concurso pÚblico nº 003-2008-jus/s contrataciÓn del servicio de … · 2015-01-26 ·...

52
Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S 1 CONCURSO PÚBLICO Nº 003-2008-JUS/S CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Upload: phungmien

Post on 29-Oct-2018

213 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

1

CONCURSO PÚBLICO Nº 003-2008-JUS/S

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE

JUSTICIA

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

2

CAPÍTULO I

GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: MINISTERIO DE JUSTICIA RUC N°: 20131371617

1.2 DOMICILIO LEGAL

Scipion Llona Nº 350 distrito de Miraflores

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la Contratación del Servicio de Alimentación y Nutrición para los trabajadores del Ministerio de Justicia.

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 357,640.80 (Trescientos Cincuenta y Siete Mil y Setecientos seiscientos cuarenta y 80/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. Se considera un precio unitario por almuerzo de S/. 8.74 (Ocho y 74/100 nuevos soles) incluido el Impuesto General a las Ventas-IGV, con un consumo promedio diario de ciento cincuenta y cinco (155) almuerzos y un promedio de veintidós (22) días laborables por mes.

El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre del 2008.

Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:

70 % del Valor Referencial Valor Referencial (Incluido el IGV) 110% del Valor Referencial

250,348.56 Doscientos Cincuenta Mil

Trescientos cuarenta y ocho 56/100

Nuevos Soles

357,640.80

Trescientos Cincuenta y Siete Mil Seiscientos

Cuarenta y 80/100 Nuevos Soles

393,404.88

Trescientos Noventa y Tres Mil Cuatrocientos

Cuatro y 88/100 Nuevos Soles

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor Referencial y aquellas que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular del Pliego, quedando suspendido el otorgamiento de la Buena Pro, en tanto se cumpla con este requisito.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios 1.6 SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Por financiamiento de la entidad

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

3

1.8 ALCANCE DEL SERVICIO

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de las presentes Bases en el Capítulo IV.

1.9 BASE LEGAL

• Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. • Decreto Supremo N° 083-2004-PCM – Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley

de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante la Ley.

• Decreto Supremo N° 084-2004-PCM – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante el Reglamento.

• Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley N° 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional • Ley N° 27633 – Ley que modifica la Ley de Promoción Temporal de Desarrollo

Productivo Nacional. • Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública • Ley N" 26842: TITULO SEGUNDO Capitulo V, en donde se establece las normas

generales sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas en protección de la Salud.

• Decreto Supremo N" 007-98-SA-DM que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas; unifica y armoniza las regulaciones actuales sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas.

• Resolución Ministerial N° 1653-2002-SA-DM que aprueba el Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Autoservicios de Alimentos y Bebidas.

• Resolución Ministerial N" 363-2005/MINSA que aprueba la Norma Sanitaria para el Funcionamiento de Restaurantes y Servicios Afines.

• Directiva Nº 002-2004-JUS-OGA Normas para la Realización de la Encuesta de Evaluación del Servicio de Alimentación en el Ministerio de Justicia aprobada mediante Resolución Directoral Nº 054-2004-JUS-OGA de fecha 30 de abril de 2004.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

4

CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Prepublicación de las Bases: Del 22 al 30 de diciembre del 2008 Convocatoria………………………………….....: 31 de diciembre 2008 Registro de Participantes…………………: Del 05 de enero al 21 de enero del 2009 Formulación de Consultas y/u

Observaciones a las Bases…………………….: Del 05 al 09 de enero 2009 Absolución de Consultas y

Observaciones a las Bases…………………………….: 16 de enero 2009 Integración de las Bases……………………………... : 19 de enero 2009 Presentación de Propuestas…………….………...... ...: 23 de enero 2009

El acto público se realizará en el auditorio del Ministerio de Justicia a horas 16:00 pm Evaluación de Propuestas: .......................................... 26 y 27 de enero Otorgamiento de la Buena Pro….………………….......: 28 de enero

El acto público se realizará en el auditorio del Ministerio de Justicia a horas 16:00 pm 2.2 CONVOCATORIA

Se efectuará a través de la publicación en el SEACE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se realizará en la fecha señalada en el cronograma.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 107º del Reglamento.

El registro de los participantes se realizará en la Sede del Ministerio de Justicia, sito en Scipión Llona Nº 350-Miraflores, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de (08:00 a 16:30 horas, previo pago de la suma S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación en cualquier agencia del Banco de La Nación al Código 4561.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 108º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse.

2.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 110º del Reglamento.

Se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Carlos Tenaud S/N cuadra 3 del Distrito de Miraflores y al correo [email protected], en la fecha señalada en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

5

del CONCURSO PÚBLICO N° 003-2008-JUS/S, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado de conformidad con lo establecido en el Artículo 110º del Reglamento, en el plazo señalado en el cronograma del proceso de selección.

La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL CONSUCODE Los observantes tienen la opción de solicitar que las bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial incluirá en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados.

El participante presentará al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago de la tasa prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de CONSUCODE.

2.6 MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN

Los participantes que soliciten ser notificados electrónicamente, deberán consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efectos de las notificaciones a que hubiere lugar.

2.7 INTEGRACION DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 117º y 118º del Reglamento.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

6

2.8 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

2.8.1 Forma de Presentación de Propuestas Las propuestas se presentarán en acto público, en Scipión Llona Nº 350 – Miraflores , en la fecha y hora señalada en el cronograma, debiendo estar dirigidas al Comité Especial del Concurso Público N° 003-2008-JUS/S.

Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas del proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

2.8.1.1. Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica: Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación de Notario Público.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado acreditado también con carta poder simple (Formato Nº 01).

Las propuestas se presentarán en original y (01) copia en dos sobres debidamente cerrados. El primero contendrá la propuesta técnica (Sobre Nº 01) y el segundo la propuesta económica (Sobre Nº 02), de la siguiente manera:

SOBRE N° 01: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE “2”: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Señores NOMBRE DE LA ENTIDAD Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 003-2008/JUS-S Objeto del proceso: Contratación del Servicio de Alimentación y Nutrición para los trabajadores del Ministerio de Justicia.

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA ORIGINAL Y (01) COPIA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR Nº DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR

Señores NOMBRE DE LA ENTIDAD Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 003-2008-JUS-S Objeto del proceso: Contratación del Servicio de Alimentación y Nutrición para los trabajadores del Ministerio de Justicia.

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA ORIGINAL Y (01) COPIA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

7

Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01).

Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

El acto público de presentación de propuestas, se iniciará cuando el Comité Especial empiece a llamar a los postores en el orden en que se registraron como participantes, para que entreguen los sobres conteniendo ambas propuestas. Si al momento de ser llamado, el postor no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 125 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. Luego procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por el Notario, por los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

2.8.1.2. Apertura de Propuestas Económicas y Otorgamiento de la Buena Pro:

Al inicio del acto público, el Comité Especial hará de conocimiento de los postores, a través de un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuación, el Notario procederá a la entrega al Comité Especial de los sobres que contienen las propuestas económicas. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

8

del diez por ciento (10%) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 72º del Reglamento.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 133º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

2.8.2 Contenido de las Propuestas

2.8.2.1 SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA

1. El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente

documentación:

Documentos Obligatorios:

a) Copia simple de Constancia vigente de Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores, Capitulo de Servicios.

b) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo N.º 1.

c) Declaración Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los Términos de Referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases - Anexo Nº 02.

d) Declaración Jurada del postor de acuerdo al Artículo 76º del Reglamento, según Anexo Nº 03.

e) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, según lo dispuesto en la Directiva N.° 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada con la Resolución N,° 063-2003-CONSUCODE/PRE (Artículo 37º de la Ley), según Anexo N° 04.

f) Declaración Jurada del personal propuesto en el cual se exprese que el personal cumple con los requisitos técnicos mínimos establecidos en las Bases.

g) Adjuntar Carnet de Salud vigente emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima para manipulador de alimentos, de todos los trabajadores que laboran con el proveedor y se encuentren prestando servicio de preparación de alimentos para el Ministerio de Justicia.

h) Presentar la relación de los trabajadores que va a prestar el servicio adjuntado el curriculum documentado con Constancias o certificados, con un máximo de 10 (diez) servicios, de acuerdo a los términos de referencia. ANEXO 07

i) Dosificación de raciones alimentarías según se solicita en los términos de referencia de acuerdo al numeral 2.5 deberá contar además con la firma y sello original del profesional nutricionista.

j) Presentación de Programación de Menús Quincenal de acuerdo a los términos de referencia.

k) Presentar PLAN DE TRABAJO de acuerdo a los términos de referencia el cual contemplara :

- Limpieza, desinfección y el control de las plagas. - Cronograma de evaluación medica semestral del personal.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

9

- Cronograma de Capacitación en higiene del personal por lo menos cada tres meses. Documentos Facultativos:

l) RESPECTO A LA EXPERIENCIA DEL POSTOR

Montos Facturados acumulados por el postor durante un periodo no mayor a cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas. hasta por un monto máximo de cuatro ( 04) veces el valor referencial. Tal experiencia se acreditará con copia simple de comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia de contratos y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios. En caso los postores acrediten su experiencia con contratos de ejecución periódica que aún se encuentran en ejecución, solo se validará la experiencia efectivamente adquirida a la fecha de presentación de propuestas, debiendo acreditarse con el contrato respectivo y los comprobantes de pago cancelados a efectos de sustentar los montos efectivamente ejecutados. Se utilizará el formato consignado en el Anexo Nº 6.

m) Declaración Jurada de Servicios Prestados dentro del Territorio Nacional, en aplicación de la Ley Nº 27633, de ser el caso - Anexo Nº 05.

n) Declaración Jurada mediante el cual oferta las mejoras a implementar en el Servicio de alimentación para el personal del Ministerio de Justicia.

o) Declaración Jurada de los equipos que posee la empresa los cuales pondrán a disposición para el Servicio de Nutrición y Alimentación para los trabajadores del Ministerio de Justicia. Anexo 08

2.8.2.2 SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONOMICA El Sobre N° 2, deberá contener la Propuesta Económica con la siguiente información:

Valor total de la oferta económica, en nuevos soles, incluido todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. Por lo tanto, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Según Anexo N.º 9.

El monto del total y los subtotales deberán ser expresados hasta con dos (2) decimales.

2.9 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de la propuesta se realizará en dos (02) etapas: la evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

2.9.1 Evaluación Técnica Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los términos de referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de 80 puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

2.9.2 Evaluación Económica Si la propuesta económica excede en más del 10% ó es menor al 70% del valor referencial, se tendrá por no presentada.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

10

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

2.9.3 Determinación del Puntaje Total Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional y sus modificatorias, la bonificación adicional del 20% se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada correspondiente.

2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Se otorgará la Buena Pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. La Buena Pro se entenderá notificada en el acto público, sin admitir prueba en contrario, sin perjuicio de su publicación en el SEACE.

2.11 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El consentimiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

11

CAPÍTULO III INFORMACIÓN ADICIONAL

3.1. VALIDEZ DE LA OFERTA

La validez de la oferta deberá mantenerse durante el proceso de selección hasta suscribir el contrato, de ser el caso. Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes bases. La documentación presentada por el postor no deberá tener borradura, enmendadura o corrección alguna.

3.2 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artículo 203° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 198° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso,

cuya vigencia es hasta la conformidad de la última prestación del servicio; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; actual Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; Copia del RUC de la empresa; Propuesta del menú de los 22 primeros días del Servicio.

3.3 DE LAS GARANTIAS

El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del servicio. GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

3.4 EJECUCION DE GARANTIAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 221° del Reglamento.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

12

3.5 VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del contrato se extenderá desde el día siguiente de la suscripción del contrato por un periodo de 12 meses.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222° y 225° del Reglamento.

Otras penalidades La Entidad esta facultada a establecer otras penalidades distintas a la penalidad por mora en la ejecución de la prestación cuando se configure el incumplimiento de contrato y los términos de referencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 223º del Decreto Supremo 084-2004-PCM. En consecuencia por incumplimiento de la ejecución del servicio se aplicará en forma directa las penalidades establecidas en los términos de referencia que a continuación se señalan: Falta: Las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 0.3 UIT. La reincidencia se constituye en falta grave y se penalizará como tal. Falta grave: Las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 1.0 UIT. La reincidencia y/o acúmulo de 03 faltas graves se constituye en causal de rescisión de contrato. Las faltas que constituyen causales inmediatas de resolución de contrato se especifican dentro del texto, pero se incluye además la ocurrencia de una intoxicación alimenticia que afecte a por lo menos 3 personas, o la ocurrencia de un brote de rotavirus, o cualquier otra enfermedad transmitida por alimentos (ETA) diagnosticada clínicamente por el profesional médico del MINJUS.

