRS es también un ente fiscalizador del cumplimiento de ciertascargas impositivas.

Glosario  Adjudicación: Es la expresión que mediante un titulo, radica un derecho adquirido.

Archivo de Planos: Sección donde se almacenan los planos, resoluciones y certificadosaprobados por las direcciones de obras correspondientes, asignándoles un número el cualqueda registrado la margen de los títulos de dominio. Estos se ordenan en tres tipos dearchivos; 1. Planos de fusión, subdivisión, loteo y expropiación, 2. Planos de Ley de Pisos Ley6.071, 3. Planos de Ley de Copropiedad Inmobiliaria Ley 19.537.

Bien Familiar: Es aquel que se encuentra afecto a servir de residencia a la familia, y declaradoa petición expresa del cónyuge no propietario, no se podrá transferir sin autorización de éste.

Carátula: Es el formulario petición que el conservador de bienes raíces requiere para acceder agestionar la tarea registral.

Certificación: Acredita la concertación de la inscripción practicada.

Certificado de Copropiedad: Emitido por la dirección de obras, es el que acoge y establecelas unidades vendibles, unidades de uso y goce y áreas comunes de un edificio o condominio.

Certificado ley 19537: Documento que acredita la existencia de la resolución que acogeinmuebles a la ley de co-propiedad, permitiendo la enajenación de unidades que componen loscondominios tales como: Departamentos, bodegas, estacionamientos, locales comerciales,oficinas, incluso casa o viviendas.

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Certificado de urbanización: Documento en que consta la resolución municipal que deacuerdo a la ley declara que un bien raíz se encuentra acogido a las disposiciones municipales.En cuanto a su utilización urbana.

Cesión: Transferencia suscrita Entre vivos de un derecho de una persona ( Cedente), a otra

(cesionario) , a titulo Gratuito o/u oneroso ( disposición - donación) a titulo de permuta oventa.

Código de Aguas: Normas que regulan las aguas

Código Orgánico de Tribunales: Normas que regulan a los Tribunales

Código de Minas: Normas que regulan el derecho de minería

Código de Procedimiento Civil: Normas que regulan los procedimiento en Tribunales

Compra venta: Contrato oneroso y consensual en que las partes se obligan a entregar unacosa determinada a cambio de un precio en dinero o signo que lo represente.

Comunidad de Bienes: Propiedad de varios dueños que se mantiene indivisa, dentro de otraacepción, se dice de cierto tipo de régimen matrimonial.

Contrato Privado : Contrato Celebrado

Dación en pago: Modo de extinguir una obligación, entregando el deudor, a titulo de pago,una cosa distinta de la pactada; aceptándola el acreedor con esa finalidad.

DFL2: Es el decreto ley que determina el tipo de construcción que produce un tratamientotributario distinto del normal.

Dominio: Derecho real con facultad de uso, goce y disposición que recae sobre un bien.

Dominio Vigente: Demuestra la calidad de titular actual del dominio mediante un certificadoemitido por el C.B.R.

Escritura Pública: Documento publico en que un notario da fe de la fecha de un acto; de laspersonas intervinientes y lo expresado por ellos.

Especial de Herencia: En virtud de esta inscripción, los herederos podrán disponer de(vender, hipotecar, etc) los inmueble heredados.

Exención de impuestos: Tiene relación con el avaluó del dominio; y su extensión depende, enel caso del impuesto territorial, a que su valor no exceda de una limitante. En relación con las

herencias, depende del parentesco con el causante y monto de la masa hereditaria.

Expediente: Conjunto de escritos con presentaciones en tribunales.

Expropiación: Procedimiento legal de la autoridad administrativa y en que predomínale interéssocial o de utilidad publica, para privar a una persona de determinado bien o derecho.

Fojas, numero y año: Se refiere al ordenamiento numérico de las inscripciones en losregistros del C.B.R.

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Formulario 2890: es un formulario extendido en duplicado por el notario que autoriza uncontrato. Con menciones de las partes y del inmueble pertinente.

