código de Ética 2014

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Secretaría de Gestión Pública CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

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Código de Ética 2014

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Page 1: Código de Ética 2014

Secretaría de Gestión Pública

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Page 3: Código de Ética 2014

¿Qué es la ética? La ética proviene del griego "Ethos" cuyo significado es "Costumbre", tiene como objeto de estudio de la moral y la acción humana.

La ética permite establecer juicios tales como 'malo', 'bueno', 'correcto', 'incorrecto', 'obligatorio', 'permitido', en relación a nuestro accionar.

Ética privada hace referencia a la concepción de cada uno. Ética pública, hace referencia a valoraciones para toda la colectividad.

Por ejemplo valores constitucionales: libertad, igualdad, etc

Ética administrativa hace referencia a valores que hacen posible el quehacer profesional en la Administración Pública

Implica poner como centralidad el bien común que es objetivo de la actividad del Estado

Si se pierde el sentido social de servicio, la gestión pública deja de tener sentido y se deslegitima.

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Lima, 21 de agosto 2013

Elaborada por:

Page 9: Código de Ética 2014

¿Cuál le parece el principal problema que enfrenta el Estado y que le impide lograr el desarrollo del país? (Con tarjeta)

-Desagregado por género / región-

%Masc. Fem. Lima Interior Norte Centro Sur Oriente

62 54 60 56 51 61 57 63

23 21 22 22 25 16 23 20

6 7 4 8 7 9 11 5

4 7 5 7 10 6 4 4

4 7 6 5 7 5 3 4

= Porcentaje significativamente más alto9

Base: 1202 entrevistados

Page 10: Código de Ética 2014

¿Considera que los ciudadanos peruanos respetan las leyes?-Medición comparativa / por género / región-

Género

Región

= Porcentaje significativamente más alto 10Base: 1202 entrevistados

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La corrupción surge cuando:

Los Funcionarios tienen autoridad y abusan de ella.Tienen poca responsabilidad. Existen reglamentos defectuosos o informales que dejan vacíos que son aprovechados.Existe falta de incentivos para actuar:

No hay consecuencias para los corruptos Costo beneficio del acto de corrupción

…entonces… la corrupción es un asunto de gobernabilidad, una falla de las instituciones, que hace difícil implementar y hacer cumplir las leyes y las políticas que aseguran la rendición de cuentas y la transparencia.

LA CORRUPCIÓN NO ES UN PROBLEMA EN SI MISMO, ES EXPRESIÓN DE QUE ALGO

ANDA MAL

Page 12: Código de Ética 2014

¿Qué es la Ética?

Page 13: Código de Ética 2014

Objetivo

El objetivo principal es orientar a los empleados públicos en el desempeño de sus funciones con la finalidad de prevenir actos reñidos o susceptibles de sanción, ya se por acción y por omisión.

Las responsabilidades en la administración Pública son:

- Administrativa- Civil - Penal

Page 14: Código de Ética 2014

Ámbito de aplicaciónLos Principios, Deberes y Prohibiciones éticos que se establecen en el Código de Ética de la Función Pública rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, de acuerdo a lo establecido en su artículo 4.

Para los fines de la presente Ley se entenderá por entidad o entidades de la Administración Pública a las indicadas en el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, incluyendo a las empresas públicas.

Page 15: Código de Ética 2014

Función PúblicaA los efectos del presente Código, se entiende por función pública toda actividad

temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en

nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública, en

cualquiera de sus niveles jerárquicos

Fines de la Función PúblicaLos fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo

dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia

del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía,

priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por

la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

Page 16: Código de Ética 2014

Servidor Público

Articulo 4º4.1 Para los efectos del presente Código se considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública en cualquiera de los niveles jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre del servicio del Estado.

4.2 Para tal efecto, no importa el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté sujeto.

Page 17: Código de Ética 2014

PRINCIPIOS DE LA FUNCION PUBLICA

Respeto Probidad Eficiencia Idoneidad Veracidad Lealtad y obediencia Justicia y equidad Lealtad al Estado de Derecho

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DEBERES DE LA FUNCION PUBLICA

Neutralidad Transparencia Discreción Ejercicio adecuado del cargo Uso adecuado de los bienes del Estado Responsabilidad

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Prohibiciones Éticas de la Función Pública

1. Mantener intereses de conflicto

2. Obtener ventajas indebidas

3. Realizar actividades de proselitismo

4. Hacer mal uso de información privilegiada

5. Presionar, amenazar y/o acosar

Page 20: Código de Ética 2014

SANCIONES POR INFRACCIÓN AL CÓDIGO DE ÉTICA

AMONESTACION

SUSPENSIÓN TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIÓN HASTA POR UN AÑO

DESTITUCIÓN O DESPIDO

MULTA HASTA 12 UIT

RESOLUCIÓN CONTRACTUAL Infracciones leves: Amonestación, suspensión y/o multa

Infracciones Graves: Resolución Contractual, destitución, despido y/o multa

Page 21: Código de Ética 2014

Quiénes califican las faltas

Las faltas son calificadas por la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad, el procedimiento es el establecido en el art. 163 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. La prescripción por infracción al Código de Ética de la Función Pública es de 3 años.

El procedimiento es de aplicación al personal de los Regímenes del Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 728 y el Decreto Legislativo N° 1057 –CAS-.

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CRITERIOS PARA APLICAR LAS SANCIONES EN EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

El perjuicio ocasionado a los administrados o a la administración pública.

Afectación a los procedimientos.

