competencias y funciones

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DERECHO MUNICIPAL

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HISTORIA DE LA ECONOMA PERUANA

Ley orgnica de municipalidadesley 27972INTEGRANTES:ACOSTA JULCA ANAANCCO PINEDA JACQUELINETICONA TICONA GISCELAPONCE MERMA LIZInstitucionalizarGestionarLos intereses correspondientes.Y as ser promotores del desarrollo LocalEntidades paraOrganizacin Territorial del estadoPersonera jurdica de derecho PblicoAutonoma poltica, econmica y administrativa.Representan, promueven prestacin de servicios y desarrollo integral y sostenible.CONTENIDOI. TITULO PRELIMINARDesarrollo SostenibleEl gobierno ms cercano a la poblacin es el ms idneo para ejercer la competencia o funcin, por consiguiente el gobierno nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas ms eficientemente por los gobiernos regionales, y stos a su vez, no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por los gobiernos locales, evitndose la duplicidad y superposicin de funciones.

Promueve el DEL:- Planes de Desarrollo Econmico Local.Principio de SubsidiariedadCONTENIDODISPOSICIONES GENERALESRgimen Especial: Municipalidades de Frontera y Municipalidad Metropolitana de LimaPOR SU JURISDICCIN:ProvincialesDistritalesTIPOSCONTENIDOORGANIZACIN DE LOS GOBIERNOS LOCALESADMINISTRACIN MUNICIPALFuncionarios, servidores, empleados y obreros.CONTENIDOORGANIZACIN DE LOS GOBIERNOS LOCALESCONTENIDOCOMPETENCIASFUNCIONESMBITO DE ACTUACIN MATERIAL (salud, educacin, seguridad) O TERRITORIAL (nacional, regional, local) DE LA ENTIDAD EN SU CONJUNTO, ESTABLECIDO CONFORME UN MANDATO CONSTITUCIONAL O LEGAL.ES EL CONJUNTO DE ACCIONES O TAREAS QUE LE CORRESPONDE REALIZAR A LA ENTIDAD Y A SUS RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DE MANERA PARTICULAR A FIN DE CUMPLIR CON LA MISIN Y OBJETIVOS DE LA ENTIDAD.COMPETENCIAS Y FUNCIONES7

TIPOS DE COMPETENCIAS COMPETENCIASEXCLUSIVASCOMPETENCIASCOMPARTIDASSON AQUELLAS CUYO EJERCICIO CORRESPONDE DE MANERA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE A CADA NIVEL DE GOBIERNO CONFORME A LA CONSTITUCIN Y LA LEY.SON AQUELLAS EN LAS QUE INTERVIENEN DOS O MS NIVELES DE GOBIERNO, QUE COMPARTEN FASES SUCESIVAS DE LOS PROCESOS IMPLICADOS.8

Las autoridades municipales otorgarn las licencias de construccin, bajo responsabilidad, ajustndose estrictamente a las normas sobre barreras arquitectnicas y de accesibilidad.

Pueden ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o, servicios cuando su funcionamiento est prohibido legalmente y constituya peligro, o cuando estn en contra de las normas reglamentarias o de seguridad de defensa civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario.ARTCULO 78 SUJECIN A LAS NORMAS TCNICAS Y CLAUSURA

ANALISISLa municipalidad, tiene el derecho de clausurar los locales que no cuenten con una licencia de funcionamiento, las que no cumplan con las normas de seguridad establecidas por defensa civil, y las que por sus actividades, perturben a los vecinos.

ARTCULO 79.- ORGANIZACIN DEL ESPACIO FSICO Y USO DEL SUELO.FUNCIONES ESPECFICASEXCLUSIVAS DE LASMUNICIPALIDADES PROVINCIALES:

Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las reas urbanas y de expansin urbana, as como las reas de proteccin o de seguridad por riesgos naturales; las reas agrcolas y las reas de conservacin ambiental. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacin de reas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y dems planes especficos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DELAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES:

Ejecutar directamente o concesionar la ejecucin de las obras de infraestructura urbana o rural de carcter multidistrital que sean indispensables para la produccin, el comercio, el transporte y la comunicacin de la provincia, tales como corredores viales, vas troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinacin con las municipalidades distritales o provinciales contiguasDisear y promover la ejecucin de programas municipales de vivienda para las familias de bajos recursos. ARTCULO 79.- ORGANIZACIN DEL ESPACIO FSICO Y USO DEL SUELO