Fusión de lotes: Unión de propiedades colindantes, de dominio de idénticos propietarios opropietario único.

Herencia: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona ( fallecida) que setransmiten a sus herederos, quienes acreditan mediante la posesión efectiva, tal calidad.

Inmueble: Es el espacio real de terreno unido a una construcción.

Juez de Letras: Funcionario del poder judicial a cargo de un Juzgado

Leasing: Contrato de Arrendamiento con opción de compra

Ley 19.537: Regula la copropiedad, diferenciando dos tipos de condominios; tipo A, es el Quedistribuye la proporcionalidad de los derechos en los bienes comunes de acuerdo al valor de launidad adquirida; tipo B, es el condominio que permite además de adquirir la unidad de un

modo singular, el terreno común se distribuye por el numero de copropietarios y no por elmonto o precio de lo adquirido.

Ley 6.071: Son los que regulan las ventas de las propiedades horizontales y departamentoshasta el año 1997, ley que fue reemplazada por la actual ley 19.537

Liquidación de sociedad Conyugal: Una vez disuelta la sociedad conyugal, sea porseparación de bienes o fallecimiento de uno de los cónyuges, se distribuyen los bienesadquiridos dentro del matrimonio entre sus participes.

Medida precautoria: Medida que tiene por finalidad asegurar el resultado de una acción judicial que prohíbe la celebración de un acto o contrato.

Modo de adquirir el dominio:-Accesión-Ocupación.-Tradición.-Sucesión por causa de muerte.-Prescripción.

Nota Marginal: Es la constancia marginal que de cualquier índole se practiquen en lasinscripciones regístrales.

Notas y rectificación: Obedecen a rectificaciones, complementaciones o declaraciones quetengan implicancia con inscripciones determinadas.

Nuda Propiedad: Término empleado para designar un bien inmueble que es sujeto deusufructo. El nudo propietario solo conserva la facultad de disposición.

Planos: Situación gráfica de un sitio o terreno.

Planos de Expropiación: Son los que grafican y regulan las propiedades que están afectas aexpropiación por ensanche de calles, áreas verdes, autopistas, etc.

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Planos de Fusión: Es el que grafica cuando dos o más sitios colindantes pasan a formar unasola unidad, para esto es requisito que todas las propiedades sean de dominio de un mismopropietario, o un grupo de propietarios.

Planos de Fusión: Es el que grafica cuando dos o más sitios colindantes pasan a formar una

sola unidad, para esto es requisito que todas las propiedades sean de dominio de un mismopropietario, o un grupo de propietarios.

Planos de Loteo: Son los que grafican el proceso de división del suelo, cualquiera sea elnúmero de sitios resultantes, que requieren de obras de urbanización, esto es apertura decalles, áreas verdes, etc.

Planos de Subdivisión: Son los que grafican cuando una propiedad se divide en uno o máslotes colindantes y que no requieren obras de urbanización.

Posesión efectiva: Se otorga por sentencia judicial cuando existen testamentos; y por mediode un certificado emitido por el registro civil cuando es intestada, otorgando la calidad deheredero del fallecido.

Poseedor: Es Aquel que está en posesión de un bien en calidad de propietario, cuyo dominiodefinitivo lo obtendrá una vez transcurrido los plazos de prescripción.

Predio: Término que se utiliza para designar bienes raíces urbanos o rurales (sitio o lote)

Prescripción: Modo de adquisición o extinción de un derecho por el transcurso de undeterminado lapso de tiempo.

Propiedad de Aguas: Registro del Conservador que ve la historia de las aguas

Propiedad fiduciaria: Es el dominio sujeto a restitución por cumplimiento de condición.

Receptor Judicial: Funcionario que se encarga de hacer notificaciones.

Reglamento Conservador de Bienes Raíces: Conjunto de Normas que regulan la elConservador.

Repertorio: Numeración que se da a los títulos susceptibles de inscribir, con el objeto decausar prelación u orden de requerimiento.

