comparativo respuesta mineduc

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Con el objetivo de incentivar un debate informado, ponemos a disposición de los profesores y profesoras un comparativo entre la contrapuesta del Magisterio y la última respuesta del MINEDUC. Recordar que dicha contrapuesta fue elaborada posteriormente al rechazo en la consulta nacional docente de la primera propuesta del MINEDUC Titularidad para los profesores a contrata: Nuestra petición ha sido que el MINEDUC respalde el proyecto que está en el parlamento. Paso a la titularidad de aquellos profesores que tienen un contra- to de aula, al 31 de julio de 2014, por un mínimo de 20 horas, durante tres años continuos o cuatro años discontinuos con el mismo municipio o corporación municipal. Para esto el jueves 13 de noviembre de 2014, el Ministerio de Educación ingresó una indicación sustitutiva en la Comisión de Educación del Honorable Senado de la República, con el fin de concretar la promulgación de una ley que por única vez, restituye la estabilidad laboral a aquellos docentes que cumplan las condi- ciones descritas. 1 IMD: Aumentar el Ingreso Mínimo Docente, de tal modo que efectivamente beneficie a un universo mayor de docentes. Para ello, proponemos que se aplique el aumento del IPC sobre IPC año tras año, desde el 2010 hasta el 2014, inclusive. En el marco de la Ley de Reajuste del Sector Público de 2014, el Ministerio de Educación descongelará la Renta Total Mínima (RTM), que desde el año 2010 y hasta la fecha no había sido reajustada. 2 Agobio Laboral Docente: Insistir en la necesidad de contestar favorablemente los siguientes problemas: Autonomía Profesional: Respeto y correcta aplicación del artículo N° 16 del Estatuto Docente sobre autonomía profesional docente. Feriado Legal o Vacaciones del Profesorado: Asegurar que sin plan de perfeccionamiento de parte del empleador, el profesor no debe trabajar 15 días en enero para planificar el año escolar venidero. El feriado legal será el que estipula el Estatuto Docente; esto es los meses de enero y febrero. Pago de salario en enero y febrero: El MINEDUC debe allanarse a gestionar y conseguir que el contralor general reconsidere dictamen en que le otorga la facultad al sostenedor para contratar profesores con termino antes del 31 de diciembre relativizando la aplicación del artículo N° 41 bis del estatuto docente. Dicho dictamen es contrario a la interpretación que hace la Dirección del trabajo. Regulación de contratos docentes: Fiscalizar el contrato docentes vigentes asegurando el cumplimiento de las normas laborales establecidas en el estatuto docente y en el código del trabajo. Entre otras cosas que se asegure el pago de deudas pendientes. Fin a la asesoría de la empresa privada en escuelas públicas: No más ATE en las escuelas. Respecto del "Agobio Laboral" se constituirá a la brevedad una Mesa Técnica conformada por la Superintendencia de Educación, la División de Educación General del Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores. Esta Mesa Técnica abordará temas tales como: Planificación de clases que imparte el docente. La situación de las asesorías externas a los establecimientos educacionales y su implicancia en el quehacer pedagógico. Vacaciones de verano. Autonomía pedagógica de los profesores y profesoras en sus actividades de enseñanza. 3

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Page 1: Comparativo Respuesta Mineduc

Con el objetivo de incentivar un debate informado, ponemos a disposición de los profesores y profesoras un comparativo entre

la contrapuesta del Magisterio y la última respuesta del MINEDUC. Recordar que dicha contrapuesta fue elaborada

posteriormente al rechazo en la consulta nacional docente de la primera propuesta del MINEDUC

Titularidad para los profesores a contrata:Nuestra petición ha sido que el MINEDUC respalde el proyecto que está en el parlamento.

Paso a la titularidad de aquellos profesores que tienen un contra-to de aula, al 31 de julio de 2014, por un mínimo de 20 horas, durante tres años continuos o cuatro años discontinuos con el mismo municipio o corporación municipal.Para esto el jueves 13 de noviembre de 2014, el Ministerio de Educación ingresó una indicación sustitutiva en la Comisión de Educación del Honorable Senado de la República, con el fin de concretar la promulgación de una ley que por única vez, restituye la estabilidad laboral a aquellos docentes que cumplan las condi-ciones descritas.

