colegio de abogados · 2017-10-30 · arancel mensual para los meses de enero y febrero...
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Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal
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ACTA NUMERO 2180.- En la ciudad de La Plata, capital de la Provincia de Buenos Aires, a
los dos días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en la sede del Colegio de
Abogados de La Plata los señores consejeros titulares, Hernan Ariel Colli, Graciela Amione,
Rosario Sánchez, Joaquín Granillo Fernández, Carlos Fernando Valdez, Pablo Grillo
Ciocchini y los consejeros suplentes Norma E. Acevedo, José María Marchionni, Jessica
Seimandi, Agustín Rabadan y Ana Laura Ramos, bajo la presidencia del Doctor Fernando
Pablo Levene se dio por abierta la sesión siendo las 20:00 horas.-
1- ACTA NUMERO 2179. Puesta a consideración el acta de referencia, sin observaciones
se la aprueba.-
2.- MOVIMIENTOS DE MATRÍCULA.- Se informa por Secretaría los movimientos de
matrícula registrados entre el 5 de noviembre al 2 de diciembre del corriente:
JURAMENTO:ANDUJAR, DEBORA; AREVALO, PAOLA GISELA; BLANCO, DIEGO
ALBERTO; BLAYA DILLON, MARIA JIMENA; BOARI, MARIA FLORENCIA; BOVATI
MARIOTTI, MARIA ANTONELA; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CACERES, RUBEN
MARTIN; CALAILI, MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO,
JUAN MANUEL; CAROZZI, NARA GIULIANA; CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO,
MARIA NAZARENA; CONSTANTE, ROMINA; CURCIO, MARTIN EUGENIO; CURTO, JUAN
FRANCISCO JESUS; DEFERRARI, MARTIN IGNACIO; DE GAETANO TROTTA, DANIELA
MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA; ESNAL, DANIEL ALEJANDRO; ESTRUGO,
NESTOR EDUARDO; FENOS, LUCIANA; FERNÁNDEZ PEREIRA, ROSSANA VANESSA;
IPARRAGUIRRE, IVONNE MARCELA; LAPLACETTE, CAROLINA; LAVADO CACHAY,
INES ARACELLY; MARCHETTI, CARLA LETICIA; MARCHIONNI, MARIA SOFIA;
MARTINEZ CAMPODONICO, MARIA LILA; METHOL, VALERIA LOURDES; MOLTEDO,
LUCAS CARLOS; ORAZI, ADAM; OTTONE CAPPIELLO, PABLO RAFAEL; PAMPARANA,
MAURO; PEREDA, DARIO JOSE; PETZOLDT, VANESA GISELE; RAIMONDO LOZA,
SILVIA MERCEDES; RODRIGUEZ MONTAÑA, JOSELINA; SACCO, JORGELINA EDITH;
SAGASTUME, PILAR; SAGASTUME, PILAR; SANABRIA CAMPO, DANIEL JOSE;
SCIRICA, JUAN CARLOS JESUS; SILVA, JULIETA; VON WERNICH, SABRINA GISELE.
FALLECIDO: CASTELLS, NESTOR DANIEL. INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA:BALCONE,
ANDRES; BLANCO, DIEGO ALBERTO; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CALAILI,
MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO, JUAN MANUEL;
CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; CENICEROS, LAURA
CRISTINA; DE GAETANO TROTTA, DANIELA MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA;
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ESNAL, DANIEL ALEJANDRO; ESTRUGO, NESTOR EDUARDO; GONZALEZ, PATRICIA
MARIA; LAPLACETTE, CAROLINA; LA VEGLIA, ANALIA; MARTINEZ CAMPODONICO,
MARIA LILA; MOLTEDO, LUCAS CARLOS; PAMPARANA, MAURO; PEREDA, DARIO
JOSE; PETZOLDT, VANESA GISELE; SACCO, JORGELINA EDITH; SAGASTUME, PILAR;
SAGASTUME, PILAR; SILVA, JULIETA. REHABILITACION: ADROGUE, MANUEL
IGNACIO; BROWN, MONICA ALEJANDRA; GIL, PEDRO OMAR; LOVELLI, EMANUEL.
SANCION (DISCIPLINARIA o PROCESAL): LINARES, JORGE MARCELO.
CANCELACION A SU PEDIDO:AMERI, RODOLFO FERNANDO; BIRGIN, OSCAR JORGE;
BOSCO, BETINA SAMANTA; BOVATI MARIOTTI, MARIA ANTONELA; CALAILI, MARIANA
VICTORIA; CAPUTO, JUAN MANUEL; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; COMPTE DE
LOIZEAU, SILVIA; DEVINCENZI, ANTONELLA; GREPPI, ANTONIO MARIO; KRAPIVKA,
HECTOR ABRAHAM; LAVADO CACHAY, INES ARACELLY; MOLTEDO, LUCAS CARLOS;
PACHECO, HUGO JORGE; PAMPARANA, MAURO; PEREDA, DARIO JOSE; PETZOLDT,
VANESA GISELE; RODRIGUEZ, LORENA ANALIA; SACCO, JORGELINA EDITH;
SAGASTUME, PILAR; SALINAS, SUSANA MARGARITA; SCHATZ, JOSE LEONARDO;
SURRACO, GRISELDA ZULMA; TREVISAN PALACIOS, HECTOR RAUL. PASE A OTRO
COLEGIO: IACOI, MARIA MARTA; POTERAYCHKE, MARIELA LORENA.
3. - MESA DIRECTIVA DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2014.-
I)
Resolución de Presidencia Nº 29/14 .- 4 de noviembre de 2014.
A-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- I) Designación abogado del Niño.- I)
Juzgado de Familia Nº 4 Departamental.- Se toma conocimiento del oficio remitido por el
Juzgado de referencia, mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño
en los autos caratulados “FANELLI SUSANA EDITH S/ MEDIDAS PREELIMINARES” para
que patrocine a la joven Susana Edith Farinelli.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar
las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los
letrados inscriptos en el mismo.-II) Dirección de Derechos Humanos – Municipalidad de
Ensenada.- Se toma conocimiento del oficio remitido por la Dirección de referencia,
mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño en los autos caratulados
“HERRERA AMELIA RAQUEL C/ HERRERA MELINA S/ PROTECCIÓN CONTRA LA
VIOLENCIA FAMILIAR”, en trámite ante el Juzgado de Familia Nº 5, para que patrocine al
niño Jeremías Israel Herrera de ocho años de edad.- Lo que se tiene presente y se resuelve
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girar las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los
letrados inscriptos en el mismo.
B-Instituto de Estudios Judiciales SCBA - Pedido de salón.- Se toma conocimiento de lo
peticionado por el Subsecretario Pablo Perel en referencia a la realización de una actividad
de capacitación el día 5 de noviembre del corriente en el horario de 15 a 17 hs. Lo que se
tiene presente y se resuelve aprobar lo peticionado.-
II)
a-Subsede CABA.- Se toma conocimiento del informe sobre la situación actual de la sede
brindado por la Dra. Graciela Ameone. Lo que se tiene presente y se resuelve difundir los
servicios brindados por los medios institucionales.-
b-Gerencia Administrativa y RR.HH.- I) UTEDYC.- Se toma conocimiento del informe
presentado por el Gerente de Administración Cr. Obdulio Hernandez referido al Convenio
Colectivo Lo que se tiene presente .II) Diego A. Argañaraz agradecimiento.- Se toma
conocimiento de la nota de agradecimiento del empleado del epígrafe en relación a la
reubicación laboral en la oficina de Servicios de este Colegio. Lo que se tiene presente.-
d-Hospital de Niños S- Colaboración. Visto lo solicitado por la Fundación del Hospital de
niños de esta ciudad se resuelve girar al área contable a fin de que se confeccione
informe de presupuesto al respecto.-
e-Colonia de vacaciones.- Se toma conocimiento de los valores para la temporada 2014-
2015 los que a continuación se transcriben:
Edades: 3 años a 12 años
Horario: 8:30hs 13:45s
La colonia tiene servicio de desayuno al llegar al predio y refuerzo de desayuno
antes de iniciar el regreso. No tiene almuerzo
Inicio 22 de Diciembre de 2014 / Días de actividad durante el mes de Diciembre: 22 –
23 – 29 y 30
Costo Diciembre: $550.-
Arancel mensual para los meses de Enero y Febrero $2600.-respectivamente.
Valor por Quincena: $1500.-
Arancel diario para invitado: $160.-
Descuento por Hermano 10 %
( Prof. Julieta Lubrano)
Todo lo que se tiene presente y aprobar su realización.-
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f-Comisión de Honorarios. Dr. Raúl Favale.-Se toma conocimiento de lo dictaminado por
el Dr. Fernando Valdez en referencia a la presentación efectuada por el abogado del
epígrafe, el cual textualmente se trancribe:
“Carlos Fernando Valdez, en mi carácter de Presidente de la Comisión de “Defensa Ley
8904/77” de este Colegio que Ud. preside me dirijo a Ud., a los fines de hacerle saber que el
Dr. Raúl Manuel Favale, abogado, Tomo XLII, Folio 126 CALP, inscripto en el Colegio de
Abogados de La Plata, ha requerido nuestra intervención con motivo de la liquidación de los
honorarios que le corresponden por los juicios que lleva adelante en el marco del ejercicio
del poder que le ha otorgado la "CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICOLOGOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES".
1. ) ANTECEDENTES DEL CASO:
El mencionado letrado ha puesto de manifiesto que al momento de liquidarse sus honorarios
el programa informático de la Caja citada lo hace sobre lo que denomina "Base”
(equivakente al monto de capital de demanda más intereses sólo hasta la fecha de la
consulta) y no sobre lo que el programa denomina "Base regulatoria" (que es superior e
incluye capital e interese por el plan de financiación que se compromete a abonar el
afiliado).
Así dice existen dos montos uno según lo que el sistema llama "Base" y otro denominado
"Base regulatoria" y que sus honorarios se regulan sobre el importe menor produciéndose el
contrasentido de que "...en la mayoría de los casos los honorarios resultantes signifiquen un
porcentaje que está por debado del mínimo legal..."
También refiere que en los casos en que los procesos judiciales no hubieran tenido
movimiento judicial por más de seis meses, el programa automáticamente liquida los
honorarios en el mínimo de cuatro jus.
2. ) DICTAMEN:
2.1. ) El marco legal aplicable a la cuestión de los honorarios profesionales es el
Decreto Ley 8904/77, en el caso específicamente los artículos
2, 21, 23, 34 y cc.
En lo que hace a la base regulatoria el artículo 23 del Decreto Ley 8904/77 establece que
debe incluir "capital, intereses y gastos". A estos fines se debe tener en cuenta los intereses
del plan de pago que suscribe el afiliado ("base regulatoria" según el sistema) que determina
la real cuantía del asunto, toda vez que una determinación parcial de intereses ("base"
según el sistema) no refleja adecuadamente ese parámetro afectando así el derecho al
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cobro de honorarios que siempre debe fijarse sobre la base "mayor" en los términos de la
citada norma.
Además se debe tener presente que tratándose de juicios ejecutivos la escala
correspondiente es del 8 al 25% de la cuantía del asunto reducida en un 30% o sólo en un
10% si hay excepciones (arts. 21 y 34 Decreto Ley 8904/77).
2.2. ) Respecto a la situación originada en que la falta de movimiento judicial de un
expte. por un plazo determinado, transforme el honorario del abogado al mínimo de
cuatro jus, debe señalarse que la misma no se ajusta a la normativa arancelaria no
existiendo motivo para apartarse de las pautas regulatorias antes referenciadas en
punto anterior.
2.3. ) Finalmente debo consignar que ha sido preocupación constante de la
Comisión considerar que los honorarios profesionales deben considerarse como
“remuneración al trabajo personal profesional ” (Artículo Io Decreto Ley 8904/77), y
por ende, que su percepción se encuentra tutelado por las previsiones contempladas
en los artículos 14 bis de la Constitución Nacional y 39 de la Constitución
Bonaerense (justa retribución), como también por los artículos 17 y 31 de las
Constituciones Nacional y Provincial respectivamente (derecho de propiedad),
encontrándose enjuego la dignidad y jerarquización de nuestra labor profesional en
toda medida que tienda a limitar tales derechos.
Y asimismo que resulta nulo todo pacto o convenio que tienda a reducir los honorarios
fijados en la ley de apliación (conf. art. 2 Decreto Ley 8904/77).
Sin otro particular, lo saludo a muy atentamente.”
Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar y notificar al Dr. Favale.-
g-Comisión de Estudio y Defensa de la Ley 5177.- Dr. Juan Pablo Molina.- Se toma
conocimiento de lo dictaminado por la Comisión del epígrafe en relación a la presentación
efectuada por el Dr. Molina sobre el incumplimiento de contestación de oficio por parte del
Sanatorio Mater S.A.- Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar, cursar nota al
Sanatorio referido y notificar al profesional lo actuado.-
h-Comisión de Tecnología s/ Convenio Librería Jurídica Hammurabi.- Se toma
conocimiento de la presentación efectuada por el Dr. Alejandro Batista en referencia a la
celebración de un Convenio con la librería del epígrafe. Lo que se tiene presente y se
resuelve girar a la Comisión de Acción Social para su tratamiento.-
i-Tribunal de Disciplina s/ causas a destruir.- Se toma conocimiento de lo solicitado por el
Tribunal en relación a la publicación en nuestra página web institucional, durante cinco (5)
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días, del listado de causas a destruir en el año en curso.- Lo que se tiene presente y se
resuelve aprobar girándose al sector de comunicación.-
j-Dra. Evangelina Giusti s/ eximición de examen.- Se toma conocimiento de la
presentación efectuada por la abogada del epígrafe en referencia a la eximición de examen
del Curso de Capacitación para Abogada del Niño a rendirse el 21 de noviembre del
corriente.- Lo que se tiene presente y se resuelve no hacer lugar a lo peticionado por no
cumplir con el requisito de acreditar su especialización en el Derecho del Niño, (según el
Artículo 2º del Reglamento del Registro del Abogado del Niño), dado la calidad de alumna
regular de la carrera de Especialización en Políticas Publicas de Niñez, Adolescencia y
Familia, de la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Rios, acorde
certificado presentado por la interesada.-
k-Dr. Rubén Guerra s/ presentación ARBA.- Se toma conocimiento de la denuncia
efectuada por el abogado del epígrafe contra la Agencia de Recaudación de la Pcia de
Buenos Aires por obstaculizar en forma ilegítima el ejercicio su profesional.- Atento dicha
presentación se ha remitido nota a ARBA en referencia a los hechos acaecidos.- Lo que se
tiene presente.-
l-Comisión de Cultura Colectivo 925- Pedido de Instalaciones.- Se toma conocimiento
de lo solicitado por el Dr. Saúl Campanella en referencia a la realización de una exposición
de la joyería contemporánea a cargo del “Colectivo 925” en el mes de febrero de 2015.- Lo
que se tiene presente y se resuelve no aprobar, dado que la actividad no resulta de interés
académico jurídica.-
ll-Comisión de Abogados del interior.- Se toma conocimiento de la presencia del nuevo
Presidente de la comisión referida Dr. Micelli a fin de plantear inquietudes en el ámbito de la
misma.- Lo que se tiene presente.-
m-Encuestas.- Se toma conocimiento que se el pasado lunes 10 de noviembre del
corriente se ha dado inicio al trabajo de encuestas 2014, respecto del servicio de
administración de justicia en el departamental.- Asimismo y acorde lo acordado con el el
licenciado Martín Tetaz a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo
Directivo para llevar a cabo las encuestas, por Secretaría se informa que se deberá a
abonar las encuestas por día el precio de $300, correspondientes por 5 hs. de trabajo
durante cinco días del 10 al 14 de noviembre inclusive del corriente, a las encuestadoras
del listado adjunto:
NOMBRE Y CELULAR MAIL DNI
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APELLIDO
1 Rocío Jesús 15-6003752 [email protected] 35.609.910
2 Eugenia Cecchini 15-3048121 [email protected] 37.803.217
3 Macarena Parodi 15-6390191 [email protected] 38.298371
4 Paulina Hnatiuk 15-6704460 [email protected] 38.017.058
5 Lucrecia Maidana 15-5220837 [email protected] 38.204.033
6 Julia Bellini 15-3510652 [email protected]
7 Melina Vezzoso 15-5677124 [email protected] 35.610.615
8 Lucia Cobo 15-6206850 [email protected] 38.146.780
9 María Celeste
Layun
15-6174598 [email protected] 36.800.440
10 Giselle Gastelu 15-6027993 [email protected] 37.785.417
11 Carla Ferreti (02983)
15-615482
12 Luisina Zulberti 15-5059867 [email protected] 38.017.114
13 Luisina Miguez 15-6724217 [email protected] 39.150.555
14 Ana Julia Franco 15-5972864 [email protected] 33.192.781
15 Paula Barazzutti 15-5432438 [email protected]
16 Valentina Lanari 15-5068807 [email protected]
17 Malen Sabella 15-5520271 [email protected] 39.151.690
18 Mariana Villanueva (Layun) (Layun) 36.273.3432
19 Sofía Destefanis 15-6741147 [email protected]
20 Antonella Mezler
Ravagliate
15-4181904 [email protected] 37.946.923
21 Florencia Sanz 15-5908314 [email protected]
Lo que se tiene presente.
n-Dres. Garofalo y Sleet s/ Código Civil.- Se toma conocimiento de la presentación
efectuada por los abogados del epígrafe sobre el expeditivo tratamiento del Código Civil.- Lo
que se tiene presente y se eleva a tratamiento del Consejo Directivo.-
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ñ-Dr. Miguel A. Abdelnur.- Se toma conocimiento de la presentación efectuada por el
abogado del epígrafe en relación a la falta de actualización bibliográfica de nuestra
Biblioteca.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar la misma a la Presidencia.-
o-Comisión de Gestión Colegial y Protocolo.- Informe Legislativo.- Se toma
conocimiento del informe presentado referente al seguimiento de proyectos legislativos
relevantes que se encuentra realizando la comisión.- Lo que se tiene presente y se resuelve
girar las actuaciones a la Secretaria.-
4.-MESA DIRECTIVA DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014.-
I)
RESOLUCIÓNES DE PRESIDENCIA
Nº 30– La Plata, 12 de noviembre de 2014.
