clasificacion, manipulacion, evacuacion y disposicion de residuos peligrosos-ma-p-02[1]

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COPIA CONTROLADA Procedimiento MA-P-02 Rev. 07 Fecha de Emisión 05/10/2004 Actualización 17/08//2011 Aprobado F.I.M. Clasificación, Manipulación, Evacuación y Disposición de Residuos Peligrosos Procedimiento del SGI Página 1 de 9 1. OBJETIVO Establece el procedimiento de clasificación, manipulación, evacuación y disposición de los residuos peligrosos generados. 2. ALCANCE Aplica a las Unidades Mineras del Grupo MILPO y en las oficinas de Lima. 3. DEFINICIONES 3.1 Residuos Sólidos Peligrosos: Son residuos sólidos peligrosos aquéllos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente. Sin perjuicio de lo establecido en las normas internacionales vigentes para el país o las reglamentaciones nacionales específicas, se considerarán peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. (Ley No. 27314, Art. 22). La calificación de residuo peligroso se realizará de acuerdo a los Anexos 4 y 5 del reglamento. Se consideran también, como residuos peligrosos; los lodos de los sistemas de tratamiento de agua para consumo humano o de aguas residuales; u otros que tengan las condiciones establecidas en el artículo anterior, salvo que el generador demuestre lo contrario con los respectivos estudios técnicos que lo sustenten (D.S Nº 057-2004-PCM, Art. 27º). Son materiales y residuos peligrosos, aquellas sustancias, elementos, insumos, productos y subproductos, o sus mezclas, en estado sólido, líquido y gaseoso que por sus características físicas, químicas, toxicológicas, de explosividad o que por su carácter de ilícito, representan riesgos para la salud de las personas, el medio ambiente y la propiedad. (Ley N° 28256 Art. 3). 3.2 Residuos Industriales: Son aquellos residuos generados en las actividades de las diversas ramas industriales, tales como: manufacturera, minera, química, energética, pesquera y otras similares. Estos residuos se presentan como: lodos, cenizas, escorias metálicas, vidrios, plásticos, papel, cartón, madera, fibras, que generalmente se encuentran mezclados con sustancias alcalinas o ácidas, aceites usados, entre otros, incluyendo en general los residuos considerados peligrosos (Ley No. 27314). Ejemplo: Residuos sólidos (trapos, cartones, plásticos, filtros, etc) contaminados con hidrocarburos, residuos sólidos contaminados con reactivos, combustibles, pinturas, reactivos (vencidos), disolventes, grasas, relaves, cemento, yeso, cal; productos usados (filtro de respiradores, filtros de vehículos o equipos, toner, cartuchos de tintas, baterías, pilas, etc.), restos de reactivos, envases vacíos de productos químicos, cargas de los lapiceros, plumones usados, Cilindros y/o envases de productos químicos, Bolsas de productos químicos, Envases de explosivos y otros. 3.3 Código de colores Los residuos peligrosos son almacenados en cilindros y bolsas de color rojo. 3.4 Envases conteniendo productos peligrosos: Los envases que han sido utilizados para el almacenamiento o comercialización de sustancias o productos peligrosos y los productos usados o vencidos que puedan causar daños a la salud o al ambiente son residuos peligrosos y deben ser manejados como tales, salvo que sean sometidos a un tratamiento que elimine sus características de peligrosidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22º de la Ley No. 27314.

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Procedimiento MA-P-02 Rev. 07 Fecha de Emisión 05/10/2004 Actualización 17/08//2011 Aprobado F.I.M.

Clasificación, Manipulación, Evacuación y Disposición de Residuos Peligrosos

Procedimiento del SGI Página 1 de 9

1. OBJETIVO

Establece el procedimiento de clasificación, manipulación, evacuación y disposición de los residuos peligrosos generados.

2. ALCANCE

Aplica a las Unidades Mineras del Grupo MILPO y en las oficinas de Lima.

