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    Cuade,nos de Historia del Derecho ISSN: 1133-76132000,&7, 13-127

    Laprctica mercantilmartima en elCantbricoOriental< siglos XV-XIX). Primeraparte

    PEORO ANDRS PORRAS ARBOLEDAS

    ProfesorTitular de Historia delDerecho (UniversidadComplutense deMadrid)

    Durante el verano de 1999, aprovechando una estancia en Santander, mepropuse recoger en un trabajotodas las no ticias conservadas en losprotoco-los notariales sobre la participacin de las villas cntabras en la penosa Jor-nada de la Armada Invencible; d esgraciadamente, salvo algunos protocolosde CastroU rdiales, ya manejados hace muchos aos porJavier Echevarra,1los registros de la s dems villas no se conservan, excepto algunos datossueltos procedentes de Laredo. A pesarde todo, el volumen de documenta-cin existente slo en Castro sobretal acontecimiento era muyamplio, dadoque las noticias de l caso se extienden en un perodo de treinta aos tras la

    catstrofe.Sin embargo, al hilo de lainv estigacin pude apreciarcmo las noticias

    de carcter mercantil eran mucho ms amplias en los protocolos; ello, unidoalhecho de queen investigacionesanteriores en el mismoArchivo HistricoProvincial de Cantabria me haba encontrado con unos documentos quella-maron poderosamente mi atencin (m e refiero a los documentos llamadosriesgos), meanim aemprender una investigacin ms amplia sobre elfenmenom artimo en el mbitomoderno cntabro, donde ya se haba in-vestigado en algunos casos, como el santanderino oe )laredano.

    A mi modo de ver, no obstante, era preciso entocar la investigacin notantodesde el punto de vistaeconmico ohistrico, como se habahecho enlamayora de los casos, sino desde el de la tipologa documental, a fi n deconocer atravs de lamisma todo el complejo entramadode carcterhuma-

    Recuerdoshistricos castreos,Bilbao, 1973, pp. 147-156. La edicin original procede de 898.A pesar dehaber dispuestode buena parte de ]os datos existentes sobre esa expedicin,el autorslo recogeunos resmenesd e los barcos y marineroscastreos que intervinieron en la Armada.Dejoparamsadelante lapublicacin entrabajo apartedetoda esaabundanteinformacin recogi-da.

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    Pedro AndrsPorrasArboledas La prcticamercantilmarlima...

    no, comercial, econmico omilitar existente en las villas cntabras durantela Edad Moderna.

    Es por ello por lo que inici una detallada bsqueda de datos relativos aactividades martimas, com enzando por los de lacitada villa de Castro Ur-

    diales, sinduda, losms ricos para elprimer perodo. Se revisaron todoslosexistentes de l siglo XVI (correspondientes a los perodos 552-1555, 1 570-1571, 1514-1526, 1578. 1584, 1586-1587, 1590-1592, 1594-1592 y 1599-1600) y los de los primeros aos de l XVII (1601-1607, 1609 y 1617-1618).Dado el inmenso volumen de protocolos existentes a partir de esa fecha y laescasezde datos conservadosen los mismos,proceda realizaralgunas catasen distintos registros delosaos 1640a 1683 y de 1780 a 1782.

    Aunqueno es fcil buscar la s causas de esta decadenciade lavida mar-tima en Castro, sin duda, laexpedicin fallida de Felipe II contraInglaterra

    tuvo unagran repercusin amedio plazoen dicha crisis.Sin embargo, no entodas partes ocurri igual; tal es el casode Santofia, villa que tenap rivilegiode no interveniren campaas martimas, porser necesarios todossus efecti-vos para la defensa de su estratgica ra.2 Tal vez por ello la crisis de lasactividades m artimas tardam s en m anifestarse; los protocolos santoeses

    2 1667, mayo1 4. Santoa. Pedro d e Matazo y del Hoyo, procuradorde la villa de Sa ntoa, otorga

    poder a don Marcosde Venillay a Toms Rodrguezde Losa. procuradoresen laCorte, parapediral Rey o a su Consejo d eGuerraque s e respete cl privilegioreal a Santoa, Escalante y Argoos denodar soldados ni mariner.,s por ser villas in cercar y donde s e fabrican galeones reales y barcosparticulares y haberpeligro de perderse... reniencaesta dicha villadelPuerto cdula y sohreea,/a

    de 5.44. para < e de/la ni delasdeEscvlante y A - gaas - los e saqten sa/dacios y,nc n,,iero.v ti n guit os - .porserdec .o ,- c v e zuda1d) siteroah/eeta a dfenso capo p c ira otitadas y goleooes dondese fabrican riachospara SM. y ariosnavospar//calares, yhaciendorec.onor,doelgran daoques e siguiera dequeenemigosle ganaran y fc,rt i icarcn en l, itt sercassi avsladode natara/eca,airas caussas que obligc a 5.44.r a ] conceder/e dicha cdula. las aa/es han elda obedecidasmandadasguardarporlos seorescorregidores y capitanesc e guerra des/epar/ida, 5 en antro-tencin dellcsdan MiguelC hinez delRivera, procurciclorgeneralc eA,n,adcs ygente de guerra,ha queridocbligara es/adicha vil/a 1 < den rncoinerosq ue b c , vana servirendichaarriada, siendoasque deordinaric y corttinuame,t/e - s tdn c e guaday centinela con lasarmasparas u ce/rusac je /os enemigc.sypl/atasque a,tda,; enestc,costa, Y talapodeisegucrciorc e lestatos que

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    Pedro AndrsParrasArboledas Laprcticamercantil martima...

    arrojanluz en el momento en que los castreosempiezan aec lipsarse. As,he realizado amplias catas en los de los siguientes perodos: 1656-1670,1748-1799 y 1820.Enambos casos resultaevidente quedesde mediados delsigloXVII la marina cntabrade la zona oriental entraen unprofundodecli-

    ve, del queno se recuperar, al menos, hasta a llegada de la EraContempo-rnea. Baste para hacerse una idea de ello elhecho de que los protocolos queen el XVI recogan abundantes noticias sobre pesca, transporte de mercan-cas yexpediciones decorsoo de armadas reales, durante el siglo XVIII yprimertercio de l XIX apenasnos hablan de pequeo comerciode cabotaje y

    3debarcos forneosllegados aestos puertos por causasde fuerzamayor.Es por ello por lo que erapreciso ampliar el radiode investigacin aotras

    reas; para ello se consultaron los excelentes fondos de l antiguo Consuladodel Marde Bilbao, hoycon servados ene l Archivo HistricoForal de Vizca-ya, concretamente, los desu seccin Judicial. Gracias a estarperfectamentecatalogados e informatizadosfue fcil acceder altipo de documentacin quese buscaba, si bien el enorme volumen de documentacin conservada (entre1590 y 1834) aconsej que me centrara tan slo en los fondos de l sigloXVII, extrayendono pocas noticias de inters procedentes de procesos se-guidos ante el prior ycnsules, la mayora, oante el Corregidorde Bilbao.4

    Dado que la informacin ms antigua proceda de mediados de l sigloXVI,proceda una bsquedade fondoscntabros de finalesde l XV yprime-ra mitad de l XVI; paraello cont con la ayuda de l programa DOHISCAN(Documentos Histricos de Cantabria), desarrollado por la Fundacin Mar-celino Botn de Santander, entrelos cuales localic un buen nmerode pro-cesos conservados en laReal Chancillera de Valladolid relativos a ese pe-rodo, pero especialmente centrados en San Vicente de la Barquera, villacuyos protocolos conservados sonpocosignificativos.

    De estemodo es como reun unacantidadvoluminosa dedocum entacin,que me permite ahoraenfrentarme, enun primer envite, al objetode investi-gacin planteado: establecer una tipologa docum ental de carcterm artimoa partirde la prctica en el Cantbrico oriental entrefines de l siglo XV ycomienzos de l XIX.En las pginas quesiguen voy a intentar reflejar y des-cribir ladocum entacin de carctermercantil o de otrotipo relativa al mun-

    do martimo, con la excepcin de los textos ms impo rtantes. Me refiero a

    Porlo que s e refiere a los documentosd eLaredo,tan slohemos consultado algunos descubiertosencampaas a nteriores o reseados e ntrabajos de otraspersonas, en especial,e ld e Agustn Rodr-guez Fernndez, Lapesca en Laredo durante el siglo XVII, Anuario del Instituto de EstudiosMartimos Juande laCosa,VI, 1988,pp.9-111.

    Debe tenerse presente, adems, que la vida martima bilbana durante el siglo XVIII e s parcial-menteconocida gracias a los trabajos de RamnFernndez-Guerra y Aingeru Zabala.

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    Pedro AndrsPorrasArboledas La prcticamercantilnantma.,.

    los conocimientos de embarque y a los contratos de fletamento, riesgo (oprstamoa la gruesa) y de seguro martimo, los cuales son los ms abun-dantes; incluirlos todos en este trabajo hubieradado lugar aun artculo exce-svamente largo, yes mi intencin que como segunda parte aparezcan en el

    nmero 8 de esta revista, correspondiente a 2001. Junto con ladescripcinde esos documentos, enesa segundapartellevar a caboun estudio de ca-rcter jurdico-econmicode todas estas actividades martimas.

    Labibliografaexistente sobre elcomerciom artimo y temasconectadosal mismo es ingente; auncindono s al mbito hispnico y pases cercanoscon los quese mantuvieron relaciones desde tiempos antiguos, los trabajospublicadosson muynumerosos. Pero debe reconocerse que el mbito mejorconocido,aunque an quede mucho porinve stigar, es el del comercio hisp-nco con sus colonias durante los tres siglos modernos, es decir, laprcticaatlntica desde los focos sevillano y gaditano es el fenmeno mejor docu-mentado. Comparados conste losdems temas de atencin no han sidotenidosdemasiado en cuenta en el pasado. Afortunadamente, cada da sonmas los medievalistas ymodernistas quese ocupandelcom ercio, en general,y del comercio martimo , en particular, dando esto como resultado una co-piosa bibliografa, que de un modo en absoluto exhaustivo he intentado re-cogeren elprimerodelos apndices quesiguen a estas lneas.

    En dichoapndice he organizado la inform acin en torno a los aspectosmas importantes de lanavegacin y el comercio y su reflejo en la documen-tacin de carcterjurdico. Los temas histrico-jurdicos de espectro ms

    amplio han sido incluidos en el apartadode bibliografa genrica.Comer-cio ymercaderes ocupanotros do s importantes epgrafes,en los quehe pro-curado recogerlos trabajos relativos a l mbitogeogrfico de l Cantbrico, ensus relaciones internas y exteriores, en especial, con la fachada atlnticafrancesa; por supuesto que tambinse incorporan los trabajos ms notablessobre los negociantes y negocios de l mundo andaluz y americano. Un as-pecto relativamente bien conocido por lo quese retiere a las tierras del Can-tbricoes el delas ciudades martimas y sus puertos, adems de lacofradasde mareantes y consulados de com ercio, aun cuando elcontenido de los es-tudios no siempre corresponda con los ttulosde lostrabajos.

    Desde elmbito puramente jurdico interesa llamar laatencin sobre lasfuentes de l Derecho martimo, los tratados y la navegacin, lajurisdiccinmercantil y , muy en especial, los contratos celebrados en torno alas activi-dades marineras (as, se incluyen pequeos apartados dedicados a lapesca,losanzuelos o el vino). De acuerdo, adems, con el esquema expositivo di-seado pararelacionarlos temastratados en el estudio que sigue, recogemoslos trabajos relevantes sobre compaas, conocimientos de embarque, fleta-

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    mentos, prstamos y riesgos,seguros yaveras. En este caso, la bsquedadeinformacinha ido ms all de l ambito de l Cantbrico, dada la impo rtanciade la bibliografa publicada, no slo en el mbito sevillano-gaditano, sinosobre todo en el levantino e italiano, que representan verdaderos modelos a

    segutr.5La actividadmilitar, en particular, el corso y la guerra, ye l control admi-nistrativode la vida martimacierran este apretadoapndice bibliogrfico.

