cómo darse de baja en el rai-registro aceptaciones impagadas-

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DIC 15 Recuperación Impagados Añadir Comentario Cómo darse de baja en el RAI En post anteriores explicamos qué es el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas). Hoy veremos cómo proceder para eliminar los datos de nuestra empresa de dicho registro. Santiago Seijas, abogado especialista en Protección de Datos de la firma PyC Consultores, nos lo explica. Existe una leyenda que dice que una vez que ya estas en el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) es casi imposible darse de baja. Eso quizá podría ocurrir hace años, pero hoy en día es incierto. Para causar baja en el RAI, el primer paso ineludible es recuperar los efectos impagados o pagar la deuda que ocasionó la inclusión en el RAI. Una vez hecho esto, se tienen dos opciones para darse de baja: a través de la entidad bancaria que ordenó su inclusión, por propia cuenta. 1º.- A través de su enditad bancaria: Hay que tener en cuenta que en el RAI lo metió su propia entidad bancaria, de donde procede el cheque o pagaré que entregó, o donde domicilió la letra de cambio o recibo. Por ello, tiene que acudir a su sucursal con el justificante de pago que tenga, o bien, los documentos de los efectos que haya recuperado (cheque, pagaré, letra de cambio o recibo), o bien, una carta liberatoria del acreedor. En la sucursal solicita que le den de baja en el RAI. En este caso la entidad bancaria le enviará la documentación e información necesaria al RAI para dar de baja los datos. El problema de esta opción, es que muchos empleados de sucursales no conocen el procedimiento y pueden tardar un tiempo en hacerlo. 2º.- Por Propia Cuenta: En este caso puede acudir al propio RAI, con la ventaja de que recibirá una acreditación de las bajas. Ante el RAI tiene que presentar la misma documentación que ante la entidad: los documentos originales de los efectos, (cheque, pagaré, letra de cambio o recibo), o una carta liberatoria del acreedor. Deberá presentar la documentación original acompañándola con una copia que se quedará el RAI, menos en el caso de la carta liberatoria que ellos exigen quedarse con la original. Además deberá adjuntar copia de la tarjeta del CIF del acreedor, una carta solicitando el trámite de baja al RAI, una copia del CIF de su empresa, una copia de su DNI y de los poderes que ostenta en la empresa (sólo las páginas de la escritura donde conste este dato). Una vez que tiene toda la documentación, puede solicitar la baja, o por correo, enviando la documentación al Apartado de Correos nº 1186, C.P. 28100, Alcobendas (Madrid), o puede ir en persona, dirigiéndose a la Avda. de la Industria nº 32 - Polígono Industrial de Alcobendas (Madrid). Esta última opción es mucha más interesante, pues el trámite de baja se agiliza bastante. Una tercera opción es acudir a empresas especializadas en el trámite de bajas en el RAI, las cuales actúan como gestoría y como tal cobran por sus servicios. Santiago Seijas Cómo darse de baja en el RAI | RiesgoyMorosidad.Com http://www.riesgoymorosidad.com/como-darse-de-baja-en-el-rai/ 2 de 2 26/03/2009 12:47

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Guia para darse de baja en el RAI, Registro de Aceptaciones Impagadas. Fichero de Morosos.No es necesario contratar nada. Hazlo tú mismo.

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Page 1: Cómo darse de baja en el RAI-Registro Aceptaciones Impagadas-

DIC 15

Recuperación Impagados Añadir Comentario

Cómo darse de baja en el RAI

En post anteriores explicamos qué es el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas). Hoy veremos cómo proceder para eliminarlos datos de nuestra empresa de dicho registro. Santiago Seijas, abogado especialista en Protección de Datos de la firma PyCConsultores, nos lo explica.

Existe una leyenda que dice que una vez que ya estas en el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) es casi imposible darse debaja. Eso quizá podría ocurrir hace años, pero hoy en día es incierto.

Para causar baja en el RAI, el primer paso ineludible es recuperar los efectos impagados o pagar la deuda que ocasionó lainclusión en el RAI. Una vez hecho esto, se tienen dos opciones para darse de baja: a través de la entidad bancaria que ordenó suinclusión, por propia cuenta.

1º.- A través de su enditad bancaria: Hay que tener en cuenta que en el RAI lo metió su propia entidad bancaria, de dondeprocede el cheque o pagaré que entregó, o donde domicilió la letra de cambio o recibo.

Por ello, tiene que acudir a su sucursal con el justificante de pago que tenga, o bien, los documentos de los efectos que hayarecuperado (cheque, pagaré, letra de cambio o recibo), o bien, una carta liberatoria del acreedor. En la sucursal solicita que leden de baja en el RAI.

En este caso la entidad bancaria le enviará la documentación e información necesaria al RAI para dar de baja los datos. Elproblema de esta opción, es que muchos empleados de sucursales no conocen el procedimiento y pueden tardar un tiempo enhacerlo.

2º.- Por Propia Cuenta: En este caso puede acudir al propio RAI, con la ventaja de que recibirá una acreditación de las bajas.

Ante el RAI tiene que presentar la misma documentación que ante la entidad: los documentos originales de los efectos,(cheque, pagaré, letra de cambio o recibo), o una carta liberatoria del acreedor. Deberá presentar la documentación originalacompañándola con una copia que se quedará el RAI, menos en el caso de la carta liberatoria que ellos exigen quedarse con laoriginal.

Además deberá adjuntar copia de la tarjeta del CIF del acreedor, una carta solicitando el trámite de baja al RAI, una copia delCIF de su empresa, una copia de su DNI y de los poderes que ostenta en la empresa (sólo las páginas de la escritura dondeconste este dato).

Una vez que tiene toda la documentación, puede solicitar la baja, o por correo, enviando la documentación al Apartado deCorreos nº 1186, C.P. 28100, Alcobendas (Madrid), o puede ir en persona, dirigiéndose a la Avda. de la Industria nº 32 -Polígono Industrial de Alcobendas (Madrid).

Esta última opción es mucha más interesante, pues el trámite de baja se agiliza bastante.

Una tercera opción es acudir a empresas especializadas en el trámite de bajas en el RAI, las cuales actúan como gestoría y comotal cobran por sus servicios.

Santiago Seijas

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