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Page 1:  · Comprobar que los concursos públicos sumarios contaron con la requisición de las unidades solicitantes, y que la necesidad de la adquisición de bienes y servicios se justificó

o o 8 1 7 8

PODER JUDICIAL DE lA FEDERACIÓN l.PA'.!MA ,..Ofr"� O[ hJ$11( IA [)f. LA �A Q.;

\AC,USE\ CONTRALORÍA

OFICIO No. CSCJN/84/2017

Ciudad de México, a 25 de mayo de 2017

LICENCIADO CA�OS,EE.RNANDO MA.J]JTE GONZÁLEZ DIRECTOR GENE((!j;;���,�� �QR$.9$ ·!Yf� TERIALES P R E S E N T E r'L;;.:'-�L t·>><<:.: "·�·c. j: ·.·: t' <' :· ,. - :

INFORME DE AUDITORIA

En cumplimiento del Programa Anual de Control y Auditoría 2017 aprobado por el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se emitió, mediante el oficio núm. CSCJN/14/2017 del 9 de enero de 2017, la orden para practicar la auditoría "Procesos de Concursos Públicos Sumarios", a cargo de la Dirección General de Recursos Materiales (DGRM), por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Con fundamento en el punto 11.3 "Conclusión", apartado "Informe de auditoría", numeral 2 "Informe Analítico", último párrafo, de la Guía General de Auditoría!', se presenta el informe núm. DAIB/2017/05.

I •· OBJETIVOComprobar que los concursos públicos sumarios realizados cumplieron con la normativa aplicable.

Objetivos específicos l. Verificar que los concursos públicos sumarios se clasificaron dentro de los niveles de

autorización establecidos en la normativa. 11. Comprobar que los concursos públicos sumarios contaron con la requisición de las

unidades solicitantes, y que la necesidad de la adquisición de bienes y servicios se justificó por parte de las áreas.

111. Verificar el establecimiento del precio estimado de los bienes y servicios que motivaron la realización de los concursos públicos sumarios.

IV. Comprobar que los concursos públicos sumarios se realizaron conforme a las etapasestablecidas en la normativa.

V. Verificar que la suscripción de los contratos derivados de los concursos públicos sumarios se ajustaron a las condiciones establecidas en la normativa, y que se entregaron las garantías de cumplimiento correspondientes.

VI. Comprobar que la entrega de los bienes y servicios derivados de los concursospúblicos sumarios se efectuó conforme a los términos establecidos en las bases y en los contratos suscritos; y verificar el uso y destino de los bienes adquiridos mediante ese proceso.

11 "El informe presentado por la Dirección General de Auditoría será autorizado por el Contralor, quien lo enviará al superior jerárquico del órgano auditado, al titular de dicho órga o y a las instancias que en cada caso se requiera."

1

Page 2:  · Comprobar que los concursos públicos sumarios contaron con la requisición de las unidades solicitantes, y que la necesidad de la adquisición de bienes y servicios se justificó

VII. Comprobar que, en caso de atraso o incumplimiento por parte de los proveedores oprestadores de servicios adjudicados en los concursos públicos sumarios, seaplicaron las sanciones previstas en la normativa.

VIII. Verificar que el proceso de pago de los bienes y servicios adquiridos y contratados enlos concursos públicos sumarios cumplió con los requisitos establecidos en lanormativa.

¡ 11. ALCANCE

Comprendió la revisión de la documentación generada por la unidad solicitante para justificar la necesidad del bien o servicio; las etapas del concurso (elaboración y publicación de la invitación; entrega de bases; visita al sitio y/o junta de aclaraciones; recepción de propuestas técnicas y económicas; entrega de la documentación legal; elaboración y presentación de los dictámenes resolutivos; fallo del concurso, y su notificación); la elaboración y formalización del contrato; la entrega de las garantías de cumplimiento; la recepción de los bienes o servicios por parte de la unidad solicitante; la verificación sobre el uso y destino de los bienes adquiridos; la imposición de las sanciones, en los casos de incumplimientos contractuales, y el pago de los bienes y servicios recibidos.

En 2016, de acuerdo con la información proporcionada por la DGRM, se realizaron 153 concursos públicos sumarios, de los cuales 112 fueron para la contratación de servicios; 25 para la adquisición de bienes informáticos, y 16 para la compra de bienes de consumo, mobiiiario y equipo.

Para efectos de la revisión se seleccionaron 12 concursos públicos sumarios, lo que represento el 7.8% del total realizados en 2016, los cuales se muestran a continuación:

Concurso +

CPSM/DGRM-DABl/011 /2016 CPSl/DGRM-DABl/026/2016

CPSM/DGRM-DABl/036/2016

CPSl/DGRM-DABl/03712016

CPSl/DGRM-DABC/006/2016 CPSM/DGRM-DABC/010/2016 CPSl/DGRM-DABC/011/2016 CPSM/DGRM-DABC/013/2016

MUESTRA DE AUDITORÍA Bien o servicio

Compra de equipo y accesorios fotográficos (equipo y accesorios fotográficos). Contratación de póliza de mantenimiento preventivo y correctivo para equipos de rayos X, y arcos detectores de metales, entre otros, en inmuebles de la Ciudad de México y Toluca, Estado de México (mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores). Compra de dispositivos para monitoreo de equipos de energía ininterrumpida marca Mitsubishi (monitoreo de equipos de energía ininterrumpida). Adquisición de sistema central de visualización y monitoreo de alertas (sistema de visualización y monitoreo de alertas). Fabricación y colocación de mobiliario de madera sobre diseño (mobiliario de madera). Adquisición de extintores de gas limpio FE-36 (extintores de gas). Compra de diverso equipo e instrumental médico (equipo e instrumental médico). Adquisición de máquina emplayadora (máquina emplayadora).

CPSM/DGRM-DABC/014/2016 Adquisición de isla refrigerada para preparación de alimentos (isla para preparación de alimentos .

CPSl/DGRM/DS-030/2016 Arrendamiento de mobiliario para el VIII Encuentro Universitario con el Poder Judicial de la Federación (arrendamiento de mobiliario).

CPSl/DGRM/DS-073/2016 Recarga y mantenimiento de extintores (mantenimiento de extintores). CPSl/DGRM/DS-085/2016 Intervención de documentos mediante aplanado/alisado (intervención de documentos). FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero

de 2017.

La selección de la muestra se efectuó de manera aleatoria, se procuró que fuera equitativa por objeto del proceso adjudicatario (bienes y servicios).

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j 111. OBSERVACIONES

l. Verificar que los concursos públicos sumarios se clasificaron dentro de losniveles de autorización establecidos en la normativa.

Resultado núm. 1. Sin observaciones.

Clasificación y autorización del procedimiento.

Acuerdo General de Administración Vl/2008, del 25 de septiembre de 2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. (AGA Vl/2008). Articulo 3 7 Costo para efectos de la clasificación E l costo que s e tomará e n cuenta para hacer la

clasificación será el estimado que corresponda a la totalidad de las obras. usos serv1c1os y bienes requeridos sin mcluir el impuesto al valor agregado.

Artículo 39 Clasificación de las contrataciones Las contrataciones se clasifican atendiendo a su costo estimado conforme a su con versión al valor de UDIS en-

Fracción fil Contratación infenor. Es aquella que su costo estimado es mayor a 75 000 UDIS pero no excede de 290,000 UDIS y cuya autorización corresponde al Director General de Adqwsiciones y Servicios

Fracción I V Contratación menor. Es aquella que su costo estimado n o excede la cantidad de 7 5 000 UDIS y cuya autorización corresponde a los distintos directores de área de A dqwsic1ones y Servicios

Artículo 42 Niveles de autonzación. Salvo las especiales, las contrataciones reguladas mediante este

Artículo 43

Fracción fil

Artículo 8 1 Fracción VII

Acuerdo General serán autorizadas por los órganos competentes atendiendo a su clasificación a su monto probable y a los dictámenes que resulten necesanos conforme a la sigwente tabla

NIVELES DE AUTORIZACIÓN Clasificación Tipo de contratación UDIS lnfenor Concurso Público Sumano Hasta 290,000 Menor Concurso Público Sumario Hasta 75.000

Tipos de proced1m1entos Los proced1m1entos de contratación a seguir para la adqwsic1ón de bienes. usos, serv1c1os, e1ecuc1ón de obra pública y serv1c1os relacionados con la misma. serán el de /1c1tación pública o el concurso por m vitac1ón pública en los que_ se adjudicará mediante convocatona pública para que libremente se presenten propos1c1ones solventes en sobre cerrado que será abierto públicamente a excepción de que estos procedimientos no sean los idóneos por cuestiones de precio_ calidad, financiamiento oportunidad y demás circunstancias pertmentes, caso en el cual se acudirá al concurso por mvitac1ón restringida al concurso público sumano o a la ad1udicac1ón directa Concurso público sumano cuando la contratación esté clasificada por su monto como mfenor o menor; y Etapas del concurso El concurso por invitación se desarrollará conforme a lo siguiente Notificación del fallo Al declarar desierto el concurso por m vitac1ón. el Secretano de Serv1c1os. a su 1wc10. podrá expedir una diversa convocatona para un concurso por mvitac1ón pOblica o restnngida o una con vocatona/bases para un concurso público sumano S1 cualqwera de éstos también se declara desierto se podrá acudir a la ad1udicac1ón directa

De acuerdo con la información incluida en los expedientes de los 12 concursos públicos sumarios revisados, 6 fueron adjudicados totalmente; 3 se adjudicaron parcialmente y 3 se declararon desiertos. Los concursos se muestran a continuación:

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Consec.

CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS REVISADOS POR RESULTADO DE ADJUDICACIÓN

Procedimiento Bien o servicio Resultado

• CPSl/DGRM-DABl/026/2016 Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores. Adjudicado Totalmente

2 CPSl/DGRM-DABl/037/2016 Sistema de visualización y monitoreo de alertas. Adjudicado Totalmente 3 CPSM/DGRM-DABC/013/2016 Máquina emplayadora. Adjudicado Totalmente 4 CPSllDGRM/DS-030/2016 Arrendamiento de mobiliario. Adjudicado Totalmente 5 CPSllDGRM/DS-073/2016 Mantenimiento de extintores. Adjudicado Totalmente 6 CPSl/DGRM/DS-085/2016 Intervención de documentos. Adjudicado Totalmente 7 CPSM/DGRM-DABl/01112016 Equipo y accesorios fotográficos. Adjudicado Parcialmente 8 CPSllDGRM-DABC/006/2016 Mobiliario de madera. Adjudicado Parcialmente 9 CPSl/DGRM-DABC/011/2016 Equipo e instrumental médico. Adjudicado Parcialmente

10 CPSM/DGRM-DABl/036/2016 Monitoreo de equipos de energía ininterrumpida. Desierto 11 CPSM/DGRM-DABC/010/2016 Extintores de gas. Desierto 12 CPSM/DGRM-DABC/014/2016 Isla para preparación de alimentos. Desierto

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero de 2017.

