colegio de abogados · 2017-10-30 · arancel mensual para los meses de enero y febrero...

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Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal 1 ACTA NUMERO 2180.- En la ciudad de La Plata, capital de la Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en la sede del Colegio de Abogados de La Plata los señores consejeros titulares, Hernan Ariel Colli, Graciela Amione, Rosario Sánchez, Joaquín Granillo Fernández, Carlos Fernando Valdez, Pablo Grillo Ciocchini y los consejeros suplentes Norma E. Acevedo, José María Marchionni, Jessica Seimandi, Agustín Rabadan y Ana Laura Ramos, bajo la presidencia del Doctor Fernando Pablo Levene se dio por abierta la sesión siendo las 20:00 horas.- 1- ACTA NUMERO 2179. Puesta a consideración el acta de referencia, sin observaciones se la aprueba.- 2.- MOVIMIENTOS DE MATRÍCULA.- Se informa por Secretaría los movimientos de matrícula registrados entre el 5 de noviembre al 2 de diciembre del corriente: JURAMENTO:ANDUJAR, DEBORA; AREVALO, PAOLA GISELA; BLANCO, DIEGO ALBERTO; BLAYA DILLON, MARIA JIMENA; BOARI, MARIA FLORENCIA; BOVATI MARIOTTI, MARIA ANTONELA; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CACERES, RUBEN MARTIN; CALAILI, MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO, JUAN MANUEL; CAROZZI, NARA GIULIANA; CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; CONSTANTE, ROMINA; CURCIO, MARTIN EUGENIO; CURTO, JUAN FRANCISCO JESUS; DEFERRARI, MARTIN IGNACIO; DE GAETANO TROTTA, DANIELA MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA; ESNAL, DANIEL ALEJANDRO; ESTRUGO, NESTOR EDUARDO; FENOS, LUCIANA; FERNÁNDEZ PEREIRA, ROSSANA VANESSA; IPARRAGUIRRE, IVONNE MARCELA; LAPLACETTE, CAROLINA; LAVADO CACHAY, INES ARACELLY; MARCHETTI, CARLA LETICIA; MARCHIONNI, MARIA SOFIA; MARTINEZ CAMPODONICO, MARIA LILA; METHOL, VALERIA LOURDES; MOLTEDO, LUCAS CARLOS; ORAZI, ADAM; OTTONE CAPPIELLO, PABLO RAFAEL; PAMPARANA, MAURO; PEREDA, DARIO JOSE; PETZOLDT, VANESA GISELE; RAIMONDO LOZA, SILVIA MERCEDES; RODRIGUEZ MONTAÑA, JOSELINA; SACCO, JORGELINA EDITH; SAGASTUME, PILAR; SAGASTUME, PILAR; SANABRIA CAMPO, DANIEL JOSE; SCIRICA, JUAN CARLOS JESUS; SILVA, JULIETA; VON WERNICH, SABRINA GISELE. FALLECIDO: CASTELLS, NESTOR DANIEL. INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA:BALCONE, ANDRES; BLANCO, DIEGO ALBERTO; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CALAILI, MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO, JUAN MANUEL; CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; CENICEROS, LAURA CRISTINA; DE GAETANO TROTTA, DANIELA MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA;

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Page 1: Colegio de Abogados · 2017-10-30 · Arancel mensual para los meses de Enero y Febrero $2600.-respectivamente. Valor por Quincena: $1500.- Arancel diario para invitado: $160.- Descuento

Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal

1

ACTA NUMERO 2180.- En la ciudad de La Plata, capital de la Provincia de Buenos Aires, a

los dos días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en la sede del Colegio de

Abogados de La Plata los señores consejeros titulares, Hernan Ariel Colli, Graciela Amione,

Rosario Sánchez, Joaquín Granillo Fernández, Carlos Fernando Valdez, Pablo Grillo

Ciocchini y los consejeros suplentes Norma E. Acevedo, José María Marchionni, Jessica

Seimandi, Agustín Rabadan y Ana Laura Ramos, bajo la presidencia del Doctor Fernando

Pablo Levene se dio por abierta la sesión siendo las 20:00 horas.-

1- ACTA NUMERO 2179. Puesta a consideración el acta de referencia, sin observaciones

se la aprueba.-

2.- MOVIMIENTOS DE MATRÍCULA.- Se informa por Secretaría los movimientos de

matrícula registrados entre el 5 de noviembre al 2 de diciembre del corriente:

JURAMENTO:ANDUJAR, DEBORA; AREVALO, PAOLA GISELA; BLANCO, DIEGO

ALBERTO; BLAYA DILLON, MARIA JIMENA; BOARI, MARIA FLORENCIA; BOVATI

MARIOTTI, MARIA ANTONELA; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CACERES, RUBEN

MARTIN; CALAILI, MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO,

JUAN MANUEL; CAROZZI, NARA GIULIANA; CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO,

MARIA NAZARENA; CONSTANTE, ROMINA; CURCIO, MARTIN EUGENIO; CURTO, JUAN

FRANCISCO JESUS; DEFERRARI, MARTIN IGNACIO; DE GAETANO TROTTA, DANIELA

MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA; ESNAL, DANIEL ALEJANDRO; ESTRUGO,

NESTOR EDUARDO; FENOS, LUCIANA; FERNÁNDEZ PEREIRA, ROSSANA VANESSA;

IPARRAGUIRRE, IVONNE MARCELA; LAPLACETTE, CAROLINA; LAVADO CACHAY,

INES ARACELLY; MARCHETTI, CARLA LETICIA; MARCHIONNI, MARIA SOFIA;

MARTINEZ CAMPODONICO, MARIA LILA; METHOL, VALERIA LOURDES; MOLTEDO,

LUCAS CARLOS; ORAZI, ADAM; OTTONE CAPPIELLO, PABLO RAFAEL; PAMPARANA,

MAURO; PEREDA, DARIO JOSE; PETZOLDT, VANESA GISELE; RAIMONDO LOZA,

SILVIA MERCEDES; RODRIGUEZ MONTAÑA, JOSELINA; SACCO, JORGELINA EDITH;

SAGASTUME, PILAR; SAGASTUME, PILAR; SANABRIA CAMPO, DANIEL JOSE;

SCIRICA, JUAN CARLOS JESUS; SILVA, JULIETA; VON WERNICH, SABRINA GISELE.

FALLECIDO: CASTELLS, NESTOR DANIEL. INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA:BALCONE,

ANDRES; BLANCO, DIEGO ALBERTO; BRUERA, MARIA SOL ESTEFANIA; CALAILI,

MARIANA VICTORIA; CAMBRONERA, PABLO DANIEL; CAPUTO, JUAN MANUEL;

CARRILLO, SOL LUCIA; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; CENICEROS, LAURA

CRISTINA; DE GAETANO TROTTA, DANIELA MAGALI; DEVINCENZI, ANTONELLA;

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Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal

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ESNAL, DANIEL ALEJANDRO; ESTRUGO, NESTOR EDUARDO; GONZALEZ, PATRICIA

MARIA; LAPLACETTE, CAROLINA; LA VEGLIA, ANALIA; MARTINEZ CAMPODONICO,

MARIA LILA; MOLTEDO, LUCAS CARLOS; PAMPARANA, MAURO; PEREDA, DARIO

JOSE; PETZOLDT, VANESA GISELE; SACCO, JORGELINA EDITH; SAGASTUME, PILAR;

SAGASTUME, PILAR; SILVA, JULIETA. REHABILITACION: ADROGUE, MANUEL

IGNACIO; BROWN, MONICA ALEJANDRA; GIL, PEDRO OMAR; LOVELLI, EMANUEL.

SANCION (DISCIPLINARIA o PROCESAL): LINARES, JORGE MARCELO.

CANCELACION A SU PEDIDO:AMERI, RODOLFO FERNANDO; BIRGIN, OSCAR JORGE;

BOSCO, BETINA SAMANTA; BOVATI MARIOTTI, MARIA ANTONELA; CALAILI, MARIANA

VICTORIA; CAPUTO, JUAN MANUEL; CASTELLUCCIO, MARIA NAZARENA; COMPTE DE

LOIZEAU, SILVIA; DEVINCENZI, ANTONELLA; GREPPI, ANTONIO MARIO; KRAPIVKA,

HECTOR ABRAHAM; LAVADO CACHAY, INES ARACELLY; MOLTEDO, LUCAS CARLOS;

PACHECO, HUGO JORGE; PAMPARANA, MAURO; PEREDA, DARIO JOSE; PETZOLDT,

VANESA GISELE; RODRIGUEZ, LORENA ANALIA; SACCO, JORGELINA EDITH;

SAGASTUME, PILAR; SALINAS, SUSANA MARGARITA; SCHATZ, JOSE LEONARDO;

SURRACO, GRISELDA ZULMA; TREVISAN PALACIOS, HECTOR RAUL. PASE A OTRO

COLEGIO: IACOI, MARIA MARTA; POTERAYCHKE, MARIELA LORENA.

3. - MESA DIRECTIVA DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2014.-

I)

Resolución de Presidencia Nº 29/14 .- 4 de noviembre de 2014.

A-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- I) Designación abogado del Niño.- I)

Juzgado de Familia Nº 4 Departamental.- Se toma conocimiento del oficio remitido por el

Juzgado de referencia, mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño

en los autos caratulados “FANELLI SUSANA EDITH S/ MEDIDAS PREELIMINARES” para

que patrocine a la joven Susana Edith Farinelli.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar

las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los

letrados inscriptos en el mismo.-II) Dirección de Derechos Humanos – Municipalidad de

Ensenada.- Se toma conocimiento del oficio remitido por la Dirección de referencia,

mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño en los autos caratulados

“HERRERA AMELIA RAQUEL C/ HERRERA MELINA S/ PROTECCIÓN CONTRA LA

VIOLENCIA FAMILIAR”, en trámite ante el Juzgado de Familia Nº 5, para que patrocine al

niño Jeremías Israel Herrera de ocho años de edad.- Lo que se tiene presente y se resuelve

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girar las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los

letrados inscriptos en el mismo.

