codigo nacional de electric id ad- suministro 2011

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MINISTERIO DE ENERGA Y MINAS Direccin General de Electricidad

CDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD (SUMINISTRO 2011)www.minem.gob.pewww.minem.gob.pe

2 de octubre de 1931?

No! 31 de octubredel 2002

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INCUMPLIMIENTO DE LA NORMA DGE SMBOLOS GRFICOS EN ELECTRICIDAD www.minem.gob.pe

CADA QUIN CON SU REALIDAD

Otra realidad

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CONOCEMOS NUESTRA REALIDAD?

CAMBIO CLIMTICO?www.minem.gob.pe

ACEPTABLE?

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MALAS PRCTICAS

INCREMENTO DE FRECUENCIA DE TRABAJOS CON LNEAS ENERGIZADAS www.minem.gob.pe

Las nuevas tecnologa se imponen porque traen beneficios pero tambin pueden ocasionar nuevos problemas Razn por la que es importante el adecuado seguimiento de su performance Quien no mide, no puede controlar Quien no controla, no puede mejorar

Primero es la vida La corriente va ir por donde usted le permita ir La normativa debe ser coherente Se hace camino al andar, por lo que no debemos olvidar que la normatividad es dinmica en la medida de nuestra participacin

Cdigo de tica del C.I.P.PRINCIPIOS GENERALES

Art. 1.- Los ingenieros estn al servicio de la sociedad. Por consiguiente tiene la obligacin de contribuir al bienestar humano, dando importancia primordial a la seguridad y adecuada utilizacin de los recursos en el desempeo de sus tareas profesionales

GENERACIN DISTRIBUIDA www.minem.gob.pe

Cdigo de tica del C.I.P.TTULO I DE LA RELACIN CON LA SOCIEDAD

Art. 6 .- Los ingenieros ejecutarn todos los actos inherentes a la profesin de acuerdo a las reglas tcnicas y cientficas procediendo con diligencia; autorizarn planos, documentos o trabajos slo cuando tengan la conviccin de que son idneos y seguros, de acuerdo a las normas de ingeniera.

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Cdigo de tica del C.I.P.TTULO IDE LA RELACIN CON LA SOCIEDAD

Art. 7.- Los ingenieros que adviertan hechos o condiciones que en su opinin puedan poner en peligro la vida, la salud, la seguridad o la propiedad, debern llamar la atencin de ello directamente o a travs del CIP a quienes sean responsables para que cumplan con su deber, advirtiendo a las autoridades competentes.

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Cdigo de tica del C.I.P.TTULO II DE LA RELACIN CON LA SOCIEDAD

Art. 15 .- Los ingenieros se esforzarn por ampliar el conocimiento del pblico acerca de la ingeniera y de los servicio que presta a la sociedad.

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Direccin General de Electricidad

CDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD (SUMINISTRO 2011)

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El Sistema Elctrico

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RM publicada 2011-05-05

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Punto de entrega

Media Tensin

Acometidas areas domiciliarias

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USO COMPARTIDO LEY N 28295 Que regula el Acceso y Uso compartido de infraestructura de uso pblico para la prestacin de Servicios Pblicos de Telecomunicaciones (2004-07-21) y su Reglamento DS N 0092005-MTC (2005-03-21)www.minem.gob.pe

Norma de Procedimientos para la Elaboracin de Proyectos y Ejecucin de Obras en Sistemas de Distribucin y Sistemas de Utilizacin en Media Tensin en Zonas de Concesin de Distribucin RD N 018-2002-EM/DGE (2002-09-27)

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NORMATIVA EN ELECTRIFICACIN RURAL

NORMAS DGE PARA PROYECTOS DE ELECTRIFICACIN RURAL www.minem.gob.pe

Reglamento de la Ley General de Electrificacin Rural Artculo 20 Normas Tcnicas AplicablesEl desarrollo de los proyectos y ejecucin de obras de los Sistemas Elctricos Rurales (SER), as como su operacin y mantenimiento, debern cumplir con las normas especficas de diseo y construccin, el Cdigo Nacional de Electricidad, los estndares correspondientes de calidad del servicio elctrico rural, y dems normas aplicables a la electrificacin rural.

