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COMISIÓN FEDERAL 0 ELECTJUCJ DAD COMITÉ DE INFORMACIÓN ACTA DE LA VIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN DEL 2015, DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, CELEBRADA EL 9 DE JUNIO DE 2015. En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las once horas del martes nueve de junio del año dos mil quince, en la Sala de Juntas ubicada en Río Atoyac, número noventa y siete, onceavo piso, se reunió el Comité de Información de la propia Comisión, para celebrar su vigésima segunda sesión del año dos mil quince. En su carácter de integrantes del Comité asistió el Mtro. Diódoro J. Siller Argüello, Coordinador de Proyectos Especiales y Racionalización de Activos de CFE, en suplencia de Héctor De la Cruz, Director de Administración y el Lic. Mario Miguel Ortega, Titular de la Unidad de Enlace para la Información Pública. Como asesores del Comité de Información, asistieron: Lic. Jorge Alberto Villa Me Dowell, representante de la Auditoría Interna; Lic. Margarita Rajme Haje, Jefa de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Evaluación, representante de la Dirección de Administración; Lic. Azucena Morán Alonso, Gerente de Control y Evaluación Financiera, representante de la Dirección de Finanzas; Lic. Luis A. Chao Ebergenyi, representante de la Gerencia de Comunicación Social; Lic. Marcial Mosqueda Pulgarín, de la Dirección General; Lic. José Adrián Ventura y Jaimes, representante de la Gerencia de Relaciones Laborales; Lic. Evangelina \ .. Chavarría Castro, representante de la Coordinación Comercial; Lic. Mariana Yáñez López, de la Auditoría Interna; C.P. Miguel Martín del Campo Muñoz, de la Dirección de Operación; Mtra. Carmen Villavicencio Riva, de la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada; Lic. Mario Valverde Alanís, de la Oficina del Abogado General; Lic. Georgina Elizabeth González Aranda, de la Subdirección de Programación; Lic. Mauricio Panda! Pérez, de la Dirección de Administración; Lic. Juan Carlos Garcés Sandoval, de la Coordinación del Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico y el Lic. Gerardo Hernández Zavala, de la Unidad para la Transparencia. Orden del Día 1.- Aprobación del acta de la sesión anterior. 2.- Análisis de las respuestas emitidas por las Unidades Administrativas a solicitudes de Información. 3.- Asuntos generales. Desahogo del Orden del Día 1.- Aprobación del acta de la sesión anterior. Los asistentes firmaron el acta correspondiente a la sesión anterior del Comité de Información del año 2015, y se enviará por correo electrónico a más tardar el día 12 de junio de 2015, el acta correspondiente a la presente sesión, acordando que los comentarios y observaciones a ésta, se recibirán en los correos electrónicos, siguientes: informacion.publ[email protected].mx y \ recursos.vi[email protected]ob.mx en el entendido de que el 15 de junio de 2015 es la fecha límite 1\ para incorporar las modificaciones sugeridas, por lo que de no haber sugerencias adicionales, el acta se dará por robada y se firmará en la próxima sesión del Comité de Información. -- Ao"i•i do '"" omitida, po, la, Uoidad" Admiols!,ati r sol "'""" d OMaOOOO._ :'°')�\"" -- ,y:j

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COMISIÓN FEDERAL

01: ELECTJUCJ DAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

ACTA DE LA VIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN DEL 2015, DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, CELEBRADA EL 9 DE JUNIO DE 2015.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las once horas del martes nueve de junio del año dos mil quince, en la Sala de Juntas ubicada en Río Atoyac, número noventa y siete, onceavo piso, se reunió el Comité de Información de la propia Comisión, para celebrar su vigésima segunda sesión del año dos mil quince.

En su carácter de integrantes del Comité asistió el Mtro. Diódoro J. Siller Argüello, Coordinador de Proyectos Especiales y Racionalización de Activos de CFE, en suplencia de Héctor De la Cruz, Director de Administración y el Lic. Mario Miguel Ortega, Titular de la Unidad de Enlace para la Información Pública. Como asesores del Comité de Información, asistieron: Lic. Jorge Alberto Villa Me Dowell, representante de la Auditoría Interna; Lic. Margarita Rajme Haje, Jefa de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Evaluación, representante de la Dirección de Administración; Lic. Azucena Morán Alonso, Gerente de Control y Evaluación Financiera, representante de la Dirección de Finanzas; Lic. Luis A. Chao Ebergenyi, representante de la Gerencia de Comunicación Social; Lic. Marcial Mosqueda Pulgarín, de la Dirección General; Lic. José Adrián Ventura y Jaimes, representante de la Gerencia de Relaciones Laborales; Lic. Evangelina

\ ..

Chavarría Castro, representante de la Coordinación Comercial; Lic. Mariana Yáñez López, de la Auditoría Interna; C.P. Miguel Martín del Campo Muñoz, de la Dirección de Operación; Mtra. Carmen Villavicencio Riva, de la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada; Lic. Mario Valverde Alanís, de la Oficina del Abogado General; Lic. Georgina Elizabeth González Aranda, de la Subdirección de Programación; Lic. Mauricio Panda! Pérez, de la Dirección de Administración; Lic. Juan Carlos Garcés Sandoval, de la Coordinación del Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico y el Lic. Gerardo Hernández Zavala, de la Unidad para la Transparencia.

Orden del Día

1.- Aprobación del acta de la sesión anterior. 2.- Análisis de las respuestas emitidas por las Unidades Administrativas a solicitudes de Información.

3.- Asuntos generales. Desahogo del Orden del Día

1.- Aprobación del acta de la sesión anterior. Los asistentes firmaron el acta correspondiente a la sesión anterior del Comité de Información del año 2015, y se enviará por correo electrónico a más tardar el día 12 de junio de 2015, el acta correspondiente a la presente sesión, acordando que los comentarios y observaciones a ésta, se recibirán en los correos electrónicos, siguientes: [email protected] y \ [email protected] en el entendido de que el 15 de junio de 2015 es la fecha límite 1.J-1\ para incorporar las modificaciones sugeridas, por lo que de no haber sugerencias adicionales, el acta se dará por ¡probada y se firmará en la próxima sesión del Comité de Información.

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COMISIÓN FEDERAL

DE ELECTRICTDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio 073415, SAIP-15-0734, del 27 de abril de 2015: (Transcripción original) Solicito el CONTENIDO de todos los correos electrónicos del 1' de enero de 2013 a la fecha, de todos los funcionarios públicos de esta dependencia.

* Específicamente del Director General, su secretaria particular y coordinador de asesores. DelDirector de Operación, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. Del Director deProyectos de Inversión Financiada, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. DelAbogado .General de la Comisión, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. De losDirectivos del CENACE que aún cuentan con domicio @cfe.gob.mx, a saber los siguientes:

- Director General, su secretaria particular y coordinador de asesores.- Gerente del Sistema Eléctrico Nacional.- Gerente del Mercado Eléctrico Mayorista. Muchísimas gracias.

*Específicamente del Director General, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. DelDirector de Operación, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. Del Director deProyectos de Inversión Financiada, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. DelAbogado General de la Comisión, su secretaria particular y Coordinador de Asesores. De los

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Directivos del CENACE que aún cuentan con domicio @cfe.gob.mx, a saber los siguientes:Director General, su secretaria particular y coordinador de asesores. Gerente del SistemaEléctrico Nacional. Gerente del Mercado Eléctrico Mayorista.

Respuesta: En términos del artículo 40, fracciones II y 111 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), y del criterio 19/10, emitido por el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, se hace de su conocimiento que las solicitudes de información deben ser formuladas en forma clara y precisa, así como proporcionar cualquier dato que propicie su localización.

Del análisis de la solicitud de información presentada con fecha 27 de abril de 2015 y del desahogo al requerimiento de fecha 13 de mayo del mismo año, este sujeto obligado determina que los mismos no cumplen con lo establecido en la disposición legal antes referida.

A mayor abundamiento, cabe destacar que ante solicitudes de información genéricas no es posible identificar en forma alguna la atribución, tema, materia o asunto respecto del que requiere los correos electrónicos.

De igual forma, el sujeto obligado no se encuentra en aptitud de otorgar una respuesta fe específica que satisfaga la solicitud, ya que al no ser precisa no se cuenta con un referente concreto para realizar la búsqueda.

A fin de salvaguardar su derecho de acceso podrá solicitar mediante una nueva solicitud, de manera más clara la información de su interés, indicando el tema, materia o asunto en \particular, del que req ·ere los correos electrónicos de determinado servidor público. �'\ Primera resoluci ' Abogado Gener

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COMLSIÓN FEDERAL

DE ELECTRICJ DAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio 067015, SAIP-15-0670, del 16 de abril de 2015: (Transcripción original) Copia digital del proyecto del Gasoducto Morelos y sus modificaciones a la fecha, incluir coordenadas geográficas, comunidades afectadas, detalles técnicos y de trayectoria del gasoducto; avalúo de bienes afectados y pagos realizados para su indemnización, contrato público o similar para la construcción de servidumbres de paso, última versión del Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto y sus anexos, así como mapa de peligro de la región cercana al Popocatépetl por donde pasará el gasoducto.

