concurso n° 71/01 expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · pdf filesobre la base de los...

10

Click here to load reader

Upload: trancong

Post on 06-Feb-2018

213 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

1

Concurso N° 71/01 Juez del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°76 de la Capital Federal. Expediente: 139.952/03 En este concurso han sido ternados los siguientes profesionales: 1. Dra. María Cecilia ALBORES 2. Dr. Juan Carlos BENINCASA 3. Dra. Martha Beatriz GOMEZ ALSINA Puntajes obtenidos por los profesionales ternados en las diferentes etapas de evaluación cumplidas ante el Consejo de la Magistratura de la Nación: Cargo a Cubrir Postulante

Puntaje Jurado

Puntaje Comisión de Selección

Orden de Mérito Comisión de Selección

Orden de Mérito Plenario

Dra. María Cecilia ALBORES

143

170,5

Dr. Juan Carlos BENINCASA

150

156,5

Vacante de Titular del

Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Civil N°76

de la Capital Federal Dra. Martha B. GOMEZ ALSINA

140

161

En virtud de lo establecido por los Arts. 7° y 9° del Decreto 588/03 se requirió opinión a las siguientes Instituciones AFIP ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES CELS COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES FORES FUNDEJUS De las Instituciones requeridas contestaron: AFIP: (La información recabada de la Administración Federal de Ingresos Públicos relativa al cumplimiento por parte de los candidatos ternados de sus obligaciones impositivas y previsionales (Art. 9 Decreto 588/03), se detalla en el apartado correspondiente a cada uno de ellos). ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES (AABA): “...hemos puesto en conocimiento de nuestros asociados los integrantes de las ternas para cubrir las vacantes y recibimos hasta el momento una sola objeción por parte del Dr. Leonardo Glikin, en la cual impugna la candidatura para ocupar el cargo de titular del Juzgado Nacional en lo Civil

Page 2: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

2

N°76, de la Dra. Martha Gómez Alsina, actual Secretaria del Juzgado Civil N°23, con los fundamentos que el propio impugnante elevará a ése Ministerio.” Al día de elaboración del presente informe no se ha recibido ninguna manifestación fundamentando dicha objeción. FUNDEJUS: “Sobre el particular le hago saber que esta Fundación no tiene objeciones que formular con relación a los méritos de cada uno de los integrantes de dicha terna, teniendo en consideración especialmente que todos han surgido del concurso que conforme establece la ley respectiva, se ha llevado a cabo por el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.” FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES: “El Consejo Directivo de esta Facultad, en su sesión del día 14 de octubre de 2003, resolvió no emitir opinión en casos como el que esta en consulta y pasar el tema a la Comisión de Interpretación y Reglamento a los fines de adopta un criterio general. A la fecha de elaboración del presente informe no expresaron su opinión las siguientes Instituciones invitadas: CELS COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL FORES 1. Dra. María Cecilia Albores: ? AFIP: “Al respecto cumplo en informarle que según surge de nuestras bases de

datos, la letrada antes mencionada se encuentra inscripta bajo la C.U.I.T. N° 27-11265221-9, y a la fecha no registra incumplimientos con este Organismo.-”

? Actividad o función que desempeña actualmente: Secretaria del Juzgado Nacional de

1° Instancia en lo Civil N°26.- ? Sobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la

Dra. Albores las siguientes expresiones espontáneas: a. Presentación de la Dra. Norma R. Abou Assali de Rodríguez, juez del Juzgado

Nacional de 1° Instancia en lo Civil N°26: “La Dra. Albores se desempeñó con destacable compromiso ético, con profunda dedicación al trabajo, y pleno conocimiento de las causas radicadas en el Tribunal. Su dedicación a la docencia universitaria, no le impidió el trabajo fecundo dentro del Tribunal, para lo cual ya se había preparado años antes, obteniendo el título de Abogada Especialista en Derecho de Familia.”-

b. Presentación de Profesionales Santacruceños (Dras./es: C.Ceballos, M.Guatti,

R.Campos, M.Guatti, M.Guatti, G.Ceballos, L.Arenas, G.Ceballos Arenas, V.Vitale, N.Frigerio, R. Areco.) Manifiestan su adhesión a la postulación de la Dra. Alborers.

