consejo de seguridad vial de-338-2019 informe …...de-338-2019 cosevi: presupuesto ordinario 2020...

24
Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe Presupuesto Ordinario 2020 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Noviembre 2019

Upload: others

Post on 14-Mar-2020

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

Consejo de Seguridad Vial

DE-338-2019

Informe Presupuesto Ordinario 2020

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Noviembre 2019

Page 2: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos
Page 3: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020

ÍNDICE GENERAL

RESUMEN EJECUTIVO............................................................................................................... 1

INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 2

CAPÍTULO I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2010 ............................................................ 3

1.1. Descripción General de la Entidad .................................................................................... 3

1.2. Análisis de los Ingresos..................................................................................................... 4

1.3. Análisis de los Gastos Presupuestados ............................................................................ 9

1.4. Empleo y Salarios ........................................................................................................... 14

1.5. Programación Estratégica Institucional-Presupuestaria 2020 .......................................... 15

CAPÍTULO II: Verificación del Cumplimiento de las Directrices y demás normativa ................... 17

CAPÍTULO III: Disposiciones ...................................................................................................... 19

BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................................... 20

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. COSEVI. Distribución Partida Bienes Duraderos 2020 ............................................ 12

ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. COSEVI. Estructura de Ingresos 2020 ......................................................................... 5

Tabla 2. COSEVI Ingresos Presupuestados 2016-2020 ............................................................ 7

Tabla 3. COSEVI. Ingresos Efectivos y Tasas de Variación 2016-2019 .................................... 8

Tabla 4. COSEVI. Estructura de Gastos Presupuestados 2019 por programa y por partida ...... 9

Tabla 5. COSEVI. Distribución Remuneraciones por Programa Presupuestario 2020 ............. 10

Tabla 6. COSEVI. Distribución de Servicios por Programa Presupuestario 2020 .................... 11

Tabla 7. COSEVI. Detalle de las Principales Transferencias Corrientes 2020 ......................... 13

Tabla 8. COSEVI Gastos Ejecutados y Tasas de Variación 2016-2019 ................................... 14

Page 4: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21

RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos 4, 23, 24 y 57 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N° 8131 y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados, para verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento. Por lo que el objetivo general de este documento es realizar un análisis del presupuesto presentado por el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria y su Secretaría Técnica, así como su vinculación con la programación estratégica en el Plan Operativo Institucional. El Presupuesto Ordinario 2020 asciende a ¢45.660,9 millones, incrementándose en un 14,8% con respecto al Presupuesto Modificado del 2019 por ¢39.760,6 millones. Los ingresos totales proyectados se encuentran compuestos en un 81,4% por Ingresos Corrientes y un 18,6% por Financiamiento, específicamente superávit libre y en lo que respecta a los gastos, el porcentaje más alto de participación relativa lo ocupa la partida de “Bienes Duraderos” con 39,0%, seguido de “Servicios” con un 22,5%, “Remuneraciones” con un 17,8%, “Transferencias Corrientes” con 13,0% y “Materiales y Suministros” con 7,6%. Sobre la asignación de los recursos, llama la atención que la distribución se inclina mayormente al Programa 1 Administración Superior –programa de apoyo- (72,4%) y no al programa 2 Administración Vial (27,6%) siendo este el programa que contiene las metas sustantivas de la institución y los servicios que se brindan a la ciudadanía. La relación de puestos remitida por COSEVI, muestra 435 plazas por cargos fijos y 16 por servicios especiales para un total de 451 plazas, coincidente con la cantidad de plazas autorizadas para el 2019, por la Autoridad Presupuestaria. El total de recursos asignados a la MAPP asciende a ¢12.624.68 millones, lo que equivale al 27,6% del presupuesto ordinario del COSEVI. Asimismo, se destaca que el producto generado “Sistema de Seguridad Vial mejorado”, está asociado con el objetivo de programa “Contribuir al mejoramiento de la seguridad vial del país mediante la implementación de una serie de acciones de protección y seguridad para los usuarios que se movilizan por el sistema vial nacional, con énfasis en cantones con mayor concentración de accidentes de tránsito con muertos, de tal forma que se mejore la cantidad de vida de los habitantes del país”. En el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública de Bicentenario 2019-2022, se le asocia la meta “Tasa de mortalidad por accidentes de tránsito por 100 habitantes”, de 17,6, la cual se relaciona con el objetivo del área estratégica “Detener el crecimiento de las defunciones por accidente de tránsito implementando acciones de seguridad vial”.

Page 5: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 2 de 21

INTRODUCCIÓN La Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria procedió a estudiar el Presupuesto Ordinario 2020 presentado por el Consejo de Seguridad Vial, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa que le compete a la Autoridad Presupuestaria y a su Secretaría Técnica e informar a la institución y a la Contraloría General de la República sobre los resultados. El estudio consta de tres capítulos: En el Capítulo I, se presenta un contexto general de la entidad, mencionando aspectos como su naturaleza jurídica, estructura presupuestaria por programa y productos o servicios que brindan a la ciudadanía. Además, contiene un análisis de la estructura y comportamiento histórico de los ingresos y los gastos durante el período 2016-2020, un detalle de lo relacionado con el empleo y los salarios, así como un análisis del Plan Operativo Institucional 2020 y los recursos asignados para el respectivo cumplimiento en la MAPP. En el Capítulo II se realiza una verificación del cumplimiento de las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente, destacando lo concerniente al gasto presupuestario máximo asignado, la cantidad de plazas presupuestadas, los salarios y pluses incluidos en el presupuesto ordinario. Se concluye con el capítulo II, con los requerimientos que la institución debe justificar, aclarar o remitir del análisis efectuado y los ajustes que deberá atender producto de los incumplimientos encontrados en las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente. Este estudio se fundamenta principalmente en la revisión documental, investigación y análisis de los ingresos y gastos presupuestados 2020 (estructura y comportamiento), con relación a los ingresos y gastos efectivos del periodo 2016-2018 y 2019 (estimado) y la verificación del cumplimiento de las Directrices, los procedimientos y demás normativa vigente. Para el proceso de análisis, se utilizan fuentes de información primaria, documentadas en el Presupuesto Ordinario 2020, los informes de ejecución y liquidación presupuestaria y demás documentos remitidos por la institución. También se hace uso de fuentes secundarias de información, como la Ley del Presupuesto de la República; sistemas de datos existentes tales como el Sistema de Consolidación de Cifras del Sector Público (SICCNET) y el Sistema Integrado de Presupuestos Públicos de la Contraloría General de la República (SIPP), página web de la CGR de la Dirección General de Servicio Civil, Ministerio de Hacienda, consultas electrónicas, entre otros.