Procedimiento: La Unidad de Servicio Social de la Oficina de Personal procederá a levantar un acta indicando las observaciones la misma que será suscrita con el Administrador designado por la Empresa y en forma inmediata comunicada por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Servicios para que proceda a hacer efectiva la penalidad impuesta, previo los procedimientos regulares.

3.7. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El pago se realizará en forma mensual , previa conformidad de otorgada por la Oficina de Abastecimiento y Servicios y la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración. Según lo dispuesto en los artículos 233º y 234º del Reglamento de Contracciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de prestado el servicio y el pago se efectuará dentro del plazo de diez (10) días naturales computados desde la conformidad del servicio, conforme a lo establecido por el artículo 238º del Reglamento.

Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno excepto los pagos que por norma expresa y obligatoria establezca el Gobierno que indica en el mayor costo de los servicios, previa verificación de la disponibilidad de los recursos presupuéstales. La empresa que obtenga la Buena Pro deberá acreditar ante la Oficina General de Administración como requisito previo para otorgar la conformidad de servicio mensual el

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

13

cumplimiento de la presentación de los siguientes documentos sobre obligaciones laborales y previsionales: a. Copia Simple de Boletas de Pago correspondiente al personal que prestó servicios

en el Ministerio de Justicia en el mes facturado, debidamente suscritos por cada trabajador.

b. Copia de la planilla electrónica de las remuneraciones con su respectiva totalidad de pago efectuado al banco, correspondiente al mes anterior facturado.

c. Aportaciones al sistema AFP o SNP. Las aportaciones al Sistema AFP ó SNP serán del mes anterior.

d. Depósitos por concepto de CTS de acuerdo a Ley. e. Otras que la entidad considere obligatoria a fin de proceder con la cancelación de la

facturas en forma mensual.

De existir alguna observación por parte del Ministerio de Justicia, sobre el servicio brindado o por los documentos presentados, este comunicará a la empresa la cual tendrá dos (02) días para la subsanación correspondiente. Si el contratista no cumpliera con subsanar las observaciones en el plazo indicado en el párrafo anterior será de aplicación lo establecido en el artículo 222º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Sin perjuicio de ello el Ministerio de Justicia podrá dar por concluido el contrato y ejecutar la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta, de conformidad con los dispuesto en los artículos del 224º al 227º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Asimismo, EL CONTRATISTA esta obligado al pago oportuno de los sueldos a los trabajadores, así como el pago de la gratificación por fiestas patrias y navidad en su oportunidad.

3.8 PRESTACIONES ADICIONALES

El Ministerio de Justicia podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el quince por ciento (15%) del monto total contratado, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, podrá reducir los servicios hasta por el mismo porcentaje, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

3.9 CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA De conformidad con lo establecido en el artículo 236º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los tres (03) meses posteriores a la culminación del contrato, la Entidad podrá adquirir o contratar complementariamente bienes y servicios con el mismo contratista, por única vez y hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que se trate del mismo bien o servicio y que el contratista preserve las condiciones que dieron lugar a la adquisición o contratación.

3.10 DISPOSICIONES FINALES

El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

14

CAPITULO IV

TÉRMINOS DE REFERENCIA 1. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

1.1 Base Legal Considerando que el servicio a contratar incide de manera directa en la salud y bienestar de los trabajadores del Ministerio de Justicia, se deberá observar los Lineamientos estipulados en los siguientes dispositivos legales:

1. Ley N" 26842: TITULO SEGUNDO Capitulo V, en donde se establece las normas generales sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas en protección de la Salud.

2. Decreto Supremo N" 007-98-SA-DM que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas; unifica y armoniza las regulaciones actuales sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas.

3. Resolución Ministerial N° 1653-2002-SA-DM que aprueba el Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Autoservicios de Alimentos y Bebidas.

4. Resolución Ministerial N" 363-2005/MINSA que aprueba la Norma Sanitaria para el Funcionamiento de Restaurantes y Servicios Afines.

El Concesionario deberá atenerse a las causales de resolución de contrato previstas en la

Cláusula Décimo Cuarta del modelo de contrato, en cautela del cumplimiento de la calidad y sanidad ofrecidas, para lo cual deberá cumplir los siguientes objetivos:

a) Asegurar la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas de consumo

humano en las diferentes etapas de la cadena alimentaría: adquisición, transporte, recepción, almacenamiento, preparación y servido

b) Establecer los requisitos operativos y las buenas prácticas de manipulación que deben cumplir los responsables y los manipuladores de alimentos que laboran en el Servicio de alimentación para el personal del MINJUS

c) La Vigilancia y Seguridad Sanitaria Alimentaría se sustentará en la evaluación de riesgos, las buenas prácticas de manipulación de alimentos y en los programas de Higiene y saneamiento. Será ejercida por un profesional Nutricionista calificado y capacitado en estos aspectos, contratado por el concesionario a tiempo completo. El MINJUS ejercerá una vigilancia a través de un mecanismo de control ejercido entre otros por un Comité de Inspección permanente cuyas características y funciones se detallan en el numeral 2.6.

1.2 Población atendida

El requerimiento promedio de almuerzos para el personal del MINJUS es el siguiente: Almuerzos: 155 (ciento cincuenta y cinco) diarios. La cantidad promedio de almuerzo por día, es variable en un margen de quince por ciento (15%) teniendo en cuenta la asistencia efectiva del personal a laborar considerando las vacaciones, licencias, comisiones de servicios, enfermedades, permisos, ingresos de nuevo personal, resolución de contratos, etc.

El Ministerio de Justicia cancelará únicamente los almuerzos efectivamente atendidos durante el periodo mensual. En los casos de suspensión de labores por disposición legal expresa se comunicará por escrito al concesionario con veinticuatro (24) horas de anticipación.

1.3 Lugar de preparación, y modalidad de atención

La preparación se realizará en las instalaciones que proporcione el Ministerio de Justicia las cuales deberán tener las condiciones necesarias para un manejo adecuado de los alimentos, En contraparte el concesionario no podrá aducir la falta de éstas para otorgar un servicio de óptima calidad. La atención se realizará en las instalaciones proporcionadas por el Ministerio de Justicia, salvo en casos especiales indicados a continuación:

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

15

Los servidores que trabajan en el local anexo del Ministerio de Justicia, el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, deberán recibir los alimentos calientes y envasados en tapers descartables (teknoport) y su traslado estará a cargo del Ministerio de Justicia. Las raciones promedio por día para el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones es de 03 personas.

La Alta Dirección del Ministerio, quienes podrán servirse en sus oficinas, previa solicitud de la Oficina de Personal del Ministerio de Justicia.

Los almuerzos serán servidos por el sistema de autoservicio; luego de consumidos los almuerzos, las bandejas y vajillas serán retirados de las mesas por los mozos de la concesión.

Los almuerzos para el personal se atenderán bajo la modalidad de autoservicio y con un

sistema electrónico de control, implementado por el Ministerio de Justicia, y mediante el cual los usuarios se registran diariamente antes de hacer uso del servicio. Los servicios especiales serán cotizados por el concesionario y aprobados por la Oficina General de Administración.

El concesionario está autorizado a ofrecer fuera del contrato, menús, bebidas gaseosas,

bebidas calientes, postres, sándwiches, galletas, jugos, etc. cuyo costo será asumido por el personal que efectúe estos consumos. El concesionario está prohibido de sacar al exterior de la sede los alimentos preparados, salvo autorización expresa del MINJUS.

1.4 Horario de atención y Supervisión La atención en el Servicio de Alimentación para el personal del Ministerio de Justicia materia del presente Concurso Público se brindará de lunes a viernes en días laborables.

Para efectos de cumplir con la atención del personal en forma puntual, el concesionario deberá tener los almuerzos preparados a las 11:50 horas en cantidad suficiente para satisfacer la demanda promedio, debiendo tomar las previsiones del caso a efectos de evitar la descomposición de los alimentos por efecto del recalentamiento o por alteración debido a la temperatura ambiente si el clima es cálido.

El almuerzo deberá servirse dentro del siguiente horario: de 12.00 horas a 15:00 horas, la atención se cerrará indefectiblemente a las 15:00 pm.

La Oficina de Personal autorizará la atención del almuerzo fuera del horario establecido en el párrafo precedente cuando los trabajadores del Ministerio de Justicia se encuentren en comisión de servicios en el citado horario. La atención de servicios de preparaciones especiales señalarán el día y hora en la solicitud de atención. El horario de atención del servicio adicional fuera de contrato será de 08:00 horas a 12:00 horas y de 15:00 horas a 17:00 horas.

Supervisión por el Concesionario: El Administrador del comedor deberá permanecer en el local del Ministerio de Justicia

desde las 08:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a viernes; y para limpieza los días sábados de 08:00 horas hasta las 13:00 horas para supervisar los trabajos de aseo e higiene en los ambientes del comedor. La Nutricionista a cargo del comedor permanecerá de 8.00 a 15.00 horas de Lunes a Viernes para garantizar la adecuada atención al personal beneficiario del servicio aquí señalado.

2. PLANIFICACIÓN ALIMENTARIA NUTRICIONAL 2.1. Tipo de Régimen y Composición de la Ración

El tipo de Almuerzo servido es Completo o Normal y serán preparados, conforme a la propuesta del postor que obtenga la Buena Pro, manteniendo en todo momento las cantidades de alimentos especificadas en el presente documento.

El almuerzo estará compuesto por lo siguiente: 1. Pan 2. Entrada o Sopa (al escoger, una alternativa por almuerzo atendido)

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

16

3. Plato de fondo, se deberá de incluir dos opciones , dándole la facultad al usuario de poder escoger una de las opciones presentadas, también deberá incluir una presa de carne, entera, para verificar el tamaño de la porción de carnes suministrada por el concesionario.

4. Fruta de la estación al natural o postre a base de fruta, manteniendo la cantidad especificada en la dosificación de fruta, para proveer al usuario la cantidad adecuada de micronutrientes y antioxidantes que requiere en el almuerzo.

5. Refresco de fruta de la estación o infusión. Se prefiere el refresco de fruta que se hará en cantidad suficiente, y la infusión sólo será a pedido de los usuarios que lo requieran.

La cantidad de entradas y sopas variará de acuerdo a la estación del año de acuerdo al siguiente detalle:

Estación del Año Entradas Sopas

Primavera – Verano 70% 30 %

Otoño – Invierno 30% 70 %

Dietas Especiales: El Nutricionista del concesionario deberá programar Dietas Especiales de acuerdo a las prescripciones Médicas de trabajadores que lo requieran por razones de salud. Por ello se solicitara la preparación de los siguientes tipos de dietas, además de la general: Dieta blanda (Hipograsa), Dieta hipocalórica y Dieta Hipoglúcida. Para tal efecto la Oficina de Personal comunicará cinco días antes de iniciar cada mes la relación de personal con derecho a dietas especiales, y un día antes de que proceda el consumo, en caso de que el trabajador recién inicie una enfermedad o patología que amerite el cambio de dieta por un tiempo prolongado.

2.2. Programación de Menús

El concesionario favorecido con la buena pro remitirá con cinco (05) días útiles de anticipación, las listas del menú quincenal a la Oficina General de Administración y la Oficina de Promoción y Servicio Social, la que en coordinación con el Nutricionista la aprobará, y difundirá, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

• Cantidad: Cada programación se elaborará con su correspondiente dosificación (Cantidad de ingredientes por preparación y por ración).

• Calidad: En cada programación se calculará las kilocalorías y proteínas por ración y por día, se tendrán en cuenta además características organolépticas: color, sabor, aroma, consistencia, densidad, variedad, etc.

• Variedad en la programación: Sólo podrá existir una repetición al mes encualquier plato integrante del menú a fin de asegurar la variedad de los mismos.

La Oficina General de Administración con el asesoramiento del profesional Nutricionista que oportunamente contrate la Entidad, deberá aprobar o hacer las observaciones del caso.