Respuesta: En atención a su solicitud y con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) se informa que previo pago de un disco compacto, se entregará la información correspondiente a la copia del Proyecto del Gasoducto Morelos publicado en el Sistema de CompraNet, el nombre de las comunidades por donde cruza la obra, trayectoria del gasoducto, el avalúo de bienes afectados y los pagos realizados para su indemnización.

Tanto del avalúo como de los pagos se entregará la documentación en versión pública, en la que se testó el nombre de las personas físicas, de conformidad a lo establecido en el artículo 13, fracción IV de la LFTAIPG, por tratarse de información reservada, que pone en riesgo la seguridad y la integridad de las personas propietarias de los predios.

Así mismo, se proporcionará la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), anexos (se precisa que las coordenada geográficas forman parte de los anexos de la MIA) y el mapa de peligro de la región por donde pasará el gasoducto.

En lo concerniente al contrato de servidumbre de paso se proporcionará acta de inexistencia ya que los expedientes que la contenían fueron transferidos al Transportista denominado "Gasoducto Morelos, SAPI, de CV, mediante Escritura de Transmisión de Propiedad y Cesión de Derechos en Ejecución del Fideicomiso número 2030, de fecha 16 de mayo de 2013.

Segunda resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 087215, SAIP-15-0872, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original) Necesito saber si en Chiapas existen municipios que tengan deudas con la Comisión Federal de Electricidad; de ser cierto, me interesa saber: ¿Cuáles son los más endeudados? ¿De cuánto es la deuda que presenta cada uno? ¿Desde cuándo presentan la deuda? ¿A cuántos se les ha suspendido el servicio? ¿Cuántos y quiénes han hecho pagos para reducir la deuda, en qué fecha se efectuaron y de cuánto fue la cantidad? ¿ Tiene plazo para liquidar la deuda? ¿Qué pasaría en caso e algunos de los municipios que presentan deudas no la liquidan? ¿Cuántas colonias se en afectada por la situación?

Respuesta: Con f ndamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparepcia y Acceso ti/ la Información P · lica Gubernamental (se transcribió), se informa lo (JdiEÍ,,/ rJ

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COMISIÓN FEDERAL

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Se adjunta cuadro con información de los 1 O municipios con mayor adeudo y el importe, con cifras al 29 de mayo 2015

Se adjunta listado de los municipios indicando si se les ha suspendido el servicio o no, así como, los pagos realizados en los últimos dos meses.

Sí, la fecha límite de pago se especifica en los avisos recibo de cada servicio.

Con base en artículo 4, fracción IV de la Ley de la Industria Eléctrica, se realizaría el corte del servicio de energía eléctrica.

No se tiene cuantificado.

Tercera resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 083015, SAIP-15-0830, del 11 de mayo de 2015: (Transcripción original) Le solicito a la Comisión Federal de Electricidad la versión pública de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que recibió esta Comisión en enero de 2015 con motivo

1

de las operaciones a las que se refiere el segundo y tercer párrafo de la regla 2. 7.1.22 la cual se adjunta a la presente solicitud de información.

Las operaciones a las que me refiero son las tipificadas como (OPERACIONES DE SERVIDUMBRES). A manera de ejemplo de lo que se solicita puede ser consultado del CFDI que se encuentra publicado en la liga

http://www.facturanot.com.mx/docs/ejemplo-complemento-notarios-publicos-cfdi-traslativas-de­dominio.pdf

Respuesta: Se informa que la Comisión Federal de Electricidad no recibió Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), en el mes de enero de 2015.

Cuarta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada.

Folio 083115, SAIP-15-0831 del 11 de mayo de 2015: (Transcripción original) Le solicito a la Comisión Federal de Electricidad la versión pública de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que recibió esta Comisión en febrero de 2015 con motivo de las operaciones a las que se refiere el segundo y tercer párrafo de la regla 2.7.1.22 la cual se adjunta a la presente solicitud de información.

Las operaciones a las que me refiero son las tipificadas como (OPERACIONES DE SERVIDUMBRES). A anera de ejemplo de lo que se solicita puede ser consultado del CFDI que se encuentra pu cado en la liga

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COMISIÓN FEDERAL

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Respuesta: Se anexa versión pública de cuatro Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que recibió la Comisión Federal de Electricidad en el mes de febrero de 2015 por concepto de servidumbres de paso, en los que se testó información confidencial (datos personales), con fundamento en el artículos 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LFTAIPG de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Quinta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 083215, SAIP-15-0832, del 11 de mayo de 2015: (Transcripción original) Le solicito a la Comisión Federal de Electricidad la versión pública de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que recibió esta Comisión en marzo de 2015 con motivo de las operaciones a las que se refiere el segundo y tercer párrafo de la regla 2. 7.1.22 la cual se adjunta a la presente solicitud de información.

Las operaciones a las que me refiero son las tipificadas como (OPERACIONES DE SERVIDUMBRES). A manera de ejemplo de lo que se solicita puede ser consultado del CFDI que se encuentra publicado en la liga

http://www.facturanot.com.mx/docs/ejemplo-complemento-notarios-publicos-cfdi-traslativas-de­dominio.pdf

Respuesta: Se anexan versión pública de once Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que recibió la Comisión Federal de Electricidad en el mes de marzo de 2015 por concepto de servidumbres de paso, en los que se testó información confidencial (datos personales), con fundamento en el artículo 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LFTAIPG, así como la localización georreferenciada de la línea de transmisión, que permiten identificar los puntos precisos de la infraestructura eléctrica, ello de conformidad con el artículo 13, fracción 1 de la citada Ley.

Sexta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada y Dirección de Operación, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 083315, SAIP-15-0833, del 12 de mayo de 2015: (Transcripción original) Le solicito a la Comisión Federal de Electricidad la versión pública de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que recibió esta Comisión en abril de 2015 con motivo de las operaciones a las que se refiere el segundo y tercer párrafo de la regla 2. 7.1.22 la cual se adjunta a la presente solicitud de información.

Las operaciones a las que me refiero son las tipificadas como (OPERACIONES DE SERVIDUMBRES). A manera de ejemplo de lo que se solicita puede ser consultado del CFDI que se encuentra p blicado en la liga http://www.facturanot.com.mx/docs/ejemplo­complemento-notarios- ublicos-cfdi-traslativas-de-dominio.pdf

Respuesta: Con f

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(CF/E COMISIÓN FEDERAL DE ELECTlUCfDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), se informa que previo pago de un disco compacto, se entregará versión pública de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que recibió la Comisión Federal de Electricidad en el mes de abril de 2015 por concepto de servidumbres de paso, en los que se testó información confidencial (datos personales), con fundamento en el artículos 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LFTAIPG, así como la localización georreferenciada de la línea de transmisión, que permite identificar los puntos precisos de la infraestructura eléctrica, ello de conformidad con el artículo 13 fracción I de la citada Ley.

Séptima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada y Dirección de Operación, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 083415, SAIP-15-0834, del 12 de mayo de 2015: (Transcripción original) Le solicito a la Comisión Federal de Electricidad la versión pública de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que recibió esta Comisión en mayo de 2015 con motivo de las operaciones a las que se refiere el segundo y tercer párrafo de la regla 2. 7.1.22 la cual se adjunta a la presente solicitud de información.

Las operaciones a las que me refiero son las tipificadas como (OPERACIONES DE SERVIDUMBRES). A manera de ejemplo de lo que se solicita puede ser consultado del CFDI que se encuentra publicado en la liga http://www.facturanot.com.mx/docs/ejemplo­complemento-notarios-publicos-cfdi-traslativas-de-dominio.pdf

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), se informa que previo pago de un disco compacto, se entregará versión pública de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que recibió la Comisión Federal de Electricidad en el mes de mayo de 2015 por concepto de servidumbres de paso, en los que se testó información confidencial (datos personales), con fundamento en el artículo 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LFTAIPG.

Octava resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión públicá emitida por la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 065215, SAIP-15-0652, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) (se proporciona nombre) por mi propio derecho y con fundamento en los artículos 2, 7 fracción XIII, 9 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atentamente solicito al órgano competente de la Comisión Federal de Electricidad proporcione las bases regulatorias de los proyectos "Gasoducto Morelos" con número de licitación LPI-SCPIF-001/11 y "Gasoducto Guaymas-EI Oro" con número de licitación LPI- t 002/2012, siendo en ambos proyectos el licitante o promotor la Comisión Federal de \Electricidad. Asimismo, icito al órgano competente de la Comisión Federal de Electricidad proporcione la informac· · y documentación soporte mediante la cual se desprenda el valor de contenido nacional d las tuberías de la obra que se emplearán objeto de las licitaciones públicas menciona s en el párrafo que antecede. En este sentido

,,,_..s solicita a la

dependencia ant . mencionada proporcione la documentación necesar

y co . pleta con su'1,

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correspondientes anexos, en su caso, de las licitaciones públicas señaladas anteriormente a fin de contar con las especificaciones de los proyectos denominados "Gasoducto Morelos" y "Gasoducto Guaymas-EI Oro".