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LEY DE CONCESIONES ELCTRICAS

Artculo 31.- Tanto los titulares de concesin como los titulares de autorizacin, estn obligados a: e) Cumplir con las disposiciones del Cdigo Nacional de Electricidad y dems normas tcnicas aplicables. Artculo 99.- Los estudios, proyectos y obras de las instalaciones necesarias para la prestacin del Servicio Pblico de Electricidad, debern ser efectuados cumpliendo con los requisitos que sealen el Cdigo Nacional de Electricidad y dems Normas Tcnicaswww.minem.gob.pe

LEY DE CONCESIONES ELCTRICAS Artculo 114.- La servidumbre del electroducto y las instalaciones de telecomunicaciones, se otorgarn desde la etapa del proyecto y comprenden el derecho del concesionario de tender lneas por medio de postes, torres o ductos subterrneos en propiedades del estado, municipales o de terceros, as como a ocupar los terrenos que sean necesarios para instalar subestaciones de transformacin y obras civiles conexas. En las zonas urbanas, la servidumbre de electroducto no podr imponerse sobre edificios, patios y jardines, salvo las excepciones que se establezcan en el Cdigo Nacional de Electricidad. Modificacin Ley N 29178 (2008-01-03).www.minem.gob.pe

010. OBJETIVO

El objetivo del Cdigo Nacional de Electricidad Suministro, es establecer las reglas preventivas que permitan salvaguardar a las personas (de la concesionaria, o de las contratistas en general, o terceros o ambas) y las instalaciones, durante la construccin, operacin y/o mantenimiento de las instalaciones tanto de suministro elctrico como de comunicaciones, y sus equipos asociados, cuidando de no afectar a las propiedades pblicas y privadas, ni el ambiente, ni el Patrimonio Cultural de la Nacin.www.minem.gob.pe

011.A. Las instalaciones de suministro comprenden las instalaciones de generacin, transmisin, distribucin y utilizacin (este ltimo en lo que competa). 011.B. Estas reglas no se aplican a instalaciones en embarcaciones, equipo ferroviario rodante, aeronaves, equipo automotriz, o instalacin elctrica del usuario, excepto lo indicado en las Partes 1 y 3. El Cdigo Nacional de Electricidad (Utilizacin) cubre los requerimientos de instalaciones elctricas del usuario en edificaciones.

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012.G. Cuando en el Cdigo se haga referencia a normas de otros pases o de entidades especializadas, tales como ANSI, IEEE, NFPA, etc.; tambin podrn considerarse en lugar de ellas o ser complementadas con las normas de la Comisin Electrotcnica Internacional (IEC) correspondientes o equivalentes.

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013. Aplicacin 013.A.1. Estas reglas se aplicarn a toda nueva instalacin, ampliaciones o modificaciones. 013.C. La Direccin General de Electricidad podr otorgar excepciones para la aplicacin de reglas o modificar cualquier regla de este Cdigo. La excepcin ser vlida nicamente para la instalacin para la que haya sido solicitada. La excepcin deber ser solicitada previamente a la realizacin de los trabajos correspondientes, y ser procedente slo si est acompaada del sustento tcnico que acredite que no se transgreden aspectos de seguridad. Cuando estas reglas sean exoneradas o modificadas, la seguridad debe ser garantizada por otros medios.www.minem.gob.pe

017.A. Niveles de tensin Podr continuar utilizndose los niveles de tensin existentes y las tensiones recomendadas siguientes (vase la definicin Nivel de Tensin): Baja Tensin: 380 / 220 V 440 / 220 V Media Tensin: 20,0 kV (*) 22,9 kV 22,9 / 13,2 kV Alta Tensin: 60 kV 138 kV 220 kV Muy Alta Tensin: 500 kV 33 kV 33 / 19 kV

(*) Tensin nominal en media tensin considerada en la NTP-IEC 60038: Tensiones normalizadas IEC. NOTA: El sistema monofsico con retorno total por tierra de la configuracin en media tensin 22,9/ 13,2 kV, es una alternativa de aplicacin en los proyectos de Electrificacin Rural.