    En efecto, cuando se produce un primer acercamiento almundo de lasactividades econmicas desarrolladas en el mar se tiene la impresin de lapresencia abrumadora de documentacin en torno a lostipos documentalesantes citados: fletamentos, conocimientos deembarque, prstamos a la grue-sa yplizas de seguro;tal es la primaca de estos documentos que pareceraque en ellosse agota toda la variedad de textos utilizadosen estas activida-des.6 Sin embargo, como intentar demostrar en las pginas que siguen,

    existen muchos otros documentos, que reflejan un entramado mucho mscomplejode lo que pudiera pareceren un principio; esto slo se puede com-probarapartirde los registrosnotariales.

    El esquema quevamos a seguir en nuestra exposicin y que, en buenamedida, corresponde con la presentacin de losdocumentos recogidos en elsegundo apndice,es elsiguiente:

    1 9Documentos de carctermercantilA) ContratosComen da

    Compaade comercioCompaaparacorsearCompaa para pescarConstruccin denavosCompraventadenaves yjaguosCompraventadepescadoSuministroServiciosOtros documentos (cartas de pago, fianzas,obligacione s simples)

    Esto s e puede comprobar fcilmente observando el aparato bibliogrfico de cualquiera de lostrabajos del profesor Pelez Albendea, donde lgicamente s e dedicaun mayor inters al mundocatalneitaliano.Resultara prolijo reproducir aqu todo e se cmulobibliogrfico,nosiemprefcildemanejar.

    Unejemplo de esto serae l trabajo de M Dolores Rojas, Eldocumentomartimo-mercantil e nCdiz(l5SO-1600).Diplomticanotarial, Cdiz, 1996, e n el que transcribe 14 8 documentossobrelos siguientes temas: fletamentos para transporte de personas y mercancas, conocimientos deembarque,prstamos y comendas.

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    B) PoderesPoderes para beneficiar

    PoderesparacobrarPoderes para comprarPoderes para maestrePoderespara pleitearPoderes varos

    C) AverasAverasProtestasde mar ycorso

    2 ) Documentos de guerra ycorsoArmada realEmbargo real

    EscoltaMarinera

    Presasde guerra

    3) Documentos sobrecontrol administrativoCartasde marManifestacionesLicencias de venta

    Pragmtica de carga

    40) Documentossobre cuestiones penales

    5) Otros temasAtoajesCofradade MareantesIndianos y jndalosInqui sicinMuellesPoblacinTestamentosTributos

    Respecto a la comenda mercantil, no sonmuchos los testimonios conser-vados, apesar de suextendido uso;stos se refieren a la coyuntura histricade la preparacinde la ArmadaInvencible en tierrasgallegas y portuguesas;hacia all se enviarn continuamente cargamentos de hierro, madera y dis-tintos aparejos yv ituallas. As, consta el envo de hierro desde losveneros

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    2000,nc 7 , 13-127

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    Pedro AndrsPorra,sATI>Oledas L aprcticamercantil martima...

    castreos alos mencionados destinos.7 Dehecho, dicha figura contractualesutilizadapara invertirtanto dinero en metlico como distintasmercancas, deacuerdo conlas carac tersticas de la comenda unilateral7 stasse repiten conreiteracin en los distintos con tratos conservados (encasi todos se estipula la

    ganancia de l tercio de los beneficios para el comendatario>,9 no variandosino tas modalidades dem ercancas.10 De estemodo, nos encontramos concontratos que incluyen la inversin de botas de vino, en unasituacin bas-tante peculiar;m s complejoes el casodel contrato recogido en el Apndi-ce con el n 5: resulta difcil distinguir si se trata de una comenda o de un

    Unbuenejemplo de esto e s el documento 1 . El mismo comendanle Gregorio de Otaes constaenvaras ocasiones (1587, febrero 1 2 . Castro Urdiales. Gregorio de Olaes y Antonio de Castro,vecinos de Castro, s e conciertanenque Antonio llevare n s u navo S an Antn, surto en el puerto,

    para Galicia, a riesgo y Ventura de Gregorio, 50quintales d e hierro,etc AHPC, Prol, 1.697 (158?),doc, 1 7 > . Aos m s larde dichc, comendante segua con sus negocios, aunque utilizandoesta vezdineroen metlico (doc. 4 delApndice Documental).

    1 , Martnez Gijn, La comenda mercantil, 1-lis/oria delDerecho Mercantil,Es/odios. Sevilla,1999, pp. 123-142.Por ejemplo, estos dos contratos de 1609 (1609, marzo 1 1 , CastroUrdiales: Pedro de Velasco,dueo y maestre de la pinaza Sa n Juan, confiesa haber recibido de Isabel deLlantada, mujer deJuandeMarrn,ausente, vecina de Castro, 20ducados en rs. (7.480mrs), a riesgo y ventora de laquilla,para cargar mercancaslcitas, obligndose a dar cuenta con pago, descontando el terciodela prdida o ganancia. ... venidoq ueseadltehadedar ydar cuernocan paga lealy veedadecade los dichas veynre ducados con m s fa ganangiaque Dios en e/lo diere e prdida sihuviere,vasondad e ladicho.gafangiaeltergiod e laque s eganare~,que a dichaYsavel deLan/ada le daPoe fayndustriadeldichodinero,Al-WC,Prot. 1705, fol, 32).

    1609, marzo 2. CastroUrdiales: Pedro d e Velasco, vecino de Castro,confiesa haberrecibidodelcapitnGasparde Sierralta, vecino de Castro,50 0 r s. (17(100tnrs,) para llevarlos e nmercanc,aslcitas y no prohibidasde sacardel Reino, e n ta pinazaSa n loan, a la villa deSan Sebastin y otrospuertos deGuipzcoa: a riesgo y ventura del capitnGaspar d e Sierralta, sobre laquilla y a riesgode ella, Velasco s e obliga a que, vuelto delviaje,dar cuenta conpagoa l capitn cot laganancia oprdida queDios les diere, descam,andod e la dichoganancia eltercio que s e ganareenellosconla industria y trove/o, 1 eltusar/ichonoha de poder sacar eldicho dinero ni arrisgarlo a oteaspartc-s(Ibideen, fol.31 ).

    Sinembargo,esto nosietnpre fue as, comoe n un contratocetebrado en t604 ([604, mayo21.CastroUrdiMos: Menetade Cereceda,viuda de Pedro de Pando, vecina de Castro. confiesahaberrecibidode Pedrode Alcedo, naturaldeSopuerray estante enCastro.33 0 rs, deplata, paraemplearenmercaderasde

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    contrato de compaa, debido a la equilibrada bilateralidad entre los otor-gantes,tanto enlas ganancias y riesgos como en el pagode losfletes.

    En los casos comentados hasta aquse trata de comendas individuales,queeran las mshabituales,en la s quese basaba el comercio apequea es-cala; sin embargo,hubo ocasiones en que loscomendantes invirtieron de unasolavez grandes cantidades de dinero, encargando, entonces, a un interme-diario que se encargara de celebrar los contratos individuales condistintosarmadores. Estees el caso de l criadoreal Carlos dePeflavera, queen 1592invirti 840escudos en diecisiscontratos diferentes con armadores castre-os, por medio de su factor Martndel Ro (doc. 2). Otro casoparecido serel del cartujo m edinense Juan Prez de Zamali2Como es lgico suponer,cuandose obraba de este modo no era extrao acabar delantede lostribuna-les para dirimir los problemas habidos. Tal le ocurri a primeros de l siglo

    XVI al santanderino JuanGutirrezde Barcenillat3o al mercaderdeD ueas,Andrs Rodrguez de Traslaiglesia.14 El m encionado Martn de l Ro, preci-samente, ser el damnificado en una operacin en la que sus comendatarios

    O [6tH junio8 . Castro Urdiales: Juan Prez de Zamal, carlujo en Medina de Pomar, naturalde

    Islares. porquantal tienedadosa lagananciacauchacantidadd edineros, asa marinerasdestadicha villa, quelostraene n losnavosquese nal~eganen ella, ca/no ennavos del dicholugardeYslares,.,,y a vecinos de Castro, otorga podera Gonzalode Rozas,mayordomo del mo nasteriodeSanta Clara de Castro,para cobrar la ganandaypra~edida,. (MIPC.Prot, 1.710, fol. 408-409r>,~ 1505-15 1 8 . Valladolid. Proceso incoado porJuan Gutirrezde Barcen illa, vecino deSantander,

    contra Juan Snchez de Santiurde, vecino de Santiurde (Valle de Toranzo), sobre ejecucin de lacartaejecutoriade 23de noviembre de 1518 ene l pleitoque sostuvo cone l demandado para que lediese cuenta de los mrs. que le entreg en nombre de varios mercaderes de Burgos para que lesrecogiese unas sacas de lana en Burgos y otros lugares y las llevase al puerto de Monvarclo, condesuno a Flandes, ydelos alquileres pagados a los carreteros que las transportaron, en virtud de lacual solicitale pague3.937 mrs.de las costas procesales a lasqu e fue condenadoe l demandadoys e le ejecuten sus bienes por cuanta de 20,5lO mrs, correspondientes a la deoda principalque seestableci despus de realizarse las cuentas (Archivo de la Real Chancillera dc Valladolid, Ese,EusebioLapuerta,e, 380/3, 8 piezas,400 fols,ye, 38016 (E), 2 piezas, 75 tols,),~ 1514, marzo 4, Valladolid,Ejecutoria del pleitoseguido porJuan de Acua.condede Buenda,

    contra AndrsRodrguez deTraslaiglesia, vecino de Dueas, sobre pedir ejecucin de sos bienespor 130.000 mrs,q ue ste estabaobligado apagarle a aqul,envirtud de una obligacin en Dueas,30d e septiembre de 1495, porque los haba recibido en depsito para prestarlos a los mercaderes

    del pescadode Sa n Vicentedela Barquera, como haba hechoen aos anteriores.Elalcaldemayor de Dueaspor el conde de Buenda, bachiller FranciscoGmez de Agreda,haba ordenadoejecutar a Rodrguez, que apel, En vista s eanulal a anterior sentencia, ordenandodevolversus bienesa lmercader(Valladolid, jOde marzode [508) (4r). Fu e confirmadaen revista(Valladolid,12de diciembrede 1508)(Sr).