B-Instituto de Estudios Judiciales SCBA - Pedido de salón.- Se toma conocimiento de lo

peticionado por el Subsecretario Pablo Perel en referencia a la realización de una actividad

de capacitación el día 5 de noviembre del corriente en el horario de 15 a 17 hs. Lo que se

tiene presente y se resuelve aprobar lo peticionado.-

II)

a-Subsede CABA.- Se toma conocimiento del informe sobre la situación actual de la sede

brindado por la Dra. Graciela Ameone. Lo que se tiene presente y se resuelve difundir los

servicios brindados por los medios institucionales.-

b-Gerencia Administrativa y RR.HH.- I) UTEDYC.- Se toma conocimiento del informe

presentado por el Gerente de Administración Cr. Obdulio Hernandez referido al Convenio

Colectivo Lo que se tiene presente .II) Diego A. Argañaraz agradecimiento.- Se toma

conocimiento de la nota de agradecimiento del empleado del epígrafe en relación a la

reubicación laboral en la oficina de Servicios de este Colegio. Lo que se tiene presente.-

d-Hospital de Niños S- Colaboración. Visto lo solicitado por la Fundación del Hospital de

niños de esta ciudad se resuelve girar al área contable a fin de que se confeccione

informe de presupuesto al respecto.-

e-Colonia de vacaciones.- Se toma conocimiento de los valores para la temporada 2014-

2015 los que a continuación se transcriben:

Edades: 3 años a 12 años

Horario: 8:30hs 13:45s

La colonia tiene servicio de desayuno al llegar al predio y refuerzo de desayuno

antes de iniciar el regreso. No tiene almuerzo

Inicio 22 de Diciembre de 2014 / Días de actividad durante el mes de Diciembre: 22 –

23 – 29 y 30

Costo Diciembre: $550.-

Arancel mensual para los meses de Enero y Febrero $2600.-respectivamente.

Valor por Quincena: $1500.-

Arancel diario para invitado: $160.-

Descuento por Hermano 10 %

( Prof. Julieta Lubrano)

Todo lo que se tiene presente y aprobar su realización.-

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f-Comisión de Honorarios. Dr. Raúl Favale.-Se toma conocimiento de lo dictaminado por

el Dr. Fernando Valdez en referencia a la presentación efectuada por el abogado del

epígrafe, el cual textualmente se trancribe:

“Carlos Fernando Valdez, en mi carácter de Presidente de la Comisión de “Defensa Ley

8904/77” de este Colegio que Ud. preside me dirijo a Ud., a los fines de hacerle saber que el

Dr. Raúl Manuel Favale, abogado, Tomo XLII, Folio 126 CALP, inscripto en el Colegio de

Abogados de La Plata, ha requerido nuestra intervención con motivo de la liquidación de los

honorarios que le corresponden por los juicios que lleva adelante en el marco del ejercicio

del poder que le ha otorgado la "CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICOLOGOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES".

1. ) ANTECEDENTES DEL CASO:

El mencionado letrado ha puesto de manifiesto que al momento de liquidarse sus honorarios

el programa informático de la Caja citada lo hace sobre lo que denomina "Base”

(equivakente al monto de capital de demanda más intereses sólo hasta la fecha de la

consulta) y no sobre lo que el programa denomina "Base regulatoria" (que es superior e

incluye capital e interese por el plan de financiación que se compromete a abonar el

afiliado).

Así dice existen dos montos uno según lo que el sistema llama "Base" y otro denominado

"Base regulatoria" y que sus honorarios se regulan sobre el importe menor produciéndose el

contrasentido de que "...en la mayoría de los casos los honorarios resultantes signifiquen un

porcentaje que está por debado del mínimo legal..."

También refiere que en los casos en que los procesos judiciales no hubieran tenido

movimiento judicial por más de seis meses, el programa automáticamente liquida los

honorarios en el mínimo de cuatro jus.

2. ) DICTAMEN:

2.1. ) El marco legal aplicable a la cuestión de los honorarios profesionales es el

Decreto Ley 8904/77, en el caso específicamente los artículos

2, 21, 23, 34 y cc.

En lo que hace a la base regulatoria el artículo 23 del Decreto Ley 8904/77 establece que

debe incluir "capital, intereses y gastos". A estos fines se debe tener en cuenta los intereses

del plan de pago que suscribe el afiliado ("base regulatoria" según el sistema) que determina

la real cuantía del asunto, toda vez que una determinación parcial de intereses ("base"

según el sistema) no refleja adecuadamente ese parámetro afectando así el derecho al

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cobro de honorarios que siempre debe fijarse sobre la base "mayor" en los términos de la

citada norma.

Además se debe tener presente que tratándose de juicios ejecutivos la escala

correspondiente es del 8 al 25% de la cuantía del asunto reducida en un 30% o sólo en un

10% si hay excepciones (arts. 21 y 34 Decreto Ley 8904/77).

2.2. ) Respecto a la situación originada en que la falta de movimiento judicial de un

expte. por un plazo determinado, transforme el honorario del abogado al mínimo de

cuatro jus, debe señalarse que la misma no se ajusta a la normativa arancelaria no

existiendo motivo para apartarse de las pautas regulatorias antes referenciadas en

punto anterior.

2.3. ) Finalmente debo consignar que ha sido preocupación constante de la

Comisión considerar que los honorarios profesionales deben considerarse como

“remuneración al trabajo personal profesional ” (Artículo Io Decreto Ley 8904/77), y

por ende, que su percepción se encuentra tutelado por las previsiones contempladas

en los artículos 14 bis de la Constitución Nacional y 39 de la Constitución

Bonaerense (justa retribución), como también por los artículos 17 y 31 de las

Constituciones Nacional y Provincial respectivamente (derecho de propiedad),

encontrándose enjuego la dignidad y jerarquización de nuestra labor profesional en

toda medida que tienda a limitar tales derechos.

Y asimismo que resulta nulo todo pacto o convenio que tienda a reducir los honorarios

fijados en la ley de apliación (conf. art. 2 Decreto Ley 8904/77).

Sin otro particular, lo saludo a muy atentamente.”

Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar y notificar al Dr. Favale.-

g-Comisión de Estudio y Defensa de la Ley 5177.- Dr. Juan Pablo Molina.- Se toma

conocimiento de lo dictaminado por la Comisión del epígrafe en relación a la presentación

efectuada por el Dr. Molina sobre el incumplimiento de contestación de oficio por parte del

Sanatorio Mater S.A.- Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar, cursar nota al

Sanatorio referido y notificar al profesional lo actuado.-

h-Comisión de Tecnología s/ Convenio Librería Jurídica Hammurabi.- Se toma

conocimiento de la presentación efectuada por el Dr. Alejandro Batista en referencia a la

celebración de un Convenio con la librería del epígrafe. Lo que se tiene presente y se

resuelve girar a la Comisión de Acción Social para su tratamiento.-

i-Tribunal de Disciplina s/ causas a destruir.- Se toma conocimiento de lo solicitado por el

Tribunal en relación a la publicación en nuestra página web institucional, durante cinco (5)

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días, del listado de causas a destruir en el año en curso.- Lo que se tiene presente y se

resuelve aprobar girándose al sector de comunicación.-

j-Dra. Evangelina Giusti s/ eximición de examen.- Se toma conocimiento de la

presentación efectuada por la abogada del epígrafe en referencia a la eximición de examen

del Curso de Capacitación para Abogada del Niño a rendirse el 21 de noviembre del

corriente.- Lo que se tiene presente y se resuelve no hacer lugar a lo peticionado por no

cumplir con el requisito de acreditar su especialización en el Derecho del Niño, (según el

Artículo 2º del Reglamento del Registro del Abogado del Niño), dado la calidad de alumna

regular de la carrera de Especialización en Políticas Publicas de Niñez, Adolescencia y

Familia, de la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Rios, acorde

certificado presentado por la interesada.-

k-Dr. Rubén Guerra s/ presentación ARBA.- Se toma conocimiento de la denuncia

efectuada por el abogado del epígrafe contra la Agencia de Recaudación de la Pcia de

Buenos Aires por obstaculizar en forma ilegítima el ejercicio su profesional.- Atento dicha

presentación se ha remitido nota a ARBA en referencia a los hechos acaecidos.- Lo que se

tiene presente.-

l-Comisión de Cultura Colectivo 925- Pedido de Instalaciones.- Se toma conocimiento

de lo solicitado por el Dr. Saúl Campanella en referencia a la realización de una exposición

de la joyería contemporánea a cargo del “Colectivo 925” en el mes de febrero de 2015.- Lo

que se tiene presente y se resuelve no aprobar, dado que la actividad no resulta de interés

académico jurídica.-

ll-Comisión de Abogados del interior.- Se toma conocimiento de la presencia del nuevo

Presidente de la comisión referida Dr. Micelli a fin de plantear inquietudes en el ámbito de la

misma.- Lo que se tiene presente.-

m-Encuestas.- Se toma conocimiento que se el pasado lunes 10 de noviembre del

corriente se ha dado inicio al trabajo de encuestas 2014, respecto del servicio de

administración de justicia en el departamental.- Asimismo y acorde lo acordado con el el

licenciado Martín Tetaz a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo

Directivo para llevar a cabo las encuestas, por Secretaría se informa que se deberá a

abonar las encuestas por día el precio de $300, correspondientes por 5 hs. de trabajo

durante cinco días del 10 al 14 de noviembre inclusive del corriente, a las encuestadoras

del listado adjunto:

NOMBRE Y CELULAR MAIL DNI

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APELLIDO

1 Rocío Jesús 15-6003752 [email protected] 35.609.910

2 Eugenia Cecchini 15-3048121 [email protected] 37.803.217

3 Macarena Parodi 15-6390191 [email protected] 38.298371

4 Paulina Hnatiuk 15-6704460 [email protected] 38.017.058

5 Lucrecia Maidana 15-5220837 [email protected] 38.204.033

6 Julia Bellini 15-3510652 [email protected]

7 Melina Vezzoso 15-5677124 [email protected] 35.610.615

8 Lucia Cobo 15-6206850 [email protected] 38.146.780

9 María Celeste

Layun

15-6174598 [email protected] 36.800.440

10 Giselle Gastelu 15-6027993 [email protected] 37.785.417

11 Carla Ferreti (02983)

15-615482

[email protected]