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NORMA TCNICA PERUANA NTP-IEC 60038 TENSIONES NORMALIZADAS IEC 3 de 14

3.1 Tensin nominal del sistema: Un valor aproximado adecuado de tensin usado para designar o identificar un sistema. [IEV 601-01-21, modificado] 3.2 Tensin ms alta de un sistema (excluyendo transitorios y condiciones anormales): El valor ms alto de la tensin de operacin, el cual ocurre bajo condiciones normales de operacin en cualquier momento y cualquier punto del sistema.www.minem.gob.pe

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Estructura de soporte de escalamiento fcil. Una estructura de soporte que tiene suficientes asideros para las manos y los pies, y que permite subir fcilmente la estructura por una persona promedia, sin usar una escalera de mano, herramientas o dispositivos especiales, o esfuerzo fsico extraordinario.

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Lmite de edificacin. Es la lnea que define hasta donde puede llegar el rea techada de la edificacin. Lmite de propiedad. Es cada uno de los linderos que definen la poligonal que encierra el rea del terreno urbano o rstico.

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Persona calificada. Quien ha sido entrenado y ha demostrado conocimiento adecuado de la instalacin, construccin, u operacin de lneas y equipos, y los riesgos involucrados, incluso en la identificacin y exposicin a las lneas o equipos de suministro elctrico y de comunicacin, dentro o cerca del espacio de trabajo. Sinnimos: trabajador calificado, empleado calificado.

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037.G. Enlace equipotencial de sistemas de comunicaciones a sistemas de suministro elctrico Cuando ambos sistemas de suministro elctrico y de comunicaciones estn puestos a tierra en una estructura de uso compartido, debe usarse un solo conductor de puesta a tierra para ambos sistemas, o los conductores de puesta a tierra del suministro elctrico y el de comunicaciones debe enlazarse entre s, excepto cuando la separacin sea requerida por Regla 037.A. Para efectuar el enlace equipotencial de ambos sistemas de suministro elctrico y el de comunicaciones, en estructuras de uso compartido, deben efectuarse las coordinaciones y acuerdos necesarios entres las partes implicadas.www.minem.gob.pe

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Transferida

Contacto

Pasowww.minem.gob.pe

116. Proteccin contra rayos Las instalaciones de suministro elctrico que se encuentran expuestas a sobretensiones de origen atmosfrico, tales como estaciones de suministro o subestaciones, debern estar protegidas contra descargas atmosfricas directas y sobretensiones inducidas. La proteccin contra las descargas directas se har mediante cables areos (cable de guarda) o postes con terminales de captacin o dispositivo de intercepcin de rayos (comnmente llamado pararrayos), adecuadamente colocados, de tal manera que las descargas de los rayos sean interceptadas, reduciendo la exposicin de la instalacin a las descargas directas a niveles insignificantes.

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No debe utilizarse dispositivos de interceptacin con elementos o sustancias radioactivos. La proteccin contra las sobretensiones inducidas (sobretensiones que ingresan a la estacin a travs de lneas areas o los conductores metlicos conectados a la estacin), ser proporcionada mediante descargadores de sobretensiones y otros medios de proteccin contra sobretensiones, colocados tan cerca como resulte prctico al equipo que se va a proteger. NOTA: Normas tcnicas de referencia: IEC 62305, NFPA 780, Norma Tcnica Colombiana NTC 4552 para proteccin contra el rayo, edificaciones y estructuras.

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NFPA 780 Norma para la instalacin de sistemas de proteccin contra rayos NTC 4552 Proteccin contra descargas elctricas atmosfricas (rayos) IEC 62305 Proteccin contra el rayo IEEE Std 1100 Powering and Grounding Electronic Equipment

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127.A.Distancias de seguridad a instalaciones elctricas de Servicio Pblico de Electricidad Las distancias horizontales de seguridad a partir del punto de emanacin de gases deben cumplir con el Reglamento de Establecimientos de Venta de Gas Licuado al Pblico para uso automotor aprobado por Decreto Supremo N 019-97-EM, el Reglamento de Seguridad para Establecimiento de Venta al Pblico de Combustibles Derivados de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo N 054-93-EM y el Reglamento para la Instalacin y Operacin de Establecimientos de Venta al Pblico de Gas Natural Vehicular aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM o el dispositivo legal que lo reemplace; y complementado por el Cdigo Nacional de Electricidad Utilizacin.www.minem.gob.pe

