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PRENSA Rue de la Loi, 175 B – 1048 BRUSELAS Tfno.: +32 (0)2 285 8716 / 6319 Fax: +32 (0)2 285 8026 [email protected] http://ue.eu.int/Newsroom 14061/05 (Presse 284) 1 ES CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA ES 14061/05 (Presse 284) (OR. en) COMUNICADO DE PRENSA Sesión n.º 2689 del Consejo Educación, Juventud y Cultura Bruselas, 14 y 15 de noviembre de 2005 Presidencia D.ª Ruth Kelly Ministra de Educación y Cualificación Profesional D.ª Tessa Jowell Ministra de Cultura, Medios de Comunicación y Deporte del Reino Unido

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P R E N S A

R u e d e l a L o i , 1 7 5 B – 1 0 4 8 B R U S E L A S T f n o . : + 3 2 ( 0 ) 2 2 8 5 8 7 1 6 / 6 3 1 9 F a x : + 3 2 ( 0 ) 2 2 8 5 8 0 2 6 [email protected] http://ue.eu.int/Newsroom

14061/05 (Presse 284) 1

ES

CONSEJO DELA UNIÓN EUROPEA

ES 14061/05 (Presse 284)

(OR. en)

COMUNICADO DE PRENSA

Sesión n.º 2689 del Consejo

Educación, Juventud y Cultura

Bruselas, 14 y 15 de noviembre de 2005

Presidencia D.ª Ruth Kelly Ministra de Educación y Cualificación Profesional D.ª Tessa Jowell Ministra de Cultura, Medios de Comunicación y Deporte del Reino Unido

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Principales Resultados del Consejo

El Consejo ha adoptado:

- cuatro acuerdos políticos parciales sobre los programas Media 2007, Cultura 2007, Educación y La juventud en acción

- una acción común para establecer una Misión de Policía de la UE para los Territorios Palestinos

- una posición común y un reglamento relativos a la adopción de medidas restrictivas contra Uzbekistán a raíz de los acontecimientos de mayo de 2005 en Andijan

- una posición común con vistas a la adopción de una directiva destinada a aumentar la seguridad del sistema comunitario de control del tránsito aéreo y mejorar sus operaciones, mediante la expedición de una licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.

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1 � En los casos en que el Consejo haya adoptado formalmente declaraciones, conclusiones o resoluciones,

esto se indica en el título del punto correspondiente y el texto va entrecomillado. � Los documentos de los que se da referencia están disponibles en el sitio Internet del Consejo

http://register.consilium.eu.int. � Los actos adoptados sobre los que se han formulado declaraciones accesibles al público se señalan con un

asterisco; esas declaraciones pueden obtenerse por el procedimiento indicado o acudiendo al Servicio de Prensa.

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ÍNDICE1

PARTICIPANTES........................................................................................................................ 5

PUNTOS OBJETO DE DEBATE

AUDIOVIOSUAL .......................................................................................................................... 8

– Programa Media 2007 ............................................................................................................ 8

CULTURA ..................................................................................................................................... 9

– Programa Cultura 2007 .......................................................................................................... 9

– Capital europea de la cultura ................................................................................................ 11

– I2010: Bibliotecas digitales .................................................................................................. 13

EDUCACIÓN............................................................................................................................... 15

– Programa sobre la educación permanente............................................................................. 15

– Movilización del capital intelectual de Europa - Conclusiones del Consejo .......................... 17

– Desarrollo de las cualificaciones y las competencias - Conclusiones del Consejo ................. 20

– Programa de trabajo sobre "Educación y formación 2010" ................................................... 24

JUVENTUD ................................................................................................................................. 25

– Programa sobre Juventud ..................................................................................................... 25

– Aplicación del pacto europeo para la juventud - Resolución del Consejo.............................. 27

– Acercar Europa a los ciudadanos jóvenes ............................................................................. 31

VARIOS ....................................................................................................................................... 32

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OTROS PUNTOS APROBADOS

CULTURA

– Cooperación relativa a archivos públicos..........................................................................................................33

RELACIONES EXTERIORES

– Acuerdos Euromediterráneos de Asociación - productos agrícolas y pesqueros .................................................33

– Chile - vinos, bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas ...............................................................................34

– Balcanes occidentales - medidas comerciales excepcionales .............................................................................34

– Acogida temporal de determinados palestinos ..................................................................................................34

– Misión de policía de la UE para los territorios palestinos - mandato del Representante especial.........................35

POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN

– Uzbekistán - prohibición de visados y embargo de armas .................................................................................35

– Misión de supervisión en Aceh - Acuerdo con Suiza ........................................................................................35

MERCADO INTERIOR

– Sistema de tasas que deben pagarse a la Agencia Europea de Medicamentos ....................................................35

– Procedimientos de contratación pública............................................................................................................36

POLÍTICA COMERCIAL

– Medidas antidumping ......................................................................................................................................36

– EE.UU. - Acuerdo sobre comercio de vino.......................................................................................................37

COOPERACIÓN AL DESARROLLO

– Contribución financiera al Fondo Europeo de Desarrollo *...............................................................................37

TRANSPORTE

– Galileo - cooperación con Ucrania ...................................................................................................................37

– Licencia de controlador de tránsito aéreo*........................................................................................................38

AGRICULTURA

– Aceite de oliva y aceitunas de mesa - Celebración de un Convenio internacional ..............................................38

NOMBRAMIENTOS

– Comité de las Regiones ...................................................................................................................................39

– Comité Económico y Social europeo................................................................................................................39

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PARTICIPANTES

Los Gobiernos de los Estados miembros y la Comisión Europea han estado representados de la siguiente manera:

Bélgica: D. Bert ANCIAUX Ministro flamenco de Cultura, Juventud, Deportes y

Asuntos de Bruselas D.ª Marie-Dominique SIMONET Ministra de Investigación, Nuevas Tecnologías y

Relaciones Exteriores (Región Valona)

República Checa: D.ª Petra BUZKOVÁ Ministra de Educación, Juventud y Deporte D.ª Petra SMOLÍKOVÁ Subsecretaria del Ministerio de Cultura

Dinamarca: D. Brian MIKKELSEN Ministro de Cultura D. Bertel HAARDER Ministro de Educación y Cultos

Alemania: D. Jürgen ZÖLLNER Ministro de Ciencia, Formación Continua, Investigación y

Cultura del Estado federado de Renania-Palatinado D. Michael CATENHUSEN Secretario de Estado del Ministerio Federal de Educación

e Investigación D. Georg BOOMGARDEN Secretario de Estado de Asuntos Exteriores

Estonia: D. Raivo PALMARU Ministro de Cultura D. Mailis REPS Ministro de Educación y Ciencia

Grecia: D.ª Marietta GIANNAKOU Ministra de Educación y Cultos D. Costas CHALASTANIS Representante Permanente adjunta

España: D.ª María Jesús SANSEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS Ministra de Educación y Ciencia D. Cristóbal GONZÁLEZ-ALLER Representante Permanente adjunto

Francia: D. Renaud DONNEDIEU de VABRES Ministro de Cultura y Comunicación D. Gilles de ROBIEN Ministro de Educación, Enseñanza Superior e

Investigación

Irlanda: D.ª Síle de VALERA Secretaria de Estado del Ministerio de Educación y

Ciencia, encargada de Formación de adultos, Juventud y Necesidades Educativas Especiales

D. Kenneth THOMPSON Representante Permanente adjunto

Italia: D. Rocco BUTTIGLIONE Ministro de Patrimonio y Actividades Culturales D. Mario LANDOLFI Ministro de Comunicaciones D.ª Valentina APREA Secretaria de Estado de Educación, Universidades e

Investigación

Chipre: D. Pefkios GEORGIADES Ministro de Educación y Cultura

Letonia: D.ª Helēna DEMAKOVA Ministra de Cultura D.ª Ina DRUVIETE Ministra de Educación y Ciencia