A- Mediación – Gastos.- Visto la asistencia a la Mesa examinadora de habilitación de
Registro de mediadores para se resuelve aprobar la suma de pesos $1.200 en concepto de
reintegro de hospedaje y traslado.-
B- REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado de la joven Laura
Alberca- Se toma conocimiento lo informado por la Directora Administrativa del Registro
Dra. María Franca Alessio, que de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del Registro,
se presentó la joven Laura ALBERCA, de 15 años de edad, solicitando que la patrocine el
Dr. Martin ROTONDO en los autos caratulados: “ALBERCA, Karina c/ RUPERTO, Cristian
Sebastián, en trámite ante el Juzgado de Familia nº:3, a cargo de la Dra. Graciela Inés
BARCOS. Lo que se tiene presente.-
C.- Jornada Asociación de Abogados del Interior.- Se toma conocimiento del pedido de
reintegro de gastos en relación a la jornada referida a realizarse el día 14 de noviembre del
corriente.- Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar la suma de pesos $ 1.500
según lo peticionado.
II)
a. Dra. María Elena Vrdoljak S- Acta de infracción Afip. Medios de pago electrónicos. Se
toma conocimiento de la presentación efectuada por la Dra. Vrdoljak referente a la
realización de un Acta de la Afip en su estudio jurídico a fin de constatar la existencia de
medios electrónicos de pago en el mismo.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar al
Dr. Hernán Colli y al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires para su
tratamiento.-
b. Fundación Mariano Mangano S- Pedido de difundir actividad. Se toma conocimiento
de lo solicitado por la Fundación del epígrafe en relación a la difusión de la realización de un
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Taller sobre Abuso Infantil, a realizarse el próximo 26 de noviembre en el Salon Dorado de
la Municipalidad de La Plata a las 19 hs, el cual fuera declarado de interés municipal. Lo que
e tiene presente y se resuelve difundir en los medios de comunicación institucionales.-
c. Dr. Pablo J. Coco Rubert S- Mediación -Se toma conocimiento de la presentación
efectuada por el Dr. Coco Rubert en referencia a la actuación del mediador Carlos Alberto
Pontorno. Lo que se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de Interpretación y
Reglamento según Art 38 Ley 5177.-
d. Casa de Campo y Deportes. a. Prioridades. Se toma conocimiento del informe
presentado sobre las prioridades a resolver.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar al
Consejo Directivo para su correspondiente tratamiento.- b. Aranceles. Se resuelve fijar los
nuevos montos de la temporada 2014-2015 que a continuación se transcriben:
1º ) Aranceles de temporada alta Diciembre y Febrero:
• Menores : $ 20
• Otros Deptos: $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)
• Invitados : $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)
• Abogados LP: $ 20
• Autos : $ 20
2º ) Aranceles de temporada alta Enero:
• Menores : $ 20
• Otros Deptos : $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)
• Invitados: $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)
• Abogados LP: $ 25
• Autos : $ 20
Venta de abonos
Abogados de La Plata: $ 500 (15 días) y $ 700 (30 días)
Abogados Otros Departamentos: $ 900 (15 días) y $ 1.300 (30 días)
e. Colegio Moruli S- Uso de Casa de Campo. Se toma conocimiento de lo solicitado por el
Colegio referido a la realización de un campamento los días 6 y 7 de diciembre.- Lo que se
tiene presente y se resuelve no hacer lugar a lo peticionado por motivos de calendario.-
f. Equipo de Fútbol. Se resuelve autorizar la suma de $4.000 para el entrenador de los
equipos de fútbol del colegio que participarán de las jornadas deportivas
interdepartamentales. Girándose las actuaciones al Área Contable a sus efectos.
g. Comisión Especial para temas de Personas con Discapacidad S- Gastos. Se toma
conocimiento de lo peticionado por el Dr. Morelli en referencia a la asistencia al XVIII
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Encuentro Nacional de Equiparación de oportunidades para abogados con discapacidad
organizado por la Capa de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires,
el próximo 29 de noviembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata. Lo que se tiene
presente y se resuelve aprobar la suma de pesos $5.000 en concepto de gastos.-
h.Tribunal de Disciplina. a. Gastos Mar del Plata. Se toma conocimiento de lo solicitado
por el Tribunal en relación a la asistencia de tres miembros a la Jornada de Tribunales de
Disciplina 2014 a realizarse en la ciudad de Mar del Plata.- Lo que se tiene presente y se
resuelve aprobar la suma de pesos $ 3.540 ($1180 c/u) en concepto de gastos. b. Cena de
fin de año. Se toma conocimiento de lo solicitado por el Presidente del Tribunal de
Disciplina Dr. José Irazú en relación a la cena de fin de año a celebrase el día 12 de
diciembre del corriente a las 21.00hs para 11 personas.- Lo que se tiene presente y se
resuelve aprobar la suma de pesos $2.574, acorde lo peticionado.- Girándose las
actuaciones al Área Contable a sus efectos. d. Villarreal Luis Lujan y Gigli Fabiana Gabriela
S- Su Actuación Profesional Dte. Belvedere Juan Carlos. Se toma conocimiento de lo
solicitado por la Secretaria del Tribunal de Disciplina Dra. Cristina Delucchi, en relación a la
remisión de fotocopias autenticadas al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de
Quilmes, en el marco de las actuaciones referidas y dado que ese Tribunal ha declarado la
incompetencia para intervenir disciplinariamente en las mismas.- Lo que se tiene presente y
se resuelve hacer la remisión solicitada.-
i.Programa de Actualización del Código Civil.- Se toma conocimiento de la presentación
efectuada por los Dres Ricardo Lorenzetti y Gabriel Stigliz en relación a la realización de un
Programa de Actualización del Código civil y Comercial Unificado, a realizarse desde el 11
de marzo al 25 de noviembre del próximo año, con una modalidad de 80 hs, 20 clases de
4hs cada una ( del 17 a 21hs.), días miércoles por medio, con el fin de abordar las nuevas
regulaciones y su aplicación.- Todo lo que se tiene presente y con la conformidad de esta
Mesa Directiva se eleva a consideración del Consejo Directivo.-
j. Proyecto de reforma del artículo 280 del Decreto Ley 7425/68. Visto la remisión del
proyecto de Ley referido, se resuelve girar a la Comisión de Administración de Justicia para
su conocimiento y posterior opinión.-
k. Comisión de Jóvenes Abogados S- Gastos. Se toma conocimiento de lo solicitado por
el Vicepresidente de la Comisión del epígrafe Dr. Juan De Luca en relación a la participación
del Dr. Alejandro Aguilar a las “IV REUNION PLENARIA ANUAL DE LA COMISIÓN DE
JOVENES ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, realizarse el próximo 22
Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal
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de noviembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata.- Lo que se tiene presente y se
resuelve aprobar la suma de pesos $ 1.180 en concepto de gastos.-
l.Comisión Administración de Justicia.- Se toma conocimiento de lo solicitado por la Dr.
Pablo Giunti en referencia a la asistencia a la Jornada COLPROBA realizada en la ciudad de
Quilmes. Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar 2 ius en concepto de reintegro de
viáticos.
ll. Comisión de Genero.- I) Congreso Nacional Interdisciplinario Sobre Género:
Diversas Miradas.- Se toma conocimiento de la presentación efectuada por la Dra. Marina
Mongiardino en relación al proyecto de organización del Congreso Nacional Referido cuya
celebración tendría lugar a fines de junio del 2015. El mismo estaría organizado por las
siguientes instituciones: Facultad de Trabajo Social de La UNLP, Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales de la UNLP, Facultad de Psicología de la UNLP y el Colegio de
Abogados de La Plata y contaría con el auspicio de la Municipalidad de La Plata. Lo que se
tiene presente y con la conformidad de esta Mesa Directiva se eleva a consideración del
Consejo Directivo.- II) Conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la
Violencia contra las Mujeres.- Se toma conocimiento de lo solicitado por la Dra. Marina
Mongiardino en relación a difusión de la referida conmemoración el día 25 de noviembre.- Lo
que se tiene presente y se resuelve difundir por los medios institucionales.-
5 - MESA DIRECTIVA DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2014.-
I)
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 31 /14 - 17 de Noviembre de 2014.-
A- REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- I) Designación abogado del Niño.- Juzgado
de Familia Nº 3 Departamental.- Se toma conocimiento del oficio remitido por el Juzgado
de referencia, mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño en los
autos caratulados “Cunicella Ibarra Jonatan Federico c/ Bianchi Soerensen Daniela Anahí s/
Tenencia de hijos” Expte. Nº 12014.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar las
actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los letrados
inscriptos en el mismo.-
Nº32/14 – 26 de noviembre de 2014.-
A-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado del Niño.- Exma. Cámara
Segunda de Apelación.- Se toma conocimiento del oficio remitido por la Cámara de
referencia, mediante el cual solicitan con carácter de URGENTE el Colegio designe a un
Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal
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abogado del niño en relación a los autos caratulados “PLOZNER CLAUDIA IRENE C/
PIRELLI FABIAN MARCELO S/ PATRIA POTESTAD. EJERCICIO/SANCIONES” Causa Nº
117888, a fin de asistir a audiencia patrocinando a la menor Sofía Pirilli el próximo 27 de
noviembre del corriente a las 10.00hs.-- Lo que se tiene presente y se resuelve girar las
actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los letrados
inscriptos en el mismo.-
B-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado de la joven Catalina
Garegnoni y otro - Se toma conocimiento lo informado por la Directora Administrativa del
Registro Dra. María Franca Alessio, que de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del
Registro, se presentaron los jóvenes Catalina Garegnoni, de 14 años de edad, y Lucas
Garegnoni, de 11 años de edad, solicitando que la patrocine un Abogado del Niño en los
autos caratulados: “PALADINO SILVIA C/ GAREGNANI MAURO ANDRES S/ REGIMEN DE
VISITAS”, en trámite ante el Juzgado de Familia nº6:, a cargo de la Dra. María ROCA. Lo
que se tiene presente.-
C-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado del Niño.- Juzgado de
Paz Letrado de Ensenada .- Se toma conocimiento del oficio remitido por el Juzgado de Paz
de referencia, mediante el cual solicita al Colegio designe un abogado del niño en relación a
los autos caratulados “CUELLO JESICA ALEJANDRA C/ BANEGAS CARLOS MAURICIO
S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)” Expte 11306, a fin de
ejercer la defensa técnica del menor Brian Joel Banegas de 7 años de edad.- Lo que se
tiene presente y se resuelve girar las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los
fines de desinsacular uno de los letrados inscriptos en el mismo.