Como se observa, de los 12 (100%) concursos públicos sumarios revisados, 6 (50%) fueron adjudicados en su totalidad; 3 (25%) se adjudicaron parcialmente, lo que significa que existieron partidas declaradas desiertas y, 3 (25%) se declararon desiertos.

Se constató que 11 de los 12 concursos públicos sumarios revisados se originaron en ese procedimiento adjudicatario. En cuanto al concurso restante (CPSl/DGRM/DS-085/2016, intervención de documentos), se identificó que tuvo como origen un concurso por invitación pública declarado desierto, por lo que en términos del artículo 81, fracción VII, párrafo cuarto, del AGA Vl/2008, la DGRM procedió a realizar el concurso público sumario.

Se comprobó que ninguno de los 11 concursos públicos sumarios, que tuvieron como origen ese mismo proceso adjudicatario, rebasaron las 290,000 UDISY en el caso de losinferiores, y 75,000 UDIS en los menores. Asimismo, se comprobó que su autorización correspondió a los servidores públicos facultados para ello, como se muestra a continuación:

Concurso

CPSl/DGRM/DS-030/201 6 CPSl/DGRM-DABC/006/2016 CPSl/DGRM/DS-073/2016 CPSl/DGRM-DABl/026/201 6

CPSl/DGRM-DABl/0371201 6

CPSl/DGRM-DABC/01 1 /201 6 CPSM/DGRM-DABl/0 1 1 /2016 CPSM/DGRM-DABl/036/20 1 6

CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS C O N CLASIFICACIÓN INFERIOR Y MENOR

Bienes adquiridos o servicios contratados

Arrendamiento de mobiliario. Mobiliario de madera. Mantenimiento de extintores. Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores. Sistema de visualización y monitoreo de alertas. Equipo e instrumental médico. Equipo y accesorios fotográficos. Monitoreo de equipos de energía

Claslficación

Inferior Inferior Inferior Inferior

Inferior

Inferior Menor Menor

Autorización

Director General Director General Director General Director General

Director General

Director General Director de Área Director de Área

Monto tope por claslficación

Inferior Menor 290,000 75,000 $1 ,561 ,650 $1 ,561 ,650 $1 ,561 ,650 $1 ,561 ,650

$1 ,561 ,650

$ 1 , 561 ,650 $403,875 $403,875

CPSM/DGRM-DABC/0 1 3/20 1 6 Máquina emplayadora. Menor Director de Área $403,875 ininterrumpida.

CPSM/DGRM-DABC/0 1 0/20 1 6 Extintores de gas. Menor Director de Área $403,875 CPSM/DGRM-DABC/0 14/2016 Isla para preparación de alimentos. Menor Director de Area $403,875

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero de 201 7 .

Monto estimado del proceso

(SinlVA)

• $ 1 , 402,000.00 $1 ,280,200.00 $ 1 , 249,697.03

$834,821 .00

$679,405.00

$625,891 . 34 $333,743.97 $302,400.00

$275,700.00 $21 0,000.00 $1 97,429.00

De lo anterior, se concluye que los 11 concursos públicos sumarios se clasificaron y autorizaron conforme a lo establecido en los artículos 37; 39, fracciones 111 y IV; 42; 43, fracción 111, 81, fracción VII, párrafo cuarto y 82, fracción VIII, párrafo cuarto, del AGA Vl/2008.

� El valor de la UDI para el primer día hábil del ejercicio fiscal de 2016 fue de $5.385 pesos, importe publicado por el Banco de Méxicoen el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 2015, de conformidad con el artículo 42 del AGA Vl/2008.

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11. Comprobar que los concursos públicos sumarios contaron con la requisición delas unidades solicitantes, y que la necesidad de la adquisición de bienes yservicios se justificó por parte de las áreas.

Resultado núm. 2. Sin observaciones.

Solicitud de adquisición y contratación, e integración de requerimientos en el Programa Anual de Necesidades.

AGA V/12008. Articulo 12 Atribuciones de adqwsicwnes y serv1c1os. Adqws1c1ones y Servicios por conducto de su tttutar e,

del Director de Área que corresponda conforme a la regulación apltcab/e debe e;ercer laE­s1guientes atribuciones

Fraccrón IX Recibir las reqwsiciones para la Adqwsición de Bienes y Serv1c1os por of1c10 o por medio de SIA que le formulen las Unidades Solicitantes. para su trámite conforme a los procedimientos señalados en este Acuerdo General

Artículo 23 Programas Anuales Los Programas de Adqws1c1ones. Arrendamientos y Prestac1on de Servicios. así como el de Obras serán elaborados con Ja mfqrmactón que proporcionen las Unidades Responsables y Unidades Técnicas Dichos programas servirán de apoyo para la mtegrac1ón del anteproyecto de presupuesto de la Suprema Corte

Artículo 24 Contenido de /os Programas Anuales. Los Programas de Adqws1c1ones Arrendamientos y Prestación de Servrcios. ast como el de Obras que cubran las necesidades de la SuprefY/a Corte serán elaborados por A dquisiciones y Serv1ct0s u Obras y Mante111m1ento según corresponda con la información que les proporcionen las Unidades Responsables y Untdades Técntcas 1a cual será la misma que remitan a Presupuesto y Contabilidad para Ja elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Suprema Corte

Artículo 28 Contratac10nes no programadas Las áreas s6/ic1tantes requenrán a las Áreas de Adqws1c1ones o de Obras y Mantenimiento según corresponda. cualqwer contrataCJón que no este programada. por lo que previa venficación de la d1spontb1/1dad presupuesta/ considerando su naturaleza de bienes restrmgtdos o no. previa autonzac1ón del Órgano de la Suprema Corte competente para ello se 1ntc1ará el respectivo procedimiento de contratación

Artículo 29 Adecuaciones a los Programas Anuales Los Programas Anuales podrán modificarse cuando existan adecuaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación mgresos excedentes del presupuesto autonzado o cuando por necesidades del servicio se tengan que solucionar s1tuac1ones emergentes o no previstas siempre que perm¡fan un me¡or cumplimiento de los ob¡et1vos de los Programas Anuales mediante el mecanismo que para ello establezca el Com1té y se cumpla con lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendana y demás dispos1c1ones que resulten aplicables

Artículo 3 1 Solicitud d e contratación Para efectuar cualqwer contratación para la adqws1c1ón d e bienes prestación de servicios y usos así como para Ja ejecución de la obra públ!ca será necesario que las unidades solicitantes requieran documentalmente o mediante el SIA los bienes usos y servicios a Adquisiciones y Servicios la obra públ!ca a Obras y Mantenimiento· y los bienes y servicios informáticos a Informática

Artículo 36 Requisitos de procedimiento A dqws1ciones y Servicios u Obras y Mantentm1ento. segun corresponda deberán verificar antes de iniciar cualqwer proced1m1ento de contratacion que·

Fracción I El área solicitante haya señalado con prec1s1ón las especificaciones técntcas de /os bienes usos y/o serv1c1os a contratar así como cualqwer otra característica

Fracción 11 Se ha proporcionado la ¡ust1ficación respecto de los requerimientos cuando así sea necesarioFracción 111 Los requerimientos estén previstos en el Programa Anual original o modificado o. en su caso.

pa, -a el e¡ercicio sigwente en el caso de las fracciones 11 y I del artículo ar enor Acuerdo General de Administración 112012 del catorce de junio de dos mil doce del Comité de Gobierno y Administración por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (AGA 112012). Artícuio 1 8 Los requenm1entos de todas las Untdades Responsables en materia de recursos ,., ,na ns

tecnolog1as de la informac1on y comu111cac1ones matena/es servicios y de obra publica ¡ servicios relacionados con la misma serán dictaminados por las Unidades Responsables Integradoras competentes a efecto de verificar su congruencia con el Programa Anual de Trabajo y su p -ocedencia adm111istrat1va tomando en consideración los parámetros y estándares apl•ca le en el marco de las med•das de racionalidad y disciplina presupuesta! vigentes

5

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Una vez que los requerimientos sean dictaminados sobre su procedencia se incorporarán a los Programas Anuales. de Necesidades que formularán las Unidades Responsables Integradoras los cuales una vez costeados. serán la base para la elaboración del Proyecto de Presupuesto

Artículo 80 Las Unidades Responsables que requieran adqwrir o arrendar algún bien o contratar un servicio u obra pública no previstos en su Programa Anual de Necesidades salvo los de carácter restringido y de serv1c1os personales procederán conforme a lo s1gwente

Fracción I Obtendrán el dictamen de procedencia admm1strat1va por parte de la Umdad Resoonsable Integradora correspondiente o de la Dirección General de Casas, segLin corresponda previa ¡ustificación y en su caso. modificación del Programa Anual de Traba¡o en cuanto a sus metas. y

Fracción 11 Gestionarán ante Presupuesto y Contabil!dad la adecuación presupuestana compensada. mencionando la reducción a su presupuesto y la ampl!ac1ón que corresponda así como la clave descnxión de la o las partidas presupuestanas y el calendano presupuesta! COf!1pensado

Con la finalidad de conocer si las solicitudes presentadas por las unidades solicitantes a la DGRM contenían los requisitos establecidos en la normativa, en los términos del artículo 12 fracción IX y 31 del AGA Vl/2008, para el inicio de los procedimientos de contratación por concurso público sumario, se revisaron los expedientes de los 12 procedimientos determinados como muestra, y se constató la existencia de 3 solicitudes emitidas por la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI); 3, por la Dirección General de Seguridad (DGS); 2, por el Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes (CDAACL); 1, por la Dirección General de Infraestructura Física (DGIF); 1, por la Dirección General de Servicios Médicos (DGSM); 1, por la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social (DGVS), y 1, por la Dirección de Comedores (OC), como se muestra a continuación:

SOLICITUDES DE BIENES Y SERVICIOS EFECTUADAS EN 2016

Solicltud Fecha Unidad emisora

+ Concurso

DGTl/CN868/2016 07/04/2016 DGTI CPSM/DGRM-DABl/011/2016

DGTl/DIS-2889-2016 15/11/2016 DGTI CPSM/DGRM-DABl/036/2016

DGTl/CA-2810/2016 09/11/2016 DGTI CPSl/DGRM-DABl/03712016

DGS/DPC/06712016 17/03/2016 DGS CPSM/DGRM-DABC/010/2016

DGS/483/2016 07/09/2016 DGS CPSl/DGRM-DABl/026/2016

DGS/DPC/110/2016 16/08/2016 DGS CPSl/DGRM/DS-073/2016 CDAACUADM-5083-2016 15/07/2016 CDAACL CPSM/DGRM-DABC/013/2016

CDAACUADM-646-2016 26/01/2016 CDAACL CPSl/DGRM/DS-085/2016 DGIF/932/2016* 11/04/2016 DGIF CPSl/DGRM-DABC/006/2016 DGSM/392/05/2016* 17/05/2016 DGSM CPSl/DGRM-DABC/011 /2016 DGCVS/CA-0142-2016* 25/02/2016 DGCVS CPSllDGRM/DS-030/2016 PA-DGRM-DABC-AIF-16014/2016 05/09/2016 oc CPSM/DGRM-DABC/014/2016

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero de 2017.

