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1 CRÉDITOS Guillermo León YeésBatencur RECTOR Marta Giraldo Diossa COORDINADORA DE CONVIVENCIA José Albeiro Gómez Arias COORDINADOR ACADÉMICO COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Y 2014 Nancy Acosta Urrego Juan Gullermo Granda Luz Dálida Toro Salazar COMPILACIÓN Marta Giraldo Diossa Edith Liliana Guzmán Lotero Luz Dálida Toro Salazar REDACCIÓN, REVISIÓN Y CORRECIÓN DE ESTILO

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CRÉDITOS Guillermo León YeésBatencur RECTOR Marta Giraldo Diossa COORDINADORA DE CONVIVENCIA José Albeiro Gómez Arias COORDINADOR ACADÉMICO COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Y 2014 Nancy Acosta Urrego Juan Gullermo Granda Luz Dálida Toro Salazar COMPILACIÓN Marta Giraldo Diossa Edith Liliana Guzmán Lotero Luz Dálida Toro Salazar REDACCIÓN, REVISIÓN Y CORRECIÓN DE ESTILO

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Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual

se definan los derechosy obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores,y los

educandos, al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus

hijos, estarán aceptando el mismo.

Artículo 87 de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994)

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SÍMBOLOS INSTITUCIONALES EL HIMNO

La voz del discípulo amado es seña de luz y verdad

de idea, esperanza y ofrenda Llevamos en marcha triunfal.

Ambiente de flores y libros Colegio de Juan Carvajal

Colegio de Dios, nuestro colegio Es patria, destino y hogar.

Los padres, timón del trabajo las madres, transidas de amar

maestras, maestros y niños Un mundo tejiendo de paz.

Botón de futuro fecundo aurora del ser se abrirá

esta aula que instruye y orienta Que todo es crear y educar.

Que dignas transcurren las horas

de obrar, de pensar y soñar en este jardín de las almas

Taller de la vida y solaz.

El cielo colmado de estrellas la tierra de frutos y más

Colombia de fe ciudadana Y Dios de su inmensa bondad.

Nosotros juramos que un día

vestido de altivo fanal mejor dejaremos la patria

Más puro y ferviente el hogar.

Autor: Hernando Elejalde Toro. Música: Julio Cesar Villafuerte.

Villa Clara, Octubre 12 de 1968 (Medellín Corregimiento San Cristóbal) EL ESCUDO El escudo tiene una forma tradicional: Es oblongo, siendo el largo la posición vertical. Los costados derecho e izquierdo son rectos, menos en su parte baja, donde se arquean hacia el centro; la parte superior termina en el centro en forma puntiaguda suave, hacia arriba, mientras que la parte baja termina en el centro en forma puntiaguda, más pronunciada hacia abajo. En la parte superior dice MEDELLÍN, en la parte izquierda dice Institución educativa, en la parte baja JUAN DE DIOS y en la parte derecha CARVAJAL; estas palabras enmarcan un escudo central paralelo al más externo, el cual contiene: una franja de dos oblicuas paralelas que descienden del costado superior derecho, al costado inferior izquierdo; dentro de estas oblicuas, aparecen las palabras LUZ Y VERDAD.

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Las dos oblicuas dan origen a dos formas triangulares. En la superior aparece una antorcha, sobre un fondo gris, la cual significa la luz y en la parte de abajo, aparece un libro abierto, que simboliza la verdad; el fondo de esta parte es de color vino tinto. El escudo anterior, modificado en el año 1999, tenía la misma forma, pero se le hicieron las siguientes variaciones: La antorcha que estaba en la parte inferior, pasó a la parte superior. El niño que aparecía leyendo el libro, fue suprimido, ya que en la institución no sólo hay niños sino también jóvenes, (por la conversión de Escuela a Colegio y luego a Institución Educativa). El libro está abierto y aparece en la parte triangular baja del escudo. El escudo inicial aparecía en las hojas membreteadas de la Institución cuando ésta era escuela. Con motivo de las Bodas de Plata del establecimiento, en el año 1981, la escuela vecina, Francisco Antonio Uribe, por intermedio de su Directora, la ceramista Esther Julia Salazar, hace la donación del escudo en cerámica, pegado sobre un madero, el cual reposa en el área administrativa del Colegio.

El escudo actual, el cual está elaborado en metal, se encuentra ubicado en la rectoría y fue elaborado en el año 2001.

LA BANDERA La bandera de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN DE DIOS CARVAJAL, está formada por tres franjas horizontales, todas de igual tamaño, en proporciones de 13 de ancho a 17 de largo, quedando horizontal la parte larga. En la parte superior está la franja de color rojo; en la mitad la de color negro y en la parte inferior la de color verde. De esta bandera no se conoce la historia ni su génesis, ya que solamente se encontró una bandera pequeña, la cual fue proporcionalmente ampliada, en tela impermeable, con motivo de los 25 años de la institución, en el año de 1981. SIMBOLOGÌA: El Color Rojo: Es el primer color del espectro solar y ha simbolizado el cambio, revolución, renovación, energía, vitalidad, exaltación de ánimo y pasión. Para nuestra institución simboliza la renovación de los aspectos que se pueden mejorar, la alegría de nuestros estudiantes y comunidad en general, la vitalidad para la participación, la competencia y el desempeño de nuestras responsabilidades; así mismo, la adaptación a nuevos paradigmas. El Color Negro: Es realmente la ausencia del color. Representa la astucia y la dureza. En nuestra institución lo enfocamos

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como la valentía para afrontar los problemas, tratando de superarlos de manera inteligente, con resultados positivos, lo cual redundará en el bienestar de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. El actuar con cabeza fría y valor posibilita pensar serenamente y elegir las mejores alternativas, en la solución de las dificultades y retos que cotidianamente enfrentamos. Igualmente, representa el tesón y la dureza, los cuales redundan en la constancia para alcanzar los objetivos y metas propuestas, cumpliendo con la misión y sin perder la visión de la institución.

El Color Verde: Cuarto color del espectro visto a la luz solar. Representa la esperanza, el ansia por adquirir conocimientos, el deseo vivo y fresco por una vida mejor, la patria que todos añoramos y que formaremos al dar cada uno lo máximo. Nuestros niños y jóvenes serán futuros ciudadanos de nuestra nación. Si los educamos con los valores del respeto, la honradez, la responsabilidad y el amor, tendremos el país próspero y apacible que deseamos.

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FICHA DE INFORMACIÓN GENERAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Razón Social de la Institución I.E. JUAN DE DIOS CARVAJAL Resolución 16260 de Noviembre 27 de 2002

Naturaleza Oficial

Carácter Mixto

Calendario: A

Resolución de aprobación: 7001 del 3 de agosto de 1999. Resolución 6539 de Agosto 23 de 2001- Resolución 16260 de Noviembre 27 de 2002.

CÓDIGO DANE 105001005410

Código DANE sec. batallón: 10500100541002

CódigoIcfes:

113464

Nombre del (a) rector (a): GUILLERMO LEON YEPES BETANCUR

Número de sedes 2

Nombre de las sedes Juan de Dios Carvajal y Batallón Girardot

Dirección de la sede principal Calle 65aa Nº 36-39 Comuna Nº 8. Barrio: Villa Hermosa.

Núcleo educativo 924

Teléfonos Sec principal: 2840808 Sec. Batallón: 2546018

Email [email protected] [email protected], [email protected],

Niveles: Preescolar, Básica y Media

Página Web: www.iejuandedioscarvajal.edu.co

Propietario de la planta física: Municipio de Medellín

Jornadas: Mañana _X_ Tarde _X_

La Institución Educativa, en sus dos sedes, ofrece dos jornadas escolares, una en la mañana y la otra en la tarde. Las intensidades horarias varían de acuerdo al nivel y grado

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RESEÑA HISTÒRICA En 1936 el matrimonio entre Pedro Yepes y la Señora Soledad Mejía, llegó del Municipio del Retiro. La familia Yepes Mejía compró un lote a don Carlos Vásquez Latorre, ubicado donde hoy es la calle 66C, entre las carreras 38 y 39, allí se construyó una casa de corredores adornados con tupidas plantas, en el portal y alrededores unos sembrados de veraneras y curazaos, además de un enorme aviso que decía “Villa Hermosa” con letra muy visible y de color rojo, según los vecinos. Esta hermosa casa antigua sirvió de referencia de poblamiento, dice don Rubén Gutiérrez: “yo compré un lote de Villa Hermosa, otros lo hicieron hacia abajo, otros por el lado del frente y otros por detrás”. El nombre de esta se generalizó y se hizo tan popular que se optó como el nombre del Barrio. Los terrenos de la antigua vivienda están construidas en residencias, una de ellas ocupada por familiares directos de Don Pedro y de doña Soledad: la familia Yepes Gutiérrez (Calle 66C N° 39-28). Como hitos importantes en el desarrollo de la vida institucional se señalan los siguientes:

Construcción de los Símbolos Institucionales. La bandera (Rojo, Negro, Verde), El Escudo, El Himno: escrito por el profesor Hernando Elejalde Toro y musicalizado por el distinguido compositor Julio Cesar Villafuerte en el año de 1968, y aún el uniforme actual, le dan la identidad a la Institución y están cargadas de significantes, que marcan la institucionalidad Carvajalina.

Asignación de la Escuela Juan de Dios Carvajal como Anexa de la Normal Nacional de Varones de Medellín. La escuela funcionó antes como afiliada a la anterior, con la designación como Anexa, se estrechan los vínculos, se programan capacitaciones y logran sus docentes incrementar su sueldo en un 15% (prima de anexa).

Transformación de la escuela a Colegio. La Resolución Departamental 7001 de Agosto 3 de 1999 posibilitó este cambio, lo cual significó que por primera vez el Barrio Villa Hermosa tuviera un plantel con aprobación oficial para impartir Educación Básica Secundaria a sus jóvenes.

Ampliación locativa con la construcción de dos bloques. En el año de 2000 se entregó un bloque de cuatro plantas, que posibilitó las nuevas áreas y mayor cobertura educativa, luego en el año 2003 se complementó con otro bloque la ampliación utilizando predios inutilizados hasta entonces.

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La conversión de Colegio a Institución Educativa mediante la Resolución Departamental 16260 de Noviembre de 2002, la cual fusionó a la Escuela Batallón Girardot, como Sede de la Institución, en ella funcionaban 10 grupos de primaria, contando con 5 aulas de clase.

Primera Promoción de Bachilleres. En el año 2004 la Institución entregó a la sociedad Medellinense 32 nuevos bachilleres.

Celebración de los 50 años de vida institucional. En el año 2006 todos los estamentos pudieron celebrar este acontecimiento, el cual fue reconocido y estimulado por el Concejo de Medellín, con el otorgamiento de la Orden al Mérito Don Juan del Corral y de la condecoración “Orden de la democracia Simón Bolívar”, en el grado de Gran Caballero otorgado por la Cámara de Representantes del Congreso Nacional.

Logro del Nivel Superior en las Pruebas del ICFES. Llenó de alegría a la Comunidad Educativa el hecho de que la primera promoción lograra el Nivel Superior en las Pruebas ICFES, lo cual se repitió en el año 2006, siendo la primera Institución en el margen derecho del rio del municipio de Medellín, en lograr esta calificación en esos años.

Adquisición de la certificación ICONTEC. Luego de algunos años de preparación, el 16 de Diciembre de 2009, se logra la certificación en Calidad ICONTEC ISO 9001:2008 y IQNET, lo cual es ratificado por dos años consecutivos, logro del cual fueron gestores todos los estamentos de la Institución.

Consolidación del Nombramiento en Propiedad de toda la Planta Docente. Con los últimos nombramientos en el presente año, lo cual da estabilidad y posibilita un trabajo de mayor compromiso y permanencia.

Se adecua el aula de informática de la Sede Batallón Girardot con algunos computadores donados por la Secretaría de Educación.

En el año 2003 la Alcaldía de Medellín, dota a la Institución de 21 computadores en la sede principal, cambiando el rumbo que tenía la enseñanza del área de Tecnología e Informática, la cual se centraba en la tecnología, pues ya con la sala bien dotada, los estudiantes practican con los 21 equipos de cómputo Instalados, igualmente la extensión del restaurante escolar en las modalidades de refrigerio preparado y vaso de leche alcanzando cobertura total para los estudiantes, beneficio que continua hoy en día.

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La Institución logra el primer puesto como “Institución Educativa oficial con mayor nivel de mejoramiento” en el año 2011 en el Municipio de Medellín, concurso organizado por la Alcaldía de Medellín, Secretaria de Educación.

Para el año 2013 el Ministerio de la tecnología, información y la comunicación, entregaron 60 computadores portátiles los cuales se distribuyeron así: 40 para la sede principal, y 20 para la sede Batallón Girardot, los cuales fueron instalados en cada una de las salas de informática de las respetcivas sedes.

Se inaugura en el 2014 el sistema de control y vigilancia con cámaras de seguridad, adquiridos con recursos propios, lo cual mejora la convivencia escolar.

Se integra un equipo de convivencia escolar en el año 2013 el cual redacta el nuevo manual de convivencia de la Institución con todos los requisitos implementados en la ley 1620 de 2013 y la resolución 1965 de 2013 el cual se edicta en el presente año 2014.

El 13 de noviembre de 2013 se realiza la auditoria de calidad norma ISO 9001:2008 por icontec internacional: la cual renueva la certificación, comunicado en el presente año 2014.

Con la implementación del Decreto 1290 de 2009, la Institución adopta en su Sistema Institucional de Evaluación cuatro periodos, con evaluación cuantitativa en la escala de 1 a 5 y su equivalente en evaluación cualitativa con los cuatro términos que estableció el Decreto. Los periodos tiene el mismo valor, por lo tanto su promedio arroja el resultado final. El contexto donde se encuentra inmersa la Institución Educativa se caracteriza por un bajo nivel educativo, cultural y social, lo que incide en la cotidianidad de la escuela y en la generación de una cultura de violencia gestual, verbal y física, que desemboca en un deterioro de las relaciones interpersonales, familiares y sociales. Por ello la Institución se ha convertido en un escenario de y para la convivencia, donde convergen los valores de respeto, tolerancia, amor, comprensión,sentidode pertenencia, autoestima, responsabilidad y equidad. Una transformación de la inteligencia emocional de cada integrante perteneciente a la comunidad educativa en actitudes positivas, los cuales permiten una nueva cultura encaminada a unos contextos abiertos y positivos, justos y equitativos, donde todos, los y las estudiantes, puedan crecer en un ambiente favorable para el aprendizaje con una visión de jóvenes emprendedores, competentes y responsables.

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En la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal, la cultura de la convivencia es parte fundamental de la misión Institucional,en consecuencia se ha realizado un trabajo de concientización y de compromiso con todos los actores de la comunidad educativa bajo el lema:“LA CONVIVENCIA ES UN COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE TODOS” para que la Institución sea un espacio de privilegio donde se construya una cultura escolar, respetuosa de la dignidad, de los derechos, de la libertad, promotora de paz y de convivencia y formadora en valores y principios que ayuden a los y las estudiantes en su formación integral. Para la operatividad de esta propuesta de convivencia escolar se han establecido y socializado con todos los estamentos de la comunidad los criterios del debido proceso y el conducto regular para la solución de conflictos, utilizando siempre el diálogo como herramienta eficaz de prevención y de solución de los mismos.

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PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

De acuerdo con la Ley 1620 del 2013 en su Artículo 2, establece que el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los Manuales de Convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.

“La convivencia es el arte de convivir en paz y armonía con las personas y el medio que nos rodea, basado en el ejercicio de la libertad y el respeto a la diferencia y la capacidad de los integrantes de una comunidad para elegir y responder por las consecuencias de sus acciones”. El hombre debe estar preparado para vivir en armonía con los demás, interiorizar y acatar normas, asumir sus propias responsabilidades y ejercer la libertad con tolerancia y respeto por los derechos de los demás. El Manual de Convivencia es el conjunto de acuerdos que orienta y regula el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de la comunidad educativa en busca de la convivencia armónica. Una de sus finalidades es la cimentación de los valores fundamentales de la vida. Todos los estamentos de la comunidad educativa han tenido una participación efectiva en el proceso de construcción, evaluación, revisión y ajustes al Manual de Convivencia Escolar como componente esencial del Proyecto Educativo Institucional, en el cual se establecen los derechos, obligaciones, compromisos y funciones de todos los integrantes del Gobierno escolar. Es tarea de todos reevaluar, acatar y contextualizar las decisiones y los acuerdos construidos hoy para responder a las necesidades, condiciones, y exigencias internas y externas propias del momento.

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MARCO CONCEPTUAL JUSTIFICACIÓN En toda institución educativa es necesario establecer pautas de comportamiento, funciones y obligaciones que posibiliten no sólo un buen funcionamiento dela Institución, sino también una convivencia sana y agradable. En una Institución Educativa confluyen fundamentalmente tres estamentos: estudiantes, docentes y padres de familia o acudientes, los cuales conforman la comunidad educativa. Por lo tanto, es normal que existan entre ellos diferencias de toda índole que pueden incidir en la formación de los estudiantes,razón por la cual la normatización de la convivencia escolar se hace cada vez más fundamental y necesaria. En la sociedad actual, caracterizada por una profunda crisis de valores y violencia en todos los ámbitos, así como la inseguridad social, la escuela no puede ser ajena a los cambios que se gestan en ella. Por lo expresado anteriormente, se hace necesaria la elaboración amplia, democrática y participativa de un Manual de Convivencia Escolar, que permita identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos, así como estimular y resaltar los comportamientos acertados. MARCOLEGAL Para la construcción del presente Manual se han considerado la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013, Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes tales como:

La constitución política de Colombia de 1991, artículos 29, 67, 68, 70, 79 y 82.

Ley General de Educación (Ley 115 de 8 de febrero de 1994), artículos: 5,6, 7, 24, 25, 76, 79, 87,91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, y 132.