    Nueva sentencia de vista,condenandoa Rodrguez a pagara lconde 130.000turs.,descontandolascartasdepagodadas a Rodrguezpor e lconde y reservando al condenados u derechocontra tosrnercaderesde San Vicente;no condenan a costas (Valladolid, 1 7 de septiembrede 1510) (6v). Enrevista, confirman la anterior (Valladolid, 14de febrero de 1514)(8) (ARCbV, Reales E jecutorias,e, 293/27, 8 fols,),

    20Cuadernos deHistoriadel Derecho

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    PedroAndrsPorrasArboledas La prcticamercantil m artima. . .

    actuaron de forma desastrosa yacabaron procesados delantede laChancille-rade Valladolid.t5 Precisamente, laobligacin de rendicin de cuentas porpartede los comendatariosdio lugar abuen nmerode problemas judiciales,de los quese puede documentar el casodel beneficiado de la iglesia deSan-

    tulln, afines de l siglo XVI.~ Noobstante, lo habitual ser la pacficaliqui-dacin de las comendas, comodocumentamos en tres ocasiones, a comien-zos1 y amediados del sigloXVII. El comendatario tambinpoda incurriren responsabilidad frente asu principal por no observar otras obligaciones,tales como incumplir las normas aduaneras; esto fue lo que le ocurri en1567 al regidorsantanderino Juan deEscalante Venero.t9

    ~ 591-1595. Valladolid.Proceso incoado por Martn del Ro, vecino de Castro Urdiates, contraSantiago de Liendo, Pedro de Vitoria, Pedro del Ro y consortes, vecinos de Castro y Santulln,

    sobrereclamarles 1 .000 ducadosde oro, ms costas y daos originadosporla prdidade s u navoNuestra Seorde la Asuncin, qu e e s haba entregado aparejado para levar mercancas a las IslasCanarias y traer de vuelta vino y otras mercancas, concertnduse con ellos como marineros ycargadores, a pagarle los fletes, siendoe demandante s u socio y maestre Santiago de Liendo, aquien entreg 30 ducados para la carga de mercancas, y despus d e llegar al puerto de Garachicomarcharon a la Isladela Ramblapara cargarvino, incumpliendolo acordado, yenese viajeresultaveriado el navopor causa del temporal y le dejaron anclado en esa isla,quedando a merced delpillajede sus moradores y, salvando laparte d e la carga que les corresponda, s e embargaron en unbatel, dejando abandonado el barco (ARChV, Esc. Eusebio Lapuerta(E), e, 165/4, 4 piezas, 24 1fols,).

    1597-1600. Valladotid. Pleito seguidopor FranciscoAbadde Monteltano,curabene ficiadodelaiglesiadeSantulln,contra Nicols Morrn,vecino de CastroUrdiales,sobre pedircuentaconpago

    del producto de la venta de 8 botas de vinoblancode la tierra que le dio para venderen Francia ydetas ganancias obtenidas con las mercancas qu e compr con ello (ARChV,Esc. Alonso Rodr-~uez(F),e. 399/4, 1 pieza, 125 fols.),

    1604,mayo3 . Castro Urdiates. Antnde Acburiy Catalinade la Quintana, vecinos d eCastro,s eobligan a pagar a Maria de la Maza, viuda de Miguel Lorenz, vecina de Castro, 80ducados deoro(30,000 mrs.),delrestode 10 0ducadosqueyoe ldic-haAntn deAchurihava resgevidadeldichoMiguelLosen:, que lra~aen raloe n lacostadeCali

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    Pedro AndrsPorrasArboledas Laprctica mercantilmanama.,.

    Debehacerse notarquee l trmino comenda es ajeno a laprctica nota-rial de estos puertos norteos, pues el utilizado en estos casos ser el decompaa, aun cuando se trate deaqueltipo de contrato. Por ello y por lacomplejidad de los negocios documentados no siempre es fcil distinguir

    ambas figuras, como ya adverta a propsitodel documento 5 del Apndice.A pesarde todo, es posible encontraralgunos ejemplos de compaadedica-da al comercio; a com ienzos de l siglo XVII se form una en Castro paraexportararenques aBayona(Francia), sibien slo se docuinenta unaobliga-cIn posterior, hechaparaaclara un punto de! contrato.itEn cambio s con-servamos el contratode compaa celebrado unao ms tarde entreun lare-dax~o y un regidor de Cudillero para importar vinode Ribadaviat Poresasmismas fechas varios castreos, que tenan un buque en parcionera, proce-dieron a liquidar su compaa, mediante la correspondiente obligacin.22Comoenelcaso del anterior contrato, en la compaamercantil el ajustede

    cuentas sola serel momento ms problemtico, dando lugar a disputasqueacababan ventilndose delante de la justicia, como ocurri en 1525 entre

    embargadapore l dezrnerorealpor dezmar e l demandado de taenos (ARChV. E,c. Fernando Alon-so(F). c,245/3, 1 pieza, 14IbIs.).20 1605. agosto 0. CastroUrdiales. JuanLorenaet viejo,comoprincpat, y Santiago de Trucios, su

    yerno, como fiador, por cuanto Lorena haba hecho compaa con Menao de la Pierra, vecino deBayona (Francia), para comprar lOO millares c e sardina y llevarlos ;t vender a Francia, poniendoMenan la sal; para quitar dudas, s eobligan a pagar a ste 1 2 1 rs. de24fas, y 2 ccl. de sal, a 5 rs/lb.(AHPC, Prot. 1.710, fol.560).

    2 1 1606,octubre20 . Laredo. Menen Prez de Arango. vecino y regidor dc la villa y concejo dePravia, moradoren el puertod e Cudillero y estante en Laredo, y Domingo de Corocibay Arteaga.vecino de Laredo, declarat estar acordados en formar compaht. en la que Menen aporta 1.000ducados y Doningo. 500,poniendo stos en casa de Menenen realesde plata y oro, para el 20 denoviembreprximo.

    Menen ira con los 1,500 ducadosa l Riberode Avia, e n el ReitodeGalicia, y los empleara encomprar vinos blancos de Ribadavia, trayndolos a la villade Pontevedra, donde los cargara ennavos espaolespara traerlos a la villa dc Laredo,Domingo seraobligado a recibirlos. alonjarlos yvenderlos en Laredo.

    Elcosto que Menen hiciere, as en la compracomoen los fletes, y el qu ehiciere Domingo en laventa.s c hayandecontar.Laganancia s e partira2/3para Menen y

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    Pedro Andrs PortasArboledas Uprcticamercantilmartima...

    distintossocios de SanVicente de laBarquera,23 oen 1532 entre socios san-24tanderinos.

    Aun cuando el corsoera unaactividad eminentemente militar, tambintena unavertiente comercial, por cuanto los corsarios que obtenan su pa-

    tenteparahacer laguerra por cuentadel Rey pretendan unafinalidad clara-mentelucrativa. Desgraciadamente,no hasido posible localizarningn casode compaaparacorsearquesealegible; s se conservandostestimonios deseptiembre de 1554, pero apenas sepuedenleer.25 Sque se halocalizado un

    23 1525, abril II. Valladolid. Ejecutoria del pleito seguidopor Juan Merced y Alonso Gonztez

    Herrero contra JuanGonzlezde Orea, hijo de Pedro Gonzlez de Orea, vecinos todosde SanVicentede la Barquera y mercaderes, sobre las diferencias existentes en relacin con la compaaque formaron en 15t7 para comprar en comn ciertas mercancas para vendertas en el Reino deIrtanda, empleando tos mrs. resultantes d e la ventaentraercongrio y otrospescados, yendolas dos

    partes amediasenla s ganancias.En lascuentas que s e hicieron a la vuetta deldemandado a la villa se consideraque hubo enga-

    oa l nocontabilizarse algunas mercancas qu e tos demandantes le haban entregado, al decir quelas haba vendido a me nor precio y no da rrazn de lodo lo que s e pesc, por loquesoticitan qued cuenta con pagode 20.000 turs, en que s e sintieron defraudados, En primera instancia, ante elbachillerFranciscode Septveda, tenientedeCorregidor y s u acompaado, Pedro Daz. En primerlugarnombran contadores a Juan Gonztez de Orea Boecio y a Juan Palacio, que presentaron s uparecer (1 v-2r),el cualfue etevado a sentenciapore lbachilterde Castro,tenientede Corregidor.

    Anibas partes presentan nuevas cuentas, de la s que s e deduce que llevaron a Irlanda botas devinode Mdalucia, 18libras de azafrn.3 quintales y 68 libras de atumbre,40 fanegasmayores desat, lOO celeminesde bizcocha,ademsd eunabarca con 3 tombres para pescar pescado y congrio.Pescaron lOO docenas de pescado y ciertos congrios y peltate, resultando et fraude, segn tos de-

    mandantes, de20.000mrs.Se vuelven a nombrar 2 nuevos contadores: Juan Gonztez mercader y DiegoBadin; el te-nientenombr 30en discordia, Artonio de Greamercader. Unaparte recus al tenientepor sospe-choso, que nombr su acompaado. Los contadores (revistadcn-es, m s el tercero) presentan s uparecer (4-Sr).Teniente y acompaado dictan sentencia, validando el anterior parecer (5). Apeladapor los demandantes, la sentencia de vista declara desierta la apelacin y pasada en autoridad decosa juzgada(6v). Confirmada por la derevista(6v)(ARChV,RR.EE.,e .377fl,7 fols.)24 1532. Valladolid, Proceso incoado por Elvira Hernndez de Rabillo, mujer de Juan de Verdad,vec,nos deSantander, comoheredera deGonzalode Moradillo.difunto, su primermaAdo, contraJorgede Penagos, vecino tambin,sobrepeticin de cuentas con pagode la sociedad que lorm eldemandado con Gonzalode Moradillo,e n la que iban a medias, para contratar remos como oficia-e s remolaresene tReinode Galicia,as comode los bienesq ue aporte l citado Gonzalode Mora-

    diltopara dicha sociedad, que estimaba en 40,000mrs., con los que s e qued et demandado a lamuertedeste en Gaticiay los emple e n comprarpescadoy otras mercancas y, adems, le paguelas ganancias obtenidasporser heredera del mencionado Gonzato (ARCI,V,Ese, EusebioLapuersa(E),c. 22112, 1 pieza,60fols.).25 1554, septiembre 24 . Castro Urdiales. Martn de Otaes, Juan de Quintana, Lope de Liendo,Diegode Sanmarco Medo,Sancho deGana y Pedro de Llano,vecinos d e Castro, s e conciertandetomare remar lagaleaza de Martnde Otaes, llamada Sa nJuan, bajo ciertasco ndiciones (obliga-cinde l dueodeponerla en estado deuso y deabastecerla con armas y lonecesario),para llevar8 1 ) hombres.Losdems tambin seobligan a abasteceranave, Obligantodos sus personasy bienes(AHPC. Prot, 1708,fol, 237).

    23 CuadetnosdeIIistoriadel Derecha

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    curiosodictamen deletrado,en el queseplanteaba si elcoincidir enun lugardeterminado do s buques corsarios supona la automtica existencia de uncontratode compaa, debiendo entonces partir las presas porm itad (doc. 7);tambin contamos con uncon trato de compaapara irdeconvoy enconser-

    va, defendindose asde corsarios enemigos (doc. 6). De nuevo eneste caso,documentamos la liquidacin de una compaa de estas caractersticas.26

    Porlo dems, dejandopara ms abajo el estudio de las actividades cor-sarias en el mbito militar, no es fcil ofrecer unas noticias coherentessobre estas actividades. Documentamos la compraventa de una lancha paracorso a fines de l siglo XVIII (doc. 8) y sendos poderes para cobrar, en uncaso, aun marinero enrolado que luego desert27 y , en otro, a losarmadoresde una fragata corsaria francesa que habaactuado indebidamente.28 D uranteel ao 1597, estando devastada laciudad de CastroU rdiales por lapeste, elconcejo arm variasnaves corsarias a fin de obtenervituallas para sus vec-nos, sin importar laprocedencia de las naves asaltadas; con esa ocasin la snaves corsariasfueron armadas con artilleraligera de propiedad regia,de la

    1554,septiembre 3 ( 1 . Castro Urdiales. Rodrigo de Carasa y Andrs de Nanclares, vecinos deCastro, por cuanto ellos, con labuenaventura.estovande pattyda parayrdeatntadaa lacosta deBreraa contrafrancesescon daszabtas, de lasque eran capitanes, y con una chalupa, que Itevanen su compaa, a -isgo yventurade lasdic-Itasdas zabas,y como iban concertadosen irjuntosdesde la salidaa l retorno al puerto, ponen porescrito en 6 puntos su acuerdo: que nos e separarnsalvo acuerdoentre eltos, que s e curar y sedar soldada a los heridos, ,,. (ibidem,fol,231 -232r),26 1602, mayo 31 . CastroUrdiales. Sa n Juan de Carasa, vecino deCastro, divoqued e restodelacompaaquecnt/e ly los capitanesCliacliarto y Pajazo yDomingo deVillotaiy] Domingadel

    Rivera, tezino de Lnredo, haca tenidofe,te4.ida entre ellosquettta. havaquedado detiendo aVillotay Rivero 1.062,5 rs, y de ellos haba pagado al contado 62,5 rs, Se obliga a pagarles los1.000 restantes (a Villota y a Pascuala de Revilla. mujer de Rivero) para el da de Sa n Miguel(AHPC,Prot, 1,702,fol, 149).