* Fueron más de dos oficios de solicitud.

Con la revisión de las solicitudes, se comprobó que las unidades solicitantes señalaron las especificaciones técnicas de los bienes y servicios a contratar; así como la justificación correspondiente de los requerimientos, en términos del artículo 36, fracciones 1 y 11 del AGA Vl/2008.

Se constató que los bienes y servicios que motivaron la realización de 1 O de los 12 concursos públicos sumarios se incluyeron en el Programa Anual de Necesidades de 2016, por lo que se cumplió con lo establecido en los artículos 23, 24, y 36, fracción 111, del AGA Vl/2008.

Respecto de los bienes de 2 concursos públicos sumarios CPSM/DGRM-DABC/010/2016, extintores de gas, y CPSl/DGRM-DABC/011/2016, equipo e instrumental médico, que no se incluyeron originalmente en el Programa Anual de Trabajo de 2016, se verificó que las unidades responsables solicitantes efectuaron las modificaciones correspondientes, y gestionaron ante la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad (DGPC) las *\ffed$*1Jc��'f 6

Page 7:  · Comprobar que los concursos públicos sumarios contaron con la requisición de las unidades solicitantes, y que la necesidad de la adquisición de bienes y servicios se justificó

adecuaciones presupuestarias respectivas, en cumplimiento de los artículos 18 y 80 fracciones 1 y 11, del AGA 1/2012, y 28 y 29 del AGA Vl/2008.

111. Verificar el establecimiento del precio estimado de los bienes y servicios que motivaron la realización de los concursos públicos sumarios.

Resultado núm. 3. Con observación solventada.

Elaboración de los estudios de mercado para la determinación del precio estimado.

AGA Vl/2008. A rtículo 55 Estudios y traba1os preliminares. En la elaboración de los documentos rectores Adquisiciones y

Serv1c1os u Obras y Mante111miento según corresponda. deberá· Fracción 111. Realizar una mvest1gac1ón de mercado, sin solicitar cotización 111 entablar comunicación formal

pero sí documentando los precios estimados del bien servicio u obra pública requerida de los proveedores prestadores de servicio y contratistas existentes en el mercado nacional o mtemacional que puedan participar y atender las necesidades de la Suprema Corte y generando Ja memoria respectiva

Para verificar la manera en la que se documentó el precio estimado de los bienes y/o servicios solicitados por las áreas requirentes se revisaron los expedientes de los 12 concursos públicos sumarios determinados como muestra.

Se constató que en 7 casos la DGRM efectuó las investigaciones de mercado correspondientes, mediante las cuales obtuvo los precios estimados de los bienes y servicios, mismos que se utilizaron para el inicio de los procedimientos respectivos.

En otros 3 casos se identificó que se encontraba una hoja con los precios estimados de los bienes y servicios de diversos proveedores y prestadores de servicios; sin embargo, no se encontraba en el expediente el soporte documental correspondiente. Los procedimientos se muestran a continuación:

CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS SIN SOPORTE DOCUMENTAL DE LAS INVESTIGACIONES DE MERCADO PARA DETERMINAR LOS PRECIOS ESTIMADOS

Consec. Concurso Concepto Área requiriente •

CPSl/DGRM-DABl/026/2016 Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores. DGS 2 CPSM/DGRM-DABl/036/2016 Monitoreo de equipos de energía ininterrumpida. DGS 3 CPSM/DGRM-DABC/014/2016 Isla para preparación de alimentos. OC

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero de 2017.

En cuanto a los concursos señalados en el cuadro anterior, al no contar con la documentación soporte de los precios estimados, la DGRM incumplió con lo establecido en el artículo 55, fracción 111, del AGA Vl/2008.

El concurso núm. CPSl/DGRM/DS-085/2016, intervención de documentos, proviene de una invitación restringida, por lo que la investigación de mercado en la que se determinó el precio estimado del servicio se encuentra en el expediente de referencia, mismo que no formó parte de la presente revisión.

En cuanto al concurso restante (CPSl/DGRM/DS-030/2016, arrendamiento de mobiliario), se constató que la DGRM determinó el precio estimado del servicio utilizando el monto de la adjudicación anterior; sobre este particular es importante señalar que el AGA Vl/2008, documento regulador de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios en este Alto Tribunal, no prevé que los precios estimados para los procedimientos adjudicatarios puedan obtenerse sin llevar a cabo una investigación de mercado.

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La observación se solventa, ya que dicha situación fue señalada en los informes núms. DAIB/2016/03, "Procedimientos de Concursos por Invitación"; DAIB/2016/04, "Procesos de Licitación Pública Nacional"; DAI B/2016/21, "Procesos de Concursos Públicos Sumarios" y DAIB/2016/29, "Procesos de Adjudicaciones Directas", y de acuerdo con la respuesta emitida por la DGRM, los "Lineamientos para la Investigación de Mercados" se encuentran en proceso de revisión.

IV Comprobar que los concursos públicos sumarios se realizaron conforme a las etapas establecidas en la normativa.

Resultado núm. 4. Con observación solventada.

Convocatoria/bases e invitaciones de los concursos.

AGA V/12008. Artículo 82 Monto y procedimiento para las contrataciones mediante este tipo de concurso. Aquellas

contrataciones clasificadas como inferiores o menores podrán ser adjudicadas conforme a los niveles de autorización previstos en el artículo 42 del presente Acuerdo General, mediante el procedimiento denominado concurso público sumario, teniendo las siguientes particularidades:

Fracción I Adquisiciones y Servicios u Obras y Mantenimiento, por conducto de su titular o del director de área que corresponda, solicitarán cotización mediante escrito dirigido a cuando menos tres proveedores, prestadores de servicios o contratistas que se encuentren inscritos en el Catálogo Referencial de Proveedores o en el de Contratistas y a los que no estando inscritos se estime que puedan suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar la obra pública. A la solicitud de cotización se agregará la convocatoria/bases del procedimiento, la cual contendrá información que otorgue a los participantes en el procedimiento, igualdad de condiciones y acceso a la información, especialmente por lo que se refiere a las especificaciones técnicas o características particulares; requisitos de tiempo y lugar de entrega; forma y plazos de pago; penas convencionales; anticipos y garantías y, en su caso, proyecto de contrato simplificado. En la convocatoria/bases del procedimiento. tratándose de contrataciones inferiores, se señalará la documentación que deberán proporcionar los participantes, comprendiendo copias simples de su identificación, registro federal de contribuyente y, tratándose de personas jurídicas, la necesaria para acreditar la legal existencia y las facultades de su representante. En las contrataciones menores de servicios también se requerirá la información antes señalada.

Fracción 11 En la misma fecha en que se en víen las solicitudes de cotización a que se refiere el numeral anterior, se publicará en la página de Internet de la Suprema Corte la convocatoria/bases del procedimiento, para lo cual A dquisiciones y Servicios u Obras y Mantenimiento, según corresponda, deberán remitir al área competente el archivo en medio magnético o electrónico que contenga la información, a más tardar el día anterior a aquel en que se pretenda publicar en la página de Internet.

Con la revisión de los 12 expedientes de concursos públicos sumarios determinados como muestra, se constató que en 11 de ellos, la DGRM envió solicitudes de cotización mediante escritos y correos electrónicos a más de tres proveedores y/o prestadores de servicios. Adjunto a dichas solicitudes se agregaron las convocatorias/bases de los procedimientos, y se identificaron en los expedientes los acuses correspondientes.

En cuanto al concurso público sumario núm. CPSM/DGRM-DABl/036/2016, monitoreo de equipos de energía ininterrumpida, no se identificaron en el expediente los acuses de recibo de los oficios o correos electrónicos remitidos a las 7 empresas que fueron invitadas para participar, por lo que no fue posible verificar el cumplimiento del artículo 82, fracción 1, del AGA Vl/2008.

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Se comprobó que los 12 concursos fueron publicados en la página de Internet de este Alto Tribunal, en cumplimiento de lo indicado en el artículo 82, fracción 11, del AGA Vl/2008.

De la revisión de la convocatoria/bases de los concursos, se constató que en todos los casos cumplieron con los requisitos previstos en la normativa, por lo que se refiere a los requisitos de tiempo y lugar de entrega; forma y plazos de pago; penas convencionales; anticipos y garantías.

No obstante lo anterior, no se acreditó en los expedientes, la manera en la que se seleccionaron a los proveedores o prestadores de servicios invitados a concursar. Como consecuencia de lo anterior, se identificó que en los concursos públicos sumarios núms. CPSM/DGRM-DABC/014/2016, isla para la preparación de alimentos, y CPSM/DGRM­DABl/036/2016, monitoreo de equipos de energía ininterrumpida, publicados los días 7 de septiembre y 30 de noviembre de 2016, respectivamente, la DGRM envió las invitaciones y las solicitudes de cotización a diversos proveedores y prestadores de servicios; sin embargo, fueron declarados desiertos, ya que no se recibieron propuestas; situación que se muestra en la tabla siguiente:

CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS EN LOS QUE NO SE RECIBIERON PROPUESTAS POR PARTE DE LOS PROVEEDORES O PRESTADORES DE SERVICIOS INVITADOS

CPSM/DGRM-DABC/0 1 4/201 6

CPSM/DGRM-DABl/036/2016

Descripción

Isla para la preparación de alimentos.

Monitoreo de equipos de energía ininterrumpida.

Proveedor o prestador del servicio

Diprec, S.A. Price Refrigeración Comercial, S.A. Proepta, S.A. de C.V. Cristalería Martínez, S.A. de C.V. Europan, S.A. de C.V. Equipos y Refrigeración Toledo de México, S.A. de C.V. Grupo Comercial Heras, S.A. de C.V. Guillesa Internacional, S.A. de C.V. Refriacero lnox de México, S.A. de C.V. Refrigeración Especializada Comercial Zaragoza, S.A. de C.V. Grupo Alpha Simet, S.A. de C.V. Manufactura y Equipamiento Inoxidable, S.A. de C.V. Equipandose, S.A. de C.V. Ampa de Mexico, S.A. de C.V. Corporación Internacional de Equipos y Cocinas, S.A. de C.V. Grupo Lanware, S.A. de C.V. Equipos y Sistemas de Acondicionamiento Eléctrico, S.A. de C.V. Grupo Comercializadora Xasirim, S.A. de C.V Epsilon Ingeniería y Conectividad, S.A. de C.V. Amyco, S.A. de C.V. Grupo T&C Tele&com, S.A. de C.V. Grupo Bresco, S.A. de C.V.

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/201 7 del 27 de enero de 201 7.

Se desprende que la DGRM carece de mecanismos de control que proporcionen información confiable sobre los proveedores y prestadores de servicios que puedan atender las necesidades de la SCJN.

La observación se solventa, ya que dicha situación fue señalada en el informe núm. DAIB/2016/21, "Procesos de Concursos Públicos Sumarios", y de acuerdo con la respuesta emitida por la DGRM, los "Lineamientos para la Investigación de Mercados" documento mediante el cual se establecerán los mecanismos para seleccionar a los prestadores y servicios que participan en los concursos públicos sumarios se encuentran en proceso de revisión.