"Gasoducto Morelos" con número de licitación LPI-SCPIF-001/11 y "Gasoducto Guaymas-EI Oro" con número de licitación LPl-002/2012.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, previo pago de un disco compacto se hará entrega de la siguiente información:

1.- Publicación del Diario Oficial de la Federación referente a las bases regulatorias del proyecto Gasoducto Morelos y Gasoducto Guaymas-EI Oro.

2.- Versión Pública de los formatos 4F de la empresa Elecnor, Transcanada y SEMPRA donde se testó información relacionada con el costo de la tubería, información considerada como confidencial de conformidad al artículo 18, fracción I y 19 de la LFTAIPG.

Al respecto, es preciso señalar los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental: (se transcribió)

Su divulgación revelaría los costos del participante que le permiten mantener una ventaja

\ competitiva sobre otros concursantes en futuras contrataciones, en relación con esto, el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial establece lo siguiente (se transcribió)

No se considerará secreto industrial aquella información que sea del dominio público, la que resulte evidente para un técnico en la materia, con base en información previamente disponible o la que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial. No se considerará queentra al dominio público o que es divulgada por disposición legal aquella información que seaproporcionada a cualquier autoridad por una persona que la posea como secreto industrial,cuando la proporcione para el efecto de obtener licencias, permisos, autorizaciones, registros, ocualesquiera otros actos de autoridad."

El numeral Trigésimo Sexto de los Lineamientos Generales para la Clasificación de la Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal señalan lo siguiente:

Trigésimo Sexto.- (se transcribió)

3.- Respecto a las especificaciones se entregan las convocatorias de los proyectos con sus anexos.

Novena resolución: El mité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de P yectos de Inversión Financiada y Dirección de Modernización, de conformidad con el a culo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

COMISIÓN FEDERAL

DE ELECTRICIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio 064015, SAIP-15-0640, del 14 de abril de 2015: (Transcripción original) Copia de cada uno de los contratos de interconexión para la distribución y transmisión de energía eléctrica, existentes en el estado de Oaxaca.

*Me refiero a los permisos y contratos de autoabastecimiento, cogeneración, producciónindependiente, pequeña producción, importación, exportación y usos propios continuosotorgados o tramitados de acuerdo a la ley anterior, Ley del Servicio Público de EnergíaEléctrica. Asimismo, también me refiero a los contratos y permisos contemplados en la nuevaley, Ley de la Industria Eléctrica, es decir: contrato de cobertura eléctrica, contrato deinterconexión legado, contrato legado para suministro básico, las diferentes modalidades depermiso para generar energía eléctrica (producción independiente, permisos para generarelectricidad en Centrales Eléctricas, permiso para ofrecer el Suministro Eléctrico en lamodalidad de Suministrador de Servicios Básicos, Suministrador de Servicios Calificados oSuministrador de Último Recurso).

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), previo pago de 935 copias simples se entregará los Contratos de Producción Independiente y los Contratos de Interconexión de Autoabastecedores y Cogeneradores instalados en el Estado de Oaxaca incluyendo los permisos de generación de energía eléctrica y de usos propios que otorga la Comisión Reguladora de Energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (se transcribió)

Se informa que los Anexos IB-RC, B-RC, C-RC, E-RC, G-RC señalados en los contratos no se entregan por considerarse información confidencial de conformidad a la cláusula Vigésima Séptima del Contrato: "La información que con motivo de la celebración del contrato y sus convenios obtenga una Parte acerca de la otra, no podrá ser dada a conocer a terceros ni ser utilizada para fines distintos a los del Contrato y Convenios, salvo autorización expresa y por escrito de la otra Parte ... "

Así mismo, el artículo 18, fracción I de la LFTAIPG establece: "Se considerará información confidencial la entregada con tal carácter por los particulares a los sujetos obligados de conformidad con el artículo 19 de la Ley LFTAIPG", el cual señala: "Cuando los particulares entreguen a los sujetos obligados la información a que se refiere la fracción I del artículo 18, deberán señalar los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables. En el caso de que exista una solicitud de acceso que incluya información confidencial, los sujetos obligados la comunicarán siempre y cuando medie el consentimiento expreso del particular titular de la información confidencial".

Por las razones antes expuestas, la información contenida en los anexos técnicos del contrato de interconexión debe ser considerada información confidencial. (se transcribió).

1

Respecto a las figuras de contratos y permisos contemplados en la reciente Ley de la Industria Eléctrica, es decir: con ato de cobertura eléctrica, contra.to legado para suministro básico, las .!Jdiferentes modalidad de permiso para generar energía eléctrica (producción independiente, 'í\permisos para gen ar electricidad en Centrales Eléctricas, permiso para ofrece\ el SuministroEléctrico en la m tlalidad de Suministrador de Servicios Básicos, Sumini tí'ado de Servicios Gr ('A

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DE ELECTRICIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Calificados o Suministrador de Último Recurso, se hace mención que, en los registros de CENACE no existe ningún contrato bajo la descripción señalada debido a que la normatividad aún no ha sido emitida.

Décima resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Operación modificar la redacción del último párrafo de la respuesta. Una vez modificada, se aprueba la clasificación de la información emitida como parcialmente confidencial, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 065515, SAIP-15-0655, del 15 de abril de mayo de 2015: (Transcripción original) Pregunta UNO Favor de compartir el convenio celebrado entre CFE y el Gobierno del Estado de Coahuila para atender o mitigar el problema de cartera vencida de usuarios agrícolas según consta en esta imagen; Se adjunta imagen.

Formato de Entrega; Fotocopia Certificada.

DOS; Para usuarios que se encuentran con tarifa 9M y 09, que fueron incorporados al padrón de beneficiarios ante la SAGARPA, les será reestructurado su adeudo histórico con tarifa de estímulo (9N ó 9CU) en este estado, pregunto?.

Pregunta TRES;

En el estado de Guanajuato, se han realizado reestructuras de facturación de 09 ó 9M histórica a 9N, para de ahí aplicar el convenio tripartita, siempre y cuanto estén debidamente inscritos ante el padrón de beneficiarios de la SAGARPA, del cual su servidor actuó activamente en muchos casos en los cuales fungí como representante legal de muchos de estos, además de la misma asesoría de otros tantos, del cual cuento con suficientes evidencias sustentadas de esta afirmación.

Igualmente les informo que esta facturación fue aplicada de forma histórica para aquellos usuarios sin problema de adeudo ante su empresa y que en algún momento realizaron el pago en tarifa 9M ó 09, donde ante este panorama, le fue generada una Nota de Crédito de aquellos pagos, del cual igual lo tengo documentado por su servidor este actuar, ya que participé como representante legal de estos solicitante.

Ante lo señalado previamente, se requiere el sustento documental institucional donde faculta al personal de facturación, comercial, agente comercial y cobranza les permitiera hacer esa corrección histórica y que esta fuera aplicada en el SICOM.

Permítanme comentar que en la Delegación de SAGARPA de Guanajuato laboró un extrabajador jubilado de la CFE con experiencia en la facturación y acceso al SICOM donde podía informar cómo quedaría reestructurado un RPU, para que a su vez la CFE lo aplicará contablemente en el sis ma comercial con el agente comercial correspondiente al suministro.

Formato de Entreg

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COMISIÓN FEDERAL

DE ELECTR!Cl DAD

Respuesta: Se comunica lo siguiente:

COMITÉ DE INFORMACIÓN

1.-Se le informa que los convenios de colaboración están clasificados como reservados, así como la documentación que de ellos se genere, con fundamento en los artículos 3, fracción V y VI y 14, fracción 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), esta última con relación al artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial; artículos 26 fracción I y 11, 27 y 30 del Reglamento de la LFTAIPG.

Asimismo, esta información permanecerá con este carácter durante el periodo 5 años a partir de la fecha de su clasificación, o bien, al momento en que se actualice alguno de los supuestos previstos en las fracciones 11, 111 o IV del artículo 34 de dicho Reglamento.

Lo anterior, en la inteligencia que dentro del documento solicitado se evidencian parte de las políticas comerciales de Comisión Federal de Electricidad en su calidad de Empresa Productiva del Estado. En el documento existen estrategias de comercialización dentro de las que se encuentran las reglas de operación para la disminución de la cartera vencida así como las acciones relacionadas con la cobranza, por lo que la divulgación de estos convenios causaría un daño directamente al efectivo cobro de la cartera, además ubicaría a la CFE en su calidad de Empresa Productiva del Estado, en una posición de desventaja competitiva y económica frente a terceros en el mercado del sector energético.