12 Luisina Zulberti 15-5059867 [email protected] 38.017.114

13 Luisina Miguez 15-6724217 [email protected] 39.150.555

14 Ana Julia Franco 15-5972864 [email protected] 33.192.781

15 Paula Barazzutti 15-5432438 [email protected]

16 Valentina Lanari 15-5068807 [email protected]

17 Malen Sabella 15-5520271 [email protected] 39.151.690

18 Mariana Villanueva (Layun) (Layun) 36.273.3432

19 Sofía Destefanis 15-6741147 [email protected]

20 Antonella Mezler

Ravagliate

15-4181904 [email protected] 37.946.923

21 Florencia Sanz 15-5908314 [email protected]

Lo que se tiene presente.

n-Dres. Garofalo y Sleet s/ Código Civil.- Se toma conocimiento de la presentación

efectuada por los abogados del epígrafe sobre el expeditivo tratamiento del Código Civil.- Lo

que se tiene presente y se eleva a tratamiento del Consejo Directivo.-

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ñ-Dr. Miguel A. Abdelnur.- Se toma conocimiento de la presentación efectuada por el

abogado del epígrafe en relación a la falta de actualización bibliográfica de nuestra

Biblioteca.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar la misma a la Presidencia.-

o-Comisión de Gestión Colegial y Protocolo.- Informe Legislativo.- Se toma

conocimiento del informe presentado referente al seguimiento de proyectos legislativos

relevantes que se encuentra realizando la comisión.- Lo que se tiene presente y se resuelve

girar las actuaciones a la Secretaria.-

4.-MESA DIRECTIVA DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014.-

I)

RESOLUCIÓNES DE PRESIDENCIA

Nº 30– La Plata, 12 de noviembre de 2014.

A- Mediación – Gastos.- Visto la asistencia a la Mesa examinadora de habilitación de

Registro de mediadores para se resuelve aprobar la suma de pesos $1.200 en concepto de

reintegro de hospedaje y traslado.-

B- REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado de la joven Laura

Alberca- Se toma conocimiento lo informado por la Directora Administrativa del Registro

Dra. María Franca Alessio, que de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del Registro,

se presentó la joven Laura ALBERCA, de 15 años de edad, solicitando que la patrocine el

Dr. Martin ROTONDO en los autos caratulados: “ALBERCA, Karina c/ RUPERTO, Cristian

Sebastián, en trámite ante el Juzgado de Familia nº:3, a cargo de la Dra. Graciela Inés

BARCOS. Lo que se tiene presente.-

C.- Jornada Asociación de Abogados del Interior.- Se toma conocimiento del pedido de

reintegro de gastos en relación a la jornada referida a realizarse el día 14 de noviembre del

corriente.- Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar la suma de pesos $ 1.500

según lo peticionado.

II)

a. Dra. María Elena Vrdoljak S- Acta de infracción Afip. Medios de pago electrónicos. Se

toma conocimiento de la presentación efectuada por la Dra. Vrdoljak referente a la

realización de un Acta de la Afip en su estudio jurídico a fin de constatar la existencia de

medios electrónicos de pago en el mismo.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar al

Dr. Hernán Colli y al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires para su

tratamiento.-

b. Fundación Mariano Mangano S- Pedido de difundir actividad. Se toma conocimiento

de lo solicitado por la Fundación del epígrafe en relación a la difusión de la realización de un

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Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal

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Taller sobre Abuso Infantil, a realizarse el próximo 26 de noviembre en el Salon Dorado de

la Municipalidad de La Plata a las 19 hs, el cual fuera declarado de interés municipal. Lo que

e tiene presente y se resuelve difundir en los medios de comunicación institucionales.-

c. Dr. Pablo J. Coco Rubert S- Mediación -Se toma conocimiento de la presentación

efectuada por el Dr. Coco Rubert en referencia a la actuación del mediador Carlos Alberto

Pontorno. Lo que se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de Interpretación y

Reglamento según Art 38 Ley 5177.-

d. Casa de Campo y Deportes. a. Prioridades. Se toma conocimiento del informe

presentado sobre las prioridades a resolver.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar al

Consejo Directivo para su correspondiente tratamiento.- b. Aranceles. Se resuelve fijar los

nuevos montos de la temporada 2014-2015 que a continuación se transcriben:

1º ) Aranceles de temporada alta Diciembre y Febrero:

• Menores : $ 20

• Otros Deptos: $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)

• Invitados : $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)

• Abogados LP: $ 20

• Autos : $ 20

2º ) Aranceles de temporada alta Enero:

• Menores : $ 20

• Otros Deptos : $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)

• Invitados: $ 100 ($ 50 ingreso - $ 50 pileta)

• Abogados LP: $ 25

• Autos : $ 20

Venta de abonos

Abogados de La Plata: $ 500 (15 días) y $ 700 (30 días)

Abogados Otros Departamentos: $ 900 (15 días) y $ 1.300 (30 días)

e. Colegio Moruli S- Uso de Casa de Campo. Se toma conocimiento de lo solicitado por el

Colegio referido a la realización de un campamento los días 6 y 7 de diciembre.- Lo que se

tiene presente y se resuelve no hacer lugar a lo peticionado por motivos de calendario.-

f. Equipo de Fútbol. Se resuelve autorizar la suma de $4.000 para el entrenador de los

equipos de fútbol del colegio que participarán de las jornadas deportivas

interdepartamentales. Girándose las actuaciones al Área Contable a sus efectos.

g. Comisión Especial para temas de Personas con Discapacidad S- Gastos. Se toma

conocimiento de lo peticionado por el Dr. Morelli en referencia a la asistencia al XVIII

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Encuentro Nacional de Equiparación de oportunidades para abogados con discapacidad

organizado por la Capa de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires,

el próximo 29 de noviembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata. Lo que se tiene

presente y se resuelve aprobar la suma de pesos $5.000 en concepto de gastos.-

h.Tribunal de Disciplina. a. Gastos Mar del Plata. Se toma conocimiento de lo solicitado

por el Tribunal en relación a la asistencia de tres miembros a la Jornada de Tribunales de

Disciplina 2014 a realizarse en la ciudad de Mar del Plata.- Lo que se tiene presente y se

resuelve aprobar la suma de pesos $ 3.540 ($1180 c/u) en concepto de gastos. b. Cena de

fin de año. Se toma conocimiento de lo solicitado por el Presidente del Tribunal de

Disciplina Dr. José Irazú en relación a la cena de fin de año a celebrase el día 12 de

diciembre del corriente a las 21.00hs para 11 personas.- Lo que se tiene presente y se

resuelve aprobar la suma de pesos $2.574, acorde lo peticionado.- Girándose las

actuaciones al Área Contable a sus efectos. d. Villarreal Luis Lujan y Gigli Fabiana Gabriela

S- Su Actuación Profesional Dte. Belvedere Juan Carlos. Se toma conocimiento de lo

solicitado por la Secretaria del Tribunal de Disciplina Dra. Cristina Delucchi, en relación a la

remisión de fotocopias autenticadas al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de

Quilmes, en el marco de las actuaciones referidas y dado que ese Tribunal ha declarado la

incompetencia para intervenir disciplinariamente en las mismas.- Lo que se tiene presente y

se resuelve hacer la remisión solicitada.-

i.Programa de Actualización del Código Civil.- Se toma conocimiento de la presentación

efectuada por los Dres Ricardo Lorenzetti y Gabriel Stigliz en relación a la realización de un

Programa de Actualización del Código civil y Comercial Unificado, a realizarse desde el 11

de marzo al 25 de noviembre del próximo año, con una modalidad de 80 hs, 20 clases de

4hs cada una ( del 17 a 21hs.), días miércoles por medio, con el fin de abordar las nuevas

regulaciones y su aplicación.- Todo lo que se tiene presente y con la conformidad de esta

Mesa Directiva se eleva a consideración del Consejo Directivo.-

j. Proyecto de reforma del artículo 280 del Decreto Ley 7425/68. Visto la remisión del

proyecto de Ley referido, se resuelve girar a la Comisión de Administración de Justicia para

su conocimiento y posterior opinión.-

k. Comisión de Jóvenes Abogados S- Gastos. Se toma conocimiento de lo solicitado por

el Vicepresidente de la Comisión del epígrafe Dr. Juan De Luca en relación a la participación

del Dr. Alejandro Aguilar a las “IV REUNION PLENARIA ANUAL DE LA COMISIÓN DE

JOVENES ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, realizarse el próximo 22

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de noviembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata.- Lo que se tiene presente y se

resuelve aprobar la suma de pesos $ 1.180 en concepto de gastos.-

l.Comisión Administración de Justicia.- Se toma conocimiento de lo solicitado por la Dr.