3. DEFINICIONES

3.1 Residuos Sólidos Peligrosos:

Son residuos sólidos peligrosos aquéllos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente. Sin perjuicio de lo establecido en las normas internacionales vigentes para el país o las reglamentaciones nacionales específicas, se considerarán peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. (Ley No. 27314, Art. 22).

La calificación de residuo peligroso se realizará de acuerdo a los Anexos 4 y 5 del reglamento. Se consideran también, como residuos peligrosos; los lodos de los sistemas de tratamiento de agua para consumo humano o de aguas residuales; u otros que tengan las condiciones establecidas en el artículo anterior, salvo que el generador demuestre lo contrario con los respectivos estudios técnicos que lo sustenten (D.S Nº 057-2004-PCM, Art. 27º).

Son materiales y residuos peligrosos, aquellas sustancias, elementos, insumos, productos y subproductos, o sus mezclas, en estado sólido, líquido y gaseoso que por sus características físicas, químicas, toxicológicas, de explosividad o que por su carácter de ilícito, representan riesgos para la salud de las personas, el medio ambiente y la propiedad. (Ley N° 28256 Art. 3).

3.2 Residuos Industriales:

Son aquellos residuos generados en las actividades de las diversas ramas industriales, tales como: manufacturera, minera, química, energética, pesquera y otras similares.

Estos residuos se presentan como: lodos, cenizas, escorias metálicas, vidrios, plásticos, papel, cartón, madera, fibras, que generalmente se encuentran mezclados con sustancias alcalinas o ácidas, aceites usados, entre otros, incluyendo en general los residuos considerados peligrosos (Ley No. 27314). Ejemplo: Residuos sólidos (trapos, cartones, plásticos, filtros, etc) contaminados con hidrocarburos, residuos sólidos contaminados con reactivos, combustibles, pinturas, reactivos (vencidos), disolventes, grasas, relaves, cemento, yeso, cal; productos usados (filtro de respiradores, filtros de vehículos o equipos, toner, cartuchos de tintas, baterías, pilas, etc.), restos de reactivos, envases vacíos de productos químicos, cargas de los lapiceros, plumones usados, Cilindros y/o envases de productos químicos, Bolsas de productos químicos, Envases de explosivos y otros.

3.3 Código de colores

Los residuos peligrosos son almacenados en cilindros y bolsas de color rojo.

3.4 Envases conteniendo productos peligrosos:

Los envases que han sido utilizados para el almacenamiento o comercialización de sustancias o productos peligrosos y los productos usados o vencidos que puedan causar daños a la salud o al ambiente son residuos peligrosos y deben ser manejados como tales, salvo que sean sometidos a un tratamiento que elimine sus características de peligrosidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22º de la Ley No. 27314.

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3.5 Generador:

Persona natural o jurídica que en razón de sus actividades genera residuos sólidos, sea como productor, importador, distribuidor, comerciante o usuario. También se considerará como generador al poseedor de residuos sólidos peligrosos, cuando no se pueda identificar al generador real y a los gobiernos municipales a partir de las actividades de recolección. (Ley No. 27314)

3.6 Segregación:

Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial.

3.7 Reutilización:

Toda actividad que permita reaprovechar directamente el bien, artículo o elemento que constituye el residuo sólido, con el objeto de que cumpla el mismo fin para el que fue elaborado originalmente.

3.8 Residuos de los Establecimientos de Atención de Salud:

Son aquellos residuos generados en los procesos y en las actividades para la atención e investigación médica en establecimientos como: hospitales, clínicas, centros y puestos de salud, laboratorios clínicos, consultorios, entre otros afines. Estos residuos se caracterizan por estar contaminados con agentes infecciosos o que pueden contener altas concentraciones de microorganismos que son de potencial peligro, tales como: agujas hipodérmicas, gasas, algodones, medios de cultivo, órganos patológicos, restos de comida, papeles, embalajes, material de laboratorio, entre otros.