Es importante destacar que también es una empresa prestadora de un servicio (el de energía

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eléctrica), por el cual cobra a sus clientes una contraprestación de tipo económico. Por lo que,

, , al igual que cualquier otra empresa, necesita emitir políticas comerciales, dentro de las que destacan las relacionadas con la cobranza y el consejo de administración es quien autoriza diversos instrumentos para reducir el crecimiento de la Cartera Vencida a través de la formulación de convenios. En este orden de ideas, se puntualiza que derivado de la reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en los artículos 25, 27 y 28, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, el Congreso de la Unión aprobó en 2014 diversas leyes secundarias entre las que se encuentra la Ley de la Comisión Federal de Electricidad que en su artículo 4 establece que la misma tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario.

En tanto que el artículo 114 de la citada Ley señala que "en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás disposiciones aplicables en la materia, el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad adoptará las medidas necesarias para el resguardo y protección de la información relacionada con las .actividades empresariales, económicas e industriales que desarrollen la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias para la consecución de sus objetos, y que signifique el poder obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a ter. eros en la realización de tales actividades. Dicha información se considerará comercial servada en términos de la citada ley."

2.- Las reglas d�, -�ración las emite SAGARPA y CFE, estas tarifas de estímulo aplican de \; """'" al pad,.t,',;�ado pee esa depecdeccta (SAGARPA) raspecto (;'"'""''"'hao 11

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COMISIÓN FEDERAL

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

sido aprobados como beneficiarios, así también, se indica a partir de qué fecha serán aplicadas.

3.- El sustento normativo se localiza en el Procedimiento de Facturación de Energía Eléctrica, mismo que se entregará previo pago de 28 copias certificadas.

Décima primera resolución: El Comité de Información instruyó indicar el número de copias certificadas en que consta el Procedimiento de Facturación de Energía Eléctrica. Una vez precisado, se aprueba la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como parcialmente reservada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 066315, SAIP-15-0663, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) ¿El Ayuntamiento de Guadalajara ha firmado convenio con la CFE para el pago de adeudos en los años del 2011, 2012, 2013, 2014, o en lo que va el 2015? Solicito se me proporcione versión electrónica de cada uno.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), se informa que en los años 2011 y 2012 no se firmó convenio, fue hasta el 2013, el cual sigue vigente y se anexa.

Décima segunda resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación y Dirección de Operación.

Folio 066415, SAIP-15-0664, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) Solícito copia de los últimos 5 recibos correspondientes a los pagos realizados por el Ayuntamiento de Guadalajara a la CFE.

Respuesta: Se anexan archivos que contienen copia de los últimos 5 recibos de pago (transferencia bancaria) del municipio de Guadalajara correspondiente al pago de servicio a Comisión Federal de Electricidad, en versión pública en donde se testaron los números de cuenta, al tratarse de información reservada con fundamento en el artículo 13 fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Artículo 13. Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya difusión pueda (se transcribió).

Lo anterior, debido a que la difusión de esa información puede causar un serio perjuicio a las actividades de prevención de los delitos, toda vez que la publicidad de la información referente a las cuentas bancarias a nombre de la entidad proporcionan elementos que incrementan la posibilidad de que se realicen conductas ilícitas o se vea afectada la continuidad de las operaciones bancarias de la entidad.

, ón del recurso núm. 4798/09 promovido por el IFAI.

Décima tercera re lución: El Comité de Información aprobó la respuesta y la versión pública emitida por la Dir. cción de Operación, de conformidad con del artíc

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio 082015, SAIP-15-0820, del 11 de mayo de 2015: (Transcripción original) Contratos de trabajo, nombramientos o documentos similares a nombre de Emma Berenice Miranda Daza suscritos o formalizados con o por la Comisión Federal de Electricidad de abril de 2007 a la fecha.

Respuesta: Se comunica que la documentación solicitada se considera reservada y su entrega pone en riesgo la estrategia planteada a efecto de defender las demandas instauradas por la C. Emma Berenice Miranda Daza, cuyo juicio se encuentra radicado en la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con número de juicio laboral 25 61/2014.

Lo anterior con fundamento en el artículo 1 3 fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Guberna.mental (se transcribió)

Se anexa formato de reserva.

Décima cuarta resolución: El Comité de Información aprobó la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como reservada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 087615, SAIP-15-0876, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original) Listado de pagos (incluyendo destinatarios y montos) realizados por la Comisión Federal de Electricidad por afectaciones derivadas del mantenimiento a la infraestructura eléctrica actualmente denominada TAMOS A3790 POZA RICA DOS (antes Altamira Poza Rica 11 L-2) durante los años 2011, 2012, 2013, 2014y2015.

Respuesta: Se comunica que la información de la infraestructura eléctrica denominada TAMOS- A3790-Poza Rica Dos antes Altamira Poza Rica 11 L2 de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 se encuentra reservada conforme a los artículos 1 3, fracción V, 14 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 26 y 27 de su Reglamento, así como, numeral octavo de los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de la Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, dado que se tramitan cuatro juicios civiles: El número 64/2014 del Juzgado Octavo de Distrito, 127/2014 del Juzgado Décimo Tercero de Distrito, 18/2015 del Juzgado Décimo Primero de Distrito y 18/2015 del Juzgado Décimo Tercero de Distrito y asunto agrario 5 52/2014 del Tribunal Unitario Agrario, Distrito XXXII. Se anexa formato de reserva con la motivación al respecto.

Décima quinta resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Operación modificar la redacción del primer párrafo y verificar los números de juicio. Una vez realizado, se aprueba la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como reservada, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 085215, SAIP-15-0852, del 14 de mayo de 2015: (Transcripción original) Solicito copias certificadas por tripli do del Oficio RELL/V2110/0249 de la Gerencia de Relaciones Laborales -Subgerencia de P cesos Laborales de Comisión Federal de Electricida

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d �igido al Dip. Fed. Tereso Medina mírez de fecha 26 de Mayo del 2010. ,

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Éste se localiza en Oficinas Nacionales de la Comisión Federal de Electricidad en Río Ródano 14 Río Ródano Col. Cuauhtémoc C.P. 06500 Ciudad de México, D.F.

Respuesta: Se informa que previo pago de 3 copias certificadas, se entregará el documento requerido.

Décima sexta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Administración.

Folio 086415, SAIP-15-0864, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original) Por este medio solicito saber: ¿Cuál es el seguro que tiene la Comisión Federal de Electricidad para reparar daños por responsabilidad civil objetiva y daño moral? y ¿cuál es la cobertura de la misma para ese concepto?

Esta información le puede ser requerida a la Comisión Federal de Electricidad.

Respuesta: Se informa que como parte del Programa de Aseguramiento Integral (PAi) de Comisión Federal de Electricidad con vigencia del 30 de junio de 2014 al 30 de junio de 2015, se contrató la Póliza Integral, la cual considera en su Sección IV Responsabilidad Civil, se anexa la citada póliza en la que se contiene la cobertura.

Décima séptima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Administración.

Folio 088415, SAIP-15-0884, del 19 de mayo de 2015: (Transcripción original) A Quien Corresponda:

De la manera más atenta solicito a ustedes la siguiente información relacionada con la Comisión Federal de Electricidad.

1) Copia del contrato celebrado en el año 2014 con el taller de origami que se impartió en elMUTEC (Museo Tecnológico de la C.F.E.),

2) Copias de las facturas o pagos que se le hicieron a dicho taller durante el año 2014.

3) Copia de los informes mensuales de visitantes al taller de origami durante 2014. (Pareceque la clave es FOR- CC01 O- 003)

Respuesta: Se informa lo siguiente:

1. Se anexa copia simple del contrato celebrado en el 2014 J\), 2. Se anexa copia simpl de las facturas con el folio 11, 12, 13, 14, 18, 20, 21, 23 y 27, 0('correspondientes a los eses de abril a d1c1embre de 2014 respectivamente, emitidas por la

� empresa Robótica R reativa, A.C. para la CFE.

3. Se adjunta t,, a con la relación de visitantes al taller de "Origami" úrante el 2014, así --�

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

COMISIÓN FEDERAL

DE El.f:CTlUCIDAD

mismo, se anexa los formatos FOR-CC010-003 del mes de marzo a diciembre de 2014, que son utilizados para conocer el número mensual de visitantes para efectos estadísticos.

Décima octava resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Administración.

Folio 089815, SAIP-15-0898, del 21 de mayo de 2015: (Transcripción original) Respecto del contrato número: 800332314 otorgado a la razón social:

CT Especializada S.A. de C.V. por parte de la Gerencia de Administración y Servicios de la CFE, solicito la siguiente información.

1. Copia simple del contrato por los servicios contratados.

2. Nombre del representante legal de la razón social CT Especializada quien suscribió elcontrato de servicios.

Respuesta: Se anexa archivo que contiene copia simple del contrato número 800332314 suscrito entre el Museo Tecnológico de la CFE y la empresa C.T. Especializada, S.A. de C.V.

Cabe señalar que el nombre del representante legal quien suscribió el contrato por parte de C.T. Especializada, S.A. de C.V. es Laura Aresha Flores Morales, como se expresa y firma en el calce del contrato.