FUNCIONES ESPECFICAS EXCLUSIVAS DELAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES:Aprobar el plan urbano o rural distritalAutorizar y fiscalizar la ejecucin del plan de obras de servicios pblicos o privados que afecten o utilicen la va pblica o zonas areas, as como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental. Elaborar y mantener el catastro distrital. Disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeracin predial. Reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalizacin. FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DELAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES: Ejecutar directamente o proveer la ejecucin de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la produccin, el comercio, el transporte y la comunicacin en el distrito, tales como pistas o calzadas, vas, puentes, parques, mercados, canales de irrigacin, locales comunales, y obras similares, en coordinacin con la municipalidad provincial respectiva. Identificar los inmuebles en estado ruinoso y calificar los tugurios en los cuales deban realizarse tareas de renovacin urbana en coordinacin con la municipalidad provincial y el gobierno regional.ARTCULO 80.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUDFUNCIONES ESPECFICASEXCLUSIVAS DE LASMUNICIPALIDADES PROVINCIALES: Regular y controlar el proceso de disposicin final de desechos slidos, lquidos y vertimientos industriales en el mbito provincial.Regular y controlar la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente.FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DELAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALESAdministrar y reglamentar directamente o por concesin el servicio de agua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento de residuos slidos, cuando por economas de escala resulte eficiente centralizar provincialmente el servicio. Los procesos de concesin son ejecutados por las municipalidades provinciales del cercado y son coordinados con los rganos nacionales de promocin de la inversin, que ejercen labores de asesoramiento. Proveer los servicios de saneamiento rural cuando stos no puedan ser atendidos por las municipalidades distritales o las de los centros poblados rurales, y coordinar con ellas para la realizacin de campaas de control de epidemias y sanidad animal. Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacin con las municipalidades distritales y los organismos regionales y nacionales pertinentes.FUNCIONES ESPECFICAS EXCLUSIVAS DELAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES:Proveer del servicio de limpieza pblica determinando las reas de acumulacin de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares pblicos locales. Instalar y mantener servicios higinicos y baos de uso pblico. Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisin de humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente. Expedir carns de sanidad.FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DELAS MUNICIPALIDADES DISTRITALESProveer los servicios de saneamiento rural y coordinar con las municipalidades de centros poblados para la realizacin de campaas de control de epidemias y control de sanidad animal. Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacin con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes. Gestionar la atencin primaria de salud, as como construir y equipar postas mdicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinacin con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes. Realizar campaas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educacin sanitaria y profilaxis. ARTCULO 81.- TRNSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE PBLICO 2. FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES: 2.1. Controlar, con el apoyo de la Polica Nacional, el cumplimiento de las normas de trnsito y las de transporte colectivo; sin perjuicio de las funciones sectoriales de nivel nacional que se deriven de esta competencia compartida, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacin. 2.2. Organizar la sealizacin y nomenclatura de vas, en coordinacin con las municipalidades distritales. 2.3. Ejercer la funcin de supervisin del servicio pblico de transporte provincial de su competencia, contando con el apoyo de la Polica Nacional asignada al control del trnsito.3. FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES: 3.1. Establecer la nomenclatura y sealizacin de calles y vas de acuerdo con la regulacin provincial y en coordinacin con la municipalidad provincial. 3.2. Otorgar licencias para la circulacin de vehculos menores y dems, de acuerdo con lo establecido en la regulacin provincial.

LAS MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE EDUCACIN PROMOVER EL DESARROLLO HUMANO SOTENIBLEDISEAR, EJECUTAR Y EVALUAR EL PROYECTO EDUCATIVOPROMOVER LA DIVERSIFICACIN CURRICULARMONITOREAR LA GESTIN PEDAGGICA Y ADMINISTRATIVAS DE LAS INSTITUCIONESCONSTRUIR, EQUIPAR Y MANTENER LA INFRAESTRUCTURA APOYAR LA CREACIN DE REDES EDUCATIVAS ARTCULO 82 DE LA LEY ORGNICA DE LAS MUNICIPALIDADES 15Gerencia de Educacin Cultura Deporte y RecreacinObjetivosEs objetivo de la Gerencia trabajar para mejorar en la Jurisdiccin, los niveles de Educacin, Cultura, Deporte y Recreacin en un esfuerzo planificado, sostenido y coordinado con las respectivas Instituciones Educativas y organismos directrices de cada ramo; y haciendo uso para el logro de su fines de un equilibrado Bienestar Social de sus vecinos, utilizando para ello de ser necesario los programas sociales que la comuna administra.MPT inicia rutinas de Tae bo en el ovalo CuscoCon el objetivo de promover la recreacin sana que contribuya a mejorar la salud y la prevencin de enfermedades, la subgerencia de juventudes, educacin, cultura, deportes y recreacin de la Municipalidad Provincial de Tacna (MPT), inici con las rutinas de Tae bo en el ovalo Cusco.