Decreto Reglamentario 1860 de Ley 115 (Agosto 3 de 1994), artículos 14, 15, 16,17, 18, 19 y 20.

Decreto 2277, estatuto Docente (septiembre 14 de 1979), artículos 36, 37 y 44.

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Decreto 1278, estatuto de profesionalización docente (Junio 19 de 2002)

Ley 1098, Ley de Infancia y Adolescencia (Noviembre 8 de 2006) artículos 42, 43, 44 y 45.

Decreto 1850 (13 de agosto de 2002)

Ley 715 de 2001.

Resolución Nacional 13342 de 1982: funciones y competencias del Rector y Coordinadores.

Decreto 1290 (16 de abril de 2009), Sistema de Evaluación.

Doctrina de la Corte constitucional Sobre el derecho a la Educación: T022 de 2003, T 02 de 1992, T137 de 1994, T341 del 25 Agosto de 1993, T459 de 1997 y T402 de 1992.

Sentencia T-430 de 2007, la Corte Constitucional hace alusión a lo expresado en la Sentencia T-772 de 2000; Sentencia T-767 de 2005; Sentencia T-569 de 1994 y Sentencia T-671 de 2003, T-967/07, T390/11.

Decreto 1965 del 11 de septiembre del 2013, que reglamenta la ley 1620 del 2013.

DEFINICIONES

De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Decreto 1965 del 11 de septiembre del 2013 que reglamenta la Ley de convivencia escolar, la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal, adopta las siguientes definiciones:

Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más integrantes de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros integrantes de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

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Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

Agresión gestual:Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

Agresiónrelacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

Agresiónelectrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

Acosoescolar (bullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

Ciberacosoescolar (ciberbullying): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

Violenciasexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción

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física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Padres de familia o Acudiente: Persona mayor de edad, representante legal del estudiante que con la firma de la matrícula asume la responsabilidad del estudiante y se compromete al cumplimiento de sus obligaciones, representa al estudiante en todas sus actuaciones y se responsabiliza del mismo, mientras este se encuentre matriculado en la Institución.

Debido Proceso: Es un principio jurídico procesal o sustantivo según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente a quien ha dado apertura al tratamiento de una situación específica.

OBJETIVOS DEL MANUAL

General Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, a través de la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.

Específicos

Establecer pautas de convivencia para los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa.

Generar consciencia de los límites de la libertad como base de las obligaciones y derechos propios y de los demás.

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Propiciar un ambiente sano, acorde con el proceso educativo, buscando la integración entre la Institución y la comunidad.

Potenciar en el estudiante, el sentido de la responsabilidad para el cumplimiento de sus deberes académicos y de convivencia escolar.

Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

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CAPITULO UNO: ASPECTOS TELEOLÓGICOS

1.1 FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN

Partiendo de que el hombre es un ser racional y social por naturaleza, y como tal, formador de la historia, cultura y sociedad, nuestra filosofía interpreta y se apoya en los fundamentos generales del currículo y en los fines de la educación colombiana; por tanto, los derechos humanos serán eje en torno al cual girará toda actividad escolar; la cual será no sólo integral, sino integradora. Somos optimistas, miramos el futuro con la convicción de que si brindamos convivencia armónica, crearemos la sociedad anhelada, en la cual la crítica discutida y discernida enriquecerá cada vez más en un proceso dialéctico y continuo a la sociedad del mañana. Nuestra filosofía acoge la actual Constitución, los principios de igualdad promulgados en nuestra carta política, respetando la libertad de cultos, la libertad de conciencia y en fin, todo aquello que potencie, enaltezca y reconozca la dignidad del ser humano. Además, se propenderá por orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, conforme lo establece la Ley 1620 del 2013.

1.2 PRINCIPIOS

El trabajo mancomunado con todas las fuerzas vivas de la comunidad,

buscando el mejoramiento cualitativo en el campo educativo y social.

La formación de ciudadanos responsables, respetuosos y honrados,

contribuyendo a su proyección como ciudadanos ejemplares.

El desarrollo de una mentalidad crítica y un espíritu científico, mediante la

asimilación de conceptos y la práctica del análisis objetivo.

El fomento de la creatividad en los estudiantes para que confronten los

conocimientos adquiridos con la realidad.

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Las metodologías que empleen los docentes potenciarán, en los estudiantes,

el trabajo colaborativo.

La integración de niños y jóvenes con discapacidades físicas y educativas a

la educación regular, mediante metodologías acordes con sus niveles y

ritmos de aprendizaje.

1.3 OBJETIVOS

1.3.1 General Promover el desarrollo de personas autónomas, con capacidad de enfrentar y solucionar problemas, mediante el diálogo, el discernimiento y la cooperación. 1.3.2 Específicos

Establecer pautas de convivencia, para los estamentos que conforman la comunidad educativa.

Orientar y regular el límite de la libertad, teniendo como base tanto los deberes como los derechos de los demás.

Crear un ambiente sano, adecuado al proceso educativo, que integre y promueva la relación Institución educativa - comunidad.

Establecer normas de comportamiento social que hagan más sana, agradable y enriquecedora la estadía en la Institución, logrando así un sentido de pertenencia y mística por la filosofía, el Proyecto Educativo y las normas de la misma.

Fomentaren el estudiante la participación activa como integrante de la sociedad a la cual pertenece, permitiéndole convivir en un orden social y democrático, para que comprenda el papel que le corresponde desempeñar dentro de la misma.

Desarrollar en el estudiante el sentido de la responsabilidad para el cumplimiento de todas las actividades curriculares, formativas, culturales y deportivas.

Formar, orientar, evaluar, corregir y estimular los comportamientos de los estudiantes.

Cultivar el sentido de responsabilidad en un ambiente de solidaridad.

Emplear la legalidad como mecanismo para prevenir o resolver conflictos, procurando ser plenamente humanos.

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1.4 HORIZONTE INSTITUCIONAL

1.4.1 Misión. La Institución Educativa Juan de Dios Carvajal contribuye a la formación integral del individuo, con calidad de vida, progreso académico, capacidad investigativa y la práctica de los valores propios de la convivencia democrática y pacífica. 1.4.2. Visión. La Institución Educativa Juan de Dios Carvajal se destacará en el año 2015 como una institución líder en los procesos de mejoramiento de la educación pública, formando estudiantes que aporten al desarrollo económico, social y científico de Colombia. 1.4.3 Política de calidad. La Institución Educativa Juan de Dios Carvajal, contribuye a la educación integral, en los grados de Preescolar a Once, coadyuvando a la satisfacción de las necesidades y expectativas de la comunidad; buscando el mejoramiento continúo.

1.5 PERFIL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1.5.1 De Los Docentes.

Los docentes son los llamados a continuar en el liderazgo y acompañamiento del proceso de aprendizaje que el estudiante inicia en su hogar. Por tanto, la Institución requiere docentes conocedores de su filosofía y empeñados en alcanzar sus ideales. Así mismo, deben caracterizarse por proyectar una imagen digna de ella, ayudar a los niños, niñas, jóvenes a descubrir su propia identidad. Con el ánimo de alcanzar tales ideales, los docentes deben tener competencia académica y humana, así como cumplir un rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, para construir relaciones

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basadas en la tolerancia, haciendo énfasis en la importancia que tiene para ambos, su formación integral.

1.5.2 De los Estudiantes.

Los estudiantes son la razón de ser del quehacer educativo, por lo tanto se requiere una participación activa con un manejo consciente de su autonomía para alcanzar la formación integral, jóvenes capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables.

1.5.3. Del Egresado.

El egresado como bachiller de la I.E. Juan de Dios Carvajal, es la persona que ha alcanzado satisfactoriamente los logros académicos y las competencias, previstas en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), habilitándolos para continuar estudios superiores, y participar con responsabilidad y solidaridad humana para fortalecer los valores propios de la convivencia ciudadana, aportar al desarrollo económico, social y científico de Colombia. Las cualidades personales del egresado le permiten:

Ser una persona en búsqueda de mejoramiento continuo.

Asumir actitudes críticas frente a la defensa de los derechos humanos.

Autodesarrollar actitudes intelectuales de orden superior.

Ejercer con responsabilidad sus derechos y deberes como ciudadano.

Contribuir solidariamente con el desarrollo de la educación colombiana.

Desarrollar esquemas de comunicación respetuosa en las relaciones interpersonales.

Guardar equilibrio emocional y emplear la legalidad como mecanismos para prevenir y resolver los conflictos personales y sociales.

Participar con responsabilidad y conciencia cívica en el desarrollo del orden social, económico y político, en la vida de su comunidad.

Mantener una actitud respetuosa de la interculturalidad, la biodiversidad y la diversidad étnica colombiana.

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Contribuir al desarrollo social de manera crítica, con acciones responsables que favorezcan la educación en el ámbito institucional.

1.5.4 De los padres de familia o acudientes.

Los padres de familia o acudientes deben ser agentes participativos en todas las actividades académicas y de convivencia escolar desarrolladas por la Institución, preocupados por el rendimiento académico y la calidad de educación que recibe el estudiante, haciéndose presente cuando lo considere necesario o sea requerido. Ser responsables con los compromisos que adquieren al momento de la matrícula y conciliadores ante la presencia de conflictos, aportando soluciones que fomenten la tolerancia, el respeto y la sana convivencia.

Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante la Institución para la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

1.5.5 Del Personal Administrativo.

La Institución Educativa “Juan de Dios Carvajal” necesita un personal administrativo que:

Conozca el Manual de Convivencia de la Institución y con su práctica se

identifique con él.

Administre los recursos con eficiencia y eficacia buscando el progreso

permanente de la Comunidad Educativa.

Seaun factor integrador que promueva y propicie el progreso de los

integrantes de la comunidad.

Practiquerelaciones saludables a partir del diálogo.

Gestione siguiendo y respetando el orden jerárquico.

Las demás establecidas con la entidad contratante del servicio.

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1.5.6 Delpersonal auxiliar y deapoyo logístico.

Todos los integrantes de este grupo de trabajo representan la primera imagen de la Institución hacia el exterior, por tanto sus valores más relevantesdeben ser la responsabilidad, el respeto y la imparcialidad en el trato hacia los demás, la comunicación abierta y oportuna, y el compromiso permanente con la Institución. 1.5.6.1 Funciones del personal auxiliar y de apoyo logístico.

Atender la portería con amabilidad demostrando excelentes relaciones humanas.

Mantenimiento al ornato (jardinería) de la Institución.

Aseo permanente en la parte interna y externa de la Institución, techos y demás asignados.

Mantenimiento de canecas.

Disposición de los residuos.

Salvaguardia del local y sus enseres.

Desprender chicles del piso cuando lo amerite.

Informar de comportamientos y actos delpersonal interno y externo, que vaya en detrimento de la Institución.

Anunciar a las personas que lo requieran a la dependencia correspondiente.

Control de entrada y salida de personas y objetos, revisando bolsos o paquetes cuando sea necesario.

Solicitar la autorización de entrada a personas que lo hacen en tiempo diferente de la jornada escolar, verificando la hora autorizada.

Atender imprevistos de cualquier índole.

Colaborar en todo momento con actividades Institucionales, sin descuidar las funciones propias de su cargo.

Mantener la puerta cerrada con seguro.

No atender estudiantes en tiempo de clase para visitas o situaciones personales.

Reportar oportunamente daños, faltantes, mal uso de servicios públicos y otras anomalías que se presenten en la Institución.

Exigir permiso para sacar de la Institución implementos de oficina o bienes de uso institucional.

Informar sobre comportamiento y cumplimiento de compromisos de los grupos o personas autorizadas para alguna labor los sábados, domingos, festivos y horas nocturnas.

Verificar que los visitantes si lleguen al sitio autorizado.

Las demás asignadas por los directivos de la Institucióny por los entes nominadores.

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El común denominador de todos los integrantes de la Comunidad Educativa, indudablemente, es el sentido de pertenencia hacia la Institución, pues se percibe como parte inherente del ser y del quehacer educativo.

1.5.7 De los mediadores escolares

Los mediadores escolares cumplen las siguientes características:

Tiene voluntad y motivación.

Es solidario y cuenta con capacidad de diálogo.

Cuenta con disponibilidad de tiempo para la capacitación y el desarrollo de mediaciones futuras.

Tiene y mantiene relaciones armónicas.

Es imparcial y comprensivo ante las partes.

Tiene buen nivel de autoestima y manejo adecuado de la comunicación.

Es proactivo, planifica y sabe qué casos no puede atender.

Es creativo, pues busca soluciones teniendo en cuenta las situaciones y los involucrados.

Acepta las características y principios básicos de la mediación y las pone en práctica.

Ayuda a las partes a crear soluciones, escuchando sus necesidades y ayudándolos a comunicarse mutuamente.

Es el responsable del proceso, pero son las partes las que mantienen el control de lo que se discutirá, así como el resultado de la discusión.

No son los responsables de resolver el conflicto, ni erradicar la violencia en la escuela.

Es facilitador y tejedor de relaciones sociales, es un creativo por cada caso tratado y desde ahí aprende.

Escucha mucho y habla poco. Qué cosas No hace un mediador:

No hace demasiadas preguntas.

No discute con las partes.

No emite juicios.

No da consejos.

No amenaza a las partes.

No presiona la reconciliación.

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1.5.7.1 Integrantes. Estudiantes, docentes y padres de familia. 1.5.7.2Funciones

Suministrar información a quienes inician un proceso de mediación, acerca del propósito, así como de las reglas que enmarcan el proceso.

Buscar un equilibrio de poder que conduzca a ajustes.

Ayudar a las partes a examinar sus necesidades e intereses y a reconciliarlos.

Identificar el rango completo de los problemas, detallarlos y enfocar los más relevantes.

Identificar los recursos disponibles para la solución del conflicto.

Como tercero, ajeno al problema mismo, analizar ambas posiciones imparcialmente y facilitar un camino que resulte apropiado para todos.

Comunicarse con las partes y ayudarlas a comunicarse entre sí, al promover una comunicación abierta y honesta.

Mantener el control del proceso, de manera tal que las partes no sientan irregularidades, que sientan que han sido escuchadas y entendidas.

Balancear el poder entre las partes, reducir la tensión y la cólera. Manejar las emociones.

Lograr el compromiso de mediación, asegurarse de que las partes se sienten responsables del acuerdo tomado y están listas para aceptarlo.

En caso de no lograr un acuerdo, referir las partes al Comité de Convivencia Escolar.

1.5.8. Del representante de grupo, del representante ante el Consejo Directivo y del personero escolar.

Demostrar desempeño superior en lo académico y relaciones positivas en la

convivencia institucional.

Ser líder positivo dentro del grupo.

Ser repetado por los integrantes de su grupo.

Utilizar el tiempo libre en beneficio propio y del grupo.

Manifestar en todos sus actos el sentido de pertenencia y compromiso con

la Institución.

Vivenciar la filosofía y principios de la Institución.

Ser ejemplo y modelo a seguir.

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Cumplir responsablemente con el compromiso adquirido con el Consejo

Estudiantil.

Cumplir con las obligaciones y derechos señalados en el presente Manual.

Demostrar facilidad de expresión oral y escrita.

1.5.9 Del Contralor Escolar Según Acuerdo Municipal número 41 de 2010 se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín. La Contraloría Escolar, velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva institución educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.

El Contralor Escolar será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados en la institución, de acuerdo a la normatividad vigente.

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CAPITULO DOS: ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

2.1CONSEJO DIRECTIVO Según el Decreto 1860 de 1994, éste es el máximo organismo de participación de la Comunidad Educativa, para asesorar y acompañar al Rector en la orientación pedagógica de la Institución y para la adecuada implementación y revisión permanente del PEI. Se reúne de acuerdo con las necesidades que se presenten, según la conveniencia que estime el rector o a petición de alguno de sus integrantes. Este Consejo estará conformado por personas con voz y voto. Debe conformarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha de iniciación de labores.

2.1.1 Integrantes.

El Rector, quien lo convoca y preside.

Dos representante de los docentes.

Dos representantes de Padres de Familia.

Un representante de los Estudiantes.

Un representante de los Egresados.

Un representante del sector productivo, elegido por el Comité de Dirección. Tanto los docentes como el representante de los estudiantes elegidos, deben estar vinculados a la Institución de tiempo completo y con antigüedad de más de dos años. Los representante de los padres de familia deben ser elegidos de acuerdo a la norma así: uno elejido por la Asociación de Padres de Familia y el otro por el Consejo de Padres, si no existe Asociación de Padres de Familia, los dos reprententantes serán elejidos por el Consejo de Padres.

2.1.2Funciones.

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto aquellas que sean competencia de otra autoridad.

Velar por el buen funcionamiento de la Institución.

Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo y de su plan de estudios, someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación

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respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamente.

Participar en la evaluación Institucional anual, aportando criterios válidos para contribuir al mejoramiento cualitativo de la Institución.

Proponer, diseñar y presentar al Comité de Dirección de la institución, proyectos pedagógicos tendientes a mejorar el bienestar de la Comunidad Educativa.

Servir de instancia conciliadora para dar solución a los conflictos de tipo académico y comportamental que requieran mediación y que hayan cumplido un proceso de revisión y evaluación por parte del Consejo Académico y la coordinación comportamental.

Estudiar y aprobar el Manual de Convivencia.

Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que ha de incorporarse al Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución.

Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de grupos juveniles.

Fomentar la conformación de organizaciones de padres de familia y estudiantes.

Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de textos y similares, y

Darse su propio reglamento.

2.2 CONSEJO ACADÈMICO

Según lo estipula el Decreto 1860 de 1994, el Consejo Académico es el estamento que orienta pedagógicamente a la Institución.

2.2.1Integrantes.

El Rector, quien lo convoca y preside.

Los jefes de área establecidas en la Institución.

El coordinador académico.

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2.2.2 Funciones.

Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994.

Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

Participar en la evaluación institucional anual.

Proponer, organizar y supervisar el proceso de evaluación atendiendo a parámetros generales establecidos.

