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CONCEJO MUNICIPAL DE LA GUARDIA EXPOSICION DE MOTIVOS: "LEY DE APROBACION DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL Y PRESUPUESTO DE LA GESTION 2018 DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LA GUARDIA" En atención a la solicitud del Alcalde Municipal de La Guardia, remitiendo al Órgano Legislativo Municipal de La Guardia, para análisis y posterior aprobación conforme a Ley, la solicitud de aprobación del Programa Operativo Anual de la Gestión 2018, adjuntando el Informe Técnico Financiero y el Informe Legal; documentación recepcionada por secretaría del Concejo Municipal con el código No. 885 de fecha 04 de septiembre de 2017. Que, el artículo 272 de la Constitución Política del Estado, establece que la Autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones. Que, el artículo 283 de la Constitución Política del Estado, establece que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad Deliberativa, Fiscalizadora y Legislativa Municipal, en el ámbito de sus competencias; y un Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, concordante con el Art. 4 de la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales. Que, el artículo 284 de la Constitución Política del Estado establece que el Concejo Municipal está compuesto por Concejalas y Concejales elegidas mediante Sufragio Universal. Que, el artículo 302 de la Norma Suprema, en su Parágrafo 'T, numeral 23, determina como una de las competencias exclusivas de los Gobiernos Municipales Autónomos Elaborar, Aprobar y Ejecutar sus programas de operaciones y sus presupuestos; concordante con el artículo 321 parágrafo 'T de mismo cuerpo legal, que dispone que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rigen por su presupuesto. Que, el Articulo 34 de la Ley No. 031 Marco de Autonomías establece que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias. Está integrado por concejalas y concejales electas y electos según criterio de población, territorio y equidad mediante sufragio universal en concordancia con los artículos 33 y 35 de la referida disposición legal. Que, en el parágrafo I del artículo 115 de la Ley No. 031 establece que las entidades territoriales Autónomas deben aprobar sus presupuestos sujetándose a los límites fiscales globales estab ecidos, en concordancia con La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Teléfono: 3840313 • La Guardia

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Page 1: CONCEJO MUNICIPAL DE LA GUARDIA€¦ · del Concejo Municipal con el código No. 885 de fecha 04 de septiembre de 2017. Que, el artículo 272 de la Constitución Política del Estado,

CONCEJO MUNICIPALDE LA GUARDIA

EXPOSICION DE MOTIVOS:

"LEY DE APROBACION DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL YPRESUPUESTO DE LA GESTION 2018 DEL GOBIERNO AUTONOMO

MUNICIPAL DE LA GUARDIA"

En atención a la solicitud del Alcalde Municipal de La Guardia, remitiendo alÓrgano Legislativo Municipal de La Guardia, para análisis y posterioraprobación conforme a Ley, la solicitud de aprobación del ProgramaOperativo Anual de la Gestión 2018, adjuntando el Informe TécnicoFinanciero y el Informe Legal; documentación recepcionada por secretaríadel Concejo Municipal con el código No. 885 de fecha 04 de septiembre de2017.

Que, el artículo 272 de la Constitución Política del Estado, establece que laAutonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanasy los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejerciciode las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por susórganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción,competencias y atribuciones.

Que, el artículo 283 de la Constitución Política del Estado, establece que elGobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal confacultad Deliberativa, Fiscalizadora y Legislativa Municipal, en el ámbito desus competencias; y un Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o elAlcalde Municipal, concordante con el Art. 4 de la Ley 482 de GobiernosAutónomos Municipales.

Que, el artículo 284 de la Constitución Política del Estado establece que elConcejo Municipal está compuesto por Concejalas y Concejales elegidasmediante Sufragio Universal.