    El mismoda Villota y PascualadeRevilla, viudadeRivero, vecinos de Laredo, por cuanto sanJuan de Carasa, dueo de la galizabra San Nicols. haba tenido compaa con los 4 capitalesChacharro,Pajazo, Rivero y Vitlota yhaban fenecido cuentas y recibido carta de obligacin deCarasa, s e comprometen a no reclamarle nadam s porcausa de la citada compaa (lbident, fol,l50-tS Ir),

    27 1596, diciembre 20, Castro IJrdiales, El capitn Juat Antonio de Marcio, en corsocontra losrebeldes,estante en Castro,otorga poder a Pedro de Quintana, vecino de Castro. y a otros para

    cobrarde Luis de An7uero, vecino de Laredo, 82 rs, que le haba pagado el capitt para ir en s ucompaa a Bretaa; estpreso pornohaberido (AHPC.Prot, t.700(1596).doc, 154).2< 1748,octubre22. Santoa, DonManuel de Helguero. vecino deSantoa,padre de Juan de 1-tel-guero y delHaro (su madre, Marcela del Haro), otorga poder a don Estenan Len Rigal, vecino deBayona (Francia), para cobrarde los armadores de la fragataLa Cantabria Chiquita>~, armada encorsoen dicha ciudadde Bayona,de las cantidades debidas de laspressas queabiendoandadoencot-so endichafragatahizoe n elaoprxsimopasadod e 1747. Sobrel o cual yq ue tos e at,aseporqualquietaacaezimiento ques e quietadezir yoponeren r.-onrrarioconpretextode abersalidoencumplirsucampaaendichafragataporlosprinzipiosdeestepresenteaoa laprimabera sinsaversede ella, yque puedeestaribao sermuermo, noobstantelanotizia ytemorparzieta desunaufragio(AHPC, Prot, 5.120 (748), fol.33).

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    PedroAndrsPorrasArboledas La prctica mercantil martima...

    cualhubierondeprestar obligacin los corsarios;29aosms tardeestos cor-sarioshubieron deresponder de dichas actividades frentea losdamnificadospor suscorre ras.tm Debe reconocersequeestas prometedoras empresas mer-cantiles eran especialmente proclives a terminar delante de los tribunales,

    fuerapor los desafueros cometidos durante el fragor de labatalla, fuera porel reparto de las presasobtenidas, como les ocurri a distintos cntabros decomienzos del siglo XVIque haban participado en el corso contra navesinglesas y

    1507, mayo20, Castro Urdiales,Julin deOtaes, Diego delas Cuevas, Garca de Amor,Colsde la Quintana,Juan de a Sic-ra, FranciscodePalacio, Pedro de las Muecas y Pedro de VidaniaLastero, vecinos de Castro,que iban en corso para buscar vituallas para la villa por causa de laenfermedad contagiosa, reciben de Marcos de Mioo yGarca dePeavera, 1 2 mosquetes, con 10frascos y frasquillos,que eran del Re ypara la defensa de la villa, y s e obligana devolverloscuando

    se les pidan. ... de lamunicindellale haran dadoy emprestadopatasalirencorso doze mos-que/es candiez frascasyfrasquillas. delosqueestovan en la quadra de la dicha villa,queherondeSM. ylostenaparadefensade ella, acausade la enfermedadconagiossaque andova yfaltodemantenimientoy alosprocurarharan y-docorseondae conpermisin de Diego de Orellana deChaves, Corregidor, y ellos los haran rescesido poro la defensa y afesa de lapinaQo en que$,an.. (AHPC, Prat. 1 . 7 ( 1 1 (1597),doc. 72).- 1603, enero 9 .CastroUrdiales, Nicols de la Quintana yFranciscode Palacio, vecinos de Castro,dicen que por cuanto eseda,en presenciadesantoDomingo deHernani, vecinode Guetaria(Gui-pzcoa), les haba dado cartade pagoy lasto,poderen causa propia para cobrarde los bienes delcapitn Diego delas Cuevas y Mara deLastero, su mujer, y Garca de Amor, Juan de la Sierra,Martin del Tojo, Juan dePerea, Gabrielde Homilas, SantiagodeTrucios y dems marineros queandandoe n torsoy guerra y procurandomantenimientos respecto de lapeste queandava a lasagnen ladicha villa, la valor deunachalupa conloquedentro delloeldichoDomingo de1-lcr-nani trayirsdelReynr de Galicia, todovaloradoen 1.314 rs.,de los que quedaba porcobrar5 81 rs.,o s cuales Quintana y Palacio seobligan a pagar(AHPC, Prol, 1.703,fol. lS-Ib),

    El mismo da Domingo de l-lernani dice que en 1597 repicado enuna su chalupacon otroscompaeros delReynodeGaiiia, el capitn Diego de los Cuevas .1 ydems compaerosqueandaran en corsoy guerra contra henemigos de la Santo Unin y procurando mantenimientorespectode lapesteque andava enladichavilla, lehavanabordadoyra5doal puertode ladichavilla yald e Urdiales, y tornndoleladicha chalupaconloqueenellaeslava, yocavado lafuriadelapestehavaparecidoante lajusticia,valorndose todoen 1.314rs., pagndole 300 y obligndo-s e a pagarle t .0 t4 rs, Ahora,traspagrselos al contadoQuintana y Palacio, les otorga cartadepago(ibdem, fol. t7-18).> < 1528. Valladotid, Proceso incoado por Pedro Marroqun, por s y en nombre de Cristbal deLanestosa, vecinos de Castro Urdiales, contra Diego del Hoyo y Apariciode Udalta, vecinos de

    Laredo,sobre la devolucin de unnavode 30 toneladas que les haba correspondidoen la particinde 7 navos apresados a os ingleses durante a guerra conFrancia e tnglaterra por el capitn Her-tiandode Praves, vecinodeCastro,y otros capitanes que fueronen la Armada formadapara dichaguerra,enla cual Praves llevun galen propiedadde Cristbalde Lanestosa, aprestadocona rmasy vituallas por Pedro Marroqun; y el citado navo les pertenecacomoparte del botnque s e repar-tieron y le dejaron en el puerto dePlacencia y fue llevado al de Laredocontra la voluntad de losdemandantes, por lo que solicitan s u restitucin por tener preparada gente y armas para ir en laArmadacontra Francia en el mencionado navo y s edeposite en uta personaabonadapara quenofuese llevado a otro lugarn i se le reformase (ARChV,Ese. EusebioLapuerta(F),e ,203/3, 1 pieza,1 50fols.).

    25 Cuadernos deHistoria dcl Derecho

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    PedroAndrsPorrasArboledas Lo prcticamercantilmartima...

    De los tipos de compaas que solan formarse probablemente el mejordocumentadosea el de las destinadas a la pesca; era tradicional el envodenavespesqueras haciael Canto Viejo e Irlanda,donde obtenan el congrio y

    otras especies muy estimadas en Castilla. Contamoscon un ejemplo de1515,en el queun socio aport la nave y unacantidad como prstamopara avitua-llara (doc. 9),terminando el negocio delantede laChancillera por incum-plimiento de todas sus obligaciones por parte del otro socio. Los caladerosirlandeses seran profusamenteutilizadospor loscntabros, al menos durantelos siglos XV y XVI, fechas en las que se documentan varios episodios po-

    lmicos, como los do s que se ventilaron ante el mencionado tribunal en148632yen 1501,en elque, porcierto, lapoblacin autctonano queda muy

    > 2 1486, julio lO. Valladolid. Ejeculoria del pleito seguido por Juan Prez de Vivanco, vecinn deValencia,contra Juan Fernndez Galnde,,vecino de Somorrosro, sobre la restitucin d eun balli-ner comprado en Noya (Galicia) al demandado. con el pescado y ganancia obtenidos durante eltiempoque s elohabantenido retenido.Antee lalcalde ordinario Juan Gonzlezde Orea,

    Sedice en la demandaque Vivanco haba compradola nave unao atrs, concertndose e n quese la entregasen en la playadeValencia, quedando a su riesgo y ventura, teniendoGalndez. en sucompaa a MartndeToledo, criado de Vivanco: pero volvieron con el navo a San Vicente, que-dando Galndez con poder para equipar el navo para ganar; lo haba enviado a la pesquera deCanto Viejo y haba vuelto, entregndoloentonces a JuanMigudez pescador, los cuales no habanquerido contestara sus requerimientosde entrega dei navoy ganancia obtenida. Nocontentoconeso M igulez. les amenazabacon injuriados, herirlos o matarlos sin subana la nave,

    Denunciado el caso ante la justicia,orden dar la posesin del navo y pescado a Vivanco;

    Migudezcontesta quel tenae lnavopo r Galndez,a quienslopoda entregarlos 12.000 mrs,deganancia.El alcalde ordenaponer en secuestro la nave, Vivanco denuncia que han sacado de lanavecables, fumanes,>, ardas. batel y otrascosas y pide s e realicepesquisa sobre el robo,Reali-zada la pesquisa. Vivanco presenta acusacin criminalpor robo. Galndez niega la acusacin yalega que la nave era suya. So n recibidos a prueba. Galndez. dice que era suyo, pues aunque levendila nave, nohabarecibido el toraldel precio estipuado. Ambas partes realizas probanzas.

    Vivanco apetaante [a.Chancillera por elautodesecuestrode s t nave. Repite sus argumentos,asdiendo que era hidalgo notorio,pide le entreguen tambin el pescado, valorando la deuda conrentasy fretesen 40.000 mrs.; tambin pide que la Chancillera retengae corocimietto del proce-so (3). Galndez replica queel navoera suyo, pues de los 40.000 mrs.dcl valor del ballinerslo lehaba pagado 12.000; queal ser suya la nave no caba acusarlede robo y fuerza;alegaque edichoJuan Remandes Colindes. su parte, y el dicho Martnde Toledo afielaron el dicho nubiaque

    estabae nMoya, para traerpescado o sardina a lailadeSa n Vi5ente, porque nofallaron fletealguno para la dicha cilidad deVulen

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    PedroAndrt PorrasArboledas Laprctica mereanttlmartuua

    bien.3 3 Asmismo, las naves cntabrassolan acudircada ao a la pesquera

    de Terranova, donde se obtena fundamentalmente el bacalao: durante elsigloXVI la actividadcntabra en estesector fue relevante, comonos mues-trael contrato decompaa celebrado en 1578 (documento 10),sin embargo,

    cuando en 1655 volvamos a encontrar otro testimonio de este tipo, ser unnatural de Castro, avecindado en Bilbao, quien desarrolle dicha actividad(doc. 12) , lo quees altamentesignificativo sobre lo ocurrido en la vida man-tima en ese lapso detiempo . Otros do s testimoniosnos permiten seguir conciertodetalleesa evolucin: ala altura de 1612 los laredanos seguan mante-niendo su presenciaen aquellas aguas del AtlnticoNorte,34 pero para 1650el papel de loscntabros quedaba como accesorio frente a los vascos, tanto

    Sentenciade 2 < instancia,confirmando la anterior,salvo que Vivanco pague a Galindez 14.000mrs,en lugar de 7.000; que Galndez d fianzas a la Leyde Toledo(Sv-6r). Probanzas.Sentencia

    de vista:respecto a los aparejos que faltaban, condenan a Galndez a pagar a Vivanco la cantidadque jurase en derecho Vivanco, hastacuanta de 6.000 mrs.;que por tas 120 docenas de pescadotradasdel viajea lCantoViejo,que Galndez pagase a Vivanco 16.000mrs.,ademsde 6.000 mrs.de lucrocesantepore ltiempo queno pudo disponerVivanco del balliner, descontandodetodo ello10,120 mrs,que Vivanco deba pagar a Galndez delprecio del barco; condenan a costas a Galndezpor litigarmal(6).Galndez suplica.