Page 6: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 3 de 21

CAPÍTULO I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2010

1.1. Descripción General de la Entidad El Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) es un órgano desconcentrado del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) que por la naturaleza de sus funciones está orientada a crear, promover y mantener una cultura de seguridad vial. De acuerdo con el artículo 4° de su Ley de Creación No. 6324 y sus reformas, denominada “Ley de Administración Vial” publicada en el alcance Nº 4 de la Gaceta Nº 97 del 24 de mayo de 1979, dicho Consejo tiene independencia en su funcionamiento administrativo y personalidad jurídica propia. Según el artículo 9° de la citada Ley, el COSEVI tiene las siguientes atribuciones:

a) Conocer los análisis de los asuntos referentes al tránsito, para identificar problemas de seguridad vial y hacer las recomendaciones que estime pertinentes.

b) Conocer y aprobar orientaciones, prioridades y proyectos para programas de promoción de la

seguridad vial.

c) Proponer al Poder Ejecutivo la reglamentación concerniente al tránsito de personas, vehículos y

bienes en donde la ley de tránsito tenga jurisdicción, así como en todos los aspectos de seguridad

vial y de la contaminación ambiental causada por los vehículos automotores.

d) Aprobar los montos de los resarcimientos, cobros, permisos, certificaciones, daños en señales

viales, escoltas especiales, cursos, materiales de estudio, traslados originados en los distintos

servicios que prestan las direcciones de Educación Vial, Ingeniería de Tránsito y Policía de

Tránsito.

e) Administrar el Fondo de Seguridad Vial y asignar las sumas necesarias para los programas,

proyectos, tareas, operaciones, apoyo logístico y todo lo relacionado con el fortalecimiento de la

seguridad vial y la disminución de la contaminación ambiental que requieran las direcciones de

Ingeniería de Tránsito, Educación Vial, la Policía de Tránsito y el propio Cosevi.

f) Conocer, tramitar y resolver cualquier otro asunto que le someta el ministro de Obras Públicas y

Transportes. (Así reformado por el artículo 248 de la ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078 del 4 de octubre de 2012)

Para el cumplimiento de los fines institucionales, el COSEVI cuenta con la siguiente estructura programática.

1. Administración Superior: Este programa tiene como propósito realizar una eficiente gestión administrativa y financiera, para garantizar una efectiva recaudación y distribución de los recursos que financian las actividades concernientes a la seguridad vial. Para el 2020, se asignan ¢33.036,2 millones y lo conforman: la Junta Directiva, la Auditoría Interna, la Dirección Superior, la Dirección Financiera y la Dirección de Logística.

Page 7: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 4 de 21

2. Administración Vial: En este programa se desarrollan acciones que permitan mejorar la

seguridad vial en el país. Para el 2019, los recursos presupuestados en este programa ascienden a ¢12.624,7 millones y el producto que se genera es “Sistema de tránsito mejorado”. Está conformado por: la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, la Dirección General de Policía de Tránsito, la Dirección General de Educación Vial y la Dirección de Proyectos.

1.2. Análisis de los Ingresos Sobre los ingresos, el artículo 10 de la ley No. 6324 y sus reformas “Ley de Administración Vial”, establece las diferentes fuentes de financiamiento que conforman el Fondo de Seguridad Vial; ellas son:

a) Las sumas que se le asignen en los presupuestos ordinarios de la República.

b) Se establece un monto fijo, para el período 2013, de nueve mil quinientos colones (¢9.500) en beneficio del Consejo de Seguridad Vial, que deberá ser cancelado por el propietario de cada vehículo automotor particular categoría automóvil, categoría carga liviana y categoría carga pesada, obligado al pago del seguro obligatorio automotor. En igual sentido, se establece para el período 2013 un monto de siete mil colones (¢7.000) en beneficio del Consejo de Seguridad Vial, que deberá ser cancelado por el propietario de cada vehículo automotor categoría motocicleta obligado al pago del seguro obligatorio automotor. Para el período 2014, el monto fijo que deberá cancelar en beneficio del Consejo de Seguridad Vial, el propietario de cada vehículo automotor de las categorías antes indicadas obligado al pago del seguro obligatorio automotor, será de diez mil colones (¢10.000). El monto que deberá ser cancelado por el propietario de cada motocicleta obligado al pago del seguro obligatorio automotor será de cinco mil colones (¢5.000), para el período 2014..

Los montos que se indican en el párrafo anterior se cobrarán en conjunto con el seguro obligatorio automotor. Las entidades aseguradoras serán consideradas, para estos efectos, como agentes de retención y de percepción, conforme a la Ley N° 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971, y sus reformas. El monto recaudado se deberá transferir, mensualmente, directamente al Consejo de Seguridad Vial, por los recaudadores al efecto habilitados, bajo las modalidades que lleguen a acordarse.

Con la salvedad de lo indicado en este artículo para los propietarios de vehículo automotor particular obligados al pago del seguro obligatorio automotor para los años 2013 y 2014, el monto fijo establecido por este artículo para el año 2014 y, a partir de ese año, será reajustado por el Poder Ejecutivo mediante decreto en cada período fiscal, de conformidad con el índice de precios al consumidor (IPC) emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), y debe ser comunicado a las entidades aseguradoras al menos con quince días hábiles antes de la fecha de inicio del período de cobro, para que se realicen los ajustes administrativos y técnicos que se requieran para efectuar la recaudación de este rubro. (Así reformado el inciso b) anterior por el artículo único de la ley N° 9112 del 19

de diciembre de 2012)

c) Los ingresos provenientes de las multas por infracciones de tránsito establecidas en la ley.

d) Las donaciones que reciba tanto de los entes descentralizados del Estado, a los cuales se les autoriza para hacerlas, así como de personas físicas o jurídicas del sector privado.

e) Los ingresos originados en los distintos servicios que prestan las direcciones de Educación Vial, Ingeniería de Tránsito, Policía de Tránsito y el propio Cosevi.

Page 8: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 5 de 21

f) Los aportes complementarios que acuerde el Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, con el fin de apoyar programas para mejorar la seguridad vial.

Los recursos de este fondo serán administrados de conformidad con la Ley N° 8131, Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, de 18 de setiembre de 2001.

La fijación de todo límite de gasto referente a la ejecución de los fondos anteriormente mencionados deberá considerar tanto los gastos corrientes del Cosevi como lo presupuestado para inversión de capital, conforme a las proyecciones de recaudación realizadas por la institución, a fin de que esta pueda cumplir las funciones establecidas en esta ley.

