comunicación sindical
TRANSCRIPT
Sergio Alvarado Pol
Los sindicatos son las organizaciones que se dan los trabajadores para ser representados ante los empleadores, las autoridades y velar por sus intereses comunes. La afiliación a un Sindicato siempre será personal, voluntaria e indelegable.
Celebrar convenciones y contratos colectivos
Participar en la formación de los organismos estatales que les indique la ley
Tiene personería para representar judicial y extrajudicial a sus agremiados, sí estos así lo piden (art.360 código trabajo)
Actuar como parte en los juicios o reclamaciones que tengan por objeto denunciar prácticas desleales.
Prestar ayuda a sus asociados, promover la cooperación mutua entre ellos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.
Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo.
Promover el mejoramiento del nivel de empleo.
Se constituye a partir de una asamblea que reúne a lo menos el quórum (número mínimo) de trabajadores exigido para su constitución (depende de su numero de trabajadores ). Mediante una votación secreta se eligen sus miembros y estatutos
A) GREMIALES: los formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad
B) DE EMPRESA: Es aquél que agrupa sólo a trabajadores de una misma empresa
TIPOSTIPOS C) INDUSTRIALES: individuos de varias profesiones, oficios o especialidades que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma clase
D) MIXTOS: formados por trabajadores que se ocupen en actividades diversas o conexas
La comunicación organizacional debe ser entendida como parte de las metas del sindicato y ser impulsada en forma de estrategia integral que ayude al cumplimiento de las metas de la organización.
La cuota de afiliación al sindicato, será de un 2% del salario bruto mensual del trabajador
Estos se invertirán en gastos tales como reuniones , publicaciones de comunicados, etc.
La forma de pagar las cuotas, monto, y modo de cobro compete a su administración (art. 360 C.T. inciso i)
Referencias
Título V Capítulo II , artículos 340 al 362, Código de Trabajo
Título II Capítulo III, artículos 54 al 62, Código de Trabajo