3.9 Manifiesto de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos:

Documento técnico administrativo que facilita el seguimiento de todos los residuos sólidos peligrosos transportados desde el lugar de generación hasta su disposición final. El Manifiesto de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos deberá contener información relativa a la fuente de generación, las características de los residuos generados, transporte y disposición final, consignados en formularios especiales que son suscritos por el generador y todos los operadores que participan hasta la disposición final de dichos residuos. (Ley No. 27314).

3.10 Responsabilidad por residuos sólidos peligrosos frente a daños (Artículo 23º):

El que causa un daño durante el manejo de residuos sólidos peligrosos está obligado a repararlo, de conformidad con el artículo 1970° del Código Civil. Los generadores de residuos sólidos peligrosos podrán contratar una empresa prestadora de servicios de residuos sólidos debidamente registrada ante el Ministerio de Salud, la misma que, a partir del recojo, asumirá la responsabilidad por las consecuencias derivadas del manejo de dichos residuos. El generador será considerado responsable cuando se demuestre que su negligencia o dolo contribuyó a la generación del daño. Esta responsabilidad se extiende durante la operación de todo el sistema de manejo de los residuos sólidos peligrosos hasta por un plazo de veinte años, contados a partir de la disposición final.

4. DOCUMENTOS A CONSULTAR

4.1 Requisito 4.4.6 de la Norma ISO 14001: 2004

4.2 Requisito 4.4.6 de OHSAS 18001: 2007

4.3 SSO-P-10 Sistema de Inspección de SSO y Ambiental

4.4 LEY No. 27314 Ley General de Residuos Sólidos, 21/07/2000

4.5 D.S Nº 057-2004-PCM Aprueban el Reglamento de la Ley N°27314 Ley General de Residuos sólidos, 22/07/2004

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4.6 Ley N° 28256 Ley que regula el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, 18/06/2004.

4.7 Resolución Ministerial Nº 217 -2004/ MINSA

4.8 D.S. 055-2010-EM Reglamento de seguridad y Salud Ocupacional

4.9 NTP 900.058-2005 Gestión de Residuos. Código de colores para los dispositivos de almacenamiento de residuos.

5. RESPONSABILIDADES

5.1 Gerente Corporativo de Administración y Gestión

Es responsable de aprobar el presente procedimiento y liderar en su implementación.

5.2 Jefe Corporativo de Asuntos Ambientales

Es responsable de asegurar la implementación del presente procedimiento y verificar su cumplimiento.

5.3 Superintendente / Jefe de Asuntos Ambientales

Es responsable de asegurar la implementación del presente procedimiento y verificar su cumplimiento en las unidades operativas

5.4 Superintendentes de Área/Jefes de Aéreas

Son responsables de cumplir y supervisar la aplicación del presente procedimiento.

5.5 Trabajadores (Supervisores/Inspector/ Reactivista/Usuarios)

Son responsables de cumplir con lo establecido en el presente procedimiento.

6. PROCEDIMIENTO

6.1 Condiciones de Seguridad y Salud Ocupacional

6.1.1 Para realizar esta labor, serán dos (02) personas como mínimo, quienes deben estar equipado con sus implementos de seguridad de acuerdo a lo establecido en el PETS en Clasificación, Manipulación, Evacuación y Disposición de Residuos Peligrosos, incluido en el Anexo 1.

6.1.2 Antes de iniciar las actividades, ejecutarán la inspección de seguridad aplicando el reporte de cinco puntos seguridad (SSO-P-10-4) el que será firmado por el trabajador y supervisor aceptando el compromiso de no incurrir en trabajos inseguros.

6.1.3 Ante una situación de emergencia, proceder de acuerdo a lo señalado en el Plan de Contingencia.

6.1.4 En superficie: Transportar los residuos tóxicos de las diferentes áreas al depósito transitorio de residuos tóxicos, para que posteriormente ser evacuados a los tajeos en relleno de interior mina, o en el almacén de residuos, según corresponda.

