clasificación médico legal de la muerte
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CLASIFICACIÓN MEDICO LEGAL DE LAMUERTETRANSCRIPT
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Medicina legal.
Integrantes:
Torres, Diangi. C.I. 20.015.965
Sección: SAIA-A
Materia: Medicina Legal
Prof.Abg: Dulcemar Montero
Barquisimeto, Septiembre del 2.014
INTRODUCCIÓN
La muerte no es un paro total e instantáneo de la vida, sino un fenómeno
lento y progresivo. Es un proceso que se inicia en los centros vitales
cerebrales o cardiacos para propagarse en seguida progresivamente a todos
los órganos y a todos los tejidos. Es por ello, que corresponde a la Medicina
Legal, el estudio de la muerte de una persona a través de la Tanatología,
aplicando los métodos de examen del cadáver y de las transformaciones que
sufre, es, pues, de gran utilidad médico legal. En el desarrollo, de este
trabajo se tocaran puntos con respecto a la clasificación de la muerte (clínica,
cerebral, aparente, real, súbita, asistida); la determinación de la muerte; el
levantamiento de cadáver, fenómenos cadavéricos, factores que influyen en
la putrefacción, la inhumación la exhumación, la autopsia, que va a permitir
esclarecer, el motivo por el cual se ocasiono la muerte de una persona para
así aplicar la justicia y dar esclarecimiento a los hechos ocurridos.
CLASIFICACIÓN MÉDICO LEGAL DE LA MUERTE
En el cuerpo humano de un ser vivo, existe una serie de fenómenos
bioquímicos que están sometidos a leyes físicas que al funcionar
normalmente se traduce en un equilibrio biológico y físico-químico y en una
constancia de valores orgánicos, tales como la temperatura corporal de 37°
C, metabolismo basal normal, respiración de 14 a 16 r,p,m; pulso de 70
p.p.m, tensión arterial de 120-80 mm Hg, entre otros. Cuando se produce la
muerte aquellas leyes dejan de cumplirse en el cuerpo humano, que pasa a
ser un cuerpo inerte y a sufrir las influencias de orden físico, químico y
microbiano del medio ambiente, y también del propio medio interno del
cuerpo.
Pero todas las células y tejidos no pierden al mismo tiempo esa resistencia a
los cambios anteriormente descritos cuando cesan los signos vitales, es
decir, cuando cesan las funciones cardiacas, respiratorias y neurológicas del
organismo. En otras palabras la vitalidad de todos los tejidos del cuerpo
humano no son iguales por lo que es aceptable decir que hay grados de vida
y grados muerte. De manera que hay muerte parcial, que precede a la
muerte total o absoluta. Pero de todos modos unos tejidos antes y otros
después, se encontraran después de cierto tiempo en el mismo estadio, y la
muerte total definitiva, irreversible y completa se instaurara en el organismo.
El cuerpo en este estado o fase, recibe el nombre de cadáver.
MUERTE CLÍNICA
Se denomina muerte clínica al diagnostico medico de la muerte; lo que para
algunos se reduce a determinarla solamente por el criterio del encefalograma
plano y otros signos que manifiestan la detención de las funciones
cerebrales, encefálicas o del tronco cerebral; para otros, esta idea solo es
aceptable si se entiende por ella un conjunto de criterios que permitan
establecer con certeza que la muerte real ha ocurrido.
Se entiende entonces por los primeros, que aun cuando el, paciente este
reducido a una vida vegetativa y sus funciones fundamentales (respiración ,
circulación) son mantenidas artificialmente, dicha persona se encuentra en
un estado de muerte clínica ; para los segundos , solo lo que sigue al paro
cardiorespitarorio debe considerarse muerte , lo que lleva a afirmar
implícitamente y desde el punto de vista biológico , que la muerte se produce
en un instante o momento: el del paro total o completo, definitivo o
irreversible.
MUERTE CEREBRAL
Es síntoma infalible de la muerte biológica, y que, por tanto el sujeto, pueda
darse pueda darse por muerto una vez que su cerebro ha muerto. Importante
a este respecto es lo que dice el Prof. Royo Villanova cuando afirma: “es la
vida cerebral la que caracteriza, la que imprime carácter y realidad a nuestra
vida individual y personal. El hombre es su cerebro. El hombre, autentica y
verdaderamente tal, es un ser que piensa; por ello, la muerte cerebral,
abolición irreversible de sus funciones, es la verdaderamente muerte del
animal racional. El sujeto muere cuando se interrumpen y cesan para
siempre sus funciones cerebrales por la destrucción del encéfalo”.
MUERTE APARENTE
Se entiende a un especial estado del organismo en el que los signos de vida
se han visto reducidos a un mínimo; que aparentan haber desaparecido,
formulando la duda sobre su muerte; son los llamados confines de la vida y
de la muerte (Simoni).
Es el estado patológico del cuerpo humano que representa una atenuación
de las funciones vitales, en grado tal, que parece que estuvieran abolidos los
signos vitales. Por su parte, presenta una serie de características:
1) Perdida de la Conciencia: es el estado en el que el cerebro tiene
abolidos determinados actos reflejos y sólo reacciona ante
determinados estímulos, en función de la profundidad o grado de
inconsciencia alcanzado.
2) Inmovilidad Neuromuscular: es un síndrome que deteriora o
paraliza significativamente los nervios y músculos del cuerpo humano.
3) Ausencia Aparente de Latidos Cardiacos y Pulsos: es la ausencia
o alteración del impulso eléctrico que origina la contracción del
musculo cardiaco para que realice su función de bombear e impulsar
la sangre hacia la periferia del organismo.
Este tipo de muerte aparente se ve en: a) Estado de coma severo, sincope,
conmoción cerebral); b) En intoxicaciones severas; c) En casos de algunas
enfermedades psiquiátricas como Neurosis de conversión (Histerismo); d)
Estados de asfixia mecánica como las sumersión. Catalepsias.
Decía el Dr. Rísquez “es de vulgar conocimiento que algunos estados de
catalepsia simulan la muerte, hasta el punto de haber dado origen con harto
desgrada frecuencia a enterramientos prematuros”. Se comento el caso del
fallecido artista mexicano Joaquín Pardave, quien fue inhumado y luego al
ser exhumado se encontró en decúbito ventral dentro del ataúd.
MUERTE ABSOLUTA O REAL
Es el proceso gradual de cesación de todas las reacciones bioquímicas que
son sostenedoras del complejo proceso de vida; debe entenderse que
biológicamente la detención de una sola función vital, incluso cuando es
capital no permite concluir que la muerte real tuvo lugar.
Es la de desaparición total de toda actividad vital.
