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EXPEDIENTE 20180615-00433 CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Paseo de la Habana, 138 28036 Madrid. España Tel.: +34 91 452 12 00 Fax: +34 91 452 13 00 www.Ineco.es

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EXPEDIENTE 20180615-00433

CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN DE SUMINISTRO

DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Paseo de la Habana, 138 28036 Madrid. España Tel.: +34 91 452 12 00 Fax: +34 91 452 13 00 www.Ineco.es

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 2

1 OBJETO .................................................................................................................................................... 3

2 ALCANCE .................................................................................................................................................. 3 2.1 OBJETO DE LA LICITACIÓN .................................................................................................................... 3 2.2 PUNTOS DE SUMINISTRO ..................................................................................................................... 3 2.3 CALIDAD DEL SUMINISTRO ................................................................................................................... 4 2.4 LECTURA DE CONSUMOS Y FACTURACIÓN ........................................................................................... 5 2.5 INFORMACIÓN A FACILITAR POR LA EMPRESA ..................................................................................... 5 2.6 INFORME FINAL .................................................................................................................................... 6 2.7 NORMATIVA APLICABLE ....................................................................................................................... 7 2.8 NIVEL DE SERVICIO ............................................................................................................................... 8

3 MEDIOS REQUERIDOS .............................................................................................................................. 8 3.1 MEDIOS HUMANOS .............................................................................................................................. 8 3.1.1 Representante de la empresa ............................................................................................................. 8 3.2 MEDIOS TÉCNICOS ................................................................................................................................ 8 3.2.1 Equipos de medida .............................................................................................................................. 8

4 TÉRMINOS Y CONDICIONES COMERCIALES ............................................................................................... 9 4.1 CONSIDERACIONES PARA LA FACTURACIÓN ......................................................................................... 9 4.2 FORMA DE PAGO .................................................................................................................................10 4.3 ACLARACIÓN DE DUDAS ......................................................................................................................10 4.4 PENALIDADES ......................................................................................................................................11 4.4.1 Incumplimiento de los trabajos objeto de contrato .......................................................................... 12 4.4.2 Interrupción de Suministro ................................................................................................................ 12 4.4.3 Ejecución de Penalidades .................................................................................................................. 12 4.4.4 Comunicación Penalidades ................................................................................................................ 12 4.5 GESTIÓN DEL SERVICIO ........................................................................................................................13

5 DURACIÓN ..............................................................................................................................................13

6 IMPORTE MÁXIMO..................................................................................................................................13

7 SOLVENCIA TÉCNICA ...............................................................................................................................13 7.1 REFERENCIAS .......................................................................................................................................13 7.2 SOLVENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA .........................................................................................................14 7.2.1 Habilitación empresarial .................................................................................................................... 14

8 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA ..................................................................................................14

9 CRITERIOS DE VALORACIÓN ....................................................................................................................15 9.1 CRITERIOS EXCLUYENTES .....................................................................................................................15 9.2 VALORACIÓN ECONÓMICA. .................................................................................................................16

10 CONTENIDO DE OFERTAS ........................................................................................................................19 10.1 OFERTA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA .................................................................................................19 10.1.1 Documentación Técnica .................................................................................................................... 19 10.1.2 Documentación Administrativa ......................................................................................................... 19 10.2 OFERTA ECONÓMICA...........................................................................................................................21

11 PRESENTACIÓN DE OFERTAS ...................................................................................................................21

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 3

1 OBJETO

El objeto del presente documento es establecer las Condiciones Particulares necesarias para la selección de

una empresa comercializadora del suministro de energía eléctrica para los edificios y oficinas de la empresa

Ingeniería y Economía del Transporte (en adelante INECO) la cual debe realizar las gestiones oportunas de

acceso a redes con la empresa distribuidora y resto de prestaciones descritas en este documento.

2 ALCANCE

2.1 OBJETO DE LA LICITACIÓN

Se licita el suministro de la energía eléctrica requerida por INECO en los puntos de suministro relacionados

en el ANEXO 1.

En la presente licitación se hace referencia a la separación entre:

Tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución, en lo sucesivo ATR's, con todos sus

componentes, incluidos impuestos.

Costes de la energía con todos sus componentes, incluidos impuestos, excepto IVA, en adelante

"ENERGÍA".

Dado que los componentes de los ATR's tienen precios regulados, no van a ser objeto de petición de oferta

a los licitadores, pero si son objeto de la presente contratación, la Comercializadora que resulte

adjudicataria adquirirá el compromiso de contratar los ATR's de los puntos de suministro que les sean

adjudicados, sin repercusión de coste adicional alguno por dicha tramitación, haciéndose cargo INECO

exclusivamente, de los costes de los ATR's. Es decir, solo se pagará los ATR con todos los componentes,

incluidos impuestos.

Por tanto, los licitadores solamente ofertarán el precio de la "ENERGÍA”.

El precio ofertado será de aplicación a todos los puntos de suministro que lo conforman, según el Anexo 1

señalado, así como a todos aquellos que por modificación de su potencia contratada tengan obligación de

ser contratados en mercado libre y a nuevos puntos de suministro, que sea necesario dar de alta para la

efectiva prestación del servicio y cuya puesta en servicio tenga lugar durante el periodo de vigencia del

contrato.

En la presente licitación se solicitan ofertas a los 5 tipos distintos de tarifa que INECO tiene en los distintos

puntos de suministro, es decir, Tarifas 2.0A, 2.0DHA, 2.1A, 2.1DHA y 3.0A. Para cada uno de ellos se

solicitan, para la "ENERGÍA", un precio fijo para el actual contrato.

2.2 PUNTOS DE SUMINISTRO

Los centros o puntos objeto de suministro son las dependencias o instalaciones que se relacionan en el

Anexo 1 donde se detallan, a título exclusivamente orientativo y no limitativo, los datos específicos de cada

punto de suministro.

