clasificados / judiciales week · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos...

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Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C. Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P. Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nit del citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación expediente El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación” PERSONAS QUE SE CREAN CON ALGUN DERECHO PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA EUSTAQUIO DIAZ TALERO, ANA OTILIA TALERO DE DIAZ AUTO ADMISORIO PROMISCUO MUNICIPAL DE PESCA 2018 - 0124 A INTERVENIR EN EL PROCESO DE SUCESIÓN PRAXEDIS DIAZ TALERO, 6 DE SEPTIEMBRE DE 2018 INES DIAZ, FERNANDO DIAZ TALERO, VICTOR JULIO DIAZ TALERO, ELBA MARIA DIAZ DE SANCHEZ, ERMELINDA DIAZ TALERO, PROSPERO DIAZ TALERO, NELI ESTHER DIAZ DE MARTINEZ, DORA INES DIAZ TALERO *P1-5-20 SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS UNION MARITAL DE HECHO LUZ MARINA CALDERON LANCHEROS SANTIAGO HERNAN RAMIREZ CALDERON, AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA TERCERO (03) DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 853 del señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ AFRICANO (Q.E.P.D.) LUZ ANGELA RAMIREZ CALDERON Y DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL 2018 D.C. HEREDEROS INDETERMINADOS del señor : AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO Edificio Nemqueteba Piso tres (03) MIGUEL ANGEL RAMIREZ AFRICANO (Q.E.P.D.) DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL 2018 Carrera 7 No. 12 C-23 *B2-2-20 ICOTEC COLOMBIA SAS LIQUIDACION POR ORDINARIO NIDIA MARCELA MORENO VALERIANO ICOTEC COLOMBIA SAS LIQUIDACION POR AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE 11001-31-05- ADJUDICACION ADJUDICACION 20 DE MARZO DE 2018 BOGOTA D.C. 005-2017-00830 y HUAWEI TECHNOLOGIES COLOMBIA S.A.S. AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR 00. 5 DE DICIEMBRE DE 2018 *B2-3-20 MARLEN CECILIA TAO HERNANDEZ INTERDICCIÓN JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PABLO DANIEL TORRES TAO MARLEN CECILIA TAO HERNANDEZ AUTO ADMISORIO PRIMERO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2016 - 474 8 DE NOVIEMBRE DE 2016 *B4-1-20 ALFONSO RAFAEL GUETE JULIAO UNION MARITAL DE HECHO MARIA ELVIRA BULLA REY ALFONSO RAFAEL GUETE JULIAO ORDENA EL EMPLAZAMIENTO 18 DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE 2017 - 00168 Y LAS PERSONAS INDETERMINADAS 23 DE JUNIO DE 2017 BOGOTA D.C. AUTO ADMISORIO 23 DE JUNIO DE 2017 *D4-2-20 LUIS FELIPE ARIAS HERRERA, DECLARATIVO DE PERTENENCIA FLOR ALBA JAIMES REYES LUIS FELIPE ARIAS HERRERA, ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DOCE (12) CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 110014003012- JOSE JESUS PARDO, JOSE JESUS PARDO, 1 DE OCTUBRE DE 2018 D.C. 20170068400. JOE LISANDRO MARTINEZ RODRIGUEZ, JOE LISANDRO MARTINEZ RODRIGUEZ, ADMITE LA DEMANDA GONZALO BRIÑEZ PEREZ, GONZALO BRIÑEZ PEREZ, 12 DE SEPTIEMBRE DE 2017 SIMON ORTIZ NARANJO, SIMON ORTIZ NARANJO, JUAN ANTONIO GARCIA AGUILAR, JUAN ANTONIO GARCIA AGUILAR, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ, ADONIS LAGUNA GUTIERREZ, ADONIS LAGUNA GUTIERREZ, ARQUIMEDES ROA AREVALO, ARQUIMEDES ROA AREVALO, HIBETT GONZALEZ MURILLO, HIBETT GONZALEZ MURILLO, JORGE ELIECER PERILLA NEIRA, JORGE ELIECER PERILLA NEIRA, JUAN BUENAVENTURA ORTIZ JUAN BUENAVENTURA ORTIZ Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS *D4-3-20 FREDY ARMANDO BORJA GARAY EJECUTIVO SINGULAR ORLANDO EDUARDO JIMENEZ MALDONADO FREDY ARMANDO BORJA GARAY MANDAMIENTO DE PAG O CIVIL MUNICIPAL DE FUNZA 2018 - 0504 13 / 06 / 2018. CUNDINAMARCA *D4-4-20 LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA CAUSANTE: EJECUTIVO SINGULAR CONJUNTO RESIDENCIAL EBRO ETAPA I, II Y III P.H. ROSALBA DEVIA DE ORJUELA, 09 DE MAYO DE 2017 y CINCUENTA Y OCHO (58) CIVIL MUNICIPAL 2017 - 502 RAMONA ESPITIA DE DEVIA (Q.E.P.D.) MARIA DE JESUS DEVIA ESPITIA, 07 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE BOGOTA JAIME ORLANDO ORJUELA DEVIA y HEREDEROS INDETERMINADOS de la causante: RAMONA ESPITIA DE DEVIA (q.e.p.d.) *D4-5-20 QUIENES SE CREAN CON DERECHO AL EJERCICIO INTERDICCION MARTIN AUGUSTO RIAÑO GONZALEZ INTERDICTO: PABLO EMILIO RIAÑO RIAÑO AUTO ADMISORIO TREINTA Y DOS DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 0622 DE LA GUARDA DE : PABLO EMILIO RIAÑO RIAÑO 24 DE OCTUBRE DE 2018 *D4-6-20 EMPLAZADOS : HEREDEROS INDETERMINADOS DEMANDA DE REVISION EN CONTRA PARTE RECURRENTE o DEMANDANTE: AUTO ADMISORIO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO Demanda de del señor JOSE IGNACIO CASTRO BELTRAN DE LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL SANDRA CAROLINA CASTRO PINEDA 23 DE NOVIEMBRE DE 2018 JUDICIAL DE BOGOTA - SALA DE FAMILIA Revisión JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE CORREGIDO EN AUTO No. 11001 22 10 ORALIDAD DE BOGOTA, DENTRO DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2018 000 2018 00660 PROCESO DE UNION MARITAL DE HECHO 00. DE: LUZ STELLA MAYORGA CESPEDES EN CONTRA DE : SANDRA CAROLINA CASTRO PINEDA, CRISTIAN MAURICIO CASTRO PINEDA Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE LOS HEREDEROS DE : JOSE IGNACIO CASTRO BELTRAN *D4-7-20 RAUL PACHON EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA BANCO DE BOGOTA RAUL PACHON MANDAMIENTO DE PAGO PROMISCUO MUNICIPAL DE SOPO 2018 - 475 CUANTIA 14 DE AGOSTO DE 2018 *G1-1-20 BEATRIZ DOMINGUEZ JORDAN EJECUTIVO CLARA INES ACOSTA UBATE BEATRIZ DOMINGUEZ JORDAN ENERO 11 DE 2019 ORIGEN: 2017 - 0131300 68 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA TRANSITORIAMENTE JUZGADO 050 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA (ACUERDO PC SJA18-11127) *G1-2-20 RAFAEL SANTANA SANTANA 3.223.809 EJECUTIVO SAUL PORRAS SANTANA RAFAEL SANTANA SANTANA 31 DE AGOSTO DE 2018 19 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 2017 - 00597 16 DE NOVIEMBRE DE 2017 *G1-3-20 ROSA ANGELICA RONDON BENAVIDEZ EJECUTIVO OBLIGACION DE SUSCRIBIR JORGE ARLEY QUINTERO CASTILLO HEREDEROS INDETERMINADOS DE: 18 DE JULIO DE 2018 58 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 2017 - 01387 DOCUMENTO JOSE WENCESLAO RONDON GOMEZ Y LA HEREDERA DETERMINADA : ROSA ANGELICA RONDON BENAVIDEZ *G1-4-20 HEREDEROS INDETERMINADOS DE: VERBAL LUCIA ZAMBRANO RUIZ JOSE LUIS ZAMBRANO GOMEZ 18 DE DICIEMBRE DE 2018 2o DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 286 JOSE ANTONIO ZAMBRANO GUAQUETA JUAN CARLOS HERNANDEZ Y DE ANA SILVIA GOMEZ DE ZAMBRANO ANA DOLORES VARELA DE GONZALEZ ANTONIO AGUILERA URREGO Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE : JOSE ANTONIO ZAMBRANO GUAQUETA Y ANA SILVIA GOMEZ DE ZAMBRANO *G1-5-20 DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 1B - www.elnuevosiglo.com.co WEEK EL NUEVO SIGLO NS CLASIFICADOS / JUDICIALES

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Page 1: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

PERSONAS QUE SE CREAN CON ALGUN DERECHO PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA EUSTAQUIO DIAZ TALERO, ANA OTILIA TALERO DE DIAZ AUTO ADMISORIO PROMISCUO MUNICIPAL DE PESCA 2018 - 0124A INTERVENIR EN EL PROCESO DE SUCESIÓN PRAXEDIS DIAZ TALERO, 6 DE SEPTIEMBRE DE 2018

INES DIAZ,FERNANDO DIAZ TALERO,

VICTOR JULIO DIAZ TALERO,ELBA MARIA DIAZ DE SANCHEZ,

ERMELINDA DIAZ TALERO,PROSPERO DIAZ TALERO,

NELI ESTHER DIAZ DE MARTINEZ,DORA INES DIAZ TALERO

*P1-5-20

SE EMPLAZA A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS UNION MARITAL DE HECHO LUZ MARINA CALDERON LANCHEROS SANTIAGO HERNAN RAMIREZ CALDERON, AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA TERCERO (03) DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 853del señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ AFRICANO (Q.E.P.D.) LUZ ANGELA RAMIREZ CALDERON Y DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL 2018 D.C.

HEREDEROS INDETERMINADOS del señor : AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO Edificio Nemqueteba Piso tres (03) MIGUEL ANGEL RAMIREZ AFRICANO (Q.E.P.D.) DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL 2018 Carrera 7 No. 12 C-23

*B2-2-20

ICOTEC COLOMBIA SAS LIQUIDACION POR ORDINARIO NIDIA MARCELA MORENO VALERIANO ICOTEC COLOMBIA SAS LIQUIDACION POR AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE 11001-31-05-ADJUDICACION ADJUDICACION 20 DE MARZO DE 2018 BOGOTA D.C. 005-2017-00830

y HUAWEI TECHNOLOGIES COLOMBIA S.A.S. AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR 00.5 DE DICIEMBRE DE 2018

*B2-3-20

MARLEN CECILIA TAO HERNANDEZ INTERDICCIÓN JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PABLO DANIEL TORRES TAO MARLEN CECILIA TAO HERNANDEZ AUTO ADMISORIO PRIMERO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2016 - 4748 DE NOVIEMBRE DE 2016

*B4-1-20

ALFONSO RAFAEL GUETE JULIAO UNION MARITAL DE HECHO MARIA ELVIRA BULLA REY ALFONSO RAFAEL GUETE JULIAO ORDENA EL EMPLAZAMIENTO 18 DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE 2017 - 00168Y LAS PERSONAS INDETERMINADAS 23 DE JUNIO DE 2017 BOGOTA D.C.

AUTO ADMISORIO 23 DE JUNIO DE 2017

*D4-2-20

LUIS FELIPE ARIAS HERRERA, DECLARATIVO DE PERTENENCIA FLOR ALBA JAIMES REYES LUIS FELIPE ARIAS HERRERA, ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DOCE (12) CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 110014003012-JOSE JESUS PARDO, JOSE JESUS PARDO, 1 DE OCTUBRE DE 2018 D.C. 20170068400.

JOE LISANDRO MARTINEZ RODRIGUEZ, JOE LISANDRO MARTINEZ RODRIGUEZ, ADMITE LA DEMANDA GONZALO BRIÑEZ PEREZ, GONZALO BRIÑEZ PEREZ, 12 DE SEPTIEMBRE DE 2017 SIMON ORTIZ NARANJO, SIMON ORTIZ NARANJO,

JUAN ANTONIO GARCIA AGUILAR, JUAN ANTONIO GARCIA AGUILAR,FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ, FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ,

ADONIS LAGUNA GUTIERREZ, ADONIS LAGUNA GUTIERREZ,ARQUIMEDES ROA AREVALO, ARQUIMEDES ROA AREVALO,HIBETT GONZALEZ MURILLO, HIBETT GONZALEZ MURILLO,

JORGE ELIECER PERILLA NEIRA, JORGE ELIECER PERILLA NEIRA,JUAN BUENAVENTURA ORTIZ JUAN BUENAVENTURA ORTIZ

Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

*D4-3-20

FREDY ARMANDO BORJA GARAY EJECUTIVO SINGULAR ORLANDO EDUARDO JIMENEZ MALDONADO FREDY ARMANDO BORJA GARAY MANDAMIENTO DE PAG O CIVIL MUNICIPAL DE FUNZA 2018 - 050413 / 06 / 2018. CUNDINAMARCA

*D4-4-20

LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA CAUSANTE: EJECUTIVO SINGULAR CONJUNTO RESIDENCIAL EBRO ETAPA I, II Y III P.H. ROSALBA DEVIA DE ORJUELA, 09 DE MAYO DE 2017 y CINCUENTA Y OCHO (58) CIVIL MUNICIPAL 2017 - 502RAMONA ESPITIA DE DEVIA (Q.E.P.D.) MARIA DE JESUS DEVIA ESPITIA, 07 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE BOGOTA

JAIME ORLANDO ORJUELA DEVIA yHEREDEROS INDETERMINADOS de la causante:

RAMONA ESPITIA DE DEVIA (q.e.p.d.)

*D4-5-20

QUIENES SE CREAN CON DERECHO AL EJERCICIO INTERDICCION MARTIN AUGUSTO RIAÑO GONZALEZ INTERDICTO: PABLO EMILIO RIAÑO RIAÑO AUTO ADMISORIO TREINTA Y DOS DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 0622DE LA GUARDA DE : PABLO EMILIO RIAÑO RIAÑO 24 DE OCTUBRE DE 2018

*D4-6-20

EMPLAZADOS : HEREDEROS INDETERMINADOS DEMANDA DE REVISION EN CONTRA PARTE RECURRENTE o DEMANDANTE: AUTO ADMISORIO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO Demanda dedel señor JOSE IGNACIO CASTRO BELTRAN DE LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL SANDRA CAROLINA CASTRO PINEDA 23 DE NOVIEMBRE DE 2018 JUDICIAL DE BOGOTA - SALA DE FAMILIA Revisión

JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE CORREGIDO EN AUTO No. 11001 22 10ORALIDAD DE BOGOTA, DENTRO DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2018 000 2018 00660

PROCESO DE UNION MARITAL DE HECHO 00.DE: LUZ STELLA MAYORGA CESPEDESEN CONTRA DE : SANDRA CAROLINA

CASTRO PINEDA, CRISTIAN MAURICIO CASTRO PINEDA Y HEREDEROS

INDETERMINADOS DE LOS HEREDEROSDE : JOSE IGNACIO CASTRO BELTRAN

*D4-7-20

RAUL PACHON EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA BANCO DE BOGOTA RAUL PACHON MANDAMIENTO DE PAGO PROMISCUO MUNICIPAL DE SOPO 2018 - 475CUANTIA 14 DE AGOSTO DE 2018

*G1-1-20

BEATRIZ DOMINGUEZ JORDAN EJECUTIVO CLARA INES ACOSTA UBATE BEATRIZ DOMINGUEZ JORDAN ENERO 11 DE 2019 ORIGEN: 2017 - 013130068 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA

TRANSITORIAMENTE JUZGADO 050 DEPEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA (ACUERDO PC SJA18-11127)

*G1-2-20

RAFAEL SANTANA SANTANA 3.223.809 EJECUTIVO SAUL PORRAS SANTANA RAFAEL SANTANA SANTANA 31 DE AGOSTO DE 2018 19 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 2017 - 0059716 DE NOVIEMBRE DE 2017

*G1-3-20

ROSA ANGELICA RONDON BENAVIDEZ EJECUTIVO OBLIGACION DE SUSCRIBIR JORGE ARLEY QUINTERO CASTILLO HEREDEROS INDETERMINADOS DE: 18 DE JULIO DE 2018 58 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 2017 - 01387DOCUMENTO JOSE WENCESLAO RONDON GOMEZ Y

LA HEREDERA DETERMINADA :ROSA ANGELICA RONDON BENAVIDEZ

*G1-4-20

HEREDEROS INDETERMINADOS DE: VERBAL LUCIA ZAMBRANO RUIZ JOSE LUIS ZAMBRANO GOMEZ 18 DE DICIEMBRE DE 2018 2o DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 - 286JOSE ANTONIO ZAMBRANO GUAQUETA JUAN CARLOS HERNANDEZ Y DE ANA SILVIA GOMEZ DE ZAMBRANO ANA DOLORES VARELA DE GONZALEZ

ANTONIO AGUILERA URREGOY HEREDEROS INDETERMINADOS DE :

JOSE ANTONIO ZAMBRANO GUAQUETA YANA SILVIA GOMEZ DE ZAMBRANO

*G1-5-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 1B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 2: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

LUIS GUILLERMO CASTELBLANCO LOPEZ 19.405.491 PROCESO EJECUTIVO AGRUPACION DE VIVIENDA RAFAEL NUÑEZ V ETAPA LUIS GUILLERMO CASTELBLANCO LOPEZ 26 DE OCTUBRE DE 2018 CINCUENTA Y TRES CIVIL MUNICIPAL 110014003055-MANZANA I LOTE 3 - PROPIEDAD HORIZONTAL DE BOGOTA 20170106000.

*G1-6-20

SE EMPLAZAN A TODAS LAS PERSONAS NATURALES EJECUTIVO DE ALIMENTOS DANIELA MICHELL ZAPATA ROBAYO HECTOR JULIO ZAPATA ZAPATA 24 DE OCTUBRE Y 5 DE DICIEMBRE 2018 PRIMERO (1) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2014-00749Y JURIDICAS QUE TENGAN CREDITOS CON TITULOS

DE EJECUCION CONTRA :HECTOR JULIO ZAPATA ZAPATA 70.030.136

Medellín

*G1-7-20

LUZ MERY RODRIGUEZ DUQUE 51.837.578 EJECUTIVO LUIS ENRIQUE PATARROYO AMAYA ANDAR EUDALDO ALGARRA SANCHEZ ORDENA EL EMPLAZAMIENTO TREINTA Y CUATRO CIVIL MUNICIPAL 110014003034-LUZ MERY RODRIGUEZ DUQUE 10 DE JULIO DE 2018 DE BOGOTA D.C. 20150090000.

*G1-8-20

RAMIRO ALFONSO ALARCON MORA 80.471.300 EJECUTIVO SINGULAR EQUIPOS PARA CONSTRUCCION VIBRADORES RAMIRO ALFONSO ALARCON MORA 27 DE OCTUBRE DE 2017 24 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2017 -01437BOGOTA S.A.S.

*G1-9-20

DETERMINADOS E INDETERMINADOS SUCESION ZENAIDA MESA TORRES SUCESION DE : CARMEN ROSA TORRES DE MESA ABRIL 12 DE 2018 DOCE (12) FAMILIA DE BOGOTA D.C. 257 - 2018

*G1-10-20

JORGE ORLANDO CUBILLOS GARCIA 19.268.989 PERTENENCIA POR PRESCRIPCION SAUL PORRAS SANTANA JORGE ORLANDO CUBILLOS GARCIA 18 DE ABRIL DE 2018 39 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2018 - 00148ELSA YOLANDA ORTIZ OBREGON 41.738.357 EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE ELSA YOLANDA ORTIZ OBREGON

DOMINIO Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

*G1-11-20

PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A SUCESIÓN INTESTADA CRISTIAN FELIPE LEGUIZAMON VELOZA CAUSANTE: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 31 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 31-2018-00318INTERVENIR EN EL PROCESO DE SUCESIÓN Y NELYI ALISON LEGUIZAMON VELOZA NELSON LEGUIZAMON MURCIA 13 DE AGOSTO DE 2018

DEL FALLECIDO : NELSON LEGUIZAMON MURCIA COMO HEREDEROS DEL CAUSANTE

*H1-1-20

ORGANIZACIÓN PRAGMA DE COLOMBIA S.A. PROCESO ORDINARIO LABORAL JIMENA BERMUDEZ MAZUERA ORGANIZACIÓN PRAGMA DE COLOMBIA S.A. AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DECIMO (10) LABORAL DEL CIRCUITO 2018 - 00214SIETE (7) DE JUNIO DE 2018 DE BOGOTA

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR Carrera 7 No. 12C-23 Piso 20 Ed Nemqueteba16 DE OCTUBRE DE 2018 Bogotá D.C.

*H1-2-20

RAUL ORLANDO RODRIGUEZ MONDRAGON 17.123.207 ORDINARIO LABORAL JAIRO IVAN LIZARAZO AVILA RAUL ORLANDO RODRIGUEZ MONDRAGON AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 6 MUNICIPAL LABORAL DE PEQUEÑAS 2017 - 5218 DE MARZO DE 2018 CAUSAS DE BOGOTA D.C.

*H1-5-20

LEONARDO FABIO ABELLA OJEDA DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL KATERYNA BULUY LEONARDO FABIO ABELLA OJEDA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA (29) VEINTINUEVE DE FAMILIA DE 2018 - 056714 DE SEPTIEMBRE DE 2018 BOGOTA D.C.