Pablo Giunti en referencia a la asistencia a la Jornada COLPROBA realizada en la ciudad de

Quilmes. Lo que se tiene presente y se resuelve aprobar 2 ius en concepto de reintegro de

viáticos.

ll. Comisión de Genero.- I) Congreso Nacional Interdisciplinario Sobre Género:

Diversas Miradas.- Se toma conocimiento de la presentación efectuada por la Dra. Marina

Mongiardino en relación al proyecto de organización del Congreso Nacional Referido cuya

celebración tendría lugar a fines de junio del 2015. El mismo estaría organizado por las

siguientes instituciones: Facultad de Trabajo Social de La UNLP, Facultad de Ciencias

Jurídicas y Sociales de la UNLP, Facultad de Psicología de la UNLP y el Colegio de

Abogados de La Plata y contaría con el auspicio de la Municipalidad de La Plata. Lo que se

tiene presente y con la conformidad de esta Mesa Directiva se eleva a consideración del

Consejo Directivo.- II) Conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la

Violencia contra las Mujeres.- Se toma conocimiento de lo solicitado por la Dra. Marina

Mongiardino en relación a difusión de la referida conmemoración el día 25 de noviembre.- Lo

que se tiene presente y se resuelve difundir por los medios institucionales.-

5 - MESA DIRECTIVA DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2014.-

I)

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 31 /14 - 17 de Noviembre de 2014.-

A- REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- I) Designación abogado del Niño.- Juzgado

de Familia Nº 3 Departamental.- Se toma conocimiento del oficio remitido por el Juzgado

de referencia, mediante el cual solicitan el Colegio designe a un abogado del niño en los

autos caratulados “Cunicella Ibarra Jonatan Federico c/ Bianchi Soerensen Daniela Anahí s/

Tenencia de hijos” Expte. Nº 12014.- Lo que se tiene presente y se resuelve girar las

actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los letrados

inscriptos en el mismo.-

Nº32/14 – 26 de noviembre de 2014.-

A-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado del Niño.- Exma. Cámara

Segunda de Apelación.- Se toma conocimiento del oficio remitido por la Cámara de

referencia, mediante el cual solicitan con carácter de URGENTE el Colegio designe a un

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abogado del niño en relación a los autos caratulados “PLOZNER CLAUDIA IRENE C/

PIRELLI FABIAN MARCELO S/ PATRIA POTESTAD. EJERCICIO/SANCIONES” Causa Nº

117888, a fin de asistir a audiencia patrocinando a la menor Sofía Pirilli el próximo 27 de

noviembre del corriente a las 10.00hs.-- Lo que se tiene presente y se resuelve girar las

actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los fines de desinsacular uno de los letrados

inscriptos en el mismo.-

B-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado de la joven Catalina

Garegnoni y otro - Se toma conocimiento lo informado por la Directora Administrativa del

Registro Dra. María Franca Alessio, que de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del

Registro, se presentaron los jóvenes Catalina Garegnoni, de 14 años de edad, y Lucas

Garegnoni, de 11 años de edad, solicitando que la patrocine un Abogado del Niño en los

autos caratulados: “PALADINO SILVIA C/ GAREGNANI MAURO ANDRES S/ REGIMEN DE

VISITAS”, en trámite ante el Juzgado de Familia nº6:, a cargo de la Dra. María ROCA. Lo

que se tiene presente.-

C-REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designación abogado del Niño.- Juzgado de

Paz Letrado de Ensenada .- Se toma conocimiento del oficio remitido por el Juzgado de Paz

de referencia, mediante el cual solicita al Colegio designe un abogado del niño en relación a

los autos caratulados “CUELLO JESICA ALEJANDRA C/ BANEGAS CARLOS MAURICIO

S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)” Expte 11306, a fin de

ejercer la defensa técnica del menor Brian Joel Banegas de 7 años de edad.- Lo que se

tiene presente y se resuelve girar las actuaciones al Registro del Abogado del Niño a los

fines de desinsacular uno de los letrados inscriptos en el mismo.

II)

a. ANSES.- Se toma conocimiento que el juez federal Alberto Recondo declaró inadmisibles

los recursos deducidos por ANSES contra la resolución que daba por incumplida la medida

cautelar dictada oportunamente y que intimaba al Director de ANSES, Diego Bossio, al

cumplimiento de la manda judicial dictada bajo apercibimiento de imponerle una multa de

carácter personal por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). En ella también se le hacía

saber que ante nuevos incumplimientos, será de aplicación el art. 239 del Código penal

conforme se dispusiera oportunamente en el resolutorio.

Asimismo la Justicia hizo lugar a la medida cautelar pedida por el colegio, y ordenó al

ANSES que se abstenga de aplicar la Resolución 479/2014, -que creaba el Registro de

Abogados y Gestores Administrativos, que habilita el ejercicio profesional ante el organismo-

debiendo suspender su aplicación en relación a los profesionales matriculados en los

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Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos. La medida ha sido dispuesta bajo

apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal. Todo lo que

se tiene presente y se resuelve difundir por los medios de comunicación institucionales.-

b. Área Académica.- I) INSTITUTO DE DERECHO DE PREVISION Y SEGURIDAD

SOCIAL: Se toma conocimiento que el Director del Instituto DR. ALBERTO ANTONIO

INSUA, eleva un nota al Área Académica en la que propone designar como SECRETARIA

del Instituto a su cargo a la Dra. SILVIA BALLESTEROS la cual reemplazará a la Dra.

SILVINA LAURA DUBINI. Aprobada la misma se eleva la información pertinente para su

conocimiento. II) INSTITUTO DE DERECHO REGISTRAL.- Se toma conocimiento que la

Directora del Instituto Dra. PATRICIA BEATRIZ PRUSAS, eleva un nota al Área Académica

en la que solicita – con motivo de la realización de la última reunión del Instituto –

sándwiches de miga y gaseosas para 10 personas. El costo del mismo se estima en PESOS

QUINIENTOS CINCUENTA ($550.00.-). III) Renovación del CURSO DE

SECRETARIADO JURIDICO CON ORIENTACIÓN INFORMATIVA NIVELES BASICO Y

AVANZADO.- Se toma conocimiento que la empresa NET CONSULTORA propone

mantener los mismos términos y condiciones del CONVENIO oportunamente suscripto

proyectando un aumento de los aranceles establecidos. A tal efecto se acompaña nota

presentada por la referida consultora, programa de estudio y modelo de convenio. IV)

INSTITUTO DE DERECHOS DEL NIÑO/A Y ADOLESCENTES: Se toma conocimiento que

la Directora del Instituto Dra. GRACIELA FONTANA, eleva un nota al Área Académica en la

que solicita – con motivo de la realización de los 10 años del Foro Provincial por los

Derechos de la Niñez, Adolescencia y Juventud a realizarse el día 27/11 en el Pasaje Dardo

Rocha de La Plata y la realización de las Jornadas Nacionales “Rol del Abogado del Niño” a

realizarse el viernes 28/11 en el CASI – 1 banner del CALP, folletos informativos y el

traslado respectivo a San Isidro V) INSTITUTO DE DERECHO DE DERECHO POLITICO.-

Se toma conocimiento que el Director del Instituto DR. JOSE MARIA MARCHIONNI, eleva

nota al AREA ACADÉMICA en la que propone la presentación del libro de JORGE CASTRO

“Agro e Industria: un futuro común” para el día martes 2 de diciembre a las 18:30 hs en el

aula 1. A tal fin se realizaron las reservas respectivas. El panel de presentación contará con

la presencia - además del autor del libro - con la del Lic. RAUL DENTE (Profesor de

Macroeconomía de la UNLP) y el Ing. FRANCISCO GLIEMMO (Presidente de la Unión

Industrial del Gran La Plata). El encuentro será organizado conjuntamente con el

INSTITUTO DE ESTUDIOS PUBLICOS (IDEP) y auspiciado por la FACULTAD DE

CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA. Se solicita se

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costeé el traslado en remisse del autor del libro desde CABA a LA PLATA como asimismo

el regreso respectivo

Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar todo lo peticionado.-

c. Escuela Nivel Secundario Monseñor Rasore. s/ pedido de instalaciones.- Se toma

conocimiento de lo solicitado por la Escuela referida, en relación a la realización de la

entrega de diplomas el 11 de diciembre a las 18 hs.- Lo que se tiene presente y se resuelve

no hacer lugar a lo peticionado por no contar con disponibilidad en el calendario

institucional.-

d. Dr Miguel A. Nazar s/ denuncia MEV Familia.- Se toma conocimiento de la presentación

efectuada por el Dr. Nazar en referencia a la Mesa de Entradas Virtual de Familia.- Lo que

se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de Administración de Justicia para su

conocimiento y dictamen.

e. Mesa Receptora de Escritos Judiciales. Estadística.- Se toma conocimiento de lo

informado por el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, sobre las estadísticas

referidas a la Mesa Receptora. Lo que se tiene presente y se resuelve girar a la Comisión de

Administración de Justicia para su tratamiento.-

f. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires- Se toma conocimiento del

Acuerdo 3733/14 de la S.C.B.A sobre “Extensión a todo el ámbito de la Administración de

Justicia del sistema de notificaciones electrónicas. Cronograma de implementación”. Lo que

se tiene presente y se resuelve girar al sector de Comunicaciones a fin de realizar la difusión

institucional de la misma.-

g. Comisión Abogados Jóvenes.- Se toma conocimiento que la Comisión de referencia ha

solicitado autorización para llevar a cabo el día 26 de noviembre el brindis de fin de año.- Lo

que se tiene presente y se resuelve autorizar el mismo.-

h. Doctor Alejandro Fabián D´Elia.- Se informa por Secretaría que institucionalmente se

recibió un correo electrónico en respuesta a la difusión de la firma del convenio con el

desarrollo inmobiliario de la firma Haras del Sur.- Dicho correo fue remitido desde la casilla

[email protected] En el cuerpo del mismo, el autor se refiere al Señor Presidente y

demás autoridades de una forma poco decorosa, existiendo la posibilidad de haber incurrido

en falta de ética alguna.- Luego de ello, se certifico por Secretaría que conforme surge de

los registros de matrícula, dicho correo electrónico ha sido registrado por el Dr. Alejandro

Fabián D´Elia.- Todo lo que se tiene presente y se resuelve girar las actuaciones a

conocimiento y dictamen de la Comisión de Interpretación y Reglamento.-

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i. REGISTRO DEL ABOGADO DEL NIÑO.- Designaciones abogado del Niño.- Se toma

conocimiento de lo informado por la Directora del Registro de Abogados del Niño, Dra.