MUERTE SÚBITA
Es la que aparece de modo inesperado en el transcurso de instantes o pocos
minutos, es la que aparece de forma imprevista en sujetos, supuesta o
aparentemente sanos o también como producto de enfermedades agudas o
crónicas inadvertidas tanto para el propio sujeto o como para quienes lo
conocen en su intimidad.
Para Tourdes, “Muerte Súbita es el súbito o rápido, imprevisto, paralizarse de
la vida por causas internas o patológicas, fuera de toda acción mecánica o
toxica, en un sujeto hasta entonces en aparente buena salud o cuyo estado
de enfermedad no permitía prever su desenlace fatal”.
MUERTE ASISTIDA
El catedrático Ramón Bayes refiere “en toda demanda de muerte asistida
subyace el sufrimiento que experimentan las personas quienes se enfrentan
a la muerte”.
La Muerte Asistida, es un término que utiliza Peney Lewis para referirse
conjuntamente a la eutanasia y al suicidio medicamente asistido.
Eutanasia: es la actuación de un profesional sanitario que produce de
forma deliberada la muerte de su paciente con una enfermedad irreversible,
porque éste siendo capaz se lo pide de forma expresa, reiterada y
mantenida, por tener una vivencia de sufrimiento derivada de su enfermedad
que experimenta como inaceptable, y que no ha conseguido mitigar por otros
medios.
Suicidio Medicamente Asistido: es la actuación de un profesional
sanitario, mediante la que proporciona a petición expresa y reiterada de su
paciente capaz y con una enfermedad irreversible, que le produce un
sufrimiento experimentado como inaceptable, y no ha conseguido mitigar por
otros medios intelectuales o materiales imprescindibles para que pueda
terminar con su vida, suicidándose de forma efectiva cuando lo desee.
DOCIMASIA
Goldstein define la Docimasia de la siguiente forma: (“del Griego Dokimasia,
exploración) es el conjunto de pruebas propuestas para la comprobación de
signos de vida en los cadáveres, particularmente en la investigación de la
existencia de vida extrauterina en los casos de infanticidio. Estos signos se
revelan particularmente en las funciones respiratorias, digestivas y
circulatorias, dando así lugar a la clasificación de la docimasias en
pulmonares, digestivas y circulatorias”.
TANATOCRONODIAGNÓSTICO
Determinación de la Data de Muerte
Establecer con la máxima precisión posible el momento de la muerte tiene
una gran transcendencia. Ese momento (Data) puede interesar bien
aisladamente en sentido absoluto, es decir, tratar de precisar cuando falleció
un determinado individuo; o en términos relativos, o sea, establecen la
secuencia del fallecimiento de dos o más personas cuando estas fallecen
simultáneamente o en tiempos muy próximos( esta cuestión transciende al
derecho civil en materia de sucesiones).
En el campo del Derecho Penal, el precisar en términos absolutos el
momento de la muerte puede representar el éxito o el fracaso en la
investigación policial en el esclarecimiento de un crimen: empezar mal las
pesquisas con el error de situar mal en el tiempo el momento de la agresión
mortal puede suponer inculpar a un inocente y exculpar al verdadero autor.
El establecer la secuencia de la muerte en casos criminales puede ser de
extraordinaria ayuda en la investigación hasta el punto de que, si ello no se
concreta, nada resolverá la reconstrucción de los hechos.
La data de la muerte no es siempre, coetánea a las lesiones, es este el
primer error que puede cometerse: el creer que las lesiones causantes de la
muerte y estas mismas fueron simultáneas.
Mediante el diagnostico de la muerte, se precisan los signos de la muerte y
los fenómenos cadavéricos, para verificar si ella se ha producido, cuáles son
sus causas, la forma en que ocurrió, la data o fecha de la muerte. Si la
muerte ha sido natural o por acto de terceros, el tipo de muerte, entre otros.
Para el diagnostico se recurre a dos tipos de comprobaciones o exámenes:
1. Signos negativos de la vida o signos de la muerte, y
2. Signos positivos de la muerte o fenómenos cadavéricos.
SIGNOS NEGATIVOS DE LA VIDA
Son aquellos signos que la tienden a comprobar la supresión de las grandes
funciones vitales, también conocidos como signos de la muerte.
Sirven para determinar la muerte y se manifiestan por la paralización de las
grandes funciones vitales. Ellos son las funciones respiratorias, musculares y
circulatorias. Lo más importante es comprobar científicamente la ausencia de
la circulación, en paro cardiaco o la ausencia de latidos.
Estos signos se detectan inmediatamente después de producida la muerte y
son de un valor relativo, porque, en general, no excluyen los casos de muerte
aparente, y no constituyen plena prueba.
Se sostiene, considerando un criterio medico, que un solo signo de la muerte
no es determinante para su constatación efectiva, se deben apreciar varios
signos y pruebas conjuntamente.
Signos de cesación de las funciones respiratorias
Son de gran importancia práctica, puesto que no permiten en particular
descartar la existencia de muerte aparente, en que justamente esta función
puede estar reducida al mínimo. Hay ausencia de movimientos respiratorios
y del tórax. Sin embargo, se establecen una serie de pruebas conocidas:
a) Prueba del espejo, signo o maniobra de Winslow implica colocar un
espejo o un objeto brillante ante la boca y nariz del sujeto; si este
respira aun, el aire espirado que contiene vapor de agua, choca contra
el espejo y lo empaña. Es una prueba muy antigua y fácil de realizar.
b) Prueba o signo de Icart o de la reacción sulfhídrica: se propone
demostrar la persistencia de la circulación, por la introducción por vía
intravenosa de una solución de fluoresceína que colorea, a la media
hora, la conjuntiva en amarillo o verde esmeralda; los tegumentos y la
orina aparecen amarillos una o dos horas más tarde. Esta prueba es
la más recomendable, puesto que no hay supervivencia posible sin
circulación sanguínea.
Signos de cesación de las funciones circulatorias
La supresión de la actividad circulatoria, como la ausencia de pulso, silencio
ausculatorio, falta de movimiento del corazón, paralización cardiaca, y los
signos que la demuestran, son los más importantes y los que dan una mayor
certeza en el diagnóstico de la muerte.
Cardiopuntura: consiste en introducir una aguja en el corazón, cuyas
contracciones en el caso en que haya vida se transmiten a la punta de la
aguja.