Que, el artículo 302 de la Norma Suprema, en su Parágrafo 'T, numeral 23,determina como una de las competencias exclusivas de los GobiernosMunicipales Autónomos Elaborar, Aprobar y Ejecutar sus programas deoperaciones y sus presupuestos; concordante con el artículo 321 parágrafo'T de mismo cuerpo legal, que dispone que la administración económica yfinanciera del Estado y de todas las entidades públicas se rigen por supresupuesto.

Que, el Articulo 34 de la Ley No. 031 Marco de Autonomías establece que elGobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal confacultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de suscompetencias. Está integrado por concejalas y concejales electas y electossegún criterio de población, territorio y equidad mediante sufragio universalen concordancia con los artículos 33 y 35 de la referida disposición legal.

Que, en el parágrafo I del artículo 115 de la Ley No. 031 establece que lasentidades territoriales Autónomas deben aprobar sus presupuestossujetándose a los límites fiscales globales estab ecidos, en concordancia con

La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. AndrésTeléfono: 3840313 • La Guardia

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CONCEUO MUNICIPALDE IlA GUARDIA

el marco fiscal de mediano plazo, determinado por el Ministerio responsablede las finanzas públicas.

Que, el Parágrafo 11 del Artículo 113 de la Ley No. 031 expresa que lasentidades territoriales autónomas establecerán y aprobaran su escala salarialy planilla presupuestaria, yn el marco de los criterios y lineamientos depolítica salarial de acuerdo a'las disposiciones legales vigentes.

Que, el artículo 137 de la 'Ley Marco de Autonomías y Descentralización"Andrés Ibáñez" No. 031, establece que la fiscalización a los órganosejecutivos es ejercida por los órganos deliberativos de cada GobiernoAutónomo, tanto como el carácter abierto, transparente y público que debenobservar los procedimientos, actos, informe y resultados de la fiscalización.

Que, el artículo 6 de la Ley No. 482 establece que el presupuesto municipal seelabora bajos los principios de coordinación y sostenibilidad, entre otros yestá conformado por el presupuesto del Órgano Ejecutivo y el presupuestodel Concejo Municipal.

Que, la Ley 482 en el artículo 16 numeral 14 atribuciones del ConcejoMunicipal está la de aprobar dentro de los quince (15) días hábiles de supresentación, el Programa Operativo Anual, presupuesto Municipal y susreformulados presentados por la Alcaldesa o el Alcalde en base al Plan deDesarrollo Municipal.

Que, dentro de las atribuciones del Alcalde Municipal en su artículo 26numeral 13 de la Ley NQi'482 de la Ley de Gobierno Autónomos Municipalesestá la de presentar a consideración del Concejo Municipal, el programaOperativo Anual, presupuesto Municipal de cada gestión, previocumplimiento del proceso de Planificación Participativa Municipal con lasOrganizaciones Territoriales de Base y las organizaciones funcionalesintegrantes del Control Social.

Que, la Ley No. 482 de 09 de enero de 2,014 de Gobierno AutónomosMunicipales, en su arto 16 numeral 14) ha otorgado a los ConcejosMunicipales aprobar ~l,programa Operativo Anual, Presupuesto Municipal y

'sus Reformulados qt~,cii:(:ln~~,Ley Municipal, concordante con el art. 26numeral 14 de la refer:~~;?~~*

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Que, el artículo 8 de lá Ley f'{0':' 1178 establece que el sistema de presupuestopreverá que en funció~ d~ .laspriorídades de la Política Gubernamental, losmontos y fuentes de los.recursos financieros para cada Gestión Anual y suasignación a los requerimientos monetario del Programa de Operaciones y dela Organización Administrativa adoptada.

Que, la Ley No. 769 Ley de Presupuesto General del Estado Gestión 2016 de17 de diciembre de 2015 en el art. 4 en cuanto a la Responsabilidad estableceque: "La Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de cada entidad pública, esresponsable del uso, administración, destino, cumplimiento de objetivos,metas, resultados de los recursos públicos y la probación, ejecución y cierre

20 carretera a Cbba.