(Así reformado por el artículo 248 de la ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078 del 4 de octubre de 2012)

Los ingresos totales proyectados por el COSEVI en su Presupuesto Ordinario 2020, ascienden a ¢45.660,6 millones, monto que se encuentra compuesto en un 81,4% por Ingresos Corrientes y un 18,6% por Financiamiento, específicamente superávit libre. A continuación se muestra la estructura total de los ingresos:

Tabla 1. COSEVI. Estructura de Ingresos 2020 (En millones de colones y porcentajes)

Descripción Monto %

Participación

INGRESOS CORRIENTES 37.159,1 81,4%

Ingresos Tributarios 5,6 0,01%

Impuestos sobre Bienes y Servicios 5,6 0,01%

Ingresos No Tributarios 37.153,5 81,3%

Venta de Bienes y Servicios 20.952,0 45,8%

Ingresos de la Propiedad 17,5 0,04%

Multas, Sanciones, Remates y Comisiones 14.118,4 30,9%

Intereses Moratorios 2.054,8 4,5%

Otros Ingresos no Tributarios 10,6 0,02%

FINANCIAMIENTO 8.501,6 18,6%

Recursos de vigencias anteriores 8.501,6 18,6%

Superávit Libre 8.501,6 18,6%

TOTAL PRESUPUESTO 45.660,9 100,0%

Los ingresos corrientes están conformados por ingresos tributarios y no tributarios, siendo este último, la fuente que inyecta mayor cantidad de recursos al COSEVI, con un 81,3%. Como se observa en el Cuadro 1, en los Ingresos No tributarios se tiene la venta de bienes y servicios con una participación de 45,8% –incluye servicios de transporte por acarreo, el traslado del Seguro Obligatorio Automotor (SOA), el cobro por la custodia de vehículos detenidos (alquileres), certificaciones, venta de fotocopias y pagos de deducibles, derechos de matrícula de exámenes teóricos y pruebas prácticas, así como la emisión de licencias–.

Page 9: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 6 de 21

Sobre la transferencia que hace el Instituto Nacional de Seguros por Seguro Obligatorio Automotor (SAO), establecido así en el inciso b) del artículo 10 de la Ley de Administración Vial No. 6324 y sus reformas, se informa que la Contraloría General de la República mediante oficio DFOE-IFR-0531 de fecha 19 de diciembre de 2017, señala lo siguiente al COSEVI:

“Con respecto al principio presupuestario de especificación, mediante el análisis efectuado por este órgano contralor, se determinó un error de clasificación del ingreso percibido por el monto “que se cobra como parte del Seguro Obligatorio Automotor (SOA)1” por la suma de ₡15.186,2 millones, el cual se registró en el grupo “1.4.1.0.00.00.0.0.000 Transferencias Corrientes del Sector Publico”. Sin embargo, de acuerdo con la reforma al artículo 10 de la Ley No. 6324 y el Decreto Ejecutivo No. 40679-MOPT, la contribución al COSEVI es parte del pago del SOA, por lo que debe respetarse la naturaleza jurídica de este seguro y por lo que se debe reclasificar. Por lo anterior, al ser la naturaleza jurídica de este ingreso un seguro, este se debe de reclasificar en la subpartida “1.3.1.2.03.09.0.0.000 Otros servicios financieros y de seguros (…)”.

Los ingresos por multas de tránsito representan un 30,92% y comprenden el cobro de las multas de infracciones por parte de los oficiales de la Dirección General de Policía de Tránsito y los inspectores municipales de tránsito, mismas que están establecidas en los artículos 143, 144, 145,146 y 147 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078. Según el artículo 148 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078, para actualizar el monto de las multas se utiliza como referencia, el índice de precios al consumidor (IPC) interanual calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) al 30 de junio de cada año, además se menciona que la variación anual en ningún caso será superior al catorce por ciento (14%). El artículo 234 de la citada Ley No. 9078, establece que lo recaudado por concepto de dichas multas (infracciones y sus accesorios (intereses moratorios)), tiene los siguientes destinos específicos1:

a) Un 23% al Patronato Nacional de la Infancia. b) Un 5% a la Asociación Cruz Roja Costarricense. c) Un 3% al Ministerio de Justicia y Paz. d) Un 40% del monto de las multas que hubiesen sido confeccionadas por los inspectores municipales de tránsito producto de las infracciones definidas en esta ley, será transferido a la municipalidad donde se confeccionó la boleta. e) El porcentaje restante de lo recaudado por multas se asignará al Cosevi y formará parte del Fondo de Seguridad Vial, sin perjuicio de los destinos específicos de multas por infracciones a esta ley contenidos en otros cuerpos normativos. Un diez (10%) de los recursos dispuestos en este inciso serán destinados al financiamiento de los programas educativos definidos en el artículo 140 y 217 de esta ley.

El ingreso por intereses moratorios generados por las multas de infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078, con un 4,5%. En cuanto, a la participación relativa histórica de los ingresos corrientes con respecto al total, muestra que estos, han sido la principal fuente de financiamiento, al alcanzar porcentajes del 99,2% en el 2016, 83,0% para el 2017, 88,5% para el 2018, 89,9% para el 2019 y el 81,4% en el 2020. Asimismo, se ha observado que las tasas de variación incrementales fueron de 31,8% en 2017/2016 –por mayor estimación de la recaudación de los Ingresos no tributarios en las multas e intereses moratorios–, de 6,5% para el periodo 2018/2017 – por una estimación mayor en los

1 En la sección de egresos se detallan los montos asignados a las instituciones correspondientes del ingreso por multas de tránsito.

Page 10: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 7 de 21

ingresos por venta de bienes y servicios-, de 13,6% para el 2019/2018 –aumento en la recaudación por ingresos por multas, intereses moratorios y otros ingresos tributarios- y de un 4,0% para el 2020/2019. Por otra parte, la institución incorpora un 18,6% de los recursos a través del superávit libre, el cual financia gastos en las subpartidas 5.01.03 “Equipo de Comunicación” y 5.01.04 “Equipo y Mobiliario de Oficina”, cumpliendo con lo indicado en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo No. 32452-H y sus reformas. En la subpartida 5.01.03, los recursos se estiman para la implementación de los servicios de Fotomulta y vigilancia necesarios para el control y la gestión de la restricción vehicular, velocidad, semáforo en rojo, giros no permitidos, carriles exclusivos, conteo y clasificación de vehículos, entre otros y en la subpartida 5.01.04 “Equipo y Mobiliario de Oficina” se requieren los recursos para llevar a cabo el mobiliario de oficina necesario para complementar la puesta en marchar del Sistema Tecnológico para una Movilidad Segura y Eficiente. Sobre la participación del superávit libre como parte de los ingresos totales se tiene en promedio un 11,6% para el periodo 2016-2020 y con relación a las variaciones presupuestarias se tiene un decrecimiento de 32,4% en el periodo 2018/2017, un 1,5% 2019/2018 y un aumento en el periodo 2017/2016 con un 3.3891%, esta última situación provocó el mayor incremento en el presupuesto total del año 2017 y un 111,3% en el 2020/2019. A continuación, en la tabla 2 se muestran los ingresos presupuestados durante el periodo 2016-2020:

Tabla 2. COSEVI Ingresos Presupuestados 2016-2020

(En millones de colones)

Detalle 2016 2017 2018 2019 2020

INGRESOS CORRIENTES 22.420,1 29.541,6 31.456,5 35.737,6 37.159,2

- INGRESOS TRIBUTARIOS 4,5 4,5 4,5 4,3 5,6

- IMPUESTOS SOBRE BIENES Y SERV. 4,5 4,5 4,5 4,3 5,6

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 9.844,3 15.272,2 31.452,0 35.733,3 37.153,6

- VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 3.363,1 3.837,6 19.357,3 20.414,3 20.952,0

- INGRESOS DE LA PROPIEDAD 46,1 40,5 42,7 14,9 17,6

- MULTAS, SANC., REMATES Y COM. 5.812,1 9.959,7 10.516,6 13.260,4 14.118,4

- INTERESES MORATORIOS 606,9 1.414,8 1.524,9 2.030,4 2.054,9

- OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 16,1 19,6 10,5 13,4 10,6

- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 12.571,3 14.264,9 - - -

- TRANSF. CORRIENT. SECTOR PUBLICO 12.571,3 14.264,9 - - -

- FINANCIAMIENTO 173,0 6.037,6 4.083,9 4.023,0 8.501,7

- RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 173,0 6.037,6 4.083,9 4.023,0 8.501,7

- SUPERAVIT LIBRE 173,0 6.037,6 3.832,8 3.416,0 8.501,7

- SUPERAVIT ESPECIFICO - - 251,1 607,0 -

TOTAL DE INGRESOS 22.593,1 35.579,2 35.540,4 39.760,6 45.660,9 Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2020.