2.3. Contenido Nutricional

Energía."Las necesidades energéticas de un individuo son la dosis de energía alimentarla ingerida que compensa el gasto de energía, cuando el tamaño y composición del organismo y el grado de actividad física de ese individuo son compatibles con un estado duradero de buena salud, y permite el mantenimiento de la actividad física que sea económicamente necesaria y socialmente deseable”. Proteínas. "Las necesidades proteínicas de un individuo se definen como la dosis más baja de proteínas ingeridas en la dieta que compensa las pérdidas orgánicas de nitrógeno en personas que mantienen el balance de energía a niveles moderados de actividad física”.

Fuente: FAO 1989

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

17

Para determinar el requerimiento nutricional del personal que labora en el MIJUS, se tienen como referencia las consideraciones de los expertos de la FAO, en cuanto a los parámetros antropométricos de la población, según se indica en el cuadro siguiente.

TALLA Y PESO DE LA POBLACIÓN ADULTA POR SEXO PARA EL PERU

Talla (mt) Peso (Kg) Hombre Mujer

Hombre Mujer

1.65 1.55 59.9 50.45

De acuerdo a los datos anteriores, que han sido corroborados in situ, y de acuerdo a las recomendaciones del DRI 2004 (National Academy of Sciences, USA) el Requerimiento Nutricional promedio del personal del MINJUS se estima como sigue considerando actividad sedentaria:

SEXO ESTIMADO CALÓRICO

Hombres 2 100 Calorías

Mujeres 1 700Calorías

PROMEDIO 1 900 Calorías Distribución porcentual del Valor Calórico Total por tipo de servicio:

Tipo de servicio

Distribución

Cuota Calórica

Desayuno 25 % 475

Almuerzo 50 % 950

Comida 30 % 475

100 % 1 900

La cuota Calórica recomendada para el Almuerzo es de 40 a 45% del Valor Calórico Total, pero debido al horario de trabajo extendido se ha planteado un 50% del Valor Calórico Total. Sin embargo, se deberá tener en consideración medidas preventivas para no promover el sobrepeso u obesidad, que da lugar a enfermedades crónicas y cuya evaluación entre el personal del MINJUS deberá hacerse periódicamente, de parte de dicha institución y con la asesoría de un profesional nutricionista. Asimismo, el MINJUS brindará adecuada educación en alimentación y vida saludable para que no se generen riesgos a la salud.

2.4. Distribución porcentual de nutrientes La distribución porcentual de nutrientes que integran las raciones es como sigue:

NUTRIENTES V.C.T (%) OBSERVACIONES PROTEINAS 12 –15 % 50 % de Alto Valor Biológico GRASAS 25 – 30 % No más del 10 % de grasa saturada CARBOHIDRATOS 50 – 60 % Preferencia Complejos

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

18

2.5. Dosificación de alimentos para la preparación del menú

Los alimentos a ser utilizados en las preparaciones deberán considerar los pesos contemplados en la siguiente Tabla de Dosificación. La porción de los alimentos aquí establecida para cada tipo de preparación se expresa en crudo, y será supervisada por el profesional Nutricionista del concesionario. En caso de existir alguna discrepancia con respecto al gramaje observado en cocido o en la ración final por los usuarios del MINJUS o por miembros del Comité de Inspección permanente, dicho profesional deberá hacer el descargo correspondiente, pudiéndose convocar a un nutricionista ajeno al concesionario, para que haga las verificaciones respectivas, velando por los intereses de los usuarios del MINJUS. El incumplimiento reiterado de la dosificación por parte del concesionario, por 3 ocasiones, constituye falta, y se tomarán las medidas correspondientes según rubro sanciones.

* NOTA: esta dosificación corresponde tanto a sopa como a entrada, debiéndose tomar las previsiones del caso para que la sopa sea atractiva organolépticamente

SOPAS O ENTRADAS GRUPO DE ALIMENTOS ALIMENTOS PESO NETO EN CRUDO FRECUENCIA DE

CONSUMO Res 20 g 1 vez/ semana Pollo s/piel 30 g 2 veces/ semana CARNES

MAGRAS

Embutidos bajos en grasa (jamón)

30 g 2 veces/ semana

Queso o leche 30g 2 veces/ semana Huevos y làcteos

Huevo 30 g 1 vez/ semana

Arroz 20 g 2 veces/ semana Fideos o pastas 30 g 3 veces/ semana CEREALES

Quinua, trigo o kiwicha 30 g 2 vez/ semana

TUBÉRCULOS: Papa, yuca o

camote.

20 g si es sopa, y debe ir compañada de la porción indicada de cereal

ó 120 g si es entrada diario

VERDURAS NO HARINOSAS:

Verdes, amarillas, rojas y blancas.

150 g (equivalente a una taza de verduras picadas ó tres tazas de hojas picadas o la combinación de ambas)*

Diario

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

19

* Se debe eliminar la grasa que contenga la presa, antes de la preparación

PLATOS DE FONDO*

GRUPO DE ALIMENTOS ALIMENTOS PESO NETO EN CRUDO FRECUENCIA DE

CONSUMO

Res 100 g

1 vez/ semana

Pollo s/piel

150 g si es presa con hueso (entrepierna)

100 g: si es presa sin hueso (pechuga)

2 veces/ semana

Pavita 200 g si es presa con hueso 1 vez/ semana

Pescado

100 g si es Filete fresco sin hueso

1 vez/ semana

Pota 50 gramos 1 vez/ semana En entradas

Anchoveta 50 gramos 1 vez/ semana En entradas

Cerdo 150 g si es presa con hueso Quincenal

CARNES MAGRAS*

Vísceras rojas 150 g Quincenal

90 g + tubérculo

2 veces/ semana Arroz

100 g si es el ùnico

acompañamiento del guiso 2 veces/ semana

Fideos o pastas

100 g

1 vez/ semana

Quinua , trigo o Kiwicha

100 g + tubérculo

1 vez/ semana

CEREALES

Pan 25 g

Diario, independientemente de la preparación y de si es entrada o sopa

Papa, yuca o camote. TUBÉRCULOS:

Y VERDURAS HARINOSAS:

Choclo, arvejita verde, beterraga

30 g

Puede ser un tipo o ambos (tuberculos y/o verduras harinosas. Cuando es guiso con papa o quinua o trigo

MENESTRAS:

Variadas

50 g por porción se debe acompañar de 50g de carne (pulpa) y 100 g de arroz

2 veces / semana

VERDURAS NO HARINOSAS:

Verdes, amarillas, rojas y /o blancas.

30 a 50g (como acompañamiento o sazón del guiso)

Diario

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

20

* Se deberá incluir dos opciones, entre las cuales deberá predominar la fruta fresca. Ojo no se deberá incluir plátano porque no aporta vitaminas y eleva el contenido calórico de la ración (120Kcal.). ** Se especifica sólo un porcentaje, dado que se debe favorecer el consumo de frutas con menor adición de azúcares o harinas.

2.6. Calidad de los productos:

Los insumos alimentarios que adquiera el proveedor deberán ser de procedencia Nacional, de marca reconocida y con Registro de Autorización Sanitaria de DIGESA, con fecha de producción y expiración. Los alimentos envasados deberán contar con fechas de vencimiento vigentes.

Indicadores de Calidad de algunos alimentos:

Aceite de origen 100% vegetal.(en el caso de frituras no se usará recalentado ) Arroz de calidad superior y grano entero. (sin fumigar, exento de

contaminantes y plagas). Azúcar rubia debidamente embolsada y de calidad certificada. Fruta fresca cuyo peso no será menor de 150 gr. por ración. Carnes magras frescas, no fibrosas, de consistencia suave sometidas a

proceso HACCP. Las carnes que se utilizaran en el concesionario serán exclusivamente procedentes de compañías certificadas de reconocido prestigio y cumplimiento de las norma HACCP; las cuales transportarán las carnes y huevos en sus unidades de transporte refrigeradas hasta dentro de las

ACEITES Y GRASAS TIPO DE ALIMENTOS ALIMENTOS PESO NETO EN CRUDO

FRECUENCIA DE CONSUMO

Aceite vegetal 20 g Diario

En el total de las preparaciones

Margarina

5 gramos, opcional si las preparaciones lo requieren. En caso contrario, esta cantidad se usará como aceite

Diario

POSTRES Y REFRESCOS TIPO DE ALIMENTOS ALIMENTOS PESO NETO EN CRUDO FRECUENCIA DE

CONSUMO FRUTAS*(rojas,

amarillas) Variadas y de estación, pudiendo darse 1 misma fruta sólo 2 veces en una semana. En compota ó frescas: enteras o picadas.

150 g

Diario

POSTRES Gelatina, Mazamorras, Budín, flan , etc., Contienen un mínimo de 70 gramos de fruta cruda, incluida en su preparación o como “guarnición”

150 g (cocido)

Interdiario, como segunda

opción, en un porcentaje del 50% **

Frutas Variadas

50g en 500 cc

REFRESCO DE FRUTA

Azúcar

12 g

Diario

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

21

instalaciones del concesionario. Dicha compra podrá ser verificada por la guía de remisión y/o factura proveniente de tales compañías.

Menestras, cereales, condimentos y especies deberán ser envasados (no a granel).

Productos lácteos y derivados deben ser pasteurizados y envasados; su procedencia y transporte serán similares a la de los productos cárnicos.

Huevos deben ser frescos, limpios y no presentar rajaduras, su procedencia y transporte serán similares a la de los productos cárnicos.

Las frutas, verduras y tubérculos deberán ser frescos, estar limpios y en buen estado, en el adecuado punto de madurez, libres de magulladuras y golpes, así como de insectos, microbios, gérmenes patógenos y cualquier otro contaminante.

2.7. Mecanismo de Supervisión y Control de Calidad del Proceso, insumos y otros

2.7.1. Se instalará un Comité de Inspección Permanente, conformado por un Funcionario de Personal, de Logística, un representante de los trabajadores, un representante del Departamento Médico y un Nutricionista propuesto por la Entidad, quienes serán designados para tal fin, y estarán encargados de supervisar en forma conjunta o en grupos de un mínimo 2 miembros, la calidad e idoneidad de los insumos, su transporte, prácticas de manipulación e higiene, calidad e inocuidad de las preparaciones, y óptimas condiciones físicas y de higiene de la vajilla, utensilios, vasos, etc.

2.7.2. Debido a lo recargado de las funciones de los funcionarios del MINJUS, no será necesario que el Comité de Inspección Permanente esté completo para realizar la inspección de las instalaciones o alimentos, procesos ó prácticas de manipulación o cualquiera de los puntos que ameriten inspección, pudiendo reunirse en grupos de 2 como se indica líneas arriba, o delegar en forma verbal a cualquier funcionario nombrado del MINJUS. En este caso, se dejará constancia de la representación, en un formato simple preparado para tal fin (ver anexo A). Este podrá estar firmado por sólo 1 miembro Comité, y coordinado en forma reservada por un mínimo de 2 miembros, para evitar que haya infidencia del proceso. Posteriormente y en forma oportuna se informará de esta gestión, al presidente del Comité.

2.7.3. La persona delegada por el Comité podrá no identificarse como tal al momento de la inspección, salvo que tenga que ingresar a zonas restringidas de la cocina.

2.7.4. La frecuencia de supervisión obligatoria y de rutina será de una vez por semana y se realizará mediante el levantamiento de un acta y el llenado del formato anexo B.

2.7.5. La Supervisión inopinada o repentina debido a un suceso o sospecha de hallazgo que atente contra la salud de los usuarios o menoscabe seriamente la calidad del servicio brindado por el concesionario, se hará con el formato C. Este deberá ser firmado por el personal del concesionario, implicado en el evento, en caso de que éste se negase, se conseguirá la firma de un testigo, y en caso de no existir, el sólo testimonio del representante del Comité podrá ser valido para las acciones legales y aplicación de la penalidad.

2.7.6. Adicionalmente cada uno de los usuarios se constituirán automáticamente, sin menoscabo de la funciones del Comité de Inspección en supervisores de la calidad y cantidad del producto final, tanto como de las prácticas de higiene y manipulación de alimentos, entre otros, pudiendo tomar fotografías, con fecha y hora de las infracciones, las cuales servirán de evidencia del suceso ocurrido. Asimismo, podrán convocar al Comité de Inspección, o un representante de él, basado en el procedimiento para la inspección

2.7.7. En caso de encontrar algún material contaminante y/o extraño cualquier usuario del MINJUS (ya sea beneficiario o no del presente contrato, es decir, sea nombrado o contratado) podrá convocar al Comité de Inspección que asistirá en pleno, o en un representante del Comité de Inspección para proceder al levantamiento de acta del suceso con lo cual se aplicara las penalidades del caso, y de acuerdo a la gravedad del hallazgo.