SIGNOS POSITIVOS DE LA MUERTE
Se conocen con este nombre aquellos fenómenos característicos de orden
físico, químico y microbiológico que aparecen en el cadáver, transcurrido un
cierto tiempo desde la muerte y que sirven para demostrarla en forma
inequívoca, presentándose algunos de ellos simultáneamente con la muerte
y otros a medida que transcurre el tiempo. De su examen puede fijarse la
fecha de muerte, su cronología. A diferencia de los signos negativos de la
vida o signos de la muerte, los signos positivos de la muerte o fenómenos
cadavéricos permiten un diagnostico seguro del fallecimiento y son
irreversibles. Se trata de procesos tardíos o mediatos que aparecen en el
cadáver, de destrucción, conservación y de transformación.
Son Fenómenos Cadavéricos entre otros:
1. Enfriamiento Cadavérico
También denominado “algor mortis”, se debe al cese de la actividad
metabólica. Tras la muerte se produce un enfriamiento progresivo del
cadáver hasta alcanzar la temperatura del medio ambiente. Comienza por la
cara y las extremidades y se nota a las 2 horas de la muerte aunque es
completo al tacto.
2. Coagulación Sanguínea
Es habitual e intensa tras las enfermedades prolongadas, consuntivas,
mientras que en los casos de muerte rápida o de asfixia, la sangre
permanece liquida.
3. Deshidratación
La deshidratación de los tejidos cadavéricos explica la pérdida del liquido por
evaporación, lo cual conlleva a la pérdida de peso corporal, apergamina
miento de la piel y desecación de la mucosa.
También es evidente esta deshidratación por el hundimiento del globo ocular
y perdida de transparencia de la cornea que debe que suelen aparecer a los
45 minutos en cadáveres con los ojos abiertos, y a las 24 horas en los que
tienen los parpados cerrados.
DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE MUERTE
Determinación de la Muerte Reciente
Es decir cuando ella ha ocurrido en un tiempo relativamente cercano, a
pocos momentos de la muerte, deben tomarse en cuenta algunos hechos
vitales: el más importante, según Tobar, es el estado de la digestión, que da
los datos aproximados pero no precisos, sin embargo, este autor señala que
“ un estomago vacio nos indica que la muerte ocurrió alejada de una comida;
lo contrario ocurre cuando nos encontramos con contenidos alimenticios sin
digerir”; el estado de repleción o vacuidad vesical, dato también poco
preciso, aunque puede servir en determinados casos; el tamaño del pelo de
la barba es de importancia, cuando se tiene el antecedente de la hora en que
se efectuó la ultima afeitada. En el caso de muerte reciente, también
tenemos la interpretación de los signos cadavéricos, con alto valor para la
determinación de la cronología de muerte; así tenemos: el enfriamiento del
cadáver, las livideces cadavéricas, la rigidez cadavérica, pudiéndose aplicar
en cada caso conocimientos para señalar la cronología de dichos fenómenos
cadavéricos.
Determinación No Reciente
Es cuando ha transcurrido un mayor tiempo desde el momento en que
ocurrió la muerte, se deben evaluar la marcha de la putrefacción y de la
fauna cadavérica. En cuanto a la putrefacción, hecho variable, se debe
estudiar en cada caso particular, teniendo presente que ella evoluciona en
periodos sucesivos que son influenciados por varios factores que dependen
del medio ambiente y del propio cadáver, Viber, señalaba que es necesario
reconocer lo imposible que es asignar límites a los diversos periodos de la
putrefacción. En lo que se refiere a la fauna cadavérica, esta tiene una
importancia especial aunque relativa en la cronología de la muerte.
FENÓMENOS CADAVÉRICOS TEMPRANOS
La rigidez de la muerte (rigor mortis) y la flacidez.
Es un fenómeno ocasionado por la liberación de las sustancias químicas que
se descomponen y se regeneran durante los procesos vitales de la
contracción muscular. El principal elemento responsable de estos cambios
químicos es el ATP ( trifosfato de adenosina), molécula que en condiciones
vitales se libera, contrae el musculo, se degrada a ADP ( difosfato de
adenosina) y vuelve a regenerarse en ATP, lo que significa un gasto
energético; luego de producida la muerte se libera el ATP, con lo que se
contraen las fibras de actina y miosina de las células musculares, sin que
haya posibilidades de regeneración del ATP mas allá de agotadas las
reservas energéticas, por lo que sobreviene una contracción sostenida y
generalizada, la cual se mantiene hasta cuando la descomposición
molecular, inducida por enzimas endógenas (fenómeno de autolisis) por
metabolismo exógeno por bacterias principalmente(fenómeno de
putrefacción ), desencadena los cambios moleculares en la unión entre
actina y miosina y se libera paulatinamente la contracción, lo que se refleja
en el inicio de la relajación muscular y la consiguiente flacidez del cadáver.
En un ambiente promedio, la rigidez en cara comienza a verse hacia las
cuatro horas, y en las extremidades entre las 4 y las 6 horas. El pico máximo
de la rigidez se da entre la s12 y las 24 horas y comienza a aparecer el
fenómeno de la flacidez secundaria, que se completa entre las 24 y las 50
horas.
Por lo general la rigidez comienza en los músculos de pequeña masa
(músculos de los ojos, de los labios, de las manos) y se va extendiendo a los
grupos musculares de mayor masa. Se puede acelerar en casos de muerte
en personas que realizaban ejercicio fuerte, en personas intoxicadas con
cocaína o estricnina, en personas que sufren convulsiones. En cambio en los
ancianos, en desnutridos y en los lactantes este fenómeno puede estar
menos acentuado e incluso en algunas ocasiones, ser de difícil detección. La
temperatura ambiente también influye, por cuanto en ambientes cálidos el
proceso se acelera, mientras que en ambientes fríos el fenómeno se retarda.
Livideces cadavéricas: hipostasias post mortem
Son el resultado de la acción de la ley de la gravedad sobre los fluidos
corporales, y en especial sobre la sangre, lo que hace que esta drene hacia
los espacios declives de un cuerpo. La sangre en las condiciones vitales
mantiene mezcladas las células y el plasma por los movimientos dinámicos,
dentro del lecho vascular. Cuando se presenta la muerte todos los
fenómenos hemodinámico cesan, lo que permite que se relajen los vasos
venosos y capilares y se separen los componentes sanguíneos de la misma
manera que sucede en el laboratorio cuando un tubo de ensayo se le agrega
sangre total y se deja en reposo esta comienza a dejar dos porciones bien
definidas, una que es plasma y otra que son células, fenómeno conocido
como eritrosedimentacion , el cadáver adquiere en las zonas declive una
coloración variable que va desde el rosado tenue hasta el violáceo en
algunas oportunidades, la que se denomina lividez o hipostasia post mortem.