Publicar y divulgar los acuerdos a que llegue en las reuniones ordinarias y extraordinarias.

Recibir y decidir sobre los reclamos interpuestos por los estudiantes sobre la evaluación educativa.

Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.

2.3 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2.3.1 Integrantes.

Conforme a lo establecido en la Ley 1620 del 2013, el comité de Conviencia estará integrado por:

El rector del establecimiento educativo, quien preside el Comité.

El personero estudiantil.

El docente con función de orientación.

El coordinador cuando exista este cargo.

El presidente del consejo de padres de familia.

El presidente del consejo de estudiantes.

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Los docentes se elegirán anualmente de forma voluntaria, teniendo en cuenta el perfil que establece la norma. Prarágrafo: El Comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

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2.3.2 Funciones.

De acuerdo a lo establecido en la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013, son funciones del Comité:

Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

Liderar en la Institución Educativa acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los integrantes de la Comunidad Educativa.

Promover en las instituciones educativaslas estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los integrantes de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre de familia, acudiente o un compañero delaInstitución Educativa.

Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este Comité, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el Comité.

Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

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De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1965 del 11 de septiembre del 2013, son funciones del Comité de Convivencia las siguientes: Art. 36 Acciones del Componente de Promoción. Numeral 3: a. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido

en el Artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título III del mencionado Decreto.

b. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del Proyecto Educativo Institucional (PEI), atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

d. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra la Institución Educativa. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica, con el fin de que progresivamente vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos, que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el Proyecto Educativo Institucional.

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Art. 37 Acciones del componente de prevención: 1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más

comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 de este artículo.

3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Parágrafo. Para disminuir los riesgos de ocurrencia de situaciones que afectan la convivencia escolar, los comités que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, en el ámbito de sus competencias y a partir de la información generada por el Sistema Unificado de Convivencia Escolar y otras fuentes de información, armonizarán y articularán las políticas, estrategias y métodos; y garantizarán su implementación, operación y desarrollo dentro del marco de la Constitución y la ley. Lo anterior, conlleva la revisión de las políticas; la actualización y ajuste permanente de los manuales de convivencia, de los programas educativos institucionales y de los protocolos de la Ruta de Atención Integral, por parte de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Además, la Institución Educativa establece las siguientes funciones:

Revisar, ajustar o modificarel Manual de Convivencia Escolar, de acuerdo con los requerimientos legales.

Acordar estrategias para promover el cumplimiento del Manual de Convivencia por parte de la Comunidad Educativa y el debido Proceso.

Proponer criterios para evaluar el desarrollo personal y social del estudiante.

Analizar los casos de estudiantes que han firmado carta de compromiso y/o compromiso de acción pedagógica institucional, emitiendo su concepto sobre su permanencia en la Institución.

Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas conductas y/o actitudes generadoras de situaciones de violencia escolar.

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Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y tratamiento de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

Colaborar con acciones que propicien la resolución de conflictos entre docentes y directivos docentes.

Definir las estrategias a desarrollar con los mediadores escolares para favorecer la convivencia institucional.

2.3.3. Sesiones, Actas, Quórum decisorio.

El Comité de Convivencia Escolar sesionará ordinariamente al menos una (1) vez por mes. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente del Comité de Convivencia Escolar, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. Las sesiones del Comité de Convivencia Escolar podrán ser presenciales o virtuales, siempre y cuando en este último caso, se garantice la participación de todos los integrantes en las deliberaciones y votaciones que se adelanten en las respectivas sesiones. Parágrafo. El Comité de Convivencia Escolar, cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, podrá invitar a integrantes de la Comunidad Educativa, funcionarios o representantes de las entidades públicas o privadas, o personas expertas y otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte pueda ser de utilidad. Los invitados tendrán voz pero no voto dentro de las respectivas sesiones. Quórum decisorio. El Comité de Convivencia Escolar podrá sesionar con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes. Las decisiones se adoptarán por la mayoría de los integrantes que asisten a la sesión del Comité y serán de obligatorio cumplimiento para todos sus integrantes. De todas las sesiones que adelante el Comité se deberá elaborar un acta en el formato dispuesto para ello y la firmará el presidente del Comité y quien haga las veces de secretaria(o), previa aprobación de la misma. Parágrafo. El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en

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la Constitución Política, en la Ley 1098 de 2006 y demás normas aplicables a la materia. 2.4 CONSEJO DE ESTUDIANTES Es el organismo que anima, promueve y coordina las diferentes actividades que hacen referencia a la formación integral de los estudiantes, en representación de los distintos grados. Los estudiantes del Consejo Estudiantil deberán llenar los siguientes requisitos:

Demostrar un desempeño alto en lo académico y positivas relaciones en la convivencia institucional.

Comprometidos con el Manual de Convivencia por su práctica.

Propiciadores del diálogo para el ejercicio de la democracia.

Estudiosos para ayudarse y ayudar en el desarrollo de la formación de los integrantes de la comunidad.

Constructores de paz, dentro y fuera de la Institución.

Ceñirse a las cualidades del perfil del estudiante de la Institución.

Tener liderazgo reconocido y bien enfocado.

Poseer actitud mediadora.

Debe haber cursado en la Institución, por los menos, los dos últimos años inmediatamente anteriores, para que conozca la realidad escolar.

2.4.1. Integrantes.

Los representantes de cada grupo.

2.4.2Funciones.

Construir su propia organización.

Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Puede ser dentro de su misma organización o convocar a asamblea de estudiantes para la elección popular, dentro de los candidatos inscritos ante el comité correspondiente, en el tiempo determinado por éste.

Asesorar al Representante Estudiantil para el cumplimiento de sus funciones.

Mantener informada a la Asamblea de estudiantes, sobre las decisiones que sean de su competencia.

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Participar activamente en propuestas que contribuyan al mejoramiento académico y de convivencia de la Institución.

Conocer, respetar y cumplir el Manual de Convivencia.

2.5 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política y en el Manual de Convivencia. El estudiante que ostente este puesto deberá pertenecer al grado superior que imparta la Institución. La Institución requiere un Personero:

Con desempeño alto en lo académico y positivas relaciones en la convivencia institucional.

Comprometido con el Manual de Convivencia.

Constructor de paz.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

Impulsor de proyectos que busquen el desarrollo de la Comunidad Educativa.

Conocedor del proceso en el cual está inserto, para lo cual debe haber estudiado en la Institución, por lo menos, los dos últimos años.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente a la iniciación de clases del período lectivo anual. Para tal efecto, el Rector podrá delegar, en el área de sociales, la convocatoria de todos los estudiantes matriculados con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. Parágrafo: El ejercicio de cargo de Personero es incompatible con el de

Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.

2.5.1 Funciones.

Promover el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación de la Institución.

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Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de las funciones establecidas.

Presentar, ante el Rector, las solicitudes de oficio o a petición de la parte que considere necesarios para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

Conocer, respetar y cumplir el Manual de Convivencia.

2.6 CONTRALOR ESCOLAR

Según Acuerdo Municipal número 41 de 2010 se crea la Contraloría Escolar en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín. Artículo 10º.Elección y Período. El Contralor será elegido por un período fijo de un año, el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. El aspirante no podrá tener sanciones disciplinarias dentro de los dos años anteriores a su postulación. . Parágrafo 1º. El Contralor Escolar y su grupo de apoyo podrán ser reelegidos. Parágrafo 3º. El ejercicio del Contralor Escolar es incompatible con el de Personero y con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Estudiantil.

2.6.1 Funciones.

La Contraloría Escolar tendrá las siguientes funciones y atribuciones: a. Contribuir a la creación de la cultura del Control Fiscal, del buen uso y

manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa y de los proyectos del Municipio de Medellín.

b. Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del ejercicio del Control Fiscal que compete a las contralorías, en el quehacer de cada Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión pública en los proyectos de su Entidad.

c. Velar para que los proyectos ejecutados por las diferentes Secretarías del Municipio de Medellín y sus entidades descentralizadas en la institución

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educativa o en el entorno de ésta, satisfagan los objetivos inicialmente revistos.

d. Velar porque la disposición, administración y manejo del Fondo de Servicio educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos del Presupuesto Participativo, Proyectos del Municipio de Medellín en su respectiva institución educativa y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades inicialmente establecidas.

e. Velar porque los procesos de contratación que realice la Institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos y educadores.

f. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.

g. Presentar a la Contraloría General de Medellín los resultados de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.

h. Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa verificación de la Contraloría General de Medellín.

. Artículo 6º. Funciones del contralor escolar. a. Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva institución educativa. b. Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la comunidad educativa. c. Convocar a los integrantes de la Contraloría Escolar a una reunión ordinaria

cada dos meses, o extraordinaria cuando sea necesario. d. Representar la Contraloría Escolar ante la Red de Contralores Escolares. e. Representar la Contraloría Escolar ante la Contraloría General de Medellín. f. Solicitar a la Contraloría General de Medellín que realice las verificaciones

que se consideren necesarias frente a las actuaciones de los gestores fiscales, a fin de que ésta determine si es procedente o no adelantar alguna acción de control fiscal.

g. Solicitar a la Contraloría General de Medellín las capacitaciones que estime necesarias para el adecuado desarrollo de las funciones que corresponden a la Contraloría Escolar.

h. Verificar la publicación en lugar visible los informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos de los FSE.

i. Verificar que el Rector o Director Rural publique semestralmente en cartelera las contrataciones que se haya celebrado con cargo a los Fondos de Servicios Educativos en la vigencia fiscal y la población beneficiada a través de los programas de gratuidad y derechos académicos y complementarios, restaurantes escolares, fondo de protección escolar, y otros proyectos que tenga la Institución Educativa.

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j. Promover la comunicación en la comunidad educativa de las obras físicas que se van a realizar y el seguimiento para que las mismas se entreguen con la calidad requerida y con las necesidades de la población escolar.

k. Solicitar al rector la publicación en lugar visible la Resolución del Ministerio de Educación Nacional, sobre la asignación de recursos de gratuidad provenientes para estudiantes SISBEN 1 y 2, así como la destinación que se le da en el presupuesto de gastos según la aprobación del Consejo Directivo.

l. Solicitar al rector la publicación en lugar visible el Decreto de transferencia municipal de recursos por concepto de gratuidad para los niveles de sisben 1,2 y 3 y los recursos adicionales por concepto de estudiantes de media técnica.

Parágrafo: En ausencia permanente del Contralor Escolar, corresponde al grupo de apoyo, designar entre ellos, un estudiante que reúna las calidades exigidas para el reemplazo, hasta terminar el periodo para el cual fue elegido el Contralor saliente. Artículo 7º. Grupo de apoyo de la contraloria escolar. Estará conformado por estudiantes matriculados en la institución educativa, que cursen los grados sexto a undécimo y los estudiantes que cursen el último grado en los Centros Educativos, según ofrezca la institución; se elegirá democráticamente un representante por cada grado, por votación interna que realizará el alumnado el mismo día de la elección del Contralor Escolar. Artículo 8. Funciones del grupo de apoyo de la contraloría escolar. a. Elegir el Secretario (a) de la Contraloría Escolar para llevar el libro de actas. b. Apoyar el ejercicio del Control Fiscal en la institución educativa. c. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI). d. Conocer el presupuesto de la respectiva institución educativa y el plan de

compras y verificar el cumplimiento de los resultados previstos con los gastos que se ordenan.

e. Solicitar las actas del Consejo Directivo de la respectiva institución educativa relacionadas con presupuesto.

f. Estudiar y analizar la información que sea allegada a la Contraloría Escolar. g. Presentar propuestas al Contralor relacionadas con las funciones

inherentes a la Contraloría Escolar. h. Designar el reemplazo del Contralor Escolar en ausencia definitiva del

elegido por la comunidad educativa.

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INCENTIVOS PARA CANDIDATOS, LOS PERSONEROS, CONTRALORES ESCOLARES Y REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO

DIRECTIVO.

Gozarán de los espacios institucionales, el tiempo, los recursos y los permisos administrativos, para sus respectivas campañas y/o cumplimiento de sus funciones con sus respectivos equipos de trabajo.

Se les programará en las áreas de conocimientos, días y actividades especiales de orientación para alcanzar logros en las fechas, que por motivo de campañas o por el cumplimiento de sus funciones o convocatorias oficiales han dejado de aistir.

Se les hará reconocimiento de las 50 horas de Constitución política para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 107 de 1994 para los candidatos, 15 horas para los equipos de trabajo y para los testigos electorales.

Artículo 11º (Acuerdo 41 de 2010). INCENTIVOS A LA PARTICIPACIÓN. El ejercicio del cargo de Contralor Escolar, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus funciones durante todo el período para el cual fueron elegidos.

Parágrafo: cada institución acordará el mecanismo para extender este beneficio, a los estudiantes que participen en el grupo de apoyo del Contralor Escolar.

2.7CONSEJO DE PADRES

Es un medio para asegurarla continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico de la Institución, caracterizados por su abnegada entrega y sentido de pertenencia hacia la misma, a través de su apoyo a los procesos en los que se requiera su participación.

La Institución requiere unos padres de familia o acudientes:

Conocedores y defensores del Manual de Convivencia de la Institución.

Propiciadores del desarrollo integral de los hijos, en un ambiente sano y digno.

Conscientes y responsables de sus derechos y deberes.

Respetuosos de los derechos de los integrantes de la Comunidad Educativa.

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Democráticos en la toma de decisiones de los estudiantes.

Responsables e identificados con su rol, capaces de proyectarse éticamente.

Comprometidos con la formación integral de los estudiantes.

2.7.1 Integrantes.

Lo integran dos representantes por cada grupo, elegidos en reunión de padres de familia, al comienzo del año.

2.7.2 Funciones.

Construir su propia organización.

Promover actividades de índole académico, cultural y deportivo y darlas a conocer a otras instancias, para mejorar el nivel de vida de la comunidad educativa.

Asesorar al Representante Estudiantil para el cumplimiento de sus funciones.

Mantener informada a la Asamblea de padres sobre las decisiones que sean de su competencia.

Participar, activamente, en propuestas que contribuyan al mejoramiento académico y disciplinario de la Institución.

Conocer, respetar y cumplir el Manual de Convivencia.

2.8ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

Conforme al artículo 9º del Decreto 1286 de 2005, Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en una Institución Educativa. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los de la Institución educativa. En la Institución, en la primera reunión del año escolar, el rector promueve la participación de los padres de familia para conformar la Asociación de Padres de Familia y son ellos quienes deciden libre y voluntariamente su conformación.

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CAPÍTULO TRES: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

“Exige tus derechos, pero cumple con tus deberes”

3.1 DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

La Ley 1098 Noviembre 8 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), establece: Art. 42: Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y

garantizarsu permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los integrantes de la

Comunidad Educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del

centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el

seguimiento delproceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la ComunidadEducativa.

6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas y adolescentes que presenten dificultades deaprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientaciónpsicopedagógica y psicológica.

7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturasnacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con lacomunidad educativa para tal fin.

8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas yadolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura ydotar a la Institución Educativa de una biblioteca adecuada.

10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación delpatrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.

12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condiciónsocio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

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Art. 43:Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas,tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el plenorespeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para talefecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores

fundamentales dela dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferenciasentre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia losdemás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad ocapacidades sobresalientes.

2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demáscompañeros y de los docentes.

3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos deburla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje,en ellenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

Art. 44:Obligaciones complementarias de las instituciones educativas. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidadeducativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de

malnutrición,maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica ylaboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores:formas de trabajo infantil.

3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad,

vida,integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de

maltrato,agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demáscompañeros o docentes.

6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, loscomportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentescon dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes concapacidades sobresalientes o especiales.

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7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producendependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridadescompetentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de lasinstalaciones educativas.

8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para elacceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente condiscapacidad.

9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peoresformas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.

10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y re productiva yla vida en pareja.

Art. 45:Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educaciónformal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico opsicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten sudignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.

3.2 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE

FAMILIA O ACUDIENTES De acuerdo con los artículos 67 y 68 de la Constitución Nacional de 1991, Ley 115 de 1994, Ley 1098 de 2006, los padres de familia son los responsables de la educación de sus hijos, así mismo y de acuerdo a lo establecido en la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013, en su artículo 5, ítem 2, la familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

3.2.1 Derechos de los padres de familia o acudientes.

3.2.1.1. Utilizar las instalaciones locativas para realizar actividades que

redunden en bien de la Institución y sus estudiantes.

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3.2.1.2. Recibir información oportuna y clara sobre el desempeño del estudiante.

3.2.1.3. Recibir oportunamente los informes académicos del estudiante. 3.2.1.4. Ser atendidos en forma cordial y oportuna en los horarios

establecidos por la Institución. 3.2.1.5. A que los estudiantes reciban una formación basada en el horizonte

Institucional. 3.2.1.6. Acompañar a los estudiantes en las actividades desarrolladas por la

Institución. 3.2.1.7. A ser informados oportunamente sobre las salidas pedagógicas

programadas por la Institución. 3.2.1.8. Velar por el respeto hacia el estudiante en caso de que sus derechos

sean vulnerados por parte de cualquier integrante de la Comunidad Educativa.

3.2.1.9. Participar de las orientaciones sobre el uso de sustancias psicoactivas, la prevención, promoción y protección, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y otras temáticas abordadas desde la Escuela de Padres.

3.2.1.10. Conocer el horario en el cual se desarrolla la jornada escolar de los estudiantes.

3.2.1.11. Recibir información oportuna y clara sobre las actividades a través de los diferentes canales de comunicación Institucional.

3.2.1.12. Participar activamente en los actos cívicos, deportivos y culturales, cuando así lo deseen, siempre y cuando el evento posibilite su participación.

3.2.1.13. Ser escuchados en la presentación de sugerencias, quejas, reclamos y felicitaciones, haciendo uso del conducto regular y con el debido respeto.

3.2.1.14. Conocer oportunamente sobre los correctivos, estímulos, sanciones y otras medidas que afecten a los estudiantes.