Lituania: D. Vladimiras PRUDNIKOVAS Ministro de Cultura D. Remigijus MOTUZAS Ministro de Educación y Ciencia

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ES

Luxemburgo: D.ª Mady DELVAUX-STEHRES Ministra de Educación y Formación Profesional D.ª Marie-Josée JACOBS Ministra de la Familia y de Integración, Ministra de

Igualdad de Oportunidades D.ª Octavie MODERT Secretaria de Estado de Relaciones con el Parlamento,

Secretaria de Estado de Agricultura, Viticultura y Desarrollo Rural y Secretaria de Estado de Cultura, Enseñanza Superior e Investigación

Hungría: D. András BOZÓKI Ministro del Patrimonio Cultural Nacional D. Egon DIENES-OHEIM Representante Permanente adjunto

Malta: D.ª Theresa CUTAJAR Representante Permanente adjunta

Países Bajos: D.ª Maria van der HOEVEN Ministra de Educación, Cultura y Ciencia D.ª Medy van der LAAN Secretaria de Estado de Educación, Cultura y Ciencia

Austria: D.ª Elisabeth GEHRER Ministra Federal de Educación, Ciencia y Cultura D.ª Ursula HAUBNER Secretaria de Estado del Ministerio Federal de Seguridad

Social, para las Generaciones y Protección de los Consumidores

D. Franz MORAK Secretario de Estado de la Cancillería Federal

Polonia: D. Michal SEWERYŃSKI Ministro de Educación y Ciencia D. J. SELLIN Secretario de Estado de Cultura

Portugal: D. Jorge PEDREIRA Secretario de Estado Adjunto y de Educación D. Mário VIEIRA DE CARVALHO Secretario de Estado de Cultura

Eslovenia: D. Milan ZVER Ministro de Educación y Deporte D. Vasko SIMONITI Ministerio de Cultura

Eslovaquia: D. Martin FRONC Ministro de Educación D.ª Juraj NOCIAR Representante Permanente adjunto

Finlandia: D. Antti KALLIOMÄKI Ministro de Educación D.ª Tanja KARPELA Ministro de Cultura

Suecia: D.ª Kerstin ELIASSON Secretaria de Estado adjunta al Ministro de Educación y

Cultura D.ª Ingrid HJELT AF TROLLE Representante Permanente adjunta

Reino Unido: D. Bill RAMMELL Secretario de Estado de Formación Permanente,

Educación Complementaria y Enseñanza Superior D.ª Patricia FERGUSON Ministro de Turismo, Cultura y Deporte ,Gobierno

Escocés D.ª Tessa JOWELL Ministra de Cultura, Medios de Comunicación y Deporte D.ª Ruth KELLY Ministra de Educación y Cualificación Profesional

Comisión: D.ª Viviane REDING Miembro D. Ján FIGEL Miembro

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Los gobiernos de los Estados adherentes estuvieron representados de la forma siguiente:

Bulgaria: D. Daniel VALTCHEF Ministro de Educación y Ciencia D.ª Ina KILEVA Viceministro de Cultura

Rumanía: D. Dumitru MIRON Secretario de Estado. Ministerio de Educación e

Investigación D. Borbely KAROLY Presidente de la Autoridad Nacional para la Juventud D.ª Delia MUCICA Secretaria de Estado, Ministerio de Cultura y Cultos

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PUNTOS OBJETO DE DEBATE

AUDIOVIOSUAL

– Programa Media 2007

El Consejo ha llegado a un acuerdo político parcial sobre una decisión por la que se establece el programa Media 2007, que tiene como objetivo aportar un apoyo financiero al sector audiovisual europeo para el período comprendido entre 2007 y 2013.

El carácter "parcial" de este acuerdo se debe a que se han excluido los aspectos presupuestarios del mismo en espera de los resultados de los debates sobre el futuro marco financiero comunitario (Perspectivas financieras 2007/2013)1. Por ello, se espera que este punto vuelva a figurar en el orden del día de un próximo Consejo de Educación, Juventud y Cultura con vistas a cerrar el presupuesto2 y el desglose definitivo del mismo.

Se recuerda que el programa, que combina los actuales programas Media Plus y Media Training, pretende apoyar al sector audiovisual europeo con el fin de alcanzar los objetivos siguientes:

– preservar e impulsar la diversidad cultural y el patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo;

– garantizar a los ciudadanos europeos el acceso a ese patrimonio;

– favorecer el diálogo entre culturas;

– aumentar la circulación y la audiencia de obras audiovisuales europeas tanto dentro como fuera de la Unión Europea;

– reforzar la competitividad del sector audiovisual europeo en el marco de un mercado europeo abierto y competitivo.

Base jurídica propuesta: artículos 150(4) y 157(3) del Tratado – mayoría cualificada en el Consejo y procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo.

El Parlamento Europeo emitió su dictamen en primera lectura el 25 de octubre de 2005 (13679/05). En el texto aprobado se ha incorporado, en parte o en cuanto al fondo, un buen número de las enmiendas propuestas.

Para más detalles, véase la propuesta de la Comisión: 11585/04.

1 El artículo 2 de la propuesta de la Comisión no forma parte del texto acordado. 2 Presupuesto propuesto por la Comisión: 1.055 millones de euros.

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CULTURA

– Programa Cultura 2007

El Consejo ha llegado a un acuerdo político parcial sobre una decisión por la que se establece el programa Cultura 2007, destinado a aportar ayuda financiera al sector cultural europeo para el período 2007-2013.

Por lo que se refiere a la única cuestión que aún estaba por resolver (el sometimiento de la selección de los proyectos al procedimiento de comitología), se ha decidido aceptar una propuesta transaccional de la Presidencia, según la cual los proyectos para los que la ayuda total comunitaria excediera la cantidad de 200.000 euros estarían sujetos al procedimiento de gestión.

El carácter "parcial" de este acuerdo se debe a que se han excluido los aspectos presupuestarios del mismo en espera de los resultados de los debates sobre el futuro marco financiero comunitario (Perspectivas financieras 2007/2013)1 . Por ello, se espera que este punto volverá a figura en el orden del día de un próximo Consejo de Educación, Juventud y Cultura con vistas a cerrar el presupuesto 2 y el desglose definitivo del mismo.

Se recuerda que el programa, que sustituye al programa Cultura 2000, apoyará de modo prioritario los tres objetivos siguientes:

– promover la movilidad transnacional de todos los que trabajan en el sector cultural en la UE;

– estimular la circulación transnacional de obras de arte y de productos culturales;

– fomentar el diálogo intercultural.

El proyecto de programa fija tres capítulos de intervención:

– apoyo financiero directo a acciones culturales;

– apoyo a organismos activos a escala europea en el ámbito cultural;

– apoyo a trabajos de análisis, así como a la recopilación y difusión de información y a actividades destinadas a maximizar el impacto de los proyectos en el ámbito de la cooperación cultural.

1 El artículo 2 de la propuesta de la Comisión no forma parte del texto acordado. 2 Presupuesto propuesto por la Comisión: 408 millones de euros.

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Cabe destacar que tanto la Comisión como el Consejo han aprobado, tal como había propuesto el Parlamento Europeo, transferir el capítulo 2.2 del propuesta de la Comisión, relativo a las acciones destinadas a la preservación de monumentos, al programa propuesto bajo el título "Ciudadanos con Europa".

Base jurídica propuesta: artículo 151(5) del Tratado – unanimidad en el Consejo y procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo.

El Parlamento Europeo emitió su dictamen en primera lectura el 25 de octubre de 2005 (13677/05). En el texto se ha incorporado, en parte o en cuanto al fondo, un buen número de las enmiendas propuestas.

Para más detalles, véase la propuesta de la Comisión: 11572/04.