La relación definitiva de estos puntos de suministro será proporcionada por INECO con la presentación de

sus correspondientes contratos al objeto de que la empresa adjudicataria solicite la activación de los

Accesos a Terceros a la Red (ATR) con la fecha de su adjudicación. Asimismo, Ineco solicitará cuantas altas y

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bajas necesite a lo largo de la vida del contrato en función de las nuevas necesidades de aperturas y cierres

de oficinas que se requieran.

Por cada punto de suministro se proporcionará a la empresa adjudicataria su Código Universal de Punto de

Suministro (CUPS), dirección de suministro, tensión de conexión, potencia contratada, nombre del punto de

suministro, CIF y dirección de facturación y los datos particulares del punto, si los hubiera.

INECO se reserva el derecho a modificar la potencia o tensión a contratar en cualquiera de los puntos de

suministro en el plazo de vigencia del acuerdo marco y de sus posibles prórrogas, dentro de los márgenes

permitidos por la normativa en vigor, así como el dar de alta nuevos puntos de suministro o de baja alguno

de los existentes. Ninguna de estas variaciones tendrá, en ningún caso, repercusión económica en la tarifa

unitaria ofertada, ni en los servicios asociados al acuerdo marco al que se aplica el presente pliego,

aplicándose las condiciones contractuales correspondientes al punto de suministro según la tensión y la

potencia contratada.

La empresa adjudicataria efectuará el suministro de energía eléctrica en los distintos centros o puntos

dependientes de INECO que, a título meramente orientativo, se relacionan en el Anexo 1 al presente pliego

y que se concretarán en el contrato que lleve a cabo posteriormente, realizando la contratación del acceso

a las redes y la adquisición de la energía eléctrica necesaria para llevar a cabo el suministro.

La empresa adjudicataria, asumirá la representación de INECO y las funciones de interlocutor único ante las

compañías distribuidoras, estableciendo con las mismas y en nombre de INECO, los contratos para el acceso

de terceros a la red y realizando cuantas gestiones sean necesarias para la resolución de los conflictos que

pudieran acontecer, de manera especial los que, derivados o no de las infraestructuras eléctricas de INECO,

afecten o puedan afectar a la calidad del suministro de energía eléctrica a los puntos de suministro.

Las características de la onda tensión suministrada por las redes de distribución serán de acuerdo con la

norma UNE-EN 50160 o norma que lo sustituya durante el periodo de vigencia del acuerdo.

2.3 CALIDAD DEL SUMINISTRO

Para cada uno de los puntos de suministro la empresa adjudicataria exigirá, a la compañía distribuidora

correspondiente, el cumplimiento de los niveles de calidad del servicio conforme a lo establecido en el RD

1955/2000.

La empresa adjudicataria se responsabiliza ante INECO, de los niveles exigidos para la calidad del servicio

con independencia de que sea la compañía distribuidora la propietaria de las líneas de suministro. Dicha

calidad está afectada por el conjunto de características de la onda de tensión suministrada por la red de

distribución, y que está determinada por los criterios establecidos en la norma UNE-EN 50.160 o norma que

la sustituya durante la vigencia del contrato.

La empresa adjudicataria es la responsable del cumplimiento del nivel de calidad individual de cada punto

de suministro. Así mismo debe actuar frente a la empresa distribuidora ante cualquier incidencia o

incumplimiento que se produzca en relación a la calidad del suministro exigida en este pliego. Los

descuentos reglamentarios que se apliquen al adjudicatario por parte de la empresa distribuidora en

concepto de estos incumplimientos en la calidad del servicio, deben ser directamente repercutidos en la

facturación a INECO.

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Con la adjudicación de los servicios recogidos en este pliego, el adjudicatario se compromete, siempre que

la empresa distribuidora aporte previamente la información, a comunicar a INECO con suficiente antelación

aquellos cortes planificados en la red por motivos técnicos.

Así mismo, el adjudicatario informará a INECO sobre la causa de los cortes, microcortes o interrupciones no

planificadas.

Sin perjuicio de lo anterior, INECO puede reclamar la indemnización por los daños y perjuicios que la

interrupción del servicio pueda causarle.

2.4 LECTURA DE CONSUMOS Y FACTURACIÓN

La compañía adjudicataria, asumirá la representación de INECO ante la empresa distribuidora en la lectura,

validación y envío de los registros de consumo.

La facturación se realizará mensualmente, correspondiendo esta facturación al 100% del consumo

producido en el mes natural. Se incluirá toda la información necesaria para su correcta interpretación,

incluyendo de forma explícita:

1. Facturación correspondiente a la tarifa de acceso según la normativa en vigor, incluyendo la

lectura de potencias máximas demandadas y energías consumidas en el periodo facturado.

2. Facturación correspondiente al consumo: importe correspondiente al consumo de energía activa

durante el periodo considerado aplicando los precios de adjudicación correspondientes a la tarifa

de acceso y periodo de lectura correspondiente al punto de suministro.

3. IVA, Impuesto eléctrico y, en su caso, IGIC e IPSI.

4. Importe total.

Cuando se realice una factura global para varios puntos de suministro, se detallará explícitamente para cada

CUPS la información indicada.

2.5 INFORMACIÓN A FACILITAR POR LA EMPRESA

La empresa adjudicataria proporcionará a Ineco en el momento de la firma del contrato:

1. Nombre, teléfono, fax y dirección de correo electrónico de la persona responsable de la gestión de

las incidencias del contrato, incluyendo en dichas incidencias las nuevas altas y bajas,

modificaciones de potencias, etc. en todos los puntos de suministro objeto de este pliego.

2. Acceso a través de Internet de toda la información que se requiera para optimizar la gestión del

suministro eléctrico y en particular las curvas de carga de potencias cuarto horarias activas

(período de integración quince minutos) y de consumos horarios de energía activa y de reactiva,

disponiendo de información global de todos los puntos de suministro dependientes de INECO.

La plataforma web debe permitir la exportación de los datos en un formato editable (Microsoft

Excel).

3. Informe detallando, para cada punto de suministro, su tarifa de acceso, recargos que pudieran ser

aplicables por ley y si el punto dispone de telemedida y con qué medio se realiza. El informe se

debe remitir en formato electrónico editable (Microsoft Excel).

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4. Asesoramiento sobre las potencias a contratar, prestando especial atención a la fijación de puntos

frontera que delimiten las responsabilidades ante terceros en cada punto de suministro y al

cumplimiento de las obligaciones reglamentarias de INECO como titular de instalaciones eléctricas

en diferentes municipios y comunidades autónomas.

La empresa adjudicataria enviará al responsable del contrato, con periodicidad mensual, mediante soporte

informático (Excel o Access) los siguientes informes:

1. Informe de facturación de los puntos de suministro nacionales, desglosado, detallando la lectura

de potencias máximas demandadas y energías consumidas en el periodo facturado con detalle de

potencias y consumos de energía activa, reactiva y total por cada punto de suministro.

2. Situación de los puntos de suministro, pendientes de concesión del acceso de terceros a redes

(ATR), con indicación del problema que origina el rechazo de esta concesión, cuando se produjera.

3. Variaciones en el inventario de puntos de suministro surgidas durante el mes (altas y bajas de

puntos de suministro, solicitadas por los órganos de contratación y modificaciones de la potencia

contratada).

4. Estado de las modificaciones de potencia solicitadas por INECO y pendientes de resolver, con

indicación en caso de denegación por la compañía distribuidora de los motivos que la originan.

La empresa adjudicataria informará puntualmente a INECO sobre las modificaciones que se produzcan en la

regulación del sector eléctrico y que afecten a las condiciones contractuales del suministro.

2.6 INFORME FINAL

La empresa adjudicataria debe presentar un resumen de actividad final del contrato, en el plazo máximo de

un (1) mes a partir de la fecha de finalización del mismo. El resumen debe constar, al menos, de los

siguientes aspectos en formato electrónico editable (Microsoft Excel):

1. Curvas de carga, de potencias cuarto horarias activas (período de integración quince minutos), y de

consumos horarios de energía activa y de reactiva de los puntos de suministro que determine

INECO.

2. Modificaciones efectuadas:

Altas y bajas de puntos de suministro.

Cambios en potencias contratadas.

Cambios en tarifas de acceso.

Otros cambios.

3. Incidencias en el suministro.

4. Listado de puntos de suministro finales del contrato, indicando, en formato de hoja de cálculo los

siguientes datos:

CUPS.

Fecha de alta del punto de suministro.

Fecha de obtención del ATR.

Tensión de la conexión del punto de suministro a las redes.

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Potencia máxima en kW del punto de suministro, según consta en el Boletín de

Instalaciones Eléctricas (BIE).

Potencia máxima en kW del punto de suministro, según consta en el acta de autorización

de puesta en marcha (AAPM).

Tipo de propietario del equipo de medida: empresa distribuidora o titular del punto de

suministro.

Tipo de equipo de medida.

Potencias contratadas en el momento de finalizar el contrato.

Para la solicitud de estos datos a la empresa distribuidora, la adjudicataria quedará autorizada por INECO,

mediante la adjudicación del contrato.

2.7 NORMATIVA APLICABLE

El suministro de energía eléctrica se realizará de acuerdo con la normativa referida en esta cláusula o

aquella que la sustituya durante el periodo de vigencia del contrato y sus posibles prórrogas, a la normativa

particular, incluyendo las de gestión medioambiental, vigente en cada momento y en cada punto de

suministro y a las demás prescripciones técnicas descritas en el presente pliego.

La empresa adjudicataria deberá gestionar el acceso a las redes y el suministro en energía eléctrica y los

servicios asociados conforme a lo establecido en las siguientes disposiciones:

Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y su Normativa de desarrollo.

Real Decreto 7/2006 de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el sector

energético.

Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento

Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado

interior de la electricidad.

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del

Transporte, Distribución, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de

energía eléctrica.

Real Decreto 1164/2001 de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las

redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado

de puntos de medida del sistema eléctrico.

Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía

del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de

cogeneración de alta eficiencia, modificada por la Orden ITC/2914/2011, de 27 de

octubre.

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Circular 2/2007 de 29 de noviembre, de la Comisión Nacional de la Energía, que regula la

puesta en marcha y gestión del sistema de garantía de origen de la electricidad

procedente de fuentes de energía renovables y cogeneración de alta eficiencia.

2.8 NIVEL DE SERVICIO

Aportación de los recursos y medios siguientes:

Interlocutor cualificado 24 horas, todos los días del año, así como sustituto cuando aquel esté

ausente. Será responsable gestor de la cuenta de Ineco.

Teléfono de atención directa a INECO.

La empresa adjudicataria deberá asumir la representación de INECO ante las compañías

distribuidoras estableciendo con las misma los contratos y pólizas precisos para el acceso a la red,

canalizando cualquier reclamación que se tuviera que realizar a dichas compañías, aunque INECO

se reserva el derecho de dirigirse directamente a la compañía distribuidora correspondiente.

3 MEDIOS REQUERIDOS

El adjudicatario deberá aportar los medios humanos, técnicos y materiales necesarios para la correcta

ejecución del servicio. Se debe presentar un resumen de los medios materiales y personales de que dispone

y de los que estima necesarios para ejecutar los trabajos descritos en el presente documento.

Los medios específicos a proporcionar en cada trabajo se detallarán en las ofertas correspondientes, y en

general serán coherentes con lo establecido en el apartado 2.

La empresa adjudicataria garantizará que no se producirán interrupciones en la prestación del servicio y que

tiene recursos suficientes para, en caso de necesidad urgente, solventar cualquier incidencia.

3.1 MEDIOS HUMANOS

3.1.1 Representante de la empresa

La empresa adjudicataria designará un gestor único de ámbito nacional con las competencias necesarias

para realizar las funciones de coordinación y asistencia que centralizará todas las gestiones comerciales

(facturación, consumos, etc.) y de administración del servicio (altas, bajas y modificaciones del servicio) y

será el interlocutor del responsable del contrato. Este Gestor contará con los medios humanos y materiales

necesarios y suficientes para atender de forma adecuada las demandas de INECO.

