como aplazar fraccionar deuda tributaria sunat peru

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Como Aplazar y/o Fraccionar una Deuda Tributaria ante la Sunat. GRUPO PYMESCONT El solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda triutaria! de acuerdo a lo dispu en el art"culo #$% del C&di'o Triutario! es 'ozar de un derec(o )ue tienen los deudores triutarios* El aplazamiento de la deuda triutaria! consiste en diferir en el tiempo el pa'o de la deud triutaria a solicitud del contriuyente y decisi&n de la +dministraci&n Triutaria* El fraccionamiento de la deuda triutaria! es la facilidad de pa'o )ue concede la +dministr Triutaria o el Poder E,ecuti-o para )ue la deuda triutaria sea aonada en cuotas diferida lar'o de un per"odo* El deudor triutario puede solicitar en forma con,unta aplazamiento y fraccionamiento de su deuda triutaria! siempre )ue cumpla con los re)uerimientos o 'arant"as )ue estalezca la +dministraci&n Triutaria y con los re)uisitos )ue estalece el C&di'o Triutario en su ar #$% y la Resoluci&n de Superintendencia N% . 01223/SUN+T 415*25*12236 y modificatorias* ¿ Que deudas se pueden aplazar y/o fraccionar? a6 7a deuda administrada por la SUN+T! as" como la Contriuci&n al 8ondo Nacional 9i-ienda 48ON+9:6* 6 7a deuda triutaria por triutos dero'ados* c6 7os intereses correspondientes a los P/+/C del :mpuesto a la Renta o del :mpuesto Select al Consumo! una -ez -encido el plazo para la Re'ularizaci&n de la declaraci&n y pa'o del impuesto respecti-o* d6 En los casos )ue se (uieran acumulado; d*.* <os 416 o m=s cuotas -encidas y pendientes de pa'o de los eneficios aproados por 7ey N% 1>#33 ? R@'imen Especial de 8raccionamiento Triutario ? RE8T o el <ecreto 7e'islati-o N% .3 ? Sistema especial de +ctualizaci&n y Pa'o de deudas triutarias ? SE+P* d*1* Tres 4#6 o m=s cuotas -encidas y pendientes de pa'o del eneficio aproado por 7ey N% 1>$5 ? 7ey de Reacti-aci&n a tra-@s del Sinceramiento de las deudas triutarias ? RES:T* Se podr=n aco'er las cuotas antes seAaladas! o de eBistir! las Ordenes de Pa'o )ue las conten'an y la Orden de Pa'o por la totalidad de las cuotas por las )ue se (uieran dado po -encidos los plazos* El aco'imiento al aplazamiento y/o fraccionamiento deer= realizarse por la totalidad de la cuotas y/u &rdenes de pa'o )ue conten'an las mismas* <e eBistir una Orden de Pa'o por la

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SUNAT PERU

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Como Aplazar y/o Fraccionar una Deuda Tributaria ante la Sunat.GRUPO PYMESCONT

El solicitar aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria, de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 36 del Cdigo Tributario, es gozar de un derecho que tienen los deudores tributarios.

El aplazamiento de la deuda tributaria, consiste en diferir en el tiempo el pago de la deuda tributaria a solicitud del contribuyente y decisin de la Administracin Tributaria.

El fraccionamiento de la deuda tributaria, es la facilidad de pago que concede la Administracin Tributaria o el Poder Ejecutivo para que la deuda tributaria sea abonada en cuotas diferidas a lo largo de un perodo.

El deudor tributario puede solicitar en forma conjunta aplazamiento y fraccionamiento de su deuda tributaria, siempre que cumpla con los requerimientos o garantas que establezca la Administracin Tributaria y con los requisitos que establece el Cdigo Tributario en su artculo 36 y la Resolucin de Superintendencia N 199-2004/SUNAT (28.08.2004) y modificatorias.

Que deudas se pueden aplazar y/o fraccionar?a) La deuda administrada por la SUNAT, as como la Contribucin al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI).b) La deuda tributaria por tributos derogados.c) Los intereses correspondientes a los P/A/C del Impuesto a la Renta o del Impuesto Selectivo al Consumo, una vez vencido el plazo para la Regularizacin de la declaracin y pago del impuesto respectivo.d) En los casos que se hubieran acumulado:d.1.Dos (2) o ms cuotas vencidas y pendientes de pago de los beneficios aprobados por Ley N 27344 Rgimen Especial de Fraccionamiento Tributario REFT o el Decreto Legislativo N 914 Sistema especial de Actualizacin y Pago de deudas tributarias SEAP.d.2.Tres (3) o ms cuotas vencidas y pendientes de pago del beneficio aprobado por Ley N 27681 Ley de Reactivacin a travs del Sinceramiento de las deudas tributarias RESIT.

Se podrn acoger las cuotas antes sealadas, o de existir, las Ordenes de Pago que las contengan y la Orden de Pago por la totalidad de las cuotas por las que se hubieran dado por vencidos los plazos.

El acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento deber realizarse por la totalidad de las cuotas y/u rdenes de pago que contengan las mismas. De existir una Orden de Pago por la totalidad de las cuotas por las que se hubieran dado por vencido los plazos, sta tambin deber ser incluida en la Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento.Fuente: Informativo asesor empresarial.