María Franca Alessio en referencia a las designaciones referidas, a saber:I) Dr. Orlando

Andrés PAJON.- Se toma conocimiento que acorde lo peticionado por la Exma. Cámara

Segunda de Apelación., en el marco de los autos: “PLOZNER CLAUDIA IRENE C/ PIRELLI

FABIAN MARCELO S/ PATRIA POTESTAD. EJERCICIO/SANCIONES” Causa Nº 117888,

a fin de asistir a audiencia patrocinando a la menor Sofía Pirilli, se ha realizado el sorteo

correspondiente, el cual recayera en el Dr. Orlando Andrés PAJON, integrante de la lista de

Abogados del Niño del Registro, quien acepto el cargo. II).- Dra. Alicia Clara LARREA.- Se

toma conocimiento que acorde lo peticionado por los jóvenes Catalina Garegnoni, de 14

años de edad, y Lucas Garegnoni, de 11 años de edad, solicitando que la patrocine un

Abogado del Niño en los autos caratulados: “PALADINO SILVIA C/ GAREGNANI MAAURO

ANDRES S/ REGIMEN DE VISITAS”, en trámite ante el Juzgado de Familia nº6:, a cargo de

la Dra. María ROCA, de acuerdo al art.. 12 del Reglamento vigente del Registro, se ha

realizado el sorteo correspondiente, resultando desinsaculada la Dra. Alicia Clara LARREA,

quien acepto el cargo. III) Dra. Sara CANEPA.- Se toma conocimiento que acorde lo

peticionado por el Juzgado de Paz Letrado de Ensenada, en relación a los autos caratulados

“CUELLO JESICA ALEJANDRA C/ BANEGAS CARLOS MAURICIO S/ PROTECCION

CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)” Expte 11306, a fin de ejercer la defensa

técnica del menor Brian Joel Banegas de 7 años de edad, se ha realizado el sorteo

correspondiente sorteo correspondiente el cual recayera en la Dra. Sara CANEPA,

integrante de la lista de Abogados del Niño del Registro, quien acepto el cargo. IV) Dra.

Fany Flavia Aldana NOROÑA - Se toma conocimiento que acorde lo peticionado por el

Juzgado de Familia Nº 3, en relación a los autos caratulados “VIOLINI ROSAS MARIA

ARACELI C/ MARTIN AGUSTIN ABEL S/ ALIMENTOS”, a fin de ejercer la defensa técnica

de los menores Luis, Pedro y Juan MARTIN de 9 años, 5 años y 1 años y 11 meses de edad

respectivamente, se ha realizado el sorteo correspondiente sorteo el cual recayera en la

Dra. Fany Flavia Aldana NOROÑA, integrante de la lista de Abogados del Niño del Registro.

Quien acepto el cargo. Todo lo que se tiene presente.-

j- Fundación Florencio Pérez.- Da cuenta el Dr. Levene de haber concurrido a la cena

benéfica organizada por, el pasado 18 de noviembre del corriente, juntos a los Dres.

Rosario Sánchez, Joaquín Granillo Fernández, Fernando Valdez y Pablo Grillo.- Lo que se

tiene presente y se RESUELVE: aprobar la suma de pesos $4.000 a los efectos de ser

donados a la referida fundación.-

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k.- Comisión de Honorarios -TASA DE INTERES CORRESPONDIENTE A LOS

HONORARIOS EN MORA.- Se toma conocimiento de lo dictaminado por la Comisión del

epígrafe que literalmente se transcribe:

“ En la labor de la Comisión de Honorarios, se han recibido reiterados reclamos y consultas

respecto de la tasa de interés que corresponde aplicar para los honorarios profesionales en

mora y a la ejecución de honorarios, conforme artículo 54 inc. “b” Ley 8904/77.

EL Decreto Ley 8904/77 en su artículo 54 inc. “b” dispone que: “Operada la mora, el

profesional podrá optar por: Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el

Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento”.

Si bien la vigencia de este artículo ha sido en alguna oportunidad cuestionada, a la fecha se

mantiene vigente la doctrina de la Suprema Corte de Justicia en su Acuerdo N° 77434, de

fecha 19 de abril de 2006, causa “Banco Comercial Finanzas S.A. en liquidación BCRA

Quiebra”, en el sentido de que se debe considerar plenamente vigente la norma del artículo

54 inciso “b” del Decreto Ley 8904/77.

En virtud de un nuevo cuestionamiento y atendiendo a una iniciativa nacida en el seno de

esta misma Comisión, oportunamente se informó que el COLPROBA se ha presentado ante

la Suprema Corte de Justicia, como “amicus curiae”, en la causa “Arriaga Jorge c/ Eseba SA

s/ Daños y Perjuicios”, defendiendo los derechos de los abogados de la Provincia de Buenos

Aires y ratificando la plena validez y vigencia de la aplicación de la tasa activa conforme

artículo 54 inciso “b” del Dto. Ley 8904/77 y la doctrina legal de la SCJBA antes citada.

Sin embargo existe entre los colegas cierto desconcierto respecto a la tasa activa a aplicar.

Ello se debe a que en la actualidad ha dejado de existir una única tasa activa, como existía

al momento de la sanción de nuestra ley arancelaria, publicándose en el sitio web de la

SCJBA (http://www.scba.gov.ar/servicios/ContieneMontos.asp) un menú de distintas tasas

activas potencialmente aplicables.

Y en este sentido resulta importante difundir la jurisprudencia que surge de los fallos de la

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca en autos "TARJETA

NARANJA S.A. C/ SOSA MARIA INES S/ COBRO EJECUTIVO y "BARROSO MARIA

ELVIRA S/ INCIDENTE CONCURSO/QUIEBRA ".

Los fallos en cuestión señalan que ".. a partir de la promulgación y entrada en vigencia de la

ley 14.399, que modificara el art 48 de la ley 11.653, disponiéndose que la liquidación de los

intereses en los juicios laborales se calcule con el “promedio de la tasa activa que fija el

Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento”, y a raíz de la

presentación formulada por los señores presidentes de los Tribunales del Trabajo del

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departamento judicial de La Plata -que no podían acceder a esa tasa estipulada legalmente-,

el señor presidente de la Suprema Corte de la Provincia –con fecha 7 de mayo de 2013-

requirió del señor presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que se arbitraran

los medios necesarios para que la misma sea puesta a disposición de aquéllos. Y como

resultado de esa gestión, el banco suministró la tasa “Activa de descuento a 30 días” y la

solicitada tasa “Activa Promedio de descuento a 30 días”, que el superior tribunal colocó en

el “link” habitualmente habilitado para el cálculo de intereses en reemplazo de la antes

denominada, simplemente, “Tasa Activa”.". Continúa señalando el fallo que "...El

desconcierto ganó a todos los operadores jurídicos, porque mientras la reemplazada -y

hasta ese momento única tasa activa- estaba en el orden del 35 % anual, las nuevas tasas

activas suministradas oscilaban –a setiembre de 2013- en un nivel del 19 % anual. Ello

motivó, entonces, una presentación del presidente del Colegio de Abogados de la Provincia

de Buenos Aires, cursada el 26 de setiembre de ese mismo mes y año, en la que se requirió

del señor presidente de la Suprema Corte de la Provincia, la reposición de la anterior tasa

activa en reemplazo de las recientemente incorporadas..." Así "...La nueva gestión motivó

una resolución del señor presidente de la Suprema Corte Provincial –Nro: SSJ-662 del

30/10/2013- donde se dispuso incorporar al “link” de la página web del tribunal todas las

tasas activas disponibles en el sitio del Banco de la Provincia, señalándose en el párrafo

cuarto de esa providencia, que la antes nominada “Tasa Activa” es hoy la “Tasa Activa para

Restantes Operaciones” (el subrayado me pertenece).

La conclusión que surge de los fallos citados y respecto a la cual coincide la Comisión de

Honorarios en sus dictámenes es que "... la tasa que debe aplicarse -toda vez que la

legislación o los pronunciamientos judiciales remitan, directa o indirectamente a la tasa que

cobran los bancos oficiales- es la antiguamente nominada “Tasa Activa” y ahora rebautizada

“Tasa Activa para Restantes Operaciones”. Ello así, pues las novedosas tasas “Activa de

descuento a 30 días” y “Activa Promedio de descuento a 30 días”, se muestran

ostensiblemente divorciadas de la realidad financiera actual, al punto de que evidencian un

grosero descalce con las tasas pasivas que el mismo banco oficial ofrece a sus

depositantes, patentizado en la absurda proximidad entre aquéllas y éstas...".

Por último, la Comisión entiende que la aplicación de una tasa de interés distinta a la

postulada, “Tasa Activa para Restantes Operaciones”, no hace otra cosa que lesionar

gravemente el derecho de los matriculados sobre los honorarios en mora, por lo que

considera conveniente facilitar a los colegas el acceso a esta información y jurisprudencia

citada para que las incorporen a sus planteos judiciales”.

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Toso lo que se tiene presente.-

6.- CAPACITACIÓN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO.- Visto de la presentación

efectuada por los Dres. Ricardo Lorenzetti y Gabriel Stigliz en relación a la realización de un

Programa de Actualización del Código civil y Comercial Unificado, a realizarse desde el 11

de marzo al 25 de noviembre del próximo año, con una modalidad de 80 hs, 20 clases de

4hs cada una ( del 17 a 21hs.), días miércoles por medio, con el fin de abordar las nuevas

regulaciones y su aplicación.- Todo lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar la

propuesta mencionada cuyo programa y presupuesto estimativo se transcribe a

continuación::

Programa de Actualización - Código Civil y Comercial Unificado

Colegio de Abogados, Departamento Judicial de La Plata (Salón de Actos)

Directores: Dres. Ricardo LORENZETTI y Gabriel STIGLITZ

Coordinador: Dr. Roco STIGLITZ (Instituto de Derecho del Consumidor)

Duración: 9 meses (desde el 11-3-15 al 25-11-15)

Modalidad : 80 horas , 20 clases de 4 horas cada una (17 a 21 hs.), días miércoles por

medio.-

Expositores : Integrantes de la Comisión de Reformas y juristas colaboradores

Objetivos :

Abordar las nuevas regulaciones del Código Civil y Comercial Unificado y analizar su

aplicación, a través del estudio del texto, sus antecedentes, la doctrina y la jurisprudencia

relativa a los cambios. Asimismo se abordará, en cada unidad el enfoque práctico de la

implementación de la nueva regulación y las implicancias del Código Civil en la ley especial

y los distintos procesos.