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– Capital europea de la cultura

"Capital europea de la cultura" para los años 2007 a 2019

En espera del dictamen del Parlamento Europeo, el Consejo ha aprobado una orientación general sobre una decisión por la que se fija la manifestación "Capital europea de la cultura" para los años 2007 a 2019.

El objetivo de la decisión es sustituir la decisión anterior, que fijó dicha manifestación para los años 2005-20191. La experiencia puso de manifiesto que, pese al impacto positivo de la manifestación en cuanto a repercusión mediática, desarrollo de la cultura y el turismo y reconocimiento por parte de los habitantes de las ciudades designadas, aún pueden realizarse mejoras, en particular en lo que se refiere a:

– la competencia entre ciudades (los Estados miembros deberían organizar la competencia a escala nacional entre las ciudades interesadas,

– la composición del comité de selección: el estado miembro interesado debería designar a seis expertos; los siete miembros designados por las instituciones europeas deberían ser nombrados para un período de tres años;

– la orientación y el seguimiento por parte de un comité de asesoramiento;

– el valor añadido europeo (criterio de selección: dimensiones europea y de ciudadanía),

– la ampliación del plazo permitido para la planificación;

– la concesión de un premio en metálico por la calidad del proyecto.

Base jurídica propuesta: artículo 151 del Tratado – unanimidad en el Consejo y procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo.

Para más detalles, véase la propuesta de la Comisión: 9620/05.

1 Decisión 1419/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación "Capital europea de la cultura" para los años 2005 a 2019 (DO L 166 de 1.7.1999, p. 1), modificada por la Decisión 649/2005/CE (DO L 117 de 4.5.2005, p. 20).

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Ciudades designadas para 2009

De conformidad con la Decisión 1419/1999/CE1, el consejo ha designado a Linz (Austria) y Vilnius (Lituania) como Capitales europeas de la cultura para 2009.

Para más detalles, véase el documento 13410/05.

Miembros del Comité de selección para 2010

El Consejo ha nombrado a D. Claude Frisoni (Luxemburgo) y Sir Jeremy Isaacs (Reino Unido) como representantes del Consejo en el Comité de selección de la Capital europea de la cultura en 2010. Los dos candidatos fueron propuestos por las Delegaciones de Luxemburgo y del Reino Unido en la última sesión del Consejo, celebrada el 23 de mayo de 2005 (9060/05).

La decisión se hará constar en el acta de la sesión del Consejo y, a partir de entonces, la Presidencia informará a la Comisión acerca de la designación por el Consejo de los miembros del Comité de selección.

Se recuerda que a tenor de la Decisión 1419/1999/CE2, la Comisión reúne cada año a un Comité de selección, formado por siete altas personalidades independientes, expertas en el sector cultural. Este Comité debe presentar un informe sobre la designación de las ciudades como Capitales de la cultura. De conformidad con la Decisión 2000/C9/013, los dos Estados miembros que ejercen la Presidencia del Consejo durante el año en curso proponen cada uno una alta personalidad con vistas a su nombramiento como representante del Consejo en el Comité de selección para el año siguiente.

1 Véase la nota anterior. 2 Véase la nota anterior. 3 Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativa a la designación por el Consejo

de los miembros del Comité de selección (DO C 9 de 13.1.2000, p. 1).

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– I2010: Bibliotecas digitales

El Consejo ha mantenido un debate sobre i2010: Bibliotecas digitales, en el que se han tratado los siguientes aspectos propuestos por la Presidencia (13392/2/05):

– la creación de una biblioteca digital europea que haría más fácil y atractiva la utilización de los recursos europeos de contenido cultural e informativo en un entorno multicultural y multilingüe "en línea";

– las medidas habría que tomar seguidamente de manera prioritaria, a escala europea, para hacer realidad esta idea;

– la contribución a esta iniciativa mediante las actividades de digitalización existentes o previstas en los Estados miembros.

El Presidente ha resumido el debate en los siguientes términos:

"Ha sido un debate importante y significativo, en el que se han acogido favorablemente las propuestas de la Comisión para crear de una biblioteca digital europea.

En el debate se hizo patente la relevancia de una serie de cuestiones, incluida la necesidad de:

• promover todas las lenguas europeas, incluidas las minoritarias;

• fomentar la diversidad cultural y alentar un buen entendimiento entre los diversos grupos étnicos;

• favorecer la identidad regional.

También se pusieron de relieve algunas cuestiones prácticas, como las siguientes:

• el respeto de los derechos de propiedad intelectual;

• el ámbito para la colaboración con el sector privado;

• la participación de las mejores prácticas.

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La Comisión y los Estados miembros deberían avanzar en estas cuestiones formando una coalición, de manera que todos los ciudadanos de Europa puedan acceder a este ambicioso proyecto a través de portales europeos."

El debate fue útil para impulsar otros debates en el futuro con vistas a que la Comisión presente una propuesta de recomendación sobre digitalización y preservación digital en 2006.

Para más detalles, véase también la comunicación de la Comisión (12981/05) y la nota de la Delegación francesa (13411/05).

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EDUCACIÓN

– Programa sobre la educación permanente

El Consejo ha llegado a un acuerdo político parcial sobre una decisión por la que establece el programa relativo a la educación permanente, cuyo objetivo es aportar ayuda financiera al sector educativo europea en el período 2007-2013.

Por lo que se refiere a las cuestiones aún no resueltas (el sometimiento de la selección de proyectos al procedimiento de comitología y la posibilidad de que los ministerios actúen como agencias), se ha decidido lo siguiente:

a) aceptar una propuesta transaccional de la Presidencia, según la cual los proyectos centralizados para los que la ayuda comunitaria supere el millón de euros deben seguir el procedimiento de gestión;

b) apoyar la disposición contenida en la propuesta de la Comisión, según la cual se impide a los ministerios actuar como agencias nacionales.

El carácter "parcial" de este acuerdo se debe a que se han excluido los aspectos presupuestarios del mismo en espera de los resultados de los debates sobre el futuro marco financiero comunitario (Perspectivas financieras 2007/2013)1. Por ello, se espera que este punto volverá a figura en el orden del día de un próximo Consejo de Educación, Juventud y Cultura con vistas a cerrar el presupuesto2 y el desglose definitivo del mismo.

Se recuerda que el nuevo programa integrado incluirá cuatro subprogramas ya existentes en el marco del actual programa Sócrates: Comenius, para la enseñanza escolar, Erasmus, para la enseñanza superior, Leonardo de Vinci, para la formación profesional, y Grundtvig, para la educación de adultos. También incluirá un programa "transversal", que abarcará cuatro actividades clave (desarrollo de políticas, aprendizaje de idiomas, planteamientos innovadores y difusión de los resultados del proyecto), así como el programa Jean Monnet, destinado a apoyar las medidas relacionadas con la integración de Europa y las instituciones y asociaciones europeas. Un programa único deberá permitir aumentar las sinergias entre los diferentes ámbitos de actuación y obtener una actuación más coherente, integrada y eficaz.

El objetivo que se persigue es contribuir, mediante la educación permanente, al desarrollo de la Comunidad como sociedad del conocimiento avanzada, con un crecimiento económico sostenible, más y mejores puestos de trabajo y una mayor cohesión social, garantizando al mismo tiempo una buena protección del medio ambiente en beneficio de las generaciones futuras. También se pretende estimular el intercambio, la cooperación y la movilidad entre los sistemas de educación y formación dentro de la Comunidad, de modo que se conviertan en una referencia de calidad mundial.

1 El artículo 15 de la propuesta de la Comisión no forma parte del texto acordado. 2 Presupuesto propuesto por la Comisión: 13.620 millones de euros.

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Base jurídica propuesta: artículos 149(4) y 150(4) del Tratado – mayoría cualificada en el Consejo y procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo.