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR5 DE DICIEMBRE DE 2018

*H1-6-20

DIEGO NICOLAS ARISTIZABAL FERNANDEZ EXONERACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA EDUARDO ALBERTO RAMON ARISTIZABAL LARA DIEGO NICOLAS ARISTIZABAL FERNANDEZ AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA (4) CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 022108 DE MARZO DE 2018

AUTO QUE CORRIGE ADMISIÓN Y ORDENA EMPLAZAR:

07 DE DICIEMBRE DE 2018

*H1-7-20

ROSA MARIA RIAÑO DE CARDOZO PROCESO EJECUTIVO ARTURO PAEZ ARIAS S.C.S. MAQUINAS GORI LTDA. ORDENA EMPLAZAMIENTO CUARENTA (40) CIVIL MUNICIPAL DE 2017 - 1770SEGUNDO FLAMINIO RIAÑO DE MARTINEZ ROSA MARIA PAEZ DE BUITRAGO GUILLERMO RIAÑO RIAÑO 17 DE OCTUBRE DE 2018 BOGOTA

ROSA MARIA RIAÑO DE CARDOZO LIBRA MANDAMIENTO DE PAGOSEGUNDO FLAMINIO RIAÑO DE MARTINEZ 7 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Y

30 DE MAYO DE 2018

*H1-8-20

TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DECLARACION DE PERTENENCIA POR ARIEL GIRALDO GIRALDO COOPERATIVA ESPECIALIZADA EN SALUD LORENZO AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARENTA Y CINCO (45) CIVIL MUNICIPAL 11001-40-03-045DERECHOS SOBRE EL BIEN PREDIO LOCAL PRESCRIPCION EXTRAORDINARIO ALCANTUZ 23 DE OCTUBRE DE 2017 DE BOGOTA D.C. 2018-00968-00

COMERCIAL No. 1 ADQUISITIVA DE DOMINIO Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean Carrera 10 No. 14-33 Piso 19

(Contado de derecha a izquierda desde la entrada principal) con derechos sobre los bienes a prescribirUbicado en la Carrera 78 B No. 38-26 sur. (Predio de mayor

extension). Como dirección principal y, Carrera 78 B No. 38-22

Sur, Carrera 78 B No. 38-16 Sur, Carrera 78 B No. 38-12 Sur

como direccion secundaria. Y, Carrera 76 No. 38-26 Sur como direccion anterior. De la nomenclatura urbana de

Bogotá D.C. Barrio Kennedy, predio urbano que hace partede un predio de mayor extensión, identificado con

matricula inmobiliaria 50 S-156683.

*H1-9-20

A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE : AUTO QUE ADMITE DEMANDA 32 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 0617DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO DE JOSE JOAQUIN NIÑO GALEANO 07 DE NOVIEMBRE DE 2018 SUCESIÓN INTESTADA DEL CAUSANTE : CORREGIDOJOSE JOAQUIN NIÑO GALEANO 26 DE NOVIEMBRE DE 2018

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR07 DE NOVIEMBRE DE 2018 CORREGIDO26 DE NOVIEMBRE DE 2018

*J1-2-20

SE EMPLAZA A QUIENES SE CREAN CON SUCESION JUDICIAL Y LIQUIDACION DE INGRID ANNELIESE BOECKER RITZEL AUTO ADMISORIO QUINTO DE FAMILIA DE ORALIDAD 11001-31-10-005DERECHOS A INTERVENIR EN EL PRESENTE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE : GUNTHER WALTER BOECKER RITZEL 19 DE OCTUBRE DE 2018 DE BOGOTA D.C. 2018-00795-00PROCESO DE SUCESION ESTABLECIDO EN EL LYDIA DEMETRESCU DE BOECKER Y HANSOTTO BOECKER GAST 8 DE NOVIEMBRE DE 2018 ARTICULO 490 DEL C.G.P. OSCAR BOECKER HELD REINHARD BOECKER GAST AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

COMO HEREDEROS DE : OSCAR BOCKER HELD 19 DE OCTUBRE DE 2018 en calidad de SOBRINOS

*U1-1-20

PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A SUCESION INTESTADA ANA VICTORIA NARANJO GONZALEZ JOSE ANTONIO NARANJO GONZALEZ AUTO ADMISORIO 22 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 110014003022-INTERVENIR EN ESTE PROCESO DE SUCESION LUIS EDUARDO NARANJO GONZALEZ 3 DE OCTUBRE DE 2018 20180113900.INTESTADA DE : Y ANDRES NARANJO GONZALEZ ORDENA EMPLAZARANTONIO NARANJO Y 3 DE OCTUBRE DE 2018 MARIA DEL CARMEN GONZALEZ DE NARANJOART 490 C.G.P.

*U1-2-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 2B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

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Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

YANETH CECILIA RATIVA GOMEZ PROCESO EJECUTIVO CUBELTDA YANETH CECILIA RATIVA GOMEZ AUTO ORDENA EMPLAZAR SETENTA Y NUEVE CIVIL MUNICIPAL 11001 40 03 079LUZ DARY RATIVA GOMEZ LUZ DARY RATIVA GOMEZ 17 DE JULIO DE 2018 DE BOGOTA 2017 01064 00DIANA CAROLINA RATIVA GOMEZ DIANA CAROLINA RATIVA GOMEZ MANDAMIENTO DE PAGO

28 DE SEPTIEMBRE DE 2017

*U1-3-20

LUIS DANIEL VALBUENA GUEVARA 80.404.015 DIVORCIO LURY MILENA CHAPARRO BAEZ LUIS DANIEL VALBUENA GUEVARA AUTO ADMISORIO OCTAVO (8) DE FAMILIA DE BOGOTA 2018 / 23306 DE ABRIL DE 2018 ORDENA EMPLAZAR05 DE DICIEMBRE DE 2018

*U1-5-20

GUSTAVO DURAN QUIJANO 5.709.626 EJECUTIVO MIXTO POR SUMAS DE BANCO FINANDINA S.A. GUSTAVO DURAN QUIJANO LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO JUZGADO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL 730014022007-DINERO 7 DE MAYO DE 2015 IBAGUE TOLIMA 20150025300.

ORDENA EMPLAZAMIENTO Secretaria: AMANDA FLORIAN POLANIA 3 DE NOVIEMBRE DE 2017 Palacio de Justicia Oficina 605

*I2-1-20

FUNDACION CAMINO A LA VIRTUD 900.179.382-9 EJECUTIVO LABORAL MARY CARMEN ROMERO TOSCANO FUNDACION CAMINO A LA VIRTUD DICIEMBRE 18 DE 2017 TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO 2012-00378-00C.C. No. 33.056.093 DE SINCELEJO (SUCRE)

*S2-1-20

JOSE TOMAS ROMERO CAMPO 1.102.800.315 EJECUTIVO SINGULAR BANCO DE BOGOTA S.A. JOSE TOMAS ROMERO CAMPO MANDAMIENTO DE PAGO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2016-00913-00SEPTIEMBRE 06 DE 2016 (SUCRE)

*S2-2-20

MONICA VILLALBA BARBOZA ORDINARIO DE DECLARACION DE ORFA DOLORES TUIRAN RUIZ MONICA VILLALBA BARBOZA DICIEMBRE 18 DE 2017 QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE 2017-00316-00Y PERSONAS INDETERMINADAS PERTENENCIA C.C. No. 30.769.162 Y PERSONAS INDETERMINADAS SINCELEJO (SUCRE)

*S2-3-20

PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN PERTENENCIA DE MENOR CUANTIA CONSTRUCTORA PUNTA AZUL S.A.S. PERSONAS INDETERMINADAS DICIEMBRE 13 DE 2018 PROMISCUO MUNICIPAL DE COVEÑAS 2018-00276-00CON DERECHO SOBRE EL BIEN INMUEBLE EN (SUCRE)LITIGIO CON MATRICULA INMOBILIARIA No. 340-1813Y PERSONAS INDETERMINADAS

*S2-4-20

LUDIVIA ORTIZ AVILA DECLARACION DE UNION MARITAL MARIEL OLIVA LEON ARANDA LUDIVIA SOBEDIA ALVEIRO, WILSON EMPLAZAMIENTO ARTÍCULO 108 C.G.P. 16 FAMILIA BOGOTÁ 110013110016SOBEIDA ORTIZ AVILA DE HECHO ORTIZ AVILA 20180062800ALVEIRO ORTIZ AVILAWILSON ORTIZ AVILAARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*E1-1-20

ERNESTO BERNAL CASTRO 79.906.987 DIVORCIO JENYTH ELIZABETH GARZON ROSERO ERNESTO BERNAL CASTRO AUTO ADMISORIO VEINTITRES (23) DE FAMILIA 2017-01389ARTÍCULO 293 C.G.P. EN CONCORDANCIA NOVIEMBRE 21 DEL 2017 DE BOGOTÁ108 DEL C.G.P. AUTO CORRIGE EL ADMISORIO

31 DE JULIO DE 2018AUTO CORRIGE EL AUTO31 DE JULIO DE 2018AUTO ORDENA EMPLAZAR10 OCT. DE 2018

*M1-4-20

A TODOS LOS ACREEDORES DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD POLICARPO ROMERO PORRAS MARIA ORLINDA CRUZ MORENO AUTO ADMISORIO PRIMERO (1) DE FAMILIA EN 2018-0633SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA PATRIMONIAL 10 DE JULIO DEL 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C.POR. POLICARPO ROMERO PORRAS Y FECHA ADMITE EMPLAZARMARIA ORLIDIA CRUZ MORENO PARA QUE 10 DE DICIEMBRE DEL 2018HAGAN VALER SUS DERECHOS DENTRODEL PROCESO DE LIQUIDACION DE LASOCIEDAD PATRIMONIALARTÍCULO 523 C.G.P. EN CONCORDANCIACON EL 490 C.G.P.

*M1-6-20

A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD BAYARDO CORREDOR SALAMANCA SILVIA MAYERLI CESPEDES RINCON FECHA AUTO: SEPTIMO (7º) DE FAMILIA 2018-00543CON DERECHO A EJERCER LA GUARDA 01 DE JUNIO DE 2018 DE BOGOTÁDE LA MENOR SALOME CORREDORCESPEDESARTÍCULO 395 C.G.P.

*S1-2-20

LUIS ENRIQUE CURIEUX MIRANDA 79'922.919 SUSPENSION DE LA PATRIA POTEDAD CLAUDIA JOHANA SUAREZ CALDERON LUIS ENRIQUE CURIEUX MIRANDA AUTO ADMISORIO VEINTE (20) DE FAMILIA DE 110013110020ARTÍCULO 108 C.G.P. CINCO (5) DE ABRIL DE 2.018 BOGOTÁ D.C. 20180019500

*S1-3-20

PERSONAS INDETERMINADAS SUCESION INTESTADA SANDRA KATERINE LOPEZ DIAZ EN REPRESENTACION CAUSANTE: AUTO ADMISORIO CUARTO (4) DE FAMILIA DE 2.018-0470ARTÍCULO 108 C.G.P. DE SU MENOR HIJO MATIAS DI ANGELO CERQUERA JULIO CESAR CERQUERA PALOMINO 28 DE JUNIO DE 2.018 BOGOTÁ D.C.

LOPEZ Y ANA MILENA SABIO LOZANO EN REPRESENTACION DE SU MENOR HIJO CESAR AUGUSTO CERQUERA SABIO

*S1-4-20

A LAS PERSONAS QUE SE CREAN SUCESION INTESTADA CLAUDIA MARINA CASTIBLANCO CUCAITA, ANA ELVIA CUCAITA DUEÑAS FECHA DEL AUTO: VEINTIDÓS CIVIL MUNICIPAL 11001-40-03-022-CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SANDRA PATRICIA CAMPOS VARELA Y 21 DE AGOSTO DE 2018 DE BOGOTÁ D.C. 2018-00977-00SUCESION INTESTADA DE GLORIA ESPERANZA AGUILLON MORENO AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDAANA ELVIA CUCAITA DUEÑASARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-2-20

NOVA KASA GESTION INMOBILIARIA S.A.S. LABORAL ORDINARIO NOVA KASA GESTION INMOBILIARIA S.A.S. MARIA ANDREA GARCIA CAMARGO AUTO ADMISORIO QUINTO (5) MUNICIPAL 110014105005REPRESENTANTE LEGAL REPRESENTANTE LEGAL 8 DE OCTUBRE DE 2018 LABORAL DE PEQUEÑAS 20180040100LUIS JESUS OCHOA REINA LUIS JESUS OCHOA REINA CAUSAS DE BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

M2-3-20

NELSON ARIEL REY VASQUEZ Y TODAS LIQUIDACION DE SUCESION DEL ARAMINTA VASQUEZ PORRAS, INDETERMINADOS Y NELSON ARIEL AUTO ADMISORIO NOVENO CIVIL MUNICIPAL 110014003009LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON ARTÍCULO 293 DEL C.G.P. ELIAS HANACED REY VASQUEZ REY VASQUEZ 13 DE NOVIEMBRE DE 2018 DE BOGOTÁ D.C. 20180094200ALGUN DERECHO A INTERVENIR EN EL MAURICIO REY VASQUEZ,PRESENTE PROCESO DE CONFORMIDAD NIDIA CAROLINA REY VASQUEZCON EL ARTÍCULO 293 DEL C.G.P.

*M2-5-20

LOS ACREEDORES QUE TENGAN CREDITOS ORDINARIO (EJECUTIVO ACUMULADO) JENNY PATRICIA TAFUR MARTINEZ GERMAN ROZO BAEZ Y MANDAMIENTO DE PAGO 2 CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA 2011-597CON TITULOS DE EJECUCION CONTRA ART. 463 NUMERAL 2 DEL C.G.P. GELBERT PULIDO SARMIENTO 14 NOV/17 Y 30 NOV/17 (CUNDINAMARCA)LOS DEUDORES GERMAN ROZO BAEZY GELBERT PULIDO SARMIENTOARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-6-20

ENRIQUE ERIK WILKEN CUTBILL PERTENENCIA JORGE WILKEN CUTBILL ENRIQUE ERIK WILKEN CUTBILL AUTO ADMISORIO CIVIL CIRCUITO DE FUNZA 2016-00226ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. 18 MAYO 2018 CUNDINAMARCA

*M2-8-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 3B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 4: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

RUBISNEY BAEZ BENAVIDES EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA MICHEL PAOLO MARTINEZ ALBA RUBISNEY BAEZ BENAVIDES MANDAMIENTO DE PAGO 21 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-1880ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. 15 DE ENERO 2018 BOGOTÁ

*M2-9-20

GRACIELA PEÑA OSORIO EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA MICHEL PAOLO MARTINEZ ALBA GRACIELA PEÑA OSORIO MANDAMIENTO DE PAGO 61 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-1112ERIK ALEXANDER PEÑA ERIK ALEXANDER PEÑA 7 DE DICIEMBRE 2017 BOGOTÁARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-10-20

ERIKA PAOLA GUARIN FRANCO 37.725.059 EJECUTIVO SINGULAR CITIBANK COLOMBIA CESIONARIO SCOTIABANK ERIKA PAOLA GUARIN FRANCO MANDAMIENTO DE PAGO 30 CIVIL MUNICIPAL DE 2016-01222ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. COLPATRIA S.A. 15 DE DICIEMBRE DE 2016 Y BOGOTÁ D.C.

24 DE SEPTIEMBRE DE 2018*C2-1-20

A LOS ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD MARTHA CECILIA ECHEVERRI ECHEVERRI CARLOS ARTURO HERRERA PARRA AUTO ADMISORIO 02 SEGUNDO DE FAMILIA DE 2017-541CONYUGAL DE MARTHA CECILIA ECHEVERRI CONYUGAL 13 DE FEBRERO DE 2018 ZIPAQUIRA CUNDINAMARCAECHEVERRI CONTRA CARLOS ARTUROHERRERA PARRA PARA QUE HAGANVALER SUS CREDITOS EN CONCORDANCIACON EL ART. 523 INC. 6 C.G.P.ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*C2-2-20

ALEJANDRO GALVES MORA 1.016.058.855 HIPOTECARIO JAVIER ALONSO FLOREZ SOACHA ALEJANDRO GALVES MORA FECHA AUTO: PRIMERO CIVIL MUNICIPAL 733494003001ARTÍCULO 108 C.G.P. 06 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE HONDA 20170018900

*S9-1-20

RAFAEL ELIAS NARVAEZ MUÑOZ 93.387.516 DIVORCIO LILIANA MARCELA CORREA PANQUEVA RAFAEL ELIAS NARVAEZ MUÑOZ FECHA AUTO: TREINTA Y DOS (32) DE 2018-00594ARTÍCULO 108 C.G.P. DICIEMBRE 14 DE 2018 FAMILIA DE BOGOTÁ

*S9-2-20

PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE DECLARATIVO - VERBAL PERTENENCIA JORGE WILLIAM PRIETO PEÑA C.C. 79.517.245 GLORIA ESPERANZA MORA C.C. 41.494.301 ADMISORIO DE LA DEMANDA 26 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003026CREAN CON DERECHO SOBRE EL POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA BERTHA ALBA PEÑA PEREZ C.C. 41.341.870 FLOR ALBA SILVA DE CASTIBLANCO 01 OCTUBRE 2018 BOGOTÁ 2018 00933 00INMUEBLE IDENTIFICADO CON C.C. 51.679.477M.I. # 50S-514157ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*R1-1-20

ALDEMAR PRADA MORENO EJECUTIVO MINIMA CUANTIA JOSE ALEXANDER MEDELLIN URREGO ALDEMAR PRADA MORENO MANDAMIENTO DE PAGO 25 CIVIL MUNICIPAL DE 11001-4103-751-ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. 31 DE MAYO DE 2017 PEQUEÑAS CAUSAS Y 2017-00379-00

COMPETENCIA MULTIPLE DE LASEDE DESCENTRALIZADA DEKENEDY EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

*R1-3-20

TODOS LOS ACREEDORES DE LA LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL JOSE DOMINGO NOCUA SALAZAR LUZ MARITZA CAMACHO MONTIEN AUTO DE FECHA VEINTIUNO (21) FAMILIA DE 110013110021SOCIEDAD CONYUGAL OBJETO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. 2018 00439 01LIQUIDACION, A FIN QUE HAGAN VALER POR EL MEDIO DEL CUAL DESUS DERECHOS, CONFORME A LO ORDENA LA CONFECCION DE LOSESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 523 INVENTARIOS Y AVALÚOS DE LOS(NUM 6) DEL C.G.P. QUE REMITE AL BIENES, DEUDAS Y COMPENSACIONES490 DE LA MISMA NORMA QUE CORRESPONDAN A LA SOCIEDADARTÍCULO 108 C.G.P. CONYUGAL Y SE ORDENA EMPLAZAR

A LOS ACREEDORES DE LA SOCIEDADCONYUGAL

*R1-4-20

AL PUBLICO EN GENERAL INTERDICCION POR DISCAPACIDAD MARTHA ALICIA VELASQUEZ POLANCO EN CALIDAD AUTO DE FECHA TRECE (13) DE FAMILIA DE 11001 3110 013ARTÍCULO 108 C.G.P. MENTAL ABSOLUTA DE HIJA DE LA PRESUNTA INTERDICTA 21 DE NOVIEMBRE DE 2018, POR ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. 2018 00207 00

ALICIA POLANCO DE FORERO TORRES MEDIO DE LA CUAL SE DECRETA DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL7 DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY 1306DE 2009, LA INTERDICCION PROVISORIA POR DISCAPACIDADMENTAL DE ALICIA POLANCO DE FOREROTORRES Y SE DESIGNA COMO CURADORA, PROVISORIA A SU HIJA MARTHA ALICIA VELASQUEZPOLANCO

*R1-5-20

ROSALBA MENDIETA FANDIÑO UNION MARITAL DE HECHO JOSE LEONEL RODRIGUEZ ROSALBA MENDIETA FANDIÑO AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTITRES DE FAMILIA DE 11001311023-ARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P. 03 DE NOVIEMBRE DE 2017 BOGOTÁ D.C. EN ORALIDAD 2017-01210-00LEY 1564 DE 2012 (JULIO 12)

*R1-6-20

JOSE REINALDO SANCHEZ CASTIBLANCO 5.978.824 DECLARACION DE EXISTENCIA DE LA MARIA ARGENIS FANDIÑO ALBADAN JOSE REINALDO SANCHEZ CASTIBLANCO AUTO ADMISORIO SEPTIMO DE FAMILIA DE 2018-173ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. UNION MARITAL, EXISTENCIA Y C.C. 28.657.636 23 DE FEBRERO 2018 BOGOTÁ

DISOLUCION DE LA SOCIEDAD AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOPATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS 25 OCTUBRE 2018PERMANENTES

*R1-10-20

A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN JURISDICCION VOLUNTARIA PRESENTADA POR LA SEÑORA PROCURADORA DE PERSONAS INDETERMINADAS AUTO ADMISORIO SEPTIMO DE FAMILIA DE 2018-944CON DERECHO A EJERCER LA GUARDA FAMILIA A PETICION DE LOS SEÑORES 8 OCTUBRE DE 2018 BOGOTÁ D.C.DEL INTERDICTO SEÑOR MILTON IVAN FELIX ANTONIO HERNANDEZ ROJAS Y AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOHERNANDEZ GONZALEZ LUZ MERY GONZALEZ MARTINEZ 8 DE OCTUBRE 2018ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*R1-11-20

INVERSIONES PAUJA SAS ORDINARIO LABORAL SUSANA PATRICIA PALMA CONTRERAS INVERSIONES PAUJA SAS AUTO ADMISORIO TREINTA Y UNO (31) LABORAL 2018-00596ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. 02- NOVIEMBRE DE 2018 DE BOGOTÁ D.C.

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO12 DE DICIEMBRE DE 2018

*R1-14-20

A TODAS LAS PERSONAS QUE SE INTERDICCION POR DISCAPACIDAD GLORIA ESTELA UBAQUE AUTO ADMISORIO ONCE DE FAMILIA EN ORALIDAD 2018-665CONSIDEREN CON DERECHO A EJERCER MENTAL ABSOLUTA JULIO 16 / 2018 DE BOGOTÁLA GUARDA DE JENNY LORENA ROMERO 1233495700 AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOUBAQUE JULIO 16 / 2018ARTÍCULO 108 DEL C.GP.