Décima novena resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Administración.

Folio 094015, SAIP-15-0940, del 28 de mayo de 2015: (Transcripción original) Quiero saber con qué aseguradora tenia contratada la Comisión Federal de Electricidad (CFE), su póliza de seguro de daños, la cual haya tenido contemplada la cobertura de responsabilidad civil y daños a terceros, al día 22 de mayo del 2014.

Respuesta: Se informa que como parte del Programa de Aseguramiento Integral con vigencia del 30 de junio de 2013, al 30 de junio de 2014, se adjudicó mediante Licitación Pública Nacional Presencial, a Aseguradora Interacciones, S.A. de C.V., Grupo Financiero Interacciones, la Póliza Integral, la cual en su Sección IV, se da cobertura a la Responsabilidad Civil.

Vigésima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Administración.

Folio 066115, SAIP-15-0661, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) Relativo al contrato Nº 9100005181 para suministro de gas de importación de Camisea, Perú, al Puerto de Manzanillo, Colima, México, firmado entre la Comisión Federal de Electricidad y Repsol Comercializadora de Gás, S.A., de fecha 28 de septiembre de 2007 solicito:

a) Se me hagan IJ�i todos los documentos, bases de licitación y demás, r laqionados con laasignación

,. ntrato mencionado.

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b) Se me envíen todos los convenios modificatorios del mismo.

c) Se me envíe el precio al que la CFE adquirió cada BTU, desde el inicio del contrato, hasta elfin de su vigencia.

d) Se me indique por cuantos años es la vigencia del contrato.

e) Se me envíe la documentación técnica para el proceso licitatorio.

f) Se me indiquen los cambios que habrá de tener el presente contrato con la reciente reformaenergética.

Anexo el contrato para facilitar la respuesta a la presente solicitud.

Respuesta: a) De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), se comunica que previo pago de un disco compacto (debido al amplio volumen de la información), se hará entrega de las bases de licitación, los anexos del contrato y el acta de fallo (Publicados en CompraNet), mediante el cual se asignó el contrato No. 9100005181, celebrado entre la CFE y Repsol Comercializadora de Gas, S.A, el 28 de septiembre de 2007.

b) Se anexa archivo que contiene copias de convenios modificatorios

c) Se anexa archivo que contiene los precios solicitados.

d) El contrato tiene una vigencia de 15 años.

e) Se entrega la Sección 3 de las Bases de licitación, en donde se encuentra la informacióntécnica requerida con la propuesta y la metodología de evaluación.

f) A la fecha, no se tiene ninguna modificación.

Vigésima primera resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Operación y Dirección de Proyectos de Inversión Financiada modificar la respuesta al inciso f. Una vez realizado, se aprueba la respuesta.

Folio 066815, SAIP-15-0668, del 16 de abril de 2015: (Transcripción original) Quisiera que se me proporcionara la información pertinente con respecto al presupuesto otorgado para la expansión y mantenimiento del servicio de energía eléctrica en el año del 2014, y en qué fue utilizado específicamente dicho monto.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública é anexa el monto económico otorgado en 2014 a las áreas de competencia (DPIF y Di cción de Operación). Así como, el destino que se dio a los mismos.

Vigésima segund esolución: El Comité de Información aprobó la respuesta-,1emitida por la

Dirección de Oper. ción y Dirección de Proyectos de Inversión Financiada./ ( _ _ fJ\ ·� �

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COMLSIÓN FEDERAL

DE ELECTRICfDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio 084415, SAIP-15-0844, del 12 de mayo de 2015: (Transcripción original) Gasoductos que construye la CFE, para la reconversión de sus plantas de Generación. PLAN 201-2025.

Respuesta: Se informa que no se tienen en construcción gasoductos para la reconversión de plantas de generación, puntualizando que CFE no construye infraestructura (gasoductos), sino que las licitaciones de gasoductos en las que participa son para contratar el servicio de transporte de gas natural, por lo que la construcción de gasoductos la lleva a cabo el licitante ganador.

Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), se proporciona la liga donde puede consultar los proyectos que tiene CFE para la contratación de servicios de transporte de gas natural a través de gasoductos, entre otros:

http://www.cfe.gob.mx/Licitaciones/Licitaciones/Paginas/PrincipalesProyectos.aspx

Vigésima tercera resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada y Dirección de Modernización, modificar la respuesta. Una vez realizado, se aprueba.

Folio 085515, SAIP-15-0855, del 14 de mayo de 2015: (Transcripción original) Solicito información de todos los contratos que Comisión Federal de Electricidad tiene celebrados con Grupo lberdrola y sus empresas, entre las que se encuentran: lberdrola Energía Monterrey, SA de CV. lberdrola Energía Altamira, SA de CV. lberdrola Energía SA de CV. lberdrola México SA de CV. lberdrola Renovables SA de CV. lberdrola Energía Baja California SA de CV. lberdrola Generación México, SA de CV. lberdrola Ingeniería y Construcción México SA de CV., entre otros que CFE tiene contratos.

Entre otros contratos de Comisión Federal de Electricidad que celebro con la Empresas del Grupo lberdrola son:

1) Número de Contrato PIF-011/99 con lberdrola Energía Monterrey SA de CV.

2) Número de Contrato PIF-001/2001 con lberdrola Energía Altamira, SA de CV.

3) Número de Contrato PIF-014/2002 con lberdrola Energía SA de CV. 4) Número de ContratoPIF-023/2004 lberdrola México SA.5) Número de Contrato PIF-005/2009 lberdrola Renovables SA. y,

6) Número de Contrato PIF-001/2014 lberdrola Energía Baja California SA de CV.

Respuesta: Con fundam.él\to en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública �bernamental (se transcribe), se anexa archivo que contiene la relación de los contratos far á'lizados con Grupo lberdrola y sus diversas empresas, a partir del año 1996 al 2014. Dura e 2015 no se han celebrado contratos.

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COMISIÓN FEDERAL

DE El.ECTRICIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Vigésima cuarta resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada verificar la existencia de contratos celebrados en el año 2015. Una vez realizado, se aprueba.

Folio 078515, SAIP-15-0785, del 6 de mayo de 2015: (Transcripción óriginal) Copia en versión electrónica de los recursos ejercidos de manera anual en los estados de Tabasco, México, Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Tamaulipas en el mantenimiento de la infraestructura eléctrica, lo anterior del año 2005 al año 2015, desglosado por acciones realizadas.

Respuesta: Se anexa archivo que contiene los recursos ejercidos en nueva infraestructura eléctrica (mantenimiento), 2005-2015.

Vigésima quinta resolución: El Comité de Información instruyó que la información proporcionada por la Dirección de Finanzas fuera validada por las áreas correspondientes de la Dirección de Operación y Dirección de Proyectos de Inversión Financiada. Una vez realizado, se aprueba.

Folio 078615, SAIP-15-0786, del 6 de mayo de 2015: (Transcripción original) Copia en versión electrónica de los recursos ejercidos de manera anual en los estados de Tabasco, México, Chiapas, Oaxaca, Veracruz y Tamaulipas en nueva infraestructura eléctrica, lo anterior del año � 2005 al año 2015, desglosado por acciones realizadas.

� Respuesta: Se anexa archivo con información de los recursos ejercidos en nueva infraestructura eléctrica 2005-2015.

Vigésima sexta resolución: El Comité de Información instruyó que la información proporcionada por la Dirección de Finanzas fuera validada por las áreas correspondientes de la Dirección de Operación y Dirección de Proyectos de Inversión Financiada. Una vez realizado, se aprueba.

Folio 064915, SAIP-15-0649, del 14 de abril de 2015: (Transcripción original) Copia de cada uno de los contratos de interconexión para la distribución y transmisión de energía eléctrica existentes para la empresa Energía Eólica del Sur, S.A.P.I. de C.V.

Respuesta: Se comunica, que no se tiene ningún contrato con Energía Eólica del Sur S.A.P.I. de C.V.

Vigésima séptima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 065315, SAIP-15-0653, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) Factor de planta (1 de la Central Hidroeléctrica La Yesca o Alfredo Elías Ayub, desde el inicio de la operación hasta la fecha.

Respuesta: Se adjunt abla con los datos de factor de planta considerado a partir del 11 de �abril de 2014, fecha e entrada en operación comercial de la central, así como, los valores 1.X�mensuales al mes marzo del año en curso de la Central Hidroeléctri "La¡Yesca". i¡

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COMISIÓN FEDERAL

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Vigésima octava resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 066515, SAIP-15-0665, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) ¿El ayuntamiento de Guadalajara tiene deudas vigentes a la Comisión Federal de Electricidad por consumo de energía? En caso afirmativo, pido se desglosen las mismas por monto adeudado, fecha y concepto detallado.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se anexa archivo que contiene el estado de cuenta de la facturación pendiente de cobro del municipio de Guadalajara desglosado por fecha, concepto y monto del adeudo de abril 2013 a abril 2015

Vigésima novena resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 066615, SAIP-15-0666, del 15 de abril de 2015: (Transcripción original) Solicito se me proporcione una relación de pagos realizados por el Ayuntamiento de Guadalajara a la CFE en el año 2011, 2012, 2013, 2014 y de lo que va del año, en donde se señale, monto del pago, fecha, concepto.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), se adjunta tabla que contiene la relación de pagos realizados por el municipio de Guadalajara de los años 2011 a abril 2015, respecto al suministro de energía eléctrica.

