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Conferencia Gestión de la Calidad de la Justicia del Dr. Gustavo Jalkh en la Universidad Central del Ecuador Quito, 19 de noviembre de 2014 Muy buenas tardes con todos y con todas. Doctor Nelson Rodríguez, vicerrector académico de la Universidad Central del Ecuador; estimado doctor Patricio Sánchez, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central; compañeros vocales del Consejo de la Judicatura, doctora Tania Arias, nos acompaña esta tarde. Señores decanos de la facultades de la Universidad Central que nos acompañan, docentes, estudiantes de Derecho de la Universidad Central del Ecuador, señoras y señores representantes de los medios de comunicación, ciudadanas y ciudadanos. Es un real orgullo estar aquí en la Universidad Central del Ecuador, para compartir un espacio académico con ustedes, profesores, docentes, estudiantes universitarios. Somos fundamentalmente académicos, provenimos de la universidad, de la academia, estamos en funciones transitorias de servicio público, como ciudadanos seguimos actuando y seguimos pensando en estas funciones públicas, insisto transitorias, desde las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas. Esta es una ocasión única que tenemos, para llevar a cabo una serie de sueños que acunamos desde las aulas universitarias, que se traducen fundamentalmente en el deseo de que todos los ciudadanos y ciudadanas del país, en todos los rincones del país, tengamos un servicio de justicia accesible, efectivo y transparente. La vida ha sido generosa con nosotros y nos ha dado la oportunidad de poder implementar políticas públicas que siempre anhelamos desde las aulas universitarias. Es un honor estar en este histórico paraninfo de la Universidad Central del Ecuador, paraninfo Che Guevara, que lleva el nombre de este ilustre revolucionario que es un ejemplo no solo para la juventud, para todos los que nos sentimos ciudadanos, que sabemos que esa frase del Che Guevara debe ser traducida en acciones: “Mientas haya una injusticia en el mundo, todos nos debemos sentir parte de la lucha por la justicia”. Esa es una frase que a nosotros nos inspira, nos inspira día a día. Así que estar aquí es realmente un honor que no podíamos dejar pasar y que agradecemos a la Universidad, al señor decano, por esta invitación que inmediatamente aceptamos para compartir con ustedes, estas reflexiones académicas, pero también de política pública, porque la academia debe ser, sin duda, el centro de la reflexión, de innovación, de búsqueda de nuevas ideas y que debe a su vez exigir, si es necesario, las políticas públicas que traduzcan estos conocimientos y esa ciencia que se genera en las aulas para beneficio de la sociedad.

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Conferencia Gestión de la Calidad de la Justicia del Dr. Gustavo Jalkh en la Universidad Central del Ecuador

Quito, 19 de noviembre de 2014 Muy buenas tardes con todos y con todas. Doctor Nelson Rodríguez, vicerrector académico de la Universidad Central del Ecuador; estimado doctor Patricio Sánchez, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central; compañeros vocales del Consejo de la Judicatura, doctora Tania Arias, nos acompaña esta tarde. Señores decanos de la facultades de la Universidad Central que nos acompañan, docentes, estudiantes de Derecho de la Universidad Central del Ecuador, señoras y señores representantes de los medios de comunicación, ciudadanas y ciudadanos. Es un real orgullo estar aquí en la Universidad Central del Ecuador, para compartir un espacio académico con ustedes, profesores, docentes, estudiantes universitarios. Somos fundamentalmente académicos, provenimos de la universidad, de la academia, estamos en funciones transitorias de servicio público, como ciudadanos seguimos actuando y seguimos pensando en estas funciones públicas, insisto transitorias, desde las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas. Esta es una ocasión única que tenemos, para llevar a cabo una serie de sueños que acunamos desde las aulas universitarias, que se traducen fundamentalmente en el deseo de que todos los ciudadanos y ciudadanas del país, en todos los rincones del país, tengamos un servicio de justicia accesible, efectivo y transparente. La vida ha sido generosa con nosotros y nos ha dado la oportunidad de poder implementar políticas públicas que siempre anhelamos desde las aulas universitarias. Es un honor estar en este histórico paraninfo de la Universidad Central del Ecuador, paraninfo Che Guevara, que lleva el nombre de este ilustre revolucionario que es un ejemplo no solo para la juventud, para todos los que nos sentimos ciudadanos, que sabemos que esa frase del Che Guevara debe ser traducida en acciones: “Mientas haya una injusticia en el mundo, todos nos debemos sentir parte de la lucha por la justicia”. Esa es una frase que a nosotros nos inspira, nos inspira día a día. Así que estar aquí es realmente un honor que no podíamos dejar pasar y que agradecemos a la Universidad, al señor decano, por esta invitación que inmediatamente aceptamos para compartir con ustedes, estas reflexiones académicas, pero también de política pública, porque la academia debe ser, sin duda, el centro de la reflexión, de innovación, de búsqueda de nuevas ideas y que debe a su vez exigir, si es necesario, las políticas públicas que traduzcan estos conocimientos y esa ciencia que se genera en las aulas para beneficio de la sociedad.

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Por eso hemos titulado a esta conferencia Gestión de la calidad en la justicia. Porque es importante que todos los conceptos jurídicos y académicos, luego se puedan traducir en acciones concretas y sensibles de beneficio para los ciudadanos y ciudadanas. Tenemos muchos temas que compartir con ustedes, pero hemos preparado una síntesis que aborda integralmente las diferentes acciones que estamos desarrollando. Pero partamos, porque estamos en la academia, partamos de una reflexión, de una pregunta que nos invite justamente a constatar, cuál es la orientación que debe tener la política pública sobre la administración de justicia para que el Derecho, el Derecho Procesal, sea realmente lo que la Constitución ecuatoriana establece, que el proceso sea una vía para la realización de la justicia. Justicia que significa que los ciudadanos puedan tener tutela efectiva de sus derechos y resolver adecuadamente sus conflictos. Partimos de una pregunta: ¿La fórmula un conflicto es igual a un juicio, o a una o varias sentencias? ¿Siempre esta fórmula debe aplicarse de esta manera? ¿Esto es sostenible en una sociedad? Es una pregunta quizás sencilla y quizás la repuesta caiga por su propio peso. Pero las respuestas a esta pregunta tienen luego que traducirse en unas políticas públicas concretas y prácticas en beneficio de los ciudadanos. El Derecho en sí mismo tampoco se justifica. El Derecho tiene una función social, garantizar la convivencia entre los seres humanos y no puede agotarse en sí mismo, tiene que representar beneficio para los ciudadanos y las instituciones igualmente. Un conflicto igual a un juicio, siempre, imposible. No hay sociedad que lo pueda sostener, ni número de jueces que puedan resolver todo aquello. Por lo tanto, esta pregunta significa también la diversificación del servicio de justicia. ¿Qué implica el acceso a la justicia? Implica fundamentalmente dos cosas: una acceder a un procedimiento judicial efectivo, tutela efectiva de los derechos a través de un procedimiento judicial efectivo, que sirva para algo, para que a las personas que van a las unidades judiciales se les pueda satisfacer un derecho específico. Y segundo, la posibilidad de resolver un conflicto de manera adecuada. Tutela de derechos y solución de conflictos. Para lograr estas dos cosas tenemos que poner en marcha, al menos, estas políticas públicas para que los códigos, los códigos de procedimiento, los adjetivos y los sustantivos luego se traduzcan en instituciones, insisto, que les sirvan a los ciudadanos. Habría, que por lo tanto, poner en marcha estas políticas públicas, al menos. Proporcionar más tutela al menor costo, diversificar las formas de solución de conflictos, procedimientos más efectivos, desjudicialización del sistema de solución de conflictos, superar la cultura del litigio y complementarla con la instauración de la