    Sentencia de revista:confirntatoria de la anterior, con la salvedad de que de las cantidadesq ueGalndez debapagar a Vivancose descontasen4.000mrs.; no condenan a costas (7v-Sr) (ARChV,RR.EE., c.4/8,8fols.).

    1507,marzo 18 . Valladolid. Ejecutoriadel pleito incoado porPedro Redpescador, vecino deSa nVicente de la Barquera, contra Juan deMioo, tambin vecino, anteel alcalde ordinario Ruy Dazde Tablates Mendoza, sobre la devolucin dc 2 barcas unanueva de un ao y la otra de 2 o 3

    aosque le haba dejado aparejadas, consus velas, anclas y pertrechos de pesca, en e l puedo deIrlandaen 1503 JuanGmezdeVeloa para pescar enese reino.En 1505 Re d pidi a Mioo que s e las entregase o s e las diese a Diego deSerdio para que tas

    marinase, y s e oblig a ello, pero, una vezen Irlanda, s e neg; por ello,le rectama 7.000 mrs, delvalor de las barcas ola entrega de otras dos barcas decalidad similar a tas originales, ademsde5,000 mrs. de lucro cesante t.podra ganar eldichoao delquin de lasdichas vareas). ContestaMiooqueVeloadej las barcas en 503 conorden a los irlandesesque las custodiaban dequelasdejaran aprovechar a otros si l no fuera el ao siguiente a a pesquera; pero que una de ellas s eperdi, despus de que la utilizaran para ir de puerto en puerto, y la otra la hurtaron, como erahabitualcon las barcas que los espaoles dejabanenIrlandade un ao para otro,

    Sentencia en primera instancia, declarando bien probada la intencin deRed, condenando aMinna pagarle5.000 n 3 r s , del valor de la barcas y por el quin de Diegode Serdio, 5 quintales

    de pescado,al precioquehubiese corridoaquelao, ms las costas. Apelaantel a C hancillera,q uedeclara la anterior sentencia pasada en autoridadde cosajuzgada. Suplica y los oidores confirmanla sentencia anterior (ARChV,RR,EE., c, 213/18.8olsj.>~ 1612. marzo 1 2 . Laredo.Diego dela Calle MierEspina,escribanoreal y del nmero de Laredo,Bartolomd e Huro Villotay el capitn Hernando de Escalante Pacheco, vecinos de Laredo, decla-railque ellostenanun filipote surtoen el muelle, aparejado y avituallado para el viaje a la provin-cia de Terranova, a la pesquera delbacalao, en que va por capitn y maestre el capitn. Declaranque e lcapitntiene la mitad delnavo y armazn y los otrosdos la otramitad, poriguales partes,ydel costedel navoy armazn nos e debe nada a nadie, yendo a prdidao ganancia,de acuerdo consusparticipaciones (AHPC, Prot. 1.481 (1612),fol. 151).

    27 Cuade,-nosde1-listaradel Derecho

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    damientoinclua,juntoal usodel puerto, la costera propiamente dicha, raznpor la queel arrendador era elcabildo de mareantescastreo.

    Respectoa los contratosdeconstruccinde naves,resultasorprendente elescaso nmero de noticias halladas, explicable solamente por el hecho de

    queesaactividad era encomendada por losarmadorescastreos a carpinterosvascos. Unbuenejemplodeestoes el documento 13 denuestro Apndice; alparecer, tambin los laredanospreferan a los constructores vascosantesquea loslocales.4t Losnavieros de apellido Musarieta, yam encionados, tambinpreferan trabajarcon los astilleros guipuzcoanos, segn unanoticia indirecta

    Diego de Hano, arrendatariodelpuertod e ballenasdeCastro,para la costera desdee l 4 deoctubrea marzo de 1658, estando el 4 de octubre con 2 chalupas en la villa, corriendo el capitn con lacuartaparte de la armazn. AHPC, Prot, 1.730,fol. 374).

    Heaquel resumen de uno d eestos documentos: 1618, septiembre 21. CastroUrdiales. Pedro

    de Rodrguez, procurador del cabildo de mareantes, tras habrsele adjudicado en subasta al capitnDomingo de Asbizu, vecino deGuetaria,el puertopara la cazadeballenas, acuerdan las condicio-nes delarrendamiento: [1] Mbi,u aportar 2 chalupascon 2personasy 2 atalayeros, adems de la sarmasnecesarias,para el d a de Sa n Francisco, L 2 ] Pagar a Castrode cada ballenao cabrotecaza-do 30ducados, repartidos a la villa, iglesia mayorycabildo demareantes por tercios, Q ue laschalupas de Castroqu e salieren a la caza vayan bien aparejadas.1 ~ i S i Arbizu y los castreosno s epusiesendeacuerdoen el preciode la ballenacazada, aqulle s facilitela s herramientaspara bene-ficara, 1 . 4 1 Si la ballena no valiesem s de lOO ducados paguelos terciosde acuerdo con el preciodel remate; pasandodelo s ID Onopaguem s de lo s32ducados estipulados. 1 5 ] Si en los 2 aos delarrendamiento nocumpliese loestipulado, pague60ducados de intereses de una vez. L ~ ] Mbizupueda sacar libremente la grasa y e pescado (pagandolo s derechos de 3 rs/barrica),dejando lacuartaparte de [agrasa en Castro, pagadaal contadoa l precioque corriere en Bilbao. [71La iglesia

    pondr la caldera para beneficiar la grasa, pagando 2 rs/barricaque friere, siendo de cuenta de laiglesiasise rompiere por caso fortuitoo de Arbizu si fuere por causa suya (Al-WC, Pral, 1.709(1618), fol.89 . ed. GonzlezEchegaray,pp. 98-lOO).4t 1600, febrero22 . Laredo.Juan de Ribas Santibez, vecino de Laredo, y Juanea deLele, vecinodellugar de Zaruz(Guipzcoa), manifiestanestarconcordados en losiguiente: [1] Letehabra dehacerpara Ribas una chalupa de 14 codos defueraafueraydeanchura, maderaje ytablayquillalimpiay sana y careles que noganyjada con hornijn, de veinte maderas por vanda, tablada yenclavadasuficientemente y de tabla de castao, [2] Habra de entregarla para el da de Pascua deFlores primero siguiente, acabadacon das tillas,segn costunbre. 1 3 ] Ribas habrade pagarleporella 1 8 ducados, los lOO realesque recibe ahora al contado y los restantes 98 rs, para el da deentrega de la chalupa, en la ribera d e Grin. Obliganpersonasy bienes, etc, (AHPC,Prot. 1.124,fol, 1).

    1612, enero 20. Laredo, Pedro de Sonaba, vecino de Laredo, y -s a n Juan de Altelorroga (queansi s e dijo llamar), vecino de la anteiglesia de Yzpaztar(Vizcaya),acuerdan que san Juan cons-troya una pinaza a Pedro para la pesquera del besugo, de la misma manera y forma de largo ymanga que la que t iene Juan de Cabos, vecino de Laredo; la habra deentregar hecha y acabadapara el d a de la Virgende agosto del presente ao.S eobliga a construirla o bien en e l astillerod eLaredo oen el de Santoa, Pedro s e obliga a pagarle por ella 78 ducados de a 11 , los 400 rs, alcontado y los 458 restantespara el d a de la entrega de la nave. Ye s condicinquelos chacerosd epopoyjierros delternesean dehacerporquemadeldicho PedrodeSonabia. Testigos,BartolomdeSalcedo, vecino de Orin, Domingo de Allona y Juan de ldoiaga, vezinos de Sa n Miguel deEreo y la anteiglesia de Nachitura (Vizcaya) (AHPC,Prot. 1.481 (1612),fol, 145-146r).

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    Pedro AndrsForrasArboledas La prctica mercantil martima...

    recogida en el documento 12.42 A pesar detodo, es posible hallar ejemplosde carpinteros y suministradores de madera para naves de origen autcto-no.

    43 Queda pordems aadir queestamos refirindonos anaves de pequeoy medianocalado, ya que los gandes navos eranconstruidos en otros asti-

    lleros, a lo largode todo elCantbrico, med iante los reales asientos, pues suprincipal destinatario sola ser la Corona.~Muy alcon trario, lainformacin con servada sobre lacom praventa de na-

    46ves es muy abundante: se documentan compras de navos,45 galeones, za-bras,47 pinazas,48carabelas,49lanchas para corso(doc. 8) y chalupas sardine-

    42 ,,,e nacabndosedeazerunnavoques eestfabricandoen la villade ~umaya, dela provinzia

    deGuipzcoa, enq ue e synteresado elotorganteen la quarta parte ...(AHPC, Prot, 1728 (1655),fol, 145r).

    1574,agosto 1 9 ., Castro Urdiales, Pedro deSantander y Juan de la Fuente, maestre carpintero,

    vecinos de Castro, celebranacuerdo, por e l queJuan s e obliga dehazeryq uehar, echa yperjhio-nada, a el dichoPedro deSantanderunapinacabesuguera de veyute y < m eo codos ymediodelargory seys y un tercioenmanga, y demuy buenatabla de roble, sin alburaninguna, limpia, ymaderade roble de rebolla ybuenaquilla,ene l plazo fijado m o s e expresa en e l documentol, sopenadc20 ducados por los daos causados. Pedro de Santanders e obliga deedary ;agarpara ladic-hapina~a, echura y maderaje, sin c- labazn ni galafetera, 66ducados, que pagar una vezterminada la obra de la pinaza. Eldicho .lohttc e la Fuente s e obliga a .~ He aqu un ejemplo: 1667, enert, 1 4 . Madrid, Real asiento con Juan Francisco deRoco para laconstruccin de 5 navos y unpatache, as como para arbolary aparejar 2 navos fabricados enAsturias con la intencin de formar la escuadra Santsima Trinidad para serten la Arniada delMar Ocano,Los 7 navosmencionadoseran galeones. Contiene 62condiciones (Archivo Histri-co Foral d e Vizcaya, Judicial,Consolado, 2.278/30, 15fols.,impreso).~ 1571, abril 1 . Castro Urdiales. Pedro de Laslero, vecino de Castro, vende a Beltrn, vecino deCastro, medio navo llamado San Pedro,que tenaen compaa y parcionera con Juan de BendesuyJuan deCereceda,tambin vecinos,por 106 ducados d eoro,delo s que haba recibido 56ducadosen realesdeplata y el resto lo cobrara porunaobligacin (AHPC, Prot. 1.694. fol, 85-Sr).

