cÓdigo de conducta del inifap 2016 - … · tarea de actualizar el código de conducta y alinearlo...
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CÓDIGO DE CONDUCTA
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS
COMITÉ DE ÉTICA 2016
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INIFAP 2016
CÓDIGO DE CONDUCTA
Índice
1. Introducción------------------------------------------------------------------------------------ 1
2. Fundamento Legal--------------------------------------------------------------------------- 3
3. Mandato, Misión y Visión-----------------------------------------------------------------
3.1. Mandato----------------------------------------------------------------------------------
3.2. Misión-------------------------------------------------------------------------------------
3.3. Visión-------------------------------------------------------------------------------------
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4. Valores de las y los Servidores Públicos-----------------------------------------------
4.1. Interés Público-------------------------------------------------------------------------
4.2. Respeto----------------------------------------------------------------------------------
4.3. Respeto a los Derechos Humanos------------------------------------------------
4.4. Igualdad y no Discriminación-------------------------------------------------------
4.5. Equidad de Género-------------------------------------------------------------------
4.6. Entorno Cultural y Ecológico-------------------------------------------------------
4.7. Integridad--------------------------------------------------------------------------------
4.8. Cooperación----------------------------------------------------------------------------
4.9. Liderazgo--------------------------------------------------------------------------------
4.10. Transparencia------------------------------------------------------------------------
4.11. Rendición de Cuentas--------------------------------------------------------------
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5. Valores Institucionales del INIFAP-------------------------------------------------------
5.1. Proactividad ----------------------------------------------------------------------------
5.2. Espíritu de servicio--------------------------------------------------------------------
5.3. Honestidad------------------------------------------------------------------------------
5.4. Trabajo en Equipo---------------------------------------------------------------------
5.5. Calidad-----------------------------------------------------------------------------------
5.6. Confiabilidad----------------------------------------------------------------------------
5.7. Cooperación----------------------------------------------------------------------------
5.8. Eficiencia--------------------------------------------------------------------------------
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6. Conductas de Actuación de los Servidores Públicos del INIFAP----------------
6.1. Conductas Generales que Evidencian los Valores en los Servidores
Públicos----------------------------------------------------------------------------------
6.2. Conductas para la Prevención de Conflictos de Interés---------------------
6.2.1. Marco Normativo y Conceptual--------------------------------------------
6.2.2. Conductas para la Prevención de Conflictos de Interés------------
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7. Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública---------------------
7.1. Actuación pública----------------------------------------------------------------------
7.2. Información pública-------------------------------------------------------------------
7.3. Contrataciones públicas, Licencias, Permisos, Autorización y
Concesiones-----------------------------------------------------------------------------
7.4. Programas gubernamentales-------------------------------------------------------
7.5. Trámites y servicios-------------------------------------------------------------------
7.6. Recursos humanos-------------------------------------------------------------------
7.7. Administración de bienes muebles e inmuebles-------------------------------
7.8. Procesos de evaluación-------------------------------------------------------------
7.9. Control interno--------------------------------------------------------------------------
7.10. Procedimiento administrativo-----------------------------------------------------
7.11. Desempeño permanente con integridad---------------------------------------
7.12. Cooperación con la integridad----------------------------------------------------
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8. Glosario de Términos----------------------------------------------------------------------- 34
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1. Introducción
El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI) del Instituto
Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP), se dio a la
tarea de actualizar el Código de Conducta y alinearlo al el Código de Ética de todos
los servidores públicos del gobierno federal, lo anterior, en cumplimiento de lo que
establece el “Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores
públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la
función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los
servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su
comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de
Conflictos de Interés” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto
de 2015 por la Secretaría de la Función Pública.
El Código de Conducta del INIFAP es de aplicación obligatoria para todas aquellas
personas que laboran en el Instituto, ya que este código tiene por objeto guiar,
orientar y dar certeza a las acciones del personal que labora en el Instituto en la
“toma de decisiones en situaciones difíciles” durante el cumplimiento de sus
empleos, cargos o comisiones, además, rige la actuación de las y los servidores
públicos del INIFAP en el marco de los objetivos señalados en la meta nacional
número I “México en Paz” del Plan Nacional de Desarrollo 2013 - 2018, con la que
se busca fortalecer a las instituciones a través del diálogo y la construcción de
acuerdos con todos actores políticos y sociales, la formación de ciudadanía y
corresponsabilidad social, el respeto y la protección de los derechos humanos, la
erradicación de la violencia de género, el combate a la corrupción y el fomento de
una mayor rendición de cuentas.
Al respecto, en el Artículo 109 fracción III de Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, se establece claramente que “Se aplicarán sanciones
administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el
desempeño de sus empleos, cargos o comisiones”.
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En el INIFAP, a efecto de propiciar relaciones laborales basadas en el respeto, se
han emprendido diversas acciones encaminadas a fomentar y fortalecer un trato
digno basado en los principios y valores del Instituto, para orientar las acciones, se
ha realizado el análisis de la Encuesta de Clima y Cultura Organizacional 2015
(ECCO – 2015), retomando particularmente lo relativo a equidad de género,
comunicación de la misión, visión y valores, así como en el factor de identidad con
la institución y los valores, en este último, destaca la baja puntuación del reactivo
relacionado con la actualización del Código de Conducta actualizados, el cual no
había revisado desde el 2013.
Por lo anterior, en el Instituto se considera de suma importancia que todo el personal
no solo conozca los Valores de los Servidores Públicos; Principios Constitucionales
y Reglas de integridad que deben servir de guía en el desempeño de sus funciones,
sino que también deben comprenderlos y hacerlos parte de su actuar diario, ya que
con esto se propiciará un entorno y ambiente laboral satisfactorio que fortalezca la
vocación de servicio a la ciudadanía, pero sobre todo se colabora en el desarrollo
del país fortaleciendo nuestra institución desde el aspecto humano y cumpliendo
con los mandatos de la Constitución.
En este orden de ideas, se considera importante que el Código de Conducta,
además de lo anteriormente mencionado, refleje el objeto y razón de ser del INIFAP
por tal motivo se plasma su Mandato; Misión; Visión; así como sus valores
específicos que también se considera esencial que sean resaltados y practicados
por las y los servidores públicos del Instituto, ya que están alineados a los objetivos
y metas del Plan Nacional de Desarrollo, estos valores son Calidad; Cooperación,
Eficiencia, Confiabilidad, Proactividad; Espíritu de Servicio; Honestidad y Trabajo en
Equipo, los cuales son el móvil para el fortalecimiento de la identidad, confianza de
la sociedad hacia el INIFAP y dignificación de las y los servidores públicos en
nuestro instituto.
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2. Fundamento Legal
El presente Código de Conducta del Instituto Nacional de Investigaciones
Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP), se fundamenta en la normatividad
siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 108 y 109.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,
Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018.
Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos
del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función
pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los
servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan
su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de
Conflictos de Interés publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de
agosto de 2015.
Programa de Mediano Plazo del Instituto Nacional de Investigaciones
Forestales, Agrícolas y Pecuarias 2016 – 2019 del Convenio de Administración
por Resultados del INIFAP 2016 - 2019.
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3. Mandato, Misión y Visión del INIFAP
3.1. Mandato
Contribuir al desarrollo rural sustentable mejorando la competitividad y manteniendo
la base de recursos naturales, mediante un trabajo participativo y corresponsable
con otras instituciones y organizaciones públicas y privadas asociadas al campo
mexicano, mediante la generación de conocimientos científicos y tecnologías
forestales, agrícolas y pecuarias, como respuesta a las demandas y necesidades
de las cadenas agroindustriales y de los diferentes tipos de productores.
3.2. Misión
Generar conocimientos científicos y tecnologías que contribuyan al desarrollo
sustentable de los subsectores forestal, agrícola y pecuario del país.
3.3. Visión
Institución líder en ciencia y tecnología, con capacidad de respuesta en la atención
a las demandas y necesidades de los subsectores forestal, agrícola y pecuario, que
privilegia el trabajo en equipo, la superación de su personal y la satisfacción de sus
usuarios.
Se consideran en esta Visión las siguientes características:
Moderno: Flexible en su administración y eficiente en sus procesos y
procedimientos para lograr las metas y objetivos de manera eficaz.
Aplicado en campo: Responda a las necesidades de investigación,
transferencia de tecnológica e innovación de las cadenas agroalimentarias.
Profesional: Cuente con los mejores investigadores del país, lo más
preparados y altamente competitivos.
Innovador: Esté un paso adelante a nivel internacional para atender las
necesidades de México en materia de investigación, desarrollo tecnológico e
innovación.
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Competitivo: Desarrolle capacidades de forma permanente y que promueva
esquemas para incorporar nuevos investigadores abatiendo el cambio
generacional.
Dinámico: Vincule a los investigadores con los extensionistas para lograr
una transferencia tecnológica eficiente y oportuna para responder a las
demandas del campo mexicano y que recoja los resultados para continuar el
desarrollo de investigaciones futuras.
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4. Valores de las y los Servidores Públicos
Los valores nos conforman como seres humanos, desde el momento en que
nacemos la sociedad por medio de nuestra familia nos reconoce dignos de ser
apreciados y bien tratados, estos valores son la base sobre la cual el ser humano
forja sus convicciones y apoya sus acciones; aún sin ser totalmente conscientes de
su presencia en nuestras vidas, son las coordenadas que utilizamos para decidir
ejecutar acciones concretas, nos indican lo que es bueno para alcanzar una mejor
calidad de vida en equilibrio con la sociedad.
Actuando bajo el cobijo de estos principios morales disfrutamos de la vida en libertad
y en armonía, nos proporcionan satisfacción, elevan nuestra autoestima y nutren
nuestra identidad. Los valores puestos en práctica nos llevan al terreno de la ética,
es decir que nuestro comportamiento ético está dirigido por nuestros valores, cuya
finalidad es alcanzar el bienestar común.
Los valores dan sentido a nuestras vidas, estructuran y orientan la propia conducta
proporcionando un marco de referencia a palabras y acciones de los miembros de
ésta dependencia; entendiéndose como miembros a las personas que se
desempeñan como servidoras y servidores públicos en el INIFAP.
El tiempo en el que vivimos se caracteriza por una multitud de voces que nos indican
distintas opciones para conducirnos, resolver problemas o de enfrentar situaciones
de vida. Es de vital importancia ponernos de acuerdo en el significado de los
referentes que nos guían y ubican en razón del anhelo por alcanzar el bienestar
individual, institucional y social en equilibrio.
Los valores que todo el personal del Instituto debe anteponer en el desempeño de
su empleo, cargo, comisión o funciones y que enmarcan el Código de Conducta de
las y los Servidores Públicos del INIFAP son:
1. Interés Público
2. Respeto
7. Integridad
8. Cooperación
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3. Respeto a los Derechos Humanos
4. Igualdad y no discriminación
5. Equidad de género
6. Entorno Cultural y Ecológico
9. Liderazgo
10. Transparencia.
11. Rendición de Cuentas
Cabe señalar que los valores antes descritos salvaguardan los principios
constitucionales de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia que se
deben observar en el desempeño de las actividades de las y los servidores públicos,
de conformidad con lo establecido en el artículo 109, fracción III de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4.1. Interés Público
Las y los servidores públicos actúan buscando en todo momento la máxima atención
de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios
particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
4.2. Respeto
Las y los servidores públicos se conducen con austeridad y sin ostentación, y
otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de
trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que
propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan
al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
4.3. Respeto a los Derechos Humanos
Las y los servidores públicos respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus
competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad
con los Principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos
corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; de Interdependencia que
implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí;
de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de
tal forma que son complementarios e inseparables, y de Progresividad que prevé
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que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna
circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
4.4. Igualdad y no Discriminación
Las y los servidores públicos prestan sus servicios a todas las personas sin
distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional,
el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la
condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las
características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil,
la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes
penales o en cualquier otro motivo.
4.5. Equidad de Género
Las y los servidores públicos, en el ámbito de sus competencias y atribuciones,
garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones,
posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y
beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.
4.6. Entorno Cultural y Ecológico
Las y los servidores públicos en el desarrollo de sus actividades evitan la afectación
del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen
una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio
ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones,
promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio
ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.
4.7. Integridad
Las y los servidores públicos actúan siempre de manera congruente con los
principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión
o función, convencidos en el compromiso de ajustar su conducta para que impere
en su desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena
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de su conducta frente a todas las personas con las que se vincule u observen su
actuar.
4.8. Cooperación
Las y los servidores públicos colaboran entre sí y propician el trabajo en equipo para
alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas
gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en
beneficio de la colectividad y confianza de los ciudadanos en sus instituciones.
4.9. Liderazgo
Las y los servidores públicos son guía, ejemplo y promotores del Código de Ética y
las Reglas de Integridad; fomentan y aplican en el desempeño de sus funciones los
principios que la Constitución y la ley les impone, así como aquellos valores
adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.
4.10. Transparencia
Las y los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones protegen los datos
personales que estén bajo su custodia; privilegian el principio de máxima publicidad
de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y
proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o
conservan; y en el ámbito de su competencia, difunden de manera proactiva
información gubernamental, como un elemento que genera valor a la sociedad y
promueve un gobierno abierto.
4.11. Rendición de Cuentas
Las y los servidores públicos asumen plenamente ante la sociedad y sus
autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o
comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se
sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público
de sus funciones por parte de la ciudadanía.
