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Consejo Superior de la Judicatura de Bolívar Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena- Bolívar Centro, Edificio Cuartel del Fijo, Carrera 5º Nº 36 - 127 Teléfonos: 6602124 - 6643524 - Fax: 6645708 E-mail: [email protected] En cumplimiento de la Ley 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario No. 1082 de 2015, se publica el presente pliego de condiciones definitivo con el propósito que los interesados formulen las respectivas observaciones al mismo; podrán hacerlo a través de la plataforma de Colombia compra Eficiente SECOP II. PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. SAMC 03-2021 Contando con autorización concedida por la Presidencia del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, RESOLUCIÓN No. RESOLUCIÓN No. CSJBOR21-832 del 14 de julio de 2021, mediante la cual se autoriza al Director Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar para adelantar el presente proceso. Objeto: Contratar en nombre de la NACIÓN- CONSEJO SUPERIOR DE JUDICATURA - DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE CARTAGENA, las adecuaciones de cableado estructurado, de redes lógicas, para la sede de la rama judicial San Andrés Islas LUGAR PARA CONSULTAR EL PROCESO Y PRESENTAR OBSERVACIONES Se podrá consultar el proyecto de pliego de Condiciones Definitivo y presentar observaciones a través de la plataforma SECOP II. Página web: SECOP II Fecha de apertura: 04 de agosto de 2021 Fecha cierre: 19 de agosto de 2021 Hora: hasta las 04:00 p.m. Valor del presupuesto oficial estimado. CIENTO VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL VEINTICUATRO PESOS ($125.371.024) M/CTE.; incluidos AIU e impuestos y contribuciones de ley. Se convoca a las Veedurías Ciudadanas a participar en el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, para que desarrollen su actividad y realicen control social, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.

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Centro, Edificio Cuartel del Fijo, Carrera 5º Nº 36 - 127 Teléfonos: 6602124 - 6643524 - Fax: 6645708 E-mail: [email protected]

En cumplimiento de la Ley 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario No. 1082 de 2015, se

publica el presente pliego de condiciones definitivo con el propósito que los interesados

formulen las respectivas observaciones al mismo; podrán hacerlo a través de la plataforma de

Colombia compra Eficiente SECOP II.

PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. SAMC 03-2021

Contando con autorización concedida por la Presidencia del Consejo Seccional de la Judicatura

de Bolívar, RESOLUCIÓN No. RESOLUCIÓN No. CSJBOR21-832 del 14 de julio de 2021, mediante la

cual se autoriza al Director Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar para

adelantar el presente proceso.

Objeto: Contratar en nombre de la NACIÓN- CONSEJO SUPERIOR DE JUDICATURA - DIRECCIÓN

EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE CARTAGENA, las adecuaciones de

cableado estructurado, de redes lógicas, para la sede de la rama judicial San Andrés Islas

LUGAR PARA CONSULTAR EL PROCESO Y PRESENTAR OBSERVACIONES

Se podrá consultar el proyecto de pliego de Condiciones Definitivo y presentar observaciones a

través de la plataforma SECOP II.

Página web: SECOP II

Fecha de apertura: 04 de agosto de 2021

Fecha cierre: 19 de agosto de 2021

Hora: hasta las 04:00 p.m.

Valor del presupuesto oficial estimado. CIENTO VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y

UN MIL VEINTICUATRO PESOS ($125.371.024) M/CTE.; incluidos AIU e impuestos y contribuciones de

ley.

Se convoca a las Veedurías Ciudadanas a participar en el presente proceso de Selección

Abreviada de Menor Cuantía, para que desarrollen su actividad y realicen control social, de

conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.

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CAPÍTULO 1

ASPECTOS GENERALES DEL PLIEGO DE CONDICIONES

Objeto: Contratar en nombre de la NACIÓN- CONSEJO SUPERIOR DE JUDICATURA -

DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE CARTAGENA,

las adecuaciones de cableado estructurado, de redes lógicas, para la sede de la

rama judicial San Andrés Islas

IDENTIFICACIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR EN EL CLASIFICADOR DE BIENES Y

SERVICIOS.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.3 contenido en el

Decreto 1082 de 2015, se procede a identificar el objeto a contratar en el clasificador

de bienes y servicios.

CÓDIGO NOMBRE 72151605 Servicio de cableado para video, datos y voz

81111800 Servicios de Sistemas y administración de

componentes de sistemas

43223300 Dispositivos y equipos para instalación de

conectividad de redes y Datacom

72151607 Ingeniería de superficie para equipos de

comunicación

1.1 DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL OBJETO A CONTRATAR

A continuación, se relacionan las consideraciones a tener en cuenta para la

presente contratación:

El proyecto comprende lo siguiente:

Construcción, suministro, transporte, instalación, configuración y puesta en

funcionamiento de redes de área local (LAN) con sistemas de cableado

estructurado categoría 6, voz/datos, incluyendo todos los subsistemas que

contempla el estándar de comunicaciones con respecto a cableado

estructurado para edificios comerciales como son entre otros subsistemas de

área de trabajo, subsistema cableado horizontal, subsistema cableado vertical

y subsistema de gestión.

Suministro, instalación y configuración de equipos activos: switches Ethernet PoE.

Se calcula una distancia promedio entre Centro de Cableado y puestos de

trabajo de 45 metros.

Para San Andres se encuentran la sede; Av Los Libertadores 2A 106 Palacio de

Justicia.

Descripción Voz y Datos: Suministro e instalación punto de datos y voz para

puesto de trabajo en las oficinas del edificio, puntos a una distancia promedio

de 45 metros, incluye cable utp categoría 6, tubería emt, canaleta, bandeja

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portacable, coraza LT, jack cat 6, patch cord del rack y patch cord del usuario,

patch cord del rack para las extensiones todos en categoría 6, certificados de

fabrica, obra, troqueles para datos, face plate, certificación de los puntos tanto

de voz como de datos en medio digital e impreso. Transporte e instalación de

Rack estándar cerrado lámina cold rolled calibre 16 y 18 MSG (perfilería y tapa

respectivamente), con multitoma horizontal de 8 salidas naranja polo a tierra

aislada, la energía será de 110V, Puertas frontal y posterior con cerradura,

removibles y reversibles. Puesta a tierra según norma ANSI/TIA/EIA - 607 y otros

elementos necesarios para su correcta instalación. Debe cumplir con las

normas ANSI/EIA 310 D.

Av Los Libertadores 2A 106 Palacio de Justicia

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD CANT.

1 Switch 48-Puertos Gigabit Administrable con SFP

slots Unidad 2

2 Punto lógico sencillo voz y datos Distancia max

45 mts unidad 111

3

Rack De Pared 16RU, Laterales y puerta

desmontables e intercambiables, con

multitoma.

unidad 1

4 Organizador horizontal unidad 3

5 Patch panels 48 puertos (voz/datos) unidad 3

6 Patch cord - 5 pies unidad 111

7 Patch cord - 10 pies unidad 111

8 Certificación de par trenzado balanceado Global 111

9 Planos y documentación para la

Administración de la red y estudios Global 1

# DESPACHO USUARIO IMPRESORA

/ OTRO VOZ PISO

#

0FICINA TOTAL

1 Centro de servicio 5 3 2 2 10

2 Sala Aud 1 2 1 2 3

3 Sala Aud 2 2 1 2 5

4 Sala Aud 3 2 1 2 3

5 Sala Aud 4 2 1 2 3

6 Sala Aud 5 2 1 2 3

7 1 Civil Municipal 6 3 2 3 3 11

8 2 Civil Municipal 6 3 2 2 11

9 3 Civil Municipal 6 3 2 3 4 11

10 1 Penal Municipal 3 3 2 3 8 8

11 2 Penal

Municipal 3 3 2 3 7 8

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Punto de

Voz

25

Punto de

Datos

86

total 111

1.1.2 FICHA TECNICA DE LOS ELEMENTOS A CONTRATAR

Ficha técnica de cableado estructurado

Requerimientos Mínimos Obligatorios

ELEMENTO DESCRIPCIÓN

A. Normatividad ANSI/EIA/TIA – 569 B

Norma de edificios comerciales para espacios y vías de cableado.

ANSI/EIA/TIA-568B.1 Standard Commercial Building

Telecommunications Wiring Standard.

ANSI/EIA/TIA-568B.2 Twisted-pair Cabling Standard. ANSI/EIA/TIA-568B.2-1, 100-ohm o ISO/IEC equivalente.

Category 6 standard

ANSI/EIA/TIA-568B.3 Optical Fiber Cabling Standard y adendas ANSI/EIA/TIA – 606 A

Norma de administración para la infraestructura de telecomunicaciones de edificios comerciales.

ANSI/TIA/EIA-607

Requerimientos para instalaciones de sistemas de puesta a tierra de Telecomunicaciones en Edificios Comerciales.

B Ductería

Porcentaje de llenado: Máximo 40%

B1) Sistema de canaleta superficial

Material: PVC rígido

Dimensiones: Mínimo 100X40 mm. Diseño:

Doble-canal (un canal para cableado UTP y otro para cableado eléctrico), con separador a través de toda la ruta.

Cajas de superficie: De la misma marca de la canaleta.

12 1 Penal del

Circuito 3 3 2 3 5 8

13 2 Penal del

Circuito 3 3 2 3 2 8

14 Penal

Especializado 4 3 2 3 6 9

15 Ejecucion de

penas 5 3 2 3 1 10

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Accesorios

Los requeridos para efectuar las uniones, reducciones, curvas, tes, puentes, derivaciones, bifurcaciones, bajantes y accesorios de montaje en la instalación conforme a las normas técnicas de categoría 6. Deben ser de la misma marca y material de la canaleta.

Radios de curvatura Una (1) pulgada

Norma de seguridad: UL5A o CSA 22.2 o IEC 1084 o equivalentes.

B2) Coraza

Tipo Ducto flexible

Material PVC Uso

Protección y separación de cables UTP y eléctricos en intramuros.

B3) Tubería

Material Metálico

Tipo EMT rígido

Normatividad UL 797 o ANSI C80.3 o equivalentes

Longitud máxima por tramo 30 m.

Radios de curvatura Una (1) pulgada

Curvas entre cajas de paso Máximo dos (2)

B4) Bandeja porta-cable

material lámina de acero no corrosiva

calibre mínimo 18

pintura Electrostática accesorios

Los requeridos para efectuar las uniones, reducciones, curvas, Tes, puentes, derivaciones, bifurcaciones, bajantes y accesorios de montaje en la instalación conforme a las normas técnicas de categoría 6.

modo de sujeción de cables cinta velcro

uniones remachadas o atornilladas

C. Cable lógico

tipo UTP

categoría seis (6)

tipo de chaqueta CMR

número de pares cuatro (4)

separador interno en cruz (cross filled)

modo de sujeción de cables cinta velcro

D. Patch cord y terminal cord

tipo UTP stranded multifilar

categoría seis (6)

tipo de chaqueta CM o superior

número de pares cuatro (4)

normatividad certificados por UL Listed, CSA o IEC

longitud de 5 y 10 pies

tipo de conector RJ45

ponchado de fábrica

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E. Patch Panel

puertos tipo modulares RJ45 hembra

Número de puertos 48

Categoría 6

factor de forma para rack de 19 pulgadas

normatividad Tener una certificación UL, CSA o IEC.

F. Toma modular

Tipo de conector RJ45 hembra Diseño Jack frontal angulado a 45º o Jack plano con face plate

angulado a 45° Instalación En face plates, módulos de oficina abierta y/o

cajas de superficie

Normatividad UL, CSA o IEC

G. Gabinete de telecomunicaciones

Tipo Pivotante de montaje en pared

Material Lámina calibre 18 Componentes

Kit de ventiladores extractores, barraje de conexión a tierra y sistema estabilizador de anclaje al piso.

Normatividad ANSI/EIA 310D o equivalentes

Altura 1 m.

Longitud frente 600 mm.

Longitud fondo 600 mm.

Tamaño equipos alojados 19"

Unidades de rack 21 U

Pintura Electrostática

Colores Gris humo o grafito Puertas

Frontal y laterales

G1) Unidad de distribución de potencia

Tipo Horizontal para uso en gabinete pivotante

Longitud De acuerdo a altura de gabinete

Receptáculos Minimo 8

Tensión de entrada 120 voltios

Tensión de salida 120 voltios

Capacidad en corriente 20 Amperios

Corriente extraída 20 Amperios

Frecuencia 50/60 Hz

Tipo de enchufe NEMA L5-20P

Normatividad UL Monitoreo Display de monitoreo de corriente local, retardos de

energía y trabajo continuo

Comunicaciones Administración remota mediante SNMP o vía Web

G2) Organizador vertical

Tipo Delantero trasero

Características Poseer tapa y control de radios de curvatura

Instalación Uno a cada lado del gabinete

G3) Organizador horizontal

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Tipo Delantero trasero

Características Poseer tapa y control de radios de curvatura

Instalación Uno por cada 24 puertos en panel

G4). Bandeja para gabinete

Tipo Deslizables ventiladas

Tamaño en gabinete 19"

Unidades de rack 1

H. Documentación

Planos Medio óptico (formato Autocad) e impreso

Contenido de los planos

Rutas de cableado(voz/datos)

Puestos de trabajo y puntos de red(voz/datos)

Centros de cableado Rotulación de puntos lógicos, convenciones y escala

Diagrama de gabinete

Esquema de distribución de equipos y elementos instalados en cada gabinete

Ficha técnica de certificación de par trenzado balanceado y fibra óptica

Requerimientos Mínimos Obligatorios

ELEMENTO

DESCRIPCION

A. Certificación de par trenzado balanceado Tipo certificación

Canal: Patch cord – Cableado horizontal- Terminal cord ( voz y datos)

Alcance

Todos los canales y enlaces antes de la puesta en marcha del sistema de cableado

Pruebas a plena carga

se efectuará hasta al 30% de los canales según exigencia del interventor

Categoría 6

Pruebas

Mapa de cables

Longitud

Near End Crosstalk (NEXT)

Pérdidas de inserción

Relación señal ruido

PSNEXT

EIFEXT

PSEIFEXT

Perdidas por retorno

Tiempo de propagación

Diferencia en tiempo de propagación

Formato de resultados Texto y gráfica de resultados por cada canal certificado

Entrega de resultados Medio impreso y óptico para la totalidad de las

certificaciones

A1) Equipo de certificación de par trenzado

Tipo de dispositivo Nivel III o superior

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Categoría de pruebas 6

Tiempo máximo de calibración del dispositivo un (1) año

B. Certificación de cableado de fibra óptica Enlaces de fibra óptica multimodo: Patch cords y

enlaces horizontales y verticales

Alcance Todos los enlaces de fibra óptica

Normatividad de pruebas ANSI/TIA/EIA-526-14

Pruebas

Atenuación

Longitud de onda 850 nm y 1300 nm

Longitud

B1. Equipo de certificación fibra óptica

Tipo de dispositivo

OTDR o probador con adaptadores de fibra óptica

Ficha técnica de características de cableado estructurado

Requerimientos Mínimos Obligatorios

ELEMENTO DESCRIPCION

A. Cableado horizontal

Topología Estrella

Componentes

Conectores, patch panel, patch cord, cable horizontal UTP, centro de consolidación, salida conector en face plate y terminal cord.