Page 3: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

3

c. Presentación de las Sras N. Guarino; A. M. Gardel; A. Taylor y M. del C. Turull,: Manifiestan su adhesión pública a la postulación de la Dra. María Cecilia Albores para cubrir el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil N° 76 de la Capital Federal.

d. Presentación suscripta por los Jueces de la Cámara Civil, Dres. Elsa Gatzke, Hugo

Molteni, Miguel Angel Vilar, Gerónimo Sansó, Felix de Igarzabal; Jorge Escuti Pizarro, Eduardo A. Zannoni, Ana María Luaces, José Luis Galmarini; los Secretarios de Cámara, Dres. Guillermo González Zurro, María del C. Aguirre, María J. Benavente, Damián I. Font y Alejandro Verdaguer; Alejandro C. Molina, Defensor de Menores de Cámara; los Jueces Norma R. Abou Assali de Rodríguez, Julia L. Servetti, Miguel R. Güiraldes, Hernán Lorenzo Coda y Patricia Zabotinsky; Carlos E. Antonelli, Secretario del Juzgado N°40; Celia E. Giordanino, Secretaria del Juzgado N°8; Fernando Posse Saguier, Juez de Cámara; Vilma Nora Días, Secretaria Interina; Norma Nicolaris, Secretaria; Irene Martínez Alcorta, Juez de Familia; Alberto J. Bueres, Juez de la Cámara Civil; Ana María González, Defensora Auxiliar de Cámara; Stella M. Etchepare, Secretaria; Marcos M. Córdoba; Carlos A. Ariana; Cecilia P. Grosman; Jorge A. Uriarte; Beatriz Biscaro; Berbere Delgado, Profesor Regular Adjunto de la UBA; José Atilio Alvarez, Defensor de Menores; Daniel C. Monedas, Fiscal Nacional; Patricia Elsa Gugliotto, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes; Julia Villanueva, Juez Nacional de Comercio; Jorge Azpiri y Graciela Medina. Las firmas continúan hasta completar las 268 y pertenecen en su mayoría a funcionarios y empleados del fuero civil. El texto de la nota refiere en su parte pertinente: “ ... Fundamos nuestra presentación en que además de estar primera en la terna elevada a consideración de ese Ministerio, conocemos el eficiente desempeño profesional de la nombrada como Secretaria del mismo fuero desde hace varios años, sin perjuicio de haber integrado con anterioridad el Ministerio Público de Menores. Asimismo la Dra. Albores integra el cuerpo docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en la Cátedra de Derecho de Familia y Sucesiones como adjunta donde también demostró dedicación y esmero...” Destacan asimismo que la Dra., Albores ha obtenido el titulo de posgrado como abogada especializada en Derecho de Familia.

2. Dr. Juan Carlos Benincasa: ? AFIP: “Al respecto, cumplo en informarle que según surge de nuestras bases de

datos, el letrado antes mencionado no registra inscripción ante este Organismo”. Referencia: El profesional no está alcanzado por el impuesto sobre los bienes personales, de conformidad con lo normado por el artículo 24 de la ley 23.966 [“Art.24 – No estarán alcanzados por el impuesto los sujetos (...) cuyos bienes (...) resulten iguales o inferiores a CIENTO DOS MIL TRESCIENTOS PESOS ($102.300-) ”]. En el caso del Dr. Benincasa, de la declaración jurada de bienes presentada a requerimiento de lo establecido por el Art. 8 del Decreto 588/03 ante este Ministerio, resulta que su patrimonio no alcanza el monto mínimo imponible fijado por el citado artículo.

Page 4: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

4

? Actividad o función que desempeña actualmente: Controlador Administrativo de Faltas, Unidad Administrativa de Control de Faltas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

? Sobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo del Dr.

