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COMUNIDAD VALENCIANA. UN MODELO DE ENSEÑANZA BILINGÜE Agustí Pérez Folqués Jefe del Servicio de Enseñanzas en Valenciano de la Generalitat Valenciana CONSIDERACIONES PREVIAS En la Comunidad Valenciana el uso del idioma valencia- no ha tenido diferentes consideraciones sociales y actitudi- nales a lo largo de la historia. Así, en gran parte de la Edad Media y de la Moderna se puede hablar de un uso normal de la lengua, tanto oral como escrito –de lo que da fe el Archivo del Reino de Valencia–, mientras que, a partir del reinado de Felipe V –y, en concreto, tras la promulgación del Decreto de Nueva Planta, en 1707–, ese uso se reduce poco más o menos a la estricta oralidad. Dicha situación se 81

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COMUNIDAD VALENCIANA.

UN MODELO DE ENSEÑANZA BILINGÜE

Agustí Pérez Folqués

Jefe del Servicio de Enseñanzas en Valenciano de la Generalitat Valenciana

CONSIDERACIONES PREVIAS

En la Comunidad Valenciana el uso del idioma valencia-no ha tenido diferentes consideraciones sociales y actitudi-nales a lo largo de la historia. Así, en gran parte de la EdadMedia y de la Moderna se puede hablar de un uso normalde la lengua, tanto oral como escrito –de lo que da fe elArchivo del Reino de Valencia–, mientras que, a partir delreinado de Felipe V –y, en concreto, tras la promulgacióndel Decreto de Nueva Planta, en 1707–, ese uso se reducepoco más o menos a la estricta oralidad. Dicha situación se

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prolongará hasta mediados del siglo XIX, en que el inicio dela Renaixença –un movimiento cultural surgido en Catalu-ña– permitirá al valenciano alcanzar de nuevo un alto pres-tigio literario y una no menos importante consideraciónsocial.

De todos modos, habrá que esperar a finales de los años60 y a comienzos de la década de los 70 del siglo XX paraque el valenciano vuelva a alcanzar el prestigio y la consi-deración de antaño, es decir, para que tenga un reconoci-miento social y se utilice como instrumento de enseñanza yaprendizaje. La prohibición a que había estado sometidodurante la dictadura del general Franco había hecho quemuchos lo vieran como una lengua propia tan sólo de laszonas rurales. De ahí, la popularización de expresionescomo “Ya han llegado los del pueblo” o “Qué gracioso, mira,el niño habla valenciano”. Aun así, durante estos tiempos,la Real Academia de Cultura Valenciana y Lo Rat Penat fue-ron las entidades que más se distinguieron por la recupera-ción del valenciano y de la cultura valenciana.

Pero será la Constitución Española de 1978 la que crea-rá el marco legal necesario para la elaboración y posterioraprobación de los estatutos de autonomía de cada comu-nidad autónoma. El correspondiente a la Comunidad Valen-ciana, de 1982, declarará el valenciano y el castellano idio-mas oficiales de la Comunidad. Un año más tarde, la Ley deUso y Enseñanza del Valenciano (LUEV) regulará el usosocial del valenciano y su inserción en el sistema educati-vo valenciano.

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Por todo lo apuntado anteriormente, el valenciano es unidioma que no se viene enseñando en la escuela de formareglada hasta, como quien dice, ayer mismo –aunque esteayer se remonte a comienzos de los años ochenta del pasa-do siglo–. Semejante circunstancia ha dificultado la difu-sión de un estándar socialmente aceptado, ya que al des-conocimiento bastante general de la lengua escrita se haunido la existencia de diversas variedades orales del idio-ma. Esta falta de unificación idiomática ha sido aprovecha-da en más de una ocasión como un instrumento de con-frontación política.

Puede decirse que a estas alturas el problema ya estáresuelto. En los últimos años, con la creación de un orga-nismo capaz de dictaminar y de ordenar en materia lingüís-tica, la Academia Valenciana de la Lengua, la sociedadvalenciana y su gobierno parecen haber alcanzado el puntode consenso necesario.

De todos modos, y como se ha indicado, la cuestión dela lengua o de las lenguas ha sido utilizada en la Comuni-dad Valenciana –al igual que en otras Comunidades– nocomo objeto de estudio, comunicación y solidaridad, sinocomo elemento de confrontación política. Un ejemplo lotenemos en 1995, cuando el triunfo del Partido Popular,con la subsiguiente asunción de la responsabilidad degobierno, fue precedido por toda una serie de mensajessobre la liquidación del valenciano y por el despliegue deactuaciones y la creación de plataformas encaminadas aadvertir a los ciudadanos acerca del riesgo que correría la

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lengua si este proyecto político contaba con el favor de lamayoría de los valencianos.