B. Vías de cableado Condiciones de instalación

Las vías de cableado no tendrán cantos agudos expuestos o bordes afilados que puedan entrar en contacto con los cables de telecomunicaciones.

Las vías de cableado no deben instalarse en ductos (fosos) de ascensores, aguas lluvias ni aguas residuales.

Los cables se deben instalar en las vías de cableado sin afectar el entorchado de los mismos

Debe existir separación física de cables lógicos y eléctricos durante todo el recorrido, en el mismo material del ducto

Conexión a tierra

Los elementos de vías de cableado se deben conectar a tierra de acuerdo a la norma ANSI/TIA/EIA-607

C. Ductos de muebles modulares Instalación

En caso de utilizar ductos o sócalos de muebles modulares, se deben suministrar e instalar los elementos que garanticen radios de curvatura, separación y protección de cables lógicos y eléctricos durante todo el recorrido de acuerdo con las normas de categoría 6.

D. Enrutado de cableado horizontal y vertical

Longitud horizontal máxima 90 m (desde patch panel hasta face plate) Longitud horizontal mínima

15 m (desde patch panel hasta centro de consolidación)

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Radios de curvatura

1" observando la resistencia a la tracción del cable para evitar deterioro de las condiciones mecánicas de los mismos

El radio máximo de curvatura para el cable UTP no debe superar cuatro (4) veces el diámetro exterior del cable y diez (10) veces para cable multipar

Topología Estrella Instalación

Sin empalmes

Los cables no estarán expuestos en el área de trabajo ni sitios de acceso de público

La tensión máxima de tracción del cable no debe sobrepasar las especificaciones del fabricante.

Separación mínima de 50 mm (2”) entre cableado UTP y circuitos derivados (secundarios) menores a 3 kVA; usados generalmente para tomas eléctricas e iluminación

Reserva de cable

En cada canal o enlace se debe dejar un mínimo de 30 cm para cables de par trenzado balanceado y de 1 metro para cables de fibra óptica.

Amarres de cable

Deben utilizarse en intervalos adecuados para asegurar el cable y evitar deformaciones en el mismo. Se deben usar cinturones tipo velcro

F. Terminación en el área de trabajo Instalación

Cada salida/conector de telecomunicaciones tendrá cuatro (4) pares en salidas modulares de ocho (8) posiciones RJ-45 hembra en el área de trabajo

Switches x 48 puertos

Requerimientos Mínimos Obligatorios

ELEMENTO DESCRIPCIÓN Puertos

48 10/100/1000 PoE + 4 SFP + puerto de apilamiento

Accesorios

Cables de poder, consola y stack (1m)

Instalación y configuración

De acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos por la Oficina de Sistemas.

Switches x 16 puertos

Requerimientos Mínimos Obligatorios

ELEMENTO DESCRIPCIÓN Puertos

16 10/100/1000 PoE + 2 SFP + puerto de apilamiento

Accesorios

Cables de poder, consola y stack (1m)

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Instalación y configuración

De acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos por la Oficina de Sistemas de la Procuraduría.

EQUIPO MINIMO DE TRABAJO REQUERIDO PARA LA INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE

CABLEADO ESTRUCTURADO

Una vez adjudicado el proceso se deberá entregar dentro de los cinco (5) días

siguientes al acto administrativo de adjudicación las hojas de vida de todo el

equipo mínimo exigido debidamente soportadas al supervisor del contrato para la

verificación correspondiente, a saber:

Un (1) Gerente General del proyecto con el siguiente perfil: Ingeniero de Sistemas

o de Telecomunicaciones o electrónico o afines y con certificación PMP (Project

Management Professional) vigente o postgrado en Gerencia de Proyectos, con

mínimo tres (3) años de experiencia en proyectos de redes y cableado

estructurado certificada.

Un (1) ingeniero electrónico, de sistemas, de telecomunicaciones o afines con

tarjeta profesional, con mínimo 3 años de experiencia en cableado estructurado y

redes.

Un Tecnólogo o Técnico (Jefe de Cuadrilla) (1) electrónico, de sistemas, de

telecomunicaciones, mecatrónica, telemático o afines, con mínimo 1 años de

experiencia certificada en la instalación, implementación o configuración de los

productos.

PERSONAL DE APOYO: Los trabajos de instalación deben ser supervisados y

apoyados por parte del contratista para lo cual debe contar con Mínimo dos (2)

técnicos o tecnólogos, los cuales deben ser parte del equipo de trabajo del

contratista presentado para este proyecto. Cuyo perfil sea: Tecnólogo en sistemas

o en gestión de nuevas tecnologías en redes o redes y comunicación de datos o

Técnico Profesional en Sistemas o Técnico Profesional en Instalación de Redes y/o

afines. Con mínimo dos (2) años de experiencia laborales.

Se deberá presentar la siguiente documentación:

1. Hoja de vida de cada ingeniero con los soportes que acrediten la formación

académica:

• Fotocopia del título profesional o acta de grado.

• Tarjeta o matrícula profesional y certificado de vigencia expedido por el

respectivo Consejo Profesional.

• Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por el Consejo u Órgano

Profesional correspondiente.

• Copia de la cédula de ciudadanía. 2. Certificaciones donde demuestre la

experiencia requerida 3. Certificación expedida por el fabricante de acuerdo con

lo solicitado.

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1.2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El Contratista se obligará, con la Nación - Consejo Superior de la Judicatura –

Dirección Seccional de Administración Judicial, a cumplir con las siguientes

obligaciones:

Obligaciones Técnicas:

1. Realizar la obra y entregar los bienes y/o servicios en los sitios señalados y

ciñéndose estrictamente a lo detallado en la Descripción técnica de los

servicios y elementos a contratar contenido en el proceso de selección y de

acuerdo con las cantidades y valores unitarios descritos en la propuesta

presentada por el Contratista.

2. El contratista garantizara durante el tiempo de ejecución que no se

interrumpirán los servicios de voz, datos y eléctricos en el edificio Ackhar

ubicado en Avenida las Américas Calle 4 # 1C -45/ San Andrés Islas donde se

realizara el servicio

3. El horario de trabajo se definirá en conjunto entre el contratista seleccionado,

y de acuerdo a las instrucciones del Supervisor designado.

4. Garantizar la calidad de los bienes y componentes de estos y su reemplazo

inmediato en caso de presentarse defectos de fabricación.

5. Ejecutar los cambios y adiciones que la Dirección Seccional Cartagena

- Bolívar, considere necesario introducir, atendiendo las instrucciones, órdenes

u observaciones dadas por el supervisor; seguir las especificaciones técnicas,

tanto generales como particulares acordadas.

6. Permitir al supervisor y a los demás servidores autorizados, la revisión de los

trabajos y acatar las órdenes e instrucciones que le impartan; corregir a su costa

el trabajo que no cumpla con lo previsto en las especificaciones respectivas.

7. Someter al concepto previo del supervisor, cualquier modificación o cambio

que éste considere necesario hacer a las especificaciones originales, antes de

iniciar cualquier trabajo, si a ello hubiere lugar.

8. Suministrar por su cuenta, la totalidad de materiales de primera calidad

necesarios para la ejecución de la obra y asumir por su cuenta el transporte

de los mismos, para tal efecto, el CONTRATISTA se compromete a disponer

todos los equipos, maquinaria e implementos requeridos para la correcta

ejecución del contrato

9. Mantener la obra libre de toda acumulación de desperdicios, los cuales se

recopilarán en lonas en el sitio designado por el supervisor del contrato y deben

ser retirados de las instalaciones los días sábados. A l finalizar la obra deberá

entregarla completamente limpia y aseada.

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10. Suministrar a la Dirección Seccional Cartagena - Bolívar y al supervisor v cuando

lo solicite, informe sobre cualquier aspecto de la obra, objeto del contrato.

11. Adelantar los trabajos de acuerdo al cronograma de ejecución de obra,

presentado y aprobado por el supervisor, dentro de los plazos estipulados en el

contrato.

12. Presentar y elaborar en conjunto con el supervisor, un informe ejecutivo del

estado y avance del proyecto. Este informe será enviado al Área Administrativa

de la Dirección Seccional Cartagena – Bolívar.

13. Presentar al supervisor, los ítems necesarios y no previstos inicialmente

en el contrato; la aprobación debe contar con el acta de capacitación de

precios, para lo cual dichos ítems adicionales estarán soportados con el

respectivo estudio de mercado.

14. Reparar cualquier daño que ocurra en la obra, por causas imputables al

Contratista o a cualquiera de sus empleados, dentro del plazo señalado por el

Artículo 2060 del Código Civil.

15. Responder ante terceros por los daños que se ocasionen, durante el desarrollo

de la obra, de conformidad con la ley.

16. Brindar al supervisor, la colaboración necesaria para la elaboración del

proyecto de Acta de Liquidación del Contrato, dentro de los cuatro (4) meses

siguientes a la terminación y recibo a satisfacción de las obras objeto del

contrato. Dicha Acta será firmada por las partes contratantes, el supervisor y el

Director Seccional. (Artículo 217° del Decreto 19 de 2012).

17. La Dirección Seccional Cartagena - Bolívar no reconocerá costos adicionales

por los gastos en que incurra el CONTRATISTA para la liquidación del contrato.

El incumplimiento de esta obligación y en general de las contenidas en el

contrato, será causal de aplicación de la garantía de cumplimiento.

18. Informar toda novedad, atraso, prórroga, suspensión y reinicio del Contrato de

obra a la Compañía Aseguradora, a efectos de prorrogar la vigencia de las

Pólizas o tomar las medidas pertinentes, en caso de incumplimiento.

19. Garantizar la calidad de los trabajos y responder por ella de conformidad con

el Artículo 5° numeral 4° de la Ley 80 de 1993.

20. Constituir las garantías que se solicitan por parte de la Dirección Seccional

Cartagena - Bolívar.

21. Designar y mantener a su costa, durante todo el tiempo de la ejecución del

contrato, al personal solicitado en el pliego de condiciones.

22. Dar, en su condición de empleador, cumplimiento a las normas laborales en lo

referente a la remuneración del personal que utilice en la ejecución del

contrato y en especial a las obligaciones de la Ley 100 de 1993 y sus decretos

reglamentarios.

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23. Pagar los salarios y prestaciones sociales en forma oportuna a todo el personal

que utilice en la ejecución del contrato, y en general, dar estricto cumplimiento

a todas las obligaciones frente a los aportes al Sistema Integral de Salud, riesgos

laborales, pensiones y parafiscales, derivadas de la ejecución del contrato,

cuando a ello hubiere lugar. El incumplimiento del Contratista, de estas

obligaciones con sus empleados, podrá generar imposición de multas

sucesivas, la afectación de la Garantía Única en los amparos de, cumplimiento

y de salarios y prestaciones.

24. Tomar las previsiones necesarias para garantizar la seguridad industrial y

ocupacional del personal a su cargo o servicio, de acuerdo con las

reglamentaciones vigentes.

25. Presentar previo al inicio del contrato, al supervisor, junto con las hojas de vida

del personal solicitado en el presente pliego.

26. Responder por la obra, de manera integral y a su costa, hasta el día de la

entrega física de la misma al supervisor.

27. RESPONSABILIDAD AMBIENTAL: El CONTRATISTA, deberá cumplir con todas

las normas y leyes colombianas sobre el medio ambiente (a nivel nacional,

regional y local) que se encuentren vigentes durante el término de este

contrato. El CONTRATISTA deberá en todo momento minimizar el impacto

ambiental de cualquier actividad realizada por él en el desarrollo de este

contrato, de conformidad con las normas aplicables. El CONTRATISTA conoce

y acepta que las autoridades competentes nacionales, regionales o locales

que tengan jurisdicción sobre el área donde realizará las actividades podrán

disponer la suspensión de las actividades objeto de este contrato hasta que el

CONTRATISTA cumpla con dichas normas y leyes ambientales o subsane los

efectos causados por el incumplimiento de dichas normas y leyes, motivo por

el cual, asumirá las consecuencias que se deriven frente al contrato cuando la

suspensión de las actividades le sea imputable. Adicionalmente se debe tener

en cuenta la GUÍA PARA LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE

GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL – PGAS.

28. Obrar con buena fe en las distintas etapas contractuales evitando las

dilaciones y tropiezos que pudieran presentarse, y obligándose no sólo a lo

pactado expresamente en el presente contrato, sino a todo lo que

corresponda a la naturaleza del mismo, según la ley, la costumbre o la equidad

natural.

29. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley

con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando una

situación así se presente el Contratista deberá informar inmediatamente su

ocurrencia a la Entidad y a las demás autoridades competentes.

30. Llevar un registro fotográfico del desarrollo del contrato, que deberá ser

entregado al supervisor del mismo.

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31. Utilizar productos originales, nuevos, no re-manufacturados, ni repotenciados;

de primera calidad, de conformidad con las especificaciones técnicas, de

conformidad con el artículo 4º numeral 5º de la ley 80 de 1993.

32. Entregar, instalar y poner en funcionamiento los bienes adquiridos, en los sitios

indicados y/o donde lo indique el supervisor del contrato.

33. Reemplazar, a sus expensas y a entera satisfacción, sin costo alguno todos los

bienes y/o obras que resulten de mala calidad o con defectos.

34. El personal que realice actividades de trabajos en alturas debe contar con la

certificación para trabajos en alturas y contar con todos los elementos de

seguridad industrial requeridos para esta actividad.

35. El personal brindado debe tener la formación y experiencia para atender todas

las obligaciones del contrato. Estas personas no pueden ser cambiadas

durante la ejecución del contrato, en caso de presentarse, el contratista debe

comunicar por escrito lo ocurrido y postular a un candidato con iguales o

mejores condiciones y previa evaluación de sus certificados laborales, por lo

anterior el contratista no podrá efectuar el cambio antes de recibir la

autorización por parte de esta Dirección Seccional.

36. Cumplir con las especificaciones y normas de arquitectura e ingeniería,

eléctricas y las demás normas inherentes a esta contratación.

37. Tramitar ante las autoridades correspondientes de ser necesario los permisos y

de más que requiera para la ejecución del contrato.

38. Realizar la adecuada capacitación técnica y asesorías para la interpretación

de los sistemas instalados, planos, especificaciones técnicas y el resultado de

los mismos.

39. Las demás obligaciones relacionadas con la naturaleza del objeto del

contrato.

NOTA 1: El personal que el Contratista ocupe en la ejecución del Contrato, no

tendrá ninguna vinculación laboral, civil, comercial con la Nación - Consejo

Superior de la Judicatura – Dirección Seccional de Administración Judicial de

Cartagena. La responsabilidad derivada de estas vinculaciones correrá a cargo

exclusivo del Contratista.

NOTA 2: En el evento en que el contratista utilice en la ejecución del contrato,

personal con contrato de prestación de servicios, deberá acreditar mediante

certificación para cada pago al supervisor del contrato, que estos cumplen con

las obligaciones al Sistema Integrado de Seguridad Social.