El Parlamento Europeo emitió su dictamen en primera lectura el 25 de octubre de 2005 (13675/05). En el texto se ha incorporado, en parte o en cuanto al fondo, un buen número de las enmiendas propuestas.

Para más detalles, véase la propuesta de la Comisión: 11587/04.

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ES

– Movilización del capital intelectual de Europa - Conclusiones del Consejo

El Consejo y los representantes de los gobiernos de los Estados miembros han adoptado la siguiente resolución:

"El Consejo de la Unión Europea y los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo,

considerando lo siguiente:

Las Conclusiones del Consejo Europeo de 22 y 23 de marzo de 20051, con su nuevo impulso de la Estrategia de Lisboa, abogan por hacer hincapié en el conocimiento, la innovación y la optimización del capital humano para lograr las prioridades clave en los ámbitos del empleo y el crecimiento. Las Conclusiones subrayan la necesidad de una mejor inversión en las universidades, una mejor gestión de ellas y la cooperación entre la universidad y la industria.

El informe intermedio conjunto 2004 del Consejo y de la Comisión sobre "Educación y formación 2010"2 expone que el sector de la educación superior europea tiene que aspirar a un excelente nivel y convertirse en una referencia de calidad mundial en igualdad de condiciones con los mejores.

El informe indica que el Proceso de Bolonia ha tenido como resultado avances en la reforma de algunos aspectos de la educación superior, entre ellos las medidas para aumentar la movilidad, facilitar una mayor transparencia y posibilitar una mejor comparación de diplomas.

INDICAN QUE

Compete a los Estados miembros organizar y dotar a la educación superior de acuerdo con sus prioridades, legislación y prácticas nacionales.

En una economía y una sociedad basadas en el conocimiento, la educación superior debe verse en estrecha conexión con la investigación y la innovación.

TOMAN NOTA de la Comunicación de la Comisión "Movilizar el capital intelectual de Europa: crear las condiciones necesarias para que las universidades puedan contribuir plenamente a la estrategia de Lisboa"3 como importante contribución al debate sobre la forma de elevar la calidad de la educación superior en toda Europa si se desea aumentar la competitividad europea.

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COMPARTEN LA OPINIÓN DE QUE LOS ESTADOS MIEMBROS DEBEN:

1. Hacer posible que las instituciones de educación superior en Europa mejoren sus resultados en lo que se refiere a logros, acceso e investigación en comparación con otras regiones y países del mundo.

2. Hacer posible que las instituciones de educación superior se adapten a las circunstancias cambiantes a fin de realzar su calidad, capacidad de atracción e importancia para la sociedad y la economía.

3. Ayudar al desarrollo de la gestión de las instituciones de educación superior y garantizar que tengan suficiente autonomía.

4. Mejorar la sostenibilidad de la financiación de las instituciones de educación superior mediante el incremento de la inversión y la diversificación de sus fuentes, con arreglo a las necesidades.

5. Reforzar la dimensión social de la educación superior, particularmente dando mayor acceso a ella a una amplia diversidad de grupos socioeconómicos, e intentando al mismo tiempo reducir el índice de abandono escolar.

6. Fomentar que las instituciones desarrollen una cooperación más intensa con la sociedad que las rodea, incluidas las comunidades locales y la el mundo empresarial.

SUBRAYAN LA IMPORTANCIA DE:

1. Adaptar, si procede, el marco regulador dentro del que se mueven las instituciones de educación superior a fin de impulsar una relación más flexible entre cada institución y las autoridades de los Estados Miembros responsables de la dirección estratégica de los sistemas de educación superior, contribuyendo así a modernizarlas y adaptarlas a las necesidades cambiantes de la sociedad y a responsabilizarse de sus decisiones.

2. Incrementar la capacidad de atracción de la educación superior para los estudiantes mediante unas instalaciones de alta calidad, una mejor información, una mayor diversidad de la enseñanza y el aprendizaje, en particular mediante instrumentos TIC, una calidad superior y una mejor preparación de los individuos con la que asegurar el éxito de sus carreras universitarias, su integración sostenible en el mercado de trabajo y su participación activa en la sociedad.

3. Ampliar el acceso a la educación superior, en particular para las personas procedentes de los medios menos favorecidos, ayudar a las personas a desarrollar sus capacidades y posibilitar una mayor variedad de vías de acceso a la educación superior haciendo realidad el objetivo de una formación permanente.

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4. Fomentar la diversidad en los sistemas e instituciones de educación superior y crear asimismo centros de alto nivel que puedan contribuir en el proceso de reforma mediante la colaboración con otras instituciones y organismos.

5. Fomentar que las instituciones de educación superior impulsen una cooperación sostenible, en un plano más amplio, con la comunidad y la industria, a fin de afrontar las necesidades cambiantes de la sociedad y del mercado de trabajo.

6. Hacer partícipes a todos los interesados de la preparación y aplicación de las reformas.

6 bis. Considerar la inversión en la educación superior como una inversión para el futuro de la sociedad.

7. Estudiar el nivel de recursos destinado a la educación superior y examinar las posibilidades de garantizar una financiación adicional mediante diversos medios, entre ellos el apoyo público y privado, según proceda.

8. Establecer incentivos para la reforma, por ejemplo afinando las inversiones para mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje, de la investigación, de la innovación, de la gestión y de los servicios a los estudiantes.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE:

Aborden las cuestiones que plantea la presente Resolución e informen sobre los avances en sus contribuciones al informe intermedio conjunto de 2008 sobre la aplicación del programa de trabajo "Educación y formación 2010".

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE:

Hagan uso de la "enseñanza entre iguales" y del próximo informe intermedio conjunto sobre la aplicación del programa de trabajo "Educación y formación 2010" para abordar las cuestiones que plantea la presente Resolución.

Atiendan las necesidades de la educación superior mediante un uso más eficaz de programas comunitarios tales como Sócrates, Leonardo y los futuros programas de educación y formación, los instrumentos financieros europeos del Grupo Banco Europeo de Inversiones y de los Fondos Estructurales, según proceda.

Estimulen la colaboración internacional entre instituciones de enseñanza superior, especialmente mediante su participación en programas comunitarios como Tempus y Erasmus Mundus."

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– Desarrollo de las cualificaciones y las competencias - Conclusiones del Consejo

El Consejo y los representantes de los gobiernos de los Estados miembros han adoptado la siguiente resolución:

El Consejo de la Unión Europea y los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo,

TENIENDO EN CUENTA

1. Las Conclusiones del Consejo Europeo adoptadas en marzo de 20051, que relanzaron la estrategia de Lisboa centrándose en el crecimiento y el empleo, destacando el conocimiento, la innovación y el capital humano y la formación continua como condición sine qua non para la realización de estos objetivos.

2. Las directrices integradas de Lisboa para el crecimiento y el empleo (2005-2008)2, que instan a la adaptación de los sistemas de educación y formación:

• aumentando y garantizando su atractivo, apertura y su nivel de calidad;

• respondiendo a nuevas necesidades profesionales, competencias clave y requisitos de formación futuros mejorando la definición y transparencia de cualificaciones, a su reconocimiento efectivo y a la validación de la enseñanza no formal e informal.

RECUERDAN QUE

1. Como parte del proceso de Copenhague, el comunicado oficial de Maastricht de diciembre de 2004 pidió que se concentraran los esfuerzos en conectar la educación y formación profesionales con los requisitos de mercado laboral de la economía del conocimiento, a fin de conseguir una mano de obra altamente cualificada, y que se desarrollara un marco europeo de titulaciones principalmente basado en las competencias y en los resultados del aprendizaje.

2. Como parte del programa de trabajo "Educación y Formación 2010", el informe intermedio conjunto de 20043 pidió que se impulsaran las asociaciones a todos los niveles (nacional, regional, local y sectorial) para la puesta a punto de sistemas de educación y formación flexibles y eficaces, así como un marco europeo de titulaciones sobre el cual la Comisión está llevando a cabo actualmente consultas.