Pero la realidad era la que era y los resultados son losque son. La primera actuación consistió en responder a lapregunta “¿Y ahora, el valenciano, qué?” con el eslogan“Valenciano, claro que sí” (“Valencià, clar que sí”). Desde elprincipio se apostó por unas actuaciones que, sin imposi-ciones, sin crispación, y a través de la reflexión, el conven-cimiento y el respeto a las personas, permitieran caminarhacia un bilingüismo real y enriquecedor para el aprendiza-je de las lenguas, tanto de las oficiales (castellano y valen-ciano) como de las extranjeras. Un bilingüismo no excluyen-te; un bilingüismo integrador.

La principal característica del caso valenciano en el con-junto del bilingüismo en España es la no marginación deninguna de las dos lenguas, la no imposición del valencia-no: en el proceso educativo se fija como objetivo el conoci-miento y el uso de una y otra lengua.

Además, con el reconocimiento del valenciano comolengua oficial se reconoce su validez como lengua de rela-ción y de comunicación entre los sujetos privados, y en surelación con la Administración. Y esa validez tiene asimis-mo efectos jurídicos. De ahí que el ciudadano pueda usarla lengua con cualquier persona o entidad (ayuntamien-tos, entidades comarcales, mancomunidades, diputacio-nes, registros, juzgados, universidades, etc.) y en cual-quier situación.

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Por otro lado, tal comorecoge el Estatuto de Auto-nomía y como reitera laLUEV, el valenciano es lalengua propia de la Comu-nidad, lo que significa quees algo nuestro, propio detodos los valencianos,nuestra principal seña deidentidad, y parte integran-te de nuestro patrimoniocultural y del patrimonio cultural de España. No con carác-ter excluyente, insisto, sino con carácter integrador.

Otro rasgo distintivo de la Comunidad Valenciana es elconcepto de territorialidad lingüística. La distribución delterritorio en dos zonas, una de predominio lingüísticovalenciano y otra de predominio lingüístico castellano, res-ponde a criterios históricos y filológicos. La lengua de losmunicipios de predominio lingüístico castellano no es elresultado de un proceso de sustitución lingüística más omenos reciente, sino la manifestación de procesos particu-lares de establecimiento de un idioma que arrancan de lostiempos de la Reconquista. Por lo demás, esos territoriosdonde predomina el castellano no son considerados enmodo alguno, en virtud de esa característica lingüística,como menos valencianos que el resto.

En ningún momento se considera la lengua castellanacomo no propia. Y es la Constitución Española la que en la

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“” La principalcaracterística del casovalenciano en el conjuntodel bilingüismo en España es la nomarginación de ningunade las dos lenguas

Comunidad Valenciana, pero también en el resto de Espa-ña, consagra la oficialidad del castellano, y el deber detodos de conocerlo y el derecho de todos a usarlo.

El carácter del valenciano como lengua propia de laComunidad aparece en la LUEV: “…el valenciano, lenguapropia e histórica de nuestro pueblo, del que constituye lamás peculiar seña de identidad”. Y en la misma ley tam-bién aparece el compromiso irrenunciable de la Generalitaten su recuperación: “La Generalitat Valenciana tiene uncompromiso irrenunciable de la defensa del patrimonio cul-tural de la Comunidad Autónoma y de una manera especialen la recuperación del valenciano...”.

Los valencianos, cuando hablamos de normalidad lin-güística, nos estamos refiriendo a aquellas actuacionestendentes a conseguir que el uso del valenciano sea consi-derado como normal –en el sentido de habitual– y que nose cree discriminación ninguna por utilizar este idioma. Seentiende por normalidad lingüística el hecho de que los ciu-dadanos puedan expresarse con total normalidad, deforma natural, en cualquiera de las dos lenguas oficiales.

MARCO LEGAL

La Constitución Española de 1978 es el entorno legisla-tivo a partir del cual emerge todo el contenido legal por elque nos regimos. En concreto, el artículo tercero de nues-

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tra Carta Magna se refiere a la lengua oficial del Estado yal resto de las lenguas que se hablan en alguno de los terri-torios que lo conforman. En este artículo se define la oficia-lidad del castellano en todo el Estado, así como la cooficia-lidad de las lenguas de las Comunidades Autónomas deacuerdo con sus estatutos. También se destaca la necesi-dad de prestar respeto y protección a las diferentes moda-lidades lingüísticas de España.

Bajo el amparo de la Constitución Española, en el año1982 se aprobó el Estatuto de Autonomía de la ComunidadValenciana, recientemente reformado (año 2006), en elcual se establecen los principios generales que han de regirla vida política de la Comunidad Valenciana y, por lo tanto,también la legislación en materia lingüística. En el artículosexto del Estatuto se reconoce el carácter oficial del valen-ciano como lengua propia, el derecho a conocerlo y a usar-lo, así como el derecho a recibir las enseñanzas en valencia-no. Por otra parte, el Estatuto garantiza el uso normal y ofi-cial de los dos idiomas, el valenciano y el castellano, laadopción de las medidas necesarias para asegurar su cono-cimiento y el establecimiento de los criterios de aplicacióndel valenciano en la administración y en la enseñanza.