Page 11: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 8 de 21

En lo referente a las ejecuciones de los ingresos, así como las tasas de variación, se tiene el siguiente detalle:

Tabla 3. COSEVI. Ingresos Efectivos y Tasas de Variación 2016-2019

(En millones y porcentajes)

Ingresos Efectivos Porcentaje de Ejecución

AÑO 2016 2017 2018 2019 2016 2017 2018 2019

- INGRESOS CORRIENTES 28.039,7 29.785,2 30.711,9 23.530,7 125,1% 100,8% 97,6% 151,9%

- INGRESOS TRIBUTARIOS 5,9 2,6 5,4 2,0 129,3% 57,7% 120,6% 215,9%

- IMPUESTOS SOBRE BIENES Y SERV. 5,9 2,6 5,4 2,0 129,3% 57,7% 120,6% 215,9%

- INGRESOS NO TRIBUTARIOS 12.843,4 14.501,3 30.706,4 23.528,7 130,5% 95,0% 97,6% 151,9%

- VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 3.668,5 3.981,3 18.490,2 16.658,6 109,1% 103,7% 95,5% 122,5%

INGRESOS DE LA PROPIEDAD 44,4 31,2 16,2 8,4 96,4% 77,1% 38,0% 176,0%

MULTAS, SANC., REMATES Y COM. 7.941,5 9.128,9 10.702,7 5.984,4 136,6% 91,7% 101,8% 221,6%

INTERESES MORATORIOS 1.059,4 1.266,6 1.474,1 873,3 174,6% 89,5% 96,7% 232,5%

OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 129,6 93,2 23,2 4,0 804,8% 475,3% 221,2% 332,4%

TRANSFERENCIAS CORRIENTES 15.190,5 15.281,4 -

- 120,8% 107,1% 0,0% 0,0%

TRANSF. CORRIENT. SECTOR PUBLICO 15.190,5 15.281,4 - ,0 120,8% 107,1% 0,0% 0,0%

FINANCIAMIENTO 14.933,0 26.324,5 36.233,2 42.443,5 8629,7% 436,0% 887,2% 9,5%

- RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 14.933,0 26.324,5 36.233,2 42.443,5 8629,7% 436,0% 887,2% 9,5%

SUPERAVIT LIBRE 14.933,0 26.324,5 35.982,1 41.836,5 8629,7% 436,0% 938,8% 8,2%

- SUPERAVIT ESPECIFICO

251,1 607,0 0,0% 0,0% 100,0% 100,0%

TOTAL DE INGRESOS 42.972,8 56.109,7 66.945,1 65.974,1 190,2% 157,7% 188,4% 60,3% Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2017. Los ingresos del año 2018 y 2019, se toma de la liquidación y la ejecución del II trimestre correspondientemente del COSEVI.

En el cuadro anterior se muestra que los ingresos efectivos siempre han sido mayores que los montos presupuestados; este comportamiento incluye los ingresos efectivos al segundo trimestre del 2019, donde se refleja un aumento del 60,3% del monto inicial presupuestado. Las cuentas que presentan mayores recaudaciones son “otros ingresos no tributarios” -decomisos de rótulos y depósitos por incumplimiento contractual-.La principal razón de que los ingresos efectivos sean mayores que los presupuestos se debe a la incorporación del superávit para los años 2016, 2017 y 2018, mientras que para el 2019, se debe a la recaudación del ingreso corriente. Por último, la variación que presenta el presupuesto ordinario de ingresos 2020 del COSEVI en relación con el año 2019, es incremental en un 14,8% afectado principalmente por la incorporación del superávit libre.

Page 12: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 9 de 21

1.3. Análisis de los Gastos Presupuestados Según se observa en el siguiente cuadro, la estructura del presupuesto de gastos para el período 2020, tiene como sus principales componentes las partidas de Bienes Duraderos y Servicios, que en conjunto suman ¢28.110,0 millones, equivalentes al 61,5% del presupuesto total (¢45.660,8 millones):

Tabla 4. COSEVI. Estructura de Gastos Presupuestados 2019 por programa y por partida (En millones de colones y porcentaje)

Partida

Programa 1 Programa 2

Total

Administración Superior Administración Vial

Monto % Part. Monto % Part. Monto % Part.

Remuneraciones 6.785,4 20,5% 1.363,3 10,8% 8.148,7 17,8%

Servicios 6.492,4 19,7% 3.804,1 30,1% 10.296,4 22,5%

Materiales y Suministros 358,6 1,1% 3.119,8 24,7% 3.478,4 7,6%

Intereses y Comisiones 0,0 0,0% 0,0 0,0% 0,0 0,0%

Bienes Duraderos 13.511,1 40,9% 4.302,5 34,1% 17.813,6 39,0%

Transferencias Corrientes 5.888,7 17,8% 35,0 0,3% 5.923,7 13,0%

Amortización 0,0 0,0% 0,0 0,0% 0,0 0,0%

Total 33.036,2 100,0% 12.624,7 100,0% 45.660,9 100,0%

Fuente: Presupuesto Ordinario COSEVI 2020 Sobre la asignación de los recursos, llama la atención que la distribución se inclina mayormente al Programa 1 Administración Superior –programa de apoyo- (72,4%), y no al programa 2 Administración Vial (27,6%), siendo este el programa que contiene las metas sustantivas de la institución y los servicios que se brindan a la ciudadanía. Los recursos de la partida de Remuneraciones presentan un crecimiento del 2,8% con relación a los asignados en el 2019, suman ¢8.148,7 millones y financian 451 plazas de las cuales 435 son de cargos fijos (Consejo de Seguridad Vial 352 plazas, Dirección General de Ingeniería de Tránsito 43 plazas, Dirección General de Educación Vial 1 plaza y Dirección de Proyectos 39 plazas) y 16 de servicios especiales pertenecientes al proyecto “Proceso de donación o Remate de vehículos detenidos”. Del monto total del presupuesto, la partida de Remuneraciones participa con un 14,8% en el programa “Administración Superior” y con un 3,0% en el programa sustantivo “Administración Vial”. En el programa de “Administración Superior”, se ubica la mayor cantidad de plazas de la institución con 368 -352 plazas por cargos fijos y 16 plazas por Servicios Especiales- y en el programa “Administración Vial” el restante 83 -43 plazas de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, 1 de

la Dirección General de Educación Vial y 39 de la Dirección de Proyectos-.