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5. Valores Institucionales del INIFAP
En el INIFAP los valores institucionales rigen el comportamiento del personal de la
institución y contribuyen a formar los rasgos de su personalidad; actúan como
principios y constituyen el fundamento de todo juicio, decisión o acción que realiza
el personal a lo largo de su carrera profesional.
Los valores específicos que se contienen en el presente documento provienen de
las actividades que realiza el INIFAP en el ámbito de las cadenas productivas de los
sectores forestales, agrícolas y pecuarios, principal razón de ser del Instituto e
inspiración de este Código de Conducta.
A través de la investigación y generación de conocimientos científicos es posible
innovar en la tecnología agropecuaria y forestal de México, dar respuesta a las
demandas y necesidades de los productores y de las cadenas agroindustriales,
contribuir al desarrollo rural sustentable a través de la competitividad y el
mantenimiento de los recursos naturales para las siguientes generaciones, todo
ello, mediante un trabajo en conjunto con otras instituciones y organizaciones
públicas y privadas asociadas con el campo mexicano.
Adicional a los valores que rigen el comportamiento de las y los servidores públicos,
los valores institucionales que el INIFAP deberá preservar que se practiquen y
materialicen a través de las personas que laboran en la institución, ya que son los
elementos base de la cultura del Instituto que guían sus acciones, son los
siguientes:
5.1. Proactividad
Este valor expresa que en el INIFAP debemos anticiparnos a las demandas
científicas y tecnológicas del mañana, impulsando la productividad, competitividad
y sustentabilidad del medio ambiente.
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5.2. Espíritu de servicio
Significa que todas las personas que laboramos en el Instituto buscamos atender
las necesidades de la sociedad, en las áreas de producción forestal, agrícola y
pecuaria, con honradez y equidad.
5.3. Honestidad
Es un comportamiento íntegro conforme a la ética profesional y la responsabilidad
como servidoras y servidores públicos.
5.4. Trabajo en Equipo
Las y los servidores públicos que laboran en el INIFAP realizan su trabajo en grupos
interdisciplinarios para atender las demandas de la sociedad, a través de la
generación de conocimientos y tecnologías integrales.
5.5. Calidad
El INIFAP busca la satisfacción plena de los requerimientos y expectativas de los
clientes, socios, usuarios y beneficiarios
5.6. Confiabilidad
Fuente de información fidedigna, es decir, que los productos de investigación y
difusión generados por el INIFAP sean comprobables
5.7. Cooperación
Unir esfuerzos con otras personas o instituciones, reconociendo nuestras
fortalezas y debilidades y la necesidad de complementarnos para el logro de un
objetivo común
5.8. Eficiencia
Mayor aprovechamiento de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y
financieros para una eficiente y eficaz generación de conocimiento e innovaciones
tecnológicas.
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6. Conductas de Actuación de los Servidores Públicos del
INIFAP
6.1. Conductas Generales que Evidencian los Valores en los Servidores
Públicos.
Las y los servidores públicos que laboran en el INIFAP orientarán su actuación en
cumplimiento a sus empleos; cargo o comisión de acuerdo a los siguiente:
Actuar siempre con integridad, respetando los principios y valores
institucionales.
Demostrar altos estándares de profesionalismo, cumpliendo todas las
disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables.
Evitar cualquier actuación o situación que pueda desacreditar a la entidad o
afectar en forma negativa su imagen y buen nombre.
Practicar la proactividad, comunicando oportunamente las propuestas de
mejoramiento en relación con procedimientos de la entidad o situaciones que
interesen a la misma.
Brindar un trato cortés, atento, comedido y amable, tanto con las palabras
como con los gestos y actitudes, a todas las personas y en cualquier
situación.
Reconocer, aceptar y ser tolerantes frente a las diferencias personales,
profesionales y, en general, frente a cualquier forma de diversidad.
Ejercer los derechos en forma responsable, sin abusar de ellos ni vulnerar
los de los demás.
Trabajar con empeño, dedicación, disciplina y constancia.
Evitar situaciones en cuyo contexto los intereses personales, financieros,
laborales o familiares puedan entrar en conflicto con el interés público y el
adecuado cumplimiento de las funciones a su cargo en el INIFAP o puedan
afectar real o potencialmente su objetividad e independencia de criterio.
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Decidir oportunamente, con transparencia, equidad, responsabilidad, justicia
y de conformidad con el marco legal aplicable, los asuntos a su cargo.
Rehusar invitaciones, obsequios, donaciones o beneficios de cualquier clase,
ofrecidos directa o indirectamente, que puedan afectar la necesaria
objetividad e imparcialidad o influir en la adopción de las decisiones que les
corresponden o el ejercicio de sus funciones.
Vincular al personal idóneo, de acuerdo con los perfiles requeridos para cada
vacante.
Promover al personal con en condiciones de igualdad, cuando se presenten
oportunidades de ascenso.
Propiciar el crecimiento continuo del recurso humano a su cargo, facilitándole
la adquisición de conocimientos y el desarrollo de competencias, habilidades
y aptitudes.
Estar abiertos a los comentarios y sugerencias que formulen los diferentes
grupos de interés, tanto internos como externos, para evaluarlos y adoptar
las medidas que resulten pertinentes.
Mantener la confidencialidad sobre la información obtenida en el curso de
sus actuaciones, salvo que su divulgación sea requerida dentro de un
proceso legal o por sus superiores jerárquicos.
6.2. Conductas para Prevenir Conflictos de Interés
Las y los servidores públicos que laboran en el INIFAP, en el desempeño de su
empleo; cargo o comisión, pueden encontrarse en situaciones en los que sus
intereses personales afecten el cumplimiento de sus responsabilidades. Para
prevenir dichas situaciones las y los servidores públicos deberán regirse de acuerdo
a las siguientes conductas, que servirán de guía en su quehacer cotidiano para
evitar conflictos de interés. Sin embargo, antes de presentar dichas conductas, se
definirá que es un Conflicto de Interés para lograr un mayor entendimiento.
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6.2.1. Marco Normativo y Conceptual
Un conflicto de interés es la situación que se presenta cuando los intereses
personales, familiares, afectivos o de negocios del personal del INIFAP puedan
afectar el desempeño debido e imparcial de su empleo, cargo, comisión o
funciones.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la “Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos”, todo servidor
público tiene las siguientes obligaciones:
Fracción XI. “Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier
forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga
interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda
resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por
afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que
tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o
sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen
o hayan formado parte.
El servidor público deberá informar por escrito al jefe inmediato sobre la
atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia el párrafo
anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito
sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda
abstenerse de intervenir en ellos”
Fracción XII. “Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar,
aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o
inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en
el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para
sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que
procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales,
comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o
supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su
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empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención
es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o
comisión.
Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de
negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su
empleo, cargo o comisión.
Una vez concluido el empleo, cargo o comisión, el servidor público deberá
observar, para evitar incurrir en intereses en conflicto, lo dispuesto en el artículo
9 de la Ley;
En el caso del personal de los centros públicos de investigación, los órganos de
gobierno de dichos centros, con la previa autorización de su órgano de control
interno, podrán determinar los términos y condiciones específicas de aplicación
y excepción a lo dispuesto en esta fracción, tratándose de los conflictos de
intereses que puede implicar las actividades en que este personal participe o se
vincule con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en
relación con terceros de conformidad con lo que establezca la Ley de Ciencia y
Tecnología”
Fracción XIV. “Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la
selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión,
remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público,
cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar
alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la
fracción XI”
La inobservancia de las mencionadas disposiciones constituye una falta
disciplinaria y da lugar a la imposición de las sanciones que resulten aplicables.
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6.2.2. Conductas para la Prevención de Conflictos de Interés
Una situación que implique un eventual conflicto de intereses se puede presentar
en cualquier momento, a cualquier persona, de cualquier nivel jerárquico dentro del
Instituto, por lo que se establecen las siguientes directrices de conducta ante un
posible conflicto de intereses.
Lo más importante es detectar la situación e informarla oportunamente por los
canales apropiados, con el fin de que la administración pueda adoptar las medidas
de salvaguarda que resulten procedentes para su neutralización, en los términos y
condiciones establecidos en la normatividad que resulte aplicable, antes que con
ocasión de su existencia se pueda llegar a incurrir en actos que puedan afectar real
o potencialmente el cumplimiento de los principios fundamentales, las funciones del
Instituto o los valores enmarcados en este Código. Por lo tanto, las personas que
laboran en este instituto pondrán las metas de la institución antes que las metas
personales y pondrán los intereses de la organización, por encima de los deseos
individuales.
Antes de asumir una labor frente a alguna persona o entidad supervisada o a
vinculados a las mismas, los servidores públicos del instituto deben evaluar la
existencia e importancia de cualquier amenaza que real o potencialmente se pueda
presentar por intereses o relaciones, directas o indirectas, a la luz de las situaciones
señaladas en las normas vigentes.
Las y los servidores públicos del INIFAP deberán abstenerse de usar su posición
para asegurarse algún privilegio especial, ganancia o beneficio para ellos mismos.
Las personas de la comunidad INIFAP actuarán apegados siempre a los principios
de transparencia y rendición de cuentas y trabajarán para que el Instituto cumpla
debidamente con sus deberes y responsabilidades frente a sus empleados,
miembros directivos, usuarios, proveedores, beneficiarios, clientes, y todo ente
vinculado a la organización.
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Todo el personal del INIFAP deberá cumplir las políticas, protocolos y lineamientos
aplicables al proceso que desarrolle dentro del Instituto. De igual forma deberá
acatar las “Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública” emitidas
por la Secretaría de la Función Pública, y evitará a toda costa comportamientos que
vulneren estas reglas.
Si se determina la existencia de un conflicto de intereses, se deben comunicar las
circunstancias específicas que dan origen al eventual conflicto, al superior inmediato
o autoridad competente, quien debe darle el trámite correspondiente, según lo
establecido en las normas que resulten aplicables y determinar el curso de acción
a seguir.
La duda respecto a la configuración de un posible conflicto de interés no exime a
los funcionarios públicos de la obligación de abstenerse de participar en las
actividades que generan un conflicto de interés.
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7. Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función
Pública
7.1. Actuación pública
“El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce
su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin
ostentación y con una clara orientación al interés público.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Abstenerse de ejercer las atribuciones y facultades que le impone el servicio
público y que le confieren los ordenamientos legales y normativos correspondientes.
b) Adquirir para sí o para terceros, bienes o servicios de personas u
organizaciones beneficiadas con programas o contratos gubernamentales, a un
precio notoriamente inferior o bajo condiciones de crédito favorables, distintas a las
del mercado.
c) Favorecer o ayudar a otras personas u organizaciones a cambio o bajo la
promesa de recibir dinero, dádivas, obsequios, regalos o beneficios personales o
para terceros.
d) Utilizar las atribuciones de su empleo, cargo, comisión o funciones para
beneficio personal o de terceros.
e) Ignorar las recomendaciones de los organismos públicos protectores de los
derechos humanos y de prevención de la discriminación, u obstruir alguna
investigación por violaciones en esta materia.
f) Hacer proselitismo en su jornada laboral u orientar su desempeño laboral
hacia preferencias político-electorales.
g) Utilizar recursos humanos, materiales o financieros institucionales para fines
distintos a los asignados.
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h) Obstruir la presentación de denuncias administrativas, penales o políticas,
por parte de compañeros de trabajo, subordinados o de ciudadanos en general.
i) Asignar o delegar responsabilidades y funciones sin apegarse a las
disposiciones normativas aplicables.
j) Permitir que servidores públicos subordinados incumplan total o parcialmente
con su jornada u horario laboral.
k) Realizar cualquier tipo de discriminación tanto a otros servidores públicos
como a toda persona en general.
l) Actuar como abogado o procurador en juicios de carácter penal, civil,
mercantil o laboral que se promuevan en contra de instituciones públicas de
cualquiera de los tres órdenes y niveles de Gobierno.
m) Dejar de establecer medidas preventivas al momento de ser informado por
escrito como superior jerárquico, de una posible situación de riesgo o de conflicto
de interés.
n) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar, extorsionar o amenazar a
personal subordinado o compañeros de trabajo.
ñ) Desempeñar dos o más puestos o celebrar dos o más contratos de prestación
de servicios profesionales o la combinación de unos con otros, sin contar con
dictamen de compatibilidad.
o) Dejar de colaborar con otros servidores públicos y de propiciar el trabajo en
equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas
gubernamentales.
p) Obstruir u obstaculizar la generación de soluciones a dificultades que se
presenten para la consecución de las metas previstas en los planes y programas
gubernamentales.
q) Evitar conducirse bajo criterios de austeridad, sencillez y uso apropiado de
los bienes y medios que disponga con motivo del ejercicio del cargo público.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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r) Conducirse de forma ostentosa, incongruente y desproporcionada a la
remuneración y apoyos que perciba con motivo de cargo público.