Trigésima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 072315, SAIP-15-0723, del 23 de abril de 2015: (Transcripción original) Se requiere de esa empresa del Sector Publico la siguiente información:

Nombre completo del titular de todas y cada de las oficinas de los CFEmáticos del Estado de México y del Distrito Federal con su domicilio respectivo, el cual deberá incluir municipio o Delegación, Calle, número, Código Postal así como el número telefónico correspondiente. La información requerida deberá estar vigente y actualizada.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se anexa archivo que contiene el directorio de los Centros de Atención a Clientes del Estado de México y del D.F. señalando al responsable de cada Centro de Atención; el domicilio de cada uno de ellos y números telefónicos, información actualizada al 30 de abril e 2015.

Trigésima primera Dirección de Oper

solución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la

COMISIÓN FEDERAL

Df: ELECTRICIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Folio .072415, SAIP-15-0724, del 23 de abril de 2015: (Transcripción original) 1.- ¿Cual es el procedimiento para pedir la devolución del depósito pagado en el primer recibo de luz de un contrato nuevo?

2.- ¿ Cuál es el tiempo máximo para obtener la devolución?

3.- ¿Que procede si en el tiempo máximo Comisión Federal de Electricidad no ha realizado la devolución?

Hago referencia a un cargo por depósito que realiza Comisión Federal de Electricidad en el primer recibo de un contrato nuevo.

Respuesta: Se informa lo siguiente:

La Comisión Federal de Electricidad cuenta con un instructivo de trabajo, denominado "Devolución de depósitos en garantía" el cual se lleva a cabo a solicitud del cliente, una vez que el servicio de energía eléctrica ha causado baja.

Las solicitudes por devoluciones de depósitos en garantía a favor del cliente deberán ser presentadas en el Centro de Atención a Clientes que corresponda y este trámite deberá quedar resuelto en un plazo no mayor a 1 O días hábiles a partir de que el cliente presente su solicitud.

En los Centros de Atención a Clientes de CFE los ejecutivos cuentan con esta normatividad, � por lo que lo invitamos a visitar el Centro de Atención más cercano para que pueda verificar la r · particularidad del caso que le ocupa; para realizar el trámite deberá acreditarse como titular delservicio o representante legal, ya que el trámite implica el manejo de datos personales.

Lo anterior, con fundamento en el artículos 3, fracción 11 y 18, fracción 11 de la Ley Federal deTransparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental ( se transcribió)

Trigésima segunda resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por laDirección de Operación.

Folio 072715, SAIP-15-0727, del 24 de abril de 2015: (Transcripción original) Solicitoinformación de los Municipios de México referente al consumo eléctrico, tipo de tarifas, puntosde consumo, deudas de los municipios con CFE como se muestra en el archivo adjunto.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso ala Información Pública Gubernamental, (se transcribió), se anexan archivos que contienen,nombre del municipio, punto de consumo, consumo energético anual, RPU, tarifa eléctrica, tipo

� de tensión y monto del adeudo anual, suma de DAP, suma de KWH, suma de importe y los totales de los municipios del Estado de México, al cierre de marzo 2015.

La información se pro orciona de acuerdo a los registros existentes, de conformidad con el �criterio 9/10 emitido or el IFAI, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán

obligadas a entre r documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y ,iP

entidades no est, n obligadas a elaborar documentos ad hoc para atec

d a solicitudes de ol información, si que deben garantizar el acceso a la información co a qu cuentan en el

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COMISIÓN FEDERAL

DE ELECTRICIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

formato que la misma así lo permita o se encuentre, en aras de dar satisfacción a la solicitudpresentada.

Trigésima tercera resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta· emitida por laDirección de Operación.

Folio 074815, SAIP-15-0748, del 29 de abril de 2015: (Transcripción original) Solicito de laGerencia Regional de Transmisión Baja California adscrita a la Dirección de Operaciones deCFE, del proveedor que haya resultado adjudicado en el procedimiento Código delExpediente: 788364 Título del Expediente: CURSO AUDITORES INTEGRALES Referenciadel Expediente: PA001-AD-022/15 Copia de la propuesta técnica que incluya: Currículum yevidencia de experiencia de los instructores propuestos, certificados del Conocer de losinstructores propuestos. Así como el acta de apertura y acta de fallo del procedimiento enmención.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la LFTAIPG se anexan archivos quecontienen, la sección técnica, acta de presentación y apertura de proposiciones (adjudicacióndirecta), acta de fallo, currículum del instructor en el que se incluye la evidencia de experiencia,y la platilla de instructores del agente capacitador "Curso Auditores Integrales", registrada en laSecretaría del Trabajo y Previsión Social.

Trigésima cuarta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por laDirección de Operación.

Folio 075315, SAIP-15-0753, del 30 de abril de 2015: (Transcripción original) Solicitoinformación de ingresos y percepciones anuales netas de Hiram Armando Villaseñor García,empleado de Comisión Federal de Electricidad en la Zona de Naucalpan de Juárez, Estado deMéxico. Con puesto de Ejecutivo de Atención Regional. Soy esposa del mencionado y requierodicha información para solicitar alimentos para mí y mis 2 menores por la vía legal.

Respuesta: Se anexa archivo que contiene la información de ingresos y percepciones deltrabajador que indica.

Trigésima quinta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por laDirección de Operación.

Folio 077915, SAIP-15-0779, del 5 de mayo de 2015: (Transcripción original) Reportesgenerados ante la Comisión Federal de Electricidad respecto el numero de servicio (seproporciona RPU y domicilio) a nombre de (se proporciona); en especifico los reportes (seproporciona) de fecha 24 de junio del 2013 y (se proporciona) de fecha 29 de julio del 2013, loscuales fueron levantados por el C. francisco Rogelio Cabeza de vaca Pérez reportespresentados por que estaba fallando el medidor de luz eléctrica

Respuesta: Se com lca que la información requerida se considera confidencial, al contenerdatos personales d conformidad con los artículos 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LeyFederal de Trans rencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió).

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COMISIÓN FEDERAL

Df: ELECTRICIDAD

Por lo que la entrega de la misma, sólo procederá previa identificación como titular del servicioa que hace referencia, o a su representante legal.

Se proporcionan datos del servidor público que lo atenderá, previa cita.

La información concerniente a la existencia o no de un servicio de energía eléctrica, así como,lo relativo a datos de facturación, consumo, número de servicio, adeudos, tipo de tarifa, y engeneral todo aquello que conlleve a conocer aspectos patrimoniales y/o contables de unapersona física o moral del ámbito privado, se considera confidencial y por lo tanto CFE estáobligado a proteger y no divulgarlo. En razón de ello su entrega sólo procede previaacreditación como titular del servicio a su representante legal.

Trigésima sexta resolución: El Comité de Información aprobó la clasificación de lainformación emitida por la Dirección de Operación como confidencial, de conformidad con elartículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 085315, SAIP-15-0853, del 14 de mayo de 2015: (Transcripción original) Para contratar unservicio nuevo, en qué casos se requiere presentar el dictamen de verificación expedido poruna UVIE, para bombeo agrícola con subestación tipo aérea o poste, y si esto es de aplicaciónen algunas regiones o en todo el país.

Respuesta: Se informa que de conformidad a lo dispuesto en el artículo séptimo del Acuerdoque determina /os lugares de concentración pública para la verificación de las instalacioneseléctricas, el cual establece: " En caso de duda, la Secretaría de Energía determinará cuandoun inmueble o lugar debe considerarse como de concentración pública".

Es competencia de la Secretaría de Energía el tema que refiere en su solicitud, por lo que sesugiere dirigirse a la Unidad de Enlace de SENER, se proporciona ubicación.

Trigésima séptima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por laDirección de Operación.

Folio 085415, SAIP-15-0854, del 14 de mayo de 2015: (Transcripción original) Copia simple detodos los documentos que amparen el prorrateo de luz en áreas comunes del ConjuntoHabitacional (se proporcionan datos de ubicación)

La solicitud de prorrateo la pudo hacer la (se proporcionan nombres) tengo conocimiento quelo.s documentos se localizan en la Sucursal de Miguel Ángel de Quevedo (Comercial Mexicana).

Respuesta: Se comunica que la información requerida se considera confidencial, al contenerdatos personales de conformidad con los artículos 3, fracción 11, 18, fracción 11 y 24 de la LeyFederal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió).

Por lo que la entre,,.,fcÍe la misma, sólo procederá previa identificación como titular del servicioa que hace refere :@ia,-como habitante de la unidad habitacional, o a su re oeseA{ante legal.