3.2.1.15. Conocer oportunamente el seguimiento evaluativo del estudiante. 3.2.1.16. Hacer uso del derecho a la libertad de expresión. 3.2.1.17. Acceder a los programas de Nutrición Escolar, de acuerdo con los

criterios establecidos por el Municipio de Medellín. 3.2.1.18. Elegir y ser elegido para las diferentes instancias del Gobierno

Escolar, de acuerdo con la normatividad vigente. 3.2.1.19. Participar activamente en la elaboración y actualización del PEI, de

acuerdo con los criterios institucionales y legales establecidos.

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3.2.2 Obligaciones de padres de familia o acudientes.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013, en su artículo 22, la familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la Violencia Escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

3.2.2.1 Proveer a sus hijos de espacios y ambientes en el hogar, que generen

confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

3.2.2.2 Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

3.2.2.3 Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante la Institución Educativa para la convivencia y la sexualidad.

3.2.2.4 Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional de la Institución.

3.2.2.5 Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

3.2.2.6 Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

3.2.2.7 Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia Institucional.

3.2.2.8 Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.

Además, la Institución Educativa establece las siguientes obligaciones: 3.2.2.9 Presentarse con el estudiante en el momento de la matrícula para

firmar el compromiso con la Institución. 3.2.2.10 Dotar al estudiante de uniforme completo y velar por su buena

presentación e higiene.

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3.2.2.11 Hacer que el estudiante utilice los uniformes en forma correcta y oportuna.

3.2.2.12 Proporcionar al estudiante una adecuada alimentación. 3.2.2.13 Crear hábitos de aseo e higiene personal en el estudiante. 3.2.2.14 Hacer los controles médicos, odontológicos y clínicos que requiera el

estudiante, o los que recomiende el equipo educativo. 3.2.2.15 Proporcionar al estudiante un ambiente familiar adecuado para el

estudio y la formación integral. 3.2.2.16 Aplicar correctivos familiares en los que se evite incurrir en castigos

físicos o psicológicos para superar situaciones o carencias. 3.2.2.17 Proporcionar al estudiante los materiales de trabajo necesarios para

el desarrollo de las actividades pedagógicas. 3.2.2.18 Responder por la reposición de daños de infraestructura, mobiliario,

enseres y demás material de enseñanza, o de propiedad de cualquier integrante de la Comunidad Educativa.

3.2.2.19 Responder por los enseres y/o bienes que maneje, cuando le sean encargados.

3.2.2.20 Apoyar y contribuir a la buena imagen de la Institución. 3.2.2.21 Vigilar las pertenencias del estudiante, devolviendo a sus dueños

aquellas que no le correspondan. 3.2.2.22 Contribuir solidariamente con la Institución para una buena formación

del estudiante. 3.2.2.23 Manifestar sentido de pertenencia hacia la Institución. 3.2.2.24 Cumplir y hacer cumplir al estudiante los compromisos del Manual de

Convivencia adquiridos en el momento de la matrícula. 3.2.2.25 Dar buen trato a los integrantes de la Comunidad Educativa. 3.2.2.26 Apoyar las decisiones tomadas en la Institución para su buena

marcha y funcionamiento. 3.2.2.27 Colaborar con el aseo de la Institución cuando así se requiera. 3.2.2.28 Orientar al estudiante sobre el uso de sustancias psicoactivas, la

prevención, promoción y protección, así como de toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

3.2.2.29 Controlar la salida y llegada del estudiante al hogar antes y después de la jornada escolar.

3.2.2.30 Programar en jornada contraria, mientras sea posible, las citas médicas u otras actividades a las que deba asistir el estudiante.

3.2.2.31 Atender, en toda circunstancia, el requerimiento que la Institución Educativa hace, para verificar la autorización de la salida del estudiante durante la jornada escolar.

3.2.2.32 Orientar al estudiante sobre el buen uso de los servicios públicos. 3.2.2.33 Mantenerse informado de la vida institucional, a través de sus

diferentes canales de comunicación.

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3.2.2.34 Comunicar las situaciones que afectan al estudiante en forma oportuna y siguiendo el conducto regular.

3.2.2.35 Tener en cuenta el conducto regular en la solución de problemas. 3.2.2.36 Acompañar el seguimiento evaluativo del estudiante en las diferentes

áreas, buscando alternativas de mejoramiento académico. 3.2.2.37 Asistir puntualmente a las reuniones y llamados que se hagan por

parte de la Institución. 3.2.2.38 Entregar oportunamente la documentación requerida por la

Institución. 3.2.2.39 Hacer acompañamiento en el proceso académico y de convivencia

escolar del estudiante. 3.2.2.40 Responder encuestas y brindar información veraz y oportuna

solicitada por la Institución. 3.2.2.41 Hacer los reclamos de una manera respetuosa y justa dentro del

tiempo fijado por las normas institucionales y legales. 3.2.2.42 Presentar las excusas, incapacidades, diagnósticos clínicos y

licencias, entre otros, del estudiante en forma oportuna y de acuerdo a los parámetros establecidos por la Institución.

Parágrafo: Encaso de ausencia injustificada, falta de acompañamiento del padre de familia o acudienteen las obligaciones académicas o de convivencia escolar del estudiante, y/o no entrega oportuna de evidencias a la vinculación de los tratamientos especializadosrequieridos, la Institución notificará el caso a la autoridad competente para su respectivo trámite legal. 3.2.2.43 Presentar oportunamente a la coordinación académica de la

Institución, las evaluaciones neurológicas o diagnósticos específicos para casos de estudiantes con necesidades educativas especiales y las evidencias de la vinculación a los tratamientos especializados, según el caso.

3.2.2.44 Cuando el estudiante se retire voluntariamente de la Institución, teniendo situaciones que hayan afectado la convivencia institucional, el padre de familia o acudiente solo podrá solicitar reingreso luego de que el estudiante haya cursado un año lectivo en otra Institución y demostrado un desempeño básico a nivel académico, y referentes positivos en el aspecto convivencial.

3.2.2.45 Cuando se dé la desescolarización del estudiante mayor a 3 días, el padre de familia o acudiente, deberá acompañarlo siempre ante los docentes de las diferentes áreas, quienes le asignarán un plan de trabajo con fechas de entrega, que puede incluir talleres, investigaciones y demás actividades que consideren pertinentes. Así mismo deberá acompañar al estudiante cuando tenga pruebas escritas.

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3.3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS DIRECTIVOS

3.3.1 Derechos de los Directivos

3.3.1.1 Los contemplados en la Constitución Nacional. 3.3.1.2 Evaluación justa, conforme a las exigencias institucionales, de

acuerdo con sus capacidades y limitaciones y la notificación de sus resultados.

3.3.1.3 Provisión de los recursos adecuados para el buen desempeño de su labor.

3.3.1.4 Comunicación e inducción oportuna sobre los principios, filosofía de la Institución y de los cambios respectivos.

3.3.1.5 Conocimiento de las funciones, horarios y demás responsabilidades asignadas por la Institución, según el cargo que desempeñe.

3.3.1.6 Concesión de permisos debidamente justificados. 3.3.1.7 Respeto por las disposiciones establecidas en el Código Laboral. 3.3.1.8 Colaboración oportuna para la capacitación profesional. 3.3.1.9 Estímulo y reconocimiento institucional por los logros obtenidos en el

desempeño de sus funciones. 3.3.1.10 Trato digno de palabra y de acción por parte de todos los agentes de

la Comunidad Educativa.

3.3.2 Obligacionesde los Directivos Docentes

3.3.2.1 Conocer las funciones y responsabilidades que posee su cargo y

responder a cabalidad con el desarrollo y promoción de su área

funcional.

3.3.2.2 Estar en permanente capacitación humana y profesional. 3.3.2.3 Demostrar un comportamiento ético y moral en su vida personal y

social. 3.3.2.4 Inculcar en los estamentos de la Comunidad Educativa, el amor por la

Institución, los valores históricos y culturales de la nación. 3.3.2.5 Inculcar respeto a los símbolos patrios, religiosos e institucionales. 3.3.2.6 Realizar un acompañamiento oportuno y eficaz delos procesos y/o

trabajos correspondientes a cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa.

3.3.2.7 Promover la formación de valores morales, espirituales y cívicos partiendo del ejemplo de vida.

3.3.2.8 Dirigirse con respeto en forma verbal, gestual o escrita, a todos y cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa.

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3.3.2.9 Mantener adecuada presentación personal acorde con las diferentes actividades programadas por la Institución.

3.3.2.10 Brindar orientaciones claras a las personas que tiene bajo su responsabilidad para que éstas realicen idóneamente su trabajo.

3.3.2.11 Responder por los implementos, muebles y enseres de trabajo proporcionados por la Institución para el buen desempeño de su labor.

3.3.2.12 Acogerse a las disposiciones y cláusulas establecidas en el reglamento interno de trabajo, contrato de trabajo y manual de funciones de la Institución.

3.3.3 Funciones de los Directivos Docentes.

Del rector:

Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

Presidir los Consejos Directivo y Académico, así como el Comité Convivencia de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.

Representar a la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.

Dirigir el trabajo del equipo docente y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo, y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces.

Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.

Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.

Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.

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Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.

Responder por la calidad de la prestación del servicio en la Institución.

Rendir informe semestral del presupuesto de la Institución Educativa al Consejo Directivo y publicar en lugar visible para la Comunidad Educativa.

Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la Ley 715 del 2001.

Publicar anualmente a través de los diferentes canales institucionales de comunicación los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.

Parágrafo: El desempeño de los rectores y directores será evaluado anualmente por el departamento, distrito o municipio, atendiendo el reglamento que para tal fin expida el Gobierno Nacional. La no aprobación de la evaluación en dos años consecutivos implica el retiro del cargo y el regreso al ejercicio de la docencia en el grado y con la asignación salarial que le corresponda en el escalafón (Ley 715 del 2001). Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo y las contempladas en el Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de 2001, Resolución 13342 de 1982, Decreto departamental 1914 de 1981, Resolución 331 de 1952, Decreto 863 de 1980, Decreto 1543 de1978, Decretos 1543 de 1978 y 180 de 1981, Decretos 2620de 1979 y 259 de 1981, decreto 180 de 1981, Decreto 174 de 1982, Decreto 174 de 1982, Decreto 2480 de 1986, Decreto 3486 de 1981, Decreto 1789 de 1988, Ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013 y los demás vigentes. Dela Coordinación Académica:

Proponer erogaciones con cargo al Fondo de Servicios Educativos y en los demás que sea requerido.

Participar en el Consejo Académico.

Colaborar con el Rector en la Planeación y Evaluación Institucional.

Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

Organizar a los docentes por áreas de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos institucionales.

Coordinar la acción académica en la administración de estudiantes y docentes.

Establecer canales y mecanismos de comunicación.

Dirigir y supervisar la ejecución de las actividades académicas.

Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para reducir la repitencia escolar y la deserción.

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Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases de la Institución, en colaboración con los Jefes de área y el coordinador de convivencia. Presentarlos al rector para su aprobación.

Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.

Administrar el personal a su cargo de acuerdo a las normas vigentes.

Rendir periódicamente informe al rector sobre el resultado de las actividades académicas.

Presentar al rector las necesidades de material didáctico de las diferentes áreas.

Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

Dela coordinación de Convivencia Escolar:

Participar en el Comité de Convivencia Escolar y en los demás en que sea requerido.

Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

Dirigir la planeación y programación de la administración de Estudiantes y docentes de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

Dar las orientaciones para las direcciones de grupo.

Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, los servicios de bienestar, padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa.

Establecer canales y mecanismos de comunicación.

Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.

Colaborar con el coordinador académico en la distribución de las asignaciones académicas y en la elaboración del horario general de la Institución.

Llevar los registros y controles necesarios para la administración de docentes yestudiantes.

Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

Rendir periódicamente informes al Rector de la Institución sobre las actividades de su dependencia.

Orientar la conformación y las acciones del Consejo de Padres.

Coordinar con el área de sociales las elecciones de personero, contralor y representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

Propender por el bienestar de los estamentos de la Comunidad Educativa.

Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

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Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

3.4 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES

3.4.1 Derechos de los docentes.

3.4.1.1 Ausentarse de la Institución Educativa, en caso de urgencia médica o

citas con especialistas, en horarios limitados, previo aviso a rectoría o

a coordinación.

3.4.1.2 Exigir a los padres de familia la buena presentación e higiene de los

estudiantes.

3.4.1.3 Convivir en un ambiente agradable, sano y propicio para el buen desarrollo intelectual, físico y moral.

3.4.1.4 Exigir los materiales adecuados para desempeñar su labor docente. 3.4.1.5 Utilizar responsable y debidamente las instalaciones locativas:

equipos, recursos, materiales y mobiliario de la Institución. 3.4.1.6 Ser tratado en igualdad de condiciones en todos los momentos y

circunstancias. 3.4.1.7 Ser escuchados oportunamente por los directivos docentes,

respetando la escala jerárquica y el debido proceso. 3.4.1.8 Participar conjuntamente en la toma de decisiones que tengan que

ver con la marcha de la Institución. 3.4.1.9 Desempeñar sus funciones y actividades escolares. 3.4.1.10 Exigir puntualidad a los estudiantes, a sus pares y directivos

docentes. 3.4.1.11 Ser escuchadas sus recomendaciones y/o propuestas que propendan

por el mejoramiento académico y la convivencia escolar. 3.4.1.12 Gozar del orden y el aseo de la Institución para el buen desempeño

de las funciones propias de la labor docente. 3.4.1.13 Participar en campañas solidarias y cívicas. 3.4.1.14 Usar racionalmente los servicios públicos. 3.4.1.15 Recibir información oportuna a través de los diferentes canales de

comunicación institucional. 3.4.1.16 Disfrutar de los estímulos ofrecidos por la Institución. 3.4.1.17 Recibir un servicio oportuno y respetuoso por parte de las personas

que atienden las diferentes instancias de la comunidad educativa. 3.4.1.18 Recibir un trato respetuoso por parte de los integrantes de la

Comunidad Educativa.

52

3.4.1.19 Exigir transparencia a los estudiantes sobre comunicaciones, evaluaciones y/o actividades académicas presentadas.

3.4.1.20 Que le sea respetada su libertad de expresión. 3.4.1.21 Recibir capacitaciones y actualizaciones relacionadas con su

quehacer pedagógicos. 3.4.1.22 evaluado justamente conforme a las exigencias institucionales y de

norma, de acuerdo con sus capacidades y limitaciones. 3.4.1.23 Ser notificados oportunamente de los resultados sobre las

evaluaciones aplicadas. 3.4.1.24 Acceder a los recursos adecuados para el buen desempeño de su

función pedagógica. 3.4.1.25 Recibir comunicación e inducción oportuna sobre los aspectos

teleológicos institucionales y de los cambios cuando sean realizados. 3.4.1.26 Conocer sus funciones, horarios y demás responsabilidades

asignadas por la Institución. 3.4.1.27 Concesión de permisos debidamente justificados y acordes a la

normatividad vigente. 3.4.1.28 Colaboración oportuna para la capacitación profesional. 3.4.1.29 Estímulo y reconocimiento institucional por los logros obtenidos en

el desempeño de sus funciones. 3.4.1.30 Los contemplados en la Constitución Nacional, Código Laboral y

demás normatividad vigente. 3.4.1.31 Al desplazamiento entre las sedes en cumplimiento de su horario de

clases y/o desarrollo de las actividades institucionales programadas y extraordinariamente cuando las situaciones lo ameriten.

3.4.2 Obligaciones de los docentes.

3.4.2.1 Asistir puntualmente a la Institución y permanecer durante el

desarrollo de las actividades en las sedes que le corresponda, según

lo planeado.

3.4.2.2 Mantener en todo momento una adecuada presentación personal.

3.4.2.3 Dar ejemplo e impartir conceptos de higiene y aseo a los estudiantes. 3.4.2.4 Exigir buena presentación personal a los estudiantes. 3.4.2.5 Colaborar en el desarrollo de campañas y de proyectos tendientes a

crear hábitos de higiene, aseo, salud personal y prevención de desastres.

3.4.2.6 Informar a los padres de familia o acudientes los casos de consumo de sustancias que produzcan dependencia por parte de los estudiantes.

3.4.2.7 Prestar los primeros auxilios en caso de accidente dentro de la Institución.

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3.4.2.8 Dar buen uso al material pedagógico, enseres y mobiliario de la Institución, en especial de los que le sean entregados en inventario.

3.4.2.9 Manifestar sentido de pertenencia hacia la Institución. 3.4.2.10 Ser tolerante y dar buen ejemplo y testimonio con sus acciones. 3.4.2.11 Escuchar sugerencias y recomendaciones procediendo con rectitud,

equidad y ética en sus decisiones. 3.4.2.12 Informar oportunamente sobre el seguimiento evaluativo y de

convivencia de los estudiantes a los padres de familia o acudientes, directivos docentes y/o pares.

3.4.2.13 Promover el respeto mutuo entre los integrantes de la Comunidad Educativa, contribuyendo a una convivencia sana y pacífica.

3.4.2.14 Acompañar a los estudiantes en la salida y entrada en forma ordenada a los salones de clase.

3.4.2.15 Contribuir con el aseo de las aulas y demás lugares de la Institución, a través del acompañamiento a los estudiantes.

3.4.2.16 Evitar entre los estudiantes los juegos bruscos que impliquen peligro. 3.4.2.17 Concientizar a los estudiantes para que se evite el uso de armas,

juguetes bélicos, sustancias psicoactivas y/o elementos pornográficos.

3.4.2.18 Orientar a los estudiantes respecto al uso racional de los servicios públicos.

3.4.2.19 Recomendar el uso adecuado de los uniformes. 3.4.2.20 Incentivar a los estudiantes para que se mantengan informados a

través de los diferentes canales de comunicación institucional, poniendo en práctica sus enseñanzas.