    [1554, diciembre. CastroUrdiales]. [Fernando]de Sanmarcoe lmenor, vecinode Castro. vende aMartn de Olarte, vecino de Bilbao,e l magallnllantado Santiago, surtoene l puertodeCastro, cnntodos los aparejos y artilleraquedicho galen tena eseda,por 330 ducados de oro, a pagaren 2plazos,contenidos en la cartadeobligacin hecha previamente en Bilbao (AHPC, Prol. 1.708,fol.313;incompleto).

    1570, agosto 1 2 . Castro Urdiales. Martn Loreoz, vecino de Islares, estante en Castro, vende aFrancisco deLabrany Ana deMendoza, su mujer, L a mitad de la zabra Sarna Catalina (luego lallamapinaza),cuyaotramitad perteneca a Diegodc Carranza, vecino de Castro, con todo lo perte-necientede aparejos, velas,mstil, otrasjarcias,anclas,, batel,por 50 ducadosdeoro(18.750 ,wrs),libresde tributos y alcabalas, apagarla mitadpara el primerda de San Miguely la otramitad para

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    ras.50 En ocasiones, la compraventa se documenta atravs de obligaciones51

    o cartas de pago,52 cuandose ha diferido unaparte delprecio. Asmismo, en

    el da de Navidad,E l mismo da los compradores y su fiadorPedro d e Barcenillas e obligan a pagarla cantidad pactada (AHPC. Prot, 1.694,fol. 30-31 y 32-33).

    1590, enero 1 4 . Castro Urdiales.Juan de Carasa Samames, vecino deCastro, dueo d ela pinazaSanMartn, turIa ene lpuerto, la qual ltena necesidaddevenderpara cosasde msaprobecha-miento,vende el navo con todos sus aparejos (que detalla),en especial los destinados a lanave-gacindelosbesugos,asu hermanosan Juan deCarasa, por 50ducados(56.100 mrs.),que recibeal contadoen doblones y reales ante e l escribano (AHPC,Prot. 1.697 (1590),doc. 3).

    1668. agosto 26 . Santoa. Sebastin de Vellern, vecino de la villade Vigo (Galicia), vende alcapitnJuan deValle Ortiz,vecino deSantoa, una navocarabela, llamado Sa n Antonio (porte 30toneladas),deq ue e s dueo ymaestre, surtoenel puerto,con todos sus aparejos,por 200 r s, dea 8de plata doble, pagados al contado, renunciando el navo en el comprador y dndole poderparatomar posesin, constituyndoseentre tantoen su inquilino (AHPC,Prot.4.973 (1668),fol.68).~ 1623, marzo 1 9 . Laredo, Isabel de Nates, viuda de Mateo de Herrera, vecina de Laredo, comocuradora de sus hijos,declara que porcuanto su marido y Toribio de la Tijera, vecino de Laredo,

    tenanen parcionera pormitad una chalupa para la pesquerade la sardina, la cual s e haba tasadopor peritos nombradospor ambas partes en 709 rs. y ellatenanecesidad de disponer de su mitadpara las honrasde su difuntoesposo, cumplimientode s u nima y sostenimiento de sus hijos,y sela haba vendido a Toribio; por ello confiesa haber recibido de ste y de Ursula de la Piedra, sumujer, 354,5 rs, al contado, y s e obliga a que la mitadde la chalupa, redes y aparejos le sern cier-tos y seguros (AHPC,Prot, 1.485 (1623),fol. 21(l-211r),

    1640, noviembre 20 . Laredo. Ana deRosillo, viuda, vecina de Laredo, vende a Juan de Mar,vecino asmismo, la mitad de una chalupa parala pesca de sardina, con 2 redes, velas y remos, 2estachas y un arpeo, paneles y balde, tasado todo por Pedro de Fuica Rada, vecino de Laredo, en1.214 rs,, valiendo, pues, la mitad 607 rs,, dela que seda porpagada. Esta haba sido la tasacion:una red, 200 rs.; otram s vieja. 15 0 rs.; las velascon los mstiles, 200 rs.; 8 remos, 32 rs.; 2 esta-chas, 150 rs.; la chalupa con sus paneles, 450 rs.; un harneo nuevo, 32 rs , (AHPC, Prot. 1.524

    (1640),fol, 39-40r).St 1574, agosto lO. Castro Urdiales, Santiago de Gana y Catalina de Verecedo, vecinos de Castro,s e obligan a pagar a OchoadeR os y Mara d e Rueda, 1 6 ducados,delrestodel preciode una zabraque les compraron, a pagarel d a de Pascua Floridade 1575 (AHPC, Prol, 1.695,fol, 93).

    1603, octubre 4 , Castro Urdiales, Antn d e Larrigada, vecino de Sa n Julin de Musques, s eobligaa pagar a LopeGarca de Yrauregui y Aranguren. vecino delconcejod eOntn, 50ducadosen reales porrazn de nohaver dado la treyncena de una nave llamada SantJuan. deque sondueos eldicho Lope GarifadeYrauregui y Gregorio deOtaes, valorada en 1.500 ducados,Antn s e dapor entregado de la nave, de la que iba por maestre y mandador, obligndose a pagarlos 50ducadospara Sa n Juan de junio (AHPC, Prot. 1.703, fol.293).

    1603, agosto 27 .Laredo. Alonsode Luey, vecino de Lastras (concejo de Colunga, Asturias), s eobliga a pagar a Martn de Santander Escalante, vecino de Laredo, 950 rs, de plata, del restodel

    navo La Misericordia, que le haba comprado, a pagar para el da dePascua de Flores (AHPC,Prol. 1.124,fol, 205-206r),52 1603. febrero 1 8 . CastroUrdiales. Sa n Juan de Carasa diceque FranciscodeSierralta, residenteque fue de Sevilla, habacobradoen s u nombre de Simn LpezdeGranada, como fiadord eFran-cisco de Azpuru, vecino de Sevilla, 1.306,450 mrs. que le debadel restodeuna nao quel e vendien 1600por 15.000ducados d eoro.Le da cartadepago pordichacantidad,expresandola spartidasen que lo haba recibido(AHPC.Prol. 1.703,fol.75-76).

    1649, octubre21.CastroUrdiales.Juan del Atalaya, vecino de Castro, o torga cartadepagopor40ducados quele debanPedro y Juan Fierro y Pedro Gmez, vecinos de Castro,de la compradeuna pinazaq ue Juan del Atalaya les vendi (AHPC, Prot, 1.730,fol, 92).

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    otras ocasiones se expresa la ventade naves en situaciones especiales,comocuandose envi a rematar una cargade hierro cone l fin de obtener lacanti-

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    dad necesaria para adquirir una, o como cuandose envi una naveconsig-nada por supropio maestre paravenderlaen Sevilla por cuenta de los pro-

    pietarios(doc. 15) . Laprocedencia o el estado de las naves tambinestenidoen cuenta a lahora de ponerlasen venta, de este modo, constan ventas denaves hundidas,54 de navos d esarbolados (doc. 17) oen mal estado,55 o debuquesapresados porcorsarios,no siempre exentos de problemas.56

    1655, septiembre 28. Castro Urdiales. Sa n Juan de Quintana, vecino del concejo de Ontn yestante en Castro,porcuanto porordende don Miguel de Velasco Alvarado, vecino de Gibaja, meuboprestadoducientosrs.debelln MauriciodeAmpuero, vezinodestadichavilla, y ansialismaconfiessoqueen beintedesre presentem es yaodeunacantidaddefierroqueeldichodon Miguelde Velasco Alvarado aba remitido para eldicho Mauricio deAmpuero al ribe,-o de Limpias,thomdedic-hofierrodiezquintales deplatinaen beinte ydosplanaspara los llebara hendera lavilladeBilbao, donde losbend a quarenta ycinco rs . cada uno, que ynportaronquatrocientos ycinquenta rs. para comprar conellos unapinaza y de todas las partidas s e da por contento y s eobliga a pagarles a ambos (AI-IPC,Prol, 1.728 (1655), fol.240).

    1775, julio 8. Santoa, DonBartolom de la Lastra, vecino de Santoa, estando en Bilbao amediados de junio, teniendoe ne l canal u na basca o pinaza llamada Nuestra Seoradel Carmen ynimas, surta y anclada, una crecida de aguas la solt y dejencallada en el Arenal, cerca de laiglesia de Sa n Nicols; cuando bajaron las aguas s e boten la ra,pero. con los daos sufridos, s efue a pique de inmediato; en ese tiempo trat con don Ramn de Sanfuentes, vecino de Sa ntoa,vendrsela e n el estado que estuviese, quedandod e s u cuenta componerla. Porello, le vendedichaptnaza obasca,de 15toneladas, con velas,jarcia, anclas y dems pertrechos, ta lcual estaba cuandosefue a pique, libre de cargas, por4.500 rs.v.,quedoa Marade Cabaas, mujer de don Ramn, leentregaa lcontado (AHPC, Prot,5.212(1775), fol, 114-1 16r).

    1655, octubre 25 . Castro Urdiales. Don Juan de Herrado y Vedia, santiaguista, Antonio de Ta-ranco y Pedro d eS an Cristbal, vecinos d eCastro,dueos delnavoSanto Cristode Lezo, surtoenla ra de Bilbao, dueo cada uno de untercio; y Herrado y Taranco,porloque nostoca a lasdosterciaspartes deldicho navo,aparejos, artillera, municiones ydespojc>s que an quedado delospertrechosdelosdosbiajes queel dic-honabio ahechoaTerranoba.otorgan poder a Sa n C ristbal~saravenderel navo(AHPC,Prot. 1.726,fol. 135).

    1655,marzo 8. CastroUrdiales. Toms deNoba, vecino de Pasajes (Guipzcoa), tabo delnavodepresafrancs, nombrado por mSanJoseph, que apres el capitnMartnPrez deLacas-queta, queloe s delafragatade guerranombrada NuestraSeorade laPiedad,de laesquadradel Norte,cuyosdueos yarmadoresdedic-hafragatason G-abiel deYturrieta y Ls ronpauiero.,, vezinosdr ladicho Donquer-

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    praventa, existan otros modos de adquirir naves, como la misma documen-tacinnos indica; uno de ellos consistaen canjear la propiedadde una naveporotro ttulo, en este caso, un censo; otro sera laentrega de lanave enpago de lalegtima paterna, como ya hemos tenidoocasin de ver en eldo-

    cumento 1 2 .Finalmente, otromedio poda ser la ejecucinde unadeuda,59 lacual, en alguna ocasin, terminaba en laconcesin de una espera por partedelacreedor, comose demuestra en el documento 1 6 de nuestro Apndice.