Resolución: Documento aprobatorio emitido por la dirección de obras, en el cual se explica elobjeto del plano aprobado y las características y condiciones de dicha aprobación.

Resolución Municipal: Orden emanada de la autoridad comunal que dispone, prohíbe o

permite accionar respecto de determinada Finalidad.

Sala de Estudiantes: Lugar físico en que se califican los títulos presentados.

Subdivisión: Se refiere a partir un predio, en superficies menores, previa autorización de lasdirecciones de obras municipales.

Sub. Inscripciones: Son anotaciones practicadas en las inscripciones de dominio referente aconstancia de impuestos o reconocimientos de hechos que aclaren o restrinjan un dominio oderecho.

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Titulo declarativo: Escrituración de un acto jurídico que no traspasa el dominio, sino que loradica.

Titulo vigente: Demuestra la o las personas titulares actuales de un dominio.

Tradición: Es un modo de adquirir el dominio de las cosas y consiste en la entrega del bien,que se materializa mediante la inscripción, si se trata de bienes raíces y el pago del precio.

Transferir o enajenar: Efecto que producen ciertos actos jurídicos, tendientes a causar eltraspaso del derecho o bien, de un titular a otro.

Arancel del Conservador de Bienes Raíces 

El Arancel que se aplica a las actuaciones del Conservador de Bienes Raíces de Santiago seindica en la siguiente:

TABLA DE ARANCEL PARA EL CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO 

INSCRIPCIONES 

Inscripción S/ monto $ 4.500 + $ 300 por carillaBase Inscripción propiedad – Hipotecas $ 3.000 + $ 300 por carillaBase Hipoteca Garantía General $ 3.000 + $ 300 por carillaInscripción de Hipoteca 2 pesos por cada 1.000 del monto del Préstamo.Inscripción de Propiedad 2 pesos por cada 1.000 del precio de ventaTope Inscripción Propiedad – Hipoteca $ 256.000 + Base + 300 por carilla= $259.300Inscripción Posesión Efectiva $ 3.000 + $ 300 por carilla

Inscripción de Testamento $ 3.500 + $ 300 por carillaInscripción Herencia $ 3.000 + $ 300 por carilla + 1 peso por cada 1.000del avalúo fiscal de la Propiedad.

Inscripción de Prohibición $ 4.500 + $ 300 por carillaInscripción Hipoteca Garantía General $2 por cada mil de avalúo fiscal de la propiedadhipotecada

CERTIFICADOS Y SUBINSCRIPCIONES 

Nota Presuntiva $ 2.200Certificación $ 2.000Subinscripción o Nota $ 4.000Copia de Inscripción con vigencia $ 4.300 + $ 300 x carilla adic.

Copia de Inscripción sin vigencia $ 2.300 + $ 300 x carilla adic.Hipotecas y Gravámenes - Prohibiciones $ 6.600 ($3.300 c/u)Protocolización $ 2.500Certificado Vigencia de Sociedad $ 2.300Certificado Vigencia de Poder $ 2.300

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INSCRIPCIONES DE COMERCIO 

Poderes con Nota $ 6.500 + $ 300 por carillaPoderes sin Nota $ 4.500 + $ 300 por carilla

Constitución $ 5.500 + $ 300 por carillaModificación s/ monto $ 9.000 + $ 300 por carillaModificación c/ monto $ 7.500 + $ 300 por carilla + 2 x 1.000Carilla = Página o Plana

2X1.000= 2 pesos por cada $1.000 del valor del contrato. Siendo un tope máximo de$256.000 + base de $3.300, que equivale a contratos de $ 128.000.000 o más.

Para mayor información escríbanos a [email protected]

© 2006. Conservador de Bienes Raíces de Santiago

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Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral

¿Qué es la Corporación? 

La Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral es una corporación de derechoprivado con personalidad jurídica que le fue concedida por Decreto Supremo Nº 492 del 18de mayo de 1999, publicado en el Diario Oficial del 22 de junio del mismo año y que aprobólos estatutos suscritos por sus 24 socios fundadores en la asamblea que se celebró en el marcodel VI Seminario de Conservadores de Bienes Raíces, Comercio y Minas que tuvo lugar en laciudad de Viña del Mar los días 1 y 2 de mayo de 1998.

Miembros de la Corporación.

Sus miembros son:

a) Fundadores, calidad que tienen los Conservadores que suscribieron el acta de constituciónde la Corporación;

b) De número, los Conservadores activos;

c) Supernumerarios, los notarios, archiveros judiciales, ex conservadores, y ex notarios y losabogados que se hayan destacado en la difusión del Derecho Registral, o que hayan prestadoservicios a la corporación para el cumplimiento de sus fines;

d) Honorarios, las persona que habiendo sido miembros de la Corporación en algunas de lastres calidades señaladas hayan prestado servicios relevantes a ésta; y

e) Eméritos, las personas que se han destacado en la defensa de la institución registral ohayan prestado servicios relevantes para el mejor cumplimiento de los fines de la Corporación

aún cuando no hayan sido miembros de ella. Esta calidad la dará el Directorio por launanimidad de sus miembros.

Objetivos.

Propender a dar un perfil propio a esta rama del Derecho mediante su estudio y difusión;buscar la unificación de criterios entre los Conservadores en la calificación de los títulos;propender a la modernización de la registración y a la optimización en la gestión de los Oficios;auspiciar, realizar y participar en actividades de carácter académico y de otro orden dentro dela esfera de acción de la función registral atendido que ella reviste vital importancia en el

campo económico mediante la inscripción y publicidad de los derechos que, con su inscripciónse cautelan, coadyuvando así a la paz social. Para cumplir dichos objetivos mantener tambiéncanales de información profesional entre sus miembros y relaciones interdisciplinarias coninstituciones similares o afines en el ámbito nacional e internacional.

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Modernización de la organización registral chilena promovida por los Conservadores.

Conservadores

El artículo 446 del Código Orgánico de Tribunales establece que "sonConservadores los ministros de fe encargados de los registrosconservatorios de bienes raíces, de comercio, de minas, deaccionistas de sociedades propiamente mineras, de asociaciones decanalistas, de prenda agraria, de prenda industrial, especial deprenda y demás que les encomienden las leyes".

Entre los señalados de esta manera genérica están los registros electorales locales y lo estuvoel registro de vehículos motorizados.

Deben ser abogados y son nombrados por el Presidente de la República entre los integrantes dela terna que forma la Corte de Apelaciones con jurisdicción sobre la plaza en que debaproveerse el cargo y son elegidos por mérito entre los conservadores y notarios de la mismacategoría o de la categoría inmediatamente inferior, y a falta de oponentes que seanconservadores o notarios pueden nominarse abogados que no sean miembros del Escalafón deAuxiliares del Poder Judicial, escalafón a que conservadores y notarios se encuentran adscritosen alguna de sus tres categorías a saber: 1era. categoría, ciudad asiento de Corte deApelaciones (17 ciudades); 2da. categoría, capital de provincia y 3era. categoría, comuna oagrupación de comunas.

No perciben sueldo del Estado sino que los usuarios pagan los derechos que correspondensegún el arancel que dicta el Ministerio de Justicia, y con ellos el conservador debe atender alos gastos corrientes y de capital en que debe incurrir para pagar al personal, los insumos y

consumos y eventualmente los perjuicios que pudiere haber causado por algún error registral,para lo cual rinde fianza sin perjuicio de tomar un seguro por responsabilidad funcionaria, conlo cual se evita que el usuario deba contratar un seguro de título que se contempla en otraslegislaciones.