3.4.2.21 Organizar y desarrollar los actos cívicos programados por la Institución.

3.4.2.22 Orientar a los estudiantes para que se siga el conducto regular en caso de presentarse algún reclamo.

3.4.2.23 Programar y cumplir las funciones y actividades escolares asignadas. 3.4.2.24 Identificar las características personales, intereses, ritmos de

desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

3.4.2.25 Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

3.4.2.26 Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

3.4.2.27 Liderar los proyectos pedagógicos asignados dentro de la planeación institucional.

3.4.2.28 Aportar talleres, actividades, trabajos, entre otros, para los grupos en donde por alguna situación no puede haceserse presente.

54

Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

3.4.2.29 Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso

escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes de la Institución Educativa, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

3.4.2.30 Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

3.4.2.31 Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la cons-trucción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3.4.2.32 Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar de la Institución Educativa.

3.4.2.33 Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia.

3.5 DERECHOS Y OBLIAGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Conforme a lo establecido en el Decreto 1290 de 2009, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, el estudiante debe: a. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la

Institución Educativa. b. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la

superación de sus debilidades.

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a: a. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos,

personales y sociales. b. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: criterios,

procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

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c. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

d. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

INCLUIR EL CUADROS 3.5 DEBERES Y OBLIGACIONESDEL OTRO ARCHIVO UNICAMENTE

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NORMAS PARA EL USO DEL UNIFORME En cualquiera de los contextos en los que a diario se actua: el laboral, el escolar, el familiar, entre otros, la presentación personal debe ir acorde con el tipo de actividades a realizarse en cada caso. Por ello, es menester observar las sugerencias que hagan los docentes y directivos docentes con respecto a las normas de aseo y cuidado personal. Además los uniformes caracterizan e identifican a las personas que pertenecen a una determinada Institución. Uniforme de gala para las mujeres

Yomber a cuadros según el modelo de la Institución. El largo de la falda será de cuatro (4) dedos arriba de la rodilla, aproximadamente.

Blusa blanca camisera, manga corta.

Buso manga larga en colores azul oscuro, gris, blanco, negro, vinotinto o café, preferiblemente con el escudo de la Institución educativa Juan de Dios Carvajal.

Zapatos negros con cordones negros.

Medias completamente blancas hasta la rodilla.

Bata o delantal blanco,cuando se requiera. Uniforme de gala para los hombres

Jeans azul clásico.

Camiseta correspondiente al uniforme de la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal.

Buso manga larga en colores azul oscuro, gris, blanco, negro, vinotinto o café, preferiblemente con el escudo de la Institución educativa Juan de Dios Carvajal.

Zapatos negros de cordones también negros sin ningún tipo de combinación con otros colores.

Medias de color completamente blancas o azules.

Bata o delantal blanco, cuando se requiera. Uniforme de educación física para todos los estudiantes

Sudadera gris, correspondiente al uniforme de la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal.

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Camiseta correspondiente al uniforme de la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal.

Tenis blancoscon cordones blancos y sin ningún tipo de adorno.

Medias completamente blancas.

Pantaloneta gris, marcada con el logo y escudo de la Institución, la cual es opcional.

Otras disposiciones:

Se admiten accesorios para el cabello en colores azul oscuro, gris, blanco, negro, vinotinto y café.

Los aretes deben ser cortos o topitos en los mismos colores de los accesorios para el cabello.

El esmalte para las uñas debe ser color francés o transparente. El uso de maquillaje debe ser en colores suaves y acordes con el uniforme.

Las tinturas para el cabello deben usarse en colores suaves, evitando la combinación de colores fuertes incompatibles con el uniforme.

Para los hombres también es inadecuado llevar con el uniforme el cabello largo, melenas, copetes y rasurados estrafalarios.

El uniforme debe llevarse correctamente dentro y fuera de la Institución.

Las manillas deben usarse en colores suaves acordes con el uniforme. No se permite el uso de manillas, correas ó accesorios de tribus urbanas.

Las mujeres podrán usar top solo de color blanco.

Se permite el uso de camisilla blanca, sin estampados que sobresalgan. Las anteriores disposiciones con respecto al uniforme, regirán hasta que se produzca algún cambio propuesto por la Comunidad Educativa y aprobada por el Consejo Directivo de la Institución o la normatividad legal vigente.

3.6 OTRAS DISPOSICIONES

3.6.1 Tienda escolar.

Pautas de comportamiento para los usuarios de la Tienda escolar

3.6.1.1 Tratar respetuosamente a quienes atienden. 3.6.1.2 Respetar los turnos y filas de atención. 3.6.1.3 Ser cortés y respetuoso en el momento de hacer los reclamos a que

haya lugar.

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3.6.1.4 Depositar los envases y utensilios de la tienda en los sitios asignados para tal fin.

3.6.1.5 Abstenerse de entrar a la tienda sin autorización. 3.6.1.6 Comprar únicamente en los descansos y horas autorizadas. 3.6.1.7 Tratar adecuadamente elmobiliario y los elementos dispuestos para

el servicio como sillas, mesas, entre otros. 3.6.1.8 Abstenerse de usar la máquina dispensadora de los productos

comestibles en horas diferentes a las autorizadas. 3.6.1.9 Dejar en el lugar indicado el mobiliario que se utilice y no sacarlo de

la tienda escolar. 3.6.1.10 Y las demás que disponga el presente Manual. Pautas de comportamiento para los empleados de la Tienda escolar

Calidad y buena presentación de los productos.

Lista de precios actualizados y en lugar visible.

Buen trato para con los usuarios.

Agilidad en la atención.

Adecuadas condiciones higiénicas, sanitarias y de salubridad.

Atención adecuada y oportuna a reclamos de los usuarios.

Control permanente al estado y fecha de vencimiento de los alimentos.

Prohibición del acceso de estudiantes a la tienda.

Utilización permanente del delantal y gorro para la preparación de los alimentos, por parte de quienes manejan y prestan el servicio.

Las demás que disponga la reglamentación vigente de manipulación de alimentos y las contractuales.

Restricción de la atención a los estudiantes en horas diferentes a las del descanso. Parágrafo: La tienda de la Institución se asigna mediante licitación abierta y pública, acción para la cual el Consejo Directivo de la Institución estipula el valor del formato de licitación y el tiempo durante el cual ésta estará abierta. Después de haber recibido la información de los licitantes y los pliegos debidamente diligenciados, el rector de la Institución se reunirá con el Consejo Directivo de la Institución para deliberar acerca de las propuestas, el valor del arrendamiento y las condiciones bajo las cuales operará la tienda escolar. Es importante señalar aquí que la tienda se asigna por un período de un año, renovable según opinión del Consejo Directivo y por mayoría absoluta.

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3.6.2 Sala de informática.

Pautas de comportamiento y acciones pedagógicas.

3.6.2.1 Abstenerse de consumir comestibles y bebidas dentro de la sala. 3.6.2.2 Darle un uso debido a los computadores. 3.6.2.3 Abstenerse de ingresar a páginas de Internet con contenido

pornográfico o afines. 3.6.2.4 Seguir las orientacionesdadaspor el docente. 3.6.2.5 Dejar los equipos apagados correctamente. 3.6.2.6 En caso de daño del computador o si éste presente alguna falla,

deberá dirigirse inmediatamente al docente y no tratar de arreglarlo por sus propios medios.

3.6.2.7 Permanecer en la sala hasta que el docente autorice la salida. 3.6.2.8 Abstenerse de usar dispositivos electrónicos que interfieran con la

buena marcha de las actividades. 3.6.2.9 Evitar insertar objetos en los equipos y demás dispositivos de la sala,

sin previa autorización del docente. 3.6.2.10 Cuidar los enseres de la sala como son: sillas, mesas y/o

computadores. 3.6.2.11 Tener las manos limpias y secas para el uso de los equipos y sus

dispositivos. 3.6.2.12 Abstenerse de configurar el PC (fondo de escritorio, protector de

pantallas, apariencia de las ventanas, entre otros.). 3.6.2.13 El docente o estudiante que haga uso de la sala, deberá diligenciar

el formato de uso que acompaña el equipo. Aplicación de acciones pedagógicas:

Asignación de un trabajo o exposición extra sobre el tema visto en la sesión de trabajo.

Repercusión en la evaluación de la actividad desarrollada en esa sesión.

Registro en el Observador del Estudiante.

Remisión a coordinación de convivencia.

Las demás contempladas en el presente Manual.

3.6.3Seleccionados deportivos y otros.

Los estudiantes serán autorizados por los docentes para que se retiren 5 minutos antes del aula de clases, de acuerdo a la programación deportiva Institucional, así mismo tendrán 5 minutos después del evento deportivo, para que se hidraten y se dispongan a continuar con las actividades de la jornada

60

escolar, de igual manera se les permite acceder a los servicios de la tienda escolar durante este tiempo, previa autorización del docente o encargado de la actividad. En caso de presentarse agresiones verbales, gestuales, física, relacional y/o electrónica durante la actividad deportiva, se les aplicará las acciones pedagógicas, según lo contemplado en el presente Manual. El reglamento será establecido según las normas vigentes para cada modalidad deportiva, las cuales serán dadas a conocer previo inicio de las actividades programadas.

3.6.4Actos de comunidad.

Son las oportunidades que tiene el estudiante para mostrar, ante propios y extraños, la formación recibida por la Institución respecto a la buena convivencia social. Pautas de comportamiento para los estudiantes en todo acto de comunidad:

3.6.4.1 Ingresar y retirarse en orden como expresión de respeto. 3.6.4.2 Ser puntual para la realización de las actividades programadas. 3.6.4.3 Participar en las diferentes actividades asumiendo un

comportamiento adecuado. 3.6.4.4 Entonar los himnos con sentido patriótico e institucional. 3.6.4.5 Abstenerse de gritar, silbar o hacer comentarios de mal gusto frente

al acto comunitario. 3.6.4.6 Permanecer en el lugar asignado con el respectivo director de grupo

o docente asignado. 3.6.4.7 Acatar las indicaciones de los directivos docentes y docentes. 3.6.4.8 Retirarse sólo cuando se le autorice. 3.6.4.9 Portar debidamente el uniforme de la Institución. 3.6.4.10 Las demás contempladas en el presente Manual.

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3.6.5Programa Restaurante Escolar.

Pautas de comportamiento:

3.6.5.1 Observar un buen comportamiento y normas de urbanidad en la fila y lugar de consumo.

3.6.5.2 Lavarse las manos antes y después de consumir los alimentos. 3.6.5.3 Consumir los alimentos el sitio y hora asignados para ello. 3.6.5.4 Consumir todos los alimentos en el sitio asignado. 3.6.5.5 Abstenerse de negociar los alimentos. 3.6.5.6 Consumir los alimentos completamente. 3.6.5.7 Colocar las basuras en los lugares asignados. 3.6.5.8 Asistir a las capacitaciones, reuniones y eventos a los que sean

citados por la Secretaría de Bienestar Social. 3.6.5.9 Ser respetuosos y responsables con las madres manipuladoras al

momento de reclamar los alimentos. 3.6.5.10 Cuidar los elementos que le sean prestados para la disposición de los

alimentos. 3.6.5.11 Informar al de docente de la clase cuando se presenten sobrantes de

los alimentos para hacer la redistribución correspondiente. 3.6.5.12 Abstenerse de sacar los alimentos de la Institución.

3.6.6Servicio Social Estudiantil.

Atendiendo a lo establecido en los artículos 15/ 37 y 39 del Decreto 1860 de 1994, y resolución 4210 de septiembre 12 de 1996, el servicio social del estudiantado que prestan los jóvenes de la educación media, tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad, para contribuir a su mejoramiento social y cultural, colaborando con los proyectos y trabajos que conlleven valores de solidaridad y conocimiento del estudiante respecto a su entorno social, y que además es un requisito indispensable para obtener el título de bachiller; presentando el certificado de las 80 horasde Servicio Social firmado por el coordinador de dicho programa. La Institución Educativa Juan de Dios Carvajal de acuerdo con lo establecido por el gobierno nacional plantea los siguientes objetivos frente al servicio social del estudiantado:

Sensibilizar al estudiante frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma.

Contribuir al fomento de la solidaridad, tolerancia, cooperación, respeto a los demás, responsabilidad y compromiso con su entorno social.

62

Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logradas en las áreas obligatorias definidas en el Plan de Estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.

Fomentar la práctica del trabajo y el aprovechamiento del tiempo libre. 3.6.6.1 Derechos de los estudiantes en el Servicio Social.

3.6.6.1.1 Brindarle la posibilidad de prestar el Servicio Social del Estudiantado

en la Comunidad que ellos elijan, preferiblemente en su entorno social.

3.6.6.1.2 Respetarle su integridad y la voluntad de servir. 3.6.6.1.3 Garantizarle asesoría y respaldo ante su trabajo social. 3.6.6.2 Deberes de los estudiantes en el Servicio Social 3.6.6.2.1 La participación en el Servicio Social Estudiantil, significa la

continuidad del proceso formativo y educativo, claramente definido en el PEI.

3.6.6.2.2 Los estudiantes deben presentar el Servicio Social en una Comunidad, sin ánimo de lucro.

3.6.6.2.3 Cumplir con la intensidad horaria mínima exigida en la prestación de servicio social.

3.6.6.2.4 Presentar el proyecto que realizará al Coordinador del servicio social estudiantil.

3.6.6.2.5 Cumplir puntualmente con el horario establecido por la comunidad o institución donde preste el servicio.

3.6.6.2.6 Justificar oportunamente y por escrito las ausencias y retrasos ante el responsable de la actividad.

3.6.6.2.7 Presentar el control de asistencia y constancia del servicio social estudiantil debidamente diligenciado al Coordinador respectivo.

3.6.6.2.8 Su presentación personal debe ser de acuerdo con la exigencias de la Institución donde preste el servicio.

3.6.6.2.9 La realización del servicio social estudiantil se hará en jornada contraria al horario de estudio.

Para su cumplimento, se deben diligenciar completamente los siguientes formatos:

Autorización de los padres, madres y/o acudientes

Servicio social estudiantil obligatorio (registro de horas y actividades)

Evaluación servicio social

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CAPITULO CUARTO: PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DEACCIONES PEDAGÓGICAS

4.1 ESTIMULOS

La Institución Educativa Juan de Dios Carvajal ofrece a los estudiantes que se distingan por su excelente comportamiento y cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades, los siguientes estímulos: Homenaje a la bandera: selección entre los compañeros de grupo para darle la distinción de acompañar el pabellón nacional durante los actos cívicos que se desarrollan periódicamente, este reconocimiento se hace teniendo en cuenta la inclusión y equidad de género. Mención de estudios completos: aquellos bachilleres que se han formado en la Institución desde preescolar a undécimo grado. Reconocimientos:

Al Mejor Bachiller: distinción que hace la Institución a un estudiante del grado undécimo que se ha destacado por su excelente rendimiento académico y comportamental, espíritu Carvajalino, pruebas Saber (icfes), compañerismo, entre otros.

Mención por período en cuadro de honor al primer puesto por su desempeño académico.

Al mérito deportivo.

Al mérito cultural.

Verbal y escrito por actuaciones destacadas en los diferentes ámbitos a nivel local, departamental, nacional o internacional.

Por período a los estudiantes que sobresalgan por la práctica de valores trabajados, a través de mención en acto comunitario.

Facilidad para asistencia a eventos locales, nacionales e internacionales. Participación en un espacio cultural y deportivo organizado por la Institución para promover el talento humano. 4.2 CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasificarán como tipo I, tipo II y tipo III de acuerdo a la ley 1620 de 2013 y al Decreto 1965 de 2013 en sus

64

artículos del 42 al 45, según su naturaleza y efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes del presunto responsable, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

La naturaleza de la falta y sus efectos se considerarán según se hubiere causado perjuicio a la Institución o alguno de sus integrantes, en su dignidad y/o en sus derechos fundamentales

Las modalidades o circunstancias del hecho se considerarán de acuerdo con el grado de participación en la comisión de la falta, la existencia de circunstancias agravantes o atenuantes y el número de situaciones cometidas

Los antecedentes del presunto o de los presuntos responsables se considerarán teniendo en cuenta las evidencias del proceso formativo de o de los mismos

El incumplimiento de compromisos con tres reincidencias en situaciones tipo I, se constituye por sí misma en falta tipo II, y se procederá de acuerdo a la clasificación de ésta

Los estudiantes que inicien el año escolar con la carta compromiso Institucional, se le hará seguimiento y en caso de incurrir en el incumplimiento de los compromisos se le inicia el debido proceso de acuerdo a la tipificación de las situaciones contempladas en el presente manual.

Los incumplimientos se pueden dar por el estudiante y/o por el padre de familia o acudiente ya que al firmar la matricula, se establece un contrato con la familia y no solo con el estudiante.

Los casos extraordinarios que afecten la convivencia Institucional y que así lo ameriten, se remiten al Comité de Convivencia Escolar por parte de la coordinación de convivencia o la rectoría

4.3SITUACIONES QUE AFECTAN EL COMPORTAMIENTO

INCLUIR EL CUADRO 4.3 situaciones Y TIPO

DE situaciones DEL ARCHIVO ÚNICAMENTE ESTA SESIÓN

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4.4 CONSIDERACIONES

4.4.1 Si se detectan violación a los derechos sexuales y reproductivos, acoso

y/o violencia escolar, así mismo como el consumo de sustancias psicoactivas, problemas psicológicos, se tendrá en cuenta lo determinado por la Ruta de Atención Integral de acuerdo a la reglamentación de la Ley 1620 del 15 de marzo del 2013.

4.4.2 En caso de que un padre de familia o acudiente no se presente a la Institución después de haber sido llamado oportunamente, el estudiante no será recibido en la Institución hasta que sus padres o acudientes se presenten. Esto es válido para las reuniones generales o algún otro llamado.

4.4.3 Los docentes deben conocer oportunamente los casos a los que se refieren los dos ítems anteriores, aunque éstos no toquen directamente con él, para lo cual se establecerán los mecanismos a través de los distintos canales de comunicación Institucional.

4.5 ACCIONES PEDAGÓGICAS Y DEBIDO PROCESO

Tienen como objetivo motivar en el estudiante un cambio de actitud frente a la convivencia escolar, para el mejoramiento de sus relaciones interpersonales y se desarrollo personal y social. Teniendo en cuenta la tipificación de las situaciones y de los atenuantes, se aplicarán las siguientes acciones pedagógicas de carácter general: realización de talleres, ensayos, elaboración de carteleras, afiches, exposiciones y como acto de mediación, el reconocimiento público de la falta cometida presentando las disculpas respectivas

4.5.1 Situaciones Tipo I.

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Parasituaciones de tipo I, se procederá de la siguiente manera:

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Se aplicará la mediación escolar, que es un proceso en el cual un tercero neutral les ayuda a las partes involucradas en un conflicto a buscar un acuerdo de beneficio mutuo. En una mediación las partes participan de manera voluntaria. Además el mediador no impone la solución, sino que facilita el proceso para que sean las partes mismas las que decidan sus acuerdos. Un proceso de mediación usualmente incluye los siguientes pasos: Reglas del proceso, presentación de cada perspectiva, lluvia de ideas sobre posibles soluciones, evaluación de las alternativas, definir compromisos y firmar un acuerdo. Este proceso se implementará cuando los mediadores escolares estén formados y en capacidad para ejecutar dicha. Mientras tanto se procederá de la siguiente manera: 4.5.1.1 Diálogo formativo, en privado, del docente que presencia el hecho con

el estudiante implicado, con el fin de aclarar la situación, escuchando

las partes en conflicto, se hace acuerdo verbal dejando observación

escrita.

4.5.1.2 Observación escrita en el FP01 Observador del Estudiante, por

incumplimiento de los acuerdos hechos en el diálogo (redacta docente

que presencia los hechos). El estudiante debe escribir los descargos

correspondientes.

4.5.1.3 Al completar 3 observaciones escritas se realiza citación al acudiente y

elabora compromiso en FP01 Observador del Estudiante.

Parágrafo: El incumplimiento de compromisos con tres reincidencias en situacionestipo I, se constituye por sí misma en situacionestipo II, y se procederá de acuerdo a la clasificación de ésta.

4.5.2 Situaciones tipo II.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna

para cualquiera de los involucrados.

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Parasituacionestipo II y cuando por cualquier circunstancia se de incumplimiento de la norma después del compromiso firmado por el director de grupo, acudiente y estudiante, conforme a lo establecido en situacionestipo I, se procederá de la siguiente manera: Se comunica de manera formal que se da inicio a un debido proceso disciplinario. 4.5.2.1 Observación escrita en el FP01 Observador del Estudiante, redactada

por el docente que presencia los hechos. El estudiante debe escribir los descargos correspondientes.

4.5.2.2 Se remite el caso a la Coordinación de Convivencia donde se analizan los atenuantes y agravantes para aplicar las acciones pedagógicas correspondientes a dicha área o las de carácter sancionatorio determinado por la rectoría, o sí se lleva el caso a Consejo Directivo como última instancia institucional.

La acción pedagógica desde la Coordinación de Convivencia, corresponderá a la citación del acudiente y la elaboración del FP 13 Compromiso de Acción Pedagógica Institucional con el estudiante y el acudiente. La acción pedagógica desde la rectoría, corresponderá a la desescolarización de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Lo anterior se hará a través de un Acta de suspensión con compromiso de acción pedagógica institucional que incluya acciones de reivindicación y reparación de la falta, firmada por el rector y las partes involucradas. El estudiante se pondrá al día en trabajos, investigaciones y demás actividades realizadas por los docentes, en las clases durante el período de suspensión y debe presentarlos desarrollados en las fechas acordadas con el docente. Si en este tiempo se realizan evaluaciones, éstas serán aplazadas para las fechas determinadas por cada docente titular. El Comité de Convivencia realizará el análisis de seguimiento a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 de 2013.

4.5.3 Situaciones tipo III.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación

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sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Se aplicara de acuerdo con el artículo 44 del Decreto 1965 de 2013 protocolo para la atención de las situaciones tipo III, así. Este tipo de situaciones conllevan la intervención directa del rector ya que requiere suspensiones inmediatas, revisión de hojas de vida de los involucrados y en el caso extremo ordenar el retiro de los involucrados de la I.E. además de dar aviso a las autoridades competentes.

4.5.3.1 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención

inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la

remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará

constancia en el FP01 Observador del Estudiante.

4.5.3.2 Informar de manera inmediata a los padres de familia o acudientes de

todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará

constancia en el FP01 Observador del Estudiante.

4.5.3.3 El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera

inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en

conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará

constancia en el FP01 Observador del Estudiante.

4.5.3.4 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los

integrantes del Comité Escolar de Convivencia de manera

extraordinaria, en los términos fijados en el Manual de Convivencia.

De la citación se dejará constancia en el FQ15 acta de reuniones.

4.5.3.5 El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los

participantes en el Comité, de los hechos que dieron lugar a la

convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda

atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las

partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad

competente.

4.5.3.6 Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las

autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia

adoptará, de manera inmediata, las medidas propias de la Institución,

tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la

víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan

informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la

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cual se dejará constancia en el FP01 Observador del Estudiante y en

el FQ15 acta de reuniones.

Dentro de las medidas Institucionales se encuentran las siguientes acciones: 4.5.3.7 Suspensión de las actividades académicas durante un período

comprendido entre cuatro (4) y treinta (30) días, sanción notificada mediante Resolución Rectoral, o acta de suspensión con FP13 Compromiso de acción pedagógica Institucional que incluya acciones de reivindicación y reparación de la falta, firmada por rectoría y las partes involucradas. Conforme a las observaciones y/o recomendaciones dadas por las autoridades competentes.

4.5.3.8 Dependiendo de los agravantes reportados por el Comité de Convivencia escolar, el Consejo Directivo determinará la suspensión por el resto del año lectivo con pérdida del cupo para el año siguiente y solo podrá reingresar luego de haber cursado un año lectivo en otra Institución y demostrar un desempeño básico a nivel académico, y referentes positivos en el aspecto convivencial.

4.5.3.9 Si el estudiante está matriculado en grado once (11°), no será proclamado como bachiller en el acto de graduación.

4.5.3.10 En caso de que el estudiante sancionado esté participando en grupos culturales, deportivos, u otros, a nivel interno o en representación de la Institución, no podrá seguir participando en los grupos a los cuales pertenece. Después de hacer un seguimiento y demostrar cambios de mejoramiento con respecto a las situaciones,el sancionado podría regresar a la participación de dichos grupos.

4.5.3.11 Cuando se de la desescolarización del estudiante por el resto del año lectivo, deberá presentarse siempre con el padre de familia o acudiente ante los docentes de las diferentes áreas, quienes le asignarán un plan de trabajo con fechas de entrega, que puede incluir talleres, investigaciones y demás actividades que consideren pertinentes. El seguimiento evaluativo de las actividades presentadas o no, se registrará por cada docente en las planillas asignadas para tal fin. En caso de evaluaciones el estudiante deberá ser acompañado de su padre de familia o acudiente.

Ante la adopción de cualquier sanción por situacionestipo II y situacionestipo III proceden los siguientes recursos: DE REPOSICIÓN: Este Recurso se presenta ante el Rector con el objeto de que sea revisada, modificada o revocada la decisión.

70

DE APELACIÓN: Este se presenta cuando el recurso de reposición es negativo y se hace ante el Consejo Directivo, quien podrá revisar, ratificar, modificar o revocar la decisión.

Cuando la sanción sea adoptada por el Consejo Directivo como máxima autoridad del gobierno escolar, sólo procederá el Recurso de apelación. Dada la importancia del proceso educativo, se conceden los siguientes términos para presentar y resolver los recursos: RECURSO DE REPOSICIÓN: Cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación a los padres de familia o acudiente. RECURSO DE APELACIÓN: Máximo Cinco (5) días hábiles, luego de recibir la respuesta negativa del recurso de reposición. 4.5.3.12 El presidente del Comité de Convivencia Escolarreportará la

información del caso al aplicativo que para el efecto se haya

implementado en el Sistema de Información Unificado de

Convivencia Escolar.

4.5.3.13 Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento

por parte del Comité de ConvivenciaEscolar, de la autoridad que

asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o

departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre la

Institución Educativa en la cual se presentó el hecho.

4.6 PROCEDIMIENTO PARA LAS LLEGADAS TARDE

Con tres fechas por llegadas tarde a la jornada escolar sin justificación el director de grupo o la Coordinación de Convivencia, elabora compromiso con el estudiante en el FP 01 Observador del Estudiante o en el control interno de la coordinación de convivencia con la notificación al padre de familia o acudiente, a través de los diferentes canales institucionales de comunicación. Si se incumple el mencionado compromiso, con una fecha más por llegada tarde sin justificación, el estudiante deberá participar en actividades pedagógicas formativas en jornada contraria, conforme a lo establecido por la Institución.

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Si el estudiante no asiste a dichas actividades, la Coordinación de Convivencia notifica la situación al padre de familia o acudiente y al director de grupo, con la reprogramación de las mencionadas acciones. El director de grupo hace este registro en el FP 01 Observador del Estudiante. Si el estudiante persiste en el incumplimiento, la Coordinación de Convivencia cita al padre de familia o acudiente para la elaboración del acto administrativo de suspensión que ordena la Rectoría. Esta última instancia determinará la necesidad de dar trámite a las autoridades competentes.

4.7 CONDUCTO REGULAR PARA RECLAMOS

Se entiende por conducto regular las diferentes instancias a las cuales se debe recurrir para resolver un problema en forma secuencial. No se puede pasar a la instancia siguiente sin haber agotado la anterior.

4.7.1 Conducto regular académico.

El estudiante que tenga alguna situación problemática en el ámbito académico podrá hacer uso del siguiente conducto regular:

Diálogo entre el profesor de área o asignatura y el estudiante.

Diálogo entre el estudiante, padre de familia y profesor de área o

asignatura.

Diálogo entre el estudiante, padre de familia y la coordinación académica.

Presentación del caso al Consejo Académico.

Presentación del caso al Consejo Directivo.

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4.7.2 Conducto regular de convivencia escolar.

El estudiante que tenga alguna situación problemática en el ámbito de convivencia escolar puede acudir a las siguientes instancias:

Persona con la que se presentó el conflicto.

En caso de ser en el aula, el docente de la hora de clase, si es en los descansos, se remitirá al docente a cargo de la zona de acompañamiento donde se dieron los hechos. En todo caso el docente podrá tener en cuenta la actuación de los mediadores escolares.

Si no se resuelve, se acudirá al director de grupo.

En caso de no resolverse, se acudirá a la Coordinación de Convivencia Escolar.

Si agotadas las instancias anteriores no se resuelve, la Coordinación de Convivenciaremitirá el caso al Comité de Convivencia escolar.

Después a Rectoría, y por último al Consejo Directivo, encargado de dar una respuesta definitiva a la situación.

En todas las actuaciones, el padre de familia o acudiente debe estar presente. Los casos extremos que afecten la convivencia institucional se remiten directamente al Comité de Convivencia Escolar.

4.8 PROCEDIMIENTO PARA LAS EXCUSAS Y PERMISOS

4.8.1 Procedimiento para las excusas.

4.8.1.1 Cuando el estudiante falteo llegue tarde alainstitución, debe presentar

por escrito, una excusa al docente de las asignaturas o áreas

programadas en el día o días en que faltó. La excusa deberá estar

validada por la coordinación académica o de convivencia escolar.Para

efectos de evaluaciones realizadas en su ausencia, el estudiante la

mostrará a los docentes respectivos dentro de los cinco (5) días

hábiles siguientes después de presentarse a la Institución.

4.8.1.2 Las faltas, aun con excusa, se contabilizan para efectos de la

intensidad según lo establece en el SIEE.

73

4.8.1.3 Cuando el estudiante llega tarde y no tiene tiempo de traer la excusa,

por los imprevistos durante el desplazamiento de la casa ala

Institución, presentará excusa verbal a la coordinaciónquien la

analizará para aceptarla o rechazarla. En caso de ser rechazada, el

coordinador, informará al padre de familia y podrá consignarla en el

observador del estudiante. El padre de familia debe enviar al día

siguiente por escrito la novedad presentada respaldada con su firma y

número de teléfono para su verificación.

4.8.1.4 Si la falta anterior persiste (4.8.1.3), se catalogará como tipo II para

efectos del proceso disciplinario.

Evitar asistir a la Institución cuando se padecen enfermedades infectocontagiosas.

4.8.2 Procedimiento para los permisos.

Todos los estudiantes tienen el derecho a solicitar permisos ante sus docentes y/ocoordinación, para los casos que se estimen convenientes. De la siguiente manera: 4.8.2.1 El estudiante, padre de familia o acudiente, presentará solicitud por

escrito, debidamente firmada por el padre de familia o acudiente,

señalando las fechas y la motivación de la misma a la Coordinación,

esta solicitud también podrá ser verbal, en tal caso será verificado por

la coordinación, dejando registro de la misma.

4.8.2.2 La coordinación, previa verificación con el padre de familia o acudiente,

autoriza la salida del estudiante de la Institución.

4.8.2.3 Los permisos quedarán registrados en la asistencia como faltas con

excusa.

4.8.2.4 Los permisos no autorizados por la coordinación y de todas maneras

ejecutados por el solicitante, se consideran como situaciones tipo II,

según su intensidad, para efectos del proceso disciplinario.

74

CAPITULO QUINTO: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

5.1 CONTRATO DE ACCIÓN PEDAGÓGICA ACADÉMICO,COMPROMISO DE ACCIÓN PEDAGÓGICA INSTITUCIONAL Y CARTA COMPROMISO

Se denomina como el instrumento pedagógico, que tiene como objetivo motivar un cambio de actitud que conlleve al mejoramiento continuo del proceso académico y de convivencia. Su firma implica beneficios, responsabilidades y compromisos para el estudiante, el padre de familia o acudiente, docentes y directivos docentes de la Institución. El seguimiento a este contrato se realizará para el aspecto académico cada período y para el aspecto de convivencia se haráteniendo en cuenta los avances del debido proceso y las evaluaciones de desarrollo personal y social que se llevan a caboal finalizar cada periodo con el equipo educativo y desde el Comité de Convivencia según lo establecido en su reglamentación. Los estudiantes nuevos, que presenten dificultades en convivencia, elaboran carta compromiso al momento de recibir el cupo en la Instución, el cual debe ser firmado por el padre de familia o acudiente y el estudiante. El seguimiento a esta carta compormiso se realizará teniendo en cuenta los avances del debido proceso y en las evaluaciones de desarrollo personal y social que se llevan a cabo al finalizar cada periodo con el equipo educativo y desde el Comité de Convivencia según lo establecido en su reglamentación.

5.2 EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

La evaluación del comportamiento se realizará bajo la denominación de Desarrollo Personal y Social de cada estudiante al finalizar cada período o de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente, teniendo en cuenta las recomendaciones generales incluidas para esta evaluación, con la participación de los docentes, directores de grupo y la Coordinación de Convivencia en reuniones por niveles, grados y grupos.

5.3 EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO (de

acuerdo al Decreto 1290) La evaluación del rendimiento académico se regirá de acuerdo a lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación Escolar (SIEE), conforme al Acuerdo 06 de julio 24 del 2012, del Consejo Directivo o el que se encuentre vigente al momento de la matrícula.

75

5.4SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR

(SIEE)

76

conocimientos en su interacción permanente con los-as otros-as y la búsqueda de respuestas y soluciones a las situaciones sociales reales. ARTICULO DOS. LAS PROPIEDADES DE LA EVALUACION INSTITUCIONAL SON: Integralidad: Tiene en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del-la estudiante. Continuidad: Se realiza de manera permanente con base en un seguimiento que permite apreciar el progreso y las dificultades que puedan presentarse en el proceso de formación de cada estudiante. Sistematicidad: Organizada, fundamentada en los principios pedagógicos; guarda relación con los fines y objetivos de la educación, los contenidos y los métodos. Flexibilidad: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo del-la estudiante en sus diferentes aspectos; por lo consiguiente, debe considerar la historia del-la estudiante, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y, en general, su situación concreta. Interpretatividad: Busca comprender el significado de los procesos y los resultados de la formación del-la estudiante. Participatividad: Involucra a varios agentes que propician la autoevaluación, la coevaluación y la heteroevaluacion. Normatividad: Permite reorientar los procesos educativos de manera oportuna, a fin de lograr su mejoramiento. ARTICULO TRES.OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN

Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos

por parte de los y las estudiantes

Determinar la promoción o no de los y las estudiantes en cada grado de la

educación básica y media.

Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los y las estudiantes que

tengan dificultades en su proceso formativo, y

Suministrar información que contribuya a la auto - evaluación académica de

la Institución y a la actualización permanente de sus planes de estudios.

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ARTICULO CUATRO. LA COHERENCIA DE LAS POLÍTICAS EVALUATIVAS CON EL HORIZONTE INSTITUCIONAL:

La evaluación es un proceso permanente e integral que identifica, analiza y toma decisiones con respecto a los logros y deficiencias en procesos, recursos y resultados, en función de los objetivos de la educación Confronta lo aprendido con su importancia para el desarrollo integral humano, y no SOLAMENTE se reduce a la calificación o nota de un estudiante en determinada área o para pasar a otro grado. Se evalúa para obtener datos de forma permanente acerca del proceso de enseñanza - aprendizaje, de manera que sea posible incorporar a los mismos las correcciones y los esfuerzos necesarios y así, mediante su regulación continua intentar que la mayor parte de los y las estudiantes alcancen los objetivos previstos, de esta forma, se evalúa para perfeccionar el proceso y alcanzar mejores resultados. La evaluación es un proceso de comprensión del hecho educativo, porque a través de él, los actores del proceso:

Describen los avances alcanzados: en qué y cómo avanzó.

