comentario de textos constitucionales paeg-bueno

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COMENTARIO DE TEXTOS CONSTITUCIONALES Presenta aspectos comunes al comentario de textos general y también algunas diferencias. Por ello, utilizamos este folio para “las Constituciones”, pero en el marco del que incluye el “Comentario de Textos Históricos” , al que haremos referencia aquí. La Clasificación y naturaleza del texto será siempre, lógicamente, de carácter jurídico-normativo. Tras ello, cabría especificar si se trata de una Constitución que surge del pueblo(-sufragio universal o censitario-) a través de unas Cortes elegidas por el mismo, o si es una Carta Otorgada, establecida por una autoridad no sometida al control popular(el rey, generalmente). El texto siempre tendrá un carácter “público”, destinado a su difusión general y su autor, normalmente, colectivo (las Cortes…). En cuanto a la localización cronológica, se dice el año de emisión. La autoría suele venir expresada al comienzo de los textos constitucionales: las Cortes (=la Nación), la Corona, o ambas a la vez,... Para toda esta parte, de dos líneas sobraría algo. En el desarrollo del “contexto histórico”, se podrían desarrollar las siguientes ideas, en función de la selección de artículos que presenta el fragmento constitucional (y de nuestros conocimientos...): Contexto en el que se elabora y aprueba la constitución (apartado 2.B del esquema para el Comentario de Textos Históricos). Más específicamente se pueden explicar las circunstancias espacio-temporales (acontecimientos que “preceden” al texto) en las que fue elaborada, la vigencia (y los factores que afectaron a la misma), o la legislación más importante que se desarrolló posteriormente (emanada de esta Constitución), y la “ideología general” que inspira al texto (grupos y partidos más influyentes en su elaboración, intereses y grupos sociales y económicos que se defienden en él y que están detrás de esos partidos)...Es decir, 1

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COMENTARIO DE TEXTOS CONSTITUCIONALES

Presenta aspectos comunes al comentario de textos general y también algunas diferencias. Por ello, utilizamos este folio para “las Constituciones”, pero en el marco del que incluye el “Comentario de Textos Históricos”, al que haremos referencia aquí.

La Clasificación y naturaleza del texto será siempre, lógicamente, de carácter jurídico-normativo. Tras ello, cabría especificar si se trata de una Constitución que surge del pueblo(-sufragio universal o censitario-) a través de unas Cortes elegidas por el mismo, o si es una Carta Otorgada, establecida por una autoridad no sometida al control popular(el rey, generalmente).El texto siempre tendrá un carácter “público”, destinado a su difusión general y su autor, normalmente, colectivo (las Cortes…).

En cuanto a la localización cronológica, se dice el año de emisión. La autoría suele venir expresada al comienzo de los textos constitucionales: las Cortes (=la Nación), la Corona, o ambas a la vez,... Para toda esta parte, de dos líneas sobraría algo.

En el desarrollo del “contexto histórico”, se podrían desarrollar las siguientes ideas, en función de la selección de artículos que presenta el fragmento constitucional (y de nuestros conocimientos...):

Contexto en el que se elabora y aprueba la constitución (apartado 2.B del esquema para el Comentario de Textos Históricos). Más específicamente se pueden explicar las circunstancias espacio-temporales (acontecimientos que “preceden” al texto) en las que fue elaborada, la vigencia (y los factores que afectaron a la misma), o la legislación más importante que se desarrolló posteriormente (emanada de esta Constitución), y la “ideología general” que inspira al texto (grupos y partidos más influyentes en su elaboración, intereses y grupos sociales y económicos que se defienden en él y que están detrás de esos partidos)...Es decir, acontecimientos “en torno” a la Constitución, que “llevan” a ella o que derivan de ella. Podemos extendernos, pero en los asuntos “pertinentes”

En cuanto al “análisis y explicación del texto” (la expresión de las ideas del mismo) (apartado 3 del esquema para el Comentario de Textos Históricos), La selección puede haberse centrado en determinados “temas”: los artículos que expresan la división de poderes, o en los Derechos y Libertades…Pero normalmente la selección presenta artículos sobre temas diversos y heterogéneos, bien temas más generales o “principios básicos” (forma de Estado, soberanía, existencia o no de división de poderes...), o aspectos más concretos (derechos y libertades, organización de instituciones, organización territorial....).Entonces, el “esquema” a seguir sería:

Idea Principal: qué Constitución se nos presenta, y qué carácter tiene la misma (su “ideología”…): “Se trata de una selección de artículos de la Constitución de 1876, que muestra su ideología o carácter conservador o moderado…”, o bien progresista, democrático, avanzado…

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Ideas Secundarias: (Variables según la selección que se nos presente)o Principios básicos(fundamentales o generales):

Soberanía (a veces, se ve en el Preámbuloquién hace la Constitución…)

Forma de Estado y régimen político (monarquía parlamentaria…)

Otros principios básicoso Derechos y libertades-y deberes: nombrar los que aparezcan…

[Se podrían a veces diferenciar los derechos y deberes: Individuales (igualdad ante la ley, derecho a la vida,

intimidad, a la propiedad, y libertades variadas-religiosa, etc...)

Colectivos (derechos de sufragio, reunión, asociación, sindicación, manifestación, huelga...)

Socio-económicos (derecho al trabajo, seguro de enfermedad, paro, jubilación, educación, sanidad y salud, vivienda...)]

o División u organización de poderes: si es “clara” y tajante o se comparten poderes por diversas

instituciones (por ej., legislativo compartido entre Cortes y rey…);

qué instituciones asumen cada poder y cómo se organizan…

o Organización territorial: Lo que diga el texto Si se establece un Estado unitario y centralista o

descentralizado (con autonomías, o estado “federal”… Cómo se distribuye jerárquicamente el poder sobre todo el

territorio (regiones, provincias, ayuntamientos…)o Otras posibles “partes” que pueden aparecer: la Reforma de esa

Constitución (procedimientos y requisitos…)

De todo esto, tras la idea principal expresada, destacaremos un par de ideas “secundarias” seleccionadas, que muestren claramente lo que hemos dicho en la idea principal: así, esa constitución de 1876, de carácter conservador, “como se muestra en el artículo que determina la Soberanía Compartida entre el rey y las Cortes, o el artículo que establece la participación del rey en el poder legislativo…” Podemos, además, indicar qué tipo de artículos muestra el fragmento de la Constitución: si se centran mucho en los Derechos y Libertades, o en la División de Poderes,…sin entrar a analizarlos uno a unoEn total, el Análisis no iría más allá de 4/5 líneas.

Finalmente, no olvidar una “Conclusión” (2/3 líneas) del Comentario (apartado 4 del esquema para el Comentario de Textos Históricos), muy breve, que resuma de modo conciso el texto (recordar la idea principal), y que nos sirva para cerrar nuestro comentario y se especifica el periodo de vigencia(o periodos)-el tiempo que estuvo en vigor, sobre todo si no lo hemos indicado en el “Contexto”.

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