    El aspecto contencioso de la compraventa de naves tambin queda biendocumentado atravs de los fondos bilbanos y vallisoletanos. Losprocesosconsultados revelan la siguiente casustica: venta fraudulenta,60 doble ven-a$ incumplimientode laobligacin de entregar el buqueuna vez efectuada

    mas le cIary entregar todas las velasy dasanclasque tenial a dicha acabxa y lodos los dents

    apatejos declarados arrito, a juicio de un tercero; s e la entregara en Portugalete tao pronto eldueo compareciera a retirarla, y le pagara en concepto de daos recibidos dttrante esetiempo 66reales 1 dicho Pedrod e Lorenciopc>rserdel fero y seoro deVizcaya. le ,ett/incic> eldichofuero. Testigos, Lopede Mlida y Diego y Julin d e Santaclara, vecinos de Castro (Al-WC, Prot,1.710, fol,225-226r).~ 1609, agosto7. Cas tro Urdiales,Martnde Pes, vecino de San MartindeOntn, Iigo de Vidaniay Juanade Avellaneda,su mujer, vecinos de Castro, por cuanto aqul haba cIado a stos a censt,1 ( 30 ducados, siendoejecotadospor los rditos. Paraevitarmolestias, Iigole vendeel terciodcunazabraqu e tenaen parcionera cot san Juan de Rado y Pedro d e la Torre, vecinos de Trucios. lla-moda SantaAna, conroda la jarcia y aparejosque la zabra tiene,segn a/-tede navega~-in, e l cualterciode nave s e haba liquidado en 20 ducados, precio en que s e la vendieron. Martn entrega laescriturade censo (AHPC. Prot. 1.705, lu. 168-170r),

    ~ 1594, marzo4. CastroUrdiales, Domingo de la Prada, vecino de Bilbao, por cuanto haba ejecu-tado ante la justicia de Castro a Juat de Ganda y consortes, veciltos de Placencia, por 906 rs, ycostas, que le debande una obligacin de plazo pasado,po r los que haba pedido ejecucin en unapinaza con sus aparejos,que haba alquilado Martn de Llano, vecino de Castro, para la pesquerade los besugos, yene l alquiler quede ellas e deba,Sc ledio la posesin de la pinaza, m s 1 5 4 rs .del resto del alquiler. Como Llanos e tetna que los anteriores dueos dc la pinaza le pediran elalquileras com,el flete, Prado s e compromete a sacarle a paz y salvo en esecaso (AHPC. Prot.1,699, doc, 18).

    673,abril 7.Bilbao. Cristbal Hern,tdez Mosques, vecino de Musques, contra Juan del Villar,vecino tambin,Miguel deSopena, ambos capitanes, y Martn de Lopategui, vecino de Plencia. porla venta fraudulenta de la cuarta parle tle un navo. Se queja el demandante de que s u cuarta parte,comprada a Lopategui. result nu la, P ide que los otros parcioneros le entreguen su cuarta parte.

    Numerosasdeposiciones. S e,ttenciae ne l folit, 96(Al-lEV. Judicial,Coi,sulado, 537118.99 fols.).1678, agosto 1 2 . Bilbao,Pascual de Revilla, vecino de Portugalete, coitra Jorge Adran. halan-des, vecino de Flesinga, capitn de la fragata corsaria Dragon Volaur, por la entrega del itaviofrancs Virgen del Rosario, apresado por e l holandsy vendido al demandante,

    t678,julio 23. Portugalete. Jorge, despus de relatar cmo apres el navo y lo llev con s ucarga de trigoa CastroUrdiales, tras ser declarada la presa de buena guerra, dice cnto s e acordconPascual para vendrselo con todos sus aparejos, por 320 pesosd e plata blanca,de a 8; a entre-gar cuando acabase de venderenCastro e ltrigo des u carga (1-2). Pascual s e quejadequeJorge hahecho una segundaventa a Melchor de Fimbres(3). Pide s e declare nula sta y s e le entregne elnavocon todos los tIeteshechosdesdeque lo conipr. Despus de mucho buscarle, e s notificado y

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    PedioAndrsPoteasArboledas Uprcticamercantil martima

    lacompraventa, impago deuna parte de l precio, 6 3 impago delos derechosde alcabala de lamadera con la que estaba construido el barcoM y debateentre parcioneros sobrelos derechos decomprade una navo de presa galo,luegoapresado porpiratas franceses.65

    Otra forma de adquirir la propiedad de unanave era el jaguo: segn elcual cuandoun parcionero quera comprar suparteasu compaero lehacaunaoferta, valorando ambas partes, a locual el segundo parcionero podaacceder vendiendo o comprando la partedel primero, segn lavaloracinhecha por stet Aunqueno suele serun negocio que aparezca confrecuen-cia, contamos con un acta de jaguo celebrada a mediados de 1578

    embargado otronavo apresado por Jorge. Aparece otro interesado (AHFV, Judicial, Consulado,1.112/30, 1 3 bIs,; incom pleto).

    Documento comentado m sarriba en nota32(ARChV,R R,EF,, e . 4/8, 8 fols,). ~ 1503, agosto 1 8 . Valladolid, Ejecutoria del pleito seguido por Pedro Fernndez de la Ct,tera,fraile deSanta Mara la Mayorde San Vicente de la Barquera, contra Juan Gmezde Veloapes-cador, vecino de esa villa, sobre pedir ejecucin de sus bienes por25,000 urs., cuarta parte delprecio del navo que le compraron el demandado y su yerno, Ruy Gmez de Veloa (ARChV,RR.EE., c, 82/15,4 fols),

    1517. junio3 .Valladolid, Ejecutoriadel pleito seguido porGonzalo Bravo, vecino de San Vice-ffie de la Barquera, y, a su muerte, porsu mujer, JuanaSnchez delCastillo, con Garca de Ruilobael grande, pescador, tambin vecino, y, a s u muerte, con s u viuda Menda,sobre pedirle comoarrendatario que Gonzalo fue de la renta de la madera de 1502, el pago de 5.000 mrs. por unapinaza que el demandado vendi en el Puertode Santa Maria, cantidad que le pertenece en con-ceptode alcabalapor haberla vendido en lugar franco,Condenado el vendedor, de acuerdo con laley del Cuaderno del arrendamientode las alcabalas, respecto haber vendido la nave en lugar fran-queado por su seor, a pagar lo pedido; haba vendido la nave e n50.000mrs.

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    PedtoAnd;-sPorrasArboledas La prcticamercantilmartima..,

    (doc. 14) . Asmismo, se documenta otro contrato difcil de clasificar: unaespecie de fletamento atpico, con opcin de compraojaguo.67

    Comoera de esperar, la compraventade pescadoest a laorden del daen los protocolosnotariales; se documentan compraventas entre mercaderes

    de pago diferido,65 ventas por adelantado por los cabildos de mareantes de6 9los besugos y congrios delas costerasanuales, reventas en elda de pesca-

    1640, febrero 2. Laredo, Pedro d e Sea, Juan de Barreda y s u mujer Ins de Labella, vecinos d eLaredo, celebran fletamento, [11Pedro declara que ha fabricado una chalupa con 2redes para lapesquerade la sardina, 2 velas, 1 2 remos, una estacha y arpeod e hierro, ademsdetodos los otrospertrechos necesarios, valorado todoen 1.200 rs. en el estado actual. Iii Pedro da su nave y susaparejos a Juan e Ins porcincoaos, a contardesde el da de la fecha,quedandoJuan obligado anavegar la chalupa y redes a todo lonecesariopasa la pesca de la sardina, besugo y dems que seacostumbraen esta costa y tierra,s in que durante dicho tiempo Pedio s ea obligado a pagarnada aJuan de niaessrajedela nao e nquenavegneporaftesamento a la costadePortugal, a estos Reinoso

    fuera de ellos, ~3] De lo que ganare por la pesca oa fietamento Juan e Ins quedan obligados adarcuenta a Pedroconpago deSen 3 meses:quehadeser lamitad de la ganancia.I ~ 3 Y a lcavo d e lo , sdichoscincvaasdandoyentregandoeldichoJuandeVa,-,-edaseist.ientoreales, que e s lan/etaddelbalorcue tiene oy la dicha chalupa yupdrcjos, a de quedar y quedo l y ladicha s u otuger.yquiens uderecho tenga, pordueo yseord e lametadd edicha chalupa y peltrechos. s . Yno lcsdando ladic-ho sorno ( e a de darpore l mestroje,pasadoedichoda y tiempo, e l dicho Pedro c eSeae adeclarypagardiezducadosporn/estrajee ncadau n ao, pore ldicho barco. L ] Y , sienel medio tiempo eldichoJuand e Barreda pagare los dictosseiscientos reales al dic-ho Pedrod eSea, a de quedar ydesdeagoraquedapordueoyseor deldic-ho bat-co y redes y apare/os, ydesdeaquelda deladicha ntetaddl, le adcdary pagarlos d ic . - ho sdiez ducadosdemesttaje.r 7 ]Ycon calidadquen o e aya dejuagardurante losdichos cinc-o aos, y. pasados, ade estar e tcaquelloque lasdichasparte.s s eac-ordaren y concertaren a quiena dequedarpordueoy seord e

    todo, !8j Y ms le a de dary enitegare l dicho Ped,odeSea la roba y ce va necesario para lapesquera de la dic:ha sardina sacando c a balarcon/o seacostunh,ay pag/seladlent/o c je losdichostt-esmeses, y labodegay lo longa enqueestuhietenlas redes yaparejosdeldichabat-co s eade pagarpormetad elcoste que tuviete. L 9 1 Yel dic-ho Pedrod e Sea s e oblig de quen o lesquitar el dicho barco y /edes nicosaalguna dello, lO] Y e s condicinesp,-esa de que, siporal//uncasojortuyto e/dichobarco ypertrechoss eperdiere, aceser y seapc/r metade ldicho hc,Iorent,edichoPedrodeSeayJuand e Bartrda(AHPC, Prot. 1.524 (1640), fol.394bis-395r.bis>.~ 1597, marzo 1 1 . Castro Urdiales. Nicols Garca y Pascuala de Rado, s u suegra, vecinos deCastro, s e obligan a pagar a Bernardino de Vidania y Loredo, vecino de Castro, 136,5 rs , por 5quintales y una arroba de pescado de pasta bueno, a 26 rs/quintal, a pagar el da de Pascua deResurreccin (AHPC,Prol. 1,701 (1597), fol, 195),

    1574,abril 20. CastroUrdiale~., DiegoGonzlezdeMatanzo escabechero y el Cabildo de Maes-

    tres y MareantesdeSan Andrs, de Castro, celebranconvenio: Lacofradareconocehaber recibidoprestados de Diegoen 1753, 3.075 reales y 13m rs, y en el presente ao 5,800 rs, y 8 mrs., total150.000mrs,,los cuales Diegoles haba adelantado pa/aen quet/ta ypie de pago decniI l quinien-

    tasquatenladogmasd c besugosqued e nosavys conpradoa p/egiocadadozena det c - e s realesymedio do

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    Ped-o AndrsPorrasArboledas Laprctica rc,ercantil martima.,,

    etc. Sinem bargo,el mbito que mejorse documena es el delosarrieros, quecada ao comparecan en la costa norte para comprar pescado suficientecomoparacargarsus recuas, pidiendoprstamos para aviarseen ocasiones,

    y transportndolo luego a Castilla, en un radio de accin quealcanzaba in-cluso La Mancha. Pasado un ao deban retornar para devolver sus prsta-mos y continuar su s compraventas. Los productos que habitualmente adqui-ran eran lasardina, tanto castrea comogallega, grasa de ballena, bacalao,besugo, congrio, etc.4 Tambin abundan los mencionados prstamos paraavituallarse.75

    Dichos prstamos no siempre erandevueltos asu vencimiento, dando lu-gar bien alenvo, a costadel deudor,de un cobrador al lugarde procedenciade aqul,6 bien a laapertura de un procedimientode ejecucin quetermina-baante la Chancillera deValladolid.77 Erahabitual queestos arrieros ap rn

    veehasen el retorno paratraer hacia Ja costaaceite yvinagre, necesarios parala industria de l escabeche, como se documenta en l655.~ Adems de lasnenconadas ejecuciones, constan procesos tanto por robo de carga a losarrieros,~ como por apropiacin de las mercancas encomendadas a stosporellos mismos.8t>

    1655, junio 1 2 . Castro Urdiales. Pedro de San Cristbal. vecitio de Castro, confiesa haberrecibido de Magdalenade Carranza, viuda de Domingo de Musarieta, por mano de su hijo Atiloniode Musarieta, 1.200 rs. velln, que Domingo le qued debiendo de la compaa que ruviel-on(Al-WC,Prol. 1.726, fol, 37r).

