como confeccionar una cedula

4
¿CÓMO CONFECCIONAR UNA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN? - Cuestiones generales: Debe completarse a máquina de escribir o computadora. El formulario puede ser generado por sistema computadorizado o emplear los formatos impresos que se pueden comprar en las librerías y los kioscos de la zona de tribunales. Las cédulas deben ser confrontadas por el Tribunal (algunos juzgados no tienen en cuenta este aspecto) y el sello del juzgado da crédito del cumplimiento de este requisito. Se debe estar a lo dispuesto por los arts. 156, 136 a 141 CPCCN., 275 inc. 1 Ley 24522 y Acordada N° 13/87 de la Superintendencia Judicial. - Información a colocar en cada uno de los casilleros del formulario: Tribunal: Completar con la denominación del tribunal librador de la cédula de notificación y su domicilio. Sello del fuero: El Tribunal debe colocar su sello (medalla). Fecha de recepción en notificaciones: El Tribunal debe consignarla (cada pieza debe estar asentada en las

Upload: elbabengoechea

Post on 19-Jun-2015

3.714 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Como Confeccionar Una Cedula

¿CÓMO CONFECCIONAR UNA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN?

- Cuestiones generales:

Debe completarse a máquina de escribir o computadora.

El formulario puede ser generado por sistema computadorizado o emplear los

formatos impresos que se pueden comprar en las librerías y los kioscos de la zona de

tribunales.

Las cédulas deben ser confrontadas por el Tribunal (algunos juzgados no tienen en

cuenta este aspecto) y el sello del juzgado da crédito del cumplimiento de este

requisito.

Se debe estar a lo dispuesto por los arts. 156, 136 a 141 CPCCN., 275 inc. 1 Ley

24522 y Acordada N° 13/87 de la Superintendencia Judicial.

- Información a colocar en cada uno de los casilleros del formulario:

Tribunal: Completar con la denominación del tribunal librador de la cédula de

notificación y su domicilio.

Sello del fuero: El Tribunal debe colocar su sello (medalla).

Fecha de recepción en notificaciones: El Tribunal debe consignarla (cada pieza

debe estar asentada en las planillas que el juzgado remite a la Oficina de

Notificaciones y cuya copia debe conservar).

Sr.: Completar con los nombres y apellidos (se puede agregar el título profesional)

del/ de los destinatario/s.

Domicilio denunciado o constituido: Completar con el nombre o número de la calle,

numeración, piso, oficina, departamento u otro dato que permita su

individualización en debida forma, salvo si es un domicilio constituido (en este

caso, debe ajustarse al mencionado por el destinatario de la cédula).

Tipo de domicilio: denunciado o constituido.

Carácter: Se refiere al tipo de urgencia con que debe ser notificada la pieza, según lo

dispuesto por el tribunal: urgente, notificar en el día o con habilitación de días y

Page 2: Como Confeccionar Una Cedula

horas inhábiles. Si nada se dispone al respecto, es conveniente colocar una raya en

el espacio en blanco.

Observaciones especiales: Según el caso, se coloca la alternativa contemplada en el

mismo apartado. Si no corresponde ninguna de éstas, es conveniente cerrar el

espacio en blanco.

N° orden: El Tribunal completa con el número de la pieza según la planilla que se

confecciona en el día.

Exp. N°: Completar con el número de expediente vigente.

Zona: El tribunal completa con el número correspondiente según la guía de zonas de

notificación.

Fuero: Completar con las siglas del fuero, a saber: Civil = C (celeste); Comercial =

Co (verde); Trabajo = T (rojo), Penal Económico = PE (negro); Ley 22172= LY

(azul); Cámara Nacional Electoral = CE (rojo con dos bandas del mismo color);

Criminal y Correccional Federal = CF (marrón), Corte Suprema de Justicia de la

Nación = CSJ (celeste con dos bandas - celeste y blanca - ); Contencioso

Administrativo Federal = CA (violeta); Civil y Comercial Federal = FC (violeta). A

su vez, esta sigla debe ser colocada en el ángulo superior izquierdo de la cédula de

notificación y es conveniente (no invalida) que presente el color que se indica entre

paréntesis.

Si el Tribunal librador es Cámara => subrayado.

Si el Tribunal librador es juzgado de primera instancia => sin subrayado.

Sala / Juzgado: En el primer caso, si el Tribunal librador es Cámara y en el segundo,

si es juzgado de primera instancia.

Secret.: n° de Secretaría, en caso que así corresponda.

SI / NO Copias: testar lo que no corresponda (Es muy conveniente detallar las piezas

que se adjuntan y cumplimentar lo dispuesto por el art. 120 CPCCN).

SI / NO Personal: Idem anterior. Si es Personal se consignará el motivo en

“Observaciones Especial” testando el NO en el apartado correspondiente a

“Observaciones”.

REZ.: Completará la Oficina de Notificaciones.

Notificación negativa: Idem anterior.

:FIRMA Del Secretario del Juzgado

o en su caso, Del letrado patrocinante de la parte que la envía, Del Sindico

concursal (facultado por LCQ)