Page 13: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 10 de 21

Para el 2020, la institución está estimando recursos para dar contenido presupuestario a las plazas que pretende utilizar del proyecto del "Sistema Integrado de Gestión Administrativo Financiero", una vez se soliciten y se creen por la Autoridad Presupuestaria. A continuación se detalla el costo de la partida de Remuneraciones por programa Presupuestario:

Tabla 5. COSEVI. Distribución Remuneraciones por Programa Presupuestario 2020 (En millones de colones y porcentajes)

REMUNERACIONES Administración

Superior %

Administración Vial

% TOTAL %

Remuneraciones Básicas 2.603,29 38,4% 543,23 39,8% 3.146,52 38,6%

Remuneraciones Eventuales 88,00 1,3% 19,00 1,4% 107,00 1,3%

Incentivos Salariales 2.809,07 41,4% 543,33 39,9% 3.352,40 41,1%

Contrib. Patr. Des y Ser. Social 497,09 7,3% 99,14 7,3% 596,23 7,3%

Contrib. Patr. Fondo de Pensiones 787,89 11,6% 158,63 11,6% 946,52 11,6%

TOTAL 6.785,35 100,0%

1.363,33 100,0%

8.148,68 100,0% Fuente: Presupuesto Ordinario 2020 COSEVI Los recursos asignados a la partida Remuneraciones alcanzan el 17,8% del presupuesto total del 2020, la mayor asignación de esa partida la ocupan las subpartidas de “Incentivos salariales” (41,1%) y “Remuneraciones Básicas” (38,6%), en este primer rubro se encuentra el gasto más relevante por ¢1.265,4 millones denominado “Restricción al ejercicio liberal de la profesión” y en esta última se incluye ¢2.848,0 de los salarios base de los funcionarios por cargos fijos, así como de servicios especiales y las suplencias. Por otra parte la partida de Servicios, presenta un crecimiento del 26,0% con relación al presupuesto 2019 y representa un 22,5% de participación relativa convirtiéndose en la segunda partida con mayor asignación presupuestaria, el programa presupuestario que consume la mayor cantidad de recursos del monto asignado a esta partida es “Administración Superior” por la suma de ¢6.492,4 millones de los ¢10.296,4 millones. Cabe indicar que de los recursos asignados al programa “Administración Vial” por un monto de ¢3.804,1 el 24,5% se presupuestaron en la subpartida de “Información”. Señala la institución que el incremento de esta partida está asociado con la presupuestación para desarrollar acciones sustantivas para el fortalecimiento de la seguridad vial, tal es el caso de llevar a cabo la contratación de una empresa, para la identificación de medidas de intervención y formulación de un plan estratégico de movilidad segura y sostenible en la ciudad de Pérez Zeledón y una auditoría de seguridad vial (ASV) en la ruta Nacional 2 del kilómetro 131 al 144 dentro del área de influencia del proyecto. Aunado a lo anterior, espera contratar una empresa que realice los estudios integrales en los componentes de infraestructura, gestión sociocultural y gestión del espacio vial, para la mejora en la seguridad vial y la movilidad segura dentro de los distritos urbanos de Barranca, El Roble, Chacarita y Puntarenas (ciudad), del cantón de Puntarenas. Así como. Desarrollar la producción de audiovisuales, Brigada Vial, Chasis, Velocidad y Activaciones en el cantón de Pérez Zeledón y Puntarenas. También para que realicen el rediseño de los libros educativos de Brigada Vial, con la imagen de los nuevos personajes y la elaboración de las artes para llaveros, reglas, lápices.

Page 14: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 11 de 21

Además, se espera reforzar la parte tecnológica, por cuanto la Asesoría en Tecnología de la Información incluye recursos nuevos para la renovación de licencias según lo establecido en la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos y la adquisición de un Sistema Información Geográfico del Observatorio, así como Software de Modelación de Tránsito. La siguiente tabla muestra la distribución de los gastos asignados a la partida de “Servicios”, por programa presupuestario:

Tabla 6. COSEVI. Distribución de Servicios por Programa Presupuestario 2020 (En millones de colones)

SERVICIOS Adm. Superior %

Adm. Vial % TOTAL %

Alquileres 877,2 13,5% ,0 0,0% 877,2 8,5%

Servicios Básicos 1.895,5 29,2% ,0 0,0% 1.895,5 18,4%

Servicios Comerciales y Financieros 1.185,7 18,3% 962,1 25,3% 2.147,8 20,9%

Servicios de Gestión y Apoyo 1.531,9 23,6% 983,2 25,8% 2.515,1 24,4%

Gastos de Viajes y de Transportes 144,7 2,2% 157,2 4,1% 301,9 2,9%

Seguros, Reaseguros y otras obligaciones 116,4 1,8% 18,8 0,5% 135,2 1,3%

Capacitación y Protocolo 37,3 0,6% 34,4 0,9% 71,7 0,7%

Mantenimiento y Reparación 687,1 10,6% 1.648,4 43,3% 2.335,5 22,7%

Impuestos 13,9 0,2% ,0 0,0% 13,9 0,1%

Servicios Diversos 2,6 0,0% ,0 0,0% 2,6 0,0%

TOTAL 6.492,4 100% 3.804,1 100% 10.296,4 100%

Fuente: Presupuesto Ordinario 2020 COSEVI

En la partida de “Servicios”, se destacan tres gastos que contienen las mayores asignaciones de recursos económicos, una de ellas es la subpartida de “Servicios de Telecomunicaciones” por un monto de ¢1.718,6 millones para hacer frente a los pagos de los servicios de tele comunicación y conexiones actuales como servicios telemáticos, líneas convencionales, celulares, líneas dedicadas (para transmisión de datos, correo de voz, internet), telefonía IP de las instalaciones del COSEVI, la subpartida de “Servicios de Tecnologías de Información”, por un monto de ¢865,5 millones cuyos gastos son para contrataciones vigentes como: la renovación y adquisición de productos Microsoft e Implementación de Plataforma y personalización de Herramientas (Office365); Renovación de Cisco Umbrella, cumplir con los compromisos del servicio de infraestructura mensual en la nube para el funcionamiento de los Portales Corporativos de la DGPT y DGEV. La partida con mayor asignación presupuestaria es Bienes Duraderos, ocupando el 39,0% de los recursos totales presupuestados, de este porcentaje el programa “Administración Vial”, participa con el 9,4%, y el programa Administración Superior con 29,6%. La subpartida con mayor cantidad de recursos asignados es “Maquinaria, Equipo y Mobiliario” (67,2%), seguida por “Construcciones, adiciones y mejoras” (29,5%)- dentro de esta, “Vías de comunicación” es la que ocupa la mayor cantidad de recursos con un 14,4%- y por último Bienes Duraderos Diversos, como se detalla a continuación:

Page 15: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 12 de 21

Gráfico 1. COSEVI. Distribución Partida Bienes Duraderos 2020 (En porcentajes)