1IMD: Aumentar el Ingreso Mínimo Docente, de tal modo que efectivamente beneficie a un universo mayor de docentes. Para ello, proponemos que se aplique el aumento del IPC sobre IPC año tras año, desde el 2010 hasta el 2014, inclusive.

En el marco de la Ley de Reajuste del Sector Público de 2014, el Ministerio de Educación descongelará la Renta Total Mínima (RTM), que desde el año 2010 y hasta la fecha no había sido reajustada.2

Agobio Laboral Docente:Insistir en la necesidad de contestar favorablemente los siguientes problemas:

Autonomía Profesional: Respeto y correcta aplicación del artículo N° 16 del Estatuto Docente sobre autonomía profesional docente.

Feriado Legal o Vacaciones del Profesorado: Asegurar que sin plan de perfeccionamiento de parte del empleador, el profesor no debe trabajar 15 días en enero para planificar el año escolar venidero. El feriado legal será el que estipula el Estatuto Docente; esto es los meses de enero y febrero.

Pago de salario en enero y febrero: El MINEDUC debe allanarse a gestionar y conseguir que el contralor general reconsidere dictamen en que le otorga la facultad al sostenedor para contratar profesores con termino antes del 31 de diciembre relativizando la aplicación del artículo N° 41 bis del estatuto docente. Dicho dictamen es contrario a la interpretación que hace la Dirección del trabajo.

Regulación de contratos docentes: Fiscalizar el contrato docentes vigentes asegurando el cumplimiento de las normas laborales establecidas en el estatuto docente y en el código del trabajo. Entre otras cosas que se asegure el pago de deudas pendientes.

Fin a la asesoría de la empresa privada en escuelas públicas: No más ATE en las escuelas.

Respecto del "Agobio Laboral" se constituirá a la brevedad una Mesa Técnica conformada por la Superintendencia de Educación, la División de Educación General del Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores.

Esta Mesa Técnica abordará temas tales como:

Planificación de clases que imparte el docente.La situación de las asesorías externas a los establecimientos educacionales y su implicancia en el quehacer pedagógico.Vacaciones de verano.Autonomía pedagógica de los profesores y profesoras en sus actividades de enseñanza.

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Bono de incentivo al retiro: Exigir el mejoramiento del monto.

Si el MINEDUC ofreció un bono similar al ante-rior, entonces a los $20 millones hay que aplicarle el reajuste del sector público de los últimos 4 años, el que alcanza un 19,4%. Por lo tanto el piso para el gobierno es de 23.880.000.

Además en el universo de beneficiarios debe ser incluido el profesorados en edad de pensio-narse que labora en los liceos técnicos profe-sionales de administración delegada regido por la Ley N° 3.166De no ser posible aumentar el monto ofrecido, proponemos aplicar el monto máximo desde 36 hrs. Hasta 44 hrs, de contrato.

El Ministerio de Educación ingresará en diciembre del presente año, junto al proyecto de Carrera Profesional Docente, otro proyecto que establece un "Bono de Incentivo al Retiro" para aquellos profesores y profesoras que al año 2015 cumplan con la edad de jubilar.El bono tiene un monto de $21.500.000.- para aquellos docentes que tengan un contrato de entre 44 y 37 horas. Para contratos inferiores a las 37 horas, la o el docente recibirá el bono en directa proporción a las horas de contrato que estaba sirviendo al momento de jubilar. La decisión de acogerse a este beneficio es voluntaria para el profesor o profesora.

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Deuda histórica:Reiterar que nuestra demanda es establecer una mesa bipartita MINEDUC _ Gremio que aboque a laborar una propuesta de solución a través de una Ley de reparación.

El Ministerio de Educación instalará una Mesa Técnica que aborde el tema de las pensiones del profesorado. En particular, la situación que afecta a los docentes traspasados desde el Ministerio de Educación a las municipalida-des.5