Explican y formulan hipótesis sobre el por qué y el para qué de tales avances.

Interpretan y contextualizan los avances y establecen su significado.

Valoran y definen el grado de satisfacción o insatisfacción con el avance logrado.

La Institución garantiza su servicio apoyado en tecnologías y recursos didácticos modernos, dirigido por un equipo de personal directivo, docente y administrativo cualificados y un modelo pedagógico y curricular pertinente, basado en los valores de justicia, libertad, verdad, perdón, convivencia, honestidad, respeto, fidelidad, constancia y responsabilidad, en los niveles de preescolar, básica y media académica para satisfacer las necesidades y expectativas de la Comunidad Educativa. La concepción de evaluación que maneja la Institución Educativa es coherente con la misión de la misma y está ligada a los procesos de autorregulación y mejoramiento permanente.

78

CAPITULO UNO

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS Y LAS

ESTUDIANTES:

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN – PROCESOS DE VALORACIÓN ARTICULO QUINTO. Los criterios de evaluación en la Institución Educativa JUAN DE DIOS CARVAJAL, se definen con los estándares establecidos en función de lo que razonablemente se puede esperar del estudiante, bajo la concepción que de la evaluación se tiene en la institución Educativa. Esos criterios son énfasis o referentes que incluyen conceptos, imaginarios y estrategias pedagógicas para tener en cuenta en el proceso de diseño, implementación o gestión de las evaluaciones, talleres, guías o tareas. Son criterios de evaluación en la Institución Educativa: 1. Los Estándares Nacionales Básicos de Competencias en Lenguaje,

Matemáticas, Ciencias y Competencias Ciudadanas diseñados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país y los Lineamientos Curriculares de las otras áreas.

2. Los Logros que determine la Institución, en cualquiera de las dimensiones o

de las áreas o asignaturas entendido el logro como la satisfacción de un objetivo o acercamiento al mismo, teniendo en cuenta el proceso a través del cual se adquirió. Los Logros se refieren a las competencias, capacidades y saberes que se comprometen a adquirir nuestros estudiantes.

3. Los Indicadores de desempeño elaborados por la Institución, entendidos

como señales que marcan el punto de referencia tomado para juzgar el estado en el que se encuentra el proceso, a través de las acciones manifiestas del y la estudiante que sirven como referencia para determinar el nivel de aprendizaje con respecto a un logro determinado.

4. El desarrollo y cumplimiento de los procesos metodológicos de la

evaluación, tales como: 4.1 Las áreas y/o asignaturas que tengan una intensidad horaria semanal de 1

hora, se evaluará en cada periodo con mínimo tres (3) notas, mientras que

las que tengan mayor intensidad horaria semanal, se evaluará con mínimo

cinco (5) notas, en ambos casos una de las calificaciones corresponderá a

79

una evaluación Tipo ICFES, que se aplicara al finalizar cada periodo y

tendrá un valor del 20%.

4.2 Al finalizar cada periodo a los y las estudiantes se les dará a conocer cada

una de las notas tomadas durante el periodo y la definitiva que quedará en

planilla, para lo cual se podrá emplear los siguientes medios: entrevista,

publicación en cartelera, publicación en la web u otro medio que sea de

fácil acceso. Lo anterior se realizará previa entrega de notas a la

Coordinación Académica.

4.3 El desarrollo de las actividades de apoyo necesarias para resolver

dificultades académicas pendientes de los y las estudiantes.

CAPITULO 2

CRITERIOS DE PROMOCIÓN

ARTICULO SEIS. Se define la Promoción en la I.E. JUAN DE DIOS CARVAJAL, como el reconocimiento que se le hace a un estudiante por haber cubierto adecuadamente una fase de su formación, y demostrado que reúne las competencias necesarias para que continúe al grado siguiente, de acuerdo con los criterios y el cumplimiento de los procedimientos señalados en el presente Acuerdo.

Los Criterios de Promoción son indicadores incorporados al Proyecto Educativo Institucional, utilizados para valorar el grado de madurez alcanzado por el alumno y las posibilidades que tiene de continuar sus estudios con éxito en el siguiente grado de la Educación Básica o Media. En la I. E. JUAN DE DIOS CARVAJAL, se considerarán los siguientes Criterios de Promoción: 1. Será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar, el estudiante

que obtenga Niveles de Desempeño Básico, Alto o Superior, según las equivalencias institucionales, en TODAS las Áreas (para el caso, notas iguales o superiores a 3.0)

2. No será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar, el

estudiante que obtenga Niveles de Desempeño Bajo, según las equivalencias institucionales, en TRES o más Áreas (para el caso, notas iguales e inferiores a 2.9)

80

3. INASISTENCIA: Otro de los criterios para pérdida del grado es la inasistencia a la Institución Educativa de manera injustificada al 20% o más de las actividades generales institucionales.

4. ACTIVIDADES ESPECIALES DE RECUPERACION:

El o la estudiante que obtenga desempeño bajo en una o dos áreas, será promovido al grado siguiente con el compromiso de presentar las actividades especiales de recuperación en la primera semana institucional al inicio del año. En caso de inasistencia el estudiante deberá justificarla en forma escrita para que pueda presentar dichas actividades.

En caso de que el o la estudiante asista y no alcance como mínimo el desempeño básico (3.0), en 1 ó 2 áreas, las podrá recuperar si obtiene desempeños iguales o mayores al básico (3.0), en el informe final del año del grado que se cursa.

Si él o la estudiante no logra lo establecido en el numeral anterior, Se aplicarán los criterios de promoción establecidos en el presente SIEPE, artículo 6, ítem 2.

Cuando él o la estudiante no alcance el desempeño básico en una o dos áreas, podrá matricularse para el grado siguiente y presentar las actividades de recuperación programadas por la Institución.

PARÁGRAFO UNO: El niño o niña que curse el grado 1°, si no ha alcanzado el manejo de la lecto – escritura y/ u operaciones básicas en matemáticas, no será promovido al grado siguiente. PARÁGRAFO DOS: Para las áreas que poseen asignaturas, se promediará ponderadamente la nota del periodo de acuerdo a la intensidad horaria semanal de cada una de ellas. (ej. Matemáticas tiene una intensidad de 4 horas semanales; geometría tiene una intensidad de 1 hora semanal, la nota de matemáticas fue 3.5 y la geometría 2.0: ¿cuál es la nota definitiva de matemáticas? 3.5 x 4= 14 y 2.0. x 1 = 2 total se suman los resultados 14 + 2= 16 y se divide por 5 (totalidad de horas del área) el resultado final sería en el ejemplo 3.2). PARÁGRAFO TRES: El Grado PREESCOLAR se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar, es decir que no se reprueba. PARÁGRAFO CUATRO: Los y las estudiantes que deban logros por el anterior decreto evaluativo 230, se rigen por esta norma hasta el 4 de Diciembre de 2009, a partir del año lectivo 2010 estarán sujetos a la

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normatividad, que se aplica institucionalmente con la vigencia del decreto 1290. PARÁGRAFO CINCO: para los y las estudiantes del grado 11, las pruebas SABER (ICFES), no son requisito para graduarse.

CAPITULO 3 PROMOCION ANTICIPADA

ARTICULO SIETE. La promoción anticipada al grado superior se hace al finalizar el primer período académico cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del Decreto 1290 de 2009:

Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente de los y las estudiantes que demuestren un rendimiento superior o alto (nota numérica superior a 4.0) en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el Registro Escolar de Valoración.

PROCEDIMIENTO:

Para el desarrollo de este Artículo, los docentes titulares de los grados en el caso de la Básica Primaria, y los de las respectivas áreas en la Básica Secundaria y Media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), entregarán informe escrito al Consejo Académico recomendando la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente.

Si el Consejo Académico encuentra méritos para atender la solicitud hecha por los docentes y/o el director de grado, elabora un Acta para el Consejo Directivo debidamente sustentada, con el fin de que éste haga efectivo el acuerdo correspondiente y el Rector de la Resolución Rectoral respectiva que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el representante legal del estudiante que se promoverá en forma anticipada. Los resultados se consignarán en el Registro Escolar del estudiante

NIVELACION: 1. La fecha límite para que el o la docente presente la propuesta de

promoción anticipada al Consejo Académico será antes de finalizar el primer periodo académico

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2. Las fechas límites para la presentación de pruebas, será la semana 9 del año lectivo en curso

3. La nota mínima para cada área será de 4.0 (nivel alto) 4. Las pruebas serán elaboradas por el o la docente titular y será él o ella

quien las aplique. 5. Las preguntas de la prueba serán mínimo 20 y deben cubrir no solo los

contenidos de las mallas curriculares, sino también las competencias básicas establecidas

6. El o la estudiante promovido-a, extracurricularmente, durante el segundo periodo y hasta la semana 18 realizará actividades de apoyo complementarias correspondientes con el primer periodo del grado que va a cursar y la nota del primer periodo se la asignará cada docente de acuerdo a estas actividades de apoyo.

REPITENCIA ESCOLAR CON PROMOCIÓN 1. Al finalizar el año escolar, los estudiantes que no fueron promovidos

(incluyendo los del grado 11º) deberán realizar planes de apoyo en las áreas y asignaturas con perdida, con el propósito de superar sus dificultades, en caso de no superarlas, al iniciar el año académico siguiente y hasta la semana 8, el Padre de familia y/o acudiente podrá solicitar por escrito la aplicación de las pruebas correspondientes a las áreas no aprobadas.

2. Los y las estudiantes del grado 11º que estén reprobando el grado y presenten las pruebas de suficiencia en todas las áreas o asignaturas que perdió y obtenga la nota en desempeño básico (3.0) o más, será proclamado bachiller.

3. El consejo Académico de la Institución hará un plan para estas actividades, dejando claro la metodología, las fechas de aplicación y de publicación de resultados

4. Será única prueba, tipo ICFES para cada una de las áreas reprobadas 5. El estudiante deberá aprobar TODAS las áreas y/o asignaturas perdidas. 6. La institución entregará al padre de familia y/o acudiente el informe de los

resultados obtenidos, mediante oficio. 7. Esta nivelación solo podrá hacerse durante el primer periodo académico. ESTUDIANTES PROCEDENTES DE OTRAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS El o la estudiante nuevo-a que viene de otra Institución y que no haya aprobado el grado, se le respetará la autonomía que tiene la Institución de donde procede en cuanto a los criterios de promoción, pero si él o ella desea someterse a lo establecido por la Institución Educativa para la promoción anticipada, el padre de familia o acudiente, deberá presentar oficio al Consejo

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Académico solicitando dicha promoción, para la cual se tendrá en cuenta los criterios establecidos anteriormente. ESTUDIANTES MATRICULADOS EXTEMPORANEAMENTE. El o la estudiante que se matricule extemporáneamente y que venga de otra I.E. continuara el año lectivo y se le tendrán en cuenta las notas que trae. El o la estudiante que se matricule extemporáneamente y no haya tenido escolarización previa, se debe poner al día por cualquiera de los siguientes mecanismos previo acuerdo con el estudiante a. A través de Planes de Apoyo, establecidos por cada área b. Se evaluará en el periodo que llegue y esta nota se le asignará a los

periodos anteriores

CAPITULO 4 ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL ARTICULO OCHO. Para efectos de la valoración por periodo y final de los estudiantes en cada Área/Asignatura del Plan de Estudios, se establece la siguiente escala numérica, con su correspondiente equivalencia nacional:

De 1.0 a 2.9 Desempeño Bajo

De 3.0 a 3.9 Desempeño Básico

De 4.0 a 4.7 Desempeño Alto

De 4.8 a 5.0 Desempeño Superior

ParágrafoUNO: para efectos de asignación de notas parciales de periodo, en

una actividad evaluativa que no es presentada por el o la estudiante podrá

obtener una nota de 0 (cero).

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Parágrafo DOS: cuando al promediar una nota aparezcan centésimas, se aproxima hacia la décima inmediatamente superior a partir de 0.05, por ejemplo si es 2.95, se aproximará a 3.0.

ARTICULO NUEVE. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL

DEL DESEMPEÑO DE LOS Y LAS ESTUDIANTES:

Una ESTRATEGIA, es el camino establecido por la Institución desde un área o un conjunto de áreas para que los y las estudiantes de un grupo o grado demuestren desde sus dimensiones personales, sociales y cognitivas que han desarrollado las competencias necesarias para los desempeños propuestos. 1. LA ESTRATEGIA DE VALORACIÓN: Es el conjunto articulado y

lógico de acciones desarrolladas por el docente que le permiten tener una información y una visión claras de los desempeños de los y las estudiantes.

2. LA VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO: Hace alusión a la explicación o descripción de los niveles de aprendizaje, de comprensión, de alcance de logros, de la motivación y de actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.

DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. El Desempeño, es la aplicación de los conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades en la esfera práctica, en la solución de cierta clase de problemas y situaciones. En este nivel se manifiestan con más fuerza algunos de los procesos del pensamiento como son la clasificación, la comparación y la concreción. Se refiere al hecho de llevar a la acción como producto final de aplicación lo aprendido por el estudiante ya sea mediante hechos en la vida real, laboratorios o simulaciones. Lo importante es que el o la estudiante en esta etapa aplique los conocimientos adquiridos. DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando alcanza en forma excepcional todos los logros esperados e incluso logros no previstos en los estándares curriculares y en el Proyecto Educativo Institucional. Adicionalmente cumple de manera cabal e integralmente con todos los procesos de desarrollo Cognitivo, Psicomotor, Comunicativo,

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Afectivo y Volitivo, en un desempeño que supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre otras las siguientes características: 1. Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos

en los períodos de tiempo asignados. 2. Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos

académicos. 3. Siempre cumple con las tareas y trabajos de área. 4. Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. 5. No tiene faltas de asistencia, y aún teniéndolas, presenta excusas

justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. 6. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. 7. Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional. 8. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares

permanentemente. 9. Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad de trabajo en

equipo. DESEMPEÑO ALTO: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en cada una de las dimensiones de la formación humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: 1. Alcanza todos los logros propuestos en las diferentes Áreas/Asignaturas. 2. Alcanza todos los logros propuestos en las diferentes Áreas/Asignaturas,

aún cuando realice Actividades Especiales de Refuerzo. 3. No tiene faltas de asistencia, y aún teniéndolas, presenta excusas

justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado en gran medida.

4. Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento. 5. Presenta los trabajos oportunamente. 6. Desarrolla actividades curriculares específicas. 7. Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución. 8. Desarrolla buena capacidad de trabajo en equipo. DESEMPEÑO BÁSICO: Corresponde al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance mayores niveles de logro.

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Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: 1. Sólo alcanza los niveles necesarios de logro propuestos y con Actividades

Especiales de apoyo. 2. Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de

aprendizaje. 3. Es relativamente creativo y su sentido analítico no se evidencia en sus

acciones. 4. Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la oportunidad de hacerlo. 5. Desarrolla actividades curriculares específicas. 6. Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución. 7. Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones

pedagógicas pendientes. 8. Desarrolla una limitada capacidad de trabajo en equipo. DESEMPEÑO BAJO: Corresponde al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las Áreas/Asignaturas, teniendo un desempeño muy limitado en todos los procesos de desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: 1. No alcanza los logros mínimos en las Áreas/Asignaturas y requiere

Actividades Especiales deApoyo 2. No alcanza los logros mínimos en las Áreas/Asignaturas aún después de

realizadas las Actividades Especiales de Apoyo y persiste en las dificultades.

3. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje.

4. Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área 5. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. 6. No manifiesta un sentido de pertenencia con la Institución. 7. Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo. 8. No demuestra motivación e interés por las actividades escolares.

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CAPITULO 5

ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO EN EL SISTEMA

INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCIÓN DE

ESTUDIANTES.

3. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL: La estrategia básica

para que el docente pueda finalmente emitir un juicio de valor objetivo-

asertivo debe desarrollar las siguientes acciones:

Informar a los y las estudiantes con oportunidad y claridad sobre los logros, objetivos, competencias, contenidos, y esquemas de evaluación.

Realizar el análisis y validación de los conocimientos previos de los y las estudiantes.

Realizar el análisis de las circunstancias y condiciones del ambiente escolar que incidan en el desempeño del y la estudiante.

Desarrollar la observación del desempeño, las aptitudes y actitudes de los y las estudiantes en el desarrollo de las actividades, trabajos, debates, experimentos desarrollo de proyectos, investigaciones, tareas, ensayos, exámenes, entre otros.

Realizar la recolección de las evidencias que permitan soportar los diferentes juicios de valor.

Efectuar comparación y reconocimiento del resultado de la autoevaluación del estudiante.

Emitir los juicios valorativos y el diseño de propuestas para la superación de las dificultades presentadas por los y las estudiantes.

ARTICULO DIEZ. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS: A partir de la concepción y características de la evaluación en la Institución señaladas en los artículos 2° y 3° del presente acuerdo, los docentes realizarán con los y las estudiantes al finalizar cada clase, tema, módulo, proyecto, unidad o período, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos.

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Desde estas acciones, se potenciarán las siguientes actividades para optimizar el desempeño de los y las estudiantes: 1. Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para

adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa.

2. Se harán reuniones con el Consejo Académico, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.

3. Se designarán estudiantes monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar a aquellos-as que tengan dificultades.

4. Se realizarán actividades de apoyo para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno.

5. Con base en el resultado final, las actividades especiales de recuperación, se realizarán en la primera semana de desarrollo institucional del año siguiente.

ARTICULO ONCE. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS Y LAS

ESTUDIANTES:

La autoevaluación es una estrategia evaluativa de gran importancia en la formación del estudiante y se define como la comprobación personal del propio aprendizaje y el descubrimiento y reconocimiento de las dificultades. Para el cumplimiento de esta estrategia evaluativa de carácter obligatorio, el docente debe garantizar el cumplimiento del siguiente proceso: 1. Suministrar al estudiante la información clara y precisa de los

referentes a evaluar (logros, objetivos, competencias, contenidos, metodologías, esquemas evaluativos, y en general de todo lo enunciado como parte del proceso de evaluación).