Fuente: Presupuesto Ordinario 2020 COSEVI

El principal gasto presupuestado en “Maquinaria, Equipos y Mobiliario”, se encuentra en la subpartida de “Equipos de Comunicación” por ¢8.761,9 millones, el cual se requiere para implementar los servicios de Fotomulta y vigilancia necesarios para el control y la gestión de la restricción vehicular, velocidad, semáforo en rojo, giros no permitidos, carriles exclusivos, conteo y clasificación de vehículos, entre otros, del Sistema Tecnológico para una Movilidad Segura y Eficiente – los cuales se financian con superávit libre-. Asimismo en la subpartida de “Vías de comunicación” se presupuestan gastos que incluyen:

a) La dotación de sistemas fotovoltaicos a 167 sistemas de semáforos a nivel nacional, demarcación horizontal y vertical como resultado de 172 estudios realizados en la GAM, señalamiento vial horizontal y vertical en 172 sitios a contratación de una empresa encargada de la dotación y puesta en operación de sistemas fotovoltaicos a 167 sistemas de semáforos en el año 2020.

b) Implementación de una carretera 2+1 en la Ruta Nacional N°32. Tramo Santa Elena (peaje del Zurquí) – Cruce Río Frío: (colocación de 2.400 postes abatibles y 480 postes de reposición).

c) Diseño y suministro de señalamiento vial informativo aéreo en diferentes intersecciones de la GAM, entre otros.

67,2%

29,5%

3,4%

Maquinaria, Equipo y Mobiliario

Construcciones, Adiciones y Mejoras

Bienes Duraderos Diversos

Page 16: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 13 de 21

Finalmente, las transferencias Corrientes representan el 13,0% del presupuesto total. Del monto presupuestado por ¢5.923,7 millones, se destacan las subpartidas de Transferencias Corrientes a Instituciones Descentralizadas no Empresariales por ¢2.432,0 millones y Transferencias corrientes a Gobiernos Locales ¢1.671,6 millones, ambas pertenecientes al programa de “Administración Superior”. A continuación se detallan las principales transferencias:

Tabla 7. COSEVI. Detalle de las Principales Transferencias Corrientes 2020 (En millones de colones)

TRANSFERENCIAS CORRIENTES Adm.

Superior Adm. Vial

TOTAL 5.888,7 35,0

Transferencias Corrientes al Sector Descentralizado 4.931,6 ,0

Transferencias corrientes al Gobierno Central 353,0 ,0

Tesorería Nacional (Reglamento de Caja Única) 18,0 ,0

Ministerio de Justicia (3% multas por infracción, Ley 9078) 335,0 ,0

Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 472,0 ,0

Comisión Nacional de Emergencias (art. 46 y 47 Ley 8488) 352,0 ,0

Comisión Nacional de Vialidad 120,0 ,0

Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadas no Empresariales 2.435,0 ,0

Patronato Nacional de la Infancia (23% multas de Tránsito Ley 9078) 2.435,0 ,0

Transferencias corrientes a Gobiernos Locales 1.671,6 ,0

Municipalidades (inspectores municipales -70% de las multas e infracciones-) 1.671,6 ,0

Prestaciones 140,0 28,0

Prestaciones legales 45,0 10,0

Otras Prestaciones 95,0 18,0

Transferencias Corrientes a Ent. Privadas sin fines de lucro 530,0 ,0

Transferencias corrientes a asociaciones 530,0 ,0

Otras Transferencias Corrientes al Sector Privado 280,7 ,0

Indemnizaciones 150,0

Reintegros o devoluciones 130,7

Otras Transferencias Corrientes al Sector Externo 6,4 7,0

Otras Transferencias Corrientes al Sector Externo 6,4 7,0

Fuente: Presupuesto Ordinario 2020 COSEVI A continuación se muestran los porcentajes de ejecución así como las tasas de variación de los egresos efectivos de las partidas de Remuneraciones, Servicios, Materiales y Suministros, Bienes Duraderos y Transferencias Corrientes, determinándose lo siguiente:

Page 17: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 14 de 21

Tabla 8. COSEVI Gastos Ejecutados y Tasas de Variación 2016-2019 (En porcentajes)

Gastos Ejecutados Porcentaje de Ejecución Tasas de Variación

2016 2017

2018 2019 2016 2017 2018 2019. 17/16 18/17 19/18

Remuneraciones 6.389,8 6.546,6 6.751,5 6.976,1 84,8% 91,7% 90,2% 88,0% 2,5% 3,1% 3,3%

Servicios 3.822,3 4.432,8 4.455,6 4.038,4 68,2% 59,7% 60,6% 49,4% 16,0% 0,5% -9,4%

Materiales Y Suministros 965,8 1.054,6 1.192,2 626,9 60,4% 42,3% 58,6% 17,2% 9,2% 13,1% -47,4%

Bienes Duraderos 1.780,4 3.693,4 8.345,2 4.128,0 45,6% 27,0% 64,5% 32,1% 107,5% 125,9% -50,5%

Transf. Corrientes 3.690,0 4.149,2 4.501,5 1.682,6 93,1% 85,8% 87,1% 23,5% 12,4% 8,5% -62,6%

TOTAL 16.648,2 19.876,5 25.246,0 17.452,1 73,7% 55,9% 71,0% 43,9% 19,4% 27,0% -30,9%

Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República (SIPP), correspondiente a los periodos 2016-2017. Los ingresos del año 2018 y 2019, se toma de la liquidación y la ejecución del II trimestre correspondientemente –sin sumar los compromisos-.

El COSEVI ha presentado ejecuciones que no superan el 75%, situación que se podría repetir para el cierre del 2019 (estimado).Las bajas ejecuciones se atribuyen sobre todo a la ejecución de la partida de Bienes Duraderos que alcanza porcentajes que no superan el 50% excepto en el 2018. Cabe indicar que la ejecución del segundo trimestre del 2019, presentada por el COSEVI, incluye ¢9.230,3 millones de los ¢17.956,4 millones ejecutados, que no se consideraron en la estimación, por ser un monto correspondiente a gastos compromisos, de allí la estimación tan baja para el 2019. En términos generales, las bajas ejecuciones que presenta el COSEVI son explicadas por los atrasos que se han presentado en los procesos de contratación administrativa tramitados, debido a que algunas de las licitaciones que han sido apeladas, no cuentan con el refrendo de la Contraloría General de la República o fueron adjudicadas tardíamente, por lo que los bienes o infraestructura deben financiarse con recursos del siguiente año.

1.4. Empleo y Salarios La relación de puestos remitida por COSEVI, muestra 435 plazas por cargos fijos y 16 por servicios especiales para un total de 451 plazas, coincidente con la cantidad de plazas autorizadas para el 2019 ─comunicadas mediante oficio STAP-0473-19 del 22 de marzo del 2019, mediante Acuerdo firme No. 123000 de la Sesión Extraordinaria No. 02-2019 celebrada el 15 de marzo de 2019─ la cual contempla 435 plazas por cargos fijos y 16 plazas por servicios especiales, para un total de 451 plazas. Las plazas de esta institución pertenecen al Régimen de Servicio Civil, excepto los dos puestos de confianza: el Director General y el Auditor, que son valorados por la Autoridad Presupuestaria y sus salarios coinciden con lo aprobado por la AP mediante Acuerdos No. 12404 y No. 12406 respectivamente, tomados en la Sesión Extraordinaria No. 05-2019 del 09 de abril de 2019, correspondientes al I semestre del 2019. El COSEVI no tiene jornales ni puestos de confianza subalternos.