*R1-15-20

ALVARO FORERO HERRERA VERBAL SUMARIO (ENTREGA DE LA DORA MARIA LOMBANA ALVARO FORERO HERRERA AUTO ADMISORIO PRIMERO (1) DE PEQUEÑAS 2017-00984ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. CASA POR EL TRADENTE AL 18 DE ENERO DEL 2018 CAUSAS Y COMPETENCIA

ADQUIRIENTE) AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO MULTIPLE DE SOACHA06-04-2018

*R1-16-20

A QUIENES SE CREAN CON DERECHO INTERDICCION JUDICIAL POR INSTAURADA POR JANNETTE GRANADOS CANASTO PERSONAS INDETERMINADAS AUTO ADMISORIO QUINTO (5) DE FAMILIA EN 2018-0889A EJERCER LA GUARDA DE LA DISCAPACIDAD MENTAL A TRAVES DE PROCURADOR 21 JUDICIAL 1 DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁPRESUNTA INTERDICTA SUSANA CANASTO FAMILIA DE BOGOTÁ AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTODE GRANADOS 30 DE NOVIEMBRE DE 2018ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*R1-17-20

A LOS HIJOS DEL SEÑOR OCTAVIO NOVA INTERDICCION JUDICIAL POR ISIDRO NOVA NOVA INTERDICTO EMPLAZAMIENTO SEGÚN PROMISCUO DE FAMILIA 2018-00256NOVA SEÑORES: DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA OCTAVIO NOVA NOVA ARTÍCULO 108 DE C.G.P. PARA UBATE - CUNDINAMARCACAROLINA NOVA VILLAMIZAR NOTIFICAR AUTO ADMISORIO CALLE 5 No. 7-56ANGEL SMITH NOVA VILLAMIZAR DE LA DEMANDA DE FECHAJONATHAN GANDI NOVA VILLAMIZAR 31 DE OCTUBRE DE 2018JONATHAN GANDI NOVA RODRIGUEZEDISON ARLEY NOVA RODRIGUEZANGIE DAYANA NOVA RIOSOCTAVIO NOVA RIOSARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-20-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 4B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 5: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Se emplaza a las personas que tengan JURISDICCION VOLUNTARIA - MANUEL PALENCIA GONZALEZ AUTO ADMISORIO VEINTISEIS (26) DE FAMILIA 2017-288noticias del paradero de la señora PRESUNCION DE MUERTE POR 28 DE AGOSTO DE 2017 DE BOGOTÁ

MARIA EVANGELINA RUIZ DE PALENCIA 24.030.386 de DESAPARECIMIENTO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

cuyo último domicilio fue la ciudad de San Mateo 28 DE AGOSTO DE 2017

Bogotá D.C. para que informen al Boyacá

Juzgado 26 de Familia de su paradero

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P

ART. 583 # 2 Y ART. 584 # 2, 3 Y 4 C.G.P.

*R1-21-20

EMPLACESE A LAS PERSONAS QUE SE INTERDICCION JUDICIAL POR DIANA INES RODRIGUEZ DE REYES MARIA LOTTY RODRIGUEZ RENTERIA AUTO ADMISORIO 13 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. 2018-00846-00

CREAN CON DERECHO A INTERVENIR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA 14 DE DICIEMBRE DE 2018

EN EL EJERCICIO DE LA GUARDA DE LA

PRESUNTA INTERDICTA

MARIA LOTTY RODRIGUEZ RENTERIA 20.951.649

ARTÍCULO 108 C.G.P EN CONCORDANCIA

586 C.G.P.

*R1-22-20

DECRETAR DE CONFORMIDAD CON EL INTERDICCION JUDICIAL POR DIANA INES RODRIGUEZ DE REYES MARIA LOTTY RODRIGUEZ RENTERIA AUTO ADMISORIO 13 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. 2018-00846-00

NUMERAL 7 DEL ARTÍCULO 42 DE LA DISCAPACIDAD ABSOLUTA C.C. 23.270.950 C.C. 20.951.649 14 DE DICIEMBRE DE 2018

LEY 1306 DE 2009, LA INTERDICCION

PROVISORIA POR DISCAPACIDAD

MENTAL DE MARIA LOTTY RODRIGUEZ 20.951.649

RENTERIA Y SE DESIGNA COMO

CURADORA PROVISORIA A SU

HERMANA DIANA INES RODRIGUEZ DE

REYES

ARTÍCULO 108 C.G.P. EN CONCORDANCIA

NUMERAL 7 DEL ART. 586 C.G.P.

*R1-23-20

FABIO ENRIQUE TOCA BELLO Y EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA LICEO VIDA AMOR Y LUZ LIMITADA FABIO ENRIQUE TOCA BELLO Y AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO VEINTINUEVE (29) CIVIL 2018-00924

GINA MARCELA LOZANO SIERRA GINA MARCELA LOZANO SIERRA 30 / 10 / 2018 MUNICIPAL DE BOGOTÁ

ARTÍCULO 108 C.G.P. CRA 10 # 14-33 P. 9º

*R1-24-20

CORPORACION TODERO SAS 900.459.197-8 EJECUTIVO SINGULAR CAPITAL LAWYERS SAS CORPORACION TODERO SAS AUTO ADMISORIO CIVIL CIRCUITO DE FUNZA 2018-37

ARTÍCULO 108 C.G.P. 22 FEBRERO 2018

MANDAMIENTO DE PAGO

22 FEBRERO 2018

*R1-25-20

AK DRILLING INTERNACIONAL SAS 900.198.831-9 EJECUTIVO SINGULAR TESOL SAS AK DRILLING INTERNACIONAL SAS MANDAMIENTO DE PAGO 39 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-1422

REP. LEGAL STEVEN CHAD PETROVICH 30 NOV / 17 BOGOTÁ

ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-27-20

A LAS DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS DECLARATIVO DE PERTENENCIA YESID PARRA CASTRO SINGER PRODUCTS INC & CIA LTDA, AUTO ADMISORIO CIVIL DEL CIRCUITO DE 2018-00331

CONFORME CON LO DISPUESTO EN EL CORPORACION AUTONOMA REGIONAL 21 DE MAYO DE 2018 FUNZA - CUNDINAMARCA

NUMERAL 7 DEL 375 C.G.P. EN DE CUNDINAMARCA Y PERSONAS

CONCORDANCIA CON EL ART. 293 C.G.P. INDETERMINADAS

DATOS DEL INMUEBLE: PREDIO

DENOMINADO SAN ALEJO UBICADO

EN MUNICIPIO DE FUNZA CUNDINAMARCA

MATRICULA INMOBILIARIA No. 50C-1439988

ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-28-20

PEDRO ELIAS MUÑOZ ACOSTA, UNION MARITAL DE HECHO JACOBO ROJAS HEREDEROS DE INES DE LAS AUTO ADMISORIO QUINTO (5) DE FAMILIA DE 2016-1311

PABLO MUÑOZ ACOSTA, MERCEDES MUÑOZ ACOSTA 08 DE NOVIEMBRE DE 2016 BOGOTÁ D.C.

SIERVO DANIEL MUÑOZ ACOSTA, AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOANA ISABEL MUÑOZ ACOSTA, 08 DE NOVIEMBRE DE 2018

ARCENIO ANTONIO MUÑOZ ACOSTA

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.*R1-30-20R

LISTADO REMATES ARTICULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO

PARTE DEMANDADA PARTE DEMANDANTE CLASE DE PROCESO Fecha y hora Apertura Licitacion

Bienes Materia de Remate Valor avalúo /Avalúo Base de Licitación No. Radicacion Expediente JUZGADO Nombre, Direccion, Teléfono Secuestre

Porcentaje para hacer Postura %

CARMEN EDONILSA ANGULO ZAPATA ROBERTO ALVARADO TABARDO DIVISORIO 4 DE FEBRERO DE 2019 INMUEBLE: $ 384.477.000 CUARENTA Y NUEVE CIVIL DEL CIRCUITO XIOMARA LOZANO GARCIA

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HORA: 8:00 A.M. Ubicado en la Diagonal 65 No. 96-50, BASE LICITACION: 70% $269.133.900 DE BOGOTA C.C. No. 52.259.512 de Bogotá

$ 153.790.800

apartamento 96-50 Edificio Mario Suárez Melo No. de Proceso: 11001310302320130095300 Carrera 113 No. 83-61, interior 19,

y/o Calle 65 No. 96-50 (dirección catastral) apartamento 104 de Bogotá

de esta ciudad Teléfono: 3202304430Matrícula Inmobiliaria No. 50 C - 184971

*D4-1-20

JOSE OLINTO GUARGUATI VILLAMIZAR RUBEN MATIZ MALDONADO EJECUTIVO HIPOTECARIO 05 DE FEBRERO DE 2019 LOTE DE TERRENO VALOR DEL AVALÚO 2017-0167 PERSEC SAS 40% $99.376.000.ooY MARTHA CECILIA MORENO ALVAREZ A LAS 8:00 A.M. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE $248.440.000.OO CUARTO (4) CIVIL MUNICIPAL CARRERA 68 B No.

1-39 SUR(NOVENTA Y

Matrícula Inmobiliaria (DOSCIENTOS CUARENTA DE SOACHA (CUNDINAMARCA) BOGOTÁ D.C. NUEVE MILLONESNo. 051-189301 DE LA OFICINA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS TELEFONO 3123388192 TRESCIENTOSDE REGISTRO DE INSTRUMENTOS CUARENTA MIL PESOS MTE) SETENTA Y SEISPUBLICOS DE SOACHA VALOR BASE LIQUIDACION 70% MIL PESOS MTE)(CUNDINAMARCA) $173.908.000.oo (CIENTODireccion Inmueble: LOTE 15 A SETENTA Y TRES MILLONESMITAD SUR SAN ANTONIO NOVECIENTOS OCHO MILhoy CARRERA 10 No. 8-116 SUR PESOS MTE)SOACHA CUNDINAMARCA

*R1-12-20

INGRID PAOLA ATENCIA MARTINEZ BANCO PICHINCHA S.A. 11 DE FEBRERO DE 2019 VEHICULO DE PLACAS: AVALUO: 2016-529 JUZGADO ORIGEN HILDA ROSA GUALTEROS

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A LAS 9:30 A.M. UTN-764, MARCA: CHEVROLET, $19.360.000 CIVIL MUNICIPAL DE FACATATIVA CALLE 55 No. 77B-23 ANILLO 13

MODELO: 2015, CLASE: BASE DE LA LICITACION 70% JUZGADO QUE HARA EL REMATE APTO 216 UNIDAD RESIDENCIAL

AUTOMOVIL, LINEA: SAIL, $13.552.000 CIVIL MUNICIPAL DE FACATATIVA SANTA CECILIA LOCALIDAD

CARROCERIA: SEDAN, MOTOR: ENGATIVA, BOGOTÁLCU*142620671* Y VIN: TELEFONO 31382169199GASA52M0FB041691

*Y1-2-20

El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 5B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

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EMPLAZATORIOSJUZGADO VEINTIOCHO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. Carrera 7 No. 12 C – 23 Piso 13 Edificio NemquetebaEDICTOEL SECRETARIO DEL JUZGADO VEIN-TIOCHO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C.CITA Y EMPLAZA A:A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir en el proceso de SUCESIÓN No. 2017-00320 de LEONOR FORERO MONTA-ÑA, quien falleció el día 19 de abril de 1983, cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá. El proceso se declaró abierto y radicado mediante providencia de veintitrés (23) de agosto de dos mil diecisiete (2017).Para dar cumplimiento a lo previsto en los Arts 108 y 490 del C.G.P., se fija el presente edicto en la secre-taria del Juzgado por el término de diez (10) días, hoy 14 JAN 2019 siendo las 8:00 a.m.El secretario,Jaider Mauricio Moreno MorenoSe desfija hoy –a las 5:00 p.m.HAY UN SELLO *U1-4-20

Rama Judicial del Poder PúblicoJUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL Bogotá D.C.01 FEB 2018REF: PROCESO EJECUTIVO SINGU-LAR NO. 17-1765DEMANDANTE: AGRUPACIÓN RE-SIDENCIAL ZARZAMORA CAFAM ETAPA 1 P.H.DEMANDADOS: BLANCA LILIANA GUTIERREZ PINEDA.CONSIDERANDO que el (los) docu-mento (s) presentado (s) como base de recaudo es (son) representativo (s) de una obligación clara, expresa y actualmente exigible; proviene (n) de (los) deudor (es), de conformidad con lo dispuesto los artículos 422 del C.G.P., el Despacho RESUELVE librar mandamiento de pago en favor del AGRUPACIÓN RESIDENCIAL ZARZAMORA CAFAM ETAPA 1 P.H y en contra de BLANCA LILIANA GU-TIERREZ PINEDA, por las siguientes cantidades:1.-Por la cantidad de $1.135.000 M/te por concepto de cuotas de administración causadas entre el mes de enero al mes de octubre de 2017, conforme a las certificación base de la acción.2.-Por los intereses moratorios causa-dos sobre las anteriores sumas de ca-pital, desde la fecha de exigibilidad de los mismos, esto es, desde el primer día del mes siguiente, calculados a la tasa solicitados en la misma, y hasta cuando se verifique su pago total, siempre que no supere los límites establecidos por el artículo 884 del C. de Co. Y 305 del C.P., conforme a la certificación emitida por la Super-intendencia Financiera.3.- Por las cuotas ordinarias de administración que se causen du-rante el curso del proceso y hasta la sentencia de primera instancia, las cuales deberá cancelar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su exigibilidad.Notifíquesele (s) al (los) demanda-dos personalmente este proveído, siguiendo la orientación dada por el articulo 291 y 292 ibidem, haciéndo-les saber que gozan de 5 días para pagar la obligación o 10 días para ejercer su defensa.

RECONÓCESE a la Dra. CLAUDIA MARCELA CORTÉS MORENO, como apoderada judicial de la parte actora, en los términos del poder conferido.Sígase el trámite del PROCESO EJE-CUTIVO SINGULARNOTIFIQUESE.MAYRA CASTILLA HERREZJUEZ(2)HAY UN SELLO *P1-9-20

EMPLAZAMIENTOSe emplaza al señor LUIS ALFONSO VARGAS, mayor de edad de quien se desconoce su documento de iden-tidad, para que comparezca ante el JUZGADO TERCERO PROMISCUO DE FAMILIA DE SOGAMOSO, a recibir notificación del auto admisorio de la demanda calendado 18 de Octu-bre de 2018, proferido dentro del proceso de CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATROMONIO CATÓ-LICO, radicado bajo el No. 268-18, en el cual es demandante ADELINA MARTÍNEZ LÓPEZ y demandado LUIS ALFONSO VARGAS. El presente se hace de conformidad con el artículo 108 del C.G.P.El presente emplazamiento se entiende surtido quince (15) días después de publicada la información en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Si no comparece den-tro de dicho termino, se le desig-nara Curador Ad-Litem, con quien se adelantara el proceso hasta su terminación. *D3-1-20

EL JUEZ PRIMERO LABORAL DEL CIR-CULO DE SOGAMOSO POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTOCITA Y EMPLAZA:A la demandada SOCIEDAD COY CAMARGO LTDA., representada legalmente por el señor LUIS GUI-LLERMO COY PRIETO, para que en el término de quince (15) días, se presente a este Despacho Judicial por sí o por medio de apoderado a recibir notificación personal del auto que admitió la demanda dentro del proceso No. 2018-00298-00 que adelanta LINDA BRIGETTE CARREÑO VELASCO en contra de COY CAMAR-GO LTDA. Se advierte al emplazado que si dentro de dicho termino no comparece, el proceso continuara con el curador Ad-litem que para tal efecto se le designó hasta su terminación de conformidad con el Art. 108 del C.G.P.Para los efectos del Art. 108 del C.G.P., se expide el presente EDICTO, para la publicación que se hará por una sola vez en radio que será en una emisora de alta sintonía en la región, en las horas comprendidas entre las 6 A.M., y las 11 P.M., o en un periódico de amplia circulación Nacional, el día Domingo, como son EL Tiempo, LA Republica o El Siglo, hoy a las 8 A.M.RICARDO NOSSA HURTADOSecretarioHAY UN SELLO *D3-2-20

EDICTO N. 001EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ARAUCA, En uso de sus atribuciones legales y las que le confiere el Art. 123 de la Ley 338/97, en concordan-cia con la Ley 9ª de 1989, HACE SABERQue HECTOR JOSE GALVIS ALZATE, identificado con la cédula de ciuda-danía No. 17.580.596 expedida en Arauca, ha solicitado por intermedio de esta alcaldía, la correspondiente escritura pública de un lote de terreno ubicado en la CARRERA 20 NO. 5-15 BARRIO LA GRANJA, en ex-

tensión de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTI-METROS (244.44 M2), alinderado de la siguiente manera:NORTE: CON DEMETRIO BOSCAN, en extensión de 17.46 metros.SUR: CON MUNICIPIO DE ARAUCA, en extensión de 17.46 metros.ORIENTE: CON CARRERA 20, en extensión de 14.00 metros.OCCIDENTE: CON HECTOR JOSE GAL-VIS, en extensión de 14.00 metros y encierra.Para dar cumplimiento a lo or-denado por el Articulo 209 de la Constitución Política de Colombia, se fija el presente edicto en un lugar público y visible de la Alcaldía, por el termino de treinta (30) días hábiles y copia del mismo se le entregara al interesado para su publicación por una emisora local durante tres (3) días consecutivos y prensa de mayor circulación local.Se fija el presente edicto hoy 11 ENE 2019 siendo las 8:00 de la mañana.BENJAMIN SOCADAGUI CERMEÑOAlcalde Municipio de Arauca *C4-1-20

EDICTO EMPLAZATORIOProceso: Muerte Presunta por Des-aparecimientoRadicado No. 810013184001-2016-00095-00Demándate: Rodrigo MartínezDESAPARECIDO: JEISON RODRIGO MARTÍNEZ CARDENAS C. de C. No. DESCONOCIDALUGAR ÚLTIMO DOMICILIO: ARAU-CA-ARAUCASe solicita a todas aquellas personas que de una u otra forma tengan información sobre el paradero del señor JEISON RODRIGO MARTÍNEZ CARDENAS, para que lo hagan comparecer o informen su ubica-ción a éste Despacho, ubicado en la Calle 21 No. 21-21 Nuevo Palacio de Justicia, Segundo Piso, Oficina 203.Para los efectos indicados en el artículo 584, en concordancia con el 583 y 108 del Código General del Proceso, se expide el presente edicto, hoy Once (11) de Enero de dos mil diecinueve (2019).JIMMY HERNAN DURAN ROMEROSECRETARIOHAY UN SELLO *C4-2-20

REPUBLICA DE COLOMBIA JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOACHA CARRERA 10 No. 12 A 46 PISO 4° SOACHA CUNDINAMARCA TEL 7129180 EDICTO EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOACHA CUNDINAMARCA EMPLA-ZA: HEREDEROS INDETEMINADOS DE ALVARO VASQUEZ SALAZAR, para que transcurridos quince (15) días después de la publicación de este EDICTO comparezca a este Despacho Judicial personalmente ó por intermedio de apoderado judicial, a efecto de que concurran en el presente asunto en su cali-dad de sucesores procesales por pasiva de los citados condueños, de conformidad con lo establecido dentro del proceso DIVISORIO No. 2008-021 mediante autos de fechas: Fecha del auto 5 de febrero de 2008 Decisión Admite demanda divisoria de venta de cosa común impetrada por HECTOR ALFREDO VASQUEZ, JOSE VICENTE VASQUEZ, ANA RUTH GALIANO DE VASQUEZ Y VICTOR HUGO VASQUEZ en contra de JULIO ALFREDO VASQUEZ, ROSANA VAS-QUEZ DE SARMIENTO, LUIS RAFAEL VASQUEZ GALIANO, JOSE DEL CARMEN VASQUEZ (falleci-do) cuyos herederos son AMALIA

VASQUEZ SALAZAR, HERNANDO VASQUEZ SALAZAR, JULIO ALFREDO VASQUEZ SALAZAR, ALVARO VAS-QUEZ SALAZAR y GERMAN VASQUEZ SALAZAR; Y PRAXEDIS VASQUEZ SOLORZANO (fallecida) cuyos here-deros son JAIME ALBERTO ROA VAS-QUEZ, GUSTAVO, CARMEN CECILIA VASQUEZ DE UMAÑA, LUZ ELVIRA ROA DE MONROY, NUMA POMPILIO ROA VASQUEZ, JOSE FRANCISCO ROA VASQUEZ, NOHORA MARINA VASQUEZ DE RAMIREZ Y BEATRIZ VASQUEZ DE SALAZAR. folios 17 10 de abril de 2008 Se da aplicación al art 310 del C.P.C./ se incluye como demandados a JOAQUIN AUGUSTO VASQUEZ GALIANO, GLORIA ESPE-RANZA GALIANO y los herederos de-terminados de PRAXEDIS VASQUEZ SOLORZANO: GUSTAVO ADOLFO ROA VASQUEZ Y LUIS JORGE ROA VASQUEZ/ no se debe tener como demandado a GUSTAVO./ emplá-cese a los herederos determinados que no tengan dirección y a los here-deros determinados de las personas fallecidas folios 31 8 de mayo de 2008 Se deja sin valor y efecto el auto de fecha 10 de abril de 2008 y se procede a dar aplicación al art 310 del C.P.C. así: se incluye como demandados a JOAQUIN AUGUSTO VASQUEZ GALIANO, GLO-RIA ESPERANZA VASQUEZ GALIANO y los herederos determinados de PRAXEDIS VASQUEZ SOLORZANO señores GUSTAVO ADOLFO ROA VASQUEZ Y LUIS JOR-GE ROA VASQUEZ/ no se debe tener como demandado a GUSTAVO./ emplácese a los herederos deter-minados que no tengan dirección y a los herederos indeter-minados de las personas fallecidas folios 33 16 de Julio de 2009 Decretar la nu-lidad de lo actuado a partir del auto admisorio de la demanda inclusive. Ordenar reponer la actuación in-debidamente cumplida, quedando a salvo las pruebas recaudadas folios 276 3 de septiembre de 2009 Mantener incólume el auto de fecha 16 de julio de 2009 285; 21 enero de 2010 Téngase por contestada la demanda por GERMAN VASQUEZ SALAZAR/ el demandado ALVARO VASQUEZ SALAZAR se notificó per-sonalmente de la admisión de la demanda/ Se ordena convocar a los herederos determinados, e indeter-minados de la demandada BEATRIZ VASQUEZ DE SALAZAR, por lo que el proceso se interrumpirá mientras se realizan las notificaciones folios 291; 17 de agosto de 2010 Téngase por notificados a los herederos deter-minados de BEATRIZ VASQUEZ DE SALAZAR señores GUILLERMO SA-LAZAR VASQUEZ, MIGUEL SALAZAR VASQUEZ, AIDA SALAZAR VASQUEZ, MABEL SALAZAR VASQUEZ, LEO-NARDO SALAZAR VASQUEZ, CAMI-LO SALAZAR VASQUEZ Y RICARDO SALAZAR VASQUEZ. Folios 361; 14 de diciembre 2011 Negar el recurso de reposición y apelación contra el auto que admitió la demanda y de igual manera el auto que lo corrigió 385-386 ; 8 de julio de 2014 Téngase como demandados a ROSENDO VASQUEZ, IRENE SOLORZANO DE VASQUEZ, JULIO VASQUEZ RINCON, quienes fungen como condueños del predio objeto de división; y a los HEREDEROS IN-DETERMINADOS DE PRADEXIS VASQUEZ SOLORZANO y HEREDE-ROS INDETERMINADOS JOSE DEL CARMEN VASQUEZ, como sucesores procesales por pasiva dentro del presente asunto. / emplácese a los HEREDEROS ÍNDETERMINADOS DE