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CONCEJO MUNICIPALDE LA GUARDIA

de proyectos, a cuyo efecto deberá observar el cumplimiento de lasdisposiciones contenidas en la presente Ley y las establecidas en las normaslegales vigentes".

Que, el artículo 3 de la Ley No. 2042 de Administración Presupuestariaestablece que las entidades públicas receptoras de transferencia de recursosdel Tesoro General de la Nación por concepto de subvenciones yCoparticipación tributaria, cuyo detalle de ingresos y gastos no se encuentrandetallados en el presupuesto aprobado por Ley de Presupuestos General de laNación en forma anual, deberán remitir su presupuesto aprobados por lasinstancias correspondientes al Ministerio de Hacienda a través del ViceMinisterio de Presupuesto y Contaduría.

Que, la Resolución Si-Ministerial No. 02 de fecha 21 de julio de 2017 seaprueba las Directrices de formulación presupuestaria y de planificación einversión para el presupuesto de la gestión 2018, para todas las entidadesdel sector público.

Que, oficio con cite MEFPjVPCFjDGPGPjUETjNo.1743j17 emitido por elMinisterio de Economía y Finanzas Publicas, dirigida al Alcalde Municipal deLa Guardia Abg. Jorge Morales Encinas, con referencia a la Formulación delAnteproyecto de Presupuesto 2018 de la entidad a su cargo deberá serregistrado y presentado hasta el viernes 08 de septiembre de 2017.

Que, la Ley Municipal No.002j2015 de fecha 30 de julio 2016, Ley deOrdenamiento Jurídico y Administrativo, en el art. 18 establece que la LeyMunicipal, es la disposición legal que emana del Concejo Municipalemergente del ejercicio de su facultad legislativa, en observancia estricta delprocedimiento, requisitos y formalidades establecidas en la presente Ley; esde carácter general, su aplicación y cumplimiento es obligatorio desde elmomento de su publicación física y en los medios electrónicos reconocidospara el efecto. Toda Ley Municipal se encuentra vigente mientras no seaderogada, abrogada o declarada inconstitucional por Sentencia del TribunalConstitucional Plurinacional.

Que, el Informe de la Directora de Finanzas del Órgano Ejecutivo Municipal,con referencia Informe Técnico Financiero del Plan Operativo Anual yPresupuesto de la gestión 2018, indica que la proyección de los Recursosestimado para la gestión 2018, es dado por el Ministerio de Economía yFinanzas Publicas, para la cual se ha elaborado el techo presupuestarioconsolidado de Recursos y Gastos del Municipio de La Guardia y el programade operaciones anual de la gestión 2018, el mismo que alcanza a Bs.162.047.252,00 los cuales se detallan:

20 carretera a Cbba.

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CONCEJO MUNICIPALDE LA GUARDIA

---=-- TECHO PR!=SUPUESTARIO POA~ MUÑ/~ GESTION 2018 (FUENTES DE FINANCIAMIENTO)~

{>u"Rar.. 1(-.9~ , ,, ; ,..•. MONTOS (Bs),

ORG. . ' :,: r, .'

FUENTE "..' ~ FINANC.-. ;; '"' ~': : . :TECHO 2018 SALDOS 2017 TOTAL. * :'1' ,. :: ",: .~, .:.

CONCEJO ." ;

MUN\C\PAL¡ REC.~ ~ 20 - 210 PROP. 70.659.062,00 2.000.000,00 72.659.062,00~. ,,~

e . Sa(\\~ Otros REC.~.,

20 - 230 PROP. 395,00 - 395,00~ !:O"""~

TGN -41 -113 COPo TRIB. 69.369.931,00 7.318.663,00 76.688.594,00

,.-

41 -119 TGN -IDH 12.699.201,00 - 12.699.201,00

TOTALES 152.728.589,00 9.318.663,00 162.047.252,00

Que, el Informe Legal G¡{MLG-INF.LEG.No.536/2016 SMAJ, elaborado por elSecretario Municipal de Asuntos Jurídicos del Órgano Ejecutivo Municipal, ensus conclusionesy recomendaciones indica que de lo expuesto y en atencióna las notas emitidas por el Ministerio Economía y Finanzas Públicas y elinforme elaborado por la Dirección de Finanzas, se recomienda se remita lapresente al Concejo Municipal para la aprobación del Programa OperativoAnual y Presupuesto gestión 2018.

Que, el Informe Financiero con cite OF.INT.DG.ATA-ASSFI-CMLG,1 •

No.024/2017 elaborado por el Asesor Financiero del Organo LegislativoMunicipal, en su~ con~JusJones y recomendaciones manifiesta que basados enlas proyecciones-y liriea~' lentos presentados por el Ejecutivo Municipal y elMinisterio de EconoIplía y:~'Finanzas Públicas tomando en cuenta que elpresupuesto es un cor.iJu· ltg'!drdenado y coherente de principios normativosque tiene por objetq p-rihcipal la formulación, aprobación, ejecución,seguimiento y ev~?hi~C;¡.'óri~~de.tos presupuestos públicos, según los programas,proyectos y actiVi;d~de'~'~efinidos y consensuados por los diferentes actoresque serán beneficiados a través de las distintas obras a ejecutarse en laGestión 2018 y ala vez-verse reflejada la importancia y prioridad en cuanto ala asignación de recursos económicos a la Gestión de Educación y Salud paratodo el Municipio. Por lo que recomienda a la Comisión de Administración yFinanzas poner -en . consideración del Pleno la aprobación del PLANOPERATIVO ANUAL Y PRESUPUESTO DE LA GESTION 2018 con un TechoPresupuestario Total de Bs. 162.047.252,00 (Ciento Sesenta y Dos MillonesCuarenta y Siete, Mjl: Doscientos Cincuenta y Dos 00/100 Bolivianos),pres~n:ado ~?r ~ll,~.i.~S4~iy?'Mu,Dj,cipal,.a través de la ~ecr~~aria Municipa~ deAdministración y' rFt~!!1:'é:g;l~<:l$, .disponiendo su aplicabilidad en estrtctaobservancia de ~J~$.,:np#m~~~;,y:_principios que rigen en el sistema del

M'· .,'. 11. 'A i.,111presupuesto ul1+'pp.ajU ,':C ':::C"

era a Cbba.La Guardia 3era. Sección Muf,icipal de IaProv. Andrés Iba-Teléfono: 3840313 • La Guardia - Santa, -,

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CONCEJO MUNICIPALDE LA GUARDIA

Que, el Informe Legal DMAJ-CMLGNo, 0144/2017 elaborado por el DirectorMunicipal de Asesoramiento Jurídico del Órgano Legislativo Municipal, ensus conclusiones rrúinifiesta que la presentación del POA- 2018 y suPresupuesto y el Ptonunci'ami~~to de los actores sociales, se encuentradentro del marco constitucionaly legal, conforme lo establece el numeral 23del parágrafo 1 del ArtíCul930i de la Constitución Política del Estado y elnumeral 14 del Artículo 16 de la Ley 482 de Gobierno AutónomosMunicipales, por lo que el Concejo Municipal debe proceder al tratamientolegislativo del (i Proyecto de Ley Municipal de Aprobación del Plan OperativoAnual POA y Presupuesto de la Gestión 2018 del Gobierno AutónomoMunicipal de La Guardia", remitido por el Órgano Ejecutivo. Por lo querecomienda proceder a elevar el informe de Comisión ante el Pleno delConcejo Municipal para que se proceda conforme al Reglamento General delConcejo Municipal en el tratamiento legislativo del Proyecto de Ley Municipalde Aprobación del Plan Operativo Anual - POA y Presupuesto de la Gestión2018 del Gobierno Autónomo Municipal de La Guardia .

