colombia y los acuerdos internacionales de inversion

11
COLOMBIA Y LOS ACUERDOS INTERNACIONALES DE INVERSIÓN WWW.PROEXPORT.COM.CO

Upload: mccannproexport

Post on 06-Jul-2015

8.334 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

COLOMBIA Y LOS ACUERDOS INTERNACIONALES DE INVERSIÓN

WWW.PROEXPORT.COM.CO

Page 2: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

COLOMBIA Y LOS ACUERDOS INTERNACIONALES DE INVERSIÓN

Acuerdos internacionales de inversión

Colombia ha implementado una política de negociación y celebración de acuer-dos internacionales de inversión (“AIIs”) (de los cuales hacen parte los acuerdos para la promoción y protección recípro-ca de inversiones –“APPRIs”), así como de tratados de libre comercio (“TLC”) con capítulos de inversión y acuerdos de doble tributación (“ADTs”)[1].

Esta política desarrolla la estrategia de integración económica plasmada en la Constitución y en los últimos tres planes nacionales del desarrollo.

Este tipo de acuerdos pretenden la creación de un marco regulatorio trans-parente con reglas predecibles y la re-ducción de riesgos no comerciales del in-versionista. No obstante que los APPRIs no tienen carácter multilateral, otorgan seguridad a una inversión extranjera del

país con el que se haya suscrito dicho acuerdo. Para lograr lo anterior, estos acuerdos definen los activos que se protegen, estipulan los estándares de protección que se reflejan en principios de derecho internacional como los de ig-ualdad de trato, trato justo y equitativo, plena seguridad y garantías y, por últi-mo, establecen las reglas para solución de controversias mediante diferentes herramientas, entre ellas el arbitraje in-ternacional inversionista-Estado.

Es importante recordar que así los AIIs ofrezcan protección a los inversionistas, esto no supone la afectación de la ca-pacidad regulatoria del Estado. Por el contrario, tanto los APPRIs como los TLCs restringen el nivel de protección ofrecido al inversionista a la afectación grave de sus derechos. Por esta razón, los efectos que pueda tener el cambio de una regulación no se consideran nece-sariamente como una violación de las garantías otorgadas en los diferentes acuerdos.

1Conpes 3135 de 2001 y 3197 de 20022Ley 149 de 19943Ley 267 de 1996

Page 3: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

Colombia y los convenios internacionales de protección de la inversión extranjera

Generalidades de los AIIs suscritos por Colombia

Colombia es parte la Agencia Multilater-al de Garantía de Inversiones (“MIGA”), el del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones (“CIADI” / “ICSID”), y el de la Corporación de Inversiones Privadas en el Extranjero (“OPIC”). Cada uno de estos convenios constituye una herramienta importante para proteger la inversión extranjera.

MIGA2 es un organismo multilateral que brinda respaldo contra riegos no comer-ciales como los disturbios y guerras ci-viles, inconvertibilidad de divisas y ex-propiación discriminatoria. Está dirigido a proveer servicios a inversionistas ex-tranjeros que invierten en países emer-gentes que hacen parte de la agencia. Adicionalmente, provee información so-bre cada uno de los países emergentes para respaldar el proceso de inversión desde su etapa inicial.

En general, en los AIIs suscritos por Co-lombia podemos encontrar los siguien-tes tipos de cláusulas que conceden pro-tección a los inversionistas extranjeros:

El acuerdo con el CIADI3 (ICSID, por sus siglas en inglés), le otorga a los

inversionistas extranjeros (cuyos países hagan parte también del acuerdo) en

Colombia la posibilidad de recurrir a un mecanismo de conciliación y arbitramento internacional, especializado

en resolver las disputas entre inversionistas y Estados

receptores de las inversiones. Es de anotar, que es posible

recurrir a este mecanismo siempre y cuando exista un tratado que así lo permita.

La OPIC tiene como objetivo principal promover y fomentar las inversiones desde los Estados Unidos

de América hacia los países en desarrollo. Para lograr este fin, la OPIC brinda seguridad y financiación a proyectos de inversión

contra riesgos como inestabilidad política e

inconvertibilidad de divisas.

Trato nacional

Según este principio, cada parte debe conceder a los inversionistas de la otra parte y a sus inversiones, un trato no menos favorable que el que conceda, en circunstancias similares, a sus propios inversionistas.

Page 4: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

Acuerdos de doble tributación suscritos por ColombiaColombia se ha interesado por desarrol-lar una amplia red de acuerdos para evi-tar la doble tributación (“ADTs”). De solo tener el tratado con la Comunidad An-dina de Naciones (“CAN”), actualmente Colombia ha suscrito varios ADTs, de los cuales se encuentran en efecto los ADTs con España, Chile, Suiza y Canadá, y se encuentra adelantando negociaciones con otras jurisdicciones.

El propósito de los ADTs consiste en eliminar o reducir la doble tributación, fomentar la cooperación entre estados para combatir la evasión y promover el

Trato de nación más favorecida

Conforme a este principio, cada parte debe conceder a los inversionistas de la otra parte y a sus inversiones, un trato no menos favorable que el que conceda, en circunstancias similares, a los inversionistas de otro país.

Prohibición de expropiación ilegal

Bajo este principio se restringe la posibilidad de realizar expropiaciones sin justa causa o discriminatorias, siendo viables exclusivamente por razones de utilidad pública o de interés social, con arreglo al debido proceso, de manera no discriminatoria, de buena fe, y acompañadas del pago de una indemnización previa, pronta, adecuada y efectiva.

Adicionalmente, este principio ampara la expropiación indirecta, que consiste en actos sistemáticos del Estado receptor de la inversión tendientes a despojar de la propiedad a un inversionista extranjero, sin que exista un proceso expropiatorio desarrollado de acuerdo con la Constitución política y la ley.

Trato justo y equitativo

Esta garantía se deriva del principio internacional de la buena fe y consiste en una protección contra la arbitrariedad. Incluye principalmente el acceso a la justicia y el respeto por las reglas del debido proceso.

Reducción de obstáculos a la inversión

Este principio implica la disminución de las restricciones a la admisión y al establecimiento de la inversión que cumpla con la legislación nacional.

Resolución de controversias

Tanto los APPRIs como la mayoría de los capítulos de inversión de los TLCs suscritos por Colombia contienen mecanismos jurídicos para la solución de controversias que puedan surgir entre los inversionistas extranjeros y el Estado colombiano. Estos mecanismos le dan la posibilidad al inversionista de demandar al Estado ante tribunales internacionales de arbitraje de inversión cuando considere que ha habido una violación de la protección brindada por estos tratados.

Page 5: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

intercambio comercial entre los países involucrados. Los ADTs se limitan al im-puesto sobre la renta y al patrimonio; impuestos indirectos como el impuesto sobre las ventas (“IVA”) no están con-templados en estos instrumentos. Tam-poco se incluyen impuestos territoriales como el impuesto de industria y comer-cio (“ICA”).

Colombia ha seguido la tendencia mun-dial de adoptar como base de las ne-gociaciones un modelo de tratado que, en términos generales, podría ser el de-sarrollado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE“) o el de la Organización de las Naciones Unidas (“ONU”). Dichos

Acuerdos comerciales, acuerdos para la promoción y protección recíproca de las inversiones y acuerdos de doble tributación suscritos o en negociación por Colombia

Acuerdos comerciales suscritos y en negociación

modelos se basan en el criterio de la residencia para determinar la potes-tad tributaria de los Estados partes de la negociación. En estricto sentido, el modelo de la ONU sigue el patrón del modelo OCDE, de hecho muchas de sus cláusulas son iguales, la mayor diferen-cia entre los dos modelos está en que el modelo de la ONU establece menos restricciones para gravar a los países de la fuente.

ACUERDO ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADO

Comunidad Andina de Naciones (Perú, Ecuador y Bolivia)

En vigor

En vigorSentencia de

Constitucionalidad C-864 de 2006

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-178 de 1995

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-031 de 2009

TLC G2 (México y Colombia)

Decisión 324

Ley 1000 de 2005

Ley 172 de 1994

Ley 1189 de 2008

CAN MERCOSUR

1993

2005

1995

Mayo 8 de 2009TLC Chile

Page 6: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

TLC CanadáEn vigor

Sentencia de Constitucionalidad C-608

de 2010

En vigor, por medio de Decreto de aplicación

provisional mientras ley aprobatoria surte trámite en el Congreso de la República.

En vigorSentencia de

Constitucionalidad C-331 de 1996

Suscrito. Pendiente de aprobación en el congreso

colombiano

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

TLC Panamá

TLC con Israel

TLC con Turquía

TLC con Costa Rica

TLC con Japón

TLC Corea del Sur

CARICOM

Ley 1363 de 2009

Decreto 1860 de 2012

Ley 216 de 1995

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Acuerdo de Alcance Parcial con Venezuela

2011

2012

1996

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

TLC Unión Europea

ACUERDO ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADO

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-446 de 2009

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-751 de 2008

En vigor solamente para Liechtenstein y Suiza. Sentencia

de constitucionalidad C-941 de 2010.

TLC Triángulo Norte (Guatemala, El Salvador

y Honduras)

TLC EFTA(Islandia, Liechtenstein,

Noruega y Suiza)

TLC Estados Unidos de América

Ley 1241 de 2008

Ley 1143 de 2007(Protocolo Modificatorio

Ley 1166 de 2007)

Ley 1372 de 2010

Guatemala: 2009El Salvador: 2010

Honduras: 2010

2012

Liechtenstein y Suiza: 2011. Islandia y

Noruega en proceso de aprobación.