Naturaleza de las funciones desempeñadas así como el cargo y jerarquía del infractor.

El beneficio obtenido por el infractor.

La reincidencia o reiterancia.

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Principio de Razonabilidad

a) La gravedad del daño al interés público y/o bien jurídico protegido;

b) EI perjuicio económico causado;c) La repetición y/o continuidad en la comisión de la

infracción;d) Las circunstancias de la comisión de la infracción;e) EI beneficio ilegalmente obtenido; yf) La existencia o no de intencionalidad en la conducta del

infractor.

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REGISTRO NACIONAL DE SANCIONES DE DESTITUCIÓN Y DESPIDO

Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General

Decreto SupremoNº 089-2006-PCM

Resolución SupremaNº 017-2007-PCM

Directiva Nº 001-2007-PCM/SG

Decreto SupremoNº 015-2008-PCM

Modifica el art. 10

Resolución Suprema Nº 112-2008-PCM

Modifica el art. 9º de la Directiva

Page 25: Código de Ética 2014

SANCIONES QUE SE REGISTRAN EN EL RNSDD

Según el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 089-2006-PCM y el artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 017-2007-PCM las sanciones pasibles de ser

registradas en el RNSDD son:

Las sanciones de destitución y despido

Las sanciones por infracción al Código de Ética.

Las sanciones de inhabilitación que ordene el Poder Judicial.

Otras que determine la Ley.La inscripción de las sanciones por infracción al Código de Ética en el RNSDD, tienen una duración de un año contado desde la culminación de la sanción, salvo la sanción de despido (cinco años de inhabilitación).

Page 26: Código de Ética 2014

EFECTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE SANCIONES DE DESTITUCIÓN Y DESPIDO

La entidad pública deberá de consultar previamente al RNSDD, a fin de verificar si una persona se encuentra inhabilitada para ejercer función

pública, en los siguientes casos:

Todo proceso de nombramiento, Designación, Elección, Contratación laboral o de locación de servicios.

Page 27: Código de Ética 2014

En el marco del Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú, aprobado por R.M. 085-2012-PCM, se establece el “Reconocimiento a las Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejecutivo”, aprobado mediante RM 195-2012-PCM, premio que otorga la Presidencia del Consejo de Ministros, y que tiene como objetivo incentivar las acciones y los procesos implementados por la administración pública destinados a lograr una gestión íntegra, transparente y participativa, orientada a la ciudadanía.

Resolución Ministerial Nº 195-2012-PCM 15/08/2012,

DIRECTIVA 001- 2009-PCM / SGP “RECONOCIMIENTO A LAS PRACTICAS DE BUEN GOBIERNO EN LAS ENTIDADES DEL PODER

EJECUTIVO”

Page 28: Código de Ética 2014

La transparencia de los actos de la administración pública, destinada a poner a disposición de la ciudadanía la información relevante y necesaria que permita garantizar su participación plena en la toma de decisión y en la implementación de las políticas públicas.

La integridad pública o la ética de la función pública, que supone el marco de actuación exigido a quienes ejercen el rol de empleados públicos y deben orientar su actuación al ejercicio pleno de los derechos ciudadanos.

La participación ciudadana, que implica promover y garantizar espacios de diálogo, concertación y formulación de sugerencias y opiniones de las ciudadanas y ciudadanos sobre aquéllas decisiones de política pública que afectan sus vidas.

Son elementos inherentes e integrantes de una gestión pública democrática

Page 29: Código de Ética 2014

RECONOCIMIENTO LAS PRACTICAS DE BUEN GOBIERNO EN LAS ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO 2013

Categoría A: La Transparencia en los actos de la Administración Pública

“MIRA A QUIÉN LE COMPRAS”.El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI.

DESCRIPCIÓN: Es una herramienta básica y de fácil acceso para la ciudadanía en general, a través de la cual pueden acceder a la información relevante que les permite contar con una mayor y mejor información respecto a los proveedores con los que planean contratar, y saber si han sido sancionados.

Page 30: Código de Ética 2014

RECONOCIMIENTO LAS PRACTICAS DE BUEN GOBIERNO EN LAS ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO 2013

Categoría B: La Integridad Pública o la Ética de la Función Pública

VENTANILLA ÚNICA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO.El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo por la práctica denominada:

DESCRIPCIÓN: Tiene como objetivo facilitar la inserción laboral, mejora de la empleabilidad y desarrollo de emprendimientos sostenibles de los ciudadanos brindando en un solo lugar servicios gratuitos.

Page 31: Código de Ética 2014

• Categoría C: Participación Ciudadana

LICENCIA SOCIAL PARA PROYECTOS CON EXTERNALIDADES NEGATIVAS.

El Instituto Nacional Penitenciario – INPE- por la práctica denominada:

DESCRIPCIÓN: Tiene como finalidad lograr una mayor y mejor comunicación con los involucrados para lograr la aceptación de los proyectos de infraestructura penitenciaría por parte de la población (reflejadas en la obtención de licencia sociales); lo que permitirá la sostenibilidad en el desarrollo de los proyectos en los que se realizó la práctica.

Page 32: Código de Ética 2014

Categoría A: La Transparencia en los actos de la Administración Pública

Page 33: Código de Ética 2014

Categoría B: La Integridad Pública o la Ética de la Función Pública

Page 34: Código de Ética 2014

Categoría C: Participación Ciudadana

Page 35: Código de Ética 2014

Muchas gracias

Consultas a:

[email protected]

“La honestidad no es una virtud, es una obligación"