II)
a. ANSES.- Se toma conocimiento que el juez federal Alberto Recondo declaró inadmisibles
los recursos deducidos por ANSES contra la resolución que daba por incumplida la medida
cautelar dictada oportunamente y que intimaba al Director de ANSES, Diego Bossio, al
cumplimiento de la manda judicial dictada bajo apercibimiento de imponerle una multa de
carácter personal por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). En ella también se le hacía
saber que ante nuevos incumplimientos, será de aplicación el art. 239 del Código penal
conforme se dispusiera oportunamente en el resolutorio.
Asimismo la Justicia hizo lugar a la medida cautelar pedida por el colegio, y ordenó al
ANSES que se abstenga de aplicar la Resolución 479/2014, -que creaba el Registro de
Abogados y Gestores Administrativos, que habilita el ejercicio profesional ante el organismo-
debiendo suspender su aplicación en relación a los profesionales matriculados en los
Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal
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Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos. La medida ha sido dispuesta bajo
apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal. Todo lo que
se tiene presente y se resuelve difundir por los medios de comunicación institucionales.-
b. Área Académica.- I) INSTITUTO DE DERECHO DE PREVISION Y SEGURIDAD
SOCIAL: Se toma conocimiento que el Director del Instituto DR. ALBERTO ANTONIO
INSUA, eleva un nota al Área Académica en la que propone designar como SECRETARIA
del Instituto a su cargo a la Dra. SILVIA BALLESTEROS la cual reemplazará a la Dra.
SILVINA LAURA DUBINI. Aprobada la misma se eleva la información pertinente para su
conocimiento. II) INSTITUTO DE DERECHO REGISTRAL.- Se toma conocimiento que la
Directora del Instituto Dra. PATRICIA BEATRIZ PRUSAS, eleva un nota al Área Académica
en la que solicita – con motivo de la realización de la última reunión del Instituto –
sándwiches de miga y gaseosas para 10 personas. El costo del mismo se estima en PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA ($550.00.-). III) Renovación del CURSO DE
SECRETARIADO JURIDICO CON ORIENTACIÓN INFORMATIVA NIVELES BASICO Y
AVANZADO.- Se toma conocimiento que la empresa NET CONSULTORA propone
mantener los mismos términos y condiciones del CONVENIO oportunamente suscripto
proyectando un aumento de los aranceles establecidos. A tal efecto se acompaña nota
presentada por la referida consultora, programa de estudio y modelo de convenio. IV)
INSTITUTO DE DERECHOS DEL NIÑO/A Y ADOLESCENTES: Se toma conocimiento que
la Directora del Instituto Dra. GRACIELA FONTANA, eleva un nota al Área Académica en la
que solicita – con motivo de la realización de los 10 años del Foro Provincial por los
Derechos de la Niñez, Adolescencia y Juventud a realizarse el día 27/11 en el Pasaje Dardo
Rocha de La Plata y la realización de las Jornadas Nacionales “Rol del Abogado del Niño” a
realizarse el viernes 28/11 en el CASI – 1 banner del CALP, folletos informativos y el
traslado respectivo a San Isidro V) INSTITUTO DE DERECHO DE DERECHO POLITICO.-
Se toma conocimiento que el Director del Instituto DR. JOSE MARIA MARCHIONNI, eleva
nota al AREA ACADÉMICA en la que propone la presentación del libro de JORGE CASTRO
“Agro e Industria: un futuro común” para el día martes 2 de diciembre a las 18:30 hs en el
aula 1. A tal fin se realizaron las reservas respectivas. El panel de presentación contará con
la presencia - además del autor del libro - con la del Lic. RAUL DENTE (Profesor de
Macroeconomía de la UNLP) y el Ing. FRANCISCO GLIEMMO (Presidente de la Unión
Industrial del Gran La Plata). El encuentro será organizado conjuntamente con el
INSTITUTO DE ESTUDIOS PUBLICOS (IDEP) y auspiciado por la FACULTAD DE
CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA. Se solicita se
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costeé el traslado en remisse del autor del libro desde CABA a LA PLATA como asimismo
el regreso respectivo
Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar todo lo peticionado.-
c. Escuela Nivel Secundario Monseñor Rasore. s/ pedido de instalaciones.- Se toma
conocimiento de lo solicitado por la Escuela referida, en relación a la realización de la
entrega de diplomas el 11 de diciembre a las 18 hs.- Lo que se tiene presente y se resuelve
no hacer lugar a lo peticionado por no contar con disponibilidad en el calendario
institucional.-
d. Dr Miguel A. Nazar s/ denuncia MEV Familia.- Se toma conocimiento de la presentación
efectuada por el Dr. Nazar en referencia a la Mesa de Entradas Virtual de Familia.- Lo que
se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de Administración de Justicia para su
conocimiento y dictamen.
e. Mesa Receptora de Escritos Judiciales. Estadística.- Se toma conocimiento de lo
informado por el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, sobre las estadísticas
referidas a la Mesa Receptora. Lo que se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de
Administración de Justicia para su tratamiento.-
f. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires- Se toma conocimiento del
Acuerdo 3733/14 de la S.C.B.A sobre “Extensión a todo el ámbito de la Administración de
Justicia del sistema de notificaciones electrónicas. Cronograma de implementación”. Lo que
se tiene presente y se resuelve girar al sector de Comunicaciones a fin de realizar la difusión
institucional de la misma.-
g. Comisión Abogados Jóvenes.- Se toma conocimiento que la Comisión de referencia ha
solicitado autorización para llevar a cabo el día 26 de noviembre el brindis de fin de año.- Lo
que se tiene presente y se resuelve autorizar el mismo.-
h. Doctor Alejandro Fabián D´Elia.- Se informa por Secretaría que institucionalmente se
recibió un correo electrónico en respuesta a la difusión de la firma del convenio con el
desarrollo inmobiliario de la firma Haras del Sur.- Dicho correo fue remitido desde la casilla
[email protected] En el cuerpo del mismo, el autor se refiere al Señor Presidente y
demás autoridades de una forma poco decorosa, existiendo la posibilidad de haber incurrido
en falta de ética alguna.- Luego de ello, se certifico por Secretaría que conforme surge de
los registros de matrícula, dicho correo electrónico ha sido registrado por el Dr. Alejandro
Fabián D´Elia.- Todo lo que se tiene presente y se resuelve girar las actuaciones a
conocimiento y dictamen de la Comisión de Interpretación y Reglamento.-
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i. REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designaciones abogado del Niño.- Se toma
conocimiento de lo informado por la Directora del Registro de Abogados del Niño, Dra.
María Franca Alessio en referencia a las designaciones referidas, a saber:I) Dr. Orlando
Andrés PAJON.- Se toma conocimiento que acorde lo peticionado por la Exma. Cámara
Segunda de Apelación., en el marco de los autos: “PLOZNER CLAUDIA IRENE C/ PIRELLI
FABIAN MARCELO S/ PATRIA POTESTAD. EJERCICIO/SANCIONES” Causa Nº 117888,
a fin de asistir a audiencia patrocinando a la menor Sofía Pirilli, se ha realizado el sorteo
correspondiente, el cual recayera en el Dr. Orlando Andrés PAJON, integrante de la lista de
Abogados del Niño del Registro, quien acepto el cargo. II).- Dra. Alicia Clara LARREA.- Se
toma conocimiento que acorde lo peticionado por los jóvenes Catalina Garegnoni, de 14
años de edad, y Lucas Garegnoni, de 11 años de edad, solicitando que la patrocine un
Abogado del Niño en los autos caratulados: “PALADINO SILVIA C/ GAREGNANI MAAURO
ANDRES S/ REGIMEN DE VISITAS”, en trámite ante el Juzgado de Familia nº6:, a cargo de
la Dra. María ROCA, de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del Registro, se ha
realizado el sorteo correspondiente, resultando desinsaculada la Dra. Alicia Clara LARREA,
quien acepto el cargo. III) Dra. Sara CANEPA.- Se toma conocimiento que acorde lo
peticionado por el Juzgado de Paz Letrado de Ensenada, en relación a los autos caratulados
“CUELLO JESICA ALEJANDRA C/ BANEGAS CARLOS MAURICIO S/ PROTECCION
CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)” Expte 11306, a fin de ejercer la defensa
técnica del menor Brian Joel Banegas de 7 años de edad, se ha realizado el sorteo
correspondiente sorteo correspondiente el cual recayera en la Dra. Sara CANEPA,
integrante de la lista de Abogados del Niño del Registro, quien acepto el cargo. IV) Dra.