PRADEXIS VASQUEZ SOLORZANO y HEREDEROS INDETERMINADOS JOSE DEL CAR-MEN VASQUEZ. Folios 462; 19 agosto de 2014 Téngase por notifi-cado personalmente al demandado JULIO ALFREDO VASQUEZ RINCON folios 460; 14 DE JULIO DE 2015 Advertido el fallecimiento de la de-mandante ANA RUTH GALEANO DE VASQUEZ y el demandado JOAQUIN AUGUSTO VASQUEZ GALEANO el despacho dispone: emplácese a los HEREDEROS INDETERMINADOS de ANA RUTH GALEANO DE VASQUEZ/ emplácese a los HEREDEROS INDETERMINADOS de JOAQUIN AUGUSTO VASQUEZ GALEANO. Folios 503-504; 15 de diciembre de 2015 Advertido el fallecimiento de ALVARO VASQUEZ SALAZAR y encontrándose sus-pendido el proceso el despacho dispone: emplácese a los HEREDE-ROS INDETERMINADOS DE ALVARO VASQUEZ SALAZAR. Folios 518; 27 de noviembre de 2017 Advertido el fallecimiento de NUMA POMPILIO ROA VASQUEZ el despacho dispone: emplácese a los HEREDEROS INDE-TERMINADOS DE NUMA POMPILIO ROA VASQUEZ. Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término señalado se les desig-nará Curador ad-litem, se surtirá la notificación y se continuara el pro-ceso hasta su terminación. Para los efectos consagrados en el artículo 81 del C. de P. C. en armonía con el artículo 318 del C. de P.C., se elabora el presente edicto y se expiden las respectivas copias para su publica-ción en los diarios El Nuevo Siglo o La Republica EVE CRISTINA CUELLAR CAMACHO SECRETARIAHAY UN SELLO *M2-1-20

AVISO JUDICIAL LA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTA AVISA Que mediante proveído de fecha veintidós (22) de octubre de dos mil dieciocho (2018) y auto aclaratorio del 15 de noviem-bre de 2018, se decreto la GUARDA PROVISORIA del menor de edad JUAN ANDRES CRUZ CASALLAS y se designo como guardadora provi-sional a su abuela materna señora ELBA GARZON DE CASALLAS. De conformidad con lo establecido en el numeral 7 del Art. 659 y 446 del C.P.C y Art. 61 del C.C. se fija el presente aviso en un lugar visible de la secretaría del juzgado por el término establecido y se expiden copias para su corres-pondiente publicación, en un perió-dico de amplia circulación nacional como: Nuevo siglo o la República hoy 17 ENE 2019. AURA NELLY BERMEO SANTANILLA SE-CRETARIA HAY UN SELLO *M2-7-20

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLI-CO JUZGADO SEXTO (6) MUNICIPAL LABORAL DE PEQUEÑAS CAUSAS DE BOGOTÁ CALLE 14 No. 7-36 PISO 8, TELEFAX 2823761, BOGOTÁ EDI-FICIO NEMQUETEBA LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO MUNICIPAL LABORAL DE PEQUE-ÑAS CAUSAS DE BOGOTÁ DANDO CUMPLIMIENTO AL AUTO DEL 26 DE JULIO DE 2018 EMPLAZA A: LOS HEREDEROS INDE-TERMINADOS DE WILMAR ARLEY IBARRA RODRÍGUEZ quien en vida se Identificó con C.C. No. 7.827.798 Para que comparezcan a las insta-laciones de este Juzgado, personal-mente o por medio de apoderado judicial a recibir notificación del auto admisorio de fecha VEINTI-

SÉIS (26) DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018), proferido en el proceso ordinario de única instancia radicado con el No. 110014105006-2018-00311-00 que adelanta en este Despacho DANNA VALENTINA IBARRA BERMÚDEZ, quien actúa por conducto de su Representante Legal CAROLINA BERMÚDEZ ABAUNZA, contra LUPA-TECH OFS S.A.S. Se advierte al (los) emplazado(s) que en el evento de no comparecer al Despacho a notificar-se personalmente, se le designará CURADOR AD LITEM con quien se surtirá la notificación, y se adelan-tará el proceso hasta su terminación en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 del C.P.T y de lo S.S. Igualmente, que esta publi-cación se incluirá en el Registro Nacional de Personas Emplazadas y que la notificación se entenderá surtida quince (15) días después de efectuada la misma, conforme al artículo 108 del C.G.P. La publicación del presente edicto se debe realizar por una sola vez el día DOMINGO, en el periódico EL SIGLO y/o EL TIEM-PO. ADRIANA SANCHEZ PERAZA SECRETARIA HAY UN SELLO *R1-7-20

PROCESO DIVORCIO Y CESA-CION DE LOS EFECTOS CIVILES No 110013110023- 2018 -0421 -00 REPUBLIA DE COLOMBIA JUZGADO VEINTISEIS (26) DE FAMILIA DE BOGOTA Auto de 18 de Diciembre de 2018 Teniendo en cuenta el anterior auto, y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 293 del C. G. del P., en armonía con el Art 108 del C. G del P, el Juzgado DECRETA EL EMPLAZAMIENTO de la señora DEISY ESPERANZA RIAÑO RIAÑO, en su calidad de demanda-da, para que dentro del término legal partiendo de la publicación del respectivo listado comparezca por si o por intermedio de apode-rado a recibir notificación del auto de 09 de Julio de 2018, dentro del proceso de DIVORCIO Y CESACION DE LOS EFECTOS CIVILES, que en el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE BOGOTA, que adelanta el señor JAIRO ANTONIO RUIZ NIETO Adviér-tasele a la emplazada que si vencido el término legal no comparece al Juzgado, se le designará Curador Ad - Litem con quien se surtirá la notificación. Realícese la publicación de que trata la norma antes citada en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo, El Espectador, La Republica o el Nuevo Siglo) la cual deberá efectuarse el día domingo teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art 108 del C. G. del P. *S1-5-20

NOTARIASNOTARIA 40 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO LA NOTARIA CUARENTA (40) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se conside-ren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante RAINER ERICH THEILKUHL GALM, quien falleció en Bogotá D.C. el día siete (7) de Octubre de dos mil dieciséis (2016), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta nú-

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mero CERO CIENTO SIETE (00107) del trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del de-creto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy catorce (14) de Diciembre de dos mil dieciocho (2018), a las ocho y treinta (8:30) de la mañana. NELCY ESPERANZA LOPEZ PAEZ NOTARIA CUARENTA (40) ENCARGA-DA DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *H1-3-20

EDICTO. EL SUSCRITO NOTARIO VEINTITRES DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C.CITA Y EMPLAZAA todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite de Liquidación de Herencia de la cau-sante AMINTA HURTADO NAVARRO quien se identificaba con la C.C. 41.327.664, fallecida en Bogotá el 30 de Diciembre de 2.014.El trámite fue admitido mediante Acta No. 001 de 11 de Enero de 2019.Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio-difusora local dentro del término de fijación del edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se fija el presente Edicto en lugar vi-sible de esta Notaria por el término de diez (10) días hábiles hoy 14 de Enero de 2.019 a las 8 a.m.ALFONSO MONTENEGRO GUTIE-RREZNotaría Veintitrés de Bogotá D.C. EncargadoHAY UN SELLO *G1-12-20

NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE GUATAVITA.EDICTOLA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CIRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA:A todas las personas que se conside-ren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de Liquidación de la Sucesión de el (a) los Causante (s): CRISTIAN MAURICIO MURILLO RIOS, con C.C. No. 1.075.871.255 de Sopo, fallecido el día 30 de Diciembre de 2016 en Sopo, Cund., cuyo último domicilio u asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Sopo Cundinamarca. Aceptado el trámite en esta Notaria, mediante ACTA Nro 002 de fecha : CATORCE (14) de ENE-RO de DOS MIL DIECINUEVE (2019).Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circula-ción nacional y en la radiodifusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días.El presente EDICTO se fija hoy: CA-TORCE (14) de ENERO de 2019, sien-do las ocho de la mañana (8:00 a.m.)LA NOTARIA ENCARGADA NANCY MIREYA RAMOS GARCIA HAY UN SELLO *G1-13-20

EDICTOLA NOTARIA DIECISÉIS (16) ENCAR-GADA DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.Notaria código No. 11001016.EMPLAZA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS HABILESA todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de la causante JULIANA MARIA MONTOYA MUÑOZ, quien en su vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 30.314.351 fallecida en la ciudad de Bogotá, el día Cinco (05) de Abril de dos mil dieciocho (2018), cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá D.C.Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante Acta número Uno (01) del Dieciséis (16) de Enero de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo tercero (3º) del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el Decreto 1.729 de mil no-vecientos ochenta y nueve (1989), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.El presente edicto se fija el día Die-ciséis (16) de Enero de dos mil die-cinueve (2018), siendo las 8:00 a.m.JANNETH ROCIO SANTACRUZ MAR-TINEZNOTARIO DIECISÉIS (16) ( E ) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.HAY UN SELLO *D4-8-20

EDICTOEL NOTARIO 55 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ. DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 3º DEL DECRETO LEY 902 DE 1.988EMPLAZALIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN IN-TESTADA DEL CAUSANTE: ALBEIRO OABON PARRA C.C. 79.713.087A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la sucesión Intestada del CAU-SANTE ALBEIRO PABON PARRA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 79.713.087, y falleció el día TRES (03) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018) en el Mu-nicipio del Colegio, Cundinamarca, siendo la ciudad de Bogotá D.C., lu-gar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, ante este despacho, situado en la Calle 20 C No. 97 B 26 Bogotá, DC., cuyo trámite herencial se inició con el ACTA NUMERO 01 de fecha ocho (08) de enero del año dos mil diecinueve (2019). ALEJANDRO HERNANDEZ MUÑOZNOTARIO 55 DE DEL CIRCULO DE BOGOTAHAY UN SELLO *P1-6-20R

EDICTOEL NOTARIO SEGUNDO DEL CIR-CULO DECHIA (CUNDINAMARCA)EMPLAZA:Todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite de liquidación notaria de la sucesión INTESTADA del causante ERNESTO ROMERO PARDO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 236.389; expedida en Fomequé, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Chía (Cundinamarca), quien falleció en el

municipio de Chía (Cundinamarca), el día: VEINTIUNO (21) DE ABRIÑ DE DOS MIL ONCE (2.011), para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptando el tramite res-pectivo en esta Notaria, mediante Acta Número CERO CERO CUATRO (004)de fecha quince (15) de enero de dos mil diecinueve (2.019) Para efectos del Artículo 490 del Có-digo General del Proceso y numeral 2° Del Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, modificado por el decreto 1729 de 1.989, se ordena fija el pre-sente EDICTO en un ligar público y visible de la Secretaría de la Notaria, por el termino de Diez (10) días.Hoy a los quince (15) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2.019).LUIS ALEXANDER ARIAS BETAN-COURTNOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE CHÍA CUNDINAMARCA (ENCAR-GADO)Según Resolución No 16158 de fe-cha 27 de diciembre de 2018 de la Alcaldía Municipal de Chía.HAY UN SELLO *CH1-1-20

EDICTOEL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE TUNJA EMPLAZA:A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el tramite notarial de la liquidación de herencia y de Sociedad Con-yugal de los causantes SALVADOR ESPINOSAESPINOSA e ISABEL RUIZ VDA DE ESPINOSA, quienes se identificaban en vida con Cedulas de Ciudadanía Nos. 1.590.002 y 24.016.514, respectivamente .Acep-tando el tramite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No.173 de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2018, se ordena la publicación en un periódico que tenga amplia circulación en la localidad (BOYACA 7 DÍAS, EL TIEMPO, EL ESPACIO, LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, ECT) y en una radiodifusora local (RCN, SU-PER, CARACOL, ARMONIAS, ETC) en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.El presente Edicto se fija hoy vein-tisiete (27) de Diciembre de 2.018, siendo las ocho (08.00) de la ma-ñana.El Notario Segundo:CARLOS ELIAS ROJAS LOZANONotario Segundo del Círculo de TunjaHAY UN SELLO *S5-1-20

GOBERNACIÓN DE BOYACA SE-CRETARIA DE HACIENDA UNIDAD ESPECIAL FONDO PERNSIONAL TERRITORIAL DE BOYACÁDe conformidad con lo dispuesto en la Ley 44 de 1980, Ley 100 de 1993 y articulo 212 del Código Sustantivo del Trabajo.HACE SABERQue el señor (a) PINZON PEÑA CELIO, identificado (a) con C.C. No. 1.032.886 expedida en Chiquinquirá (Boyacá), falleció el 14 de Diciembre de 1992, en Chiquinquirá (Boyacá), Que a reclamar las prestaciones económicas y sociales causadas se ha presentado el señor (a) CASTELLA-NOS DE PINSON MARIA ROSA HER-MINIA, identificado (a) con C.C. No. 23.487.887 expedida en Chiquinquirá (Boyacá) en su condición de ESPOSA.

Quienes crean tener igual o mejor derecho deben hacerlo valer ante este Fondo dentro de los treinta (30) días siguientes a la presente publicación, que se hará por DOS VECES con intervalo no menor a quince días HABILES.Tunja, a 17 Días del mes de Enero de 2019.LILIANA ROCIO OSORIO SALAZARJefe Oficina JurídicaFondo Pensional Territorial de Boyacá *S5-2-20

NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Nota-rial de la herencia intestada de la causante ELENA TORRES DE GUE-RRERO identificada con la cedula de ciudadanía número 20.072.135 expedida en Bogotá, quien falleció en la ciudad de Bogotá el día prime-ro (1) de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron pre-sentados el día veintiocho (28) de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número tres-cientos treinta y tres (333) de fecha veintinueve (29) de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3 del decreto 1729 de 1989 publí-quese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaria por el término legal de Diez (10) días. Hoy dos (2) de Enero del año dos mil diecinueve (2019) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *S1-1-20

HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NIT. 51.577.770-5 HELIA LUZ ALTAMAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) DE BOGOTÁ D.C. EDICTO EM-PLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite de la liquidación notarial de la Liqui-dación de la Herencia intestada del causante RAFAEL JOSE PINTO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 17.009.789, quien falleció a los nueve (09) días del mes de Mayo de dos mil nueve (2009), en la ciudad de Bogotá, D.C. y su último domicilio y siendo el asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, D.C. y CAMILA DEL CARMEN GUZMAN GAMA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 41.300.415, quien falleció a los tres (03) días del mes de septiembre de dos mil dieciocho (2018), en la ciudad de Bogotá, D.C., y su último domicilio y siendo el asiento princi-pal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, D.C. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta N° 044 de fecha veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018) se ordena la publicación de éste Edicto en un Periódico y en una

Radiodifusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988., ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija a los seis (06) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019) a las 8:00 a.m. LA NOTARIA, HELIA LUZ ALTA-MAR LOZANO NOTARIA CUARENTA Y SEIS (46) DE BOGOTÁ, D.C. HAY UN SELLO *R1-8-20

NOTARIA TREINTA Y NUEVE DE BO-GOTA D.C. MIGUEL ARTURO LINERO DE CAMBIL NOTARIO EDICTO COMO NOTARIO TREINTA Y NUEVE (39) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZO A todas las personas que se conside-ren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico y en una radiodifusora de amplia circulación y sintonía respectivamente, dentro del trámite notarial de la Liquidación Sucesoral conjunta de JOSE IGNACIO ROJAS CARRILLO (Q.E.P.D), identificado en vida con la cédula de ciudadanía No. 2.839.574 de Fusagasugá, fallecido el nueve (09) de mayo de mil nove-cientos ochenta y nueve (1989), de-función que fue inscrita en la Notaria treinta y tres (33) Bogotá, y CLARA BENAVIDES DE ROJAS (Q.E.P.D), identificado en vida con la cédula de ciudadanía No. 20.556.608 de Fusagasugá, fallecida el dieciocho (18) de febrero de dos mil cinco (2005), defunción que fue inscrita en la Notaria treinta y tres (33) Bogotá, siendo su ultimo domicilio la ciudad de Bogotá, D.C., aceptado el trámite en esta Notaría mediante Acta número 99 del veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciocho (2018); se ordena la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de amplia sintonía en ésta ciudad. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del Decreto 902 de 1988, se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciocho (2018); siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). CESAR RODRIGO BERMUDEZ MEDI-NA NOTARIO TREINTA Y NUEVE (E) HAY UN SELLO *R1-9-20

NOTARIA SEPTIMA (7ª) DE BOGOTA D.C. CALLE 12 B No. 8-39 INT 3,6 Y 7 TEL. 282 65 65 EMPLAZA. A todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódi-co, en el trámite de la liquidación sucesoral ALVARO JOSE SEVERICHE BARRETO quien se identificó en vida con la cedula de ciudadanía No. 5.588.253 quien falleció en Bogotá D.C el día 01 de Mayo del año Dos mil Dieciocho (2018), siendo su último domicilio y asiento principal la ciudad de Bogotá D.C., Aceptando el trámite sucesoral en esta Notaría mediante acta número 011 de fecha Dieciséis (16) de enero el dos mil diecinueve (2019); se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de Bogotá D.C. en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo tercero (3°) del Decreto Novecientos dos (902) de Mil Novecientos ochenta y ocho (1.988) ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy Dieciséis (16) de Enero del dos mil

diecinueve (2019) a las ocho (08:00 a.m.) de la mañana. LIGIA JOSEFINA ERAZO CABRERA NOTARIA SEPTIMA (7ª) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *R1-13-20

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGO-TÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá, Tele-fax: 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUIDACION DE HERENCIA Y SOCIEDAD CONYUGAL de HILARION LEON MANRIQUE (Q.E.RD.) quien en vida se identifico con la cedula de ciudadanía numero 126.207 fallecido el día Primero (01) de Febrero del año Mil Novecientos Noventa (1990), en la ciudad de Bogotá D.C, siendo esta ciudad el lugar de habitación y negocios, del causante Igualmente se informa que fue aceptado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA Y SOCIEDAD CONYUGAL en esta Notaría mediante Acta 004 de fe-cha Catorce (14) de enero de dos mil Diecinueve (2019) Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988.- Orde-nese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.- El presente EDIC-TO se fija quince (15) de enero de dos mil diecinueve (2019), siendo las 8:00 A.M. JORGE LUIS BUELVAS HOYOS NOTARIO CATORCE (14) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *R1-19-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), MARIA GUTIE-RREZ BOTERO, C.C. # 20.309.200 expedida en Bogotá, quien falleció en Bogotá D.C., el día quince (15) de Noviembre de dos mil dieciocho (2018). Aceptado el tramite suce-soral mediante Acta número CERO DOS (02) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-1-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), MARCO AURELIO RUIZ BELLO C.C. # 386.964 quien falleció en Bogotá D.C., el día trece (13) de Diciembre de dos mil seis (2006) y ANA BETULIA BELLO DE RUIZ C.C. # 20.929.397 expedida en SIMIJACA,

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 7B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 8: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

quien falleció en Bogotá D.C., el día veintiséis (26) de Octubre de dos mil catorce (2014). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número CERO CUATRO (04) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emi-sora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dis-puesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presen-te edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-2-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publica-ción del presente Edicto en el perió-dico, en el trámite notarial de la liqui-dación sucesoral del (los) señor(es), MARIA IRENE QUIJANO DE SUAREZ, C.C. # 20.647.012, quien falleció en el Municipio de Granada Meta el día quince (15) de Julio de mil novecientos noventa y nueve (1999). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta nú-mero CERO CINCO (05) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad , en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día quince (15) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-3-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), ALFONSO PACHON C.C. # 152.835 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá D.C., el día diecisiete (17) de Agosto de dos mil cuatro (2004) y MARIA SARA DE JESUS RODRIGUEZ DE PACHON C.C. # 20.142.092 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá D.C., el día veintidós (22) de Abril de dos mil trece (2013). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número CERO SEIS (06) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de cir-culación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-4-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral de la (los) señor(a)(es), LUIS VARGAS, C.C. # 1.152.092 expedida en Sogamoso, quien falleció en Bogotá D.C., el día ocho (08) de Octubre de dos mil die-ciocho (2018). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número CERO SIETE (07) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visi-ble de esta Notaría por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfi-ja el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-5-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral dela (los) señor(a)(es), ROBERTO GUTIERREZ BULLA C.C. # 395.837 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Bo-gotá D.C., el día doce (12) de Agosto de dos mil dieciséis (2016) y ANA NOEVIA DUARTE DE GUTIERREZ C.C. # 20.312.403 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá D.C., el día quince (15) de Octubre de dos mil dieciocho (2018). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número CERO OCHO (08) de fecha Enero quince (15) de dos mil dieci-nueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circu-lación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-6-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral dela (los) señor(a)(es), DARIO MORENO CANGREJO, C.C. # 79.230.346, quien falleció en Bogotá D.C., el día once (11) de Agosto de dos mil dieciséis (2016). Aceptado el tramite suce-soral mediante Acta número CERO NUEVE (09) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de cir-culación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el

artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-7-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EM-PLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral dela (los) señor(a)(es), ROSA MA-RIA PEDRAZA DE ESPAÑOL, C.C. # 20.193.470 expedida en Bogotá, quien falleció en Bogotá D.C., el día doce (12) de Septiembre de dos mil quince (2015). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número DIEZ (10) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-8-20

LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite no-tarial de la liquidación sucesoral dela (los) señor(a)(es), KAREN GABRIELA PINEDA RAMIREZ, C.C. # 1.070.976.287 expedida en Bogotá, Z quien falleció en Bogotá D.C., el día veintinueve (29) de Agosto de dos mil diecisiete (2017). Acepta-do el tramite sucesoral mediante Acta número CERO UNO (01) de fecha Enero quince (15) de dos mil diecinueve (2019), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circu-lación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día diecisiete (17) del mes de Enero de (2019), a las 8:00 A.M. OLGA MARIA VALERO MORENO NOTARIA El presente edicto se desfija el día veintiocho (28) del mes de Enero de (2019), a la 5:30 pm. HAY UN SELLO *C5-9-20