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cultura del diálogo para la solución de conflictos, incrementar la participación ciudadana en el sistema de solución de conflictos, implementar tecnología al servicio de la agilidad y de la transparencia. Este conjunto de políticas públicas nos podrían acercar a un mejor sistema de solución de conflictos y de tutela efectiva de los derechos de los ciudadanos. Frente a esto, siempre haya que ponerse en el lugar del ciudadano, de la ciudadana y de los usuarios a la hora de desarrollar una política pública. Desde esa perspectiva lo que el Consejo de la Judicatura realiza, lo hacemos inspirados desde políticas públicas de demanda, no de oferta de un servicio. Bien podrían algunos teóricos o quienes solo piensan en sus agendas personales, idear un sistema y ofrecerlo para satisfacer sus teorías particulares o sus agendas personales. Esas son las políticas públicas que se inspiran en los modelos de oferta. Nosotros nos inspiramos en los modelos de demanda, en los modelos de exigencia, lo que el ciudadano está esperando y necesita. Y desde esa perspectiva hay que identificar que barreras de acceso tienen los ciudadanos al sistema de justicia para resolver esos problemas de acceso que los ciudadanos puedan tener y de esa manera realmente cumplir con los objetivos que las normas jurídicas y las instituciones tienen, que es servir a los ciudadanos. Por lo tanto, desde esa perspectiva podemos identificar y clasificar las siguientes barreras de acceso al servicio de justicia que los ciudadanos pueden tener. Esta clasificación puede ser limitada, puede ser arbitraria, pues todas las clasificaciones son así. Los académicos usamos normalmente clasificaciones y se lo hace con un espíritu didáctico para simplificar la complejidad de la información que existe. Así que las clasificaciones siempre van a ser arbitrarias, podemos clasificar las cosas de una manera o de otra. Pero lo que toda clasificación, en una academia debe tener es una utilidad. Debe ser útil, porque siempre serán elaboradas desde una perspectiva específica de quien clasifica. Un sencillo y rápido ejemplo de esto de las clasificaciones, y lo digo porque esta clasificación va a estar rodeada y va a abundar en algunas clasificaciones, pero insisto estas deben ser siempre útiles para algo. Podemos clasificar, por ejemplo, a las serpientes las podemos clasificar desde varias perspectivas: una puede ser por el tamaño, las que tiene más de un metro, menos de un metro, más de cinco metros. Las podemos clasificar por su habitad, las serpientes que habitan en el desierto, en la amazonía, dependiendo del clima, etc. Podemos clasificar a las serpientes por si son venenosas o no venenosas. Todas pueden tener alguna finalidad, esas clasificaciones. Pero en algún momento determinado, cuando alguien es mordido por una serpiente, quizás de las clasificaciones que más utilidad pueda tener, no necesariamente es la de los tamaños, de los colores o del habitad, sino tal vez si es venenosa o no venenosa.

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Esto quiere decir que las clasificaciones sobre todo tienen que ser útiles para algo. Esta clasificación de entrada quiere buscar, sobre todo, la utilidad de identificar qué necesidades tienen los usuarios del sistema de justicia frente a lo que está ofreciendo el sistema de justicia. Al menos cinco barreras de acceso al servicio de justicia. Barreras económicas: es decir ciudadanos y ciudadanas que por su condición económica no pueden acceder a un sistema de administración de justicia efectivo, eficiente, por ejemplo, no pueden pagarse un abogado para cierto tipo de litigios. Pero también desde otra perspectiva, puede ser que sea un ciudadano de clase media que sí tiene ciertos recursos para pagarse un abogado, pero la condición de su conflicto no está atendida por lo que ofrece el sistema, por ejemplo, el ciudadano compra una licuadora en una tienda y esta licuadora no sirve; y luego el dueño de la tienda se niega a atender su pedido. Quizás el costo del litigio no merece la pena frente al valor de la licuadora. Por lo tanto, también se genera una barrera económica de acceso a un servicio, porque los costos del litigio terminan siendo más graves que el daño que ha recibido el ciudadano. Esto también significa una barrera de acceso al servicio de justicia. Por lo tanto, el sistema tiene que ofrecer condiciones para que eso que todos sabemos, que podemos solo una licuadora, solo una licuadora, es lo que el ciudadano tiene derecho a recibir en calidad. Por lo tanto, el sistema tiene que pensar las cosas desde todas estas perspectivas. Barreras culturales: aquí tenemos el tema tan importante y apasionante de la justicia indígena, por ejemplo. Un país diverso como el nuestro, donde también esa diversidad cultural tiene que ser atendida desde la perspectiva de la solución de conflictos que debe ser reconocida desde el Derecho Constitucional, Procesal y desde la perspectiva del servicio que se ofrece. Nuestra Constitución reconoce la justicia indígena, eso es un gran avance, reconoce el pluralismo jurídico, un gran avance democrático. Pero siempre, todo esto, debe desarrollarse bajo el mismo Derecho Constitucional, porque todos vivimos bajo un mismo Estado y existe el derecho a reconocer la diversidad cultural y no puede haber una barrera de acceso cultural al sistema, nada más y nada menos, que de justicia. Por lo tanto, tiene que reconocerse esa diversidad cultural, pero siempre bajo los mismos parámetros constitucionales, todo un tema a ser desarrollado. Barreras contra los grupos de atención prioritaria: esto es muy importante. Aquí la política pública tiene que desarrollar servicio de acceso efectivo al servicio de justicia, desde todas las perspectivas. Yo diría por un lado, incluso desde la comprensión de los derechos, pero también están los temas, por ejemplo, de infraestructura. Es decir, una sala de audiencias, una unidad judicial a la cual una persona con discapacidad física que no pueda acceder, es una forma de barrera de acceso a un servicio. No puedo acceder a un servicio de justicia porque la infraestructura no me permite

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físicamente acceder a ese servicio de justicia. O puedo acceder a esa audiencia, pero se trata de una persona con una discapacidad auditiva y no existe un traductor de lengua de señas que le pueda dar información directa de sus derechos y de lo que está ocurriendo en una sala de audiencias. Doy estos elementos que ejemplifican, que no son extremos, que ocurren todos los días, en lo que se grafica que estamos pensando en el usuario del sistema de justicia, hasta en esto detalles que no son detalles, que son fundamentales en lo que el sistema tiene que pensar para garantizar el acceso a la justicia de los ciudadanos y el servicio tiene que ofrecerse desde esa perspectiva. Barreras geográficas: juzgados dispersos, juzgados lejanos, algunas personas tienen que ir varias horas, algunos días de camino para llegar hasta una judicatura que pueda resolver su conflicto. El servicio tiene que ser cercano al ciudadano, no puede haber una barrera geográfica y también habrá que cuestionarse si podemos poner un juzgado en cada barrio para garantizar el acceso geográfico, y si existe un sistema sostenible económicamente en esa perspectiva, o habrá que diversificar, justamente, el servicio, para que llegue el servicio de justicia pero desde una perspectiva diferente, variada, diversa, que garantice el acceso al servicio de justicia rompiendo las barreras de acceso geográficas. Y las barreras de efectividad: muy importante que evaluemos permanentemente la efectividad del servicio que de pronto ya es rápido, que de pronto ya es cercano, que ya no tengo una barrera económica, pero que llego incluso a sentencia y rápidamente, pero esa sentencia no la puedo ejecutar. Esa sentencia, finalmente, me queda como el buen recuerdo de que gané el juicio pero nunca pude hacer efectivo el derecho que me ha garantizado esta sentencia, porque el sistema procesal o institucional no me garantiza la ejecución de esa sentencia. Esto es un aspecto trascendental que no podemos perder de vista desde la academia y desde la política pública, porque el Derecho, insisto, no es una teoría que simplemente se justifica en sí mismo, tiene que ser tutela efectiva de derechos. Y ha pasado que muchas sentencias que luego de años que han costado finalmente alcanzar no se pueden ejecutar. O finalmente aparece una nulidad en casación o en recurso extraordinario que hace que después de cuatro años de litigio vuelva a cero, porque apareció una nulidad insubsanable y que implica volver a fojas cero, en muchas ocasiones. Todo esto lo tiene que resolver un sistema procesal efectivo, una vez más pensando en el usuario final del sistema que son todos los ciudadanos y ciudadanas. Esta clasificación insisto, puede ser que no incluya algún fenómeno particular, con sus matices le podríamos incluir en cualquiera de estas barreras de acceso que pueden tener nuestros ciudadanos. Un aspecto conceptual muy importante que no quiero dejar pasar en este ámbito académico, es otra clasificación que es cómo se resuelven los problemas, cómo se

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enfrentan los conflictos, bajo que parámetros y cómo lo hacen las sociedades eficientes y cómo lo hacen las sociedades ineficientes para la tutela de los derechos de los ciudadanos, para la solución de sus conflictos. Tres conceptos inspiran las diferentes formas que tenemos en las sociedades para resolver los problemas o para precautelar los derechos de los ciudadanos y ciudadanas. Esos tres conceptos son el poder, el derecho y las necesidades de las personas. Bajo esos tres parámetros se puede abordar el problema de la solución de conflictos en una sociedad. Y hay sociedades que lo hacen más eficientemente y otras que lo hacen más ineficientemente. Y más eficientemente significa con la menor cantidad de recursos, usando la menor cantidad de recursos, en el menor tiempo y con la mayor efectividad en la solución efectiva de ese problema, de ese conflicto. Y las otras lo hacen de una manera, usan mucho tiempo, muchos recursos o si usan poco tiempo y pocos recursos, finalmente, no resuelven el conflicto, sino que lo dejan vivo y por lo tanto resulta absolutamente ineficiente, por más poco tiempo que hayan usado en la solución de un problema, la solución es absolutamente ineficiente. Las sociedades ineficientes resuelven sus conflictos en una mayor cantidad de ocasiones a través del uso del poder, es decir de la arbitrariedad o del uso de una fuerza específica para imponer una solución. Incluso lo pueden hacer muy eficientemente desde la perspectiva del tiempo, se imponen rápidamente pero no necesariamente resolvieron el conflicto, por lo tanto el conflicto sigue latente, se posterga, resurgirá más adelante, no ha sido eficiente la solución del conflicto. Algunos conflictos terminan siendo resueltos a través del Derecho o aparentemente a través de un derecho o de una administración de justicia, pero que quizás la calidad de esa sentencias sea tal, que terminan siendo arbitrarias. Terminan por lo tanto, estando en el margen de soluciones a través del poder, porque por ejemplo, una sentencia no motivada correctamente es una sentencia arbitraria, no es una sentencia jurídica basada en Derecho, está basada en el poder, en el poder de alguien, en el poder económico, político o en los intereses propios de quien administró justicia, no en la del Derecho específicamente. Y muy pocos conflictos en esas sociedades se resuelven a través del diálogo, a través de la mediación, de la conciliación, de la justicia de paz, muy pocos. Se resuelven sí, algunos pero muy pocos. Las sociedades eficientes son exactamente al revés. La mayor cantidad de conflictos se resuelven a través de la mediación, a través del diálogo, a través de la satisfacción de las necesidades de las personas que se encuentran en conflicto. Y lo que no se logra a través de aquello, entonces pasa a un sistema jurídico descongestionado, rápido, no costoso, cercano al ciudadano, aplicando del Derecho públicamente, de manera transparente y resolviendo los conflictos. Y siempre, en una situación de crisis puede haber la necesidad de que el poder legítimo resuelva una situación crítica, por ejemplo en un estado de excepción, y

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pueden haber soluciones basadas en el poder. Poder limitado en el Derecho, basado en el Derecho y que además, luego de pasada la crisis y el estado de excepción le rinde cuenta al Derecho. Esas son las sociedades eficientes, esas son las sociedades que debemos construir, las instituciones que debemos construir para que haya mayor acceso a la justicia, efectivo y que también tengamos una sociedad eficiente que lo resuelva rápido y que lo resuelva al menor costo. Dicho esto, debemos ver lo que estamos haciendo para construir ese tipo de sociedad en las responsabilidades que tenemos nosotros. Recordemos nuestras Constitución y lo que establece como competencias y estructura de la Función Judicial ecuatoriana y cuáles son las competencias del Consejo de la Judicatura. En nuestra Constitución se establece que el órgano de gobierno y administración de la Función Judicial es el Consejo de la Judicatura, que además tiene un nivel desconcentrado y una presencia en cada una de las provincias del país. A nivel jurisdiccional tenemos a la Corte Nacional, las cortes provinciales, los tribunales, juzgados y jueces de paz que ya estamos implementando en el país. Dos estructuras paralelas de la misma Función, con sus competencias específicas. Los unos a administrar justicia en los procesos judiciales y el Consejo de la Judicatura a administrar globalmente el sistema de justicia, desde la perspectiva administrativa de gobierno y disciplinaria, que es muy importante. Porque la disciplinaria, y lo veremos un poquito más adelante, es fundamental para que el sistema jurídico no sea un sistema arbitrario, no sea un sistema que no le rinde cuentas a nadie. Sino que sea un sistema enfocado justamente en el servicio ciudadano. Y tenemos los órganos autónomos de la Función Judicial, Fiscalía y Defensa Pública. Defensa Pública que menos mal ya existe en nuestro país, porque éramos el único país de América Latina, hasta el año 2007, que no tenía Defensa Pública y que al momento constituye una de las barreras de acceso económico más graves que sufría la sociedad ecuatoriana con 34 defensores públicos a nivel nacional. Hoy tenemos más de 600 defensores públicos a nivel nacional, gratuitos, para atender a una serie de ciudadanos que no tenían como acceder a un servicio de asistencia legal gratuita en lo penal y materias sociales como laboral, alimentos, familia. Rompiendo justamente, esa barrera de acceso en el ámbito económico. Y los órganos auxiliares, notarías, martilladores, depositarios. Este es en resumen el paisaje institucional de la Función Judicial en el cual se maneja el Consejo de la Judicatura. Pero para hablar de un sistema de justicia de calidad, lo primero que tenemos que hacer es poner los parámetros de medición de las políticas públicas que pongamos en marcha, de medición de la satisfacción de los usuarios, de la efectividad del Derecho, de la solución de los conflictos, de cómo rompemos esas barreras de acceso que vimos hace un instante y que algunas aún persisten, por supuesto que el trabajo está

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todavía por hacerse en muchas cosas. Pero la mejor manera de saber si estamos avanzando o no es planificar y poder luego con indicadores, medir lo que estamos haciendo. Porque bien se dice en la teoría de gestión pública, lo que no se mide no existe finalmente. Y si es que llego a esa conclusión no puedo corregir lo que debo corregir en el sistema para que funcione de mejor manera. Hicimos un Plan Estratégico apenas llegamos a la Judicatura, pero su principal virtud es que se hizo en función de trabajar con todos estos organismos, para que no sea el plan del Consejo, ni de la Corte, ni de la Fiscalía, sino que sea de todos los organismos de la Función Judicial. La visión, la misión clara, los principios, los objetivos estratégicos, las estrategias, las acciones concretas, pero sobre todo, los indicadores para medir la gestión. Cinco objetivos, porque esta clasificación, una vez más, es fundamental e importante, porque si ponemos 200 objetivos al final se llega a la conclusión de lo que dice la teoría. Cuando hay 200 objetivos, no hay ningún objetivo; cuando hay demasiadas leyes no hay ninguna ley; cuando hay demasiadas normas, no existen las normas. Por eso también las clasificaciones son importantes para eso, para simplificar la complejidad y para poder identificar adecuadamente la problemática y para poder trabajar integralmente. Estos cinco objetivos la virtud que tienen es que abordan integralmente el problema. En eso nos hemos empeñado en trabajar estos años de servicio público transitorio del Consejo de la Judicatura, que estamos ya más de un año y medio en funciones; y que todavía tenemos por delante una tarea pendiente para alcanzarlos completamente. Voy a poner rápidamente algunos ejemplos de las estrategias jurídicas y técnicas que hemos puesto en marcha para alcanzar estos objetivos. Unos ejemplos de cada uno de estos objetivos. En el objetivo uno, asegurar la transparencia y calidad en la prestación de los servicios de justicia. Veamos la cobertura por el tema de acceso y veamos la oralidad procesal que es una innovación muy importante que el Ecuador está planteando y que pronto será una realidad y que ya empieza a ser un referente en otros países el modelo de Derecho Procesal que estamos articulando en nuestro país. La cobertura, es importante ver cómo eran las cosas y cómo están cambiando. La cobertura es muy importante, no es lo único es un medio, pero miremos cómo el Ecuador no llegaba ni a la mitad de jueces que se realmente se requieren para nuestro país. El promedio latinoamericano es de 11 jueces por cada 100.000 habitantes. Ecuador en el año 2011 tenía 7.5 jueces por cada 100.000 habitantes. El promedio latinoamericano, insisto es de 11.

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Luego de todos estos procesos de selección, de concursos, de meritocracia que hemos puesto en marcha, en este año 2014 hemos alcanzado el promedio latinoamericano de número de jueces que se requiere para poder atender a la población ecuatoriana. Y no nos detenemos ahí, porque ese promedio no significa que sea el ideal. Así que estamos en un nuevo proceso de selección de jueces, porque esperamos llegar, en el año 2015 y 16, a tener una tasa de 13 o 14 jueces por cada 100.000 habitantes. Hay países como Costa Rica que tienen hasta 31 jueces por cada 100.000 habitantes, Uruguay 17 jueces por cada 100.000 habitantes y otros países como Chile que tienen 8 jueces, 9 jueces por cada 100.000 habitantes y consideran que están en los estándares, para su país, adecuado. Pero hay que considerar también que la mayor cantidad de población, en Chile por ejemplo, está en Santiago, o en Perú en Lima. Pero en el Ecuador todos sabemos que tenemos un país diverso y además regado en todo el territorio nacional y con particularidades como, por ejemplo, Pastaza que es la provincia más gran de país, territorialmente hablando, es la provincia con la menor cantidad de habitantes. El menor número de habitantes en el mayor territorio de una de las provincias. Todo esto tenemos que adaptarlo a un servicio público para que a todos los ciudadanos les llegue el servicio de justicia. Y lo más importante de este cuadro es que en el año 2011 teníamos alrededor del 30% de jueces temporales, sin carrera, a contrato, con inestabilidad. Hoy en cambio, el 95% de nuestros jueces son jueces de carrera, con estabilidad, aspecto muy importante para la calidad de la justicia que los judiciales tengan carrera, estabilidad y buenos sueldos. El Ecuador hasta hace poco tiempo el país que peor pagaba a los jueces en América Latina, hoy es el país que a primer nivel a primera instancia, es el país que mejor paga a los jueces en América Latina. Eso es importante porque muestra una política pública de releivar la importancia que tiene el juez. Ser juez es representar al pueblo ecuatoriano en la administración de justicia, eso dice nuestra Constitución: “se administra justicia en nombre del pueblo soberano del Ecuador”. Y esto implica también darle la importancia que tiene esa función trascendental que realizan los jueces. Pero no solamente es más jueces, es diversificar las materias, es organizarlas adecuadamente en función de las necesidades sociales. Un ejemplo es la creación de los juzgados especializados en lucha contra la violencia intrafamiliar. Aspecto fundamental para luchar contra la impunidad en lo que significa la violencia contra la mujer, contra los niños, las niñas, contra la familia, contra los hombres, al interior de la familia. Esto es algo que debemos erradicar como sociedad y dejar de pensar que esto es parte del paisaje o de la cultura de la cual sufre todavía mucho América Latina y particularmente el Ecuador. Hay que erradicar el machismo y una forma de hacerlo es