Atendiendo al mandamiento estatuario relacionado conlas lenguas, y puesto que la Comunidad Valenciana tienecompetencia exclusiva en materia de cultura y competen-cia plena en materia de enseñanza, se promulgó en 1983la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano. Esta Ley se arti-cula en 5 títulos. El primero está dedicado al uso oficial del

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valenciano en la Administración Pública, y en él se estable-ce la publicación bilingüe de las leyes aprobadas por lasCortes valencianas y la plena validez de las actuacionesadministrativas y forenses realizadas en valenciano. Sedetermina que el ciudadano pueda usar y exigir el uso deuna de las lenguas oficiales en su relación con la adminis-tración. Se dispone también la validez de los documentospúblicos redactados en valenciano. Por otra parte, se facul-ta al Consell o Gobierno valenciano para determinar losnombres oficiales de los municipios y los topónimos engeneral. Finalmente se dispone la necesidad de que losempleados públicos conozcan suficientemente el valencia-no para atender con normalidad a su servicio.

El segundo título está dedicado al uso del valenciano enla enseñanza, y en él se establece la obligatoriedad de laincorporación del valenciano a la enseñanza en todos losniveles educativos, el derecho de los ciudadanos a recibirla enseñanza en valenciano, con el objetivo de que losalumnos alcancen un nivel oral y escrito igual en las doslenguas y que el profesorado conozca las dos lenguas ofi-ciales. Respecto a la obligatoriedad de la incorporación delvalenciano en la enseñanza, cabe resaltar que existen dosexcepciones: la primera afecta a los municipios histórica-mente castellanohablantes, descritos en el artículo 36 dela Ley, puesto que en dichos municipios esta incorporaciónes voluntaria; la segunda se refiere a la exención de la obli-gatoriedad de evaluación del valenciano al alumnadorecién incorporado a la Comunidad Valenciana o al quedemuestre una residencia temporal.

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Por otra parte, el título tercero está dedicado al uso delvalenciano en los medios de comunicación, y en este títulose reconoce el derecho de los ciudadanos a ser informadospor los medios de comunicación social tanto en castellanocomo en valenciano, y se atribuye al Consell la promocióny la utilización del valenciano en estos medios.

El título cuarto se dedica a la actuación de los poderespúblicos en el fomento del valenciano a través de activida-des administrativas y su conocimiento por parte de losempleados públicos. Se prevé bonificaciones fiscales aactos relacionados con el fomento o la divulgación delvalenciano, la concertación de acuerdos con la Administra-ción de Justicia, con la Administración del Estado.

Finalmente, en el título quinto se determinan los territo-rios valencianohablantes y castellanohablantes a efectosde aplicación de la Ley.

Por último, para finalizar este recorrido sobre la baselegal que estructura el bilingüismo en la Comunidad Valen-ciana, consideramos la Ley 7/1998 de creación de la Aca-demia Valenciana de la Lengua.

Con la intención de reforzar desde todos los ámbitos laenseñanza del valenciano y en valenciano en los niveleseducativos, de velar por la programación en valenciano de laradio y la televisión públicas, por el uso del valenciano en laAdministración, y con la intención de promocionar su uso engeneral, se creó en 1998 la Academia Valenciana de la Len-

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gua. La Academia tiene como principal cometido determinarla normativa oficial del valenciano, fijar las formas correctasde la onomástica valenciana, emitir y difundir informes o dic-támenes, velar por el uso normal del valenciano e informarsobre la adecuación a la normativa de los textos.

CONOCIMIENTO Y USO DE LAS LENGUAS

En cuanto al conocimiento y uso de las lenguas, convie-ne precisar que el conocimiento y uso del castellano nopresenta ninguna dificultad en la Comunidad Valenciana.Incluso se puede afirmar que prácticamente todos losvalencianos comprenden este idioma y se expresan en élsin dificultad. Por ello, nos centraremos a continuación enlos datos referidos al conocimiento y uso social del valen-ciano (fuente: Secretaría Autonómica de Cultura y PolíticaLingüística, 2005).

En la zona valencianohablante, el valenciano lo entien-de bastante bien o perfectamente un 78,1% de la pobla-ción; lo sabe hablar un 57,4%; lo sabe leer un 54,8% y loescribe un 32,4% del conjunto de la población.

Los resultados más altos se dan en las regiones centralesde Alcoi-Gandia (un 91% lo entiende, un 82% lo habla, un 67%lo lee, un 44% lo escribe), mientras que los resultados másbajos se obtienen en las comarcas de Alicante (un 61% loentiende, un 40% lo habla, un 41% lo lee, un 24% lo escribe).