Fany Flavia Aldana NOROÑA - Se toma conocimiento que acorde lo peticionado por el
Juzgado de Familia Nº 3, en relación a los autos caratulados “VIOLINI ROSAS MARIA
ARACELI C/ MARTIN AGUSTIN ABEL S/ ALIMENTOS”, a fin de ejercer la defensa técnica
de los menores Luis, Pedro y Juan MARTIN de 9 años, 5 años y 1 años y 11 meses de edad
respectivamente, se ha realizado el sorteo correspondiente sorteo el cual recayera en la
Dra. Fany Flavia Aldana NOROÑA, integrante de la lista de Abogados del Niño del Registro.
Quien acepto el cargo. Todo lo que se tiene presente.-
j- Fundación Florencio Pérez.- Da cuenta el Dr. Levene de haber concurrido a la cena
benéfica organizada por, el pasado 18 de noviembre del corriente, juntos a los Dres.
Rosario Sánchez, Joaquín Granillo Fernández, Fernando Valdez y Pablo Grillo.- Lo que se
tiene presente y se RESUELVE: aprobar la suma de pesos $4.000 a los efectos de ser
donados a la referida fundación.-
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k.- Comisión de Honorarios -TASA DE INTERES CORRESPONDIENTE A LOS
HONORARIOS EN MORA.- Se toma conocimiento de lo dictaminado por la Comisión del
epígrafe que literalmente se transcribe:
“ En la labor de la Comisión de Honorarios, se han recibido reiterados reclamos y consultas
respecto de la tasa de interés que corresponde aplicar para los honorarios profesionales en
mora y a la ejecución de honorarios, conforme artículo 54 inc. “b” Ley 8904/77.
EL Decreto Ley 8904/77 en su artículo 54 inc. “b” dispone que: “Operada la mora, el
profesional podrá optar por: Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el
Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento”.
Si bien la vigencia de este artículo ha sido en alguna oportunidad cuestionada, a la fecha se
mantiene vigente la doctrina de la Suprema Corte de Justicia en su Acuerdo N° 77434, de
fecha 19 de abril de 2006, causa “Banco Comercial Finanzas S.A. en liquidación BCRA
Quiebra”, en el sentido de que se debe considerar plenamente vigente la norma del artículo
54 inciso “b” del Decreto Ley 8904/77.
En virtud de un nuevo cuestionamiento y atendiendo a una iniciativa nacida en el seno de
esta misma Comisión, oportunamente se informó que el COLPROBA se ha presentado ante
la Suprema Corte de Justicia, como “amicus curiae”, en la causa “Arriaga Jorge c/ Eseba SA
s/ Daños y Perjuicios”, defendiendo los derechos de los abogados de la Provincia de Buenos
Aires y ratificando la plena validez y vigencia de la aplicación de la tasa activa conforme
artículo 54 inciso “b” del Dto. Ley 8904/77 y la doctrina legal de la SCJBA antes citada.
Sin embargo existe entre los colegas cierto desconcierto respecto a la tasa activa a aplicar.
Ello se debe a que en la actualidad ha dejado de existir una única tasa activa, como existía
al momento de la sanción de nuestra ley arancelaria, publicándose en el sitio web de la
SCJBA (http://www.scba.gov.ar/servicios/ContieneMontos.asp) un menú de distintas tasas
activas potencialmente aplicables.
Y en este sentido resulta importante difundir la jurisprudencia que surge de los fallos de la
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca en autos "TARJETA
NARANJA S.A. C/ SOSA MARIA INES S/ COBRO EJECUTIVO y "BARROSO MARIA
ELVIRA S/ INCIDENTE CONCURSO/QUIEBRA ".
Los fallos en cuestión señalan que ".. a partir de la promulgación y entrada en vigencia de la
ley 14.399, que modificara el art 48 de la ley 11.653, disponiéndose que la liquidación de los
intereses en los juicios laborales se calcule con el “promedio de la tasa activa que fija el
Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento”, y a raíz de la
presentación formulada por los señores presidentes de los Tribunales del Trabajo del
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departamento judicial de La Plata -que no podían acceder a esa tasa estipulada legalmente-,
el señor presidente de la Suprema Corte de la Provincia –con fecha 7 de mayo de 2013-
requirió del señor presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que se arbitraran
los medios necesarios para que la misma sea puesta a disposición de aquéllos. Y como
resultado de esa gestión, el banco suministró la tasa “Activa de descuento a 30 días” y la
solicitada tasa “Activa Promedio de descuento a 30 días”, que el superior tribunal colocó en
el “link” habitualmente habilitado para el cálculo de intereses en reemplazo de la antes
denominada, simplemente, “Tasa Activa”.". Continúa señalando el fallo que "...El
desconcierto ganó a todos los operadores jurídicos, porque mientras la reemplazada -y
hasta ese momento única tasa activa- estaba en el orden del 35 % anual, las nuevas tasas
activas suministradas oscilaban –a setiembre de 2013- en un nivel del 19 % anual. Ello
motivó, entonces, una presentación del presidente del Colegio de Abogados de la Provincia
de Buenos Aires, cursada el 26 de setiembre de ese mismo mes y año, en la que se requirió
del señor presidente de la Suprema Corte de la Provincia, la reposición de la anterior tasa
activa en reemplazo de las recientemente incorporadas..." Así "...La nueva gestión motivó
una resolución del señor presidente de la Suprema Corte Provincial –Nro: SSJ-662 del
30/10/2013- donde se dispuso incorporar al “link” de la página web del tribunal todas las
tasas activas disponibles en el sitio del Banco de la Provincia, señalándose en el párrafo
cuarto de esa providencia, que la antes nominada “Tasa Activa” es hoy la “Tasa Activa para
Restantes Operaciones” (el subrayado me pertenece).
La conclusión que surge de los fallos citados y respecto a la cual coincide la Comisión de
Honorarios en sus dictámenes es que "... la tasa que debe aplicarse -toda vez que la
legislación o los pronunciamientos judiciales remitan, directa o indirectamente a la tasa que
cobran los bancos oficiales- es la antiguamente nominada “Tasa Activa” y ahora rebautizada
“Tasa Activa para Restantes Operaciones”. Ello así, pues las novedosas tasas “Activa de
descuento a 30 días” y “Activa Promedio de descuento a 30 días”, se muestran
ostensiblemente divorciadas de la realidad financiera actual, al punto de que evidencian un
grosero descalce con las tasas pasivas que el mismo banco oficial ofrece a sus
depositantes, patentizado en la absurda proximidad entre aquéllas y éstas...".
Por último, la Comisión entiende que la aplicación de una tasa de interés distinta a la
postulada, “Tasa Activa para Restantes Operaciones”, no hace otra cosa que lesionar
gravemente el derecho de los matriculados sobre los honorarios en mora, por lo que
considera conveniente facilitar a los colegas el acceso a esta información y jurisprudencia
citada para que las incorporen a sus planteos judiciales”.
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Toso lo que se tiene presente.-
6.- CAPACITACIÓN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO.- Visto de la presentación
efectuada por los Dres. Ricardo Lorenzetti y Gabriel Stigliz en relación a la realización de un
Programa de Actualización del Código civil y Comercial Unificado, a realizarse desde el 11
de marzo al 25 de noviembre del próximo año, con una modalidad de 80 hs, 20 clases de
4hs cada una ( del 17 a 21hs.), días miércoles por medio, con el fin de abordar las nuevas
regulaciones y su aplicación.- Todo lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar la
propuesta mencionada cuyo programa y presupuesto estimativo se transcribe a
continuación::
Programa de Actualización - Código Civil y Comercial Unificado
Colegio de Abogados, Departamento Judicial de La Plata (Salón de Actos)
Directores: Dres. Ricardo LORENZETTI y Gabriel STIGLITZ
Coordinador: Dr. Roco STIGLITZ (Instituto de Derecho del Consumidor)
Duración: 9 meses (desde el 11-3-15 al 25-11-15)
Modalidad : 80 horas , 20 clases de 4 horas cada una (17 a 21 hs.), días miércoles por
medio.-
Expositores : Integrantes de la Comisión de Reformas y juristas colaboradores
Objetivos :
Abordar las nuevas regulaciones del Código Civil y Comercial Unificado y analizar su
aplicación, a través del estudio del texto, sus antecedentes, la doctrina y la jurisprudencia
relativa a los cambios. Asimismo se abordará, en cada unidad el enfoque práctico de la
implementación de la nueva regulación y las implicancias del Código Civil en la ley especial
y los distintos procesos.
Fechas:
Marzo: días 11 y 25 (8 hs.), unidades I , II y III
Abril: días 1, 15 y 29 (12 hs.) unidad IV
Mayo: días 13 y 27 + junio = días 10 y 24 (total 16 hs.) unidades V y VI
Julio : días 8 y 15 + agosto = días 5 y 19 (total 16 hs.) unidades VII y VIII
Septiembre: días 2, 16 y 30 (12 hs) unidad IX
Octubre : días 14 y 28 (8 hs.) unidad X
Noviembre : días 11 y 25 (8 hs.) unidades XI, XII y XIII
Contenidos
Unidad I
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Presentación y método. Título preliminar. Principios y paradigmas. Antecedentes y fuentes.
Constitucionalización del derecho privado. Ejercicio de los derechos.
Unidad II
Persona humana. Tutela de la persona humana. Los derechos personalísimos. Principios de
bioética. Capacidad. Salud mental
Unidad III
La persona jurídica.
Bienes con relación a las personas y a los derechos de incidencia colectiva
Hechos y actos jurídicos. Representación, Invalidez.
Transmisión de los derechos. Instrumentos públicos y privados. Actos voluntarios y
involuntarios.
Unidad IV
Relaciones de familia. Nuevas realidades. La familia en un contexto multicultural. Formas
familiares y autonomía de la voluntad.