CDIGO NACIONAL DE ELECTRICDAD (UTILIZACIN 2006)

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117. Ubicacin de las subestaciones y estructuras, y criterios de seguridad 117.A.Estructuras o postes de redes de distribucin y de subestaciones areas y compactas Las estructuras o los postes de las redes de distribucin y de las subestaciones areas y compactas, debern ubicarse en lugares en los que se cumplan las distancias de seguridad establecidas en la Seccin 23, y que no dificulten el libre acceso a las propiedades o predios adyacentes; en lo posible, su ubicacin deber ser de tal manera que su eje coincida con el lindero de los predios colindantes. Asimismo, estas estructuras o postes no debern obstaculizar el paso directo a los pasajes.NOTA: En el caso de incremento de carga que motive instalar una subestacin, sta deber instalarse delante del predio del indicado usuario y no otro lugar que afecte predios diferentes al del interesado. www.minem.gob.pe

117.B.Ubicacin de Subestaciones con respecto a lugares de pblica concurrencia Las subestaciones de distribucin areas, con el propsito de dar las facilidades de acceso y espacio, en casos de contingencias o emergencias, debern estar ubicados a suficiente distancia respecto a los accesos o salidas de emergencia de cualquier edificacin, destinada o con un proyecto aprobado por el Municipio, para Centro Educativo, Mercado, Hospital, Clnica, Iglesia, Teatro, locales de espectculos u otros similares, de modo que se cumplan las indicaciones establecidas o coordinadas con el Instituto Nacional de Defensa Civil. NOTA: Para las distancias de seguridad respecto a lugares peligrosos y de manipulacin de combustibles vase la Regla 127.www.minem.gob.pe

117.C. Transformadores ubicados al interior de edificaciones con afluencia de pblico o edificaciones de vivienda En las edificaciones de vivienda u oficinas, en cuyo interior se requiera la instalacin de subestacin de distribucin, el transformador a ser usado deber ser del tipo seco u otro dielctrico de alto punto de ignicin y baja emisin de humos txicos y corrosivos. Los transformadores ubicados al interior de edificaciones con afluencia de pblico tales como los que se sealan a continuacin, debern ser del tipo seco u otro dielctrico de alto punto de ignicin y baja emisin de humos txicos y corrosivos.www.minem.gob.pe

Locales de pblica concurrencia para espectculos y actividades recreativas, tales como por ejemplo: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, hipdromos, parques de atracciones y ferias, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar, y otros similares; Locales de pblica concurrencia para reuniones y trabajo, como por ejemplo: templos, museos, salas de conferencias y congresos, bares, cafeteras, restaurantes, establecimientos comerciales, centros comerciales, mercados, y otros similares; Hoteles, hostales y similares; Hospitales, clnicas y similares; Bibliotecas, colegios, universidades, locales institucionales y similares; Locales con riesgo de incendio o explosin; Terminales de transportes; Otros que la Autoridad competente, considere necesarios

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117.C.Transformadores ubicados al interior de edificaciones con afluencia de pblico o edificaciones de vivienda En las edificaciones de vivienda u oficinas, en cuyo interior se requiera la instalacin de subestacin de distribucin, el transformador a ser usado deber ser del tipo seco u otro dielctrico de alto punto de ignicin y baja emisin de humos txicos y corrosivos. Los transformadores ubicados al interior de edificaciones con afluencia de pblico tales como los que se sealan a continuacin, debern ser del tipo seco u otro dielctrico de alto punto de ignicin y baja emisin de humos txicos y corrosivos.www.minem.gob.pe

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3

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RADIACIONES ELECTROMAGNTICAS?