Page 18: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 15 de 21

Cabe señalar que en la relación de puestos se observa que a la plaza de cargos fijos No. 500334, con clasificación Profesional Jefe de Servicio Civil 3, se le asigna un salario base de ¢1.174.650,00, el cual no está acorde con lo autorizado para dicha clase por la Dirección General de Servicio Civil (DGSC), según la resolución No. DG-074-2019, referente a la revaloración del primer semestre de 2019 de la Escala de Sueldos de la Administración Pública y de los Índices Salariales; por lo que la institución deberá hacer la revisión correspondiente y brindar las justificaciones pertinentes. En cuanto a los pluses salariales, se tienen: la retribución por años servidos (Anualidades), la restricción al ejercicio liberal de la profesión (Prohibición y Dedicación Exclusiva) y como otros incentivos (Carrera Profesional y la Bonificación Médica (17% del salario total) Consulta Externa (18,03% del salario total)). En la relación de puestos, se ubica el incentivo denominado “complemento salarial”, el cual se otorga únicamente a las Enfermeras, clasificación con la que no cuenta la institución. Sobre el particular, se observa que la institución aún mantiene incentivos asociados a un porcentaje del salario base o salario total (para el caso de carrera administrativa), lo cual llama la atención considerando lo establecido en el artículo 54 del Título III de la Ley No. 9635, y en el artículo 17 del Decreto Ejecutivo No. 41564-MIDEPLAN-H y su reforma, Reglamento del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley No. 9635 referente al empleo público, que indica:

“(…) cualquier otro incentivo o compensación existente que a la entrada en vigencia de la Ley N°9635 se encuentre expresado en términos porcentuales, deberá calcularse mediante un monto nominal fijo, resultante de la aplicación del porcentaje al salario base a julio de

2018." (el subrayado no corresponde al original). En la relación de puestos presentada por la institución, no se constatan remuneraciones totales mensuales que sean iguales o superiores a cuatro millones de colones (¢4.000.000,00), las cuales no serán susceptibles de incrementos salariales durante los próximos dos años a partir de la Ley No. 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre de 2018 y su reforma, según lo indicado en el Transitorio XXXV.

1.5. Programación Estratégica Institucional-Presupuestaria 2020 El Plan Operativo Institucional del COSEVI, incluye el Programa Sustantivo No.2, denominado “Administración Vial”, al cual se le asigna la suma de ¢12.624,66 millones, del presupuesto total que asciende a ¢45.660,86 millones. El producto generado en dicho programa es “Sistema de Seguridad Vial Mejorado” y dirigido a los usuarios de la vía en sus diferentes roles de participación; Peatón, Conductor y Pasajero. En el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública de Bicentenario 2019-2022, se le asocia la meta “Tasa de mortalidad por accidentes de tránsito por 100 habitantes”, de 17, 6, la cual se relaciona con el objetivo del área estratégica “Detener el crecimiento de las defunciones por accidente de tránsito implementando acciones de seguridad vial”. Las metas que esperan alcanzar, están asociadas a la ejecución del “Programa de Movilidad y Seguridad Vial”, así como la demarcación horizontal de 250 kilómetros, 98 pasos peatonales señalizados horizontal y verticalmente, 21 sitios con restricción de giro izquierda, 167 sistemas de semáforos al 100%, mediante el uso de tecnología fotovoltaica en operación, 14 diseños y

Page 19: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 16 de 21

suministro de estructuras de pórtico realizado, 38 sitios geográficos realizados, 2.841 controles policiales generales con énfasis en motocicletas, 429.544 licencias emitidas, 126.877 personas matriculadas en evaluación técnica, 143.782 personas matriculadas en prueba práctica, 50.000 personas participantes en charla de educación vial, desarrollo de los Programas de Asistencia Municipal, Centros Educativos Seguros, Empresas Seguras, 3 investigaciones de seguridad vial en diferentes componentes de seguridad vial, 15 talleres dirigidos a la atención de víctimas de accidentes de tránsito, 38 verificaciones en las estaciones de revisión técnica, estudios de pre inversión para distritos urbanos como San Isidro del General y Daniel Flores, Barranca, El Roble, Chacharita y Puntarenas, así como la ciclo vía demarcada en estas zonas. Cabe indicar que el producto generado “Sistema de Seguridad Vial mejorado”, está asociado con el objetivo del programa de “Contribuir al mejoramiento de la seguridad vial del país mediante la implementación de una serie de acciones de protección y seguridad para los usuarios que se movilizan por el sistema vial nacional, con énfasis en cantones con mayor concentración de accidentes de tránsito con muertos, de tal forma que se mejore la cantidad de vida de los habitantes del país”. El total de recursos asignados a la MAPP asciende a ¢12.624.68 millones. Estos recursos distribuidos entre las diferentes metas que van a contribuir en el logro de las metas establecidas equivalen al 27,6% de presupuesto ordinario del COSEVI. Finalmente la institución remite la CERTIFICACIÓN AINV-UIP-075-19 de MIDEPLAN, la cual informa que el COSEVI, tiene 23 proyectos de inversión pública inscritos en estado activo en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP).

Page 20: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 17 de 21

CAPÍTULO II: Verificación del Cumplimiento de las Directrices y demás normativa Se verificó que el Presupuesto Ordinario 2020 presentado por la institución, cumpliera con lo estipulado en las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2020 y Procedimientos vigentes, determinándose lo siguiente: 1. El COSEVI adjunta la certificación del superávit acumulado DE-2019-446 donde se constata

en conjunto con el “Estado de Origen y Aplicación” que los gastos financiados con recursos de superávit libre provienen de la partida Bienes Duraderos en detalle: “5.01.03 Equipo de Comunicación” y “5.01.04 Equipo y Mobiliario de Oficina”, por lo que cumplen con lo indicado en el artículo 7° del Decreto Ejecutivo No. 32452-H y sus reformas.

2. La relación de puestos remitida por COSEVI, muestra 435 plazas por cargos fijos y 16 por

servicios especiales para un total de 451 plazas, coincidente con la cantidad de plazas autorizadas y comunicadas mediante Acuerdo firme No. 123000.

3. La relación de puestos presenta los salarios del primer semestre de 2019, los cuales

coinciden con las resoluciones salariales de la Dirección General de Servicio Civil y los acuerdos de la Autoridad Presupuestaria, para los directores de órganos adscritos, de fiscalización, así como los correspondientes al TITULO PRIMERO, excepto la valoración de la plaza de cargos fijos No. 500334, con clasificación Profesional Jefe de Servicio Civil 3, al cual se le asigna un salario base de ¢1.174.650,00.