Fechas:

Marzo: días 11 y 25 (8 hs.), unidades I , II y III

Abril: días 1, 15 y 29 (12 hs.) unidad IV

Mayo: días 13 y 27 + junio = días 10 y 24 (total 16 hs.) unidades V y VI

Julio : días 8 y 15 + agosto = días 5 y 19 (total 16 hs.) unidades VII y VIII

Septiembre: días 2, 16 y 30 (12 hs) unidad IX

Octubre : días 14 y 28 (8 hs.) unidad X

Noviembre : días 11 y 25 (8 hs.) unidades XI, XII y XIII

Contenidos

Unidad I

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Presentación y método. Título preliminar. Principios y paradigmas. Antecedentes y fuentes.

Constitucionalización del derecho privado. Ejercicio de los derechos.

Unidad II

Persona humana. Tutela de la persona humana. Los derechos personalísimos. Principios de

bioética. Capacidad. Salud mental

Unidad III

La persona jurídica.

Bienes con relación a las personas y a los derechos de incidencia colectiva

Hechos y actos jurídicos. Representación, Invalidez.

Transmisión de los derechos. Instrumentos públicos y privados. Actos voluntarios y

involuntarios.

Unidad IV

Relaciones de familia. Nuevas realidades. La familia en un contexto multicultural. Formas

familiares y autonomía de la voluntad.

Matrimonio. Disposiciones en materia de régimen patrimonial del matrimonio. Régimen de

comunidad y de separación de bienes. Divorcio. Compensaciones económicas. Uniones

convivenciales. Regulación

Parentesco, filiación y adopción. Modificaciones sustanciales en el régimen filiatorio por

naturaleza y mediante técnicas de fertilización humana asistida. Adopción: conexión con el

sistema de promoción y protección de derecho de los niños, niñas y adolescentes. Adopción

de integración.

Responsabilidad parental (cambios en el vínculo paterno-filial). Procesos de familia.

Unidad V

Obligaciones y Contratos. Generalidades y Novedades.

Obligaciones en general. Clasificación. Obligaciones concurrentes. Extinción: imposibilidad

de incumplimiento. Pago. La nueva regulación de la mora.

Teoría general del contrato. Disposiciones generales. Contratos de adhesión. Tratativas

contractuales. Contratos preliminares. Pactos de preferencia. El objeto y la causa en el

nuevo código. Contratos conexos.

El contrato de consumo. Régimen y armonización con las leyes especiales.

El abuso de posición dominante. Cláusulas abusivas. Contratos a distancia.

Contratos en particular.- Compraventa, boleto de compraventa, suministro, locación, leasing,

obra, transporte, mandato, corretaje, depósito. Contratos asociativos.

Mutuo, fianza, cesión de deudas y cesión de la posición contractual.

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Renta vitalicia, fideicomiso.

Unidad VI

El nuevo código civil y comercial y la empresa; Los principios del derecho comercial. La

importancia del nuevo artículo 1010 para la pequeña industria. Los contratos entre empresas

y de consumo. El contrato de adhesión. Los contratos de distribución. Contratos bancarios.

Los estados contables. Régimen jurídico. Los títulos valores y las leyes especiales. Los

privilegios en el nuevo código civil y comercial. Normas del Código y derecho del trabajo.

Influencia de los cambios. El nuevo régimen societario a la luz de las reformas introducidas

por el Anexo II de la ley 26.994. Contratos asociativos.

Sociedad Unipersonal y otras modificaciones relevantes a la Ley 19.550.

Concursos y Quiebras: Reformas que se proyectan en la ley 24.522.

Unidad VII

Derechos de incidencia colectiva

Unidad VIII

Responsabilidad civil como sistema. Unificación de las órbitas de la responsabilidad.

Funciones: preventiva, disuasiva y resarcitoria. Prevención del daño. Sanciones pecuniarias

disuasivas. Causas de justificación, asunción del riesgo y consentimiento. Daño e

indemnización. Factores de atribución. Causalidad. Responsabilidades especiales.

Responsabilidad colectiva. Ejercicio de las acciones y relación entre la acción civil y penal.

Gestión de negocios, empleo útil, enriquecimiento sin causa, declaración unilateral de la

voluntad

Unidad IX

Derechos reales.

Dominio y condominio (Propiedad comunitaria indígena. Propiedad horizontal. Conjuntos

inmobiliarios, tiempo compartido y cementerios privados)

Superficie, Usufructo, Uso, Habitación, Servidumbres, Derechos reales de garantia.

Acciones posesorias y acciones reales.

Unidad X

Sucesiones. Herencia. Responsabilidad de herederos y legatarios. Procesos sucesorios.

Porción legítima. Pactos sobre herencia futura. Testamentos. Albaceas.

Unidad XI

Prescripción y caducidad. Nuevos plazos. Disposiciones transitorias. Procesos en curso.

Hechos anteriores y posteriores a la vigencia del Código Civil y Comercial unificado.

Unidad XII

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Privilegios y derecho de retención.

Unidad XIII

Cuestiones vinculadas al derecho internacional privado.

La Dirección centraliza el programa y listado de expositores

Presupuesto estimativo:

Matrícula: $ 5.400 (equivalente a $ 270 x cada una de las 20 clases de 4 hs)

9 cuotas mensuales de $ 600 c/u desde marzo a noviembre de 2015

Estimación mínima: 120 inscriptos : $ 648.000

Imputación a gastos de expositores (administrados por el CALP) = 20 traslados +

alojamientos & cenas (4 personas), total $ 148.000

Neto = $ 500.000

50% ($ 250.000) = destino a Colegio de Abogados ( a cargo de publicidad , inscripciones y

gastos del salón de actos )

50% ($ 250.000) = honorarios (pagaderos por el CALP contra facturación)

70% = honorarios a expositores ($ 175.000), equivalente a $ 8.750 x cada clase de 4 hs. ,

pagaderos el día de cada clase

30% = honorarios a directores y coordinador ($ 75.000), equivalente a $ 25.000 cada uno

(por el curso completo)

En caso de verificarse inscripciones en menor o mayor cantidad, corresponde ajustar el

presupuesto en las mismas proporciones.

Al cerrarse la inscripción, se calcularán los valores definitivos, y pasarán a integrar como

Anexo el contrato.-

Asimismo se toma conocimiento de la propuesta efectuada por los Institutos, en relación a la

organización de actividades complementarias a esta temática, las cuales será desplegadas

en su oportunidad, a este Cuerpo.- Todo lo que se tiene presente y se resuelve aprobar.-

7.- ANSES .- Visto lo resuelto por el juez federal Alberto Recondo quien declaró inadmisibles

los recursos deducidos por ANSES contra la resolución que daba por incumplida la medida

cautelar dictada oportunamente y que intimaba al Director de ANSES, Diego Bossio, al

cumplimiento de la manda judicial dictada bajo apercibimiento de imponerle una multa de

carácter personal por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). En ella también se le hacía

saber que ante nuevos incumplimientos, será de aplicación el art. 239 del Código penal

conforme se dispusiera oportunamente en el resolutorio.

La Justicia también hizo lugar a la medida cautelar pedida por el colegio, y ordenó al

ANSES que se abstenga de aplicar la Resolución 479/2014, -que creaba el Registro de

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Abogados y Gestores Administrativos, que habilita el ejercicio profesional ante el organismo-

debiendo suspender su aplicación en relación a los profesionales matriculados en los

Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos. La medida ha sido dispuesta bajo

apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal. Todo lo que

se tiene presente.-

8.- OBRA DE TEATRO “HEMBRAS”.- Da cuenta el Dr. Levene, que el pasado 25 de

noviembre se conmemoró el día “Día Internacional para la eliminación de la violencia contra

las mujeres". En dicho marco, se llevó a cabo en el salón de actos institucional la obra

teatral Hembras -un encuentro de mujeres notables-, de cinco prestigiosas autoras

nacionales quienes escribieron la voz de mujeres audaces de la historia de nuestro país,

como Josefina Delgado, Araceli Bellotta, Patricia Suárez, María Rosa Lojo e Inés Fernández

Moreno.

La puesta en escena estuvo de la mano de destacadas actrices: Silvia Baylé, Teresa

Costantini, Victoria Onetto, Graciela Dufau, Ana María Picchio, Adriana Salonia y Esther

Goris. El evento fue coorganizado con la Fundación Infancia y se realizó a total beneficio de

CONIN La Plata. Por Tesorería se informa que se recaudaron $17.550. Todo lo que se tiene

presente y se resuelve autorizar el pago de lo recaudado a la Fundación Infancia a los fines

de instrumentar su destino a CONIN La Plata. Se giran las actuaciones a la Gerencia de

Administración y Recursos Humanos a sus efectos.

9- AFIP.- Régimen de utilización obligatoria de tarjetas de débito para el pago de los

servicios profesionales.- Se toma conocimiento del dictamen remitido por el Colegio de

Abogados de la Provincia, referido a la consulta que efectuara este Colegio con relación al

régimen de referencia, cuyo texto se transcribe a continuación:

I. - OBJETO DEL DICTAMEN: Analizar el régimen de utilización obligatoria de tarjetas

de débito para el pago de los servicios profesionales.

II. - CLIENTE: COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

III. - CONSULTA: Establecer la procedencia de la obligación de ofrecer el uso de tarjeta

de débito como medio disponible para cancelar los pagos por honorarios y servicios

profesionales.

IV. - CONTEXTO: Recientemente se eleva la consulta derivada de una inspección

llevada adelante por funcionarios de la AFIP, respecto de un abogado matriculado, en cuyo

marco se le imputa la infracción consistente en la omisión de ofrecer como medio de pago

válido al sistema de tarjeta de débito.

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V. - MARCO NORMATIVO:

a) Decreto (DNU) 1387/2001;

b) Decreto 1548/2001;

c) Resolución General AFIP 1166/2001;

d) Ley nacional 11.683.

VI. - ANALISIS JURÍDICO DEL TEMA: Mediante el decreto de necesidad y urgencia

1387/2001 del 1 de noviembre de 2001, se establecieron una serie de medidas de diversa

naturalezas, entre ellas, algunas tendientes a profundizar la perseguida bancarización de la

economía. Ello, de consuno con los objetivos esgrimidos de aminorar la evasión tributaria,

por un lado, y aumentar la recaudación por la vía del recientemente implementado impuesto

sobre los débitos y créditos bancarios, por el otro.