Cambios de temperatura
El comportamiento de la temperatura sin vida se basa en los principios
básicos de la termodinámica, según los cuales todos los cuerpos tienden a
igualar la temperatura con la del medio que los rodea. En condiciones vitales
el cuerpo sostiene una temperatura regulada de aproximadamente 37°C,
para cumplir con sus actividades fisiológicas. Una vez que sobreviene la
muerte, los órganos que regulan este calor cesan sus funciones y por ende el
cuerpo comienza a igualar la temperatura hasta llegar a alcanzar la
ambiental.
Deshidratación
Es la manifestación de la desecación del cuerpo, es decir, la perdida de
agua. El fenómeno se aprecia especialmente en los globos oculares, como
mancha esclerótica o como arenilla corneana, o por la presencia de ambas.
FENÓMENOS CADAVÉRICOS TARDÍOS
Autolisis
Una vez que se instaura el evento muerte se produce la pérdida del control
celular sobre las membranas lisosomales, lo cual implica la liberación del alto
contenido enzimático desde dichas organelas celulares al citoplasma y al
medio exterior. El efecto de la acción de tales enzimas sobre los tejidos es
conocido como autolisis.
Este fenómeno se debe a la acción enzimática sobre el endotelio, lo que
genera su deterioro y por lo tanto se produce la salida de abundante cantidad
de sangre que se impregna en los tejidos vecinos a los vasos.
Descomposición: fase cromática
Depende del metabolismo a cargo de mecanismos enzimáticos ajenos al
cuerpo y provenientes de la colonización bacteriana. Inicia precozmente en la
cavidad abdominal en donde, usualmente, en el interior de los intestinos, se
encuentran bacterias constitutivas de la flora normal, la cual con la muerte
pierde los controles para su crecimiento y genera cambios en las viseras.
Necrofagia
Las mutilaciones de los cuerpos deben ser bien diferenciados cuando son
consecuencia de la predacion post mortem a cargo de una gran variedad de
elementos de la fauna cadavérica, que incluyen desde los insectos hasta
mamíferos de diversos tamaños y especies, tales como ratas, gatos, perros y
por supuesto aves como los gallinazos. La clave para determinar cuando la
lesión fue post mortem esta en los bordes de la misma, dado que si es una
lesión vital estos serán hemorrágicos; si por el contrario son lesiones post
mortem, los bordes son anémicos.
FACTORES QUE INFLUYEN EN LA PUTREFACCIÓN
Factores Ambientales: estos son relativos a
La temperatura, donde las más elevadas favorecen la putrefacción.
La humedad, donde la mayor humedad también la favorece.
La naturaleza del lugar (Terreno) de la muerte donde los suelos secos y
porosos son conservadores del cadáver.
La profundidad de la fosa, donde a mayor profundidad menor putrefacción.
Y la estación del año, donde altas temperaturas favorecen igualmente la
putrefacción.
Factores Propios del cadáver:
La edad, siendo la putrefacción menos acentuada en las edades extremas;
constitución orgánica, produciéndose putrefacciones acentuadas en los
pícnicos, no así en los leptosomaticos(secos); también el estado de
enflaquecimiento u obesidad influye en igual forma; el tipo o clase de
enfermedad que produjo la muerte, siendo notorio el retardo de la
putrefacción cuando se han utilizado abundantes cantidades de agua de
antibióticos pre mortem; por último, el grado de cubrimiento del cadáver o
sellado del ataúd que lo contiene.
Asimismo, es posible afirmar que en determinados medios el proceso de
putrefacción puede ser modificado; tal sucede en el aire seco, donde el
cadáver tiende a la momificación; en un medio húmedo, como en agua, se
aumentara la producción de adipocira; en el estiércol; la putrefacción
evoluciona con extraordinaria rapidez. Finalmente, se debe advertir que otros
animales superiores (roedores, mamíferos, entre otros) atacan también el
cuerpo muerto cuando este se encuentra al aire libre, mutilándolo o
devorándolo parcial o totalmente.
ENTOMOLOGÍA TANATOLÓGICA
Cuando un cadáver se descompone al aire libre son numerosos los insectos
necrófagos que se suceden a medida que la descomposición de las materias
orgánicas corresponde a la fase adecuada a sus facultades de asimilación
nutritiva.
Los necrófagos de cada escuadra obedecen al poder atractivo de ciertas
substancias putrefactas (alcoholes, ácidos, acético, láctico, alifáticos,
productos amoniacales, sobre todo), que excitan los órganos olfativos
situados en las antenas de los insectos.
Los trabajadores de la muerte especialmente estudiados por MÉGNIN (1984,
dejan de su paso sobre el cadáver, señales (larvas, e insectos muertos) que
permiten establecer la cronología de su sucesión y remontarse
aproximadamente a la época de la muerte.
La composición específica de cada grupo de necrófagos y la época de su
aparición dependen de cierto número de factores entre los que deben
tenerse en cuenta; grado de descomposición cadavérica, situación del
cuerpo (aire libre, bajo estiércol, inhumado, sumergido), estación, causa de la
muerte, región geográfica (fauna entomológica local, clima, entre otros).
Fauna cadavérica: está compuesta por unas veinte especies de insectos
que forman 8 grupos en correspondencia con los periodos en que entran en
escena. Se distinguen, cronológicamente, las faunas californianas, (desde la
muerte); sarcofaguiana (1° a 6° mes); dermestiana (3° a 9°mes), corinetiana
(10° mes, silfiana (2°año), acariana (2° y 3° año).
INHUMACIÓN POR MOTIVOS JUDICIALES
Se deriva del latín Inhumare que significa en tierra por lo que ha de
entenderse la acción de enterrar a un cadáver en un sitio determinado para
tales fines. Aunque desde el punto de vista histórico, simple ha habido una
costumbre muy antigua, en el cual de acuerdo a las posiciones sociales, el
hombre ha tratado de eternizar en algunos casos o de preparar a estas
personalidades hacia su viaje a la eternidad, como lo revelan las antiguas
necrópolis, que son mudos testigos de esta afirmación, al igual que las
pirámides del antiguo Egipto, construidas como verdaderos monumentos a
los faraones.
El uso de cementerios proviene hasta nuestros tiempos, de la costumbre
heredada del pueblo hebreo al cristiano, ratificada por la inquisición cuando
el tributo a los seres humanos practicantes de estas corrientes religiosas era
ubicado en sitios especiales.