2.7.8. Asimismo, el Comité de Inspección está facultado para tomar muestras en cualquier etapa del proceso de elaboración de los alimentos, y verificar los pesos, calidad y cantidad y las condiciones de salubridad; además podrá solicitar los exámenes

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

22

bromatológicos y microbiológicos correspondientes o convocar a la autoridad pertinente (Ministerio de Salud o Municipalidad correspondiente), para que realice la evaluación higiénico-sanitaria, determinando el contenido de microorganismos patógenos de cada muestra, y la inocuidad de la muestra, de acuerdo a la normatividad vigente,

2.7.9. En caso de ser declarado no apto (contaminado) el resultado de por lo menos una de las muestras analizadas del examen Microbiológico, el Ministerio de Justicia podrá resolver el contrato de conformidad con el inciso c) del artículo 41° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

2.7.10. El resultado de no apto para la prueba bromatológica, será considerado falta grave, y en todos los casos se aplicará lo dispuesto en el numeral 8.3 Sanciones.

2.7.11. El muestreo y análisis microbiológico de rutina será trimestral, inopinado y l hisopado de por lo menos 1 superficie inerte y 2 vivas, así como el muestreo de una preparación con riesgo de contaminación. El costo correrá por cuenta del concesionario.

2.7.12. El muestreo bromatológico de rutina será trimestral, inopinado y de por lo menos 1 alimento sospechoso o con riesgo de adulteración, El costo correrá por cuenta del concesionario.

2.7.13. El muestreo y análisis microbiológico y bromatológico que se requiera debido a sospecha de intoxicación alimenticia, podrá hacerse en cualquier momento que se requiera, y por orden verbal del Presidente o de cualquier miembro del comité que coordine con aquél.

3. EQUIPOS Y UTENSILIOS 3.1. Tipo y Cantidad requerida de utensilios y menaje.

El concesionario deberá contar con el equipo de cocina, menaje y vajilla necesarios para la atención del servicio en forma eficiente y rotativa para aproximadamente ciento cincuenta y cinco (155) almuerzos en el lapso de 2 horas, esto es 5 docenas de platos de cada tipo, como mínimo, debiendo reponerse cuando se desportille o raje. El tipo de menaje que utilizará para el servido de alimentos al personal será vajilla de porcelana, de tipo hotelera, y deberá presentarse al Comité de de obtener la buena pro.

El equipo y recursos MÍNIMOS requeridos se detalla a continuación, sin embargo los postores podrán presentar sus propias listas con equipo y menaje, con cantidades mayores, las que obligatoriamente permanecerán en funcionamiento en el comedor del Ministerio de Justicia, hasta la finalización del contrato.

EQUIPO

01 Távola calda 01 Balanza para el control del gramaje de los insumos, el Comité de Inspección podrá verificar en forma inopinada su calibración 01 Congelador Industrial 01 Refrigeradora horizontal 01 Conservadora 01 Horno Microondas 01 Batidora 01 Licuadora Industrial 01 olla arrocera eléctrica 01 Cafeteras 02 Teteras de diversos tamaños 08 Ollas Industriales de diversos tamaños 05 Sartenes de diversos tamaños 08 cuchillos de cocina, de acero inoxidable, manteniendo separados e identificados

al menos 03. los que se utilizarán cada uno para: verduras desinfectadas, frutas y carnes cocidas, respectivamente y no se mezclarán ni usarán para carnes o verduras crudas, alimentos que también tendrán sus propios cuchillos identificados y se guardarán y usarán siempre en forma independiente.

05 Azucareras de acero

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

23

25 Jarras de vidrio 80 Vasos de pirex 40 Bandejas o charolas 5 docenas de Juegos de vajilla, que incluyen: plato hondo, tendido y plato de

entrada, Tazas de té con plato, en cantidad suficiente, 5 docenas de Juegos de cubierto, que incluyen cuchara, cuchillo, tenedor y

cucharita, 06 tablas de picar acrílicas: 02 para carnes, 02 para verduras, 01 para frutas y 01

para alimentos cocidos. Las dos últimas deberán ser de color diferente al blanco y diferentes entre sí para evitar que se mezclen con las demás, y su uso será exclusivo para el alimento designado, evitando en todo momento la contaminación cruzada (de crudo ó contaminado a cocido o crudo listo para comer- frutas).Junto con las manos de los manipuladores (superficies vivas), esta será una de las superficies a evaluar (superficies inertes).

Exprimidores, ralladores, trinches, prensa papas, tazones, fuentes, espumaderas, coladores y otros que sean necesarios OTROS RECURSOS Camioneta cerrada para el transporte de insumos no cárnicos

3.2. Material de los equipos Los equipos y utensilios que se empleen en el servicio, deben ser de material de fácil limpieza y desinfección, resistente a la corrosión, que no transmitan sustancias tóxicas, olores ni sabores a los alimentos. Deben ser capaces de resistir repetidas operaciones de limpieza y desinfección, debiendo ser sus superficies lisas y estar exentas de orificios y grietas. Se prohíbe el uso de material zincado o de madera, y cualquier otro que esté prohibido por la norma respectiva. Los cubiertos serán de acero, resistentes y de superficie lisa para evitar que se doblen o tuerzan y acumulen suciedad. Las tablas de picar deben ser acrílicas, debiendo ser desinfectadas diariamente con hipoclorito al 5% (lejía) en la proporción que indica la norma respectiva para la desinfección de equipos y mantenerse en buen estado de conservación. La omisión de este proceso, será considerado falta.

3.3. Lavado y desinfección

Para el lavado y desinfección de la vajilla, cubiertos y vasos se deberá seguir el siguiente proceso:

1. Retiro de residuos de comida. 2. Enjuague para el retiro de residuos de comida. 3. Lavado utilizando agua potable corriente fría, y detergente de lavavajillas. 4. Enjuagado en agua potable corriente. 5. Enjuagado con agua caliente a una temperatura mínima de 80° C, sólo en el caso

de los cubiertos. . La omisión de este proceso, será considerado falta grave. 6. La vajilla deberá secarse por escurrimiento al medio ambiente de la cocina,

colocándola en canastillas limpias. Se emplearan toallas, secadores o similares cuando se requiera, de acuerdo a la demanda de servido a los usuarios, y para evitar que los platos estén mojados al momento de servir los alimentos. Los secadores deben ser de uso exclusivo para la vajilla, mantenerse limpios, en buen estado de conservación y en número suficiente de acuerdo a la demanda del servicio. . La ejecución inadecuada de este proceso, será considerado falta grave.

7. Los cubiertos deberán secarse por escurrimiento al medio ambiente de la cocina, colocándola en canastillas limpias y luego se emplearan toallas, secadores o similares, que deben ser de uso exclusivo para los cubiertos, mantenerse limpios y secos, en buen estado de conservación y en número suficiente de acuerdo a la demanda del servicio. Para el secado y manipulación de cubiertos ya desinfectados con agua caliente se deberá utilizar guantes de jebe en todo momento. La ejecución inadecuada de este proceso, será considerado falta grave.

8. La manipulación de los cubiertos limpios será exclusiva del personal que despacha los alimentos preparados a los usuarios, quien utiliza guantes de jebe en todo

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

24

momento, y quienes serán responsables de alcanzar los cubiertos y servilletas con las medidas higiénicas del caso. . La ejecución inadecuada de este proceso, será considerado falta grave.

9. Los utensilios que se usen con carnes crudas como cuchillos y tablas, deberán ser lavados frecuentemente (i.e. en la preparación de platos a la carta), para evitar la proliferación de microbios.

3.4. Almacenamiento de la vajilla v utensilios

Para el almacenamiento y protección de los equipos y utensilios, una vez limpios y desinfectados deben tomarse las siguientes precauciones:

1. La vajilla, cubiertos y vasos deben guardarse en un lugar cerrado, protegido del polvo e insectos.

2. Guardar los vasos, copas y tazas colocándolos hacia abajo sobre bandejas limpias.

3. Guardar los equipos y utensilios, limpios y desinfectados en un lugar aseado, seco, a no menos de 0.20 mts del piso.

4. Cubrir los equipos que tienen contacto con las comidas cuando no se van a utilizar inmediatamente.

5. No colocar los equipos o utensilios limpios cerca de drenaje de aguas residuales o cerca de recipientes de residuos. El hallazgo de este hecho, será considerado falta grave.

4. RECEPCIÓN Y ALMACENAMIENTO DE LOS ALIMENTOS

4.1 Recepción de alimentos El responsable de la recepción de las materias primas, ingredientes y productos procesados debe tener capacitación en Buenas Practicas de manipulación BPM e Higiene de los Alimentos. Contar con Manuales de Calidad basados en Buenas Prácticas de Manipulación y Sistema HACCP (Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de Control) de los principales productos alimenticios. El Comité de Inspección o alguna persona delegada verbalmente por cualquiera de ellos, o personal técnico sanitario encargado de realizar las inspecciones sanitarias o pruebas pertinentes podrán verificar la recepción de las materias primas, en cuanto a sus condiciones de traslado (temperatura de carnes, higiene) y recepción (el personal que recepciona lo hace adecuadamente, como de las materias en sí. El hallazgo de pobres condiciones de traslado de carnes, será considerado falta grave.

4.2 Registro de ingreso y salida del producto

El concesionario deberá llevar un registro del almacén indicando el número de la guía de remisión o factura con fecha de ingreso, el número de lote, nombre del proveedor o compañía y nombre del producto. Además se utilizará el sistema de kárdex para registrar los ingresos y salidas diarias de productos, debiéndose incluir el numero de lote y/o de factura y verificar que salga de almacén el primer producto que entró (PEPS). La omisión de este proceso, será considerado falta.

Asimismo deberá llevar un Registro de los Proveedores que lo abastece de alimentos, de tal modo que sea posible efectuar cualquier investigación epidemiológica o de rastreabilidad sobre la procedencia de dichos alimentos.

Almacenamiento

a) Productos Secos Los almacenes deben contar con iluminación y ventilación que permitan el

mantenimiento de una temperatura adecuada, y mantenerse limpios, secos y protegidos contra el ingreso de insectos, roedores y animales. Esto se logrará mediante el uso de mallas cuyas características estarán de acuerdo a la norma establecida. Asimismo está prohibido el ingreso de personas ajenas al servicio, excepto miembros del Comité de Inspección o alguna persona delegada verbalmente por cualquiera de

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

25

ellos, o personal técnico sanitario encargado de las inspecciones sanitarias o pruebas pertinentes. El establecimiento no guardará en sus instalaciones materiales o equipos en desuso o inservibles como cartones, cajas, costalillos ú otros que puedan contaminar los alimentos y que propicien la proliferación de insectos y roedores.

En el almacenamiento se tendrá en cuenta la vida útil del producto: se rotularán los empaques con la fecha de ingreso del producto del almacén con el fin de controlar la aplicación del principio PEPS (“los primeros en entrar son primeros en salir”).

1. El ordenamiento de los alimentos en el almacén deben considerar lo siguiente: 2. Los alimentos no deben estar en contacto con el piso, se colocarán en tarimas,

anaqueles o parihuelas mantenidos en buenas condiciones, limpios y a una distancia mínima de 0.20 m del piso. Se dejará una distancia de 0.50 m entre hileras y de 0.50 m de la pared.

3. Los alimentos contenidos en sacos, bolsas o cajas, se apilarán de manera entrecruzada y hasta una distancia de 0.60 m del techo. Los sacos apilados tendrán una distancia entre sí de 0.15 m para la circulación del aire. Antes de abrir cualquiera de estos envases debe verificarse que estén bien limpios.

4. Los alimentos secos se almacenarán en sus envases originales. Los envases originales deben estar íntegros y cerrados. Los productos a granel deben conservarse en envases tapados y rotulados.

5. El almacén de productos secos tiene las siguientes medidas: largo 5.40 mts, alto 2.50 mts, ancho 1.50 mts con una puerta de ingreso de 0.81 mts. de ancho por 2.10 mts. de alto.