NOTA 3: COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN- Con la suscripción del contrato, el

Contratista se obliga a prestar apoyo a la acción del Estado Colombiano, para

fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas y en este

contexto asume explícitamente entre otros, los siguientes compromisos, sin

perjuicio de la obligación de cumplir la Ley Colombiana, especialmente la Ley

1474 de 2011:

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No ofrecer ni dar dádivas o sobornos, y ninguna otra forma de halago o

dádiva a ningún funcionario público en relación con su contrato.

No celebrar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la

colusión en el presente proceso contractual.

Obligaciones Administrativas

Suministrar al supervisor designado por la Dirección Seccional, la información

que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno cumplimiento de

las obligaciones que contrae.

Suministrar la información necesaria al supervisor del contrato para elaborar

el proyecto de acta de liquidación del mismo, dentro de los cuatro (4) meses

siguientes a la terminación del contrato, según lo dispuesto en el Artículo 11

de la Ley 1150 de 2007.

Presentar a la Dirección Seccional una vez finalizado el contrato, constancia

del cumplimiento de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y

Parafiscales (según corresponda), expedida por el Representante Legal y/o

Revisor Fiscal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley 1150

de 2007.

Asumir todos los gastos que se ocasionen en relación con la ejecución del

presente contrato.

Las demás obligaciones relacionadas con la naturaleza del objeto del

contrato.

Obligaciones laborales

Serán obligaciones del contratista como empleador:

Designar y mantener a costa del contratista durante todo el período de

ejecución del contrato, el personal idóneo que se requiera para la correcta y

normal ejecución del contrato, es decir deberá contar con el personal que

atienda los requerimientos de la entidad durante el plazo de ejecución del

mismo y la duración de la garantía solicitada.

Pagar oportunamente, los salarios y prestaciones sociales, a todo el personal

empleado en la ejecución del presente contrato, y en general dar estricto

cumplimiento a la totalidad de obligaciones, con el sistema integral de

seguridad social y parafiscales derivadas de la ejecución del presente

contrato. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista,

para con sus empleados, podrá generar la imposición de multas sucesivas,

de conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

El personal que el contratista ocupe en la ejecución del presente contrato no

tendrá vinculación laboral, personal, civil ni comercial con la Dirección

Seccional. La responsabilidad derivada de estas vinculaciones estará a

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cargo y de manera exclusiva a cargo del Contratista.

Obligaciones especificas

Realizar todas las actividades necesarias para la instalación del cableado

estructurado y componentes para el funcionamiento de la red conforme a las

cantidades, especificaciones técnicas y lo establecido en la oferta.

Garantizar que los procesos de instalación de puntos de red no causen

traumatismo ni caídas de servicios. En caso de ser necesario se programarán

ventanas de mantenimiento coordinadas con el supervisor de la Seccional y la

Coordinación del Grupo de Gestión Administrativa, para realizar aquellas

actividades que puedan generar afectaciones en la prestación de servicios o

que impidan el normal desarrollo de actividades de las áreas involucradas.

Una vez instalado el cableado nuevo realizar las actividades de retiro y

disposición del cable eléctrico y datos Existentes.

Los puntos deben entregarse debidamente certificados, cumpliendo con las

normas y estándares internacionales.

Ejecutar todos los resanes y/o reparaciones necesarias a los daños en la

infraestructura intervenida (acabados, muros, techos, etc.) que hayan sido

provocados por las actividades propias del contrato y entregarlos a la

supervisión en igual o mejor estado a como se encontraban antes de su

afectación.

Entregar los equipos probados (Procedimientos básicos de encendido, cargue

de sistema operativo, reconocimiento de dispositivos instalados, verificación de

configuración, instalación de software).

Entregar equipos nuevos, sin uso, de marcas reconocidas ampliamente, y que

no sean remanufacturados o reconstruidos.

Suministrar garantía y soporte por cada uno de los productos durante 18 meses

a partir de la instalación de equipos activos de red, esta incluirá el suministro y

reemplazo de partes y/o equipos completos que presenten daños o

deficiencia en su funcionamiento. En todos los casos la garantía debe incluir

todos los costos de operación en los que se debe contemplar mano de obra,

transporte y repuestos sin que esto genere costo alguno para la entidad, esta

garantía debe ser realizada directamente por el fabricante.

Entregar certificación expedida por el fabricante donde conste que es

distribuidor autorizado de los productos a ofertar y que las líneas de producto

a ofertar son de línea corporativa y no están descontinuadas.

El contratista debe entregar al final de la instalación del sistema de cableado

estructurado la documentación que permita administrar eficientemente el

cableado incluyendo la nomenclatura final de cada punto de red y su

correspondencia en los patch panel. Impresos y en archivo magnético.

Cumplir con el objeto del contrato y atender los requerimientos que, en

desarrollo del mismo, le efectúe la Seccional, de conformidad con lo previsto

en el documento de Estudios Previos, el Anexo de Especificaciones y

Requerimientos Técnicos Mínimos, el Pliego de Condiciones, la oferta y demás

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documentos que forman parte integral del contrato.

Certificado De Alturas:

Teniendo en cuenta que por la naturaleza del objeto a contratar los operarios se

enfrentarán a riesgos relacionados con la altura, el contratista deberá entregar al

supervisor del contrato, copia de las hojas de vida y certificados de curso en alturas,

certificados de capacitación en protección contra caídas para un trabajo seguro

en alturas y/o certificación en competencia laboral de protección contra caídas

respecto del personal a su cargo que ejecutará el objeto contractual. Dichos

certificados deberán ser otorgados por un organismo certificado que reconoce que

el trabajador está capacitado para desempeñarse en esa actividad o expedidos

por una entidad debidamente autorizada para tal fin por el Ministerio del Trabajo o

por la autoridad que corresponda conforme la normatividad vigente, según el caso,

para asegurar así que sus trabajadores cuentan con las condiciones y el

entrenamiento adecuados para desempeñar sus labores en condiciones de

seguridad. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la resolución No. 1409

de 2012, por medio de la cual se establece el Reglamento de Seguridad para

protección contra caídas en trabajo en alturas.

Las demás obligaciones relacionadas con la naturaleza del presente contrato de

prestación de servicios.

Las demás obligaciones relacionadas con la naturaleza del presente contrato de

prestación de servicios.

NOTA: En aquellos casos donde la mano de obra del Archipiélago no

satisface una actividad laboral especifica; se debe solicitar la tarjeta de

residencia temporal por actividades laborales ante la Oficina de Control de

Circulación y Residencia - OCCRE, anexando la totalidad de los requisitos.

Por ningún concepto el trabajador deberá ingresar al Departamento sin la

tarjeta de residencia temporal que le faculta para laborar.

1.3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD

La Dirección Seccional, además de las obligaciones consagradas en las cláusulas

anteriores, tendrá las siguientes:

1. Pagar oportunamente al contratista el valor del contrato, de

conformidad con las condiciones establecidas.

2. Ejercer la supervisión sobre el adecuado cumplimiento y ejecución de las

obligaciones objeto del presente contrato a través del supervisor designado

por esta Dirección Seccional.

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3. Impartir al contratista a través del supervisor designado, las instrucciones

necesarias para la ejecución del contrato.

4. Mantener informado al supervisor designado por el contratista sobre cualquier

anomalía presentada en el cumplimiento del contrato.

5. Todas las demás que surjan de la naturaleza del contrato.

1.4. ALCANCE DE LA PROPUESTA

Al presentar la propuesta, el proponente acepta la totalidad de los términos y

exigencias previstas en el presente pliego de condiciones.

El proponente entiende y acepta que, en el evento en que resulte favorecido con la

adjudicación asume todas las obligaciones necesarias para el debido cumplimiento

del objeto de este contrato y en especial actuará con toda la diligencia y cuidado

que le son propias a la naturaleza del contrato.

Por la sola presentación de la propuesta se considera que los proponentes han

estudiado en forma completa los documentos del proceso; que recibieron las

aclaraciones necesarias por parte de la Dirección Seccional de Administración

Judicial Cartagena - Bolívar, sobre inquietudes o dudas previamente consultadas y

aceptan que los pliegos de condiciones son completos, compatibles y adecuados

para identificar el objeto que se contratará, que están enterados a satisfacción en

cuanto al alcance y que han tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios,

plazo y demás aspectos de su propuesta, necesarios para la debida ejecución.

En la circunstancia que el proponente, con el que se celebre el contrato objeto del

presente proceso, no haya obtenido o estudiado toda la información que pueda

influir en la determinación de su propuesta, ello no lo eximirá de la obligación de

asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a

reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza.

A. Política de salud ocupacional

El Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdo No 10560 del 11 de agosto

de 2016, adopta “…las Políticas para el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en

el Trabajo de la Rama Judicial, y se deroga el Acuerdo No. 2333 de 2004”.

“…Que en virtud de lo establecido en la Ley 1562 de 2012, el Programa de Salud

Ocupacional se debe desarrollar bajo el esquema de un Sistema de Gestión de la

Seguridad y la Salud en el Trabajo (SG-SST)”.

“…Que el Decreto 1072 de 2015 establece que el SG-SST debe tener una política en

la cual la Alta Dirección de la entidad se comprometa con este sistema y señala los

requisitos que debe contener esta política…”.

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“La Salud Ocupacional, la Seguridad Laboral y el Bienestar Social son uno de los

principales objetivos de la gestión del Consejo Superior de la Judicatura y su desarrollo

estará a cargo de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

“… Que el Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial estableció como uno de

sus objetivos la promoción y prevención de las enfermedades laborales, en pro de un

mejor clima laboral, a través de estrategias para prevenir los factores de riesgo, intra y

extra laborales, que puedan afectar la salud de los funcionarios y empleados.

Que, en razón a lo anterior, se debe tener en cuenta:

“… ARTÍCULO PRIMERO. - Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Alta Dirección

de la Rama Judicial, se compromete a desarrollar e implementar los mecanismos

necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y

Salud en el Trabajo (SG-SST), con el fin de proteger la seguridad y la salud de los

funcionarios y empleados de la Rama Judicial en sus sitios de trabajo, de los

contratistas, subcontratistas y visitantes, así como la identificación, prevención,

intervención y mitigación de los riesgos laborales relacionados con lesiones y

enfermedades. Para el efecto, se establecen los siguientes compromisos:

“…6. Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos

laborales.

7. Propender por la mejora continua en la gestión y desempeño de la Seguridad y la

Salud en el Trabajo…”.

“…ARTÍCULO SEGUNDO. - Política de Prevención en Salud Mental. “…ARTÍCULO

TERCERO. - Política de Prevención de Consumo de Sustancias Psicoactivas…”.

“…ARTÍCULO CUARTO. - Política de Seguridad Vial…” ARTÍCULO QUINTO.- Política de

Prevención del Riesgo Público: “…ARTÍCULO SEXTO.- Intervención de los factores de

riesgo…”.

“…ARTÍCULO SÉPTIMO. - Cumplimiento de las Políticas, Divulgación y a la comunidad

en general…”

1.5. FINANCIACIÓN

La ejecución del proyecto se encuentra financiada con recursos del Presupuesto

General de la Nación y se respalda con el Certificado de Disponibilidad

Presupuestal, expedido por el Coordinador del Área Financiera de la Dirección

Seccional de Administración Judicial, así:

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CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

No. Fecha

expedición Rubro Recurso

Unidad Ejecutora

Valor CDP

17521 2021-06-25 A-02-02-02-005-004 SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN

10 08 $15.411.024

17521 2021-06-25 A-02-02-02-005-004 SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN

16 08 $109.960.000

1.5.1. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO

El presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección corresponde

a la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL

VEINTICUATRO PESOS ($125.371.024) M/CTE), incluidos AIU y todos los impuestos,

tasas y contribuciones de ley.

1.5.2. FORMA DE PAGO

La Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena – Bolívar, cancelará el

valor del contrato en un solo pago así:

La Dirección Ejecutiva Seccional de Administración judicial Cartagena – Bolívar,

cancelará el valor total del contrato, previa presentación de la factura o cuenta de

cobro, certificación del supervisor del contrato especificando la satisfacción del

servicio.

El pago estará aprobado por el Director Ejecutivo Seccional de Administración

Judicial Cartagena - Bolívar, previo visto bueno del supervisor designado para la

verificación del cumplimiento del objeto contractual y demás cláusulas que se

deriven del contrato.

En todo caso los pagos estipulados en el presente numeral, quedarán sujetos a los

recursos que la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito

Público sitúe a la entidad y que podrán consultar a través de la página del Ministerio

de Hacienda y Crédito Público

Si el contratista es una persona jurídica adjuntará certificación en la cual se acredite

que la empresa está al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad

Social integral, así como los parafiscales propios del SENA, ICBF y Cajas de

Compensación Familiar. Tal certificación estará suscrita por el revisor fiscal o por el

representante legal del proponente según corresponda. Si el contratista es una

persona natural adjuntará los documentos soportes en los cuales acredite que está

a día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social integral. En caso de que

cuente con empleados, adicionalmente adjuntará certificación con la cual

acredite estar a paz y salvo por concepto de seguridad social integral y aportes

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parafiscales con los mencionados empleados.

Si el contratista es una persona jurídica adjuntará certificación en la cual se acredite

que la empresa está al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad

Social integral, así como los parafiscales propios del SENA, ICBF y Cajas de

Compensación Familiar, según corresponda. Tal certificación estará suscrita por el

revisor fiscal o por el representante legal del proponente según corresponda. Si el

contratista es una persona natural adjuntará los documentos soportes en los cuales

acredite que está a día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social

integral. En caso de que cuente con empleados, adicionalmente adjuntará

certificación con la cual acredite estar a paz y salvo por concepto de seguridad

social integral y aportes parafiscales con los mencionados empleados.

NOTA 1: La forma de pago prevista, queda sujeta a la situación de los recursos por

parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una vez se encuentre aprobado

el PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja).

NOTA 2: En virtud de lo dispuesto en la Ley 1697 de 2013, la Entidad retendrá de

manera proporcional al pago o pagos realizados al contratista, el porcentaje

correspondiente a la contribución de estampilla definido en los artículos 8 y 9 de la

mencionada Ley.

1.6 LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN

Av Los Libertadores # 2A - 106 Palacio de Justicia

El plazo de ejecución del contrato será de 2 meses contados a partir de la suscripción

del Acta de Inicio por parte de la Supervisión del contrato, previo registro presupuestal

y aprobación de la garantía y en todo caso hasta antes del hasta el 31 de diciembre

de 2021, término que podrá ser prorrogado en caso de presentarse situaciones de

fuerza mayor debidamente sustentadas, el alcance y tiempo de las actividades

podrá variar sin que exista compensación alguna por tal evento.

1.7. LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE LA CONTRATACIÓN

La apertura del proceso de selección se llevará a cabo a través de la plataforma de

Secop II, de conformidad con lo dispuesto en el cronograma de actividades

establecido en el presente proceso contractual.

1.8. INFORMACIÓN Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

El pliego de condiciones se publicará en la plataforma de Secop II, en las fechas

establecidas en el cronograma de actividades del presente proceso contractual.