En la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad al Decreto 115,
de fecha 03 de noviembre de 1948 se establece el Reglamento de
Cementerios Inhumaciones y exhumaciones, aun vigente, y se normaliza
para proceder al acto de inhumación donde, se hace necesario el
cumplimiento de una serie de requisitos de carácter sucesivo e
imprescindible:
a. Certificado de defunción
b. Autorización civil y sanitaria para el enterramiento.
c. Inscripción en el libro de defunciones que se encuentra en los
registros civiles.
d. Y posteriormente se genera la llamada “partida de defunción”
El Certificado de Defunción es un documento acreditativo el cual es
expedido por la primera autoridad civil (Registro de municipio), de acuerdo
con las disposiciones del Ministerio de salud y Desarrollo Social en materia
de Estadística Sanitaria, que se realiza mediante un instrumento denominado
Estadístico Sanitario , elaborado según criterios de la Organización Mundial
de la salud (OMS), el cual contiene datos filiatorios, de ubicación geográfica
tanto del domicilio como de la ocurrencia del fallecimiento, las causas de la
muerte, el nombre, dirección, y registro sanitario del médico que lo certifica,
constituyendo un instrumento estadístico sanitario que indica las causas de
la muerte de los ciudadanos.
Autorización Civil y Sanitaria para el Enterramiento la primera autoridad
civil del municipio o parroquia aledaña al sitio donde ocurre del deceso, al
cerciorarse de la muerte de una persona expedirá la orden de su inhumación,
salvo las excepciones que establecen en el Artículo 21 del Reglamento de
Cementerios Inhumaciones y Exhumaciones.
Inscripción en el Libro de Defunciones la institución del Registro Civil, es
aquella donde consta de manera fehaciente, salvo impugnaciones, todo lo
relativo al estado civil de las personas (nacimientos, defunciones
emancipaciones, entre otros, y es netamente de carácter público y gratuito.
La Partida de Defunción documento mediante el cual la autoridad
competente certifica que en el correspondiente libro de Registro de
Defunciones de su jurisdicción se encuentra asentada la muerte de una
persona siendo su contenido concordante con lo expresado en el Artículo
477 del Código Civil Venezolano, el cual cobra gran importancia en materia
de Derecho Sucesoral.
CREMACIÓN POR MOTIVOS JUDICIALES
Es la práctica de deshacer un cuerpo humano muerto, quemándolo, lo que
frecuentemente tiene lugar en un sitio denominado crematorio. El origen del
término "cremación" se remonta al antiguo Egipto, donde era habitual untar el
rostro de los fallecidos con cremas.
La autorización es librada, por el alcalde, tras presentación de los
documentos siguientes:
1°Instancia inscrita de la familia.
2°Certificado del Médico de cabecera afirmando la causa natural de la
muerte.
3° Informe de un medico comisionado por el oficial del Registro Civil,
confirmando la causa natural de la muerte. A falta de certificado médico, el
médico comisionado debe proceder a una encuesta.
EXHUMACIÓN POR MOTIVOS JUDICIALES
Es aquella en virtud de la cual se amplía o se practica una autopsia para la
comprobación de cualquier delito o sospecha de índole penal, generalmente
se efectúa cuando se establecen criterios en cuanto a que la evaluación del
inhumado, pueda suministrar valiosos aportes en la investigación judicial y de
ella se puedan obtener valiosos indicios de interés criminalístico y medico
legales que coadyuven la investigación, bien sea ratificándola o como aporte
fundamental. Generalmente responde al hecho de no haber realizado una
autopsia, o cuando aun habiéndose realizado, no aporta los resultados
convincentes. Articulo 203 Código Orgánico Procesal Penal.
PROTOCOLO DE EXHUMACIÓN JUDICIAL
Para poder proceder a un acto de exhumación se hace necesario el
cumplimiento de una serie de pasos o fases, los cuales garantizaran el
cumplimiento de la normativa legal existente para culminar con el
cumplimiento de la misión de la misma, en cuanto al provecho que para la
investigación representen y aporten aquellos elementos importantes para
orientar y clarificar el proceso investigativo.
Fase de un proceso de exhumación
1. Justificación por parte de la Fiscalía del Ministerio Publico ante el
Juez, o la defensa, previo conocimiento del caso, de las circunstancias
y de la posibilidad de colectar indicios de interés criminalisticos y
medico legales que coadyuven a la investigación y a la solución del
problema.
2. Autorización del tribunal competente quien informara a las partes de
las notificaciones de la fecha, hora y lugar por parte del tribunal de
control a las siguientes personas:
a) fiscalía del ministerio publico.
b) Integrantes de la defensa pública o privada.
c) Peritos expertos.
d) Gerente del cementerio.
e) Familiares solicitantes.
f) Otras personas que el juez considere prudente su asistencia a este
acto.
LA AUTOPSIA
ARTICULO 202 CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL
Es el procedimiento medico que se realiza sobre el cadáver con el fin de
determinar la causa, el mecanismo y la manera de la muerte, es un acto
central en las ciencias forenses, de ahí su estudio en profundidad y con una
metodología sistemática. También llamada necropsia, es relativamente
reciente ya que antaño los cuerpos de los fallecidos eran sagrados, y salvo
en la cultura egipcia, en la que el Libro de los Muertos imponía el
embalsamiento para ingresar con Osiris en el reino de los cielos y vivir allí
eternamente, las autopsias hechas con rigor científico surgen en el
Renacimiento y así hasta nuestros días. Etimológicamente la palabra
autopsia procede del griego autos y opsis que significa “examinar con los
propios ojos” comprobar personalmente. Existen dos tipos de autopsia:
Académica o Clínica y Forense.
LA AUTOPSIA CLÍNICA
Se practica por los servicios de anatomía patológica de los centros
hospitalarios, y tiene como objetivo esencial establecer una relación causal
entre la historia clínica del paciente que le ha conducido al fallecimiento, y los
hallazgos histopatologicos encontrados, ya si aprender de estos para futuros
casos e investigar nuevas formas terapéuticas.
Esta autopsia puede ser total (de todas las cavidades) o parcial (de aquella a
la que se debía la dolencia del paciente).
LA AUTOPSIA FORENSE
Trata de investigar el origen de la muerte en los casos en que existen
implicaciones penales o civiles tanto referentes a la propia causa del
fallecimiento como en lo que respecta a las circunstancias del mismo. Desde
el punto de vista técnico, la realiza el médico forense por orden judicial.
Las indicaciones oscilan según la legislación de cada país, destacan entre
otros motivos:
1° las muertes que ocurren inmediatamente al ingreso de un paciente en el
hospital, así como en el caso de recién nacidos ingresados en fase terminal.
2° los fallecidos con grandes heridas o por muertes violentas.
3° todos los fallecimientos de causa desconocida o sospechosa.
PROTOCOLO DE LA AUTOPSIA LEGAL
Toda información recaudada por el anatomopatologo forense, al momento
de realizar el examen del cadáver, debe ser vaciada en forma descriptiva,
detallada y sistemática en el protocolo de autopsia, que incluye:
1. Encabezamiento: indica el nombre del fallecido, fecha y hora del
examen.