La actividad deportiva se inici el ltimo lunes al ingreso del distrito Gregorio Albarracn donde se congregaron casi un centenar de personas de toda edad quienes buscan ejercitarse y tener una mejor calidad de vida.

LOS TALLERES DE EDUCACIN,DEPORTE,CULTURA Y RECREACIN

ARTCULO 83.- ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOSFUNCIONES ESPECFICAS EXCLUSIVAS DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES: 1.1. Regular las normas respecto del acopio, distribucin, almacenamiento y comercializacin de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia. 1.2. Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio.FUNCIONES ESPECFICAS COMPARTIDAS DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES:

2.1. Construir, equipar y mantener, directamente o por concesin, mercados de abastos al mayoreo o minoristas, en coordinacin con las municipalidades distritales en las que estuvieran ubicados. 2.2. Realizar programas de apoyo a los productores y pequeos empresarios a nivel de la provincia, en coordinacin con las municipalidades distritales y las entidades pblicas y privadas de nivel regional y nacional. HAD/VDCPPFunciones especficas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.1. Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribucin, almacenamiento y comercializacin de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales. 3.2. Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial. 3.3. Realizar el control de pesos y medidas, as como el del acaparamiento, la especulacin y la adulteracin de productos y servicios. 3.4. Promover la construccin, equipamiento y mantenimiento de mercados de abastos que atiendan las necesidades de los vecinos de su jurisdiccin. 3.5. Promover la construccin, equipamiento y mantenimiento de camales, silos, terminales pesqueros y locales similares, para apoyar a los productores y pequeos empresarios locales. 3.6. Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.

4. Funciones especficas compartidas de las municipalidades distritales: 4.1. Promover la realizacin de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creacin de mecanismos de comercializacin y consumo de productos propios de la localidad.PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIN DE DERECHOSARTCULO 84 :