6.1.5 Confirmará a la Superintendencia de Asuntos Ambientales la evacuación de los cilindros y/o bolsas de plásticos de color rojo conteniendo residuos peligrosos.

6.1.6 Detener el Trabajo en Caso de:

- Cilindros o bolsas que sobre pasen los 25 kg de peso. - Cuando no se cuente con tajeos en relleno hidráulico / relleno en pasta para la disposición

de los residuos.

6.2 Condiciones Ambientales

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6.2.1 Los residuos peligrosos serán manejados de acuerdo al grado de peligrosidad, así mismo dispuestos según el presente procedimiento, evitando posibles fugas o derrames en el trayecto desde la recolección hasta su disposición final.

6.3 Clasificación de Residuos Peligrosos

6.3.1 El Superintendente de Asuntos Ambientales caracteriza los residuos peligrosos que genera según las pautas indicadas en el Reglamento y maneja los residuos peligrosos en forma separada del resto de residuos, tal como se detalla en los siguientes párrafos. (D.S Nº 057-2004-PCM.Artículo 25º):

6.3.2 Los envases que han contenido residuos peligrosos (cilindros vacios):

- Los cilindros de cianuro son lavados con lechada de cal, luego son compactados y llevados al micro relleno sanitario / depósito de residuos peligrosos. Para el caso de la U.M El Porvenir los cilindros son entregados a la EPS RS.

- Los bidones de peróxido de hidrogeno son lavados con agua y se les hace un hueco para evitar que sean reutilizados, luego son llevados al micro relleno sanitario / al depósito de residuos peligrosos

- Los cilindros de aceite son rehusados para el almacenamiento de los residuos sólidos previo lavado y disposición de agua oleosa en el tanque de aceites.

- El Operador (Reactivista) se encargará del lavado de los cilindros de reactivos que se descartan de la Plantas, antes de ser entregados al área de Almacén.

- Los envases de productos químicos antes de ser dispuestos al contenedor son previamente lavados por el personal del laboratorio y luego transportados a la estación de transferencia de residuos peligrosos para su disposición final por la EPS-RS.

6.3.3 Los productos químicos vencidos son dispuestos en un contenedor ubicado cerca de las instalaciones del laboratorio.

6.3.4 Los usuarios que generen residuos peligrosos de oficina (toners, tintas, cintas, etc.) gestionarán el reemplazo solicitando el canje al área de logística a través de vale de salida de materiales El área de logística almacenará temporalmente los residuos peligrosos de oficina (toners, tintas, cintas, etc.) en los contenedores adecuados y se encargara de realizar el envío de los residuos peligrosos al almacén central – Lima.

6.3.5 Los residuos peligrosos de las áreas administrativas y operativas (fluorescentes y focos) deben estar en lo posible en sus respectivas cajas, evitando quebrarlos. El área de logística almacenara temporalmente los residuos peligrosos (Fluorescentes y Focos) en los contenedores adecuados previo canje con los suministros nuevos, para su posterior evacuación por la EPS-RS quien se encargará de su adecuado tratamiento y disposición final.

6.3.6 Los aceites residuales generados por las áreas operativas de la Unidad y Empresas Especializadas deben ser dispuestos en el tanque de almacenamiento de aceites usados ubicado en el sector definidos por cada Unidad Minera.

6.3.7 Tratamiento productos contaminados con hidrocarburos:

- La tierra contaminada con hidrocarburos deben ser transportados por el usuario hacia la cancha de volatilización donde se verterán en forma directa para su tratamiento biológico, de acuerdo a lo especificado en el instructivo Operación de la Cancha de Volatilización.

- Los waypes o paños contaminados con hidrocarburos son colocados en la cancha de volatilización, luego se realiza una inspección visual del área para determinar su retiro, el suelo contaminado es dispuesto en la zona de desmonte y los waypes al micro relleno sanitario / depósito de residuos peligrosos.