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En la zona castellanoha-blante lo entiende bastan-te bien o perfectamente el39,3%, lo sabe hablar un14%, lo sabe leer un 22,1%y lo escribe un 11,1% de lapoblación.

El porcentaje mayor–superior en todos loscasos al 70%– se da entrelos estudiantes. Se constata que, a mayor nivel de estudios,mayor dominio del valenciano en todas las habilidades lin-güísticas. Los resultados en comprensión y expresión oral sonsimilares en todas las edades, pero los resultados en lecturay escritura son sustancialmente superiores en el tramo deedad comprendido entre los 15 y los 35 años de edad (resul-tado del tratamiento del valenciano en el sistema educativo).

En todos los casos, el uso exclusivo del valenciano encasa o con los amigos, con desconocidos, en las tiendastradicionales o en las grandes superficies es entre 20 y 50puntos porcentuales inferior al uso exclusivo del castellanoen las mismas situaciones.

La percepción sobre si se debería usar más el valencia-no varía desde el 38% que así lo considera en Alicante, al72% que lo cree en Valencia. La mayor parte de los encues-tados opina que el valenciano en un futuro se usará igual omás que ahora.

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“” La lengua de losmunicipios depredominio lingüísticocastellano no es elresultado de un procesode sustitución lingüísticamás o menos reciente

Por otro lado, en cuanto al conocimiento y uso del valen-ciano en la Administración autonómica (fuente: SIES Servi-cio de Investigación y Estudios sociolingüísticos. SecretaríaAutonómica de Cultura y Política Lingüística, 2005), cabedecir que varía desde el 40,5% que lo sabe escribir y el55,7% que lo habla hasta el 75,7% que lo lee y el 90,5%que lo entiende.

Si bien los funcionarios de la Administración valencianamanifiestan que han aprendido a hablar en su casa o conlos amigos, el aprendizaje de la lectura y de la escritura seha producido sobre todo a través de los cursos que seorganizan para este personal. Con esta actuación adminis-trativa, más del 90% ha obtenido alguno de los certifica-dos de conocimiento del valenciano de la Junta Calificado-ra de Conocimientos de Valenciano (por un lado, un 25%ha alcanzado el certificado de conocimientos orales; porotro, un 40% ha conseguido el certificado de grado ele-mental, un 38% el de grado medio y un 13% el de gradosuperior).

La mayoría considera que se trata de cursos aplicablesa su trabajo diario y, además, muchos de ellos piensanseguir asistiendo a los cursos que se organicen dentro desu jornada de trabajo.

Asimismo, consideran que el conocimiento de la lenguaes útil porque mejora el servicio que ofrecen al ciudadanoy opinan que en el futuro se seguirá utilizando asiduamen-te el valenciano. En cambio, la percepción que tienen los

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funcionarios es que el valenciano se usa “un poco” en laAdministración autonómica, en los documentos públicos yen el conjunto de la sociedad. También perciben queactualmente se usa más que antes.

En el trabajo diario, el personal funcionario admite queusa el valenciano igual o más que antes (91%). La atenciónal público se realiza indistintamente en las dos lenguas, yse reconoce que el funcionario debe conocer el valenciano(92%) para mejorar el servicio y poder atender al públicoque lo solicite en esta lengua, dado que se trata de una len-gua oficial. Solamente un 4% considera que no es necesa-rio el valenciano. La mayor parte considera que se deberíautilizar más el valenciano a todos los niveles.

Por último, en referencia al uso del valenciano en Inter-net (fuente: Universidad de Alicante), conviene apuntar quede un total de 542 municipios de la Comunidad Valencia-na, 268 poseen una página web oficial. De éstas, el 54,1%están escritas únicamente en castellano, el 14,6% única-mente en valenciano y el 31,3% lo están en ambas lenguas(castellano y valenciano). En definitiva, en el 85,4% de lasweb tiene presencia el castellano, mientras que el valencia-no lo tiene en el 45,9%.

También aquí se aprecian diferencias significativas entreprovincias. Mientras que en Valencia las web elaboradassólo en castellano representan el 24% y en Alicante repre-sentan el 52%, las escritas sólo en valenciano constituyenen Valencia el 30%, mientras que en Alicante son el 7%.

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En cuanto al Parlamento autonómico, en los ayunta-mientos y en las diputaciones se advierte la presencia delas dos lenguas oficiales sin ningún tipo de discriminación.Se aprecia y se puede comprobar un bilingüismo real, seconstata la coexistencia y la presencia de las dos lenguascon naturalidad. Los anuncios, las publicaciones, las actasy los comunicados se editan en bilingüe.

Las interpelaciones y las preguntas parlamentarias serealizan tanto en valenciano como en castellano. Las inter-venciones y comparecencias de los diputados y las diputa-das se producen, indistintamente, en valenciano o en cas-tellano, según les resulte más cómodo.

