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1 Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Justicia Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales Conferencia: Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

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Estado Plurinacional de BoliviaMinisterio de Justicia

Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales

Conferencia:Pluralismo Jurídico en elEstado Plurinacional de

Bolivia

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Presentación y Agradecimiento:Dr. Hugo Raúl Montero LaraViceministro de Justicia y DerechosFundamentales

Presentación:Denis RacicotRepresentante Oficina del Alto Comisionadode las Naciones Unidas para los DerechosHumanos

Inauguración:Sra. Nilda Copa CondoriMinistra de Justicia

El valor y la importancia internacional delpluralismo jurídico y la convivencia de lossistemas de justicia:Sra. Navanethem PillayAlta Comisionada de las Naciones Unidaspara los Derechos Humanos

Ejercicio de la Administración de JusticiaIndígena Originaria Campesina:Tata Anselmo MartínezKuraj Kuraka, Consejo de Alyllus Originariosde Potosí (CAOP)

Respeto y garantía de los derechos humanosy el pluralismo jurídico:Dr. Ernesto Félix MurMagistrado Titular del Tribunal Constitucionalde Bolivia

La importancia del pluralismo jurídico enla refundación del Estado PlurinacionalbolivianoClausura:Sra. Nardi SuxoMinistra de Transparencia Institucional yLucha Contra la Corrupción

Memoria GráficaConferencia: Pluralismo Jurídico en elEstado Plurinacional de BoliviaVisita a Tiwanacu

Índice

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Justicia, la de la Bolivia indígena originario campesina,siempre estuvo vigente, rigiendo la vida de sus pueblosy habitantes, a pesar del intento de borrarla por másde quinientos años.

No obstante —y aunque en los hechos se hayaconstatado la habitual vigencia de un pluralismojurídico desde antes de la fundación de Bolivia—,ahora comienza una tarea verdaderamente titánica,una tarea que recae sobre los hombros de todas ytodos los bolivianos, y es la de promover, conocer,reconstituir y practicar los saberes ancestrales denuestros pueblos y naciones indígena originariocampesinos. La Conferencia sobre el PluralismoJurídico, organizada por el Ministerio de Justicia, através del Viceministerio de Justicia y DerechosFundamentales, es un primer paso bajo los principiosde inclusión, equidad y transparencia para laconsolidación de la nueva Bolivia plurinacional,consolidación que dependerá también de la aperturade nuestra Patria a la comunidad internacional.

A tiempo de publicar este libro Conferencia:Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional deBolivia expresamos nuestro agradecimiento a laOficina del Alto Comisionado de las NacionesUnidas para los Derechos Humanos en Bolivia.De la misma manera, reconocemos y agradecemos

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Ahora el pueblo tiene la capacidad de reconocerlas incongruencias de todo el aparato estatal que regíala existencia de nuestra Bolivia hasta antes del procesode cambio. Un país como el nuestro, vasto, diversoy plural, no podía continuar sumido en la colonizaciónmental, aquella que nos obligaba a ver como naturalesla segregación, la discriminación, el racismo, lainjusticia, la intolerancia, el abuso de todos losprivilegios por parte de unos cuantos en detrimentode la mayoría. Liberados de ese velo que cubríanuestros ojos, hoy podemos ver que Bolivia, poco apoco y con la participación de todas y todos, alcanzaa reconstituir su verdadero rostro, multiétnico,multicultural y plurinacional.

Es en ese orden de cosas que el ámbito de lajusticia, uno de los puntos neurálgicos de todo Estado,no podía sustraerse de esta realidad. Es por eso quepara iniciar la refundación del nuevo Estado eranecesario enfatizar también en la diversidad de lasformas de administración de justicia que Boliviaposeía desde su origen. Así, el Artículo 1 de laConstitución Política del Estado pone de manifiesto,como texto fundacional, lo siguiente: “Bolivia sefunda en la pluralidad y el pluralismo político,económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentrodel proceso integrador del país”. El texto de laConstitución no hace más que reconocer que la otra

Dr. Hugo Raúl Montero LaraViceministro de Justicia y Derechos Fundamentales

Presentación yAgradecimientoViceministerio de Justicia yDerechos Fundamentales

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a la Ministra de Justicia, Nilda Copa y a otras altasautoridades que nos acompañaron, colaboraron yfueron parte del evento, y de manera muy especiala los expositores de esta Conferencia, la Sra.Navanethem Pillay, Alta Comisionada de las NacionesUnidas para los Derechos Humanos, al Tata AlselmoMartínez, Kuraj Mallku del Consejo de AyllusOriginarios de Potosí (CAOP) y al Dr. Ernesto FélixMur, Magistrado del Tribunal Constitucional.

Dr. Hugo Raúl Montero LaraVICEMINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS

FUNDAMENTALES

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Ministerio de Justicia

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de justicia, a partir de la aprobación del Convenio169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales(1989) y aún más desde la aprobación de laDeclaración de las Naciones Unidas sobre losDerechos de los Pueblos Indígenas (2007).

En Bolivia, luego de un histórico procesoconstituyente con amplia participación de las nacionesy pueblos indígena originario campesinos, laConstitución Política del Estado Plurinacionalaprobada mediante referéndum el año 2009, reconocehoy en día de forma completa los derechos, tantoindividuales como colectivos de los pueblos indígenas,entre los cuales se destacan el derecho a la libredeterminación, el derecho al ejercicio de sus sistemasjurídicos, además de establecer –por primera vez enel país y en la región- la igualdad de jerarquía entrela jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria,con la finalidad de poner fin a la exclusión históricade los pueblos indígenas.

El reto actual del Estado Plurinacional de Boliviaes el de definir con claridad el alcance de estospreceptos en el marco de los instrumentosinternacionales de derechos humanos y de laConstitución Política del Estado, y hacer realidadlos derechos humanos de los pueblos indígenas.

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

Introducción

El Pluralismo Jurídico implica la coexistenciadentro del territorio de un Estado de diversos sistemasjurídicos (conjuntos de normas, autoridades,procedimientos, sanciones) en un plano de igualdad,respeto y coordinación.

En Bolivia, durante la mayor parte de la historiacolonial y después la republicana, los sistemasjurídicos de las naciones y pueblos indígena originariocampesinos existieron en condiciones deestigmatización y desigualdad con relación al sistemajurídico ordinario o formal, de origen español y quese consideraba como superior a los demás. A pesarde las condiciones adversas y la clandestinidad a laque fueron sometidos los sistemas jurídicos de lasnaciones y pueblos indígena originario campesinos,éstos no sólo mantuvieron su vigencia sino que –antela ausencia del Poder Judicial y otras institucionesdel Estado en el área rural- incluso se fortalecieronresolviendo distintos tipos de conflictos dentro desus territorios y haciendo efectivo el derecho deacceso a la justicia donde el sistema jurídico ordinariono llegaba.