6.3.8 Los otros residuos sólidos peligrosos son colocados en los cilindros y/o bolsas de color ROJO, identificados con la etiqueta de residuo peligroso y almacenado temporalmente en el micro relleno sanitario / depósito de residuos peligrosos / estación de transferencia de residuos peligrosos. (Este punto no aplica a la UM El Porvenir).

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6.3.9 Los residuos peligrosos son contabilizados para el caso de cilindros y/o envases y pesados antes de su ingreso al micro relleno sanitario / estación de transferencia, utilizando el formato de Peso de balanza – Milpo, luego son registrados durante su ingreso al micro relleno / depósito de residuos peligrosos / estación de transferencia utilizando el formato Control de transporte de residuos, estos registros son archivados en el área de la Superintendencia de Asuntos Ambientales.

6.4 Disposición de residuos peligrosos en bolsas o cilindros

6.4.1 Todas las áreas deben clasificar en forma ordenada los residuos peligrosos en bolsas o en cilindro de color rojo. En el caso que la capacidad del cilindro sea insuficiente deben llevar directamente dichos residuos al almacenamiento temporal de residuos tóxicos disponerlos en forma ordenada, previa coordinación con el área de Medio Ambiente y/o la empresa prestadora de servicios.

6.4.2 Las diferentes áreas solicitarán al área de Asuntos Ambientales colocar cilindros de color rojo, para la clasificación de los residuos peligrosos.

6.4.3 El Superintendente de Asuntos Ambientales ordenará colocar los cilindros para depositar los residuos peligrosos en cada uno de los puntos de acuerdo al plano de ubicación en el campamento y en la zona industrial.

6.4.4 Los usuarios Mediante un vale de salida de materiales solicitarán al área de Almacén las bolsas de color rojo, para la clasificación de los residuos peligrosos. En el caso que se necesite sellar los cilindros solicitará el apoyo al Área de Mantenimiento.

6.4.5 Los residuos peligrosos recolectados en bolsas o en cilindros: - Deben ser correctamente clasificados, previos a su encapsulamiento. - Las bolsas deben ser selladas o amarradas adecuadamente, para evitar que se derrame el

contenido. Ser revisadas antes y después del llenado, para evitar derrame de los desechos. - No contenga material punzo-cortante (clavos, astillas, etc.) en las bolsas de plástico. - Los cilindros debe ser sellados adecuadamente, para evitar que se derrame el contenido. - No deberán contener ningún tipo de líquido. - Deben pesar máximo 25 kg cuando estén llenas - Ser etiquetadas, colocando los datos del tipo de residuo y cantidad. Asegurar que la etiqueta

no se retire de su lugar. En el caso de bolsas debe pegar encima con cinta de embalaje. - La manipulación los realizarán como mínimo 2 personas. - Deben manipular las bolsas llenas mínimo 2 personas, para evitar que se rompa. - Deben ser transportados y almacenados temporalmente en la estación de transferencia de

residuos peligrosos. por el personal de la empresa prestadora de servicios para su posterior evacuación por la EPS-RS quien se encargará de su adecuado tratamiento y disposición final.

6.4.6 Los Superintendentes de Área, o Jefes de Área deben capacitar al personal para una adecuada clasificación, manipulación, evacuación y disposición final de los Residuos peligrosos. Se asegurarán de la correcta clasificación de los residuos peligrosos en los cilindros y/o bolsas de color rojo (grueso).

6.4.7 La Superintendencia de Asuntos Ambientales se encarga de ordenar al Supervisor de limpieza el etiquetado de los cilindros con residuos peligrosos del campamento, y le proporcionará las etiquetas con el código a solicitud del Supervisor.

6.4.8 Ordenará la evacuación de los cilindros y/o bolsas con residuos peligrosos previa rotulación (etiqueta MA-P-02-1) y sellado de los cilindros.