1 7619/1/05 2 10205/05 (por publicar en el DO). 3 6905/04

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PONEN DE RELIEVE QUE

1. "Las cualificaciones y las competencias" a las que se refieren las presentes conclusiones cubren la gama de resultados de todas las formas y niveles de enseñanza y abarcan los resultados de la enseñanza oficial, no oficial e informal. Las cualificaciones y las competencias contribuyen a la realización personal, a la ciudadanía activa y a la cohesión social, a la vez que proporcionan una base para el crecimiento económico. También contribuyen a la adaptabilidad, la innovación y el desarrollo del espíritu emprendedor.

2. Los resultados de la economía de la UE mejorarían mediante el aumento de la productividad y el espíritu de empresa y la asimilación de los resultados de investigaciones y la innovación.

SUBRAYAN QUE

1. Aumentar las cualificaciones y competencias de los trabajadores mejora la productividad. Una mano de obra cualificada está más capacitada para responder a los cambios introducidos por una economía dinámica del conocimiento, mientras que las personas con niveles de formación y de competencia más elevados tienen más probabilidades de integrarse socialmente y de llegar a ser ciudadanos realizados y activos.

2. La sociedad y la economía basadas en el conocimiento requieren un nivel adecuado de competencias fundamentales, incluida una cultura digital y habilidades electrónicas para sus ciudadanos y la capacidad de alcanzar mayores niveles de cualificación y competencias en función de las necesidades.

3. El crecimiento económico no puede lograrse si la inversión en cualificaciones y competencias se limita a las personas instruidas. También pueden lograrse incrementos económicos sustanciales mejorando competencias clave y abordando las necesidades de los grupos poco cualificados y desfavorecidos, incluida una mejor utilización de las cualificaciones y competencias existentes, por ejemplo, de los ciudadanos de mayor edad.

ACUERDAN QUE

1. La mejora de cualificaciones y competencias constituye un elemento clave de los planes de formación permanente y deberían incluir la adquisición de competencias fundamentales y basarse en sistemas de educación general y de formación eficaces, que tengan como resultado individuos interesados en renovar y desarrollar sus cualificaciones y competencias a lo largo de su vida. Debería fomentarse la misma estima para la educación y formación profesionales y la formación general, así como establecimiento de vínculos entre ambas. La orientación en el ámbito de la formación permanente resulta también fundamental para apoyar a las personas a lograr y renovar sus cualificaciones y competencias.

2. Los Ministros de Educación y Formación tienen un papel clave asegurar cualificaciones y planes de competencia eficaces. Para lograrlo, es esencial para una colaboración estrecha con todos los Ministerios correspondientes.

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3. Las políticas de educación y formación también deberían atender a un enfoque a largo plazo a fin de prever con antelación las necesidades de la sociedad y de la economía en lo que se refiere a las cualificaciones, las competencias y la actividad profesional.

4. Así pues, los Ministerios competentes deberían conseguir la implicación activa de los interlocutores económicos y sociales y otros interesados, incluidos los organismos de investigación, en la determinación de las necesidades de cada sector en materia de cualificaciones y competencias. Tales asociaciones pueden mejorar la productividad, reducir las diferencias de cualificaciones y brindar a los patronos incentivos para educar y formar a su mano de obra.

5. El establecimiento de un marco europeo de titulaciones debería dar lugar a un mayor grado de transparencia y reconocimiento de las cualificaciones y de las competencias que el mercado laboral necesita y posibilitar que los distintos sectores a escala europea respondan a los nuevos retos que plantean la educación y la formación.

6. Los métodos innovadores de docencia, por ejemplo, mediante el uso de las TIC permiten una participación más amplia en la formación continua y pueden reducir la exclusión social y mejorar el equilibrio entre la vida y el trabajo. La flexibilidad en la formación de los trabajadores puede facilitarse a través de una mayor colaboración con los docentes y del uso efectivo de la infraestructura de las TIC.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE CONJUNTAMENTE:

1. aborden la cuestión de las cualificaciones sectoriales en el contexto del desarrollo de las cualificaciones y competencias, dentro del programa de trabajo "Educación y Formación 2010";

2. recurran a los futuros instrumentos comunitarios en el ámbito de la educación y de la formación para apoyar la introducción de planteamientos sectoriales de las cualificaciones y competencias en relación con la educación y formación profesionales y con la educación superior.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE:

1. aseguren la colaboración efectiva entre los Ministerios competentes en el desarrollo de planes de mejora de cualificaciones y competencias, también durante la preparación de sus informes nacionales anuales de Lisboa y como parte de sus estrategias nacionales de formación permanente;

2. creen asociaciones, a nivel nacional, regional, local y sectorial con los principales interesados, incluidos empresarios y sindicatos, de conformidad con las prácticas y la legislación nacionales. Estas asociaciones deberían crear un sistema que responda a la demanda, tenga en cuenta las necesidades a largo plazo de las cualificaciones y competencias, fomente la inversión en cualificaciones y competencias y aborde las necesidades específicas de los colectivos desfavorecidos;

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3. promuevan la colaboración entre los docentes de formación para que aprovechen las infraestructuras de TIC existentes, con objeto de incrementar la participación en la formación permanente, y mejorar el nivel de cualificaciones electrónicas de sus ciudadanos.

INVITAN A LA COMISIÓN A QUE:

1. establezca en 2006 una agrupación de Estados miembros que deseen desarrollar las actividades de aprendizaje entre iguales respecto de cualificaciones sectoriales, como parte del programa de trabajo "Educación y formación 2010";

2. invite al CEDEFOP, y si procede, a la Fundación Europea de Formación, a que acabe en 2006 un estudio en curso de los diversos planteamientos sectoriales de las cualificaciones y las competencias en toda la UE y en los países en vías de adhesión y candidatos."

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– Programa de trabajo sobre "Educación y formación 2010"

El Consejo ha mantenido un cambio de impresiones sobre el Informe intermedio conjunto de 2006 sobre "Educación y formación 2010", en particular en relación con la siguiente cuestión, sugerida por la Presidencia: las prioridades, con respecto al objetivo tanto económico como social, que debería establecer el Informe intermedio conjunto de 2006 para la próxima fase del programa.

Las Delegaciones han señalado fundamentalmente las siguientes necesidades prioritarias:

• alcanzar un acuerdo sobre el marco europeo de cualificaciones;

• aumentar la inversión en educación en general y en actuaciones de formación continua en particular, con vistas a :

– mejorar la formación y educación profesionales y de adultos, en respuesta a las nuevas necesidades del mercado

– reducir el número de abandonos prematuros de los estudios

• mejorar la calidad de la educación, por ejemplo mejorando la formación del profesorado

• aumentar la movilidad no solamente en la educación superior, sino también en los niveles de secundaria y formación profesional

• reconocer las cualificaciones oficiales y no oficiales

• mejorar el rango de la formación profesional

• incluir nuevas tecnologías en los planes de estudio escolares

• mejorar la enseñanza de distintas lenguas

Algunas Delegaciones han recordado que las acciones más importantes implicarían ajustarse a las prioridades ya establecidas en el Programa de trabajo sobre "Educación y formación 2010".

Se recuerda que en su Informe intermedio conjunto de 2004, el Consejo y la Comisión se comprometieron a revisar la aplicación del programa de trabajo cada dos años. Existe un proyecto de informe para 2006 -adoptado formalmente por la Comisión el 9 de noviembre y que se espera que adopte el Consejo en febrero de 2006-, que será el primero de esta serie y que supondrá la ocasión de evaluar los progresos del programa de trabajo sobre "Educación y formación 2010".

