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Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta Primera Sección d e la Provincia Vaca Diez Beni - Bolivia CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA 031 5 de Octubre de 2015 LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA DE APROBACIÓN DE LA SEGUNDA REFORMULACIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA) Y PRESUPUESTO DE LA GESTIÓN 2015

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Page 1: CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA N° 031 · Que, ei Art. 115, par. I de la Ley N°031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez". del 19 de

Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta Pr imera Sección de la Prov inc ia V a c a D iez

Beni - Bol iv ia

CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA

LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA N° 031

5 de Octubre de 2015

LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA DE APROBACIÓN DE LA SEGUNDA REFORMULACIÓN DEL PROGRAMA

OPERATIVO ANUAL (POA) Y PRESUPUESTO DE LA GESTIÓN 2015

Page 2: CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA N° 031 · Que, ei Art. 115, par. I de la Ley N°031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez". del 19 de

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Que, el Art. 302, par. I, núm. 23 de la Constitución Poli t ica del Estado Plurinacional de Bolivia, establece como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Municipales, elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto.

Que, ei Art. 115, par. I de la Ley N°031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez". del 19 de jul io de 2010, las Entidades Terr i tor iales Autónomas deben: aprobar sus presupuestos sujetándose a los límites fiscales globales establecidos, en concordancia con el marco fiscal de mediano plazo, determinado por e l Ministerio responsable de las f inanzas públicas.

Que, el Art. 6, par. I de la Ley N M 8 2 de Gobiernos Autónomos Municipales, del 9 de enero de 2014, el presupuesto municipal se elaborara bajo los principios de coordinación y sostenibil idad, que está conformado por los presupuestos del Órgano Ejecutivo y del Concejo Municipal; as imismo el Art, 16, núm. 14 de la precitada Ley dispone como una de las atribuciones del Concejo Municipal, aprobar dentro de los (15) días hábiles de su presentación, el Programa Operativo Anua l , Presupuesto Municipal y sus reformulados.

Por cuanto, el Órgano Ejecutivo Municipal, en e! marco de sus competencias y en sujeción a la Constitución Política del Estado y Leyes Vigentes, presentó al Órgano Legislativo la propuesta del Segundo Programa Operativo Anua l (POA) Refbmiulado y Presupuesto de la Gestión 2015 del Gobiemo Autónomo Municipal de Riberalta, consensuado a través de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica, el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, en el marco de las facultades legislativas y las competencias exclusivas, establecidas en la Constitución Política del Estado, la Ley N" 031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez" y la Ley N " 482 de Gobiernos Autónomos Municipales.

Dicta:

LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA N° 031

EL CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA

DECRETA:

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LEY MUNICIPAL AMAZÓNICA DE APROBACIÓN DE U SEGUNDA REFORMULACIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL (POA) Y PRESUPUESTO DE LA GESTIÓN 2015

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCUL01." (OBJETO) El objeto de la presente Ley Municipal Amazónica es aprobar la Segunda Reformulación del P rograma Operat ivo Anua l (POA) y Presupues to de la Gestión 2015 del Gobierno Autónomo Municipal de Riberal ta,

ARTÍCULO 2.- (RESPALDO COMPETENCIAL) La presente Ley Municipal Amazónica se funda en la competenc ia exc lus iva municipal señalada por la C P E en el Art . 302 par I, núm. 23 (Elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operac iones y su presupuesto) .

Artículo 3." (RESPONSABILIDAD) La Máxima Autor idad Ejecut iva del Gobierno Autónomo Municipal , es responsable del uso, administración, ejecución, cumpl imiento de objet ivos, metas y resul tados establecidos en la Segunda Reformulación del P O A y Presupuesto Municipal 2015 , para lo cual deberá observar las disposic iones contenidas e n la presente Ley Municipal Amazónica y las establecidas en las normas legales vigentes en el Estado Plur inacional de Bol iv ia.

CAPITULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Artículo 4.- (RELACIONAMIENTO ENTRE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES ANUAL Y PRESUPUESTO) La fonnulación y elaboración del Presupues to Genera l del Gobierno Autónomo Municipal de Riberal ta, está enmarcado en la Programación de Operac iones A n u a l ; es e l v inculo entre los planes y la asignación de recursos en el presupuesto. E s la parte de la planificación de corto p lazo que implica definir año a año, tanto las prioridades y or ientac iones globales de los recursos y de los gas tos , como la responsabi l idad del Gob ierno Autónomo Municipal de Ribera l ta , en mater ia de producción de bienes y prestación de serv ic ios.

CAPITULO til DISPOSICIÓN APROBATORIA

ARTÍCULO 5.- (APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LA SEGUNDA REFORMUUCION DEL POA 2015 Y PRESUPUESTO) E n cumpl imiento a la competenc ia exc lus iva menc ionada en el Ar t . 2 de la presente Ley Municipal Amazónica y las atr ibuciones establecidas en la Ley N** 482 de Gobiernos Autónomos Munic ipales, el P leno del Concejo Municipal apmeba la Segunda Reformulación del P O A y Presupues to 2015 con un monto de 415 ,776 .644 ,33 ( C U A T R O C I E N T O S Q U I N C E M I L L O N E S S E T E C I E N T O S S E T E N T A Y S E I S MIL S E I S C I E N T O S C U A R E N T A Y C U A T R O 33 /100 B O L I V I A N O S ) , que en A N E X O forman parte indisoluble de la presente Ley.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- En cumplimiento a la Ley 540 de fecha 25 de junio de 2014 T e y de Financiamiento del Sis tema Asociat ivo Municipal", ei Órgano Ejecutivo Municipal del Gobiemo Autónomo Municipal de Riberalta, debe presupuestar sus aportes definidos en la mencionada Ley, en el Reformulado del Programa Operativo Anual de la Gestión 2015.

DISPOSICIÓN FINAL

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- E l Órgano Ejecutivo Municipal, deberá remitir la Segunda Reformulación del P O A y Presupuesto Municipal de la Gestión 2015, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para su inclusión en el Presupuesto General del Estado de la Gestión 2015.

La presente Ley Municipal Amazónica es dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Riberalta, a los cinco días del mes de octubre de dos mil quince años.

Finnado por:

José

CONCEJO RIBERALTA

/ / v 7 ' C a r o l a Ol iva Saucedo SECRETARIA

CONCEJO MUNICIPAL DE RIBERALTA

Por tanto, la promulgo para que se tenga y se cumpla como Ley Municipal Amazónica del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta.

Firmado: