comunicación amateur y responsabilidad civil
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CComunicación amateuramateur y RResponsabilidad CCivil
Carlos LluchCarlos LluchDtor técnico LLUCH & JUELICHLLUCH & JUELICH
Blogger en RANKIARANKIAwww.rankia.com/blog/seguros/
Autor en AUTOFÁCILAUTOFÁCIL
MEDIADOR BALEAR MEDIADOR BALEAR BALEARS ASSEGURANCES BALEARS ASSEGURANCES
INVERTIA INVERTIA ACTUALIDAD ASEGURADORA ACTUALIDAD ASEGURADORA
Vocal defensa del consumidor en CMSIBCMSIBMiembro Órgano Rector IMPCIMPC Aytº Palma
@LLUCHJUELICH [email protected]@LLUCHJUELICH [email protected]
• ¿Es responsable quien conduce por placer si atropella a alguien sin querer?
• ¿Es responsable quien tiene una bañera si causa daños por agua a su vecino?
• ¿Es responsable el propietario de un perro si este muerde a un extraño?
• ¿Soy responsable si tengo en mi casa objetos robados por un amigo?
• Si voy por la calle y me encuentro un Ipod ¿puedo quedármelo sin más?
• Mi vecino me deja las llaves en vacaciones ¿puedo dejar pasar a un falso fontanero?
¿Es el podcaster, blogger o internauta responsable responsable de lo que publica?
Juzgado de Primera Instancia nº 42 de Madrid en sentencia 00153/2009 de 23 de septiembre
AUSBANC VS RANKIA
¿Es el podcaster, blogger o internauta responsable responsable de lo que publica?
“en el mundo de internet cada uno es responsable de sus cada uno es responsable de sus propios actospropios actos: el autor de la expresión injuriosa seguirá siendo responsable de su ataque ilícito; lo mismo quien publique quien publique noticias difamatorias o que, siendo veraces, no noticias difamatorias o que, siendo veraces, no tengan ningún interés público o cualquier otro tengan ningún interés público o cualquier otro elemento que afecte al honor o al ámbito de la elemento que afecte al honor o al ámbito de la privacidad de las personas sin una justificación privacidad de las personas sin una justificación adecuadaadecuada(pensemos en el novio despechado que cuelga fotos de su ex-pareja para vengarse de que le haya dejado). Los Los prestadores de servicios sólo serán responsables prestadores de servicios sólo serán responsables cuando no informen a los usuarios y/o posibles cuando no informen a los usuarios y/o posibles afectados por ataques a sus derechos de cómo afectados por ataques a sus derechos de cómo comunicarse con ellos, cuando no eliminen datos de comunicarse con ellos, cuando no eliminen datos de los que tengan conocimiento fechaciente -en la forma los que tengan conocimiento fechaciente -en la forma expresada- de que son ilícitos o cuando no colaboren expresada- de que son ilícitos o cuando no colaboren con la justicia para identificar a los autores de esos con la justicia para identificar a los autores de esos ataques.”ataques.”
¿Es el podcaster o blogger responsable de lo que publica?
Audiencia Provincial de Lugo, Secció n 1ª Sentencia 538/2009 de 9 de julio
L.R.V. VS mindoniense.com
¿Es el podcaster, blogger o internauta responsable responsable de lo que publica?
«La actividad de administración de la página web “mindoniense.com” permite definir a los permite definir a los demandados, con la finalidad de determinar el demandados, con la finalidad de determinar el régimen de responsabilidad civil al que deban régimen de responsabilidad civil al que deban quedar sujetosquedar sujetos, , como “prestadores de servicios de la sociedad de la información”, sin que se les pueda imputar responsabilidad alguna por las expresiones vertidas en los días 27 y 28 de febrero de 2.007 por los usuario “Ana” e “Iván”, dado que ni se ha acreditado ni se ha acreditado que hubieran tenido conocimiento efectivo de que que hubieran tenido conocimiento efectivo de que estos comentarios fueran atentatorios al honor del estos comentarios fueran atentatorios al honor del Sr. R.V. Sr. R.V. ni que, en días previos al 30 de abril de 2.007, y tras haberse puesto en contacto la Unidad y tras haberse puesto en contacto la Unidad Orgánica de la Policía Judicial con el Sr. C., no los Orgánica de la Policía Judicial con el Sr. C., no los hubieran retirado una vez tomaron conocimiento hubieran retirado una vez tomaron conocimiento del alcance de aquellas afirmaciones.»del alcance de aquellas afirmaciones.»
¿Es el podcaster o blogger responsable de lo que publica?
«no puede aplicarse no puede aplicarse analógicamente al caso que nos ocupa el régimen jurídico de la prensa escritael régimen jurídico de la prensa escrita (incluso ello antes de la transposición al Derecho interno de la Directiva había sido ampliamente criticado por la Doctrina), pues son situaciones diferentes un editor un editor tiene facultades de control y supervisióntiene facultades de control y supervisión, mientras que como se examinará en el foro es imposible si son es imposible si son contenidos ajenoscontenidos ajenos, siendo evidente el riesgo de lesiones de otros bienes jurídicos —como el del demandante- pero por imperativo legal, no responderá no responderá el servidor o almacenador, como regla general, el servidor o almacenador, como regla general, salvo cuando realice un acto positivo, más allá de salvo cuando realice un acto positivo, más allá de la simple facilitación de un servicio, mediante la la simple facilitación de un servicio, mediante la creación de contenidos propios o seleccionando creación de contenidos propios o seleccionando ajenos, o cuando tenga conocimiento efectivo de ajenos, o cuando tenga conocimiento efectivo de que la información almacenada es ilícita, y que la información almacenada es ilícita, y finalmente no actúe con diligencias para retirar finalmente no actúe con diligencias para retirar tales datos.»tales datos.»
¿Es el podcaster o blogger responsable de lo que publica?
• Artículos 16 y 17 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI)
• Artículos 1902 y 1903 del Código Civil• Art. 18 de la Constitución (Honor)• Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho
al Honor, a la intimidad personal y familiar a la propia imagen.
• Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2.000 —Directiva sobre el Comercio Electrónico
• Otras Leyes (LOPD, Propiedad Intelectual, etc)
• GLOBALIZACIÓNGLOBALIZACIÓN ► ¿Hasta dónde ¿Hasta dónde llegamosllegamos??
¿En base a qué?
¡Gracias por vuestra atención!
JPod10 BCN - Carlos Lluch - LLUCH & JUELICH BRÓKERS