. l' .

Que, la Comisión de Administración y Finanzas emite el Informe de ComisiónC.A.F.C.M.L.G.No.035/2017; recomendando que basados en las proyeccionesy lineamientos presentados por el Ejecutivo Municipal y el Ministerio deEconómica y Finanzas Publicas, tomando en cuenta que el presupuesto es unconjunto ordenado y coherente de principios normativos que tiene porobjeto principal la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento yevaluación de los presupuestos públicos, según los programas, proyectos, yactividades definidos y consensuados por los diferentes actores que seránbeneficiados a través de las distintas obras a ejecutarse en la Gestión 2018, ya la vez verse reflejada laimportancia y prioridad en cuanto a la asignaciónde recursos econó~i~;o~ril-a¡:),ª Gestión de Educación y Salud para todo elMun~cipio .. , Porí, toq,~,j:N~~~~~:~go .anterio:~ente, se reco~i,enda, previaconsideración del" R~(~~9G\~4~;,~I~~'91p.lceJoMUnicipal, la aprobación del PLANOPERATIVO ANl¡L~\~(iX6'RB~qJ~WLESTODE LA GESTON 2018 con un TechoPresupuestario de' B's.':J6,2.b4.7.252,OO (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES

i~. l. 'I(i· t4HI ; ~ ;.CUARENTA Y ivSJ?'Ii~'·~-E~Ik-)?Q.?CIENTOS CINCUENTA Y DOS 00/100BOLIVIANOS), P.ry~:~)i,tadopor.: el Ejecutivo Municipal, a través de laSecretaria de A(h;nin:i~stración y. Finanzas, disponiendo su aplicabilidad enestricta observancia de, las normas y principios que rigen en el sistema delpresupuesto Municipal. '

Que, en sesión Ordinaria NO.69 ' llevada a cabo el día 07 de septiembre de2017, se procedió a poner en consideración al Pleno del Concejo Municipal, lasolicitud efectuada por el Ejecutivo Municipal, con la finalidad de que seapruebe el PROG,RAMA OPERATIVO ANUAL -POA., y PRESUPUESTO DELA GESTION 20,1.8 I,)EL GOBI~~NO AUTO NOMO MUNICIPAL DE LAGUARDIA. " '11 ,",

La Guardia 3era. Sección)MLinjcip<:irde la Prov. Andr s a eTeléfono: 384 0313 • La Guardia - S

carretera a Cbba.

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CONCEJO MUNICIPAL, .

DE· LA GUARDIA.. . ';.';', .

:.·~EY AtJtQNOMICA MUNICIPAL N° 076

DE07 DE SEPTIEMBRE DE 2017

. Abog. TORGEMORALES ENCINASH. ALCALDE MUNICIPAL DEL

GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE "LA GUARDIA 11

Por cuanto, el Concejo Municipal de La Guardia, ha sancionado la siguiente Ley;DECRETA:

"LEY DE APROBACION DEL PROGRAMA OPERATIVO ANUAL YPRESUPUESTO DE LA GESTION 2018 DEL GOBIERNO

AUTONOMO MUNICIPAL DE LA GUARDIA".- . .¡ ~, ~

Artículo Primero.- Se aprueba el "Programa Operativo Anual - POA yPresupuesto para la Gestión 2018 del Gobierno Municipal de LaGuardia", por un montó presupuestado de Bs. 162.047.252,00 (CIENTOSESENTA Y DOS MILLONES CUARENTA y SIETE MIL DOSCIENTOSCINCUENTA Y DOS '00/100 BOLIVIANOS), habiéndose considerado elpronunciamiento No.003/2017 del 28 de agosto de 2017 emitido por lainstancia de Participación del Control Social.

encargado del

La Guardia 3era. Sección Municipal de la Prov. Andrés Ibañez • Km. 20 carretera a Cbba.Teléfono: 3840313 • La Guardia - Santa Cruz