consejo de educaciÓn superior - ces.gob.ec para la presentacion y... · establecido en el...

17
CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR ACU-CPD-SO-04-No.-27-2017 COMISiÓN PERMANENTE DE DOCTORADOS Considerando: Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador determina: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva ( ... )"; Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana ( ... )"; Que, mediante Resolución RPC-SO-44-No. 464-2013 de 13 de noviembre de 2013 el Pleno del CES expidió el Reglamento Transitorio para la aprobación de programas de doctorados presentados por las Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador; Que, mediante Resolución PRES-CES-No. 135-2013 de 19 de diciembre de 2013 el Presidente del CES expidió el Instructivo al Reglamento Transitorio para la aprobación de proyectos de programas de doctorados presentados por las universidades y escuelas politécnicas; Que, mediante Resolución RPC-SO-30-No. 530-2016 de 03 de agosto de 2016 el Pleno del CES expidió el Reglamento de Doctorados y derogó el Reglamento Transitorio para la aprobación de programas de Doctorados presentados por las universidades y escuelas politécnicas del Ecuador; Que, el Pleno del CES mediante Resolución No. RPC-SO-10-No.192-2017 de 22 de marzo de 2017 dio por conocido en primer debate la propuesta de Reforma al Reglamento de Doctorados presentada por la Comisión Permanente de Doctorados del Consejo de Educación Superior (CES); Que, el Pleno del CES mediante Resolución No. RPC-SO-12-No.249-2017 de OS de abril de 2017, aprobó la reforma al Reglamento de Doctorados sustituyendo el texto del artículo 18 (actual artículo 17 por codificación) por el siguiente: "Procedimiento para la aprobación de los programas doctorales.- Para la aprobación de proyectos de programas de doctorado presentados por las universidades y escuelas politécnicas se observará el procedimiento establecido en el instructivo para la aprobación de proyectos de programas de doctorado que expida la Comisión Permanente de Doctorados en el marco de las normas del presente Reglamento y las demás que rigen el Sistema de Educación Superior, en lo que fuere aplicable". 1 Alpallana E6-113 y Francisco Flor

Upload: dinhanh

Post on 26-Sep-2018

237 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

ACU-CPD-SO-04-No.-27-2017

COMISiÓN PERMANENTE DE DOCTORADOS

Considerando:

Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador determina: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva ( ... )";

Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana ( ... )";

Que, mediante Resolución RPC-SO-44-No. 464-2013 de 13 de noviembre de 2013 el Pleno del CES expidió el Reglamento Transitorio para la aprobación de programas de doctorados presentados por las Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador;

Que, mediante Resolución PRES-CES-No. 135-2013 de 19 de diciembre de 2013 el Presidente del CES expidió el Instructivo al Reglamento Transitorio para la aprobación de proyectos de

programas de doctorados presentados por las universidades y escuelas politécnicas;

Que, mediante Resolución RPC-SO-30-No. 530-2016 de 03 de agosto de 2016 el Pleno del CES expidió el Reglamento de Doctorados y derogó el Reglamento Transitorio para la aprobación de programas de Doctorados presentados por las universidades y escuelas politécnicas del

Ecuador;

Que, el Pleno del CES mediante Resolución No. RPC-SO-10-No.192-2017 de 22 de marzo de 2017 dio por conocido en primer debate la propuesta de Reforma al Reglamento de Doctorados presentada por la Comisión Permanente de Doctorados del Consejo de Educación Superior

(CES);

Que, el Pleno del CES mediante Resolución No. RPC-SO-12-No.249-2017 de OS de abril de 2017, aprobó la reforma al Reglamento de Doctorados sustituyendo el texto del artículo 18 (actual artículo 17 por codificación) por el siguiente: "Procedimiento para la aprobación de los programas doctora les.- Para la aprobación de proyectos de programas de doctorado presentados por las universidades y escuelas politécnicas se observará el procedimiento establecido en el instructivo para la aprobación de proyectos de programas de doctorado que expida la Comisión Permanente de Doctorados en el marco de las normas del presente Reglamento y las demás que rigen el Sistema de Educación Superior, en lo que fuere aplicable" .