A nivel internacional se han registrado grandesavances en el reconocimiento del derecho de lospueblos indígenas a administrar sus propios sistemas

Denis RacicotRepresentante Oficina en Bolivia del Alto Comisionado de las

Naciones Unidas para los Derechos Humanos

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Razones todas por las que la presente publicación,que refleja una diversidad de visiones sobre elpluralismo jurídico y los derechos de los pueblosindígenas, tiene la finalidad de contribuir al debateque tiene lugar en Bolivia y otras partes del mundo,sobre estos importantes temas.

Denis RacicotREPRESENTANTE OFICINA EN BOLIVIA DEL ALTO

COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOSDERECHOS HUMANOS

Ministerio de Justicia

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Jurisdiccional, el anteproyecto de Ley de DeslindeJurisdiccional, que ha tenido un proceso histórico,un proceso que en ninguno de los años pasados y enninguno de los Estados ha llevado ese proceso comolo lleva el día de hoy el Anteproyecto de DeslindeJurisdiccional, cumpliendo la Constitución,cumpliendo el Convenio 169, cumpliendo laDeclaración Universal de Derechos Humanos, perotambién cumpliendo la Declaración de los PueblosIndígenas.

Dentro de ellas, y en cumplimiento del Artículo30 de la Constitución Política del Estado, hoy tenemosel Anteproyecto, que el día de mañana se va a discutiren la Asamblea Legislativa, y al poco tiempo seráaplicado en el pueblo Boliviano.

Para nosotros, dentro de este encuentro de análisisde aportes importantes y de criterio importantes sobreel pluralismo jurídico, se trata de nivelar las jerarquíasde resolución de conflictos. Para nosotros, antes, laConstitución invisibilizaba la administración dejusticia indígena originaria campesina. Para nosotros,antes la Constitución y Bolivia sólo reconocían elsistema de Justicia Ordinaria. Hoy hay otros sistemasde justicia ancestral que serán reconocidos por cadauno de los procedimientos propios de cada pueblo.Para nosotros, los que hoy estamos aportando y

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

Muchísimas gracias, hermanos y hermanas. Quierosaludar a nombre del Presidente de EstadoPlurinacional de Bolivia, Hno. Evo Morales Ayma,y agradecer la presencia de la Ministra deTransparencia Institucional, Dra. Nardy Suxo,agradecer la presencia de la Alta Comisionada de lasNaciones Unidas para los Derechos Humanos, Dra.Navanethem Pillay, agradecer la presencia del TataAnselmo Martínez, Mallku del Consejo de Ayllus dePotosí, también agradecer la presencia del Dr. ErnestoFélix Mur, Magistrado del Tribunal Constitucional,y la presencia de nuestros Viceministros, Ministros,la presencia de todo el personal del Alto Comisionadode las Naciones Unidas con oficina central en Bolivia,agradecer a las Fuerzas Armadas, a la Policía y a losmedios de comunicación, darles esta cordialbienvenida.

Evidentemente, este Encuentro es para compartirlos criterios y las ideas del pluralismo jurídico. EsteEncuentro del Pluralismo Jurídico es para irequilibrando e ir implementando la ConstituciónPolítica del Estado con sus leyes, las leyes orgánicasy luego las leyes que serán parte de la implementacióny aplicación absoluta de la Constitución Política delEstado.

Dentro de ellas está la Ley de Deslinde

Sra. Nilda Copa CondoriMinistra de Justicia

Inauguración

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estamos contribuyendo, nos sentimos que somosparte de todo este proceso.

Y de esa manera, en esta noche, queremoscompartir la mirada de la Alta Comisionada de lasNaciones Unidas, y la mirada del TribunalConstitucional, de los pueblos indígenas, y la mirada,desde donde nosotros vayamos contribuyendo, decada uno de los bolivianos y bolivianas.

Felicitando y dándoles la cordial bienvenida aeste gran Encuentro sobre Pluralismo Jurídico doypor inaugurado este evento, muchas gracias.

Ministerio de Justicia

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Señora Ministra de Justicia,Distinguidos miembros del Órgano Judicial,Excelencias,Señoras y señores,

Es un placer y un gran honor para mí el habersido invitada para dirigirme a ustedes sobre el temadel Pluralismo Jurídico.

Hoy, Bolivia está tomando pasos decisivos pararomper con la herencia del colonialismo y revertir lamarginalización, histórica y basada en criterios étnicos,de un gran parte de su población a través de reformaslegales e institucionales.

La Constitución de 2009 del Estado Plurinacionalde Bolivia establece los fundamentos de un nuevomodelo de Estado basado en el pluralismo jurídicoy la igualdad ante la ley. Este nuevo modelo reconocey enfatiza la riqueza y la diversidad de culturas en lasociedad Boliviana, y establece las bases para lacoexistencia armoniosa y respetuosa entre personasde diversas culturas. Reconoce el derecho de lospueblos indígenas para administrar su propio sistemajurídico, y confiere a este sistema el mismo estatusque el sistema de justicia ordinaria. Este nuevoderecho constitucional ha sido reconocido por laDeclaración de las Naciones Unidas sobre los derechos

de los Pueblos Indígenas. Tal reconocimiento tambiénsaluda la sabiduría y los méritos de un sistema queha brindado justicia durante siglos.

Señoras y señores,

Estoy plenamente consciente de que Bolivia seencuentra, en la actualidad, en una coyuntura decisiva.El logro de la Constitución, adoptada mediantereferéndum, debe ser, ahora, equiparado por unproceso de implementación igualmente inclusivo.

La realización del pluralismo jurídico comprendeinevitablemente desafíos mayores, tales como ladeterminación del ámbito respectivo de aplicaciónde los sistemas de justicia ordinario e indígena. Demanera crucial, ambos sistemas deben cumplir conlos estándares de derechos humanos reconocidos enla Constitución y en los tratados internacionalesratificados por el Estado.

Ley de Deslinde Jurisdiccional

Permítanme referirme a estos temas. Una vezadoptado, el anteproyecto de Ley de DeslindeJurisdiccional debe establecer claramente el ámbitoespecífico de aplicación del sistema jurídico indígena,y debe determinar el nivel de cooperación ycoordinación entre este sistema y las instituciones ymecanismos de la justicia ordinaria.

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

Sra. Navanethem PillayAlta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

El valor y la importanciainternacional del pluralismojurídico y la convivencia delos sistemas de justicia

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Proceso Participativo

Celebro el hecho de que este anteproyecto de leyesté siendo sometido a un proceso de “consulta previa,libre e informada” a los diferentes pueblos indígenas.También felicitó la amplia difusión del contenido delanteproyecto a otras partes interesadas, así como suparticipación en el proceso legislativo. Estas consultasinclusivas y sus metodologías deben inspirar elproceso de adopción de otras medidas que afectenlos derechos de los pueblos indígenas.