2. Causa de la muerte: debe ser expresada en términos sencillos y con
la terminología médica.
3. Otros hallazgos de la autopsia: es la numeración de los principales
traumatismos.
4. Forma de la muerte: desde el punto de vista médico-legal.
5. Resultado de exámenes de laboratorio: con una interpretación
sencilla de las conclusiones médicas.
6. Observaciones y comentarios. En él se destacan las lesiones, debe
incluirse, fotografía del rostro de frente, para propósitos de
investigación.
IMPORTANCIA DE LA NECROPSIA FORENSE
Es la búsqueda e investigación de pruebas médico-legales en el lugar del
hallazgo. Comprende el examen de cadáver y el examen del lugar y sus
alrededores. Debe ser efectuado por
La importancia de la autopsia forense es extraordinaria, puesto que de ella
se podrá señalar fundamentalmente si la muerte de una persona es fruto de
un estado patológico natural, o por el contrario han intervenido agentes
extraños, y dentro de estos si fueron queridos por la persona muerta, como
es el caso del suicidio, o fueron producidos contra su voluntad, supuesto del
homicidio y no solamente esto sino que suministra en muchas ocasiones los
elementos precisos para poder determinar si hubo o no lucha y la forma en
que esta se produjo, circunstancias todas que sirven para una mejor
tipificación del hecho y su encuadramiento legal.
LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER
Articulo 200 CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL
Lacassagne (1912), “la operación consistente en examinar un cadáver a fin
de declarar si la muerte es resultado de un suicidio, de un accidente o de un
crimen permitiendo así que sea realizada por la autoridad pública del lugar
en que aquel se hallaba”.
En caso de muerte violenta o cuando existan fundadas sospechas de que la
muerte es consecuencia de la perpetración de un hecho punible, antes de
procederse a la inhumación del occiso, la policía de investigaciones penales
auxiliada por el médico forense, debe, además de las diligencias que le
ordene el Ministerio Publico, realizar la inspección corporal preliminar del
cadáver, en consecuencia, debe describirse la posición y ubicación del
cuerpo, evaluar el carácter de las heridas, si las hubiere y los
reconocimientos que sean pertinentes.
Si el médico forense no está disponible o no existe uno en la localidad donde
ocurrió el hecho, la policía de investigaciones penales, debe proceder a
levantar el cadáver, y disponer su traslado a la morgue correspondiente, o a
un lugar en donde se pueda practicar la autopsia, su identificación final, que
se procurara a través de cualquier medio posible, y la entrega a sus
familiares.
Igual procedimiento debe llevarse a cabo en los casos de muerte causada en
accidentes de tránsito, con la particularidad de que si los órganos
encargados de la persecución penal no pudieren hacerse presentes en el
lugar del suceso, el levantamiento del cadáver y demás actuaciones pueden
ser realizadas por un oficial del cuerpo de control y vigilancia de tránsito
terrestre, auxiliado por el médico forense.
Etapas
El orden de los pasos depende de la circunstancia del caso concreto.
Examen del cadáver
Permite confirmar o descartar la muerte, establecer la data y determinar la
forma médico-legal. Comprende el examen de la ropa y el examen externo
del cadáver.
Examen de la ropa y vestidos
Se debe establecer si están ordenadas o no, si están interesadas por un
objeto traumático, y si hay concordancia entre los traumatismos o
perforaciones del as mismas. También es importante si el medio lesivo fue
aplicado sobre ropas u otro tipo de protección de la piel. Es importante
buscar marcas de cubiertas de automóviles, restos de pintura, fragmentos de
vidrio o cualquier elemento.
Examen externo del cadáver
Comprende la investigación de los fenómenos cadavéricos y los signos de
muerte si los anteriores están ausentes.
Para establecer la forma de muerte nos basamos en los siguientes
hechos:
Actitud o posición en la que fue encontrado el cadáver (esto tiene valor si se
supone que el hecho violento ocurrió en el mismo lugar donde fue
encontrado el cadáver); por eso se dice investigación del lugar del hallazgo.
Tipo, localización y aspecto de manchas, pelos, fibras o cualquier indicio.
Tipo y localización de traumatismos o heridas no olvidando nunca la
investigación de las regiones médico-legales y dorso (si están de cubito
dorsal).
Examen del lugar y sus alrededores
Debe entenderse por tal toda el área necesaria a investigar para esclarecer
el hecho. Existen diferentes métodos para el estudio sistemático de dicha
superficie, por ejemplo:
a) Espiral, donde el cadáver ocupa el punto central, y el investigador
siguiendo el sentido de las agujas del reloj y en forma centrípeta
registra el área hasta llegar al cuerpo.
b) Las Coordenadas: se tiende una coordenada de norte a sur, en el
centro se ubica el cadáver y se trazan las ordenadas hacia los
elementos importantes (armas, huellas) este método aporta datos de
distancia y localización.
c) El tablero de ajedrez
Se procede a cuadricular el lugar en forma planimetríca y se
enumeran los casilleros (este método es útil en grandes espacios
abiertos).
Hay una inspección ocular primaria en el momento de llegar al lugar.
En ocasiones es necesario improvisar un puente con un tablón para
evitar alterar o contaminar el área.
Preservación y búsqueda de huellas y rastros
El escenario de un hecho violento es el lugar más fructífero para extraer
datos e información que permitan una orientación acertada hacia un
planteamiento primario de homicidio o accidente.
La importancia de la búsqueda, preservación y análisis de los indicios, que
eventualmente pueden servir de pruebas, radica en que puede objetivar la
relación existente entre la persona y los objetos que los produjeron.
FIJACIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL SITIO DEL LEVANTAMIENTO
Consiste básicamente en reproducir de manera exacta y precisa el Sitio del
Suceso, sus características, dimensiones, los elementos o muebles que en el
existen, la distribución en que se hallen y todo lo atingente con el delito
investigado, a través de la práctica de operaciones científicas (fotografías,
filmación o grabación y, en general, la reproducción de imágenes, voces o
sonidos, por los medios técnicos que resultaren más adecuados).
Métodos de Fijación
Descripción Escrita:
Consiste básicamente en narrar por escrito lo que en el Sitio del suceso se
halla, sus características, ubicación geográfica, orientación, sus dimensiones
y forma, los elementos muebles que en él existen, la distribución en que se
hallen y por supuesto, todo lo atingente con el delito investigado, incluyendo
descripción y ubicación precisa de cada indicio que se observe.
Recomendaciones Para La Descripción Escrita
1.- Narrar por escrito características, ubicación y dimensiones del S.S.
2.- Consignar su orientación geográfica
3.- Describir los elementos que se encuentran, su distribución y
características
4.- Dejar constancia de ciertas medidas básicas para la investigación,
ejemplo, distancia del arma en relación al cadáver.