Por su parte, la Sindicatura de Agravios (Síndic de Greu-ges) atiende las quejas de los ciudadanos y las ciudadanasen la lengua con que se extiende la susodicha queja, y reco-mienda y recuerda a la Administración Pública la obligaciónde atender a los administrados en la lengua solicitada.

USOS OFICIALES

Enseñanza

Es en el campo de la enseñanza, tanto en los ciclos obli-gatorios como en el bachillerato, donde los objetivos delbilingüismo se van alcanzando con mayor eficacia. En laenseñanza no universitaria, el Gobierno Valenciano ha pre-

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visto la aplicación de unos programas de educación bilin-güe (fuente: Servicio de Enseñanzas en Valenciano. Conse-lleria de Cultura, Educación y Deporte).

Este modelo de enseñanza bilingüe diseñado para loscentros educativos valencianos pretende que todo el alum-nado consiga una competencia lingüística por igual encualquiera de las dos lenguas y una conducta psicosocialpositiva y de tolerancia.

Pero las realidades de las que parte cada centro sonheterogéneas y por eso, a efectos organizativos y pedagó-gicos, el modelo bilingüe se ha estructurado en distintosProgramas de Educación Bilingüe, es decir, en una serie deestrategias didácticas y de organización, basadas en la rea-lidad sociolingüística y psicolingüística, con vistas a facilitarel aprendizaje de las lenguas y a conseguir unos objetivoslingüísticos predeterminados.

Los Programas de Educación Bilingüe (PEB) articulanfactores relacionados con el ámbito curricular (uso vehicu-lar de las dos lenguas), con el ámbito del uso (social, admi-nistrativo y académico de las lenguas del centro) y con elámbito organizativo del centro (en función de lo que los fac-tores anteriores comporten).

La clasificación de estos programas se ha efectuadoconforme a tres variables: atendiendo al territorio; en fun-ción de la lengua base de aprendizaje y a partir de la len-gua habitual de los alumnos.

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Respecto a la territorialidad, se distinguen, por unaparte, los municipios de predominio lingüístico castellanoque figuran en el artículo 36 de la Ley 4/83 de Uso y Ense-ñanza de Valenciano (LUEV) y, por otra, los municipios depredominio lingüístico valenciano, así declarados en el artí-culo 35 de la misma Ley.

En los municipios de predominio lingüístico castellanose da el tratamiento del valenciano como área. Voluntaria-mente, los centros educativos de estos municipios puedenadoptar algunos de los programas establecidos para lazona valencianohablante (se han dado hasta la fecha 9casos).

Para los municipios de predominio lingüístico valencia-no se han previsto los siguientes Programas de EducaciónBilingüe:

- Programa de Enseñanza en Valenciano (PEV).

- Programa de Inmersión Lingüística (PIL).

- Programa de Incorporación Progresiva del Valenciano(PIP).

Los tres programas de educación bilingüe articulan todoun conjunto de elementos curriculares, metodológicos yorganizativos de cara a la consecución de los objetivosespecificados tanto en la LUEV como en la Ley Orgánica deEducación y en los Decretos de currículo de la Comunidad

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Valenciana, y en todosellos se garantiza elaprendizaje de la lenguacastellana y el uso delcastellano como lenguavehicular; el grado seestablece en el programade enseñanza del centrocon el fin de asegurar laconsecución de los objeti-vos lingüísticos previstos.

Las principales características de cada uno de esos pro-gramas son las siguientes:

- Programa de Enseñanza en Valenciano

En las poblaciones de predominio lingüístico valenciano,los centros con un número de alumnos mayoritariamentevalencianohablantes podrán adoptar, cuando las condicio-nes sociolingüísticas del contexto lo permitan, el Programade Enseñanza en Valenciano, que comportará el uso delvalenciano como lengua base de aprendizaje en toda laescolarización obligatoria.

El Programa de Enseñanza en Valenciano continúa apli-cándose, de forma coherente, en la Educación SecundariaObligatoria. En este programa la mayor parte de las áreasno lingüísticas tienen el valenciano como lengua vehicularde aprendizaje.

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“” Este modelo de enseñanzabilingüe diseñado para los centros educativos valencianos pretende que todo el alumnado consiga una competencia lingüística por igual en cualquiera de las dos lenguas

- Programa de Inmersión Lingüística

Los centros con un número de alumnos mayoritariamen-te castellanohablantes, situados en los territorios de predo-minio lingüístico valenciano, podrán adoptar el Programade Inmersión Lingüística, en el que, a partir de la opciónvoluntaria de las familias y del respeto a la lengua habitualdel alumnado, éstos, mediante una metodología específi-ca, conseguirán el dominio de las dos lenguas oficiales y unrendimiento óptimo en los contenidos del resto de lasáreas.