7.2. Información pública
El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce
su actuación conforme al principio de transparencia y resguarda la documentación
e información gubernamental que tiene bajo su responsabilidad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Asumir actitudes intimidatorias frente a las personas que requieren de
orientación para la presentación de una solicitud de acceso a información pública.
b) Retrasar de manera negligente las actividades que permitan atender de
forma ágil y expedita las solicitudes de acceso a información pública.
c) Declarar la incompetencia para la atención de una solicitud de acceso a
información pública, a pesar de contar con atribuciones o facultades legales o
normativas.
d) Declarar la inexistencia de información o documentación pública, sin realizar
una búsqueda exhaustiva en los expedientes y archivos institucionales bajo su
resguardo.
e) Ocultar información y documentación pública en archivos personales, ya sea
dentro o fuera de los espacios institucionales.
f) Alterar, ocultar o eliminar de manera deliberada, información pública.
g) Permitir o facilitar la sustracción, destrucción o inutilización indebida, de
información o documentación pública.
h) Proporcionar indebidamente documentación e información confidencial o
reservada.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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i) Utilizar con fines lucrativos las bases de datos a las que tenga acceso o que
haya obtenido con motivo de su empleo, cargo, comisión o funciones.
j) Obstaculizar las actividades para la identificación, generación,
procesamiento, difusión y evaluación de la información en materia de transparencia
proactiva y gobierno abierto.
k) Difundir información pública en materia de transparencia proactiva y gobierno
abierto en formatos que, de manera deliberada, no permitan su uso, reutilización o
redistribución por cualquier interesado.
7.3. Contrataciones públicas, Licencias, Permisos, Autorización y
Concesiones
El servidor público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función o a
través de subordinados, participa en contrataciones públicas o en el otorgamiento y
prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conduce con
transparencia, imparcialidad y legalidad; orienta sus decisiones a las necesidades
e intereses de la sociedad, y garantiza las mejores condiciones para el Estado.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Omitir declarar conforme a las disposiciones aplicables los posibles conflictos
de interés, negocios y transacciones comerciales que de manera particular haya
tenido con personas u organizaciones inscritas en el Registro Único de Contratistas
para la Administración Pública Federal.
b) Dejar de aplicar el principio de equidad de la competencia que debe
prevalecer entre los participantes dentro de los procedimientos de contratación.
c) Formular requerimientos diferentes a los estrictamente necesarios para el
cumplimiento del servicio público, provocando gastos excesivos e innecesarios.
d) Establecer condiciones en las invitaciones o convocatorias que representen
ventajas o den un trato diferenciado a los licitantes.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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e) Favorecer a los licitantes teniendo por satisfechos los requisitos o reglas
previstos en las invitaciones o convocatorias cuando no lo están; simulando el
cumplimiento de éstos o coadyuvando a su cumplimiento extemporáneo.
f) Beneficiar a los proveedores sobre el cumplimiento de los requisitos previstos
en las solicitudes de cotización.
g) Proporcionar de manera indebida información de los particulares que
participen en los procedimientos de contrataciones públicas.
h) Ser parcial en la selección, designación, contratación, y en su caso, remoción
o rescisión del contrato, en los procedimientos de contratación.
i) Influir en las decisiones de otros servidores públicos para que se beneficie a
un participante en los procedimientos de contratación o para el otorgamiento de
licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
j) Evitar imponer sanciones a licitantes, proveedores y contratistas que infrinjan
las disposiciones jurídicas aplicables.
k) Enviar correos electrónicos a los licitantes, proveedores, contratistas o
concesionarios a través de cuentas personales o distintas al correo institucional.
l) Reunirse con licitantes, proveedores, contratistas y concesionarios fuera de
los inmuebles oficiales, salvo para los actos correspondientes a la visita al sitio.
m) Solicitar requisitos sin sustento para el otorgamiento y prórroga de licencias,
permisos, autorizaciones y concesiones.
n) Dar trato inequitativo o preferencial a cualquier persona u organización en la
gestión que se realice para el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones.
ñ) Recibir o solicitar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo
en la gestión que se realice para el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos,
autorizaciones y concesiones.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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o) Dejar de observar el protocolo de actuación en materia de contrataciones
públicas y otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones, concesiones y sus
prórrogas.
p) Ser beneficiario directo o a través de familiares hasta el cuarto grado, de
contratos gubernamentales relacionados con la dependencia o entidad que dirige o
en la que presta sus servicios.
7.4. Programas gubernamentales
El servidor público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función o a
través de subordinados, participa en el otorgamiento y operación de subsidios y
apoyos de programas gubernamentales, garantiza que la entrega de estos
beneficios se apegue a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad,
imparcialidad, transparencia y respeto.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Ser beneficiario directo o a través de familiares hasta el cuarto grado, de
programas de subsidios o apoyos de la dependencia o entidad que dirige o en la
que presta sus servicios.
b) Permitir la entrega o entregar subsidios o apoyos de programas
gubernamentales, de manera diferente a la establecida en las reglas de operación.
c) Brindar apoyos o beneficios de programas gubernamentales a personas,
agrupaciones o entes que no cumplan con los requisitos y criterios de elegibilidad
establecidos en las reglas de operación.
d) Proporcionar los subsidios o apoyos de programas gubernamentales en
periodos restringidos por la autoridad electoral, salvo casos excepcional por
desastres naturales o de otro tipo de contingencia declarada por las autoridades
competentes.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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e) Dar trato inequitativo o preferencial a cualquier persona u organización en la
gestión del subsidio o apoyo del programa, lo cual incluye el ocultamiento, retraso
o entrega engañosa o privilegiada de información.
f) Discriminar a cualquier interesado para acceder a los apoyos o beneficios de
un programa gubernamental.
g) Alterar, ocultar, eliminar o negar información que impida el control y
evaluación sobre el otorgamiento de los beneficios o apoyos a personas,
agrupaciones o entes, por parte de las autoridades facultadas.
h) Entregar, disponer o hacer uso de la información de los padrones de
beneficiarios de programas gubernamentales diferentes a las funciones
encomendadas.
7.5. Trámites y servicios
El servidor público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función participa
en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, atiende a los usuarios
de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Ejercer una actitud contraria de servicio, respeto y cordialidad en el trato,
incumpliendo protocolos de actuación o atención al público.
b) Otorgar información falsa sobre el proceso y requisitos para acceder a
consultas, trámites, gestiones y servicios.
c) Realizar trámites y otorgar servicios de forma deficiente, retrasando los
tiempos de respuesta, consultas, trámites, gestiones y servicios.
d) Exigir, por cualquier medio, requisitos o condiciones adicionales a los
señalados por las disposiciones jurídicas que regulan los trámites y servicios.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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e) Discriminar por cualquier motivo en la atención de consultas, la realización
de trámites y gestiones, y la prestación de servicios.
f) Recibir o solicitar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo
en la gestión que se realice para el otorgamiento del trámite o servicio.