    Lostestimonios son muy abundantes. por ejemplo. Al-WC, Prol , .710. ft9l. 254. 78 1-752c. 783r.cte.~ Heaquun ejemplo: 1617, enero 1 9 . Castro Urdiales.Juan Martnez d e Cajigaera arriero, vecinode Burgos, ditaque lharaecho en estadicha villacinco cargas de t esugos frescos, ypat-a losac . - c , b a r depagar le hctvanfalcado ciento y c/uarencc reales ypor t ic-zar su t e t ,a harapecliclc yrogado a Catalina dc la Torre, suhuspeda, cerinacAsta c l i c h c ~.-illa,le acredoa,ce y ptestase losdichos tientoyquaren/arealespara eldic-hoefeto. y ella lohcca tenidoporbien d c -leoceditcjr ,.socorrerconellos. Po rello s e obliga a pagrselos, hipotecando sus 5 machos, en 1 5 das (AIIPC,Proc, 1.709 (1617),doc. 16).76 >780, Imarzol 22. CastroUrdiales, Isabeld e la Presa. viuda, vecina de Castro,mercaderade lospescado-sfrescos, flitos y salados. cojidosen s c tpuerto, por cuanto Crisgono Garca y Jos delCerro,arrieros trajineros, vecinos de Madriguera.en7 de diciembrede 1779 seobligaron a pagarle500 rs,v. ala volcmsaddeellapor distintas cargasde besugo fresco, quecondujeron a Castilla, queresulta evidentementede m i librodecaja, y no haba podido cobrarlos, antes bien los arrieros ibana tratar a otros puertos, otorga poder a don Felipe Jimnez, vecino de Robregordo

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    PedroAndrsPorrasArboledas La prcticamercantil martima...

    Respecto aloscon tratos desum inistro, cabe d istinguir cuatrotipos: los demadera para construirnaves (doc. l8 ), > ~ > de madera para la Armada real,82 ode m stiles para naves)3Los deanzuelos (doc. 19) ode cebo parapescar losmtembros del cabildo de mare-antes.~ Los de los sobrantes de las costeras

    del besugo, unavez satisfechaslas demandas de los arrieros, efectuados por

    Otros dos contratos de 1574 (AHPC, Prot, 3.695, fol. 102 y 1051, otro de 595 (Prot. 1.700(1595), doc. 231, otro de 1655 (NoS. 1.726, fol. t37r> y otro de 4605, esta vez en Laredo: 1605,marzo 6. Laredo, Andrs de Muoz Cereceda,menor en das, y Pedro de las Lastras, vecino dellugarde Brcena(Junta d eCesto),declaranhaberacordadoque Pedro dar a Andrs todoel mude-tamiento dequilla, gorie y codaste, orengas, p,cas, ginoles ,posturas, tajamar, llatas, cintas. an-gladuras, cortarn degarrayde la ala ydormientesy tanquanillesytodo eldemsmaderamientoparauna t-abradel porteque laque alpresenu tieneeldic-ho AndrsdeMuoz encompaadeJuandeSantiagoCastillo, ym ssevs~-ientoscodos de tabla de aonce en codosydocientos codosde a trezee t/ codo, puesto toe/o alasriberas deRrcena yEscalante o en el de Qfrero, endosparte8, desuetie que en doscaminos sepueda traer la tabla para quinze das delmes de abril

    p/imero quetiene1 - - - ] ylamaderaparamediadomayo luegoseguiente,y puestoe npartedondes epuedacarga/. Andrs le pagara por ello 1.025 rs. de a 34 , en 3 plazos, el primero al contado, elsegundo cuando le entregare los 800 codos de tabla y el terceroterminada la entrega. Todo elloasums/acin delmaestroqueha de hacer la dicha obra, pusndose lo buenae n la fbricay repu-dia,do lo que tu fuere. Pedro d a por fiador a Francisco dela Huerta, vecino dellugar deCicero.Ambos s e obligana darlemadera y tabla buena y suficiente y a los plazos establecidos. ydonde no,que eldic-hoAMC lopueda comprar por elpreqioquequisieree porbien tubierey porloquefuereden/asa yl c > que s e hubiererecibido endnezo, ypore ldao que re le recrecieree n quesery ade serc-tejdoporsujuran/enlo ,puedanellosequalquieradelIosser exec/ttados; pagaran 2 duca-dos diariospara los que s e ocuparen de la cobranza, Los 3 dieron poder a las justiciaspara que les

    obligasen a cumplirlo,deacuerdo con la nuevapragmtica (Al-WC,Prol, 1,125 (1605), fol. 84-85).82 1602, marzo 28.Castro Urdiales. El veedor Diegode NojaCastillo contratacon OchoaOrtiz deMioo. vecino de Castro,ennombre de las casasdedon Bergen y Solrzano. como principal, y sanJuan de Carasa, como fiador, el suministro demadera para la armada real: 43.000 codos d e tabla,(Previamente. retacin de rboles taladosen la zona, PP. 304-312) (AI-IPC, Pror. 1.704 (1607), fol.31 3 -3 14r).

    1607. marzo 8, Castro Urdiales. Antoniode Talladt,, vecino del Valle de Otafles, s e obliga asuministrar 4.000codos de tabla (Ibdem,fol.315-3160.

    1607, marzo 2. Castro Urdiales. Pedro de Rado, vecino del Vallede Smano, s e obliga asuministrar 1,500codos de tabla (Idem,fol. 317-318r).>~1609, octubre2 5. Laredo, El capitn Martnde l HoyoSetin,vecino deLaredo, dueode la na oNuestra Seora de Gracia, otorga poder a Juan de Mendieta, vecino de Bilbao, para cobrar del

    pagador Antoniode Lezama, por ordendel capitn Agustn de Ojeda, superintendentede las fbri-cas y arqueamientosdel Seoro de Vizcaya.e l valor de los 1 8 mstiles d e pinoque l entreg aJuan deUgarte y a maese Juan de Uriarte, para los dIurnos galeones fabricados por Ojeda para elRe y en los AstillerosdeZornoza (AHPC, Prot, .350(1609), fol. 60).

    1594, marso 9. CastroUrdiales. Sa n Pedrode Lastero, comoprincipal, y Diego Senzde Lastero,como fiador, s e obligana pagara Julinde Aparicio,Domingo de Urquijo, Antnde Jimeno yJuande Hozpin, procurador general y mayordomos del cabildo de San Andrs. 33 ducados y 5 rs.(12.512 mrs.). del restodecantidad de ~eboque hava tomado para supesquera, por los queestaba rematado, y le hacan espera:386 rs. a pagar a fines de abril, sin m s plazos (AHPC, Pror,1.699, doc. 20).

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    2000, n0 7, 3-127

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    las mismas cofradas (doc. 20)Y 5 Y, finalmente, los que implicaban unacompaa estable de suministro deescabeche paravender en la Corte oenotros lugares de Castilla(doc. 21 y 23)86Com plementarios destos ltimosson los contratos de suministro de barriles paraescabeche, envases en los

    que se transportabaeste producto (doc.22)?~Al igual quelosanteriores, loscon tratos de servicios son de lom s varia-do. Documentamos lossuscritos porbarberos-cirujanos, tanto en laArmadareal(doc.24), comoen balleneros privados;88 porpilotos(doc. 25) y marine-ra(doc. 26 y 27)2

    En el apanado de otros documentos, como es fcil suponer, existe unagran diversidad, as, por ejemplo, si nos referimos a la s obligaciones, ensentido amplio, cabe hablar de muy distintos supuestos: obligaciones de

    ~ Otros contratos dc1603 (AIIPC, Prot. 1.704 (1604),fol. 22-23r), 1604 (ibidem. fol. l69-POr y171-173r) y 1609 (Prol. 1.705, fol. 253-256r; enmalestado).

    56 Otros contratosen 1605 y 1606 (AHPC, Prol. 1.71(1. fol. 607-608 y 744-745 y otro de 1681

    (Prot. 1.745 (1681), fol,252). Ademsdeun pleito: 1597-15%, Valladolid.Pleito incoado por Luisde Radillo, vecino de Sa o Viceole de la Barquera, contra Toribio Hernndez, vecino de Cabezn,sobre e pago de 3.176 rs, correspondientes a 52 barriles de escabeche de besugo que le habavendido, habindose comprometido el demandado a darle, adems, 500 rs. por s u manufactura(ARCbV,Ese, EusebioLapuerta(F),c. 35/3. lO piezas, 250 folsj.>~ Contratode 1605 (AHPC, Prol. 1.710,fol.4831.

    632,ocubre28, Comillas. Gaspar Ibezde Lamadrid y Adrin Fernndezde la Bara, vecinos

    de Comillas, e n nombre de los dems marineros dedicados a la costera dela ballena, contratan alcirujano Bariolom de Vega, residenteen Comillas, para que les atienda en sus curas con sus ma-nosy medicinas yd unoficial para que les afeite, a cambiodeuna soldadaen la costera, mientrasdurase sta; sino lo hiciere as, quese curen y areiten con quien quisieren a costa del cirujano(AHPC, Prot,2.645 (1632),fol, 39,ed, GonzlezEchegaray.Balleneroscntabros,pp. 114-115).~ 1590. marzo 20. Castro Urdiales. Gregorio Martnez, vecino de Castro,dice cloe san Juan deCarasa, tambin vecinoydueo de la nave Sari loan Bautistadela Esperanza.surtaen la ra y canalde Bilbao, a sueldo delRey, que lleva porcapitn a Garca de Carasa, hijo de] naviero, le habapropuesto que fuese a servirle como marinero, con 5 pagas de 4 ducados cada una, Aceptay s eobliga a servir en la nave a las rdenes de Garca todoe ltiempo que estuviese a sueldotel Rey, yqueno s e ausentara hastaqu e el Re y le diese licencia, so pena dedevolver los sueldos recibidos yla pena correspondiente. Confiesahaberrecibido los 2 1 1 ducados d elas 5 pagas, de lo que e s testigo

    el escribano y lo dems queelsusodicho sitviere s e ir cobrando como lademsparte 1/ario/-ra,Seda porcontento del dinero recibido, enrealesdea 8 }4nuevos (Al-WC,Prol. 1.697 (1590),doc.30).

    11586. Castro Urdiales]. Juan Fernndez de la Pedraja. vecino de Ninoles (Valle de Pilagos),alquila y da en alquilamiento a su hijoToribiode la Pedraja, para soldada, a Juan de Carasa Sama-mes,vecino de Castro, por 2 aos, paraque os syrbaa la maryo latierna y o tc/das las prdida.Carasa seobliga a pagarleen total >8 ducados,de los que adelanta 2, queToribiorecibemuy contentoy sc obliga a servirle (Al-WC. lrot. 1,717 (1586), tul. 93).

    40Cuadernos deHistoriadel Derecho

    2000,n 0 7, 13-127

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    Se tratabade unaforma de facilitar las transacciones de los comendatarios.Slo se otorga un poder de este tipo para beneficiar vena, en tanto que elresto va destinado a negociar el producto de los botines obtenidos con laprcticadel corso (doc. 28)202

    Unsegundo tipo seran los poderes paracobrar, que se otorgan para lasoperaciones ms variopintas, como los destinados a hacer efectivosdistintosttulos (libranzas, plizas de seguro, prstamos gratuitos, prstamos a lagruesa, fianzas, conocimientos, ganancias de comendas, letras de cambio,obligaciones o herencias), o acobrar deudas pordistintasmercancas (venasyhierro, plata deAmrica, vinorequisado, vino importado de Ribadavia oCanarias, cacao de Venezuela o anda extraviada),