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA DÉCIMA (10ª) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. De con-formidad con el numeral 2 del artí-culo 3 del Decreto Ley 902 de 1.988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la Liquidación No-tarial de Herencia del señor JOSE HORACIO CAINA LARGO, quien en

vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 6.756.867, para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles subsi-guientes al de la última publicación en los distintos medios, ante este Despacho situado en la Avenida 100 No. 10-45 de Bogotá, D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta No. 01 - 2019 del once (11) de enero del año dos mil diecinueve (2019). Se fija a los once (11) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). LILYAM EMILCE MARIN ARCE NOTARIA DÉCIMA (10ª) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C., HAY UN SELLO *Y1-1-20

NÉSTOR OMAR MARTÍNEZ MELO NOTARIO ÚNICO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fijación del presente edicto, en un lugar visible de la Notaria o a la publicación en una radiodifusora local y en un periódico de amplia circulación nacional, en el tramite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante CELSA PE-ÑUELA (Q.E.P.D), quién en vida no tuvo identificación, y quien falleció el día ocho (08) de Junio de mil novecientos treinta y siete (1937), en el municipio de Choachi; cuyo último domicilio fue el municipio de Tabio, y asiento principal de los negocios fue el Municipio de Tabio Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, median-te acta número de fecha 2 -1-2019 de dos mil dieciocho (2018), se or-dena la publicación de este EDICTO, en cumplimiento a lo dispuesto por los decretos 902 de 1988, 1729-89 y 2651-91. El presente edicto se fija hoy, de dos mil dieciocho (2018), a las 10:00 am. EL Notario, NÉSTOR OMAR MARTINEZ MELO *S9-3-20

NOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESION de el(la-los) causante(s) JOSUE OMERO MORENO HERNANDEZ, quien en vida se identificó can la cédula de ciudadanía número 17.387.556, quien falleció en Soacha, Cundina-marca, el diecinueve (19) de agosto de dos mil tres (2.003), siendo su último domicilio la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia. Acep-tado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 228 de fecha catorce (14) de diciembre de dos mil dieciocho (2.018), se ordena la publicación de. este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible, de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciocho:(2.018). .a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNANDO CHACON OLIVEROS ( E )HAY UN SELLO *S9-4-20

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGO-TÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá Tele-fax: 2175570—2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el ter-mino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUIDACION DE HERENCIA de ROSSMARY OÑATE JARAMILLO, quien en vida se identificaba con la cédula número 41.653.732, fa-llecida el veintitrés (23) de febrero de dos mil siete (2007) en Soacha Cundinamarca, siendo ésta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios de la causante. Igualmente se in-forma que fue aceptado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA en esta Notaría me-diante Acta número ciento treinta y cuatro (134) del dieciocho (18) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988.- Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.- El presente EDICTO se fija hoy diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), siendo las 8:00 A.M. JORGE LUIS BUELVAS HOYOS NOTARIO CATORCE (14) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.. HAY UN SELLO *M1-3-20

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGO-TÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá, Tele-fax: 2175570 - 2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el ter-mino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUIDACION DE HERENCIA ACUMULADA de ISABEL GARCÍA DE MORENO Y BENEDICTO MORENO ACEVEDO, quienes en vida se iden-tificaban con las cédulas números 20.343.488 y 17.022.480, fallecidos el veinticinco (25) de noviembre de dos mil cuatro (2004) en Bogotá D.C., y el dieciséis (16) de febrero de dos mil siete (2007) en Bogotá D.C., respectivamente, siendo ésta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios de los causantes. Igualmente se informa que fue aceptado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA ACUMULADA en esta Notaría mediante Acta número cero ciento treinta y cinco (0135) del diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988- Ordé-nese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10)días.- El presente EDICTO se fija hoy dieciocho (18) de Enero de dos mil diecinueve (2019), siendo las 8:00 A.M. JORGE LUIS BUELVAS HOYOS NOTARIO CATORCE (14) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *M1-5-20

EDICTO EL NOTARIO SESENTA Y TRES DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir

para que comparezcan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de (la) (el) cau-sante (s): RAFAEL DE JESUS TAFUR GALVIS, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía No 2897612, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá, falleció el día dos (02) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), en Bogotá D.C., registrada bajo el indicativo serial número 09431520 de la Notaria novena (09) de Bogotá D,C, y GLO-RIA LUCIA PARDO DE TAFUR quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía No.28528023, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue en la ciudad de Bogotá falleció el día diecinueve (19) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), en Bogotá D.C., registrada bajo el indicativo serial número 09441091 de la Notaria Veintiséis (26) de Bogotá D.C., Se ordena la publicación de éste edicto en periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3º) del de-creto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el termino de diez (10) días. El pre-sente edicto se fija a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) a las ocho (8:00) de la mañana y durara fijado diez (10) días hábiles, ORLANDO MUÑOZ NEIRA NOTARIO SESENTA Y TRES (63) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C HAY UN SELLO *R1-29-20

INTERDICCIÓNREPUBLICA DE COLOMBIAJUZGADO VEINTIDÓS DE FAMILIA BOGOTA D.C. Carrera 7ª Nro. 12 C-23 PISO 7 Tel: 3419906 COD. POSTAL 111711 Co-rreo electrónico: [email protected]. EL JUZGADO VEINTIDÓS DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. EMPLAZA:Al presunto desaparecido, señor CARLOS ALBERTO VELASQUEZ CAM-POS, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 79.565.895, quien tuvo su último lugar de do-micilio en la ciudad de Bogotá, y a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de JURISDICCIÓN VOLUN-TARIA DE DECLARACIÓN DE MUER-TE PRESUNTA, con Radicado No. 1100131100022-2018-00283-00, instaurado a través de apoderado judicial por la señora MARÍA RO-MERIS CAMPOS DE VELASQUEZ, en su calidad de progenitora, e igualmente se previene a quienes tengan noticias del paradero sobre el presunto desaparecido para que lo comuniquen a este Juzgado a la mayor brevedad posible.En cumplimiento de lo dispuesto en el art 583 del C.G.P. numeral 2 se fija el presente edicto en lugar visible de la secretaria del Juzgado y se expiden copias del mismo para la publicación en un diario de amplia circulación nacional como El Tiempo, El Espectador, La Repú-blica o El Nuevo Siglo, así como una radiodifusora local en los términos del art 584 del C.G.P. hoy 02 AGO 2018 a las 8 a.m.DIANA AGUILAR FOREROSECRETARIAHAY UN SELLO *H1-04-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 8B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 9: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

AVISOEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ZIPAQUIRA (CUNDINAMARCA)Para los efectos legales y de confor-midad con lo dispuesto por el artículo 586 del Código General del Proceso, numeral 7.HACE SABER:En cumplimiento a lo ordenado por este Despacho mediante auto de fecha 2 de mayo de 2018, dictado dentro del proceso de la referencia, en el que se DISPUSO: PROVISIONALMENTE INTERDICTA a la señora DORA GORIN LÓPEZ nacida el veinticuatro (24) de febrero de mil novecientos treinta y ocho (1938) e identificada con la cédu-la de ciudadanía número 20.153.063, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 586 del Código General del Proceso y designo como curadora provisoria a la señora Leonor Josefina González Camargo identificada con la cédula de ciudadanía número 37.556.597.Para conocimiento del público en ge-neral, se entregan copias del presente AVISO a la parte interesada, para los efectos de su publicación por una vez en uno de los siguientes periódicos: El Tiempo, El Espectador, La Republica, El Nuevo Siglo hoy 29 MAYO 2018.El secretario,LUIS FERNANDO MELENDEZ VELEZSecretarioHAY UN SELLO *P1-3-20

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICOOFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTA D.C. CALLE 11 NO. 9-28/30 PISO 4 EDIFICIO VI-RREY SOLIS-TORRE SURLA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVER-SITARIAAVISAQue dentro del proceso de INTERDIC-CIÓN JUDICIAL (J.4) NO. 2018-0106 adelantado por la señora ELIZABETH MARTINEZ MUÑOZ, mediante senten-cia proferida por el Juzgado Cuarto de Familia de Bogotá el 26 de noviembre de 2018, se decretó la interdicción judicial definitiva por discapacidad mental absoluta de CESARIA MUÑOZ NOVA identificado (a) con cedula de ciudadanía No. 41.509.408 expedida en Bogotá, quien queda privado (a) de administrar los bienes que tenga o llegare a tener.En consecuencia, se designó como Guardador (a) Principal de la interdicta a ELIZABETH MARTINEZ MUÑOZ iden-tificado (a) con cedula de ciudadanía No. 1.032.465.531 expedida en Bogo-tá, quien tendrá a su cargo el cuidado del interdicto y la administración de los bienes que tenga o llegare a tener. Y como Guardador (a) Suplente a LILIANA MARÍA MUÑOZ NOVA iden-tificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51.588.284 expedida en Bogotá.Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P., se pu-blica el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 14 JAN 2019.JENNIFER ANDREA CARDONA TELLESProfesional Universitaria.HAY UN SELLO *P1.2.20

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICOOFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTA D.C. CALLE 11 NO. 9-28/30 PISO 4 EDIFICIO VI-RREY SOLIS-TORRE SUR TEL: 3417589LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVER-SITARIAAVISAQue dentro del proceso de INTERDIC-CIÓN JUDICIAL (J.20) NO. 2017-0167 (J. 25°) adelantado por la señor (a) a MARÍA STELLA BARRERA DE VESGA,

mediante sentencia proferida por el Juzgado de Familia de Bogotá el 03 de julio de 2018, y por la Juez Tercera de Familia de Ejecución de Sentencias de Bogotá en autos de fechas 28 de Septiembre y 20 de noviembre de 2018, se declaró en interdicción por discapacidad mental absoluta a ANA ELVIRA MORENO DE BARRERA iden-tificado (a) con cedula de ciudadanía No. 20.863.262 expedida en Quipile (Cundinamarca), quien queda privado (a) de administrar los bienes que tenga o llegare a tener.En consecuencia se designó como CURADOR (A) de la interdicto (a) a la señora LIDA MARINA BARRERA MO-RENO identificado (a) con cedula de ciudadanía No. 41.600.529, expedida en Bogotá, quien tendrá a su cargo el cuidado de la interdicta y la admi-nistración de los bienes que tenga o llegaré a tener.Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P., se publi-ca el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 30 NOV 2018.JENNIFER ANDREA CARDONA TELLESProfesional Universitaria.HAY UN SELLO *P1-10-20

REPUBLICA DE COLOMBIARAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C.Calle 11#9-28/30 Piso 4 Edictos Virrey Solís Torre Sur Tel: 3417589EDICTOLA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVER-SITARIAEMPLAZA A:Todos aquellos que se crean con el derecho al ejercicio de la guarda del interdicto (a), señor (a) SANDRA LILIANA MACHUCA BONILLA identi-ficado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.087.242, según lo ordenado por auto de fecha 05 de Diciembre del 2018, proferido por el Juez Segundo de Familia de Ejecución de Sentencias de Bogotá, al interior del proceso de Remoción de Guardador (a) bajo la ra-dicación No. 2010-0823, proveniente del Juzgado 9° de Familia de Bogotá.Para los fines legales que trata el numeral 3° del art. 579 del C.G. del P., en concordancia con el articulo 395 ibídem, la citación, mediante emplazamiento, de quienes se crean con derecho al ejercicio de la guarda de incapaz, se fija el presente EDICTO por el término legal en la Oficina de Apoyo para los Juzgados de Familia de Ejecución de Sentencias de Bogotá, informando que el trámite se adelanta en el Juzgado Segundo de Familia de Ejecución de Sentencias de Bogotá. Para el efecto se expiden copias para su publicación en un periódico de alta circulación EL TIEMPO, EL ESPECTA-DOR, EL NUECO SIGLO, Y LA REPÚBLI-CA, el día de hoy 19 DEC 2018.Atentamente,JENNIFER ANDREA CARDONA TELLESPROFESIONAL UNIVERSITARIAHAY UN SELLO *J1-3-20

REPUBLICA DE COLOMBIARAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C.Calle 11#9-28/30 Piso 4 Edictos Virrey Solís Torre Sur Tel: 3417589LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVER-SITARIO DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTA, D.C.AVISAQue dentro del proceso de INTER-DICCIÓN JUDICIAL con radicado No.

2016-0665 adelantada por el señor (a) MARTHA NUBIA LIZARAZO BARREIRO, mediante sentencia del 22 de Mayo del 2018, proferida por el Juez Séptimo (7°) de Familia de Bogotá, ( quien co-nocía del presente asunto), decreto la interdicción por Discapacidad Mental Absoluta de FABIAN STEVEN OCHOA LIZARAZO, entendiéndose que queda privado de administrar y disponer de sus bienes que tenga o llegare a tener.Como consecuencia de lo anterior, se designó como Curador (a) Legitimo (a) Principal de la interdicto (a) el señor (A) MARTHA NUBIA LIZARAZO BARREIRO y como curador (a) legitimo (a) Su-plente a el señor (a) OMAR OCHOA GOMEZ, quienes tendrá a su cargo el cuidado personal del interdicto, velará por su bienestar y administrara sus bienes y los que llegaré a tener.Para fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P., se publica el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 11 DEC 2018.Atentamente,JENNIFER ANDREA CARDONA TELLESPROFESIONAL UNIVERSITARIOHAY UN SELLO *B2-1-20R

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICOOFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTA D.C. CALLE 11 NO. 9-28/30 PISO 4 EDIFICIO VI-RREY SOLIS-TORRE SUR TEL: 3417589LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVER-SITARIAAVISAQue dentro del proceso de INTERDIC-CIÓN JUDICIAL NO. 2017-0203 (J. 25°) presentado por el señor (a) a MARÍA DE JESÚS GUEVARA FONSECA el Juez 25° de Familia de Bogotá, mediante sentencia de 26 de julio de 2018, dentro del proceso de la referencia, en la que se declaró la interdicción por discapacidad mental absoluta de DO-LORES FONSECA DE GUEVARA identifi-cado (a) con cedula de ciudadanía No. 24.186.548 ordenando oficiarle a fin de que se sirva inscribirla en los folios correspondientes, entendiéndose que no tiene libre administración de sus bienes.Se le designó como CURADOR (A) PRINCIPAL del interdicto (A) a MARIA DE JESUS GUEVARA FONSECA identifi-cado (a) con cedula de ciudadanía No. 41.797.604, quien tendrá a su cargo la administración de los bienes del inter-dicto, y como CURADOR (A) SUPLENTE del interdicto (a) ANA MARÍA GUE-VARA FONSECA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 41.718.576Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P., se pu-blica el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 11 DEC 2018.JENNIFER ANDREA CARDONA TELLESProfesional Universitaria.HAY UN SELLO *B2-3-20

JUZGADO CUARTO DE FAMILIAEDICTOLA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGA-DO CUARTO DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLIMAEMPLAZA:A todos los parientes por las líneas materna y paterna de la PRESUNTA INTERDICTA ADRIANA PATRICIA DEVIA HERNANDEZ, identificada con la C.C. No. 38.140.256 que estén interesados a intervenir con relación la GUARDA y CUIDADO de los bienes de la presente interdicta. En el proceso de INTER-DICCIÓN JUDICIAL que adelantan las señoras HERMINDA HERNANDEZ RIOS identificada con la c.c. No. 38.250.417 y SONIA HERNANDEZ identificada con la c.c. No 65.777.452, en calidad

de madre y hermana, radicado bajo el número 73001-31-10-004-2018-00478-00 para que se presenten al Despacho a hacer las manifestaciones que consideren del caso, conforme al Auto admisorio de fecha 7 de Noviem-bre de 2018.Para darle cumplimiento a lo estableci-do en el Numeral Tercero del Articulo 586 Ibidem. Se fija el presente aviso en la Secretaria del Juzgado, expidiendo copia para su publicación en un diario de amplia circulación nacional como El Tiempo, El Espectador, La Republica o El Nuevo Siglo.EDNA ISABEL RODRIGUEZ GOMEZSecretaria *I2-2-20

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICI-NA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SEN-TENCIAS DE BOGOTÁ D.C. Calle 11 # 9 - 28 / 30 Piso 4 Edificio Virrey Solís Torre Sur Tel: 3417589 LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVERSITARIA AVISA Que dentro del proceso de INTER-DICCIÓN JUDICIAL No. 2016 - 0854 (3°) presentado por el señor(a) a NORBY ROCIO MORENO GRANA-DOS el Juez 3° de Familia de Bogotá, mediante sentencia de fecha 12 de Julio del 2018, declaró la interdicción por discapacidad mental absolu-ta de MERY GRANADOS LINARES identificado(a) con cédula de ciuda-danía No. 41.671.941 de Bogotá, en-tendiéndose que no tiene libre admi-nistración de sus bienes. Se le designó como GUARDADOR(A) LEGÍTIMO(A) PRINCIPAL del interdicto(a) a NOR-BY ROCIO MORENO GRANADOS identificado(a) con cédula de ciu-dadanía No. 52.884.125 de Bogotá, quien tendrá a su cargo la adminis-tración de los bienes del interdicto, y como GUARDADOR(A) LEGÍTIMO(A) SUPLENTE del interdicto(a) a DIEGO ALEXANDER MORENO GRANADOS identificado(a) con cédula de ciuda-danía No. 80.852.521 de Bogotá. Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G P. se pública el presente AVISO en un diario de am-plia circulación nacional, hoy 05 OCT. 2018 JENNIFER ANDREA CARDONA TELLES PROFESIONAL UNIVERSITARIAHAY UN SELLO *M2-4-20

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO TERCERO DE FA-MILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. Carrera 7 No 12 C -23 Piso 3 Edificio Nemqueteba LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. AVISA Al público en general que, dentro del procesos de INTERDICCIÓN, radicado en el Juzgado bajo el nú-mero 11001311000320170032000 promovido a través de apoderado, por BLANCA ALEIDA HERNÁNDEZ, en sentencia de fecha 26 de octubre de 2018, SE DECRETÓ LA INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSO-LUTA de la señora BLANCA CECILIA HERNÁNDEZ (BLANCA CECILIA HER-NÁNDEZ DE GIL) identificada con la cédula de ciudadanía No 20.136.957 de Bogotá, y se designó como GUAR-DADOR LEGÍTIMO Y PRINCIPAL al señor ANTONIO JOSÉ GIL HERNÁN-DEZ identificado con la Cédula de Ciudadanía Número 19.369.925 da Bogotá, y como guardadora suplen-te y legítima a SANDRA EMPERATRIZ GIL HERNÁNDEZ, identificada con la C. C. No 35.474.717, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 8º del artículo 42 de la ley 1306 de 2009 y 586 del C.G.P., numeral 7º La Secretaria LIVIA TERESA LAGOS PICO *R1-2-20

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZ-GADOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C. Calle 11 # 9-28 /30 Piso 4 Edificio Virrey Solís Torre Sur Tel: 3417589 LA SUSCRITA PROFESIONAL UNI-VERSITARIA AVISA Que dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL No. 2018 - 0212 (J.28°) Presentado por el señor(a) a JOSÉ RICARDO CHÁVEZ BENÍTEZ el Juez 28° de Familia de Bogotá, mediante sen-tencia de fecha 06 de Diciembre del 2018, dentro del proceso de la referencia, en la que se declaró la interdicción por discapacidad men-tal absoluta de CAROLINA CHÁVEZ BENÍTEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.047.127, ordenando oficiarle a fin de que se sirva inscribirla en los folios correspondientes, entendiéndose que no tiene libre administración de sus bienes. Se le designó como GUARDADOR(A) PRINCIPAL del interdicto(a) JOSÉ RICARDO CHÁVEZ BENÍTEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.691.514, quien tendrá a su cargo la administración de los bienes del interdicto y como GUARDADOR(A) SUPLENTE del interdicto(a) JOSÉ REINEL CHÁVEZ BENÍTEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 80.849.987. Para los fines previstos en el numeral 7° del artículo 586 del C.G.P se pública el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 15 JAN 2019 JENNIFER ANDREA CARDONA TELLES PROFESIONAL UNIVERSITARIAHAY UN SELLO *R1-18-20

AVISO JUDICIAL LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA EN ORALIDAD DE BOGOTA D.C. HACER SABER: Que este Despacho Judicial en auto del diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018), decretó la INTERDICCION PROVISORIA de LICENIO CORREA BLANDON quien se identifica con la cédula de ciu-dadanía No. 17.066.976 y designó como CURADORA PROVISORIA a su compañera permanente UBALDI-NA ALVARADO quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 20.529.674. De conformidad con lo establecido en el numeral 7 del Art. 586 del C.G.P. se fija el presente avi-so en un lugar visible de la secretaria del Juzgado y se expide copia para su correspondiente publicación, hoy 03 DIC. 2018 SANDRA PATRICIA PERDOMO GALINDO SecretariaHAY UN SELLO *M1-1-20

JUZGADO TERCERO DE FAMILIA EN ORALIDAD Carrera 7ª No. 12C-23 Piso 3 Telefax 2863247 EDICTO LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCE-RO DE FAMILIA EN ORALIDAD DE BOGOTA HACE SABER: Dentro del proceso de INTERDICCION iniciado en favor de JUAN DAVID APARI-CIO MORA, con radicación No. 1100131100032018 00743 00, el 24 de octubre de 2018, se dictó auto en el que dice “.. se dispone: 1. DECRE-TAR la INTERDICCIÓN PROVISORIA de JUAN DAVID APARICIO MORA. 2. Designar como curador provisorio a su mamá, KANDY LORENA MORA ALONSO, a quien se le dará posesión en el cargo. 3. Inscribir la presente decisión, en las oficinas encargadas del registro civil de nacimiento del enfermo. OFICIESE. 4. Notificar al público por aviso, el decreto de interdicción provisoria, en uno de los periódicos LA REPUBLICA, EL ESPECTADOR, o EL NUEVO SI-

GLO.... NOTIFÍQUESE. El Juez ABEL CARVAJAL OLAVE. Para los efectos indicados en el artículo 586 numeral 6 del C.G. del P., en concordancia con el art. 42 de la ley 1306 del 2009, se fija el presente Edicto en lugar público de la secretaria del Juzgado por el término de ley, hoy 07 DIC 2018 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.)., se expiden copias para su publicación La Secretaria, LIVIA TERESA LAGOS PICOHAY UN SELLO *M1-2-20