6. El almacenamiento de los productos químicos tales como detergentes, desinfectantes, pinturas, rodenticidas, insecticidas, combustibles, entre otros, deben guardarse en un ambiente separado, seguro y alejado de los alimentos.

b) Productos Frescos

En los equipos de refrigeración, la temperatura indicada es de 4ºC para la conservación de frutas y verduras, <2°C para quesos, carnes y embutidos. El hallazgo de inadecuada temperatura para carnes y embutidos, será considerado falta grave. En caso de conservar alimentos congelados, la temperatura indicada es de 0°C a –10°C. Los alimentos que se recepcionan congelados deben almacenarse congelados, manteniendo la cadena de frio en forma permanente; no se podrá descongelar y volver a congelar las carnes. Las temperaturas de estos equipos deben ser verificadas y registradas diariamente como parte del control de puntos críticos.

c) Consideraciones 1. En el almacenamiento se tendrá en cuenta lo siguiente: 2. Los alimentos de origen animal y vegetal se almacenarán por separado para evitar la

contaminación cruzada y la transferencia de olores indeseables. Más grave aún es la contaminación cruzada de los productos crudos a cocidos o preparados o listos para consumir (frutas). Éstos se almacenarán o mantendrán en todo momento, tapados y alejados de los productos crudos, especialmente de las carnes, cuyo contacto puede producir contaminación cruzada al ser excelente medio de cultivo para microbios. El hallazgo de este problema, será considerado falta grave.

3. La refrigeración de las carnes no debe exceder de 24 horas, cualquiera sea su tipo, y ser a menos de 2 °C. El hallazgo de carnes en inadecuado estado de frescura o de conservación, será considerado falta grave.

4. Las carnes y menudencias congeladas se dispondrán en tapers con tapa transparentes de material higienizable y resistente, y se almacenarán debidamente rotulados para su identificación y manejo del principio PEPS.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

26

5. PREPARACIÓN DE LOS ALIMENTOS 5.1 Preparación Previa

Las carnes, pescados, mariscos y vísceras se lavarán con agua potable corriente antes de someterlas al proceso de cocción, con la finalidad de reducir al máximo la carga microbiana. La preparación de las hortalizas, según corresponda, será la siguiente:

Primero: se remojarán o se lavarán en manojos bajo el chorro de agua potable, para lograr una acción de arrastre de tierra, huevos de parásitos, insectos y otros contaminantes. Segundo: en el caso de las hortalizas o frutas que se utilizarán crudas, para sazonar o para la decoración de alimentos preparados se deberá utilizar una solución clorada con hipoclorito de sodio al 5% (lejía) en agua, a razón de una cucharadita (de té) en un (01) litro de agua y en ella se sumergirán los alimentos a desinfectar, durante 15 minutos. En su defecto, se efectuará con desinfectantes comerciales aprobados por el Ministerio de Salud y se seguirán las instrucciones del fabricante. La omisión de este proceso constituye falta grave. Tercero: se enjuagarán con abundante agua potable corriente.

Los alimentos picados y trozados para la preparación del día que no se utilicen de inmediato, deberán conservarse en refrigeración y protegidos hasta su cocción o servido.

5.2 Descongelación

La descongelación de alimentos debe realizarse gradualmente en refrigeración, o por inmersión (en envase hermético) en agua fría que corra en forma constante. Los alimentos descongelados deberán ser transferidos inmediatamente a cocción, y no podrán volver a congelarse.

5.3 Proceso de cocción

Durante el proceso de cocción se verificará el tiempo adecuado para cada tipo de alimento, siendo que no debe suministrarse el alimento medio crudo o cocido en exceso. La mala calidad de la cocción se constituye en falta. Las grasas y aceites utilizados para freír no deben estar quemados y deben renovarse inmediatamente cuando los cambios de color, olor y/o sabor sean evidentes. El uso de aceites re-quemados se constituye en falta grave,

5.4 Conservación de alimentos preparados

No se permitirá el almacenamiento de alimentos preparados, provenientes del menú diario, los mismos serán desechados o dispuestos según convenga al concesionario. En el caso de mayonesa, ají o vinagretas, estas no deberán utilizarse más de 24 horas en e caso de la mayonesa y ají licuado, y 36 horas desde su preparación, para el caso de las vinagretas, Además, ellos se mantendrán en refrigeración a una temperatura no mayor de 5 °C en todo momento, y se sacaran pequeñas porciones para la distribución a los usuarios, cuando se requiera. El uso de salsas o preparaciones de este tipo, en condiciones inadecuadas (con signos de fermentación, o descomposición) constituye falta grave. Si se produjese un caso de brote epidemiológico por el uso de mayonesa contaminada con Salmonella spp, manifiesto en la presencia de al menos 3 comensales que sufren al mismo tiempo de un proceso infeccioso gastrointestinal compatible con infección por salmonella diagnosticada por el departamento médico, será causal de rescisión del contrato con el Concesionario, aplicándose una multa por los daños y perjuicios ocasionados a los usuarios. La presencia de un brote aislado de este tipo de diagnóstico (1 o 2 personas) será considerada falta grave.

5.5 Contaminación Cruzada.

Las acciones que den lugar a Contaminación Cruzada constituyen falta grave. a) Los utensilios como cuchillos y tablas, que se utilizan para corte, trozado, fileteado, etc.

de alimentos crudos, deben ser exclusivos para tal fin y mantenerse en buen estado de conservación e higiene, lavándose con frecuencia y desinfectándose diariamente, tal como se indica .

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

27

b) Los alimentos crudos que se almacenan en frío deberán estar separados de los alimentos cocinados, y éstos en recipientes tapados que los protejan de la contaminación cruzada.

c) Los cuchillos serán independientes y de uso exclusivo para cada tipo de alimentos: al menos 03: que se utilizan para verduras desinfectadas, frutas y carnes cocidas, y no se mezclan o usan para carnes o verduras crudas, alimentos que también tendrán sus propios cuchillos identificados y se guardarán y usarán siempre en forma independiente.

d) El pan que se constituye en adicional indispensable del almuerzo, será manipulado exclusivamente con pinzas y se pondrá sobre un platillo de postre limpio y seco, por personal manipulador, y por lo tanto, obligado al uso de guantes.

e) El personal encargado de la manipulación de los alimentos se lavará las manos antes de entrar en contacto con alimentos preparados.

f) Las tablas de picar deberán ser diferenciadas por tipo de alimento, tal como se indica en el numeral 3.1.

g) Las mesas de trabajo deben lavarse y desinfectarse después de utilizarse alimentos crudos.

5.6 Servido de Comidas

a. La vajilla, cubiertos y vasos deben estar limpios y desinfectados de acuerdo a lo estipulado en el inciso 3.3 del presente documento.

b. Para la manipulación de alimentos de consumo directo se deberá usar guantes desechables. La omisión o incumplimiento de este punto será considerada FALTA GRAVE,

c. Emplear adecuadas técnicas para el correcto servido de los utensilios y vajilla. No tocar con las manos nada que vaya a estar en contacto con la boca del usuario.

d. El servido de las comidas se hará usando una tavola calda para mantener calientes las preparaciones. El personal que sirva a los usuarios, que se formarán en fila para recibir sus raciones en un sistema de autoservicio, estará correctamente uniformado y seguirá las recomendaciones de manipulación estipuladas en otros ítems de los presentes Términos de Referencia, y la falta en alguna de ellas será sancionada de acuerdo a lo indicado.

e. Los usuarios deberán asistir al comedor con las manos correctamente lavadas con agua y jabón, para mantener hasta el final la inocuidad de los alimentos establecida durante todo el proceso de recepción, preparación y servido por el concesionario. El encargado de servir las comidas alcanzará al usuario la bandeja o charola para que coloque los platos con la comida servida, evitándose en todo momento que el usuario toque o manipule bandejas o platos ajenos. El incumplimiento de este punto por alguno de los usuarios podrá ser reportado por escrito por el concesionario, para que el MINJUS amoneste por escrito al empleado que transgreda las normas de higiene, en perjuicio de los otros usuarios.

f. Los mozos o azafatas no podrán manipular las comidas crudas ni preparadas, ni alimentos de ningún tipo, tampoco los cubiertos, dado que estos se entregarán a los comensales junto con las charolas, únicamente por el personal que sirve, y que usa guantes protectores.

g. Emplear dispensadores manuales para el uso de alimentos o preparados de consumo directo: azúcar, café, mostaza, etc.

5.7 Tratamiento del agua

El agua para la preparación de refrescos deberá ser hervida o tratada mediante desinfectantes aprobados (pastillas de cloro, sales de plata o hipoclorito comercial - lejía) en las proporciones recomendadas por la autoridad sanitaria respectiva y no deberán conferir un sabor fuerte al agua ni al refresco. El agua tratada se mantendrá en bidones cerrados, escrupulosamente lavados y desinfectados, La falta a este punto demostrada mediante pruebas bacteriológicas o por enfermedad de alguno de los usuarios será considerada FALTA GRAVE, por el riesgo a la salud que conlleva el consumo de agua no tratada, aún cuando sea de la red pública (grifo).

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

28

6. PERSONAL DE SERVICIO 6.1 Requerimiento de Planta

El personal mínimo requerido para la prestación del servicio de alimentación y nutrición para el personal del Ministerio de Justicia, es el siguiente:

Administrador con 2 años de experiencia mínima en concesionarios de alimentos 01

Nutricionista Colegiado (lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas) 01 Chef Jefe de Cocina - con título a nombre de la Nación 01 Cocinero Asistente 02 Ayudante de Cocina 01 Manipuladores de alimentos (para el servido de los alimentos) Azafata 01 Vajillero que trabaja permanente en el lavado de utensilios y vajilla

en el horario de atención del menú, vale decir de 12 a 3.00 pm 01 Mozo 01 Operario de limpieza y apoyo 01 Total 10

Si la afluencia de público lo requiriese, deberá aumentarse el número de empleados para proporcionar una atención de calidad.

6.2 Acreditación y Capacitación Sanitaria

El concesionario al iniciar el servicio deberá presentar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios la relación detallada de sus trabajadores los cuales obligatoriamente deberán acreditar capacitación en higiene y manipulación de alimentos y contar con una experiencia mínima de dos (02) años en un servicio de alimentación de prestigio, indicando las funciones especificas que cumplirán. Dicho personal deberá permanecer en lo posible durante la vigencia del contrato; así mismo, cada vez que ocurra la necesidad de un cambio deberán comunicarlo a la Oficina General de Administración de conformidad con lo dispuesto en la cláusula décima del contrato, adjuntando copia de los siguientes documentos:

Certificados de antecedentes penales Carnet de Salud vigente, emitido por la Municipalidad Metropolitana de

Lima, para manipulador de alimentos. Certificado domiciliario vigente Constancias que acrediten experiencia en servicios de alimentación Fotocopia Simple del Documento Nacional de Identidad Certificados y constancias de estudios y/o capacitaciones

6.3 Capacitación sanitaria al personal

Todo el personal que labore en el Servicio de alimentación para el personal del MINJUS deberá acreditar estar capacitado en Inocuidad Alimentaria y recibir cursos de actualización en el tema, periódicamente.

Dicha capacitación debe ser por lo menos cada seis (06) meses de carácter continuo, con un mínimo de 03 horas. Deberá incluir Principios Generales de Higiene, Buenas Prácticas de Manipulación, Programas de Saneamiento y Control de Plagas.

6.4 Certificación de Salud

El concesionario, al iniciar el servicio y cada 6 meses está obligado a presentar carnet de Salud vigente de todo su personal, sin excepción, expedido únicamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima y un análisis de Secreción Faríngea para descarte de Stafilococcus aureus.

Serán excluidos del servicio, todo aquel personal del concesionario que presente enfermedades infecto contagiosas, que puedan ser transmitidas a través de los alimentos, tales como tuberculosis, tifoidea, disentería amebiana y bacilar, diversas salmonelosis, difteria, parotiditis, hepatitis infecciosa, resfriado común, influenza,

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

29

enfermedades venéreas, así como faringitis, laringitis, eczemas, micosis infecciosas, parasitosis de la piel, manos con heridas infectadas.