El Programa de Inmersión Lingüística continúa, de formacoherente, en ESO como Programa de Enseñanza en Valen-ciano. En este programa la mayor parte de las áreas no lin-güísticas tienen el valenciano como lengua vehicular deaprendizaje.

- Programa de Incorporación Progresiva del Valenciano

Los centros ubicados en los municipios de predominiolingüístico valenciano que no apliquen el Programa deEnseñanza en Valenciano o el Programa de Inmersión Lin-güística, adoptarán el Programa de Incorporación Progresi-va, en el cual la lengua base de aprendizaje es el castella-no. El Diseño Particular del Programa (DPP) de Incorpora-ción Progresiva incluirá, entre las áreas no lingüísticas,como mínimo, el Área de Conocimiento del Medio Natural,Social y Cultural impartida en valenciano a partir del tercercurso de la Educación Primaria.

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El Programa de Incorporación Progresiva en la ESOgarantizará la continuidad de lo aplicado en la EducaciónPrimaria. Este programa comporta el uso del valencianocomo lengua vehicular en una parte de las áreas no lingüís-ticas, de acuerdo con las especificaciones del Diseño Par-ticular del Programa de Educación Bilingüe (PEB). Estediseño tratará de garantizar, al menos, el uso del valencia-no como lengua de aprendizaje en dos áreas no lingüísti-cas en cada uno de los grupos.

Los centros de los municipios de predominio lingüísticocastellano que figuran en el artículo 36 de la Ley de Uso yEnseñanza de Valenciano y que quieran incorporarse a unPrograma de Educación Bilingüe, partirán de la voluntadpreviamente manifestada por los padres o tutores y de lasposibilidades organizativas de los centros.

En los centros en que apliquen algún PEB, todo el mate-rial escolar de las áreas que utilicen el valenciano comolengua vehicular estará en valenciano, al igual que estaránen castellano los libros de texto y el material correspon-diente de las áreas donde se utilice esta lengua vehicular.

Programa de Educación Plurilingüe

La Orden de 30 de junio de 1998 (DOGV núm. 3.258, de14 de julio de 1998), permite que cualquier centro de laComunidad Valenciana incorpore desde el curso primerode la Educación Primaria la enseñanza de una lenguaextranjera y su uso vehicular.

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Los centros que voluntariamente quieran incorporar unalengua extranjera en edades tempranas tendrán que elabo-rar su Diseño Particular del Programa, en el cual definirány concretarán, entre otros conceptos, la metodología quevan a utilizar para la enseñanza de cada una de las len-guas del currículo, así como para su uso como lenguas deinstrucción.

En definitiva, el punto de partida para la aplicación decada uno de esos programas es la voluntariedad de lasfamilias y la elección del programa por parte de los padreso tutores.

De acuerdo con los datos de que disponemos, podemosconstatar una evolución positiva de los programas de edu-cación bilingüe en la Comunidad Valenciana. Así pues,entre los cursos 95-96 y 06-07 se ha pasado de 559 cen-tros que aplican programas en valenciano en EducaciónInfantil y Primaria a 724 y, en Educación Secundaria de 99a 289. En cuanto a los grupos, en Infantil y Primaria se hapasado de 583 a 844 y de 491 a 1.691 en Secundaria.Respecto a los alumnos, en Infantil y Primaria se han dupli-cado (de 63.790 a 122.241) y en Secundaria se han multi-plicado por cuatro (de 10.487 a 47.612).

También el número de centros que aplican programasplurilingües (que incorporan la lengua extranjera desde pri-mero de Educación Primaria) ha experimentado un aumen-to considerable desde su implantación en el curso 98-99hasta el presente curso escolar: han pasado de 50 a 274.

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La formación del profesorado

Para atender adecuadamente al alumnado que asiste aestos programas, la Conselleria de Cultura, Educación yDeporte ha venido organizando cursos de formación parael profesorado. Los ha habido de dos clases:

1) Cursos específicos de mejora de la competencia envalenciano del profesorado y sobre metodología para laenseñanza de las lenguas. Desde el año académico 1995-96 hasta el 2005-06, se han impartido 1.971 cursos sobreenseñanza de las lenguas en que han participado 28.556profesores.

2) Cursos del Plan de Formación Lingüística para el pro-fesorado, destinados a obtener la titulación necesaria paraimpartir clases en valenciano. Desde el año académico1995-96 hasta el 2005-06, se han impartido 1.871 cursospara 51.586 docentes.

La Administración educativa está comprometida en eldesarrollo de los instrumentos necesarios para alcanzar lamáxima calidad para el sistema educativo valenciano. Y, sibien todavía queda un largo camino que recorrer, especial-mente en relación con las metodologías de enseñanza-aprendizaje de las lenguas, con la formación del profesora-do y con la integración del alumnado inmigrante, existenrazones para estar satisfechos, razones que participan dela prescripción, tanto constitucional como estatutaria, cuyoúltimo fin es el dominio de ambas lenguas oficiales:

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• En primer lugar, las distintas evaluaciones y las prue-bas de rendimiento realizadas tanto por la propia Conselle-ria como por organismos externos confirman que los esco-lares valencianos obtienen, en conocimiento del castella-no, un nivel similar al del resto de los alumnos españoles.Este nivel, por otra parte, es muy similar en todo el alumna-do, independientemente del Programa de Educación Bilin-güe que haya seguido cada cual.