REMATESAVISO DE REMATE:EL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ORALIDAD DE ARAU-CA (ARAUCA)HACE COSNTAR:Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR radicado bajo el No. 2006-00013-00, adelantado por ADOLFO LEON ANGARITA ANGA-RITA contra ELSY STELLA CARO DE MANOSALVA Y OTROS (Herederos de AUGUSTO EFRAIN MANOSALVA ROJAS), se ha señalado la hora de las 2:00 P.M., del día Tres (03) de Abril del año dos mil diecinueve (2019), para llevar a cabo diligencia de REMATE.La licitación comenzara a las dos de la tarde y no se cerrara sino después de haber transcurrido por lo me-nos una (01) hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo por ser PRIMERA licitación, previa consignación del porcentaje legal del 40%.EL BIEN INMUEBLE A REMATAR ES EL SIGUIENTE:Inmueble distinguido con la Nomen-clatura Urbana Calle 27 No. 20-59 63, del barrio Miramar de la ciudad de Arauca-Arauca, Matricula catas-tral No. 010100590005000, Matri-cula inmobiliaria No. 410-20253 de la oficina de instrumentos Públicos de Arauca. El predio se encuentra determinado por los siguientes linderos: Oriente con la propiedad del señor PABLO COLMENARES en extensión de 30 metros; por Occi-dente con propiedad de la señora BARBARA TOVAR, en extensión de 30 metros; por el Norte con Calle 27 en extensión de 16,16 metros y por el sur con terreno del municipio en extensión de 16,78 metros y encie-rra en un área aproximada de 500 metros. El inmueble anteriormente identificado, se trata de una casa que consta de 2 plantas, la primera planta consta de una bodega grande que tiene como acceso a ella 1 puer-ta de aluminio y vidrio en 2 hojas, y dentro de ella se encuentra 1 baño enchapado con sus respectivos accesorios, para llegar a la segunda planta se cuenta con dos escaleras una interna y otra externa de grani-to, la escalera externa tiene como accedo a ella una puerta ventana en aluminio y vidrio. La segunda planta cuenta con 2 ventanales de aluminio y vidrio, y dos ventanas pequeñas en aluminio y vidrio. Esta segunda planta la mitad de la pared sobre todo el costado sur es en aluminio y vidrio al igual que la puerta interna de la segunda planta. El inmueble está construido en los siguientes materiales el piso de la bodega es en cemento rustico, y el piso del salón es en retal de már-mol y la plancha del segundo poso es de cemento y sobre esta retal de mármol. Los muros de ladrillo quemado, empañetados y pintados. El segundo piso tiene cielo raso en icopor. El inmueble construido tiene 10 metros de frente por 15 metros de fondo. El inmueble cuenta con

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servicio eléctrico, alcantarillado y acueducto.Precio para la subasta es la suma de $ CIENTO SESENTA Y UN MILLI-NES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS Y UN OESOS CON CINCO CENTAVOS M/C ($161.464.771.5), equivalente al 50% del valor comercial del bien inmueble, (valor comercial de $ 322.929.543.00); el señor PABLO ANTONIO SARMIENTO secuestre del bien inmueble a rematar, se en-cuentra ubicado en la dirección de Urbanización Villa María Manzana C Casa 10 del municipio de Arauca, Celular 3102427947.Se fija el presente AVISO en lugar público de la Secretaria del JuzgadoALVARO GUILLERMO HIDALGOSecretarioHAY UN SELLO *C4-3-20

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO 2 CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN SENTENCIAS DE BOGOTÁ BOGOTÁ D.C. AVISA AL PÚBICO Que en el proceso EJECUTIVO HIPOTE-CARIO No. 2001-1418 DEL BANCO GRANAHORRAR, contra LUIS FER-NANDO MALAGON NUÑEZ y MARIA MARGARITA CASAS BUITRAGO que cursa en el juzgado 02 de Ejecución Civil Circuito de Bogotá (Juzgado de origen 12 civil del circuito de Bogotá) Se ha dictado auto de fecha 8 de Noviembre de 2018, que señala la hora de las 11:30 A.M. del 5 de Febrero de 2019, para efectos de llevar a cabo la diligencia de rema-te de los derechos de cuota en un cincuenta por ciento (50%) del bien inmueble embargado, secuestrado y debidamente avaluado dentro del proceso de la referencia y descrito así: Se trata de los derechos de cuota en un cincuenta por ciento (50%) de un inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No 50C -1242205, cédula catastral No. A 80 112F 2 17, ubicado en la carrera 112F No.80-85, interior 2 apartamento 401 de Bogotá. Actúa como secuestre el señor SAI ALEJAN-DRO ARCOS PEREZ quien puede ser ubicado en la carrera 7 No. 12B-65 de Bogotá, teléfono 312 50 36539. El cincuenta por ciento (50%) de los derechos de cuota del predio identi-ficado anteriormente se encuentra avaluados en la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS (84’744.000). Será postura admisi-ble la que cubra el setenta (70%), del avalúo dado al bien, previa consignación del 40% del mismo a órdenes del juzgado, conforme a lo’ reglado por el artículo 448 del Códi-go General del proceso La licitación comenzará el día y hora señalada. Lo anterior para dar cumplimiento a lo normado en el artículo 452 del C. G. del P. Y se expide hoy 17 de Enero de 2019 siendo las 8 A.M., para su publicación. ELSA MARINA PAEZ PAEZ Secretaria *C2-3-20

AVISO DE REMATE JUZGADO TERCE-RO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN BOGOTÁ D.C Cra. 10 #14-33, Piso 1 Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR número 2010-1328 de LINDA ANDREA OSPINA contra CONS-TRUCTORA CARIBE PLAZA S.A. que se adelanta en dicho juzgado, se profirió auto de fecha quince (15) de Enero de 2019 por medio del cual señaló: 1. DILIGENCIA DE REMATE EN PUBLICA SUBASTA: Para el día 12 de Febrero del año 2019 a las Once de la Mañana (11:00 AM) llevar a cabo DILIGENCIA

de REMATE en PUBLICA SUBASTA del siguiente(s) bien(es) embargado(s), secuestrado(s) y avaluado(s). 2. INMUEBLE: Ubicado bajo la nomen-clatura urbana de la avenida Carrera 13 No. 181-10 CENTRO COMERCIAL PANAMA P.H. (CATASTRAL DG 182 No. 20-91) LOCAL 132E; e identifica-do con folio de matrícula inmobiliaria 50N-20260763, cuyos linderos y cabidas se encuentran establecidos en el certificado de tradición y liber-tad. 3. TOTAL DEL AVALÚO: DIECI-NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTAMIL MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($19’450.500 M/Cte). 4. PROCESO: EJECUTIVO SINGULAR número: radicado 2010-1328, en el JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓNE BOGOTÁ. Ubicado en Cra. 10 # 14-33 Piso 1° Ejecución. 5. SECUESTRE: Señor LUIS ENRIQUE TO-RRES VASQUEZ, quien recibe notifica-ciones en la Carrera 9 # 14-36 Oficina 305 de Bogotá. Celular 3124430111 6. LA LICITACIÓN: Comenzará el día y hora señalados, y no cerrara sino después de haber transcurridos una (1) hora; siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo dado al (a los) bien(es), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del valor del mismo, a órdenes del JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE BOGO-TÁ D.C. y para el presente proceso, en los términos de los ART. 451 Y 452 del Código General Del Proceso. Lo ante-rior en cumplimiento de los efectos legales indicados en el artículo 450 del Código General del Proceso. Se expida la presente, hoy 17 de Enero de 2019. *R1-26-20

TITULO VALORINFORMACIÓN PARA EL AVISO POR PERDIDA DE CDTYo MARIA DE LOS ANGELES VILLA-MIL VALENCIA identificado con C.C. número 23490894, notifico al públi-co en general y/o interesados, que en la ciudad de Bogotá y mediante los trámites previstos en el artículo 398 del Código General del Proceso solicito la cancelación y reposición del siguiente Titulo Valor expedido por el BANCO CAJA SOCIAL, el cual se encuentra en estado de Extravió. El titulo Valor cuenta con las siguien-tes características:Titular (es): MARIA DE LOS ANGELES VILLAMIL VALENCIADocumento (s) de identidad: 23490894Dirección Oficina Sede del Título Valor: CL 54 F SUR 94 18 LOCAL 160Tipo de Titulo Valor: CDTN ú m e r o d e l T í t u l o Va l o r : 25500832862Fecha de Apertura: 11/10/2019Fecha de Vencimiento: 11/04/2019Fecha de Renovación: 11/01/2019Plazo: 90 díasValor de Apertura: 25.000.000Por lo anterior se solicita al público abstenerse de efectuar cualquier operación comercial con el Titulo Valor objeto del presente aviso. Si alguien se opone a esta publicación por favor presentarse a la Oficina Sede del Título Valor enunciado. *P1-8-20

Departamento de Cundinamarca Municipio de Tenjo

DECRETO No 064 DE 2018 (Agosto 9 de 2018) POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA LA LIQUIDACIÓN Y EL PAGO DEL EFECTO PLUSVALIA PARA CADA UNO DE LOS PREDIOS LOCALIZADOS EN LA ZONA OBJETO DEDICHA PARTICIPACIÓN Y SE DE-

TERMINA LA PARTICIPACIÓN CON BASE EN EL PORCENTAJE APROBADO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE TENJO CUNDINAMARCA El alcalde municipal de Tenjo Cundinamarca en uso de sus atribuciones Consti-tucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 136 de 1994, el artículo 81 de la Ley 388 de 1997 ley 716 de 2001, ley 901 de 2004, y,CONSIDERANDO Que el artículo 82 de la Constitución Política de 1991, dispone que las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común, en los siguientes términos.ARTICULO 82. Es deber del Estado velar por la protección de la inte-gridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común. Sic. Que los artículos 73 y subsiguientes de la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones.” desarrollan la par-ticipación de las entidades públicas en las plusvalías generadas por las acciones urbanísticas, regulando los hechos generadores, el proceso de estimación para cada uno de ellos, el rango en el que puede fijarse por parte de los Concejos Municipales el porcentaje de participación, el procedimiento para calculo y liqui-dación, los momentos de exigibili-dad y cobro, las formas de pago y la destinación de los recursos, entre otros aspectos como se indica. CAPITULO IX. PARTICIPACION EN LA PLUSVALIA “ARTICULO 73. NOCION. De con-formidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la Constitución Polí-tica, las acciones urbanísticas que regulan la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano incrementan-do su aprovechamiento, generan beneficios que dan derecho a las entidades públicas a participar en las plusvalías resultantes de dichas acciones. Esta participación se des-tinará a la defensa y fomento del interés común a través de acciones y operaciones encaminadas a dis-tribuir y sufragar equitativamente los costos del desarrollo urbano, así como al mejoramiento del espacio público y, en general, de la calidad urbanística del territorio municipal o distrital. Los concejos municipales y distritales establecerán mediante acuerdos de carácter general, las normas para la aplicación de la par-ticipación en la plusvalía en sus res-pectivos territorios”. Que el Decreto Nacional 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, Sic reglamenta en su título 5, Capitulo 1, artículos 2.2.5.1.1. y siguientes, aspectos relacionados con la estimación y liquidación de la participación en plusvalía en los procesos de urbani-zación y edificación de inmuebles, precisando temas relacionados con el procedimiento de cálculo y pago del efecto plusvalía. Que la anterior normativa se desarrolla en detalle en la resolución 620 de 2008, “Por la cual se establecen los procedi-mientos para los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997.” Sic expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Que

mediante el Acuerdo Municipal 010 de 2014 se adoptó la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Tenjo, incorporándose en su artículo 152 la participación del efecto plusvalía como un instrumento de financia-ción de los proyectos y programas del plan, y especificándose nue-vamente los hechos generadores (artículo 154), el procedimiento general para su estimación y liquida-ción (artículo 155), y la destinación de los recursos recaudados por este concepto (artículo 156). En relación con la estimación y liquidación del efecto plusvalía, el artículo 155 del acuerdo 010 de 2014 dispuso: “Artículo 155. ESTIMACIÓN Y LIQUI-DACIÓN DEL EFECTO PLUSVALÍA. En consideración a que a través del presente Acuerdo se adoptan acciones urbanísticas que regulan la utilización del suelo y el espacio aéreo, con las cuales se generan beneficios a los propietarios debido al incremento en su aprovechamien-to, el Municipio estimará el efecto plusvalía, como resultado de cada uno de los hechos generadores a que haya lugar, de entre aquellos definidos en el Artículo 74 de la Ley 388 de 1997 y liquidará la participa-ción correspondiente a cada predio. Para estimar el efecto plusvalía, el Municipio realizará, en primera instancia, los estudios dirigidos a establecer, identificar y cuantificar los predios en donde se configura alguno o algunos de los hechos generadores de plusvalía.En segunda instancia y, a partir del número de predios afectados por hechos generadores, el Municipio procederá a estimar el efecto en cada predio y a liquidar el mismo de acuerdo a la tasa de participación imputable, previamente adoptada por el Concejo Municipal.” Sic.Que mediante el Acuerdo Municipal 025 de 2017 (7 de Diciembre) “Por el cual se modifica y se compilan las normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones”, el Concejo Municipal de Tenjo reguló los aspectos relacionados con el cobro del tributo, estableciendo de manera particular sus atributos principales; hecho generador, sujeto pasivo, base gravable para cada uno de los hechos generadores, tarifas, y momento de exigibilidad y cobro, así como el procedimiento de liquida-ción, formas de pago y destinación de los recursos recaudados. Que en relación con la liquidación del efecto plusvalía, el artículo 196 del precita-do Acuerdo Municipal 025 de 2017 establece: ARTÍCULO 196. DE LA LI-QUIDACIÓN DEL EFECTO PLUSVALÍA. Con base en la determinación del efecto plusvalía por metro cuadrado calculado por el IGAC o por perito privado para cada zona o subzona objeto de la participación, el señor Alcalde a través de la Secretaría de Hacienda y en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes, a la causa-ción del efecto plusvalía en relación con cada uno de los inmuebles ob-jeto de la misma aplicará las tasas correspondientes, de conformidad con lo autorizado por el Concejo Municipal. A partir de la fecha en que la Administración Municipal disponga de la liquidación del monto de la participación correspondiente a todos y cada uno de los predios be-neficiados con las acciones urbanís-ticas, contará con un plazo de treinta (30) días hábiles para expedir el acto administrativo que la determina, y

para notificarlo a los propietarios o poseedores, para lo cual procederán mediante tres (3) avisos publicados en el periódico regional de mayor circulación en la región, así como a través de edicto fijado en la sede de la alcaldía correspondiente. Contra estos actos de la administración procederá exclusivamente el recurso de reposición dentro de los térmi-nos previstos para el efecto en el Código Contencioso Administrativo. PARÁGRAFO 1. A fin de posibilitar a los ciudadanos en general y a los propietarios y poseedores de inmuebles en particular disponer de un conocimiento más simple y trans-parente de las consecuencias de las acciones urbanísticas generados del efecto plusvalía, el Departamento Administrativo de Planeación divul-gará el efecto plusvalía por metro cuadrado para cada una de las zonas o subzonas geoeconómicas homo-géneas beneficiarias. PARAGRAFO 2. El municipio podrá exonerar del co-bro de la participación en plusvalía a través de acto administrativo, a los inmuebles destinados a vivienda de interés social prioritario establecido en el POT y adelantado por el muni-cipio, el cual deberá trasladar dicho beneficio a los compradores de tales viviendas. PARAGRAFO 3. No estarán obligados a la declaración y pago de la participación en plusvalía, los predios de propiedad de Municipio (Administración Central, Estableci-mientos Públicos, Empresas Indus-triales y Comerciales del Estado y entidades descentralizadas), así como los predios de propiedad de la Nación y el departamento ubi-cados en jurisdicción del municipio Tenjo, que sean destinados a la construcción de infraestructura para la prestación de servicios de salud, educación, bienestar social, recrea-ción, cultura, deportes, vivienda y servicios públicos domiciliarios. Sic.Que así mismo, el artículo 193 del Acuerdo 025 de 2017 esta-bleció como tasa de participación del efecto plusvalía el cuarenta por ciento (40%) del mayor valor por metro cuadrado, y dispuso que la tasa de participación sería uniforme al interior de las zonas geoeconómicas homogéneas, y las variaciones entre dichas zonas solo podrían darse cuando se constatara mediante estudios debidamente sustentados, que ello no causaría distorsiones en factores como las calidades urbanísticas y las condiciones socioeconómicas de los hogares propietarios de los in-muebles, la renta de los beneficios derivados de la valorización para los propietarios de la tierra, o la dinámica del desarrollo de distintas zonas del municipio. Que en cumplimiento de las disposi-ciones señaladas en los consideran-dos anteriores, la Alcaldía Municipal de Tenjo solicitó al doctor Julio Cesar Gómez Sandoval, identificado con cédula de ciudadanía No.19.487.683 y Tarjeta profesional de Arquitecto No. 25700-28656 mediante oficio No. 379 de fecha 29 de Febrero de 2016, adelantar el procedimiento de cálculo y determinación del efecto plusvalía por efecto de las acciones urbanísticas adoptadas en el Acuerdo Municipal 010 de 2014 “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Municipal – POT del Municipio de Tenjo, CundinamarcaQue en mérito de lo expuesto y en cumplimiento, y concordancia de los mandatos contenidos en las normas referidas anteriormente:

DECRETA:ARTÍCULO 1. Liquidar el efecto plusvalía generado por las acciones urbanísticas contenidas en el Acuer-do Municipal 010 de 2014 “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Munici-pal – POT del Municipio de Tenjo, Cundinamarca” en relación con cada uno de los inmuebles objeto de la misma, de conformidad con los avalúos y cálculos realizados por el profesional JULIO CESAR GÓMEZ SANDOVAL, identificado con cédula de ciudadanía No.19.487.683 y Tarjeta profesional de Arquitecto No. 25700-28656, y establecer el monto de la participación en plus-valía por metro cuadrado con base en la tarifa del 40% establecida en el Acuerdo Municipal 025 de 2017 del Municipio de Tenjo.PARÁGRAFO UNICO: Área objeto de la participación en plusvalía. De conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 388 de 1997, el número total de metros cuadrados que se considerará objeto de la par-ticipación en la plusvalía será, para el caso de cada inmueble, igual al área total del mismo destinada al nuevo uso o mejor aprovechamiento, descontada la superficie correspon-diente a las cesiones urbanísticas obligatorias para el espacio público de la ciudad, así como el área de eventuales afectaciones sobre el in-mueble en razón del plan vial u otras obras públicas, las cuales deben estar contempladas en el plan de ordenamiento o en los instrumentos que lo desarrollen. ARTÍCULO 2. De-terminar la liquidación de la partici-pación en plusvalía en el Municipio de Tenjo (Cundinamarca), por las acciones urbanísticas que generen un mayor aprovechamiento de acuerdo con el artículo anterior de conformidad como se determina en la información contenida en el listado anexo No. 1.ARTÍCULO 3. De conformidad con lo establecido el parágrafo segundo (2) del artículo 196 del acuerdo 025 de 2017, se exonera del cobro de la participación en plusvalía a los inmuebles destinados a vivienda de interés social o prioritario estable-cidos en el Plan de Ordenamiento Territorial y adelantados por el Municipio de Tenjo, y se traslada dicho beneficio a los compradores de tales viviendas. ARTÍCULO 4. Para proceder al cobro del tributo la Secretaría de Hacienda actualizará el monto de la participación en plusvalía que se liquida en este de-creto, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme lo establece el pa-rágrafo 2 del artículo 79 de la Ley 388 de 1997. ARTÍCULO 5. La parti-cipación en plusvalía que se liquida en el presente acto administrativo sólo será exigible en el momento en que se presente para el propietario o poseedor del inmueble una de las situaciones que se establecen en el artículo 194 del Acuerdo 025 de 2017 del Municipio de Tenjo, siendo estas: a. Cuando se solicite licencia de Urbanización o de Construcción, aplicable para el cobro de la parti-cipación en la plusvalía generada por cualquiera de los hechos ge-neradores de que trata el artículo 74 de la Ley 388 de 1997. En el caso de predios ya licenciados y con posibilidades de ampliación, el efecto plusvalía para el respectivo inmueble podrá recalcularse, apli-cando la tasa de participación por metro cuadrado al número total de metros cuadrados adicionales obje-