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Resultado núm. 5. Sin observaciones.

Junta de aclaraciones.

AGA V/12008. Articulo 81 Etapas del concurso Fracción IV Junta de Aclaraciones La 1unta de aclarac10nes. se efectuará el mismo d1a que la v1s1ta. siempre

que físicamente sea posible en caso contrano. la Junta se realizará el día hábil s1gwente en un lugar previamente determmado. el cual será comumcado a los mteresado:s De la 1unta de aclaraciones se levantará acta c1rcunstanc1ada que será firmada por Jos asistentes a la misma, en Ja cual se harán constar las preguntas formuladas por los part1c1pantes y sus respectivas respuestas mismas que deberán realizarse en forma congruente clara y precisa. Se e(ltregará copia del acta a todos los asistente.<;

Con la revisión de los expedientes de los concursos públicos sumarios determinados como muestra, se constató que en 7 casos se estableció la necesidad de llevar a cabo juntas de aclaraciones; reuniones que se efectuaron en las oficinas de la DGRM durante las fechas y horas señaladas en las bases, como se muestran a continuación:

CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS EN LOS QUE SE LLEVARON VISITAS AL SITIO Y/O JUNTAS DE ACLARACIONES

Concurso •

Descripción Fecha

CPSM/DGRM-DABl/01112016 Compra de equipo y accesorios fotográficos. 06/05/2016 CPSl/DGRM-DABl/026/2016 Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores. 23111/2016 CPSM/DGRM-DABl/036/2016 Monitoreo de equipos de energía ininterrumpida. 05/1212016 CPSllDGRM-DABl/037 /2016 Sistema de visualización y monitoreo de alertas. 02/12/2016 CPSl/DGRM-DABC/006/2016 Mobiliario de madera. 20/05/2016 CPSM/DGRM-DABC/013/2016 Máquina emplayadora. 23/08/2016 CPSl/DGRM/DS-085/2016 Intervención de documentos. 19/10/2016

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/2017 del 27 de enero de 2017.

Se constató que con motivo de las reuniones efectuadas, se firmaron listas de asistencia; se realizó la lectura de los pliegos de preguntas, y se levantaron actas circunstanciadas, en cumplimiento del artículo 81, fracción IV del AGA Vl/2008.

Resultado núm. 6. Sin observaciones.

Presentación de propuestas técnicas y económicas, y entrega de documentación legal de los participantes.

AGA V/12008. Artículo 82 Monto y proced1m1ento para las contrataciones mediante este tipo de concurso Fracción /JI Los participantes en el procedimiento contarán con un plazo máximo de cinco dtas hábiles para

presentar sus propuestas contados a partir del dta en que se les sol1c1te la cot1zac1ón y se publique la convocatoria/bases en Ja págma de Internet de este Alto Tnbuna/ En el caso de que se reqwera realizar v1s1ta al sitio y/o 1unta de aclaractones. el plazo antes refendo se contará a partir del d1a siguiente en que se realice dicho evento. Los participantes podrán presentar sus propuestas directamente en Adqws1ciones y Serv1c1os u Obras y Mantenimiento según corresponda en ongmal. por serv1c10 postal, o en medio electrón1cos en la fecha y horarios seíialados en ta convoratonalbases

Con la revisión de los 12 expedientes de concursos públicos sumarios determinados como muestra, se constató que en 1 O de ellos los participantes presentaron las propuestas técnicas y económicas, y entregaron la documentación legal en las oficinas de la DGRM durante las fechas y horas señaladas en las bases, en cumplimiento del artículo 82, fracción 111 del AGA Vl/2008.

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En los concursos núms. CPSM/DGRM-DABC/014/2016, isla para preparac1on de alimentos, y CPSM/DGRM-DABl/036/2016, monitoreo de equipos de energía ininterrumpida, no se recibieron propuestas lo que motivó que se declararán desiertos.

Resultado núm. 7. Con observaciones.

Emisión de los dictámenes resolutivos y fallos de los concursos.

AGA V/12008. Artículo 12 Atribuciones de adqwsic1ones y servicios. A dqws1c1ones y Serv1c1os por conducto de su tttular

o del Director de Area que corresponda, conforme a la regulación aplicable, debe e¡ercer entre otras. las atribuciones siguientes.

Fracc1on XVI Coordmar los procedimientos de contratac1on de Adqws1c1ón de Bienes y Servicios. mcluyendo los actos de visita al sitio aclaraciones apertura de propuestas y demas que 3e requieran

Fracción XVIII Rec1b1r los dictámenes resolutivos técn1cos venficando que cumplan con los requ1s1tos previstos en la fracción XXV del artículo 2 de este Acuerdo General

Fracción XXII Autonzar en estncto cump/1m1ento a lo previsto en este Acuerdo General las contrataciones que por su monto le correspondan ad¡ud1cando a la propuesta que haya obtenido dictámenes resolutivos favorables y presente la oferta solvente cuyo precio sea el más ba¡o atendiendo a1 entena establecido en la fracción 11 del artículo 73 de este Acuerdo General así como lasprórrogas y demás mc1denc1as relacionadas con aquéllas siempre y cuando la mod1f1cación del monto respecttvo no supere el de las contrataciones que le corresponda aprobar y el plazo prorrogado no supere en un 1 5% al pactado originalmente

A rtículo 48 Restricciones para contratar La Suprema Corte se abstendrá de sol1c1tar mv1tar mscrib1r y reC1btr propuestas o celebrar contratos en la matena con las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos.

Fracción V Respecto de aquellas sobre las cuales la Suprema Corte haya formulado declaración de impedimento para contratar. por actualizarse alguno de los s1gwentes supuestos

Inciso e) Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a ellos no formalicen el contrato adjudicado

Artículo 67 Dictamen resolutivo legal y financiero La documentac1on legal y ftnanc1era presentada por los licitantes estará su;eta a un análisis a fin de acreditar a satisfacción de este Alto Trtburial su situación ;urídica y su solvencia financiera. para lo cual Asuntos Jurídicos v Tesorería elaborarán sendos dictámenes legal y fmanc1ero. con base en lo previsto en los lmeamientos aprobados por el Comité para tal efecto. las cuales deberán entregar al Secretano Técn1co del Comité un plazo de cmco días f1ab1les postenores a la recepción de la documentación correspondiente y se su¡etaran a lo sigwente

Fracción 11 Dictamen resolutivo legal contendrá la determmac1ón de Asuntos Jurídicos sobre el cump/Jmiento de Jos diversos reqwsttos relacionados con la ex1stenc1a legal de la empresa el alcance de las facultades de su representante .y la ex1stenc1a de motivos de restncc1ón para contratar/a para lo cual se deberá venficar

Inciso a) Que el part1c1pante exhtbtó en forma completa y correda la documentación legal sol1c1tada en las bases

l11c1so b) Que para aquellos part1c1pantes que se encuentren mscntos en el Catálogo Referencial de Proveedores Prestadores de Serv1c1os o de Contratistas de la Suprema Corte segun corresponda, su documentación se encuentre actualizada en caso de no estarlo. evaluará la documentación presentada para acreditar su legal ex1stenc1a y las facultades cte los representantes.

A rtículo 72 Valoración formal de los dictámenes resolutivos La elaboración y contenido de los dictámenes resolutivos sera de ta estncta responsabilidad de Asuntos Jurídicos por lo que se refiere al dictamen resolutivo legal 1 de los directores generales y de los directores de área a los que corresponda la em1s1ón de los restantes

Artículo 73 Fallo. Dentro de los diez dtas hábiles sigwentes a la presentación del informe e¡ecut1vo el Comité analizará la congruencia formal de los dictámenes y de cumplir con ésta y existir una ?i$\

M

,�::�;:1entes se adJL1dicwá el contrato en tos sigwenles términos

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Fracción 11 En matena de adquisiciones arrendamientos y servicios el contrato se adjudicara a qwen presente la propuesta solvente cuyo precio sea el más ba¡o

Fracción VI La autorización de adjudicación del procedimiento la otorgará el servidor público que conforme al nivel de autorización corresponda mediante la firma de un punto de acuerdo en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de la recepción de los dictámenes resolutivos que correspondan el cual deberá estar debidamente fundado y motivado respecto del proveedor. prestador de serv1c1os o contratista a ad¡udicar, expomendo las razones por las que su propuesta reúne las me¡ores cond1c1ones, así como que existe la presunción de certeza de que el proveedor prestador de servicios o contratista cumpl1ra dentro del plazo establecido las obltgaciones que asumirá con la firma del instrumento ¡uríd1co correspondiente con base en el historial que tenga. por ser recurrente o por la información que en su caso haya recabado ocuparán tales proposiciones

Artículo 76 Adjudicación a la segunda propuesta Cuando notificada la adjudicación del total de partidas o de alguna partida alguno de los licitantes ganadores no sostuviera su oferta o por cualqwer causa se le rescindiera el contrato el Comité podrá autorizar la adjudicación al licitante que hubiese ofertado la segunda mejor oferta, siempre que la misma cumpla con los requerimientos de la Suprema Corte. y el precio de la oferta no sea superior en un 20% al monto de la oferta ganadora escuchando previamente al titular de Adquisiciones v Servicios u Obras y Mantenimiento y al de la Umdad Técnica que corresponda En caso de que se autorice la adjudicación a la segunda propuesta, la notificación se hará por escnto al licitante que la ofertó

Artículo 82 Monto y procedimiento para las contrataciones mediante este tipo de concurso. Fracción I V El dictamen resolutivo técnico de las propuestas presentadas sólo comprenderá la

congruencia entre las características del bien servicio u obra solicitados y lo ofertado y será elaborado por la Unidad Técmca que corresponda en el plazo de hasta tres días hábiles a partir del momento en el que reciba copia de los documentos anexos a las cot1zac1ones Los dictámenes resolutivos restantes se elaboraran en el mismo plazo.

Fracción V Simultáneamente y en el mismo plazo se efectuará la evaluación de las propuestas económicas mediante la elaboración de una tabla comparativa de precios.