Benincasa las siguientes expresiones espontáneas: a. Presentación de la Dra. Elena I. Highton de Nolasco, juez de la Cámara Nacional de

Apelaciones en lo Civil: “...No puedo dejar de señalar que avalo la permanente corrección de su conducta, su imparcialidad y neutralidad aunque también su calidez y comprensión humana, como su tolerancia, flexibilidad y capacidad de adaptación a las personas de diversas jerarquías y condiciones. Por otra parte, su actitud tiende más a la solución concreta de los problemas que a lo meramente académico. Todo ello surge de una conducta que, a lo largo de aproximadamente 15 años, me ha permitido conocerlo más allá de la tarea y, muy especialmente, dar cuenta de su sencillo y probo modo de vida como igualmente de su decencia e integridad.”

b. Presentación del Dr. Juan Andrés Necol, titular de la Fiscalía N°8 ante los Juzgados

Nacionales en lo Criminal de Instrucción: “Fundo mi presentación en la calidad humana e idoneidad profesional del mencionado, tanto en la función judicial, como en la actividad docente universitaria, las que me constan.”

c. Presentación del Dr. Leopoldo Bruglia, juez del Tribunal Oral Criminal Federal N°4:

“...brindo mi formal adhesión a la designación del Dr. Juan Carlos Benincasa por constarme su idoneidad para ocupar el cargo para el cual se postula.-”

d. Dra. Patricia Barbieri, Juez Nacional de 1° Instancia en lo Civil N°22: “Sus cualidades

personales, tanto su calidad humana como su trayectoria e idoneidad profesional en la actividad judicial y académica, de la que soy conocedora, ...”

e. Presentación del Dr. Gustavo Daniel Moreno, Asesor Tutelar ante la Justicia

Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: “...la adhesión manifestada encuentra su fundamento en la calidades y cualidades humanas del mencionado como así también en su idoneidad profesional y académica, de las cuales soy conocedor, y que lo hacen digno merecedor del referido cargo.”

f. Presentación de la Dra. M. Ernestina Storni, Defensora de Menores e Incapaces del

fuero civil: “He tenido ocasión de conocer la tarea del Dr. Benincasa cuando se desempeñaba como Secretario Interino del Juzgado del fuero Nª85, ante el cual me desempeño como Defensora Pública de Menores e Incapaces, y valorar, en consecuencia, la idoneidad técnica, moral y personal del candidato al que adhiero.”

g. Dra. Beatriz A. Veron, Juez del Juzgado Nacional Civil N°68: “Pongo de manifiesto

que tal adhesión encuentra su fundamento en la calidad y cualidad humana y en la idoneidad profesional del mencionado, tanto en la función y actividad judicial como en la docencia universitaria, de las cuales soy conocedor.”

Page 5: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

5

h. Presentación del Dr. Luis F. Deferraris, Secretario de la Universidad de Flores: “Los antecedentes familiares y personales del Dr. Benincasa me permiten asegurar al Sr. Ministro que en el supuesto de acceder al cargo que ha concursado y del cual es candidato significará para nuestra Justicia contar con un hombre de bien en todo aspecto, valor éste que juntamente con sus amplios conocimientos por la función judicial y docente que ha cumplido me obligan a adherirme a su nombramiento.”

i. Dr. Carlos Alberto Vilches, integrante del Juzgado Nacional en lo Civil N°43:

“...formulo mi más absoluta adhesión a su designación para Juez de la Nación ya que sus cualidades profesionales, éticas, morales y académicas ameritan sin hesitación alguna su nombramiento, lo que enriquecería con personas de su talla humana e intelectual al servicio de justicia de nuestro país.”

j. Dr. Juan C. Rago, profesor de Derecho Constitucional de la UBA: “Conocí al Dr.

Benincasa a principio de los años ochenta en ocasión de compartir, en el ámbito de la Facultad de Derecho de la UBA, la tarea de empezar a reconstruir la conciencia democrática en la amordazada sociedad de aquellos años. Me consta desde entonces, su compromiso para con los valores de la democracia y considero que sumados a sus calidades tanto personales como profesionales lo hacen digno merecedor del cargo para el cual concursara y resultara candidato. ”

k. Con idéntico texto, aunque en presentaciones diferentes, se refieren al Dr. Benincasa las