Derechos Humanos: Una Clave Para laCoordinación

Permítanme también destacar que todavía persistendesafíos significativos que dificultan la adecuadacoordinación y cooperación entre los sistemasindígena y ordinario, y que deben ser tratados. Comodijo recientemente el Relator especial sobre losDerechos Humanos y las Libertades Fundamentalesde los Indígenas, “La clave para ello, está en eldiálogo basado en los principios de tolerancia yrespeto a los derechos humanos”. Los derechoshumanos son los fundamentos sobre los cuales seapoyan todos los sistemas legales implicados en laprotección de las personas y de su dignidad.

Tolerancia y Respeto

Tolerancia y Respeto por la diversidad son algunosde estos principios. En este sentido, les invito austedes y a todos los miembros de la sociedad, areconocer la aplicación efectiva y pacífica de lajusticia indígena. Los medios de comunicación tienenun papel educativo crucial para promover la toleranciay el entendimiento mutuo, reducir la polarización einformar el público correctamente con relación a loslímites y las especificidades de los sistemas judicialescoexistentes.

Vínculos entre Jurisdicciones

Reforzar las capacidades técnicas relacionadas alpluralismo jurídico y a una interpretación judicialintercultural son fundamentales para establecer líneas

adecuadas de comunicación entre las jurisdicciones.El diálogo entre las autoridades indígenas y noindígenas es útil a ese propósito. La pericia deacadémicos y de profesionales legales también puedeenriquecer tal intercambio.

El objetivo último es equipar debidamente yempoderar a ambos sistemas de justicia, el ordinarioy el indígena, para luchar contra la impunidad.

Mi Oficina está lista para ayudar en estas tareas,apoyando intercambios de experiencia intra-regionalesy explicando cómo otros sistemas han abordado estosdesafíos y han superado obstáculos, incluyendo lasmedidas tomadas por Sudáfrica para desmantelar elsistema de apartheid.

Señoras y Señores,

Pluralismo Jurídico

La falta de acceso a la justicia para los ciudadanosen zonas rurales —y en particular miembros decomunidades indígenas— es una triste realidad. Elsistema judicial ordinario no alcanza a cubrir todaslas regiones de Bolivia y, según entiendo, no siempreestá equipado para responder a las necesidades yexpectativas de los pueblos indígenas. El pluralismojurídico recorre un largo camino para reducir estabrecha y permitir el acceso a la justicia a lascomunidades históricamente desfavorecidas.

Establecido de manera adecuada, este pluralismojurídico puede servir mejor a los intereses de losindígenas portadores de derechos, al permitir unamayor proximidad de la justicia de su ubicación y sucultura. Pero eso dependerá de la calidad de la justiciaque pueda ser brindada, y de si los procedimientoslegales satisfacen estándares mínimos con relacióna garantías judiciales del debido proceso, del juiciojusto y de la imparcialidad.

Instrumentos nacionales e internacionales deDerechos humanos: la Experiencia de Sudáfrica

Y esto me lleva a otro desafío mayor, el desafíodel cumplimiento de los sistemas de justicia ordinario

Ministerio de Justicia

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e indígena con las normas internacionales de derechoshumanos, basadas en valores universales yfundamentales; valores que transcienden la geografíay no conocen barreras de cultura o género, clase oidioma. Estos valores universales que sustentan losderechos humanos, constituyen una fuerza unificadora,más que de división, dentro y entre las culturas. Pormi propia experiencia, les puedo asegurar que lalucha de Sudáfrica contra el régimen del apartheidfue un movimiento que trascendió las numerosasculturas y tradiciones de Sudáfrica. El hilo comúnque unía a comunidades tan diversas se basaba en lahumanidad compartida, la dignidad inherente y losderechos humanos universales, incluyendo losprincipios de la justicia, la igualdad y la equidad. Unórgano judicial fuerte e independiente es, a menudo,el primer y último puerto de escala para defender ysostener la supremacía de los derechos humanos.

Como ex jueza, y como sudafricana, no soy ajenaa la magnitud de los desafíos que enfrentan, desafíosque, espero, abordaremos juntos.

Crecí como una ciudadana de segunda clase sinderecho a votar o a la protección de la ley. Comojurista, tuve que establecer mi propio bufete legalporque ningún bufete emplearía a una persona negra.En el transcurso de mi vida, sin embargo, tuve elprivilegio de presenciar una transformación. Hoy,Sudáfrica tiene una de las constituciones más solidaspara salvaguardar los derechos humanos de todos lossudafricanos. Mientras el país lucha, como muchosotros, para hacer realidad las leyes y los derechos,viendo el curso del cambio a través de una soladécada, me lleva a creer que las soluciones sonposibles.

Pero las soluciones implican formular preguntasdifíciles, debatir posibles respuestas y decidir el cursode acción apropiado a seguir como sociedad.

Vuestra presencia aquí es prueba de vuestrocompromiso con este esfuerzo. Vuestra vigilancia ycompromiso son esenciales para asegurar que esosprocesos legales y reformas sean significativos paratodas y todos los bolivianos.

Independencia del Órgano Judicial

La mejor garantía de la justicia es la independenciadel órgano judicial, de conformidad con los estándaresinternacionales. Para ello, Bolivia debe asegurarseque el proceso de selección de candidatos a los altostribunales de justicia cumpla con tales estándares sininterferencia de otros órganos del Estado.

Los estados y sus sistemas legales asumen laresponsabilidad no solo de investigar gravesviolaciones de derechos humanos, sino también deasegurar el derecho de las víctimas a conocer laverdad, de prever reparación adecuada, y de adoptartodas las medidas razonables para garantizar la no-repetición de violaciones de derechos humanos. Departicular preocupación son los casos en los cualesla impunidad, o bien deriva de las acciones de aquellosvinculados con el sistema de justicia penal —incluyendo miembros del órgano judicial— o esdejada deliberadamente sin resolver por ellos. Estees quizás el desafío más importante que ustedespueden enfrentar como sistema basado en elpluralismo jurídico. Pero es precisamente estepluralismo jurídico el que abre nuevos caminos,marca el ritmo de la transformación en este país, yofrece un ejemplo a emular por otros.

Los derechos de los individuos y de lascomunidades, la prevención del abuso, y la confianzaen las instituciones de gobernabilidad dependen deun sistema judicial independiente, creíble y eficaz.Mi Oficina está lista para asistir a ustedes, a suscompañeros magistrados y a otras autoridadesjudiciales en esta exigente búsqueda.

Quisiera animar a cada uno de ustedes a participaractivamente, aquí y hoy, en un debate abierto.

Muchas gracias.

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

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Ñawpaqta jatun apayquy piskunachay qanñawpaqpi tiyariskasanku, hermana Ministra, Hna.Nilda, chantaqa quiquillantaq, hermana AltaComisionada de Naciones Unidas para los Derechoshumanos, chantaqa piscunachay cumpañanku tukuypaycuna tiyaiman.

Quiero decirles: Un saludo cordial primero a todosquienes están en la testera, a la hermana Ministra, ala hermana Alta Comisionada de las Naciones Unidasy a (otros) quienes [las] están acompañando a nombredel Consejo de Alyllus Originarios de Potosí (CAOP),como Kuraj Mallku, Jatun Kuraka.

Pues. Cuánto yo hubiera querido que todosnosotros y nosotras hablemos un solo idioma, perolamentablemente somos diversos, hablamos diferentesidiomas. Yo, por ejemplo, soy quechua, algunos sonaymaras. En el mundo hay cientos y miles de idiomas,y no podemos entendernos. Pero, felizmente, hoy endía hay traductores. Quizá yo hubiera querido hablaren mi propio idioma, en quechua. Qhichuapiparlarikuyta munayman. Chay ñuqapi misk’y. Loque quiero decir es “mi idioma madre es dulce”.Cómo quisiera comunicarme con ustedes, cómoquisiera que ustedes también hablen mi propio idiomay todos nos entendamos. Lamentablemente, no esasí. Van a disculparme. Tal vez, para los traductores

no voy a pronunciarme bien, porque no es mi idiomamadre, pero qué vamos a hacer.

Miren, hermanos y hermanas, los pueblosindígenas, las naciones originarias, los hombres ymujeres quienes vivimos en el ayllu, la comunidad,hemos iniciado hace bastante tiempo un desafío.Quizás no un desafío, sino un derecho, un derechoque en algún momento casi hemos perdido. Y nosotrosnos hemos lanzado a lo que es la reconstitución.

Qué significa la reconstitución —no constitución,sino reconstitución—, quiere decir que algo existíaen un tiempo pasado, que algo ya había, hermanasy hermanos, ¿verdad? Por eso, los pueblos indígenashablamos de la reconstitución. Hoy en Bolivia,felizmente, hemos avanzado bastante. Incluso tenemosquizá no un Ministerio de Reconstitución, pero sí unViceministerio de Descolonización, que significa lomismo. Para nosotros es un orgullo.

Hablamos de Justicia Indígena Originaria. Ahoranos toca hablar, esta noche, de la reconstitución dela Justicia Indígena Originaria Campesina, que paranosotros no es ninguna novedad. Pero,lamentablemente hablamos de reconstitución. ¿Porqué? Porque en aquellos años, cuando todavía lacolonización no llegó a nuestro país, este país hoy

Ministerio de Justicia

Ejercicio de laAdministración de JusticiaIndígena OriginariaCampesina

Tata Anselmo MartínezKuraj Kuraka, Consejo de Alyllus Originarios de Potosí (CAOP)

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llamado Bolivia y antes Qullasuyu, teníamos nuestrapropia estructura, nuestra propia forma de vida,nuestra propia organización, nuestros territoriosdefinidos en suyus, en jatun ayllus, en markas, yhasta los juch’uy ayllus, todo con su parcialidad, dearriba, de abajo. Ahora tenemos una parcialidad, laparcialidad de arriba, allí arriba está, y la parcialidadde de abajo, aquí abajo está. Así, por ejemplo —¿noes cierto?—, estábamos divididos, organizados. Perono solamente así, territorialmente, sino tambiénestructuralmente. En este caso, por ejemplo, nuestrajusticia estaba ahí, funcionaba la Justicia IndígenaOriginaria Campesina, nuestras autoridades, quienesadministraban su justicia. Eso era una realidad.

Pero cuando llegó la colonización en ese tiempo,también, de otra forma hemos vivido, quizá medioescondidos, quizá perseguidos… Incluso, en muchosde nuestros ayllus comunidades nuestras autoridadesoriginarias se convirtieron en servidores de loscolonizadores. ¿Verdad? Por eso, a veces, alguienescondió su chicote —que es la justicia, paranosotros— dentro de su puño, aquí abajo. Perosobrevivimos en los ayllus. También en la vidarepublicana, cuando la República, en 1825, se haconstituido —o se ha formado— en este territorioancestral otro Estado, también en ese tiempo hemosvivido, nuestras autoridades originarias, en los ayllus.En la parte de los aymaras, el Jach’a Mallku con suMama T’alla. ¿Verdad? De donde yo vengo no existenMallkus, sino los Jatun Kurakas, que significa lomismo, como el Mallku con su Mama T’alla, el JatunKuraka con su Mama T’alla, que administraba sujusticia. Pero ahí, sometido. Quizá no había un sustentojurídico que respaldaba cómo administraba su justicia,la parte de la justicia, de los diferentes problemasque existían, incluso delitos que se cometían dentrode este territorio indígena originario. Todo estabadefinido, y todo administrado, pero como escondido,como en la clandestinidad. Mientras, en ese tiempo,también en la vida republicana vino lo que es lajusticia ordinaria, que, a veces, a nuestra justicia nola valoraban. Pero hoy es otro tiempo, ¿verdad? Yseguimos. Pero ahora le estamos dando el sustentojurídico, la legalidad a nuestra justicia.

En algún tiempo, hermanas y hermanos, quisieronconfundir nuestra justicia indígena originaria de otraforma. Trataron de interpretarla de otra forma,relacionarla con la “justicia comunitaria”, que paranosotros no existe. A veces, a nombre de “justiciacomunitaria” linchan, apedrean, cuelgan… Eso noexiste en el ayllu, eso no es parte de la JusticiaIndígena Originaria Campesina. No es partedefinitivamente. Hay que resaltar… A veces, no hayque dejar… A veces, ¿de alguien, alguien tuvo queaprender también eso, esa forma de accionar? Perohay que analizar un poco. Nosotros, las autoridades,la gente del ayllu, la gente de las organizaciones, quehoy día, felizmente, las cinco confederaciones hemosestado juntos y estamos juntos queriendo caminar,entendemos que ahora estamos unidos, que ahoraestamos descubriendo quién traía esa clase dediscriminación, esa clase de interpretación, a nombrede “justicia comunitaria”, que para nosotros no eseso.

Hermanas y hermanos, en este tiempo, felizmente,estamos avanzando. Yo quiero saludar a la hermanaNilda Copa, que ha tenido esa valentía, como Ministra,de empezar a construir no solamente desde elMinisterio, sino a construir, reconstruir desde losmismos ayllus, compartir desde la misma comunidad,con las mismas organizaciones. Creo que eso esconstruir, creo que eso es reconstituir este Estadoque en algún momento hemos perdido, este Estadoplurinacional. Y lo estamos haciendo.

Hoy en día, en muchos ayllus, en muchascomunidades lo estamos sustentado, lo estamos…en quechua decimos “yapaykurisqayku,sut’inchaykurisqayku”, decimos, ¿no es cierto?, leestamos dando razón. Es lo que está también en laConstitución, porque la Constitución nosotros lahemos construido en base a eso, y ahora la estamosengranando. Pero la justicia indígena originaria noes como un lunar. Eso hay que concientizar bien.Quizá en algún momento alguien pueda pensar: “No,que la justicia indígena originaria se aplique en estaspartecitas nomás, y en estas partes, no”. La justiciaindígena originaria es integral. Cada suyu, cada

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

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Ministerio de Justicia

nación, cada pueblo tiene [su justicia]. Eso es lo quese dice también la pluralidad. La justicia indígenaoriginaria no es, digamos, uniforme, no es igualita.Por ejemplo, nosotros, los de Qhara Qhara Suyu, deotra forma manejamos la justicia, como la manejanlos de Charcas, en la parte del Norte de Potosí. Deotra forma manejan, también, los de la parte de LaPaz, los pacajes, los killacas, los carangas, de otraforma manejan la justicia. Eso significa la pluralidad,diverso. No es igualita, como la justicia ordinaria.Ni siquiera en una nación, de un ayllu a otro, esuniforme la justicia, también hay diferencias. Esoentendemos como Plura l i smo Jur íd ico .