Fracción VIII El fallo del procedimiento se hará del conocimiento de los part1c1pantes a través de comunicado en fa página de Internet de la Suprema Corte, y en el caso del part1c1pante al que le haya favorecido el fallo se le hará saber personalmente mediante oficio de adjud1cac1ón para que en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación formalice el instrumento legal respectivo

Párrafo cuarto Al declarar desierto el concurso público sumario los titulares de la dirección general o de ta d1recc1ón de área que haya in1c1ado el procedimiento respectivo. podrá expedir una diversa convoca tona/bases para un concurso público sumario o bien adjudicar directamente

Artículo 188 Procedimiento para la declaración de impedimento para contratar Las declaratorias de impedimento que emita el Comité de Gobierno en los supuestos de la fracción V del artículo 48 de este Acuerdo General se sujetaran a lo siguiente

Fracción f Si A dquisiciones y Servicios. Obras y Mantenimiento o fa Contrataría tienen conocimiento de que algún proveedor haya incurrido o tengan elementos suficientes para presumir que puedan incumr en alguno de los supuestos contemplados en la fracción V del artículo 48 de este Acuerdo General. deberán dar a viso por escrito a Asuntos Jurídicos de tal situación dentro de los tres días siguientes a que tengan conocimiento remitiéndole al efecto un informe pormenorizado sobre los hechos que constituyan la causal de impedimento acompañado de la documentación y los elementos que así lo ameriten

Con la revisión de los 12 expedientes de concursos públicos sumarios determinados como muestra, se constató que 9 fueron adjudicados y que 3 se declararon desiertos. Estos últimos por las razones siguientes: los concursos núms. CPSM/DGRM-DABC/014/2016, isla para preparación de alimentos, y CPSM/DGRM-DABl/036/2016, monitoreo de equipos de energía ininterrumpida, fueron declarados desiertos debido a que no se recibieron propuestas pQr parte de proveedores o prestadores invitados a participar, y el núm. CPSM/DGRM-DABC/010/2016, extintores de gas, debido a que las dos empresas participantes obtuvieron dictámenes resolutivos técnicos y económicos desfavorables, cuya

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decisión fue sustentada por las áreas competentes de este Alto Tribunal, en cumplimiento del artículo 12, fracciones XVI, XVIII y XXII, y 82, fracciones IV y V del AGA Vl/2008.

En cuanto a los 9 concursos adjudicados, se verificó que los proveedores y prestadores de servicios obtuvieron dictámenes resolutivos técnicos, legales y económicos favorables, como se muestran a continuación:

DICTÁMENES RESOLUTIVOS DE LOS NUEVE CONCURSOS PÚBLICOS ADJUDICADOS Concurso

• Descripción

Proveedor o prestador de servicios

Dlc:tAmenes Resolutivos

Técnico Legal Económico Partidas

adjudicadas Partidas

desiertas

CPSM/DGRM-DABV0 1 1 /20 1 6 Equipo y accesorios fotográficos. Innovación y Estrategia para el Desarrollo S.A. de c.v. n.a. 6, 7 y 1 4

Compuedro, S.A. de C.V. n.a. 1 , 2, 5, 1 º· 3,4,8,9, 1 3 1 1 1 2 1 5 y 1 6

CPSl/DGRM-DABV026/201 6 Mantenimiento d e equipo de rayos X y arcos detectores.

CPSl/DGRM-DABl/037/201 6 Sistema d e visualización y monitoreo de alertas.

CPSl/DGRM-DABC/006/2016 Mobiliario de madera.

CPSl/DGRM-DABC/01 1 /201 6 Equipo e instrumental médico.

Sistemas Técnicos de Información y Avance. S.A. de C.V.

Provetecnia, S.A. de C.V.

Empresa Gráfica Consultora. S.C.

Muebles Pontevedra, S.A. de C.V.

María Guadalupe Rocha Moctezuma

Office & Design, S.A. de C.V. Oftálmica Internacional, S.A. de C.V.

n.a. 1 7

Partida única

Partida única

1 ·. 9' y 1 0· 2, 3, 4, 5, 6,

7 8

5,6 y 7

1 , 3 .. y 4

n.a.

n.a.

n.a.

Proveedora Médica Samperio, S.A. de c.v. Soluciones Integrales Oftalmológicas Triana. S.A. de C.V.

2, 8 y 1 0

!bisa Technologies, S.A. de C.V. CPSM/DGRM-DABC/01 3/2016 Máquina emplayadora. Dynaric de México, S. de R.L. de

C.V. CPSl/DGRM/DS-030/201 6 CPSl/DGRM/DS-073/2016

Arrendamiento de mobiliario. José Daniel Torres Garfias 425566778899 1 0 1 0 1 1 1 1 JCDOM Comercializadora e Importadora de

n.a.

es. Equipos y Sistemas, S.A. de C.V. CPSl/DGRM/DS-085/201 6 Intervención de documentos. Femando Adolfo Osorio Alarcón ;¡ ./

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/201 7 del 27 de enero de 2017. n.a.: No aplica.

1 1

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Partida única n.a.

;¡ Partida única n.a.

Partida única n.a.

Partida única n.a.

• Las partidas 1 , 9 y 1 0 del concurso público sumario núm. CPSl/DGRM-DABC/006/2016, mobiliario de madera, fueron adjudicadas a la empresa Muebles Pontevedra, S.A. de C.V.; sin embargo, no se presentó a suscribir el contrato respectivo.

.. La partida 3 del concurso núm. CPSl/DGRM-DABC/0 1 1 /20 16, equipo e instrumental médico, que se adjudicó a la empresa Proveedora Médica Samperio, S.A. de C.V.; sin embargo, no proporcionó carta del fabricante.

Respecto del concurso público sumario núm. CPSl/DGRM-DABC/006/2016, mobiliario de madera, con la información contenida en el expediente se comprobó que se le adjudicaron a la empresa Muebles Pontevedra, S.A. de C.V., las partidas 1, 9 y 10; sin embargo, dicha empresa no se presentó a formalizar el contrato correspondiente. Derivado de lo anterior, la DGRM, conforme a lo establecido en la normativa, procedió a adjudicar a la segunda mejor oferta, la partida 1, cuya oferta fue de la empresa Office & Design, S.A. de C.V. En cuanto a las partidas 9 y 10, en términos de lo señalado en el artículo 82, fracción VIII, párrafo cuarto, del AGA Vl/2008, la DGRM las declaró desiertas por lo que se encontraba en posibilidades de adjudicar las partidas de manera directa.

En el expediente del concurso citado en el párrafo anterior, no se acreditó que la DGRM realizara las gestiones procedentes ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia (SJP), para que, en términos del artículo 48, fracción V, inciso c), y 188, fracción 1, del AGA Vl/2008, se iniciara el procedimiento de impedimento de contratación a la empresa (Muebles Pontevedra, S.A. de C.V.) que no se presentó a suscribir el contrato respectivo.

En cuanto al concurso núm. CPSl/DGRM-DABC/011 /2016, equipo e instrumental médico, las partidas 1, 3 y 4 fueron adjudicadas a la empresa Proveedora Médica Samperio, S.A. de C.V., mediante el oficio de notificación de fallo núm. DGRM/DABC/5973/2015 del 12 de septiembre de 2016. Con fecha 19 de septiembre de 2016, la DGRM suscribió el contrato simplificado con la empresa adjudicada por las partidas 1 y 4 asignadas en el oficio de fallo. Dent o el exp di nte, se identificó el escrito del 4 de octubre de 2016 emitido por la

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empresa adjudicada, en el cual señaló la imposibilidad de sostener la oferta de la partida 3, debido a que el fabricante, por políticas propias, no se encuentra en posibilidades de venderle el bien. Derivado de lo anterior, la DGRM elaboró el punto de acuerdo núm. PA­DGRM-DABC-16013/2016 del 6 de octubre de 2016, mediante el cual declaró desierta la partida 1, por lo que esa dirección general se encontró en posibilidades de adjudicarla directamente.

Se verificó que en los 9 concursos públicos sumarios revisados se emitieron · los fallos adjudicatarios en los plazos previstos, de conformidad con lo establecido en los artículos 67, fracción 11, incisos a) y b); 72; 73, fracciones 11 y VI, y 76 del AGA Vl/2008.

Con motivo de la presentación de resultados preliminares, la DGRM, mediante el oficio núm. DGRM/3064/2017 del 4 de mayo de 2017, comunicó que los artículos 48 y 188 del AGA Vl/2008, que establecen los supuestos de procedencia del procedimiento de impedimento de contratación, no son de aplicación estricta y el inicio del mismo requiere de una valoración de las condiciones del mercado del bien y servicio a contratar y la gravedad del incumplimiento.

Sobre lo comunicado por la DGRM, esta Contraloría considera que la observación continúa, por las razones siguientes:

Del análisis efectuado al artículo 188 del AGA Vl/2008 (ordenamiento legal que define el procedimiento para la declaración de impedimento para contratar), se determinó que en su fracción 1, se define, de manera imperativa, la mecánica o acciones que deben seguirse o realizase cuando se tiene conocimiento o elementos para presumir que un proveedor incurrió en alguno de los supuestos previstos en la fracción V, del artículo 48 de ese mismo acuerdo (situación que desde la perspectiva de esta Contraloría se configuró, ya que el proveedor Muebles Pontevedra, S.A. de C.V., no se presentó a formalizar el contrato adjudicado), por lo que no es posible interpretar ese mandato como una acción en el que esa dirección general pueda optar o no por ejecutarla, para muestra de ello, se transcribe el artículo 188, fracción 1, a continuación:

13. ••. __ 10 11:58 f1"'"' _ _ . . . 1ient- pa _ � de_.a.u- on de 1mped1mer.to para contru1c1r Las aect.iratonas d';. 1mped1mento que emita el Comité de Gob1ernQ An los supuestos de la fracqj_ón V del articulo 48 de este Acuerdo General, se sujetarán a lo siguiente

Frdcc1ón I Si Adquisiciones y Servicios, Obras y Mantenimiento o la Contra/aria. tienen conocimiento de que algún proveedor haya incurrido o tengan elementos suficientes para presumir que puedan incurrir en alguno de los supuestos contemplados en la fracc1on V del artículo 48 de este Acuerdo General, deberán dar aviso por escrito a Asuntos Jurídicos de tal situación dentto rf§. los tres días s1qwentes a que tengan conoc1m1ento remitiéndole al efecto un mforme pormenonzado sobre los hechos que const1tuy1n la causal de 1mped1mento. ªc_'J'I1J2ailado de la '"'"•'U ........ ,...,..,,.

Asimismo, es importante indicar que de la lectura del artículo antes citado no se desprende que la DGRM deba realizar la valoración de las condiciones del mercado del bien y servicio a contratar, ni la gravedad del incumplimiento por parte del proveedor; por el contrario, señala que al tenerse conocimiento de la situación debe avisarlo a la instancia jurídica de esta institución (SJP), a efecto de que en cumplimiento de la 11 y 111 de ese mismo artículo 188, proceda al análisis de las pruebas, y emita su opinión, debidamente fundada y motivada, a fin de que el Comité de Gobierno y Administración determine lo conducente. Las fracciones citadas se muestran a continuación:

" recibida la información v las p.·uebas pertinentes. Asuntos Jund1cos iniciará la mtegrac1ón y análisis de los elementos remitidos para determinar si se acredita la causal de impedimento imputada, haciendo del conocimiento del contratista o proveedor. por conducto de Adqws1c1ones v Serv1c1os u Obras y fA-ntn'11m1ento. según corresponda, el m1c10 del procedimiento, los termmos del mismo las causas que lo

!!.'Secuencias concediéndose un @zo de cinco d1as hábiles para que manifieste bato protesta

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de dectr verdad por s1 o por medio de su representante legal lo gu& a su df'recho convenga. respecto CJf JQ_ actos que se le imputan y ofrezca las pruebas que considere procedentes �

Fracción /11 Una vez transcumdo el plazo a que se refiere la fracc1on anterior con o sm la manifestación del contrat1s'a ' proveedor imputado Asuntos Jurídicos procederá a elaborar una opinión, debidamente fundada y motivada, dentro de los cinco días habites s1qwentes sobre los hechos contenidos en el informe resperJ!.�e n su caso. los argumentos y pruebas del proveedor y la hará del conocimiento del Comité de Gobierno para que éste resuelva lo conducente.