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1.9. LUGAR, FECHA Y HORA DE CIERRE DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

El presente proceso de contratación se declarará cerrado y, en consecuencia, sólo

podrán presentar propuestas dentro de las fechas y horas establecidas por el

cronograma de actividades del presente pliego de condiciones.

En la fecha y hora indicada dentro del cronograma de actividades, en la plataforma

Secop II se declarará cerrado el proceso de contratación.

1.10 MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR

En un término no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura

del Proceso de Contratación, los interesados deben manifestar en forma escrita, su

intención clara de participar en el mismo, de conformidad con lo señalado en el

Artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015. En dicho documento señalarán

además su dirección de correspondencia, teléfono y correo electrónico.

La comunicación deberá ser radicada a través de la plataforma del Secop II de

Colombia Compra Eficiente, en las fechas y horas establecidas en el cronograma del

presente proceso.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso de selección, los

posibles interesados en participar en el mismo, manifestarán su interés a través del área

de trabajo de la plataforma Secop II, presentada en la fecha, hora y lugar

determinados en el acto administrativo de apertura.

Lo anterior con el objetivo de conformar la lista de posibles oferentes. Quienes no

manifiesten interés de participar no podrán presentar propuestas, de conformidad

con lo dispuesto en el numeral artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015.

Para el presente proceso se realizará sorteo de consolidación de oferentes de que

habla la citada norma si se reciben más de diez (10) manifestaciones de interés, la

cual se realizará el día y hora que se establece en el cronograma y en un acto público,

se procederá a imprimir y recortar los nombres de quienes manifestaron interés, los

cuales se introducirán en una bolsa oscura y acto seguido, con los diez (10) primeros

de ellos que sean extraídos por un funcionario público a determinar, se continuará el

proceso.

Se podrán presentar al presente proceso quien considere que se encuentra en

capacidad de celebrar el contrato y ejecutar el objeto del mismo.

NOTA 1: La manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la

presentación de la respectiva oferta. Los datos aportados por los interesados en

participar en el presente proceso se consideran fidedignos y por lo tanto serán los

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únicos responsables de su veracidad.

NOTA 2: Los interesados que pretendan participar en el presente proceso como

consorcio o unión temporal deberán haber manifestado su interés en participar como

tal, desde el mismo momento en que presenta dicha manifestación y no posterior a

ella. En caso de inscribirse como consorcio o unión temporal, deberá señalar, indicar

o relacionar en el acto de inscripción sus integrantes.

NOTA 3. Los proponentes que manifiesten su interés y se inscriban de manera individual

(persona natural o jurídica) y que hayan sido seleccionados para presentar oferta no

podrán conformar uniones temporales o consorcios para la presentación de oferta

dentro del presente proceso de contratación con otros inscritos. Igualmente los

interesados que se inscriban de manera conjunta, como uniones temporales o

consorcios, solo podrán participar con los miembros que acreditaron al momento de

la inscripción. De igual forma, una persona natural solo puede realizar una inscripción,

y no puede realizar inscripción como persona natural y al mismo tiempo ser integrante

de un consorcio, unión temporal o persona jurídica que también pretenda inscribirse.

NOTA 4: No se recibirán manifestaciones entregadas con posterioridad a la fecha y

hora indicadas. Ni entregadas en lugar diferente al establecido en el pliego.

Cualquiera de las anteriores circunstancias anula todas las inscripciones realizadas por

el interesado que intenta participar con más de una opción por atentar contra el

principio de igualdad y transparencia.

1.11. CONDICIONES Y CALIDADES EXIGIDAS DE PARTICIPACIÓN

1.11.1 En cuanto a los proponentes.

A. Participantes

En el presente proceso de contratación podrán participar de acuerdo a la presente

convocatoria las personas naturales o jurídicas, uniones temporales o consorcios,

cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo y no por el número de los

integrantes que lo componen, que no se encuentren incursas en causales de

inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el estado.

Los participantes no deben figurar en el boletín de responsables fiscales de la

Contraloría General de la República, para lo cual la entidad realizará la consulta a

través de la página web del ente de control.

Cuando la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, ésta debe

cumplir con los siguientes requisitos:

Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión

temporal, indicando los nombres de las diferentes entidades que conforman

cada una de las agrupaciones y señalando los términos y extensión de la

participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser

modificados sin el consentimiento previo de la Dirección Seccional de

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Administración Judicial Cartagena – Bolívar.

Los integrantes del consorcio o miembros de la unión temporal, señalarán las

reglas básicas que regularán sus relaciones e indicarán el porcentaje de

participación de cada uno de ellos y para la unión temporal, la descripción

detallada de las actividades a realizar. La responsabilidad tanto para el consorcio

como para la unión temporal será solidaria. En las uniones temporales las sanciones

por incumplimiento, serán aplicadas de acuerdo con el porcentaje de

participación de cada uno de sus integrantes en los términos del Artículo 7º de la

Ley 80 de 1993.

En caso de que el adjudicatario sea consorcio o unión temporal deberán designar

un representante el cual será el único canal de comunicación con el supervisor

designado por esta Dirección Seccional. Dicho representante no podrá ser

reemplazado, sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes

que lo conforman.

La duración del consorcio o unión temporal cubrirá el plazo del contrato, hasta

su liquidación y un (1) año más.

Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de

personas jurídicas privadas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en

Colombia, deberán, además, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia,

debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del

contrato, su ejecución, liquidación y para representarla judicial y

extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido en el numeral 22.4 del Artículo

22 de la Ley 80 de 1993 y en el Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007.

Cuando un proponente extranjero, sin domicilio o sucursal en Colombia,

provenga de un país que hace parte de la Convención de la Haya, sobre la

“abolición de requisitos de legalización para documentos públicos extranjeros”,

no se requiere de la consularización, sino que será suficiente que los documentos

se adicionen con el certificado de “apostille”, por parte de la autoridad

competente del país donde se origina el documento.

B. Compromiso anticorrupción

“El proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y a la Nación – Consejo

Superior de la Judicatura - Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena

– Bolívar para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas y en

este contexto deberá asumir explícitamente los siguientes compromisos, sin perjuicio

de su obligación de cumplir la Ley Colombiana:

El proponente se compromete a no ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra

forma de halago o dádiva a ningún funcionario público en relación con su

propuesta, con el proceso de contratación ni con la ejecución del contrato que

pueda celebrarse como resultado de su propuesta.

El proponente se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado suyo

o un agente comisionista independiente lo haga en su nombre.

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El proponente se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos

sus empleados y agentes y a cualesquiera otros representantes suyos,

exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de

Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de

contratación y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les

impondrá la obligación de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago

corrupto a los funcionarios de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura -

Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena – Bolívar, ni a

cualquier otro funcionario público que pueda influir en la adjudicación del

contrato, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su

influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la adjudicación, ni de

ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de Nación - Consejo Superior

de la Judicatura - Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena –

Bolívar durante el desarrollo del contrato que se suscribiría de ser elegida su

propuesta.

El proponente se compromete formalmente a no celebrar acuerdos o realizar

actos o conductas que tengan por objeto la colusión en el proceso, o como

efecto la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se

encuentre el que es materia del presente documento, o la fijación de los

términos de la propuesta.

En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las entidades del

Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha Contra la

Corrupción” a través de alguno de los siguientes medios: los números

telefónicos (1) 5623868, (1) 5658690, (1) 3413432, (1) 5657649, (1) 2410318 la Línea

Transparente del Programa, al número: (1) 3341507; o al correo electrónico del

sitio de denuncias del programa en la página web [email protected]

correspondencia o personalmente, en la Dirección Seccional de Administración

Judicial Cartagena – Bolívar.

Si durante el proceso de contratación se comprobare el incumplimiento del

proponente, sus representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos

antes enunciados, procederá el rechazo de la propuesta presentada. En caso

que Nación - Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Seccional de

Administración Judicial Cartagena – Bolívar advierta hechos constitutivos de

corrupción de parte del proponente durante el proceso de selección, tales

hechos se pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades

competentes, a fin de que se inicien las acciones legales a que hubiere lugar.

Si se comprobare el incumplimiento de dichos compromisos con posterioridad

a la adjudicación del proceso o con posterioridad a la suscripción del contrato,

ello será suficiente para declarar la caducidad del contrato, de acuerdo con lo

previsto en el numeral 5 del Artículo 5 de la Ley 80 de 1993, y se harán exigibles

las sanciones previstas en el contrato.”

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1.11.2. En cuanto a la propuesta

El proponente elaborará la propuesta de acuerdo con lo establecido en el pliego

de condiciones y anexará la documentación exigida; utilizará y diligenciará la

totalidad de los formatos que suministre la Dirección Seccional de Administración

Judicial Cartagena – Bolívar y que le correspondan y los adjuntará a la propuesta;

presentará su propuesta sujetándose al orden establecido en los documentos de la

propuesta y al lleno de los requisitos establecidos por la Dirección Seccional de

Administración Judicial Cartagena – Bolívar, con el fin de facilitar su estudio.

El no diligenciamiento de alguno de los documentos o formatos solicitados por la

entidad, será considerada causal de rechazo de la propuesta en el evento que

dichos documentos no sean allegados en el tiempo establecido por la entidad con

el fin de aclarar su propuesta.

A. Costo de preparación de la propuesta

Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y

presentación de su propuesta y la Dirección Seccional de Administración Judicial

Cartagena – Bolívar, en ningún caso será responsable de los mismos.

B. Documentos de la propuesta

Los siguientes documentos y requisitos, se consideran necesarios para que la

Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar, acepte que

existe realmente una propuesta. La entidad, se reserva el derecho de confirmar el

contenido de todos y cada uno de los documentos que se exigen en este punto y no

considerará las propuestas que no respondan a las solicitudes de aclaración

requeridas por la entidad.

Documentos jurídicos

Carta de presentación de la propuesta firmada por el proponente si es persona

natural (Anexo No 1), por el representante legal de la persona jurídica (Anexo

No 2), o por la persona designada para representar al consorcio o unión

temporal cuando de ello se trate (Anexo No. 3).

Documento de conformación del consorcio o de la unión temporal, cuando

sea el caso (Anexo No 4).

Declaración de no estar incurso en las causales de inhabilidad e

incompatibilidad establecidas en los Artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993; con

la firma de la propuesta, la persona natural o el representante legal de la

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sociedad proponente, afirma bajo gravedad de juramento, que no se halla

incurso en las mencionadas inhabilidades e incompatibilidades.

Certificado de existencia y representación legal del proponente y de cada

uno de los miembros del consorcio o unión temporal, según el caso, con fecha

de expedición no mayor a dos (2) meses a la fecha de cierre de la presente

contratación, en el que conste que la sociedad está constituida por lo menos

con dos (02) años de antelación a la fecha de apertura del presente proceso

de selección, en este se acreditará que la duración de la sociedad no será

inferior al plazo de ejecución y un (1) año más. Este requisito de cumplimiento

deberá acreditarlo el proponente o persona jurídica y también los integrantes

de consorcios o uniones temporales que igualmente sean personas jurídicas.

PERSONA NATURAL

-Ser mayor de edad, lo cual se acredita con la fotocopia de la cédula de

ciudadanía.

-Estar inscrito en el Registro Mercantil y que su actividad comercial le permita

realizar el objeto del futuro contrato; lo anterior se acredita con la presentación del

certificado de matrícula mercantil emitido por la Cámara de Comercio respectiva

del domicilio comercial del oferente, con fecha de registro anterior al cierre del

proceso y expedición del certificado no superior a un (1) mes de antelación a la

fecha de cierre del proceso; esto sucede únicamente en caso de que el

proponente sea comerciante o ejerza el comercio de conformidad con lo

establecido en el Código de Comercio y las normas que lo modifiquen o sustituyan.

-Situación militar, la entidad verificará la situación militar del proponente, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 1780 de 2016.

PERSONA JURIDICA

-Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del

apoderado.

-Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de

Comercio, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la

fecha de cierre del proceso de selección. El objeto social debe estar relacionado

con el servicio o bien a contratar con el proceso de selección, salvo que se trate

de una sociedad por acciones simplificada en donde se haya señalado que

puede realizar cualquier actividad comercial o civil lícita, conforme con el

numeral 5 del artículo 5 de la Ley 1258 de 2008. La persona jurídica debe tener

una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.

(Artículo 6 Ley 80 de 1993).

-Acta de autorización o documento correspondiente del órgano directivo que lo

faculta, en caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del

representante legal, con las respectivas autorizaciones para desarrollar el

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presente proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas

directa o indirectamente.

CONSORCIO O UNION TEMPORAL

En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, se debe aportar:

-Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de

comercio del domicilio de cada uno de los integrantes del consorcio o unión

temporal, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la

fecha de cierre del proceso de selección. El objeto social de cada uno de los

integrantes de la Unión Temporal o Consorcio debe estar relacionado con el

servicio o bien a contratar en el respectivo proceso de selección de tal manera

que se complementen, salvo en personas jurídicas que sean sociedades por

acciones simplificada, en donde se haya señalado que pueda realizar cualquier

actividad comercial y civil licita, conforme al numeral 5 del artículo 5 de la Ley 1258

de 2008.

-Documento de conformación del consorcio o unión temporal, en el cual debe

constar la participación de cada uno de los integrantes del Proponente, la

representación legal o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en

nombre del Proponente y las obligaciones a cargo de cada una de las partes en

las uniones temporales. La duración del consorcio o unión temporal debe abarcar,

el plazo de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más.

-Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado.

-Acta de autorización o documento correspondiente del órgano directivo que lo

faculta, en caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del

representante legal, con las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente

proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas directa o

indirectamente.

PERSONAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL O DOMICILIO EN COLOMBIA

Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal o domicilio en Colombia, bien sea

como interesados individuales o integrantes de consorcio o unión temporal,

acreditarán su existencia y representación legal, mediante el certificado

equivalente al que expiden las cámaras de comercio colombianas, emitido por

organismo o autoridad competente del país de origen de la persona jurídica

extranjera, con una fecha de expedición no superior a dos (2) meses de

antelación a la fecha del cierre del presente proceso de selección. Así mismo,

presentarán sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con

arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.

Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de

personas jurídicas privadas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en

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Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia,

debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del

contrato, su ejecución, liquidación y para representarla judicial y

extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6 de la ley 1150

de 2007.

Los documentos otorgados en el exterior se presentarán legalizados en la forma

prevista en el Artículo 480 del Código de Comercio, sin perjuicio que la Dirección

Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar, pueda solicitar la

documentación que requiera para verificar experiencia, capacidad e idoneidad.

Cuando un proponente extranjero, sin domicilio o sucursal en Colombia, provenga

de un país que hace parte de la Convención de la Haya, sobre la “abolición de

requisitos de legalización para documentos públicos extranjeros”, no se requiere

de la consularización, sino que será suficiente que los documentos se adicionen

con el certificado de “apostille”, por parte de la autoridad competente del país

donde se origina el documento.