Hace rato mencionaba que la justicia indígenaoriginaria no es discriminatoria, que no significatorturar, que no significa apedrear, definitivamenteno significa matar, no significa muerte, sino la justiciaindígena originaria campesina busca una soluciónpero de verdad, hermanas y hermanos, de verdad.

¿Qué quiero decir con esto?, ¿cuál es la diferencia?Seguramente hay muchos Jueces y Fiscales… Yotuve la oportunidad de compartir en Sucre con mishermanos Fiscales, Jueces… A veces, de otra formase administra la justicia. Los que tienen conflictosentran por una puerta y salen, ambos, por otras puertas,con actas, con sanciones. ¿Cuál es la diferencia conla justicia indígena originaria? Por más que loshermanos en conflicto entren por dos puertas, salenpor una sola puerta, abrazados, con todo arreglado,resuelto el conflicto, sin actas de sanciones, de montos,porque es oral. Y además, ni siquiera es oral nomás,sino que es espiritual, ritual… La justicia indígenaoriginaria campesina está relacionada con laPachamama, con el medio ambiente, con el más allá,con el Kay Pacha, Ukhu Pacha, Alax Pacha, con esoestá relacionada, con los seres tutelares. Nosotros losquechuas decimos “Wak’asninchij kajkunawanrelacionasta justiciaja”. De esa forma está relacionadajusticia indígena originaria campesina, hermanos yhermanas. Entonces, eso lo bueno que hay queentender.

A veces manejamos la justicia queriéndola

formalizar. Pero formalizar la justicia no funciona,hermanos y hermanas. Por eso hoy en día, hermanosy hermanas, tenemos muchos más delincuentes enla calle, por eso hay inseguridad, porque la justiciano es ritual, no es complementaria. Nosotros, ñukaykujqhichuas qhajkunakanayku, a veces cárceles kajkunaruwanchij chay instancia kananpaj astawanformakunankupaj delincuentes kajkunaj. Quiero decir,que a veces pensamos que estamos dando la solucióncon la justicia ordinaria, de llevar a los delincuentesa un lugar, a las cárceles, pero cuando regresan deallá los hacen más “profesionales”. Eso en la justiciaindígena originaria no funciona, se sanciona pero deuna forma más transparente, no económica, ¿no?Entonces, eso es lo que hay que complementar, hayque complementarnos, hermanos y hermanas.

Para la hermana Alta Comisionada de las NacionesUnidas: Yo me siento muy emocionado, de veras,porque en Bolivia nace un verdadero horizonte, comoquiera llamarse, como una luz que queremos encenderpara el mundo, es decir, transmitir hacia el mundoque en Bolivia también tenemos naciones originarias,organizaciones… Creemos también que en el restodel mundo hay pueblos indígenas originarios, igualque nosotros, que tienen también su justicia indígenaoriginaria, que cada pueblo tiene su justicia. Y creemosque cuando un pueblo está relacionado con la Pacha,siempre piensa más allá, más profundamente, piensaen el bien vivir, en el Sumaj Kawsay.

Por eso, yo me siento orgulloso, como KurajKuraka, como regional del CONAMAQ. Y creo queesto hay que transmitir: La justicia indígena originariacampesina es complementaria. Y hay que dar vidaen cada ayllu, en cada comunidad, en cada puebloindígena, funciona esto. Y no solamente funciona,también se complementa. En aquellas comunidadesdonde existen nuestros hermanos de los sindicatostienen su Secretario de Conflictos, que loscomplementan. Y es complementario entre qharis ywarmis se maneja la justicia, hermanos, entre elhombre y la mujer.

Entonces, esto quería compartir, hermanos y

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Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

hermanas. Yo quisiera saludar y saludo a ustedesdesde aquí, desde lo hondo de mi corazón. Y quierosaludar a la hermana Ministra. Y quisiera mandarmediante la representante, la Alta Comisionada delas Naciones Unidas para los Derechos Humanos,un saludo y lo que estamos haciendo en Bolivia, quesignifica para nosotros un orgullo. ¡Jallalla hermanos!

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Señoras Ministras del Órgano Ejecutivo, Dra.Nardi Suxo y Sra. Nilda Copa, Tata AnselmoMartínez, Kuraj Mallku del Consejo de AyllusOriginarios de Potosí, Sra. Pillay, Alta Comisionadade las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,distinguidas autoridades que nos honran con supresencia: A tiempo de expresar mi profundoagradecimiento por la gentil invitación con la que hesido honrado por parte de la Oficina del AltoComisionado de las Naciones Unidas para losDerechos Humanos, Bolivia, y a la vez, del Ministeriode Justicia del Estado Plurinacional, en mi calidadde Magistrado Vocero del Tribunal Constitucional,con la venia de todos Uds., tengo a bien referirme aeste tema de trascendental importancia.

A manera de introducción, cábeme mencionaralgunos apuntes que caracterizaron hasta hace muypoco a la administración de Justicia. No obstante elhaber ejercido durante muchos años como Juez deSentencia y también como Juez Instructor en materiapenal, con hidalguía, me veo impelido en reconocerque la Justicia Ordinaria se ha caracterizado por unmarcado descredito, quizás, el de mayor impacto, enlas fibras más intimas y más sensibles de la ciudadaníaboliviana, como es la justicia en el ámbito penal.Pero a la vez, hoy en el Tribunal Constitucional, mehallo comprometido con un nuevo paradigma que en

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Dr. Ernesto Félix MurMagistrado Titular del Tribunal Constitucional de Bolivia

este ámbito judicial trae consigo la nueva ConstituciónPolítica del Estado. De ese razonamiento correspondecuestionar el respeto y garantía de los derechoshumanos y el pluralismo jurídico planteado desde laóptica constitucional con algunos ribetes de laJurisprudencia.

Quizá uno de los males más lacerantes de laadministración de justicia es el rezago de causas. ElTribunal Constitucional no estaba al margen de ello.Y debo decirles que, al momento de hacernos cargode este alto tribunal, causas pendientes de resolución,al 7 de Febrero del año 2009, totalizaban 3756, conun rezago de 4 años atrás, en amparos constitucionalesy en aveas corpus —hoy acción de libertad— delaño 2007. Y ninguna, ninguna justicia podrá preciarsede justa, si acaso no es oportuna.