Causa:

Incumplimiento de la normativa para iniciar el procedimiento de impedimento de contratación a proveedores que incumplieron con las disposiciones establecidas en las bases de los concursos públicos sumarios.

Efecto:

Riesgo de que se continúe invitando a concursos públicos sumarios a proveedores y prestadores de servicios que incumplen con las bases concursales.

Recomendación preventiva:

7 .1 Que la Dirección General de Recursos Materiales, adopte las medidas necesarias para que en los casos en donde los proveedores o prestadores de servicios incumplan con las disposiciones establecidas en las bases de los concursos públicos sumarios, se inicie el procedimiento de impedimento de contratación, a fin de que dichos proveedores no participen en concursos posteriores.

V. Verificar que la suscripción de los contratos derivados de los concursos públicos sumarios se ajustaron a las condiciones establecidas en la normativa, y que se entregaron las garantías de cumplimiento correspondientes.

Resultado núm. 8 Con observaciones.

Contrato y obligaciones contractuales.

AGA V/12008. Art,c11'0 1 0 Facultad para suscribir instrumentos contractuales. Los titulares de Adqws1cJOnes y Serv1c1os y

de Obras y Mante111m1ento, según corresponda están facultados para que en represent<ic1ón de la Suprema Corte suscriban contratos simplificados en el ámbito de sus respectivas competencias mediante los proced1m1entos previstos en este Acuerdo General siempre y cuando el monto de la operación no rebase 290 000 UDIS

Artículo 1 4 1 Formalización Dentro de los qwnce días hábiles siguientes a la fecha de notificac1on de la ad¡ud1cac1ón al proveedor prestador de serv1c1os o contratista que hubiese resultado ganador se deberá formalizar por escnto el contrato ordtnano o s1mpl1f1cado con la op1111ón de Asuntos Jurídicos

Artículo 1 4 2 reqws1tos de los contratos Los contratos y convenios que suscnba la Suprema Corte db conformidad con los procedimientos regulados en este Acuerdo General deberán contener como m1mmo.

Artículo 1 64 Garantías. Los proveedores prestadores de servicios o contratistas deberán const1tu.r IJs garantías a que haya lugar en favor de la Suprema Corte en los térmtnos s1gwentes.

Fracción 11 Garantía de cumpl1m1ento. Para garantizar el curnpl1m1ento de las obl1gac1ones del contrato. as,c...omo los posibles pagos en exceso o de lo indebido que se llegaran a suscitar con motivo de la e1ecuc1ón de aquél, se deberá otorgar póliza de fianza expedida por ITJstituc1ón debidamente autorizada dentro de los diez días hábiles sígwentes a la fecha en que se hubiera firmado el contrato respectivo o convemo correspondiente

Inciso a) Se constitwrá fianza expedida par mst1tuc1on debidamente autorizada hasta por el 1 0% del importe neto de Jos traba1os bienes o servicios contratados

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Tratándose de ad1ud1cac1ones directas mínimas que no excedan la cuant1a de 25 000 UDIS las personas físicas o jurídicas a tas que se les asigne el contrato quedarán exceptuadas de presentar la fianza de cumplimiento para la formalización de aquél Cuando el monto de la contratación a garantizar sea igual o menor de 100 000 UDIS el orqanc competente para mic1ar el procedimiento podrá exceptuar de la presentación de esta f1anzd siempre que se pacte en el contrato que el precio se cubnrá en su totalldad posteriormente a la entrega-recepción de /os bienes de la obra pública de la prestación de serv1c1os o uso" con1�a•ar"s a c:n1ic-fo"ción de la c::;11rT<a Corte

Con la información contenida en los expedientes de los 9 concursos públicos sumarios adjudicados, se comprobó que en todos los casos el titular de la DGRM suscribió contratos simplificados; sin embargo, el monto total de la operación en 2 de esos concursos

·

(CPSl/DGRM/DS-085/2016, intervención de documentos, y CPSl/DGRM/DS-030/2016, arrendamiento de mobiliario) rebasó las 290,000 UDIS ($1,561,650 pesos) establecidas en la normativa, ya que en el primer caso el contrato ascendió a $1,723,110.40 pesos, y en el segundo a $1,624, 197.20 pesos. Lo anterior significa que, en términos de lo dispuesto en el artículo 1 O del AGA Vl/2008, el Director General de Recursos Materiales carecía de facultades para suscribir esos contratos.

Respecto de lo señalado en el párrafo anterior, es importante indicar que dicha situación fue detectada con antelación, específicamente en la auditoría núm. DAIB/2016/04 "Procesos de Licitación Pública para la Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios". Sobre el particular, la DGRM atendió la recomendación incluida en ese informe mediante diversos oficios enviados a sus directores de área, por medio de los cuales les instruyó a que adoptaran como criterio para la elaboración de contratos simplificados y ordinarios el monto total de la contratación, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dichos oficios contienen acuse de recibo por parte de las direcciones de área del 22 de septiembre de 2016. Lo que significa que, en el caso del contrato del concurso núm. CPSl/DGRM/DS-085/2016, intervención de documentos, se reincidió en un asunto previamente solventado, ya que el contrato se suscribió el 3 de diciembre de 2016, es decir, posterior a la instrucción efectuada por el Director General de Recursos Materiales.

Con la revisión de los 9 contratos simplificados, se comprobó que se suscribieron dentro de los 15 días hábiles a la emisión del fallo del concurso, y que en ellos se indicaron, entre otros aspectos, los siguientes: el nombre del proveedor o prestador .de servicios; domicilio fiscal; la fecha; forma de pago; observaciones; fecha de entrega; lugar de entrega; partidas adjudicadas; clave del artículo; cantidad; precio unitario; importe total; área solicitante; tipo de contratación; área responsable de su autorización, y garantías de cumplimiento. Lo anterior en los términos establecidos en los artículos 141 y 142 del AGA Vl/2008.

Respecto del cumplimiento de las obligaciones incluidas en los contratos de los 9 concursos adjudicados, en 4 se presentaron las cartas garantías atendiendo a los montos establecidos en las convocatorias/bases; en otros 4 se presentaron pólizas de fianza, debido a que el monto de los contratos rebasó los importes estimados en la normativa y, en el caso restante, no se aplicó la presentación de garantías, ya que en la convocatoria/bases se indicó que se dejaría sin efectos esa condición cuando no se rebasara el importe de $807,750.00 pesos, situación que sucedió. Los concursos se muestran en la tabla siguiente:

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Concurso

CPSllDGRM-DABl/037/201 6

CPSl/DGRM-DABC/01 1 /2016

CPSM/DGRM-DABC/01 3/20 1 6

CPSM/DGRM-DABl/01 1 12016

CPSl/DGRM/DS-085/2016 CPSl/DGRM/DS-030/2016

CPSl/DGRM/DS-073/201 6

CPSl/DGRM-DABl/026/201 6

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES

Pesos

Descripción Contrato Proveedor o prestador de servicios Monto del Contrato

Sistema de visualización y 451 6003935 Empresa Gráfica Consultora, S.C. monitoreo de alertas.

$71 1 ,892.00

451 6002801 Oftálmica Internacional, S.A. de C.V. $506,293.60 451 6002802 Proveedora Médica Samperio, S.A. de $40,938.72

Equipo e instrumental C.V. médico.

-4-

5-

1 6--o-02,....7

-99-"'"1bi

,....sa"""T�ec"""h

-no"""10

-g""'"ie

-s,"""s""".A

-. d""'"e"""

c--.v""'". ---$,....1..,...7,

-33--6

-.2-,-0

Máquina emplayadora.

451 6002800 Soluciones Integrales Oftalmológicas $9,736.83 Triana, S.A. de C.V.

451 6002756 Dynaric de México, S. de R.l. de C.V. 451600 1 9 1 9 Compuedro, S.A. de C.V.

$304,732.00 $1 06,847.44

$55,399.28 Equipo y accesorios

451600 1 9 1 8 Innovación y Estrategia para el

fotográficos. ____ -.,...oe_sa_rr_o_llo

...._S..,..

.A_._d_e_c._v_. ---,------

Intervención de documentos. Arrendamiento de mobiliario.

Mantenimiento de extintores.

Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores.

4516001 920 Sistemas Técnicos de Información y $1 0,666.20

4516003718 4516001 1 85 451 6003363

4516003816

Avance, S.A. de C.V. Femando Adolfo Osorio Alarcón $1,723,1 10.40 José Daniel Torres Garfias $1 ,624, 1 97.20 Comercializadora e Importadora de $1 ,250,86 1 . 64 Equipos y Sistemas, S.A. de C.V. Provetecnia, S.A. de C.V. $946,420.56

4516001 804 María Guadalupe Rocha Moctezuma $766,308.76

Garantfa de cumpl lento

Carta Garantía

Carta Garantía

Carta Garantía

Carta Garantía

Póliza de fianza Póliza de fianza

Póliza de fianza

Póliza de fianza

CPSl/DGRM-DABC/006/2016 Mobiliario de madera. 4516001803 Muebles Pontevedra, S.A. de C.V. $62,721 .20 n.a. 4516002170 Office & Design, S.A. de C.V. $26,448.00

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/201 7 del 27 de enero de 201 7. n.a.: No aplica.

Con la revisión de las cartas de garantías y de las pólizas de fianza, se constató que fueron recibidas dentro de los 1 O días hábiles siguientes a la fecha en que se firmó el contrato respectivo, por lo que se dio cumplimiento a lo indicado en el artículo 164, fracción 11, inciso a), del AGA Vl/2008.

Con motivo de la presentación de resultados preliminares, la DGRM, mediante el oficio núm. DGRM/3064/2017 del 4 de mayo de 2017, comunicó que la interpretación del grupo auditor es errónea, ya que el AGA Vl/2008 establece la definición de costo estimado, el cual se aborda en diversos artículos de ese instrumento legal, para sustentar su argumento insertó la transcripción de los artículos 12, 16, 37, 39 y 139 de ese instrumento legal, en la respuesta recibida.

Sobre el particular, señaló que con el monto estimado se clasifican los procedimientos de contratación; se determina el procedimiento a seguir; se realizan evaluaciones financieras y económicas; se comparan las propuestas económicas recibidas, y se determina la más baja y se adjudica.

En cuanto al criterio derivado de la recomendación incluida en la revisión núm. DAIB/2016/04 "Procesos de Licitación Pública para la Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios", relativo a que se considere el IVA en la suscripción de los contratos, comunicó que durante el proceso de solventación se demostró que era incorrecto incluir el impuesto en los montos para clasificar los procedimientos, ni para determinar el tipo de contrato que se debe suscribir.

Sobre lo comunicado por la DGRM, esta Contraloría considera que la observación continúa, por las razones siguientes:

Es importante señalar que los artículos 12, 16, 37 y 39 del AGA Vl/2008 se refieren exclusivamente a la etapa de clasificación de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, por lo que se está de acuerdo de que en esa etapa se considere el costo estimado, es decir, sin incluir el IVA correspondiente.