6.5 Obligaciones de Higiene Personal

El concesionario deberá garantizar, bajo responsabilidad, las prácticas de hábitos de higiene de su personal, el personal masculino deberá tener el cabello recortado y provisto de gorro y el personal femenino mantendrá el cabello recogido y provisto de gorro. Los manipuladores de alimentos deben mantener una esmerada higiene personal, especialmente en el lavado de manos, de la siguiente forma:

Antes de iniciar la manipulación de alimentos. Inmediatamente después de haber utilizado los servicios higiénicos. Su omisión antes de ingresar a manipular los alimentos constituye falta grave

Después de rascarse la cabeza ú otra parte del cuerpo. Después de manipular cajas, envases, bultos y otros artículos contaminados. Después de manipular alimentos crudos como carnes, pescados, mariscos, etc. Su omisión antes de ingresar a manipular los alimentos constituye falta grave

Después de barrer, trapear pisos, recoger y manipular los recipientes de residuos, limpiar mesas del comedor, tocar dinero y todas las veces que sea necesario.

Los manipuladores de alimentos también deben observar hábitos de higiene estrictos durante la preparación y servido de alimentos, tales como, evitar comer, fumar o escupir. Ellos debe tener las uñas recortadas, limpias y sin esmalte y, sus manos estarán libres de objetos o adornos personales como joyas, relojes u otros.

La falla en cualquiera de estas recomendaciones constituye en falta, excepto cuando se indica lo contrario.

6.6 Vestuario del Personal

El concesionario garantizará la correcta presentación de su personal, proveerá a su personal de tres (03) mudas de uniforme como mínimo, a fin de permitir cambiarse diariamente o interdiario según lo requiera el uniforme para encontrarse adecuadamente limpio; ella incluirá lo siguiente:

PERSONAL DE COCINA a) Gorro blanco que cubra completamente el cabello, sin dejar ninguna porción de él

al descubierto, tanto en hombres como en mujeres. La omisión de este requisito se constituye en falta grave.

b) Botas de cocinero de color blanco. c) Ropa de color blanco, en permanentes condiciones adecuadas de conservación y

limpieza. d) Delantales blanco impermeables para que los que trabajan con productos

cárnicos y lavado de vajilla, e) Mandil o delantal blanco, largo f) Guantes descartables al momento de manipular o servir alimentos ya preparados

o preparar alimentos crudos desinfectados, destinados para consumo (frutas ensaladas). La omisión de este requisito se constituye en falta grave

g) Mascarilla correctamente colocada (tapando nariz y boca) imprescindible cuando se manipule o sirva alimentos ya preparados o crudos (frutas ensaladas) La omisión de este requisito se constituye en falta grave.

h) El uso de ropa sucia al inicio de la actividad, o en mal estado constituyen falta, La ropa podrá estar con salpicaduras o manchas propias de la práctica diaria de trabajo en la cocina, pero considerando que al inicio la ropa se encontraba en condición adecuada de limpieza.

i) Se prohíbe el uso de anillos, pulseras y relojes, así como de aretes, aun cuando estos puedan quedar cubiertos por el gorro.

j) El personal también mantendrá limpio el uniforme gracias al baño diario, si esta higiene personal fuese omitida y redundara en evidente falta de higiene del personal en cuestión, será considerada falta.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

30

PERSONAL DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

a) Uniforme de color oscuro b) Mandil o delantal blanco, largo c) Gorro del mismo color del uniforme, que cubra completamente el cabello, sin dejar

ninguna porción de él al descubierto, tanto en hombres como en mujeres. La omisión de este requisito se constituye en falta grave.

d) Calzado apropiado. e) El personal también mantendrá limpio el uniforme gracias al baño diario, si esta

higiene personal fuese omitida, será considerada falta, tal como en el caso del personal de cocina.

7. MEDIDAS DE HIGIENE Y SANEAMIENTO

7.1 Prácticas de Limpieza y Desinfección El concesionario debe contar con una Programa de Higiene y Saneamiento semanal,

quincenal y mensual en el cual incluyan los procedimientos de limpieza y desinfección de cada área, así como de desinsectación, fumigación y desratización, de acuerdo a lo que corresponda por las condiciones ambientales o los requerimientos específicos del local t lugar.

Los detergentes que se utilicen deben eliminar la suciedad de las superficies, manteniéndola en suspensión para su fácil eliminación, tener buenas propiedades de enjuague y no ser corrosivos.

El concesionario deberá instalar en la cocina del MINJUS un dispensador de jabón líquido anti-bacterial y un secamanos automático para el lavado de manos del personal que labora en el Servicio de alimentos, así como para los comensales que lo requieran.

El personal del concesionario se lavará las manos escrupulosamente antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de utilizar los servicios higiénicos, toser o estornudar, rascarse cualquier parte del cuerpo, después de manipular material contaminado como cajas, bultos o alimentos crudos y otros, y con frecuencia mientras está de servicio, así como todas las veces que sea necesario.

El área de cocina se limpiará indefectiblemente cada hora, por un mínimo de 5 minutos, durante el tiempo que duire la preparación de los alimentos, dado que siempre se producen derrames y acúmulo de suciedad.

Los residuos, cualquiera sea su naturaleza deberán ser desechados diariamente en bolsas de plástico en recipientes con tapas las que deben ser de material resistente y lavable, siendo de aplicación lo dispuesto en la Ley N° 27314 Ley General de Residuos Sólidos y el Decreto Supremo N° 007-98-SA que aprueba el Reglamento sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas.

7.2 Control de Plagas

Se deberá implementar un programa de prevención y control de roedores y otras plagas, actividad que deberá realizarse con el local cerrado sin afluencia de público. La aplicación de rodenticidas, geles insecticidas (para cucarachas) y desinfectantes deberá ser realizado por personal contratado, experto en ese tipo de maniobras, utilizando solamente productos autorizados por el Ministerio de Salud y para uso en salud pública y teniendo cuidado de evitar la contaminación de alimentos, equipos y utensilios.

Se deberá incluir una desinsectación bimensual de los ambientes del comedor.o mensual, según se requiera. La presencia de insectos o de sus partes, especialmente moscas o cucarachas, dentro de alguna preparación o plato servido (incluyendo refrescos o infusiones) será considerada FALTA GRAVE y penalizado de acuerdo a lo indicado en el inciso respectivo. La reincidencia por segunda vez de este suceso ocasionará la rescisión del contrato,

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

31

8. MEDIDAS DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES

En aplicación a las disposiciones establecidas en el presente Concurso Público, y a las Normas Sanitarias para el funcionamiento del Servicio de Alimentación expedidas por Ministerio de Salud, se dispondrá de las siguientes medidas de seguridad:

8.1 Seguridad del Comedor

El Ministerio de Justicia proporcionará al concesionario un número apropiado de extintores de acuerdo al área y especificaciones técnicas del fabricante. Los extintores serán recargados por cuenta del Ministerio de Justicia de acuerdo a lo establecido en las fechas indicadas y su ubicación y manejo serán de conocimiento de todo el personal de la concesión. Las instalaciones eléctricas deben ser revisadas periódicamente, dando cuenta de los enchufes y conexiones defectuosas. El mantenimiento será por cuenta del concesionario. El concesionario deberá instalar en el comedor del Ministerio de Justicia un botiquín de emergencia el mismo que deberá contar con los elementos indispensables de primeros auxilios, de acuerdo a las normas proporcionadas por DEFENSA CIVIL.

8.2 Infracciones

Preparar alimentos con productos alimenticios con fecha de vencimiento expirada, adulterados, deteriorados, contaminados, con envase abollado o sin rótulo, constituyen falta grave. Exhibir, almacenar y comercializar alimentos juntamente con productos tóxicos como detergentes, desinfectantes y otros, constituyen falta grave Otras ya indicadas en líneas anteriores constituyen falta, cuya gravedad se especifica en cada ítem específico. En la inspección rutinaria del Comité de Inspección, se calificará además la higiene y calidad del proceso en cada ítem con A: bueno /apropiado B: regular o por mejorar C: deficiente, independientemente de las infracciones o faltas mencionadas dentro de cada uno de los puntos anteriores. Los hallazgos que no estén estipulados en el documento base de los Términos de Referencia, serán calificados de esta forma, y el acúmulo de 3 letras “C” en una inspección se constituye en falta grave, haciéndose merecedora de la penalidad respectiva. La acumulación de 3 letras “B” es falta, y ambos tipos de falta deberán ser levantadas en la siguiente inspección, que deberá realizarse en el plazo de una semana, también en forma inopinada.

d) De los Manipuladores de Alimentos: Incumplir con las disposiciones de higiene personal constituyen faltas y el grado de

penalidad se especifica en el rubro correspondiente, y en caso contrario a continuación.

Incumplir con la capacitación de los manipuladores de alimentos constituyen falta. Permitir trabajar a los manipuladores cuando presenten signos visibles de

enfermedad constituye falta. Incumplir las Buenas Prácticas de Manipulación de alimentos. constituyen falta

grave y el grado de penalidad se especifica en el rubro correspondiente No contar con Carnet de vigente expedido por la Municipalidad constituye falta.

8.3 Sanciones

El Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 222º y 223º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el literal a) del artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aplicará las siguientes sanciones:

Falta: las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 0.3 UIT. La reincidencia se constituye en falta grave y se penalizará como tal.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

32

Falta grave: las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 1.0 UIT. La reincidencia y/o acúmulo de 03 faltas graves se constituye en causal de resolución de contrato. Las faltas que constituyen causales inmediatas de resolución de contrato se especifican dentro del texto, pero se incluye además la ocurrencia de una intoxicación alimenticia que afecte a por lo menos 3 personas, o la ocurrencia de un brote de rotavirus, o cualquier otra enfermedad transmitida por alimentos (ETA) diagnosticada clínicamente por el profesional médico del MINJUS.

8.4 Mecanismos de Control

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la verificación de la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, así como la facultad de realizar las pruebas que fueran necesarias estará a cargo de la Unidad de Promoción y Servicio Social de la Oficina de Personal en su calidad de área usuaria, contando con el apoyo y responsabilidad del Director de la Oficina de Personal y del Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios, tomando las medidas correctivas del caso e informando oportunamente a la Oficina General de Administración.

La Oficina General de Administración a través de la Unidad de Promoción y Servicio Social de la Oficina de Personal, está facultado para efectuar visitas periódicas e inopinadas al comedor del MINJUS y a los almacenes del concesionario para efectuar los controles del estricto cumplimiento de los Términos de Referencia, tomando muestras de los Insumos y/o Alimentos preparados y solicitar se efectúen los Exámenes Bromatológicos y microbiológicos que considere pertinente. El concesionario está obligado a dar las facilidades para realizar acciones de control, supervisión y evaluación del servicio, la misma que se llevará a cabo en cualquier momento, en los mecanismos. La Unidad de Promoción y Servicio Social de la Oficina de Personal, elaborará mensualmente sus informes con el apoyo del Departamento Médico y los elevará a la Oficina de Abastecimiento y Servicios para la aprobación de los pagos. Durante la ejecución del contrato será de aplicación lo dispuesto en la Directiva N° 002-2004-JUS-OGA sobre "Normas para la realización de la encuesta de evaluación del servicio de alimentación en el Ministerio de Justicia" aprobada mediante Resolución Directoral N° 054-2004-JUS-OGA, documento técnico que establece mecanismos y normas que permiten la captación, recopilación, procesamiento, análisis y difusión de los resultados de la encuesta de evaluación del servicio de alimentación que brinda el concesionario en el MINJUS. La citada Directiva tiene como objetivo uniformizar los criterios para una adecuada captación, recopilación, procesamiento, análisis y difusión de los resultados de la encuesta de evaluación del servicio de alimentación, así como de disponer de información oportuna y confiable, para una adecuada evaluación y monitoreo del Servicio de Alimentación. Los resultados de la encuesta deberán ser comunicados al concesionario y servirán para que la Oficina de Personal establezca las medidas correctivas que sirvan para subsanar las deficiencias en el servicio registradas en la encuesta. El concesionario se sujetará a las penalidades establecidas las cuales se precisan en las Bases Administrativas, y en los presentes términos de Referencia, ya expuestos en el punto Sanciones ubicado en el ítem 8.3.

9. MANTENIMIENTO Y / O REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y MOBILIARIO

El Ministerio de Justicia por intermedio de la Unidad de Almacén y Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento y Servicios entregará al concesionario el local, mobiliario y equipos electrodomésticos con inventario, además de los siguientes servicios: baños, grifería en general, campana extractora de aire con motor funcionando, luminarias en perfecto estado de funcionamiento.

