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ANTECEDENTES 

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), se creó el 3de enero de 1990 como un órgano desconcentrado de la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Goza de las facultades yatribuciones que le confieren la Ley General de Instituciones ySociedades Mutualistas de Seguros, la Ley Federal deInstituciones de Fianzas, así como las demás leyes, reglamentos ydisposiciones administrativas aplicables a los mercadosasegurador y afianzador mexicanos.

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Misión

Supervisar, de manera eficiente, que la operación de lossectores se apegue al marco normativo, preservando lasolvencia y estabilidad financiera de las instituciones, para

garantizar los intereses del público usuario, así como promoverel sano desarrollo de estos sectores, con el propósito deextender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posiblede la población.

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Visión

La función supervisora de la CNSF, debe operar bajo principios deeficiencia, eficacia y calidad, acordes con los estándaresinternacionales en la materia, con el objeto de coadyuvar a la

estabilidad y solvencia financiera de las industrias aseguradora yafianzadora, como elemento para estimular la seguridad yconfianza del público usuario de estos servicios financieros.

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MARCO LEGAL 

Se sustenta, entre otras leyes, reglamentos y disposicionesadministrativas aplicables, en la Ley General de

Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la LeyFederal de Instituciones de Fianzas, por una parte, y en elReglamento Interior de la propia Comisión, por la otra.

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La CNSF se ocupa, entre otras, de las siguientes funciones:

1. La supervisión de solvencia de las instituciones de seguros y fianzas.2. La autorización de los intermediarios de seguro directo y reaseguros.3. El apoyo al desarrollo de los sectores asegurador y afianzador.

•Realizar la inspección y vigilancia conforme a LGISMS y LFIF•Fungir como órgano de consulta de la SHCP•Presentar opinión a la SHCP sobre la interpretación de la LGISMS y de laLFIF•Intervenir, en los términos y condiciones que la LGISMS señala, en la

elaboración de reglamentos y reglas de carácter general

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SEGUROS 

Existe el contrato de seguro por el cual, la empresaaseguradora se obliga mediante el cobro de una prima, aresarcir un daño o pagar una suma de dinero al verificarse la

eventualidad prevista en él, a través de la Póliza se haceconstar por escrito el contrato de seguro.

Las autorizaciones para organizarse y funcionar comoInstitución o Sociedad Mutualista de Seguros, se refieren a unao más de las siguientes operaciones:

•Operación de Vida•Operación de Accidentes y Enfermedades•Operación de Daños

 

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Seguro Dotal

El seguro dotal es un producto financiero que además dedarte una protección puede ser utilizada como uninstrumento de ahorro a largo plazo, de acuerdo conespecialistas.Este instrumento, que forma parte de los seguros de vida,es un plan en el que se contrata una suma asegurada porun plazo determinado; en caso de muerte el dinero seentrega a los beneficiarios, pero si el contratante sobreviveal periodo establecido en el contrato, será él quien goce deeste beneficio.

 

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COASEGURO

El coaseguro es un contrato de seguros suscrito de unaparte por el asegurado y de otra parte, por variosaseguradores que asumen con entera independencia,los unos de otros, la obligación de responderseparadamente de la parte del riesgo que lescorresponda.

 

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REASEGURO

La aseguradora que ha otorgado una determinada cobertura acambio de una prima, cede parte del riesgo a otra aseguradora, esdecir comparte el riesgo asegurado y también parte de la prima.

Esto se da en los seguros de grandes riesgos, como un accidentede aviación. Donde no serían posibles asegurar sin la presencia delreaseguro y el coaseguro.

•Reaseguro Obligatorio•Reaseguro Facultativo•Reaseguro Facultativo Obligatorio

 

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 SEGURO DE HOMBRE CLAVE

Resarcir a la empresa de la disminución que en suproductividad pudiera causar la muerte, accidente oenfermedad de técnicos y dirigentes, claves para la misma y

que pueden afectarla en diversas formas.

 

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 FIANZAS 

La fianza es un contrato de naturaleza accesoria, por medio delcual una institución de fianzas debidamente autorizada por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público, se compromete con unacreedor a cumplir la obligación de su deudor en caso de que ésteno lo haga mediante el cobro de una prima.

•Renta vitalicia para el pensionado y,•Seguro de sobrevivencia para los beneficiarios.

Tanto para Invalidez y Vida como para Riesgos de Trabajo.

 

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Tipos de fianzas

A) fianza individual: para un empleado, generalmente relacionadas conoperaciones clave.

B) fianzas de cédula: cuando se pretende afianzar solo a un grupo deempleados, aunque fueren personas con distintos puestos

C) fianza colectiva: comprende la totalidad del personal de una empresa.

D) fianza global de responsabilidad limitada y por estratos: se afianzaagrupando el personal administrativo de una empresa con diferentes nivelesde responsabilidad.

E) fianza en exceso a la global: para cubrir responsabilidades de aquellosempleados que por excepción y riesgos son diferentes a la generalidad.

F) fianza de monto único para vendedores: para la totalidad de losvendedores o comisionistas.

 

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INTERMEDIARIOS 

Los Agentes son las personas autorizadas para intermediar en lacontratación de seguros o de fianzas de empresa, pudiendo ser:• personas físicas vinculadas a las instituciones por una relación detrabajo

• personas físicas que operen con base a contratos mercantiles y ,• personas morales.

Las Actividades de Intermediación son las que realicen los agentes olos apoderados en la contratación de seguros o de fianzas deempresa mediante el intercambio de propuestas, aceptación de lasmismas, promoción y asesoramiento así como la conservación,modificación, renovación y cancelación de los contratoscorrespondientes.

 

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Instituciones Autorizadas.

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