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El posicionamiento de esta Contraloría continúa siendo que la suscripc1on del contrato corresponde a un momento diferente al de la programación, es por ello que, de acuerdo con el artículo 1 O del AGA Vl/2008, debe considerarse el monto total de la operación, término que debe entenderse como la erogación final que realiza este Alto Tribunal.

Aunado a lo anterior, es relevante comentar que durante el desarrollo de la auditoría no se contó con evidencia documental de la comunicación formal emitida por el Director General de Recursos Materiales a los directores de área que tiene suscritos, mediante la cual se dejó sin efecto el criterio instruido para su aplicación desde el 22 de septiembre de 2016.

Causa:

Carencia de mecanismos de supervisión que aseguren al Director General de Recursos Materiales que sus instrucciones son asumidas por el personal a su cargo.

Efecto:

Debilidades en el control interno de la DGRM, lo que propicia la reincidencia en observaciones solventadas con anterioridad.

Recomendación preventiva:

8.1 Que la Dirección General de Recursos Materiales, adopte los mecanismos de supervisión necesarios para asegurar que las instrucciones emitidas por su titular sean atendidas por el personal adscrito a esa dirección general, a fin de fortalecer el control interno y, con base en ello, evitar la reincidencia en observaciones solventadas con anterioridad.

VI Comprobar que la entrega de los bienes y servicios derivados de los concursos públicos sumarios se efectuó conforme a los términos establecidos en las bases y en los contratos suscritos; y verificar el uso y destino de los bienes adquiridos mediante ese proceso.

Resultado núm. 9. Sin observaciones.

Entrega de bienes y servicios adquiridos y contratados.

A GA V/12008. Artículo 1 71 Generalidades El proveedor contratista o prestador de serv1c1os comunicará a la Suprema

Corte en un plazo no menor a cmco días hábiles previos a la fecha real de terminación de los traba¡os la conclusión de éstos. para que por medio de Adqws1ciones y Serv1cios o por Obras y Mantenimiento. en su caso con la concurrencia de la Unidad Técnica y de la Unidad Sol1c1tante correspondientes. se verifique la debida terminación conforme al contrato y se levante en el caso de la obra pública o servicios relacionados con la misma. un acta entrega de recepc1on física de /os mismos. quedando los traba¡os a d1spos1c1ón de este Alto Tnbunal en el caso de adqwsic1ón de bienes o prestación de servicios la entrega deberá realizarse en el plazo pactado en el contrato respectivo considerando las particularidades de los bienes o servicios para su producción.

Artículo 1 72 Recepción En los bienes y serv1c1os. corresponde a Adquisiciones y Serv1c1os. con intervención de /as Unidades Técmcas y So1tc1tantes correspondientes. la recepción de /os bienes que sean adqumdos. arrendados o proporcionados en uso mediante cualqwer instrumento legal. así como la superv1s1ón de la prestación de los servicios contratados mediante /os proced1m1entos establecidos en este A cuerdo General por lo que elaborará la entrada al almacén hoja de entrada de serv1c1os o el acta de recepción correspondiente en /& que se calificará si los bienes y serv1c1os contratados reúnen /os reqwsitos y cond1c1ones 1#/�·:�:;t obseNaciones que estime pertmentes

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Los bienes serán ingresados en el almacén general para su registro documenta/ y electrónico en el S/A No podrá liquidarse la totalidad de los bienes, servicios o usos que se reciban o presten, sin que se haya cumplido previamente con lo indicado en este artículo y se haya determinado la recepcion a conformidad de los bienes o servicios por parte de la Suprema Corte lo cual no libera de su responsabilidad al proveedor. prestador de servicios o contratista por vicios ocultos o irregulandades en el servicio o entrega de bienes en que mcurnera con posterioridad Cuando los bienes a adqwnr o a usar, reqweran ser entregados en las instalaciones de las Áreas Usuarias de la Suprema Corte. ya sea porque se hubiese contratado el serv1C10 de instalación de dichos bienes se evite con ello gastos de transportación y flete ad1c1onales o se reqweran con urgencia por necesidades del serv1c10 se podrá pactar que los bienes sean entregados en lugar distinto al almacén general Adqws1c1ones y Serv1c1os designará a personal a su cargo para que efectúe la recepción de los bienes y registro documental y electrónico en el S/A

Procedimiento para entrada de materiales (PO-RM-AL-01) Objetivo Efectuar la recepciór y registro de los bie ws o 1e entregan los proveedores de acuerdo a las

especificaciones indicadas en el contrato para llevar el control de los bienes recibidos que pasan a formar parte del patnmonio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación así como, tener la constancia del cumplimiento de los proveedores.

Del análisis realizado a los 9 expedientes de los concursos públicos sumarios que fueron adjudicados, se identificó que 6 de el los corresponden a la adquisición de bienes y 3 a la contratación de servicios.

Respecto de los bienes, se constató la existencia de la documentación generada durante el proceso de entrega recepción en el Almacén General o en las unidades solicitantes de la SCJN, de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases y contratos de los concursos respectivos. En cuanto a los servicios, se comprobó la existencia de los documentos mediante los cuales las unidades solicitantes externaron la satisfacción en la entrega de los mismos. De lo anterior, se determinó que la recepción de los bienes y servicios adquiridos y contratados se realizó en los términos establecidos en los artículos 171 y 172 del AGA Vl/2008, así como de las bases y contratos respectivos.

Resultado núm. 10. Sin observaciones.

Uso y destino de los bienes y servicios adquiridos y contratados.

AGA V/12008. Artículo 208 Registro de bienes. Adquis1c1ones y Serv1c1os a través de la 01recc1ón de Almacenes. es Ja

unidad responsable del registro de altas y ba¡as en la cuenta del patrimorno de la Suprema Corte de todos los bienes muebles objeto de este Acuerdo General Para tal efecto deberá efectuar el registro de cada uno de los bienes que ingresan al patrimonio de la Suprema Corte mediante su alta en los registros de activo fi¡o anotando cuando menos la fecha de inclusión descripción y valor. antecedentes del bien en cuanto a su adquisición tales como proveedor factura, pedido correspondencia con entrada al almacén en su caso r .} Ademas del número de activo registrado en el SIA los bienes estarán identificados y controlados a través de un número de m ventano. los cuales se asignarán con senes distintas según el género a que correspondan. registrándose en orden consecutivo conforme son dados de alta en el patnmonio Posteriormente, por cada bien de activo fi¡o se dará segwm1ento 111d1v1dual para lo cual se registrará cuando menos· el usuario que lo tenga en resguardo la ba¡a y cualqwer otra información representativa que tenga o genere el uso del bien

Artículo 2 12 Ob/1gación de constitwr un resguardo Los activos fijos serán asignados por cada servidor público usuario de los mismos. se formalizara la entrega mediante un documento de resguardo

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donde se establecera la obl1gac1on del usuario de conservar el bien en su custodia y a ut111zar10 en forma adecuada en su caso conforme a las instrucciones de uso de los fabricantes proc11randn P 1 todo momento cnnsen1arlos "n co•1d1cíone.c: Ar¡t1mac: de Of:''""'1ciÓ"

Con la finalidad de verificar el uso y destino de los bienes y servicios adquiridos por la SCJN, se seleccionaron 6 bienes de los 9 concursos públicos sumarios adjudicados. Para realizar la verificación se solicitó a la DGRM la ubicación de los mismos. Las verificaciones se realizaron entre el 28 de febrero y el 23 de marzo de 2017, y los resultados se muestran a continuación:

USO Y DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS MEDIANTE CONCURSOS PÚBLICOS SUMARIOS rea Fecha de

Concurso Público Descripción del bien solicitante Area usuaria Ubicación Inventario Resguardo verificación

Equipo de Iluminación y DGCVS Edificio sede 562743 SI 23/03/201 7 lám�ara.

CPSM/DGRM-DABI- Lente para cámara DGCVS Edificio sede 562827 SI 23/03/20 1 7 01 1 /2016 fotográfica. DGTI

Cámara fotográfica Dirección General de Recursos Humanos e Edificio alterno 562569 SI 28/02/20 1 7 digital. Innovación Administrativa

Coordinación de Librería del Instituto 563005, Módulo de Recepción. Compilación y de la Judicatura 5641 47 y SI 07/03/20 1 7

CPSl/DGRM-Sistematización de Tesis. Federal 564 148

DABC/006/20 1 6 DGIF Unidad General de

Gabinete en madera. Transparencia y Edificio Revolución 562869 SI 07/03/201 7 Sistematización d e la Información Judicial

CPSM/DGRM/DABC/O Máquina Emplayadora. CDAACL Centro Archivístico Judicial Toluca 563210 SI 1 0/03/201 7 1 3/201 6 FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/1385/2017 del 20 de febrero de 20 17 y verificada directamente

en cada una de las áreas administrativas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Como se observa en la tabla, con la verificación se comprobó que los 6 bienes seleccionados se encontraban en las áreas correspondientes; que estaban resguardados por un servidor público, y que se encontraban debidamente etiquetados con el número de inventario, por lo que se cumplió con lo establecido en los artículos 208 y 212 del AGA Vl/2008.

VII Comprobar que, en caso de atraso o incumplimiento por parte de los proveedores o prestadores de servicios adjudicados en los concursos públicos sumarios, se aplicaron las sanciones previstas en la normativa.

Resultado núm. 1 1. Sin observaciones.

Aplicación de sanciones previstas en la normativa por atraso o incumplimiento de los proveedores o prestadores de servicios en la entrega de bienes y/o servicios.

AGA V/12008. Artíc•J10 16 7 Penas convencionales. La Suprema Corte podra pactar penas convencionales a cargo de /oc

Proveedores, Prestadores de Serv1c1os o Contratistas por el 111cumpl11mento en sus obltgaciones pactadas en el contrato o en el mstrumento ¡uríd1co correspondiente De ex1st1r mcumpl1m1ento parcial la pena se a¡ustará proporcJOnalmente al porcenta¡c incumplido En caso de que no se otorgue prorroga al proveedor o co11trat1sta respecto al cump11m1ento de los plazos establecidos en el contrato se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes prestaCtón de 1os serv1c1os o en la e¡ecuCtón de los traba¡os, equivalente al monto que resulte de aoflcar el 1 O al millar d1ano a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega /os servicios no prestados o los conceptos de traba¡os no reahzados y no podrán exceder del 30% del monto total del contrato saivo en las excepciones previstas en este artículo En las operaciones en que se pacte a¡uste de orec1os la oenalizacirín se ca1cula á sobre el r"-ec1n awstaclo

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Las penas podrán descontarse del monto o montos pendientes de cubnr por parte de la Suprema Corte al Proveedor. Prestador de Servicios o Contratista Adquisiciones y Servicios u Obras y Mantenimiento, segLín corresponda serán las encargadas de realizar el procedimiento para hacer efectivas las penas convencionales. ingresando su momo a la Tesorería o mediante nota de crédito a aplicarse a los montos pendientes de cubnr que se remitirá a Presupuesto y Contabilidad para su trámite Las áreas responsables deberán solicitar en todo momento la opinión de Asuntos Jurídicos para hacer efectivas las per¡as convercionales

Con la revisión de los 9 expedientes de los concursos públicos sumarios adjudicados, se constató que en 7 de ellos, los bienes y servicios derivados de los contratos suscritos se recibieron dentro de los plazos establecidos.