Page 7: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

Acuerdos para la promoción y protección recíproca de las inversiones suscritos o en negociación

APPRI ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADO

Capítulo XVII delTLC G2 (México y Colombia)

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-178 de 1995

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-031 de 2009

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-446 de 2009

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-309 de 2007

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-150 de 2009

En vigorSentencia de

Constitucionalidad C-751 de 2008

En vigor solamente para Liechtenstein y Suiza Sentencia

de Constitucionalidad C-941 de 2010

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-608 de 2010

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-377 de 2010

En vigorSentencia de

Constitucionalidad C-199 de 2012

APPRI Suiza

Capítulo V del TLC EFTA

Capítulo VIII del TLC Canadá

APPRI Perú Profundizado

APPRI China

Capítulo X del TLC Estados Unidos

Capítulo XII del TLC Triángulo Norte

(Guatemala, El Salvador y Honduras)

Ley 172 de 1994

Ley 1189 de 2008

Ley 1241 de 2008

Ley 1069 de 2006

Ley 1198 de 2008

Ley 1143 de 2007(Protocolo Modificatorio Ley

1166 de 2007)

Ley 1372 de 2010

Ley 1363 de 2009

Ley 1342 de 2009

Ley 1462 de 2011

Capítulo IX del TLC Chile

1995

2009

Guatemala: 2009El Salvador: 2010Honduras: 2010

2007

2009

2012

2010

2011

2010

2012

APPRI España

APPRI IndiaEn vigor

Sentencia de constitucionalidad

C-123 de 2012

Sentencia de constitucionalidad

C-169 de 2012. Pendiente proceso de aprobación en el

reino Unido

Suscrito. Pendiente de aprobación en el Congreso

colombiano

Suscrito. Pendiente de aprobación en el Congreso

colombiano

APPRI Corea del Sur

Ley 1449 de 2011

Ley 1464 de 2011

Pendiente

Pendiente

APPRI Reino Unido

2012

Pendiente

Pendiente

PendienteTLC Unión Europea (Excluye

países con los que hay acuerdo específico)

Page 8: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

Acuerdos de doble tributación suscritos o en negociación

APPRI ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADOEn negociación

Firmado. Pendiente de aprobación por el congreso

de la república

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

En negociación

APPRI Kuwait

APPRI Turquía

APPRI Uruguay

APPRI Qatar

APPRI Singapur

APPRI Azerbaiyán

APPRI Rusia

APPRI Japón

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

APPRI Bélgica-LuxemburgoSuscrito. Pendiente de

aprobación por el órgano legislativo de ambos países.

En negociación

Pendiente

PendienteAPPRI con Ecuador

Pendiente

Pendiente

Adicional a los ADTs que se encuentran listados a continuación, Colombia tiene suscritos convenios para evitar la doble tributación sobre las rentas y patrimonio derivado del ejercicio del transporte y/o navegación marítima y/o aérea con Ale-mania, Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Francia, Italia, Panamá y Venezuela.

ADT ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADO

Comunidad Andina de Naciones (Perú, Ecuador y

Bolivia)En vigor

En vigor. Sentencia de

Constitucionalidad C- 383 de 2008

En vigor.Sentencia de

Constitucionalidad C- 577 de 2009

En vigor.Sentencia de

Constitucionalidad C-460 de 2010

En vigor. Sentencia de Constitucionalidad C- 295

de 2012

Firmado el 27 de julio de 2010. Pendiente de

aprobación por parte del Congreso de Colombia.

ADT Canadá

ADT Corea del sur

ADT Chile

Decisión 578

Ley 1082 de 2006

Ley 1261 de 2008

Ley 1344 de 2009

Ley 1459 de 2011

Pendiente

ADT España

2004

2009

2010

2012

2013

Pendiente

ADT Suiza

Page 9: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion

ADT ENTRADA EN VIGENCIA

LEY APROBATORIA

ESTADO DEL TRATADO

Capítulo XVII delTLC G2 (México y Colombia)

En vigor Sentencia de

Constitucionalidad C-178 de 1995

Ley 172 de 19941995

ADT MéxicoFirmado el 29 de Agosto de

2010. Pendiente de aprobación por parte del Congreso de

Colombia.

Firmado, en trámite de aprobación por parte del Congreso de Colombia.

Firmado. Pendiente de aprobación por parte del Congreso de Colombia.

Negociado

Negociado

Negociado

Negociado

Negociado

Negociado

Negociado

Firmado. Pendiente de aprobación por parte del Congreso de Colombia.

ADT República Checa

ADT Francia

ADT Estados Unidos

ADT Alemania

ADT Japón

ADT Holanda

Acuerdo para el intercambio de información tributaria

- Curazao

ADT India

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

ADT Portugal

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

Pendiente

2013

ADT Bélgica

Page 10: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion
Page 11: Colombia y los acuerdos internacionales de inversion