Matrimonio. Disposiciones en materia de régimen patrimonial del matrimonio. Régimen de
comunidad y de separación de bienes. Divorcio. Compensaciones económicas. Uniones
convivenciales. Regulación
Parentesco, filiación y adopción. Modificaciones sustanciales en el régimen filiatorio por
naturaleza y mediante técnicas de fertilización humana asistida. Adopción: conexión con el
sistema de promoción y protección de derecho de los niños, niñas y adolescentes. Adopción
de integración.
Responsabilidad parental (cambios en el vínculo paterno-filial). Procesos de familia.
Unidad V
Obligaciones y Contratos. Generalidades y Novedades.
Obligaciones en general. Clasificación. Obligaciones concurrentes. Extinción: imposibilidad
de incumplimiento. Pago. La nueva regulación de la mora.
Teoría general del contrato. Disposiciones generales. Contratos de adhesión. Tratativas
contractuales. Contratos preliminares. Pactos de preferencia. El objeto y la causa en el
nuevo código. Contratos conexos.
El contrato de consumo. Régimen y armonización con las leyes especiales.
El abuso de posición dominante. Cláusulas abusivas. Contratos a distancia.
Contratos en particular.- Compraventa, boleto de compraventa, suministro, locación, leasing,
obra, transporte, mandato, corretaje, depósito. Contratos asociativos.
Mutuo, fianza, cesión de deudas y cesión de la posición contractual.
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Renta vitalicia, fideicomiso.
Unidad VI
El nuevo código civil y comercial y la empresa; Los principios del derecho comercial. La
importancia del nuevo artículo 1010 para la pequeña industria. Los contratos entre empresas
y de consumo. El contrato de adhesión. Los contratos de distribución. Contratos bancarios.
Los estados contables. Régimen jurídico. Los títulos valores y las leyes especiales. Los
privilegios en el nuevo código civil y comercial. Normas del Código y derecho del trabajo.
Influencia de los cambios. El nuevo régimen societario a la luz de las reformas introducidas
por el Anexo II de la ley 26.994. Contratos asociativos.
Sociedad Unipersonal y otras modificaciones relevantes a la Ley 19.550.
Concursos y Quiebras: Reformas que se proyectan en la ley 24.522.
Unidad VII
Derechos de incidencia colectiva
Unidad VIII
Responsabilidad civil como sistema. Unificación de las órbitas de la responsabilidad.
Funciones: preventiva, disuasiva y resarcitoria. Prevención del daño. Sanciones pecuniarias
disuasivas. Causas de justificación, asunción del riesgo y consentimiento. Daño e
indemnización. Factores de atribución. Causalidad. Responsabilidades especiales.
Responsabilidad colectiva. Ejercicio de las acciones y relación entre la acción civil y penal.
Gestión de negocios, empleo útil, enriquecimiento sin causa, declaración unilateral de la
voluntad
Unidad IX
Derechos reales.
Dominio y condominio (Propiedad comunitaria indígena. Propiedad horizontal. Conjuntos
inmobiliarios, tiempo compartido y cementerios privados)
Superficie, Usufructo, Uso, Habitación, Servidumbres, Derechos reales de garantia.
Acciones posesorias y acciones reales.
Unidad X
Sucesiones. Herencia. Responsabilidad de herederos y legatarios. Procesos sucesorios.
Porción legítima. Pactos sobre herencia futura. Testamentos. Albaceas.
Unidad XI
Prescripción y caducidad. Nuevos plazos. Disposiciones transitorias. Procesos en curso.
Hechos anteriores y posteriores a la vigencia del Código Civil y Comercial unificado.
Unidad XII
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Privilegios y derecho de retención.
Unidad XIII
Cuestiones vinculadas al derecho internacional privado.
La Dirección centraliza el programa y listado de expositores
Presupuesto estimativo:
Matrícula: $ 5.400 (equivalente a $ 270 x cada una de las 20 clases de 4 hs)
9 cuotas mensuales de $ 600 c/u desde marzo a noviembre de 2015
Estimación mínima: 120 inscriptos : $ 648.000
Imputación a gastos de expositores (administrados por el CALP) = 20 traslados +
alojamientos & cenas (4 personas), total $ 148.000
Neto = $ 500.000
50% ($ 250.000) = destino a Colegio de Abogados ( a cargo de publicidad , inscripciones y
gastos del salón de actos )
50% ($ 250.000) = honorarios (pagaderos por el CALP contra facturación)
70% = honorarios a expositores ($ 175.000), equivalente a $ 8.750 x cada clase de 4 hs. ,
pagaderos el día de cada clase
30% = honorarios a directores y coordinador ($ 75.000), equivalente a $ 25.000 cada uno
(por el curso completo)
En caso de verificarse inscripciones en menor o mayor cantidad, corresponde ajustar el
presupuesto en las mismas proporciones.
Al cerrarse la inscripción, se calcularán los valores definitivos, y pasarán a integrar como
Anexo el contrato.-
Asimismo se toma conocimiento de la propuesta efectuada por los Institutos, en relación a la
organización de actividades complementarias a esta temática, las cuales será desplegadas
en su oportunidad, a este Cuerpo.- Todo lo que se tiene presente y se resuelve aprobar.-
7.- ANSES .- Visto lo resuelto por el juez federal Alberto Recondo quien declaró inadmisibles
los recursos deducidos por ANSES contra la resolución que daba por incumplida la medida
cautelar dictada oportunamente y que intimaba al Director de ANSES, Diego Bossio, al
cumplimiento de la manda judicial dictada bajo apercibimiento de imponerle una multa de
carácter personal por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). En ella también se le hacía
saber que ante nuevos incumplimientos, será de aplicación el art. 239 del Código penal
conforme se dispusiera oportunamente en el resolutorio.
La Justicia también hizo lugar a la medida cautelar pedida por el colegio, y ordenó al
ANSES que se abstenga de aplicar la Resolución 479/2014, -que creaba el Registro de
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Abogados y Gestores Administrativos, que habilita el ejercicio profesional ante el organismo-
debiendo suspender su aplicación en relación a los profesionales matriculados en los
Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos. La medida ha sido dispuesta bajo
apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal. Todo lo que
se tiene presente.-
8.- OBRA DE TEATRO “HEMBRAS”.- Da cuenta el Dr. Levene, que el pasado 25 de
noviembre se conmemoró el día “Día Internacional para la eliminación de la violencia contra
las mujeres". En dicho marco, se llevó a cabo en el salón de actos institucional la obra
teatral Hembras -un encuentro de mujeres notables-, de cinco prestigiosas autoras
nacionales quienes escribieron la voz de mujeres audaces de la historia de nuestro país,
como Josefina Delgado, Araceli Bellotta, Patricia Suárez, María Rosa Lojo e Inés Fernández
Moreno.
La puesta en escena estuvo de la mano de destacadas actrices: Silvia Baylé, Teresa
Costantini, Victoria Onetto, Graciela Dufau, Ana María Picchio, Adriana Salonia y Esther
Goris. El evento fue coorganizado con la Fundación Infancia y se realizó a total beneficio de
CONIN La Plata. Por Tesorería se informa que se recaudaron $17.550. Todo lo que se tiene
presente y se resuelve autorizar el pago de lo recaudado a la Fundación Infancia a los fines
de instrumentar su destino a CONIN La Plata. Se giran las actuaciones a la Gerencia de
Administración y Recursos Humanos a sus efectos.
9- AFIP.- Régimen de utilización obligatoria de tarjetas de débito para el pago de los
servicios profesionales.- Se toma conocimiento del dictamen remitido por el Colegio de
Abogados de la Provincia, referido a la consulta que efectuara este Colegio con relación al
régimen de referencia, cuyo texto se transcribe a continuación:
I. - OBJETO DEL DICTAMEN: Analizar el régimen de utilización obligatoria de tarjetas
de débito para el pago de los servicios profesionales.
II. - CLIENTE: COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
III. - CONSULTA: Establecer la procedencia de la obligación de ofrecer el uso de tarjeta
de débito como medio disponible para cancelar los pagos por honorarios y servicios
profesionales.
IV. - CONTEXTO: Recientemente se eleva la consulta derivada de una inspección
llevada adelante por funcionarios de la AFIP, respecto de un abogado matriculado, en cuyo
marco se le imputa la infracción consistente en la omisión de ofrecer como medio de pago
válido al sistema de tarjeta de débito.
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V. - MARCO NORMATIVO:
a) Decreto (DNU) 1387/2001;
b) Decreto 1548/2001;
c) Resolución General AFIP 1166/2001;
d) Ley nacional 11.683.
VI. - ANALISIS JURÍDICO DEL TEMA: Mediante el decreto de necesidad y urgencia
1387/2001 del 1 de noviembre de 2001, se establecieron una serie de medidas de diversa
naturalezas, entre ellas, algunas tendientes a profundizar la perseguida bancarización de la
economía. Ello, de consuno con los objetivos esgrimidos de aminorar la evasión tributaria,
por un lado, y aumentar la recaudación por la vía del recientemente implementado impuesto
sobre los débitos y créditos bancarios, por el otro.
En este marco, mediante los arts. 47 a 49 del citado decreto, se establecía el régimen de
devolución de una parte del Impuesto al Valor Agregado, recaudado como consecuencia de
la utilización del sistema de tarjetas débito, a favor de los consumidores finales que
emplearan este medio de pago en la adquisición de bienes y servicios.
Por su parte, el art. 47 establece lo siguiente:
“Los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles
para consumo final o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar
como medio de pago, transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas
de débito (. . .)”