La Dirección Seccional verificará el objeto social registrado en el certificado de

cámara de comercio con el fin de confirmar que se encuentra relacionado con

el objeto descrito en el presente proceso de selección.

E) AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO SOCIETARIO

En caso que las facultades del representante legal estén limitadas por razón de la

naturaleza o la cuantía del negocio jurídico, el proponente presentará junto con

la propuesta el acta respectiva en la cual se autoriza al representante legal para

firmar la propuesta y celebrar el correspondiente contrato en el evento que le sea

adjudicado y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere

lugar.

Documentos de Identidad

El proponente en caso de ser persona natural, acreditará tal calidad adjuntando

con la propuesta la copia legible de su cédula de ciudadanía; en caso de ser

persona jurídica, su representante legal adjuntará su respectiva copia de cédula

de ciudadanía; en el caso de consorcio o unión temporal el representante legal

del consorcio o unión temporal, así como cada uno de sus integrantes adjuntará

su respectiva copia de la cédula de ciudadanía; en caso de la persona jurídica

extranjera, su representante legal adjuntará copia de su cédula de ciudadanía si

es colombiano y copia de su cédula de extranjería o su pasaporte, si tiene otra

nacionalidad.

Garantía de seriedad del ofrecimiento

De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto No. 1082 del 2015 deberá

presentarse simultáneamente con la propuesta una garantía la seriedad del

ofrecimiento equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial

estimado para que ésta pueda ser considerada.

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Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, la póliza se tomará a

nombre del consorcio o unión temporal y de todos y cada uno de los integrantes,

y así se hará constar en la póliza.

La vigencia de dicha póliza no será inferior a noventa (90) días calendario,

contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección, a favor

de la Nación – Consejo Superior de La Judicatura Dirección Seccional de

Administración Judicial Cartagena – Bolívar (Nit:800.165.831-4).

La garantía será expedida por una compañía de seguros cuya casa matriz esté

aprobada por la Superintendencia Financiera.

El proponente favorecido y los demás proponentes podrán solicitar la devolución

de la garantía de seriedad de la propuesta, cuando se hayan cumplido los

requisitos de legalización del contrato que se llegare a celebrar, como resultado

de este proceso.

Si la presente solicitud de propuesta se declara desierta, se devolverá el original

de la póliza, previa solicitud por escrito del proponente.

Certificación expedida por la Contraloría General de la República.

En la que conste que no figura en el boletín de responsables fiscales, de

conformidad con la Ley 610 del 2000. En caso de no tener el documento a la

fecha de cierre del presente proceso de licitación, anexará fotocopia de la

solicitud ante el ente fiscal. Si el proponente es un consorcio o unión temporal,

cada uno de sus integrantes deben aportar esta certificación.

No obstante lo anterior, la entidad por tratarse de un requisito necesario para la

futura contratación, podrá consultar y verificar ante la Contraloría General de la

República la no existencia de responsabilidades fiscales.

Antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales.

La Nación – Consejo Superior de la Judicatura, consultará en las páginas Web de

la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación, la

Policía Nacional, los antecedentes fiscales, disciplinarios y el certificado de

antecedentes judiciales de la persona que presente la propuesta o del

Representante Legal de la Persona Jurídica que la presente y de los NIT de las

empresas oferentes.

En el caso de consorcios o uniones temporales, se realizarán las mismas

verificaciones, para cada uno de sus integrantes.

De conformidad con la función de advertencia de la Contraloría General de la

República No. 2014EE0081179 del 30 de abril de 2014, no es posible contratar con

quienes tengan la calidad de responsables fiscales.

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Pago de seguridad social.

De conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, a la

fecha de la presentación de la propuesta, el proponente debe acreditar que se

encuentra afiliado y al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social

Integral y parafiscales, cuando haya lugar.

Si es Persona Jurídica tal acreditación se hará con certificación en la que se haga

constar que se encuentra al día con el pago de los referidos aportes,

correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta;

dicha certificación debe ser expedida por Revisor Fiscal, quien deberá aportar

tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios de la junta central

de contadores o por el representante legal, en el evento en que no esté obligado

a tener revisor fiscal.

Si es persona natural deberá aportar la última planilla de pago de los citados

aportes.

Las personas naturales que a su vez tengan personal a su cargo, deberá adjuntar

declaración juramentada en la que conste que se encuentra al día con el pago

de los referidos aportes. (Ley 789 de 2002).

Las personas jurídicas o naturales que no tengan obligaciones con el sistema de

seguridad social integral, deberán notificarlo mediante certificación juramentada

suscrita por el representante legal y/o contador y/o revisor fiscal.

Si el proponente es un consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes

deberá cumplir con lo establecido, según su naturaleza.

Validez de la propuesta.

El proponente deberá manifestar por escrito que su propuesta será válida hasta

tres (3) meses después de su presentación, tiempo en el cual mantendrá las

condiciones ofrecidas.

Registro Único de Proponentes (RUP).

El proponente presentará con su propuesta el Certificado de Inscripción,

Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes, expedido por la

respectiva Cámara de Comercio en Colombia, fundamentado en lo establecido

en el Artículo 6º numeral 6.3 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto No. 1082 de 2015,

el cual deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días

calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.

NOTA 1: Firmeza de la inscripción y vigencia. La fecha del acto de inscripción

como proponente, es la fecha en la cual, la Cámara de Comercio expide el acto

de inscripción. Sin embargo, en virtud del numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley 1150

de 2007 la inscripción se encontrará en firme cumplido el término de los diez (10)

días siguientes a la publicación del acto de inscripción, por lo que el certificado

que se presente en los diferentes procesos contractuales para que tenga validez,

deberá estar en firme. No puede la Entidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley 1150

de 2007, verificar de manera directa la información que debe reposar en el

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Registro, ni validar información que no se encuentra en firme, por lo que es un deber

de quien desea contratar con el Estado, presentar en los procesos de selección el

Registro Único de Proponentes en firme.

Los oferentes deberán estar inscritos en el Sistema de Clasificación de Bienes y

Servicios de Naciones Unidas, en al menos un código de la siguiente clasificación:

CÓDIGO NOMBRE 72151605 Servicio de cableado para video, datos y voz

81111800 Servicios de Sistemas y administración de

componentes de sistemas

43223300 Dispositivos y equipos para instalación de

conectividad de redes y Datacom

72151607 Ingeniería de superficie para equipos de

comunicación

NOTA 2: Inhabilidad por incumplimiento reiterado. En virtud del Artículo 90 de la Ley

1147 de 2011. Quedará inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las

siguientes conductas:

a) Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución

de uno o varios contratos, durante una misma vigencia fiscal con una o varias

entidades estatales.

b) Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por los

menos dos (2) contratos durante una misma vigencia fiscal, con una o varias

entidades estatales.

c) Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante

una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.

La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados a partir de la

inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes,

de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas. La inhabilidad

pertinente se hará explícita en el texto del respectivo certificado.

Parágrafo. La inhabilidad a que se refiere el presente artículo se extenderá a los

socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado esta inhabilidad,

así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con

posterioridad a dicha declaratoria.

Multas del Registro Nacional de Medidas Correctivas -RNMC.

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En cumplimiento del Art.183, Num.4 de la Ley 1801 de 2016, la Dirección Seccional

de Administración Judicial de Cartagena verificará en el REGISTRO NACIONAL DE

MEDIDAS CORRECTIVAS (RNMC), que el Oferente y cada uno de sus integrantes

(cuando el mismo sea un consorcio o unión temporal), no se encuentre(n)

reportado(s) en dicho Registro como deudores de multas e intereses. Si está(n)

reportado(s) por multas impuestas hace más de seis (6) meses, y no acredita(n) el

pago de la multa y sus intereses con la presentación de su oferta o dentro del

término otorgado para subsanar este requisito, la Oferta será rechazada. Si quien

registra multas es el representante legal del Oferente, se solicitará que se subsane

la presentación de la oferta, mediante ratificación de representante suplente o

mediante ratificación de apoderado designado por el órgano de administración

competente de la sociedad.

En todo caso, si el contrato le es adjudicado al Oferente que se encuentre en

esta situación, dicho contrato solo podrá ser firmado virtualmente a través de

SECOP II por representante legal o apoderado que no se encuentre reportado

en este registro.

Compromiso Anticorrupción.

El proponente debe adjuntar a la propuesta el Anexo No. 6 debidamente

diligenciado.

Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se tendrán en cuenta los siguientes requisitos, el proponente aportará la

documentación requerida con su oferta y cumplirá en ejecución del contrato con

las obligaciones establecidas en la materia.

El Proponente deberá anexar certificación con fecha del año actual, emitida

por la ARL a la que se encuentre afiliado, donde conste la implementación del

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo a los

lineamientos del Decreto 1072 de 2015 y los estándares mínimos establecidos

por la resolución 0312 de 2019, indicando el porcentaje de cumplimiento del SG-

SST el cual no podrá ser inferior al 60%. En caso de que la ARL no haga entrega

de la certificación, podrá aportar una certificación con la misma información

emitida por un profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo o profesional con

posgrado en Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con los lineamientos

establecidos en la resolución 0312 de 2019. Adjuntar licencia en salud

ocupacional y curso de las 50 horas del SG-SST del profesional en SST.

El proponente deberá garantizar mediante certificación escrita que realiza las

afiliaciones al sistema general de salud integral de todos sus trabajadores bajo

el nivel riesgo correspondiente. Una vez adjudicado el contrato, se solicitarán

las planillas de pago respectivas y se realizará la verificación de cada una.

El proponente deberá garantizar mediante certificación escrita que cuenta con

personal idóneo a disposición del contrato, para la ejecución de actividades.

El proponente deberá presentar la Matriz de Identificación de Peligros,

Evaluación y Valoración de los Riesgos y controles respectivos actualizada, que

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incluya las actividades a ejecutar objeto del contrato. El documento debe ser

legible.

El proponente deberá presentar la Matriz de elementos de protección personal,

que incluya los elementos requeridos para las actividades a ejecutar, si se

realizan trabajos en alturas deberá incluir los necesarios para esta labor. El

documento debe ser legible.

El proponente deberá presentar un plan en materia de prevención,

preparación y respuesta ante emergencias en donde se tengan incluidas todas

las actividades objeto del contrato.

Documentos financieros

Los proponentes sean personas naturales o jurídicas y para el caso de consorcio o

unión temporal cada uno de sus integrantes, acreditaran los requisitos habilitantes

financieros adjuntando el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara

de Comercio de su jurisdicción, con no más de un (1) mes de antelación a la fecha

de cierre del presente proceso de selección, con la finalidad de realizar la

verificación que en lo pertinente corresponda según lo dispuesto en el Artículo

2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 para sus efectos y en la condición exigida para

personas naturales y jurídicas.

Registro Único Tributario (RUT). Con el fin de verificar las obligaciones tributarias que

cada proveedor tiene ante la DIAN y a su vez para determinar la clase y

porcentaje de retención que se le debe aplicar en el momento de realizar el pago

del futuro contrato en caso de ser el adjudicatario, los proponentes deberán

entregar dicha información junto con los documentos originales de la propuesta.

Para los casos de consorcios o uniones temporales, se deberá allegar el NIT de

cada una de las firmas que lo conforman.

Registro Único de Proponentes (RUP). El proponente presentará con su propuesta

el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de

Proponentes, expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia,

fundamentado en lo establecido en el Artículo 6º numeral 6.3 de la Ley 1150 de

2007 y el Decreto No. 1082 de 2015, el cual deberá tener una fecha de expedición

no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de

la propuesta.

NOTA 1: Firmeza de la inscripción y vigencia. La fecha del acto de inscripción

como proponente, es la fecha en la cual, la Cámara de Comercio expide el acto

de inscripción. Sin embargo, en virtud del numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley 1150

de 2007 la inscripción se encontrará en firme cumplido el término de los diez (10)

días siguientes a la publicación del acto de inscripción, por lo que el certificado

que se presente en los diferentes procesos contractuales para que tenga validez,

deberá estar en firme. No puede la Entidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley 1150

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de 2007, verificar de manera directa la información que debe reposar en el

Registro, ni validar información que no se encuentra en firme, por lo que es un

deber de quien desea contratar con el Estado, presentar en los procesos de

selección el Registro Único de Proponentes en firme.

Documentación técnica

Experiencia del proponente.

Para el presente proceso de selección, la Nación – Consejo Superior de la Judicatura,

solicita a los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, presentar el Registro

Único de Proponentes (RUP), de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios de

la UNSPSC, dónde se verifique una experiencia que será acreditada con máximo tres

(3) contratos, que contengan alguno de los siguientes códigos UNSPSC hasta el tercer

nivel, conforme con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 decreto 1082 de 2015, de la

siguiente manera:

CONTRATO – CÓDIGO DEL

CLASIFICADOR DE BIENES Y

SERVICIOS

CUANTÍA DE LOS CONTRATOS APORTADOS

(SUMATORIA DE MÁXIMO DOS CONTRATOS)

72151605

137,99 SMMLV

81111800

43223300

72151607

El Proponente debe informar cuales de los contratos inscritos en el RUP pretende

acreditar como experiencia, identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios

hasta el tercer nivel y expresando su valor en salarios mínimos mensuales legales

vigentes. Cualquier experiencia obtenida en el extranjero, se comprueba con el

documento equivalente en el país respectivo, que llena los requisitos establecidos por

este numeral. Si la certificación fue expedida en idioma distinto al castellano, debe

adjuntar, además, la traducción simple del mismo, como lo establece el artículo 251

de la Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso.

Los contratos señalados para acreditar la experiencia (máximo tres), además de

cumplir con los códigos UNSPSC anteriormente descritos, deben cumplir con los

siguientes requisitos:

La sumatoria de sus valores sea igual o superior al presupuesto oficial expresado en SMMLV, es decir, mayor o igual a 137,99 SMMLV.

Cada uno de los contratos debe presentar un valor igual o superior al treinta por ciento (30%) del presupuesto oficial expresado en SMMLV

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Para el proceso de selección, la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, solicita

a los proponentes presentar:

• Las certificaciones de contratos ejecutados y terminados, cuyo objeto

contemple la Construcción de redes de cableado estructurado en edificaciones.

En todo caso, la sumatoria del valor de las certificaciones, deberá ser igual o

superior al Presupuesto Oficial Establecido para el proceso.

NOTA 1: En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes

deberá acreditar como mínimo una (1) certificación de contratos celebrados,

ejecutados y terminados, que cumplan con los requisitos exigidos.

NOTA 2: En caso de presentar una certificación como integrante de un Consorcio o

Unión Temporal, ésta será tenida en cuenta hasta por el porcentaje de participación

dentro de esa figura asociativa y cumpliendo con los requisitos exigidos en el presente

numeral.

NOTA 3: En caso de presentarse más de tres (3) socios dentro de alguna de las figuras

asociativas, será tenida en cuenta una (1) certificación adicional por cada socio

agregado.

El valor de las Certificaciones será evaluado en SMML vigentes a la fecha de

terminación del respectivo contrato, el cual deberá estar incluido dentro del Registro

Único de Proponentes (RUP).