• En segundo lugar, se obtiene un resultado satisfactorio,aunque mejorable, en el conocimiento del valenciano, asícomo un conocimiento suficiente de la lengua extranjera.

• Y, finalmente, el nivel en el resto de las áreas no lingüís-ticas es similar al del resto de los estudiantes españoles.

Pero, además:

• Se da respuesta adecuada al mandamiento estatuta-rio de respeto y protección del valenciano como lengua pro-pia de la Comunidad.

• Se constata que el alumnado no pierde el dominio delcastellano por dedicar un tiempo al valenciano.

• Se tiende al cumplimiento de los objetivos del Conse-jo de Europa en referencia a la diversidad lingüística y cul-tural de Europa.

• Se confirma un aumento del conocimiento, especial-mente escrito, del valenciano, precisamente en los tramos

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de edad que correspondenal período escolar.

Uso del valenciano enla Universidad

En lo que concierne alos usos oficiales del valen-ciano en el ámbito univer-sitario, del estudio “ElValenciano en la Universidad. Evolución del curso 2001/2002 al 2004/2005”, realizado por Maties Segura Sabater–Universidad Jaume I (UJI) de Castellón– y que afecta a lasdistintas universidades de la Comunidad Valenciana –cincoen total–, podemos extraer las siguientes consideraciones:

a) Conocimiento de la lengua

Los últimos estudios realizados por los servicios lingüís-ticos de las universidades correspondientes a 2005 reve-lan que el 87,60% entiende el valenciano (el 11,36% no),el 82,37% lo lee (el 18,20% no), el 72,20% lo escribe (el26,65% no) y el 73,64 lo habla (el 25,23% no). Se trata deunas cifras que, en su conjunto, son superiores a la mediade la población. Si se analizan universidad por universidad,puede apreciarse una diferencia de entre 15 y 20 puntosporcentuales según nos desplacemos de norte a sur de laComunidad. Por ejemplo, leen en valenciano un 92,59% delos estudiantes de la UJI de Castellón y un 72,24% de los

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“” En ningún momento la sociedad valencianarenunciará a su derecho y a su deberde conocer y usar el castellano

de la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche (Ali-cante). Esta tendencia resulta perceptible en todos loscampos o indicadores, y en todas las estadísticas. Asimis-mo cabe destacar que las cifras todo lo más que han varia-do es 1 punto porcentual respecto a estudios anteriores.

b) Demanda de docencia en valenciano

Aquí la diferencia de norte a sur es muy significativa:mientras que en la UJI un 30% del alumnado solicita ladocencia en valenciano, en la UMH solamente lo hace un5%. Por otro lado, la media de las cinco universidades en deun 15,75%, frente al 70% que solicita la docencia en caste-llano y el 13,25% que confiesa que le es indiferente. La ten-dencia respecto a estudios anteriores es de un pequeñodescenso en la demanda de clases en valenciano.

c) Docencia en valenciano

El porcentaje de créditos impartidos en valenciano varíadesde el 0% en la UMH hasta el 26% de la Universidad deValencia-Estudio General (UV-EG), siendo la media del11,2%. Dichas cifras contrastan con las solicitudes, puestoque no llegan a cubrir la demanda existente. Solamente laUV-EG imparte más créditos en valenciano de los que elalumnado demanda.

d) Oferta de plazas de profesorado en valenciano

Los mecanismos de selección del profesorado no suelentener en cuenta el factor idioma en sus requisitos. Única-

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mente en tres universidades se exige el conocimiento delvalenciano para impartir la docencia, y con la siguiente inci-dencia porcentual: UV-EG, el 18%; UJI, el 2,3%, y Universi-dad de Alicante (UA), el 7,3%.

Nomenclátor de calles y onomástica

En cuanto a los topónimos (fuente: Congreso Internacio-nal de Toponimia. Valencia, 2001. Aigües Vives PérezPiquer), la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano especifi-ca que el Consell es la institución que determina el nombreoficial de municipios, núcleos de población, accidentesgeográficos, etc., mientras que el establecimiento del nom-bre de las vías urbanas corresponde a los ayuntamientos.

Esta normativa –unida a la Ley de Bases de RégimenLocal de 1985, que permite a los ayuntamientos determinarel nombre del municipio con un acuerdo de dos tercios– fijael siguiente protocolo: el Pleno del Ayuntamiento aprueba elnombre, éste se somete a exposición pública y posterior-mente se tramita a la Conselleria de Justicia; luego, se soli-citan los informes pertinentes y se tramita al Consell para suresolución; a partir de este momento se comunica a laAdministración del Estado y se publica en el BOE.