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el no dejar en la impunidad esos comportamientos de violencia, no dejarlos en la impunidad. Esta diversificación del sistema, involucra atender realidades sociales específicas. Hemos creado 80 juzgados a nivel nacional con equipos técnicos que permitan una atención integral de la víctima. Siete de cada 10 mujeres han recibido algún tipo de violencia, ha sido víctimas de algún tipo de violencia. Si no miramos esas cifras no nos vamos a dar cuenta desde la política pública, que es necesario atender ese fenómeno social específico. Insisto, no es solo más jueces, es atender también en función de la materia las necesidades que la sociedad está exigiendo. Veamos este cuadro. Es un aspecto muy importante para lo que significa poner en marcha políticas públicas para una justicia efectiva y eficiente. Una vez más, para que el sistema procesal ecuatoriano sea lo que su Constitución dice, medio para la realización de la justicia. Este gráfico nos está mostrando lo que ocurría con las convocatorias a audiencias en estos últimos años. Cuántas audiencias realmente se realizaban de las convocadas en materia Penal, y si nos vamos a años anteriores estas cifras son aún peores. En el año 2012 llegamos a tener hasta 30% de audiencias que no se realizaban. Es decir audiencias que se convocaban pero que no se instalaban. Este fenómeno continúo a inicios del año 2013 cuando llegó este Consejo de la Judicatura y lo primero que hicimos a ese nivel fue levantar esta información, se sabía además que antes era hasta el 50%. Tenemos provincias como Esmeraldas donde el 70% de las audiencias convocadas no se realizaban. El promedio nacional llegaba hasta el 30, 35% y se ponía como gran referencia al Azuay con el 11% de audiencias que no se realizaban y que el 89% si se realizaban. Para nosotros eran intolerables todos esos porcentajes y nos pusimos como meta cerrar el año 2013 con el 90% de audiencias como promedio nacional que se realice. Así lo hicimos, así lo logramos. Este año 2014 nos pusimos como meta mantenernos por debajo del 5%, incluso nuestra meta es llegar a cero. La excepción de la excepción, siempre hay fuerza mayor, sin duda. Hoy el 96% de las audiencias se realizan. Los dos meses anteriores fueron muy buenos meses, en el mes de agosto el 2.7% falló, es decir básicamente el 98% se hizo, en este mes de octubre hemos verificado que estamos en el 96% y ya nos preocupa. Es decir, no estamos en la cultura de que, que una audiencia no se realice es lo más normal del mundo. Recuerdo cuando empezamos en esta campaña, el año pasado y recorríamos el país, que lo hacemos con frecuencia y conversábamos con defensores, jueces, abogados, les decíamos esto no puede ser, esto es un desperdicio de recursos. Una audiencia que se convoca y no se realiza. El abogado fue y como no fue la otra parte, o no fue el

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fiscal no se dio la audiencia, pérdida de tiempo para el abogado o viceversa, no fue el abogado, pérdida de tiempo para el fiscal, para el juez, para el tribunal. Estos absurdos debemos realmente superarlos. Recuerdo que en esos diálogos un fiscal nos decía: no entiendo la obsesión del Consejo de la Judicatura de que la primera audiencia se realice, cuando lo normal ha sido que la tercera se realice. Eso era lo más importante que debíamos cambiar el considerar que eso era lo normal, que la tercera o cuarta audiencia era lo normal. Había jueces que convocaban dos audiencias al mismo tiempo a ver si una se realizaba, sistema absolutamente ineficiente de desperdicio de recursos asumiendo que así mismo es. ¿Cómo logramos este cambio? Lo logramos principalmente con cuatro estrategias: coordinar las agendas para que no se crucen las agendas de los fiscales, cosa básica que no se hacía. Segundo: video conferencia para que algunos testigos que no podían participar en la audiencia lo hagan a través de video conferencia. Ahora hacemos video conferencia hasta con testigos o peritos que están fuera del país y que les coincidió con la audiencia un viaje. Comparecen desde fuera del país. Hemos realizado video conferencias desde varios países del mundo, compareciendo peritos por video conferencia, policías que fueron trasladados a otro cantón y que la audiencia no se realizaba porque era alguno de los artífices, de los testigos principales, el policía estaba en otro cantón, no llegó. Asegurar la presencia, incluso por video conferencia. Tercero disciplina: sanción, porque no es posible que alguien no vaya a una audiencia convocada por la justicia simplemente por estrategia procesal para que se dilate y algunos abogados hacían eso, en desmedro de otros abogados que querían que la audiencia se realice. Pero el sistema premiaba al mal comportamiento, no se hizo la audiencia estamos premiando al mal comportamiento de quien finalmente no fue a la audiencia. Y por supuesto también defensa pública, porque si el abogado no iba, entonces poníamos un defensor público para que gratuitamente asegure el debido proceso pero que la audiencia se realice. Y logramos esto, no ha sido sencillo. Ha sido rápido, eso sí, en un año y medio transformar esto, les aseguro que ha sido rápido, ha sido un gran esfuerzo. También ha sido mérito de muchos funcionarios judiciales que se transformaron en un ejemplo para que esto cambie. Este tema para nosotros, en el Ecuador, es algo que nos cuesta muchos más que en otros países, asegurar que las audiencias se realicen, por ejemplo, y nos cuesta esto y estos esfuerzos, pero lo estamos logrando. Y hoy por hoy, les digo realmente con orgullo y humildad, orgullo de ecuatorianos; países de la región nos dicen queremos copiar toda esta metodología del Consejo de la Judicatura de Ecuador, porque aún tenemos en varios países de la región problemas gravísimos de audiencias que no se realizan. A otros países, hablo de europeos, les cuesta menos esto; por qué, porque

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sorpréndanse algunos, por ejemplo en Francia se puede juzgar en ausencia, cosa que no ocurre en el Ecuador. Tenemos una norma constitucional que dice que no se puede juzgar en ausencia y lo tenemos ya concebido como un valor social, creo que nos escandalizamos frente al hecho, cómo es posible que a alguien en ausencia se le juzgue. Por eso el prófugo se va y se paró el proceso. Esto incide, justamente, también en los niveles de sentencias que se puede producir, juicios que se estancan, no llegan a sentencia porque alguien simplemente se fugó. Y la estrategia es hacer que caduque la prisión preventiva para fugarse y no volver al proceso judicial, eso para el proceso. En Francia esto no ocurre. En Francia, país de los Derechos humanos, se puede juzgar en ausencia, bajo el siguiente criterio de Derechos Humanos: que el señor procesado ha ejercido su libertad de no venir a la audiencia, por lo tanto el Estado ejerce su potestad de juzgarlo en ausencia. Con lo cual se llega a sentencia, se tiene una sentencia. Puede ser incluso absolutoria, por qué no, no hubo pruebas, pero hay sentencia. O puede ser condenatoria, el señor no vino, el Estado, el pueblo francés lo convocó a través de sus instituciones y no llegó, pues será juzgado con las pruebas que tenemos. El sistema no puede caer en las ineficiencias producto del mal comportamiento del otro. El otro se comporta mal y el Estado tiene que asumir aquello y el sistema tiene que asumir aquello que no haya sentencia. Se premia el mal comportamiento. Nosotros diríamos aquí en el Ecuador: no, es una garantía ciudadana que le juzguen en presencia. Bueno, es una garantía ciudadana que está en nuestra Constitución. Nos cuesta enormes esfuerzos hacer que de todas maneras, por lo tanto, sí pueda funcionar el sistema de audiencias, asegurando que por grandes esfuerzos sí comparezca el procesado. Debo matizar este comentario diciéndoles que en Francia, de todas maneras, cuando se dicta una sentencia en ausencia esa persona tendrá una orden de prisión si fue condenado o si fue considerado culpable; y cuando lo encuentran ese señor tiene 10 días para apelar. Su derecho a apelar se mantiene porque ese rato recién le notifique con la sentencia, pero la sentencia hubo, lo juzgué en ausencia, eso no atenta contra Derechos Humanos. Pero creo que actualmente a nosotros nos parecería eso, casi una herejía jurídica. Sin embargo, eso que hacemos en el Ecuador, que es muy garantista y puede estar bien, nos exige tremendos esfuerzos procesales para asegurar que el sistema procesal sea realmente un mecanismo para acercarnos a la justicia y no caer en las incidentaciones que algunos abogados intentan siempre hacer. Insisto, en desmedro de otros abogados que en cambio quieren litigar con lealtad procesal. Para nosotros era muy importante resolver este problema, porque creemos en la oralidad procesal, porque así como resolviendo ese problema, hoy por hoy, el sistema procesal ecuatoriano es mucho más eficiente que en el pasado y se producen muchas más sentencias bajo el debido proceso; y tenemos realmente una justicia penal con