siguientes personas: el Sr. Julio Piumato, Secretario General de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, el Dr. Ezio O. Emiliozzi, Director General de la Unidad Administrativa de Control de Faltas del GCBA, el Dr. Claudio F. López, Director Administrativo de la misma Unidad de Control, el Dr. Mariano Bonamaison, Director de Gestión de Faltas de dicha unidad, los Controladores Administrativos del GCBA, Dres. Ariel A. López, Hebe Liliana Bouzo, Agustín Morato, Macarena Garcia de Leonardo, el Dr. Hernán Lorenzo Coda, Juez en lo Civil, la Dra. Graciela A. Iturbide, Juez del Juzgado Nacional Civil N°71, la Dra. Mabel de los Santos, Juez del Juzgado Nacional Civil N°67, el Dr. Roberto Angel Beatti, Juez del Juzgado Nacional Civil N°43, el Fiscal Federal Carlos Alberto Rivolo, los jueces nacionales Dres. Alvarez Juliá, Coggi, Flah, Abreut de Begher, Dominguez y Arata, el Dr. Cesar A. Dillon y el Presidente de la Fundación Juanito, Sr. Jorge Eduardo Iñón.

El texto de la nota en su parte pertinente, se transcribe a continuación: “Pongo de manifiesto que tal adhesión encuentra su fundamento en la calidad y cualidad humana y en la idoneidad profesional del mencionado, tanto en la función y actividad judicial como en la docencia universitaria, de las cuales soy conocedor y lo hacen digno merecedor del cargo para el cual concursara y resultara candidato. Con el convencimiento profundo de que tal solicitud y su designación habrán de contribuir para el efectivo afianzamiento y mejora de la administración de justicia, anhelo tan deseado y merecido por nuestra sociedad,..”

l. Dr. Daniel Edgardo Maijar, Controlador Administrativo N°17, de la Unidad Administrativa de Control de Faltas del GCBA: “Son de mi personal conocimiento las altas cualidades humanas del postulante, su conducta ética y moral intachable que califican su aptitud para el cargo, así como su idoneidad profesional) y versatilidad para la comprensión y resolución de las complejas problemáticas jurídicas) en los diversos

Page 6: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

6

ámbitos donde dejó su impronta: función judicial, administrativa (en esta Unidad Administrativa), y docencia universitaria. Todo ello sin duda, lo hacen digno merecedor del cargo al que aspira.”

m. Dr. Javier Caviglia, Controlador Administrativo N°20, de la Unidad Administrativa de

Control de Faltas del GCBA: “...mi adhesión encuentra su fundamento en dos grandes virtudes del Dr. Benincasa, a saber: la primera de ellas tiene que ver con su excelente calidad humana, expresada diariamente para con sus colegas y compañeros, persona siempre dispuesta y colaboradora, de excelente trato e impecables modos; la segunda apunta a sus cualidades e idoneidad profesional, ámbito donde demuestra ampliamente sus vastos conocimientos generales y específicos del derecho, especialmente en la materia civil y de familia, sin dejar de mencionar su excelente desempeño como docente universitario, todo de lo cual soy conocedor y entiendo lo hacen digno merecedor del cargo por el cual concursara y resultara candidato.”

n. Dr. José Miguel Pildain, Secretario Letrado de la Corte Suprema de Justicia de la

Nación: Adhiere a la designación del Dr. Benincasa, “...en tanto sus cualidades y calidades humanas y profesionales, de las cuales soy conocedor, lo hacen merecedor y digno candidato para dicho cargo.”

o. Dr. Juan José Ghirimoldi, Fiscal General: “Es mi deber manifestar que tal adhesión

encuentra su base en la calidad y cualidad humana que posee principalmente y en la nobleza y carácter humano y en la capacidad profesional que lo distingue...”

p. Presentación del Dr. Ricardo A. Sangiorgi, ex juez del Juzgado Nacional de 1°

Instancia en lo Civil N°76: “No puedo dejar de mencionar que durante el ejercicio de la magistratura en el Juzgado Civil N°76, he tenido el placer de otorgar la guarda preadoptiva y posteriormente en adopción a quien hoy es María Renata Benincasa Espinosa, a la sazón, la hija menor del concursante, en el mes de septiembre de 1992, lo cual puede dar cuenta del concepto, calidades y cualidades que respecto del Dr. Benincasa y de su señora esposa, Dra. María Cristina Espinosa, valorara oportunamente el Suscripto.-”

q. Instituto de Investigaciones de Historia del Derecho, Dr. Eduardo Martiré, Subdirector

a/c: “Hago presente que tal adhesión encuentra su fundamento en las condiciones intelectuales y personales del candidato, así como en su capacidad profesional, puestas de manifiesto en su actividad judicial y en labor docente superior, que conozco personalmente y respaldo sin reservas dadas mis condiciones de profesor universitario y ex magistrado nacional.”