1 Alpallana E6-113 y Francisco Flor

R .. publkc. del Ecuador

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Que, el artículo 18 del Reglamento de Doctorados Codificado señala que: "El procedimiento para la presentación de proyectos de programas de doctorado por parte de las universidades y escuelas politécnicas del Ecuador se regirá por lo establecido en el Instructivo para presentación de programas de doctorados aprobados por la Comisión Permanente de Doctorados del CES";

Que, el artículo 25 literal d) del Reglamento Interno del CES prescribe que es atribución de la Comisión Permanente de Doctorados: "Elaborar y presentar al Pleno informes sobre los proyectos relacionados con programas académicos de maestría de investigación, doctorado y posdoctorado presentados por las universidades y escuelas politécnicas (excepto las del campo de la salud)";

Que, el numeral 2.1.1, subnumeral 2.1 .1 .3., literal d) del Estatuto Orgánico por Procesos del Consejo de Educación Superior establece que es atribución de la Coordinación de Planificación Académica: "Efectuar procesos de sistematización y verificación documental para el proceso de aprobación de proyectos, carreras y programas";

Que, la Comisión Permanente de Doctorados en su Cuarta Sesión Ordinaria realizada el 08 de marzo de 2017 conoció y analizó la propuesta de Instructivo para la presentación y aprobación de programas de doctorado. Después de lo cual, a través de los acuerdos No. ACU-CPD-SO-04-No.-26-2017 y ACU-CPD-SO-04-No.-27-2017, respectivamente, aprobó el Instructivo señalado y condicionó su expedición a la reforma del Reglamento de Doctorados vigente, en los términos propuestos por la Comisión Permanente de Doctorados;

Que, se ha cumplido la condición señalada por lo que es necesario expedir el Instructivo para la presentación y aprobación de programas de doctorado;

Que, la Comisión Permanente de Doctorados, en su Primera Sesión Ordinaria, desarrollada el 26 de febrero de 2018, conoció y analizó la propuesta de reforma al Anexo del Instructivo para la presentación y aprobación de programas de doctorado. Después de lo cual, a través del Acuerdo No. ACU-CPD-SO-Ol-No.012-2018, respectivamente, aprobó el Instructivo señalado en los términos propuestos por la Comisión Permanente de Doctorados.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Doctorados,

ACUERDA:

EXPEDIR EL INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACiÓN Y APROBACiÓN DE PROYECTOS DE

PROGRAM AS DE DOCTORADO

Artículo Único.- Procedimiento para la presentación y aprobación de proyectos de programas de doctorado: Para la presentación y aprobación de proyectos de programas de doctorado, se seguirá el siguiente procedimiento:

a. Formulario: Los proyectos de programas de doctorado se presentarán con base en el formulario y plantillas que se anexan al presente instructivo, garantizando que la propuesta

2 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

cumpla con los requisitos previstos en el Reglamento de Doctorados y demás normativa que rige el Sistema de Educación Superior en lo que fuere aplicable.

b. Solicitud: Una vez que el Órgano Colegiado Académico Superior1 apruebe el proyecto de programa de doctorado, la Universidad o Escuela Politécnica2 lo presentará formalmente mediante una solicitud de aprobación de proyectos de programas de doctorado.

La solicitud contendrá al menos la siguiente información:

• Fecha del documento. • La referencia del Presidente del Consejo de Educación Superior como destinatario. • Declaración expresa de que no se ha realizado ninguna convocatoria al programa

doctoral. • Firma del Representante Legal de la U-EP, o su delegado (en el caso de delegación

adjuntar documentos de validación).

A la solicitud se adjuntará el formulario descrito en el literal anterior y sus anexos foliados en físico y digital.

c. Informe de verificación del cumplimiento de requisitos: La Comisión de Planificación Académica3

, previa solicitud de la Comisión Permanente de Doctorados4 del CES, verificará que la solicitud y los proyectos de programas de doctorado presentados por la U-EP cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de Doctorados y demás normativa que rige el Sistema de Educación Superior en lo que fuere aplicable. Además, verificará que la U-EP (s) se encuentre (n) habilitada (s) legalmente para ofertar programas de doctorado. Este informe será presentado a la CPD en un término de hasta diez (10) días.