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indicadores muy buenos, lo vamos a ver un poco más adelante, tenemos que llevar esas virtualidades de la oralidad procesal que implica transparencia y rapidez, a las demás materias. Como ustedes saben estudiantes, tenemos la oralidad en materia penal, juzgamiento en audiencia oral, pública, transparente, esto ha agilizado mucho la justicia penal. Tenemos algo en material laboral, y digo algo porque no se aplica correctamente la oralidad, realmente, en materia laboral. Algo en materia de Familia y todo lo demás, que es alrededor del 60% de la carga procesal ecuatoriana, civil, inquilinato, mercantil, es escrito. El viejo sistema escrito que debemos dejar atrás y superar con un nuevo Código Orgánico General de Procesos, que el Consejo de la Judicatura con la Corte Nacional de Justicia, ha presentado a la Asamblea Nacional a inicios de este año; y que ya va a entrar a segundo debate y que involucra justamente, el juzgamiento en audiencia, que involucra justicia en audiencia. Ojo estudiantes, no estoy diciendo proceso judicial con audiencias, estoy diciendo justicia en audiencias, que es diferente. Porque podríamos diseñar y esto ya existe, juicios con audiencias, pero no pasa nada en esas audiencias. Lo que necesitamos es justicia en audiencias, como ya sucede de mejor manera en materia Penal. Necesitamos que el juez civil también haga eso, que el juez de inquilinato también haga eso, que el juez mercantil también haga eso, en audiencia decida, resuelva, administre justicia. No es un juicio con audiencias, es una justicia en audiencias. Y planteamos salir de un Código de Procedimiento Civil, de la época del general Enríquez Gallo, que en esa época significo un cierto avance, porque ya Víctor Manuel Peñaherrera, a principios del siglo XX, se quejaba amargamente de que los procesos civiles involucraban una lentitud enorme y que frente a cualquier demanda lo primero que hacía el abogado demandado o el defensor del demandado era presentar el recurso de oscuridad de libelo y con eso se detenía el proceso por largos meses. Esa incidentación hace que el sistema procesal no sea un medio para la realización de la justicia, sino un medio para entrampar, para dilatar. Y eso, lo que hace es premiar al que debe, premiar que no quiere jugar con cartas transparentes, etc. De 80 tipos de procesos planteamos cuatro tipos de procesos. Por lo tanto, un proceso mucho más ágil, más sencillo y que permita justamente entenderlo de mejor manera. Pero este Código General de Procesos, con estos cuatro tipos procesales: ordinario, sumario, monitorio y ejecutivo, van a permitir transparentar de mejor manera el proceso, va a ser más accesible para los ciudadanos. Los abogados podremos explicar de manera más sencilla a nuestros clientes cómo funciona el sistema procesal y los clientes podrán ser parte de estas soluciones en el sistema procesal ecuatoriano. Y también estamos planteando en este Código General de Procesos aspectos sociales medulares, como por ejemplo los títulos valores, a veces se usan para cobrar créditos usureros, usurarios, no podemos permitir eso, el sistema procesal no puede permitir eso. La justicia, la Función Judicial, no puede ser el departamento de cobros de los chulqueros, eso no lo podemos permitir. Quien exige justicia, debe practicar

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justicia y por lo tanto no es justo que alguien que ya pagó su deuda, luego a ese usurero le tenga que volver a pagar, a veces con su casa, la ejecución de un crédito que ya pagó a través de la ejecución de un título valor, que a veces se firma como una garantía con lo cual pierde la condición de ejecutivo. Pero todo esto, todavía el sistema lo ha permitido. Aunque nosotros hemos empezado una campaña y creo que nos está yendo bastante bien, aunque falta mucho por hacer de lucha contra esas prácticas. El sistema de justicia no es el departamento de cobros de los chulqueros. Evidentemente que hay que honrar los créditos, por supuesto, hay que honrar las deudas, pero dentro del marco de la ley. Así que estamos introduciendo dentro del Código General de Procesos una norma que establezca que si el acreedor, en un juicio ejecutivo con título de crédito, ha sido llamado a juicio por usura en el campo penal, se suspenda la ejecución del crédito mientras se determinen las responsabilidades penales que puede tener esta persona. Ese es un avance democrático y social. Significa pensar en las necesidades de los ciudadanos y de los usuarios del sistema de justicia. Entonces no es una norma fría, abstracta, procesal, es adaptar al derecho procesal a las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas. Debemos salir del proceso escrito, lento, burocrático, especulador, el juez es un mero espectador nada más, no juzga en audiencia, debemos asegurar la inmediación, porque en el sistema escrito hay ausencia de inmediación, no es público, delegación de funciones jurisdiccionales. Esto es un vicio que solo lo superaremos con un nuevo Código Orgánico General de Procesos. En muchos aspectos judiciales, jurisdiccionales hay todavía un vicio de que el juez le delega al secretario, el secretario al oficial mayor, aspectos que son jurisdiccionales que solo los puede hacer el juez, se presta a dilaciones. Y por supuesto también las infraestructuras tienen que adaptarse a las nuevas condiciones de un sistema oral que plantea estos principios: oralidad, publicidad, inmediación, concentración y celeridad, simplificación procesal, uniformidad, eficacia, contradicción, principio dispositivo y economía procesal. En el menor tiempo, con certezas, conciliando dos cosas, rapidez con certeza. Porque lo uno no puede matar a lo otro. No por ir rápido voy a matar la certeza. La certeza es fundamental para que haya justicia. Pero no por la búsqueda de certezas, simplemente me tome tanto tiempo que termina siendo justicia que tarda que termina siendo injusticia. Una característica muy importante, ya lo dije, decisión en audiencia, sistema de oralidad basado en audiencias. Hay una audiencia preliminar, básicamente dos audiencias en el sistema ordinario, una audiencia preliminar de saneamiento de la prueba, se litiga con lealtad y una audiencia pública de resolución del juicio. Los cuatro procesos que les acabo de mencionar. El ordinario que sirve para toda causa sin un proceso específico. El sumario para temas mercantiles, derechos

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personales, deudas de baja cuantía. El juicio monitorio que es básicamente para el cobro de pequeñas deudas de hasta 50 salarios mínimos. El juicio ejecutivo, para el cobro de títulos valores, pero con la normativa que les acabo de mencionar en contra de la usura. Esto es muy importante: anuncio de la prueba. Ustedes saben que en nuestra Constitución y en nuestro Código de Procedimiento Civil está el famoso principio de la lealtad procesal; y muchos abogados hablan de la lealtad procesal; y muchos abogados ejercen la lealtad procesal, pero otros solo hablan de ella y luego incidentan de mala fe y luego demandan por demandar. ¿Qué exigirá el nuevo Código Orgánico General de Procesos? Exigirá que si demando, voy a demandar adjuntado las pruebas, adjuntado las pruebas. Es decir, no voy a plantear demandas simplemente para amenazar, para molestar, para demandar por demandar. Voy a demandar con las pruebas pertinentes. Entonces se va a trasladar, para la contestación de la demanda, la demanda con las pruebas. Ya no hay sorpresa procesal, no es que me van a sorprender con el típico testigo de última hora, y ya finalmente quedará en el pasado esas frases célebres, en las demandas y contestación a la demanda, que dicen: impugno la prueba que ha presentado o llegare a presentar, por inadecuada, mal actuada, forjada. Y aún no sabemos de qué prueba estamos hablando, pero ya decimos que impugno todo, desde ahorita impugno todo. Son estas frases sin sentido que abundan todavía en un sistema procesal escrito, absurdo, lleno de frases y que simplemente sirven a quien quiere dilatar los procesos. Hay que cambiar hábitos para transformar las cosas. Si queremos cambiar la justicia en el país tenemos que empezar a hacer cosas distintas, no seguir haciendo lo mismo de siempre. Esta oralidad procesal nos va a llevar a hacer nuevas cosas, a desarrollar nuevos hábitos, a desarrollar nuevas habilidades, bajo nuevos principios. Así que la lealtad procesal será una realidad y la sorpresa procesal dejará de existir, justamente, planteando la demanda con las pruebas y quien conteste la demanda, tendrá que contestar también con las pruebas pertinentes. Además, el Código fortalece la mediación, los métodos alternativos de solución de conflictos, fortalece la conciliación, le da mucha más importancia a todos estos mecanismos alternativos a la sentencia, para que el usuario pueda también optar por ir a la mediación resolver los conflictos a través del diálogo y si no me pongo de acuerdo, perfecto, entonces sí llevar el caso hacia los tribunales para que un juez resuelva el problema. Ustedes saben estudiantes que la mediación, cuando hay acuerdo termina con un acta que tiene el mismo valor que una sentencia. Voy a hacer un listo muy rápido, por tiempo, de una innovación extraordinaria que trae el Código Orgánico General de Procesos. Hay una serie de aspectos de jurisdicción voluntaria, que agobian a la Función Judicial, algunas que son de mero trámite, donde además no hay conflicto, sino que se

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transforma en la definición jurídica de una institución jurídica sin que haya conflictos y que debe ser determinada por una autoridad, sí, pero no necesariamente un juez. Entonces el Código está sacando una serie de aspectos que estaban donde los jueces para trasladarlos hacia los notarios, para que los notarios puedan aprobar la constitución de sociedades mercantiles de manera exclusiva, no necesariamente o notario o juez, no, donde el notario, vaya donde el notario. Además, que es mucho más accesible poner muchas más notarías en el país y en las ciudades, que poner más jueces y más juzgados que deben ocuparse de la tutela, del conflicto, de resolver en derecho, no tanto del trámite, importante trámite, pero que puede ser resuelto a nivel de las notarías: aprobación de constituciones de empresas unipersonales. Inscripción de matrícula de comercio en el pertinente registro. Aprobar la traducción de documentos y escritos en idiomas que no sea el español; para qué voy a ir al juez a quitarle tiempo con todo aquello, lo puedo hacer a nivel del notario que es quien da fe pública. Requerir a la deudora o al deudor para constituirlo en mora; lo puedo hacer ante notario exclusivamente, para qué tener la alternativa de notario o juez, o a veces solo donde juez, mejor hacerlo donde notario. Disolución de la unión de hecho, notificación de su disolución. Disolución y liquidación de la sociedad conyugal, solo donde el notario. Posesión efectiva de bienes hereditarios. Disolución por mutuo consentimiento de la sociedad de bienes y de la unión de hecho. Demarcación de linderos, si no hay conflicto demarquemos los linderos donde el notario y hacemos una escritura, para qué vamos a donde el juez que está más ocupado en resolver otro tipo de conflictos contenciosos. Emancipación voluntaria. Caución e inventario en el usufructo. Autorización para enajenar o gravar bienes. Designación de administrador común. Desahucio. Apertura y publicación de testamento. Remate… Divorcio por mutuo consentimiento, no hay conflicto, por mutuo consentimiento dos personas que se casaron quieren divorciarse, lo pueden hacer ante notario y no esperar como ahora dice la ley, seis meses a ver si se hacen de a buenas. Si la gente decidió divorciarse, bueno es su decisión, voluntariamente. Evidentemente sin que haya hijos dependientes, porque evidentemente hay derechos de terceros ahí que deben ser cautelados. Pero son temas que siempre han agobiado a la Función Judicial y que son cargas ineficientes, por lo tanto hay que pensar una vez más en la calidad de la justicia a través de los principios de eficiencia del sistema. Eso a manera de ejemplo de los aspectos quizás más trascendentes que trae este Código Orgánico General de Procesos. Voy a ir mucho más rápido en los siguientes objetivos, por el tema de tiempo. El objetivo dos: promover al acceso a la justicia al sistema de mediación. Y muy rápido. Teníamos hasta el año pasado cinco centros de mediación, hoy tenemos 55 oficinas a nivel nacional y del Consejo de la Judicatura 50 centros registrados con 75 oficinas de mediación a nivel nacional. Es decir, estamos promoviendo mucho la mediación, tenemos más mediadores de planta y estamos creando redes de mediadores para que los ciudadanos puedan optar. Y con los abogados modernos el cliente y su abogado, con una visión moderna, sabrá que las condiciones de su

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conflicto se prestan más a una mediación, llevará a su cliente a mediación, que si las cosas van bien las resolverá más rápido y sino irá a juicio. Veamos que ha pasado con una muestra de 15000 causas de solicitud directa de mediación. 7387 causa derivadas, es decir, como ustedes saben según la Ley de Mediación un conflicto que está en juicio puede ser suspendido y derivado a mediación, eso se llama la derivación procesal. 7387 causa derivadas a mediación, de esto, 9519 fueron instaladas y 7793 lograron acuerdos 52:50. Qué podemos concluir de estos datos. Uno, del universo de solicitudes directas, más causas derivadas a mediación, solo el 42% se instaló. Qué quiere decir esto, que solo en el 42% de los casos la contra parte vino a dialogar con el otro, estuvo el mediador, estuvo el solicitante tal vez, pero el otro no vino. La mediación es voluntaria en nuestro país. Es voluntario ir, es voluntario quedarse, es voluntario acordar y es un buen sistema, difícil, más complicado que otros países donde sí es obligatorio ir, por ejemplo. Nunca es obligatorio ponerse de acuerdo, pero sí es obligatorio ir. Más complicado, pero esto apela más a la cultura, qué quiere decir, que nos falta aún como sociedad cultura de diálogo. Solo en el 42% de los casos pedidos de mediación la otra parte viene. Pero lo interesante es que cuando la otra parte viene y la audiencia se instala, en el 82% de los casos se logran acuerdos satisfactorios para las dos partes que voluntariamente se ponen de acuerdo y firman, y se ponen de acuerdo en los plazos para pagar, en el tiempo en qué va a salir el inquilino de la casa, en cómo se van a repartir la herencia, temas de Familia, temas entre hermanos, temas entre socios, temas entre vecinos. Es muy importante la mediación porque además, fortalece la relación. Entonces hay un valor agregado al tema de resolver el conflicto, no solo le gané le juicio a mi hermano sino que además acordé con él resolver adecuadamente la herencia y la relación también se mejora y se fortalece. No solo le gané a mi vecino el metro que me estaba robando de linderos, sino que acordamos y al final tenemos una mejor relación en el barrio. Aspectos de convivencia que si nos quejamos, son los fundamentales del Derecho, la parte económica es importante patrimonial, sin duda. Pero lo más importante del Derecho, y es su razón de ser y su origen, es la convivencia entre las personas. Por eso las reflexiones de la novela de la novela de (Daniel) Defoe, de Robinson Crusoe, un poco también la usan los juristas o los académicos para graficar que mientras Robinson Crusoe no se encontraban con Viernes, el Derecho era innecesario. Pero el día que ya apareció Viernes ya empezaron a ver la necesidad de establecer normas de convivencia entre Robinson Crusoe y Viernes. Sobre todo la norma está para asegurar la convivencia entre las personas, para asegurar el tejido social y por lo tanto, también la mediación está ofreciendo algo adicional en ese aspecto, sobre el tema de la convivencia. Objetivo tres: impulsar la mejora permanente y modernización de los servicios de justicia, eficacia, eficiencia de los procesos judiciales.

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Cuatro aspectos fundamentales. Modelo de Gestión que algunos critican, unos pocos, critican. Modelo de Gestión qué implica: qué pasaba antes y que aún pasa en algunos lugares. La parte procesal, el abogado o cualquier persona realmente podía ingresar al despacho del juez a cualquier hora, de cualquier manera, en cualquier momento. Hasta vendedores de lotería. En algunos lugares hasta para que le preste el baño. Y el juez tenía que estar prestando el baño, atendiendo al uno, haciendo la sentencia, yendo a la audiencia, Modelo de Gestión inadecuado. La ley dice, al juez hay que verle en audiencia pública, transparente, garantizando justamente la idoneidad del proceso. Ya lo tenemos mejor en Penal, porque tenemos un servicio penal adecuado. Pero antes tenía también instalaciones de esta naturaleza, así eran las instalaciones de muchas judicaturas en el país, así era en la provincia del Guayas, la Corte Provincial de Guayas estaba en estas condiciones estimados estudiantes. Cotopaxi, Latacunga, de esta manera la gente tenía que esperar, los funcionarios en esos pequeños cubículos tratando de administrar justicia. No había espacio de atención para los niños, no había donde sentarse inclusive, los niños tenían que estar esperando a sus padres, niños pequeños, en los corredores. Aún en algunos lugares con máquinas de escribir, aquí no más en Cayambe, así eran los escritorios de los jueces. La transformación tenía que llegar y modernizar las cosas. Las infraestructuras y la tecnología son medios, no son fines en sí mismo, pero son medios que dignifican al usuario, que dignifican al funcionario y que permiten también una mayor transparencia. Esos libros todavía existen en algunas judicaturas y se lleva el libro a mano del ingreso de un juicio que se puede perder y que no tengo el registro informático para saber si ingresó o no ingresó la causa. Todo esto está cambiando y tenemos, hoy por hoy, infraestructuras diferentes. Incluso aquí en Quito y digo incluso porque todavía nos falta mucho hacer en Quito. Ya hay proyectos en marcha, pero ya tenemos una Corte Provincial digna, para los jueces dignos que tenemos aquí en Pichincha y que también dignifica a los usuarios. No sé si tenemos un video muy rápido de ciertas infraestructuras, para ilustración, sobre todo de los estudiantes, en qué condiciones están ahora muchas infraestructuras a nivel nacional aunque todavía no falte mucho por hacer. Y es infraestructura pero también es el sistema informático y la innovación tecnológica, el plan de cobertura del que hablamos hace un instante. El año pasado remodelamos 7.000 metros cuadrados, pero construimos 127.713 metros cuadrados nuevos de infraestructura para la Función Judicial, el abandono era tal que todavía nos falta mucho por hacer, con toda esa enorme inversión que se ha hecho a nivel nacional, a nivel de las infraestructuras. Mo sé si tenemos el video de las infraestructuras nuevas (video).