Y uno de los temas trascendentales, cuandohablamos de los derechos humanos, es el derecho deacceso a la justicia, un derecho que —reitero—altener semejante rezago prácticamente no llega aconformar de ninguna manera la expectativa de lapoblación boliviana. La naturaleza de los bienesjurídicos y los intereses que se discuten ante losórganos jurisdiccionales —como la libertad, elpatrimonio, las relaciones de los individuos entre síy de éstos con el Estado— conllevan un margen de

Respeto y garantía de losderechos humanos y elpluralismo jurídico

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incertidumbre sobre su tratamiento, que se veincrementado ante la probabilidad de que losoperadores del sistema empleen inadecuadamentesus atribuciones y facultades, afectando, sobre todo,a los sectores más desprotegidos o excluidos, a losmás pobres y los más humildes, y en su caso, inclusive,a los intereses del Estado. Porque para nadie, también,es un asombro conocer que en muchísimos pleitos—si podemos llamarlos pleitos o conflictos deintereses— el Estado era el gran perdedor. Situaciónacentuada hasta ayer por la falta de suficientesgarantías para una actuación transparente, que hoyse perfila diferente por la promulgación de nuevasleyes que apuntan a desmoronar esas viejas estructurasde obstrucción que aprisionaban la equidad y lajusticia.

Los ciudadanos, llevados por un interéspatrimonial, por evitar una sanción penal, o lograrque se declare un derecho a su favor, tentados deactuar en forma tal de asegurar un resultado que noafecte a sus intereses, si saben que no les traeráconsecuencia, lo harán, sin importar si con ello seven involucrados en un acto ilícito. He ahí la grantarea del nuevo o de los nuevos órganos deadministración de justicia, el Tribunal Supremo, losTribunales Departamentales, los Jueces Ordinariosy, por supuesto, el Tribunal ConstitucionalPlurinacional.

Esta apreciación de cómo se concebía la justicia,sin embargo, no es nueva ni particular de undeterminado país. Uno de los más grandesversificadores de la lengua española, José Hernández,el cantor de la pampa argentina, hace referencia alrespecto en su famosa obra Martin Fierro. A lapregunta ¿qué es la ley?, su personaje responde: “Laley se hace para todos, mas sólo al pobre le rige; laley es tela de araña. En mi ignorancia lo explico: nola tema el hombre rico, nunca la tema el que mande,pues la ruempe el bicho grande, y sólo enrieda a loschicos.” Este anquilosado sistema en nuestros países,como señala Luis Paulino Mora, lamentablementeobedece a la organización judicial heredada de lacorona. Por eso nuestro propósito de descolonizar la

justicia. Decíamos, heredada de la corona, con uncontenido marcadamente inquisitivo, que daba lugara una justicia selectiva, jerarquizada, escriturada,delegada, envolvente en litigios tediosos einterminables, llena de recursos e impugnaciones portodo y por nada, partes disminuidas sin posibilidadesde ser escuchadas por el juez. “¡Usted va a hablarsólo a través de su abogado, cállese la boca!” Unsistema, en síntesis, para garantizar el ejercicio delpoder y, así, el mantenimiento de esa organizaciónautoritaria, conservadora, lejana, no comprometidacon el conflicto social, lenta, ineficiente e ineficaz,no transparente. Que, además, desconocía ydesvalorizaba un otro sistema, propio, ancestral,consuetudinario, de solución alternativa eficaz yoportuna, que no es escrito y [que], no obstante, porsiglos pervive en las comunidades y pueblos indígenasoriginarios campesinos de nuestra América.

El reconocerla y aceptarla abarcó ya un tiempoque se inicia con las reformas constitucionales ennuestros países, que se perfilan en la última décadadel pasado siglo. Legislaciones que englobancuestionamientos relativos al derecho de propiedad,de la tierra y territorio, al uso del idioma propio, a laeducación y a la cultura, a la autonomía y alautogobierno, a la afirmación del derecho propioconsuetudinario. El nuevo constitucionalismopluralista, que destaca el reconocimiento de lospueblos indígenas como sujetos políticos y no sólocomo objeto de políticas que dictan otros, implicaun cambio diametral en nuestro país, que lo proponela Nueva Constitución Política del Estado, partiendodesde esa concepción básica que la conocemos comoel estado de derecho, no concebido como un fin ensí mismo, sino razonado como un instrumento parala realización de fines, de aspiraciones y objetivosde una determinada sociedad que comprende, además,que la idea, que tampoco la actividad estatal sejustifica con el designio de cumplir la ley por la ley.Porque la ley sólo es ley cuando surge del pueblo ypara el pueblo, en la efectiva incorporación de loselementos de justicia social, para transformar elEstado en un verdadero promotor del bienestar común,con un alto contenido social y democrático, capaz

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de crear condiciones mínimas educacionales ylaborales, que consolide derechos económicos ysociales y culturales y que, a su vez, afiancen derechosindividuales y colectivos, en un marco de dignidaddel ser humano, para alcanzar el verdadero desarrollobasado en la autonomía, la solidaridad y lacomplementariedad, que se trasluce en el “Para vivirbien”, que no es sino el vivir o el convivir dignamente.

La vigencia de la Constitución Política del Estadodetermina una nueva concepción del EstadoPlurinacional multiétnico e intercultural, que no sóloreconoce la diversidad de las distintas naciones queconforman nuestro país, sino que se sustenta en ellas,en su diversidad, como eje central de unidad, poniendode manifiesto la necesidad y el anhelo de convivirde acuerdo a sus propias normas, y aplicarlas conformea sus costumbres ancestrales, plasmadas, hoy porhoy, en el reconocimiento expreso de la jurisdicciónindígena originaria campesina que goza de igualjerarquía que la jurisdicción ordinaria, dando lugara una nueva realidad del Estado Plurinacional: laaplicación del pluralismo jurídico. Indudablemente,la tarea de delimitar el alcance de una jurisdicciónrespecto a la otra es, sin duda, una tarea por demásdelicada, y hasta complicada, pues [se] debe encontrarun punto de equilibrio y compatibilidad entre ambas,correspondiendo a la Asamblea LegislativaPlurinacional determinar esos límites, desechandocualquier conflicto de inter-legalidad. Pero tambiéncorresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacionaldirimir los conflictos que se presentasen entre estasdos jurisdicciones. Corresponderá también a lostribunales de garantías que —diseminados a lo largoy ancho del país— deberán resolver estas vicisitudes.

Y valdrá la pena recordar que para ser Juez esnecesario, es imprescindible —me refiero al juezordinario—, es imprescindible tener un conocimientovasto del ámbito jurídico, de la ley, de la doctrina y[de] la jurisprudencia. Pero no es solamente eso, sinoque es indispensable un alto grado de sensibilidadsocial, un conocimiento de la realidad y un convivircon la parte, porque solamente es juez aquél que sepone en los zapatos o en las abarcas del otro.