6.4.9 Cada vez que el usuario lleve directamente sus residuos a la estación de transferencia de residuos peligrosos se debe contabilizar la cantidad y tipo de residuos en el formato MA-P-02-2.

6.4.10 El Superintendente de Asuntos Ambientales, gestionará la:

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- Entrega de las etiquetas MA-P-02-1, con el código de residuos tóxicos a los usuarios.

- Verificará e inspeccionará inopinadamente la clasificación, manejo, evacuación y disposición final de los residuos peligrosos.

- Designará al personal para la evacuación de los cilindros y/o bolsas de color rojo que contienen residuos peligrosos, del depósito transitorio de residuos peligrosos.

- Control de los residuos peligrosos de acuerdo a lo establecido en el MA-P-02-2.

- Archivará en su oficina el registro MA-P-02-2.

6.5 Disposición de residuos en Tajeos (U.M. El Porvenir y U.M. Cerro Lindo)

6.5.1 Los residuos peligrosos en la Zona Industrial Superficie y de interior mina serán depositados en cilindros y/o bolsas de color rojo, serán sellados y rotulados con las etiquetadas entregadas por la Superintendencia de Asuntos Ambientales. El personal designado evacuará en el tajeo en relleno hidráulico / Relleno en Pasta, para tal fin solicitarán el apoyo al Jefe de Relleno Hidráulico / Relleno en Pasta o su delegado para la disposición adecuada en el tajeo. Lo ejecutarán de la siguiente manera:

- En superficie solicitará la etiqueta codificada a la Superintendencia de Asuntos Ambientales, para rotular el cilindro y/o bolsas de plástico de color rojo sellado que será evacuado a los tajeos en rellenos de interior mina, por el personal designado.

- En interior mina, los usuarios deberán evacuar los cilindros y/o bolsas de color rojo con residuos peligrosos al tajeo en relleno de acuerdo a lo indicado en la etiqueta entregada por la Superintendencia de Asuntos Ambientales.

6.5.2 El Superintendente de Mina designará los tajeos en relleno para evacuar los residuos peligrosos, quien comunicar a la Superintendencia de Asuntos Ambientales. Informará a la Superintendencia de Asuntos Ambientales diariamente los tajeos en relleno para la evacuación de los cilindros y bolsas con residuos peligrosos. Designará la movilidad para el transporte de los cilindros y/o Bolsas de Plástico de color rojo conteniendo residuos peligrosos.

6.5.3 El Jefe del Relleno Hidráulico / Relleno en Pasta y/o su delegado apoyarán al usuario y/o chofer de la movilidad para la disposición adecuada de los cilindros y /o bolsas de plástico de color rojo en el tajeo de relleno hidráulico / Relleno en Pasta en interior mina.

6.5.4 En la U.M. Cerro Lindo los residuos peligrosos generados en interior mina son dispuestos en el tajo y encapsulados con relleno en pasta.

6.5.5 En Atacocha los residuos peligrosos generados en interior mina son sacados al almacén temporal de residuos peligrosos, para luego ser evacuados por una EPS-RS empresa especializada autorizada por la Digesa hacia Lima como complemento al aceite residual que están llevando.

6.6 Disposición de residuos en Almacenes Temporales (U.M. Chapi)

6.6.1 El Superintendente de Asuntos Ambientales se asegura de que los residuos sean acondicionados de acuerdo a la naturaleza física, química y biológica, considerando sus características de peligrosidad, su incompatibilidad con otros residuos, así como las reacciones que puedan ocurrir con el material del recipiente que lo contiene. Los recipientes con residuos peligrosos son aislados del ambiente (art. 38°, 39° y 40° D.S Nº 057-2004-PCM) y se asegura que:

a) Se eviten pérdidas o fugas durante el almacenamiento, operaciones de carga, descarga y transporte

b) El rotulado este visible e identificar plenamente el tipo de residuo peligroso almacenado

c) Se disponga en el almacén en forma ordenada según las características de los residuos;