Las certificaciones deben cumplir mínimo con los siguientes requisitos:

• Nombre o razón social del contratante.

• Nombre o razón social del contratista.

• Objeto del contrato.

• Fecha de emisión de la certificación.

• Fecha de inicio del contrato.

• Fecha de terminación del contrato.

• Valor del contrato.

a. La certificación debe estar suscrita por quien tenga tal facultad dentro de la entidad

o firma contratante y debe contar con los datos de contacto, de tal manera que

pueda ser verificada por la Entidad.

b. En caso de presentarse más de tres (3) certificaciones, la Nación – Consejo Superior

de la Judicatura, verificará solamente las tres (3) primeras presentadas en orden

consecutivo en la propuesta, a excepción de los Consorcios o Uniones temporales

conformados por más de cinco socios, a quienes se les tendrá en cuenta una

certificación adicional por cada socio agregado.

c. Cualquier experiencia obtenida en el extranjero, se comprobará con el documento

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equivalente en el país respectivo, que llenará los requisitos establecidos en este

numeral. Si la certificación fue expedida en idioma distinto al castellano, adjuntará,

además, la traducción simple del mismo, tal como lo establece la Circular N° 17 del

11 de febrero de 2015, emitida por Colombia Compra Eficiente.

En el evento que el oferente presente certificaciones sobre contratos realizados con

el Consejo Superior de la Judicatura, son válidos los datos de los contratos que

reposen en los archivos de la Entidad, sin que ello signifique una mejora de la

propuesta del oferente, conforme a lo previsto en los Decretos 2150 de 1995 y 19 del

año 2012.

NOTA 1: No se aceptan certificaciones de obras civiles o de urbanismo tales como

vías, puentes, alcantarillados, acueductos, tanques, obras de urbanismo, parques,

plazoletas, etc.

NOTA 2: No se tendrán en cuenta las certificaciones que presenten tachaduras,

raspaduras, enmendaduras, información no consistente y/o inexactitudes.

NOTA 3: El contratista debe presentar un cuadro con la relación de las Certificaciones

presentadas, en donde la Entidad pueda identificar el contrato al que corresponde,

dentro del RUP.

La experiencia del oferente en Consorcio o Unión Temporal corresponderá a la

sumatoria que acredite cada uno de los integrantes.

Salud Ocupacional.

El proponente deberá aportar de conformidad con lo previsto en el Acuerdo

No.10560 del 11 de agosto de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura, una

certificación suscrita por la A.R.L. o por el representante legal, en la que conste que

la empresa cuenta con un programa de salud ocupacional y/o que lo está

implementando, el cual debe estar enfocado al riesgo correspondiente al objeto de

la presente solicitud de oferta. En el evento de ser persona natural y no contar con

personal a su cargo, el oferente estará exento del cumplimiento de este requisito,

siempre y cuando acredite y certifique no contar con trabajadores a su cargo al

riesgo correspondiente al objeto de la presente solicitud de oferta.

Garantía de la obra

El proponente deberá acreditar mediante documento escrito firmado por el

representante legal una garantía de dieciocho (18) meses para los servicios

prestados y elementos que se suministren durante el presente contrato. En el evento

que los elementos llegasen a presentar defectos causados por la fabricación de los

mismos y/o calidad, el proponente se compromete a efectuar el cambio de los

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elementos a los que haya lugar, en un período no superior a tres (03) días calendario.

Fichas Técnicas

Para la correcta verificación de las especificaciones técnicas, se debe anexar los

catálogos y fichas técnicas de los elementos ofrecidos, que serán instalados.

Las fichas técnicas de los elementos ofrecidos deberán contener descripciones,

funcionamiento, usos, características y descripción de la marca a ofrecer, que

permita la correcta verificación por parte de la entidad.

Cronograma

El proponente deberá presentar cronograma detallado de las actividades a

realizar día a día, para la ejecución de los trabajos.

Los anteriores aspectos no otorgarán puntaje, pero habilitarán o deshabilitarán la

propuesta.

D. Propuesta económica

Se debe aportar la propuesta económica en el Anexo No. 7 - Propuesta económica

teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

El valor de la propuesta económica, no puede superar el presupuesto oficial

estimado para el presente proceso de selección, correspondiente a la suma de

CIENTO VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL VEINTICUATRO

PESOS ($125.371.024) M/CTE incluidos A.I.U., y todas las tasas, impuestos y

contribuciones de ley, así como los valores unitarios establecidos en el

presupuesto.

El anexo será diligenciado en su totalidad y no será objeto de ninguna

modificación por el proponente.

El valor total de la propuesta económica se presentará en pesos colombianos.

Al formular la oferta económica, el proponente acepta que estarán a su cargo

todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes

autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos

mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones.

Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores y omisiones en

que incurra al indicar los valores totales de los servicios, lo cual implica que

deberá asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores

u omisiones, sin que se modifique el valor total de la propuesta económica, salvo

las correcciones aritméticas a que haya lugar.

El Anexo No. 7 - Propuesta económica, se adjuntará a la propuesta en forma

impresa. La no entrega de la propuesta económica en impreso, deshabilitará la

propuesta para continuar en el presente proceso de licitación.

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1.11.3 CAUSALES PARA NO CONSIDERAR LAS PROPUESTAS

La Dirección Seccional de Administración Judicial, no considerará las propuestas en

los siguientes casos:

a) Cuando se encuentre que el proponente o uno de los miembros del consorcio o

unión temporal esté incurso en alguna de las causales de inhabilidad e

incompatibilidad previstas en la Constitución o la Ley.

b) Cuando haya diferencia entre los valores totales ofertados, anotados en; 1) la

oferta económica de la plataforma virtual y 2) la oferta económica del Anexo

No. 7. Los cuales siempre deben coincidir.

c) Cuando el valor unitario de uno o varios ítems incluido los gravámenes e

impuestos correspondiente en la propuesta diligenciado en el Anexo 7, EXCEDA

el valor unitario determinado por cada ítem por la entidad en el estudio de

mercado

d) Cuando no allegue la información solicitada por la entidad con el objeto de aclarar su propuesta o hacerlo en forma incompleta o extemporánea.

e) Si el proponente condiciona los efectos o alcance de la propuesta.

f) Cuando el valor total de la propuesta incluido impuestos y sobretasas, exceda el

presupuesto oficial estimado, según lo establecido en el numeral 1.4.

g) Cuando la propuesta haya sido presentada extemporáneamente.

h) Cuando el proponente presente más de una propuesta para este mismo proceso, como representante de persona jurídica o como persona natural o integrante de consorcio o unión temporal.

i) Cuando no se alleguen y diligencien la totalidad de los documentos solicitados por esta Dirección Seccional y habiéndose solicitado su subsanación, ésta no se hiciera dentro del término contemplado en el presente pliego de condiciones.

j) La no presentación de la garantía del ofrecimiento de la propuesta de forma simultánea con la propuesta.

k) Cuando no se presente propuesta económica al cierre del proceso de selección. l) se presente propuesta económica al cierre del proceso de selección.

m) Cuando el proponente sea en calidad de persona natural o en calidad de

consorcio o unión temporal presente alguna inhabilidad por incumplimiento

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reiterado tal y como lo establece el Artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

n) Cuando no se suscriba la oferta por el representante legal del proponente o por

el apoderado constituido para el efecto o la no presentación de la misma y se

hayan realizado los requerimientos correspondientes.

o) La no presentación del poder, cuando la propuesta sea firmada a través de

apoderado, previo requerimiento del mismo.

p) Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado u

obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de

respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.

q) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la

aplicación del principio de selección objetiva.

r) Cuando el representante legal, o los representantes legales de una persona

jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en

el proceso de selección.

s) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados tendientes a inducir a error a La Nación – Consejo Superior de la Judicatura.

t) Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de

cualquier condición o modalidad.

u) Cuando el proponente se encuentre incurso en algunas de las causales de

disolución y/o liquidación de sociedades.

v) La presentación de varias propuestas por el mismo oferente dentro del mismo

proceso por sí o por interpuesta persona (en consorcio, en unión temporal o

individualmente)

w) Estar incluido en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de

la República.

x) Cuando no cumpla con la evaluación financiera establecida en el presente

pliego de condiciones.

y) Cuando a la fecha de presentación de la propuesta, la sociedad oferente no

esté debidamente constituida y su duración sea inferior a lo exigido en los Pliegos

de Condiciones, y que su objeto social no tenga relación con el objeto de la

contratación

1.12 INFORME DE EVALUACION

La entidad evaluará las propuestas dentro del término establecido en el cronograma

de actividades del presente pliego de condiciones.

Los resultados de la evaluación serán publicados en la página web de COLOMBIA

COMPRA EFICIENTE www.colombiacompra.gov.co, SECOP II

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Durante este período, los proponentes podrán presentar las observaciones que

consideren pertinentes, a través de la plataforma SECOP II.

Durante el período de publicación del informe de evaluación, los proponentes

podrán presentar las observaciones que consideren pertinentes, en la plataforma

SECOP II, de conformidad con el cronograma del proceso.

Solo serán atendidas aquellas observaciones que hayan sido recibidas, durante el

período y hora establecidos para tal fin, las cuales serán contestadas y publicadas

en la página del SECOP II.

1.13 ADJUDICACIÓN

Corresponde adjudicar el presente Proceso de Selección al Director Seccional de

Administración Judicial Cartagena – Bolívar de conformidad con lo establecido en

el Artículo 103 numeral 3, de la Ley 270 de 1996, el Acuerdo 163 de 1996, la

autorización proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura y la delegación

concedida por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, para adelantar el

presente proceso de selección.

Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término

señalado por la entidad, por causa imputable a él, la Dirección Seccional de

Administración Judicial Cartagena – Bolívar, hará efectiva la garantía de seriedad de

la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento

de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la citada garantía. En este

evento, la Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena – Bolívar,

mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato,

dentro de los cinco días siguientes, a la segunda propuesta más conveniente para la

entidad.

La Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena – Bolívar, podrá

prorrogar los plazos conforme a lo establecido en la Ley.

1.14 ADENDAS

En el evento en que se efectúen cambios al pliego de condiciones, éstos serán

realizados únicamente mediante adendas escritas, los cuales pasarán a formar parte

del mismo. Las adendas serán publicadas en la plataforma SECOP II.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015,

la Entidad puede modificar los pliegos de condiciones a través de Adendas

expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

La Entidad debe publicar las Adendas en los días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las

7:00 p.m., a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para presentar

ofertas a la hora fijada para tal presentación.

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No obstante, La Entidad puede expedir Adendas para modificar el Cronograma una

vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación

del contrato.

Nota: Es importante mencionar que aquellas inquietudes que se presenten durante

el período de publicación del pliego definitivo de condiciones, que no fueran

modificadas mediante adenda, se deberá entender que la entidad no efectuará

cambios al pliego de condiciones.

1.15 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN

El cronograma y descripción general del proceso de contratación se presenta en la

plataforma Secop II.

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CAPÍTULO 2

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y FORMA DE EVALUACIÓN

La Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar, adjudicará

totalmente el contrato, al proponente cuya propuesta se encuentre ajustada a las

condiciones de contratación, cumpla con los requisitos jurídicos, financieros, de

experiencia, técnicos y factor económico, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.

Corresponde adjudicar el presente proceso al Director Seccional designado para

ejercer el cargo debidamente facultado para contratar de conformidad con lo

dispuesto en el Numeral 3 del Artículo 103 de la Ley 270 de 1996.

CRITERIOS DE VERIFICACIÓN

Para la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes, La Nación –

Consejo Superior de la Judicatura, asignará el criterio de CUMPLE o NO CUMPLE, de

conformidad con le exigido en el Capítulo III del presente proceso de selección.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN Evaluación sobre la capacidad

jurídica

Cumple / No

cumple

Evaluación sobre la capacidad

financiera

Cumple / No

cumple

Capacidad residual

Cumple / No

cumple

Capacidad Técnica - Experiencia

Cumple / No

cumple

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Para la evaluación de la oferta presentada, La Nación – Consejo Superior de la

Judicatura, asignará el puntaje correspondiente, con fundamento en los siguientes

criterios:

Factor de evaluación Puntaje máximo

Factor técnico 400

Apoyo a la industria 100

Factor económico 600

Total 1100

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2.1 CRITERIOS DE VERIFICACIÓN

A. Verificación de los requisitos jurídicos

La verificación de los requisitos jurídicos, estará a cargo del Área Jurídica y se realizará

mediante la verificación de los documentos jurídicos presentados en cumplimiento

de los términos y condiciones que expresen el pliego de condiciones y las

disposiciones legales vigentes. Este aspecto no otorgará puntaje, pero habilitará o

deshabilitará la propuesta. Se evaluará con “Cumple o No Cumple”.

B. Verificación de los requisitos financieros

De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80

de 1993, artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del

Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, en los numerales 3 y 4 del

artículo 2.2.1.1.1.5.3 de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad

financiera y organizacional será objeto de verificación a todos los proponentes

que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación.

La evaluación de los requisitos financieros, estará a cargo del Comité Asesor y

Evaluador de Contratación de la Rama Judicial – Seccional Bolívar, el proponente

deber á anexar a su propuesta el Registro Único de Proponentes y mediante éste

se verificará la capacidad financiera del proponente bien sean oferentes

nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en el país o las personas

jurídicas extranjeras que tengan establecida sucursal en Colombia. Los indicadores

financieros evaluados serán los siguientes y se calcularán con base en la

información financiera, teniendo en cuenta el mejor año fiscal de los últimos tres(3)

años(2018,2019 o 2020) que se refleje en el registro de cada proponente en el RUP

de acuerdo a lo establecido en el Decreto 579 de 2021 , el cual regla lo siguiente:

Artículo 1. Sustitución de los parágrafos transitorios del artículo 2.2.1.1.1.5.2. del

Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de

Planeación Nacional.

Sustitúyanse los parágrafos transitorios del artículo 2.2.1.1.1.5.2. de la Subsección 5

de la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082

de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional,

los cuales quedarán así:

"PARÁGRAFO TRANSITORIO 1: A partir del 1 de junio de 2021, para efectos de la

inscripción en el Registro Único de Proponentes, el interesado reportará la

información contable de que tratan los numerales 1.3 Y 2.3 de este artículo,

correspondiente a los últimos tres (3) años fiscales anteriores al respectivo acto.

En aquellos eventos en que el proponente no tenga la antigüedad suficiente para

aportar la información financiera correspondiente a los tres (3) años descritos en el

inciso anterior, podrá acreditar dicha información desde su primer cierre fiscal.

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El proponente con inscripción activa y vigente que no tenga la información de la

capacidad financiera y organizacional de los años 2018 y/o 2019 inscrita en el

Registro Único de Proponentes, durante el mes de junio de 2021, podrá reportar

por única vez, mediante una solicitud de actualización, únicamente la información

contable correspondiente a estos años, sin costo alguno.

El proponente que tenga o haya tenido inscrita en la cámara de comercio la

información de la capacidad financiera y organizacional de los años 2018 y/o

2019, no deberá presentar la información que repose en la respectiva cámara de

comercio, la cual conservará la firmeza para efectos de su certificación.