Procedimiento

El sistema registral chileno emplea el folio personal, lasinscripciones se practican mediante procesamiento de textos enmedio papel con los que se conforman protocolos de hasta 500fojas numeradas correlativamente al igual que cada una de lasinscripciones, las que surten sus efecto desde el momento mismo

en que el título que les da origen ha sido anotado en el LibroRepertorio, anotación que determina así la prioridad registral yque caduca a los dos meses, si en dicho lapso no se hapracticado la inscripción, la que puede ser rehusada si según lacalificación del título que debe hacer el Conservador, resulta queéste no cumple con alguno de los requisitos para practicarse lainscripción.

Las subinscripciones se practican al margen de la respectiva inscripción, como así también lasnotas de referencia para vincular las inscripciones que digan relación con el bien respectivo y

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los derechos concernientes al mismo y a que se refieran otras inscripciones practicadas en elmismo registro u otros de los que por disposición de la ley están a cargo del conservador.

Cada uno de los Registros -que se inician y concluyen anualmente- deben contener los índicesde las inscripciones practicadas en éllos que facilitan el acceso a la información registral, la quepuede ser consultada por quien lo desee, ya que dichos registros son públicos. Dichos índices

procesados en muchos oficios conservatorios de la República por medios computacionales y porperíodos que comprenden varios años, facilitan a su vez el examen de la información paraotorgar los certificados que dan cuenta de la situación registral de inmuebles, sociedades,aguas, minas y prendas.

El archivo registral se complementa con los planos de subdivisión de inmuebles y de losacogidos a la normativa de los condominios.

De propia iniciativa los Conservadores mantienen también por medios manuales ocomputacionales una suerte de folio real respecto de cada unidad inmobiliaria inscrita parafacilitar su gestión, como también para contar con sistemas de respaldo de las inscripciones yplanos ya sea en medios electrónicos y/o de imagen en microfilms que les permiten así contarcon medios idóneos para su reconstitución si unas y otros se llegaren a siniestrar. Paraoptimizar el resguardo del archivo registral, al menos por ahora en el Conservador de Santiagose ha avanzado en la digitalización de las inscripciones y los planos, sistema éste que tiene laventaja de permitir la actualización de la documentación e información registral así resguardada, lo que a su vez permitirá, en el futuro, la consulta de inscripciones y planos enpantallas dispuestas para tal efecto, evitándose de este modo el acceso directo del público a losRegistros y planos, de modo tal que, sin afectar el carácter público del Registro y la publicidadconsustancial a él se protegerá adecuadamente la integridad física documentaria de dichosRegistros y planos.

Cabe destacar que, con el objeto de que la modernización de nuestro sistema registral sedesarrolle armónicamente a nivel nacional, La Corporación Chilena de Estudios de DerechoRegistral ha creado una entidad que se espera haga posible que en el curso del año2006 tal modernización sea una realidad y con programas computacionales uniformespermitir que se puedan solicitar actuaciones registrales -inscripciones,subinscripciones, copias y certificados- desde cualquier punto del país y delextranjero, con lo que se habrá conseguido cumplir uno de los objetivos más importantes dela Corporación. El siguiente paso será adoptar las medidas necesarias para la aplicación de lasdisposiciones de la ley sobre documento y firma electrónica a la función registral, clarademostración que los Conservadores captan los signos de los tiempos y habrán así portado losuyo cuando tenga lugar el bicentenario de la independencia nacional.

De este modo, los Conservadores estarán conciliando adecuadamente la seguridad y certeza jurídica registral con la estabilidad deseable, conveniente y necesaria de las instituciones, queen el caso preciso de la institución registral, ha dado prueba más que suficiente de adecuadofuncionamiento durante los 148 años transcurridos desde que el 24 de junio de 1857 sedictara el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces en virtud de lodispuesto en el artículo 695 del Código Civil. Con estas iniciativas, cuyo financiamiento esasumido por los mismos Conservadores, estos funcionarios auxiliares de la Administración deJusticia, contribuyen al desarrollo nacional.