7.6. Recursos humanos
El servidor público que participa en procedimientos de recursos humanos, de
planeación de estructuras o que desempeña en general un empleo, cargo, comisión
o función, se apega a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad,
imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Dejar de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función
pública con base en el mérito.
b) Designar, contratar o nombrar en un empleo, cargo, comisión o función, a
personas cuyos intereses particulares, laborales, profesionales, económicos o de
negocios puedan estar en contraposición o percibirse como contrarios a los
intereses que les correspondería velar si se desempeñaran en el servicio público.
c) Proporcionar a un tercero no autorizado, información contenida en
expedientes del personal y en archivos de recursos humanos bajo su resguardo.
d) Suministrar información sobre los reactivos de los exámenes elaborados para
la ocupación de plazas vacantes a personas ajenas a la organización de los
concursos.
e) Seleccionar, contratar, nombrar o designar a personas, sin haber obtenido
previamente, la constancia de no inhabilitación.
f) Seleccionar, contratar, nombrar o designar a personas que no cuenten con
el perfil del puesto, con los requisitos y documentos establecidos, o que no cumplan
con las obligaciones que las leyes imponen a todo ciudadano.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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g) Seleccionar, contratar, designar o nombrar directa o indirectamente como
subalternos a familiares hasta el cuarto grado de parentesco.
h) Inhibir la formulación o presentación de inconformidades o recursos que se
prevean en las disposiciones aplicables para los procesos de ingreso.
i) Otorgar a un servidor público subordinado, durante su proceso de evaluación,
una calificación que no corresponda a sus conocimientos, actitudes, capacidades o
desempeño.
j) Disponer del personal a su cargo en forma indebida, para que le realice
trámites, asuntos o actividades de carácter personal o familiar ajenos al servicio
público.
k) Presentar información y documentación falsa o que induzca al error, sobre el
cumplimiento de metas de su evaluación del desempeño.
l) Remover, cesar, despedir, separar o dar o solicitar la baja de servidores
públicos de carrera, sin tener atribuciones o por causas y procedimientos no
previstos en las leyes aplicables.
m) Omitir excusarse de conocer asuntos que puedan implicar cualquier conflicto
de interés.
n) Evitar que el proceso de evaluación del desempeño de los servidores
públicos se realice en forma objetiva y en su caso, dejar de retroalimentar sobre los
resultados obtenidos cuando el desempeño del servidor público sea contrario a lo
esperado.
ñ) Eludir, conforme a sus atribuciones, la reestructuración de áreas identificadas
como sensibles o vulnerables a la corrupción o en las que se observe una alta
incidencia de conductas contrarias al Código de Ética, a las Reglas de Integridad o
al Código de Conducta.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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7.7. Administración de bienes muebles e inmuebles
El servidor público que, con motivo de su empleo, cargo, comisión o función,
participa en procedimientos de baja, enajenación, transferencia o destrucción de
bienes muebles o de administración de bienes inmuebles, administra los recursos
con eficiencia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están
destinados.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes
a) Solicitar la baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes, cuando
éstos sigan siendo útiles.
b) Compartir información con terceros ajenos a los procedimientos de baja,
enajenación, transferencia o destrucción de bienes públicos, o sustituir documentos
o alterar éstos.
c) Recibir o solicitar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo,
a cambio de beneficiar a los participantes en los procedimientos de enajenación de
bienes muebles e inmuebles.
d) Intervenir o influir en las decisiones de otros servidores públicos para que se
beneficie a algún participante en los procedimientos de enajenación de bienes
muebles e inmuebles.
e) Tomar decisiones en los procedimientos de enajenación de bienes muebles
e inmuebles, anteponiendo intereses particulares que dejen de asegurar las mejores
condiciones en cuanto a precio disponible en el mercado.
f) Manipular la información proporcionada por los particulares en los
procedimientos de enajenación de bienes muebles e inmuebles.
g) Utilizar el parque vehicular terrestre, marítimo o aéreo, de carácter oficial o
arrendado para este propósito, para uso particular, personal o familiar, fuera de la
normativa establecida por la dependencia o entidad en que labore.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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h) Utilizar los bienes inmuebles para uso ajeno a la normatividad aplicable.
i) Disponer de los bienes y demás recursos públicos sin observar las normas a
los que se encuentran afectos y destinarlos a fines distintos al servicio público.
7.8. Procesos de evaluación
El servidor público que, con motivo de su empleo, cargo, comisión o función,
participa en procesos de evaluación, se apega en todo momento a los principios de
legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Proporcionar indebidamente la información contenida en los sistemas de
información de la Administración Pública Federal o acceder a ésta por causas
distintas al ejercicio de sus funciones y facultades.
b) Trasgredir el alcance y orientación de los resultados de las evaluaciones que
realice cualquier instancia externa o interna en materia de evaluación o rendición de
cuentas.
c) Dejar de atender las recomendaciones formuladas por cualquier instancia de
evaluación, ya sea interna o externa.
d) Alterar registros de cualquier índole para simular o modificar los resultados
de las funciones, programas y proyectos gubernamentales.
7.9. Control interno
El servidor público que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función,
participa en procesos en materia de control interno, genera, obtiene, utiliza y
comunica información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los
principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Dejar de comunicar los riesgos asociados al cumplimiento de objetivos
institucionales, así como los relacionados con corrupción y posibles irregularidades
que afecten los recursos económicos públicos.
b) Omitir diseñar o actualizar las políticas o procedimientos necesarios en
materia de control interno.
c) Generar información financiera, presupuestaria y de operación sin el respaldo
suficiente.
d) Comunicar información financiera, presupuestaria y de operación incompleta,
confusa o dispersa.
e) Omitir supervisar los planes, programas o proyectos a su cargo, en su caso,
las actividades y el cumplimiento de las funciones del personal que le reporta.
f) Dejar de salvaguardar documentos e información que se deban conservar
por su relevancia o por sus aspectos técnicos, jurídicos, económicos o de seguridad.
g) Ejecutar sus funciones sin establecer las medidas de control que le
correspondan.
h) Omitir modificar procesos y tramos de control, conforme a sus atribuciones,
en áreas en las que se detecten conductas contrarias al Código de Ética, las Reglas
de Integridad o al Código de Conducta.
i) Dejar de implementar, en su caso, de adoptar, mejores prácticas y procesos
para evitar la corrupción y prevenir cualquier conflicto de interés.
j) Inhibir las manifestaciones o propuestas que tiendan a mejorar o superar
deficiencias de operación, de procesos, de calidad de trámites y servicios, o de
comportamiento ético de los servidores públicos.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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k) Eludir establecer estándares o protocolos de actuación en aquellos trámites
o servicios de atención directa al público o dejar de observar aquéllos previstos por
las instancias competentes.