De esta manera, mediante el decreto citado se modifica el régimen de extinción de las
obligaciones establecidos en el Código Civil, y se impone ahora la obligatoriedad de
aceptar, como medio de pago y cancelación válido, a las transferencias bancarias
instrumentadas mediante el uso de la Tarjeta de Débito.
Por su parte, mediante el art. 4 de la Resolución General N° 1166/2001 de la AFP, se
estableció un cronograma progresivo para el uso obligatorio de este medio de pago,
venciendo la última de las etapas el 1 de junio de 2002.
Ahora bien, a los efectos de analizar la procedencia de la aplicación de este régimen al
ámbito de los abogados, encuentro un elemento insalvable que obsta a su extensión a estos
profesionales, como parece pretender la AFIP.
En el decreto 1387/2001, claramente se establece la utilización obligatoria de este
mecanismo de pago para los casos de contribuyentes que realicen venta de cosas muebles
para consumo final o prestación de servicios.
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Excluyendo a los abogados del supuesto de venta de cosas muebles, solo les resulta
aplicable el caso de la prestación de servicios. Aún en este último caso, debe hacerse notar
que la norma prevé un supuesto especial, estableciendo que debe tratarse de servicios de
consumo masivo. Existe en la disposición una lógica clara: la utilización de la tarjeta de
débito resultará obligatoria para aquellos contribuyentes que realizan operaciones con
consumidores finales, y en condiciones de ofertas de bienes y servicios de carácter general,
público y masivo.
Estos son caracteres que no están presente per se en el caso de los abogados. Estos
profesionales prestan un servicio especial, específico, y que de ninguna manera puede
calificarse de masivo. Los servicios del abogado derivan del estudio, conocimiento y
aplicación de los principios de una ciencia particular, para el asesoramiento o resolución de
casos concretos que son traídos de manera especial por sujetos que requieren de dichos
servicios.
El desarrollo de la profesión requiere además una especial preparación y dedicación a cada
caso particular, que no resulta compatible con el concepto de servicio masivo al que refiere
la norma. Cada caso sometido a la consulta de un particular está revestido de sus
particulares características y circunstancias de hecho que hacen a su inexorable tratamiento
individual. Y esto se profundiza en aquellos asuntos de orden judicial.
Tampoco se puede determinar claramente que los servicios de los abogados sean siempre
dirigidos a consumidores finales, lo que obsta a la aplicación de la lógica que trata de
aprehender la norma.
Por último, la norma crea una clara desigualdad y desventaja en perjuicio de los
profesionales monotributistas, puesto que permite a los abogados responsables inscriptos -
los de mayores ingresos- computarse el costo que les insuma la adaptación del sistema
como crédito fiscal; cosa jurídicamente imposible para los restantes tipos de contribuyentes.
Para finalizar, y sin perjuicio de lo anterior, se concluye de lo expuesto que el régimen
instaurado por el decreto 1387/2001 que impone la obligatoriedad del uso del sistema de
tarjeta de débito como medio de pago no resulta de aplicación de los abogados y
procuradores, por no resultar estos oferentes de servicios de tipo masivos”.
Asimismo, el Dr. Colli informa que durante la semana entrante tendrá una reunión con el
Director General de la AFIP La Plata a los fines de abordar el nuevo régimen mencionado.-
11.- ÁREA ACADÉMICA.- I) INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO: Se toma
conocimiento que el Secretario del Instituto Dr. Ismael Lofeudo eleva un nota al Área
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Académica en la que propone llevar adelante una charla sobre: “Notificaciones electrónicas
en el Fuero Federal” el miércoles 10/12 a las 18 hs. Lo que se tiene presente y se
RESUELVE aprobar.-
II) INSTITUTO DE DERECHO COMERCIAL.- Se toma conocimiento que el Director del
Instituto Dr. Carlos Garobbio con motivo del “60º Encuentro de Institutos de Derecho
Comercial de Colegios de Abogados de la Provincia”, a realizarse los días 4 y 5 de
diciembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata, solicita adelanto de gastos para
traslado y permanencia de los miembros expositores. Lo que se tiene presente y se
RESUELVE aprobar la suma de pesos $ 3.500 en concepto de gastos.-
III) DESIGNACIÓN SUB DIRECTOR ÁREA ACADÉMICA.- Se toma conocimiento de la
propuesta realizada por el Director del Area referida, Dr. José María Marchionni, en
referencia a designar como Sub Director al Dr. Tulio Marchetto en reemplazo de la Dra.
Silvina Nobre Ferreira. Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar lo peticionado.-
12.-COMISIÓN DE GÉNERO.-Congreso Nacional Interdisciplinario Sobre Género:
Diversas Miradas.- Visto la presentación efectuada por la Dra. Marina Mongiardino en
relación al proyecto de organización del Congreso Nacional Referido cuya celebración
tendría lugar a fines de junio del 2015, el cual estaría coorganizado por las siguientes
instituciones: Facultad de Trabajo Social de La UNLP, Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales de la UNLP, Facultad de Psicología de la UNLP y el Colegio de Abogados de La
Plata y contaría con el auspicio de la Municipalidad de La Plata. Todo lo que se tiene
presente y se RESUELVE: I) Aprobar a la Comisión del epígrafe a la participación activa en
la organización del Congreso.-II) Establecer una entrada libre y gratuita y el derecho a
certificado de pesos $100 admitiéndose créditos académicos.
13.-OBSERVATORIO DE LITIGIO DE INTERÉS PÚBLICO.- Se toma conocimiento de la
propuesta elevada por la Dra. Florencia Vechatti para la creación de un "Observatorio sobre
litigio de interés público” el que tendrá por objetivo trabajar colaborarando para que el
Colegio gane presencia en la sociedad a través de contribuciones técnicas interdisciplinarias
que generen valor agregado en este campo. Dicha Propuesta literalmente transcripta reza:
“PROYECTO PARA LA CREACIÓN DE UN INSTITUTO DE “LITIGIO DE INTERÉS
PÚBLICO” EN EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA.”
OBJETIVO DE LA CREACION DEL PROYECTO.-
La télesis del proyecto es brindar un servicio comunitario de interés social desde el Colegio
de Abogados que Ud. dignamente preside, tanto para los profesionales como para la
sociedad. Este servicio involucra los aspectos teóricos, empíricos y de relevancia
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institucional; con las evaluaciones, propuestas y proyecciones respectivas que a
continuación se detallan-
El objeto de estudio importa el análisis de las distintas experiencias de litigio de interés
público que se vienen desarrollando en diferentes instituciones, en las cuales se abordan
problemáticas complejas que afecten a la sociedad, como así también el análisis de
normativas que sirvan de marco a este tipo de procesos. En general este tipo de proyectos
se encuadran dentro de las llamadas “clínicas jurídicas”, que son métodos de aprendizaje
extrapolados de las Universidades de Estados Unidos (principal referente en materia de
litigio de interés público).
Cabe destacar que estas experiencias vienen creciendo dentro de las distintas
universidades como nuevo método de aprendizaje, aparte de ser una vía habitual de lucha
por los derechos utilizada por las ONG´s más especializadas. El ejemplo más claro de este
crecimiento en los ámbitos académicos se ve reflejado en que distintas universidades (UBA
y Universidad de Palermo entre otras), han establecido como uno de los tipos de prácticas
profesionales a las clínicas jurídicas (muchas veces a cargo de una ONG con la que se firma
un convenio), donde se llevan adelante litigios de interés público. Algunas de las ONG´s que
tienen clínicas jurídicas son CELS, ADC, ACIJ, FARN y CEDHA, como se puede ver,
muchas de ellas tienen un rol preponderante en la lucha por el acceso a los derechos en
distintas temáticas.
La UNLP ha establecido hace ya casi 5 años un proyecto de clínicas jurídicas con distintas
comisiones (como por ejemplo: Derechos Humanos, Derecho Ambiental, Derecho Social,
Derechos de Usuarios y Consumidores, Acceso a la Información Pública, entre otras) y
también viene creando, con la misma lógica y dinámica que una clínica jurídica, distintos
proyectos en los que se abordan cuestiones específicas (VIH-SIDA, Migrantes, Niñez y
Políticas Públicas, etc.), si bien hasta ahora estos proyectos se han desarrollado en el marco
de la Secretaría de Extensión, una de las propuestas más firmes para la reforma del plan de
estudios de la carrera de abogacía de la UNLP es el de modificar el sistema de prácticas
profesionales y que la participación en este tipo de proyectos (junto con los consultorios
jurídicos gratuitos) sea una de las opciones de práctica profesional, por las indudables
ventajas que tiene el llevar adelante casos reales por sobre el estudio teórico de casos.
Atento a lo previamente expuesto, se buscará asimismo la posibilidad de firmar convenios
de cooperación con las mencionadas instituciones, a fin de lograr una mejor comprensión y
proyección de este tipo de prácticas que vienen creciendo en distintos ámbitos del ejercicio
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profesional de la abogacía, principalmente en Organizaciones No Gubernamentales y
Universidades.
Los resultados de los trabajos y análisis realizados por el presente instituto serán puestos a
consideración del Sr. Presidente del Colegio, para su pertinente evaluación y eventualmente
estimación de pasos a realizar.
Serán elaborados proyectos de interés sobre la normativa aludida, estudio de casos llevados
adelante con este particular enfoque y el análisis de los supuestos fácticos involucrados en
los mencionados procesos de interés público, los que serán puestos a consideración de la
Presidencia, con la finalidad de posicionar al Colegio de Abogados de La Plata, a la
vanguardia de tales sucesos.