Artículo 3. Sustitución del parágrafo transitorio del artículo 2.2.1.1.1.6.2. del Decreto

1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación

Nacional.

Sustitúyase el parágrafo transitorio al artículo 2.2.1.1.1.6.2. de la Subsección 6 de la

Sección 1 del Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de

2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, el

cual quedará así:

"PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad con los parágrafos transitorios de los

artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., yen desarrollo del deber de análisis de las

Entidades Estatales, de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir

del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos

habilitantes de

capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que

conste en el Registro Único de Proponentes. En todo caso, se establecerán

indicadores proporcionales al

procedimiento de contratación.

Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con los indicadores

de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de selección cuyo

acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de

2021, se tendrá en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que

las Entidades Estatales evaluarán estos indicadores, teniendo en cuenta el mejor

año fiscal que se refleje en el registro de cada proponente".

Los indicadores financieros para Consorcios o Uniones Temporales, se calculan

realizando la Ponderación de los componentes de los indicadores: En esta opción

cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada

componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del

oferente plural (unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura).

La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son índices en esta

opción:

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La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son valores

absolutos, como el capital de trabajo:

La información exigida se presenta en idioma castellano y moneda legal

colombiana.

Este aspecto no otorgará puntaje, pero habilitará o deshabilitará la propuesta

para la verificación de la capacidad de organización, de experiencia,

evaluación de la propuesta técnica, y económica.

Los indicadores y el margen solicitado para el presente proceso de selección,

de conformidad con el Numeral 3 del Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de

2015, son los que se relacionan a continuación:

CAPACIDAD FINANCIERA

Indicador Fórmula Margen solicitado

Índice de liquidez

activo corriente dividido por el pasivo corriente

Mayor o igual a 1.5

Índice de endeudamiento

pasivo total dividido por el activo total

Menor o igual a 60%

Razón de cobertura de intereses utilidad operacional dividida por los gastos de intereses

Mayor o igual a 1,5

Capital de Trabajo Activo corriente - pasivo corriente Mayor al 50% del valor del

presupuesto oficial del presente proceso

En caso de que no registre valor de intereses y el resultado sea indefinido e

indeterminado, su calificación será de CUMPLE.

La capacidad Financiera de acuerdo a los anteriores indicadores mide la fortaleza

financiera del interesado.

La capacidad organizacional mide el rendimiento de las inversiones y la eficiencia

en el uso de activos del interesado.

Los indicadores financieros para Consorcios o Uniones Temporales, serán calculados

tomando la sumatoria de cada una de las partidas contenidas en el RUP de cada

uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal y no por el porcentaje de

participación de sus integrantes.

Para las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en

Colombia, la entidad verificará la capacidad financiera, para lo cual deben allegar:

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Los estados financieros comparativos a 31 de diciembre de 2016 (balance

general, estado de resultados y notas a los estados financieros).

CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

La capacidad organizacional mide el rendimiento de las inversiones y la eficiencia

del uso de activos del interesado. Los proponentes sean Personas Naturales o

Jurídicas y para el caso de Consorcios, Uniones Temporales o Promesas de Sociedad

Futura cada uno de sus integrantes, acreditan tal requisito adjuntando el Registro

Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con

no más de un (1) mes de antelación a la fecha de cierre, con la finalidad de realizar

la verificación que en lo pertinente corresponda según lo dispuesto por el numeral

4 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 decreto 1082 de 2015. . Los indicadores de capacidad

organizacional se calcularán con base en la información financiera, teniendo en

cuenta el mejor año fiscal de los últimos tres(3) años(2018,2019 o 2020) que se refleje

en el registro de cada proponente en el RUP de acuerdo a lo establecido en el

Decreto 579 de 2021

Indicador

Fórmula Margen

solicitado

Rentabilidad del

Patrimonio

Utilidad operacional sobre

patrimonio

Mayor a 0.1

Rentabilidad del

Activo

Utilidad operacional sobre

Activo Total

Mayor a 0.05

PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN

COLOMBIA

Los Proponentes extranjeros deberán presentar la siguiente información financiera de

conformidad con la legislación propia del país de origen. Los valores deben: (i)

presentarse en pesos colombianos; (ii) convertirse a la tasa de cambio de la fecha

de corte de los mismos, y (iii) estar avalados con la firma de quien se encuentre en

obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa del país de origen.

A. El estado de situación financiera (balance general) y estado de resultado

integral (estado de resultados), acompañados por el informe de auditoría (sí aplica

de acuerdo con la legislación de origen) con traducción oficial al castellano de

acuerdo con las normas NIIF.

B. Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado

de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores

de quien realiza la conversión.

La fecha de corte de los documentos señalados en el Literal A será a 31 de diciembre

de 2020, acompañado del Informe de Auditoría salvo que se acredite en debida

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forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha de corte

diferente a la prevista en este pliego.

Capacidad Residual

Para el cálculo de la capacidad residual de contratación de los

proponentes, se dará aplicación a lo establecido por el decreto 1082 de 2015, así:

La capacidad residual del proponente se calcula con base en la siguiente

información:

1. Experiencia.

2. Capacidad Financiera.

3. Capacidad Técnica.

4. Capacidad de Organización

5. Saldos de los contratos en ejecución.

La fórmula para calcular la capacidad residual del proponente es la siguiente:

Capacidad residual del proponente =

Dónde: CO = Capacidad de Organización. E = Experiencia. CT = Capacidad

Técnica. CF = Capacidad Financiera. SCE = Saldos de los contratos en ejecución.

La capacidad residual de un proponente plural debe ser la suma de la capacidad

residual de cada uno de sus integrantes. Se determinará de la misma forma

señalada para los proponentes individuales. Ver guía establecida por Colombia

Compra Eficiente y presentar los anexos allí descritos.

http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/normativas/20140422_pro

yectoguiacapacidadre sidual.pdf

Igualmente se aplica la metodología establecida por Colombia Compra Eficiente

para el cálculo efectuado por la Entidad para la determinación de la Capacidad

Residual de Contratación de este proceso de selección.

Las personas naturales o jurídicas deberán tener a la fecha del cierre del plazo del

proceso de contratación una capacidad residual de contratación mayor o igual

a $218.391.149.

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En todo caso se aplicará lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del decreto 1082

de 2015.

La verificación de la experiencia similar, estará a cargo del Área Administrativa,

se verificará en el RUP teniendo en cuenta los parámetros señalado en el pliego

de condiciones del presente proyecto– no otorgará puntaje, pero habilitará o

deshabilitará la propuesta.

Verificación de las condiciones de experiencia.

La verificación de las especificaciones de experiencia estará a cargo del comité

evaluador, y se analizará con base en la revisión de cumplimiento de la

documentación para acreditar las condiciones de experiencia presentados, en

cumplimiento de los términos y condiciones que expresen el pliego de condiciones y

las disposiciones legales vigentes. Este aspecto no dará puntaje, pero habilitará o

deshabilitará la propuesta. Se calificará con “Cumple o No Cumple”.

2.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN

2.2.1 EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS (400 PUNTOS).- La

evaluación de este aspecto estará a cargo del comité técnico y se otorgará una

calificación de quinientos (400) puntos de conformidad con los siguientes criterios:

2.2.1.1 Supervisor o ingeniero residente (100 puntos). El proponente que ofrezca

destinar durante la ejecución del contrato un supervisor o ingeniero residente con

una experiencia igual o superior a 3 años, que podrá ser ingeniero electrónico,

mecatrónico, sistemas, telecomunicaciones, telemático o redes con tarjeta

profesional de acuerdo con el tiempo de dedicación que ofrezca de conformidad

con el siguiente cuadro.

Aspecto Puntaje

Ingeniero Residente con una dedicación de tiempo

de 8 horas diarias durante el tiempo de ejecución del

mismo 100

Ingeniero Residente con una dedicación de tiempo

de 4 horas diarias durante el tiempo de ejecución del

mismo 50

Para acreditar lo anterior el proponente deberá allegar:

1. Certificación debidamente firmada por la persona natural, el representante

legal de la sociedad o quien posea sea la facultad, donde realice el ofrecimiento

del ingeniero. Dicha certificación debe contar con el visto bueno y por ende estar

suscrita por el Profesional, con una dedicación de ocho (08) horas diarias.

2. Tarjeta profesional y certificado de vigencia de la tarjeta.

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3. Certificaciones de experiencia que contendrán como mínimo la siguiente

información: Nombre del ingeniero, cargo desempeñado, fecha de inicio y

terminación del proyecto, nombre de los proyectos aportados como experiencia.

No será tenida en cuenta la experiencia concurrente, es decir, aquella que sea

ejecutada en el mismo tiempo (traslapo de contratos en el tiempo).

2.2.1.2 Instalaciones y elementos gratuitos (200 puntos)- El proponente que ofrezca

los siguientes criterios adicionales, tendrá la calificación así:

ASPECTO PUNTAJE Instalación gratuita de 10 puntos adicionales debidamente certificados y cumpliendo estándares nacionales para conexiones de cámaras IP y 20 Patch cord de 10 pies. 200

Instalación gratuita de 10 puntos adicionales debidamente certificados y cumpliendo estándares nacionales para conexiones de cámaras IP 100

20 Patch cord de 10 pies gratuitos 50

2.2.2 Evaluación de apoyo a la industria nacional (100 puntos)

Se asigna el puntaje indicado para este ítem, de conformidad con lo dispuesto por

el Artículo 2 de la Ley 816 de 2003, en concordancia con el Artículo 2.2.1.2.4.1.3 del

Decreto 1082 de 2015 así:

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL PUNTOS

EMPRESAS NACIONALES

Si el origen de los servicios ofrecidos son nacionales, por cuanto es

prestado por empresas constituidas de acuerdo con la legislación

nacional o por personas naturales colombianas

100

EMPRESAS EXTRANJERAS

Si el proponente es constituido como empresa extranjera que

incorporen componente colombiano servicios profesionales,

técnicos y operativos

50

La manifestación de Servicios Nacionales debe presentarse por escrito y estar

suscrita por el Representante Legal o quien tenga la facultad.

Los documentos que acrediten el cumplimiento de los ítems mencionados en la

tabla anterior, deben presentarse junto con la oferta, so pena de no otorgarse el

respectivo puntaje por este aspecto.

2.2.3 Evaluación económica (600 puntos)

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Para la determinación del método se toman los primeros dos decimales de

la TRM (Tasa Representativa del Mercado) vigente al día establecido como

“Día de Escogencia de Método de Evaluación”, el cual estará

expresamente estipulado dentro del Cronograma del Pliego de

Condiciones Definitivo. Dicha fecha será inamovible, sin perjuicio de los

aplazamientos y/o prórrogas que pueda presentar la fecha de

adjudicación del proceso.

El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la

tabla que se presenta a continuación:

ASIGNACIÓN DE MÉTODO DE EVALUACIÓN

SEGÚN TRM

MÉTODO

1 MEDIA ARITMÉTICA

2 MEDIA ARITMÉTICA ALTA

3 MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO

OFICIAL

4 MENOR VALOR

2.2.3.1 MEDIA ARITMÉTICA

Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas

y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a

dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes

fórmulas:

Donde,

�̅� = ∑𝑥𝑖𝑛

𝑛

𝑖=𝑙

�̅� = Media Aritmética

𝑥𝑖= Valor de la Oferta i sin decimales

𝑛= Número total de las ofertas

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Obtenida la media aritmética se procede a ponderar las Ofertas de

acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje 𝑖 = { 𝑖𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥(1 − (

�̅�−𝑣𝑖

�̅�)𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 �̅�

𝑖𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (1 − 2 (|�̅�−𝑣𝑖|

�̅�)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 �̅�

Donde,

�̅� = Media Aritmética

𝑉𝑖 = Valor de cada una de las ofertas i, sin decimales

𝑖 = Número de la oferta

En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media

aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media

aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de

ponderación.

2. MEDIA ARITMÉTICA ALTA

Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar la siguiente fórmula:

𝑥𝐴 = 𝑉𝑚𝑎𝑥+ �̅�

2

𝑋𝐴= Media aritmética alta

𝑉𝑚𝑎𝑥= Valor total sin decimales de la oferta más alta

�̅� = Promedio aritmético de las ofertas válidas Obtenida la media aritmética alta se procede a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula: Obtenida la media aritmética alta se procede a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje 𝑖 =

{

𝑖𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (1 − (

𝑋𝐴−𝑉𝑖

𝑋𝐴)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴

𝑖𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (1 − 2 (|𝑋𝐴−𝑉𝑖|

𝑋𝐴)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴

Donde, 𝑋𝐴= Media aritmética alta 𝑉𝑖= Valor total sin decimales de cada una de las ofertas 𝑖

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En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media

aritmética alta se toma el valor absoluto de la diferencia entre la media

aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de

ponderación.

3. MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL

Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el

presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de

puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media

geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en

seguida.

Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tiene en

cuenta el número de Ofertas válidas y se incluye el presupuesto oficial del

Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el

siguiente cuadro:

NÚMERO DE OFERTAS

(n)

NÚMERO DE VECES QUE SE

INCLUYE EL PRESUPUESTO

OFICIAL (nv)

1 - 3 1

4 - 6 2

7- 9 3

10- 12 4

13-15 5

Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluye una vez el

presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación.

Posteriormente, se determina la media geométrica con la inclusión del

presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior,

mediante la siguiente fórmula:

𝐺𝑃𝑂= √𝑃𝑂 𝑋 𝑃𝑂 𝑋 ⋯𝑋 𝑃𝑂𝑛𝑣 𝑋 𝑃1 𝑋 𝑃2 𝑋 ⋯𝑋 𝑃𝑛

𝑛𝑣+𝑛

Donde,

𝐺𝑃𝑂 = Media geométrica con presupuesto oficial

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𝑛𝑣 = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (𝑃𝑂) 𝑛 = Número de ofertas válidas

𝑃𝑂 = Presupuesto oficial del proceso de contratación

𝑃𝑖 = Valor de la oferta económica sin decimales del Proponente 𝑖 Establecida la media geométrica se procede a determinar el puntaje para

cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:

Puntaje 𝑖 =

{

𝐼𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (1 − (

𝐺𝑃𝑂−𝑉𝑖

𝐺𝑃𝑂)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝐺𝑃𝑂

𝐼𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (1 − 2 (|𝐺𝑃𝑂−𝑉𝑖|

𝐺𝑃𝑂)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝐺𝑃𝑂

Donde,

𝐺𝑃𝑂= Media geométrica con presupuesto oficial

𝑉𝑖= Valor total sin decimales de cada una de las ofertas 𝑖

𝑖 = Número de oferta

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media

geométrica con presupuesto oficial se toma el valor absoluto de la

diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de

la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

2.1.1.1. 4. MENOR VALOR

Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos

en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor,

como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la

aplicación de este método la Nación Consejo Superior de la Judicatura,

procede a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procede

a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje 𝑖 = {𝑖𝑛𝑐𝑙𝑢𝑖𝑟 𝑒𝑙 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑥 (𝑉𝑀𝐼𝑁 )

𝑉𝑖

Donde,

𝑉𝑀𝐼𝑁= Menor valor de las ofertas válidas

𝑉𝑖= Valor total sin decimales de cada una de las ofertas 𝑖 𝑖 = Número de oferta

En este caso se toma el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor

y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

Para todos los métodos descritos se tiene en cuenta hasta el séptimo (7)

decimal del valor.