r. Dres. Ricardo Monner Sans y Ada Ethel Valentini: “...al adherir a la designación del

Dr. JUAN CARLOS BENINCASA –con quien habremos conversado no más que en dos o tres oportunidades, las suficientes como para advertir las varias facetas de su solvencia- cumplimos un mandato moral.”

s. Dr. Jorge Alejandro Magnoni, Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la

Nación: “...la adhesión manifestada encuentra su fundamento en las calidades y cualidades humanas del nombrado como así también en su idoneidad profesional y

Page 7: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

7

académica, que no sólo son de mi conocimiento sino de innumerables profesionales del foro, agentes, funcionarios y magistrados del Poder Judicial...”

t. Lic. Adriana I. G. Fazzio, Directora Nacional de Derechos y Programas para la Niñez,

la Adolescencia y la Familia: Adhiere a su designación, fundamentando la misma “...en las calidades y cualidades humanas del mencionado como así también en su idoneidad profesional y académica, ...”

u. Presentación del Dr. Luis Roberto Negri, Decano de la Facultad de Derecho de la

Universidad del Museo Social Argentino: “Pongo de manifiesto que tal adhesión encuentra su fundamento en la calidad y cualidad humana y en la idoneidad profesional del mencionado, tanto en la función y actividad judicial como en la docencia universitaria, de las cuales soy conocedor, en razón de ser el actual Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad del Museo Social Argentino.”

v. Dr. Jorge Luis Luque del Marmol, ex Fiscal de la Cámara Federal de la Plata: Se

pronuncia favorablemente respecto a la designación del Dr. Benincasa, “...por cuanto conozco su vocación por el derecho de familia, su hombría de bien, su integridad, su honestidad, su preocupación por la docencia y por ejercer honradamente el cargo que le ocupa en la actualidad, tarea que hasta el día de hoy ha venido llevando con hidalguía.”

w. Dra. Leticia B. Apfelbaum: Apoya su designación del Dr. Benincasa, “...en tanto sus

cualidades y calidades humanas y profesionales, lo hacen merecedor y digno candidato para dicho cargo.”

x. Sr. Daniel Rosenberg, Presidente de la Fundación PRASAM: Manifiesta su adhesión a

la designación del Dr. Benincasa “...en virtud de su gran sensibilidad y vocación con lo relativo al derecho de familia.”

3. Dra Martha Beatriz Gomez Alsina: ? AFIP: “Al respecto, cumplo en informarle que según surge de nuestras bases de

datos, la letrada antes mencionada no registra inscripción ante este Organismo”. Referencia: El profesional no está alcanzado por el impuesto sobre los bienes personales, de conformidad con lo normado por el artículo 24 de la ley 23.966 [“Art.24 – No estarán alcanzados por el impuesto los sujetos (...) cuyos bienes (...) resulten iguales o inferiores a CIENTO DOS MIL TRESCIENTOS PESOS ($102.300-) ”]. En el caso de la Dra. Gómez Alsina, de la declaración jurada de bienes presentada a requerimiento de lo establecido por el Art. 8 del Decreto 588/03 ante este Ministerio, resulta que su patrimonio no alcanza el monto mínimo imponible fijado por el citado artículo.

? Actividad o función que desempeña actualmente: Secretaria del Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Civil N° 23.-

Page 8: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

8

a. Presentación de Mons. Nicola Girasoli, Consejero de la Nunciatura Apostólica: “Destaco la eficiencia, idoneidad y profesionalidad con que la Dra. Martha Beatriz Gomez Alsina desempeña su cargo actual como Secretaria del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°23.”

b. Presentación del Dr. Práxedes M. Sagasta - Decano de la Facultad de Ciencias

Jurídicas de la Universidad del Salvador: “...destaco la trayectoria de la nombrada funcionaria como Secretaria del Juzgado Nacional en lo Civil N°23, con competencia exclusiva en materia de familia, como también su capacitación y dedicación a su función en la cátedra de Derecho Civil V (Familia y Sucesiones) que está a su cargo en este Facultad.”

c. Presentación del Dr. Rubén Darío Bianchi: “...quiero resaltar el profesionalismo de la

citada abogada en la resolución de los problemas de familia en los que me ha tocado intervenir, su solvencia intelectual y la fina sensibilidad que le es propia.”