Descripción

01 Ventilador eléctrico para techo y pared 02 Extractor de aire 03 Vitrina de madera

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

33

04 Extintor 05 Congelador 06 Cocina industrial a gas 07 Campana extractora metálica 08 Repostero de madera 09 Repisa 10 Lavadero de acero galvanizado 11 Mesa de metal de trabajo 12 Mostrador de madera 13 Equipo de sonido 14 Horno microondas (3) 15 Vitrina exhibidor de vidrio

Cualquier desperfecto que el concesionario detectara en las instalaciones o mobiliario entregado deberá ser comunicado de forma inmediata por el concesionario a la Oficina de Abastecimiento y Servicios. Cuando un bien de propiedad del Ministerio de Justicia quede en condición de inutilizable, superfluo u obsoleto, el concesionario lo comunicará por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Servicios, la que en coordinación con la Unidad de Almacén y Control Patrimonial resolverá su situación y destino, en concordancia con las normas vigentes. El concesionario es responsable del buen uso y estado de conservación del local, mobiliario, equipos electrodomésticos, enseres, pozas de agua, griferías en general, tubos de desagüe, etc. El concesionario asumirá los gastos de combustible de la cocina a gas, uniforme del personal y materiales para el aseo de los locales. El concesionario deberá realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación de las instalaciones, maquinaria y equipo del comedor por un monto de SI. 13,000.00 (Trece mil y 00/100 nuevos soles) a ejecutarse en la oportunidad que resulte necesario y durante la vigencia del contrato previa aprobación de la Oficina General de Administración y serán ejecutados bajo supervisión de la Oficina de Abastecimiento y Servicios. La determinación del monto de SI. 13,000.00 (Trece mil y 00/100 nuevos soles) resulta de anualizar un promedio anual de gastos equivalente a SI. 1,083.33 (Un mil ochenta y tres y 33/100 nuevos soles) el mismo que servirá para mantener y reparar la infraestructura y los equipos del comedor a fin de que sean entregados en óptimas condiciones luego de los doce (12) meses de vigencia del contrato al siguiente concesionario. Las mismas serán propuestas por la Oficina de Abastecimiento y Servicios. Para la determinación del monto también se ha considerado el costo del alquiler de las instalaciones del comedor del Ministerio de Justicia que incluye la infraestructura, depreciación de la maquinaria y equipo según la metodología y porcentajes establecidos en la Resolución de Contraloría N° 143-2001-EF/93.01 así como los servicios básicos como energía eléctrica y agua potable. El postor ganador deberá presentar una programación valorizada de los trabajos de mantenimiento de instalaciones, maquinaria y equipo durante el período de vigencia del contrato, para lo cual deberá considerar lo siguiente: Mantenimiento de la infraestructura: Vestidor del personal, rejas de acceso, almacén de víveres secos, pintado de los ambientes de comedor, arreglos de mesas y sillas, reposición de vidrios de las mesas de comedor Mantenimiento de equipos: Távola calda, cámara frigorífica, congeladora, cocina a gas, licuadora industrial, campana extractora, ventiladores, equipo de sonido, etc. Mantenimiento de instalaciones sanitarias (agua y desagüe): lavadero de acero inoxidable, lavadero de mano, lavaderos en general, sumideros en piso, cisterna de agua, sistema de agua, desagüe de cocina Mantenimiento de instalaciones eléctricas: enchufes, alumbrado, llaves en general, equipos fluorescentes del comedor y la cocina.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

34

CAPITULO V

AANEXO A

Fecha:

Hora: s dMiembros del Comité que delegan funciones:

Nombre: ____________________ Área: _______________________ Firma: _______________

Nombre: ____________________ Área: ______________________ Firma: (no es indispensable)

Persona Delegada para la inspección:

Nombre: ____________________ Área: _______________________

B ANEXO B HOJA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Se calificará la higiene y calidad del proceso en cada ítem con A: bueno /apropiado B: regular o por mejorar C: deficiente Los hallazgos que no estén estipulados en el documento base de los Términos de Referencia, serán calificados de esta forma, y el acúmulo de 3 letras “C” en una inspección se constituye en falta grave.

1. PROCESO DE RECEPCION DE INSUMOS 2. CALIDAD DE INSUMOS 3. PROCEDENCIA (CORROBORAR CON FACTURAS O GUÍAS DE REMISIÓN 4. ALMACENAMIENTO 5. CUMPLIMIENTO DEL NÚMERO DIARIO DE RACIONES 6. TRATO AL PERSONAL DEL MINJUS 7. VESTUARIO DEL PERSONAL 8. SEGURIDAD DEL COMEDOR 9. ADECUACIÓN DE INSTALACIONES 10. BUEN ESTADO E HIGIENE DE LOS EQUIPOS 11. HIGIENE DEL MOVILIARIO 12. HIGIENE DE LAVADEROS 13. HIGIENE DE PISOS

CACTA C

ACTA DE SUPERVISIÓN Conste por la presente Acta, que el día _______________________ a horas _____________, el funcionario ____________________________ (nombre), ___________________________ realizó el siguiente hallazgo: (problema encontrado) _________________________________ dejando constancia de lo sucedido para la toma de acciones legales pertinentes Firma : _________________ Firma y nombre del administrador, propietario o personal del concesionario que estuvo presente durante la supervisión ____________________

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

35

CAPITULO V

PRIMERA ETAPA: EVALUACION TECNICA

(Puntaje Máximo: 100 Puntos)

A. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR PUNTAJE MAXIMO: 40 PTOS

A.1 Experiencia en la actividad Máximo 40 puntos

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de alimentación y nutrición durante 05 años a la fecha de la presentación de la propuesta hasta por un monto máximo de cuatro (04) veces el valor referencial. Tal experiencia se acreditará con copia simple de comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia de contratos y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios. En caso los postores acrediten su experiencia con contratos de ejecución periódica que aún se encuentran en ejecución, solo se validará la experiencia efectivamente adquirida a la fecha de presentación de propuestas, debiendo acreditarse con el contrato respectivo y los comprobantes de pago cancelados a efectos de sustentar los montos efectivamente ejecutados. La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:

Monto igual o mayor a 1’430,563.20 40 puntos Monto igual o mayor a 1’072,922.40 y menor a 1’430,563.20 30 puntos Monto igual o mayor a 715,281.60 y menor a 1’072,922.40 20 puntos Monto mayor a 357,640.80 y menor a 715,281.60 10 puntos

B. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO PUNTAJE MÁXIMO: 30 Puntos

B.1 Experiencia del Personal 30 puntos

Se evaluará la experiencia en el desempeño de las labores en concesionarios del servicio convocado. Se acreditará la experiencia con copia de constancias o certificados de trabajo. Se calificará el tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto, la cual se acreditará con constancias o certificados con un máximo de diez (10) servicios, según el siguiente rango por persona:

Para el caso de la Nutricionista deberá acreditar con Titulo Colegiatura y Habilitación profesional vigente. Para el caso de del Chef de Cocina deberá acreditar con diploma a nombre de la Nación.

Más de 04 años 03 puntos Mas de 03 años hasta 04 años 02 puntos De 02 año hasta 03 años 01 puntos

La puntuación final del factor B.1 Experiencia en la especialidad, será la sumatoria sólo de las 10 calificaciones individuales del personal propuesto, conforme a las constancias y/o certificados presentados.

C. FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA PUNTAJE MÁXIMO: 30 Puntos

a. Plan Trabajo 05 Ptos. Se contemplará la limpieza, desinfección y el control de las plagas. − Cronograma de evaluación medica semestral del personal. − Cronograma de Capacitación en manipulación e higiene de los alimentos del personal,

por lo menos cada tres meses .

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

36

b. Mejoras 25 puntos Se evaluará las mejoras a implementar en el servicio de alimentación para el personal del Ministerio de Justicia, las mismas que no implicarán costo adicional al de su propuesta económica. Las propuestas de mejoras deberán ser ofertadas mediante la presentación de la Declaración Jurada respectiva. Serán consideradas como mejoras las siguientes: 1. Implementación de un sistema mecanizado de control diario de refrigerios, el mismo

que deberá incluir la presentación de reportes valorizados por cantidad de almuerzos atendidos por día, por semana, por mes, por unidad orgánica, por tipos de menú etc. 7.5 puntos.

2. Asignación de un (01) equipo esterilizador de cubiertos con capacidad de esterilizar los

cubiertos para el número de comensales requeridos por el Ministerio de Justicia. Se deberá acreditar adicionalmente con copia simple de la factura de compra si es propiedad del postor o con la promesa de alquiler para todo el período comprendido de prestación del servicio. 7.5 puntos.

3. Alcuzas para cada una de las mesas (40) del comedor conteniendo condimentos y

especias (ají, limón, sal y otros). 05 puntos.

4. Dispensador de refresco en la temporada de verano. 05 puntos.

Las propuestas de mejoras ofertadas deben estar implementadas desde el primer día de vigencia del contrato, hasta la culminación del mismo en forma continua. Durante la ejecución contractual la Oficina de Personal y la Oficina de Abastecimiento y Servicios verificará el cumplimiento de las propuestas de mejoras mediante el informe mensual de la conformidad del servicio.

El Comité Especial se reserva el derecho de realizar visitas inopinadas a las instalaciones de los postores a fin de verificar la veracidad de la información contenida en su propuesta técnica.

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

37

FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE Lima,………………………………………….. Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- ……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº ……………………………… tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Concurso Público N° ………………………………, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………. (nombre del representante) identificado con DNI. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

38

ANEXO N.° 01

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- Estimados Señores:

El que se suscribe, Representante Legal de .................., identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Teléfono Fax

Autorización Municipal

Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio

SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Lima,……………………………………. ---------------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón

Social de la empresa

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

39

ANEXO N° 02

DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- Estimados Señores: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de …………………… para …………………., de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo IV de las Bases. Lima, ……………………………………. -------------------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

40

ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA (ART. 76º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL

ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.-

De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor del CONCURSO PUBLICO Nº ………………….., para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE ………………. ……………, declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el

Estado, conforme al Art. 9º TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a

efectos del presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en el TUO de la Ley Nº 26850 y su Reglamento,

aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima, ………………………………………

-------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

41

ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO. (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- Estimados señores: Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta al CONCURSO PÚBLICO N° ……………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia. Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

………………………………………….. ………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

Lima, …………………………………………

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

42

ANEXO N.° 05

DECLARACION JURADA DE SERVICIOS PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- Mediante el presente declaramos ante …………………………. (Consignar nombre de la Entidad convocante) que nuestra representada, presta servicios dentro del territorio nacional, en los términos de la Ley N.º 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, del Decreto Supremo No. 003-2001-PCM y de la Resolución Ministerial No. 043-2001-ITINCI/DM. Lima, …………………………………………..

------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

43

ANEXO N.° 06

EXPERIENCIA DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., detallamos lo siguiente:

Nº CLIENTE OBJETO DEL

SERVICIO (a)

N° CONTRATO O FACTURA

IMPORTE DEL CONTRATO O

FACTURA

FECHA DE INICIO Y

TÉRMINO 1 2 3 4 5 6 7 8 9

10 TOTAL

Lima, ………………………………………

-----------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

44

ANEXO Nº 07

PERSONAL ASIGNADO AL SERVICIO ALIMENTACIÓN PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

N° Item

Cargo Apellidos y Nombres

(Completos tal como figura

en el DNI vigente)

Documento Nacional de

Identidad Vigente

Grado Profesional y/o Técnico

Experiencia en la

especialidad expresada en años, meses

y días 01 Administrador

02 Nutricionista

03 Cheff Jefe de Cocina

04 Mozo

05 Mozo

06 Azafata

07 Ayudante de Cocina

08 Ayudante de Cocina

09 Vajillero

10 Operario de Limpieza y

Apoyo

______________________________ Firma y Sello del Representante

Legal de la Empresa ó Consorcio

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

45

ANEXO N° 08

DECLARACIÓN JUARADA DE EQUIPOS DEL POSTOR

“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN”

PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

EQUIPO Marca Capacidad Cantidad Años Uso

Estado de Conservación

Pro- Piedad

Távola Calda Balanza Congelador Industrial Refrigeradora horizontal Conservadora Horno microondas Batidora Licuadora Industrial Olla arrocera eléctrica

Los equipos estarán desde el primer día de vigencia del contrato, hasta la culminación del mismo en forma continua. .............................................................. Firma y sello del Representante Legal

ANEXO N° 09

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

46

CARTA DE PROPUESTA ECONOMICA

(MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº Presente.- De acuerdo a la convocatoria de referencia y a toda la información contenida en los documentos del Concurso Público Nº 003-2008-JUS Primera Convocatoria para la prestación del servicio de alimentación para el personal del Ministerio de Justicia el suscrito representante del postor _______________ ofrece suministrar todo el personal, uniformes, materiales, insumos y ejecutar todos los trabajos que sean requeridos para la prestación del servicio especificado de acuerdo con las Bases Administrativas y Términos de Referencia. La propuesta económica es la siguiente:

Item Descripción Precio Unitario

por almuerzo incluido IGV S/.

