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de "lo más favorable al reo en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales" (artículo 6). De esta manera el Proyecto sustituye el principio de la unidad de ley aplicable, ya fuese la de "lo más favorable al reo en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales" (artículo 6). De esta manera el Proyecto sustituye el principio de la unidad de ley aplicable, ya fuese la precedente, la subsecuente, o la intermedia, según consagra el artículo 7 del Código Penal de 1924, por el nuevo principio de la combinación, que toma lo más benigno que tenga cada una de las normas sucesivas. 2. Notable innovación es la que se refiere al tratamiento prelegislativo del error (artículo 14). Tradicionalmente se han utilizado los términos de error de hecho y error de derecho. Las nuevas fórmulas sustitutivas de error de tipo y error de prohibición indican contenidos distintos a los aludidos con las denominaciones tradicionales. Mientras que las expresiones lingüísticas antiguas, hoy superadas por el progreso de la doctrina penal, permitían distinguir entre lo fáctico

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de "lo ms favorable al reo en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales" (artculo 6). Deesta manera el Proyecto sustituye el principio de la unidad de ley aplicable, ya fuese lade "lo ms favorable al reo en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales" (artculo 6). Deesta manera el Proyecto sustituye el principio de la unidad de ley aplicable, ya fuese laprecedente, la subsecuente, o la intermedia, segn consagra el artculo 7 del Cdigo Penal de1924, por el nuevo principio de la combinacin, que toma lo ms benigno que tenga cada una delas normas sucesivas.

2. Notable innovacin es la que se refiere al tratamiento prelegislativo del error (artculo 14).Tradicionalmente se han utilizado los trminos de error de hecho y error de derecho. Las nuevasfrmulas sustitutivas de error de tipo y error de prohibicin indican contenidos distintos a losaludidos con las denominaciones tradicionales. Mientras que las expresiones lingsticasantiguas, hoy superadas por el progreso de la doctrina penal, permitan distinguir entre lo fcticoy lo jurdico, ocurre ahora que el error de tipo est referido a todos los elementos integrantes delmismo, ya sean valorativos, fcticos

de "lo ms favorable al reo en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales" (artculo 6). Deesta manera el Proyecto sustituye el principio de la unidad de ley aplicable, ya fuese laprecedente, la subsecuente, o la intermedia, segn consagra el artculo 7 del Cdigo Penal de1924, por el nuevo principio de la combinacin, que toma lo ms benigno que tenga cada una delas normas sucesivas.2. Las leyes penales temporales o pasajeras, denominadas as por que regirn durante unantiguas, hoy superadas por el progreso de la doctrina penal, permitan distinguir entre lo fcticoy lo jurdico, ocurre ahora que el error de tipo est referido a todos los elementos integrantes delmismo, ya sean valorativos, fcticos