4. Si bien el COSEVI incorpora únicamente los pluses autorizados por la Autoridad

Presupuestaria o normativa vigente, según corresponda, no aclara a qué se refiere con el rubro de “Complemento Salarial”, el cual se otorga a las Enfermeras, clasificación que no se ubica dentro de la Relación de Puestos de ese Consejo.

5. Cumple con el artículo 58 del Decreto 41617-H, por cuanto se constató que no contrata

personal con carácter permanente por la subpartida de servicios especiales. 6. Cumple con el artículo 65 del Decreto No. 41617-H, por cuanto presenta la estructura

organizacional aprobada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 26893-MTSS-PLAN.

7. Cumple con el envío la CERTIFICACIÓN AINV-UIP-075-19 de MIDEPLAN, la cual informa

que el COSEVI, tiene 23 proyectos de inversión pública inscritos en estado activo en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP).

8. Cumple con el envío de la Certificación DE-2019-3616 por parte del Ministro de Obras Públicas y Transportes, indicando que el COSEVI incluye en sus presupuestos los recursos financieros y técnicos necesarios para la ejecución de aquellos proyectos que cuenten con el código asignado por el BPIP de MIDEPLAN.

9. Cumple con el envío de la Certificación DE-2019-3617 por parte del Ministro de Obras Públicas y Transportes, indicando que el COSEVI incorpora en su presupuesto el superávit libre atendiendo la normativa vigente que regula su utilización.

Page 21: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 18 de 21

10. Cumple con el envío de la ejecución presupuestaria y el nivel de empleo del III trimestre

2019, así como los informes de flujo y conciliaciones bancarias a setiembre 2019 y su inclusión en el SICCNET. La institución no cuenta con inversiones financieras.

Según certificación remitida por esta Secretaría Técnica, mediante oficio STAP-1773-19 de fecha 11 de octubre del corriente, el COSEVI cumple con lo establecido en el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 4 de diciembre del 2018 y su reforma, con la aplicación de la tasa de crecimiento del 4,67% autorizada para el gasto corriente presupuestario del periodo 2020 -en ¢26.972,16 millones-, según lo comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio DM-0466-2019, y en consecuencia, se apega a lo establecido en el artículo 11 inciso c) del citado Título de la Ley No. 9635. En la relación de puestos presentada por la institución, se constatan que los montos de las remuneraciones totales mensuales de sus funcionarios, no igualan o superan la cantidad de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00), cumpliendo con lo establecido en la Ley No. 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre de 2018 y su reforma, según lo indicado en el Transitorio XXXV. Asimismo, mediante oficio DP-2019-2037, el COSEVI, se constata el cumplimiento de lo establecido en el artículo 19, inciso c), de la Ley No. 8346, al pautar la suma de ¢78,00 millones de los dineros que se destinan a publicidad e información en radio, televisión, u otros medios de comunicación, mediante la agencia de publicidad del SINART, S.A. Además, adjunta la Certificación DE-2019-3673 por parte de jerarca supremo, sobre el cumplimiento de los Decretos y Directrices relacionados con las medidas de contención y reducción del gasto público emitidos por el Poder Ejecutivo, solicitado en el ANEXO STAP-CIRCULAR 1351-2019.

Page 22: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 19 de 21

CAPÍTULO III: Disposiciones El Consejo de Seguridad Vial deberá proceder con lo siguiente:

1. Del capítulo II de este documento “Verificación del cumplimiento de las Directrices”,

atender lo referente al numeral 3, para que ajuste de conformidad con la Resolución DG-074-2019, emitida por la Dirección General de Servicio Civil, la valoración de la plaza No. 500334, así como el numeral 4, relacionado con la aclaración del incentivo de “Complemento Salarial”, el cual se aplica únicamente a las Enfermeras.

El COSEVI tiene un plazo de 10 días hábiles después de recibido este informe, para atender las disposiciones señaladas, y cuando corresponda, señalar las acciones correctivas que tomará y las fechas estimadas para su realización.

Page 23: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 20 de 21

BIBLIOGRAFÍA Consejo de Seguridad Vial. (2019). Presupuesto Ordinario 2020. Consejo de Seguridad Vial. (2019). Plan Operativo Institucional 2020. Consejo de Seguridad Vial. (2019). Informe de Ejecución Presupuestaria II trimestre 2019 Consejo de Seguridad Vial. (2018). Informe de Liquidación Presupuestaria 2018 Consejo de Seguridad Vial. (2017). Informe de Liquidación Presupuestaria 2017 Consejo de Seguridad Vial. (2016). Informe de Liquidación Presupuestaria 2016 Decreto Ejecutivo 41617-H. Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo,

Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el año 2020. Diario Oficial La Gaceta No.62 Alcance:71, San José, Costa Rica, 28 de marzo de 2019.

Decreto Ejecutivo 38916-H y su reforma. Procedimientos de las Directrices Generales de

Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Desconcentrados, según corresponda cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria. Diario Oficial La Gaceta, 61. San José, Costa Rica, 27 de marzo de 2015.

Ministerio de Hacienda. (2018). Clasificador de los Ingresos del Sector Público.

http://www.hacienda.go.cr/ Ministerio de Hacienda. (2018). Clasificador por Objeto del Gasto del Sector Público.

http://www.hacienda.go.cr/ Ley No. 9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” y su reforma, publicada en el

Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 04 de diciembre de 2018. Dirección General de Servicio Civil (2019): Resolución DG-160-2019 del 08 de octubre de 2019,

modificación de la Escala de Sueldos de la Administración Pública. Dirección General de Servicio Civil (2019): Resolución DG-122-2018 del 08 de octubre de 2019,

Resolución de Ciencias Médicas. Segundo Semestre 2018.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 12404 en la Sesión Extraordinaria 05-2019, celebrada por la Autoridad Presupuestaria, el nueve de abril de 2019, Revaloración Salarial Puestos de Directores y Subdirectores de los Órganos Desconcentrados. Primer Semestre de 2019.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 12406 en la Sesión

Extraordinaria 05-2019, celebrada por la Autoridad Presupuestaria, el nueve de abril de 2019,, Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De Fiscalización Superior de las Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Adscritos. Primer Semestre de 2019.

Page 24: Consejo de Seguridad Vial DE-338-2019 Informe …...DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 1 de 21 RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo establecido en los artículos

DE-338-2019 COSEVI: Presupuesto Ordinario 2020 Página 21 de 21

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Oficio STAP-0473-19 del 22 de marzo del 2019, mediante Acuerdo firme No. 123000 de la Sesión Extraordinaria No. 02-2019 celebrada el 15 de marzo de 2019─. Comunicado cantidad de plazas autorizadas para el 2019. Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Oficio STAP-CIRCULAR-1351-2019,

del 7 de agosto de 2019. Envío de la Información para el análisis del Presupuesto Ordinario 2020.

Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la Contraloría General de la República

(SIPP) años 2016, 2017, 2018 y 2019.

Elaborado por: Isabel Ulate Campos Analista

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Revisado por: Dennis Parra Mesén Jefe Unidad Sectorial C

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria