condicionamiento laboral, social y legal de las personas con epilepsia

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5173 Introducción Las epilepsias constituyen una de las prin- cipales enfermedades neurológicas cróni- cas. Cursan con síntomas neurológicos ca- rácter paroxístico, alteración o pérdida del nivel de consciencia y en ocasiones se acompañan de alteraciones psíquicas. Es- tas características originan una serie de condicionamientos para los pacientes epi- lépticos, tanto a nivel socio-laboral como legal. Condicionamiento laboral La llegada de nuevas tecnologías (infor- mática, robótica) ha provocado una va- riación en la oferta y demanda de los puestos de trabajo. Muchos pacientes epi- lépticos podrían desarrollar este tipo de actividades sin correr ningún riesgo. Pero, por otra parte, dentro del mundo laboral existen determinados trabajos o profesio- nes que tienen su acceso restringido a este tipo de pacientes 1 . Las principales restric- ciones laborales se encuentran resumidas en la figura 1. En caso necesario un equipo médico (Uni- dad Médica de Valoración de Incapacida- des) valorará cuál es el menoscabo labo- ral que produce la epilepsia, teniendo en cuenta la gravedad, el control terapéutico, las alteraciones mentales acompañantes y el tipo de profesión. Medicine 2003; 8(95):5173-5175 CONDICIONAMIENTO LABORAL, SOCIAL Y LEGAL DE LAS PERSONAS CON EPILEPSIA I. Garamendi Ruiz y M.I. Forcadas Berdusán Servicio y Cátedra de Neurología. Hospital de Cruces. Baracaldo. Vizcaya. Grupo II: Científicos e intelectuales Limitaciones para cuerpos de seguridad Sin restricción Sin restricciones, salvo en casos de déficits psíquicos concominantes Grupo I: Miembros del poder ejecutivo y legislativo y personal directivo de la administración pública y empresas Limitaciones en navegación aérea y marítima, construcción, industria y cuerpos de seguridad Grupo III: Técnicos y profesionales de nivel médio Grupo V: Trabajadores de servicios y vendedores Grupo IV: Empleados de oficina Limitaciones para la conducción y uso de maquinaria, restricciones en el permiso de embarque y armas Grupo VI: Agricultores y trabajadores agropecuarios y pesqueros Limitaciones en minería, industria, metalurgia, energía, conductores de vehículos y marineros Restricción para minería, metalurgia y construcción Grupo VIII: Operadores de instalaciones y máquinas Grupo VII: Operarios y artesanos Limitadores si uso de vehículos o actividades de riesgo Grupo IX: Trabajadores no cualificados Grupo 0: Fuerzas armadas Restricciones importantes Fig. 1. Limitaciones y restricciones laborales en los pacientes epilépticos.

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Page 1: Condicionamiento laboral, social y legal de las personas con epilepsia

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Introducción

Las epilepsias constituyen una de las prin-cipales enfermedades neurológicas cróni-cas. Cursan con síntomas neurológicos ca-rácter paroxístico, alteración o pérdida delnivel de consciencia y en ocasiones seacompañan de alteraciones psíquicas. Es-tas características originan una serie decondicionamientos para los pacientes epi-

lépticos, tanto a nivel socio-laboral comolegal.

Condicionamiento laboralLa llegada de nuevas tecnologías (infor-mática, robótica) ha provocado una va-riación en la oferta y demanda de los puestos de trabajo. Muchos pacientes epi-lépticos podrían desarrollar este tipo deactividades sin correr ningún riesgo. Pero,por otra parte, dentro del mundo laboral

existen determinados trabajos o profesio-nes que tienen su acceso restringido a estetipo de pacientes1. Las principales restric-ciones laborales se encuentran resumidasen la figura 1.En caso necesario un equipo médico (Uni-dad Médica de Valoración de Incapacida-des) valorará cuál es el menoscabo labo-ral que produce la epilepsia, teniendo encuenta la gravedad, el control terapéutico,las alteraciones mentales acompañantes yel tipo de profesión.Medicine 2003; 8(95):5173-5175

CONDICIONAMIENTO LABORAL, SOCIAL Y LEGAL DE LAS

PERSONAS CON EPILEPSIAI. Garamendi Ruiz y M.I. Forcadas Berdusán

Servicio y Cátedra de Neurología. Hospital de Cruces. Baracaldo. Vizcaya.

Grupo II:Científicos e intelectuales

Limitaciones para cuerpos de seguridadSin restricción

Sin restricciones, salvo en casos dedéficits psíquicos concominantes

Grupo I:Miembros del poder ejecutivo y

legislativo y personal directivo dela administración pública y empresas

Limitaciones en navegaciónaérea y marítima, construcción,

industria y cuerpos de seguridad

Grupo III:Técnicos y profesionales

de nivel médio

Grupo V:Trabajadores de servicios y vendedores

Grupo IV:Empleados de oficina

Limitaciones para la conduccióny uso de maquinaria, restricciones

en el permiso de embarque y armas

Grupo VI:Agricultores y trabajadoresagropecuarios y pesqueros

Limitaciones en minería, industria,metalurgia, energía, conductores

de vehículos y marineros

Restricción para minería,metalurgia y construcción

Grupo VIII:Operadores de instalaciones y máquinas

Grupo VII:Operarios y artesanos

Limitadores si uso de vehículoso actividades de riesgo

Grupo IX:Trabajadores no cualificados

Grupo 0:Fuerzas armadas Restricciones importantes

Fig. 1. Limitaciones y restricciones laborales en los pacientes epilépticos.

Page 2: Condicionamiento laboral, social y legal de las personas con epilepsia

Una de las cuestiones que se plantean conmás frecuencia las personas con epilepsiaque tienen sus crisis bien controladas osufren crisis infrecuentes es si deben o noinformar de este hecho en su lugar de tra-bajo. Sería mejor hacerlo, pues el empre-sario podría adaptar el puesto a la perso-na candidata, pero la realidad es que enla mayoría de los casos, bien para evitar-se problemas o por falta de una correctainformación, las personas con diagnósti-co de epilepsia son rechazadas de muchospuestos de trabajo.Esto hace que en muchos casos se ocultela enfermedad, ya que la decisión depen-de de la persona afectada.Se ha comprobado que el colectivo de pa-cientes con epilepsia, con relación a gru-pos control, no tiene un mayor absentis-mo laboral y que incluso presenta unmenor porcentaje de accidentes de traba-jo. Por otra parte, se ha demostrado queen personas de nivel educacional similar,las que sufren epilepsia, no cambian tan-

to de puesto de trabajo por temor a per-der un empleo estable, no se promocio-nan de manera adecuada a su grado decualificación y ganan menos dinero2.

Epilepsia y permiso de conducciónOtra de las limitaciones legales que van atener estas personas, y que es una de susmayores preocupaciones sobre todo en losjóvenes, es la obtención del permiso deconducir. En nuestro país la ley actualplantea diferentes posibilidades depen-diendo del tipo de crisis y evolución y se-gún sea profesional o no el conductor (fig.2). Por parte del médico no hay obligaciónde declarar a las autoridades correspon-dientes la identidad de los pacientes epilép-ticos que no pueden conducir. El pacienteepiléptico que conduce suele ser más pru-dente y probablemente lo hace en mejo-res condiciones que una persona sana. Di-

ferentes estudios han demostrado que sólouno de cada diez mil accidentes de tráfi-co era provocado por una crisis epilépti-ca. Pero cuando ésta ocurre en el con-ductor de un vehículo es causa deaccidente de circulación. El riesgo de te-ner un accidente es el doble en una per-sona con epilepsia que en una sana. Ladecisión debería de individualizarse paraintentar que los que tienen un alto riesgono conduzcan3.

Aspectos legales de la epilepsiaEn cuanto a los aspectos jurídicos, podríadecirse que la epilepsia ha sido mal com-prendida en los tribunales. Este hecho pro-viene de la creencia histórica de que laconducta violenta se da con especial fre-cuencia en los pacientes epilépticos, has-ta el punto de haber sido consideradacomo enfermedad mental. El enfermo epi-

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ENFERMEDADES DEL SISTEMA NERVIOSO (V)

Persona epiléptica o con crisis convulsiva

Permiso Grupo 2Taxis, autocares y camiones

Crisis duranteel sueño

Sacudidasmioclónicas

Crisis epilépticasconvulsivas ocon pérdida

de conciencia

Permiso Grupo 1Turismos y vehículos de dos ruedas

Crisis duranteel sueño

Sacudidasmioclónicas

Crisis epilépticasconvulsivas ocon pérdida

de conciencia

Al menos 1 añosólo con esa

sintomatología

Período librede al menos

12 meses

Libre de crisis ysin tratamientoal menos 5 años

Al menos 1 añosólo con esa

sintomatología

Período librede al menos

3 meses

Libre de crisisal menos 1 año

Informe favorable del neurólogo(haciendo constar el diagnóstico, el cumplimiento del tratamiento, frecuencia de la crisis, y que el tratamiento

prescrito no impida la conducción)

Validez de 1año máximo

Validez de 1año máximo

Validez de 2años máximo

Validez de1 año máximo

Validez de 2años máximo

Validez de2 años máximo

Fig. 2. Requisitos que debe cumplir una persona epiléptica para la obtención del permiso de conducir.

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léptico tendrá siempre responsabilidad ci-vil ante un acto que cause daño por ac-ción o por omisión. Si se encontrase in-capacitado responderá su tutor legal4.Muy diferente es el tratamiento que reci-be la persona epiléptica en cuanto a res-ponsabilidad penal. Dado lo complejo y di-fícil de entender del lenguaje jurídicovamos a intentar resumir la doctrina ge-neral que sobre las epilepsias y su rela-ción con la imputabilidad del agente hadictado el alto tribunal: una persona conepilepsia es inimputable durante las crisisque cursan con alteración del nivel deconsciencia (generalizadas convulsivas ono convulsivas y parciales complejas). Enlas crisis parciales simples tendrá una im-putabilidad disminuida. En los estados in-tercríticos la imputabilidad será plena ano ser que sea declarado incapaz por su-frir una demencia, cuyas causas puedenser diversas y muy improbablemente epi-lépticas exclusivamente4.

Condicionamientos sociales

Desde el punto de vista social, la epilep-sia, sobre todo si comienza en la infancia,condiciona la juventud, el acceso al tra-bajo y la integración social. En el caso deser mujer tiene implicaciones especiales2.El grupo de pacientes con epilepsia se sien-te perjudicado por el hecho de tener quetomar fármacos antiepilépticos de mane-ra continua y por los efectos secundariosindeseables (somnolencia, dificultad paraconcentrarse, lentitud mental, etc.) que és-tos les producen. Cada vez adquiere másimportancia la calidad de vida en el tra-tamiento, tanto médico como quirúrgico,de estos pacientes. El QOLIE 10 es un sim-ple, pero eficaz instrumento que nos sir-ve para valorar en la clínica diaria y des-de el punto de vista del enfermo, cómo sesiente ante los efectos secundarios de losfármacos y cómo afecta a su vida laboraly social la epilepsia5.

A pesar de los avances terapéuticos, to-davía queda mucha labor por realizar paralograr la integración plena del paciente epi-léptico en la sociedad, pues siguen exis-tiendo barreras sociales y legales que hayque tratar de superar.

BIBLIOGRAFÍA

1. Burcet Dardé J. Epilepsia y profesiones especiales. En:Burcet Dardé J, editor. Epilepsia y Sociedad. Madrid: 2002.p. 45-55.2. Codina Francisco M. Trabajo, mujer y epilepsia. En: For-cadas MI, Martínez M, editores. Epilepsia y mujer. 2.a ed.Madrid: Harcourt; 2002. p. 161-76.3. Villanueva-Gómez F, Salas-Puig J, Fernández-MirandaMC, de Juan J. Epilepsia y permiso de conducir. Rev Neurol2000;31(12):1184-92.4. Villanueva-Gómez F. Aspectos jurídicos de las epilep-sias. Rev Neurol 2002;34(6):555-62.5. Cramer JA, Kenneth P, Devinsky O, Meador KA. Ques-tionnaire to screen for quality of life in epilepsy: The QO-LIE 10. Epilepsia 1996;37:577-82.

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CONDICIONAMIENTO LABORAL, SOCIAL Y LEGAL DE LAS PERSONAS CON EPILEPSIA