5.- Debe realizarse siguiendo un orden metodológico.
6.- Nada debe omitirse en la descripción escrita, aunque en los primeros
momentos parezca desvinculado del hecho.
Fijación Fotográfica
PRINCIPALES FUNCIONES
Se debe revisar micro y macro fotografía; efectuar el registro y toma
fotográfica del sitio del suceso; Fotografiar en forma relacionada la posición
de la víctima con los objetos; Documentar las etapas presumiblemente
cubiertas por el delincuente y Presentar la fotografía en forma nítida, exacta,
sin deformaciones que puedan ocasionar duda o formar falsas opiniones.
Fijación Planimetrica:
Planimetría: es el diseño de un croquis o plano, que representa auténtica y
sustancialmente el Sitio del Suceso, sus características, la colección de
evidencias asociadas.
Croquis: Dibujo que al igual que el plano, es esquemático, orientado, con
leyenda, pero sin reducción proporcional de tamaño.
Plano: Dibujo arquitectónico, esquemático, orientado, a escala y con leyenda
explicativa del Sitio del Suceso o departe de él.
Definición del Sitio Del Suceso
Se denomina Sitio del Suceso, al lugar donde ha ocurrido un hecho policial
que requiere ser investigado, también se le denomina “Escena del Crimen”.
En este lugar quedan las huellas, inicios, rastros o señales que después de
ser analizadas y pesquisadas como evidencias físicas por los especialistas,
se transformarán en los medios de prueba, que permitirán al juez establecer
fehacientemente cómo ocurrió el hecho y cuál fue la participación de cada
uno de los involucrados.
Clasificación:
La razón de esta clasificación es con el objeto de determinar la metodología
que deberá emplearse en el trabajo del sitio del suceso.
Sitio Del Suceso Abierto: Este sitio no tiene límites precisos, siendo los
más comunes, vía pública, playa, potrero, entre otros. Debe trabajarse desde
el foco hacia la periferia, estableciendo círculos concéntricos equidistantes,
cuya dimensión varía de acuerdo a las características del lugar el tamaño y
extensión de los hallazgos, terminándose el trabajo en la zona donde se
pierdan los rastros, huellas o indicios.
Sitio Del Suceso Cerrado: Este lugar es aquel que se encuentra
circunscrito por límites precisos, interior de una casa, departamento, oficinas,
entre otros. Deberá trabajarse de la periferia hacia el centro del foco.
Sitio Del Suceso Mixto: Es aquel que presenta características de ambos
Sitios del Suceso. Si bien existen sitios de suceso que por sus características
se denominan mixtos, la metodología a usar en estos casos debe definirla el
propio investigador en el lugar del hecho, eligiendo el método más adecuado,
ya sea como sitio abierto o cerrado.
COMPETENCIA
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 200 del Código Orgánico Procesal
Penal corresponde a la Policía De Investigaciones Penales, la cual deberá
estar auxiliada por el médico forense para realizar el levantamiento del
cadáver, además de las diligencias que le ordene el Ministerio Público. Y en
caso de que no se encuentre el médico forense igualmente le corresponderá
al policía de investigaciones penales levantar el cadáver hasta trasladarlo a
la morgue.
Por otra parte, se establece en el Artículo 187 del Código Orgánico Procesal
Penal, que la Cadena de Custodia de las Evidencias Físicas y estará
regulado por el Manual de Procedimiento en Materia de custodia y es
competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y
Justicia en Coordinación con el Ministerio publico.
TÉCNICA DEL LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER
Establecido en el Artículo 187 Del Código Orgánico Procesal Penal como la
Cadena de Custodia la cual es la garantía legal que permite el manejo
idóneo de las evidencias digitales, físicas o materiales, con el objeto de evitar
su modificación, alteración o contaminación.
Protección tiene por objeto no permitir la entrada de personas
extrañas que puedan alterar, mover o destruir rastros, huellas, indicios
u otras evidencias. Ningún sitio de suceso debe trabajarse sin tener la
autorización del Fiscal del Ministerio Público.
Fijación consiste en reproducir de manera exacta y precisa el Sitio del
Suceso, sus características, dimensiones, los elementos o muebles
que en el existen, la distribución en que se hallen y todo lo atingente
con el delito investigado, a través de la práctica de operaciones
científicas (fotografías, filmación o grabación y, en general, la
reproducción de imágenes, voces o sonidos, por los medios técnicos
que resultaren más adecuados).
Colección es todo elemento generador de una acción criminal o
indicativa de esta, capaz de individualizar al autor del hecho, los
instrumentos de comisión. Se debe colectar objetos grandes y visibles,
objetos pocos visible, objetos que requieren de tratamiento especial;
se realiza una reactivación especial de huellas digitales.
Embalaje una vez que se colectaron y preservaron en el orden
correspondiente se tiene que embalar primero en una cobertura de
papel metálico y papel especial.
Rotulado Y Etiquetado esto debe contener:
1. Identificación del Órgano de investigación y despacho que instruye.
2. Número de registro de cadena de custodia.
3. Número de expediente.
4. Tipo de delito.
5. Observación del caso
6. Funcionario que lo colecta.
7. Numero de inspección técnica.
8. Soporte donde se colecto el o los rastros revelados.
9. Funcionario identificador
10.Numero de peritaje.
11.Clasificación de la huella.
Preservación es proteger, tomar todos los pasos y las medidas para
garantizar la pureza de la evidencia.
Traslado todas las evidencias deben ser trasladadas por el
funcionario de la policía de investigaciones penales o el médico
forense al laboratorio.
Que debe contener la Planilla de Registro de Evidencias Físicas
Indicación de los funcionarios o funcionarias.
Personas que intervinieron en el resguardo.
Fijación fotográfica u otro medio.
CASO PRÁCTICO MUERTE POR ACCIDENTE DE TRANSITO
En el día de hoy, lunes, 12 de noviembre de 2012, siendo las 00:30 horas.