En cuanto a los 2 casos restantes, de acuerdo con la documentación contenida en los expedientes, los bienes adquiridos se recibieron hasta con 44 días fuera del plazo establecido en los contratos, por lo que en las entradas de almacén correspondientes se elaboraron con la leyenda "extemporánea". Los atrasos y las penalizaciones impuestas por la DGRM se muestran en el cuadro siguiente:

PENAS CONVENCIONALES DETERMINADAS EN LA ENTREGA DE BIENES Y SERVICIOS Pesos

Concurso Descripción Número de

Proveedor Olas de Monto del Sanción

Contrato. atraso Contrato • CPSl/DGRM- Mobiliario de madera. 451 6001 804 María Guadalupe Rocha 44 $766,308.76 $990.70 DABC/006/2016 Moctezuma.

Innovación y Estrategia

CPSM/DGRM- Equipo accesorios 451600 1 9 1 8 para e l Desarrollo, SA 10 $55,399.28 $634.40

y de C.V. DABll0 1 1 /201 6 fotográficos

Compuedro, SA de 451 600 1 9 1 9 c.v. 4 $ 1 06,847.44 $3,684.39

FUENTE: Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/201 7 del 27 de enero

de 201 7.

Se verificó que el cálculo de las penas convencionales realizado por la DGRM fue correcto; que en todos los casos se contó con la opinión de la Secretaría Jurídica de la Presidencia, y que fueron descontadas de los montos pendientes a cubrir a los proveedores y prestadores de servicios, en cumplimiento del artículo 167 del AGA Vl/2008.

VIII. Verificar que el proceso de pago de los bienes y serv1c1os adquiridos ycontratados en los concursos públicos sumarios cumplió con los requisitosestablecidos en la normativa.

Resultado núm. 12. Sin observaciones. Pago de los bienes y servicios. AGA 112012 Artículo 105 Para que la obligación de pago pueda ser cubierta con cargo al Presupuesto de Egresos del

ejerc1c10 fiscal de que se trate será reqws1to indispensable que los bienes. serv1c1os obra publica o servicios relacionados con la misma. se hayan recibido a entera satisfacción por la Suprema Corte en el e1ercic10 fiscal de que se trate.

Artículo 109 Para que se efectlie el pago correspondiente se deberán cubrir los siguientes reqws1tos Fracción I Las Unidades Responsables deberán solicitar por escnto el pago a Presupuesto y Contabilidad

md1cando la vía de pago. así como acompañar los datos bancanos y demás documentación necesana

Fracción 11 Que exista el instrumento jurídico firmado por los representantes de la Suprema Corte y por el proveedor prestador de servicios o contratista ·

Fracción 111 Que exista el documento que acredite la recepción a satisfacción de los bienes los servicios y la obra pública y

2 1

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Fracción I V Que /os proveedores. prestadores de servicios o contratistas presenten ante Presupuesto y Contabilidad ta factura o comprobante respectivo. que cubra los requisitos fiscales exigidos por

·fas leyes relativas.No podrán realizarse pagos por serv1c1os o bienes no recibidos. salvo en el supuesto de /osant1c1pos. de las suscripciones a revistas. bases de datos. becas, capacitación y, en su casoactividades socioculturales y deportivas. y otros de naturaleza análoga en que se requiera elpago por adelantado. ba¡o la estricta responsabilidad del área contratante

Para verificar que los pagos a los proveedores de bienes y servicios se realizaron conforme a los términos establecidos en los contratos suscritos y conforme a la normativa, se revisaron los expedientes de los 9 concursos adjudicados de los 12 que se seleccionaron como muestra.

Al respecto, se comprobó la formalización de 15 contratos en igual número de proveedores de bienes y servicios, y se identificaron las facturas y las instrucciones de pago correspondientes.

De lo anterior, se consultó el Sistema Integral Administrativo (SIA), y se identificó la realización de los pagos a 14 de los 15 proveedores y prestadores de servicios, como se muestra a continuación:

Concurso

CPSllDGRM/DS-030/2016

CPSl/DGRM/DS-085/20 16

CPSl/DGRM/DS-073/2016

CPSl/DGRM­DABl/026/201 6 CPSl/DGRM­DABl/037/2016

CPSl/DGRM­DABC/01 1/201 6

CPSM/DGRM­DABC/0 1 3/2016

CPSM/DGRM­DABl/01 1/2016

CPSl/DGRM­DABC/006/20 1 6

PAGOS POR LOS BIENES Y SERVICIOS RECIBIDOS E N 2016

Descripción

Arrendamiento de mobiliario.

Intervención de documentos.

Mantenimiento de extintores.

Mantenimiento de equipo de rayos X y arcos detectores. Sistema de visualización y monitoreo de alertas.

Equipo e instrumental médico.

Máquina emplayadora.

Equipo y accesorios fotográficos.

Mobiliario de madera.

Contrato

Pesos Proveedor o prestador de

servicios

4516001 1 85 José Daniel Torres Garfias

4516003718 Femando Adolfo Osorio Alarcón

Comercializadora e 451 6003363 Importadora de Equipos y

Sistemas, S.A. de C.V.

4516003816 Provetecnia, S.A. de C.V.

451 6003935 Empresa Gráfica Consultora, s.c.

451 6002801 Oftálmica Internacional, S.A. de C.V.

451 6002802 Proveedora Médica Samperio, S.A. de C.V.

451 6002799 lbisa Technologies, S.A. de c.v. Soluciones Integrales

Acreedor

7461

9473

3046

270

9500

9334

9340

9333

451 6002800 Oftalmológicas Triana, S.A. 9332 de C.V.

451 6002756 Dynaric de México, S. de RLd e C.V.

451600 1 9 1 9

451600 1 9 1 8

4516001 920

Compuedro, S.A. de C.V. Innovación y Estrategia para el Desarrollo, S.A. de C.V. Sistemas Técnicos de Información y Avance, S.A. de C.V.

4516001 804 María Guadalupe Rocha Moctezuma

4516002170 Office & Design, S.A. de C.V.

2795

7388

7526

6121

6088

6 1 04

Monto del Contrato

$1 ,624,1 97.20

$1 ,723, 1 1 0.40

$1 ,250,861.64

$946,420.56

$71 1 ,892.00

$506,293.60

$40,938.72

$1 7,336.20

$9,736.83

$304,732.00

Sanción

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

n.a.

$1 06,847.44 $3,684.39

$55,399.28 $634.40

$1 0,666.20 n.a.

$766,308.76 $990.70

$26,448.00 n.a.

FUENTE: n.a.:

Elaborado con la información proporcionada por la DGRM mediante el oficio núm. DGRM/687/201 7 del 27 de enero de 2017. No aplica.

Pago

.. $1 ,624, 1 97.20

$452,020.32

$1 ,250,861.64

$236,605.14*

$71 1 ,892.00

$506,293.60

$40,938.72

$1 7,336.20

$9,736.83

$304,732.00

$103, 1 63.05

$54,764.88

$10,666.20

$765,31 8.06

$26,448.00

El monto corresponde a tres facturas emitidas por el proveedor "Provetecnia, S.A. de C.V.", por la prestación de servicios de los meses de enero, febrero y marzo de 2017, ya que el contrato se suscribió el 2 de enero de ese mismo año. A la fecha de elaboración del presente informe (mayo 2017), no se encontraban los pagos registrados en el SIA, debido a que las facturas se recibieron el 27 de abril de 2017, y se encontraban en proceso de aprobación para su posterior pago.

En cuanto al proveedor Fernando Adolfo Osario Alarcón, correspondiente al concurso púbico sumario núm. CPSl/DGRM/DS-085/2016, intervención de documentos, al momento de la revisión únicamente se le había cubierto el importe correspondiente a los meses de diciembre de 201/ enero y febrero de 2017, debido a que en el contrato se indica que los

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pagos se efectuarán a mes vencido dependiendo del número de hojas intervenidas y con el visto bueno del área técnica, dentro de los 1 O días hábiles siguientes a la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente, con sus respectivas validaciones por parte de la DGPC, previa verificación y constancia de que, la prestación de los servicios se realizó a entera satisfacción de la SCJN.

Con la revisión de los pagos realizados por los bienes y servicios recibidos, se constató que se efectuaron en los términos establecidos en los contratos simplificados suscritos con los proveedores de bienes y/o de servicios, y de conformidad con lo establecido en los artículos 105 y 109, fracciones 1, t i , 111 y IV del AGA 1/2012.

¡ 1v. CONCLUSIÓN

La revisión se realizó sobre la información proporcionada por la Dirección General de Recursos Materiales, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para emitir la presente conclusión, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Contraloría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que en términos generales la Dirección General de Recursos Materiales en 2016, respecto de la realización de concursos públicos sumarios, cumplió con su objetivo de adquirir y contratar para las áreas jurisdiccionales y administrativas de este Alto Tribunal los bienes y servicios requeridos para el cumplimiento de sus funciones en apego al marco normativo vigente, obteniendo las mejores condiciones de calidad, precio y oportunidad; no obstante, se identificaron situaciones que afectaron su operación, las cuales se detallan a continuación:

Ausencia de información y documentación recabada durante las investigaciones de mercado para determinar los precios estimados de los bienes y servicios a adquirir, y sobre los proveedores y prestadores de servicios que puedan atender las necesidades de la institución; falta de notificación a la Secretaría Jurídica de la Presidencia por la no suscripción de un contrato por parte de un proveedor, lo que repercutió en que no se iniciara el procedimiento de impedimento de contratación, y la suscripción de un contrato simplificado con un monto superior a las 290,000 UDIS ($1,561,650 pesos).

Con la revisión se determinaron 2 Recomendaciones Preventivas.

La atención y seguimiento de las recomendaciones preventivas derivada de la presente revisión permitirán: adoptar mecanismos de control que permitan al Director General de Recursos Materiales asegurarse de que sus instrucciones son atendidas por el personal a su cargo, y que, en caso de que los proveedores incumplan alguna de las situaciones previstas en la normativa, se informe a la Secretaría Jurídica de la Presidencia.

En el caso de la ausencia de información y documentación para la determinación de los precios estimados de los bienes y servicios a adquirir, y de la carencia de mecanismos de control que proporcionen información confiable sobre los proveedores y prestadores de servicios que puedan atender las necesidades de la SCJN, son observaciones que se consideran solventadas, debido a que fueron detectadas en revisiones anteriores y se encuentran en proceso de atención.

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� �ilQu \Lic. Manuel Dí Infante Gómez

Director Gen al de Auditoría

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Esta hoja forma parte del Informe a la Dirección General de Recursos Materiales (período 1 de enero al 31 de diciembre de 2016), suscrito el 25 de mayo de 2017.

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