7.10. Procedimiento administrativo
El servidor público que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función,
participa en procedimientos administrativos tiene una cultura de denuncia, respeta
las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme
al principio de legalidad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Omitir notificar el inicio del procedimiento y sus consecuencias.
b) Dejar de otorgar la oportunidad de ofrecer pruebas.
c) Prescindir el desahogo de pruebas en que se finque la defensa.
d) Excluir la oportunidad de presentar alegatos.
e) Omitir señalar los medios de defensa que se pueden interponer para combatir
la resolución dictada.
f) Negarse a informar, declarar o testificar sobre hechos que le consten
relacionados con conductas contrarias a la normatividad, así como al Código de
Ética, las Reglas de Integridad y al Código de Conducta.
g) Dejar de proporcionar o negar documentación o información que el Comité y
la autoridad competente requiera para el ejercicio de sus funciones o evitar
colaborar con éstos en sus actividades.
h) Inobservar criterios de legalidad, imparcialidad, objetividad y discreción en
los asuntos de los que tenga conocimiento que impliquen contravención a la
normatividad, así como al Código de Ética, a las Reglas de Integridad o al Código
de Conducta.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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7.11. Desempeño permanente con integridad
El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce
su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza,
cooperación, ética e integridad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a) Omitir conducirse con un trato digno y cordial, conforme a los protocolos de
actuación o atención al público, y de cooperación entre servidores públicos.
b) Realizar cualquier tipo de discriminación tanto a otros servidores públicos
como a toda persona en general.
c) Retrasar de manera negligente las actividades que permitan atender de
forma ágil y expedita al público en general.
d) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar o amenazar a compañeros
de trabajo o personal subordinado.
e) Ocultar información y documentación gubernamental, con el fin de entorpecer
las solicitudes de acceso a información pública.
f) Recibir, solicitar o aceptar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio
o regalo en la gestión y otorgamiento de trámites y servicios.
g) Realizar actividades particulares en horarios de trabajo que contravengan las
medidas aplicables para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos
públicos.
h) Omitir excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación
o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar, de negocios, o
cualquier otro en el que tenga algún conflicto de interés.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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i) Aceptar documentación que no reúna los requisitos fiscales para la
comprobación de gastos de representación, viáticos, pasajes, alimentación,
telefonía celular, entre otros.
j) Utilizar el parque vehicular terrestre, marítimo o aéreo, de carácter oficial o
arrendado para este propósito, para uso particular, personal o familiar, fuera de la
normativa establecida por la dependencia o entidad en que labore.
k) Solicitar la baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes muebles,
cuando éstos sigan siendo útiles.
l) Obstruir la presentación de denuncias, acusaciones o delaciones sobre el
uso indebido o de derroche de recursos económicos que impidan o propicien la
rendición de cuentas.
m) Evitar conducirse con criterios de sencillez, austeridad y uso adecuado de los
bienes y medios que disponga con motivo del ejercicio del cargo público.
n) Conducirse de manera ostentosa, inadecuada y desproporcionada respecto
a la remuneración y apoyos que se determinen presupuestalmente para su cargo
público.
7.12. Cooperación con la integridad
El servidor público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función,
coopera con la dependencia o entidad en la que labora y con las instancias
encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la
función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.
Son acciones que, de manera enunciativa y no limitativa, hacen posible
propiciar un servicio público íntegro, las siguientes:
a) Detectar áreas sensibles o vulnerables a la corrupción.
b) Proponer, en su caso, adoptar cambios a las estructuras y procesos a fin de
inhibir ineficiencias, corrupción y conductas antiéticas.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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c) Recomendar, diseñar y establecer mejores prácticas a favor del servicio
público.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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8. Glosario de Términos
Para efecto del presente Código, se entenderá por:
ACOSAR: Se refiere a una acción o una conducta que implica
generar una incomodidad o disconformidad en el otro, a
través del hostigamiento; persecución o molestia.
AMEDRENTAR: Infundir miedo, atemorizar, ejercer una presión o
depositar una carga simbólica en la persona que recibe
la acción.
AUSTERIDAD: Característica que denota el uso adecuado y moderado de
los recursos humanos, financieros y materiales conforme
a las disposiciones aplicables.
BIEN: Aquello que en sí mismo es óptimo o perfecto en relación
a su propio género. El bien es el objetivo de la voluntad,
la cual ni se mueve ni puede moverse sino por el bien, sea
verdadero o aprendido falsamente como tal...En la teoría
de los valores, la realidad que poseen un valor positivo y
por ello es estimable.
CALIDAD: Es el conjunto de atributos incorporados a un producto o
servicio para producir el mayor grado de satisfacción en
quien lo utiliza.
CIUDADANÍA: Conjunto de ciudadanos de un pueblo o nación
COLABORAR: Trabajar con otra u otras personas en la realización de
una obra o una tarea para obtener un fin común.
COLECTIVIDAD: Conjunto de personas que viven en un mismo territorio y
comparten determinadas circunstancias como problemas
e intereses comunes.
COMPETITIVIDAD: Capacidad de competir con otros que aspiran a un mismo
objetivo o a la superioridad en algo.
COMPORTAMIENTO: Es la manera de proceder que tienen las personas u
organismos, en relación con su entorno o mundo de
estímulos. El comportamiento puede ser consciente o
CÓDIGO DE CONDUCTA
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inconsciente, voluntario o involuntario, público o privado,
según las circunstancias que lo afecten.
CONCIENTIZAR: Hacer que alguien sea consciente de algo, que lo conozca
y sepa de su alcance.
CONDUCTA: Manera de conducirse o comportarse de una persona.
CONFIANZA: Seguridad firme que se tiene de alguien o algo; que
alguien tiene en sí mismo.
CONFLICTO DE
INTERÉS:
La situación que se presenta cuando los intereses
personales, familiares o de negocios del servidor público
puedan afectar el desempeño debido e imparcial de su
empleo, cargo, comisión o funciones.
COOPERACIÓN: Es el conjunto de acciones y esfuerzos que,
conjuntamente con otro u otros individuos, realizamos con
el objetivo de alcanzar una meta común. Es el resultado
de una estrategia de trabajo conjunto que se vale de una
serie de métodos para facilitar la consecución de un
objetivo.
CUMPLIR: Hacer algo que tiene carácter de obligatorio en el tiempo
que es requerido.
DESARROLLO
HUMANO
SOSTENIBLE:
Es un proceso de cambio progresivo en la calidad de vida
del ser humano, que lo coloca como centro y sujeto
primordial del desarrollo, por medio del crecimiento
económico con equidad social, la transformación de los
métodos de producción y de los patrones de consumo que
se sustentan en el equilibrio ecológico y el soporte vital de
la región.
DESARROLLO
RURAL
SUSTENTABLE:
Se refiere al mejoramiento integral del bienestar social de
la población y de las actividades económicas en el
territorio comprendido fuera de los núcleos considerados
urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables,
asegurando la conservación permanente de los recursos
naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de
dicho territorio
CÓDIGO DE CONDUCTA
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DISCRIMINACIÓN: Práctica que consiste en dar un trato desfavorable o de
desprecio inmerecido a determinada persona o grupo por
alguna de sus características físicas, su forma de vida,
origen étnico o nacional, el sexo, la edad, la discapacidad,
la condición social o económica, la condición de salud, el
embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, las
preferencias sexuales, el estado civil y otras diferencias.