d. Informe de pertinencia del programa: La Secretaría de Educación Superior, Ciencia Tecnología e Innovacións, previa solicitud de la CPD, realizará el análisis de pertinencia del proyecto de programa de doctorado. Este informe podrá ser presentado a la CPD en un término de hasta treinta (30) días.

e. Informe técnico académico: La CPD designará uno o más facilitadores académicos externos para el análisis cualitativo del proyecto. La evaluación debe hacer énfasis en su calidad técnica y la sujeción a los requisitos legales y reglamentarios. Este informe podrá ser presentado en un término de hasta treinta (30) días.

f. Informe de visita in situ: El equipo técnico del CES podrá realizar una visita in situ para la verificación de la información referente a las condiciones de infraestructura, equipamiento, bibliotecas físicas y virtuales, condiciones de vinculación y dedicación horaria de la planta académica. Este informe podrá ser presentado en un término de hasta quince (15) días.

lOCAS, en adelante. 2 U-EP, en adelante. 3 ePA, en adelante. 4 CPD, en adelante. s SEN ESCYT, en adelante

3

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

g. Informe técnico final: El equipo técnico de la CPO consolidará el contenido de los informes antes señalados en uno solo. Este informe final y su expediente serán presentados a los miembros de la CPO para su análisis.

h. Análisis de los miembros de la Comisión Permanente de Doctorados: Los miembros de la CPO analizarán el informe técnico final y su expediente en una sesión ordinaria o extraordinaria de la Comisión legalmente convocada e instalada.

i. Conocimiento, resolución del Pleno del CES y notificaciones: Por acuerdo de los miembros de la CPO, la Presidenta o Presidente de la misma, remitirá el informe técnico final para conocimiento y resolución del Pleno del CES. La resolución que adopte este Cuerpo Colegiado se notificará a la máxima autoridad de la U-EP proponente, con copia al responsable académico del proyecto.

Si el Pleno del CES aprueba el programa doctoral, se notificará también al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior6

, para su seguimiento y evaluación, ya la SENESCYT para efectos de su registro en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador (SNIESE).

Si los informes señalados en los literales e), d), e), y f), del presente artículo son desfavorables o contemplan observaciones, respectivamente, la CPO notificará a la U-EP. En caso de requerirse ajustes o correcciones se otorgará a la U-EP un término de hasta quince (15) días a fin de que conteste. Si la U-EP no responde o no justifica satisfactoriamente el cumplimiento de las observaciones V/o recomendaciones dentro del plazo señalado, la CPO archivará el proyecto.

Los proyectos archivados no podrán presentarse nuevamente, aún con modificaciones, por un período de dos años. Únicamente si los informes son favorables se continuará con el procedimiento antes descrito.

La U- EP por su propia iniciativa podrá retirar formalmente el proyecto de programa de doctorado hasta la etapa del procedimiento señalada en el literal f) del presente artículo.

La CPO en cualquier etapa del procedimiento podrá solicitar información adicional relacionada con el proyecto de programa doctoral o la institución que lo presenta, sin perjuicio de otras medidas que pueda adoptar la CPO en ejercicio de sus funciones y atribuciones.

6 CEAACES, en adelante.

4 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo y su anexo al Presidente del Consejo de Educación Superior, y solicitar la derogación de la Resolución No. PRES-CES-No. 135-2013 de 19 de diciembre de 2013, que contiene el Instructivo al Reglamento Transitorio para la aprobación de proyectos de programas de doctorado presentados por las universidades y escuelas politécnicas del Ecuador.

SEGUNDA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo y su anexo a la Secretaría General del Consejo de Educación Superior, y solicitar su publicación en la Gaceta Oficial del CES.

TERCERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a las instituciones de educación superior, una vez que se publique en la Gaceta Oficial del CES.

DISPOSICiÓN FINAL

La presente codificación contiene el Instructivo para la presentación y aprobación de proyectos de programas de doctorado, aprobado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los tres (08) días del mes de marzo de 2017, en la Cuarta Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente de Doctorados, publicado en la Gaceta Oficial del CES, el 08 de junio de 2017 y reformado mediante Acuerdo No. ACU-CPD-SO-01-No.012-2018, de 26 de febrero de 2018.