2. Sensibilizar al estudiante frente a la objetividad y racionalidad de la autoevaluación e ilustrarle acerca de la dimensiones de la formación integral.

3. Proveer al estudiante de una herramienta eficaz para consignar las informaciones y los conceptos auto-valorativos en términos de fortalezas, oportunidades de mejoramiento y propuestas para mejorar, basados en la carpeta de evidencias o documento similar que se tenga en un área/asignatura determinada.

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4. Otorgar el espacio de tiempo necesario para la aplicación de la autoevaluación.

5. La nota de la autoevaluación será parte del proceso evaluativo de los y las estudiantes en el aspecto actitudinal de cada período y quedará a criterio de los y las docentes

ARTICULO DOCE. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES. Además de las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños para apoyar las actividades de evaluación y promoción, se dirige al Consejo Académico como una instancia estratégica de apoyo para la resolución de situaciones pedagógicas con las siguientes funciones específicas: 1. Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y

proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula.

2. Orientar a los y las docentes para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar las dificultades presentes en los indicadores, logros y desempeños trabajados con los y las estudiantes.

3. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los y las docentes, estudiantes y padres de familia correctivos necesarios para superarlos.

4. Analizar y hacer recomendaciones sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes con desempeño superior que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de estudiantes con capacidades notorias.

5. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los y las estudiantes, padres de familia o docentes, cuando se considere que se haya violentado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.

6. Verificar y controlar que los directivos docentes y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de EstudiantesSIEPE, definido en el presente acuerdo.

7. Otras que determine la institución a través del Proyecto Educativo Institucional.

PARÁGRAFO UNO: SEGUNDO EVALUADOR. Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, el Consejo Académico podrá

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recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área de la Institución o de otra, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.

ARTICULO TRECE. ACCIONES PARA QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS CUMPLAN LOS PROCESOS DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE ESTUDIANTES.

ACCIONES DE LOS DOCENTES.

1. Estudiar y apropiarse de la legislación relacionada con la evaluación

escolar. 2. Participar en la formulación y elaboración del SIEPE a nivel

institucional. 3. Socializar los aspectos esenciales del SIEPE con el resto de la

comunidad educativa. 4. Definir en los Planes de área los criterios de evaluación acordes al

SIEPE Institucional. 5. Participar activamente en las comisiones conformadas en el SIEPE. 6. Aplicar el SIEPE en su trabajo de aula y presentar a los directivos

evidencias de ello. 7. Realizar acciones preventivas de mejoramiento de los desempeños de

los y las estudiantes.

ACCIONES DE LOS COORDINADORES.

1. Liderar con los y las docentes el estudio de la legislación relacionada

con la evaluación escolar. 2. Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del Sistema

Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes. 3. Orientar la socialización del Sistema Institucional de Evaluación y

Promoción de Estudiantes a estudiantes y padres de familia. 4. Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente. 5. Direccionar las comisiones conformadas en el Sistema de Evaluación y

Promoción de Estudiantes.

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ACCIONES DEL RECTOR.

1. Liderar con los coordinadores y docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

2. Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del Sistema de Evaluación y Promoción de Estudiantes.

3. Orientar la socialización del Sistema de Evaluación y Promoción de Estudiantes a estudiantes y padres de familia.

4. Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente. 5. Direccionar las comisiones conformadas en el Sistema de Evaluación y

Promoción de Estudiantes. 6. Presentar un proyecto del Sistema de evaluación y Promoción de

Estudiantes a los órganos del gobierno escolar (Consejo Académico y Directivo)

7. Definir y adoptar el Sistema de Promoción y Evaluación de los Estudiantes en Proyecto Educativo Institucional.

CAPITULO 6

INFORMES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

ARTICULO CATORCE. PERIODOS ACADÉMICOS: En la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal, el año escolar tendrá cuatro periodos de igual duración, donde una semana después de finalizar cada período se emitirá un informe académico formativo con los avances y dificultades de los y las estudiantes, un juicio valorativo en forma de desempeño con su correspondencia numérica y el acumulado de cada uno de los períodos. Cada periodo tendrá el mismo valor porcentual para la nota definitiva de cada área, el cual es de 25%. ARTICULO QUINCE. ESTRUCTURA DEL INFORME DE LOS Y LAS ESTUDIANTES: Los boletines de cada periodo se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los y las estudiantes en su desempeño

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integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento. El informe final estará inserto en el cuarto periodo, ya que son acumulables y se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del alumno en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el Proyecto Educativo Institucional. PARAGRAFO UNO: El informe final será el promedio de los informes de periodo, los cuales tendrán el mismo porcentaje, además del análisis que se hace al rendimiento académico y formativo en todo el grado, de acuerdo con los criterios de promoción establecidos en el presente acuerdo. En una casilla aparte se notificará si aprobó o reprobó el grado. La evaluación comportamental se hará en términos descriptivos en el mismo informe de periodo.

CAPITULO 7

INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA RESOLVER

RECLAMACIONES:

ARTICULO DIEZ Y SEIS. El conducto regular para realizar reclamaciones en materia de evaluación, observará las siguientes instancias: 1. El o La Docente del área/asignatura 2. El o La director-a de grupo. 3. Coordinación Académica 4. Rectoría. 5. Consejo Académico. 6. Consejo Directivo.

CAPITULO 8 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ARTICULO DIEZ Y SIETE. El Sistema de Evaluación y Promoción de los y las Estudiantes es una construcción continua donde participan todos los

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estamentos que conforman la Institución y los diferentes órganos del Gobierno Escolar. Por lo tanto es necesario que en su discusión y mejoramiento participen el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Consejo de Padres, los Docentes, el Consejo Estudiantil, a través de las instancias señaladas en el Decreto 1290 de 2009. 1. Al Consejo Directivo, como la máxima autoridad institucional, le

corresponde, entre otras funciones las siguientes:

Articulación del SIEPE con el PEI.

Aprobación y validación del Sistema de Evaluación y Promoción de los y las estudiantes.

Garantizar que los Directivos Docentes y Docentes de la Institución Educativa cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema de evaluación y Promoción de los y las Estudiantes.

Servir de instancia decisoria sobre reclamaciones que presenten los y las estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación y promoción.

Facultar otros entes de la Institución para que atiendan en primera instancia las reclamaciones y lleguen a dicho Consejo solo los casos que una vez cumplido el debido proceso no encuentren una solución adecuada.

Definir y divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones de los y las estudiantes y la Comunidad Educativa en general.

2. AL CONSEJO ACADÉMICO: Como órgano consultivo del Consejo

Directivo y quien vela por el estudio del currículo y el proceso enseñanza aprendizaje a nivel institucional, le corresponde, entre otras las siguientes funciones:

Realizar el estudio del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los y las Estudiantes.

Definir estrategias para solución de problemas.

Establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación.

Indicar el procedimiento, los estamentos y los tiempos en los que se pueden realizar las reclamaciones y tomar decisiones al respecto.

Garantizar a toda la comunidad el reconocimiento de los derechos al debido proceso, a la educación y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje.

3. AL CONSEJO DE PADRES le corresponde:

Participar en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los y las Estudiantes.

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Participar conjuntamente con los otros integrantes del Sistema de evaluación y promoción de los y las Estudiantes, en las comisiones que se integren y convoquen para tal efecto.

Asistir a las reuniones de evaluación que se realicen en la Institución que convoque el Consejo Académico.

4. AL CONSEJO DE ESTUDIANTES le corresponde:

Participar en la construcción del Sistema institucional de Evaluación y

Promoción de estudiantes.

Nombrar sus representantes.

Estudio y socialización del Sistema de Evaluación y Promoción de los y

las Estudiantes.

5. AL PERSONERO le corresponde:

Ser quien vela por los derechos de los y las estudiantes.

Velar porque se observe el cumplimiento de los derechos de los y las estudiantes y la aplicación correcta del SIEE.

Recibir y dar trámite a los reclamos que se presenten en el proceso de aprendizaje y evaluación de los y las estudiantes.

CAPITULO 9

DE LA GRADUACIÓN Y OTROS ARTICULO DIEZ Y OCHO. En la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal solamente habrá ceremonia de grado para los y las estudiantes del grado once. En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura. El título de Bachiller Académico, se otorga a los y las estudiantes de grado once, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el once y haya cumplido todos los requisitos previos: las horas de democracia, el servicio social obligatorio, encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la Institución. El estudiante que culmine el grado once y tenga áreas pendientes por nivelar y no lo haga en el año siguiente, asumirá las consecuencias de esta actitud, acudiendo a otras instancias En el grado preescolar, se hará la respectiva ceremonia de clausura. Para los y las estudiantes que aprueben todas las áreas/asignaturas del plan de estudios del grado quinto se les podrá otorgar un diploma que deja constancia de su cumplimiento y acto de clausura, siempre y cuando estén de acuerdo con este evento los-as directores de grupo y padres de familia

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ARTICULO DIEZ Y NUEVE: Procedimiento para la divulgación y conocimiento del Sistema de Evaluación Institucional. Una vez esté aprobado el Sistema de Evaluación Institucional por la Secretaría de Educación Municipal o su representante legal, se procederá a su divulgación en la Comunidad Educativa de la siguiente manera: 1. Publicación en el boletín bimensual de los principales aspectos. 2. Publicación de aportes fundamentales en el periódico anuario Institucional. 3. Análisis en cada grupo de estudiantes del plantel. 4. Informe en reunión general de padres de familia en los actos de finalización. 5. Fijación del texto completo en carteleras tanto en la sede principal como en

la sede alterna.

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ACTIVIDADES ESPECIALES Se define como actividad especial, aquella de carácter extracurricular, la cual interrumpe la cotidianidad produciendo aún desescolarización de los estudiantes, pero que es necesario hacerlo, para redireccionar y mejorar los procesos de gestión de la calidad en la institución. También son aquellas actividades co–curriculares, es decir, que no conducen a la desescolarización, pero si a modificacionesen el desarrollo normal de las clases.Producen conocimientos y experiencias que enriquecen la formación de losestudiantes. Entre estas actividades están: 1. JORNADAS PEDAGÓGICAS:

Son espacios que pueden estar dedicados alestudio de un tema determinado, a planeación, a integración, intercambio de experiencias pedagógicas, convivencia, problemática laboral y sindical, entre otros. Cuando esta actividad cubre la jornada laboral completa los estudiantes estarán desescolarizados y los padres de familia o acudientes serán previamente informados, a través de los diferentes canales de comunicación institucional. Las jornadas pedagógicas se podrán llevar a cabo dentro o fuera dela Institución, según el tipo de actividad programada y estas se realizarán de acuerdo al cronograma anual institucional. 2. DE CONVIVENCIA Se trata de una programación especial, su objetivo es la integración, podrá desarrollarse dentro o fuera de la Institución, preferiblemente se programará en los tiempos de desescolarización estudiantil o vacaciones, una o dos veces al año, también podrá realizarse en fecha de jornada pedagógica. Cuando la convivencia sea programada para los estudiantes, éstos deben acreditar el permiso delpadre de familia o acudiente y la cuota correspondiente para sufragar los gastos que se generen. 3. SALIDAS PEDAGÓGICAS Se trata de salidas con los estudiantes para realizar actividades académicas, culturales, recreativas, lúdicas, competitivas, y/o de representación Institucional. El director de grupo o docente que lleve a cabo salidas pedagógicas con los estudiantes debe presentar a la coordinación académica

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desde el principio del año, la correspondiente programación. Dichas salidas deben estar autorizadas por el padre de familia o acudiente que ha firmado la matrícula. Mínimo con un día de anticipación, se entregan las autorizaciones debidamente firmadas a la mencionada coordinación, quien podrá verificarlas. A nivel institucional, y conforme a la normatividad vigente donde se reglamenta las salidas pedagógicas de las instituciones educativas del Municipio de Medellín, al inicio del año escolar, envíanal núcleo educativo, el cronograma con las salidas pedagógicas que se realizarán durante el añocorrespondiente.

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CAPITULO SEIS: PROCESO DE MATRICULAS

Es el acto por el cual el aspirante admitido adquiere la calidad de estudiante de la Institución Educativa Juan de Dios Carvajal. Ésta se hace por una sola vez con posibilidad de renovarse y se legaliza con el acto correspondiente, el cual debe llevar la firma de rectoría, de Secretaría y del Padre de Familia o Acudiente. Con la Suscripción del Acta de Matrícula, el estudiante y el padre de familia o acudiente aceptan la filosofía y los principios fundamentales de la Institución, se comprometen a cumplir con la normatividad establecida en el Manual de Convivencia, orientaciones, resoluciones, circulares, y demás disposiciones emanadas de la misma, como también a responder por los daños causados en la Institución. Son requisitos de matrícula los siguientes:

Haber sido oficialmente admitido.

Presentarse a la hora y fecha indicada por la Institución acompañado por el padre de familia o acudiente.

Presentar los certificados de estudio exigidos por la Institución de acuerdo al grado en el que ha sido admitido.

Presentar las certificaciones de salud que sean exigidos por la normatividad vigente.

Entregar toda la papelería exigida de acuerdo a la normatividad vigente y a las disposiciones Institucionales.

Para estudiantes con dificultades académicas y/o de convivencia presentar contrato académico y/o carta compromiso respectivamente, según sea el caso.

Para los casos de estudiantes que hayan perdido el cupo por dificultades en convivencia y soliciten su reingreso, sólo serán admitidos luego de haber cursado un año lectivo en otra Institución y demostrar un desempeño básico a nivel académico, y referentes positivos en el aspecto convivencial.

Anualmente la institución establece unas fechas específicas para la matrícula tanto para los estudiantes nuevos como para losantiguos. Si la matrícula no se realiza en las fechas indicadas, la Institución podrá asumir que el estudiante no se matriculará y por lo tanto podrá disponer del cupo.

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NORMATIVIDAD

LEY 1146 JULIO 10 DE 2007 CAPITULO IV: El sector educativo y la prevención del abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes Artículo 11. Identificación temprana en aula. Los establecimientos educativos oficiales y privados, que ofrezcan educación formal en los niveles de básica y media, deberán incluir elementos que contribuyan a la identificación temprana, prevención, autoprotección, detección y denuncia del abuso sexual de que puedan ser víctima, los educandos, dentro y fuera de los establecimientos educativos. Artículo 12. Obligación de denunciar. El docente está obligado a denunciar ante las autoridades administrativas y judiciales competentes, toda conducta o indicio de violencia o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes del que tenga conocimiento. Artículo 13. Acreditación. Los docentes que tengan a su cargo el programa en educación para la sexualidad y salud sexual y reproductiva en los establecimientos oficiales y privados, deberán ser profesionales idóneos, capacitados en ese campo de manera que posibiliten la detección y manejo de cualquier caso de abuso sexual de sus estudiantes. Tales docentes deberán acreditar su perfil de conformidad con las disposiciones y directivas emanadas del Ministerio de Educación Nacional. Artículo 14. Cátedra de educación para la sexualidad. Los establecimientos de educación media y superior deberán incluir en sus programas de estudio, con el propósito de coadyuvar a la prevención de las conductas de que trata la presente ley, una cátedra de educación para la sexualidad, donde se hará especial énfasis en el respeto a la dignidad y a los derechos del menor.

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Decreto 1965 del 2013 CAPÍTULO II: DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 35.Garantía de Derechos y aplicación de Principios. En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012. Artículo 36. Acciones del Componente de Promoción. Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. En virtud del componente de promoción, las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar deberán adelantar las siguientes acciones. …Por parte del Comité Nacional de Convivencia Escolar: 3. Por parte del Comité Escolar de Convivencia. a. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido

en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título III del presente Decreto.

b. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

d. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde

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preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra en la Institución Educativa. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientados a fortalecer un cl ima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.

Parágrafo. Los establecimientos educativos deben implementar los proyectos pedagógicos conforme a los parámetros dispuestos en el artículo 20 de la Ley 1620 de 2013, dentro del marco de lo establecido en los artículos 14,77,78 Y 79 de la Ley 115 de 1994. Artículo 37.Acciones del componente de prevención. Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de todos los integrantes de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención: 1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más

comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos

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humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 de este artículo.

3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Artículo38. Acciones del componente de atención. Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los integrantes de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia. Artículo 41.De los protocolos de los establecimientos educativos, finalidad, contenido y aplicación. Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos: 1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones

sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normaS aplicables a la materia.

3. Los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa.

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5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia.

6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en la Institución Ecuativa.

Parágrafo. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros integrantes de la comunidad educativa, o de otros integrantes de la comunidad educativa hacia estudiantes. Artículo 42. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo I, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de

manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en la Institución Educativa.

2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en la Institución Educativa. De esta actuación se dejará constancia.

3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

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Artículo43. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata

en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades adminisitrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.

5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en la Institución educativa; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto. Artículo44. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a

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que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata

en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los

participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria,

guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el

derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involocradas, así

como del reporte realizado ante la autoridad competente.

6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las

autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de

manera inmediata, las medidas propias de la Institución Educativa,

tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a

quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o

hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará

constancia.

7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del

caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema

de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte

del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el

conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de

convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre la Institución Educativa en

el cual se presentó el hecho.

Artículo 53. Participación de la Familia. La familia como núcleo fundamental de la sociedad es parte esencial del fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, tiene un papel central en la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, y le asisten todos los deberes, obligaciones y funciones consagradas en el artículo 7 de la Ley 115 de 1994, en el artículo 39

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de la Ley 1098 de 2006, en la Ley 1404 de 2010, en el artículo 3 del Decreto 1860 de 1994, en el Decreto 1286 de 2005, en el artículo 15 del Decreto 1290 de 2009 y demás normas concordantes.

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CAPITULO SIETE

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