ECOSISTEMA: Es el conjunto de especies de un área determinada que
interactúan entre ellas y con su ambiente abiótico;
mediante procesos como la depredación, el parasitismo,
la competencia y la simbiosis, y con su ambiente al
desintegrarse y volver a ser parte del ciclo de energía y de
nutrientes.
EFICACIA: Es la capacidad de alcanzar el efecto que espera o se
desea tras la realización de una acción.
EFICIENCIA: Capacidad de ejercer el servicio público, aprovechando
los conocimientos, experiencia y recursos con los que se
cuenta, con el propósito de lograr la satisfacción del
ciudadano.
ELUDIR: Evitar una dificultad, obligación, etc., con alguna jugad o
estrategia astuta.
ENAJENACIÓN: Venta, donación o cesión del derecho o el dominio que se
tiene sobre un bien o una propiedad.
EQUIDAD: Principio de justicia relacionado con la idea de igualdad
sustantiva que debe prevalecer a favor de cualquier
persona. Incluye como parte de sus ejes el respeto y la
garantía de los derechos humanos y la igualdad de
oportunidades.
ESCRUTINIO: Averiguación exacta y diligente de una actividad o cosa.
EXCLUIR: Quitar a alguien o algo de un lugar, descartar, rechazar,
negar posibilidades.
FOMENTAR: Favorecer de algún modo que una acción se desarrolle o
que aumente un aspecto positivo de ella.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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FUNCIÓN PÚBLICA: Es la actividad realizada en cabeza de personas naturales
en nombre del Estado cuyo fin está encaminado al logro
de los fines esenciales del mismo Estado.
HONESTIDAD: Se refiere al valor de decir la verdad, ser decente,
recatado, razonable y justo.
HONRADEZ: Integridad en el obrar.
HOSTIGAR: Acosar con insistencia a una persona o animal,
persiguiéndolo, molestándolo, golpeándolo, etc.
IGUALDAD: Principio que reconoce a todos los ciudadanos capacidad
para los mismos derechos.
IMPARCIALIDAD: Decidir y/o actuar teniendo como único referente el valor
de la rectitud conforme al cumplimiento de la justicia, el
derecho y la normatividad.
INFORMACIÓN
PÚBLICA:
Es toda información que generen, posean o administren
los sujetos obligados, como consecuencia del ejercicio de
sus facultades o atribuciones, o el cumplimiento de sus
obligaciones, sin importar su origen, utilización o el medio
en el que se contenga o almacene; la cual está contenida
en documentos, fotografías, grabaciones, soporte
magnético, digital, sonoro, visual, electrónico, informático,
holográfico o en cualquier otro elemento técnico existente
o que surja con posterioridad.
INHIBIR: Impedir o reprimir el ejercicio de facultades o hábitos.
LEALTAD: Es una virtud que se desarrolla en la conciencia y que
implica cumplir con un compromiso aun frente a
circunstancias cambiantes o adversas. Es el cumplimiento
de aquello que exigen las leyes de la fidelidad y el honor.
LEGALIDAD: Se refiere a actuar dentro del marco de la ley escrita y que
tenga como consecuencia supuesta el respeto por las
pautas de vida y coexistencia de una sociedad.
OMITIR: Dejar de decir o consignar una cosa voluntaria o
involuntariamente.
OSTENTACIÓN: Hacer presunción o alarde de riqueza o poder.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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PAUTA: Modelo o patrón a seguir.
PERSONALIDAD: Se refiere a una estructura de carácter psicológico que
hace referencia al conjunto de rasgos distintivos de un
individuo.
PRESCINDIR: Renunciar a una persona o una cosa, o dejar de contar
con ella.
PREVENCIÓN: Preparar con anticipación lo necesario para un fin,
prevenirse ante una dificultad, prevenir un daño, avisar a
alguien de algo.
PRINCIPIOS: Son las normas personales que sirven como guía para
definir la conducta, ya que recoge aquello que se toma
como válido o bueno.
PROSELITISMO: Conjunto de actividades que una organización o una
persona lleva adelante con el objetivo de ganar adeptos
para su causa.
PROTOCOLO: Reglamento o normativa que establece cómo se debe
actuar en ciertos procedimientos, recopila conductas,
acciones y técnicas que se consideran adecuadas ante
ciertas situaciones.
RECURSOS: Son todos aquellos elementos que pueden utilizarse como
medios para resolver una necesidad o alcanzar un fin
determinado.
RESPETO: Valor que permite que el hombre pueda reconocer,
aceptar, apreciar y valorar las cualidades del prójimo y sus
derechos. Es el reconocimiento del valor propio y de los
derechos de los individuos y de la sociedad.
RESPONSABILIDAD: Capacidad existente en toda persona para reconocer y
aceptar las consecuencias de un hecho realizado
libremente.
SALVAGUARDAR: Defender, amparar, proteger algo o a alguien.
SANCIÓN: Castigo que se establece a la persona que viole una
norma o reglamento establecido.
CÓDIGO DE CONDUCTA
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SERVICIO PÚBLICO: Actividad llevada a cabo por la administración pública, o,
bajo un cierto control y regulación de ésta, por una
organización, especializada o no, y destinada a satisfacer
necesidades de la colectividad.
SERVIDOR
PÚBLICO:
Todo aquel individuo que presta sus servicios a los
poderes federales, estatales o municipales y a los de los
organismos paraestatales. Por su régimen especial
pueden ser de base, de confianza, trabajadores
directamente dependientes de la administración central y
trabajadores de organismos descentralizados.
SUSTENTABILIDAD: En ecología, sostenibilidad o bien sustentable describe
cómo los sistemas biológicos se mantienen diversos y
productivos con el transcurso del tiempo. Se refiere al
equilibrio de una especie con los recursos de su entorno.
TRANSPARENCIA: Conjunto de disposiciones y actos mediante los cuales los
sujetos obligados tienen el deber de poner a disposición
de las personas solicitantes la información pública que
poseen y dan a conocer, en su caso, el proceso y la toma
de decisiones de acuerdo a su competencia, así como las
acciones en el ejercicio de sus funciones.
TRASGREDIR: Actuar en contra de una ley, norma, pacto o costumbre.
VALORES: Son ideales de perfección humana, los cuales promueven
el desarrollo de todas las capacidades contenidas en el
ser individual y social que lo lleven a su plenitud en
convivencia social.
VOCACIÓN: Inclinación o interés que una persona siente en su interior
para dedicarse a una determinada forma de vida o un
determinado trabajo.