d. Presentación del Lic. Raúl F. García Moya, Representante Legal, y del Sr. José Luis

Duenyas, Rector de KLINE Asociación Civil, Instituto Incorporado de Enseñanza e Investigación: “...destacamos la trayectoria de la nombrada en el fuero en que se desempeña, como también su capacitación y dedicación a su función en relación con los menores e incapaces. Estas cualidades hemos podido valorar a lo largo de la intercomunicación y actuación en las causas en trámite en el Juzgado en lo Civil N°23, en las que ha intervenido esta institución.”

e. Presentación del Dr. Mario Masciotra: “Me consta asimismo sus dotes académicas y

su preocupación constante en mantenerse permanentemente actualizada, habida cuenta de compartir desde hace una década los claustros de la Universidad del Salvador.”

f. Presentación de la Dra. Sandra de los Angeles Juárez, a cargo de la Institución

Prohijar y del Programa de Familias Especiales: “...destaco la trayectoria de la nombrada funcionaria como Secretaria del Juzgado Nacional en lo Civil N°23, con competencia exclusiva en materia de familia, su capacidad y dedicación a la función y en particular para destacar su preocupación a fin de asegurar el derecho que todo niño tiene a una familia.”

g. Presentación de la Sra. Teresa S. Garreton de Magnasco, Presidente de Equipo San

José Asistencial y de Adopción: “...destacamos la trayectoria de la nombrada en el fuero en el que se desempeña, como también su capacitación y dedicación a su función, lo que hemos percibido a lo largo de las causas en las que esta institución ha intervenido conjuntamente con el Juzgado N°23 en el que la Dra. Gómez Alsina actúa.”

h. Presentación de los Dres. Fernando Carnemolla, J. Antonio Charlin, Carlos A.

Mastropierro, Raúl C. Renault, María G. Arena de Gargo, y otros profesionales de la matrícula del Colegio Público de Abogados de esta Ciudad: “Fundamentamos la adhesión formulada en las destacadas condiciones éticas y morales de la nombrada, sumada a la responsabilidad y criteriosidad puesta de manifiesto en su dilatada trayectoria en la actividad jurisdiccional que la hacen merecedora para acceder al cargo vacante.”

Page 9: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

9

i. Presentación de la Dra. Mónica P. Mandado: “...la nombrada más allá de su capacidad

profesional se destaca por su dedicación a la función, aptitud que he podido valorar desde mi condición de profesional en la intervención que me cupo en mi actividad como tal por ante el juzgado cuya secretaría tiene a cargo.”

j. Presentación de los Dres. Diego H. Davidovitch, Marcela F. Majul, y otros

profesionales de la matrícula del Colegio Público de Abogados de esta Ciudad: “…destacamos las especiales condiciones de la nombrada y el oficio que evidencia en el desempeño del fuero, que junto con su dedicación a la función, la hacen merecedora para acceder al cargo vacante.”

k. Presentación del Presidente de la Corporación de Rematadores y Corredores

Inmobiliarios, Sr. Eduardo Saravia: “...destaco la trayectoria de la nombrada en el fuero en el que se desempeña, como su capacidad y dedicación a la función y en particular para destacar su preocupación a fin de asegurar el derecho que todo niño tiene a una familia.”

l. Presentación de la Dra. Adriana V. Marraccini: “Señalo el espíritu cristiano de la

nombrada, sus condiciones éticas, como así también el oficio que ha evidenciado en el desempeño de su delicada labor, sumada a su plena dedicación y espíritu de sacrificio.”

m. Presentación del Dr. Mario Sitnisky: “…destaco las especiales condiciones de la

nombrada y el oficio que evidencia en el desempeño del fuero, que junto con su dedicación a la función, la hacen merecedora para acceder al cargo vacante.”

n. En idénticos términos se refieren a la Dra. Gómez Alsina, la presentación de los

integrantes del Programa Encuentros entre Padres e Hijos, Lic. Susana I. Rizzolo, Irene Domínguez y Ana Ojeda; la presentación de dos profesionales de la Fundación Juanito, Dra. Elba Mazzoni y PS. Mónica Basualdo; la presentación del Dr. Matías Cofiño; y la presentación de los directivos de la Institución A-Compañar, Lic. Silvia M. Azpillaga y Lic. Guillermo J. Altomano.