~3at: Dr. Enrique SannY Jara PRESIDENTE DE LA CPD CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR JM

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

5

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

R~publka d.,1 EcuadN

ANEXO

FORMULARIO PARA LA PRESENTACiÓN DE PROGRAMAS DE DOCTORADO Información general de la institución

Categoría: Resolución

Fecha: Nombre de la Universidad o CEAACES:

Escuela Politécnica (U-EP): (dd-mm-aa)

Misión y visión de la U-EP:

Nombre del representante legal:

Correo Correo electrónico

No. Teléfono No. Teléfono electrónico 1: convencional: celular:

Información de contacto: 2: (Opcional) (Opcional)

0 Indicar si el programa se ejecutará en una sede, matriz o

de ejecución del extensión.

Lugar Indicar la ubicación incluyendo provincia, ciudad y dirección. ti

programa: e Indicar los instrumentos de creación de la sede, matriz o

extensión y anexar una copia certificada.

" En caso de extensiones, describir y adjuntar resolución del CEAACES.

Apartado exclusivo para programas doctorales en red

Categoría: Resolución

Fecha: Nombre de las U-EPs CEAACES:

asociadas: (dd-mm-aa)

Convenios específicos para la Describir y anexar los convenios originales debidamente suscritos.

ejecución de los programas de 17 8 doctorados en RED:

Re. Arts. 35, 36, 37 Y 38 RO .

" Indicar si el programa se ejecutará en las diferentes U-EPs de

Lugar de ejecución del la RED o en una sola U-EP matriz. Detallar las instancias complementarias.

programa: • Indicar la ubicación incluyendo provincia, ciudad y dirección

de las U-EPs. Re! Art. 11 RO.

Especificar si se emitirá un único título con firmas y sellos de ambas Titulación: instituciones, o si se emitirá un título por cada institución.

Re! Art. 37 RO.

7 REF: Referencia

8 RD = Reglamento de Doctorados

6 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Información general del programa doctoral

Denominación del programa: 9

Campo amplio: Campo específico:

Campo del conocimiento al que corresponde el programa:

Campo detallado:

Indicar si el programa doctoral es estructurado, semi estructurado, Tipo de programa: tutelar o personalizado.

Re!. Art. 7 RO.

Título que otorga: Aprobación del programa Número de la Resolución: Fecha de la Resolución: doctoral por el Órgano

Describir y anexar una copia certificada al Colegiado Académico Superior (dd-mm-aa) (OCAS):

formulario.

Denominación: Resolución de Fecha: Unidad académica (UA) o Ref Art. 11 RO. creación:

específica (UAE) que organiza el proyecto: (dd-mm-aa)

Instancias de dirección del • Llenar la información de la plantilla No. 1 y anexar al programa y sus autoridades formulario. con descripción resumida de • Anexar el currículo vitae de los directivos. sus competencias:

Nombre del responsable del Indicar nombres y apellidos completos.

programa de doctorado:

Correo electrónico No. Teléfono No.

1: Correo electrónico convencional Teléfono 2: (Opcional) : celular:

Información de contacto: (Opcional)

Modalidad de estudios: Ref Art. 10 RO.

Dedicación de los estudiantes: Ref Art. 10 RO.

Duración del programa Indicar la duración en años. Ref Art. 9 RO.

Máximo 18 estudiantes. De requerir un número mayor, la U-EP deberá

Número de estudiantes: justificarlo. Ref Art .13 RO.

9 Reglamento de Armonización de la Nomenclatura de Títulos Profesionales y Grados Académicos que confieren las lES del

Ecuador.

7

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

R .. publlca d",1 Ecuador

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Justificación del programa doctoral con énfasis en el principio de pertinencia

., Señalar cómo el programa doctoral responde al modelo educativo, misión y visión de la lES, con énfasis en el principio de pertinencia.

• Describir el contexto social al que se vincula el programa y su marco de empleabilidad, haciendo referencia a la identificación de necesidades locales/nacionales/regionales, las mismas pueden ser identificadas a nivel social, productivo, cultural, científico, laboral, profesional, etc.