Se proporcion

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DF. El.ECTRICfDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

La información concerniente a la existencia o no de un servicio de energía eléctrica, así como, lo relativo a datos de facturación, consumo, número de servicio, adeudos, tipo de tarifa, y en general todo aquello que conlleve a conocer aspectos patrimoniales y/o contables de una persona física o moral del ámbito privado, se considera confidencial y por lo tanto CFE está obligado a proteger y no divulgarlo. En razón de ello su entrega sólo procede previa acreditación como titular del servicio a su representante legal.

Trigésima octava resolución: El Comité de Información aprobó la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como confidencial, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 085615, SAIP-15-0856, del 14 de mayo de 2015: (Transcripción original) En el recibo de octubre 2014 de la CFE de la Cd. de Villahermosa, con no. de servicio (se proporciona) informan a pagar un adeudo de $142,789.00. Se solicita un resumen, una descripción detallada así como los comprobantes que avalen ese adeudo.

CFE Villahermosa, Tabasco Departamento Nueva Imagen de interés social.

Respuesta: Se comunica que la información requerida se considera confidencial, al contener datos personales de conformidad con los artículos 3, fracción 11, 18, fracción II y 24 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Por lo que la entrega de la misma, sólo procederá previa identificación como titular del servicio a que hace referencia, o a su representante legal.

Se proporcionan datos del servidor público que lo atenderá previa cita.

La información concerniente a la existencia o no de un servicio de energía eléctrica, así como, lo relativo a datos de facturación, consumo, número de servicio, adeudos, tipo de tarifa, y en general todo aquello que conlleve a conocer aspectos patrimoniales y/o contables de una persona física o moral del ámbito privado, se considera confidencial y por lo tanto CFE está obligado a proteger y no divulgarlo. En razón de ello su entrega sólo procede previa acreditación como titular del servicio a su representante legal.

Trigésima novena resolución: El Comité de Información aprobó la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como confidencial, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 086515, SAIP-15-0865, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original) Solicito información de las plazas vacantes sindicalizadas que existen en todo el estado de Veracruz de la paraestatal Comisión Federal de Electricidad, de todas las zonas de Distribución como Veracruz, Coatzacoalcosyeórdoba, Orizaba, Xalapa, Poza Rica, Cosamaloapan, etc.

Respuesta: Se com ./ica, que el total de plazas vacantes sindicali

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o deVeracruz es de 202 la fecha de la solicitud.

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Cuadragésima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 081715, SAIP-15-0817, del 8 de mayo de 2015: (Transcripción original) (se proporciona nombre), por medio del presente escrito, con fundamento en mi derecho de información contemplada en los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 12 y demás relativos, conducentes y aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; Artículos 1, 6, 8 y demás relativos, conducentes y aplicables de la Constitución Política de los Estadas Unidos Mexicanos, me permito solicitar la información completa, veraz e idónea de lo siguiente:

1.- Las Plantillas o Tabuladores anexos de los Puestos Permanentes Tabulados de los Trabajadores de Confianza con nombres, antigüedad reconocida en Comisión Federal de Electricidad (a la fecha solicitada), salarios y prestaciones de la Central Termoeléctrica Samalayuca de Comisión Federal de Electricidad con domicilio en Carretera Panamericana Kilómetro 166 Tramo Sueco-Ciudad Juárez, Samalayuca, Distrito Bravos, Ciudad Juárez, Chihuahua, actualizados al 08 de mayo de 2015.

2.- Las Plantillas o Tabuladores anexos de los Puestos Permanentes Tabulados de los Trabajadores Sindicalizados con NOMBRES, antigüedad reconocida en Comisión Federal de Electricidad (a la fecha solicitada), salarios y prestaciones que existe en la Central Termoeléctrica Samalayuca de Comisión Federal de Electricidad con domicilio en Carretera Panamericana Kilómetro 166 Tramo Sueco-Ciudad Juárez, Samalayuca, Distrito Bravos, Ciudad Juárez, Chihuahua, actualizados al 08 de mayo de 2015.

Estos Tabuladores o Plantillas de los Puestos Tabulados de los Trabajadores de Confianza y Sindicalizados se estipulan en el Contrato Colectivo de Trabajo en vigor celebrado entre Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana, entre otras dentro de la Cláusula 3 denominada DEFINICIONES, la cual establece en el inciso "k) tabulador:"; Asimismo, dentro de la Cláusula 30 primer párrafo. Asimismo, ya se me otorgo esta información cuando la solicite por medio de la unidad de enlace del IFAI, en las solicitudes que quedaron con los folios números 1816400124512, 1816400119213 y 1816400120713; cabe hacer mención que incluso se tuvo que recurrir las informaciones que se me dieron, recayendo en los expedientes números ROA 3735 13 y 3738 13.

Respuesta: Se informa lo siguiente:

1.-Se anexan plantillas en versión pública del personal sindicalizado y de confianza de la Central Termoeléctrica Samalayuca, que contiene nombres, antigüedad y salarios del personal, donde se testó el Registro Permanente de Empleado (RPE) por considerarse información confidencial (datos personal s) de conformidad con los artículos 3, fracción 11 y 18, fracción 11 de la Ley Federal de Tr sparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió)

2.- Se hace la aclar ión que las PRESTACIONES no se encuentran i err · ·cadas ni en las plantillas, ni en los buladores, éstas.se encuentran desglosadas dentr del C ntrato Colectivo �

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de Trabajo Único CFE-SUTERM (2014-2016) vigente, se proporciona la dirección electrónica para su consulta:

http://normateca.cfe.gob.mx/Normateca/aplicacion/Publico/DocumentosBasicos.aspx

Lo anterior, con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió).

Cuadragésima primera resolución: El Comité de Información instruyó a la Dirección de Operación indicar la fecha de corte de la información que se entrega en el numeral 1. Una vez adicionada, se aprueba la respuesta y la versión pública emitida por la Dirección de Operación, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 087115, SAIP-15-0871, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original) Quiero saber la altura de la cortina de la presa Nexapa en Juan Galindo, Puebla, que pertenece al Sistema Hidroeléctrico Necaxa y el último registro de volumen de almacenamiento.

Respuesta: Se informa, que la altura de la presa (cortina) Nexapa es de 34.00 m.

El último registro de almacenamiento es de 3.183 millones de metros cúbicos, al 20 de mayo de 2015.

Cuadragésima segunda resolución: El Comité de Información instruyó indicar la fecha de corte. Una vez indicado, se aprueba la respuesta.

Folio 090615, SAIP-15-0906, del 22 de mayo de 2015: (Transcripción original) Convenio de cobro de alumbrado público entre Comisión Federal de Electricidad y el Estado de Puebla.

Respuesta: Se informa que no se cuenta con convenios para la recaudación del Derecho de Alumbrado Público con el gobierno del estado de Puebla, éstos se realizan a nivel municipal en función a su Ley Orgánica.

Cuadragésima terceraresolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 091315, SAIP-15-0913, del 25 de mayo de 2015: (Transcripción original) Buenas tardes, serian tan amables de proporcionarme la siguiente información:

1. A cuánto asciende la deuda del Ayuntamiento de Comitán de Domínguez, Chiapas.

2. Como han sido los pagos mensuales, importe, mes a mes desde el 2013 a la fecha.

3. A cuánto asciende la deuda de COAPAM (Comité de Agua Potable y Alcantarillado deComitán, Chiapas.

Respuesta: Con fund la Información Públi transcribió).

ento en el artículo 42 de la Ley Federal de TransJ:>arencia y Acceso a f GPbemamectal, se pmpocc;,,. cespcesta a n

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1. La facturación pendiente de pago del Ayuntamiento de Comitán de Domínguez, Chiapas al29 de mayo de 2015 asciende a la cantidad de $31 '111,620.02

2. En la tabla que se adjunta, se relacionan los pagos mensuales mes a mes desde el año2013 al 29 de mayo de 2015 realizados por el municipio de Comitán de Domínguez, Chiapas.

3. La facturación pendiente de pago de COAPAM al 29 de mayo de 2015 asciende a lacantidad de $28'980,564.90

Cuadragésima cuarta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida porla Dirección de Operación.

Folio 094715, SAIP-15-0947, del 29 de mayo de 2015: (Transcripción original) Solicito saber elconsumo total de energía (bimestral o anualizado) del municipio de San José Chiapa, Estadode Puebla, incluyendo el consumo del ayuntamiento y demás instancias gubernamentalesasentadas en dicho municipio. Así como del número total de usuarios o consumidores deenergía de ese municipio.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso ala Información Pública Gubernamental (se transcribió), se adjunta cédula que contieneinformación del total de usuarios (datos abril 2015) y venta en kWh (acumulado enero-abril2015) del municipio de San José Chiapa, Puebla.

Cuadragésima quinta resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida porla Dirección de Operación.