La sujeción a la Constitución Política del Estadoy el respeto a los derechos humanos debe ser,claramente, el margen y medida de cada uno de lossistemas jurídicos descritos, pues, ambasjurisdicciones deberán observar principios y valoresde carácter universal traducidos en normas positivaso consuetudinarias que respeten los derechos ygarantías fundamentales de todas las personas.Siempre como sujetos. Así el derecho individual ycolectivo a la propia identidad, al pluralismo jurídico—como vínculo que lo liga a una nación o a unpueblo indígena originario campesino.

Diversidad cultural, nuevo constitucionalismo ypluralismo jurídico. Las diferencias antropológicas,sociologías, históricas, psicológicas, culturales,lingüísticas, etc., que identifican y, a su vez,diferencian a un grupo social de otro, son el sustentode lo que conocemos hoy como diversidad cultural.Éste es, sin duda, un elemento característico de lasnaciones que componen no sólo nuestro país sinonuestra América. En tiempos recientes asistimos auna nueva etapa del Derecho Constitucional, en elque se ha incrementado el catálogo de derechosfundamentales, en algunos casos, se los ha clasificadode acuerdo a diferentes criterios, y lo más importante,se han fortalecido los mecanismos e instituciones dedefensa de esos derechos. Y es la constituciónboliviana la abanderada de los pueblos de América,que autoproclama un avanzado catálogo de derechosde las naciones y pueblos indígenas originarioscampesinos, establecidos en el marco de la unidaddel Estado. Entre ellos se destacan [el derecho] aexistir libremente, sin restricción de ninguna índole,a su identidad cultural, creencia religiosaespiritualidades, prácticas y costumbres y a su propiacosmovisión, a la libre determinación y a laterritorialidad, a que sus instituciones sean parte dela estructura general del Estado, a una educaciónintracultural, intercultural y plurilingüe en todo elsistema educativo, y esto es lo importante, al ejerciciode sus temas políticos, jurídicos y económicos, acordea su cosmovisión, en resumen, la potestad de construirsu propia realidad en el ámbito del Estadoplurinacional.

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El reconocimiento constitucional de la capacidadde estas comunidades indígena originaria campesina[s]de dotarse de sus propias normas y administrarlas deacuerdo a sus usos y costumbres instituye el pluralismojurídico, es decir la coexistencia de diversos órdenesnormativos —en términos de igualdad, equidad y dejusticia— establecidos en nuestra ley fundamental.Ese derecho configura sistemas jurídicos diferentes,pero desde una perspectiva histórica y tambiéncomparada, en la medida que el concepto de ‘derecho’utilizado no identifique derecho con Estado, comolo hace el monismo jurídico, sino [como lo hace] elpluralismo jurídico, en una perspectiva teórica, quepermite reconocer la coexistencia de estos diversossistemas jurídicos en un mismo espacio geopolítico,coexistencia que se materializa a través de un nuevoproyecto intercultural y democrático enfocado atransformar las relaciones, estructuras e instituciones,para que la sociedad en su conjunto apertureposibilidades y desafíos de los derechos colectivosy la efectividad de la justicia indígena originariocampesina, en el entendido [de] que su sola inclusiónen el texto constitucional no será suficiente.

La jurisprudencia consti tucional y elreconocimiento del pluralismo jurídico. Hemosmanifestado que la tarea que va a corresponder a laAsamblea Legislativa Plurinacional será importantea cuanto se refiera a la norma de deslinde de ambasjurisdicciones. Pero también será importante que cadauno de nosotros haga consciencia de la trascendentalmisión que tenemos en cada lugar en el que nosencontramos para hacer que este abrazo dejurisdicciones se torne en un abrazo de la realidadboliviana, para que nosotros los abogados no nosolvidemos que, así como el médico está ligado a laenfermedad, nosotros estamos ligados al conflicto,pero no para ser parte del conflicto, sino más bienpara ser parte de la solución. Ya la SentenciaConstitucional 295/2003 hacía referencia a estadiversidad cultural que determina la apertura de unajusticia distinta a la ordinaria. Y esa sentencia decía:“Las normas de conducta y desenvolvimiento del serhumano en comunidad son producidas por valoresculturales provenientes de diferentes campos de

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acción humana, económica, política, social, religiosa;son la fuente del derecho propiamente dicho y, comoprincipio del concepto de justicia, sólo pueden serdefinidas por la cultura y no en forma trascendenteo absoluta. Lo jurídico está cultural e históricamentedefinido”. Otra parte de esta sentencia decía: “Lasnormas y reglas del derecho consuetudinario sonentendibles, conocidas y aceptadas por todos loscomunarios”. Debe deducirse que si una personaexterna ingresa al sistema y régimen de la vida encomunidad, debe adoptar también como suyas talesnormas. Las autoridades de administración de justiciason elegidas y controladas democráticamente por labase social, poseen un prestigio y una legitimidadmuy grande. No existe un grupo o sector deespecialistas encargados de administrar justicia. Losancianos son la excepción, y tienen el rol de consejerosen algunos casos especiales. La responsabilidad deadministración de justicia recae en las autoridadeselegidas o de turno, aunque todos tienen, también, elderecho y el deber de intervenir cuando es necesario,de acuerdo a los casos e instancias en las que seencuentra el proceso. También en la SentenciaConstitucional 243/2010, ya emanada por el actualTribunal Constitucional, puntualizamos: “Tanto lajurisdicción Indígena Originaria Campesina como laOrdinaria están controladas por la justiciaconstitucional y en definitiva por el TribunalConstitucional Plurinacional, órgano que debecontrolar el respeto a los derechos y garantíasfundamentales en ambas jurisdicciones, considerandolos principios generales de la potestad de impartirjusticia, previstos en el artículo 178 de la ConstituciónPolítica del Estado, entre ellos el pluralismo jurídicoe intercultural”. Otro aspecto importante es el querecae en el Tribunal Constitucional Plurinacional, decumplir ese rol dirimidor entre ambas jurisdicciones.La sentencia continua diciendo: “Conforme a ello,el Tribunal Constitucional Plurinacional se convierteen el órgano esencial para la consolidación delpluralismo y la interculturalidad en Bolivia”. De ahíderiva la necesidad de su conformación plural que,en cierta medida, garantizará el diálogo entre culturas,para permitir que las diferentes atribuciones deltribunal sean ejercidas en el marco de los principios

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antes anotados, lográndose bases, principios yconsensos mínimos en el Estado plurinacional, quesustenten una convivencia armónica entre lasdiferentes culturas. En ese entendido, será esa baseprincipista la que informará las normas indígenas yno indígenas, y por lo mismo ambas estaránrecíprocamente influidas y enriquecidas por el diálogointercultural. En parte saliente, continúa la sentencia:“Cabe añadir que el Tribunal ConstitucionalPlurinacional también consolidará el pluralismojurídico estableciendo los límites de la jurisdicciónordinaria y de la indígena originaria campesina, pues,entre de sus atribuciones, tiene que conocer y resolverlos conflictos de competencias entre estasjurisdicciones”. El desafío, por tanto, es lograr que—basados en el principio de interculturalidad— selogre un sustrato mínimo común buscándose la unidaden la diversidad, pues la existencia de un pluralismojurídico no puede ser considerada como unadesorganización axiológica, social y jurídica. El retodel pluralismo jurídico es permitir un diálogo entrela noción de unidad y de la diversidad, de tal modoque se garantice, a la vez, la aplicación de los derechoshumanos —noción universal— y el de los derechosconsuetudinarios de los grupos culturales —nociónparticularista. Éste es un texto extraído de MolinaRivero.