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2.3 Criterios para dirimir empates

Para efectos de dirimir empates, se dará aplicación al artículo 35 de la ley 2069 de

2020 en donde se regulan los criterios de desempate aplicables para todos los

procesos de contratación, en los siguientes términos:

1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o

servicios extranjeros.

2. Preferir la propuesta de la mujer cabeza de familia, mujeres víctimas de la violencia

intrafamiliar o de la persona jurídica en la cual participe o participen

mayoritariamente; o, la de un proponente plural constituido por mujeres cabeza de

familia, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y/o personas jurídicas en las

cuales participe o participen mayoritariamente.

3. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones

establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está

en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es

presentada por un proponente plural, el integrante del oferente que acredite que

el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los

términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el

veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de

sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia

acreditada en la oferta.

4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite la vinculación en

mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de

vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de

pensión establecido en la Ley.

5. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite, en las condiciones

establecidas en la ley, que por lo menos diez por ciento (10%) de su nómina

pertenece a población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palanquera, Rrom

o gitanas.

6. Preferir la propuesta de personas en proceso de reintegración o reincorporación o

de la persona jurídica en la cual participe o participen mayoritariamente; o, la de

un proponente plural constituido por personas en proceso de reincorporación, y/o

personas jurídicas en las cuales participe o participen mayoritariamente.

7. Preferir la oferta presentada por un proponente plural siempre que: (a) esté

conformado por al menos una madre cabeza de familia y/o una persona en

proceso de reincorporación o reintegración, o una persona jurídica en la cual

participe o participen mayoritariamente, y, que tenga una participación de por lo

menos el veinticinco por ciento (25%) en el proponente plural; (b) la madre cabeza

de familia, la persona en proceso de reincorporación o reintegración, o la persona

jurídica aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada

en la oferta; y (c) ni la madre cabeza de familia o persona en proceso de

reincorporación o reintegración, ni la persona jurídica, ni sus accionistas, socios o

representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del

proponente plural.

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8. Preferir la oferta presentada por una Mipyme o cooperativas o asociaciones

mutuales; o un proponente plural constituido por Mipymes, cooperativas o

asociaciones mutuales.

9. Preferir la oferta presentada por el proponente plural constituido por micro y/o

pequeñas empresas, cooperativas o asociaciones mutuales.

10. Preferir al oferente que acredite de acuerdo con sus estados financieros o

información contable con corte a 31 de diciembre del año anterior, por lo menos

el veinticinco por ciento (25%) del total de pagos realizados a Mypime,

cooperativas o asociaciones mutuales por concepto de proveeduría del oferente,

realizados durante el año anterior; o, la oferta presentada por un proponente plural

siempre que: (a) esté conformado por al menos una MIPYME, cooperativa o

asociación mutual que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por

ciento (25%); (b) la MIPYME, cooperativa o asociación mutual aporte mínimo el

veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la

MIPYME, cooperativa o asociación mutual ni sus accionistas, socios o

representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del

proponente plural .

11. Preferir las empresas reconocidas y establecidas como Sociedad de Beneficio e

Interés Colectivo o Sociedad BIC, del segmento MIPYMES.

12. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá

haber sido previsto previamente en los Documentos del Proceso.

2.4 Declaratoria desierta

La declaratoria desierta de la licitación únicamente procederá por motivos o causas

que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que

se señalará en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esta

decisión de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25 Numeral 18 de la Ley 80 de

1993.

2.5 Cumplimiento de la reciprocidad

En el evento de que el proceso se encuentre cobijado por Tratados Internacionales,

se otorgará el tratamiento de bienes y servicios nacionales, siempre que cumpla con

alguna de estas condiciones:

a. Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras

estatales con dicho país.

b. Que, en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere

negociado trato nacional, l a s ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban e l

m i s m o tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.

Forma de acreditación

La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países

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con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras

públicas, se realizará mediante certificación expedida por el Director de

Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual

contendrá lo siguiente:

a. Lugar y fecha de la certificación.

b. Número y fecha del tratado.

c. Objeto del Tratado. d.

Vigencia del tratado.

e. Proceso de selección al cual va dirigido.

En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si

existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad.

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CAPÍTULO 3

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

Las siguientes condiciones formarán parte del contrato que se suscriba como

consecuencia de la adjudicación.

3.1 FORMULARIO BENEFICIARIO CUENTA

Se debe diligenciar el formulario de beneficiario – cuenta (Anexo No 5) y anexar

certificación bancaria. Dicha certificación debe haber sido expedida con no más de

sesenta (60) días de antelación a la fecha de cierre del presente proceso de

contratación, en donde conste la titularidad de la cuenta y que la misma, se

encuentre activa. (Decreto 2789 de 2004).

3.2 SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La Supervisión del contrato a celebrar será designada por el Director Seccional.

El supervisor cumplirá las siguientes funciones:

1. Exigir al contratista el cumplimiento del contrato y de la totalidad de

obligaciones en él contenidas.

2. Recibir y verificar los cortes de obra, remitidos por el Contratista, con el fin de

tramitar ante la Dirección Seccional Cartagena - Bolívar, el pago oportuno sobre

el valor del contrato.

3. Verificar, a la suscripción del acta de inicio, la acreditación del personal

requerido y propuesto por el Contratista.

4. Presentar al área administrativa de la Dirección Seccional Cartagena

– Bolívar, informes sobre incumplimiento total o parcial de las obligaciones

contractuales por parte del Contratista, durante la ejecución de la obra, si fuere

el caso, en los cuales incluirá un análisis completo del grado de incumplimiento

de las mismas.

5. Realizar las reuniones periódicas que se considere pertinentes, para

evaluar el avance del Contrato de Obra y las eventuales dificultades que se

llegaren a presentar; lo anterior de acuerdo al cronograma de la obra.

6. Ejercer la vigilancia y control de la ejecución y cumplimiento de las

obligaciones del contratista.

7. Revisar y confirmar que e l pe r s ona l v incu lad o a la e jecuc ión d e l

cont rato , corresponda a los perfiles exigidos por la Entidad y ofrecidos por el

Contratista. Igualmente autorizar y verificar, frente a eventuales modificaciones

del personal del Contratista, que el mismo acredite igual o superiores condiciones

a las ofertadas.

8. Analizar y autorizar los cambios técnicos que por razones de modo, tiempo,

lugar y necesidades, deban realizarse durante la ejecución del contrato, siempre

que tales cambios no ameriten Otrosí o adiciones e informar dichos cambios al

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Director Ejecutivo Seccional.

9. Propender por el cumplimiento de todas las exigencias técnicas estipuladas

dentro del contrato.

10. Aprobar el cronograma de obra.

11. Verificar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista con el Sistema

Integral de Seguridad Social y aportes Parafiscales del personal que ejecute el

contrato, en el caso en que haya lugar.

12. Ordenar la suspensión de los trabajos que se estén ejecutando en forma

indebida.

13. Remitir al área jurídica de la Dirección Seccional Cartagena – Bolívar a la

finalización del contrato, el Acta de entrega y recibo a satisfacción de la obra,

en el formato diseñado para tal efecto, la información requerida para la

elaboración del Acta de Liquidación del Contrato, entre otros: Acta de recibo

final y terminación de obra, cuentas de cobro o facturas, certificaciones, recibos y

constancias de estado al día en aportes al Sistema de Seguridad Social y

Parafiscales, cuando a ello haya lugar.

14. Remitir al área jurídica de la Dirección Seccional Cartagena – Bolívar, todos los

documentos originales que se generen durante la ejecución del contrato y que

conserve en virtud de la supervisión.

La demás obligación establecida en el Manual del supervisor.

3.3 GARANTÍAS

El proponente en la etapa precontractual presentará la garantía de seriedad de la

propuesta, riesgo que está representado por incumplimiento o negativa del

contratista en la suscripción y firma del contrato, esta póliza será equivalente al

veinte por ciento (20%) del valor del presupuesto oficial estimado en el proceso de

selección con una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha del cierre

del proceso de conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto No. 1082 del 2015

y deberá presentarse simultáneamente con la propuesta.

En la etapa contractual, el proponente seleccionado allegará garantía de la

propuesta bajo los siguientes requerimientos:

El contratista debe presentar una garantía de Responsabilidad Civil

Extracontractual, a favor de la Nación Consejo Superior de la Judicatura,

conforme a lo expresado en los artículos 2.2.1.2.3.1.8 y 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto

1082 de 2015:

Amparo Suficiencia Sobre el

valor Vigencia

Responsabilidad

Extracontractual 200 SMMLV

El plazo de ejecución del

contrato.

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El CONTRATISTA debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones

derivadas del Contrato, a favor de la Entidad, conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.7 del

Decreto 1082 de 2015. La garantía de cumplimiento debe contar con los

siguientes amparos:

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento general del

contrato y el pago de multas y sanciones, la cual será equivalente al veinte por

ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por un término igual al plazo del

contrato y seis (6) meses más.

b) CALIDAD DE LOS BIENES Y/O SERVICIO: La cual será equivalente al veinte por

ciento (20%) del valor total del contrato, vigente por un término igual al plazo del

contrato y seis (6) meses más.

c) PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: equivalente al 20% del valor del

contrato, con una vigencia igual a la duración del mismo y 3 años más.

El contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la garantía

a partir del inicio del contrato, así como ampliar el valor de la misma y/o su

vigencia, en el evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se

prorrogue su término, en virtud de lo consagrado en el Artículo 2.2.1.2.3.1.18 del

Decreto 1082 de 2015, para lo cual contará con un término de tres (3) días para

que allegue el correspondiente certificado modificatorio de la póliza en el área

Jurídica de la DESAJ Cartagena, con el fin de evitar el inicio de procesos

sancionatorios por presunto incumplimiento en la correspondiente obligación

contractual.

* Asimismo, en caso de presentar con la propuesta un ofrecimiento adicional en

el amparo de Estabilidad y calidad de la obra, la garantía debe presentarse por

la sumatoria del porcentaje mínimo más el adicional ofrecido.

NOTA: El valor de todos los amparos se debe establecer en la cifra exacta con

decimales o aproximar al peso siguiente, con el fin que los porcentajes de

suficiencia de la garantía no sean inferiores a los señalados.

3.4. CESIÓN DEL CONTRATO

El contratista no podrá sub-contratar o ceder el contrato que resulte de este proceso

a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras sin el consentimiento previo

y escrito de la Dirección Seccional de Administración Judicial Cartagena - Bolívar;

ésta se reserva el derecho de aceptar o no la cesión.

3.5. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO

De conformidad con lo señalado en el parágrafo segundo del Artículo 50 de la Ley

789 del veintisiete (27) de diciembre de 2002, :”... será causal de terminación

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Cartagena- Bolívar

Centro, Edificio Cuartel del Fijo, Carrera 5º Nº 36 - 127 Teléfonos: 6602124 - 6643524 - Fax: 6645708 E-mail: [email protected]

unilateral de los contratos que celebren las entidades públicas con personas

jurídicas, particulares, cuando se compruebe la evasión en el pago total o parcial

de aportes por parte del contratista durante la ejecución del contrato frente a

los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio

Nacional de Aprendizaje, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de

Compensación Familiar. Se podrá enervar la causal, mediante el pago de los

recursos dejados de cubrir incrementados con los correspondientes intereses de mora

dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación....”. Y de acuerdo a lo

establecido en el Artículo 1 de la Ley 828 de 2003, su incumplimiento reiterado daría

lugar a la declaratoria de caducidad del contrato.

3.6. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

El contrato que se suscriba como consecuencia del presente proceso de selección

deberá liquidarse, para lo cual el contratista deberá brindar al Interventor, la

colaboración necesaria para la elaboración del proyecto de Acta de Liquidación del

Contrato, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación y recibo a

satisfacción de las obras objeto del contrato. Dicha Acta será firmada por las partes

contratantes, el Interventor y el Director Seccional. (Artículo 217° del Decreto 19 de

2012). La Dirección Seccional Cartagena - Bolívar no reconocerá costos adicionales

por los gastos en que incurra el CONTRATISTA para la liquidación del contrato. El

incumplimiento de esta obligación y en general de las contenidas en el contrato, será

causal de aplicación de la garantía de cumplimiento.

3.7 OBLIGACIONES LABORALES

Será obligación del contratista como empleador, dar cumplimiento a las normas

laborales, en lo referente al personal que utilice en la ejecución del contrato y en

especial a las obligaciones establecidas en las Leyes 100 de 1993 y 797 de 2003 y

decretos reglamentarios. Es obligación del proponente seleccionado, suministrar al

supervisor del contrato, las constancias que acrediten el pago de los aportes al

sistema de seguridad social y aportes parafiscales con el personal que utilice en

desarrollo del contrato; adicionalmente tomará las medidas necesarias para

garantizar la seguridad del personal a su cargo o servicio, de acuerdo con las

reglamentaciones vigentes en el país. Entre el contratista y el personal que éste utilice

para la ejecución de del presente contrato y el Consejo Superior de la Judicatura,

no existirá vínculo laboral alguno.

3.8 MATRIZ DE RIESGOS

De conformidad con el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y Artículo 2.2.1.1.1.6.1 del

Decreto 1082 de 2015, se procede en el presente estudio a enumerar y asignar los

riesgos previsibles del proceso de selección. Los riesgos se tipifican acorde a las

diferentes etapas procesales y se elabora de conformidad con los documentos

CONPES 3714 del 1 de diciembre de 2011:

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Los siguientes riesgos hacen parte integral del proceso por consiguiente deben ser

tenidos en cuenta por las partes en todas las etapas del contrato. VER ANEXO –

MATRIZ DE RIESGO.

HERNANDO DARIO SIERRA PORTO Director Seccional

Cartagena

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Anexo No. 7

PROPUESTA ECONÓMICA

Avenida las Américas , Calle 4 # 1C -45 Palacio de Justicia / San Andrés Islas

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD VR. UNITARIO VR. TOTAL

1

Switch 48-Puertos Gigabit Administrable con SFP slots

Unidad

2

2 Punto lógico sencillo voz y datos

unidad

111

3

Rack De Pared 16RU, Laterales y puerta desmontables e intercambiables, con multitoma.

unidad

1

4 Organizador horizontal unidad 3

5 Patch panels 48 puertos (voz/datos)

unidad

3

8 Patch cord - 5 pies unidad 111

9 Patch cord - 10 pies unidad 111

10 Certificación de par trenzado balanceado

Global

111

11

Planos y documentación para la Administración de la red y estudios

Global

1

a. COSTOS DIRECTOS

c. COSTOS ADMINISTRACIÓN (10% * a)

d. IMPREVISTOS (5% * a)

e. COSTOS UTILIDAD (5% * a)

TOTAL COSTOS