Folio 094815, SAIP-15-0948, del 29 de mayo de 2015: (Transcripción original) Que por mediodel presente ocurso, venimos a solicitar la intervención para solicitar a esta autoridad expedir ami costa copias certificadas de los siguientes oficios:

1.- La orden de verificación número 5929695712.

2.- Constancia de Verificación con número de folio 043/2015.

3.- Acta de vista de verificación de fecha 16 de febrero del 2015.

4.- Cedula de notificación de ajuste Numero 241/2015, oficio N"402/2015.

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Solicitamos los mismos vista la negativa para expedirnos los mismos del C. lng. Jesús AbrahamQuiñones Herrera Jefe de Departamento comercial, Zona Nezahualcoyotl. Haciendo unaviolación al LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LAINFORMACIÓN PÚBLICAGUBERNAMENTAL en su artículo 2º que se refiere en este momento así (se transcribió) !} Respuesta: Se comunic lq'ue la información requerida se considera confidencial, al contener Jdatos personales de co ormidad con los artículos 3, fracción 11, 18, fracci911 11 y 24 de la Ley Federalde Traaspa

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Por lo que la entrega de la misma, sólo procederá previo pago de 8 copias certificadas y previa identificación como titular del servicio a que hace referencia, o a su representante legal.

Se proporcionan datos del servidor público que lo atenderá previa cita.

La información concerniente a la existencia o no de un servicio de energía eléctrica, así como, lo relativo a datos de facturación, consumo, número de servicio, adeudos, tipo de tarifa, y en general todo aquello que conlleve a conocer aspectos patrimoniales y/o contables de una persona física o moral del ámbito privado, se considera confidencial y por lo tanto CFE está obligado a proteger y no divulgarlo. En razón de ello su entrega sólo procede previa acreditación como titular del servicio a su representante legal.

Cuadragésima sexta resolución: El Comité de Información aprobó la clasificación de la información emitida por la Dirección de Operación como confidencial, de conformidad con el artículo 29, fracción 111 de la LFTAIPG.

Folio 096215, SAIP-15-0962, del 1 de junio de 2015: (Transcripción original) Número de usuarios de energía eléctrica DAC (Doméstico de Alto Consumo) por estado de la República Mexicana.

Usuarios registrados como Doméstico de Alto Consumo con CFE

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (se transcribió), se anexa cédula que contiene usuarios, ventas y productos de enero a abril del 2015, por entidad federativa.

La información se proporciona de acuerdo a los registros existentes, de conformidad con el criterio 9/1 O emitido por el IFAI, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información, sino que deben garantizar el acceso a la información con la que cuentan en el formato que la misma así lo permita o se encuentre, en aras de dar satisfacción a la solicitud presentada.

Cuadragésima séptima resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida por la Dirección de Operación.

Folio 087015, SAIP-15-0870, del 18 de mayo de 2015: (Transcripción original)

MORELIA, MICHOACAN CFE Municipio:

1.- Censo de luminana/(Lámparas de Alumbrado Público) que incluya las potencias y la tecnología, en el Municj;s'io: 2.- Copia del Conver¡yfo de Recaudación y Administración del Derecho de Alumbrado Público qo, teoga s,scclto 60 el Mo,icipio.

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

3.- Cantidad de luminarias en circuitos medidos y no medidos en el Alumbrado Público del Municipio. 4.- Historial de Consumos y facturación de Energía Eléctrica del Alumbrado Público indicada por MES y Cantidad de los últimos (10) años hasta el mes corriente del Año 2015 del Municipio. 5.- Facturación indicada por mes del consumo de energía eléctrica del Alumbrado Público de los últimos (1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 del Municipio. 6.- Facturación por consumo de energía eléctrica de los (1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 años de la Comisión ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio. 7.- Facturación del consumo de energía eléctrica de los (1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 años de los inmuebles propiedad del municipio. 8.- Estados de cuenta de los últimos (1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 de la facturación del consumo de energía eléctrica del Alumbrado Público del Municipio. 9.- Cantidades recaudadas en los últimos ( 1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 del Derecho de Alumbrado Público en el Municipio. 10.- Cantidad de los remanentes derivados del cobro del Derecho de Alumbrado Público de los últimos (1 O) años hasta el mes corriente del Año 2015 del Municipio. 11.- Que funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad tienen facultades para suscribir convenios, addendums o acuerdos en relación a la recaudación del Derecho de Alumbrado Público con el Municipio. 12.- Consumo de Kilowatts por concepto de energía eléctrica de alumbrado público de los últimos diez años del Municipio. 13.- Consumo en Kilowatts por concepto de energía eléctrica de general de los últimos diez años del Municipio. 14.- Listado de Servicio/Servicios RPU del Recibo de energía eléctrica por el Alumbrado público del Municipio. 15.- ¿Es posible que la Superintendencia de Zona correspondiente al Municipio Morelia, Michoacán, de la CFE suscriba un convenio de recaudación del Derecho de Alumbrado Público (DAP) por un periodo de 1 O años? 16.- Historial de la cantidad (especificar número) de Usuarios por tipo de Tarifa de CFE de los últimos (1 O) años hasta el mes ACTUAL DEL 2015 del Municipio. Favor de ingresar la información en el formato de la siguiente tabla adjunta.

Respuesta: Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y previo pago de un disco compacto se entregará la información existente en los archivos. (Municipio de Morelia, Michoacán).

La información se proporciona de acuerdo a los registros existentes, de conformidad con el criterio 9/1 O emitido por el IFAI, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar d umentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están ob gadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información, sino qu deben garantizar el acceso a la información con la que cuentan en el formato que la mis a así lo permita o se encuentre, en aras de dar satisfacción a la solicitud presentada.

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COMITÉ DE INFORMACIÓN

Cuadragésima octava resolución: El Comité de Información aprobó la respuesta emitida porla Dirección de Operación.

3.- Asuntos generales

PRIMERO. Se reiteró la petición a los asesores del Comité de Información que fungen comoenlaces de las diversas unidades administrativas que los temas que se consideren sensibles, al amparo de la nueva naturaleza jurídica de CFE, se reporten a este Comité y a los mandos superiores de cada área.

SEGUNDO. Prórrogas. Se presentó la solicitud de ampliación de plazo (prórrogas) para losasuntos que se enlista a continuación, con su correspondiente motivación, la cual fue aprobada por el Comité de Información a efecto de continuar con la tramitación de los asuntos en las unidades administrativas competentes de la entidad. Lo anterior con fundamento en el articulo 44 de la LFTAIPG y de conformidad al Manual Administrativo de Aplicación General en las materias de Transparencia y de Archivos.

1816400083715 1816400083815 1816400083915 1816400084115 1816400084215 1816400084315 1816400085015 1816400085815 1816400086215 1816400086315 1816400087515

No habiendo otro asunto que tratar, se dio por terminada la reunión, siendo las doce horas del dia de su fecha, rubricando cada hoja y firmando al calce, para constancia, los asistentes a la reunión.

Mtro. Diódoro J. Sille!¡c r�,,�Coordinador de Proyect

�E .�i;;s y

Racionalización de Activ ,)1 suplencia delDirector de Ad ;,1 ción

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Lic. Mario Miguel OrtegaTitular de la Unidad de Enlace

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Página 28 r_Je 30 ACTA XXII SESIÓÍ\I DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN

COMISIÓN f."EDERAt

DE ELECT!UCIDAD

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Asesores del Comité de Información

Lic. Jorge Alberto Villa Me Representante de la Auditor'

1c. Azucena Morán Alonso Gerente de Control y Evaluación

Financiera, representante de la Dirección de Finanzas

Lic. Marcial Mosqueda Pulgarín Dirección eneral

rría Castro ción Comercial

C.P. Miguel Martín del Campo MuñozDirección de P'7

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Lic. Margarita Rajme Haje Jefa de la Unidad de Desarrollo Organizacional y

Evaluación, repres !.ante de la Dirección de Ad ·st�ación

Lic. Luis A. Chao Ebergenyi Representante de la Gerencia de

Comunicación Social

Representan!

Lic. Mariana Yáñez López Auditoría Interna

Mtra. Carmen Villavicencio Rivas Dirección de Proyectos de Inversión

Página 29 Ce 30 ;\CTA XXII SESIÓN DEL corv11TÉ DE INFORMACIÓN

COMISIÓN fEDERAL

DE ELECTRICIDAD

Mtra. Silvia Mejía Pérez Dirección de Proyectos de Inversión

Lic. Georgina Elizabeth González ArandaSubdirección de Programación

Lic. Juan Carlos Garcés Sandoval Coordinación del Programa de Ahorro de

Energía del Sector Eléctrico ,1

COMITÉ DE INFORMACIÓN

Lic. Ma. rio Alb

��talverde AlanísOficin del j \ ado General

Lic. Mauricio Pandal érezDirección d d iAistr ión

Lic. Gerardo Hernández ZavalaUnidad para la Tran/ren ·a

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Página 30 de 30 f\CT/\ XXII SES!Óí",J DEL C()MITÉ OC INFORMACIÓN