3.2 MEDIOS TÉCNICOS

3.2.1 Equipos de medida

En este apartado será de aplicación la legislación vigente, teniendo en consideración las siguientes

salvedades:

La empresa adjudicataria deberá instalar a su cargo los equipos de medida, control y transmisión

de datos en los puntos de suministro que sean necesarios para adecuar los sistemas de medida

que estuvieran instalados a la normativa vigente, pudiendo retirar esos los equipos de medida,

control y transmisión de datos de su propiedad, una vez concluido el acuerdo marco y sus posibles

prórrogas.

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Si las instalaciones de equipos de medida, control y transmisión de datos en algún punto de

suministro fueran propiedad de INECO y la empresa adjudicataria los considerara satisfactorios

para su uso, podrá utilizarlos haciendo constar tal circunstancia ante INECO, quien autorizará su

uso por escrito, aunque nunca la propiedad.

El adjudicatario se compromete a realizar, sin coste adicional alguno, las verificaciones sistemáticas

de los equipos de medida que determine el operador del sistema, de acuerdo con el RD

1110/2007, por el que se aprueba el reglamento unificado de puntos de medida o cualquier otra

disposición normativa que lo sustituya o complemente.

4 TÉRMINOS Y CONDICIONES COMERCIALES

Serán de aplicación las condiciones generales de contratación publicadas en el perfil del contratante de

Ineco (www.ineco.com) y en la plataforma de contratación del estado (www.contrataciondelestado.es).

La empresa adjudicataria deberá estar capacitada según la legislación vigente para el desarrollo de los

trabajos requeridos en el presente documento.

La presentación de oferta supone la aceptación de las Condiciones Generales de Contratación de Ineco y de

las presentes Condiciones Particulares, con el orden de prelación de documentación contractual establecido

en el Artículo 20 de las Condiciones Generales de Contratación de Ineco.

Ineco no permitirá la subcontratación de ninguna de las actividades descritas en el presente pliego de

condiciones particulares.

4.1 CONSIDERACIONES PARA LA FACTURACIÓN

La facturación se realizará en función del trabajo realmente ejecutado, valorado a los precios ofertados. En

ningún caso Ineco tendrá la obligación de agotar en su totalidad el presupuesto ni el plazo, quedando

limitado a las necesidades reales de la empresa.

Los días de pago son los días 5, 15 y 25 de cada mes, lo que deberá tenerse en cuenta para los plazos de

pago.

El pago se realizará a AL CONTADO tras la validación de la factura.

Los pagos se realizarán en EUROS, mediante transferencia bancaria, desde una cuenta corriente de Ineco

domiciliada en Madrid (España), por lo que todas las facturas deberán indicar:

Titular de la cuenta

Nombre del banco

IBAN o codificación unívoca equivalente.

SWIFT o BIC (Cuando aplique)

Los gastos adicionales ocasionados por pagos mediante diferentes medios a los indicados correrán por

cuenta del proveedor.

Todas las facturas que se emitan deberán contener los siguientes datos obligatoriamente:

Nº de Adjudicación.

Código de proyecto.

Nº de factura o serie.

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Fecha de expedición.

Nombre y apellidos, razón o denominación social completa tanto del obligado a expedir factura

como del destinatario de las operaciones.

Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaría española.

Domicilio fiscal tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones.

Descripción de la/s operación/es.

Tipo impositivo o exención del mismo si procede.

La cuota tributaria que, en su caso se repercuta, que deberá consignarse por separado.

4.2 FORMA DE PAGO

La facturación se realizará mensualmente, correspondiendo esta facturación al 100% del consumo

producido en el mes natural. Se incluirá toda la información necesaria para su correcta interpretación,

incluyendo de forma explícita:

1. Facturación correspondiente a la tarifa de acceso según la normativa en vigor, incluyendo la

lectura de potencias máximas demandadas y energías consumidas en el periodo facturado.

2. Facturación correspondiente al consumo de energía activa durante el periodo considerado

aplicando los precios de adjudicación correspondientes a la tarifa de acceso y periodo de lectura

correspondiente al punto de suministro.

3. IVA, Impuesto eléctrico y, en su caso, IGIC e IPSL

4. Importe total.

5. La factura deberá ser una, única, por mes y contrato derivado, de manera que aun cuando las

tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución, con todos los componentes, incluidos

Impuestos, son objeto de este contrato, puesto que tienen precios regulados que asumirá Ineco,

la comercializadora que resulte adjudicataria, sin repercusión de coste adicional alguno por la

tramitación, adquirirán el compromiso de contratar los ATR´s de los puntos de suministro que le

sean adjudicados y de que los mismos queden reflejados en el mismo recibo que contenga el coste

de energía.

4.3 ACLARACIÓN DE DUDAS

Las empresas licitantes podrán solicitar aclaraciones o información adicional por escrito en una (1) lista

cerrada de puntos que deberá incluir:

Número de pregunta.

Concepto debidamente especificado.

Justificación de la pregunta y/o impacto en la oferta a presentar.

La solicitud de aclaración de dudas, así como una descripción mínima de la empresa ofertante (máximo una

página) deberán ser enviadas al correo electrónico [email protected]. La respuesta será realizada por

Ineco por el mismo medio.

La recepción de solicitudes de aclaración de dudas finalizará dos (2) días antes de la fecha límite de

presentación de ofertas.

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4.4 PENALIDADES

INECO puede imponer las siguientes penalidades debido al incumplimiento por causas imputables al

contratista:

Falta de obtención por parte del contratista del ATR de algún punto de suministro en los plazos

establecidos y dicho incumplimiento haya causado mayor gasto a INECO.

Se entiende como niveles de servicio mínimo:

- Alta y baja de suministro: 1 semana máximo desde su solicitud habiéndose aportado la

documentación requerida salvo que la comercializadora acredite cualquier causa legal por

la que la distribuidora no pueda realizar el alta.

- Cambio de titularidad del punto suministro en menos de una semana habiéndose

solicitado por Ineco al mail establecido al efecto y entregada la documentación requerida.

- Contestación a incidencias: Menos de 24 horas desde el envío de la incidencia al mail

señalado por parte de la comercializadora.

Penalidad de 1 céntimo de €/kWh consumido en el periodo transcurrido entre las fechas para la

obtención del ATR hasta el momento en que efectivamente se obtuvo, baja del punto y no

resolución de la incidencia.

Falta de remisión por parte del contratista de cualquiera de los informes previstos. Se establecen

los siguientes niveles de servicio:

- En caso de retraso superior a 30 días naturales respecto a la fecha límite de entrega

penalidad de 0,025% del importe del contrato la primera vez y el 0,05% del importe del

contrato en caso de reincidencia.

- En caso de retraso superior a 180 días naturales respecto a la fecha límite de entrega

penalidad de 0,1% del importe del contrato en caso de reincidencia.

Por retraso superior a 30 días respecto a la fecha límite de emisión de la factura.

- Penalidad igual al 2% del importe de la factura mensual (IVA excluido) por cada 30 días de

retraso hasta los 180 días. En caso de retraso superior a 180 días naturales penalidad de

un 5% del importe de la factura mensual por cada 30 días de retraso adicionales.

Por Incorrección de la factura si, habiéndose solicitado por INECO la corrección, hubieran

transcurrido más de 30 días naturales desde el traslado de dicha solicitud y el contratista no

hubiera emitido la factura debidamente corregida.

- Penalidad igual al 2% del importe de la factura mensual (IVA excluido) por cada 30 días de

retraso hasta los 180 días. En caso de retraso superior a 180 días naturales penalidad de

un 5% del importe de la factura mensual por cada 30 días de retraso adicionales.

Para proceder a la imposición de penalidades indicadas es necesario que los incumplimientos que puedan

dar lugar a penalidades queden certificados por INECO. De estos incumplimientos se da traslado al

contratista para que presente sus alegaciones en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la

notificación. Toda la documentación es presentada al órgano de contratación, responsable de resolver

sobre la penalidad y notificar dicha imposición al contratista.

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 12

La aplicación de las citadas penalidades no impide a INECO exigir al contratista el cumplimiento de las

obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho

como consecuencia del incumplimiento.

4.4.1 Incumplimiento de los trabajos objeto de contrato

Se aplicará una penalidad correspondiente al diez (10%) por ciento del importe de la factura mensual por el

incumplimiento de cualquiera de las tareas descritas en el apartado segundo. Ineco informará de esta

situación al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria para que, en el plazo máximo de dos (2)

días, alegue lo que considere oportuno. Una vez recibidas las alegaciones por parte de Ineco, en caso de

desestimarlas, en el plazo máximo de cuatro (4) días, informará sobre la aplicación de dicha penalidad o

sobre la rescisión anticipada del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor de la empresa

adjudicataria. Las comunicaciones entre Ineco y la empresa adjudicataria se realizarán siempre por escrito.

Las penalidades por incumplimiento de los trabajos, en caso de superar el veinte (20%) por ciento del

importe total del contrato, habilitarán a Ineco para proceder a la rescisión anticipada del contrato.

4.4.2 Interrupción de Suministro

Se aplicará una penalidad del diez (10%) por ciento del importe de la factura mensual por la interrupción del

suministro. Ineco informará de esta situación al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria para

que, en el plazo máximo de dos (2) días, alegue lo que considere oportuno. Una vez recibidas las

alegaciones por parte de Ineco, en caso de desestimarlas, en el plazo máximo de cuatro (4) días, informará

sobre la aplicación de dicha penalidad o sobre la rescisión anticipada del contrato, sin derecho a

indemnización alguna a favor de la empresa adjudicataria. Las comunicaciones entre Ineco y la empresa

adjudicataria se realizarán siempre por escrito.

Las penalidades por ejecución defectuosa de los trabajos en caso de superar el diez (10%) por ciento del

importe del contrato, habilitará a Ineco para proceder a la rescisión anticipada del contrato.

4.4.3 Ejecución de Penalidades

Las penalidades mencionadas se harán efectivas mediante la correspondiente deducción en la siguiente

factura emitida por la empresa adjudicataria. Ineco informará de la aplicación de dicha penalidad al

coordinador nombrado por la empresa adjudicataria, para que se contemple dicha deducción por este

concepto en la correspondiente factura, de no ser así, Ineco se reserva el derecho a realizar una retención

del doble de la penalidad impuesta que se practicará en la última factura emitida por la empresa

adjudicataria.

4.4.4 Comunicación Penalidades

Las comunicaciones por escrito se realizarán al correo electrónico facilitado por el contratista, siendo

responsabilidad del mismo el mantenimiento de dicha cuenta, así como la consulta y lectura de los correos

emitidos. En el caso de cambiar la dirección de correo electrónico, el contratista deberá de notificarlo por

escrito a Ineco ([email protected]), en caso de no hacerlo las comunicaciones emitidas al correo

facilitado tendrán la consideración de comunicación escrita a los efectos de oportunos.

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 13

En caso de incumplimiento por parte del contratista y de sus subcontratas, de sus obligaciones con la

Seguridad Social, abono de salarios a sus trabajadores y obligaciones en materia de PRL, se podrá rescindir

anticipadamente el contrato, así como realizar retenciones en concepto de penalización en las facturas

emitidas.

4.5 GESTIÓN DEL SERVICIO

INECO designará un responsable del contrato que será el encargado de la comprobación y vigilancia de su

correcta ejecución. Este responsable establecerá los criterios y líneas generales para la actuación en

relación con el servicio contratado para el cumplimiento de los fines del mismo.

El nombramiento del responsable del contrato será oportunamente comunicado a la empresa adjudicataria,

una vez haya sido formalizado el contrato.

5 DURACIÓN

El plazo de duración de este contrato será de DOCE (12) meses.

Ineco se reserva el derecho a prorrogar por un periodo no superior al contratado inicialmente, en iguales o

mejores condiciones.

6 IMPORTE MÁXIMO

El importe máximo que Ineco abonará al adjudicatario por la ejecución de las prestaciones requeridas será

de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000,00 €), IVA no incluido. Este importe se basa en un modelo

binómico compuesto por el coste de la potencia y por el de la energía activa, ATR (Tarifa de acceso a Red),

impuesto sobre electricidad, alquileres de equipos de medida, solo excluyendo el IVA.

En el Anexo 1 se facilitan todos los puntos de suministro con el consumo estimado del último año. No

obstante, se trata de cifras orientativas y no vinculantes.

Las empresas licitadoras considerarán en su oferta la totalidad de la energía que se demande en todos y

cada uno de los puntos de suministro durante la vigencia del presente contrato.

7 SOLVENCIA TÉCNICA

Los criterios mínimos que han de cumplir las ofertas son:

7.1 REFERENCIAS

Los licitadores deberán presentar una relación suscrita por un responsable legal de la empresa en la que se

recojan los principales servicios o trabajos similares, realizados en los tres (3) años anteriores, que deberá

incluir el importe, fechas, número de empleados y m2 de edificios de oficinas.

- De las referencias anteriores, al menos una (1) referencia debe ser de oficinas o edificios de

oficinas con superficie igual o superior a las referidas en el presente pliego.

- Las empresas licitadoras deberán tener, en cada uno de los últimos 3 años, al menos una cifra de

negocio anual 2 veces superior al valor anual estimado este contrato, expresado en el punto 6 del

presente pliego.

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 14

7.2 SOLVENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA

Relación de los principales suministros de energía eléctrica efectuados durante los tres últimos

años. indicándose su importe, fechas y destino público o privado y la cuantía del suministro total

en GWh, , así como la relación de compañías distribuidoras encargadas de dar cobertura nacional

al suministro, acreditando la adjudicataria el haber contratado acceso a las redes de al menos 3

centros públicos o privados, con un volumen global de consumo de 10 GWh y un mínimo de 60

puntos de suministro.

Certificación del cumplimiento de los niveles exigidos de calidad del servicio, producto y atención

al cliente establecidos por la Administración en el Real Decreto 1955/2000·, de 1 de diciembre, por

el que se regulan las actividades del transporte, distribución, comercialización, suministro y

procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

7.2.1 Habilitación empresarial

En atención a lo establecido en el Art 7.2.a) del RD 1955/2000, por la redacción dada en el RO 198/2012, de

26 de febrero, se requerirá que los licitadores acrediten que se encuentran inscritos en el registro de

Comercializadores de la Comisión Nacional de la Energía.

8 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA

En el momento de presentar la oferta, para acreditar la solvencia económica y financiera el licitador deberá

aportar y renovar cada seis meses.

Informe de Instituciones financieras con los que el participante en la negociación haya mantenido

posiciones de activo o de pasivo significativas en los tres últimos ejercicios que indique al menos

los siguientes extremos:

o Cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito

o Evaluación global de la entidad.

Declaración responsable del conocimiento del Catálogo de Conductas Prohibidas ubicado en Perfil

del Contratante en la página web de Ineco.

Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias

Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de sus obligaciones de la seguridad

social.

Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles siniestros asociados a las actividades a

desarrollar, conforme lo siguiente:

o Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración contractual una póliza de

Responsabilidad Civil General / Explotación en cobertura de los daños corporales,

materiales y consecutivos causados en el curso de su actividad ordinaria que fueren

imputables a la empresa, sus directivos, empleados (incluidos todos aquellos puestos a

servicio de Ineco), agentes y subcontratistas.

La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por

siniestro de 1.000.000 EUR, sin Sublímite por víctima inferior a dicha cuantía.

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 15

o Adherida a la misma póliza, o como póliza independiente, deberá igualmente mantener

en vigor cobertura de Responsabilidad Civil Patronal (sin Sublímite por víctima, y en caso

de que lo hubiera, no inferior a 600.000 EUR) en idénticas cuantías indemnizatorias a las

previamente citadas.

o Asimismo, la licitadora deberá mantener póliza de Responsabilidad Civil Profesional en

cobertura de los daños corporales, materiales, consecutivos y perjuicios patrimoniales

puros derivados de actos u omisiones imputables a los empleados contratados por la

licitadora y puestos a servicio de Ineco para todas las categorías de actividad técnica que,

contando con la aptitud legalmente necesaria, desempeñen en el marco de los contratos

de consultoría, ingeniería y servicios de Ineco con sus correspondientes clientes.

La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por

siniestro de 1.000.000 EUR. No obstante, podrán requerirse importes mayores en

función de los trabajos y servicios a desarrollar por la licitadora.

Durante y a finalización del contrato entre Ineco y la adjudicataria, la póliza

deberá cubrir los periodos de responsabilidad posteriores a la ejecución de

trabajos del personal contratado, según los periodos de prescripción de

responsabilidad profesional señalados por las leyes que fueren de aplicación.

o Respecto al seguro de Responsabilidad civil, en el caso de que se disponga de límites

indemnizatorios, alcances o coberturas inferiores a los exigidos en este pliego, para dar

prueba de cumplimiento, es necesario presentar compromiso de contratación por parte

de la empresa licitadora y certificado de la compañía o corredor de seguros en el que se

indique que se emitiría en los términos requeridos en caso de resultar adjudicatarios y

siempre con carácter previo al inicio del servicio.

o El cumplimiento de la presente condición no limitará las responsabilidades de la

licitadora, directivos, empleados, agentes y subcontratistas, debiendo responder

totalmente de los daños y perjuicios causados a Ineco o a terceros.

9 CRITERIOS DE VALORACIÓN

Las ofertas recibidas se clasificarán de acuerdo a su valoración que será 100 % económica.

Ineco establece un plazo máximo para la adjudicación de un (1) mes desde la fecha límite de presentación

de ofertas.

9.1 CRITERIOS EXCLUYENTES

Será motivo de exclusión las siguientes causas:

No estar dado de alta en el registro de proveedores de Ineco, o en su defecto no adjuntar un

compromiso de hacerlo en el plazo de quince (15) días naturales a partir de que Ineco se lo

requiera.

No presentar los certificados acreditativos de solvencia exigidos en el apartado 7 y 8.

No aportar los medios requeridos en el punto 3.

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No cumplir con los requisitos para contratar con Ineco establecidos en el apartado 4 del

documento Normas Internas de Contratación publicado en el perfil del contratante de la web de

Ineco.

9.2 VALORACIÓN ECONÓMICA.

Cada empresa licitante dará dos precios unitarios (PUOi), para cada uno de los dos grupos de tarifas, tal

como se indica en la siguiente tabla, y que servirá de referencia para calcular el precio del resto de los

periodos tarifarios:

GRUPO 1

CONSUMO TARIFA 2.0 A

CONSUMO TARIFA 2.0 DHA

CONSUMO TARIFA 2.1. A

CONSUMO TARIFA 2.1. DHA

GRUPO 2 CONSUMO TARIFA 3.0 A

Es decir, PUO1 precio unitario ofertado para el grupo 1 y PUO2 precio unitario ofertado para el grupo 2.

La siguiente tabla muestra las constantes multiplicadoras a los precios unitarios PUO1 y PUO2 de cada

grupo:

GRUPO TARIFA DE ACCESO P1 P2 P3

GRUPO 1

TARIFA 2.0. A 1

TARIFA 2.0 DHA 1

TARIFA 2.1. A 1

TARIFA 2.1. DHA 1

GRUPO 2 TARIFA 3.0 A 1 0.82 0.57

El precio de cada periodo se obtendrá aplicando las siguientes fórmulas:

GRUPO TARIFA DE ACCESO P1 P2 P3

TARIFA 2.0. A POU1

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GRUPO 1

TARIFA 2.0 DHA POU1

TARIFA 2.1. A POU1

TARIFA 2.1. DHA POU1

Grupo 2 TARIFA 3.0 A POU2 0.82XPOU2 0.57 XPOU2

El importe de licitación se calcula según lo descrito a continuación:

IL= (∑j (CEi* PUO1*PDi))+ (CE2* PUO2*PD2) Siendo:

CEi = Consumo estimado durante la vigencia del contrato para cada tarifa, 2.0A, 2.0DHA, 2.1A Y 2.1DHA

CE2= Consumo estimado durante la vigencia del contrato para la tarifa 3.0A

PUO1 = Precio unitario para el grupo 1 en c€/kWh con un nivel de detalle de 4 decimales

PUO2 = Precio unitario para el grupo 2 en c€/kWh con un nivel de detalle de 4 decimales

PDi= Ponderación de la categoría de tarifa de acceso (en porcentaje), 2.0A, 2.0DHA, 2.1A Y 2.1DHA

PD2= Ponderación de la categoría de tarifa de acceso (en porcentaje), 3.0A

CONSUMOS ESTIMADOS (Kwh) Kwh

CONSUMO TARIFA 2.0 A 145.142

CONSUMO TARIFA 2.0 DHA 11.538

CONSUMO TARIFA 2.1. A 159.523

CONSUMO TARIFA 2.1. DHA 155.310

CONSUMO TARIFA 3.0 A 2.881.929

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TABLA DE PONDERACIÓN DE CONSUMO

PERFIL DE CONSUMO (EN

PORCENTAJE)

PCi

CONSUMO TARIFA 2.0 A 4,34%

CONSUMO TARIFA 2.0 DHA 0,34%

CONSUMO TARIFA 2.1. A 4,76%

CONSUMO TARIFA 2.1. DHA 4.63%

CONSUMO TARIFA 3.0 A 85,93%

Si se aportan coeficientes y/o precios unitarios con un detalle inferior de cuatro (4) decimales se completa

el valor con ceros hasta llegar al cuarto decimal.

Si se aportan coeficientes y/o precios unitarios con un detalle superior de cuatro (4) decimales, se redondea

el valor a cuatro decimales.

Finalmente, el importe de licitación (IL) para cada lote se calcula en euros (€) redondeando al segundo

decimal.

Las reglas de redondeo son las siguientes:

Siguiente decimal al que es objeto de redondeo menor que cinco (5), se deja el dígito precedente

intacto.

Siguiente decimal al que es objeto de redondeo mayor que cinco (5), se aumenta una unidad el

dígito precedente.

Decimal objeto de redondeo igual a (5) seguido de cualquier dígito diferente de cero, se aumenta

una unidad el dígito precedente.

Decimal objeto de redondeo igual a (S) no seguida de dígitos, se deja el dígito precedente sin cambiar si es

par, y se aumenta una unidad si es impar, de modo que siempre termine en par.

La valoración económica se realizará en función del presupuesto ofertado por cada licitador, de acuerdo

con la siguiente formulación:

Se considerará oferta desproporcionada aquella que sea un 10% inferior a la media de las ofertas

presentadas. En este caso se podrá solicitar informe de detalle que justifique su oferta económica.

La oferta quedará descartada en el caso de que se considere que se trata de una oferta temeraria, que

pondría en riesgo el buen término de los trabajos.

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Las ofertas consideradas temerarias no se considerarán para la determinación de la puntuación económica.

10 CONTENIDO DE OFERTAS

La documentación deberá ser suficiente para poder valorar la solvencia y cumplir con todos los

requerimientos presentes, y en particular lo expresado en los siguientes puntos:

10.1 OFERTA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

10.1.1 Documentación Técnica

Cada licitador presentará una Memoria Técnica de los trabajos a realizar y resultados a alcanzar, en la que,

de forma clara y concisa, se especificará:

Servicios ofertados. Descripción de los medios técnicos y humanos disponibles y curricula tipo del

personal que se puede asignar a estos servicios. Estos documentos podrán ser anónimos, pero

deberán ir firmados por el trabajador e incluir:

o Fecha de nacimiento.

o Fechas de los periodos de experiencia profesional con las fechas de inicio y fin de cada

uno de los trabajos relevantes, identificando con detalle suficiente las funciones técnicas

realizadas en cada uno de los mismos.

o Fechas de los títulos de los cursos referenciados.

Metodología de gestión y ejecución de los servicios.

Metodología de calidad y garantía.

Matriz de cumplimiento: Se deberá incluir una matriz donde especifique el cumplimiento de los

requisitos y criterios de evaluación, que serán analizados en la valoración técnica según los

parámetros establecidos. La matriz deberá cumplir el siguiente formato:

Matriz de cumplimiento

Criterio de evaluación Referencia en la Oferta

Criterio 1 Página P1

.. ..

Criterio N Página Pn

Todo lo anterior, en coherencia con las prescripciones establecidas en las presentes condiciones técnicas.

Los licitadores podrán incluir en su oferta técnica mejoras relacionadas con el objeto de los trabajos

descritos en el presente documento.

10.1.2 Documentación Administrativa

El licitador, en el momento de la presentación de la oferta, deberá presentar la siguiente documentación:

Datos de la empresa: Razón social, NIF, objeto de la empresa (copia de estatutos y/o

modificaciones), domicilio social.

Datos del firmante en nombre de la empresa: Nombre y apellidos, copia o referencia de la

escritura de designación de cargo o apoderamiento para la firma del contrato, NIF (fotocopia).

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Adicionalmente, será necesario incluir el resto de documentación que acredite el cumplimiento de todos los

requisitos exigidos en el presente documento, y en particular será necesario presentar:

Declaración del responsable de la empresa adjudicataria de disponer en el momento de la

formalización del contrato de que cuenta en su plantilla con el personal establecido en los perfiles

comprometiéndose a entregar a la firma el TA2, documento de afiliación a la seguridad social y

boletines de cotización Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y recibo de liquidación de

cotizaciones (RLC), a la seguridad social.

En caso de presentar a personal que no pertenezca a la empresa en el momento de presentar la

oferta será necesario presentar carta de compromiso de cada uno de los perfiles nominados. Estas

cartas de compromiso deberán ser en exclusividad para la empresa ofertante.

Declaración responsable de no estar incursos en prohibición de contratar

La empresa adjudicataria y también si hay subcontratistas, deben presentar a la firma del contrato,

copia de la póliza de seguros que cubra las indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad

permanente determinadas en convenio colectivo de aplicación y copia del justificante de abono de

la prima de dicho seguro.

La empresa adjudicataria y también sus subcontratas, deben cumplimentar y firmar

obligatoriamente a la firma del contrato, el documento de cumplimiento en PRL (prevención de

riesgos laborales) “Registro de Coordinación de Actividades Empresariales” que se encuentra

alojado en la web de Ineco. Asimismo, deberá disponer del “Manual de Prevención de Riesgos

Laborales de Ineco” y del de “Riesgos, Medidas Preventivas y Medidas de Emergencia en Ineco”,

alojados en la web de Ineco.

La empresa adjudicataria y sus subcontratistas, si va a tratar sola o conjuntamente con otros, datos

personales por cuenta del responsable del tratamiento –Ineco- y tenga que acceder a datos de

carácter personal, almacenados en los sistemas de Ineco, ya sea informático o en papel, deberá

formalizar el contrato de prestador de servicio, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 12 de la

LOPD y en aquellos servicios que no impliquen un tratamiento de datos personales responsabilidad

de Ineco, pero sí una posibilidad de acceso físico a los mismos, deben firmar los empleados

adscritos al servicio el “documento de confidencialidad y privacidad”, a la firma del contrato de la

empresa con Ineco.

Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, debe

presentarse la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de

cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del

contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.

Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la

consideración de auténticos según la legislación vigente.

Cuando los empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento

en el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resultar adjudicatarios, designen un

representante único y expresen la participación que corresponde a cada uno de ellos. El citado

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Condiciones particulares para la contratación de servicios de comercialización de suministro de energía eléctrica 21

compromiso podrá formalizarse en documento privado, que deberá estar firmado por los

representantes de cada una de las empresas agrupadas.

10.2 OFERTA ECONÓMICA

La propuesta económica deberá estar firmada por el representante legal de la empresa ofertante.

Las cantidades recogidas en dicha propuesta deberán expresarse con y sin IVA.

El único modelo de oferta económica admisible es el que se corresponde con la plantilla que se adjunta en

el fichero Excel O.E. 20180615-00433 NOMBRE DEL PROVEEDOR.

Las propuestas que no se ajusten a dicho formato no serán consideradas.

Deberá entregarse el fichero en soporte electrónico, tanto el Excel (*.xls) cumplimentado como el PDF del

impreso firmado por el delegado del proveedor.

En caso de que alguna empresa quiera ofrecer servicios complementarios, deberá ofertarlos de forma

segregada y con indicación expresa de su coste, que en ningún caso se entenderá incluido en los precios

anteriores ofertados.

11 PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Todas las ofertas deberán enviarse en soporte electrónico a la siguiente dirección: [email protected]

El fichero que contenga la oferta económica se identificará como O.E. 20180615-00433 NOMBRE DEL

PROVEEDOR y el fichero con la oferta técnica se identificará como O.T. 20180615-00433 NOMBRE DEL

PROVEEDOR.

No serán tomadas en cuenta las ofertas presentadas a través de plataformas on-line de almacenamiento de

documentos. En ningún caso el fichero excederá de 15MB.

En ambos casos se deberá hacer referencia al número de expediente que figura en la portada de este

documento.

La oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse en ficheros separados, sin que se haga

referencia a la propuesta económica dentro de la propuesta técnica.

En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente apartado, relativos al envío de las

ofertas a una dirección distinta de la indicada, el ofertante podrá quedar excluido de la presente licitación.