En este marco, mediante los arts. 47 a 49 del citado decreto, se establecía el régimen de

devolución de una parte del Impuesto al Valor Agregado, recaudado como consecuencia de

la utilización del sistema de tarjetas débito, a favor de los consumidores finales que

emplearan este medio de pago en la adquisición de bienes y servicios.

Por su parte, el art. 47 establece lo siguiente:

“Los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles

para consumo final o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar

como medio de pago, transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas

de débito (. . .)”

De esta manera, mediante el decreto citado se modifica el régimen de extinción de las

obligaciones establecidos en el Código Civil, y se impone ahora la obligatoriedad de

aceptar, como medio de pago y cancelación válido, a las transferencias bancarias

instrumentadas mediante el uso de la Tarjeta de Débito.

Por su parte, mediante el art. 4 de la Resolución General N° 1166/2001 de la AFP, se

estableció un cronograma progresivo para el uso obligatorio de este medio de pago,

venciendo la última de las etapas el 1 de junio de 2002.

Ahora bien, a los efectos de analizar la procedencia de la aplicación de este régimen al

ámbito de los abogados, encuentro un elemento insalvable que obsta a su extensión a estos

profesionales, como parece pretender la AFIP.

En el decreto 1387/2001, claramente se establece la utilización obligatoria de este

mecanismo de pago para los casos de contribuyentes que realicen venta de cosas muebles

para consumo final o prestación de servicios.

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Excluyendo a los abogados del supuesto de venta de cosas muebles, solo les resulta

aplicable el caso de la prestación de servicios. Aún en este último caso, debe hacerse notar

que la norma prevé un supuesto especial, estableciendo que debe tratarse de servicios de

consumo masivo. Existe en la disposición una lógica clara: la utilización de la tarjeta de

débito resultará obligatoria para aquellos contribuyentes que realizan operaciones con

consumidores finales, y en condiciones de ofertas de bienes y servicios de carácter general,

público y masivo.

Estos son caracteres que no están presente per se en el caso de los abogados. Estos

profesionales prestan un servicio especial, específico, y que de ninguna manera puede

calificarse de masivo. Los servicios del abogado derivan del estudio, conocimiento y

aplicación de los principios de una ciencia particular, para el asesoramiento o resolución de

casos concretos que son traídos de manera especial por sujetos que requieren de dichos

servicios.

El desarrollo de la profesión requiere además una especial preparación y dedicación a cada

caso particular, que no resulta compatible con el concepto de servicio masivo al que refiere

la norma. Cada caso sometido a la consulta de un particular está revestido de sus

particulares características y circunstancias de hecho que hacen a su inexorable tratamiento

individual. Y esto se profundiza en aquellos asuntos de orden judicial.

Tampoco se puede determinar claramente que los servicios de los abogados sean siempre

dirigidos a consumidores finales, lo que obsta a la aplicación de la lógica que trata de

aprehender la norma.

Por último, la norma crea una clara desigualdad y desventaja en perjuicio de los

profesionales monotributistas, puesto que permite a los abogados responsables inscriptos -

los de mayores ingresos- computarse el costo que les insuma la adaptación del sistema

como crédito fiscal; cosa jurídicamente imposible para los restantes tipos de contribuyentes.

Para finalizar, y sin perjuicio de lo anterior, se concluye de lo expuesto que el régimen

instaurado por el decreto 1387/2001 que impone la obligatoriedad del uso del sistema de

tarjeta de débito como medio de pago no resulta de aplicación de los abogados y

procuradores, por no resultar estos oferentes de servicios de tipo masivos”.

Asimismo, el Dr. Colli informa que durante la semana entrante tendrá una reunión con el

Director General de la AFIP La Plata a los fines de abordar el nuevo régimen mencionado.-

11.- ÁREA ACADÉMICA.- I) INSTITUTO DE DERECHO INFORMÁTICO: Se toma

conocimiento que el Secretario del Instituto Dr. Ismael Lofeudo eleva un nota al Área

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Académica en la que propone llevar adelante una charla sobre: “Notificaciones electrónicas

en el Fuero Federal” el miércoles 10/12 a las 18 hs. Lo que se tiene presente y se

RESUELVE aprobar.-

II) INSTITUTO DE DERECHO COMERCIAL.- Se toma conocimiento que el Director del

Instituto Dr. Carlos Garobbio con motivo del “60º Encuentro de Institutos de Derecho

Comercial de Colegios de Abogados de la Provincia”, a realizarse los días 4 y 5 de

diciembre del corriente en la ciudad de Mar del Plata, solicita adelanto de gastos para

traslado y permanencia de los miembros expositores. Lo que se tiene presente y se

RESUELVE aprobar la suma de pesos $ 3.500 en concepto de gastos.-

III) DESIGNACIÓN SUB DIRECTOR ÁREA ACADÉMICA.- Se toma conocimiento de la

propuesta realizada por el Director del Area referida, Dr. José María Marchionni, en

referencia a designar como Sub Director al Dr. Tulio Marchetto en reemplazo de la Dra.

Silvina Nobre Ferreira. Lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar lo peticionado.-

12.-COMISIÓN DE GÉNERO.-Congreso Nacional Interdisciplinario Sobre Género:

Diversas Miradas.- Visto la presentación efectuada por la Dra. Marina Mongiardino en

relación al proyecto de organización del Congreso Nacional Referido cuya celebración

tendría lugar a fines de junio del 2015, el cual estaría coorganizado por las siguientes

instituciones: Facultad de Trabajo Social de La UNLP, Facultad de Ciencias Jurídicas y

Sociales de la UNLP, Facultad de Psicología de la UNLP y el Colegio de Abogados de La

Plata y contaría con el auspicio de la Municipalidad de La Plata. Todo lo que se tiene

presente y se RESUELVE: I) Aprobar a la Comisión del epígrafe a la participación activa en

la organización del Congreso.-II) Establecer una entrada libre y gratuita y el derecho a

certificado de pesos $100 admitiéndose créditos académicos.

13.-OBSERVATORIO DE LITIGIO DE INTERÉS PÚBLICO.- Se toma conocimiento de la

propuesta elevada por la Dra. Florencia Vechatti para la creación de un "Observatorio sobre

litigio de interés público” el que tendrá por objetivo trabajar colaborarando para que el

Colegio gane presencia en la sociedad a través de contribuciones técnicas interdisciplinarias

que generen valor agregado en este campo. Dicha Propuesta literalmente transcripta reza:

“PROYECTO PARA LA CREACIÓN DE UN INSTITUTO DE “LITIGIO DE INTERÉS

PÚBLICO” EN EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA.”

OBJETIVO DE LA CREACION DEL PROYECTO.-

La télesis del proyecto es brindar un servicio comunitario de interés social desde el Colegio

de Abogados que Ud. dignamente preside, tanto para los profesionales como para la

sociedad. Este servicio involucra los aspectos teóricos, empíricos y de relevancia

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institucional; con las evaluaciones, propuestas y proyecciones respectivas que a

continuación se detallan-

El objeto de estudio importa el análisis de las distintas experiencias de litigio de interés

público que se vienen desarrollando en diferentes instituciones, en las cuales se abordan

problemáticas complejas que afecten a la sociedad, como así también el análisis de

normativas que sirvan de marco a este tipo de procesos. En general este tipo de proyectos

se encuadran dentro de las llamadas “clínicas jurídicas”, que son métodos de aprendizaje

extrapolados de las Universidades de Estados Unidos (principal referente en materia de

litigio de interés público).

Cabe destacar que estas experiencias vienen creciendo dentro de las distintas

universidades como nuevo método de aprendizaje, aparte de ser una vía habitual de lucha

por los derechos utilizada por las ONG´s más especializadas. El ejemplo más claro de este

crecimiento en los ámbitos académicos se ve reflejado en que distintas universidades (UBA

y Universidad de Palermo entre otras), han establecido como uno de los tipos de prácticas

profesionales a las clínicas jurídicas (muchas veces a cargo de una ONG con la que se firma

un convenio), donde se llevan adelante litigios de interés público. Algunas de las ONG´s que

tienen clínicas jurídicas son CELS, ADC, ACIJ, FARN y CEDHA, como se puede ver,

muchas de ellas tienen un rol preponderante en la lucha por el acceso a los derechos en

distintas temáticas.

La UNLP ha establecido hace ya casi 5 años un proyecto de clínicas jurídicas con distintas

comisiones (como por ejemplo: Derechos Humanos, Derecho Ambiental, Derecho Social,

Derechos de Usuarios y Consumidores, Acceso a la Información Pública, entre otras) y

también viene creando, con la misma lógica y dinámica que una clínica jurídica, distintos

proyectos en los que se abordan cuestiones específicas (VIH-SIDA, Migrantes, Niñez y

Políticas Públicas, etc.), si bien hasta ahora estos proyectos se han desarrollado en el marco

de la Secretaría de Extensión, una de las propuestas más firmes para la reforma del plan de

estudios de la carrera de abogacía de la UNLP es el de modificar el sistema de prácticas

profesionales y que la participación en este tipo de proyectos (junto con los consultorios

jurídicos gratuitos) sea una de las opciones de práctica profesional, por las indudables

ventajas que tiene el llevar adelante casos reales por sobre el estudio teórico de casos.

Atento a lo previamente expuesto, se buscará asimismo la posibilidad de firmar convenios

de cooperación con las mencionadas instituciones, a fin de lograr una mejor comprensión y

proyección de este tipo de prácticas que vienen creciendo en distintos ámbitos del ejercicio

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profesional de la abogacía, principalmente en Organizaciones No Gubernamentales y

Universidades.

Los resultados de los trabajos y análisis realizados por el presente instituto serán puestos a

consideración del Sr. Presidente del Colegio, para su pertinente evaluación y eventualmente

estimación de pasos a realizar.

Serán elaborados proyectos de interés sobre la normativa aludida, estudio de casos llevados

adelante con este particular enfoque y el análisis de los supuestos fácticos involucrados en

los mencionados procesos de interés público, los que serán puestos a consideración de la

Presidencia, con la finalidad de posicionar al Colegio de Abogados de La Plata, a la

vanguardia de tales sucesos.