6.6.2 Está prohibido el almacenamiento de residuos peligrosos:

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a) En terrenos abiertos;

b) A granel sin su correspondiente contenedor;

c) En cantidades que rebasen la capacidad del sistema de almacenamiento;

6.6.3 El almacenamiento central para residuos peligrosos, en instalaciones están cerrados, cercados y, en su interior se colocan los contenedores necesarios para el acopio temporal de dichos residuos, en condiciones de higiene y seguridad, hasta su evacuación por las EPS-RS. Las instalaciones reúnen las siguientes condiciones:

a) Están separadas a una distancia adecuada de acuerdo al nivel de peligrosidad del residuo respecto de las áreas operativas, planta, servicios, oficinas, almacenamiento de insumos, campamentos. etc.

b) Están ubicadas en lugares que permitan reducir riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones o inundaciones;

c) Cuentan con sistemas de drenaje y tratamiento de lixiviados;

d) Los pasillos o áreas de tránsito son lo suficientemente amplias para permitir el paso de maquinarias y equipos, así como el desplazamiento del personal de seguridad, o de emergencia;

e) Cuentan con sistemas contra incendios (extintores), dispositivos de seguridad operativos y equipos e indumentaria de protección para el personal de acuerdo con la naturaleza y toxicidad del residuo;

f) Los contenedores o recipientes son seguros

g) Los pisos del almacén son lisos, de material, impermeables y resistentes;

h) Cuentan con señales de seguridad que indique la peligrosidad de los residuos, en lugares visibles.

6.7 Residuos Hospitalarios

6.7.1 El médico de la Unidad es responsable de la disposición de los residuos hospitalarios en coordinación con una empresa prestadora de servicio autorizada por DIGESA quien se encargará del tratamiento y disposición final de estos residuos fuera de la unidad. Es responsable de presentar una copia del certificado de disposición de los desechos emitido por la EPS-RS, autorizada por DIGESA a la Superintendencia de Asuntos Ambientales.

6.7.2 Los residuos generados en el centro médico son clasificados según lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 217 -2004/ MINSA de acuerdo a la siguiente tabla:

Tipo de Residuo Color de Bolsa Símbolo

Biocontaminados Rojo

Comunes Negra Sin Símbolo Especiales Amarilla Sin Símbolo

6.7.3 Las bolsas para la disposición de residuos hospitalarios deben ser de polietileno de alta densidad, y la capacidad de la bolsa debe ser por lo menos 20% mayor de la capacidad del recipiente.

6.7.4 Los recipientes para la disposición de residuos punzo cortantes deben ser rígidos e impermeables resistentes a fracturas y a perdidas del contenido, herméticamente cerrados de capacidad mayor a 2 litros y preferentemente transparentes para que pueda determinarse fácilmente si están llenos en sus ¾ partes.

6.7.5 El médico para el control de residuos hospitalarios aplicará el formato MA-P-03-3 Control, clasificación, tratamiento y disposición de los residuos hospitalarios.

6.8 Clasificación de Residuos Peligrosos en las Oficinas de Lima.

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6.8.1 El Coordinador del SGA de la Sede de Lima, se asegurará de la colocación de un recipiente o depósito color rojo, el cual estará físicamente en el área de Tecnologías de Información, quienes se encargarán del acopio y control de los residuos peligrosos: cartuchos de impresoras y envases de thoner.

6.8.2 Por la magnitud de cartuchos de impresoras y envases de toner que se genera en las oficinas de Lima (incluye almacén Áte), éstos serán entregados a empresas y/u organizaciones que se dedican al reciclaje. Para dar cumplimiento a la normativa legal se trabajará con una EPS-RS, registrada en DIGESA.

6.8.3 Cada vez que se realice el recojo de los residuos peligrosos por la entidad correspondiente, el Coordinador del SGA de la Sede de Lima inmediatamente procederá a registrar esta acción en el registro MA-P-03-4 Control del Manejo de los Residuos Domésticos y peligrosos – Oficinas Lima.