© 2000 - 2005 Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral

Avda. Bulnes 79 Oficina 50 - Santiago de Chile

[email protected]

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Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judicialesde Chile

Historia 

La Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros de Chile, fue fundada en Valparaíso elnueve de diciembre de 1961. Su personalidad jurídica la logró el 15 de noviembre de 1962, endicha época el Directorio estuvo compuesto por Presidente Notario Sr. Rafael Zaldivar Díaz,Vice-Presidentes: Notario Luis Díaz Mieres y Conservador de Bienes Raíces Álvaro Bianchi Paz,Secretario; Notario Enrique Morgan Torres; y Tesorero Notario Jaime García Palazuelo.

Objetivos 

La Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile, es una Corporacióncon personalidad jurídica que tiene por objeto el estudio del derecho notarial y registral, ladifusión de sus normas legales, el perfeccionamiento, protección y bienestar de sus miembros.Es una Asociación sin fines de lucro, que vela por la mantención de la ética profesional entresus asociados y por las relaciones internacionales, con organismos afines o de similar

naturaleza.Composición 

La Asociación está regida por un Directorio compuesto por diez representantes elegidos por laasamblea general ordinaria de socios. Ellos permanecerán en el cargo por un periodo no mayora dos años, pudiendo ser reelegidos. El Presidente, el primer y segundo Vicepresidente sonelegidos por votación directa, los demás cargos se designan entre los directores elegidos. 

Directorio 

El Directorio 2007-2008 está compuesto por:

Presidente: Sr. LUIS MALDONADO CROQUEVIELLE.Vicepresidente Notario: Sr. ALFREDO MARTIN ILLANESVicepresidente Conservador: Sr. ELIAS MOHOR ALBORNOZSecretario: Sr. JUAN FACUSE HERESITesorero: Sr. KAMEL SAQUEL ZARORDirectores: Sr. SERGIO ROSSEL RICCI

Sr. ARMANDO ARANCIBIA CALDERONSr. MARIO OLMOS LOPOMOSra. VALERIA RONCHERA FLORESSr. GONZALO HURTADO MORALES

Directores suplentes: Sr. IGNACIO VIDAL DOMINGUEZSr. CESAR FUENTES VENEGAS

Secretario Ejecutivo: Sr. JUAN CARLOS ARRIAZA ERCORECA

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Links de Interés 

- www.cbrchile.cl Sitio de los Conservadores de Chile

- [email protected] Unidad de Análisis Financiero

- [email protected]

- www.bcn.cl Biblioteca del Congreso Nacional- www.dt.gob.cl Dirección del trabajo

- www.rmnp.cl Registro de multas no pagadas- www.servel.cl Servicio Electoral

- www.diarioficial.cl Diario Oficial

- www.poderjudicial.cl Corporación Administrativa del Poder Judicial

- www.abogados.cl Colegio de Abogados de Chile- www.senado.cl Congreso Nacional –Senado- www.camara.cl Congreso Nacional - Cámara de Diputados

- www.sii.cl Servicio de Impuestos Internos

- www.registrocivil.cl Servicio de Registro Civil e Identificación- www.tesoreria.cl Tesorería General de la República- www.minjusticia.cl Ministerio de Justicia

- www.conservadores.cl Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral

- www.bancochile.cl- www.bci.cl

- www.camaradecomercio.cl

- www.colegioabogados.cl- www.congresonacional.cl

- www.conservador.cl

- www.conavicoop.cl- www.diarioficial.cl

- www.editorialjuridica.cl

- www.notariosyconservadores.cl

- www.poderjudicial.cl- www.santandersantiago.cl- www.sii.cl

- www.sofofa.cl- www.tesoreria.cl

- www.conservadorchiguayante.cl

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Anexo – Tribuna Pablo Rodríguez G.

EL MERCURIO 9 DE ABRIL DE 2007

La propiedad raíz en Chile - TribunaPablo Rodríguez Grez, Decano Facultad de Derecho Universidad del Desarrollo.

Los actuales adelantos tecnológicos permiten modernizar el sistema registral, pero sería unerror modificar las normas que regulan la propiedad u ordenar la reinscripción de todos losinmuebles.