ENCUADRE JURÍDICO NORMATIVO.

El proyecto se encuadra normativamente en la letra expresa de la ley No. 5177, que

establece entre otras funciones, atribuciones y deberes del Colegio de Abogados, su

participación “Promover la creación de institutos para la formación de los abogados en

nuevas especialidades y su perfeccionamiento en el conocimiento del derecho; propiciar el

establecimiento de centros de mediación, conciliación y tribunales de arbitraje; y celebrar

convenios con organismos municipales o entidades privadas para contribuir al mejoramiento

del servicio de justicia o prestar asistencia a los abogados y procuradores en el ejercicio de

su ministerio” en el art. 19 en su inc. 18.-.

Se adjuntará en folio aparte modelo de estructura del Instituto respectivo y autoridades

designadas en sus diferentes cargos.-

Se formula el requerimiento de disposición de un ambiente físico –oficina de trabajo –en el

CALP y se indicará el día de reunión conforme asignación colegial, según convenga en

virtud de las otras actividades programadas por el CALP.-“

Todo lo que se tiene presente y se resuelve aprobar la propuesta, y designar como

coordinadores del mismo a los Dres Florencia Vechatti y Pedro Sisti, dejándose constancia

de que el Observatorio deberá tener la estructura de una Comisión Asesora del Consejo

Directivo.-

14. CASA DE CAMPO.- Visto el informe presentado por el Intendente de la Casa de Campo

Sr. Lagos sobre las prioridades a resolver las que que a continuación se transcribe:

Comprar máquinas de corte 2 tiempos: 1 podadora extensible ($ 8.100) y 1

motoguadaña ($ 6.100).

Comprar un triciclo corta césped Roland 13 HP ($ 35.000).

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Reemplazar la bomba sumergible actual de 7.5 Hp de nuestra perforación, por una

de 15 HP y ahorrar una perforación. Cotización otorgada por Aleti Rodolfo (proveedor

de la bomba actual) ($ 60.000).

Provisión e Instalación de dos (2) electrobombas Autocebantes con motor de 5,5

HP. En reemplazo de las existentes en la pileta grande (costo estimado $ 45.000).

Solo restan definir algunas cotizaciones, con respecto a una nueva perforación en la

zona de la pileta grande, como otra alternativa.

Todo lo que se tiene presente y se RESUELVE aprobar lo peticionado, lo que se irá

ejecutando previo informe de la tesorería, siempre y cuando lo autorizado revista el carácter

de indispensable para el normal desarrollo de la temporada de casa de campo.-

15.- CENTRO DE MEDIACIÓN.- EXÁMEN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.- Se toma

conocimiento de la presentación efectuada por varios colegas en el marco del examen final

habilitante para conformar el Registro Provincial de Mediadores, solicitando el

acompañamiento del Colegio a la impugnación formulada por ante el Ministerio de Justicia

de la provincia de Buenos Aires.- Lo que se tiene presente y se resuelve: 1) Adherir

institucionalmente al reclamo formulado por los colegas.- 2) Elevar dicho acompañamiento al

Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia a sus efectos.-

17.- SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-I)

Acuerdo 3733/14 Notificaciones electrónicas.- Visto lo acordado por la S.C.B.A sobre

“Extensión a todo el ámbito de la Administración de Justicia del sistema de notificaciones

electrónicas. Cronograma de implementación”. Se resuelve A) Girar a la Comisión de

Administración de Justicia para su tratamiento B) Girar al sector de Comunicaciones a fin de

realizar la difusión institucional de la misma.- II) Res. 101/14 Convenio entre el IPS Y LA

SCBA. -Se toma conocimiento que SCBA estableció el día 01 de diciembre de 2014 como

fecha de puesta en marcha de la experiencia piloto entre la Suprema Corte de Justicia y el

Instituto de Previsión Social en los términos dispuestos por la Resolución N° 2678/14 y el

Convenio de Colaboración Recíproca suscripto. La prueba referida se efectuará en la

totalidad de los Órganos Jurisdiccionales que integran los Departamentos judiciales de La

Plata y Mar del Plata.

Dicha resolución prevé la incorporación del IPS al sistema de presentaciones electrónicas

de la SCBA. Estableciendose que los pedidos de informes y comunicaciones al/del Registro

Público de juicios universales, respecto de la existencia de procesos sucesorios abiertos y

demás referidos del art 2 de la ley 7205 se realizarán por el IPS. Además de los informes

previstos en el art 25 de la ley 10.205 por parte de la Dirección de Pensiones sociales no

Page 29: Colegio de Abogados · 2017-10-30 · Arancel mensual para los meses de Enero y Febrero $2600.-respectivamente. Valor por Quincena: $1500.- Arancel diario para invitado: $160.- Descuento

Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal

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contributivas del IPS se harán a través del sistema de presentaciones electrónicas de la

SCBA. Toso lo que se tiene presente y se resuelve giirar al sector de Comunicaciones a fin

de realizar la difusión institucional de la misma.-

18.- JORNADAS DEPORTIVAS MAR DEL PLATA.- El Dr. Levene da cuenta de las

actividades llevadas a cabo por los representantes de este Colegio por ante las jornadas de

referencia.- Hace saber que han participado más de 350 colegas y que toda la actividad se

desarrolló en forma exitosa.- En virtud de ello, destaca la permanente colaboración de la

Presidenta de la Comisión de Casa de Campo y Deportes, Dra. Jessica Seimandi y sus

miembros, que han coordinado toda la delegación.- Lo que se tiene presente.-

19.- ENCUESTAS.- Da cuenta el Dr. Levene que el día viernes 19 diciembre se llevará a

cabo el acto de entrega de premios a los mejores órganos jurisdiccionales del departamento

judicial La Plata en opinión de los abogados, en el marco de las encuestas que el Colegio ha

realizado en forma conjunta con la Facultad de Ciencias Económicas.

20.- BOLETIN OFICIAL.- Se informa por Presidencia que en el día de la fecha se suscribió

el Convenio con las autoridades del Boletín Oficial, mediante el cual queda plasmado el uso

de las instalaciones del Colegio para el funcionamiento de una Agencia.- Lo que se tiene

presente y se resuelve difundir el mismo, cuyo texto reza:

“Entre el Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros de la. Provincia de Buenos Aires,

representado por el Subsecretario de Gabinete Dr. Juan Pablo Álvárez Echagüe, en

adelante "el comodatario" con domicilio en calle 6 entre 51 y 53 de la Ciudad y Partido de La

Plata, Provincia • de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de La Plata, representado por

su Presidente Dr. Fernando P. Levene, en adelante "el comodante" con domicilio en calle 13

n° 829 de la Ciudad y Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires; convienen en celebrar

el presente convenio de.comodato, de conformidad con las siguientes cláusulas: ,

Primera: El comodante otorga en comodato 2 (dos) oficinas sitas én su sede -calle 13 n° 829

de la Ciudad y Partido de La Plata- para ser destinadas a la atención al público y para el

depósito de documentación y material inherente al desarrollo de la actividad descripta en la

cláusula Tercera.

Segunda: El comodatario recibe las oficinas en buen estado de conservación y con las

condiciones necesarias para desarrollar la actividad prevista en la cláusula Tercera. El

comodatario proveerá el mobiliario y recursos materiales necesarios, para el cumplimiento

de dicha actividad.

Tercera: El comodatario1 se compromete a destinar ambos espacios físicos para el

funcionamiento de la Agencia n* 1 del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aíres, no

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Colegio de Abogados Departamento Judicial La Plata Avenida 13 Nº 821/29 (2º Piso) Tel: 439-2222 / Fax: 439-2232 /[email protected] / www.calp.org.ar Lavalle 1390 (4º Piso) Tel: 011 – 4371-9531 / Fax: 011-4374-1508 / (1048) Capital Federal

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pudiendo afectarlo a ningún otro, destino. Salvo autorización expresa, el comodatario sólo

utilizará las oficinas durante el horario de atención administrativa del comodante.

Cuarta: El comodatario se compromete a ejecutar las tareas administrativas y de atención al

público inherentes a los servicios brindados por la Agencia n° 1 del Boletín Oficial a

través,de' personal perteneciente a su planta de empleados.

Quinta: El plazo de! comodato será de tres (3) años contados desde el 09/10/14, pudiendo

ser prorrogado en forma automática por términos iguales a partir de su finalización. En caso

de reclamo de devolución de las instalaciones, la misma se operará dentro del término de

los tres (3) meses a partir de la solicitud por escrito de la otra parte.

Sexta: Estarán avcargo del comodante todas las diligencias y tareas inherentes al

mantenimiento y conservación del inmueble.

Séptima: El comodante queda exceptuado de toda responsabilidad que derive de las tareas

administrativas descriptas en la cláusula Tercera. Asimismo el comodatario se compromete

a mantener indemne al comodante frente a cualquier reclamo de los empleados del

comodatario

o de terceros, derivados de la relación laboral, de la actividad del comodante o de las

acciones de sus empleados tengan o no que ver con la actividad.

Octava: A todos losefectos legales las partes constituyen domicilio especial en los indicados

en el encabezamiento de este convenio, donde resultarán válidas todas las notificaciones

judiciales o extra judiciales que se practiquen, sometiéndose a la jurisdicción de los

Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de La Plata, con exclusión de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder!es.

. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un único

efecto, en la Ciudad de La Plata a los dieciséis días del mes de diciembre de 2014.”

21.- DELEGACIÓN EN SECRETARÍA Y PRESIDENCIA.- Visto que el Consejo Directivo

tendrá su próxima sesión en el mes de febrero del año próximo, y ante la necesidad de

tomar aquellas decisiones que permitan el normal desarrollo institucional, se resuelve

facultar a la Secretaría y a la Presidencia para adoptar las medidas que resulten

necesarias.-

22.- PRÓXIMA SESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO.- Se resuelve fijar la próxima sesión

del Cuerpo para el día jueves 12 de Febrero próximo a las 20 horas.-