Hay tantas cosas que todavía se podrían decir eneste evento, pero considero que una de lasparticularidades, también, es no abusar de vuestrotiempo. Por ello, a manera de conclusiones, mepermito decir: Podemos citar que el reconocimientode los derechos de los pueblos indígenas es, sin lugara dudas, un gran avance en la cultura jurídica ydemocrática de nuestro país. Ello conlleva, sinembargo, una gran responsabilidad para el Estado,pues el solo reconocimiento de su existencia y losderechos que les asisten son meras declaraciones queredundan en el espacio, si acaso no se plasman enuna realidad pronta y efectiva. El verdadero aportea la construcción de una nueva nación que reconocesu pluralismo y su diversidad debe ser lamaterialización de los derechos en el plano subjetivoy/o colectivo. El reconocimiento de las jurisdicciones

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ordinarias y, paralelamente, de las de tipo indígenaoriginario campesino constituye, también, un granavance en la consolidación de los derechos humanos,pues permite que los miembros que determinan lacomunidad del pueblo indígena originario campesinosean juzgados de acuerdo a sus propias costumbresancestrales. No obstante, y el elemento imprescindiblepara cualquier análisis debe ser el límite del ejerciciode la jurisdicción ordinaria y de la jurisdicciónindígena originario campesina. Dicho límite seencuentra, precisamente, en los principios, valoresy normas previstos en la Constitución Política delEstado, que en todos los casos y sin distinción debeprecautelar la aplicación efectiva de los derechosfundamentales de todas y todos los bolivianos sindistinción. Muchísimas gracias.

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Muy buenas noches a todos y todas. Un saludocordial a la Alta Comisionada. Y quiero pedir anombre del Vicepresidente del Estado Plurinacionaldisculpas por no estar presente aquí. Él está en estemomento todavía en una reunión con los compañeroscooperativistas mineros, con quienes estácompartiendo un Proyecto de Ley que tiene que vercon el derecho a las pensiones.

Quiero saludar cordialmente a todos los presentes,especialmente a los Activistas de Derechos Humanos,que están presentes aquí, a los compañeros y amigosdel Órgano Jurisdiccional, a los representantes de laDefensoría del Pueblo, a los representantes deNaciones Unidas, a los representantes de la Policíanacional —una institución muy importante para eldesarrollo de todo el proceso de cambio— y, porsupuesto, a la Ministra de Justicia quien —como lodecía aquí el compañero, Tata Anselmo— ha llevadocon mucha valentía, pero además, con muchoconocimiento, desde sus comunidades, la discusiónsobre el Pluralismo Jurídico, y también al Dr.representante del Tribunal Constitucional, porsupuesto, al Tata Anselmo, de quien yo creo quemuchos y muchas debiéramos aprender mucho de susabiduría, de la sabiduría de los compañeros hermanosde las comunidades, de las autoridades indígenas queestán aquí presentes.

Pluralismo Jurídico en el Estado Plurinacional de Bolivia

El día de hoy hemos escuchado temas muyimportantes, temas que nos llegan a todas lasbolivianas y bolivianos. Sobre todo cuando hablamosde una Constitución que ha sido aprobada con másdel 62% de los votos de los bolivianos y bolivianas.una Constitución que ha tenido un alto costo para losconstituyentes y las constituyentes, ya que aquelloscompañeros, hermanos y hermanas, que han defendidola dignidad, la igualdad, la inclusión, en muchasocasiones se han visto perseguidos, amedrentados,hasta golpeados físicamente. Sin embargo, hoy endía tenemos una Constitución Política del Estado querecoge y respeta, y además toma en cuenta, todos losderechos humanos que están en la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos.

Esperemos que, como bien lo ha dicho la AltaComisionada de los derechos humanos, los mediosde comunicación ayuden, coadyuven a que se difunda,a que se tome en cuenta el pluralismo jurídico, queno desorienten, que no desinformen, sino todo locontrario. Yo creo, mirando, sobre todo, lo que hasucedido con el tema de la justicia hasta el día dehoy, que tenemos que dar, por supuesto, una relevanciae importancia que se merece a la Justicia Comunitaria,que muchas veces, como lo ha dicho el Tata Anselmo,está tratando de ser totalmente desfigurada, pensandoque tiene un parangón con lo que significan los

Sra. Nardi SuxoMinistra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la

Corrupción

La importancia delpluralismo jurídico en larefundación del EstadoPlurinacional boliviano

Clausura

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linchamientos y otras acciones que son más biendelincuenciales.

Tenemos que decir —como también lo ha dichoaquí la representante de las Naciones Unidas— quetodas las soluciones son posibles: cuando haytolerancia, hay respeto. Y sobre todo se trabaja en lainclusión y la igualdad. Bolivia está trabajando paraello a través de todas sus instituciones. Tenemos unaAsamblea Plurinacional que ha recogido todo lo quedice la Constitución y [la] está plasmando en leyesque están esperando ser aplicadas por todos y portodas.

Hay un tema al que hacía referencia el TataAnselmo, sobre el tema del idioma. A nosotrostambién nos hubiera gustado mucho poder tener unrelacionamiento más directo con la Alta Comisionada.Hubiera sido importante para cada una y para cadauno de nosotros tener un relacionamiento en nuestrapropia lengua. Porque es posible que en algunoscasos en la traducción no se lleve adelante, no seinterprete y no se exprese lo que realmente queremosdecir. Es posible que haya algún tipo de deformaciónen la interpretación. Pero esperamos que con la visitaque ha tenido la Alta Comisionada en estos cincodías, donde ha estado en las comunidades, donde haestado en un contacto directo con diferentes sectoresde la sociedad boliviana, donde ha estadocompartiendo, entre otras cosas, un homenaje a TupakKatari, pueda ella llevarse una idea, sobre todo,mucho más real de lo que siente el pueblo boliviano.

Estamos seguros y seguras de que la visita quenos hace en esta semana la Alta Comisionada va atener repercusiones importantes. Por supuesto quevamos a tener en cuenta todos los consejos que ellanos ha dado. Vamos a hacer, también, un seguimientoa todo aquello que se vaya manifestando desde laOficina del Alto Comisionado para trabajar, siemprea favor de los bolivianos y bolivianas.

La complementariedad y el respeto al pluralismojurídico, para dar cumplimiento a nuestra CartaMagna, deberá ser llevada a cabo por los operadoresde justicia, pero también por nuestras autoridades

originarias y campesinas. Estamos seguros y segurasde que los bolivianos y bolivianas, a través del diálogo,siempre nos vamos a entender y siempre vamos aencontrar soluciones que nos lleven a vivir bien.Muchas gracias.