A propósito de un lamentable incidente de carácter privado, protagonizado por el conservadorde Bienes Raíces de Santiago, se ha planteado un debate sobre el sistema registral de lapropiedad raíz en Chile.

Don Andrés Bello, con genial intuición, rechazó la idea de obligar a las personas a inscribir susbienes inmuebles a la entrada en vigencia del Código Civil. En cambio, estableció un sistemaque debía operar automáticamente en una o dos generaciones. Para estos efectos, se dispuso

que toda transferencia de dominio debía perfeccionarse mediante la inscripción del título en elRegistro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo (Art. 686 del Código Civil);lo propio debía ocurrir al fallecimiento de una persona, ordenando que los herederos no podíandisponer de los bienes raíces sin que mediara una inscripción a nombre de todos ellos(inscripción especial de herencia del Art. 688 del C.C.), finalmente, las sentencias quedeclararan la prescripción adquisitiva de inmuebles sólo serían oponibles a terceros en virtud desu inscripción (Art. 2.513 del C.C.). Si se considera que un bien raíz sólo puede cambiar dedueño en virtud de un título traslaticio de dominio, de su transmisión por causa de muerte opor medio de la prescripción adquisitiva, era evidente que al cabo de pocos años todos ellosdebían estar inscritos. Pero en Chile, como es ya habitual, las cosas ocurren de otra manera yhasta el día de hoy existen inmuebles que no se hallan inscritos y que, sin embargo, hanpasado de generación en generación, sin antecedentes registrales.

A lo anterior hay que agregar un hecho todavía más grave. Al establecerse el año 1857, en elReglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces -redactado por el propio Bello-, unsistema de "folio personal", en que se anotan los derechos que corresponden a cada persona,vinculando las diversas inscripciones a través de anotaciones marginales de referencia, lasituación de cada inmueble se hace engorrosa, da lugar a dobles inscripciones, exigecomplicados estudios de títulos y facilita, no pocas veces, fraudes y engaños.

Por último, en Chile el dominio se prueba a través de la posesión y la prescripción. En efecto, situviera que acreditarse el dominio directamente, sería necesario retroceder a cada uno de losdueños anteriores (prueba diabólica del dominio), puesto que bastaría que uno solo de ellos nolo fuera, para que tampoco pudiera corresponder este derecho al que lo invoca. Enconsecuencia, quien adquiere un inmueble se transforma en poseedor inscrito del mismo, razónpor la cual, al cabo de un plazo máximo de diez años (prescripción extraordinaria), será dueño,

aun en el supuesto que lo haya adquirido de quien no era el propietario anterior. Para protegeral poseedor inscrito, nuestra ley civil dispone, perentoriamente, que contra título inscrito notiene lugar la prescripción adquisitiva de bienes raíces (Art. 2.505), y fija los únicos casos enque es posible cancelar una inscripción de dominio (Art. 728). De este modo, "inscripción,posesión y propiedad serían términos idénticos", máxima aspiración del redactor del CódigoCivil, estampada en su célebre mensaje.

Los actuales adelantos tecnológicos permiten modernizar el sistema registral, pero sería ungrave error modificar las normas que regulan la propiedad u ordenar la reinscripción de todoslos inmuebles. Lo último podría generar un caos y un grave debilitamiento del dominio. Pero

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nada impide que gradualmente vayamos incorporando el sistema de "folio real", asignando acada inmueble un registro propio que facilite el perfeccionamiento y publicidad de sustransferencias, transmisiones, prescripciones y gravámenes, y permita acceder con facilidad alconocimiento de su historia.

Un bochornoso incidente personal, unido al ruido que ha generado lo que gana un Conservador

de Bienes Raíces de Santiago, han terminado siendo una alerta para actualizar un vetustosistema que rige desde hace ciento cincuenta años. Lo único que no debe ocurrir es limitarse abuscar la manera de redistribuir las utilidades que perciben estos funcionarios y desaprovecharla oportunidad de modificar esta institución fundamental para la organización de la propiedaden Chile.