• Hacer énfasis en el impacto del programa doctoral previsto en el campo socioeconómico y científico (proyección a 5 años).

• Presentar la evolución prospectiva del programa, incluyendo los campos que desarrolla y los que prevé implementar a futuro.

Ref Art. 351 CRE. lO

Ref Art. 107 LOES. 11

f. 12 Re . Art. 78 RRA.

(El análisis de la pertinencia del programa doctoral será realizado por la SENESCYT)

Descripción del programa doctoral

Objetivo general: Indicar el objetivo general del programa.

Objetivos específicos: Indicar los objetivos específicos del programa.

Requisitos de ingreso: Indicar los requisitos de ingreso al programa. Ref Art. 5 RO.

Perfil de ingreso: Señalar las características y habilidades básicas que se esperan de los postu la ntes.

Perfil de egreso: Indicar el perfil de egreso de los estudiantes. Ref Art. 6 RO.

Estructura curricular del programa doctoral

Carga horaria y organización de Llenar la información de la plantilla No. 2 y anexar al formulario. los aprendizajes: Ref Arts. 7 y 8 RO.

Malla curricular: Anexar al formulario la malla curricular en medio digital. Ref Arts. 7 y 8 RO.

Metodología contemplada en el plan de trabajo para el Describir la metodología. programa: Ref Arts. 7 y 8 RO.

Líneas de investigación Líneas de investigación del Describir de manera específica las líneas de investigación del programa doctoral: programa doctoral. Ref Art. 12 RO.

Líneas de investigación Justificar que la U-EP cuenta con líneas de investigación relacionadas

10 CRE = Constitución de la República del Ecuador.

11 LOES = Ley Orgánica de Educación Superior.

12 RRA = Reglamento de Régimen Académico.

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor 8

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Rf:!publl ca d .. 1 E(uador

asociadas a proyectos al programa doctoral, asociadas a proyectos finalizados o en marcha. finalizados o en marcha relacionadas al programa doctoral: Plan de investigación

Describir el documento y anexar al formulario . institucional: Documentos que evidencien la

Describir los documentos y anexar al formulario. consecución de fondos para investigación ante organismos

Ejemplo: Certificación de aprobación de fondos externos para la externos a la lES, si fuere el

ejecución de proyectos de investigación. caso: Informe de cumplimiento de la planificación en lo referente a investigación vinculada al Describir y anexar el informe. programa doctoral, si fuere el caso: Resoluciones, actas y/o informes referentes a los resultados de las convocatorias de financiamiento para

Describir y anexar los documentos. proyectos de investigación ejecutadas que estén vinculadas al programa doctoral, si fuere el caso: Certificación del presupuesto ejecutado en investigación y planificación presupuestaria

Describir y anexar los documentos. para investigación (últimos 5 años) que se relacione con el programa doctoral:

Gestión académica del programa doctoral

Describir el proceso de admisión de los estudiantes del programa de Proceso de admisión al doctorado; los parámetros y requisitos de la prueba de admisión y programa doctoral: entrevista de acuerdo con los campos de conocimiento del programa.

Re! Art. 5 RO. Describir los mecanismos que aseguren la dedicación de los

Mecanismos que aseguren la estudiantes. La U-EP debe contemplar además de becas y ayudas dedicación de los estudiantes: económicas, al menos una plaza para profesores o investigadores

ocasionales a tiempo parcial. Ref Arts. 15 y 22. Lit. f RO

Fase propedéutica para postulantes sin maestría de Describir la fase propedéutica con sus cursos complementarios investigación o investigación en obligatorios de nivelación o formación específica, cuando aplique. un campo de conocimiento Ref Art. 5 y 16 RO.

distinto:

9 Alpaliana E6-113 Y Francisco Flor

R~publk ,l d~1 Ecuador

Conformación Doctoral:

del

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Comité Llenar la información de la plantilla No. 3 y anexar al formulario. Re! Arts. 24, 25 Y 26 RD

Planta académica del programa doctoral

• Llenar la información de la plantilla No. 4 y anexar al formulario.

Perfil de los docentes: @ Anexar el currículo vitae de cada docente. Anexar los documentos que justifiquen la vinculación laboral.