6.9 Recolección y Transporte de residuos peligrosos

6.9.1 Cada vez que la EPS-RS autorizada realice la evacuación de los residuos peligrosos el área de Medio Ambiente solicitar los respectivos manifiestos por tipo de residuo y archivarlos en forma ordenada y controlada. Verificará que el personal encargado de la disposición temporal cuente con el EPP adecuado (Mameluco, lentes de Seguridad, botas o zapatos de Seguridad, Casco, respirador y guantes).

6.9.2 Cualquier operación de transporte de residuos peligrosos fuera de las instalaciones es realizada por una EPS-RS, dicha operación es registrada en el Manifiesto de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos, utilizando el formulario del Anexo 2 (Reglamento D.S Nº 057-2004-PCM), el cual es firmada y sellada por el responsable del área técnica de las EPS-RS y del Área de Logística de la Unidad Minera. Una vez que la EPS-RS de transporte entrega los residuos a la EPS-RS encargada del tratamiento o disposición final, devuelve el original del manifiesto a la Unidad Minera, firmado y sellado por todas las EPSRS que han intervenido hasta la disposición final.

6.9.3 El Superintendente de Asuntos Ambientales remite el Manifiesto de Manejo de Residuos Peligrosos con las firmas y sellos a la autoridad competente de su sector (OSINERGMIN) de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 115º del Reglamento D.S Nº 057-2004-PCM.

6.10 Plan de Minimización de Residuos

6.10.1 El Superintendente de Asuntos Ambientales en coordinación con las Aéreas de la Unidad Minera, ha establecido un Plan de Minimización de residuos que forma parte de de las acciones que se desprendan de los EIA, PAMA.

6.10.2 Los avances en la aplicación del plan de minimización de residuos se consignan en el plan de manejo de residuos que se remite a la autoridad competente

7. REGISTROS/ ANEXOS

ANEXO 1: PETS de clasificación, manipulación, evacuación y disposición de residuos peligrosos

MA-P-02-1 Etiqueta de Evacuación de Residuos peligrosos

MA-P-02-2 Registro de residuos peligrosos.

MA-P-03-3 Control, clasificación, tratamiento y disposición de los residuos hospitalarios

MA-P-03 -4 Control del Manejo de los Residuos Domésticos y Peligrosos – Oficinas Lima.

Manifiesto de Manejo de Residuos Peligrosos

Certificado de tratamiento y disposición final

Control de transporte de residuos / Peso de balanza Milpo

Page 9: Clasificacion, Manipulacion, Evacuacion y Disposicion de Residuos Peligrosos-ma-p-02[1]

COPIA C

ONTROLADA

Procedimiento MA-P-02 Rev. 07 Fecha de Emisión 05/10/2004 Actualización 17/08//2011 Aprobado F.I.M.

Clasificación, Manipulación, Evacuación y Disposición de Residuos Peligrosos

Procedimiento del SGI Página 9 de 9

Anexo 1 Equipo de Protección Personal requerida para este trabajo

CLASIFICACIÓN, MANIPULACIÓN, EVACUACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Casco Protector auditivo, Correa Porta Lámpara, Mameluco, Guantes de cuero o Jebe, Botas o zapatos de Seguridad, Botas de Jebe, Lentes de Seguridad, Respirador para gases y Protector Auditivo.

PELIGRO RIESGOS MEDIDAS PARA CONTROLAR LOS RIESGOS

- Material punzo cortante - Corte o quemadura - Uso de guantes de cuero (en buen estado)

- Material impregnado de reactivos, combustibles. - Gaseamiento - Uso del respirador para gases (en buen estado)

- Material pesado - Lumbalgia - Capacitación en técnicas de carga y descarga.

- Levantar el peso máximo de 25 Kg. Entre dos personas.