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JUVENTUD

– Programa sobre Juventud

El Consejo ha alcanzado un acuerdo político parcial sobre una decisión por la que se establece el programa "Juventud en acción 2007", destinado a facilitar apoyo financiero al sector de la juventud en Europa para el periodo 2007-2013.

Con respecto a las dos cuestiones aún pendientes se ha decidido respaldar el texto de la Comisión, y por lo tanto,

– no someter la selección de proyectos al procedimiento de gestión y

– no permitir que un ministerio actúe como organismo nacional.

El carácter "parcial" de este acuerdo se debe al hecho de que los aspectos presupuestarios se han excluido, en espera del resultado de los debates sobre el futuro marco financiero de la Comunidad (perspectivas financieras 2007/2013)1. Por lo tanto se espera que este punto vuelva al orden del día del Consejo de Educación Juventud y Cultura en una fecha futura para ultimar el presupuesto y su desglose final2.

Se recuerda que este sucesor del programa actual "JUVENTUD" pretende seguir brindando a los jóvenes de los 31 países participantes la oportunidad de realizar intercambios (35.000 proyectos antes de 2013), trabajo voluntario (10.000 voluntarios al año) y proyectos con terceros países.

Los principales objetivos del programa son los siguientes:

– fomentar la contribución activa de los jóvenes a la construcción europea a través de su participación en intercambios transnacionales;

– promover entre los jóvenes un sentido de ciudadanía activa para que puedan convertirse en ciudadanos responsables;

1 El Artículo 13 de la propuesta de la Comisión no forma parte del texto aprobado 2 Dotación presupuestaria propuesta: 915 millones de euros.

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– alentar el espíritu de iniciativa, de empresa y de creatividad de los jóvenes y, al mismo tiempo, estimular el reconocimiento del valor de la educación informal adquirida dentro de un contexto europeo;

– reforzar la cooperación en el ámbito de la juventud.

Se ha simplificado la estructura operativa del programa. Sin embargo, se ha asegurado la continuidad con el programa actual.

Base jurídica propuesto: Artículos 149 (4) del Tratado - mayoría cualificada en el Consejo procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo.

El Parlamento Europeo adoptó su dictamen en primera lectura el 25 de octubre de 2005 (13676/05). Un gran número de las enmiendas propuestas se ha incorporado en el texto, en su conjunto, en parte o en esencia.

Para más detalles véase la propuesta de la Comisión: 11586/04.

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– Aplicación del pacto europeo para la juventud - Resolución del Consejo

El Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros han adoptado la siguiente Resolución:

"EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO:

RECUERDAN:

El Libro Blanco de la Comisión Europea de noviembre de 2001 denominado "Un nuevo impulso para la juventud europea"1, que fue respaldado por el Consejo en sus conclusiones de 14 de febrero de 20022, así como su Resolución de 27 de junio de 20023 relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud.

El Pacto europeo para la juventud, adoptado por el Consejo Europeo de primavera de los días 22 y 23 de marzo de 2005, que es uno de los instrumentos que contribuyen a la realización de los objetivos de Lisboa de crecimiento y empleo. El Pacto se centra en tres ámbitos: Empleo, integración y promoción social; Educación, formación y movilidad; Conciliación de la vida profesional y la vida personal y familiar.4

ACOGEN FAVORABLEMENTE la Comunicación de la Comisión relativa a las políticas europeas en el ámbito de la juventud, "Responder a las expectativas de los jóvenes en Europa – Aplicación del Pacto europeo para la juventud y promoción de la ciudadanía activa".5

PONEN DE RELIEVE QUE:

1. La ciudadanía activa de los jóvenes es clave para construir unas sociedades democráticas e integradoras en todos los niveles.

2. Los jóvenes y sus organizaciones tienen un papel que desempeñar en el desarrollo de la Unión Europea, entre otras cosas contribuyendo a la consecución de los objetivos de Lisboa de fomentar el empleo y el crecimiento.

1 14404/01 - COM(2001) 681 final. 2 DO C 119 de 22.5.2002, p. 6. 3 DO C 168 de 13.7.2002, p. 2-5. 4 7619/1/05. Conclusión 37. 5 9679/05 - COM(2005) 206 final.

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3. Para ayudar a conseguir los objetivos de empleo de Lisboa, es preciso integrar plenamente a los jóvenes en la sociedad, y por lo tanto hay que:

• apoyarles en el acceso al mercado laboral y animarles a desarrollar creatividad y capacidades empresariales;

• dotarles de conocimientos, capacidades y competencias mediante una educación pertinente y de alta calidad, formación y experiencias de movilidad en los sectores formal y no formal;

• darles la posibilidad de conciliar la vida profesional y la vida familiar.

4. Los instrumentos comunitarios que apoyan la colaboración de Lisboa para el crecimiento y el empleo, tales como el programa de trabajo "Educación y Formación 2010" y las estrategias de empleo e inclusión social, desempeñan un papel clave en la consecución de los objetivos del Pacto europeo para la juventud.

5. Los responsables políticos deberán tener en cuenta las necesidades específicas de los jóvenes a escala local, regional, nacional y europea, de modo que se refuerce la dimensión de la juventud en todas las políticas pertinentes.

6. Deberá consultarse y asociarse estrechamente a los jóvenes y a sus organizaciones en lo relativo al desarrollo y seguimiento de medidas que los afecten, contribuyendo así también a una mayor conciencia de ciudadanía activa entre los jóvenes.

7. Las personas que participan en trabajos y organizaciones relacionados con la juventud deben tener formación y capacidades apropiadas a efectos de ofrecer apoyo eficaz a los jóvenes.

TOMAN NOTA DE QUE el marco europeo para la cooperación en el ámbito de la juventud

comprende ahora tres aspectos:

• el apoyo a la ciudadanía activa de los jóvenes mediante el método abierto de coordinación para la juventud;

• el Pacto europeo para la juventud, que hace hincapié en los aspectos relacionados con la juventud en sectores básicos de la colaboración de Lisboa para el crecimiento y el empleo;

• la inclusión de la dimensión de la juventud en otras políticas europeas pertinentes.

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El programa "Juventud" y el próximo programa "Juventud en acción" son un complemento del presente marco.

ACUERDAN QUE:

1. Deberá continuar el trabajo para apoyar la ciudadanía activa mediante las prioridades acordadas en virtud del método abierto de coordinación para la juventud: participación, información, actividades voluntarias y un mejor conocimiento de la juventud, incluida la mejora en el conocimiento de los aspectos abordados en el Pacto europeo para la juventud.

2. Se perseguirán los objetivos del Pacto europeo para la juventud en el marco de la colaboración de Lisboa para el crecimiento y el empleo.

3. Al impulsar la dimensión de la juventud en otras políticas europeas pertinentes, se concederá prioridad a la no discriminación, las formas de vida saludables, incluido el deporte, y la investigación sobre asuntos relacionados con la juventud.

4. Al aplicar el marco para la cooperación:

• se garantizarán la complementariedad y la coherencia entre los tres aspectos;

• se deberá consultar a los jóvenes y a sus organizaciones a través del Foro Europeo de la Juventud, los consejos nacionales de la juventud u organismos similares y se desarrollará asimismo el diálogo con los jóvenes no organizados;

• se deberán respetar los mecanismos y calendarios existentes para cada aspecto;

• deberá combatirse toda discriminación por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o creencia, discapacidad u orientación sexual.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE:

1. Sigan aplicando los objetivos comunes acordados en virtud del método abierto de coordinación para la juventud.

2. Garanticen un seguimiento eficaz del Pacto europeo para la juventud al aplicar la estrategia de Lisboa, por ejemplo fijando objetivos mensurables.

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3. Entablen un diálogo estructurado con los jóvenes y sus organizaciones a nivel nacional, regional y local, sobre las medidas políticas que los afecten, haciendo participar en él a los investigadores en el ámbito de la juventud .

INVITA A LA COMISIÓN A QUE:

1. Entable un diálogo estructurado con los jóvenes a escala europea sobre las medidas que los afecten, por ejemplo utilizando de forma innovadora la tecnología de la información y celebrando conferencias periódicas entre los jóvenes, sus organizaciones, los investigadores en el ámbito de la juventud y los responsables políticos.

2. Desarrolle, impulse y facilite el acceso al portal europeo "Juventud", EURES, PLOTEUS y EURODESK, para ayudar a los jóvenes a esforzarse al máximo por conseguir oportunidades de trabajo, voluntariado y estudio en el exterior.

3. Garantice un seguimiento eficaz del Pacto europeo para la juventud al aplicar la estrategia de Lisboa.

INSTA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE:

1. Fomenten, para los jóvenes y quienes participen en trabajos relacionados con el ámbito de la juventud y de las organizaciones juveniles, el reconocimiento de la educación no formal e informal, por ejemplo mediante la creación de un "pasaporte juvenil" y estudiando su posible inclusión en el Europase, y consideren la convalidación de dicha formación, teniendo al mismo tiempo en cuenta las respectivas situaciones nacionales y competencias de los Estados miembros.

2. Determinen los obstáculos que entorpecen las buenas prácticas relativas a la movilidad de los jóvenes, e intercambien, desarrollen y apliquen dichas prácticas con objeto de facilitar a los jóvenes el trabajo, el voluntariado, la formación y el estudio en toda la Unión Europea y en otros lugares.

3. Hagan el mejor uso posible de las oportunidades ofrecidas por las políticas, los programas y otros instrumentos de la Comunidad y de los Estados miembros para estimular la ciudadanía activa, la inclusión social, la posibilidad de empleo y el nivel educativo de los jóvenes.

4. Evalúen el marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud en 2009."

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– Acercar Europa a los ciudadanos jóvenes

El Consejo ha mantenido un cambio de impresiones sobre la iniciativa Acercar Europa a los ciudadanos jóvenes que ha cubierto las siguientes cuestiones sugeridas por la Presidencia:

– principales preocupaciones de los jóvenes en relación con el desarrollo de la Unión Europea en cada Estado miembro;

– medidas que deben adoptarse a escala nacional y europea para acercar Europa a todos sus ciudadanos jóvenes.

Las Delegaciones han manifestado la opinión de que las principales preocupaciones de los jóvenes en relación con la Unión Europea están relacionadas con:

– las oportunidades de empleo y formación;

– la igualdad de oportunidades y la integración social;

– las necesidades de los jóvenes desfavorecidos;

– el reconocimiento de la formación no oficial;

– la falta de conocimiento sobre la UE y su funcionamiento.

Las Delegaciones han considerado que, además de los programas que ya se están llevando a cabo en Europa, debían adoptarse medidas para implicar en mayor medida a los jóvenes en las decisiones que les afectan.

Se recuerda que el debate se ha celebrado lugar en un momento en que la relación que mantiene la UE con sus ciudadanos se considera un asunto de la mayor importancia. Se trata de uno de los muchos debates que se celebrarán sobre el futuro de Europa para identificar cómo debería desarrollarse la UE, en opinión de sus ciudadanos, y cuáles deberían ser sus prioridades.

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VARIOS

La Presidencia ha informado al Consejo sobre los siguientes puntos:

– Convención de la UNESCO acerca de la protección de la diversidad de los contenidos culturales y las expresiones artísticas (13419/05);

– Plan de trabajo del Consejo en el ámbito de la cultura 2005-2006 (13420/05);

– Programa "Ciudadanos para Europa" (13422/05).

Además, la Comisión informó al Consejo sobre los siguientes puntos:

– Año Europeo del Diálogo Intercultural 2008 (13094/05);

– Carta de calidad de la movilidad europea (12639/05);

– Competencias clave en el ámbito de la educación permanente (13425/05);

– El indicador europeo de competencia lingüística (11704/05).

El Consejo también fue informado por la Delegación alemana sobre el resultado de la Conferencia "Juventud europea en acción para la diversidad y la tolerancia" (Berlín, del 6 al 9 de noviembre de 2005).

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OTROS PUNTOS ADOPTADOS

CULTURA

Cooperación relativa a archivos públicos

El Consejo ha adoptado una Recomendación destinada a aumentar la cooperación en el ámbito de los archivos documentales públicos de la UE (13255/05).

Una Resolución del Consejo de 6 de mayo de 20031 subrayaba la importancia de los archivos para

la comprensión de la historia y la cultura europeas y para el funcionamiento democrático de la sociedad.

El Consejo recomienda que un grupo de expertos de los Estados miembros y de las instituciones de la UE garantice la cooperación y la coordinación europeas sobre asuntos relativos a los archivos y siga la ejecución de las siguientes actuaciones prioritarias:

• Conservación y prevención de daños a los archivos;

• Mayor cooperación interdisciplinaria europea en materia de documentos y archivos electrónicos;

• Establecimiento y mantenimiento como prioridad de un Portal Internet en Europa dedicado a archivos y documentos

• Fomento de las mejores prácticas en lo que se refiere a la legislación nacional y europea relativa a la gestión de documentos y archivos y el acceso a ellos;

• Adopción de medidas para evitar el robo de documentos de archivo

RELACIONES EXTERIORES

Acuerdos Euromediterráneos de Asociación - productos agrícolas y pesqueros

El Consejo ha adoptado una Decisión para que se autorice a la Comisión a negociar concesiones recíprocas adicionales aplicables al comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados y productos pesqueros en el marco de los Acuerdos Euromediterráneos de Asociación con la República Argelina Democrática y Popular, la República Árabe de Egipto, el Reino Hachemita de Jordania, el Estado de Israel, la República Libanesa, el Reino de Marruecos y la República de Túnez, .

1 DO C 113 de 13.5.2003, p. 2.

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ES

Chile - vinos, bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que se autoriza a la Comisión para entablar negociaciones con la República de Chile con el fin de modificar el Acuerdo sobre el comercio de vinos y el Acuerdo sobre el comercio de bebidas espirituosas y aromatizadas.

Los acuerdos han estado en vigor desde febrero de 2003 y contienen listas de indicaciones geográficas mutuamente protegidas, expresiones tradicionales, menciones de calidad y una lista de marcas registradas.

Balcanes occidentales - medidas comerciales excepcionales

El Consejo ha adoptado un Reglamento que modificaba el Reglamento (CE) nº 2007/2000 por el que se introducen medidas comerciales excepcionales para los países y territorios participantes o vinculados al Proceso de estabilización y asociación de la Unión Europea y vinculados al mismo (13318/05).

El Reglamento pretende prorrogar el sistema actual de preferencias comerciales hasta el 31 de diciembre de 2010. También modifica el texto del Reglamento (CE) nº 2007/2000 para reflejar la nueva situación referente a las condiciones de importación de materias textiles de Montenegro y Kosovo, tras la firma de un acuerdo bilateral sobre comercio de materias textiles entre la UE y Serbia el 31 de marzo de 2005. Por último, el Reglamento tiene en cuenta el cambio del nombre de la República Federal de Yugoslavia por Serbia y Montenegro, así como el hecho de que la República de Montenegro, la República de Serbia y Kosovo constituyen cada uno un territorio aduanero separado.

El Reglamento se aplicará a partir del 1 de enero de 2006.

Acogida temporal de determinados palestinos

El Consejo ha adoptado una Posición Común por la que se prorroga durante un año la validez de los permisos nacionales que permiten permanecer en la UE a los palestinos evacuados de Belén tras el cerco de la iglesia de la Natividad por las fuerzas israelíes en 2002 (13331/05).

(Para más detalles, consultar el Comunicado de prensa (9017/02).