Re! Arts. 20 y 21 RD; Disposición Transitoria Quinta RD. Justificación de un número Justificar en caso de que el número de docentes sea menor a lo menor de profesores, de ser el establecido en el Reglamento de Doctorados. caso: Re! Art. 20 RD.

Estructura y gestión financiera del programa doctoral

Presupuesto financiado:

Fuentes de financiamiento:

Sistema de becas y apoyo a doctorandos:

Costo del programa doctoral:

• La U-EP debe demostrar que cuenta con los recursos suficientes para garantizar el cabal desarrollo del programa doctoral y sus exigencias, detallando sus ingresos propios o externos y sus egresos o subsidio.

• Llenar la información de la plantilla No. 5 y anexar al formulario.

Re! Art. 22. Lit. e. RD.

La U-EP demostrará que el programa cuenta con fuentes de financiamiento, públicas o privadas, que permitan el desarrollo regular del mismo. Re! Art. 22. Lit. e. RD.

Describir el sistema obligatorio de becas, apoyo financiero y ayudas económicas para estudiantes del programa doctoral. Re! Art. 77 LOES. Re! Arts. 15 y 22. Lit. e). RD.

• Describir y justificar el costo del programa a pagar por el estudiante: matrícula, aranceles y derechos.

e Llenar la información de la plantilla No. 6 y anexar al formulario.

(Ver Reglamento para la Regulación de Aranceles, Matrículas y Derechos en las Instituciones de Educación Superior Particulares, si fuere el caso).

10 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Requisitos institucionales para el desarrollo del programa doctoral Justificar documentadamente que la U-EP cuenta con la infraestructura física equipada (aulas, laboratorios y/o centros de medición y monitoreo, espacios de bienestar, etc.) que será utilizada

Infraestructura física y para las actividades académicas del programa de doctorado y a la que equipamiento: los estudiantes tendrán acceso para desarrollar sus actividades.

Infraestructura tecnológica:

Bibliotecas bibliográfico:

y acervo

Organigrama administrativo de la institución de educación superior y de la unidad de

La infraestructura física debe garantizar el acceso para las personas con discapacidad. Re! Art. 22 RO.

Justificar documentadamente que la U-EP cuenta con las condiciones tecnológicas suficientes (plataformas, herramientas tecnológicas, bases de datos informatizadas, infraestructura a nivel de redes, servidores, cortafuegos, routers, etc.) para el desarrollo de las actividades académicas e investigativas del programa. Re! Art. 22 RO. Justificar documentadamente que la U-EP tiene al menos una biblioteca que:

• cuenta con un fondo bibliográfico especializado y actualizado en el campo del conocimiento del programa doctoral.

• cuenta al menos con una base de datos informatizada en el campo del conocimiento del programa doctoral.

Justificar documentada mente que la U-EP cuenta con subscripciones a revistas científicas nacionales e internacionales en el campo del conocimiento del programa doctoral.

Re! Art. 22. Lit. d. RO.

gestión del programa doctoral Describir y anexar el documento en medio digital. que garantice el desarrollo regular e independiente del programa:

Soporte administrativo:

Publicación de libros o artículos en revistas especializadas indexadas u obras de

Justificar documentada mente que la U-EP cuenta con personal administrativo especializado para garantizar el desarrollo del programa. Re! Art. 22. Lit. g. RO

relevancia. Re! Art. 22. Lit. a. RO Realización de seminarios u otros eventos académicos relacionados al programa

11 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

doctoral y registro de patentes u otras formas de propiedad intelectual: Carreras de grado y programas

Enlistar las carreras y/o programas. de posgrado afines al campo doctoral: Ejecución de una maestría de Obligatorio a partir del 31 de octubre del 2019. investigación en un campo afín Ref Art. 22. Lit. b. RO al programa de doctorado durante los últimos 5 años: Disposición Transitoria Cuarta RO.

Normativa interna que regula el programa doctoral Describir y anexar una copia certificada de los documentos.

Normativa que regule el Los instrumentos jurídicos internos deben garantizar los derechos de

programa doctoral y garantice los estudiantes, regular principalmente el plan de tesis doctoral, la

su desarrollo adecuado: estructura y características de la tesis, el procedimiento para obtener la titulación incluyendo la designación de un Tribunal de Grado y los requisitos para la titulación, entre otros. Ref Arts. 27 - 34 RO.