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to de la licencia correspondiente. b. Cuando se trate del cambio efectivo de uso del inmueble, aplicable para el cobro de la participación en la plusvalía generada por la modifi-cación del régimen o zonificación del suelo. c. En actos que impliquen transferencia del dominio sobre el inmueble, aplicable al cobro de la participación en la plusvalía de que trata los numerales 1 y 3 del artículo 74 de la Ley 388 de 1997. d. Mediante la adquisición de títulos valores representativos de los de-rechos adicionales de construcción y desarrollo, en los términos que se establecen en el artículo 88 y siguiente a la Ley 388 de 1997. PA-RÁGRAFO ÚNICO: Actualización del efecto plusvalía. Para la expedición del formato o recibo para el pago de la participación en plusvalía, a solicitud por parte del obligado, y una vez tengan lugar cualquiera de los momentos de exigibilidad enunciados anteriormente, la Secretaría Municipal de Hacienda expedirá el recibo de pago, en el cual se ajustará el monto de la par-ticipación en plusvalía de acuerdo con la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), a partir del momento en que quede en firme el acto de la liquidación de la participación, conforme con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 79 de la Ley 388 de 1997. ARTÍCULO 6. De conformidad con el artículo 199 del Acuerdo Muni-cipal 025 de 2017, la participación en la plusvalía podrá pagarse al municipio, mediante una de las siguientes formas: a.- Efectivo b. - Transfiriendo al municipio, o a una de sus entidades descentralizadas, una porción del predio objeto de la misma, de valor equivalente a su monto. Esta forma sólo será proce-dente si el propietario o poseedor, llegan a un acuerdo previo con la Administración sobre la parte del predio que será objeto de la trans-ferencia, para lo cual la Administra-ción Municipal tendrá en cuenta el avalúo que hará practicar por IGAC o por peritos privados debidamente contratados para tal efecto. c. - El pago mediante la transferencia de una porción del terreno podrá canjearse por terrenos localizados en otras zonas de área urbana, ha-ciendo los cálculos de equivalencia de los valores correspondientes.d. -Reconociendo formalmente al Municipio o a una de sus entidades descentralizadas un valor acciona-rio o un interés social equivalente a la participación, a fin de que el Municipio adelante conjuntamente con el propietario un programa o proyecto de construcción o ur-banización determinado sobre el predio respectivo. e. - Mediante la ejecución de obras de infraes-tructura vial, de servicios públicos domiciliarios, áreas de recreación y equipamientos sociales, para la adecuación de asentamientos urbanos en áreas de desarrollo in-completo o inadecuado, cuya inver-sión sea equivalente al monto de la plusvalía, previo acuerdo con la Administración Municipal acerca de los términos de ejecución y equiva-lencia de las obras proyectadas. f.- Mediante la adquisición anticipada de títulos valores representativos de la participación en la plusvalía liquidada, en los términos previstos en el artículo 88 y siguiente de la Ley 388 de 1997. En los eventos de que tratan los numerales b y d se reconocerá al propietario o poseedor un descuento del cinco

por ciento (5%) del monto liqui-dado. En los casos previstos en el numeral f se aplicará un descuento del diez por ciento (10%) del mis-mo. Las modalidades de pago de que trata este artículo podrán ser utilizadas alternativamente o en forma combinada. ARTÍCULO 7. De conformidad con el artículo 200 del acuerdo 025 de 2017 del Municipio de Tenjo Cundinamarca, el produc-to o destinación de la participación en la plusvalía a favor del Municipio de Tenjo se destinará a los siguien-tes fines: a.- Compra de predios o inmuebles para desarrollar planes o proyectos de vivienda de interés social y/o prioritario. b.- Construc-ción ejecución de obras de infraes-tructura vial, de servicios públicos domiciliarios, áreas de recreación y equipamientos sociales para la adecuación de asentamientos ur-banos en condiciones de desarrollo incompleto o inadecuadoc.- Ejecución de proyectos y obras de recreación, parques y zonas verdes y expansión y recuperación de los centros y equipamientos que conforman la red del espacio públi-co urbano. d.- Fomento de la crea-ción cultural y al mantenimiento del patrimonio cultural del municipio, mediante la mejora, adecuación o restauración de bienes inmuebles catalogados como patrimonio cultural. ARTÍCULO 8. Notificar el presente acto administrativo a los propietarios o poseedores de los inmuebles objeto de la participa-ción en plusvalía mediante tres (3) avisos publicados en ediciones dominicales de periódicos de am-plia circulación en el municipio, así como a través de edicto fijado en la sede de la Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el artículo 81 de la Ley 388 de 1997. ARTÍCULO 9. Para fines de publicidad frente a terceros, una vez en firme el pre-sente acto administrativo se deberá remitir a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para su correspondiente inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria de cada uno de los inmuebles objeto de esta. ARTÍCULO 10. Contra el presente Decreto procede exclusi-vamente el recurso de reposición dentro de los términos previstos en los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Adminis-trativo y de lo Contencioso Adminis-trativo – Ley 1437 de 2011 – y en consonancia con las disposiciones contenidas en los artículos 81 y 82 de la Ley 388 de 1997.Dado en el Municipio de Tenjo a los nueve (9) días el mes de agosto de 2018NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚM-PLASE; JUAN GABRIEL GOMEZ CAMPOSAlcalde Municipal Tenjo Cundi-namarcaElaborado por: Firma Nombre: Dr. Diego Armando Laverde G. Aboga-do Asesor DAP Fecha: 09/08/2018 Revisado por: Firma Nombre: Arq. Andrés Arturo Pabón Lora Dr. Oswaldo Díaz Pérez Abogado Ase-sor Ing. German Orlando Moreno Asesor Director Departamento Administrativo de Planeación Fe-cha: 09/08/2018 Aprobado por: Firma Nombre: Arq. Andrés Arturo Pabón Lora Director Departamento Administrativo de Planeación Fe-cha: 09/08/2018ANEXO 1 DECRETO 064 DE 2018Cedula Catastral 00-00-0001-0031-000 Propietario IGAC 2018 LOPEZ BULLA JOSE-HORACIO Direccion IGAC – 2018 JARANA matrícula

Inmobiliaria 50N-7160240 0 - 0 0 - 0 0 0 1 - 0 0 3 2 - 0 0 0 L O -PEZ * JOSE-HORACIO LA LUCHA 00001241393660018500-00-0001-0033-000 SAUR-FUN-DACION-SABUDURIA-UNIVERSA EL CARAJO 50N-450415 ; 00-00-0001-0034-000 LOPEZ RAMIREZ BAUDILIO SANTO DOMINGO SIN DATOS 00-00-0001-0035-000 LO-PEZ RAMIREZ BAUDILIO EL ENCAN-TO 50N-22116500-00-0001-0036-000 PALACIOS PALACIOS LUCILA EL RUBI 50N-95152000-00-0001-0037-000 GRUPO-EMPRESARIAL-SAN-PABLO-SAS LOTE 20003424041B590000 ; 00-00-0001-0038-000 SANTOS CARDOZO RICARDO VILLA CAPRI 10005636170A700000 ; 00-00-0001-0039-000 TORRES SEGURA RICARDO-TADEO LOTE 4B APO-SENTOS 50N-20091458 ; 00-00-0001-0344-000 GAMA DIAZ PABLO-ENRIQUE LOTE 4A 50N-20109188; 00-00-0001-0345-000 SUAREZ BARAJAS LUZ-STELLA LOTE 3 LOS ANGELES 50N-20091457 ; 00-00-0001-0346-000 GONZALEZ MORA JOSE-ROBERTO LOTE 2 CAPRI 50N-20549415; 00-00-0001-0347-000 OROZCO FORERO LUIS-FELIPE-SANTIAG LOTE 1 LA MARIA 50N-2009145500-00-0001-0437-000 ESTRADA PELAEZ FELIPE SANTANA 50N-360181; 00-00-0001-0499-000 MO-RENO CRUZ MARGOTH LOTE 1 50N-20284341; 00-00-0001-0500-000 MORENO CRUZ ANA-ROSA LOTE 2 50N-20284342; 00-00-0001-0501-000 MORENO CRUZ JORGE-ISAAC LOTE 3 50N-20284343; 00-00-0001-0502-000 MORENO CRUZ MARCO-TULIO LOTE 4 50N-20284344; 00-00-0001-0677-000 OROZCO FORERO TRINIDAD-DE-LOS-ANG LOTE 1 MARIANA 50N-20549414; 00-00-0008-0090-000 MUNICIPIO-DE-TENJO CALIBAN 50N-66110; 00-00-0008-0093-000 INVERSIONES BERNAL ARDILA LTDA SAUSALITO CUATRO 50N-29379; 00-00-0008-0094-000 GUTIERREZ MATALLANA JULIA-ISMENIA CAMELLON 6 PTE 50N-2026041800-00-0008-0096-000 GUTIERREZ MATALLANA JULIA-ISMENIA LOTE 4 EL CAMELLON 50N-578127; 00-00-0008-0097-000 CHOCONTA CASTILLO MARIA-DEL-ROSAR EL ENCANTO 50N-130782; 00-00-0008-0099-000 GONZALEZ ZAPATA CARMEN-MARINA EL BANCO 50N-20095497; 00-00-0008-0100-000 RAMOS PULIDO JOSE-ARIEL SAN JOSE 50N-118503; 00-00-0008-0101-000 RAMOS PULIDO JOSE-ARIEL SANTO TOMAS 50N-646129; 00-00-0008-0105-000 FORERO CASAS MARIA-CONSTANZA SAN MIGUEL 50N-360650; 00-00-0008-0106-000 HEREDIA ZABALETA JOSE-NIBARDO LA CABANA 50N-459583; 00-00-0008-0108-000 FORERO VEGA ANA-JOSEFINA LA CRUZ 50N-20087197; 00-00-0008-0109-000 CASAS FORERO ELSA-AMANDA LA ESPERANZA 50N-1084126; 00-00-0008-0110-000 FORERO GONZALEZ CARLOS-SPENCER LOTE 1 50N-20535468; 00-00-0008-0186-000 SANABRIA PARDO ANA-CLARA LA ESPERANZA 50N-497559; 00-00-0008-0200-000 CAMACHO VERA JOSE-TITO ARIZONA 50N-594983; 00-00-0008-0241-000 INSAUSTI OLARIAGA JOSE-RAMON FANAYA SIE LOTE 1 50N-20221016; 00-00-0008-0275-000 MUNICIPIO-DE-TENJO EL RECTANGULO 50N-20535394; 00-00-0008-0276-000 QUIROGA GRACIA MARCO-EMILIO

EL PALOMAR 50N-1087937; 00-00-0008-0369-000 GONZALEZ * GONZALO LA CABANA 50N-20095499; 00-00-0008-0370-000 RAMOS PULIDO JOSE-ARIEL EL RECUERDO 50N-20095498; 00-00-0008-0434-000 GONZALEZ ZAPATA CARMEN-MARINA EL PORVENIR 50N-20253654; 00-00-0008-0445-000 CAMPOS LUQUE JESUS-MI-GUEL JAVIELA 10001310430762; 00-00-0008-0446-000 GUTIERREZ LUQUE GERMAN LOTE 2 PARTE CAMELLON 7 50N-20206465; 00-00-0008-0526-000 REYES PORTE JOSE-EULOGIO VILLA ANGELICA 50N-20358750; 00-00-0008-0527-000 REYES PORTE MARIA-DEL-ROSARIO LA ESPERANZA 50N-20358749; 00-00-0008-0848-000 M U N I C I P I O - D E- T E N J O A R EA AMPLIACION VIA TIPO V-9 50N-20661412; 00-00-0008-0849-000 QUIROGA GRACIA MARCO-EMILIO LOTE 2 50N-20535469; 00-00-0008-0856-000 CHOCONTA CASTILLO MARIA-DEL-ROSAR EL DESCANSO 50N-697848; 00-00-0008-0858-000 SUAREZ VIEDA YAQUELINE LOTE A SANTA ANA 50N-20674252; 00-00-0008-0859-000 BEJARANO PENUELA CARLOS-ALFONSO EL REFUGIO 50N-20674253; 00-00-0009-0222-000 FERNANDEZ BU-LLA MARIA-CECILIA LA ARMENIA 050-39484; 00-00-0009-0234-000 CHOCONTA CASTILLO MARIA-DEL-ROSAR EL PALMAR LAS PISINAS 50-85069; 00-00-0009-0235-000 INVERSIONES-BERNAL-ARDILA-LTDA CAMELLON NUMERO CINCO 50-85069; 00-00-0009-0377-000 INVERSIONES-BERNAL-ARDILA-LTDA CAMELLON #6 PTE SAUSALI 050-1111517; 00-00-0009-0518-000 CHOCONTA CASTILLO MARIA-DEL-ROSAR VILLA YAMILETH 50N-1221301; 00-00-0009-0941-000 RAMIREZ GOMEZ BERNARDO-LEON LA VEGA DE LOS CANARIOS 050-20560167; 00-00-0001-0040-000 SOCIEDAD-BIMBO-DE-COLOM-BIA-S.A EL RANCHO 50N-639768; 00-00-0001-0052-000 MUNICI-PIO-DE-TENJO SANTA SOFIA 50N-46672189; 00-00-0001-0053-000 BULLA PALACIOS NATALIA SANTA BARBARA 100001000125240000; 00-00-0001-0054-000 MUNICIPIO-DE-TENJO EL PRADO 50N-373889; 00-00-0001-0055-000 MUNICIPIO-DE-TENJO FRAN SILVANIA 50N-1004391; 00-00-0001-0056-000 MUNICIPIO-DE-TENJO LA NAVETA 50N-95151989; 00-00-0001-0065-000 VIVIENDAS-PREFABRICADAS-LTDA LA ESPERANZA 50N-1031975; 00-00-0001-0065-000 VIVIENDAS-PREFABRICADAS-LTDA LA ESPE-RANZA 50N-1031975; 00-00-0001-0074-000 MULTIPROYECTOS-S-A EL DESCANSO 50N-20056497; 00-00-0001-0901-000 RODRIGUEZ PEREZ MANUEL-HERNANDO AREA RES-TANTE 50N-20607215; 03-00-0006-0001-000 PANAMCO-INDEGA-S-A Lo 050-20161517; 03-00-0006-0001-000 PANAMCO-INDEGA-S-A Lo 050-20161517; 00-00-0008-0087-000 MATALLANA GUTIERREZ BEATRIZ SANTA ISABEL SIN DATOS; 00-00-0008-0210-000 MAHECHA RODRIGUEZ ISMAEL SAN MARTIN 50N-676565; 00-00-0008-0211-000 FORERO * WILLIAM-JOSE VILLA ANGELICA LOTE 2 50N-20502898; 00-00-0008-0237-000 LOPEZ TI-BAQUIRA ADRIANA SAN CAMILO 50N-782263; 00-00-0008-0238-000 SIERRA RUIZ MYRIAM EL CORTIJO 50N-757901; 00-00-0008-0240-000 MAHECHA RODRIGUEZ NESTOR SANTA ELENA 50N-794485; 00-00-0008-0308-000 ARIZA MAHECHA

ELENA Sin Direccion 50N-210395;00-00-0008-0311-000 CARRILLO TIBAQUIRA CAROLINA EL ENCANTO 50N-1083598; 00-00-0008-0382-000 MAHECHA RODRIGUEZ DAGOBERTO VILLA TERESA 50N-20174677; 00-00-0008-0396-000 BOLANOS PULIS-TAR DORIS-LILIANA SAN PEDRO 50N-20193007; 00-00-0008-0410-000 GALVIS CASIANO MATILDE BUENAVISTA 50N-20226418; 00-00-0008-0473-000 REY GONZALEZ GILBERTO-EMILIO LOTE EL RUBY 50N-20282115; 00-00-0008-0489-000 GALVIS MORALES MARIA-ANGELICA LOTE 50N-20306189; 00-00-0008-0490-000 TIBAQUI-RA AREVALO HERNAN-JESUS SIN DIRECCION 50N-20263825; 00-00-0008-0530-000 PENUELA * WILLIAM-ALFREDO LOTE 1 50N-20362894; 00-00-0008-0577-000 BULLA CASTANEDA YULY ANDREA LOTE 4 50N-20385858; 00-00-0008-0722-000 FORERO FORERO GUILLERMO LOTE 6 50N-20456106; 00-00-0008-0724-000 CATOLICO QUEMBA CENAIDA LOTE 50N-20456106; 00-00-0008-0837-000 RAMIREZ LOPEZ WISNTON-ALBEIRO LOTE 50N-20607510; 00-00-0008-0838-000 CANO MARTINEZ DIEGO-RAFAEL LOTE 4 50N-20607512; 00-00-0008-0851-000 TIBAQUIRA AREVALO YOLANDA LOTE 50N-20671854; 00-00-0008-0852-000 CANO MARTINEZ ALEXANDRA LOTE 03 50N-20607511; 00-00-0008-0857-000 GONZALEZ ARENAS MARO-ALBERTO LOTE 5 50N-20483447; 00-00-0008-1155-000 FORERO TIBAQUIRA WILLIAM-AN-DRES VILLA GLORIA 50N-20567538; 00-00-0009-0239-000 CUADROS ROMERO MARIA-JOSEFINA SANTA INES 50-85069; 00-00-0009-0488-000 ARCHILA NEIRA MAURICIO LOTE 1 50-118400724000000; 00-00-0009-0620-000 RODRIGUEZ LADINO LUISA-MARINA LOTE 1C 50N-20212429; 00-00-0009-0647-000 RAMIREZ RAMIREZ HECTOR-ALFONSO EL CUCHARO 50N-478514; 00-00-0001-0072-000 TELLEZ ROJAS GLORIA-ESPERANZA LOTE 1 50N-20077851; 00-00-0001-0085-000 MAQUITOP-S-A EL TE-SORO 50N-1183253; 00-00-0001-0270-000 GALVIS PALACIOS JAIME LA ESPERANZA 50N-20857373; 00-00-0001-0277-000 PALACIOS ROJAS CONCEPCION FECON 50N-1106501; 00-00-0001-0340-000 CRUZ GONZALEZ MARIELA LOTE 2 EL DESCANSO 50N-20077852; 00-00-0001-0341-000 PINZON SEVILLA JOSE-ALFREDO LOTE 3 50N-20077853; 00-00-0001-0342-000 CRUZ GONZALEZ MARIELA LOTE 4 50N-2007785400-00-0001-0473-000 LEON OROZ-CO ISABEL LOTE 1 50N-20168931; 00-00-0001-0474-000 LEON OROZ-CO ISABEL LOTE 2 50N-20168932; 00-00-0001-0475-000 BASTO GAL-VIS NELLY LOTE 4 50N-20168934; 00-00-0001-0476-000 LEON OROZ-CO ISABEL LOTE 5 50N-20168935; 00-00-0001-0495-000 LEON BU-LLA ANA-FRANCISCA LOTE 3 50N-20168933; 00-00-0001-0496-000 CHAPARRO MALDONADO MELBA-YESMIT LOTE 6 50N-20168936; 00-00-0001-0497-000 TENJO * JUAN-DE-JESUS LOTE 1 50N-20534472; 00-00-0001-0498-000 PADILLA SANCHEZ FILEMON LOTE 8 50N-20168938; 00-00-0001-0612-000 CASASBUENAS * JOSE-HERNAN-DO EL NARANJO 50N-20304742; 00-00-0001-0675-000 BULLA OROZCO LISIMACO LOTE 2 50N-20534473; 00-00-0001-0742-000

TENJO * JUAN-DE-JESUS VIA DE ACCESO PEATONAL PRIVADA 50N-20607215; 00-00-0001-0743-000 BASTO GALVIS NELLY LOTE 50N-20607215; 00-00-0008-0081-000 INVERSIONES-Y-CONSTRUCCIONES-A-& SAN JAVIERCITO 50N-517691; 00-00-0008-0088-000 MATALLANA GUTIERREZ BEATRIZ SANTA ISABEL SIN DATOS; 00-00-0001-0076-000 MULTIPROYECTOS-S-A EL DES-CANSO 50N-209485; 00-00-0001-0077-000 BARRETO PARRA VICTOR-HENRY SAN LUIS 50N-954914; 00-00-0001-0079-000 LEON BER-NAL ROSALBA LOTE 5 CABANA 50N-338407; 00-00-0001-0310-000 CORREA TORRES MARYBEL LOTE A1 50N-20607216; 00-00-0001-0600-000 SERVICIOS-AGRICOLAS-J-B-SAS LOTE 1 RANCHO SAN JUAN 50N-20338403; 00-00-0001-0601-000 LEON BERNAL ANA-GRACIELA LOTE 2 SAN FERNANDO 50N-20338404; 00-00-0001-0602-000 LEON BER-NAL JORGE-ENRIQUE LOTE 3 SAN ANTONIO 50N-20338405; 00-00-0001-0603-000 LEON SUAREZ JOSE-FRANCISCO LOTE 4 SAN RAFAEL 50N-20338406; 00-00-0001-0644-000 SERVICIOS-AGRICOLAS-J-B-SAS LOTE 50N-20344902; 00-00-0001-0693-000 H-V-INTERNATIONAL-SERVICES-SAS-LOTE A2 50N-20607211; 00-00-0001-0694-000 SILVA GOMEZ DORA-VITELMA LOTE A3 50N-20607215; 00-00-0001-0695-000 TORRES CORREA DIOSE-LINALOTE A4 50N-20607215; 00-00-0001-0696-000 TORRES CORREA DIOSELINA LOTE A5 50N-20607215; 00-00-0001-0697-000 CORREA TORRES PEDRO-MANUEL LOTE A6 50N-20607215; 00-00-0001-0698-000 CORREA TORRES GLADIS-CRISTINA LOTE A7 50N-20607215; 00-00-0001-0699-000 CASALLAS LOPEZ JOSE-DE-JESUS LOTE A8 50N-20607215; 00-00-0008-0608-000 SALAZAR POVEDA MARIA-VITELIA LOTE 2-3 50N-20456106; 00-00-0008-0611-000 VARGAS TRIVINO ABEL LOTE 2-6 50N-20456106; 00-00-0008-0612-000 ARANZALES GONGORA SANDRA-MILENA LOTE 2-7 50N-20456106; 00-00-0008-0614-000 GUANUMEN PACHECO HUGO-GERMAN LOTE 2-9 50N-20456106; 00-00-0008-0615-000 MUNICIPIO-DE-TENJO LOTE 2-10 50N-20456106; 00-00-0008-0616-000 CORREA NEIRA HERNAN-AL-FONSO LOTE 2-11 50N-20456106; 00-00-0008-0617-000 CORREA NEIRA HERNAN-ALFONSO LOTE 2-12 50N-20456106; 00-00-0008-0618-000 CORREA NEIRA HER-NAN-ALFONSO LOTE 2-13 50N-20456106; 00-00-0008-0619-000 PINEDA VARGAS LUIS-FERNANDO LO 2-14 50N-20456106; 00-00-0008-0902-000 LIEVANO GOMEZ CARLOS-ALBERTO LOTE A AP301 In 3 50N-20664948; 00-00-0008-0905-000 LUQUE NINO LUZ-DARY LOTE A AP304 In 3 50N-20664948; 00-00-0008-0906-000 SANTANA CORTES MARICELLA LOTE A AP401 In 3 50N-20664948; 00-00-0008-0910-000 NAVARRETE LUQUE GER-MAN-ORLANDO LOTE A AP101 In 4 50N-20664948; 00-00-0001-0016-000 ACUNA TENJO LUIS-ALBERTO EL SAUZ 050-20280926; 00-00-0001-0081-000 OROZCO FORERO JOSE-ISIDRO LOTE 4 50N-20321435, 00-00-0001-0082-000 VASQUEZ FORERO CARMENZA LOTE 5 50N-20137047; 00-00-0001-0205-000 RAMIREZ RUBIO ANTONIO-JOSE EL SALITRE 50N-441993, 00-00-0001-0208-000 SOCIEDAD-URIBE-GOMEZ-Y-COMPANIA-S LA MER-CED 050-0125356; 00-00-0001-

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 11B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES

Page 12: CLASIFICADOS / JUDICIALES WEEK · se emplazan a todas las personas naturales ejecutivo de alimentos daniela michell zapata robayo hector julio zapata zapata 24 de octubre y 5 de diciembre