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En zonas de trabajo (exposicin ocupacional), as como en lugares pblicos (exposicin poblacional), no se deben superar los Valores Mximos de Exposicin a Campos Elctricos y Magnticos a 60 Hz dados en la siguiente tabla:Tipo de Exposicin - Poblacional - Ocupacional Intensidad de Campo Elctrico (kV/m) 4,2 8,3 Densidad de Flujo Magntico ( T) 83,3 416,7

Regla 212. Tensiones inducidas Campos Elctricos y Magnticos www.minem.gob.pe

FAJAS DE SERVIDUMBRE DISTANCIAS MNIMAS DE SEGURIDAD CONDICIONES DISEO MECNICO www.minem.gob.pe

VISTA FRONTALCadena de aisladores Conductor

Conductor desplazado bajo condiciones de viento y temperatura de acuerdo a la Regla 234.A.2

d

DH

d : desplazamiento porefecto del viento DH: distancia de seguridad horizontal

DISTANCIA A LA EDIFICACIN 50% de la SERVIDUMBRE

Figura 219.B-1 Edificaciones o construcciones de dominio privado dentro de la Faja de Servidumbre pero Fuera de su Zona de Influenciawww.minem.gob.pe

Figura 219-2 FAJA DE SERVIDUMBRE LNEA CON TERNAS A UN SOLO LADO DE LA ESTRUCTURA www.minem.gob.pe

TOKYO www.minem.gob.pe

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FAJA DE SERVIDUMBRE

CADA DE RBOLESwww.minem.gob.pe

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MANGAS DE PROTECCIN TEMPORAL PUESTAS POR EL CONCESIONARIO

VIOLACIN DE LA VA PBLICAwww.minem.gob.pe

TELECOMUNICACIONES

REDES DE MEDIA TENSIN

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IMPEDIMENTO CONTRA CONTACTO www.minem.gob.pe

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Seccin 23 Distancias de Seguridad

230.A.3. No debern instalarse lneas areas sobre edificaciones de terceros o sus proyecciones. Vase la Figura 230.A-1. Para el establecimiento de servidumbres de lneas de transmisin y lneas de distribucin, vase la Regla 219.B.

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ZONA SOBRE LA EDIFICACIN DONDE NO SE PUEDEN CONSTRUIR LNEAS AREAS

H : Distancia horizontal V : Distancia vertical (Vase la Tabla 234-1) Es de aplicacin slo para los casos de lneas que pasan sobre edificaciones que sirven para las instalaciones elctricas de suministro

H

H

V V

H H V V

V

H

H

H

H

Lmite de propiedad

Lmite de propiedad

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DMS

PUENTES PEATONALES www.minem.gob.pe

AISLADORES DE RETENIDA www.minem.gob.pe

Manual de Interpretacin CNE SUM 2001 www.minem.gob.pe

RETENIDA PUESTA A TIERRA

AISLADOR DE RETENIDA

Reglas 215 y 279

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MALAS PRCTICAS DE TRABAJO EN LA VA PBLICA

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MALAS PRCTICAS EN TENDIDO AREO www.minem.gob.pe

El guante puede ser reemplazado ,

tu mano nowww.minem.gob.pe

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Espesores de hielo?

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BUENA PRCTICA: orden, limpieza, sealizacinwww.minem.gob.pe

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VIOLACIN DE LA VA PBLICAwww.minem.gob.pe

VIOLACIN DE LA VA PBLICAwww.minem.gob.pe

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El neutro: Un conductor vivo que debe ser identificado Los componentes de la seguridad de la instalacin son: Seguridad, Disponibilidad Mantenimiento No debe perturbar a los numerosos equipos de pequeas corrientes stos son los criterios que permiten hacer la mejor eleccin en funcin: del tipo de edificio, de la actividad que se desarrolla en l, de la presencia o no de un servicio elctrico.

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CUMPLIENDO LA NORMATIVA SE MEJORA LA CALIDAD DE VIDAwww.minem.gob.pe

Cada instalacin es nica, es de responsabilidad del proyectista o diseador seleccionar las recomendaciones ms relevantes, ms apropiadas a la instalacin en particular, con la implementacin respectiva por el instalador Tampoco se pretende excluir las prcticas de instalacin cuando ellas han dado buen resultado

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GRACIAS POR LA ATENCINCentral telefnica: 01 618 8700Consultas: DIRECCIN NORMATIVA DE ELECTRICIDAD JUAN CNDOR CANALES (Anexo 3031, [email protected]) JOS LUIS RODRGUEZ C. (Anexo 3045, [email protected]) RICARDO VSQUEZ CAMPOS (Anexo 3055, [email protected]) ORLANDO CHVEZ CH. (Anexo 3030, [email protected])

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