Normativa que regula los procesos de homologación de Describir y anexar una copia certificada de los documentos. estudios de otros programas de Ref Art. 14 RO. doctorados: Normativa que regula los sistemas de evaluación para estudiantes, planta académica, Describir y anexar una copia certificada de los documentos. contenidos curriculares, proyectos y actividades de investigación y ejecución del programa: Normativa de ética de Describir y anexar una copia certificada de los documentos. investigación y del aprendizaje: Normas sobre la publicación de Describir y anexar una copia certificada de los documentos. artículos científicos: Ref Art. 21. Lit. c. RO

Documentos que contengan las políticas, normativas y procedimientos relacionados Describir y anexar una copia certificada de los documentos. con la investigación como aprobación de líneas y/o proyectos y asignación de recursos: Políticas, normativas y

Describir y anexar una copia certificada de los documentos. procedimientos relacionados a la vinculación con la sociedad:

12 Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

r

R€publjea del E(uador

Plantilla No. 1

Denominación de la Unidad

Plantilla No. 2

Asignatura Periodo

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

(t!)~g§

PLANTILLAS

Instancias de dirección del programa

Nombre Completo de Cargo Funciones que Título la Autoridad desempeña: de PhD Académica

Carga Horaria

Unidad de Campos de Componente Docencia Académico Organización Formación Aprendizaje Aprendizaje Total de

Curricular asistido por el colaborativo horas profesor componente

docencia

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Universidad en el que obtuvo el título doctoral

Otros Componentes Total horas Aprendizaje Aprendizaje Otros dedicación Práctico Autónomo estudiante

13

R"'Plibli«~ d€!I E(lIador

Plantilla No. 3

Nombre Completo

Nombre Completo

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Documento de Actividades Identificación investigación,

docencia y gestión

C!.,CES ~ {.'<\l':K'd:¡'.1ULJCLti'):-,ur-:n",

Comité Doctoral Académicos

de Título de PhD Universidad en el que obtuvo el título doctoral

Representante Estudiantil

Universida d a la que pertenece

I Función Título Universidad en el que obtuvo el título

I

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Categoría Dedicación del (Titulares: Principales, Personal Agregados y Académico Auxiliares - No (Exclusivo o titulares: honorarios, Tiempo Completo, invitados u Semi exclusivo, ocasionales) Tiempo Parcial)

#horas

.

Universidad a la que pertenece

14

R",pcibli( a del E~u,~(kr

Plantilla No. 4

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

. !lCES CO""-"lf'd: . lcdu':.l,,,inSurA.'''N

Planta Académica Documento Nombre Asignatura Título Participación! Actividad en la

de del a imparter de Realización docencia, Identificación Docente PhD de Proyectos investigación o

de gestión universitaria Investigación (últimos S años)

Docente Profesional (últimos 5 en el en el área

años) área

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Publicaciones Categoría Dedicación (Titulares: del

(últimos S años) Principales, Personal Agregados y Académico Auxiliares - (Exclusivo

Indexadas Otras No o Tiempo titulares: Completo,

honorarios, Semi invitados u exclusivo,

ocasionales) Tiempo Parcial) #horas

15

R>2p,.ibli(li del EHJador

Plant illa No. 5

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

-.,r.g§

Presupuesto Financiado

Gasto corriente

Personal Académico

Personal Administrativo

Bienes y Servicios

Investigación

Becas y ayudas financieras

• Subtotal

Inversión

I nfraestructu ra

Equipamiento

Bibliografía

Otros

Subtotal

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

16

Rep,jblic,l del Ewadür

Plantilla No. 6

CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

<tf)CES ( " o"";f<'ikl:" _ u-:J.:,,;:¡Supc'nC1[

Costo del programa a pagar por el estudiante

Semestre/Ciclo/Periodo Valor matrícula Valor aranceles Valor derechos Académico

(Campo numérico) (Campo numérico) (Campo numérico)

Alpallana E6-113 Y Francisco Flor

Total por Periodo Académico

(Campo numérico)

Total por programa: (Campo numérico)

17