o. Dr. Carlos Valiente Noailles, presidente de la Fundación Navarro Viola: “La

Fundación Navarro Viola ha colaborado en diversas instancias con el Juzgado Nacional de primera Instancia en lo Civil N°23, a cargo del Sr. Juez, Dr. Jorge Noro Villagra y de Sra. Secretaria, Dra. Martha Gómez Alsina. Al respecto nos cabe destacar la idoneidad de los citados con esta entidad durante el desempeño de trabajos de cooperación conjunta.”

p. Presentación de la Dra. Leonor Vain: “En cada una de sus intervenciones ha podido

apreciar su brillante desempeño en los distintos cargos que ejerció en el Poder Judicial; quiero destacar especialmente su trabajo como Secretaria del Juzgado Nacional en lo Civil N°23 de esta Ciudad, donde su capacidad y excelente formación académica se ven complementadas con su constante predisposición para acompañar a las partes y sus letrados en la conflictiva problemática personal que implican los casos en los que interviene.”

Page 10: Concurso N° 71/01 Expediente: 139.952/03 - jus.gov.ar · PDF fileSobre la base de los términos del art. 6° del decreto 588/03 obran en el legajo de la ... la Cátedra de Derecho

10

q. Presentación de la Lic. Marta L. Casenave, Presidente de Amatista Asociación Civil: “...destacamos la trayectoria de la nombrada en el fuero en el que se desempeña, como también su capacitación y dedicación a su función en relación con los menores e incapaces.” Adjunta dos página con la nómina de los 76 integrantes de la Asociación Civil Amatista.

r. Presentación de las Sras. Dora B. Rabellino y Graciela H. Quiroga, Presidente y

Tesorera de la Fundación Proteger y presentación de integrantes del Cuerpo Interdisciplinario de Violencia Familiar, Dra. María Patricia Blanco, Lic. Graciela De Paoli y Lic. María del Carmen Torres: Ambas reproducen exactamente las manifestaciones efectuadas en la nota de la Asociación Civil Amatista.

s. Presentación del Dr. Carlos A. Rougès: “...declaro bajo juramento que conozco la

excelente trayectoria profesional y académica de la Dra. Gómez Alsina.” t. Dr. Eduardo José Cárdenas: “La conozco desde hace veintisiete años tanto en lo

personal como en lo profesional. Puedo asegurar que se trata de una persona muy buena, trabajadora y honesta (tres condiciones muy importantes para el cargo que pretende) y de una profesional con mucha vocación, capacidad para comprender los problemas ajenos y solvencia para ayudar a resolverlos."

u. Dra. María R. Brilla de Serrat, juez de la Sala J de la Excma. Cámara Nacional de

Apelaciones en lo Civil: “...destaco que conozco profesionalmente a la Dra. Gómez Alsina desde hace casi veinticinco años, y desde que me desempeñara como Fiscal en este Fuero, he podido apreciar su actuación, en la que ha quedado plasmada su capacidad y eficiencia en el trabajo, ...”

v. Dr. Jorge L. Noro Villagra, Juez del Juzgado Nacional en lo Civil N°23: “Como

superior jerárquico de la nombrada también puedo aseverar aquellas calidades que no se evalúan en un exámen, sino con el quehacer cotidiano: su probidad, contracción al trabajo, especial capacidad para dar contención a la conflictiva familiar y su alta calidad moral y humana.”

w. Elisa M. Díaz de Vivar, Juez del Juzgado Nacional en lo Civil N°19: “Durante ese largo

período (1977-1990) demostró sus calidades profesionales en orden a la dedicación, estudio y contracción a sus tareas específicas y en lo personal, un riguroso sentido de rectitud y probidad,, todo lo cual me determina a prestar mi aval a su designación.”

x. Presentación de los Dres. Bernardo Wisniacki, Marisol Mancuso y Sebastián Sitnisky:

“...destacamos la capacidad de la nombrada y su mayor antigüedad como Secretaria, que junto con la especial dedicación a su función en beneficio de los justiciables, la hacen merecedora para acceder al cargo vacante.”

Buenos Aires, 2 de Diciembre de 2003.-