En el sitio denominado: Avenida Circunvalación Norte Sector La
Tomatera, donde ocurrió un accidente de tránsito del tipo: Choque con
vehículos detenidos con (01) muerto y tres lesionados, encontrándose,
involucrado los vehículos Autobús, 6050A6S, Camión: A81AP2K, Semi -
Remolque: 64HAAV, Camión: A46AV8K, encontrándose el cadáver de una
persona Sobre el Pavimento, y de acuerdo a las instrucciones impartidas por
el Comando de la Unidad Estatal de Vigilancia de Tránsito Terrestre Nro. 51
Lara. Se constituyo el Sargento 2do Gabriel Pineda, junto con el
Distinguido1° Carlos García, como auxiliar, designados ambos presentes y
juramentados conforme a la Ley, para que con el carácter de comisionados,
practicaran las diligencias previas necesarias y urgentes para el
reconocimiento práctico y remoción, identificación y levantamiento de dicho
cadáver. Habiendo resultado negativas todas las gestiones practicadas para
que compareciera el Médico Forense, por razones de fuerza mayor y la
urgencia del caso, se procedió a realizar un reconocimiento practico y
remoción del carácter, identificación del occiso como: No se pudo identificar
el cuerpo ya que no portaba identificación personal; siendo levantado el
mismo a las 00: 30 am del día 12/11/2012, en presencia de testigos para
hacer su traslado de inmediato a: Sala Anatomía Patológica del Hospital
Central Antonio María Pineda por el Ciudadano: Roberto Colmenares CI:
25.442.903 en Vehículo Placas: GBU-550, con el objeto de anterior
reconocimiento del cadáver y la Autopsia de Ley.
ORGANISMOS QUE LO REALIZAN
En Venezuela la institución encargada de manejar y promover la seguridad
vial y del tránsito en el país, es el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre
INTT, se encuentra representado a nivel nacional por los Cuerpo Técnicos de
Vigilancia de Transporte Terrestre en sus unidades móviles y fijas.
NORMATIVA LEGAL
Ley de Transporte Terrestre, publicada en G.O. N° 38.985 de fecha 01 de
agosto de 2008.
Reforma del Código Orgánico Procesal Penal Artículos 113 al 117, 119, 153,
285.
En caso de Personas Fallecidas: 200 y 201 COPP.
Por Flagrancia 234 COPP.
FUNCIONARIOS
Dentro de las labores de sus funcionarios, se encuentra el levantamiento de
los accidentes viales y de transito a nivel nacional, sin importar la gravedad
del mismo, en este momento que los funcionarios del Cuerpo Técnico de
vigilancia de Transporte Terrestre, deben aplicar sus conocimientos y
adicionalmente un conjunto de procedimientos legales para poder realizar el
levantamiento de un accidente con lesiones.
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO CIVIL.
Es el instrumento indispensable para efectuar la declaración y promover su
inscripción en el Registro Civil.
FUNDAMENTO LEGAL Artículo 128 de la Ley Orgánica del Registro Civil.
INSTITUCIÓN QUE LO EXPIDE
Será expedido por el Ministerio del Poder Popular con competencia en
materia de Salud y suscrito por personal médico, de conformidad con la ley.
FUNCIONARIOS
Personal Medico
Registrador o Registradora Civil
Que Debe Contener El Acta De Defunción
Articulo 129 Ley Orgánica del Registro Civil
El certificado de defunción, para los efectos del Registro Civil, debe contener:
1. Fecha y número del certificado de defunción.
2. Nombres, apellidos, Número Único de Identidad y datos del registro
sanitario del personal médico que lo suscribe.
3. Número de pasaporte, en el caso de ser extranjero o extranjera quien
certifique la defunción, con los correspondientes datos del registro sanitario.
4. Denominación y ubicación de la dependencia de salud.
5. Fecha, hora y lugar del deceso.
6. Identificación completa de la persona fallecida.
7. Causas del fallecimiento.
8. Firma del médico o médica.
Registro de las Defunciones
Las defunciones deberán ser declaradas de manera obligatoria, ante las
Oficina o Unidades de Registro Civil dentro de las 48 horas siguientes a su
ocurrencia.
SOLICITANTES DE LA DECLARACIÓN DE UNA DEFUNCIÓN
Los familiares directos hasta el tercer grado de consanguinidad y
primero de afinidad.
El o la cónyuge o la persona con quien haya mantenido una unión
estable de hecho.
Los capitanes o las capitanas de buque o aeronave donde haya
ocurrido el fallecimiento.
Cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o policial, que
tuviere conocimiento del fallecimiento de una persona desconocida,
del hallazgo de un cadáver cuya identidad no sea posible comprobar o
de una inhumación practicada en lugares distintos a los autorizados.
Los Registradores y Registradoras Civiles se abstendrán de inscribir las
defunciones, si no son declaradas por una de las personas antes
enunciadas, por lo que es indispensable que las personas aquí señaladas
sean las que acudan a efectuar la inscripción.
Requisitos para el registro de Defunciones
Certificado de Defunción original.
Copia fotostática de la cédula de identidad del fallecido o fallecida.
Cuando el declarante no pueda presentar este documento podrá
consignar cualquier otro medio de prueba que permita la plena
identificación del fallecido o fallecida.
Notificación realizada por el Ministerio Público en los casos de
fallecimiento de personas desconocidas, cuya identidad no fue posible
comprobar o se presuma la comisión de un hecho punible.
Original y copia fotostática de la Cédula de identidad de la persona
que declara el fallecimiento.
Original y copia fotostática de la Cédula de Identidad de dos testigos
mayores de edad.
ANALISIS DE LA LEY
Ley Orgánica del Registro Civil, fue publicada en Gaceta Oficial el 15 de
Septiembre de 2009; entra en vigencia el 15 de Marzo de 2010.
Esta Ley tiene por objeto regular la competencia, formación, organización,
funcionamiento, centralización de la información, supervisión y control del
Registro Civil.
CONCLUSIÓN
Resulta de gran importancia las investigaciones medico legales ya que
permite conocer los vestigios que dejan en el cuerpo y en el organismo, las
violencias causadas a una persona. Las investigaciones medico legales
comprenden estudios importantes sobre fenómenos cadavéricos,
levantamiento del cadáver, identificación, asfixia, supervivencia, muerte
súbita, entre otros; que exigen técnicas particulares de orden anatómico,
físico, toxicológico, biológico. Siendo competentes para llevar a cabo las
investigaciones, la Policía De Investigaciones Penales, la cual deberá estar
auxiliada por el médico forense para realizar el levantamiento del cadáver,
además de las diligencias que le ordene el Ministerio Público.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Romo Pizarro, Osvaldo. Medicina Legal Elementos de Ciencias Forenses.
Somoza Castro, Olegario. La Muerte Violenta. Inspección Ocular y Cuerpo
del Delito.
Silva Silva, Hernán. Medicina Legal y Psiquiatría Forense Tomo I.
http://icm-investigacionescriminalisticas.blogspot.com/2011/08/metodologia-
de-trabajo-en-el-sitio-del.html
http://www.cne.gob.ve/registrocivil/images/publico/LORC_2009.pdf
Código Orgánico Procesal Penal
Ruiz, Wilmer. Año 2013. Edición Primera. Cadena de Custodia y el
Tratamiento de la Evidencia Física.