0209-000 GONZALEZ ZABALETA ALEJANDRO-SANTA LA TACHUELA 50N-20420917; 00-00-0001-0213-000 GIL TAMAYO BERNARDO-ALFONSO EL SALITRE 050-354973; 00-00-0001-0214-000 GIL TAMAYO BERNARDO-ALFONSO EL SALITRE 050-915150; 00-00-0001-0216-000 FORERO VASQUEZ MARIA-AMPARO EL CEDRO 50N-2015133; 00-00-0001-0218-000 CARVAJAL * NEL-SON SAN DIEGO 050-0974086-77; 00-00-0001-0220-000 PALACIOS GALVIS MARIA-ROSALIA-RAQ EL ANGULO 100050514981620000; 00-00-0001-0221-000 GALVIS FO-RERO JORGE EL ANGULO DARIEN 50N-1195914; 00-00-0001-0222-000 VILLAMIL CALDERON GLORIA-HILDA SAN PEDRO 50N-387956; 00-00-0001-0223-000 SOCIEDAD-INVERSIONES-LA-PUNTA-LTD SAN-TA TERESA 50N-1161105; 00-00-0001-0240-000 ACUNA LEON MARIA-BRIGIDA LA ESPERANZA 050-0482661;00-00-0001-0248-000 CORNEJO SERRANO JUAN-PABLO LOTE 1B 50N-20256107;00-00-0001-0271-000 MUNOZ GIL MYRIAM-AURORA EL REFUGIO 050-1007624; 00-00-0001-0272-000 GONZALEZ OVALLE TANIA-GERMANOVNA EL TREN 50N-120774; 00-00-0001-0272-000 GONZALEZ OVALLE TANIA-GERMANOVNA EL TREN 50N-120774; 00-00-0001-0293-000 SOCIEDAD-INVERSIONES-LA-PUN-TA-LTD VILLA PAOLA 50N-1161106; 00-00-0001-0324-000 GUERRERO PULIDO CARLOS-ANDRES LOTE 3 50N-20360603; 00-00-0001-0325-000 DUQUE RODRIGUEZ DELFIN LOTE 2 50N-20360602; 00-00-0001-0326-000 PULIDO DUQUE BLANCA-LILIA LOTE 1 50N-20360601; 00-00-0001-0425-000 FORERO AVELLANEDA LUZ-STELLA LOTE 1 VITELMA 50N-20222007; 00-00-0001-0436-000 OROZCO FORERO JESUS-MANUEL LOTE 5 50N-1193649; 00-00-0001-0507-000 AMAYA DIAZ GERTIE LOTE 3 50N-20289219; 00-00-0001-0515-000 FORERO AVELLANEDA MARIA-VITELMINA LOTE 4 50N-20230461; 00-00-0001-0516-000 MANJARREZ MERCADO IRINA-PATRICIA LOTE 2 50N-20230456; 00-00-0001-0517-000 RIVERA GOMEZ MARIA-DOLORES LOTE 3 50N-20230458; 00-00-0001-0518-000 FORERO AVELLANEDA ELVA-DE-JESUS-M LOTE 6 50N-20230463; 00-00-0001-0534-000 AMAYA DIAZ GERTIE EL CARRIEL Y LA TAPA 50N-20308796; 00-00-0001-0594-000 COMBUSTI-BLES-EQUIPOS-Y-SERVICIOS LOTE 2 50N-20250736; 00-00-0001-0595-000 CORNEJO VILLATE GUSTAVO LOTE 3C 50N-20256110; 00-00-0001-0596-000 COOPTENJO-LTDA LOTE 3A 50N-20256108; 00-00-0001-0597-000 ARIAS GALINDO HERSILIA-ESTHER LOTE 1A 50N-20256106; 00-00-0001-0598-000 PULIDO ROJAS BERNARDO LOTE 3B 50N-20256109; 00-00-0001-9001-000 BOGOTA-OCCIDENTE-SAS LOTE DOS 50N-20607215; 03-00-0006-0001-000 PANAMCO-INDE-GA-S-A Lo 050-20161517; 00-00-0008-0044-000 CORREA NEIRA LUIS-RAMIRO C 3 7 43 50N-20561809;00-00-0008-0048-000 CORREA GA-CHANCIPA OLGA-MARIA LOTE 1A 50N-20361363; 00-00-0008-0548-000 CORREA LUQUE EMMA-JULIA LOTE 2 50N-20361364; 00-00-0008-0549-000 GACHANCIPA CORREA LILIANA LOTE 3 50N-20361365; 00-00-0008-0557-000 LA-CUMBRE-

LUBRICANTES-Y-COMBUSTIB LOTE 34 CONJUNTO RESIDENCIAL LA C 50N-20430156; 00-00-0008-0605-000 IGLESIA-CRISTIANA-DE-LOS-TESTIGOS LOTE 1-19 Y 1-20 50N-20456106; 00-00-0008-0606-000 MONSALVE SAAVEDRA RICARDO C 3 7 21 LOTE 1-21 50N-20456106; 00-00-0008-0643-000 BULLA IN-FANTE JOSE-LEONARDO LOTE 2 50N-20456106; 00-00-0008-0725-000 GONZALEZ HILARION LUIS-ENRIQUE LOTE 1 CONJUNTO; RE-SIDENCIAL LA CU 50N-20456106; 00-00-0008-0726-000 GONZALEZ HILARION LUIS-ENRIQUE LOTE 2 CONJUNTO RESIDENCIAL LA CU 50N-20456106;00-00-0008-0727-000 GONZALEZ HILARION LUIS-ENRIQUE LOTE 3 CONJUNTO RESIDENCIAL LA CU 50N-20456106; 00-00-0008-0728-000 GACHANCIPA CORREA JOSE-GABRIEL LOTE 4 CONJUNTO RE-SIDENCIAL LA CU 50N-20456106; 00-00-0008-0729-000 GACHAN-CIPA CORREA JOSE-GABRIEL LOTE 5 CONJUNTO RESIDENCIAL LA CU 50N-20430127; 00-00-0008-0730-000 GACHANCIPA CORREA JOSE-GABRIEL LOTE 6 CONJUNTO RE-SIDENCIAL LA CU 50N-20430128; 00-00-0008-0731-000 GACHAN-CIPA CORREA JOSE-GABRIEL LOTE 7 CONJUNTO RESIDENCIAL LA CU 50N-20430129; 00-00-0008-0771-000 GACHANCIPA CORREA JOSE-GABRIEL VIAS PUBLICAS 50N-20430170; 00-00-0008-0798-000 SANTANA ORTIZ SIERVO LOTE C 24 50N-20561790; 00-00-0008-0799-000 CORREA NEIRA HERNAN-AL-FONSO LOTE C 25 50N-20561791; 00-00-0008-0800-000 GOMEZ TORO NESTOR LOTE C 26 50N-20561792; 00-00-0008-0801-000 CORTES TRIANA CARLOS-ARMAN-DO LOTE C 27 50N-20561793; 00-00-0008-0802-000 CANO MEDINA HENRY LOTE C 28 50N-20561794; 00-00-0008-0803-000 SANCHEZ PRIETO MIGUEL-ANTONIO LOTE C 29 50N-20561795; 00-00-0008-0804-000 SANCHEZ PRIETO MI-GUEL-ANTONIO LOTE C 30 50N-20561796; 00-00-0001-0202-000 MAHABAR-S.A SAN RAFAEL 2 50N-20576686; 00-00-0001-0669-000 RUBIANO CONTRERAS JAIRO-ANTONIO SANTA ROSITA 50N-20511824; 00-00-0007-0018-000 QUIROGA BOJACA GILMA-ELENA LA ESPERANZA 50N-588930; 00-00-0007-0019-000 PAEZ OROZCO CESAR-AUGUSTO SAN ISIDRO 50N-565741; 00-00-0007-0021-000 RO-MERO * LUIS-CARLOS SANTA ROSA 50N-20325121; 00-00-0007-0022-000 MURIEL SOLORZANO ANA-MARIA LA ILUSION 50N-1115242; 00-00-0007-0024-000 ZAPATA ZAPATA GRACIANO ALPIRE 50N-252620; 00-00-0007-0025-000 FERNANDEZ ZAPATA MARIA-CECI-LIA EL CAMELLON 50N-66110; 00-00-0007-0026-000 CUBILLOS CU-BILLOS GERARDO-HUMBERT SAN PEDRO 10003364810A671949; 00-00-0007-0031-000 PATINO TOVAR SAMUEL-EDUARDO PATIO BONITO 50N-515781; 00-00-0007-0040-000 TIBAQUIRA GRANADOS BLANCA-LEONOR SAUSALITO 5 50N-84516; 00-00-0007-0054-000 REYES VILLAMIZAR CARLOS-JULIAN EL FUTURO 50N-959869; 00-00-0007-0055-000 RODRIGUEZ JIMENEZ ANA-VICTORIA CAROLINA ANDREA 50N-319599; 00-00-0007-0056-000 MEDINA ACOSTA MARTHA-INES SAN ISIDRO II 50N-20192626; 00-00-0007-0060-000 ROMERO * EFRAIN-GUILLERMO SANTA AMALIA 50N-20325120;

00-00-0008-0082-000 HERNANDEZ HERNANDEZ BATUEL BUENAVISTA 50N-678903; 00-00-0008-0083-000 ZAPATA SILVA MARIA-ELVIRA LA ELVIRA 50N-743642; 00-00-0008-0085-000 MATALLANA GU-TIERREZ BEATRIZ SANTA ISABEL 50N-20342484; 00-00-0008-0209-000 HERNANDEZ HERNANDEZ BATUEL LOS ALISOS 50N-678909; 00-00-0008-0274-000 GARCIA SARMIENTO MARIA-SIXTA SIDONIA 50N-751735; 00-00-0008-0650-000 MUNICIPIO-DE-TENJO LOTE A 50N-20456106; 00-00-0009-0198-000 ROMERO FORERO JOSE-LINO LA FLORIDA 050-107208; 00-00-0009-0199-000 ROMERO FORERO JOSE-LINO EL REGALO 050-44671; 00-00-0009-0200-000 PULISTER ARTEAGA SEGUNDO-JULIO EL SAUS 050-566390; 00-00-0009-0201-000 MATALLANA URBINA LUIS-ANTONIO LA CONCEPCION 050-461844; 00-00-0009-0202-000 FORERO QUIJANO HUGO-HERNAN SAUSALITO 6 050-49288; 00-00-0009-0383-000 CAMACHO ZAPATA JOSE-BENEDICTO LA DALIA 050-461644; 00-00-0008-0839-000 NARINO * GRACIELA LOTE 2 50N-20558297; 00-00-0009-0235-000 INVERSIONES-BERNAL-ARDILA-LTDA CAMELLON NUMERO CINCO 50-85069; 00-00-0009-0238-000 ROMERO CUADROS ALONSO SAN-TA ISABEL 50-85069; 00-00-0009-0239-000 CUADROS ROMERO MARIA-JOSEFINA SANTA INES 50-85069; 00-00-0009-0240-000 ROMERO CUADROS ALONSO SAN-TA ANA 50-85069; 00-00-0009-0241-000 CUADROS ROMERO MARIA-JOSEFINA SANTA ROSA 50-85069; 00-00-0009-0242-000 ROMERO CUADROS ALONSO SAN-TA CECILIA 50-85069; 00-00-0009-0269-000 YAZO MARTINEZ JULIA-ELVIRA SAN IGNACIO LA UNION 50-85069; 00-00-0009-0271-000 YAZO GARCIA MARIA-ALEJANDRI-NA LA AMAPOLA 50-85069; 00-00-0009-0272-000 CORTES YAZO JASBLEIDI-YASMIN EL PORVENIR 50-85069; 00-00-0009-0274-000 ASOVITRADETE-ASOCIACION-DE-VIVIEN EL JARDIN DE COLOM-BIA50-8506900-00-0009-0276-000 PULIDO RAMOS FLORA-MARIA EL RECREO 50-85069; 00-00-0009-0277-000 RAMOS PULIDO JOSE-ARIEL SAN CARLOS 50-85069; 00-00-0009-0278-000 INDUSTRIAS-BACATA-LTDA SAN RAFAEL 50-85069; 00-00-0009-0279-000 PALOMARES CASTIBLANCO JOSE-VICENT VILLA ALFONSO 50-85069; 00-00-0009-0280-000 SEGURA RODRIGUEZ BELEN EL RETEN 50-85069; 00-00-0009-0281-000 HERNANDEZ AZA BLANCA-GRACIELA SANTA ROSA 50-85069; 00-00-0009-0284-000 PULIDO LOPEZ ANA-LUZ VARSOVIA 050-352168; 00-00-0009-0285-000 PALOMARES CASTIBLANCO LUIS-JORGE LOTE 2 50N-20598576; 00-00-0009-0382-000 SOTO RO-DRIGUEZ AMBROSIO EL OCA-SO 50N-490434; 00-00-0009-0394-000 ROMERO PALOMARES MARIA-DOLORES VILLA NUEVA 50N-69121; 00-00-0009-0504-000 BULLA RODRIGUEZ IVAN-EDUAR-DO FLORILANDIA 50N-121208;00-00-0009-0536-000 INFAN-TE ULLOA FREDY SAN CARLOS 50N-10978; 00-00-0009-0537-000 INFANTE ULLOA JAVIER SAN JAVIER 50N-20110977; 00-00-0009-0628-000 ALARCON ALONSO DAGO-ANTONIO SERVIDUMBRE 50N-357867; 00-00-0009-0629-

000 INFANTE ULLOA ELDA-MARIA SANTA MARTA 50N-20246266; 00-00-0009-0895-000 CARRILLO GON-ZALEZ JOSE-HUMBERTO EL EDEN 50N-20322004; 00-00-0009-0942-000 TORRES VILLAREAL JULIO-ARMANDO LOTE 50N-20598575; 00-00-0008-0160-000 ANCIZAR BOLLAND KATHERINE EL RECREO 2 50N-820819; 00-00-0008-0495-000 CRUZ RAMIREZ ROSA-MARIA VILLA ROSA SIN DATOS;00-00-0008-0497-000 ANCIZAR BOLLAND KATHERINE EL RECREO 1 050-2009652700-00-0008-0498-000 MORENO FAJARDO MARTHA-LUCIA CE-RRO DE LA CRUZ 50N-530427; 00-00-0008-0571-000 DUQUE CUESTA HAIDY YURIBA SUANY 50N-20368726; 00-00-0008-0572-000 LOPEZ GARCIA BENILDA TIGUACE 50N-20368260;00-00-0005-0478-000 INVERSIO-NES-EL-BAMBU-LTDA Sin Direccion 50N-20135631; 00-00-0005-0478-000 INVERSIONES-EL-BAMBU-LTDA Sin Direccion 50N-20135631;00-00-0005-0133-000 MARQUEZ BOJACA SILVIA EL PORVENIR 200026801967530000; 00-00-0005-0171-000 INSTITUTO-NA-CIONAL-DE-FOMENTO-MUN EL PORVENIR 50N-460139; 00-00-0005-0172-000 INFANTE CAMPOS MARIA-GRACIELA SN JORGE 50N-1083490; 00-00-0005-0173-000 INFANTE CAMPOS MARIA-GRACIE-LA SAN MANUEL 1007008224B58; 00-00-0005-0174-000 CLARO CAS-TILLA MARIA-CONSUELO SAN MIGUEL 50N-20517094; 00-00-0005-0175-000 PINZON CAS-TRO ISABEL-CRISTINA EL MILAGRO 50N-607879; 00-00-0005-0176-000 MARQUEZ FORERO VICTOR-JULIO EL REFU-GIO Y LA GLORIA 50N-542532; 00-00-0005-0177-000 TAUTA RUTE BERCELIO EL MIRADOR EL VERGEL 50N-161970; 00-00-0005-0178-000 CRUZ PACHON ELICENIA SAN-TA EDUVIGIS 50N-401558; 00-00-0005-0179-000 PORTE INFANTE MARIA-LIGIA LOTE DE VIVIENDA 50N-20330542; 00-00-0005-0180-000 ROJAS PORTE MARIA-PAULINA EL PORVENIR 50N-1054359; 00-00-0005-0181-000 CRUZ PACHON ELICENIA EL MOCHUELO 50N-401428; 00-00-0005-0327-000 CONTRERAS LUQUE GERARDO EL RECUERDO 50N-1206015; 00-00-0005-0424-000 PARDO MONTANO MARIA-FERNANDA SAN MIGUEL 50N-20245234; 00-00-0005-0192-000 HASSO RALPH ERIC-SCHACHTEBECK CHINGA 50N-454669; 00-00-0005-0298-000 SCHACHTEBECK YVETTE-ALICE LOTE 1 TUTUABA 50N-551809; 00-00-0008-0206-000 GANTIVAR GARZON RAFAEL-VICENTE EL PA-RAISO 50N-669599; 00-00-0008-0207-000 HOYOS CASTANEDA MARIA-ELVIRA LA VICTORIA 2 50N-646676; 00-00-0008-0403-000 GONZALEZ CORREA CONSTAN-ZA EL DISPARATE 50N-20182379; 00-00-0008-0533-000 JAIMES FONSECA HECTOR-JULIO LA VIC-TORIA 3 50N-20325451; 00-00-0008-0534-000 DIAZ PENA OCTA-VIO FILADELFIA 50N-20325926. JUAN GABRIEL GOMEZ CAMPOS Alcalde Municipal de Tenjo C2-4-20

PRESTACIONESEL SUSCRITO COORDINADOR(A) DEL FONDO DE PRESTACIONES

SOCIALES DEL MAGISTERIO – RE-GIONAL CUNDINAMARCA.

CITA Y EMPLAZA

CALIMA CENTRO COMERCIA PHSe permite informar que el día 13 de enero de 2019 falleció el señor CRISTIAN CAMILO MANRRIQUE MOJICA, quien era empleado de esta institución. Que a reclamar el monto de sus salarios y prestaciones sociales se ha presentado la señora Sandra Patricia Mojica, quien dice obrar en su condición de madre sobreviviente del causante del trabajador fallecido. Se da el presente aviso con el fin de que todo aquél que se considere con igual o mejor derecho se presente a hacerlo valer dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este aviso, en la dirección Av. Cl. 19 – 28-80 piso 7 torre estacionamiento.

“Primer Aviso” *M2-11-20

AVISOQue el día 10 de enero de 2019 fallecieron los señores DAGOBERTO RODRIGUEZ ARIAS, c.c. No. 1.049.617.517 y NICK POMIENTO DIAZ, c.c. No. 1.049.621.366, por tal razón convoca para que las personas con derecho a reclamar las acreencias laborales y prestaciones de los fallecidos se presenten con los documentos que los acrediten, a la dirección Tunja, Avenida norte No. 79-78. *G1-14-20

AVISOSeñores acreedores BANCO DE BOGOTA NIT 860007738-9, ITAU CORPORACIÓN COLOMBIA S.A. NIT 890903837-0, DAVIVIENDA S.A. NIT 860.034.313-7, BANCO DE OCCIDENTE NIT 890.300.279-4, señora MARÍA LUCIA ANGULO DE RESK C.C. 41.322.212, señor CESAR BER-NAL ZAMUDIO C.C. 79.348.544 y señor CARLOS HUERTAS C.C. NA, se convoca a todos los acreedores de JOSÉ REZK BIZA, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17.076.467, que se crean con el derecho para intervenir dentro del proceso de INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL, que cursa en el Juzgado 51 Civil Municipal de Bogotá D.C., bajo el radicado No. 2018-0739, mediante auto de fecha 21 de junio de 2018, por medio del cual da apertura al proceso de LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL de los bienes del deudor JOSE REZK BIZA. *U1-6-20

SEGUNDO AVISOLiliana Andrea Maz Calderón, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.032.408.226, actuando en mi calidad de Liquidador Princi-pal de la FUNDACIÓN ARTE Y CULTURA DE CALLE EN LIQUIDACIÓN, domiciliada en el municipio de Bogotá D.C., identificada con el N.I.T. 901.133.204-5, informo a los acreedores que ésta última se encuentra en estado de Liquidación.

Cualquier información contactarse con :Cel-3007601803

Dirección: Calle 70 #12-44 Bogotá *P1.1.20

AVISOA los 20 días del mes de Enero de 2019, se avisa a los herederos del señor MIGUEL ÁNGEL MORENO PATAQUIVA que la empresa CAVEAGRO S.A.S., sociedad con domicilio en la ciudad de Cajicá Carrera 11 No. 5-80 Barrio Santa Cruz, de conformidad con lo prescrito en el artículo 312 del Código Sustantivo del Trabajo hace saber que el señor MIGUEL ÁNGEL MORENO PATAQUIVA identificado con la cédula de ciudadanía número 79.186.060, laboraba en nuestra empresa hasta el día de su fallecimiento, por lo que la sociedad tiene la liquidación de salarios y prestaciones sociales. Para reclamar dichas acreencias laborales se han presentado las siguientes personas a saber:LUZ MERY MARTÍNEZ identificada con cédula de ciudadanía número 39.809.054 de Tabio y quien indica ser su esposa legitima, de igual ma-nera se presenta en calidad de representante legal de sus hijos menores JUAN CAMILO MORENO MARTINEZ identificado con tarjeta de identidad No. 1.000.183.362 de Tabio y DIEGO ALEJANDRO MORENO MARTÍNEZ identificado con tarjeta de identidad 1.000.182.196 de Tabio; y LUIS MIGUEL MORENO MARTÍNEZ identificado con cédula de ciudadanía número 1.076.627.064 de TabioLas personas que se consideren con igual o mejor derecho que las personas antes mencionadas deben presentarse en la dirección de la empresa antes citada con los documentos y pruebas idóneas que los acrediten como herederos, dentro de los treinta (30) días siguientes a esta comunicación.SEGUNDO AVISO

*P1-4-20

PRIMERO AVISO:A todas las personas que se crean con derecho a reclamar presta-ciones sociales y económicas del (la) docente ANGELICA BEATRIZ FLORIAN DE CONTRERAS quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.351.237 de Bogotá D.C., que prestaba sus servicios al Departamento de Cun-dinamarca y que dejó de existir el día 30 DE OCTUBRE DE 2018.

Se han presentado a reclamar el (la) señor(a) JOSE AGUSTIN CON-TRERAS CONTRERAS identificado (a) con C.C. No. 6.743.580 de Tunja, quien ostenta la calidad de ESPOSO del (la) educador(a) fallecido(a).Dada en Bogotá D.C., a los diecisie-te días (17) días del mes de ENERO de 2019.SANDRA SUSANA GARROTE GAR-CIA *P1-7-20

DOMINGO 20 DE ENERO DE 2019 - PÁGINA 12B - www.elnuevosiglo.com.co WEEKEL NUEVO SIGLONS CLASIFICADOS / JUDICIALES