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ES

Misión de policía de la UE para los territorios palestinos - mandato del Representante especial

El Consejo ha adoptado una acción conjunta por la que se envía una Misión de policía de la UE a los territorios palestinos (véase el comunicado de prensa 14402/05).

El Consejo también ha adoptado una acción conjunta por la que se modifica el mandato del Representante especial de la UE para el proceso de paz en Oriente Medio, Sr. Marc Otte, para tener en cuenta la nueva Misión de policía de la UE (13526/05).

POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN

Uzbekistán - prohibición de visados y embargo de armas

El Consejo ha adoptado una Posición Común y un Reglamento relativos a las medidas restrictivas contra Uzbekistán tras los acontecimientos de mayo de 2005 en Andijan (10910/05, 13294/05 y para más información véase el comunicado de prensa 14392/05).

Misión de supervisión en Aceh - Acuerdo con Suiza

El Consejo ha aprobado la celebración de un acuerdo con Suiza sobre la participación de este país en la Misión de supervisión de la UE en Aceh (Indonesia).

MERCADO INTERIOR

Sistema de tasas que deben pagarse a la Agencia Europea de Medicamentos

El Consejo ha adoptado un Reglamento por el que se modifica el Reglamento nº 297/95 sobre las tasas que deberán pagarse a la Agencia Europea de Medicamentos tras la reciente revisión de la legislación farmacéutica de la UE que confiere nuevas tareas y responsabilidades a dicha Agencia (13167/05).

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ES

Los principales objetivos del reglamento son:

• adaptar el sistema de tasas existente a la legislación revisada y a las nuevas responsabilidades atribuidas a la Agencia, teniendo en cuenta la experiencia adquirida con el sistema actual;

• garantizar la proporcionalidad entre el importe de las tasas y la naturaleza de los servicios prestados realmente por la Agencia;

• aligerar la presión financiera ejercida sobre los solicitantes, sin comprometer por ello la capacidad de la Agencia para desempeñar sus funciones.

Para mayor coherencia, el Reglamento se aplicará a partir del 20 de noviembre de 2005, al mismo tiempo que la entrada en vigor de la reforma.

Procedimientos de contratación pública

El Consejo ha adoptado una Directiva que corrige la Directiva 2004/18/CE sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (3655/06).

Es conveniente que el umbral aplicable a los contratos relativos a determinados servicios subvencionados en más de un 50 % permanezca ajustado al umbral aplicable a los contratos de servicios adjudicados por poderes adjudicadores distintos de las autoridades gubernamentales centrales. La directiva se ha corregido para garantizar este ajuste también en el marco de la revisión de los umbrales.

Los Estados miembros deberán cumplir las disposiciones de la Directiva antes del 31 de enero de 2006.

POLÍTICA COMERCIAL

Medidas antidumping

Países asiáticos - sujeciones de acero inoxidable

El Consejo ha adoptado un Reglamento por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinadas sujeciones de acero inoxidable y sus partes originarias de la República Popular China, Indonesia, Taiwán, Tailandia y Vietnam y se da por concluido el procedimiento relativo a las importaciones de determinadas sujeciones de acero inoxidable y sus partes originarias de Malasia y Filipinas (13746/05).

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ES

China - bicicletas

El Consejo ha adoptado un Reglamento por el que se da por concluida la reconsideración provisional parcial de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de bicicletas originarias de la República Popular China (13482/05).

Belarús, Rusia y Ucrania - cloruro de potasio

El Consejo ha adoptado un Reglamento que modifica el Reglamento (CEE) n° 3068/92 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de cloruro potásico originario de Belarús o la Federación de Rusia o Ucrania (13479/05).

EE.UU. - Acuerdo sobre comercio de vino

El Consejo ha aprobado la celebración de un acuerdo con los Estados Unidos de América sobre el comercio de vino (13608/05).

COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Contribución financiera al Fondo Europeo de Desarrollo *

El Consejo ha adoptado, por mayoría cualificada, una Decisión por la que se fijan las contribuciones financieras que deberán ingresar los Estados miembros con destino al Fondo Europeo de Desarrollo (tercer tramo de 2005) (13987/05 y 13502/1/05).

Un importe total de 220 millones de euros, correspondiente al segundo tramo de 2005, será pagado por los 15 Estados miembros anteriores a la ampliación de la UE, para financiar las operaciones del FED gestionadas por la Comisión relativas a operaciones de ayuda en países de África, el Caribe y el Pacífico y países y territorios de ultramar de los Estados miembros. Además se abonarán 20 millones de euros al Banco Europeo de Inversiones.

TRANSPORTE

Galileo - cooperación con Ucrania

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que se aprueba la firma de un acuerdo entre la UE y Ucrania dirigidas a facilitar la cooperación en el ámbito de la navegación mundial por satélite de carácter civil (13240/05 y13242/05).

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ES

Las actividades de cooperación en la navegación y la temporización por satélite se desarrollarán en los siguientes sectores: espectro radioeléctrico, investigación científica y formación, cooperación industrial, comercio y desarrollo de mercados, normalización, certificación y medidas reglamentarias, desarrollo de sistemas mundiales y regionales de aumento por tierra del GNSS, seguridad, responsabilidad y recuperación de costes.

Licencia de controlador de tránsito aéreo*

El Consejo ha adoptado una posición común con vistas a la adopción de una directiva destinada a aumentar la seguridad del sistema comunitario de control del tránsito aéreo y mejorar sus operaciones, mediante la expedición de una licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo (10724/05 y 13457/05 ADD 1).

La licencia comunitaria se funda en la armonización de la formación dispensada a los solicitantes de licencia de controlador de tránsito aéreo en prácticas y a los controladores de tránsito aéreo que ejerzan sus funciones bajo la responsabilidad de proveedores de servicios de navegación aérea que ofrezcan sus servicios principalmente para la circulación aérea general.

El texto de la posición común toma en cuenta, por una parte, las legítimas inquietudes de refuerzo de la seguridad, y por otra, la movilidad y la libre circulación de controladores aéreos. Introduce normas comunitarias rigurosas relativas a los requisitos de acceso a la profesión, la estructura de las cualificaciones, el contenido de la formación inicial y los conocimientos lingüísticos.

La posición común se remitirá al Parlamento Europeo para una segunda lectura con arreglo al procedimiento de codecisión.

AGRICULTURA

Aceite de oliva y aceitunas de mesa - Celebración de un Convenio internacional

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que aprueba la celebración de un Convenio internacional sobre el aceite de oliva y las aceitunas de mesa (13132/05).

La UE representa el 80% de las cuotas de participación de este Convenio.

Se ha previsto que el Convenio se firme en una sesión del Consejo Oleícola Internacional de las Naciones Unidas en Madrid del 14 al 18 de noviembre y que entre en vigor el 1 de enero de 2006. Seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2014 a menos que el Consejo Oleícola Internacional decida otra cosa.

El anterior Convenio se adoptó en 1986, se modificó en 1993, y se ha ampliado desde entonces por períodos de dos años sucesivos.

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ES

NOMBRAMIENTOS

Comité de las Regiones

El Consejo ha adoptado Decisiones por las que nombra miembros del Comité de las Regiones a (14233/05 y 13726/05):

– D. Emilio Perez Touriño, Presidente de la Xunta de Galicia, en sustitución de D. Manuel Fraga Iribarne;

– D. Luciano Caveri, Presidente de la región autónoma de Val d'Aosta, miembro;

– D. Rosario Condorelli, teniente de alcalde del municipio de Sant'Agata Li Battiati (Catania), miembro suplente;

para el resto del mandato, que finaliza el 25 de enero de 2006.

Comité Económico y Social europeo

El Consejo ha adoptado una Decisión por la que nombra un miembro del Comité Económico y Social europeo (13533/05):

– D. Georges Liarokapis en sustitución de D. Claude Cambus

para el resto del mandato, que finaliza el 20 de septiembre de 2006.