EL ARTCULO 84, seala las competencias de las municipalidades en cuanto a programas sociales, defensa y promocin de derechos y establece que: Asimismo, organizarn, administrarn y ejecutarn los programas locales de asistencia, proteccin y apoyo a la poblacin en riesgo como las mujeres, entre otros grupos de poblacin vulnerable; y promovern la igualdad de oportunidades con criterio de equidad.Las municipalidades provinciales establecern canales de concertacin entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de las mujeres entre otros grupos de poblacin vulnerable.Las municipalidades distritales organizarn, administrarn y ejecutarn los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado asegurando la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economa regional y local.EL ROL DE LAS MUNICIPALIDADESEs materia de competencia municipal, difundir y promover los derechos del nio, nia, de los adolescentes, de la mujer y del adulto mayor propiciando espacios para su participacin en el mbito de instancias municipales, as como organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccin y apoyo de nios y adolescentes en riesgo. Tradicionalmente se dice que el rol del gobierno local es el de ser eficiente administrador y ser buen prestador de servicios pblicos de un distrito, ello se basa en la respuesta-accin frente a los problemas cotidianos de una localidad y a la ejecucin de obras de infraestructura fsica. La realidad social nos muestra que ello es insuficiente y requiere de cambios en los enfoques, es as que se debe apuntar, a que el gobierno local asuma el rol de promotor del desarrollo integral del distrito con perspectivas de equidad, gnero, generacional, intercultural y econmico; para ello se requiere de instrumentos de gestin acordes a los procesos de participacin de la poblacin. Por ello el gobierno local debe cumplir un rol articulador entre el Estado y la sociedad civil.Plan de infancia distrital que aborde claramente la problemtica de ESNNA. Ordenanzas a favor de los NNA. Fortalecer el servicio de la DEMUNA, espacio municipal para la proteccin y promocin de los derechos de los nios, nias y adolescentes.Escuchar e incluir la opinin de NNA en espacios como el Presupuesto Participativo, Municipios Escolares y otros espacios de construccin del desarrollo local. Sanciones drsticas a los que promuevan el ESNNA. Promover y difundir los derechos de los NNA. Campaas de prevencin de ESNNA y atencin a NNA. Alianzas interinstitucionales a favor de los NNA.Qu podemos hacer los funcionarios pblicos? INSTITUCIONES PBLICAS Municipalidad: Ejercen el rol articulador entre el Estado y la sociedad civil. Centros de Salud. MINISTERIO DE SALUD: Atienden la salud de NNA en situacin de riesgo y promueven acciones de prevencin y captacin de casos ESNNA, a travs de las promotoras de salud. Centro de Emergencia Mujer CEM. MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL: Atienden de manera integral y multidisciplinaria, a las vctimas de violencia familiar y sexual. Fiscala - MINISTERIO PBLICO: Promueve de oficio, o a peticin de parte, la accin en defensa de la legalidad y los intereses pblicos tutelados por el Derecho. Velan por los derechos de los NNA. Comisara. MINISTERIO DE INTERIOR: Garantiza el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Instituciones educativas. MINISTERIO DE EDUCACIN: La comunidad educativa (docentes, alumnos, padres), participan y deben asumir una actitud de toma de conciencia de los problemas, necesidades y expectativas de los NNA y por ende una disposicin para lograr el cambio deseado por ellos mismos.Con quines generar alianzas estratgicas y proponer una red de soporte social frente al problema de la ESNNA?Instituciones Privadas Asociaciones y/u ONG: Visibilizan la problemtica de violencia y ESNNA ante los gobiernos locales, orientan la accin en el marco de las polticas pblicas y alientan la participacin de la comunidad para que enfrenten problemas como el ESNNA. Empresas privadas: Asumen un rol social y deben involucrarse de forma dinmica, en la solucin de los problemas de la localidad.CON QUINES GENERAR ALIANZAS ESTRATGICAS Y PROPONER UNA RED DE SOPORTE SOCIAL FRENTE AL PROBLEMA DE LA ESNNA?Sociedad Civil Organizaciones de mujeres: Favorecen el procesamiento de reflexiones y reconocimiento de su experiencia en la lucha contra la violencia como mujeres: esposas, madres y amigas, afirmando un rol de proteccin y defensa; forman parte de los espacios de dilogo y concertacin contra la violencia en especial contra NNA. Organizaciones de jvenes: Reflexionan y reconocen las situaciones de violencia y explotacin sexual presentes entre los adolescentes y jvenes, participando activamente en la construccin de capacidades de auto cuidado y como actores; formando parte de redes de dilogo y concertacin. Organizaciones de nios, nias y/o adolescentes: Promueven y participan en la generacin de sus capacidades para el auto cuidado, afirmando su rol de protagonistas y fortaleciendo la defensa de sus derechos. Dirigentes vecinales: Animan espacios de reflexin, favoreciendo el reconocimiento de su experiencia en la lucha contra la violencia en su rol de padres, familiares y vecinos. Formando redes de identificacin y proteccin de casos que ocurran en su localidad.Con quines generar alianzas estratgicas y proponer una red de soporte social frente al problema de la ESNNA?la seguridad ciudadana es incorporada dentro de Ley Orgnica de Municipalidades, pues en su artculo 85 se menciona como funcin especfica exclusiva de las Municipalidades Provinciales Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participacin de la sociedad civil y de la PNP.SEGURIDAD CIUDADANAFunciones especficasexclusivas de lasmunicipalidades provinciales:Establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participacin de la sociedad civil y de la Polica Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital o del de centros poblados en la jurisdiccin provincial, de acuerdo a ley.Ejercer la labor de coordinacin para las tareas de defensa civil en la provincia, con sujecin alas normas establecidas en lo que respecta alos Comits de Defensa Civil Provinciales.Funciones especficas compartidas delas municipalidades provincialesCoordinar con las municipalidades distritales que la integran ycon la Polica Nacional el servicio interdistrital de serenazgo yseguridad ciudadana.Promover acciones de apoyo a las compaas de bomberos, beneficencias, Cruz Roja y dems instituciones de servicio ala comunidad.Funciones especficas exclusivas delas municipalidades distritales:Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a lasnormas establecidas por la municipalidad provincial respectiva.Coordinar con el Comit de Defensa Civil del distrito las acciones necesarias para la atencin de laspoblaciones damnificadas por desastres naturales ode otra ndole.Establecer el registro y control de las asociaciones de vecinos que recaudan cotizaciones o administran bienes vecinales, para garantizar el cumplimiento de susfines.

HAD/VDCPP