ENCUADRE JURÍDICO NORMATIVO.
El proyecto se encuadra normativamente en la letra expresa de la ley No. 5177, que
establece entre otras funciones, atribuciones y deberes del Colegio de Abogados, su
participación “Promover la creación de institutos para la formación de los abogados en
nuevas especialidades y su perfeccionamiento en el conocimiento del derecho; propiciar el
establecimiento de centros de mediación, conciliación y tribunales de arbitraje; y celebrar
convenios con organismos municipales o entidades privadas para contribuir al mejoramiento
del servicio de justicia o prestar asistencia a los abogados y procuradores en el ejercicio de
su ministerio” en el art. 19 en su inc. 18.-.
Se adjuntará en folio aparte modelo de estructura del Instituto respectivo y autoridades
designadas en sus diferentes cargos.-
Se formula el requerimiento de disposición de un ambiente físico –oficina de trabajo –en el
CALP y se indicará el día de reunión conforme asignación colegial, según convenga en
virtud de las otras actividades programadas por el CALP.-“
Todo lo que se tiene presente y se resuelve aprobar la propuesta, y designar como
coordinadores del mismo a los Dres Florencia Vechatti y Pedro Sisti, dejándose constancia
de que el Observatorio deberá tener la estructura de una Comisión Asesora del Consejo
Directivo.-
14. CASA DE CAMPO.- Visto el informe presentado por el Intendente de la Casa de Campo
Sr. Lagos sobre las prioridades a resolver las que que a continuación se transcribe:
Comprar máquinas de corte 2 tiempos: 1 podadora extensible ($ 8.100) y 1
motoguadaña ($ 6.100).
Comprar un triciclo corta césped Roland 13 HP ($ 35.000).
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Reemplazar la bomba sumergible actual de 7.5 Hp de nuestra perforación, por una
de 15 HP y ahorrar una perforación. Cotización otorgada por Aleti Rodolfo (proveedor
de la bomba actual) ($ 60.000).
Provisión e Instalación de dos (2) electrobombas Autocebantes con motor de 5,5
HP. En reemplazo de las existentes en la pileta grande (costo estimado $ 45.000).
Solo restan definir algunas cotizaciones, con respecto a una nueva perforación en la
zona de la pileta grande, como otra alternativa.
Todo lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar lo peticionado, lo que se irá
ejecutando previo informe de la tesorería, siempre y cuando lo autorizado revista el carácter
de indispensable para el normal desarrollo de la temporada de casa de campo.-
15.- CENTRO DE MEDIACIÓN.- EXÁMEN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.- Se toma
conocimiento de la presentación efectuada por varios colegas en el marco del examen final
habilitante para conformar el Registro Provincial de Mediadores, solicitando el
acompañamiento del Colegio a la impugnación formulada por ante el Ministerio de Justicia
de la provincia de Buenos Aires.- Lo que se tiene presente y se resuelve: 1) Adherir
institucionalmente al reclamo formulado por los colegas.- 2) Elevar dicho acompañamiento al
Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia a sus efectos.-
17.- SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-I)
Acuerdo 3733/14 Notificaciones electrónicas.- Visto lo acordado por la S.C.B.A sobre
“Extensión a todo el ámbito de la Administración de Justicia del sistema de notificaciones
electrónicas. Cronograma de implementación”. Se resuelve A) Girar a la Comisión de
Administración de Justicia para su tratamiento B) Girar al sector de Comunicaciones a fin de
realizar la difusión institucional de la misma.- II) Res. 101/14 Convenio entre el IPS Y LA
SCBA. -Se toma conocimiento que SCBA estableció el día 01 de diciembre de 2014 como
fecha de puesta en marcha de la experiencia piloto entre la Suprema Corte de Justicia y el
Instituto de Previsión Social en los términos dispuestos por la Resolución N° 2678/14 y el
Convenio de Colaboración Recíproca suscripto. La prueba referida se efectuará en la
totalidad de los Órganos Jurisdiccionales que integran los Departamentos judiciales de La
Plata y Mar del Plata.
Dicha resolución prevé la incorporación del IPS al sistema de presentaciones electrónicas
de la SCBA. Estableciendose que los pedidos de informes y comunicaciones al/del Registro
Público de juicios universales, respecto de la existencia de procesos sucesorios abiertos y
demás referidos del art 2 de la ley 7205 se realizarán por el IPS. Además de los informes
previstos en el art 25 de la ley 10.205 por parte de la Dirección de Pensiones sociales no
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contributivas del IPS se harán a través del sistema de presentaciones electrónicas de la
SCBA. Toso lo que se tiene presente y se resuelve giirar al sector de Comunicaciones a fin
de realizar la difusión institucional de la misma.-
18.- JORNADAS DEPORTIVAS MAR DEL PLATA.- El Dr. Levene da cuenta de las
actividades llevadas a cabo por los representantes de este Colegio por ante las jornadas de
referencia.- Hace saber que han participado más de 350 colegas y que toda la actividad se
desarrolló en forma exitosa.- En virtud de ello, destaca la permanente colaboración de la
Presidenta de la Comisión de Casa de Campo y Deportes, Dra. Jessica Seimandi y sus
miembros, que han coordinado toda la delegación.- Lo que se tiene presente.-
19.- ENCUESTAS.- Da cuenta el Dr. Levene que el día viernes 19 diciembre se llevará a
cabo el acto de entrega de premios a los mejores órganos jurisdiccionales del departamento
judicial La Plata en opinión de los abogados, en el marco de las encuestas que el Colegio ha
realizado en forma conjunta con la Facultad de Ciencias Económicas.
20.- BOLETIN OFICIAL.- Se informa por Presidencia que en el día de la fecha se suscribió
el Convenio con las autoridades del Boletín Oficial, mediante el cual queda plasmado el uso
de las instalaciones del Colegio para el funcionamiento de una Agencia.- Lo que se tiene
presente y se resuelve difundir el mismo, cuyo texto reza:
“Entre el Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros de la. Provincia de Buenos Aires,
representado por el Subsecretario de Gabinete Dr. Juan Pablo Álvárez Echagüe, en
adelante "el comodatario" con domicilio en calle 6 entre 51 y 53 de la Ciudad y Partido de La
Plata, Provincia • de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de La Plata, representado por
su Presidente Dr. Fernando P. Levene, en adelante "el comodante" con domicilio en calle 13
n° 829 de la Ciudad y Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires; convienen en celebrar
el presente convenio de.comodato, de conformidad con las siguientes cláusulas: ,
Primera: El comodante otorga en comodato 2 (dos) oficinas sitas én su sede -calle 13 n° 829
de la Ciudad y Partido de La Plata- para ser destinadas a la atención al público y para el
depósito de documentación y material inherente al desarrollo de la actividad descripta en la
cláusula Tercera.
Segunda: El comodatario recibe las oficinas en buen estado de conservación y con las
condiciones necesarias para desarrollar la actividad prevista en la cláusula Tercera. El
comodatario proveerá el mobiliario y recursos materiales necesarios, para el cumplimiento
de dicha actividad.
Tercera: El comodatario1 se compromete a destinar ambos espacios físicos para el
funcionamiento de la Agencia n* 1 del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aíres, no
Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal
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pudiendo afectarlo a ningún otro, destino. Salvo autorización expresa, el comodatario sólo
utilizará las oficinas durante el horario de atención administrativa del comodante.
Cuarta: El comodatario se compromete a ejecutar las tareas administrativas y de atención al
público inherentes a los servicios brindados por la Agencia n° 1 del Boletín Oficial a
través,de' personal perteneciente a su planta de empleados.
Quinta: El plazo de! comodato será de tres (3) años contados desde el 09/10/14, pudiendo
ser prorrogado en forma automática por términos iguales a partir de su finalización. En caso
de reclamo de devolución de las instalaciones, la misma se operará dentro del término de
los tres (3) meses a partir de la solicitud por escrito de la otra parte.
Sexta: Estarán avcargo del comodante todas las diligencias y tareas inherentes al
mantenimiento y conservación del inmueble.
Séptima: El comodante queda exceptuado de toda responsabilidad que derive de las tareas
administrativas descriptas en la cláusula Tercera. Asimismo el comodatario se compromete
a mantener indemne al comodante frente a cualquier reclamo de los empleados del
comodatario
o de terceros, derivados de la relación laboral, de la actividad del comodante o de las
acciones de sus empleados tengan o no que ver con la actividad.
Octava: A todos losefectos legales las partes constituyen domicilio especial en los indicados
en el encabezamiento de este convenio, donde resultarán válidas todas las notificaciones
judiciales o extra judiciales que se practiquen, sometiéndose a la jurisdicción de los
Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de La Plata, con exclusión de cualquier otro
fuero o jurisdicción que pudiera corresponder!es.
. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un único
efecto, en la Ciudad de La Plata a los dieciséis días del mes de diciembre de 2014.”
21.- DELEGACIÓN EN SECRETARÍA Y PRESIDENCIA.- Visto que el Consejo Directivo
tendrá su próxima sesión en el mes de febrero del año próximo, y ante la necesidad de
tomar aquellas decisiones que permitan el normal desarrollo institucional, se resuelve
facultar a la Secretaría y a la Presidencia para adoptar las medidas que resulten
necesarias.-
22.- PRÓXIMA SESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO.- Se resuelve fijar la próxima sesión
del Cuerpo para el día jueves 12 de Febrero próximo a las 20 horas.-