Cantidad promedio

de almuerzos atendidos

por día

Número promedio de días

laborables por mes en el período

Número de meses

de contrato

Monto total de la

propuesta económica

incluido IGV S/.

1 Servicio de alimentación para el personal del Ministerio de Justicia

155 22 12

El valor referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. El que suscribe declara que la presente oferta será mantenida durante el proceso de selección comprometiéndose a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. El que suscribe se compromete iniciar el servicio en la fecha establecida en las Bases Administrativas, así como garantizar que todo el trabajo a ejecutar será realizado bajo las condiciones establecidas en los documentos de Contrato. Hasta que el documento final del Contrato sea procesado, el que suscribe reconoce como documentos obligatorios la propuesta y su aceptación escrita por el Ministerio de Justicia. Lima, ……………………………………….

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/

Razón Social de la empresa

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

47

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación del Servicio de Limpieza Integral y Fumigación para el Ministerio de Justicia, que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del CONCURSO PÚBLICO N.º 003-2008-JUS-S para la contratación de servicio alimentación y nutrición para el Ministerio de Justicia cuyos detalles, importes totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO El Servicio de Alimentación y Nutrición para el Ministerio de Justicia será brindado en su sede central ubicada en la calle Scipión Llona Nº 350 distrito de Miraflores. De acuerdo con lo establecido en los términos de referencia, así como lo estipulado en las Bases Administrativas Integradas y en su propuesta técnica y económica. CLAUSULA TERCERA: ALCANCES Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El servicio será brindado en el local de LA ENTIDAD ubicado en la calle Scipión Llona Nº 350 distrito de Miraflores, para lo cual EL CONTRATISTA destacará al local de LA ENTIDAD los siguientes trabajadores de acuerdo con su Propuesta Técnica y Económica:

Administrador 01 Nutricionista Colegiado (lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas) 01 Chef Jefe de Cocina 01 Cocinero Asistente 02 Ayudante de Cocina 01 Manipuladores de alimentos (para el servido de los alimentos) Azafata 01 Vajillero que trabaja permanente en el lavado de utensilios y vajilla

en el horario de atención del menú, vale decir de 12 a 3.00 pm 01 Mozo 01 Operario de limpieza y apoyo 01

Los objetivos, condiciones, y demás características del servicio están expresamente desarrollados en los Términos de Referencia de las Bases Integradas del Proceso de Concurso Público N° 002-2008-JUS/S, y sus Anexos, que son parte integrante del presente Contrato. LA ENTIDAD exige que no deberá existir paralizaciones del servicio en ningún momento y por ningún motivo.

EL CONTRATISTA hará de conocimiento a la Oficina de Abastecimiento y Servicios del Ministerio de Justicia, cualquier circunstancia que altere la normal prestación del servicio, así como de cualquier daño y/o deterioro y/o pérdida que ocurran a los bienes del Ministerio de Justicia durante la prestación del servicio, así como también deberá mantener los equipos utilizados en perfecto estado de funcionamiento.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

48

CLAUSULA CUARTA: MONTO CONTRACTUAL El costo unitario por almuerzo asciende a la suma de S/. ______ incluido el Impuesto General a las Ventas-IGV, siendo el promedio diario de atención de ciento cincuenta y cinco (155) almuerzos, durante veintidós (22) días laborables al mes lo que hace un promedio mensual de S/. ________ y un promedio anual de S/. ________ incluido el Impuesto General a las Ventas-IGV de acuerdo al cuadro de Propuesta Económica señalada en el Sobre Nº 2-Propuesta Económica, la cual forma parte del presente contrato. CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO

LA ENTIDAD, se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA mensualmente y en nuevos soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, para tal efecto, después de ejecutada la respectiva prestación y previa emisión de la Conformidad del Servicio emitida por la Oficina de Abastecimiento y Servicios y por la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración, en función del número de almuerzos realmente atendidos. LA ENTIDAD deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor de EL CONTRATISTA en la oportunidad establecida en el contrato, para tal efecto el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes. LA ENTIDAD descontará de los montos a pagar los importes de las penalidades que se le imponga al EL CONTRATISTA. CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATO El contrato tiene un plazo de vigencia desde un año constados a partir del.................hasta ..........................o hasta que se haya consumido el monto total del monto adjudicado, lo que ocurra primero. CLÁUSULA SEPTIMA.- DE LA SUPERVISIÓN LA ENTIDAD a través de la Unidad de Servicios de la Oficina de Abastecimiento y Servicios y de la Unidad de Promoción y Servicio Social de la Oficina de Personal, efectuará el seguimiento y control de la prestación que viene brindando EL CONTRATISTA, con el fin de velar el cabal cumplimiento de las condiciones pactadas. CLAUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con lo estipulado en el Anexo de los Términos de Referencia de las Bases Administrativas del Concurso Público Nº 003-2008-JUS, así como realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación de las instalaciones, maquinaria y equipo del comedor por un valor de S/. 13,000.00 (Trece mil y 00/100 nuevos soles) a ejecutarse durante la vigencia del contrato en coordinación con la Oficina de Abastecimiento y Servicios previa aprobación de la Oficina General de Administración y bajo supervisión de la Oficina de Abastecimiento y Servicios. LA ENTIDAD se obliga a efectuar el pago de los servicios dentro de los plazos que se precisan en el presente contrato, así como tomar las medidas correctivas por la falta de atención oportuna al cumplimiento de sus obligaciones con EL CONTRATISTA. CLÁUSULA NOVENA.- PERSONAL DEL CONTRATISTA Para la prestación del servicio, EL CONTRATISTA utilizará el personal calificado estrictamente concordante con su propuesta técnica, no estando permitido ningún cambio, salvo por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, para cuyo efecto, EL CONTRATISTA deberá proponer a LA ENTIDAD con diez (10) días calendario de anticipación el cambio de personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

49

Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y tales cambios no irrogarán gastos adicionales a LA ENTIDAD. Todo personal cuyo cambio se proponga, reunirá similares o mejores cualidades que el personal inicialmente propuesto. En caso que EL CONTRATISTA efectúe cambios del personal propuesto sin autorización de LA ENTIDAD, este contrato puede quedar resuelto por causas imputables a EL CONTRATISTA. CLAUSULA DECIMA: GARANTIAS EL CONTRATISTA entregará en el plazo de …….. (indicar, conforme al procedimiento establecido en las presentes Bases) garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., carta fianza bancaria equivalente al

diez por ciento (10%) del monto total del contrato - Adicional por el monto diferencial: S/…………………., de ser el caso. Esta(s) garantía(s) es (son) otorgada(s) por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. CLAUSULA DECIMA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla(s). CLAUSULA DECIMA PRIMERA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL EL CONTRATISTA no podrá transferir el contrato parcial ni totalmente a favor de terceros, teniendo responsabilidad total sobre su ejecución. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 41°, inciso c), y 45° de la Ley, y los artículos 224° y 225° de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

1. En caso de ser declarado no apto (contaminado) el resultado de por lo menos una de

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

50

las muestras analizadas del examen Microbiológico, el Ministerio de Justicia podrá resolver el contrato

2. La reincidencia y/o acúmulo de 03 faltas graves se constituye en causal de rescisión de

contrato.

3. La ocurrencia de una intoxicación alimenticia que afecte a por lo menos 3 personas, o la ocurrencia de un brote de rotavirus, o cualquier otra enfermedad transmitida por alimentos (ETA) diagnosticada clínicamente por el profesional médico del Ministerio de Justicia.

4. Cediera Total o parcialmente el contrato.

5. La presencia de insectos o de sus partes, especialmente moscas o cucarachas, dentro

de alguna preparación o plato servido (incluyendo refrescos o infusiones) será considerada FALTA GRAVE y penalizado de acuerdo a lo indicado en el inciso respectivo. La reincidencia por segunda vez de este suceso ocasionará la rescisión del contrato.

6. Cuando el resultado de la encuesta realizada por la Oficina de Personal alcance por

tercera vez durante la ejecución contractual una desaprobación mayor al cincuenta por ciento (50%)

7. Suspendiera la prestación del servicio materia del presente contrato por más de un (01)

día, pudiendo LA ENTIDAD resolver el contrato independientemente de la ejecución de las garantías correspondientes.

8. Cuando LA ENTIDAD verifique algún incumplimiento de las obligaciones laborales y

previsionales por parte de EL CONTRATISTA de conformidad con lo dispuesto en la primera disposición final y transitoria del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR.

CLAUSULA DÉCIMA QUINTO: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x Monto Penalidad Diaria = F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta días. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

51

concordantes. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA: OTRAS PENALIDADES La Entidad esta facultada a establecer otras penalidades distintas a la penalidad por mora en la ejecución de la prestación cuando se configure el incumplimiento de contrato y los términos de referencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 223º del Decreto Supremo 084-2004-PCM. En consecuencia por incumplimiento de la ejecución del servicio se aplicará en forma directa las penalidades establecidas en los términos de referencia que continuación se señalan: Otras penalidades La Entidad esta facultada a establecer otras penalidades distintas a la penalidad por mora en la ejecución de la prestación cuando se configure el incumplimiento de contrato y los términos de referencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 223º del Decreto Supremo 084-2004-PCM. En consecuencia por incumplimiento de la ejecución del servicio se aplicará en forma directa las penalidades establecidas en los términos de referencia que a continuación se señalan: Falta: Las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 0.3 UIT. La reincidencia se constituye en falta grave y se penalizará como tal. Falta grave: Las acciones categorizadas de tal forma y declaradas como tales por el Comité de Inspección, serán penalizadas con una multa de 1.0 UIT. La reincidencia y/o acúmulo de 03 faltas graves se constituye en causal de resolución de contrato. Las faltas que constituyen causales inmediatas de resolución de contrato se especifican dentro del texto, pero se incluye además la ocurrencia de una intoxicación alimenticia que afecte a por lo menos 3 personas, o la ocurrencia de un brote de rotavirus, o cualquier otra enfermedad transmitida por alimentos (ETA) diagnosticada clínicamente por el profesional médico del MINJUS. Procedimiento: La Unidad de Servicio Social de la Oficina de Personal procederá a levantar un acta indicando las observaciones la misma que será suscrita con el Administrador designado por la Empresa y en forma inmediata comunicada por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Servicios para que proceda a hacer efectiva la penalidad impuesta, previo los procedimientos regulares. CLAUSULA DÉCIMA SETIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos. “Es causal de resolución del contrato celebrado entre LA ENTIDAD y EL CONTRATISTA, la verificación por parte de LA ENTIDAD de algún incumplimiento de las obligaciones laborales y provisionales del EL CONTRATISTA. Las entidades están obligadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales que tiene EL CONTRATISTA con los trabajadores destacados; para tal obligación podrán solicitar la inspección de la Autoridad Administrativa de Trabajo”. CLAUSULA DÉCIMA OCTAVA: PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO De acuerdo con el artículo 226º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirlo mediante Carta Notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a dos (02) días bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, mediante Carta Notarial, resolverá el contrato en forma total o parcial.

Ministerio de Justicia CP Nº 003-2008-JUS/S

52

CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- DE LA INHABILITACIÓN El incumplimiento de cualquiera de los términos del contrato por parte de EL CONTRATISTA dará lugar a su inhabilitación a contratar con el Estado conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CLAUSULA VIGÉSIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes. CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratación y adquisición del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 272° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y podrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnica económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en la ciudad de Lima, Distrito de Miraflores a los ............................................ LA ENTIDAD EL CONTRATISTA