Dicho procedimiento permite a los municipios adoptar elnombre en las dos lenguas oficiales valenciano / castella-no (en bilingüe) o solamente en una de ellas.

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Desde la publicación de la normativa, 39 municipios deAlicante, 31 de Castellón y 90 de Valencia (160 municipiosde 541) han modificado sus nombres. Cabe resaltar queesta modificación no ha generado ningún problema, ya quede los 160 casos sólo uno se encuentra todavía en trámi-tes judiciales.

El nombre del municipio es el único que puede ser ofi-cial en las dos lenguas. En el resto de los casos –eso es,cuando el topónimo no tiene rango de municipio–, sólo sepermite que esté en una de las dos lenguas oficiales. Porregla general, la lengua del topónimo se adecua al predo-minio lingüístico de la zona donde éste se ubica.

El establecimiento del nombre de las vías o callescorresponde, como hemos dicho, a los ayuntamientos. Lohabitual es que se rotulen en valenciano o en bilingüe enlas zonas de predominio lingüístico valenciano.

En cuanto a los nombres de persona, la normativa per-mite el registro en cualquiera de las lenguas oficiales deEspaña. Si el interesado lo solicita, puede adaptar el nom-bre o los apellidos a la normativa del valenciano siguiendounos trámites relativamente sencillos. Tampoco en esteaspecto se observa ningún problema o motivo de discre-pancia.

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ESTRATEGIAS DE PROMOCIÓN DE LA LENGUA

Finalmente, he aquí algunas de las estrategias de pro-moción del valenciano que realiza el Área de Política Lin-güística (fuente: Secretaría Autonómica de Cultura y Políti-ca Lingüística).

Ámbito de actuación: Política Lingüística

Objetivos

La promoción del uso del valenciano como principalseña de identidad. Se ha incrementado la formación de lasadministraciones públicas. Se han creado nuevas herra-mientas para la enseñanza y el aprendizaje del valenciano.

Actividades

Campaña de promoción “En valencià naturalment”. Sehan iniciado nuevas acciones en el sector de la hosteleríay con el Consejo de Cámaras de Comercio, Industria yNavegación.

• 485 cursos de valenciano para el personal de la Gene-ralitat y de la Administración del Estado (12.831 participan-tes).

• 649 Cursos para personas adultas con 12.963 alum-nos.

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• Se han distribuido 30.000 copias de una aplicacióninformática para aprender valenciano y rumano.

• Se han concedido ayudas a 997 asociaciones por unimporte total de 600.000 €

• Se ha subvencionado el doblaje de 36 produccionesaudiovisuales con 240.000 € y la traducción de 23 obrasliterarias, del valenciano a otras lenguas y de otras lenguasal valenciano.

• Se han distribuido 30.000 copias del Salt 3.0, que esun traductor y corrector del castellano al valenciano y delvalenciano al castellano. Si sumamos a esta versión las delSalt 1.0 y Salt 2.0, la cifra alcanza las 250.000 copias.

• Se han realizado 44.000 matrículas para los exáme-nes de la Junta Calificadora de Conocimientos del Valencia-no, en el primer período de 2006.

• Se han editado 25.000 guías de conversación Inglés-Valenciano, con motivo de la America’s Cup.

• Convocatorias de premios y subvenciones al estudio einvestigación del valenciano, así como ayudas a la promo-ción del valenciano para ayuntamientos, empresas ycomercios y para asociaciones sin finalidad de lucro.

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CONSIDERACIONES FINALES

Para conseguir que el uso del valenciano sea habitual, onormal, se necesita muchas veces que se activen políticasde discriminación positiva por parte de los poderes públi-cos, porque la sociedad, en claro movimiento globalizador,tiende a simplificar y disminuir costes y problemáticas, yhabitualmente utiliza únicamente una lengua, la másextendida, la que predomina, que es, en este caso, el cas-tellano.

En ningún momento la sociedad valenciana renunciaráa su derecho y a su deber de conocer y usar el castella-no, puesto que siempre ha demostrado su máximo respe-to a la Constitución Española y a su Estatuto de Autono-mía. Por otra parte, lo dispuesto en nuestro ordenamien-to legal coincide con las orientaciones del Consejo deEuropa, en el sentido de que el ciudadano del futuro tieneque ser un ciudadano plurilingüe, capaz de convivir enuna sociedad multilingüe y multicultural. De ahí que elsistema educativo valenciano esté diseñado para formarciudadanos que dominen las dos lenguas oficiales y quelleguen a dominar una lengua extranjera (en EducaciónPrimaria) o dos (en Educación Secundaria). Ésta y no otraes la gran apuesta de los responsables educativos de laComunidad Valenciana.

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