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Y aún nos falta muchísimo. Realmente aún nos falta muchísimo por hacer, pero a nivel nacional una muestra muy rápida de donde hemos podido intervenir. Aquí en Quito nos falta, estamos construyendo esos dos centros judiciales. Por ejemplo en Ambato, también centro judicial Penal muy moderno; en Cayambe aquí cerca, un centro judicial muy moderno, Guayaquil tiene en el sur un complejo, también queremos para Quito eso, uno en el sur otro en el norte. En Latacunga un centro judicial también muy moderno, en Otavalo un muy lindo además, el de Mira; un pequeño cantón, porque no pensar también en los pequeños cantones. La Unidad Judicial de Pichincha, hay un cantón que se llama Pichincha en Manabí, pequeñito, muchos no saben que existe, ahí tenemos una unidad judicial muy moderna, un cantón de los más pobres del país hoy ya saliendo adelante. Riobamba, también una unidad judicial muy grande, Pallatanga, Puebloviejo, Cotacachi, Guamote, Sigchos, Guayas: la Corte Provincial de Guayas; edificio que inauguró el presidente Jaime Roldós en el año 1980 y que este año fue remodelado absolutamente en condiciones muy modernas, el Complejo Judicial de Florida Norte en Guayaquil es posiblemente uno de los más grandes de América Latina. Complejo Judicial de Portoviejo, complejo judicial de Vínces, Santo Domingo, Atacames, el Contencioso Administrativo aquí de Quito de Pichincha. Y muchas remodelaciones en Ventanas, en Babahoyo, en Manta, la Unidad Judicial de Familia de Manta, Bahía de Caráquez, en La Concordia que no tenía jueces. La Concordia llegó a ser un cantón hace poco tiempo, no tenía jueces y tenía que ir a Quinindé, ahora tiene una unidad judicial en el propio cantón de La Concordia. En Orellana, en Joya de los Sachas, en fin muchos lugares de remodelación. Y la infraestructura es un medio, no es un fin en sí mismo, pero es un medio que dignifica a usuario, que dignifica a los ciudadanos. Voy muy rápido en el tema de tecnología. Las notificaciones electrónicas, es un avance muy importante, que el abogado reciba no solamente físicamente en el casillero judicial, quizás ustedes jóvenes cuando ejerzan la profesión ya no tendrán que ir a los casilleros judicial a abrir, ver si está la boleta o no y a veces la boleta se pierde, ya no va a haber el boletazo. Ahora se recibirá electrónicamente la notificación, sí la física también, pero la boleta electrónica con validez legal con el nuevo Código General de Procesos. Esto es transparencia es rapidez, es comodidad para el usuario. Y los futuros servicios son el expediente electrónico, y de esto sí que los futuros abogados van a disfrutarlo desde el inicio de su carrera profesional, porque podrán presentar escritos desde sus despachos profesionales, con la firma electrónica que el Consejo de la Judicatura entregará a los abogados en libre ejercicio también podrán escritos con validez legal y su firma electrónica desde su despacho de abogado, abogada y no tendrá que desplazarse siempre a la unidad judicial. A la unidad judicial me voy a desplazar para la audiencia, a eso sí vale la pena porque voy a verle al juez en audiencia pública, voy a hacer alegatos y voy a presentar mis pruebas a favor de mi cliente, lo demás, lo de trámite, lo puedo hacer por el sistema virtual del expediente electrónico que empezaremos a implementar desde la segunda parte del próximo año. Las actas resumen, un aspecto muy importante. Cómo era la ineficiencia: se da la

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audiencia y tenemos unos funcionarios grabando la audiencia y antes tipiando la audiencia, y luego de grabarla se van a transcribir todo lo que ocurrió en la audiencia, esas son miles de horas de trabajo, miles de hojas de papel, de funcionarios transcribiendo la audiencia. Hoy se graba la audiencia y si alguien quiere una copia certificada se le da grabada la audiencia. El papel se ahorra y la integralidad de la audiencia se encuentra grabada. Por lo tanto se ahorra recursos y se ahorra tiempo. Objetivo cuatro: la meritocracia. Esto implica escuela, concursos y un nuevo sistema pericial. Qué tenemos aquí, la creación de la Escuela de la Función Judicial. Para ingresar a la Escuela, invito sobre todo a los jóvenes en los próximos concursos ingresen a la Escuela de la Función Judicial ahí hay becas de estudio, para en un tiempo llegar a tener la formación adicional que un abogado debe tener para ser juez, que no es lo mismo, ni son los mismos conocimientos, ni las mismas habilidades. Hoy tenemos una Escuela para la formación de jueces, para desarrollar conocimiento adicional, por ejemplo el manejo de las audiencias, que evidentemente también en universidades como esta se empieza a dar, eso está muy bien. Pero hay que profundizar aquello porque ese es el trabajo del juez, manejar una audiencia y eso es unos de los aspectos que se profundizan dentro de la Escuela. Formación inicial para los nuevos jueces y capacitación continua para los jueces, porque hay que seguir estudiando Derecho e ir innovando. Además, que hay reformas procesales como el Código Orgánico Integral Penal, como el Código General de Procesos y el estudio del Derecho es permanente. Esto es un aspecto importante, las prácticas pre profesionales, estaba en la ley y no se habían implementado. Este Consejo de la Judicatura trabajando con las universidades puso en marcha el sistema de prácticas pre profesionales que es un requisito que la ley establece para luego acceder al libre ejercicio. Hasta ahora hemos tenido 5.125 practicantes. Número importante organizar a 5.125 personas en su práctica pre profesional, en una diversidad de instituciones como la Corte Nacional, el propio Consejo, la Fiscalía, la Defensoría Pública, el Servicio de Rentas Internas, ministerios, Defensoría del Pueblo y hemos dado justamente la oportunidad para que se ejerza este derecho de la práctica pre profesional. La carrea judicial tiene varios aspectos que son importantes y que deben ser atendidos todos para que haya una verdadera carrera, no solo uno sino todos. Ingreso meritocrático, remuneraciones adecuadas, capacitación continua, evaluación de desempeño y sistema disciplinario. Esa es la carrera que nosotros hemos diseñado y estamos implementando. No una carrera con jueces temporales, de contrato que están un mes y ya no están el siguiente mes, no sin periodo, con estabilidad, pero también con buenas remuneraciones, además con ingreso meritocrático. Pero adicionalmente a esto con evaluación de desempeño y sistema disciplinario, porque alguien que no está sometido a sistema disciplinario tiende a burocratizarse y a olvidarse cuál es su función de medio para servir y creer que es un fin en sí mismo. Quizás sentirse que yo ya gané un concurso, aquí me siento, nadie me puede sacar y no respondo a nadie porque nadie le pide cuentas.

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Los ciudadanos son exigentes, los ciudadanos presentan quejas, pro dilación, por demora, por mala administración de justicia y el Consejo tiene la responsabilidad de atender esas quejas desecharlas cuando no son fundamentadas, cuando son aspectos que no son competencia del Consejo o atender esa queja y sancionar bajo el debido proceso una mala actuación. En evaluación de desempeño, que es la primera vez que se hace en este año, en la historia de la Función Judicial, hemos logrado el siguiente resultado. Lanzamos esta evaluación de desempeño de productividad, de oportunidad de la justicia en el mes de mayo. En la línea azul, ustedes ven la curva de ingresos de causas nuevas en las judicaturas del Ecuador y la línea verde el número de causas que se despachan. Desde el mes de mayo que lanzamos la evaluación de desempeño, ustedes ven que inmediatamente se empató el ingreso con el egreso y luego tenemos una curva ascendente y hemos pasado del mes de abril, por ejemplo, que teníamos 51.000 causas que se despachaban a 98.000 causas que se despachan con el mismo número de jueces. Hemos aumentado el número de jueces, pero esos jueces evaluados son alrededor de 1.300 jueces. Con ese mismo número de jueces los evaluados, los evaluables, 1.300 jueces despacharon casi el doble de lo que nos encontrábamos despachando, solo con haber lanzado una evaluación. Esto quiere decir que tenemos que ponernos metas como funcionarios, podemos todos humanamente, todos, caer en un burocratismo, en hacer el mínimo esfuerzo, hacer bien las cosas pero no una mayor exigencia. Estamos en una etapa de transformación de la justicia donde las exigencias tienen que ser mayores, tienen buenos sueldos, mejor infraestructura y ciudadanos que nos exigen resultados y por tanto la evaluación era importante. Y yo aquí realmente felicito a nuestros jueces y juezas que asumieron ese desafío, que asumieron la evaluación y el 95% de los jueces pasó la evaluación, porque justamente hubo un desempeño mucho mayor. Aquí me gustaría compartir con ustedes más detalles, pero simplemente estas son las provincia que más despacharon no, las mejores rankiadas Morona, Bolívar, Sucumbíos, Pichincha; un gran desempeño de la Función Judicial aquí en Pichincha, Zamora, etc. Y esta es de las Cortes Provinciales. Las Cortes Provinciales con mejor despacho: Pichincha; realmente extraordinario el trabajo de la Corte Provincial de Pichincha, más allá de que algunos pueden decir gané o perdí el juicio, me gusto la sentencia, no me gustó este caso, etc. En productividad la Corte de Pichicha tiene un desempeño muy bueno, El Oro, Morona, Bolívar, Napo son de las mejores provincias a nivel de desempeño de Corte Provincial.

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Los Tribunales Penales también los hemos mencionado, les haremos un reconocimiento a algunos de estos juzgados. El mayor desempeño del Tribunal Noveno de Garantías Penales Guayaquil; el Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo, etc., o sea medimos. Podemos identificar las malas prácticas y sancionarlas o darles la oportunidad que la ley les da a ese 5% de jueces que son alrededor de 60 jueces que tendrán que pasar una nueva evaluación. Y si no la pasan en tres meses, ahí sí se van a la casa. Pero también hemos podido identificar que el 95% de gente que lo hace bien y en particular algunos que tienen unos niveles de desempeño realmente muy buenos. Sistema pericial, lo hemos renovado. Sistema notarial, lo hemos renovado con evaluación de desempeño. Y termino con el objetivo número cinco, que es la lucha contra la impunidad, la seguridad ciudadana, el debido proceso, la defensa de las garantías del procesado, pero también de la víctima y también de la sociedad en su conjunto, luchando eficazmente contra la impunidad, con la ley en la mano, porque esa es la nobleza del Estado de Derecho, luchar contra la ilegalidad con legalidad, no con abusos, no con represión, sino con legalidad, aplicando el debido proceso pero aplicando la ley, porque hay una víctima y porque hay una sociedad que también se ve afectada globalmente cuando se da un delito. Las unidades de Flagrancia es un modelo de gestión basado en la calidad y en la eficiencia que permite articular esfuerzos entre tribunal, fiscalía, defensa pública, ministerio de Justicia, ministerio del Interior, Policía Judicial, peritos, Defensoría del Pueblo, para garantizar derechos, etc., en una misma infraestructura. Aquí en Quito tenemos una buena Unidad de Flagrancia, aquí en la Patria. En Guayaquil tenemos otra muy buena Unidad de Flagrancia, estamos construyendo más Unidades de Flagrancia. Y por ejemplo aquí en Quito, teníamos que ocho jueces de Garantías Penales, antes del modelo de Flagrancia, producían 15 sentencias de delitos flagrantes. Con las Unidades de Flagrancia aumentamos el número de jueces a 16 y empezaron a producir 75 sentencias bajo este modelo de coordinación, es decir de asegurar la audiencia de Flagrancia y asegurar el posterior proceso judicial. Duplicamos el número de jueces, pero casi cuadruplicamos el número de sentencias y con el Código Integral Penal, que entró en vigencia en agosto, con esos mismos 16 jueces, con nuevos instrumentos procesales como el juicio directo, se producen 130 procesos en Flagrancia. Ojo, estamos hablando de procesos judiciales en Flagrancia, es decir la persona capturada, la víctima y las evidencias, puede ser que alguien sea no responsable, pero estamos hablando de Flagrancia y no había sentencias en muchas ocasiones o había altos niveles de impunidad. El nivel de tiempo, antes tomaba 191 días de promedio tener una sentencia en flagrancia, cuando había, luego 75 días, ahora estamos en 42 días de promedio para que haya una sentencia absolutoria o condenatoria, pero sentencia, seguridad jurídica

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en un delito de Flagrancia. Hemos también superado el problema de las caducidades de prisión preventiva, seis meses o un año, dependiendo el delito caduca la prisión preventiva. Eso se llama impunidad, inseguridad jurídica, debe haber una sentencia. En el año 2008 teníamos 2.078 caducidades de prisión preventiva en un solo año. En el año 2014 tenemos 10. Tiene una diferencia de 2.000 a 10 y nos parecen demasiadas, 10 nos parecen demasiadas, una nos parece demasiado. Tiene que haber la audiencia, tiene que haber el proceso en los tiempos procesales. Esto es también algo que llama mucho la atención en la región porque también hay países que tienen este problema, incluso con plazos mayores. El juicio directo ha implicado la tramitación de 72 procesos en juicio directo ya terminados y 28 en trámite. Recuerden que el juicio directo involucra el juzgamiento en Flagrancia, de delitos flagrantes cuya sentencia es menor a cinco años en un plazo de 10 días, el fiscal puede pedir 15 días adicionales. Termino con un par de cuadros finales. Los privados de libertad con sentencia o sin sentencia. Ecuador en el año 2005, 2006, 2007, 2008, era la referencia regional de lo que no debe ocurrir, la mayor cantidad de sus privados de libertad sin sentencia. Antes teníamos hasta el 70% de privados de libertad sin sentencia. Hoy por hoy, tenemos el 60% los privados de libertad con sentencia, seguridad jurídica, con sentencia es un derecho. La gente puede planificar su vida, sabe que tiene una sentencia que tiene que asumir y no esta inseguridad de lo que significa la no decisión judicial. Y esta eficiencia del sistema penal ecuatoriano no ha significado ninguna criminalización de la sociedad, como a veces se dice políticamente y no académicamente. Si miramos la tasa de privados de libertad de la región, lo que Ecuador tiene para mostrar es una mayor eficiencia del sistema penal, no un disparo del número de presos, peor aún sin sentencia. Fíjense en la región, en Argentina el dato de 2012, 149 presos, privados de libertad por cada 100.000 habitantes. Países como Chile que tiene una justicia penal muy efectiva, 262 privados de libertad por cada 100.000 habitantes, Colombia 255, Costa Rica 374, Ecuador 154, pasó de 96 pero eso se llamaba impunidad a 154 que está por debajo del promedio latinoamericano de privados de libertad por cada 100.000 habitantes. Así que no podemos hablar realmente de una explosión de criminalización de lucha contra la impunidad con el debido proceso. En Estados Unidos hay una tasa de 731privados de libertad por cada 100.000 habitantes. Ahí podríamos hablar de qué tipo de sociedad tenemos, o es muy efectiva

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en el sistema penal o es una sociedad que realmente penaliza muchísimos comportamientos y es efectiva en su lucha. El promedio latinoamericano está alrededor de 200, Ecuador tiene alrededor de 154. Lo que tenemos es un sistema penal mucho más efectivo y eficiente. Finalmente, este cuadro nos muestra los desafíos que tenemos por delante. La línea roja es la tasa de congestión, cuántos juicios tengo que resolver por cada uno que resuelvo. Resuelvo uno y tengo cinco atrás, la realidad del año 2010. La línea verde es la tasa de pendencia, si hoy cierro la Función Judicial y despacho solo lo que tengo, cuántos años necesito para despachar solo lo que tengo, sin recibir un juicio nuevo, casi cuatro años. Sino, en el año 2010, si cierro hoy día y solo resuelvo lo que tengo. Y la línea azul, la tasa de resolución es qué porcentaje de lo que me ingresa resuelvo. En el año 2010 se resolvía, y esa es la historia de la Función Judicial ecuatoriana, 40% de lo que ingresaba, es lo que resuelvo por año. Hoy por hoy, estamos cerrando el año 2014 con tasas bastante alentadoras que no nos satisfacen y que proyectan nuestros desafíos para el año 2017, tomando en cuenta que nuestro Plan Estratégico debe concluir a finales del 2018, principios del año 2019 donde terminamos nuestras funciones. Ya tenemos por delante mucho por hacer, pero ya tenemos una tasa de congestión muchísimo más baja, una tasa de pendencia que básicamente significa un quiebre; estamos alrededor de un año y medio y no cuatro años. Y la tasa de resolución que ya es un poquito más del 100%, no del 40% sino de un despacho del 100%. La congestión del pasado está realmente atendiéndose ya, la bola de nieve no crece sino que empieza a decrecer y se empieza a atender de mejor manera a los ciudadanos y ciudadanas. Nos falta muchísimo por hacer. Estimados estudiantes, profesores, autoridades de la universidad nos falta mucho por hacer. A veces digo, incluso quizás nos falta más por hacer de lo que ya hemos logrado, pero estamos en la dirección correcta, con los principios y los valores correctos, pensando en los ciudadanos y en las ciudadanas. Y quizás ese era el principal mensaje que les queríamos traer a ustedes queridos estudiantes universitarios, que todo lo que hagamos, que todo lo que estudiemos, lo pongamos al servicio de la sociedad, del bien común, luego después de nuestros clientes, pero siempre pensando en la lealtad procesal, la economía procesal, la transparencia del sistema de justicia, y hacer realmente que el sistema procesal sea un medio para la realización de la justicia y de la justicia una práctica diaria. Muchas gracias.